01 septiembre 2012

JNE SOLICITA SESION DE CONSEJO POR VACANCIA DE ALCALDE DE ASIA Y SUSPENSIÓN DE REGIDOR

El último martes 28 de agosto el máximo órgano electoral del país decidió trasladar la solicitud de vacancia del alcalde distrital de Asia José Arias Chumpitaz, presentada por Alfredo Pablo Rivera Villalobos y remitir los autos a la mencionada municipalidad local de la provincia de Cañete, región Lima; esto producto de los últimos problemas legales que afronta el burgomaestre debido al sonado caso "telefónica" y que lo mantuvieron en la clandestinidad.

INSTA A GERENTE NOTIFICAR SOLICITUD DE VACANCIA
Ante esta situación el Jurado Nacional de elecciones requiere que el gerente municipal de la municipalidad Distrital de Asia, o a quien cumpla esa función, proceda con notificar la solicitud de vacancia a cada uno de los miembros del citado concejo municipal, lo cual deberá realizarse en un plazo máximo de tres días hábiles luego de recibido el presente.
Inmediatamente después de realizadas las notificaciones antes señaladas, el citado funcionario deberá remitir, de modo obligatorio, a este órgano colegiado las copias certificadas de las constancias de notificación, con cargo de entrega.
El requerimiento alcanza al alcalde y a los regidores del concejo, así como al gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Asia, para que cumplan con el trámite legal establecido y den cumplimiento a lo dispuesto por dicho órgano colegiado, bajo apercibimiento de remitir copias al Ministerio Público para que evalúe sus conductas en relación con el artículo 377 del Código Penal, sobre omisión, rehusamiento o demora en actos funcionales.


LE DAN PLAZO PARA CONVOCATORIA
La convocatoria a sesión extraordinaria, deberá realizarse en un plazo máximo de cinco días hábiles luego de notificado el presente. En caso de que el alcalde no cumpla con la convocatoria dentro del plazo establecido, el primer regidor tiene la facultad de convocar a sesión extraordinaria, previa notificación escrita al alcalde, conforme lo establece el artículo 13 de la LOM. Posteriormente será derivado al JNE.

SOLICITUD DE SUSPENSIÓN CONTRA REGIDOR
De la misma, el máximo ente electoral del país ha procedido a trasladar la solicitud de SUSPENSIÓN presentada por Manuel Bernabé Malásquez Aburto en contra del regidor Máximo Ávalos Aburto y remitir los autos al Concejo distrital de Asia, provincia de Cañete, región Lima.
El pedido esta sustentado en que Ávalos Aburto, primer regidor del Concejo distrital de Asia, ha sido sentenciado a inhabilitación por el plazo de dos años, en aplicación de las normas del Código de Procedimientos Penales, conforme al Acuerdo Plenario N° 10-2009/CJ-116 del 13 de noviembre de 2009.
El concejo municipal distrital de Asia, así como los funcionarios competentes, tendrán que proceder en las mismas condiciones establecidas para la solicitud de vacancia del alcalde Arias Chumpitaz.

EN APELACION
Sin embargo para este caso, vale la pena mencionar que la sentencia a Máximo Avalos Aburto ha sido apelada a la siguiente instancia, en consecuencia todavía no está consentida.

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