21 julio 2018

EDICTOS DEL 21 DE JULIO

EDICTO PENAL (02 DÍAS)
El 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Cañete que despacha el Señor Magistrado: Exp. 001559-2017-43, NOTIFICA al investigado: YESENIA PAOLA FLORENTINI LUYO, en la Res. N° 06: CITESE a AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO DE MIXTO señalándose para el día 06 DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO A LAS TRES DE LA TARDE (15:00 p.m.), hora exacta, la misma que se instalará en la Sala de Audiencias «J» sito en la Av. Benavides N° 657 - San Vicente de Cañete; diligencia que deberá de contar con la asistencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del imputado. Esp. de Causas Jurisd. Felipe Yaya Albino.
Publicar: 20 y 21 de Julio de 2018.

AGROINDUSTRIAS SAN ISIDRO S.A.
JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
RUC 20129029308
El Directorio de Agroindustrias San Isidro S.A. de conformidad con el Art. 13° de los Estatutos de la Sociedad y el Art. 113 de la Ley General de Sociedades, cita en Primera Convocatoria a la Junta General Extraordinaria de accionistas para el día 27 de Julio del 2018, hora 9:00 a.m., sito en el Auditorio de nuestras Oficinas C.P. San Isidro Imperial – Cañete, a efectos de tratar la siguiente agenda
AGENDA:
1.- Informe económico de la Empresa al 30 de Junio del 2018.
2.- Otros puntos
En caso que en la Primera Convocatoria no se contara con el quórum reglamentario, se cita en Segunda Convocatoria para el día 03 de Agosto del 2018 a horas 9:00 a.m. en el mismo lugar de la Primera Convocatoria.
Cañete, San isidro, 19 de Julio del 2018.
El Directorio

