20 enero 2009

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

CRÓNICA JUDICIAL DEL MES DE NOVIEMBRE DEL 2008
SALA CIVIL

DIA: 03 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: PAREDES DAVILA, ROQUE MONTESILLO Y DURAND PRADO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2008  – 834 – Familia.- En los seguidos por el Ministerio Público en la Investigación penal a favor del Investigado Carlos Manuel Fernández Herrera, por ser presunto autor de Infracción a la Ley Penal, considerada como Delito Contra el Patrimonio – Robo Agravado en agravio de Cinthia Ruby More; CONFIRMARON la resolución número dos, que dicta la medida socio educativa de internamiento preventivo del menor Carlos Manuel Fernández Herrera. Vocal Ponente: P.D.
EXP. N° 2007  – 53 – Civil.- En los seguidos por Julio César Siles Alegría con Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cañete S.A., sobre Indemnización por Despido Arbitrario; Declararon INADMISIBLE el ofrecimiento de medios probatorios con el escrito de absolución de la apelación, formulado por el demandante Julio César Siles Alegría. Vocal Ponente: D.P.

DIA: 04 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: PAREDES DAVILA, ROQUE MONTESILLO Y DURAND PRADO han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2006  – 778 – Civil.- En los seguidos por Justo Choccata Bolige con Ruth Villalta Yanarico, sobre Separación de Cuerpos por Causal; APROBARON la sentencia consultada, que declara fundada la petición de Divorcio, en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial. Vocal Ponente: R.M.

DIA: 06 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: MARTINEZ MEZA, CAMA QUISPE Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2008- 018-SC- Constitucional.- En los seguidos por Isaías José Ascencio Ortiz con los señores Vocales de la Sala Civil, sobre Proceso de Amparo; Declararon la IMPROCEDENCIA LIMINAR de la demanda de Amparo. Vocal Ponente: C.Q.
EXP. N° 2008-019-SC-Constitucional.- En los seguidos por Helder Ormeño Palomino con señores Vocales de la Sala Civil, sobre Proceso de Amparo; Declararon la IMPROCEDENCIA LIMINAR de la demanda de Amparo. Vocal Ponente: C.Q.

DIA: 07 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: RUEDA FERNANDEZ, ROQUE MONTESILLO Y DURAND PRADO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2004 – 624 – Civil.- En los seguidos por Walter Hernán Sánchez Alva con la Municipalidad Provincial de Cañete, sobre Nulidad de Acto Administrativo; CONFIRMARON la sentencia (Resolución N° 29), que resuelve declarar Improcedente por caducidad de la acción, la demanda. Vocal Ponente: R.M. 
EXP. N° 2006 – 144 – Civil.- En los seguidos por Teofila Orozco Quispe con la Beneficencia Pública sobre Acción Contenciosa Administrativa; CONFIRMARON la sentencia, que resuelve: Primero: Declarando Fundada en parte la demanda, subsanada de fojas ciento cuatro al ciento seis y a fojas ciento diez, en consecuencia consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, MANDO que el representante de la Beneficencia Pública de Cañete cumpla con la ejecución de la sentencia, REPONGA a la demandante en el cargo de auxiliar de cocina del comedor Niño Jesús, o en otro cargo de igual rano, en el plazo de diez días. Segundo: Declarando IMPROCEDENTE la misma demanda, en el extremo que solicita la nulidad del memorando número 02-PERS- dos mil seis. SBPOM y el extremo que solicita se le abone las remuneraciones impagas desde el mes de enero del dos mil seis, sin costas ni costos. Vocal Ponente: R.M.  

Con los señores Vocales, doctores: PAREDES DAVILA, RUEDA FERNANDEZ Y DURAND PRADO han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2008 – 291 – Familia.- En los seguidos por el Ministerio Público en la Investigación Penal a favor del Investigado Jersson Manuel Rojas Huaraca, por ser presunto autor de Infracción a la Ley Penal, considerada como Delito Contra La Vida, El Cuerpo y la Salud – Lesiones Leves; Declararon NULO el auto apelado resolución número dieciséis. REPONIENDO el acto procesal viciado, DISPUSIERON que el Juez dicte nueva resolución con arreglo a los hechos y al derecho. RECOMENDARON al Juez y personal de la instancia de mérito actuar con mayor diligencia bajo responsabilidad. Vocal Ponente: R.F. 

DIA: 11 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ Y ROQUE MONTESILLO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2005 – 68 – Civil.- En los seguidos por Ramiro Alfaro Misaico con Fondo de Fomento de Ganadería, Lechera de Lima, por Obligación de Dar Suma de Dinero; Declararon NULA la sentencia, que declara infundada la demanda e infundada el pago de intereses legales, con costos y costas, RENOVANDO el acto procesal DISPUSIERON que el Aquo cumpla con emitir nueva resolución teniendo presente lo señalado en la resolución de vista. Vocal Ponente: R.F. 
EXP. N° 2006 – 758 – Civil.- En los seguidos por Ángel Cárdenas Ochoa con la UGEL número 08 de Cañete, sobre Acción Contenciosa Administrativa; REVOCARON la sentencia, que declara fundada la demanda, REFORMANDOLA declararon IMPROCEDENTE la demanda presentada. Vocal Ponente: R.F.

