Es delito de lesa humanidad o no...
COMENTARIOS EN EL FORO CAÑETANO SOBRE EL DEBATE CIRCUNSTANCIAL ENTRE EL DR. MARTIN YACTAYO CAMA Y LA DRA. LILIANA TORRES...
SAN VICENTE.- Más de un comentario se escuchó en los hombres del foro cañetano sobre el debate circunstancial que se dio en un programa radial entre la regidora, Dra. Liliana Torres Castillo y el Dr. Martín Yactayo Cama, en torno a la situación del sonado caso Luis Fernández Estrella y doña Inés Casas que hace unos días protagonizaron serios incidentes en la oficia de la Gerencia de Transporte de la Municipalidad Provincial de Cañete.
La regidora Liliana Torres, hizo una defensa cerrada al Gerente de Transportes, Dr. Fernández Estrella y remarcó que no había razón de ser, en la denuncia interpuesta por la transportista, Inés Casas de Molina contra él.
Liliana Torres, expresó -además- que serán las investigaciones quien determine los móviles de la denuncia, pero le pareció muy extraño que se califique el delito de lesa humanidad en la modalidad de tortura.
Incluso, pretendió desmerecer lo interpuesto por el abogado de la "supuesta agraviada", Dr. Martín Yactayo Cama, al señalar que el delito de lesa humanidad se daba en otras circunstancias.
RESPUESTA DE MARTIN YACTAYO…
La respuesta no se dejó de esperar por parte del Dr. Martín Yactayo Cama, quien explicó que si se puede calificar por ese delito, porque está tipificado en el Código Pernal.
La regidora Liliana Torres, no ahondó más el asunto y dijo que todo ya estaba en manos de las justicias y serán ellos los que, finalmente, puedan calificar el delito.
Empero, Martín Yactayo, continuó firme con su posición y expresó que irá hasta las últimas consecuencias en defensa de su patrocinada, Inés Casas de Molina, bajo este delito.
Aprovechó el ínterin del programa "Collage Noticias" (Radio A -1) para señalar que su defendida acudirá, no sólo a la Fiscalía de la Nación, sino a la congresista Rosario Sasieta, defensora de las mujeres maltratadas.
Igualmente, a Manuela Ramos y Calandria, organismos que defienden a las mujeres, intervendrán en el sonado caso de Inés Casas de Molina.
16 abril 2008
Le negaron plaza de armas para celebración del Día Nacional del Niño...
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA PROTESTA CON MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE...
Mediante nota de prensa enviada a nuestro medio de redacción, EMAPA CAÑETE dio a conocer que en la Av. 28 de Julio de San Vicente, se viene realizando la obra de renovación de redes de agua potable y alcantarillado en Convenio con la Municipalidad Provincial de Cañete, los que a través de la empresa contratista Consulting, Logistic & Suplies se comprometieron a entregar los materiales en optimas condiciones.
Ante ello, EMAPA CAÑETE señala que se inició la ejecución de la obra en el mes de enero, pero la misma sufrió retrasos por la demora en la entrega de materiales de buena calidad y la intromisión del Sindicato de Construcción Civil.
A la fecha, la nota de prensa indica que, se ha culminado con la renovación de redes de agua potable, alcantarillado y la compactación hasta la cuarta cuadra de esta avenida; y desde allí hasta la Panamericana Sur se viene realizando la renovación de las redes agua potable, trabajo que se encuentra en un avance del 80%; sin embargo refiere EMAPA CAÑETE que nuevamente la Empresa Contratista Consulting, Logistic & Suplies viene incumpliendo con la entrega de los materiales en el tiempo previsto, perjudicando la culminación de la obra.
La Empresa del agua, invoca a los usuarios de la Av. 28 de julio que comprendan esta situación, que escapa a la responsabilidad directa de EMAPA CAÑETE S.A.
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA PROTESTA CON MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE...
Mediante nota de prensa enviada a nuestro medio de redacción, EMAPA CAÑETE dio a conocer que en la Av. 28 de Julio de San Vicente, se viene realizando la obra de renovación de redes de agua potable y alcantarillado en Convenio con la Municipalidad Provincial de Cañete, los que a través de la empresa contratista Consulting, Logistic & Suplies se comprometieron a entregar los materiales en optimas condiciones.
Ante ello, EMAPA CAÑETE señala que se inició la ejecución de la obra en el mes de enero, pero la misma sufrió retrasos por la demora en la entrega de materiales de buena calidad y la intromisión del Sindicato de Construcción Civil.
A la fecha, la nota de prensa indica que, se ha culminado con la renovación de redes de agua potable, alcantarillado y la compactación hasta la cuarta cuadra de esta avenida; y desde allí hasta la Panamericana Sur se viene realizando la renovación de las redes agua potable, trabajo que se encuentra en un avance del 80%; sin embargo refiere EMAPA CAÑETE que nuevamente la Empresa Contratista Consulting, Logistic & Suplies viene incumpliendo con la entrega de los materiales en el tiempo previsto, perjudicando la culminación de la obra.
La Empresa del agua, invoca a los usuarios de la Av. 28 de julio que comprendan esta situación, que escapa a la responsabilidad directa de EMAPA CAÑETE S.A.
NUEVAMENTE SE RETRASA OBRA DE RENOVACION DE REDES EN LA 28 DE JULIO...
Empresa Contratista nuevamente demora entrega de materiales...
Mediante nota de prensa enviada a nuestro medio de redacción, EMAPA CAÑETE dio a conocer que en la Av. 28 de Julio de San Vicente, se viene realizando la obra de renovación de redes de agua potable y alcantarillado en Convenio con la Municipalidad Provincial de Cañete, los que a través de la empresa contratista Consulting, Logistic & Suplies se comprometieron a entregar los materiales en optimas condiciones.
Ante ello, EMAPA CAÑETE señala que se inició la ejecución de la obra en el mes de enero, pero la misma sufrió retrasos por la demora en la entrega de materiales de buena calidad y la intromisión del Sindicato de Construcción Civil.
A la fecha, la nota de prensa indica que, se ha culminado con la renovación de redes de agua potable, alcantarillado y la compactación hasta la cuarta cuadra de esta avenida; y desde allí hasta la Panamericana Sur se viene realizando la renovación de las redes agua potable, trabajo que se encuentra en un avance del 80%; sin embargo refiere EMAPA CAÑETE que nuevamente la Empresa Contratista Consulting, Logistic & Suplies viene incumpliendo con la entrega de los materiales en el tiempo previsto, perjudicando la culminación de la obra.
La Empresa del agua, invoca a los usuarios de la Av. 28 de julio que comprendan esta situación, que escapa a la responsabilidad directa de EMAPA CAÑETE S.A.
Empresa Contratista nuevamente demora entrega de materiales...
Mediante nota de prensa enviada a nuestro medio de redacción, EMAPA CAÑETE dio a conocer que en la Av. 28 de Julio de San Vicente, se viene realizando la obra de renovación de redes de agua potable y alcantarillado en Convenio con la Municipalidad Provincial de Cañete, los que a través de la empresa contratista Consulting, Logistic & Suplies se comprometieron a entregar los materiales en optimas condiciones.
Ante ello, EMAPA CAÑETE señala que se inició la ejecución de la obra en el mes de enero, pero la misma sufrió retrasos por la demora en la entrega de materiales de buena calidad y la intromisión del Sindicato de Construcción Civil.
A la fecha, la nota de prensa indica que, se ha culminado con la renovación de redes de agua potable, alcantarillado y la compactación hasta la cuarta cuadra de esta avenida; y desde allí hasta la Panamericana Sur se viene realizando la renovación de las redes agua potable, trabajo que se encuentra en un avance del 80%; sin embargo refiere EMAPA CAÑETE que nuevamente la Empresa Contratista Consulting, Logistic & Suplies viene incumpliendo con la entrega de los materiales en el tiempo previsto, perjudicando la culminación de la obra.
La Empresa del agua, invoca a los usuarios de la Av. 28 de julio que comprendan esta situación, que escapa a la responsabilidad directa de EMAPA CAÑETE S.A.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
COMUNICADO
LA OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL, RESPECTO A LA PUBLICACION DE LAS ORDENANZAS Nª 005-2008-MDCA Y 006-2008-MDCA APARECIDA EN EL DIARIO MATICES EL DIA LUNES 14 DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO, INFORMA QUE POR ERROR INVOLUNTARIO SE ENVIO UN TEXTO QUE NO ES EL APROBADO EN LA SESION DE CONCEJO DE FECHA DIEZ DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO Y QUE NO FUERON SUSCRITAS POR LA ALCALDESA, POR LO QUE EL DESPACHO DE ALCALDIA HA DISPUESTO SU NUEVA PUBLICACION, SIN PERJUICIO DE LAS MEDIDAS ADMINISTRATIVAS PERTINENTES.
Cerro Azul, 15 de abril del 2008
JORGE E. OCHARAN BARRON
JEFE IMAGEN INSTITUCIONAL
****
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
ORDENANZA Nº 005-2008-MDCA
Cerro Azul, 12 de Abril de 2008.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO:
El Concejo en sesión de fecha 10 de abril de 2008, visto el Proyecto de Ordenanza relacionada con el Memorial formulado por la Institución Educativa Publica Nº 20131 "JOSE OLAYA BALANDRA" (Exp.Nº 3157-07) así como al Dictamen de la Comisión de Obras del 10 de enero del 2008, el Informe Nº 062-2008-GDUR/MDCA, de fecha 05 de abril del 2008, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural; y, el Informe de la Asesoria Legal Externa de fecha 15 de diciembre del 2007.
CONSIDERANDO:
Que el Memorial de la Institución Educativa Publica Nº 20131 José Olaya Balandra cuestiona la Ordenanza Municipal Nº 005-2007 MDCA, que actualizo el Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Cerro Azul, al considerar que no se ha tenido en cuenta el área del predio de propiedad de dicha Institución;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 005-2007 MDCA, se aprobó la Actualización del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Cerro Azul, aprobado en sesión de Concejo del 09 de diciembre del año 2000 y mediante Ordenanza Nº 041-2001 MPC de la Municipalidad Provincial de fecha 09 de octubre del 2001;
Que, en los Anexos de la Ordenanza Nº 005-2007 MDCA, se incluye la Propuesta Vial, Zonificación de la Zona Urbana ( Lamina PV-4 de 4 ) estableciéndose una vía local principal adyacente al terreno que ocupa la Institución educativa, cuya sección B-B considera un ancho de 19.70 metros lineales;
Que, analizados los antecedentes sobre la propiedad del terreno que ocupa el Centro Educativo, de las actas de las sesiones de Concejo de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, de fechas 13 de Noviembre de 1957, y 31 de diciembre del mismo año, se desprende que el Concejo dono un área de 5,000 metros cuadrados, a la entonces Escuela de Varones Nº 450, lo cual es corroborado por la Resolución Ministerial Nº 6728 de 27 de Mayo de 1958 del Ministerio de Educación, en la que se autoriza al Inspector de Educación para que juntamente con los Síndicos del Concejo Distrital de Cerro Azul suscriban la escritura Publica de Donación respectiva;
Que, asimismo, en sesión de Concejo de fecha 14 de noviembre del año 1964, se acordó donar al Ministerio de Educación 2,000 metros para la edificación de la entonces Escuela Primaria de Mujeres Nº 466;
Que la transferencia de propiedad a titulo gratuito efectuada por la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, no fue inscrita en los Registros Públicos por los funcionarios responsables del Ministerio de Educación;
Que, al aprobarse el Plan de Desarrollo Urbano del Distrito en el año 2000, ni al efectuarse su actualización en el año 2007, se ha tenido en consideración que el Concejo Municipal había efectuado las donaciones en referencia; que los Centros Educativos Nº 450 y Nº 466 se convirtieron en el Nº 20131 y Nº 20132 respectivamente y que además, ambos se fusionaron de acuerdo a lo dispuesto mediante Resolución Directoral Regional Nº 651 del 5 de Abril del año 1977, prevaleciendo el Nº 20131.
Que, COFOPRI en el año 2000 ejecutó un Programa de Saneamiento Físico Legal en el casco urbano del Distrito, efectuando el levantamiento de un Plano de Trazado y Iotización, el 14 de diciembre del año 2000, con el nombre de "Centro Poblado Agrupamiento de familias Cerro Azul Cercado, Plano que se encuentra inscrito en el Registro Predial urbano con el Código PI 7019091 Asiento 003 de fecha 26 de Diciembre del año 2000, Fojas 9. En dicho Plano, el Centro Educativo figura en la Manzana X, Lote 1 con 3,591.20 m2, área menor a la que el Concejo Municipal donara para fines de infraestructura educativa;
Que, debe tenerse en cuenta que de acuerdo al Informe Técnico Nº 062-2008- GDUR/MDCA de fecha 05 de Abril de 2008, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, se hace indispensable que por razones de necesidad y utilidad pública se mantenga una vía secundaria local como prolongación de la calle Santa Rosa, además porque al ejecutarse el proyecto del Intercambio Vial en la Panamericana Sur, se generara una mayor afluencia de transito vehicular y también por razones de seguridad como vía de evacuación en caso de riesgo por desastre natural (Tsunami);
Que, de conformidad con el articulo 10º, Cap. II- Diseño de Vías- Normas GH. 020 del Título II del Reglamento Nacional de Edificaciones, las vías locales secundarias tendrán como mínimo dos módulos de veredas en cada frente que habilite lotes, dos módulos de calzada y por lo menos un módulo de estacionamiento, lo que significa que en el presente caso, el área mínima que corresponde es de 9.60 metros lineales; siendo el área remanente de 1,349.45 m2;
Que, de acuerdo con el articulo 13º del Reglamento de Acondicio-namiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2003 VIVIENDA, solo se consideran modificaciones al Plan de Desarrollo Urbano, las modificaciones de trazos de vías expresas, arteriales y colectoras, caso que no es el presente, por cuanto se trata de modificar una vía local principal por una vía local secundaria; por tanto, no se requiere seguir el procedimiento fijado en el articulo 11º de dicho Reglamento;
Que, en consecuencia es necesario modificar los anexos de la Ordenanza Municipal Nº 005-2008-MDCA incluyendo el Plano PV-4 de 4 reempla-zando la vía principal local por una vía secundaria local, así como cambiar la zonificación del área remanente de ZRP a CE, disponiéndose además la adecuación de los demás planos anexos a la Ordenanza en la parte pertinente;
Que, asimismo debe tramitarse ante COFOPRI, el replanteo del área del predio signado en el Plano inscrito en los Registros Públicos, como Manzana X Lote 1, así como de la vía prolongación de la Calle Santa Rosa, debiéndose poner en conocimiento del Ministerio de Educación para los fines de la inscripción a su favor; en el Registro Predial Urbano;
De conformidad con el articulo 70º de la Constitución Política del Estado, y articulo 9º inciso 8 de la ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Con el Voto unánime de los Señores Regidores y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Modificar los Anexos de la Ordenanza Municipal Nº 005-2007-MDCA, incluido el Plano PV-4 de 4, en el punto especifico Sección B-B de la calle Santa Rosa, en la cual se consigna una vía principal local de 19.70 metros lineales, debiendo ser una vía secundaria local cuya sección vial ( ancho ) será de 9.60 metros lineales.
ARTICULO 2º.-.Modificar el Plano PGZ ( 1 de 3 ) en la parte relativa a la zonificación del área remanente de la vía a que se refiere el articulo anterior, a la cual le corresponderá la zonificación CE.
ARTICULO 3º.- Adecuar todos los demás planos anexos a la Ordenanza Municipal Nº 005-2007 MDCA en la parte que incluyan la vía materia de modificación efectuada en el artículo primero de la presente Ordenanza.
ARTICULO 4º.- Requerir a COFOPRI, el replanteo del área del predio signado como Manzana X Lote 1 y de la vía prolongación de la calle Santa Rosa; que figuran en el Plano de Trazado y Iotización del llamado "Centro Poblado Agrupamiento de familias Cerro Azul Cercado", del 14 de diciembre del año 2000, inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código PI 7019091 Asiento 003 de fecha 26 de diciembre del año 2000, fojas 9. En dicho replanteo se deberá efectuar la rectificación de áreas y linderos respectivos.
ARTICULO 5º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural elabore una Memoria Descriptiva y demás documentos técnicos a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza.
ARTICULO 6º.- Transcribir la presente Ordenanza al Ministerio de Educación, a la Municipalidad Provincial de Cañete, a COFOPRI y a la Institución Educativa Publica Nº 20131 "JOSE OLAYA BALANDRA", para su conocimiento y fines consiguientes.
POR TANTO:
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
****
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
ORDENANZA Nº 006-2008-MDCA
Cerro Azul, 12 de Abril de 2008.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO:
Visto: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de abril de 2008, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento para la Prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 81º numeral 1.6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, constituyen funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Provinciales; normar, regular y controlar la circulación de vehículos menores motorizados y no motorizados;
Que, asimismo, de conformidad con el artículo 81º numeral 3.2 de la misma Ley Orgánica de Municipalidades; las Municipalidades Distritales tienen como función específica compartida, otorgar Licencias para la circulación de vehículos menores de acuerdo con lo establecido en la Regulación Provincial.
Que, la Municipalidad Provincial de Cañete mediante Ordenanza Nº 020-2004-MPC del 05 de abril del 2004, aprobó el Reglamento Provincial para la Prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores (moto taxis).
Que, dentro del marco de la referida Ordenanza Provincial, corresponde a esta Municipalidad aprobar las normas reglamentarias pertinentes a fin de autorizar la prestación del servicio dentro de la jurisdicción del Distrito de Cerro Azul.
Que, asimismo de conformidad con el estudio técnico efectuado por la Gerencia de Servicios Generales, debe fijarse la cantidad máxima de vehículos menores que pueden prestar el servicio en el distrito y el número mínimo y máximo de la flota por transportador autorizado
De conformidad con la Ley Nº 27189, el Decreto Supremo Nº 004-2000 MTC y su modificatoria efectuada por Decreto Supremo Nº 009-2000 MTC, la Ordenanza Nº 020-2004 MPC de la Municipalidad Provincial de Cañete y en uso de las facultades contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal, por unanimidad y con dispensa de aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, el Reglamento para la Prestación del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores en el Distrito de Cerro Azul, el mismo que cuenta con 08 Títulos 05 Capítulos, 42 Artículos, una Disposición Final y 4 anexos.
ARTICULO SEGUNDO.- Fijar en sesenta (60) el número máximo de vehículos que pueden prestar el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en el Distrito de Cerro Azul.
ARTICULO TERCERO.- Establecer el número mínimo y máximo de vehículos que pueden integrar la flota de un Transportador autorizado (Persona Jurídica)
Mínimo 03
Máximo 20
ARTICULO CUARTO.- Derogar las Ordenanzas Nº 014-2006-MDCA y Nº 017-2006-MDCA, con excepción del Cuadro de Procedimientos Administrativos y Pago de derechos que ha sido incorporado en el TUPA, el mismo que se mantiene vigente, debiéndose entender en adelante que cuando en dicho cuadro se hace referencia al Certificado de Habilitación Vehicular, debe entenderse que se trata de la Tarjeta de Habilitación Vehicular, y cuando se refiere a la autorización se trata del Permiso de Operación.
ARTICULO QUINTO.- Las personas naturales que obtuvieron autorización al amparo de la Ordenanza Nº 014-2006 MDCA, deberán adecuarse a las disposiciones de la presente Ordenanza en el plazo máximo de 30 días útiles contados a partir de su publicación, plazo dentro del cual además podrán solicitarse Permisos de Operación al amparo del reglamento que se aprueba por la presente Ordenanza, dentro del límite máximo de vehículos aprobado.
ARTICULO SEXTO.- Disponer que una vez vencido el plazo a que se refiere el artículo anterior, se suspende el tramite de solicitudes para obtener Permisos de Operación, restricción que se mantendrá vigente hasta el 31 de marzo del 2011.
ARTICULO SEPTIMO.- Solicitar el apoyo de la PNP para fines del cumplimiento de la presente Ordenanza.
ARTICULO OCTAVO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario de mayor circulación local.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
COMUNICADO
LA OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL, RESPECTO A LA PUBLICACION DE LAS ORDENANZAS Nª 005-2008-MDCA Y 006-2008-MDCA APARECIDA EN EL DIARIO MATICES EL DIA LUNES 14 DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO, INFORMA QUE POR ERROR INVOLUNTARIO SE ENVIO UN TEXTO QUE NO ES EL APROBADO EN LA SESION DE CONCEJO DE FECHA DIEZ DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO Y QUE NO FUERON SUSCRITAS POR LA ALCALDESA, POR LO QUE EL DESPACHO DE ALCALDIA HA DISPUESTO SU NUEVA PUBLICACION, SIN PERJUICIO DE LAS MEDIDAS ADMINISTRATIVAS PERTINENTES.
Cerro Azul, 15 de abril del 2008
JORGE E. OCHARAN BARRON
JEFE IMAGEN INSTITUCIONAL
****
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
ORDENANZA Nº 005-2008-MDCA
Cerro Azul, 12 de Abril de 2008.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO:
El Concejo en sesión de fecha 10 de abril de 2008, visto el Proyecto de Ordenanza relacionada con el Memorial formulado por la Institución Educativa Publica Nº 20131 "JOSE OLAYA BALANDRA" (Exp.Nº 3157-07) así como al Dictamen de la Comisión de Obras del 10 de enero del 2008, el Informe Nº 062-2008-GDUR/MDCA, de fecha 05 de abril del 2008, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural; y, el Informe de la Asesoria Legal Externa de fecha 15 de diciembre del 2007.