EDICTO JUDICIAL (03 DÍAS)
Juez: Iris Maritza Anchante Yataco. Especialista: Víctor Rubén Canelo Torreblanca. Por medio del presente se NOTIFICA a los investigados ALDER LAOS PALOMINO y VÍCTOR MANUEL LAOS PALOMINO, así como al agraviado AMANCIO FIRMIN ROJAS LUYO la resolución N° 09 (auto de enjuiciamiento) emitida en audiencia de control de acusación de fecha 28 de mayo del 2018 y resolución N° 10 de fecha 28 de junio del 2018 conforme a lo ordenado por este despacho judicial; asimismo se sirva disponer a quien corresponda, la publicación en el diario oficial encargado de los avisos judiciales «Al Día con Matices» del Distrito Judicial de Cañete» un extracto sucinto de la resolución N° 09 (auto de enjuiciamiento) emitida en audiencia de control de acusación de fecha 28 de mayo del 2018 y resolución N° 10 de fecha 28 de junio del 2018:
RESOLUCIÓN N° NUEVE.- Chincha, veintiocho de mayo del dos mil dieciocho
SE RESUELVE:
Primero: TENER POR DESISTIDO POR PARTE DEL MINISTERIO PÚBLICO LA DECLARACIÓN DE SILVANA LUCINDA QUISPE ARIAS.
Segundo: TENER POR ACLARADO RESPECTO A LA PERTINENCIA, CONDUCENCIA Y UTILIDAD DE LOS MEDIOS PROBATORIOS ofrecidos para juicio por parte del representante del Ministerio Público y TÉNGASE POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBATORIOS POR PARTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, así como el medio de prueba consistente en los ANTECEDENTES PENALES de los acusados, EXCEPTO la declaración de Silvana Lucinda Quispe Arias de quien se ha desistido.
Tercero: TENER POR OFRECIDOS LOS MEDIOS POROBATORIOS POR PARTE DE LA DEFENSA TÉCNICA DE LOS ACUSADOS, los cuales han presentado por escrito de fecha 11 de mayo del año en curso y oralizado en audiencia pública en día de la fecha.
Cuarto: DECLARAR LA VALIDEZ FORMAL DE LA ACUSACÓN de fecha quince de marzo del dos mil dieciséis Y TENGASE POR OFRECIDAS las pruebas por parte del Ministerio Público, consecuentemente este órgano jurisdiccional procede a DICTAR AUTO DE ENJUICIAMIENTO en contra de:
- VICTOR MANUEL LAOS PALOMINO cuyas generales de ley son las siguientes: DNI N° 48384950, masculino, nacido el 20 de octubre de 1993, de 22 años de edad, nacido en el distrito de Zúñiga, provincia de Cañete y departamento de Lima, sus padres Manuel Ismael y Valeria Alberta con grado de instrucción 3ero de secundaria, soltero de ocupación agricultor, y con domicilio en Caserío de San Marcos, Anexo de Pacarán – Lunahuaná – Cañete – Lima.
- ALDER LAOS PALOMINO cuyas generales de ley son las siguientes: DNI N° 48329339, masculino, nacido el 05 de setiembre de 1993, de 22 años de edad, nacido en el distrito de Lunahuaná, provincia de Cañete y departamento de Lima, sus padres son Manuel Ismael y Santa Victoria con grado de instrucción 2do de secundaria, soltero de ocupación desconocido, y con domicilio en Anexo de Apotara s/n Zúñiga – Cañete – Lima.
Haciendo presente que la adecuación jurídica de los acusados es contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones Graves tipificado en el inciso 1° del artículo 121° inciso 3 del Código Penal, siendo la pena solicitada de cuatro años de pena privativa de la libertad para cada uno de los imputados, no habiendo constitución en actor civil, y siendo la pena de reparación civil el monto de Dos Mil Soles (S/ 2000.00) que deberán ser pagados en forma solidaria por los acusados a favor del agraviado Amancio Firmin Rojas Luyo.
A) PARTES CONSTITUIDAS EN LA CAUSA:
REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO: FISCAL PROVINCIAL PENAL DE LA SEGUNDA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE CHINCHA: Dr. RUBEN ALBINO ALVARADO TELLEZ. Domicilio Procesal: Av. Fátima N° 208 – tercer piso - Chincha Alta, Casilla Electrónica: 11721.
ACUSADO VICTOR MANUEL LAOS PALOMINO con DNI N° 48384950, y con domicilio en Caserío de San Marcos, Anexo de Pacarán – Lunahuaná – Cañete – Lima.
ACUSADO ALDER LAOS PALOMINO con DNI N° 48329339 y con domicilio en Anexo de Apotara s/n Zúñiga – Cañete – Lima.
DEFENSA TÉCNICA DE LOS ACUSADOS: Dr. DENIS RODIL ROMERO MORALES con REG. C.A.L.L. N° 5699. Domicilio Procesal: Calle Mariscal Castilla N° 430 y Casilla Electrónica: 75861.
AGRAVIADO AMANCIO FIRMIN ROJAS LUYO con domicilio en Pacarán s/n Cañete – Lima.
ACTOR CIVIL: No constituido.
B) CONVENSIONES PROBATORIAS: No Hubo.
C) PRUEBA ANTICIPADA. No hubo.
D) MEDIDA COERCITIVA: Se ha dictado medida de COMPARESCENCIA SIMPLE.
COMPETENCIA PARA EL JUICIO ORAL: REMÍTASE la causa para su conocimiento y desarrollo del proceso al JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHINCHA, para que proceda con arreglo a Ley, dentro del plazo que establece la norma procesal penal. Se notifica a los sujetos procesales con la presente Resolución.
FISCAL: Conforme
DEFENSA TÉCNICA: Conforme
RESOLUCIÓN N° DIEZ.- Chincha, veintiocho de junio, año dos mil dieciocho.-
DADO CUENTA: A mérito de la razón emitida por el especialista cursor que antecede; Téngase presente lo que se indica y SE DISPONE: NOTIFICAR la resolución N° 09 (autos de enjuiciamiento) emitido en audiencia de control de acusación de fecha 28 de mayo del 2018 en sus domicilios reales de los acusados por la naturaleza de la defensa técnica y a la parte agraviada, sin perjuicio de notificárseles mediante EDICTOS judiciales un extracto sucinto de la Resolución N° 09 (autos de enjuiciamiento) y presente resolución en el diario judicial de la Corte Superior de Justicia de Cañete, oficiándose con tal fin, y fecho remítase al Juzgado Penal Unipersonal de turno de Chincha para su juzgamiento.- H.s.- Chincha, 28 de Junio del 2018.-
Publicar: 19, 20 y 21 de Julio de 2018.

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