Con los señores Vocales, doctores: RUEDA FERNANDEZ, ROQUE MONTESILLO Y DURAND PRADO han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2006 – 114 – Civil.- En los seguidos por Juan Antonio Gordillo Andrade con Marco Quiñones Quiñones y otro sobre Oposición a la inscripción del derecho de posesión; CONFIRMARON la resolución número trece, que resuelve: Primero: Declarar de oficio en Abandono el presente proceso incoado por Juan Antonio Gordillo Andrade sobre Oposición a la Inscripción Registral. En consecuencia Téngase por concluido sin declaración sobre el fondo el presente proceso y archívese definitivamente en cuanto la presente quede consentida o ejecutoriada. Y, en lo señalado por el Fiscal Superior en la parte final de su dictamen, DISPUSIERON  que el A quo remita copia de los actuados al Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones.  

Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANDO, PAREDES DAVILA Y RUEDA FERNANDEZ han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2003 – 524 – Familia.- En los seguidos por Miguel Ángel Aguado Rodríguez con Celinda Gálvez Lázaro, sobre Divorcio por Causal; APROBARON la consulta de la sentencia, que declara fundada la demanda y por disuelto el vínculo conyugal, por fenecido el régimen patrimonial de la sociedad de gananciales, disponiendo que la liquidación se realice en ejecución de sentencia; el cese del derecho de la cónyuge de llevar el apellido del marido agregado al suyo; la pérdida del derecho de los cónyuges a heredar entre sí; el cese de la obligación alimentaria entre los ex cónyuges; que consentida o ejecutoriada se cursen los partes correspondientes, sin pronunciamiento respecto a la patria potestad, tenencia y visitas y alimentos para hijos por ser mayores de edad y fija como indemnización por daños y perjuicios a favor de la ex cónyuge la suma de tres mil nuevos soles y los demás extremos de la citada resolución.

DIA: 12 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ Y ROQUE MONTESILLO han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2007 – 84 – Civil.- En los seguidos por Diana Centeno Román con Municipalidad Distrital de San Luis, sobre Proceso Contencioso Administrativo; Declararon NULA la resolución apelada número veintiocho, que declara improcedente el escrito de absolución y concede excepcionalmente el plazo de dos días a la citada entidad demandada para que cumpla con lo ordenado por resolución número veintisiete de autos bajo apercibimiento de multa y sin perjuicio de remitir copias certificadas al Ministerio Público. REPONIENDO el acto procesal viciado, DISPUSIERON que el Juez del Juzgado de origen emita nueva resolución con arreglo a los actuados, al derecho y respeto estricto a la cosa juzgada. Vocal Ponente: R.F. 
EXP. N° 2008 – 20 – Civil.- En los seguidos por Punto Corporativo Sociedad Anónima Cerrada con la Ejecutoria Coactiva de la Municipalidad Provincial de Cañete, sobre Revisión Judicial; ADMITIERON a trámite la demanda formulada, iniciándose el trámite que le corresponde conforme a ley. Vocal Ponente: A.M.    

Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, PAREDES DAVILA Y RUEDA FERNANDEZ han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2000 – 263 – Civil.- En los seguidos por Nicolás Saravia Sandoval y otros con Comunidad Campesina de Picamarán y otros, sobre Delimitación de Área y otros; CONFIRMARON la resolución número sesenta y tres, que declara improcedente la nulidad de todo lo actuado deducida por la Comunidad Campesina de Picamarán. Vocal Ponente: P.D.
 
DIA: 13 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUICA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ Y ROQUE MONTESILLO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2008 – 184 – Familia.- En los seguidos por Isabel Angélica Franco Marquina con Ministerio Público, sobre Autorización de disposición de bienes; CONFIRMARON la sentencia número 215 – 2008, que resuelve declarar fundada en parte la solicitud, subsanada, sobre autorización judicial para disponer bienes de menores (sumas dinerarias). REVOCARON en el extremo que autoriza a la solicitante para que pueda retirar y disponer del cuarenta por ciento del saldo del importe de dinero que obran en las cuentas de las dos menores en el Banco de Crédito. REFORMANDOLA autorización a la solicitante a retirar y disponer del 60% del importe de dinero de las cuentas de las menores de edad en el Banco de Crédito para los fines señalados. INTEGRARON la recurrida, DISPONIENDO que en ejecución de sentencia la demandante presente la documentación que acredite la inversión en la propiedad de las menores. Vocal Ponente: R.F.   
EXP. N° 2007 – 436 – Civil.- En los seguidos por Mi Banco con Jesús Mendoza Cárdenas, sobre Ejecución de Garantía; CONFIRMARON la resolución número quince que resuelve: Declarar INFUNDADA la Contradicción presentada por el ejecutado, en consecuencia consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución y llévese a cabo la ejecución forzosa del inmueble, hasta por la suma de veintiséis mil ciento ochenta y tres nuevos soles con cincuenta y cuatro céntimos mas intereses pactados, costas y costos. Vocal Ponente: R.M. 
EXP. N° 2007 – 130 - 15 – Civil.- En los seguidos por Rosa Sauri de Ochoa con la Oficina de Normalización Previsional, sobre Acción Contenciosa Administrativa; CONFIRMARON la resolución número trece, en el extremo que se aplique al demandado Oficina de Normalización Previsional – ONP, multa por incumplimiento a lo ordenado por el Juzgado; REVOCARON en cuanto al monto de la misma y REFORMANDOLA se le reduzca el monto de la multa de diez Unidades de Referencia Procesal a cinco Unidades de Referencia Procesal (que en moneda nacional equivale a mil setecientos cincuenta nuevos soles), quedando subsistente lo demás que contiene. Vocal Ponente: R.M. 