CONSIDERANDO:
Que el Memorial de la Institución Educativa Publica Nº 20131 José Olaya Balandra cuestiona la Ordenanza Municipal Nº 005-2007 MDCA, que actualizo el Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Cerro Azul, al considerar que no se ha tenido en cuenta el área del predio de propiedad de dicha Institución;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 005-2007 MDCA, se aprobó la Actualización del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Cerro Azul, aprobado en sesión de Concejo del 09 de diciembre del año 2000 y mediante Ordenanza Nº 041-2001 MPC de la Municipalidad Provincial de fecha 09 de octubre del 2001;
Que, en los Anexos de la Ordenanza Nº 005-2007 MDCA, se incluye la Propuesta Vial, Zonificación de la Zona Urbana ( Lamina PV-4 de 4 ) estableciéndose una vía local principal adyacente al terreno que ocupa la Institución educativa, cuya sección B-B considera un ancho de 19.70 metros lineales;
Que, analizados los antecedentes sobre la propiedad del terreno que ocupa el Centro Educativo, de las actas de las sesiones de Concejo de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, de fechas 13 de Noviembre de 1957, y 31 de diciembre del mismo año, se desprende que el Concejo dono un área de 5,000 metros cuadrados, a la entonces Escuela de Varones Nº 450, lo cual es corroborado por la Resolución Ministerial Nº 6728 de 27 de Mayo de 1958 del Ministerio de Educación, en la que se autoriza al Inspector de Educación para que juntamente con los Síndicos del Concejo Distrital de Cerro Azul suscriban la escritura Publica de Donación respectiva;
Que, asimismo, en sesión de Concejo de fecha 14 de noviembre del año 1964, se acordó donar al Ministerio de Educación 2,000 metros para la edificación de la entonces Escuela Primaria de Mujeres Nº 466;
Que la transferencia de propiedad a titulo gratuito efectuada por la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, no fue inscrita en los Registros Públicos por los funcionarios responsables del Ministerio de Educación;
Que, al aprobarse el Plan de Desarrollo Urbano del Distrito en el año 2000, ni al efectuarse su actualización en el año 2007, se ha tenido en consideración que el Concejo Municipal había efectuado las donaciones en referencia; que los Centros Educativos Nº 450 y Nº 466 se convirtieron en el Nº 20131 y Nº 20132 respectivamente y que además, ambos se fusionaron de acuerdo a lo dispuesto mediante Resolución Directoral Regional Nº 651 del 5 de Abril del año 1977, prevaleciendo el Nº 20131.
Que, COFOPRI en el año 2000 ejecutó un Programa de Saneamiento Físico Legal en el casco urbano del Distrito, efectuando el levantamiento de un Plano de Trazado y Iotización, el 14 de diciembre del año 2000, con el nombre de "Centro Poblado Agrupamiento de familias Cerro Azul Cercado, Plano que se encuentra inscrito en el Registro Predial urbano con el Código PI 7019091 Asiento 003 de fecha 26 de Diciembre del año 2000, Fojas 9. En dicho Plano, el Centro Educativo figura en la Manzana X, Lote 1 con 3,591.20 m2, área menor a la que el Concejo Municipal donara para fines de infraestructura educativa;
Que, debe tenerse en cuenta que de acuerdo al Informe Técnico Nº 062-2008- GDUR/MDCA de fecha 05 de Abril de 2008, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, se hace indispensable que por razones de necesidad y utilidad pública se mantenga una vía secundaria local como prolongación de la calle Santa Rosa, además porque al ejecutarse el proyecto del Intercambio Vial en la Panamericana Sur, se generara una mayor afluencia de transito vehicular y también por razones de seguridad como vía de evacuación en caso de riesgo por desastre natural (Tsunami);
Que, de conformidad con el articulo 10º, Cap. II- Diseño de Vías- Normas GH. 020 del Título II del Reglamento Nacional de Edificaciones, las vías locales secundarias tendrán como mínimo dos módulos de veredas en cada frente que habilite lotes, dos módulos de calzada y por lo menos un módulo de estacionamiento, lo que significa que en el presente caso, el área mínima que corresponde es de 9.60 metros lineales; siendo el área remanente de 1,349.45 m2;
Que, de acuerdo con el articulo 13º del Reglamento de Acondicio-namiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2003 VIVIENDA, solo se consideran modificaciones al Plan de Desarrollo Urbano, las modificaciones de trazos de vías expresas, arteriales y colectoras, caso que no es el presente, por cuanto se trata de modificar una vía local principal por una vía local secundaria; por tanto, no se requiere seguir el procedimiento fijado en el articulo 11º de dicho Reglamento;
Que, en consecuencia es necesario modificar los anexos de la Ordenanza Municipal Nº 005-2008-MDCA incluyendo el Plano PV-4 de 4 reempla-zando la vía principal local por una vía secundaria local, así como cambiar la zonificación del área remanente de ZRP a CE, disponiéndose además la adecuación de los demás planos anexos a la Ordenanza en la parte pertinente;
Que, asimismo debe tramitarse ante COFOPRI, el replanteo del área del predio signado en el Plano inscrito en los Registros Públicos, como Manzana X Lote 1, así como de la vía prolongación de la Calle Santa Rosa, debiéndose poner en conocimiento del Ministerio de Educación para los fines de la inscripción a su favor; en el Registro Predial Urbano;
De conformidad con el articulo 70º de la Constitución Política del Estado, y articulo 9º inciso 8 de la ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Con el Voto unánime de los Señores Regidores y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Modificar los Anexos de la Ordenanza Municipal Nº 005-2007-MDCA, incluido el Plano PV-4 de 4, en el punto especifico Sección B-B de la calle Santa Rosa, en la cual se consigna una vía principal local de 19.70 metros lineales, debiendo ser una vía secundaria local cuya sección vial ( ancho ) será de 9.60 metros lineales.
ARTICULO 2º.-.Modificar el Plano PGZ ( 1 de 3 ) en la parte relativa a la zonificación del área remanente de la vía a que se refiere el articulo anterior, a la cual le corresponderá la zonificación CE.
ARTICULO 3º.- Adecuar todos los demás planos anexos a la Ordenanza Municipal Nº 005-2007 MDCA en la parte que incluyan la vía materia de modificación efectuada en el artículo primero de la presente Ordenanza.
ARTICULO 4º.- Requerir a COFOPRI, el replanteo del área del predio signado como Manzana X Lote 1 y de la vía prolongación de la calle Santa Rosa; que figuran en el Plano de Trazado y Iotización del llamado "Centro Poblado Agrupamiento de familias Cerro Azul Cercado", del 14 de diciembre del año 2000, inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código PI 7019091 Asiento 003 de fecha 26 de diciembre del año 2000, fojas 9. En dicho replanteo se deberá efectuar la rectificación de áreas y linderos respectivos.
ARTICULO 5º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural elabore una Memoria Descriptiva y demás documentos técnicos a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza.
ARTICULO 6º.- Transcribir la presente Ordenanza al Ministerio de Educación, a la Municipalidad Provincial de Cañete, a COFOPRI y a la Institución Educativa Publica Nº 20131 "JOSE OLAYA BALANDRA", para su conocimiento y fines consiguientes.
POR TANTO:
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
ORDENANZA Nº 006-2008-MDCA
Cerro Azul, 12 de Abril de 2008.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO:
Visto: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de abril de 2008, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento para la Prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 81º numeral 1.6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, constituyen funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Provinciales; normar, regular y controlar la circulación de vehículos menores motorizados y no motorizados;
Que, asimismo, de conformidad con el artículo 81º numeral 3.2 de la misma Ley Orgánica de Municipalidades; las Municipalidades Distritales tienen como función específica compartida, otorgar Licencias para la circulación de vehículos menores de acuerdo con lo establecido en la Regulación Provincial.
Que, la Municipalidad Provincial de Cañete mediante Ordenanza Nº 020-2004-MPC del 05 de abril del 2004, aprobó el Reglamento Provincial para la Prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores (moto taxis).
Que, dentro del marco de la referida Ordenanza Provincial, corresponde a esta Municipalidad aprobar las normas reglamentarias pertinentes a fin de autorizar la prestación del servicio dentro de la jurisdicción del Distrito de Cerro Azul.
Que, asimismo de conformidad con el estudio técnico efectuado por la Gerencia de Servicios Generales, debe fijarse la cantidad máxima de vehículos menores que pueden prestar el servicio en el distrito y el número mínimo y máximo de la flota por transportador autorizado
De conformidad con la Ley Nº 27189, el Decreto Supremo Nº 004-2000 MTC y su modificatoria efectuada por Decreto Supremo Nº 009-2000 MTC, la Ordenanza Nº 020-2004 MPC de la Municipalidad Provincial de Cañete y en uso de las facultades contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal, por unanimidad y con dispensa de aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, el Reglamento para la Prestación del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores en el Distrito de Cerro Azul, el mismo que cuenta con 08 Títulos 05 Capítulos, 42 Artículos, una Disposición Final y 4 anexos.
ARTICULO SEGUNDO.- Fijar en sesenta (60) el número máximo de vehículos que pueden prestar el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en el Distrito de Cerro Azul.
ARTICULO TERCERO.- Establecer el número mínimo y máximo de vehículos que pueden integrar la flota de un Transportador autorizado (Persona Jurídica)
Mínimo 03
Máximo 20
ARTICULO CUARTO.- Derogar las Ordenanzas Nº 014-2006-MDCA y Nº 017-2006-MDCA, con excepción del Cuadro de Procedimientos Administrativos y Pago de derechos que ha sido incorporado en el TUPA, el mismo que se mantiene vigente, debiéndose entender en adelante que cuando en dicho cuadro se hace referencia al Certificado de Habilitación Vehicular, debe entenderse que se trata de la Tarjeta de Habilitación Vehicular, y cuando se refiere a la autorización se trata del Permiso de Operación.
ARTICULO QUINTO.- Las personas naturales que obtuvieron autorización al amparo de la Ordenanza Nº 014-2006 MDCA, deberán adecuarse a las disposiciones de la presente Ordenanza en el plazo máximo de 30 días útiles contados a partir de su publicación, plazo dentro del cual además podrán solicitarse Permisos de Operación al amparo del reglamento que se aprueba por la presente Ordenanza, dentro del límite máximo de vehículos aprobado.
ARTICULO SEXTO.- Disponer que una vez vencido el plazo a que se refiere el artículo anterior, se suspende el tramite de solicitudes para obtener Permisos de Operación, restricción que se mantendrá vigente hasta el 31 de marzo del 2011.
ARTICULO SEPTIMO.- Solicitar el apoyo de la PNP para fines del cumplimiento de la presente Ordenanza.
ARTICULO OCTAVO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario de mayor circulación local.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
JUDICIALES
SEGUNDO REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. con Cesar Pillaca Quispe y Segundina Bonifacio Soto García, sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 2005-666, el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Doctor Jacinto Cama Quispe, Especialista Legal Doctora Daisy Guzmán Sánchez, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- EN SEGUNDA CONVOCATORIA: Parcela con Código Catastral Nº 30505 del Proyecto de Adjudicación Kimiriki Agua Dulce I Etapa, Distrito de Pichanaki, Provincia de Chanchamayo y Departamento de Junín, cuyo dominio se encuentra inscrito en la Ficha Nº 7135-PR del Registro de predios, Zona Registral VIII – Sede Satipo.
2.- VALOR DE TASACIÓN: US $ 12,707.00 (Doce mil setecientos siete con 00/100 dólares americanos)
3.- BASE DEL REMATE: US $ 7,200.63 (Siete mil doscientos con 63/100 dólares americanos, equivalente a las dos terceras partes menos el quince por ciento del valor de la tasación)
4.- AFECTACIONES: a) Hipoteca.- Constituida a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito de Cañete S.A.A., hasta por la suma de US $ 6,600 dólares americanos, inscrito en el asiento D-01 de la Ficha Nº 7135-PR del Registro de Predios, Zona Registral VIII – Sede Satipo
5.- DIA Y HORA DEL REMATE: Martes 22 de Abril de 2008, a horas 3:00 de la tarde
6.- LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito en Panamericana Sur kilómetro 144, distrito San Vicente de Cañete, provincia Cañete y departamento Lima.
7.- LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o en cheque de gerencia, presentarán DNI y Arancel Judicial indicando número del DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Adjudicatario cancela honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo a ley. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva.- Martillera Pública – Registro Nacional Nº 142.
María A. Zeballos Alva
Martillera Pública - Reg. Nº 142
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil Cañete
Publicar: 15, 16 y 17 de Abril.
EDICTO
Exp. Nº 108-2008 ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el Doctor José De la Cruz Vargas, Secretario Dr. Ricardo Lovera Hernández se ADMITIO una demanda de alimentos presentada por Santa Elisa Velásquez Vila contra Jaime Segundo Gutiérrez Borda, vía proceso único, ordenando se notifique al demandado JAIME SEGUNDO GUTIÉRREZ BORDA mediante Edictos concediéndosele el plazo de diez días para que conteste la demanda de alimentos incoada por SANTA ELISA VELASQUEZ VILA bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal.
Imperial, 13 de Marzo del 2008.
Dr. Ricardo Lovera Hernández
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado Imperial
Publicar: 15, 16 y 17 de Abril.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
PROVINCIA DE CAÑETE
EDICTO
Se hace saber que ante el Alcalde del Concejo Distrital, se han presentado don ADOLFO GRANADINO MORALES de 69 años, identificado con DNI 08786427, natural de Chiclayo, de nacionalidad peruana, ocupación Ingeniero Civil, estado civil divorciado, domiciliado en Capilla de Asia Km. 99 P.S., hijo de don Adolfo Granadino y doña Lola Morales; y doña MARIA EUGENIA CÁCERES MERCADO de 60 años, identificada con DNI 09144427, natural de Arequipa, de nacionalidad peruana, ocupación ama de casa, estado civil soltera, domiciliada en La Capilla de Asia Km. 99 P.S., hija de don Enrique Cáceres Falceto y doña Cristina Mercado de Cáceres; pretendiendo contraer Matrimonio Civil en este Municipio. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término señalado, que es de ocho días conforme a Ley.
Asia, 03 de Abril del 2008.
Paula Napán Ruíz
Jefe de los Registros del Estado Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don JOSE PAUL LUYO LEYVA con DNI 45081332, de 19 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión agricultor, de nacionalidad peruana, domiciliado en Calle Santos Lote 04 – C.P.M. Laura Caller – San Luis – Cañete; y doña CLARA CATALINA LUNA ESCALANTE, con DNI 46118039 de 19 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión su casa, de nacionalidad peruana, domiciliada en Calle Santos Lote 04 CPM Laura Caller – San Luis – Cañete, pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley. San Luis, 10 de Abril del 2008.
Laudy Lady Chávez Casanova
Jefe de Registro Civil
EDICTO JUDICIAL
SUCESION INTESTADA
Exp. 2008-68. Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de San Vicente – Cañete, que despacha la Dra. Estela A. Solano Alejos, Secretario Judicial Omar Velásquez Ochoa; NELLY VICENTE CASTILLO solicita la SUCESION INTESTADA de quien en vida fue VALENTÍN FLORES RAMÍREZ, fallecido el 20 de Febrero del 2008, en el distrito de Quilmaná, de la provincia de Cañete, departamento de Lima. Lo que se comunica a los que se consideren con derecho a heredar.
Cañete, 14 de Abril del 2008.
Omar Velásquez Ochoa
Secretario Judicial
1er. Juzgado de Paz Letrado de Cañete
PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199 – San Vicente – Cañete – Lima, MATILDE AURELIA TORRES ROMAN DE AVILA, DNI 15363995, solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO asentada en la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, en el que existe error material en su apellido materno y apellido paterno de su progenitora, Dice: MATILDE AURELIA TORRES ROMAN, JULIA NATALIA ROMAN DE TORRES, Debe Decir: MATILDE AURELIA TORRES RAMON, JULIA NATALIA RAMON DE TORRES. Lo que se publica para los fines de Ley.
Cañete, 11 de Abril del 2008.
Itala A. Garrafa peña
Abogada
Notario de Cañete
PUBLICACION
Ante le oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199 – San Vicente – Cañete – Lima, LUIS ALBERTO TORRES RAMON, DNI 15364632, solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, en el que existe omisión de segundo nombre de su progenitor, Dice: NICANOR TORRES MALASQUEZ; Debe Decir: NICANOR MAXIMO TORRES MALASQUEZ. Lo que se publica para los fines de Ley.
Cañete, 11 de Abril del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
JUZGADO MIXTO DE CAÑETE
Expediente Nº 2008 – 00011 por ante el Juzgado Mixto de Cañete, la señora Juez ha proveído lo siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO DOS.- Cañete, 18 de Febrero del año 2008. ADMÍTASE la demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesto por JOSE RAMIRO SANTIAGO MAGALLANES BARREDA, contra LA COMUNIDAD CAMPESINA DE CAÑETE, debiendo tramitarse en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO (…) TRASLADO de la demanda a la COMUNIDAD CAMPESINA DE CAÑETE para que dentro de TREINTA DÍAS de notificado por EDICTOS absuelva la demanda, bajo APERCIBIMIENTO de NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento. (…) PUBLÍQUESE en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Diario "Al Día Con Matices" de esta localidad un extracto de la demanda por el PLAZO DE TRES DÍAS. María de los Milagros Luyo Sánchez, Juez. Fdo. Miguel Eduardo Morán Ruíz.- Secretario Judicial.
Cañete, 18 de Febrero del 2008.
Miguel Eduardo Morán Ruíz
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Cañete
Publicar: 16, 22 y 26 de Abril
EDICTO
Ante mí se ha presentado SARA SILVESTRA SANTANA DE PEÑA, solicitando la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, expedida por la Municipalidad Distrital de Lunahuaná – Cañete, en el siguiente extremo:
Nombre del padre: Dice: CARLOS SANTANA
Debe Decir: CARLOS SIMEON SANTANA TEJADA
Lo que se notifica en cumplimiento de la Ley 26662.
Cañete, 14 de Abril del 2008.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
Jr. Nicolás Ayllón Nº 105 – Lunahuaná – Cañete
Telefax: 2841060
EDICTO
Ante mí se ha presentado JOSE ENRIQUE SANTANA GUERRERO, solicitando la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, expedida por la Municipalidad Distrital de Lunahuaná – Cañete, en el siguiente extremo:
Nombre del padre: Dice: CARLOS SANTANA
Debe Decir: CARLOS SIMEON SANTANA TEJADA
Lo que se notifica en cumplimiento de la Ley 26662.
Cañete, 14 de Abril del 2008.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
Jr. Nicolás Ayllón Nº 105 – Lunahuaná – Cañete - Telefax: 2841060
EDICTOS
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ISAIAS, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2007-0437, a CESAR ALBERTO PORTUGUEZ LARA, para la LECTURA DE SENTENCIA, Día: 24/04/2008, Hora: 10.30 AM.; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y Captura en caso de inconcurrencia, Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; agraviado: Cesar Alberto Portugués García. Cañete 07/04/2008.
Secretario: Astohuaman
16, 17 y 18 de Abril
EDICTO
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2007-0007, a GERMAN VICENTE DE LA CRUZ CERVANTES, Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; agraviado: Ian German De La Cruz Meza. Cañete 11/04/2008.
Secretario: Ferrer
16, 17 y 18 de Abril
EDICTO
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez Ascencio, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2007-0555, a JUAN NICOMEDES CASAS RIVAS, Declarado REO AUSENTE, Delito: Contra el Patrimonio – HURTO AGRAVADO Agraviado: Ministerio de Transporte y Comunicaciones y el Estado. Cañete 04/04/2008.
Secretario: Castillo
16, 17 y 18 de Abril
EDICTO
La SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que asista a la Sala de Audiencias y responda por los cargos que se le imputan, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ y ordenar su captura:
EXP. 2001-1776, a MIGUEL ANGEL CARDENAS LLERENA, GUILLERMO MIRANDA MORENO, JOSE TEODORO CHAUPIN DAVILA Y MANUEL ESTRADA GONZALES, Día: 22/04/2008 a las 10:30 AM, Delito: Peculado. Cañete 08/04/2008.
EXP. 2001-1770 a ERIKA CRISTHEL PEREZ GLORIA, Delito: Corrupción de Funcionarios Agraviado: El Estado Peruano. Cañete 07/04/2008.
Presidente: Martínez, Secretario: Peralta
16, 17 y 18 de Abril
EDICTO
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL, Juez VENTURA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2003-0239, a ALEXIS SALAZAR TORRES, Delito: Contra la Fe Publica – FALSIFICACION DE DOCUMENTOS; agraviado: El Estado. Cañete 03/04/2008.
EXP. 2003-0643, a RAUL SANCHEZ RAMIREZ, Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; agraviado: Marlene Mendieta Salhuana, al haber sido declarado REO CONTUMAZ, Cañete 07/04/2008.
EXP. 2005-1121, a ABEL ELGUERA CUETO, Delito: Robo Agravado – Tentativa; agraviado: Jesús Acuña Arias, al haber sido declarado REO CONTUMAZ, Cañete 07/04/2008.
EXP. 2007-0583, a ARTURO HILARIO PECHAS QUISPE, Delito: Contra los Derechos de Autor; agraviado: APDAYC, al haber sido declarado REO AUSENTE, Cañete 07/04/2008.
Secretario: Zamudio
16, 17 y 18 de Abril
AVISO DE CONVOCATORIA A JUNTA OBLIGATORIA ANUAL DE ACCIONISTAS
Por acuerdo de Directorio se convoca a los Accionistas de la Empresa Agrícola Tercer Mundo Sociedad Anónima, a la Junta Obligatoria Anual de Accionistas que se llevará a cabo el día 26 de Abril próximo a horas 08:00 a.m., en primera convocatoria; y para el 29 de Abril de los corrientes a horas 08:00 a.m. en segunda convocatoria; a llevarse a cabo en el local ubicado en los Jardines de la Casona Montalbán – Ranchería Alta de la Carretera Panamericana Sur Km. 143.5 s/n., del distrito de San Vicente de Cañete, con la finalidad de tratar la siguiente agenda:
1.- Memoria del Presidente.
2.- Exposición y aprobación del Balance Anual.
3.- Elecciones de los miembros del Directorio Período 2008 – 2010.
4.- Aprobación de la modificación del Estatuto.
San Vicente, 15 de Abril del 2008.
El Directorio.
