01 febrero 2011

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
El Jefe del Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete de acuerdo a lo establecido en la Ley 26497, Capítulo V, Sección Segunda, Artículo 73 manda publicar; que con expediente N° 538-28-2011-MDQ de fecha 28 de Enero del presente año, que CARMEN OCHOA QUISPE solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO registrada en la Municipalidad Distrital de Quilmaná en el sentido de hacer legible el mes y año del nacimiento de su menor hijo VALDIVIA OCHOA WALTER JUNIOR quienes consideren que pueden salir perjudicados con la rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de ley, caso contrario se procederá a la inscripción según el Art. 68 de la Ley arriba indicada.
Quilmaná, 28 de Enero de 2011.
Jesús Quispe Tarifa
Jefe OREC-MDQ

EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado Civil de Cañete, que despacha el Juez Jacinto Arnaldo Cama Quispe, y secretario judicial Mario Manuel Valdivia Arenas se tramita el Exp. N° 457-2009-0, en el cual se ha dictado la siguiente Resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Cañete dieciocho de Diciembre de dos mil nueve: AUTOS Y VISTOS: ADMÍTASE a trámite la demanda interpuesta por MANUEL MAURICIO COCCHELLA CAMPOS, sobre INTERDICTO DE RETENER contra PEREGRINA RUBIRIA SANCHEZ GIRADO debiendo tramitarse en la vía del PROCESO SUMARISIMO, y según acta de audiencia de fecha veintiuno de Enero de dos mil once corregida por Resolución número diecisiete de fecha veintiuno de Enero de dos mil once en el extremo de la fecha, EMPLÁCESE a la sucesión de la fallecida demandada PEREGRINA RUBIRIA SANCHEZ GIRADO mediante edictos concediéndose un plazo de treinta días para que se apersonen a los autos bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.
Cañete, veinticinco de Enero de dos mil once.
Dr. Mario M. Valdivia Arenas
Secretario Judicial
Juzgado Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 01, 02 y 03 de Febrero de 2011.

EDICTO JUDICIAL
Exp. 2001-24, por ante el Primer Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez José De La Cruz Vargas, ha resuelto lo siguiente: Resolución Número Uno (05/03/2001) Admítase la demanda interpuesta por Elliseo Eulogio Poma contra Samuela Porfirio Chanca Caceres y Diógenes Eulogio Chanca sobre Desalojo por Ocupante Precario Resolución Número 104 (17/01/2011) se declara la Sucesión Procesal del demandado Eulogio Policarpio Diógenes Chanca como uno de los titulares pasivos del derecho, NOTIFÍQUESE a la Sucesión de Eulogio Policarpio Diógenes Chanca para que en el plazo de treinta días comparezca al proceso, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándose por edictos. Fdo. Dr. José De La Cruz Vargas, y Jovanna Hernández Vásquez – Secretaria Judicial.
Cañete, 17 de Enero de 2011.
Jovanna Elizabeth Hernández Vásquez
Secretaria Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 01, 02 y 03 de Febrero.

EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que despacha el Juez Jacinto Cama Quispe y secretario Mario Manuel Valdivia Arenas se tramita el Exp. N° 233-2005-0, seguidos por GRACIELA SANCHEZ DE ELIAS contra RICHARD ARONE CUSI, CIPRIANA CCARHUAS QUISPE Y SUCESIÓN DE TOMÁS ELÍAS SARAVIA, sobre MEJOR DERECHO DE PROPIEDAD Y REINVINDICACIÓN se ha dictado la RESOLUCIÓN N° 95, DISPONGO: SUSPENDER el proceso por el término de treinta días para apersonarse al proceso SUCESORES DE GRACIELA SANCHEZ DE ELIAS, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. Publíquese en el Diario Oficial «El Peruano» y «Al Día con Matices» por tres días. Cañete, 25 de Enero de dos mil once.
Dr. Mario M. Valdivia Arenas
Secretario Judicial - Juzgado Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 01, 02 y 03 de Febrero.

EMPRESA DE TRANSPORTE INTERURBANO VIRGEN NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN S.A.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
Se convoca a los socios de la Empresa de Transporte Interurbano Virgen Nuestra Señora del Carmen S.A. , a la Junta General de Accionistas a realizarse el día Martes 15 de Febrero de 2011 en el local sito en Av. Santa Rosa N° 10 Avenida Condoray a horas 7:00 p.m. a fin de tratar específicamente lo siguiente:
- Aprobar Balance Económico expresados en los Estados Financieros de los años: 2006 – 2007 – 2008 – 2009 – 2010.
- Remoción o ratificación de los miembros del Directorios y/o designación de sus Reemplazantes o ratificación.
- Remoción o ratificación del Gerente General.
En caso de no existir el quórum correspondiente, se cita en Segunda Convocatoria para el día Viernes 18 de Febrero de 2011, en el mismo lugar a la misma hora y con la misma Agenda.
Se ruega puntual asistencia.
Cañete, 29 de Enero de 2011.
El Directorio

CLUB JUVENTUD DEPORTIVO BECKEMBAUER
CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
El Presidente del Club Juventud Deportivo Beckembauer, convoca a Asamblea General Ordinaria de Asociados, a realizarse el día 03 de Febrero del 2011, en las instalaciones ubicadas en la calle José Olaya N° 366, Anexo Rosario de Asia, del distrito de Asia, provincia de Cañete, departamento de Lima, en Primera Convocatoria a partir de las 04:00 p.m. y en Segunda Convocatoria para el día 05 de Febrero del 2011 a partir de las 04:00 p.m., a fin de tratar la siguiente Agenda:
1.- Conformación del Comité Electoral.
2.- Elaboración del Reglamento General de Elecciones y Actualización del Padrón de Socios.
3.- Elección del Consejo Directivo 2011 – 2012.
Asia, 01 de Febrero de 2011.
Guilmer Alberto Arias Guevara
Presidente
DNI 41068811

ESCISIÓN Y REDUCCION DE CAPITAL
De conformidad con el Artículo 380 de la Ley General de Sociedades, se cumple con comunicar que por acuerdo de Junta General Extraordinaria de Accionistas de fecha 17 de enero del 2011 se ha acordado la escisión de Agrícola Viñasol S.A. mediante la segregación de un bloque patrimonial que será transferido a una nueva sociedad que se denominará Corporación Agrícola Viñasol S.A.C.
Con motivo de la referida escisión, Agrícola Viñasol S.A.C. procederá a reducir su capital social de la suma de Siete Millones Novecientos Sesenta Mil Seiscientos Cincuenta 00/100 Nuevos Soles (7,960,650.00) a Un Mil 00/100 Nuevos Soles (S/. 1,000.00), lo que se publica con arreglo a lo previsto por el artículo 217 de la Ley General de Sociedades.
Cañete, 18 de enero del 2011
Agrícola Viñasol S.A.
RUC: 20449165331
24 de Enero, 1 y 7 de Febrero.

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