DIA: 18 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUICA MEDRANO, PAREDES DAVILA Y RUEDA FERNANDEZ han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2008 – 904 – Familia.- En los seguidos por el Ministerio Público en la Investigación Penal a favor del Investigado Peter Jonathan Ballena Pérez, por ser presunto autor de Infracción a la Ley Penal considerada como Delito Contra El Patrimonio – Robo Agravado; CONFIRMARON el auto apelado resolución número dos, en el extremo que ordena el internamiento preventivo del investigado Meter Jonathan Ballena Pérez de internamiento en el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima. Vocal Ponente: P.D.
EXP. N° 2003 – 133 – Civil.- En los seguidos por EDECAÑETE con Granja San José Sociedad de Responsabilidad Limitada, sobre Pago de Nuevos Soles; REVOCARON la resolución apelada número ciento veintidós que resuelve declarar de oficio el abandono del proceso, la conclusión del proceso, archivamiento definitivo y devolución de anexos; REFORMANDOLA, DECLARARON IMPROCEDENTE la declaración de oficio de abandono del proceso; ORDENARON continuar con el trámite del proceso conforme a su estado. Vocal Ponente: R.F. 
EXP. N° 2008 – 16 – Queja.- En los seguidos por Gabriel Alonso Vicente Arata sobre Queja de Derecho por concesorio de apelación con distinto efecto; DECLARARON IMPROCEDENTE el recurso de queja formulado por Gabriel Alonso Vicente Arata contra la resolución número catorce, que resuelve conceder apelación sin efecto suspensivo y con calidad diferida. Vocal Ponente: R.F.
EXP. N° 2006 – 539 – Civil.- En los seguidos por Miguel Mendieta Espinoza con Rosa Elisa Espinoza viuda de Mendieta, sobre Nulidad de Acto Jurídico; DECLARARON INADMISIBLE el ofrecimiento de medios probatorios con el escrito de apelación de la sentencia formulado por el demandante. Vocal Ponente: A.M.

DIA: 19 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: RUEDA FERNANDEZ, ROQUE MONTESILLO Y DURAND PRADO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2006 – 122 – Civil.- En los seguidos por Telefónica del Perú S.A.A. con Municipalidad Distrital de Chilca, sobre Acción Contenciosa Administrativa; REVOCARON la sentencia apelada resolución número veinticinco, que declara fundada la demanda en consecuencia declara sin efecto la Resolución de multa número 033-03 y número 035-03 y declara que la empresa de telefonía no ha incurrido en la infracción imputada mediante las precitadas resoluciones de multa. REFORMANDOLA, DECLARARON IMPROCEDENTE la demanda contenciosa administrativa formulada por la empresa Telefónica del Perú S.A.A. contra la Municipalidad Distrital de Chilca, en consecuencia la nulidad y conclusión del proceso. Vocal Ponente: R.F.
EXP. N° 2007 – 266 – Civil.- En los seguidos por Berchamns Jesús Campos Ayllón con la Municipalidad Distrital de Imperial, sobre Acción Contenciosa Administrativa; DECLARARON NULA la sentencia, que declara primero.- Fundada en parte la demanda, nula la Resolución de Gerencia número 023-2007 y nula la Resolución de Alcaldía Nro. 225-2007, manda se reponga al demandante y segundo.- Improcedente la misma demanda en el extremo que solicita se ordene a favor del demandante el pago de beneficios sociales; RENOVANDO en acto procesal viciado, DISPUSIERON que el Magistrado de Primera Instancia expida nueva sentencia con arreglo a los hechos actuados y derecho, teniendo en consideración lo analizado en ésta instancia. Vocal Ponente: R.F.

DIA: 20 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2007-906- Familia Civil.- En los seguidos por el Ministerio Público contra Esmeralda Luisa San Miguel Geldres y Otro, sobre Violencia Familiar; CONFIRMARON la sentencia de fecha treinta y uno de julio del dos milocho, obrante a fojas 42 a 46 que declara infundada la demanda. Vocal Ponente: A.M.