Paulino Perales López
Presidente
SEGUNDO REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. con Cesar Pillaca Quispe y Segundina Bonifacio Soto García, sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 2005-666, el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Doctor Jacinto Cama Quispe, Especialista Legal Doctora Daisy Guzmán Sánchez, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- EN SEGUNDA CONVOCATORIA: Parcela con Código Catastral Nº 30505 del Proyecto de Adjudicación Kimiriki Agua Dulce I Etapa, Distrito de Pichanaki, Provincia de Chanchamayo y Departamento de Junín, cuyo dominio se encuentra inscrito en la Ficha Nº 7135-PR del Registro de predios, Zona Registral VIII – Sede Satipo.
2.- VALOR DE TASACIÓN: US $ 12,707.00 (Doce mil setecientos siete con 00/100 dólares americanos)
3.- BASE DEL REMATE: US $ 7,200.63 (Siete mil doscientos con 63/100 dólares americanos, equivalente a las dos terceras partes menos el quince por ciento del valor de la tasación)
4.- AFECTACIONES: a) Hipoteca.- Constituida a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito de Cañete S.A.A., hasta por la suma de US $ 6,600 dólares americanos, inscrito en el asiento D-01 de la Ficha Nº 7135-PR del Registro de Predios, Zona Registral VIII – Sede Satipo
5.- DIA Y HORA DEL REMATE: Martes 22 de Abril de 2008, a horas 3:00 de la tarde
6.- LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito en Panamericana Sur kilómetro 144, distrito San Vicente de Cañete, provincia Cañete y departamento Lima.
7.- LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o en cheque de gerencia, presentarán DNI y Arancel Judicial indicando número del DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Adjudicatario cancela honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo a ley. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva.- Martillera Pública – Registro Nacional Nº 142.
María A. Zeballos Alva
Martillera Pública - Reg. Nº 142
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil Cañete
Publicar: 15, 16 y 17 de Abril.
EDICTO
Exp. Nº 108-2008 ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el Doctor José De la Cruz Vargas, Secretario Dr. Ricardo Lovera Hernández se ADMITIO una demanda de alimentos presentada por Santa Elisa Velásquez Vila contra Jaime Segundo Gutiérrez Borda, vía proceso único, ordenando se notifique al demandado JAIME SEGUNDO GUTIÉRREZ BORDA mediante Edictos concediéndosele el plazo de diez días para que conteste la demanda de alimentos incoada por SANTA ELISA VELASQUEZ VILA bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal.
Imperial, 13 de Marzo del 2008.
Dr. Ricardo Lovera Hernández
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado Imperial
Publicar: 15, 16 y 17 de Abril.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
PROVINCIA DE CAÑETE
EDICTO
Se hace saber que ante el Alcalde del Concejo Distrital, se han presentado don ADOLFO GRANADINO MORALES de 69 años, identificado con DNI 08786427, natural de Chiclayo, de nacionalidad peruana, ocupación Ingeniero Civil, estado civil divorciado, domiciliado en Capilla de Asia Km. 99 P.S., hijo de don Adolfo Granadino y doña Lola Morales; y doña MARIA EUGENIA CÁCERES MERCADO de 60 años, identificada con DNI 09144427, natural de Arequipa, de nacionalidad peruana, ocupación ama de casa, estado civil soltera, domiciliada en La Capilla de Asia Km. 99 P.S., hija de don Enrique Cáceres Falceto y doña Cristina Mercado de Cáceres; pretendiendo contraer Matrimonio Civil en este Municipio. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término señalado, que es de ocho días conforme a Ley.
Asia, 03 de Abril del 2008.
Paula Napán Ruíz
Jefe de los Registros del Estado Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don JOSE PAUL LUYO LEYVA con DNI 45081332, de 19 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión agricultor, de nacionalidad peruana, domiciliado en Calle Santos Lote 04 – C.P.M. Laura Caller – San Luis – Cañete; y doña CLARA CATALINA LUNA ESCALANTE, con DNI 46118039 de 19 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión su casa, de nacionalidad peruana, domiciliada en Calle Santos Lote 04 CPM Laura Caller – San Luis – Cañete, pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley. San Luis, 10 de Abril del 2008.
Laudy Lady Chávez Casanova
Jefe de Registro Civil
EDICTO JUDICIAL
SUCESION INTESTADA
Exp. 2008-68. Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de San Vicente – Cañete, que despacha la Dra. Estela A. Solano Alejos, Secretario Judicial Omar Velásquez Ochoa; NELLY VICENTE CASTILLO solicita la SUCESION INTESTADA de quien en vida fue VALENTÍN FLORES RAMÍREZ, fallecido el 20 de Febrero del 2008, en el distrito de Quilmaná, de la provincia de Cañete, departamento de Lima. Lo que se comunica a los que se consideren con derecho a heredar.
Cañete, 14 de Abril del 2008.
Omar Velásquez Ochoa
Secretario Judicial
1er. Juzgado de Paz Letrado de Cañete
PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199 – San Vicente – Cañete – Lima, MATILDE AURELIA TORRES ROMAN DE AVILA, DNI 15363995, solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO asentada en la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, en el que existe error material en su apellido materno y apellido paterno de su progenitora, Dice: MATILDE AURELIA TORRES ROMAN, JULIA NATALIA ROMAN DE TORRES, Debe Decir: MATILDE AURELIA TORRES RAMON, JULIA NATALIA RAMON DE TORRES. Lo que se publica para los fines de Ley.
Cañete, 11 de Abril del 2008.
Itala A. Garrafa peña
Abogada
Notario de Cañete
PUBLICACION
Ante le oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199 – San Vicente – Cañete – Lima, LUIS ALBERTO TORRES RAMON, DNI 15364632, solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, en el que existe omisión de segundo nombre de su progenitor, Dice: NICANOR TORRES MALASQUEZ; Debe Decir: NICANOR MAXIMO TORRES MALASQUEZ. Lo que se publica para los fines de Ley.
Cañete, 11 de Abril del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
JUZGADO MIXTO DE CAÑETE
Expediente Nº 2008 – 00011 por ante el Juzgado Mixto de Cañete, la señora Juez ha proveído lo siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO DOS.- Cañete, 18 de Febrero del año 2008. ADMÍTASE la demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesto por JOSE RAMIRO SANTIAGO MAGALLANES BARREDA, contra LA COMUNIDAD CAMPESINA DE CAÑETE, debiendo tramitarse en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO (…) TRASLADO de la demanda a la COMUNIDAD CAMPESINA DE CAÑETE para que dentro de TREINTA DÍAS de notificado por EDICTOS absuelva la demanda, bajo APERCIBIMIENTO de NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento. (…) PUBLÍQUESE en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Diario "Al Día Con Matices" de esta localidad un extracto de la demanda por el PLAZO DE TRES DÍAS. María de los Milagros Luyo Sánchez, Juez. Fdo. Miguel Eduardo Morán Ruíz.- Secretario Judicial.
Cañete, 18 de Febrero del 2008.
Miguel Eduardo Morán Ruíz
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Cañete
Publicar: 16, 22 y 26 de Abril
EDICTO
Ante mí se ha presentado SARA SILVESTRA SANTANA DE PEÑA, solicitando la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, expedida por la Municipalidad Distrital de Lunahuaná – Cañete, en el siguiente extremo:
Nombre del padre: Dice: CARLOS SANTANA
Debe Decir: CARLOS SIMEON SANTANA TEJADA
Lo que se notifica en cumplimiento de la Ley 26662.
Cañete, 14 de Abril del 2008.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
Jr. Nicolás Ayllón Nº 105 – Lunahuaná – Cañete
Telefax: 2841060
EDICTO
Ante mí se ha presentado JOSE ENRIQUE SANTANA GUERRERO, solicitando la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, expedida por la Municipalidad Distrital de Lunahuaná – Cañete, en el siguiente extremo:
Nombre del padre: Dice: CARLOS SANTANA
Debe Decir: CARLOS SIMEON SANTANA TEJADA
Lo que se notifica en cumplimiento de la Ley 26662.
Cañete, 14 de Abril del 2008.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
Jr. Nicolás Ayllón Nº 105 – Lunahuaná – Cañete - Telefax: 2841060
EDICTOS
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ISAIAS, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2007-0437, a CESAR ALBERTO PORTUGUEZ LARA, para la LECTURA DE SENTENCIA, Día: 24/04/2008, Hora: 10.30 AM.; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y Captura en caso de inconcurrencia, Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; agraviado: Cesar Alberto Portugués García. Cañete 07/04/2008.
Secretario: Astohuaman
16, 17 y 18 de Abril
EDICTO
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2007-0007, a GERMAN VICENTE DE LA CRUZ CERVANTES, Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; agraviado: Ian German De La Cruz Meza. Cañete 11/04/2008.
Secretario: Ferrer
16, 17 y 18 de Abril
EDICTO
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez Ascencio, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2007-0555, a JUAN NICOMEDES CASAS RIVAS, Declarado REO AUSENTE, Delito: Contra el Patrimonio – HURTO AGRAVADO Agraviado: Ministerio de Transporte y Comunicaciones y el Estado. Cañete 04/04/2008.
Secretario: Castillo
16, 17 y 18 de Abril
EDICTO
La SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que asista a la Sala de Audiencias y responda por los cargos que se le imputan, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ y ordenar su captura:
EXP. 2001-1776, a MIGUEL ANGEL CARDENAS LLERENA, GUILLERMO MIRANDA MORENO, JOSE TEODORO CHAUPIN DAVILA Y MANUEL ESTRADA GONZALES, Día: 22/04/2008 a las 10:30 AM, Delito: Peculado. Cañete 08/04/2008.
EXP. 2001-1770 a ERIKA CRISTHEL PEREZ GLORIA, Delito: Corrupción de Funcionarios Agraviado: El Estado Peruano. Cañete 07/04/2008.
Presidente: Martínez, Secretario: Peralta
16, 17 y 18 de Abril
EDICTO
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL, Juez VENTURA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2003-0239, a ALEXIS SALAZAR TORRES, Delito: Contra la Fe Publica – FALSIFICACION DE DOCUMENTOS; agraviado: El Estado. Cañete 03/04/2008.
EXP. 2003-0643, a RAUL SANCHEZ RAMIREZ, Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; agraviado: Marlene Mendieta Salhuana, al haber sido declarado REO CONTUMAZ, Cañete 07/04/2008.
EXP. 2005-1121, a ABEL ELGUERA CUETO, Delito: Robo Agravado – Tentativa; agraviado: Jesús Acuña Arias, al haber sido declarado REO CONTUMAZ, Cañete 07/04/2008.
EXP. 2007-0583, a ARTURO HILARIO PECHAS QUISPE, Delito: Contra los Derechos de Autor; agraviado: APDAYC, al haber sido declarado REO AUSENTE, Cañete 07/04/2008.
Secretario: Zamudio
16, 17 y 18 de Abril
AVISO DE CONVOCATORIA A JUNTA OBLIGATORIA ANUAL DE ACCIONISTAS
Por acuerdo de Directorio se convoca a los Accionistas de la Empresa Agrícola Tercer Mundo Sociedad Anónima, a la Junta Obligatoria Anual de Accionistas que se llevará a cabo el día 26 de Abril próximo a horas 08:00 a.m., en primera convocatoria; y para el 29 de Abril de los corrientes a horas 08:00 a.m. en segunda convocatoria; a llevarse a cabo en el local ubicado en los Jardines de la Casona Montalbán – Ranchería Alta de la Carretera Panamericana Sur Km. 143.5 s/n., del distrito de San Vicente de Cañete, con la finalidad de tratar la siguiente agenda:
1.- Memoria del Presidente.
2.- Exposición y aprobación del Balance Anual.
3.- Elecciones de los miembros del Directorio Período 2008 – 2010.
4.- Aprobación de la modificación del Estatuto.
San Vicente, 15 de Abril del 2008.
El Directorio.
Paulino Perales López
Presidente
MPC INICIA ACCION JUDICIAL CONTRA EMPRESA RESERMED...
El Pleno del Concejo Provincial de Cañete, en sesión extraordinaria del pasado 28 de marzo del año en curso, autorizó al Procurador Público Municipal para que en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad inicie los procesos judiciales correspondientes, contra la empresa RESERMED S.A.C.
Como se recuerda el 14 de agosto del año 2006, se suscribió contrato de arrendamiento con el Gerente General de Resermed S.A.C., de un local de propiedad de la Municipalidad Provincial, en las Galerías San Agustín del distrito de San Vicente de Cañete, en donde viene funcionando la Clínica de la Confraternidad.
Mediante informe del Jefe de la Unidad de Control y Recaudación se ha detectado que el arrendatario ha incumplido con el pago de la merced conductiva, adeudando hasta la fecha a la Municipalidad Provincial de Cañete.
Asimismo no ha dado cumplimiento a los compromisos asumidos y estipulados en el contrato, en la instalación de múltiples servicios médicos, lo cual es causal de resolución contractual; por ello se iniciarán las acciones judiciales de desalojo por la causal de falta de pago y otros que correspondan.
El Pleno del Concejo Provincial de Cañete, en sesión extraordinaria del pasado 28 de marzo del año en curso, autorizó al Procurador Público Municipal para que en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad inicie los procesos judiciales correspondientes, contra la empresa RESERMED S.A.C.
Como se recuerda el 14 de agosto del año 2006, se suscribió contrato de arrendamiento con el Gerente General de Resermed S.A.C., de un local de propiedad de la Municipalidad Provincial, en las Galerías San Agustín del distrito de San Vicente de Cañete, en donde viene funcionando la Clínica de la Confraternidad.
Mediante informe del Jefe de la Unidad de Control y Recaudación se ha detectado que el arrendatario ha incumplido con el pago de la merced conductiva, adeudando hasta la fecha a la Municipalidad Provincial de Cañete.
Asimismo no ha dado cumplimiento a los compromisos asumidos y estipulados en el contrato, en la instalación de múltiples servicios médicos, lo cual es causal de resolución contractual; por ello se iniciarán las acciones judiciales de desalojo por la causal de falta de pago y otros que correspondan.
COMERCIANTES Y AUTORIDADES COMIENZAN A ENTENDERSE PARA CONSTRUIR NUEVO MERCADO...
SAN VICENTE.- Y todo parece indicar que los comerciantes de la explanada del vetusto mercado de San Vicente y las autoridades edilicias, comienzan a entenderse, y así lograr la ansiada construcción del Mercado Modelo de San Vicente.
La buena nueva lo dio el regidor de la Municipalidad Provincial de Cañete, Dr. Arturo Chau Murga, quien
confió que esta vez los comerciantes presidido, Por Jorge Correa y el acalde, Javier Alvarado habían llegado a importantes acuerdos.
Precisó que entre los acuerdos que han llegado con los comerciantes de San Vicente, se tiene la demolición del local y luego que ellos ocupen esa área libre para expender sus productos, dejando el área libre.
Arturo Chau, manifestó que los comerciantes corren un constante peligro, toda vez que los cordones de alta tensión cruzan por encima de ellos, aparte que quieren que la vía esté libre.
Anunció que en diez días se iniciarán con la demolición y en mes y medio los comerciantes ya podrán ingresar a su recinto para ofertar sus productos.
"Por fin se hará realidad la construcción del Mercado Modelo de San Vicente", puntualizó Chau Murga, expresando que los comerciantes pueden realizar los expedientes técnicos y se culmine con el saneamiento físico legal del predio.
SAN VICENTE.- Y todo parece indicar que los comerciantes de la explanada del vetusto mercado de San Vicente y las autoridades edilicias, comienzan a entenderse, y así lograr la ansiada construcción del Mercado Modelo de San Vicente.
La buena nueva lo dio el regidor de la Municipalidad Provincial de Cañete, Dr. Arturo Chau Murga, quien
confió que esta vez los comerciantes presidido, Por Jorge Correa y el acalde, Javier Alvarado habían llegado a importantes acuerdos.
Precisó que entre los acuerdos que han llegado con los comerciantes de San Vicente, se tiene la demolición del local y luego que ellos ocupen esa área libre para expender sus productos, dejando el área libre.
Arturo Chau, manifestó que los comerciantes corren un constante peligro, toda vez que los cordones de alta tensión cruzan por encima de ellos, aparte que quieren que la vía esté libre.
Anunció que en diez días se iniciarán con la demolición y en mes y medio los comerciantes ya podrán ingresar a su recinto para ofertar sus productos.
"Por fin se hará realidad la construcción del Mercado Modelo de San Vicente", puntualizó Chau Murga, expresando que los comerciantes pueden realizar los expedientes técnicos y se culmine con el saneamiento físico legal del predio.
15 abril 2008
HASTA CUANDO LA PALABRERIA...
Escribe: Lic. César Calagua Gutiérrez
Creemos que es ya el momento de acabar con la búsqueda permanente de la figuración personal y hay que dedicarse a realizar una verdadera labor, cada uno en uno en su centro respectivo.
Y decimos esto porque nuevamente estamos viendo lo absurdo de la ceremonia de izamiento del Pabellón Nacional cada domingo, donde vemos a más de un funcionario o autoridad que quiere hacer de este día "el suyo", porque al hacer uso de la palabra no se centran en el tema, sino que aprovechan para mostrar su figura y buscan que sobresalir a como de lugar. Lo primero que hacen es buscar tribuna, con temas que no vienen al caso.
Todavía continúan las invitaciones múltiples a instituciones o grupos de personas que realmente no representan a nadie y mucho menos tienen el respaldo o reconocimiento de la célula viva de nuestra sociedad cañetana.
Creemos que cuando se celebra una fecha especial en la semana o el domingo, el tema de exposición no puede ser otro que el del motivo de la reunión, pero lamentablemente seguimos viendo y escuchando cada tontería a quienes se pelean por hacer uso de la palabra, por izar una de las banderas, etc. etc.
Hoy queremos insistir que quienes tienen la responsabilidad de organizar y programar este acto tan importante cada domingo, se ubiquen y plasmen de una vez por todas para lograr que este acto de respeto y sumisión hacia los Símbolos Patrios se haga bien.
Que le cuesta a la persona responsable de esta organización pedir a las Instituciones, gremios o sociedades que les informen cuando es su fecha de creación, aniversario o tienen programada su fiesta institucional, para que allí se encarguen de izar el Pabellón, para que sea de manera organizada y concreta sin que medie de por medio el compadrazgo, la amistad o el favor político, que desmerece este acto tan importante.
Esto es fácil de hacer lo que sucede es que no se desea hacer para seguir con el continuismo fácil y barato. Hay que cambiar y sería bueno que se haga esto antes del mes de julio, hacerlo ya y ahora.
Esperamos…
Escribe: Lic. César Calagua Gutiérrez
Creemos que es ya el momento de acabar con la búsqueda permanente de la figuración personal y hay que dedicarse a realizar una verdadera labor, cada uno en uno en su centro respectivo.
Y decimos esto porque nuevamente estamos viendo lo absurdo de la ceremonia de izamiento del Pabellón Nacional cada domingo, donde vemos a más de un funcionario o autoridad que quiere hacer de este día "el suyo", porque al hacer uso de la palabra no se centran en el tema, sino que aprovechan para mostrar su figura y buscan que sobresalir a como de lugar. Lo primero que hacen es buscar tribuna, con temas que no vienen al caso.
Todavía continúan las invitaciones múltiples a instituciones o grupos de personas que realmente no representan a nadie y mucho menos tienen el respaldo o reconocimiento de la célula viva de nuestra sociedad cañetana.
Creemos que cuando se celebra una fecha especial en la semana o el domingo, el tema de exposición no puede ser otro que el del motivo de la reunión, pero lamentablemente seguimos viendo y escuchando cada tontería a quienes se pelean por hacer uso de la palabra, por izar una de las banderas, etc. etc.
Hoy queremos insistir que quienes tienen la responsabilidad de organizar y programar este acto tan importante cada domingo, se ubiquen y plasmen de una vez por todas para lograr que este acto de respeto y sumisión hacia los Símbolos Patrios se haga bien.
Que le cuesta a la persona responsable de esta organización pedir a las Instituciones, gremios o sociedades que les informen cuando es su fecha de creación, aniversario o tienen programada su fiesta institucional, para que allí se encarguen de izar el Pabellón, para que sea de manera organizada y concreta sin que medie de por medio el compadrazgo, la amistad o el favor político, que desmerece este acto tan importante.
Esto es fácil de hacer lo que sucede es que no se desea hacer para seguir con el continuismo fácil y barato. Hay que cambiar y sería bueno que se haga esto antes del mes de julio, hacerlo ya y ahora.
Esperamos…
FAVRE RECIBIO CONDECORACION POR TRABAJO REALIZADO EN FORSUR...
Lo que son las cosas… su paso como presidente del Fondo de Reconstrucción del Sur (Forsur), a decir de tirios y troyanos no fue de lo mejor… es más, muchos dirían que fue intrascendente y hasta que no se logró avanzar como debiera, simplemente porque le faltó capacidad…
Pero, ello no ha sido motivo, para que el actual Presidente del FORSUR Enrique Cornejo Ramírez, entregara sendas medallas de Orden al Mérito de la Vivienda a los ex directivos de la entidad, Julio Favre Carranza, Eduardo Figari Gold y Fernando Cillóniz Benavides.
Las medallas y diplomas fueron otorgadas en "reconocimiento" a la labor realizada en el proceso de reconstrucción de las zonas afectadas por el sismo ocurrido en agosto de 2007, y quizás la razón de tal condecoración se deba simplemente a que fueron los que asumieron el reto ante un problema tan complejo, como era la reconstrucción de la zona afectada por el terremoto… razones que en su alocución Enrique Cornejo señalara.
"Reconocemos la tarea que han iniciado, y que ha sido incomprendida por muchos. Pero es fácil criticar, es fácil decir que se haga rápido, pero se debe reconocer que esta tarea no solo debe centrarse en reconstruir con ladrillos, sino superar problemas como la falta de titulación, informalidad, pobreza, entre otros", indicó Cornejo.
Agregó que producto del trabajo de los directores salientes se elaboró el Plan de Reconstrucción, un documento que es una propuesta seria e integral de futuro, que permitirá construir ciudades que mejorarán la calidad de vida de los damnificados; sin embargo es un documento al que debería de dársele una mayor difusión para que la población afectada en su conjunto lo conozca, y no sea un documento que se encuentre encarpetado en las oficinas de algunos funcionarios del gobierno.
