28 mayo 2012

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA

AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD»

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2012-MDCH.

Chilca, 27 de Marzo del 2012.

El Alcalde de Chilca;

POR TANTO:
El Concejo Distrital de Chilca, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de marzo del 2012;

VISTO:
El Informe Nº 0187-2012-GDUR/MDCH., de la Gerencia de Desarrollo Urbano de ésta Municipalidad; por el cual informa el estado situacional del agua potable en Chilca, recomendando se declare en estado de Emergencia el Abastecimiento de Agua en el distrito, ante una situación de inminente desabastecimiento, y;

CONSIDERANDO:
Que, conforme con establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, se establece que los municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, de igual modo el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 precisa que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; con aprobación por unanimidad del Pleno del Concejo Municipal; con dispensa de lectura y aprobación del Acta; aprobaron la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE DECLARA EN EMERGENCIA LOS RECURSOS HÍDRICOS Y ACCESO AL AGUA DE LA POBLACIÓN URBANA Y RURAL DEL DISTRITO DE CHILCA, PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA.

ARTÍCULO 1º.- Declarar en emergencia los recursos hídricos y acceso al agua de la población urbana y rural del distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, por déficit extremo del recurso hídrico, que permita la priorización de la ejecución de los proyectos de inversión pública por parte del Gobierno Local, Regional y Central en los próximos cuatro años.

ARTÍCULO 2º.- Disponer la conformación de una Comisión Multidisciplinaria la cual estará encargada de desempeñar las siguientes funciones:
A.- Levantar un inventario de los pozos de agua (con autorización o sin ella) existentes en el distrito;
B.- Levantar un Inventario de las fuentes de recursos hídricos existentes;
C.- Identificar nuevas fuentes de recursos hídricos, a fin de generar proyectos de desarrollo;
D.- Identificar aquellas empresas del distrito que por su alta demanda y consumo del recurso hídrico, estén afectando directamente el suministro de agua potable a la población del distrito;
E.- Coordinar con las diversas autoridades competentes con la finalidad de priorizar y ejecutar los proyectos de inversión pública con el fin de solucionar los problemas hídricos del distrito y de la provincia de Cañete.

ARTÍCULO 3º.- Encargar a la Secretaría General y a la Subgerencia de Imagen Institucional la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial de mayor circulación de la Provincia de Cañete, así como en el portal institucional.

POR CUANTO:
Regístrese, Comuníquese y Publíquese.

ALFREDO R. CHAUCA NAVARRO
ALCALDE

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