DIA: 21 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2007-043- Laboral.- En los seguidos por Enma Sinfuegos Arévalo con Municipalidad de Imperial, sobre Pago de Beneficios Sociales; Declararon NULA la resolución número dieciséis de fecha veintiuno de agosto del dos mil ocho de fojas setenta y nueve a ochenta que declara infundado el pedido de nulidad formulado por la demandante; REPONIENDO el acto procesal viciado, DISPUSIERON que el Juez dicte nueva resolución con arreglo a los hechos y al derecho; RECOMENDARON al A quo mayor diligencia en el cumplimiento de sus funciones. Vocal Ponente: R.F.

DIA: 24 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y DURAND PRADO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2006-011- Contencioso.- En los seguidos por Emmanuel Leopoldo Cuzcazo Vicente con ETTUSA, sobre Acción Contenciosa Administrativa; REVOCARON la sentencia apelada, resolución número cuarenta y tres de fecha veintiuno de abril del dos mil ocho de fojas seiscientos cuarenta y cuatro; REFORMÁNDOLA Declararon IMPROCEDENTE la demanda incoada; RECOMENDARON a la Secretaria de Juzgado mayor diligencia en el cumplimiento de sus funciones. Vocal Ponente: R.F.

DIA: 26 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2006-359- Civil.- En los seguidos por Marlene Edith Castro Peña con Rosa Sonia Armas Durand y Otro, sobre Mejor Derecho de Propiedad; Declararon NULA la sentencia apelada, resolución número cuarenta y tres de fecha veintiuno de abril del dos mil ocho de fojas seiscientos cuarenta y cuatro; DISPUSIERON que el A quo dicte nueva sentencia con arreglo a ley. Vocal Ponente: R.M.
EXP. N° 2007-154- Contencioso.- En los seguidos por Juan Carlos Yaya Salcedo con la Municipalidad Distrital de San Luis, sobre Acción Contenciosa Administrativa; Declararon  NULA la sentencia apelada; RENOVÁNDOSE el acto viciado, DISPUSIERON que el Juez de Primera Instancia emita nueva sentencia con arreglo a ley. Vocal Ponente: R.M.
EXP. N° 2007-138- Contencioso.- En los seguidos por Adan Ornano Campos Cucho con el Hospital Rezola de Cañete, sobre Reintegro de Bonificación Especial; CONFIRMARON la sentencia apelada de fecha veintiuno de julio del dos mil ocho. Vocal Ponente: A.M.
EXP. N° 2004-600- Civil.- En los seguidos por Filomena Perales de Obregón con Jorge Andrés Alayza de Lozada y otro, sobre Indemnización por daños; REVOCARON el auto apelado en el extremo que declara infundada la excepción, REFORMÁNDOLO en dicha parte, Declararon FUNDADA la excepción de transacción promovida por el demandado Jorge Andrés Alayza de Lozada; CONFIRMARON dicho auto en la parte que declara INFUNDADA la excepción de prescripción extintiva. Vocal Ponente: A.M.
EXP. N° 2007-027- Contencioso.- En los seguidos por Víctor Alejandro Cuzcano Ramos con la ONP, sobre Acción Contenciosa Administrativa; CONFIRMARON la sentencia apelada, resolución número doce de fecha veinte de julio del año dos mil ocho que declara Fundada la demanda. Vocal Ponente: A.M.

Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, PAREDES DÁVILA Y RUEDA FERNANDEZ, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2006-263- Civil.- En los seguidos por Cirilo Mayta Machaca con Antonia Ñaccha Villanueva y otros, sobre Ineficacia de Acto Jurídico; CONFIRMARON la sentencia (resolución treinta y siete) de fecha veintisiete de junio del año dos mil ocho. Vocal Ponente: A.M. 

DIA: 27 DE NOVIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2007-353- Contencioso.- En los seguidos por Julio Cesar Chumbi Astocahuana con Municipalidad de San luis, sobre Acción Contenciosa Administrativa; CONFIRMARON la resolución apelada número veinticuatro de fecha dieciséis de setiembre del dos milocho, obrante de fojas ciento noventa y seis que resuelve dar por concluido el proceso, el archivo, devolución de los anexos. RECOMENDARON al Juzgado que cumpla con dejar copias certificadas de los actuados. Vocal Ponente: R.F.
EXP. N° 2004-015- Contencioso.- En los seguidos por Manuel Del Solar Ayllón con Javier Orestes Gutierrez, sobre Desalojo; CONFIRMARON la resolución número cincuenta y siete de fecha veintiséis de agosto del dos mil ocho de fojas cuarenta y nueve de este cuaderno, que declara Improcedente el pedido de Zeon Reyes Javier y Víctor Raúl Reyes Javier de suspensión de lanzamiento. Con lo demás que contiene. Vocal Ponente: R.F.
EXP. N° 2007-152- Contencioso.- En los seguidos por Martha Goycochea Sánchez con Municipalidad de Cañete, sobre Contencioso Administrativo; CONFIRMARON la resolución número siete de fecha nueve de noviembre del dos mil siete de fojas ciento quince que resuelve declarar infundada la excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa. Vocal Ponente: R.F.

Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO y DURAND PRADO, han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2007-195-Familia Civil.- En los seguidos por Felicia Saavedra Aarón con Elvis Junior Sanabria Saavedra, sobre Interdicción Civil; APROBARON la consulta de la sentencia de fecha veintisiete de agosto del dos mil ocho de fojas ciento ocho a ciento trece que resuelve declarar fundada en parte la demanda, DECLARA a Elvis Junior Sanabria Saavedra como Interdicto Civil por incapacidad relativa; DESIGNA como su Curadora a su madre Felicia Saavedra Aarón. Vocal Ponente: R.M.
EXP. N° 2007-735- Medida Cautelar- Contencioso.- En los seguidos por Natividad Hilda Gómez  de Medina con la Municipalidad de Cañete sobre Medida Cautelar Contenciosa Administrativa; CONFIRMARON la medida cautelar (resolución número cinco) de fecha dieciocho de marzo del dos mil ocho, que resuelve: DESESTIMAR la demanda cautelar presentada por el demandante mediante escrito de fojas treinta y ocho. Vocal Ponente: R.M.
Cañete, 05 de Diciembre del 2008
JUDICIALES

PRIMERA CONVOCATORIA DE REMATE PÚBLICO
En los seguidos por Banco de Crédito del Perú con Schiaffino Cebrian de Velasco Teresa y Javier Velasco Pérez, sobre Ejecución de Garantías, Expediente 00509-2007, el Noveno Juzgado Subespecializado Comercial de Lima que despacha el señor doctor Juez Carlos Armando Huerta Ortega y Especialista Legal Diana Mavel Tafur Jareca, ha dispuesto el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble: Lote Nº 53, Fila A de la Urbanización Habilitación Vacacional Playa del Sol, del distrito de Asia, provincia de Cañete y departamento de Lima, inscrito en la Ficha Registral Nº 2147, que continúa en la Partida Electrónica 90028820 del Registro de Predios de Cañete, de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima: VALOR DE TASACION: US $ 161,190.00 (ciento sesentiun mil ciento noventa y 00/100 dólares americanos). BASE DEL REMATE: US $ 107,460.00 (ciento siete mil cuatrocientos sesenta con 00/100 dólares americanos) equivalente a las dos terceras partes de su tasación. GRAVAMENES Y CARGAS: 1).- Asiento 3 d- HIPOTECA: Constituida por la sociedad conyugal Velasco – Schiaffino en favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU hasta por la suma de US $ 40,000.00 dólares americanos, con el objeto de garantizar sus obligaciones ante el mencionado Banco.- Así consta de la escritura pública del 16/05/97 Notario Alfredo Paino; 2.- Asiento 5 d- AMPLIACION DE HIPOTECA.- La sociedad conyugal Velasco - Schiaffino, acuerdan ampliar la hipoteca inscrita en el as. 3-D, hasta por la suma de US $ 60,00.00 dólares americanos a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, con el objeto de garantizar sus obligaciones con el mencionado Banco.  Así consta de la escritura pública del 21/11/97. Notario Alfredo Paino; 3).- Asiento D 00001 CONDICION PARA TRANSFERENCIA.- De conformidad con lo normado por el Reglamento Interno de copropiedad inscrito en el asiento 6-B de la Ficha Nº 1132 del Registro de Propiedad, se establece que en los contratos de adquisición del derecho a edificar sobre los lotes de la Habilitación, la aprobación del comprador por la Junta Directiva del Condominio Playa del Sol, así consta del título archivado Nº 8698 del 17/02/95; 4).- Asiento D 00003 AMPLIACION DE HIPOTECA: Ampliada la Hipoteca inscrita en los asientos 3 y 5 del rubro “d” de la Ficha Nº 2147 que antecede constituida a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, elevando su monto de afectación hasta por la suma de US $ 150,000.00 Dólares Americanos respaldando las obligaciones que en forma expresa han sido asumidas por éstos ante la citada entidad bancaria en el instrumento público que da origen a este asiento.  Así fluye de la Escritura Pública del 10/07/2003 otorgada ante Notario Público Alberto Flores Barrón. 5).- Asiento D 00004 ARRENDAMIENTO.- Los propietarios del predio inscrito en esta Partida han otorgado a favor de ROLANDO CAPELLA PINASCO, soltero, identificado con DNI Nº 07815961, en arrendamiento el predio a que esta Partida se refiere, por un plazo de 10 años, contados a partir de la firma de la minuta (05-05-2005) el mismo que podrá ser modificado y ser prorrogado por acuerdo de ambas partes.  El monto del alquiler asciende a la suma de S/. 300.00, mensuales, los cuales serán pagados en forma adelantada.  Así consta de la Escritura Pública del 08/05/2006 (Kardex 6845) otorgada ante Notario Público de Lima Mónica Margot Tambini Avila. 6).- Asiento D 00005 ANOTACION DE DEMANDA.- Por resolución Nº 01, de fecha 26/09/2007, expedida por el Dr. Carlos Armando Huerta Ortega, Juez del 9º Juzgado Civil Sub-especialidad Comercial de Lima, Sec. Diana Mabel Tafur Jareca, se ha dispuesto se ANOTE LA DEMANDA sobre Ejecución de Garantías. En los seguidos por Banco de Crédito del Perú con Teresa Schiaffino Cebrian de Velasco y Javier Velasco Pérez, sobre ejecución de garantías (Exp. Nº 2007-509-20-9-JCL). DIA Y HORA DEL REMATE: VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO 2009 A LAS DIEZ DE LA MAÑANA.  LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates del Juzgado, ubicada en el Jr. Puno Nº 158 y en el Jr. Carabaya Nº 718, del Cercado de Lima.
POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación y presentar su arancel judicial número de expediente y DNI/RUC; los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el Art. 732 del Código Procesal Civil, Decreto Supremo 008-2005-JUS, y están afectos al IGV.  Rosa Francisca Díaz García, Martillero Público Registro Nacional Nº 168.
Diana Mavel Tafur Jareca - Secretario Judicial - Noveno Juzgado Civil Subespecialidad Comercial -  Corte Superior de Justicia de Lima
Rosa F. Dïaz García.- Martillero Público.- Reg. Nº 168
Publicar del 14, 15, 16, 19, 20 y 21 de Enero del 2009.