De otro lado, indicó que las oficinas descentralizadas de Forsur permitirán un trabajo de recopilación de información y de proyectos que serán elevados al directorio de la entidad.
Por su parte, el ex presidente de directorio, Julio Favre, destacó el trabajo realizado en los primeros siete meses de creación de Forsur y dijo que con el Plan de Reconstrucción se cuenta con una base que permitirá un proceso de rehabilitación más seguro. Sobre la elección del ministro de Vivienda, Enrique Cornejo Ramírez, como presidente de Forsur, sostuvo que ha sido la mejor elección porque el trabajo en la segunda etapa de la reconstrucción será mucho más ágil.
Asimismo agradeció a los miembros del directorio y al presidente regional de Lima, Nelson Chui, por haber sido uno de los funcionarios que más trabajó para que avance la reconstrucción de las zonas afectadas por el sismo.
Respecto al trabajo descentralizado que realiza Forsur –desde febrero- en las zonas de Ica, Pisco, Chincha y Cañete–Yauyos, Favre indicó que dichas oficinas reforzarán las capacidades técnicas de los municipios.
Lo que son las cosas… su paso como presidente del Fondo de Reconstrucción del Sur (Forsur), a decir de tirios y troyanos no fue de lo mejor… es más, muchos dirían que fue intrascendente y hasta que no se logró avanzar como debiera, simplemente porque le faltó capacidad…
Pero, ello no ha sido motivo, para que el actual Presidente del FORSUR Enrique Cornejo Ramírez, entregara sendas medallas de Orden al Mérito de la Vivienda a los ex directivos de la entidad, Julio Favre Carranza, Eduardo Figari Gold y Fernando Cillóniz Benavides.
Las medallas y diplomas fueron otorgadas en "reconocimiento" a la labor realizada en el proceso de reconstrucción de las zonas afectadas por el sismo ocurrido en agosto de 2007, y quizás la razón de tal condecoración se deba simplemente a que fueron los que asumieron el reto ante un problema tan complejo, como era la reconstrucción de la zona afectada por el terremoto… razones que en su alocución Enrique Cornejo señalara.
"Reconocemos la tarea que han iniciado, y que ha sido incomprendida por muchos. Pero es fácil criticar, es fácil decir que se haga rápido, pero se debe reconocer que esta tarea no solo debe centrarse en reconstruir con ladrillos, sino superar problemas como la falta de titulación, informalidad, pobreza, entre otros", indicó Cornejo.
Agregó que producto del trabajo de los directores salientes se elaboró el Plan de Reconstrucción, un documento que es una propuesta seria e integral de futuro, que permitirá construir ciudades que mejorarán la calidad de vida de los damnificados; sin embargo es un documento al que debería de dársele una mayor difusión para que la población afectada en su conjunto lo conozca, y no sea un documento que se encuentre encarpetado en las oficinas de algunos funcionarios del gobierno.
De otro lado, indicó que las oficinas descentralizadas de Forsur permitirán un trabajo de recopilación de información y de proyectos que serán elevados al directorio de la entidad.
Por su parte, el ex presidente de directorio, Julio Favre, destacó el trabajo realizado en los primeros siete meses de creación de Forsur y dijo que con el Plan de Reconstrucción se cuenta con una base que permitirá un proceso de rehabilitación más seguro. Sobre la elección del ministro de Vivienda, Enrique Cornejo Ramírez, como presidente de Forsur, sostuvo que ha sido la mejor elección porque el trabajo en la segunda etapa de la reconstrucción será mucho más ágil.
Asimismo agradeció a los miembros del directorio y al presidente regional de Lima, Nelson Chui, por haber sido uno de los funcionarios que más trabajó para que avance la reconstrucción de las zonas afectadas por el sismo.
Respecto al trabajo descentralizado que realiza Forsur –desde febrero- en las zonas de Ica, Pisco, Chincha y Cañete–Yauyos, Favre indicó que dichas oficinas reforzarán las capacidades técnicas de los municipios.
Cacra, Huampará y Hongos... Ya Tienen Luz Verde...
60 SOLICITUDES DE REVOCATORIA ESTAN LISTAS PARA SU CONVOCATORIA...
Sesenta solicitudes de revocatoria, que involucran a 282 autoridades municipales de 58 distritos del país, alcanzaron el número de firmas necesarias hasta el 10 de abril pasado y están expeditas para la convocatoria a consulta popular, informó hoy el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Según un reporte del Infogob (Observatorio para la Gobernabilidad) del JNE, dichas solicitudes están debidamente sustentadas con el acta de verificación positiva de firmas emitida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), que confirma el número de firmas válidas establecido mediante Resolución No. 258-2007-JNE.
De las 282 autoridades que serán sometidas a consulta de revocatoria, 56 son alcaldes distritales (19.86%) y 226 son regidores distritales (80.14%).
Si bien las solicitudes son 60, éstas promueven iniciativas de revocatoria solamente en 58 distritos, debido a que en las jurisdicciones de Santa Leonor, en la provincia de Huaura (Lima), y de Carhuacallanga, en la provincia de Huancayo (Junín), alcanzaron el número de firmas requerido dos pedidos cada una.
Regiones con más distritos involucrados…
Ancash y Lima tienen el mayor número de distritos cuyas autoridades se busca revocar, con 12 y 8, respectivamente. Les siguen Cajamarca con 5 distritos; Ayacucho y San Martín con 4; Amazonas, Apurímac, Cusco y Huánuco con 3.
Con dos distritos figuran Huanca-velica, Ica y Loreto, mientras que con un distrito están Arequipa, Junín, La Libertad, Piura, Puno, Tacna y Ucayali.
En el departamento de Lima hay pedidos de revocatoria de alcaldes y regidores de los distritos de Santa Leonor (Huaura), San Pedro de Huancayre (Huarochirí), Santiago de Tuna (Huarochirí), Cacra (Yauyos), Huampará (Yauyos), Hongos (Yauyos), Sumbilca (Huaral) y Supe (Barranca).
Asimismo, entre los 58 distritos con solicitudes debidamente sustentadas, se verificó que en 26 -es decir, en casi la mitad de las zonas involucradas- se han celebrado consultas de revocatoria anteriormente.
Con tres revocatorias figura un solo distrito (1.72%). Éste es Curimana, ubicada en la provincia Padre Abad (Ucayali), donde se han producido revocatorias en 1997, 2001 y 2004.
En tanto, con dos revocatorias están tres distritos (5.17%) y con una revocatoria 22 distritos (37.93%).
Respecto del nivel de aprobación obtenido en las últimas elecciones municipales por las autoridades que se pretende revocar, Infogob ha constatado que la mayoría tuvo un amplio respaldo del electorado.
Así, las autoridades de cinco distritos lograron el respaldo de más del 40% del total de electores que asistieron a sufragar. Destaca el caso de las autoridades del distrito de Santiago de Tuna en Huarochirí, que habiendo obtenido el apoyo del 60.07% de los votos emitidos, hoy se solicita su revocatoria.
En 22 distritos, los elegidos obtuvieron entre 30% y 40% de la votación, y en otras 22 jurisdicciones, entre 20% y 30%.
Sólo en nueve distritos las autoridades fueron elegidas con un respaldo menor al 20% del total de votos emitidos, siendo el caso del distrito de Huampará, en Yauyos, un caso singular, pues sus autoridades fueron elegidas con 14.65% de los votos.
Un detalle importante es que el 98.28 por ciento de los distritos que han presentado solicitudes para revocar autoridades pertenece al nivel socioeconómico pobre (extremo y no extremo).
Sólo el distrito de Túpac Amaru Inca, en Pisco (Ica), es considerado como no pobre, de acuerdo a la clasificación realizada el 2006 por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
60 SOLICITUDES DE REVOCATORIA ESTAN LISTAS PARA SU CONVOCATORIA...
Sesenta solicitudes de revocatoria, que involucran a 282 autoridades municipales de 58 distritos del país, alcanzaron el número de firmas necesarias hasta el 10 de abril pasado y están expeditas para la convocatoria a consulta popular, informó hoy el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Según un reporte del Infogob (Observatorio para la Gobernabilidad) del JNE, dichas solicitudes están debidamente sustentadas con el acta de verificación positiva de firmas emitida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), que confirma el número de firmas válidas establecido mediante Resolución No. 258-2007-JNE.
De las 282 autoridades que serán sometidas a consulta de revocatoria, 56 son alcaldes distritales (19.86%) y 226 son regidores distritales (80.14%).
Si bien las solicitudes son 60, éstas promueven iniciativas de revocatoria solamente en 58 distritos, debido a que en las jurisdicciones de Santa Leonor, en la provincia de Huaura (Lima), y de Carhuacallanga, en la provincia de Huancayo (Junín), alcanzaron el número de firmas requerido dos pedidos cada una.
Regiones con más distritos involucrados…
Ancash y Lima tienen el mayor número de distritos cuyas autoridades se busca revocar, con 12 y 8, respectivamente. Les siguen Cajamarca con 5 distritos; Ayacucho y San Martín con 4; Amazonas, Apurímac, Cusco y Huánuco con 3.
Con dos distritos figuran Huanca-velica, Ica y Loreto, mientras que con un distrito están Arequipa, Junín, La Libertad, Piura, Puno, Tacna y Ucayali.
En el departamento de Lima hay pedidos de revocatoria de alcaldes y regidores de los distritos de Santa Leonor (Huaura), San Pedro de Huancayre (Huarochirí), Santiago de Tuna (Huarochirí), Cacra (Yauyos), Huampará (Yauyos), Hongos (Yauyos), Sumbilca (Huaral) y Supe (Barranca).
Asimismo, entre los 58 distritos con solicitudes debidamente sustentadas, se verificó que en 26 -es decir, en casi la mitad de las zonas involucradas- se han celebrado consultas de revocatoria anteriormente.
Con tres revocatorias figura un solo distrito (1.72%). Éste es Curimana, ubicada en la provincia Padre Abad (Ucayali), donde se han producido revocatorias en 1997, 2001 y 2004.
En tanto, con dos revocatorias están tres distritos (5.17%) y con una revocatoria 22 distritos (37.93%).
Respecto del nivel de aprobación obtenido en las últimas elecciones municipales por las autoridades que se pretende revocar, Infogob ha constatado que la mayoría tuvo un amplio respaldo del electorado.
Así, las autoridades de cinco distritos lograron el respaldo de más del 40% del total de electores que asistieron a sufragar. Destaca el caso de las autoridades del distrito de Santiago de Tuna en Huarochirí, que habiendo obtenido el apoyo del 60.07% de los votos emitidos, hoy se solicita su revocatoria.
En 22 distritos, los elegidos obtuvieron entre 30% y 40% de la votación, y en otras 22 jurisdicciones, entre 20% y 30%.
Sólo en nueve distritos las autoridades fueron elegidas con un respaldo menor al 20% del total de votos emitidos, siendo el caso del distrito de Huampará, en Yauyos, un caso singular, pues sus autoridades fueron elegidas con 14.65% de los votos.
Un detalle importante es que el 98.28 por ciento de los distritos que han presentado solicitudes para revocar autoridades pertenece al nivel socioeconómico pobre (extremo y no extremo).
Sólo el distrito de Túpac Amaru Inca, en Pisco (Ica), es considerado como no pobre, de acuerdo a la clasificación realizada el 2006 por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
LAS NOTITAS DE AGAPITO...
Escribe: Marcelino Agapito
RENUEVAN DIRECTIVA DEL AAHH SAN JOSE EN CHILCA…
El domingo 13 se realizaron las elecciones de renovación de la junta directiva del AA.HH. "San José", participaron 311 electores titulares, de un total de 459 empadronados, resultando como lista ganadora las siguientes personas:
Tomas Zeta Carrasco (Secretario General), Maria del Rosario López Caycho (sub. secretario General), Edilberto Cruz Montoya (Secretario de Organización), Gregorio Arenales Ramos (Secretario de Deportes y Cultura), Irma Chumbirayco Salsavilca ( Secretario de Salud). Valentín Cango Lizano (Fiscal), Rosalía Salvador Alvarez (Prensa y propaganda), Gladys Vásquez Murga (Secretaria de actas), Bruno Acuña Huasula (Vocal), Gustas Díaz Idrogo (Secretario de Vigilancia), Nino Palomino Gutiérrez (Secretario de Economía) y Fermín Montalvo Díaz (Secretario de la Juventud y Promoción Social), esta lista ganadora obtuvo 251 votos y tendrá a cargo los destinos de este resurgente lugar en le periodo 2008-2010.
SE RECONSTRUYE TEMPLO DE CHILCA…
El templo matriz de esta bella ciudad ha sido reconstruido totalmente (Fue Incendiada en el año 1917), y existe como novedad el ABSIDE (hoy camerino), que estaba enterrado y contando con investigaciones y especialistas se ha logrado restaurar.
Se estima que para el mes de Diciembre estarán restauradas y reconstruidas las dos torres afectadas por el tiempo y sismos, el Rvdo. Padre José Antonio Napa Sánchez solicitó agradecer públicamente al Señor Alcalde Pablo Nalda Quiroz quien a través de la Municipalidad ha asumido el total financiamiento de esta obra monumental donde participa la Parroquia (El Clero), el patronato a cargo del Sr. José Luis Rodrigues La Rosa y por ende bajo el liderazgo de la Municipalidad.
ESTADIO MUNICIPAL CHILCANO… MARCHA VIENTO EN POPA…
Así mismo se ha concluido la primera tribuna del Estadio Municipal "Alfonso Ugarte", se continua con la obra y se estima que a fin de año se estará concluyendo con otra etapa y se proyecta llegar a 7,000 espectadores.
En estos días se comenzarán los trabajos de instalación del grass artificial con un costo de Un Millón Trescientos Mil soles.
OTRAS OBRAS… LA CAPILLA DEL BALNEARIO LAS SALINAS Y NUEVA PLAZA DE ARMAS...
Paralelamente la gestión municipal a todo galope viene reconstruyendo la capilla del Balneario " Las Salinas", y construcción de la nueva plaza de armas, que luce muy bella habiéndose construido en el centro una hermosa glorieta con la figura de un OVNI y que serán inauguradas los días 13 y 14 de mayo con motivo de la fiesta patronal de la Santísima Cruz.
DIPLOMADO Y ELABORACION DE PLAN DE DESARROLLO EN SAN ANTONIO…
El día sábado 12 se llevó a cabo la clausura del diplomado educativo "Programación y Evaluación Curricular en la Educación Básica" organizado por esta municipalidad que lidera el Alcalde Esteban Jesús Agapito Ramos, contando con el apoyo de la UGEL 08 de Cañete y las institución INGRADAMEM, capacitación que duro dos meses (del 09 de Febrero al 29 de Marzo), y contó con la presencia de profesores del lugar y de otras profesiones, gesto que fue muy reconocido por los vecinos del lugar. El día 13 se llevo a cabo un acontecimiento sin precedentes y con vocación democrática denominado: "Lineamientos de Política para la formulación del Plan de desarrollo participativo de San Antonio", conformándose diferentes mesas de concertación para analizar la problemática y dar soluciones priorizadas al 2010.
MALA TRABAJA EN SU PALACIO MUNICIPAL…
El Alcalde Víctor Hugo Carbajal Gonzales conduce con gran enteres y prioridad la construcción del nuevo palacio municipal; la próxima semana se estará asfaltando el corredor de transporte que unirá la Plaza de Armas del AA. HH. "Dignidad Nacional " y el AA. HH, "Santa Rosa", los vecinos de esta zona marginal, otrora olvidados por las gestiones de turno han mostrado su complacencia y felicitación por la obra, que de seguro le cambiara el rostro.
A esto se suma el asfaltado de las calles Tupac Amaru y otras importantes arterias que le vienen dando las primeras señales de una nueva ciudad.
Escribe: Marcelino Agapito
RENUEVAN DIRECTIVA DEL AAHH SAN JOSE EN CHILCA…
El domingo 13 se realizaron las elecciones de renovación de la junta directiva del AA.HH. "San José", participaron 311 electores titulares, de un total de 459 empadronados, resultando como lista ganadora las siguientes personas:
Tomas Zeta Carrasco (Secretario General), Maria del Rosario López Caycho (sub. secretario General), Edilberto Cruz Montoya (Secretario de Organización), Gregorio Arenales Ramos (Secretario de Deportes y Cultura), Irma Chumbirayco Salsavilca ( Secretario de Salud). Valentín Cango Lizano (Fiscal), Rosalía Salvador Alvarez (Prensa y propaganda), Gladys Vásquez Murga (Secretaria de actas), Bruno Acuña Huasula (Vocal), Gustas Díaz Idrogo (Secretario de Vigilancia), Nino Palomino Gutiérrez (Secretario de Economía) y Fermín Montalvo Díaz (Secretario de la Juventud y Promoción Social), esta lista ganadora obtuvo 251 votos y tendrá a cargo los destinos de este resurgente lugar en le periodo 2008-2010.
SE RECONSTRUYE TEMPLO DE CHILCA…
El templo matriz de esta bella ciudad ha sido reconstruido totalmente (Fue Incendiada en el año 1917), y existe como novedad el ABSIDE (hoy camerino), que estaba enterrado y contando con investigaciones y especialistas se ha logrado restaurar.
Se estima que para el mes de Diciembre estarán restauradas y reconstruidas las dos torres afectadas por el tiempo y sismos, el Rvdo. Padre José Antonio Napa Sánchez solicitó agradecer públicamente al Señor Alcalde Pablo Nalda Quiroz quien a través de la Municipalidad ha asumido el total financiamiento de esta obra monumental donde participa la Parroquia (El Clero), el patronato a cargo del Sr. José Luis Rodrigues La Rosa y por ende bajo el liderazgo de la Municipalidad.
ESTADIO MUNICIPAL CHILCANO… MARCHA VIENTO EN POPA…
Así mismo se ha concluido la primera tribuna del Estadio Municipal "Alfonso Ugarte", se continua con la obra y se estima que a fin de año se estará concluyendo con otra etapa y se proyecta llegar a 7,000 espectadores.
En estos días se comenzarán los trabajos de instalación del grass artificial con un costo de Un Millón Trescientos Mil soles.
OTRAS OBRAS… LA CAPILLA DEL BALNEARIO LAS SALINAS Y NUEVA PLAZA DE ARMAS...
Paralelamente la gestión municipal a todo galope viene reconstruyendo la capilla del Balneario " Las Salinas", y construcción de la nueva plaza de armas, que luce muy bella habiéndose construido en el centro una hermosa glorieta con la figura de un OVNI y que serán inauguradas los días 13 y 14 de mayo con motivo de la fiesta patronal de la Santísima Cruz.
DIPLOMADO Y ELABORACION DE PLAN DE DESARROLLO EN SAN ANTONIO…
El día sábado 12 se llevó a cabo la clausura del diplomado educativo "Programación y Evaluación Curricular en la Educación Básica" organizado por esta municipalidad que lidera el Alcalde Esteban Jesús Agapito Ramos, contando con el apoyo de la UGEL 08 de Cañete y las institución INGRADAMEM, capacitación que duro dos meses (del 09 de Febrero al 29 de Marzo), y contó con la presencia de profesores del lugar y de otras profesiones, gesto que fue muy reconocido por los vecinos del lugar. El día 13 se llevo a cabo un acontecimiento sin precedentes y con vocación democrática denominado: "Lineamientos de Política para la formulación del Plan de desarrollo participativo de San Antonio", conformándose diferentes mesas de concertación para analizar la problemática y dar soluciones priorizadas al 2010.
MALA TRABAJA EN SU PALACIO MUNICIPAL…
El Alcalde Víctor Hugo Carbajal Gonzales conduce con gran enteres y prioridad la construcción del nuevo palacio municipal; la próxima semana se estará asfaltando el corredor de transporte que unirá la Plaza de Armas del AA. HH. "Dignidad Nacional " y el AA. HH, "Santa Rosa", los vecinos de esta zona marginal, otrora olvidados por las gestiones de turno han mostrado su complacencia y felicitación por la obra, que de seguro le cambiara el rostro.
A esto se suma el asfaltado de las calles Tupac Amaru y otras importantes arterias que le vienen dando las primeras señales de una nueva ciudad.
NUEVOS CACHIMBOS EN LA UNIVERSIDAD JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRION - SEDE CHILCA
El día domingo 13 de abril a horas 9:30 .a.m. se inició el exámen de admisión, y luego de tres horas de encuentro con los conocimientos, una nueva generación de jóvenes, especialmente del norte cañetano, hacían realidad el cumplimiento de sus sueños.
A partir de las 12:30 m con gran expectativa esperaron los resultados que le permitiesen integrar la segunda promoción (sede Chilca), y con gran algarabía los padres de familia se abrazaban con sus hijos compartiendo el éxito obtenido.
Cabe anotar que la Municipalidad Distrital de Chilca adquirió una lectora óptica de 14,000 dólares que garantizó la transparencia de dicho examen, pues este equipo informático de avanzada dio los resultados en forma inmediata, evitando cualquier elemento de distorsión o fraude que muchas veces son comentadas y denunciadas en eventos similares.
Como premio las autoridades de la universidad darían dos nueva facultades a esta sede que son: Industrias Alimentarías y Enfermería.
