MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003 - 2012-MDCH.
Chilca, 24 de Mayo de 2012.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA – CAÑETE.
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria, celebrada el día 24 de Mayo del Dos Mil Doce, acordaron y aprobaron en acta mediante voto Unánime lo siguiente: Apoyar toda iniciativa que impulse el desarrollo de Municipio Saludable, vinculada con la protección de la salud y el medio ambiente, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 194º de la Constitución política del Perú y el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Art. 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establecen que las municipalidades, tienen funciones especificas exclusivas y compartidas en materia de saneamiento, salubridad y salud; en ese sentido regulan, controlan el proceso de disposición final de los desechos sólidos, líquidos y vertimientos industriales en el ámbito de su jurisdicción; regulan y controlan la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente, así como difunden programas de saneamiento ambiental en coordinación con las comunidades, las municipalidades de los centro poblados menores y los organismos Provinciales, Regionales y Nacionales pertinentes.
Que, en ese sentido, es menester para la actual gestión municipal dictar las medidas que se estimen necesarias a efectos de regular los aspectos relacionados con el saneamiento, salubridad y la salud, cuidando el bienestar general de los ciudadanos.
Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley orgánica de Municipalidades, ley 27972, el Concejo de la Municipalidad Distrital de Chilca, de la Provincia de Cañete, de la Región Lima, adopto por voto Unánime la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE CONSTITUYE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES EN EL AMBITO DEL DISTRITO DE CHILCA, PROVINCIA DE CAÑETE, REGION LIMA.
DEL CONTENIDO Y ALCANCES
ARTÍCULO PRIMERO.- Constituir los Municipios y Comunidades Saludables en el ámbito de la jurisdicción del Distrito de Chilca, promoviendo la constitución de Comunidades Saludables, Barrios Saludables, Escuelas Saludables, Mercados Saludables, Ferias Saludables, entorno Ambiental Saludable, entorno Laboral Saludable, Familias Saludable; a efectos de que a partir de su aplicación se mejore la cobertura con calidad de las atenciones integrales de salud a nivel individual y colectivo, involucrando en ese objetivo a la sociedad civil en su conjunto.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Aprobar el cumplimiento por parte de la Municipalidad Distrital de Chilca, de las obligaciones contraídas con los puestos de salud del ámbito del Distrito de Chilca, mediante convenio de cooperación técnica suscritos , en el marco de Municipios y Comunidades Saludables.
ARTÍCULO TERCERO.- Apoyar toda iniciativa procedente de la Sociedad Civil, vinculada con la protección de la salud y medio ambiente.
ARTÍCULO CUARTO.- Posibilitar el trabajo coordinado con entidades públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras, tendientes a la promoción de la salud y el mejoramiento de la calidad de vida de la población.
ARTÍCULO QUINTO.- Fortalecer el Plan de municipios y comunidades saludables, aprobada por la municipalidad Distrital de Chilca, cumpliendo y haciendo cumplir el programa diseñado.
ARTÍCULO SEXTO.- Trascríbase la presente ordenanza y hágase público con arreglo a ley.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
ALFREDO ROSAS CHAUCA NAVARRO
ALCALDE
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