ASOCIACIÓN “LAS BRISAS DE CONCON” – “ASOBRICO”
ESQUELA DE CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA 
De conformidad con lo solicitado por la Comisión Electoral y lo dispuesto en los artículos 87. Inc. 4 y 38 incisos “5 y 6” del Estatuto de la Asociación, EL PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN “LAS BRISAS DE CON CON”- “ASOBRICO”, convoca a la Asamblea General Extraordinaria de ELECCIONES para renovar los órganos de Gobierno, para el período comprendido entre el 2009 al 2013; acto democrático que se realizará el 25 de ENERO 2009 desde las 09.00 a las 14.00 horas, en la sede del local social de la asociación sito en la Mz Súper “A-1” lote 1 de nuestro AA.HH. Josémaría Escriba de Balaguer de la Asociación Las Brisas de Concon, en Km. 164.5 de la Carretera Panamericana, Sector Pampas de Concon, Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, del Departamento de Lima.
Se recuerda a los señores socios hábiles su obligación de votar y participar en el Proceso Electoral con sujeción a los Estatutos y el Reglamento de Elecciones aprobado en Asamblea General
AA.HH. Josémaría Escriba de Balaguer,  19 de enero del 2009
RITA CARMEN CHIOK BARRAZA
PRESIDENTE
Proyecto
PERU LNG
Melchorita

Lima, 02 de Enero  de 2009.

PERU LNG informa a la población en general que como parte de las actividades requeridas para la construcción de la Planta de Licuefacción ubicada a la altura del kilómetro 170 de la carretera Panamericana Sur, la empresa contratista Stiglich Transportes S.A. transportará, desde el lunes 05 de enero al  viernes  06 de marzo del  presente año, equipos pesados  por la carretera Panamericana Sur desde el Puerto de San Martín en Paracas hasta  la Planta de Licuefacción de Gas. El transporte de carga pesada se realizara en horario nocturno en la ruta que comprende desde la entrada a Chincha en el  Km. 201 hasta  la zona de Jahuay en el Km. 179. 

Para ello se han tomado las previsiones de seguridad necesarias y se ha coordinado con las autoridades correspondientes cumpliendo con todos los requerimientos normativos.

Para mayor información favor acercarse a las siguientes oficinas informativas:

Chincha: Calle Pedro Moreno 114, Chincha Alta.
Cañete: Calle Jirón Grau 329, San Vicente de Cañete

PERU LNG agradece su comprensión.

PERU LNG, contribuyendo al desarrollo del Perú.

19 enero 2009

Confianza Perú Lanza Precandidatos a Alcaldías en Cañete...
MIGUEL FERNANDEZ VALENCIA VA A LA ALCALDÍA PROVINCIAL Y CARLOS PARIONA A LA DISTRITAL DE IMPERIAL

Fue el propio Presidente del Movimiento Regional “Confianza Perú”, Michel Azcueta, quien se hizo presente el viernes 16 en Imperial para anunciar el lanzamiento del Dr. Miguel Fernández Valencia como candidato a la Alcaldía Provincial de Cañete, y de Carlos Pariona como candidato a la Alcaldía Distrital de Imperial, dando así inicio a su estrategia electoral en la provincia. 
Como se recordará, dicha fuerza política definió en noviembre del año pasado en la ciudad de Barranca prepararse para las elecciones del 2010. 
Junto con Azcueta estuvo presente el precandidato de dicho movimiento a la Presidencia del Gobierno Regional de Lima, Dr. Vicente Sánchez Vásquez.
Michel Azcueta señaló que Confianza Perú ofrece a la ciudadanía una propuesta de renovación con líderes con capacidad técnica, representatividad y ética, frente a las demás alternativas políticas que lamentablemente han caído en la corrupción, el continuismo, la incapacidad de gestión y el olvido de las necesidades del pueblo, y que Vicente Sánchez en la Región Lima, Miguel Fernández en la Provincia de Cañete y Carlos Pariona en Imperial, representan una propuesta de esperanza para el desarrollo de dichos territorios, y especialmente una política basada en potenciar su capacidad económica y productiva para promover inversión, generar más empresas y brindar más puestos de trabajo.