Aquí los resultados del Examen de Admisión de la Sede de Chilca, en estricto orden de merito los resultados:
INGENIERIA INFORMATICA
1. TITO FLORES ROSENDO LUÍS
2. GÓMEZ MORALES PEGGY INGRID
3. TELLO CUYA JORGE ALBERTO
4. CUCHO GUTTI JULIO ENRIQUE
5. TOLEDO RESURRECCIÓN PAOLA GERALDINE
6. HUAMBACHANO ANDRADE DIEGO
7. DAVILA GUZMÁN JUAN CARLOS
8. UTANI SUEL ERIKA ROXANA
9. ESPINOZA BOCANEGRA MILAGROS IVONN
10. RAMOS VENTURA KIARA MELISSA
11. CALLIRGOS DE LA CRUZ JAYNE MARLÍ
12. GILES YACTAYO MARIA LUISA
13. RAMOS CUPE LINDA GABY LESLEY
14. LAURENTE QUISPE CARLOS
15. ROSALES FLORES EDDÍ WILLIAM
16. CAMACHO TORIBIO WILLIAM SAMIR
17. TITO BERROCAL IVAN ARTURO
18. MANCO BARRIOS PEDRO ALEXANDER
19. VALENCIA CRUZ DANY DANIEL
20. DE LA CRUZ DE LA CRUZ GABY GISELA
21. RESURRECCIÓN ORTEGA ASTRID ISABEL
22. QUISPE TITO MAYRA ROSSMERY
23. GEREDA NAVARRO FERNANDO GIUSSEPPE
24. TORRES GARCÍA JANCARLOS JESÚS
25. GARCÍA BRUN ELVIRA MEDALITH
26. QUISPE ALLCCA HAYDEE ELENA
27. CUYA PAJUELO MAYUMI JUDITH
28. MENESES GUTIERREZ MARIA DEL PILAR
29. HUAMANI NOA ELIZABETH CECILIA
INGENIERIA DE SISTEMAS
1. HUAPAYA NAVARRO JESÚS HERMÓGENES
2. CAHUAYA RAMOS WILLIAM YOSEMAR
3. RODRÍGUEZ ALEGRE EDWIN GUIDO
4. YUPANQUI SERNAQUE ANTONIO ENRIQUE
5. RAMOS MARCOS JUNIOR ORLANDO
6. CUEVAS POMA EDITH JEANINNA
7. MENDOZA URBINA PEDRO YANPIERRE
8. PEÑA SORIANO LUIS MIGUEL
9. BRAVO HUAPAYA FRANCK YDER
10. PEÑA NOYA MIGUEL ÁNGEL
11. CUYA HUAPAYA FIORELLA CHABELI
12. CAICHO LEVA GIANCARLOS GABRIEL
13. BERROCAL CUPE JHON ROGER
14. CASTILLO RUEDA EDSON MARTIN
15. RIVEROS LOPEZ MILAGROS AKEMY
16. AVALOS MAMANI EVELIN ROSARIO
17. ROSALES SOLIS JOSÉ ANTONIO
18. CHUMPITAZ NAVARRO JOSÉ EDUARDO
19. PAICO PEREZ BERTHA ROSALIA
20. GUERRERO TAIPE JULIO GABRIEL
21. LESCANO CHUMPITAZ JUAN PABLO
22. JAVIER GUTIERREZ HOWARD ANDERSON
23. RAMIREZ CASAHUAMAN RONALD DAVID
24. NAVARRO LA ROSA REBECA MARLYN
25. CHUMPITAZ CORDOVA PEDRO ARMANDO
26. VICENTE PRADO EDWAR ALEXIS
27. RAMOS CORDOVA PEDRO ARMANDO
28. TAIPE ARONE FORTUNATO
El día domingo 13 de abril a horas 9:30 .a.m. se inició el exámen de admisión, y luego de tres horas de encuentro con los conocimientos, una nueva generación de jóvenes, especialmente del norte cañetano, hacían realidad el cumplimiento de sus sueños.
A partir de las 12:30 m con gran expectativa esperaron los resultados que le permitiesen integrar la segunda promoción (sede Chilca), y con gran algarabía los padres de familia se abrazaban con sus hijos compartiendo el éxito obtenido.
Cabe anotar que la Municipalidad Distrital de Chilca adquirió una lectora óptica de 14,000 dólares que garantizó la transparencia de dicho examen, pues este equipo informático de avanzada dio los resultados en forma inmediata, evitando cualquier elemento de distorsión o fraude que muchas veces son comentadas y denunciadas en eventos similares.
Como premio las autoridades de la universidad darían dos nueva facultades a esta sede que son: Industrias Alimentarías y Enfermería.
Aquí los resultados del Examen de Admisión de la Sede de Chilca, en estricto orden de merito los resultados:
INGENIERIA INFORMATICA
1. TITO FLORES ROSENDO LUÍS
2. GÓMEZ MORALES PEGGY INGRID
3. TELLO CUYA JORGE ALBERTO
4. CUCHO GUTTI JULIO ENRIQUE
5. TOLEDO RESURRECCIÓN PAOLA GERALDINE
6. HUAMBACHANO ANDRADE DIEGO
7. DAVILA GUZMÁN JUAN CARLOS
8. UTANI SUEL ERIKA ROXANA
9. ESPINOZA BOCANEGRA MILAGROS IVONN
10. RAMOS VENTURA KIARA MELISSA
11. CALLIRGOS DE LA CRUZ JAYNE MARLÍ
12. GILES YACTAYO MARIA LUISA
13. RAMOS CUPE LINDA GABY LESLEY
14. LAURENTE QUISPE CARLOS
15. ROSALES FLORES EDDÍ WILLIAM
16. CAMACHO TORIBIO WILLIAM SAMIR
17. TITO BERROCAL IVAN ARTURO
18. MANCO BARRIOS PEDRO ALEXANDER
19. VALENCIA CRUZ DANY DANIEL
20. DE LA CRUZ DE LA CRUZ GABY GISELA
21. RESURRECCIÓN ORTEGA ASTRID ISABEL
22. QUISPE TITO MAYRA ROSSMERY
23. GEREDA NAVARRO FERNANDO GIUSSEPPE
24. TORRES GARCÍA JANCARLOS JESÚS
25. GARCÍA BRUN ELVIRA MEDALITH
26. QUISPE ALLCCA HAYDEE ELENA
27. CUYA PAJUELO MAYUMI JUDITH
28. MENESES GUTIERREZ MARIA DEL PILAR
29. HUAMANI NOA ELIZABETH CECILIA
INGENIERIA DE SISTEMAS
1. HUAPAYA NAVARRO JESÚS HERMÓGENES
2. CAHUAYA RAMOS WILLIAM YOSEMAR
3. RODRÍGUEZ ALEGRE EDWIN GUIDO
4. YUPANQUI SERNAQUE ANTONIO ENRIQUE
5. RAMOS MARCOS JUNIOR ORLANDO
6. CUEVAS POMA EDITH JEANINNA
7. MENDOZA URBINA PEDRO YANPIERRE
8. PEÑA SORIANO LUIS MIGUEL
9. BRAVO HUAPAYA FRANCK YDER
10. PEÑA NOYA MIGUEL ÁNGEL
11. CUYA HUAPAYA FIORELLA CHABELI
12. CAICHO LEVA GIANCARLOS GABRIEL
13. BERROCAL CUPE JHON ROGER
14. CASTILLO RUEDA EDSON MARTIN
15. RIVEROS LOPEZ MILAGROS AKEMY
16. AVALOS MAMANI EVELIN ROSARIO
17. ROSALES SOLIS JOSÉ ANTONIO
18. CHUMPITAZ NAVARRO JOSÉ EDUARDO
19. PAICO PEREZ BERTHA ROSALIA
20. GUERRERO TAIPE JULIO GABRIEL
21. LESCANO CHUMPITAZ JUAN PABLO
22. JAVIER GUTIERREZ HOWARD ANDERSON
23. RAMIREZ CASAHUAMAN RONALD DAVID
24. NAVARRO LA ROSA REBECA MARLYN
25. CHUMPITAZ CORDOVA PEDRO ARMANDO
26. VICENTE PRADO EDWAR ALEXIS
27. RAMOS CORDOVA PEDRO ARMANDO
28. TAIPE ARONE FORTUNATO
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
ORDENANZA Nº 004- 2008-MDCH
Chilca, 10 de Abril de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Chilca, en sesión Ordinaria de la fecha; y
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas, las cuales materializa a través de Ordenanzas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200º numeral 4) de la precitada Carta Política;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;
Que, el artículo 80º numeral 3.2. de la Ley Orgánica de Municipalidades aludida establece que las municipalidades distritales, en materia de saneamiento, salubridad y salud, ejercen, como función específica exclusiva, el regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, entre otros;
Que, es función de los municipios establecer programas y políticas de prevención dirigidos a preservar la salud, la moral y las buenas costumbres en la población, y evitar vicios como el alcoholismo y la drogadicción, así como actos que contravienen con las normas; por lo que se debe promover a través de Normas Municipales la seguridad y tranquilidad de los vecinos;
Que la Ley Nº 28681 regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas. La Primera Disposición Transitoria y Final, precisa que las Municipalidades adecuarán y dictarán las disposiciones necesarias para el cumplimiento de dicha Ley.
En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º inciso 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE PROHIBE EL CONSUMO DE LICOR Y ESTABLECE HORARIOS PARA EL EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS DENTRO DEL DISTRITO DE CHILCA
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- La presente Ordenanza regula el expendio, comercialización y/o venta de bebidas alcohólicas así como el consumo de las mismas, en cualquiera de sus formas, en el Distrito de Chilca, a fin de preservar el orden, la tranquilidad, la seguridad y las buenas costumbres.
Para efectos de aplicación de la presente norma, se considera bebida alcohólica a todo tipo de licor, cerveza, vino, pisco, tragos preparados o cualquier otra bebida que contenga alcohol. Asimismo, se considera vía pública a todas aquellas áreas ubicadas fuera del límite de propiedad, como las plazas, parques, jardines, avenidas, pistas, aceras, bermas, separadores centrales y todo aquello que sea de uso público.
Artículo 2º.- La presente Ordenanza alcanza a todo establecimiento comercial, cualquiera sea su naturaleza, que expendan bebidas alcohólicas.
TITULO II
DE LA PROHIBICIÓN
Artículo 3º.- Prohíbase el consumo de licor en la vía pública y establézcase las 23:00 horas como horario máximo para la venta de bebidas alcohólicas para llevar, en todo tipo de local que cuente con autorización para su comercialización.
Artículo 4º.- Establecer como horario de funcionamiento, de 08:00 a.m. a 03:00 a.m. del día siguiente, para los locales comerciales, tales como peñas, restaurantes turísticos, cabaret, boites, discotecas, salones de baile, videos pub, karaoke, bares, night clubes, café teatro, piano bar, snack bar, cafés, y cualquier otro local similar, que expendan bebidas alcohólicas para su consumo.
Artículo 5º.- Ningún establecimiento señalado en el artículo anterior podrá funcionar después del horario establecido, debiendo cesar todo tipo de actividad comercial en su interior y/o cualquier atención al público.
A los infractores de lo dispuesto en la presente Ordenanza se les aplicará las sanciones establecidas, que incluye el cierre temporal y definitivo de sus establecimientos.
Artículo 6º.- Establecer la obligación, de todos los establecimientos que vendan bebidas alcohólicas, de publicar, en sus respectivos locales, lo dispuesto en la presente Ordenanza.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera: Incorpórese al Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas vigentes de esta corporación municipal, así como al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, las infracciones señaladas en la presente norma.
Segunda: Corresponde a las Unidades de Rentas y la Dirección de Servicios Comunales, Sociales y Culturales, con el apoyo de la Policía Nacional, de ser el caso, adoptar las acciones de fiscalización para el cumplimiento debido de la presente Ordenanza.
Tercera: Facúltese al Alcalde a establecer mediante Decreto de Alcaldía, las disposiciones complementarias y/o reglamentarias que sean necesarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Cuarta: Deróguense y/o déjense sin efecto todas aquellas disposiciones municipales que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Quinta.- La presente Ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación y se aplica a los procedimientos en trámite existentes.
POR TANTO:
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Pablo Nalda Quiróz
Alcalde
****
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
ORDENANZA N° 005-2008/MDCH
Chilca, 10 de Abril de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Chilca, en sesión Ordinaria de la fecha; y
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa;
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, conforme a lo establecido por el del artículo 83º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es función específica de las municipalidades, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y realizar la fiscalización del uso de la vía pública;
En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º inciso 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA
SE DECLARA ZONA RIGIDA EL DISTRITO DE CHILCA PARA LAS PERSONAS QUE OFRECEN LLAMADAS TELEFÓNICAS EN LA VIA PÚBLICA.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Queda prohibido, en la jurisdicción de Chilca, la ocupación de la vía pública para uso comercial por personas que ofrecen llamadas telefónicas.
Artículo 2º.- Constituye objeto de la presente Ordenanza el velar por la seguridad y preservar el ornato del Distrito.
Artículo 3º.- La presente Ordenanza es de aplicación para toda persona natural o jurídica, que conduzca o se instale ofreciendo llamadas telefónicas, bajo cualquier modalidad.
CAPITULO II
OBLIGACIONES Y SANCIONES
Artículo 4º.- Toda persona natural o jurídica que se dedique a la actividad señalada en el artículo 1° deberá realizar sus actividades dentro de local o inmueble, debidamente autorizado para tales fines; estando prohibido hacerlo en la vía pública, bajo cualquier circunstancia.
Artículo 5º.- Los infractores a lo dispuesto en la presente Ordenanza serán sujetos de sanción contenida en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas, Código 058.
CAPITULO III
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Pablo Nalda Quiróz
Alcalde
ORDENANZA Nº 004- 2008-MDCH
Chilca, 10 de Abril de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Chilca, en sesión Ordinaria de la fecha; y
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas, las cuales materializa a través de Ordenanzas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200º numeral 4) de la precitada Carta Política;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;
Que, el artículo 80º numeral 3.2. de la Ley Orgánica de Municipalidades aludida establece que las municipalidades distritales, en materia de saneamiento, salubridad y salud, ejercen, como función específica exclusiva, el regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, entre otros;
Que, es función de los municipios establecer programas y políticas de prevención dirigidos a preservar la salud, la moral y las buenas costumbres en la población, y evitar vicios como el alcoholismo y la drogadicción, así como actos que contravienen con las normas; por lo que se debe promover a través de Normas Municipales la seguridad y tranquilidad de los vecinos;
Que la Ley Nº 28681 regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas. La Primera Disposición Transitoria y Final, precisa que las Municipalidades adecuarán y dictarán las disposiciones necesarias para el cumplimiento de dicha Ley.
En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º inciso 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE PROHIBE EL CONSUMO DE LICOR Y ESTABLECE HORARIOS PARA EL EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS DENTRO DEL DISTRITO DE CHILCA
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- La presente Ordenanza regula el expendio, comercialización y/o venta de bebidas alcohólicas así como el consumo de las mismas, en cualquiera de sus formas, en el Distrito de Chilca, a fin de preservar el orden, la tranquilidad, la seguridad y las buenas costumbres.
Para efectos de aplicación de la presente norma, se considera bebida alcohólica a todo tipo de licor, cerveza, vino, pisco, tragos preparados o cualquier otra bebida que contenga alcohol. Asimismo, se considera vía pública a todas aquellas áreas ubicadas fuera del límite de propiedad, como las plazas, parques, jardines, avenidas, pistas, aceras, bermas, separadores centrales y todo aquello que sea de uso público.
Artículo 2º.- La presente Ordenanza alcanza a todo establecimiento comercial, cualquiera sea su naturaleza, que expendan bebidas alcohólicas.
TITULO II
DE LA PROHIBICIÓN
Artículo 3º.- Prohíbase el consumo de licor en la vía pública y establézcase las 23:00 horas como horario máximo para la venta de bebidas alcohólicas para llevar, en todo tipo de local que cuente con autorización para su comercialización.
Artículo 4º.- Establecer como horario de funcionamiento, de 08:00 a.m. a 03:00 a.m. del día siguiente, para los locales comerciales, tales como peñas, restaurantes turísticos, cabaret, boites, discotecas, salones de baile, videos pub, karaoke, bares, night clubes, café teatro, piano bar, snack bar, cafés, y cualquier otro local similar, que expendan bebidas alcohólicas para su consumo.
Artículo 5º.- Ningún establecimiento señalado en el artículo anterior podrá funcionar después del horario establecido, debiendo cesar todo tipo de actividad comercial en su interior y/o cualquier atención al público.
A los infractores de lo dispuesto en la presente Ordenanza se les aplicará las sanciones establecidas, que incluye el cierre temporal y definitivo de sus establecimientos.
Artículo 6º.- Establecer la obligación, de todos los establecimientos que vendan bebidas alcohólicas, de publicar, en sus respectivos locales, lo dispuesto en la presente Ordenanza.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera: Incorpórese al Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas vigentes de esta corporación municipal, así como al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, las infracciones señaladas en la presente norma.
Segunda: Corresponde a las Unidades de Rentas y la Dirección de Servicios Comunales, Sociales y Culturales, con el apoyo de la Policía Nacional, de ser el caso, adoptar las acciones de fiscalización para el cumplimiento debido de la presente Ordenanza.
Tercera: Facúltese al Alcalde a establecer mediante Decreto de Alcaldía, las disposiciones complementarias y/o reglamentarias que sean necesarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Cuarta: Deróguense y/o déjense sin efecto todas aquellas disposiciones municipales que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Quinta.- La presente Ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación y se aplica a los procedimientos en trámite existentes.
POR TANTO:
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Pablo Nalda Quiróz
Alcalde
****
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
ORDENANZA N° 005-2008/MDCH
Chilca, 10 de Abril de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Chilca, en sesión Ordinaria de la fecha; y
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa;
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, conforme a lo establecido por el del artículo 83º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es función específica de las municipalidades, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y realizar la fiscalización del uso de la vía pública;
En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º inciso 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA
SE DECLARA ZONA RIGIDA EL DISTRITO DE CHILCA PARA LAS PERSONAS QUE OFRECEN LLAMADAS TELEFÓNICAS EN LA VIA PÚBLICA.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Queda prohibido, en la jurisdicción de Chilca, la ocupación de la vía pública para uso comercial por personas que ofrecen llamadas telefónicas.
Artículo 2º.- Constituye objeto de la presente Ordenanza el velar por la seguridad y preservar el ornato del Distrito.
Artículo 3º.- La presente Ordenanza es de aplicación para toda persona natural o jurídica, que conduzca o se instale ofreciendo llamadas telefónicas, bajo cualquier modalidad.
CAPITULO II
OBLIGACIONES Y SANCIONES
Artículo 4º.- Toda persona natural o jurídica que se dedique a la actividad señalada en el artículo 1° deberá realizar sus actividades dentro de local o inmueble, debidamente autorizado para tales fines; estando prohibido hacerlo en la vía pública, bajo cualquier circunstancia.
Artículo 5º.- Los infractores a lo dispuesto en la presente Ordenanza serán sujetos de sanción contenida en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas, Código 058.
CAPITULO III
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Pablo Nalda Quiróz
Alcalde
OTRO SISMO ASOLO AL SUR CHICO...
No Se Registraron Mayores Incidencias...
Un sismo de 4.9 grados de magnitud en la escala de Richter sacudió la provincia de Pisco, en el sureño departamento de Ica, informó el Instituto Geofísico del Perú (IGP).
El movimiento telúrico se produjo a la 01:22 horas y su epicentro fue ubicado a 21 kilómetros al suroeste de Pisco.
Alcanzó además una profundidad de 54 kilómetros.
El IGP agregó que el sismo tuvo una intensidad de III grados en la escala de Mercalli.
El temblor de tierra fue sentido en las ciudades de Cañete (departamento de Lima), Ica y Chincha (departamento de Ica), generando alarma en sus pobladores, pero sin registrarse daños personales ni materiales.
El 15 de agosto del 2007, un terremoto de 7.9 grados en la escala de Richter golpeó a las provincias de Ica, Pisco y Chincha dejando casi 600 muertos y miles de damnificados.
No Se Registraron Mayores Incidencias...
Un sismo de 4.9 grados de magnitud en la escala de Richter sacudió la provincia de Pisco, en el sureño departamento de Ica, informó el Instituto Geofísico del Perú (IGP).
El movimiento telúrico se produjo a la 01:22 horas y su epicentro fue ubicado a 21 kilómetros al suroeste de Pisco.
Alcanzó además una profundidad de 54 kilómetros.
El IGP agregó que el sismo tuvo una intensidad de III grados en la escala de Mercalli.
El temblor de tierra fue sentido en las ciudades de Cañete (departamento de Lima), Ica y Chincha (departamento de Ica), generando alarma en sus pobladores, pero sin registrarse daños personales ni materiales.
El 15 de agosto del 2007, un terremoto de 7.9 grados en la escala de Richter golpeó a las provincias de Ica, Pisco y Chincha dejando casi 600 muertos y miles de damnificados.
EDE CAÑETE S.A.
ACTO VANDALICO
(HURTO DE CONDUCTORES)
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico producida por Actos Vandálicos (Intento y Hurto de conductor) de la red de MT 10 kV, a la altura de los Kms. 135 y Km. 133 de la Carretera Panamericana Sur, que afectó a las zonas indicadas líneas abajo.
De tener información que ayuden en dar con los responsables de estos hechos que se vienen repitiendo muy frecuentemente, le agradeceremos comunicarse a fonocañete al 4494400.
LUGAR: Km. 135 San Luis y 133 Cerro Azul.
ZONAS AFECTADAS: CP Laura Caller, Sector Tranquera de Fierro, CP Don Oscar, CP Casa Blanca, CP Señor de los Milagros, Sector Paguatodo, Asoc. de Viv. Miraflores, CP Bellavista, Nuevo Cerro Azul, Zona céntrica del distrito de Cerro Azul, Circuito de Playas al Norte de Cerro Azul, y parte de playas del distrito de Asia de la provincia de Cañete del departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-05
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 5020 a PMI 55360 T SAM 301A.
FECHA: Lunes 14 de Abril de 2008.
HORA DE INICIO: 00:43 hrs., Lunes 14 de Abril de 2008.
HORA FINAL: 08:59 hrs., Lunes 14 de Abril de 2008.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T., ocasionada por terceras personas, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después de constatada la magnitud de los hechos, EDECAÑETE S.A. procedió a la normalización del circuito afectado.
EDECAÑETE S.A. agradece la comprensión de sus clientes, por esta interrupción ocasionada por causas fuera de su control.
ACTO VANDALICO
(HURTO DE CONDUCTORES)
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico producida por Actos Vandálicos (Intento y Hurto de conductor) de la red de MT 10 kV, a la altura de los Kms. 135 y Km. 133 de la Carretera Panamericana Sur, que afectó a las zonas indicadas líneas abajo.
De tener información que ayuden en dar con los responsables de estos hechos que se vienen repitiendo muy frecuentemente, le agradeceremos comunicarse a fonocañete al 4494400.
LUGAR: Km. 135 San Luis y 133 Cerro Azul.
