01 diciembre 2012

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 011-2012-MDM

Mala, 19 de Noviembre del 2012

VISTO:
El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de Noviembre del 2012, respecto a proyecto de Ordenanza Municipal sobre implementación de municipios y comunidades saludables propuesto por la Red de Salud SBS Chilca-Mala, e Informe Nº 545-2012-GAL/MDM de la Oficina de Asesoría Legal de esta Municipalidad.

CONSIDERANDO:
Que, en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 se establecen las competencias Municipales, donde los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de sus competencias. Teniendo en cuenta además que dentro del capítulo II, artículo 80 de la citada Ley, establece como función de las Municipalidades gestionar la atención primaria de salud.

Que, la Ley General de Salud Nº 26842 contempla en su título preliminar que la salud es condición indispensable del derecho humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo y que la promoción de la Salud tiene como objetivo conservar y mejorar las condiciones deseable de Salud para la construcción colectiva de una cultura de salud orientada a la generación de estilos de vida y entornos saludables.

Que, el Estado Peruano, el Ministerio de Salud, el Gobierno Regional, la Dirección de Salud Lima, los Gobiernos Provinciales y Locales consideran de suma importancia la implementación del Programa de Municipios y Comunidades Saludables, para el fortalecimiento del desarrollo de nuestro municipio y comunidad.

Que, es preciso garantizar el compromiso del Gobierno Local del Distrito de Mala garantizando el apoyo político, legal, técnico, administrativo y los recursos en el desarrollo de las acciones a favor de la Implementación del Programa de Municipios y Comunidades Saludables.

Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, con la dispensa de lectura del acta y el voto unánime del Concejo Municipal, se establece lo siguiente:

ARTÍCULO PRIMERO: Declarar de Interés Municipal la Implementación del Programa de Municipios y Comunidades Saludables en el Municipio de Distrito de Mala, Provincia de Cañete, Región Lima.

ARTÍCULO SEGUNDO: Iniciar el proceso de sensibilización a la población, líderes de la comunidad, instituciones Públicas y Privadas para la conformación de un Comité Multisectorial en el Distrito de Mala.

ARTÍCULO TERCERO: Incorporar en la agenda pública los ejes temáticos de promoción de la salud bajo el enfoque de Municipios y Comunidades Saludables, teniendo como prioridad el cuidado Materno Infantil, priorizando el trabajo Multisectorial para la Reducción de la Mortalidad Materno Neonatal. Considerando las estrategia de Inmunizaciones, Salud Sexual y Reproductiva, Estrategias de Control de Tuberculosis, VIH SIDA Alimentación y Nutrición, y las enfermedades No transmisibles, Metaxenicas, Zoonosis y Salud Ambiental.

ARTÍCULO CUARTO: Trabajar estrechamente en cada fase de implementación del Programa de Municipios y Comunidades Saludables, enfatizando la atención primaria de salud y actividades preventivas promociónales para un entorno ambiental saludable.

ARTÍCULO QUINTO: Promover la corresponsabilidad y participación social de las diferentes organizaciones y actores claves en las acciones de información y educación durante el proceso de implementación y desarrollo del programa en mención.

ARTÍCULO SEXTO: Involucrar a la sociedad civil organizada, a los Agentes Comunitarios de Salud, organizaciones sociales de bases, grupos juveniles, clubes deportivos, comedores populares, instituciones educativas, sector privado, ONG en las acciones de movilizaciones social y participación comunitaria, en el desarrollo de Municipios y Comunidades Saludables.

ARTÍCULO SETIMO: Garantizar el apoyo político, Legal, Técnico, Administrativo y los recursos para las acciones tendientes alcanzar la meta de Municipios y Comunidades Saludables, siendo ésta de interés local y de beneficio para la población actual y futura del distrito de Mala.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y PÚBLIQUESE

Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde

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