SOBRE EMAPA...
El lanzamiento de los candidatos se dio en la Conferencia Provincial de dicho movimiento donde también se evaluó la problemática del agua en Cañete, y sobre el particular el Dr. Vicente Sánchez anunció que debe desterrarse la politización de la gestión del agua y que es la causa del fracaso de la empresa Emapa – Cañete, que debe regirse por criterios gerenciales y técnicos, que la privatización a rajatabla solo traerá más conflictos sociales, y que hay que buscar un esquema de asociación público – privado que pueda asegurar el financiamiento y funcionamiento sostenible de la empresa así como el acceso de todos los cañetanos al líquido elemento. Hay una gran responsabilidad de los actuales accionistas, en especial del alcalde provincial Alvarado, y lamentamos que priorice sus objetivos electorales personales en vez de las necesidades de los cañetanos, finalizó.
OMNIBUS INTERPROVINCIAL CHOCA FRONTALMENTE CON CAMIONETA EN KM 145 DE LA PANAMERICANA SUR... 

Unos seis pasajeros que viajaban en el ómnibus de la empresa “Expreso Los Chancas”, resultaron heridos, luego que el bus que los trasladaba hasta Andahuaylas (Ayacucho), colisionara violentamente con una frágil camioneta.
El hecho el último sábado al promediar las 10 de la noche; en el sector de Viales, atura del km 145 de la carretera Panamericana Sur.

Luego del impacto, el chofer del bus que transportaba 28 pasajeros maniobro el pesado vehículo para desviarlo, pero este fue a parar en un Taller de mecánica y el almacén de una vidriería.

Todos los pasajeros que resultaron con golpes y fracturas fueron trasladados hasta el Hospital Rezola, al igual que el conductor de la camioneta de placa OQ 2327, que salvo milagrosamente.
 
PIERO CALAMANDREI: GRAN MAESTRO Y PROCESALISTA DE LA JURIDICIDAD MUNDIAL...
Escribe: JORGE ISAAC TORRES MANRIQUE 

El presente artículo tiene por objeto hurgar la vida, pensamiento y obra del maestro Piero Calamandrei (1889- 1956); así como poner en relevancia la gran trascendencia y vigencia de sus sabias enseñanzas en el acontecer jurídico global contemporáneo.
Pocas figuras del panorama jurídico del siglo XX han alcanzado el reconocimiento y trascendencia otorgada al gran profesor, abogado, jurista, periodista y político florentino; Piero Calamandrei.
Al margen de sus importantes estudios jurídicos y su prolífica producción académica, algunos de sus ensayos,- como Troppi avvocati! (¡Demasiados abogados!) y Elogio dei giudici scritto da un avvocato (Elogio de los jueces escrito por un abogado)-; han sido y continúan siendo traducidos, reeditados, leídos y alabados en todo el mundo.
Aún transcurridos mas de cincuenta años de su fallecimiento, no solamente en Italia, el nombre de Calamandrei, no sólo continúa vigente, sino que además, permanece estrechamente asociado, por su actitud a lo largo de toda su vida pública y privada; a la lucha por la libertad y la democracia.

RESEÑA HISTORICA
Jurista italiano (1889- 1956, Toscana- Florencia), hijo de Rodolfo Calamandrei y de Laudomía Pimpinelli. Graduado en Pisa. Profesor de las universidades de Messina, Módena, Siena y Florencia (en esta última, nombrado Rector). 
Gran discípulo de Carlos Lessona y de Guiseppe Chiovenda. Fue parte (junto con Redenti y Carnelutti) de la pléyade de procesalistas y  de la célebre Escuela Italiana, la que nació al alero de Chiovenda.
Fue Director del Instituto de Derecho Procesal Comparado de la Universidad de Florencia, también Director con Carnelutti de la “Revista de derecho procesal”, con Finzi, Lessona e Paoli de la revista “El Foro toscano” y con Alessandro Levi del “Comentario sistemático de la Constitución italiana”, en abril de 1945 fundó la revista político-literaria “El Puente”; y junto con Francesco Carnelutti y Enrico Redenti, uno de los principales inspiradores del Código de Procedimiento Civil italiano de 1940.
Su obra fué rica en cantidad y calidad. Mauro Cappelletti, quien fuera uno de sus discípulos dilectos y uno de los más destacados procesalistas de fines del siglo XX, autor del no superado Proyecto de Acceso a la Justicia Florencia, publicó en “In memoria de Piero Calamandrei”, como testimonio de admiración por él.