ZONAS AFECTADAS: CP Laura Caller, Sector Tranquera de Fierro, CP Don Oscar, CP Casa Blanca, CP Señor de los Milagros, Sector Paguatodo, Asoc. de Viv. Miraflores, CP Bellavista, Nuevo Cerro Azul, Zona céntrica del distrito de Cerro Azul, Circuito de Playas al Norte de Cerro Azul, y parte de playas del distrito de Asia de la provincia de Cañete del departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-05
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 5020 a PMI 55360 T SAM 301A.
FECHA: Lunes 14 de Abril de 2008.
HORA DE INICIO: 00:43 hrs., Lunes 14 de Abril de 2008.
HORA FINAL: 08:59 hrs., Lunes 14 de Abril de 2008.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T., ocasionada por terceras personas, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después de constatada la magnitud de los hechos, EDECAÑETE S.A. procedió a la normalización del circuito afectado.
EDECAÑETE S.A. agradece la comprensión de sus clientes, por esta interrupción ocasionada por causas fuera de su control.
JUDICIALES
SEGUNDO REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. con Cesar Pillaca Quispe y Segundina Bonifacio Soto García, sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 2005-666, el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Doctor Jacinto Cama Quispe, Especialista Legal Doctora Daisy Guzmán Sánchez, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- EN SEGUNDA CONVOCATORIA: Parcela con Código Catastral Nº 30505 del Proyecto de Adjudicación Kimiriki Agua Dulce I Etapa, Distrito de Pichanaki, Provincia de Chanchamayo y Departamento de Junín, cuyo dominio se encuentra inscrito en la Ficha Nº 7135-PR del Registro de predios, Zona Registral VIII – Sede Satipo.
2.- VALOR DE TASACIÓN: US $ 12,707.00 (Doce mil setecientos siete con 00/100 dólares americanos)
3.- BASE DEL REMATE: US $ 7,200.63 (Siete mil doscientos con 63/100 dólares americanos, equivalente a las dos terceras partes menos el quince por ciento del valor de la tasación)
4.- AFECTACIONES: a) Hipoteca.- Constituida a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito de Cañete S.A.A., hasta por la suma de US $ 6,600 dólares americanos, inscrito en el asiento D-01 de la Ficha Nº 7135-PR del Registro de Predios, Zona Registral VIII – Sede Satipo
5.- DIA Y HORA DEL REMATE: Martes 22 de Abril de 2008, a horas 3:00 de la tarde
6.- LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito en Panamericana Sur kilómetro 144, distrito San Vicente de Cañete, provincia Cañete y departamento Lima.
7.- LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o en cheque de gerencia, presentarán DNI y Arancel Judicial indicando número del DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Adjudicatario cancela honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo a ley. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva.- Martillera Pública – Registro Nacional Nº 142.
María A. Zeballos Alva
Martillera Pública - Reg. Nº 142
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil Cañete
Publicar: 15, 16 y 17 de Abril.
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
En mi oficio notarial, sito en Plaza Constitución 120 de la ciudad de Yauyos, se ha presentado doña IRENE TEOFILA RICRA CHAMILCO VIUDA DE CARRANZA, solicitando la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de su cónyuge DONATO CARRANZA ROMERO, sentada en la Municipalidad Distrital de Quinches provincia de Yauyos donde dice: ASISCLO CARRANZA, debiendo decir: ASISCLO CARRANZA SEGIL, de su progenitora cuando dice: FELICITA ROMERO, debiendo decir: FELICITA ROSA ROMERO ALARCON.
Lo que se publica para los fines de ley.
Yauyos, 12 de Abril del 2008.
César Ramos Ramos
Abogado Notario Público
Registro Nº 06 – Colegio de Notarios del Callao
EDICTO
Ante mí se ha presentado EDILBERTO FELIX SAMAN VICENTE, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su padre PABLO SAMAN YACTAYO, fallecido el día 03 de Octubre de 2003 a fin de que se declare como heredero universal al solicitante. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la ley 26662.
Cañete, 19 de marzo del 2008.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario
Jr. Nicolás Ayllón 105 – Lunahuaná – Cañete
Teléfono 2841060
EDICTO
Exp. Nº 108-2008 ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el Doctor José De la Cruz Vargas, Secretario Dr. Ricardo Lovera Hernández se ADMITIO una demanda de alimentos presentada por Santa Elisa Velásquez Vila contra Jaime Segundo Gutiérrez Borda, vía proceso único, ordenando se notifique al demandado JAIME SEGUNDO GUTIÉRREZ BORDA mediante Edictos concediéndosele el plazo de diez días para que conteste la demanda de alimentos incoada por SANTA ELISA VELASQUEZ VILA bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal.
Imperial, 13 de Marzo del 2008.
Dr. Ricardo Lovera Hernández
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado Imperial
Publicar: 15, 16 y 17 de Abril.
ASOCIACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS DE LA PROVINCIA DE CAÑETE
El Presidente de la Asociación de Personas Discapacitadas de la Provincia de Cañete, de conformidad con sus Estatutos, convoca a Asamblea General de Asociados para el día 20 de Abril del 2008, en primera convocatoria a las 04:00 p.m.; y en segunda convocatoria a las 04:30 p.m., en esta su sede institucional sito en Urb. Los Cipreses Mz. D, Lote 11, San Vicente, a fin de tratar la siguiente agenda:
AGENDA:
1.- Reconocimiento del Consejo Directivo, Período 21 de Diciembre del 2007, al 20 de Diciembre del 2009.
Se ruega puntual asistencia.
Herbert Pardo Benites
Presidente del Consejo Directivo
SEGUNDO REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. con Cesar Pillaca Quispe y Segundina Bonifacio Soto García, sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 2005-666, el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Doctor Jacinto Cama Quispe, Especialista Legal Doctora Daisy Guzmán Sánchez, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- EN SEGUNDA CONVOCATORIA: Parcela con Código Catastral Nº 30505 del Proyecto de Adjudicación Kimiriki Agua Dulce I Etapa, Distrito de Pichanaki, Provincia de Chanchamayo y Departamento de Junín, cuyo dominio se encuentra inscrito en la Ficha Nº 7135-PR del Registro de predios, Zona Registral VIII – Sede Satipo.
2.- VALOR DE TASACIÓN: US $ 12,707.00 (Doce mil setecientos siete con 00/100 dólares americanos)
3.- BASE DEL REMATE: US $ 7,200.63 (Siete mil doscientos con 63/100 dólares americanos, equivalente a las dos terceras partes menos el quince por ciento del valor de la tasación)
4.- AFECTACIONES: a) Hipoteca.- Constituida a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito de Cañete S.A.A., hasta por la suma de US $ 6,600 dólares americanos, inscrito en el asiento D-01 de la Ficha Nº 7135-PR del Registro de Predios, Zona Registral VIII – Sede Satipo
5.- DIA Y HORA DEL REMATE: Martes 22 de Abril de 2008, a horas 3:00 de la tarde
6.- LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito en Panamericana Sur kilómetro 144, distrito San Vicente de Cañete, provincia Cañete y departamento Lima.
7.- LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o en cheque de gerencia, presentarán DNI y Arancel Judicial indicando número del DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Adjudicatario cancela honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo a ley. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva.- Martillera Pública – Registro Nacional Nº 142.
María A. Zeballos Alva
Martillera Pública - Reg. Nº 142
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil Cañete
Publicar: 15, 16 y 17 de Abril.
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
En mi oficio notarial, sito en Plaza Constitución 120 de la ciudad de Yauyos, se ha presentado doña IRENE TEOFILA RICRA CHAMILCO VIUDA DE CARRANZA, solicitando la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de su cónyuge DONATO CARRANZA ROMERO, sentada en la Municipalidad Distrital de Quinches provincia de Yauyos donde dice: ASISCLO CARRANZA, debiendo decir: ASISCLO CARRANZA SEGIL, de su progenitora cuando dice: FELICITA ROMERO, debiendo decir: FELICITA ROSA ROMERO ALARCON.
Lo que se publica para los fines de ley.
Yauyos, 12 de Abril del 2008.
César Ramos Ramos
Abogado Notario Público
Registro Nº 06 – Colegio de Notarios del Callao
EDICTO
Ante mí se ha presentado EDILBERTO FELIX SAMAN VICENTE, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su padre PABLO SAMAN YACTAYO, fallecido el día 03 de Octubre de 2003 a fin de que se declare como heredero universal al solicitante. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la ley 26662.
Cañete, 19 de marzo del 2008.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario
Jr. Nicolás Ayllón 105 – Lunahuaná – Cañete
Teléfono 2841060
EDICTO
Exp. Nº 108-2008 ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el Doctor José De la Cruz Vargas, Secretario Dr. Ricardo Lovera Hernández se ADMITIO una demanda de alimentos presentada por Santa Elisa Velásquez Vila contra Jaime Segundo Gutiérrez Borda, vía proceso único, ordenando se notifique al demandado JAIME SEGUNDO GUTIÉRREZ BORDA mediante Edictos concediéndosele el plazo de diez días para que conteste la demanda de alimentos incoada por SANTA ELISA VELASQUEZ VILA bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal.
Imperial, 13 de Marzo del 2008.
Dr. Ricardo Lovera Hernández
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado Imperial
Publicar: 15, 16 y 17 de Abril.
ASOCIACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS DE LA PROVINCIA DE CAÑETE
El Presidente de la Asociación de Personas Discapacitadas de la Provincia de Cañete, de conformidad con sus Estatutos, convoca a Asamblea General de Asociados para el día 20 de Abril del 2008, en primera convocatoria a las 04:00 p.m.; y en segunda convocatoria a las 04:30 p.m., en esta su sede institucional sito en Urb. Los Cipreses Mz. D, Lote 11, San Vicente, a fin de tratar la siguiente agenda:
AGENDA:
1.- Reconocimiento del Consejo Directivo, Período 21 de Diciembre del 2007, al 20 de Diciembre del 2009.
Se ruega puntual asistencia.
Herbert Pardo Benites
Presidente del Consejo Directivo
14 abril 2008

Con gran pena los pobladores de Santa Cruz de Flores vieron como su Iglesia matriz fue demolida...
Esta semana empezó la demolición de la Iglesia Matriz del Distrito de Santa Ctuz de Flores de la provincia de Cañete,
la misma que sufrió daños irreparables a consecuencia del sismo del 15 de agosto del año pasado.
Parte de la donación del Distrto Metropolitano de Quito ha sido destinado para esta obra, cuyo costo
asciende a 100,000 nuevos soles.
La Prelatura ha decidido conservar la fachada de la Iglesia, luego que
sus técnicos aprobaran el buen estado de su estructura.
Esta semana empezó la demolición de la Iglesia Matriz del Distrito de Santa Ctuz de Flores de la provincia de Cañete,
la misma que sufrió daños irreparables a consecuencia del sismo del 15 de agosto del año pasado.
Parte de la donación del Distrto Metropolitano de Quito ha sido destinado para esta obra, cuyo costo
asciende a 100,000 nuevos soles.
La Prelatura ha decidido conservar la fachada de la Iglesia, luego que
sus técnicos aprobaran el buen estado de su estructura.
EN CAÑETE TAMBIEN SE CELEBRO EL DIA DEL NIÑO PERUANO...
Con la participación de niños de las diversas Instituciones Educativas del ámbito de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 08 Cañete, se llevó a cabo las celebraciones por el Día del Niño Peruano.
La Ley Nº 27666, es la que declara esta celebración. En la que en base a los lineamientos de política y metas del Plan Nacional de medidas administrativas, normativas y de cualquier otra índole que se aplicarán para garantizar que los derechos enunciados en la Convención de los Derechos del Niño del 20 de noviembre de 1989 se aplicarán, plena y progresivamente, en favor de todos los niños y las niñas que habitan en el territorio del Perú, sin distinción alguna, independientemente de su raza, el color, sexo, idioma, su origen nacional étnico o social, posición económica, impedimentos físicos, nacimiento o cualquier otra condición del niño, sus padres o de sus representantes legales.
Por este motivo, cada segundo domingo del mes de Abril los niños peruanos tienen un lugar especial, donde las Instituciones Públicas y privadas rindieron homenaje a los niños de nuestra provincia
En nuestra localidad, se llevó a cabo esta celebración en el parque O´Higgins, del distrito de San Vicente, donde asistieron las principales autoridades de nuestra Provincia, en la que resaltó la participación de los niños.
A su turno, la Especialista de Educación Inicial, exhortó a toda la población, así como a las autoridades, a seguir trabajando por la niñez de manera continua, para que los niños de nuestra provincia, puedan sentir la seguridad y la firmeza de sus padres, profesores y comunidad en general.
Finalmente, los niños gozaron de un show bailable a cargo del elenco artístico "Jaimito", donde recibieron regalos y variedades de dulces.
Con la participación de niños de las diversas Instituciones Educativas del ámbito de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 08 Cañete, se llevó a cabo las celebraciones por el Día del Niño Peruano.
La Ley Nº 27666, es la que declara esta celebración. En la que en base a los lineamientos de política y metas del Plan Nacional de medidas administrativas, normativas y de cualquier otra índole que se aplicarán para garantizar que los derechos enunciados en la Convención de los Derechos del Niño del 20 de noviembre de 1989 se aplicarán, plena y progresivamente, en favor de todos los niños y las niñas que habitan en el territorio del Perú, sin distinción alguna, independientemente de su raza, el color, sexo, idioma, su origen nacional étnico o social, posición económica, impedimentos físicos, nacimiento o cualquier otra condición del niño, sus padres o de sus representantes legales.
Por este motivo, cada segundo domingo del mes de Abril los niños peruanos tienen un lugar especial, donde las Instituciones Públicas y privadas rindieron homenaje a los niños de nuestra provincia
En nuestra localidad, se llevó a cabo esta celebración en el parque O´Higgins, del distrito de San Vicente, donde asistieron las principales autoridades de nuestra Provincia, en la que resaltó la participación de los niños.
A su turno, la Especialista de Educación Inicial, exhortó a toda la población, así como a las autoridades, a seguir trabajando por la niñez de manera continua, para que los niños de nuestra provincia, puedan sentir la seguridad y la firmeza de sus padres, profesores y comunidad en general.
Finalmente, los niños gozaron de un show bailable a cargo del elenco artístico "Jaimito", donde recibieron regalos y variedades de dulces.
PRESIDENTE REGIONAL DE LIMA Y MINISTRA SUSANA PINILLA ACUERDAN CAMPAÑAS CONJUNTAS PARA DESTERRAR VIOLENCIA FAMILIAR Y MALTRATO INFANTIL...
La Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, Susana Pinilla Cisneros, y el Presidente del Gobierno Regional de Lima, ingeniero Nelson Chui Mejía, acompañaron a cientos de niños en la celebración que organizó en la víspera el MIMDES en el Puericultorio Pérez Aranibar, por el Día del Niño peruano
La Doctora Pinilla Cisneros, al hacer uso de la palabra resaltó el compromiso de la autoridad regional y el trabajo que desarrolla para que ellos se sientan protegidos por sus autoridades. "Saludo al Presidente del Gobierno Regional de Lima, Nelson Chui, quien está muy comprometido con los niños, vamos a trabajar en todas las provincias para que los niños no sólo de Lima Metropolitana sino de todas las provincias de Lima y el Perú tengan la mejor protección del Estado", enfatizó la ministra.
Manifestó que la realidad de los niños que pertenecen a las familias más pobres, especialmente aquellos que están abandonados, es muy triste. Agregó que en el interior del país se ha encontrado secuelas de violencia familiar y de alcoholismo. "Esto afecta a los niños, por lo tanto, estamos en una campaña con el Presidente Regional para evitar la violencia familiar y que las familias traten mejor a sus hijos", anotó.
Finalmente, la ministra agradeció la invitación realizada por el mandatario regional para que niños tanto de los hogares infantiles de Lima Metropolitana como los niños de las provincias de la Región Lima visiten zonas turísticas como las Lomas de Lachay.
La Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, Susana Pinilla Cisneros, y el Presidente del Gobierno Regional de Lima, ingeniero Nelson Chui Mejía, acompañaron a cientos de niños en la celebración que organizó en la víspera el MIMDES en el Puericultorio Pérez Aranibar, por el Día del Niño peruano
La Doctora Pinilla Cisneros, al hacer uso de la palabra resaltó el compromiso de la autoridad regional y el trabajo que desarrolla para que ellos se sientan protegidos por sus autoridades. "Saludo al Presidente del Gobierno Regional de Lima, Nelson Chui, quien está muy comprometido con los niños, vamos a trabajar en todas las provincias para que los niños no sólo de Lima Metropolitana sino de todas las provincias de Lima y el Perú tengan la mejor protección del Estado", enfatizó la ministra.
Manifestó que la realidad de los niños que pertenecen a las familias más pobres, especialmente aquellos que están abandonados, es muy triste. Agregó que en el interior del país se ha encontrado secuelas de violencia familiar y de alcoholismo. "Esto afecta a los niños, por lo tanto, estamos en una campaña con el Presidente Regional para evitar la violencia familiar y que las familias traten mejor a sus hijos", anotó.
Finalmente, la ministra agradeció la invitación realizada por el mandatario regional para que niños tanto de los hogares infantiles de Lima Metropolitana como los niños de las provincias de la Región Lima visiten zonas turísticas como las Lomas de Lachay.
PRESIDENTE REGIONAL CONVOCA A REUNION PARA AVANZAR JUNTOS EN EL OBJETIVO DELDISTRITO ELECTORAL PARA LA REGION LIMA...
El Presidente del Gobierno Regional de Lima, ingeniero Nelson Chui Mejía, se reunirá este lunes a partir de las 5:00 p.m. en el Conversatorio "La Creación del Distrito Electoral" con autoridades, representantes de los partidos políticos y líderes locales para avanzar juntos en el gran objetivo de lograr que se establezca el Distrito Electoral para la Región Lima.
Dicha reunión es convocada por la autoridad regional conjuntamente con la Comisión especial para la creación del Distrito Electoral de Lima, que preside la Consejera Regional de la Provincia de Huaura, doctora Marianela Junco Barrera.
Hay que indicar que esta es la única reunión que se realizará en la fecha. El Presidente Regional estará junto con los representantes de los partidos políticos y líderes locales abordando el tema del distrito electoral en la sede del Club Sociedad Obreros de la Unión, ubicado en la avenida 28 de Julio número 170 , Huacho.
La población de la Región Lima espera la creación del Distrito Electoral. Como lo ha señalado el Presidente del Gobierno Regional, ingeniero Nelson Chui Mejía, el Distrito Electoral es una necesidad y un derecho de la Región.
"La demanda de la Región Lima de tener sus congresistas, es una demanda de equidad, es un derecho constitucional", dijo finalmente la autoridad.
El Presidente del Gobierno Regional de Lima, ingeniero Nelson Chui Mejía, se reunirá este lunes a partir de las 5:00 p.m. en el Conversatorio "La Creación del Distrito Electoral" con autoridades, representantes de los partidos políticos y líderes locales para avanzar juntos en el gran objetivo de lograr que se establezca el Distrito Electoral para la Región Lima.
Dicha reunión es convocada por la autoridad regional conjuntamente con la Comisión especial para la creación del Distrito Electoral de Lima, que preside la Consejera Regional de la Provincia de Huaura, doctora Marianela Junco Barrera.
Hay que indicar que esta es la única reunión que se realizará en la fecha. El Presidente Regional estará junto con los representantes de los partidos políticos y líderes locales abordando el tema del distrito electoral en la sede del Club Sociedad Obreros de la Unión, ubicado en la avenida 28 de Julio número 170 , Huacho.
La población de la Región Lima espera la creación del Distrito Electoral. Como lo ha señalado el Presidente del Gobierno Regional, ingeniero Nelson Chui Mejía, el Distrito Electoral es una necesidad y un derecho de la Región.
"La demanda de la Región Lima de tener sus congresistas, es una demanda de equidad, es un derecho constitucional", dijo finalmente la autoridad.
Pero, Consejero Espera Con Calma...
SALA PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE SENTENCIA HOY A ULISES RODRIGUEZ LAZARO...
YAUYOS.- Y la sala penal de la Corte Superior de Justicia, debe dictaminar hoy la sentencia contra el consejero del Gobierno Regional de Lima, Ulises Rodríguez Lázaro, por la presunción del delito que habría cometido en su condición de ex alcalde provincial de Yauyos en el año 90.
"Me encuentro tranquilo. En el proceso se han cometido una serie de vicios, incluso no han realizado el peritaje a las obras o adquisiciones de bienes que fueron materia de denuncia", expresó Ulises Rodríguez.
Puntualizó que las obras de la Plaza de Armas, Coliseo Municipal y el Estadio Municipal, están ahí. Así como la adquisición de un caterpillar y una camioneta.
"Todas las obras están ahí. El caterpillar está realizando los trabajos y la camioneta, incluso, se compró en CETICOS de Tacna a la mita de su precio", manifestó Ulises Rodríguez.
Finalmente, dijo que la ex regidora Celinda Barahona, quien le hizo la denuncia del caso, lo hizo con afán revanchista, toda vez que fue expectorada de su gestión por el pleno del concejo.
SALA PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE SENTENCIA HOY A ULISES RODRIGUEZ LAZARO...
YAUYOS.- Y la sala penal de la Corte Superior de Justicia, debe dictaminar hoy la sentencia contra el consejero del Gobierno Regional de Lima, Ulises Rodríguez Lázaro, por la presunción del delito que habría cometido en su condición de ex alcalde provincial de Yauyos en el año 90.
"Me encuentro tranquilo. En el proceso se han cometido una serie de vicios, incluso no han realizado el peritaje a las obras o adquisiciones de bienes que fueron materia de denuncia", expresó Ulises Rodríguez.
Puntualizó que las obras de la Plaza de Armas, Coliseo Municipal y el Estadio Municipal, están ahí. Así como la adquisición de un caterpillar y una camioneta.
"Todas las obras están ahí. El caterpillar está realizando los trabajos y la camioneta, incluso, se compró en CETICOS de Tacna a la mita de su precio", manifestó Ulises Rodríguez.
Finalmente, dijo que la ex regidora Celinda Barahona, quien le hizo la denuncia del caso, lo hizo con afán revanchista, toda vez que fue expectorada de su gestión por el pleno del concejo.
40 INGRESARON A LA FAUSTINO SANCHEZ CARRION - SEDE IMPERIAL...
Andreé William Galdos Segura, consiguió el primer lugar en el Examen de Admisión de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión en la Sede de Imperial, al totalizar 77 puntos.
Fueron 30 los ingresantes a la Escuela de Ciencias Contables y Financieras, y 18 a la Escuela de Zootecnica los que ingresaron al Examen de Admisión 2008 – I, rendido el día de ayer.
Miguel Angel Portuguéz Alvis ocupó el segundo lugar con 76.50; luego en tercer lugar se ubicó Catherine Giuiliana Palomino Polar con 69.75; mientras que en el cuarto lugar Yesenia Giovanna Mendoza Linares con 66.50; y en el quinto lugar Junior Julio Sánchez Chipana con 62.75.
Le siguen Fabiola Karina Uribe Cáceres (59.00); Doris Yessenia Huamán Chupado (57.875); Silvia Nancy Tocasca Marca (53.375); Carlos Campusano Machahuay (50.125); Juana Isamar Luyo Carbonero (44.50); Janet Milagros López Cerrón (41.750); Gelardine Grissel De La Cruz Sánchez (39.750); Joel Dionisio Cuzcano Chupalla (38.625); Cindy Estefany Sánchez Portugués (37.875) y Guilena Leydhy López Suyo (35.500).
Luego están Paola Cindy De La Cruz Rojas (34.25); Sara Abigail Campos Romero (34.125); Rut Mavet Jara Bendezú (32.625); Milagros Rosales Gamero (30.875); Gian Carlos Varillas Sánchez (27.125); Carlos Alberto Condor Gutiérrez (27.00); Milagros Abigail Orihuela Malásquez (26.875); Aldo Ráphael Quispe Gallegos (26.750); Jesús Alberto Tejada Gutiérrez (25.50); Yedy Rivera Miranda (24.00); Selene Lizbeth Huapaya Luyo (23.875); Mariela Edith Ramos Negrón (21.375).
Completan la relación de ingresantes a la Escuela de Ciencias Contables, Joan Arturo Vicente Prado con 20.625 puntos; Gianfranco René Lizarbe Peceros con 17.375 puntos y Cristhoffe Antonio Ojeda Manzo con 15.375 puntos.
INGRESARON A ZOOTECNIA
A la Escuela de Zootecnia ingresaron: Jonatan De Dios Yguia Bahamonde con 68.25 puntos; luego está Jesús Ernesto Marroquín Paúcar con 66.25 puntos; César Eduardo Lázaro Saldaña con 37 puntos; Elisvit Mariítas Parco Matumay con 36.125 puntos; Cindy Luz Sotomayor Paucca con 31.875 puntos; Alfredo Salazar Quispe con 27.375 puntos; Liss Nelly Lazar Cullanco con 19.875 puntos; Jhaisee Diana Gutiérrez Borda con 19.25 puntos; Aníbal Delgado Reyes con 16.375; Jossimar Rodríguez Yarasca con 11.375 y Catherine Benjamina Carrasco Luyo con 10.25.
Luego están Hagler Colmes Postillón Aguado con 8.875; Mirtha Aurora Salazar Quispe con 7.875; Máximo Huamán Manrique y Edwin Michael Jaramillo Castillo con 3.75; igualmente ingresaron Cindy Karen Essenwanger Peceros y Roberto Carlos Quispe Varillas con -1.875; y Carlos Darwin Gastelú Chanco con -7.625.
Andreé William Galdos Segura, consiguió el primer lugar en el Examen de Admisión de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión en la Sede de Imperial, al totalizar 77 puntos.
Fueron 30 los ingresantes a la Escuela de Ciencias Contables y Financieras, y 18 a la Escuela de Zootecnica los que ingresaron al Examen de Admisión 2008 – I, rendido el día de ayer.
Miguel Angel Portuguéz Alvis ocupó el segundo lugar con 76.50; luego en tercer lugar se ubicó Catherine Giuiliana Palomino Polar con 69.75; mientras que en el cuarto lugar Yesenia Giovanna Mendoza Linares con 66.50; y en el quinto lugar Junior Julio Sánchez Chipana con 62.75.
Le siguen Fabiola Karina Uribe Cáceres (59.00); Doris Yessenia Huamán Chupado (57.875); Silvia Nancy Tocasca Marca (53.375); Carlos Campusano Machahuay (50.125); Juana Isamar Luyo Carbonero (44.50); Janet Milagros López Cerrón (41.750); Gelardine Grissel De La Cruz Sánchez (39.750); Joel Dionisio Cuzcano Chupalla (38.625); Cindy Estefany Sánchez Portugués (37.875) y Guilena Leydhy López Suyo (35.500).
Luego están Paola Cindy De La Cruz Rojas (34.25); Sara Abigail Campos Romero (34.125); Rut Mavet Jara Bendezú (32.625); Milagros Rosales Gamero (30.875); Gian Carlos Varillas Sánchez (27.125); Carlos Alberto Condor Gutiérrez (27.00); Milagros Abigail Orihuela Malásquez (26.875); Aldo Ráphael Quispe Gallegos (26.750); Jesús Alberto Tejada Gutiérrez (25.50); Yedy Rivera Miranda (24.00); Selene Lizbeth Huapaya Luyo (23.875); Mariela Edith Ramos Negrón (21.375).
Completan la relación de ingresantes a la Escuela de Ciencias Contables, Joan Arturo Vicente Prado con 20.625 puntos; Gianfranco René Lizarbe Peceros con 17.375 puntos y Cristhoffe Antonio Ojeda Manzo con 15.375 puntos.
INGRESARON A ZOOTECNIA
A la Escuela de Zootecnia ingresaron: Jonatan De Dios Yguia Bahamonde con 68.25 puntos; luego está Jesús Ernesto Marroquín Paúcar con 66.25 puntos; César Eduardo Lázaro Saldaña con 37 puntos; Elisvit Mariítas Parco Matumay con 36.125 puntos; Cindy Luz Sotomayor Paucca con 31.875 puntos; Alfredo Salazar Quispe con 27.375 puntos; Liss Nelly Lazar Cullanco con 19.875 puntos; Jhaisee Diana Gutiérrez Borda con 19.25 puntos; Aníbal Delgado Reyes con 16.375; Jossimar Rodríguez Yarasca con 11.375 y Catherine Benjamina Carrasco Luyo con 10.25.
Luego están Hagler Colmes Postillón Aguado con 8.875; Mirtha Aurora Salazar Quispe con 7.875; Máximo Huamán Manrique y Edwin Michael Jaramillo Castillo con 3.75; igualmente ingresaron Cindy Karen Essenwanger Peceros y Roberto Carlos Quispe Varillas con -1.875; y Carlos Darwin Gastelú Chanco con -7.625.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
ORDENANZA Nº 004-2008-MDCA
Cerro Azul, 12 de Abril de 2008.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO:
El concejo de la municipalidad Distrital de Cerro azul, en sesión ordinaria de fecha 10 de Abril de 2008, visto el Proyecto de Ordenanza sobre beneficios para la construcción y reconstrucción de viviendas por damnificados del terremoto de agosto del 2007, presentado por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, mediante informe Nº 052-2008—GDUR/MDCA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política, modificado por el Articulo único de la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son órganos de gobierno local y como tal gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, las Municipalidades representan a la comunidad, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. En tal sentido, deben realizar un conjunto de acciones destinadas a brindar un ambiente adecuado al ciudadano.
Que, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley Nº 27157 sobre la Regularización de edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de la Propiedad Exclusiva y de Propiedad en Común, las Municipalidades son competentes para otorgar Licencia de Construcción en el ámbito de su Jurisdicción para iniciar cualquier tipo de obra de edificaciones, la misma que deberán obtener obligatoriamente todos los propietarios de terrenos urbanos.
Que, debido a la situación de emergencia, generada por el Terremoto de Agosto del año 2007, es necesario otorgar facilidades para la reconstrucción o construcción de viviendas, establecimientos comerciales, de servicios u otros, exonerando a los damnificados, del pago de derechos administrativas en los procedimientos establecidos en el Texto Único de Procedimiento Administrativos de la Municipalidad, TUPA.
Que, el artículo IV del Titulo Preliminar del Texto Único Ordenando del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones arbitrios derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los limites que señala la Ley.
Estando a lo expuesto, con las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime de los Señores Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación del acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
BENEFICIOS PARA LA CONSTRUCCIÓN O RECONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PARA DAMNIFICADOS DEL TERREMOTO 2007.
ARTICULO 1º.- Exonerar a los damnificados del terremoto de agosto del año 2007 de los derechos administrativos previstos en los siguientes procedimientos establecidos en el Texto Único de Procedimiento Administrativo - TUPA de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, aprobado por Ordenanza Nº 007-2002-MDCA.
RUBRO AREA DE DESARROLLO URBANO RURAL MEDIO AMBIENTE
DEPARTAMENTO DE OBRAS PRIVADAS
Nº ORDEN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DERECHO DE PAGO
002 Licencia de obra Nueva Control técnico
2% UIT ( s/.70 nuevos soles)
Deterioro de pistas y veredas 0.2 % Valor de Obra (Indeterminado)
Licencia de obra 1% del valor de Obra ( Indeterminado)
Control de Obra (3) 6% de la UIT ( S/. 210 nuevos soles)
010 Licencia / regularización para demolición
Control técnico 2% UIT ( s/.70 nuevos soles)
Licencia de obra 1% del valor de Obra ( Indeterminado)
Supervisión 2% UIT (S/.70 nuevos soles)
022 Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios
Supervisión 2% UIT (S/. 70 nuevos soles)
Certificado 1,3 UIT (S/. 45.5 nuevos soles)
Para acogerse a este beneficio de exoneración de derechos administrativos, el propietario o poseedor legitimo deberá estar inscrito en la relación de personas cuyas viviendas hayan colapsado o en su defecto hayan quedado inhabitables, como consecuencia del Sismo del pasado 15 de agosto del 2007, de acuerdo a la base de datos con la que cuenta la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul.
ARTICULO 2º.- Precisar que la exoneración de los derechos administrativos se efectuara hasta por un valor de la obra equivalente al 10 UIT ( S/. 35.000 nuevos soles) vigente. Para valores de obra de edificación que superen las 10 UIT el propietario deberá cancelar el 50% de los derechos administrativos. No se considera incluida dentro de la exoneración de derechos administrativos los pagos correspondientes a la carpeta de tramite por un valor de S/. 7.00 nuevos soles, y el pago por revisión de proyectos a los respectivos Colegios Profesionales.
ARTICULO 3º.- Precisar que la exoneración de los derechos administrativos no exime a los propietarios o poseedores legítimos de la presentación de la documentación técnica exigida por el TUPA vigente de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, por cuanto es la única garantía que las edificaciones nuevas se ejecuten de conformidad con los requerimientos mínimos exigidos por el Reglamento Nacional de edificaciones, la ley 27157, su Reglamento, su Texto Único Ordenado y demás normas conexas.
ARTICULO 4º.- El beneficio de exoneración de los derechos administrativos previstos en la presente ordenanza vence el 31 de octubre del 2008.
ARTICULO 5º.- Precisar que en el caso de obras menores hasta 30 m2 no se efectuara pago por derecho alguno. Los interesados deberán solicitar
a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural una inspección técnica de la obra para fines de asesoramiento técnico sin costo alguno, debiendo cumplir con acreditar la propiedad o posesión. Las personas que se acojan a la presente ordenanza deberán garantizar que la construcción se realice cumpliendo los requisitos mínimos de seguridad que establece el Reglamento Nacional de Edificación, de acuerdo a la cartilla que emitirá la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural de esta Municipalidad.
ARTICULO 6º.- Facúltese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la mejor aplicación de la presente ordenanza.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
ORDENANZA Nº 005-2008-MDCA
Cerro Azul, 12 de Abril de 2008.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO:
El Concejo en sesión de fecha 10 de abril de 2008, el Proyecto de Ordenanza relacionada con el Memorial formulado por la Institución Educativa Publica Nº 20131 "JOSE OLAYA BALANDRA" (Exp.Nº 3157-07) así como al Dictamen de la Comisión de Obras, el Informe Nº 062-2008-GDUR/MDCA, de fecha 05 de abril del 2008, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural; y, el Informe de la Asesoria Legal Externa de fecha 15 de diciembre del 2007.
CONSIDERANDO:
Que el Memorial de la Institución Educativa Publica Nº 20131 José Olaya Balandra cuestiona la ordenanza Municipal Nº 005-2007 MDCA, que actualizo el Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Cerro Azul, al considerar que no se ha tenido en cuenta el área del predio de propiedad de dicha Institución;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 005-2007 MDCA, se aprobó la Actualización del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Cerro Azul, aprobado en sesión de Concejo del 09 de diciembre del año 2000 y mediante Ordenanza Nº 041-2001 MPC de la Municipalidad Provincial de fecha 09 de octubre del 2001;
Que, en los Anexos de la Ordenanza Nº 005-2007 MDCA, se incluye la Propuesta Vial, Zonificación de la Zona Urbana ( Lamina PV-4 de 4 ) estableciéndose una vía local principal adyacente al terreno que ocupa la Institución educativa, cuya sección B-B considera un ancho de 19.70 metros lineales;
Que, analizados los antecedentes sobre la propiedad del terreno que ocupa el Centro Educativo, de las actas de las sesiones de Concejo de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, de fechas 13 de Noviembre de 1957, y 31 de diciembre del mismo año, se desprende que el Concejo dono un área de 5,000 metros cuadrados, a la entonces Escuela de Varones Nº 450, lo cual es corroborado por la Resolución Ministerial Nº 6728 de 27 de Mayo de 1958 del Ministerio de Educación, en la que se autoriza al Inspector de Educación para que juntamente con los Síndicos del Concejo Distrital de Cerro Azul suscriban la escritura Publica de Donación respectiva;
Que, asimismo, en sesión de Concejo de fecha 14 de noviembre del año 1964, se acordó donar al Ministerio de Educación 2,000 metros para la edificación de la entonces Escuela Primaria de Mujeres No.466;
Que la transferencia de propiedad a titulo gratuito efectuada por la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, no fue inscrita en los Registros Públicos por los funcionarios responsables del Ministerio de Educación;
Que, al aprobarse el Plan de Desarrollo Urbano del Distrito en el año 2000, ni al efectuarse su actualización en el año 2007, se ha tenido en consideración que el Concejo Municipal había efectuado las donaciones en referencia; que los Centros Educativos Nº 450 y Nº 466 se convirtieron en el Nº 20131 y Nº 20132 respectivamente y que además, ambos se fusionaron de acuerdo a lo dispuesto mediante Resolución Directoral Regional Nº 651 del 5 de Abril del año 1977, prevaleciendo el Nº 20131.
Que, COFOPRI en el año 2000 ejecutó un Programa de Saneamiento Físico Legal en el casco urbano del Distrito, efectuando el levantamiento de un Plano de Trazado y Iotización, el 14 de diciembre del año 2000, con el nombre de "Centro Poblado Agrupamiento de familias Cerro Azul Cercado, Plano que se encuentra inscrito en el Registro Predial urbano con el Código PI 7019091 Asiento 003 de fecha 26 de Diciembre del año 2000, Fojas 9. En dicho Plano, el Centro Educativo figura en la Manzana X, Lote 1 con 3,591.20 m2 , área menor a la que el Concejo Municipal donara para fines de infraestructura educativa;
Que, debe tenerse en cuenta que de acuerdo al Informe Técnico Nº 062-2008- GDUR/MDCA de fecha 05 de Abril de 2008, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, se hace indispensable que por razones de necesidad y utilidad pública se mantenga una vía secundaria local como prolongación de la calle Santa Rosa, la cual de conformidad con el articulo 8º, Cap. II- Diseño de Vías- Normas GH. 020 del Título II del Reglamento Nacional de Edificaciones, debe tener un ancho mínimo de 11.40 metros lineales,.mas aun cuando al ejecutarse el proyecto del Intercambio Vial en la Panamericana Sur, se generara una mayor afluencia de transito vehicular y también por razones de seguridad como vía de evacuación en caso de riesgo por desastre natural (Tsunami). El remanente del terreno, es decir 1,200.62 m2 debe agregarse al terreno que ocupa el centro educativo y que se encuentra inscrito en el registro predial;
Que, de conformidad con el articulo 13º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2003 VIVIENDA, solo se consideran modificaciones al Plan de Desarrollo Urbano, las modificaciones de trazos de vías expresas, arteriales y colectoras, caso que no es el presente, por cuanto se trata de modificar una vía local principal por una vía local secundaria; por tanto, no se requiere seguir el procedimiento fijado en el articulo 11º de dicho Reglamento;
Que, en consecuencia es necesario modificar el Plano PV-4 de 4 anexo a la Ordenanza Nº 005-2007 MDCA reemplazando la vía principal local por una vía secundaria local, así como cambiar la zonificación del área remanente de ZRP a CE, disponiéndose además la adecuación de los demás planos anexos a la Ordenanza en la parte pertinente;
Que, asimismo debe tramitarse ante COFOPRI, el replanteo del área del predio signado en el Plano inscrito en los Registros Públicos, como Manzana X Lote 1, así como de la vía prolongación de la Calle Santa Rosa, debiéndose poner en conocimiento del Ministerio de Educación para los fines de la inscripción a su favor; en el Registro Predial Urbano..
De conformidad con el articulo 70º de la Constitución Política del Estado, y articulo 9º inciso 8º de la ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Con el Voto unánime de los Señores Regidores y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Modificar el Plano PV-4 de 4 anexo a la Ordenanza Nº.005-2007 MDC, en el punto especifico Sección B-B de la calle Santa Rosa, en la cual se consigna una vía principal local de 19.70 metros lineales, debiendo ser una vía secundaria local cuya sección vial ( ancho ) será de 11.40 metros lineales.
ARTICULO 2º.-.Modificar el Plano PGZ ( 1 de 3 ) en la parte relativa a la zonificación del área remanente de la vía a que se refiere el articulo anterior, a la cual le corresponderá la zonificación CE.
ARTICULO 3º.- Adecuar todos los demás planos anexos a la ordenanza Nº 005-2007 MDCA en la parte que incluyan la vía materia de modificación efectuada en el articulo primero de la presente Ordenanza.
ARTICULO 4º.- Requerir a COFOPRI, el replanteo del área del predio signado como Manzana X Lote 1 y de la vía prolongación de la calle Santa Rosa; que figuran en el Plano de Trazado y Iotización del llamado "Centro Poblado Agrupamiento de familias Cerro Azul Cercado", del 14 de diciembre del año 2000, inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código PI 7019091 Asiento 003 de fecha 26 de diciembre del año 2000, fojas 9. En dicho replanteo se deberá efectuar la rectificación de áreas y linderos respectivos.
ARTICULO 5º.-Transcribir la presente Ordenanza al Ministerio de Educación, a la Municipalidad Provincial de Cañete, a COFOPRI y al Centro Educativo JOSE OLAYA BALANDRA, para su conocimiento y fines consiguientes.
POR TANTO:
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
ORDENANZA Nº 006-2008-MDCA
Cerro Azul, 12 de Abril de 2008.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO:
Visto: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de abril de 2008, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento para la Prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 81º numeral 1.6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, constituyen funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Provinciales; normar, regular y controlar la circulación de vehículos menores motorizados y no motorizados;
Que, asimismo, de conformidad con el artículo 81º numeral 3.2 de la misma Ley Orgánica de Municipalidades; las Municipalidades Distritales tienen como función específica compartida, otorgar Licencias para la circulación de vehículos menores de acuerdo con lo establecido en la Regulación Provincial.
Que, la Municipalidad Provincial de Cañete mediante Ordenanza Nº 020-2004-MPC del 05 de abril del 2004, aprobó el Reglamento Provincial para la Prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores (moto taxis).
Que, dentro del marco de la referida Ordenanza Provincial, corresponde a esta Municipalidad aprobar las normas reglamentarias pertinentes a fin de autorizar la prestación del servicio dentro de la jurisdicción del Distrito de Cerro Azul.
Que, asimismo de conformidad con el estudio técnico efectuado por la Gerencia de Servicios Generales, debe fijarse la cantidad máxima de vehículos menores que pueden prestar el servicio en el distrito y el número mínimo y máximo de la flota por transportador autorizado
De conformidad con la Ley Nº 27189, el Decreto Supremo Nº 004-200 MTC y su modificatoria efectuada por Decreto Supremo Nº 009-2000 MTC, la Ordenanza Nº 020-2004 MPC de la Municipalidad Provincial de Cañete y en uso de las facultades contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 279712; el Concejo Municipal, por unanimidad y con dispensa de aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, el Reglamento para la Prestación del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores en el Distrito de Cerro Azul, el mismo que cuenta con 08 Títulos 05 Capitulos, 42 Artículos y 4 anexos.
ARTICULO SEGUNDO.- Fijar en sesenta (60) el número máximo de vehículos que pueden prestar el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en el Distrito de Cerro Azul.
ARTICULO TERCERO.- Establecer el número mínimo y máximo de vehículos que pueden integrar la flota de un Transportador autorizado (Persona Jurídica)
Mínimo 03
Máximo 20
ARTICULO CUARTO.- Derogar las Ordenanzas Nº 014-2006-MDCA y Nº 017-2006-MDCA, con excepción del Cuadro de Procedimientos Administrativos y Pago de derechos que ha sido incorporado en el TUPA, el mismo que se mantiene vigente, debiéndose entender en adelante que cuando en dicho cuadro se hace referencia al Certificado de Habilitación Vehicular, debe entenderse que se trata de la Tarjeta de Habilitación Vehicular, y cuando se refiere a la autorización se trata del Permiso de Operación.
ARTICULO QUINTO.- Las personas naturales que obtuvieron autorización al amparo de la Ordenanza Nº 014-2006 MDCA, deberán adecuarse a las disposiciones de la presente Ordenanza en el plazo máximo de 30 días útiles contados a partir de la publicación su publicación, plazo dentro del cual además podrán solicitarse Permisos de Operación al amparo del reglamento que se aprueba por la presente Ordenanza, dentro del límite máximo de vehículos aprobado.
ARTICULO SEXTO.- Disponer que una vez vencido el plazo a que se refiere el artículo anterior, se suspende el tramite de solicitudes para obtener Permisos de Operación, restricción que se mantendrá vigente hasta el 31 de marzo del 2011.
ARTICULO SEPTIMO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario de mayor circulación local.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
ORDENANZA Nº 004-2008-MDCA
Cerro Azul, 12 de Abril de 2008.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO:
El concejo de la municipalidad Distrital de Cerro azul, en sesión ordinaria de fecha 10 de Abril de 2008, visto el Proyecto de Ordenanza sobre beneficios para la construcción y reconstrucción de viviendas por damnificados del terremoto de agosto del 2007, presentado por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, mediante informe Nº 052-2008—GDUR/MDCA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política, modificado por el Articulo único de la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son órganos de gobierno local y como tal gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, las Municipalidades representan a la comunidad, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. En tal sentido, deben realizar un conjunto de acciones destinadas a brindar un ambiente adecuado al ciudadano.
Que, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley Nº 27157 sobre la Regularización de edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de la Propiedad Exclusiva y de Propiedad en Común, las Municipalidades son competentes para otorgar Licencia de Construcción en el ámbito de su Jurisdicción para iniciar cualquier tipo de obra de edificaciones, la misma que deberán obtener obligatoriamente todos los propietarios de terrenos urbanos.
Que, debido a la situación de emergencia, generada por el Terremoto de Agosto del año 2007, es necesario otorgar facilidades para la reconstrucción o construcción de viviendas, establecimientos comerciales, de servicios u otros, exonerando a los damnificados, del pago de derechos administrativas en los procedimientos establecidos en el Texto Único de Procedimiento Administrativos de la Municipalidad, TUPA.
Que, el artículo IV del Titulo Preliminar del Texto Único Ordenando del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones arbitrios derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los limites que señala la Ley.
Estando a lo expuesto, con las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime de los Señores Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación del acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
BENEFICIOS PARA LA CONSTRUCCIÓN O RECONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PARA DAMNIFICADOS DEL TERREMOTO 2007.
ARTICULO 1º.- Exonerar a los damnificados del terremoto de agosto del año 2007 de los derechos administrativos previstos en los siguientes procedimientos establecidos en el Texto Único de Procedimiento Administrativo - TUPA de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, aprobado por Ordenanza Nº 007-2002-MDCA.
RUBRO AREA DE DESARROLLO URBANO RURAL MEDIO AMBIENTE
DEPARTAMENTO DE OBRAS PRIVADAS
Nº ORDEN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DERECHO DE PAGO
002 Licencia de obra Nueva Control técnico
2% UIT ( s/.70 nuevos soles)
Deterioro de pistas y veredas 0.2 % Valor de Obra (Indeterminado)
Licencia de obra 1% del valor de Obra ( Indeterminado)
Control de Obra (3) 6% de la UIT ( S/. 210 nuevos soles)
010 Licencia / regularización para demolición
Control técnico 2% UIT ( s/.70 nuevos soles)
Licencia de obra 1% del valor de Obra ( Indeterminado)
Supervisión 2% UIT (S/.70 nuevos soles)
022 Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios
Supervisión 2% UIT (S/. 70 nuevos soles)
Certificado 1,3 UIT (S/. 45.5 nuevos soles)
Para acogerse a este beneficio de exoneración de derechos administrativos, el propietario o poseedor legitimo deberá estar inscrito en la relación de personas cuyas viviendas hayan colapsado o en su defecto hayan quedado inhabitables, como consecuencia del Sismo del pasado 15 de agosto del 2007, de acuerdo a la base de datos con la que cuenta la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul.
ARTICULO 2º.- Precisar que la exoneración de los derechos administrativos se efectuara hasta por un valor de la obra equivalente al 10 UIT ( S/. 35.000 nuevos soles) vigente. Para valores de obra de edificación que superen las 10 UIT el propietario deberá cancelar el 50% de los derechos administrativos. No se considera incluida dentro de la exoneración de derechos administrativos los pagos correspondientes a la carpeta de tramite por un valor de S/. 7.00 nuevos soles, y el pago por revisión de proyectos a los respectivos Colegios Profesionales.
ARTICULO 3º.- Precisar que la exoneración de los derechos administrativos no exime a los propietarios o poseedores legítimos de la presentación de la documentación técnica exigida por el TUPA vigente de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, por cuanto es la única garantía que las edificaciones nuevas se ejecuten de conformidad con los requerimientos mínimos exigidos por el Reglamento Nacional de edificaciones, la ley 27157, su Reglamento, su Texto Único Ordenado y demás normas conexas.
ARTICULO 4º.- El beneficio de exoneración de los derechos administrativos previstos en la presente ordenanza vence el 31 de octubre del 2008.
ARTICULO 5º.- Precisar que en el caso de obras menores hasta 30 m2 no se efectuara pago por derecho alguno. Los interesados deberán solicitar
a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural una inspección técnica de la obra para fines de asesoramiento técnico sin costo alguno, debiendo cumplir con acreditar la propiedad o posesión. Las personas que se acojan a la presente ordenanza deberán garantizar que la construcción se realice cumpliendo los requisitos mínimos de seguridad que establece el Reglamento Nacional de Edificación, de acuerdo a la cartilla que emitirá la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural de esta Municipalidad.
ARTICULO 6º.- Facúltese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la mejor aplicación de la presente ordenanza.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
ORDENANZA Nº 005-2008-MDCA
Cerro Azul, 12 de Abril de 2008.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO:
El Concejo en sesión de fecha 10 de abril de 2008, el Proyecto de Ordenanza relacionada con el Memorial formulado por la Institución Educativa Publica Nº 20131 "JOSE OLAYA BALANDRA" (Exp.Nº 3157-07) así como al Dictamen de la Comisión de Obras, el Informe Nº 062-2008-GDUR/MDCA, de fecha 05 de abril del 2008, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural; y, el Informe de la Asesoria Legal Externa de fecha 15 de diciembre del 2007.
CONSIDERANDO:
Que el Memorial de la Institución Educativa Publica Nº 20131 José Olaya Balandra cuestiona la ordenanza Municipal Nº 005-2007 MDCA, que actualizo el Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Cerro Azul, al considerar que no se ha tenido en cuenta el área del predio de propiedad de dicha Institución;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 005-2007 MDCA, se aprobó la Actualización del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Cerro Azul, aprobado en sesión de Concejo del 09 de diciembre del año 2000 y mediante Ordenanza Nº 041-2001 MPC de la Municipalidad Provincial de fecha 09 de octubre del 2001;
Que, en los Anexos de la Ordenanza Nº 005-2007 MDCA, se incluye la Propuesta Vial, Zonificación de la Zona Urbana ( Lamina PV-4 de 4 ) estableciéndose una vía local principal adyacente al terreno que ocupa la Institución educativa, cuya sección B-B considera un ancho de 19.70 metros lineales;
Que, analizados los antecedentes sobre la propiedad del terreno que ocupa el Centro Educativo, de las actas de las sesiones de Concejo de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, de fechas 13 de Noviembre de 1957, y 31 de diciembre del mismo año, se desprende que el Concejo dono un área de 5,000 metros cuadrados, a la entonces Escuela de Varones Nº 450, lo cual es corroborado por la Resolución Ministerial Nº 6728 de 27 de Mayo de 1958 del Ministerio de Educación, en la que se autoriza al Inspector de Educación para que juntamente con los Síndicos del Concejo Distrital de Cerro Azul suscriban la escritura Publica de Donación respectiva;
Que, asimismo, en sesión de Concejo de fecha 14 de noviembre del año 1964, se acordó donar al Ministerio de Educación 2,000 metros para la edificación de la entonces Escuela Primaria de Mujeres No.466;
Que la transferencia de propiedad a titulo gratuito efectuada por la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, no fue inscrita en los Registros Públicos por los funcionarios responsables del Ministerio de Educación;
Que, al aprobarse el Plan de Desarrollo Urbano del Distrito en el año 2000, ni al efectuarse su actualización en el año 2007, se ha tenido en consideración que el Concejo Municipal había efectuado las donaciones en referencia; que los Centros Educativos Nº 450 y Nº 466 se convirtieron en el Nº 20131 y Nº 20132 respectivamente y que además, ambos se fusionaron de acuerdo a lo dispuesto mediante Resolución Directoral Regional Nº 651 del 5 de Abril del año 1977, prevaleciendo el Nº 20131.
Que, COFOPRI en el año 2000 ejecutó un Programa de Saneamiento Físico Legal en el casco urbano del Distrito, efectuando el levantamiento de un Plano de Trazado y Iotización, el 14 de diciembre del año 2000, con el nombre de "Centro Poblado Agrupamiento de familias Cerro Azul Cercado, Plano que se encuentra inscrito en el Registro Predial urbano con el Código PI 7019091 Asiento 003 de fecha 26 de Diciembre del año 2000, Fojas 9. En dicho Plano, el Centro Educativo figura en la Manzana X, Lote 1 con 3,591.20 m2 , área menor a la que el Concejo Municipal donara para fines de infraestructura educativa;
Que, debe tenerse en cuenta que de acuerdo al Informe Técnico Nº 062-2008- GDUR/MDCA de fecha 05 de Abril de 2008, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, se hace indispensable que por razones de necesidad y utilidad pública se mantenga una vía secundaria local como prolongación de la calle Santa Rosa, la cual de conformidad con el articulo 8º, Cap. II- Diseño de Vías- Normas GH. 020 del Título II del Reglamento Nacional de Edificaciones, debe tener un ancho mínimo de 11.40 metros lineales,.mas aun cuando al ejecutarse el proyecto del Intercambio Vial en la Panamericana Sur, se generara una mayor afluencia de transito vehicular y también por razones de seguridad como vía de evacuación en caso de riesgo por desastre natural (Tsunami). El remanente del terreno, es decir 1,200.62 m2 debe agregarse al terreno que ocupa el centro educativo y que se encuentra inscrito en el registro predial;
Que, de conformidad con el articulo 13º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2003 VIVIENDA, solo se consideran modificaciones al Plan de Desarrollo Urbano, las modificaciones de trazos de vías expresas, arteriales y colectoras, caso que no es el presente, por cuanto se trata de modificar una vía local principal por una vía local secundaria; por tanto, no se requiere seguir el procedimiento fijado en el articulo 11º de dicho Reglamento;
Que, en consecuencia es necesario modificar el Plano PV-4 de 4 anexo a la Ordenanza Nº 005-2007 MDCA reemplazando la vía principal local por una vía secundaria local, así como cambiar la zonificación del área remanente de ZRP a CE, disponiéndose además la adecuación de los demás planos anexos a la Ordenanza en la parte pertinente;
Que, asimismo debe tramitarse ante COFOPRI, el replanteo del área del predio signado en el Plano inscrito en los Registros Públicos, como Manzana X Lote 1, así como de la vía prolongación de la Calle Santa Rosa, debiéndose poner en conocimiento del Ministerio de Educación para los fines de la inscripción a su favor; en el Registro Predial Urbano..
De conformidad con el articulo 70º de la Constitución Política del Estado, y articulo 9º inciso 8º de la ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Con el Voto unánime de los Señores Regidores y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Modificar el Plano PV-4 de 4 anexo a la Ordenanza Nº.005-2007 MDC, en el punto especifico Sección B-B de la calle Santa Rosa, en la cual se consigna una vía principal local de 19.70 metros lineales, debiendo ser una vía secundaria local cuya sección vial ( ancho ) será de 11.40 metros lineales.
ARTICULO 2º.-.Modificar el Plano PGZ ( 1 de 3 ) en la parte relativa a la zonificación del área remanente de la vía a que se refiere el articulo anterior, a la cual le corresponderá la zonificación CE.
ARTICULO 3º.- Adecuar todos los demás planos anexos a la ordenanza Nº 005-2007 MDCA en la parte que incluyan la vía materia de modificación efectuada en el articulo primero de la presente Ordenanza.
ARTICULO 4º.- Requerir a COFOPRI, el replanteo del área del predio signado como Manzana X Lote 1 y de la vía prolongación de la calle Santa Rosa; que figuran en el Plano de Trazado y Iotización del llamado "Centro Poblado Agrupamiento de familias Cerro Azul Cercado", del 14 de diciembre del año 2000, inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código PI 7019091 Asiento 003 de fecha 26 de diciembre del año 2000, fojas 9. En dicho replanteo se deberá efectuar la rectificación de áreas y linderos respectivos.
ARTICULO 5º.-Transcribir la presente Ordenanza al Ministerio de Educación, a la Municipalidad Provincial de Cañete, a COFOPRI y al Centro Educativo JOSE OLAYA BALANDRA, para su conocimiento y fines consiguientes.
POR TANTO:
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
ORDENANZA Nº 006-2008-MDCA
Cerro Azul, 12 de Abril de 2008.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO:
Visto: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de abril de 2008, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento para la Prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 81º numeral 1.6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, constituyen funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Provinciales; normar, regular y controlar la circulación de vehículos menores motorizados y no motorizados;
Que, asimismo, de conformidad con el artículo 81º numeral 3.2 de la misma Ley Orgánica de Municipalidades; las Municipalidades Distritales tienen como función específica compartida, otorgar Licencias para la circulación de vehículos menores de acuerdo con lo establecido en la Regulación Provincial.
Que, la Municipalidad Provincial de Cañete mediante Ordenanza Nº 020-2004-MPC del 05 de abril del 2004, aprobó el Reglamento Provincial para la Prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores (moto taxis).
Que, dentro del marco de la referida Ordenanza Provincial, corresponde a esta Municipalidad aprobar las normas reglamentarias pertinentes a fin de autorizar la prestación del servicio dentro de la jurisdicción del Distrito de Cerro Azul.
Que, asimismo de conformidad con el estudio técnico efectuado por la Gerencia de Servicios Generales, debe fijarse la cantidad máxima de vehículos menores que pueden prestar el servicio en el distrito y el número mínimo y máximo de la flota por transportador autorizado
De conformidad con la Ley Nº 27189, el Decreto Supremo Nº 004-200 MTC y su modificatoria efectuada por Decreto Supremo Nº 009-2000 MTC, la Ordenanza Nº 020-2004 MPC de la Municipalidad Provincial de Cañete y en uso de las facultades contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 279712; el Concejo Municipal, por unanimidad y con dispensa de aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, el Reglamento para la Prestación del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores en el Distrito de Cerro Azul, el mismo que cuenta con 08 Títulos 05 Capitulos, 42 Artículos y 4 anexos.
ARTICULO SEGUNDO.- Fijar en sesenta (60) el número máximo de vehículos que pueden prestar el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en el Distrito de Cerro Azul.
ARTICULO TERCERO.- Establecer el número mínimo y máximo de vehículos que pueden integrar la flota de un Transportador autorizado (Persona Jurídica)
Mínimo 03
Máximo 20
ARTICULO CUARTO.- Derogar las Ordenanzas Nº 014-2006-MDCA y Nº 017-2006-MDCA, con excepción del Cuadro de Procedimientos Administrativos y Pago de derechos que ha sido incorporado en el TUPA, el mismo que se mantiene vigente, debiéndose entender en adelante que cuando en dicho cuadro se hace referencia al Certificado de Habilitación Vehicular, debe entenderse que se trata de la Tarjeta de Habilitación Vehicular, y cuando se refiere a la autorización se trata del Permiso de Operación.
ARTICULO QUINTO.- Las personas naturales que obtuvieron autorización al amparo de la Ordenanza Nº 014-2006 MDCA, deberán adecuarse a las disposiciones de la presente Ordenanza en el plazo máximo de 30 días útiles contados a partir de la publicación su publicación, plazo dentro del cual además podrán solicitarse Permisos de Operación al amparo del reglamento que se aprueba por la presente Ordenanza, dentro del límite máximo de vehículos aprobado.
ARTICULO SEXTO.- Disponer que una vez vencido el plazo a que se refiere el artículo anterior, se suspende el tramite de solicitudes para obtener Permisos de Operación, restricción que se mantendrá vigente hasta el 31 de marzo del 2011.
ARTICULO SEPTIMO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario de mayor circulación local.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
XLV JORNADA MUNDIAL DE ORACION POR LAS VOCACIONES SE LLEVO AYER DOMINGO 13--- IV DOMINGO DE PASCUA...
"Las vocaciones al servicio de la Iglesia - misión": Con este tema se llevó a cabo ayer domingo la XLV Jornada Mundial de Oración por las vocaciones.
El amor de Cristo, escribe Benedicto XVI en el mensaje para esta jornada, se debe difundir en todos los rincones del mundo, a través de los ejemplos, las palabras pero sobre todo con la vida.
Así, la Iglesia, "misionera en su conjunto y en cada uno de sus miembros" debe alimentar las vocaciones a través de la predicación y la catequesis, la liturgia y la formación en la oración. Nuestro tiempo, aunque un poco desfigurado por el secularismo y el relativismo, muestra un nuevo renacer de las vocaciones, de hombres y mujeres que deciden poner su vida al servicio del Evangelio. Deciden ser signos tangibles de un amor eterno y misericordioso. Lo explica, el cardenal Franc Rodé, prefecto de la Congregación de los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica.
Benedicto XVI: "Si no les damos a Dios, no les damos suficiente. Creo que esto es la misión esencial de los religiosos y religiosas en el mundo. El deber principal es ser testigos de Dios, de la presencia de Dios en la historia de la humanidad. Esta urgencia está muy clara en las nuevas congregaciones religiosas".
"Las vocaciones al servicio de la Iglesia - misión": Con este tema se llevó a cabo ayer domingo la XLV Jornada Mundial de Oración por las vocaciones.
El amor de Cristo, escribe Benedicto XVI en el mensaje para esta jornada, se debe difundir en todos los rincones del mundo, a través de los ejemplos, las palabras pero sobre todo con la vida.
Así, la Iglesia, "misionera en su conjunto y en cada uno de sus miembros" debe alimentar las vocaciones a través de la predicación y la catequesis, la liturgia y la formación en la oración. Nuestro tiempo, aunque un poco desfigurado por el secularismo y el relativismo, muestra un nuevo renacer de las vocaciones, de hombres y mujeres que deciden poner su vida al servicio del Evangelio. Deciden ser signos tangibles de un amor eterno y misericordioso. Lo explica, el cardenal Franc Rodé, prefecto de la Congregación de los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica.
Benedicto XVI: "Si no les damos a Dios, no les damos suficiente. Creo que esto es la misión esencial de los religiosos y religiosas en el mundo. El deber principal es ser testigos de Dios, de la presencia de Dios en la historia de la humanidad. Esta urgencia está muy clara en las nuevas congregaciones religiosas".
12 abril 2008
GERENCIA DE OBRAS NO CONSIDERA EN INFORME, LIQUIDACION DE OBRAS DE HABILITACION URBANA DE PERU LNG...
Señala Regidor Percy Alcalá Mateo...
La Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras de la Municipalidad Provincial de Cañete, no ha considerado en la liquidación de obras de la firma Perú LNG, la habilitación urbana que consiste en los movimientos de tierras, postes de iluminación y construcción del cerco perimétrico para la cancelación del impuesto predial.
Así lo expresó el regidor de la Municipalidad Provincial de Cañete, Percy Alcalá Mateo, quien no dudó en afirmar que por fin surtió efecto, sus constantes pedido en sesión de concejo de realizar una fiscalización a la empresa Perú LNG.
"Por fin se comenzó a hacer la liquidación", expresó Percy Alcalá, remarcando que Perú LNG, ya ha hecho un depósito de un millón cien nuevos soles del Impuesto Predial correspondiente al año 2008.
"Pero, también se tiene que revisar el 2007 y tiene efecto retroactivo al 2006. Por cuanto el 2005 pagaron una cantidad mayor y el 2006, sufrió una modificación la cuponera en donde se rebajó el monto".
Precisó que al revisar los documentos se dieron con la sorpresa que existía una Resolución de la Gerencia de Rentas en el 2006 donde "autoriza" la rebaja del impuesto a Perú LNG..
"Hemos sugerido que subsanen estas observaciones, nos adjunten todas las licencias de construcción, nos presente el informe técnico y las cuponeras estén correctamente hechas", manifestó.
Finalmente, Alcalá dijo que en su condición de regidor seguirá fiscalizando e insistiendo a fin que la empresa Perú LNG, siga cumpliendo con sus tributos que debe bordear el millón y medio de soles.
Señala Regidor Percy Alcalá Mateo...
La Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras de la Municipalidad Provincial de Cañete, no ha considerado en la liquidación de obras de la firma Perú LNG, la habilitación urbana que consiste en los movimientos de tierras, postes de iluminación y construcción del cerco perimétrico para la cancelación del impuesto predial.
Así lo expresó el regidor de la Municipalidad Provincial de Cañete, Percy Alcalá Mateo, quien no dudó en afirmar que por fin surtió efecto, sus constantes pedido en sesión de concejo de realizar una fiscalización a la empresa Perú LNG.
"Por fin se comenzó a hacer la liquidación", expresó Percy Alcalá, remarcando que Perú LNG, ya ha hecho un depósito de un millón cien nuevos soles del Impuesto Predial correspondiente al año 2008.
"Pero, también se tiene que revisar el 2007 y tiene efecto retroactivo al 2006. Por cuanto el 2005 pagaron una cantidad mayor y el 2006, sufrió una modificación la cuponera en donde se rebajó el monto".
Precisó que al revisar los documentos se dieron con la sorpresa que existía una Resolución de la Gerencia de Rentas en el 2006 donde "autoriza" la rebaja del impuesto a Perú LNG..
"Hemos sugerido que subsanen estas observaciones, nos adjunten todas las licencias de construcción, nos presente el informe técnico y las cuponeras estén correctamente hechas", manifestó.
Finalmente, Alcalá dijo que en su condición de regidor seguirá fiscalizando e insistiendo a fin que la empresa Perú LNG, siga cumpliendo con sus tributos que debe bordear el millón y medio de soles.
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