FASES DE SU PENSAMIENTO Y OBRA 
FASE LESSONIANA (TRANSICIÓN).- Caracterizada por la marcada influencia de su maestro Carlos Lessona. Destacan los ensayos la “Llamada en garantía” y la “Génesis lógica de la sentencia civil”.

FASE CHIOVENDIANA.- Que se caracterizó por la influencia de Guiseppe Chiovenda. Entre sus obras propiamente procesales destacan: “La Casación Civil”, “La Introducción al Estudio Sistemático de las Providencias Cautelares” y “Las Instituciones de Derecho Procesal Civil”. 
Respecto de su obra “La Casación Civil” podemos mencionar que él definía la casación como un binomio entre: el recurso de casación y la corte de casación. Sin embargo, para Salvatore Satta, significaba únicamente el proceso. 
Finalmente el doctor José Antonio Silva Vallejo advierte su tetradimensionalidad, es decir, que implica: i) El Recurso, ii) La Corte (guardián ad corpus, supremo intérprete y de naturaleza hermenéutico política y nomofiláquio jurídica), iii) El Procedimiento y iv) La Función de Casación. 

FASE HUMANA Y SOCIOLÓGICA DEL PROCESO.-  Se caracteriza por el lugar no menor que ocupan sus trabajos vinculados con sus inquietudes profesionales y sociales, entre ellas, sin duda, “Demasiados Abogados”, “La Universidad del Mañana” y, por sobre todo, “El Elogio de los Jueces escrito por un Abogado”, textos que sorprenden por sus agudas reflexiones, cuya actualidad aún permanece viva en los análisis jurídicos.
“Demasiados Abogados” fue publicado al poco de cumplir Calamandrei los treinta años. En dicha obra, el joven autor denuncia la “decadencia intelectual y moral de la abogacía italiana”.
“La Universidad del Mañana”, a su vez, publicada un lustro más tarde, profundiza en la crisis de la enseñanza institucional del Derecho, destacando como un punto central la necesidad de superar las lecciones catedráticas por un método socrático y, a su vez, acercar a los alumnos a la práctica de la profesión.
Concluye esta trilogía, verdadera radiografía de la actividad jurídica italiana en la Academia y el Foro, con la publicación del “Elogio de los Jueces escritos por un Abogado”, donde sus líneas reflejan una fe en los jueces y abogados, recuperada en una edad madura, la cual subsiste no obstante los avatares de un tránsito histórico marcado por las directrices del gobierno fascista. En dicha obra desarrolla temas como la administración de justicia en sistemas autoritarios, el decoro de los magistrados en su vida privada y el carácter necesariamente dinámico de la jurisprudencia, entre otras muchas materias
Santiago Sentís Melendo, uno de sus traductores, señala que acaso lo más conveniente habría sido tan solo “Jueces y Abogados”, ya que “no están, en el libro, enfrentados los unos a los otros, sino entremezclados y confundidos”.

BREVE PASAJE POR SU OBRA “ELOGIO DE LOS JUECES ESCRITO POR UN ABOGADO”
Sin embargo, más allá de las evidentes diferencias, subyace en la obra una fe en la justicia, que constituye al Elogio de los Jueces en “el libro de la justicia y de sus sacerdotes; no el abogado, viendo, contemplando, al juez, sino la mutua contemplación, con serenidad, con imparcialidad, con suave ironía, de tintas melancólicas.
En lo concerniente a la “fe en los jueces”, primer requisito del abogado, se revela una convicción en la justicia que, aun después de los años difíciles, indica que para hacerse dar la razón por el juez basta la honesta convicción en el fundamento de la causa y el respeto de las formas procesales adecuadas, eliminando las malas artes del foro.
En el estudio de la urbanidad (o de la discreción) en los jueces una especial referencia se hace a la probidad (puntualidad) y se refiere a que el oficio judicial que no demanda vociferaciones y supone la consideración profesional.
El estudio de ciertas semejanzas y de ciertas diferencias entre jueces y abogados indica que el abogado es la bullidora y generosa juventud del juez, en tanto que el juez es la ancianidad reposada y ascética del abogado. A su vez, mientras el abogado, al asumir una defensa tiene su camino trazado, el juez se enfrenta a un solo deber: el juzgar, más allá de las naturales limitaciones del alma humana.
En su estudio de “la oratoria forense” señala finalmente que es mejor que quien gane sea la justicia aun en desmedro de la oratoria forense.
También critica la somnolencia de los magistrados, cuyo disimulo no pocas veces logran al asistir a las audiencias con anteojos negros.
En lo referido a ciertas relaciones entre los abogados y la verdad, Calamandrei analiza la obligada parcialidad del defensor, en ese sentido señala “el abogado, como el historiador, traicionaría su oficio si alterase la verdad relatando hechos inventados; no la traiciona en cambio mientras se limita a recoger y a coordinar, de la cruda realidad, sólo aquellos aspectos que favorecen su tesis”.
Luego Calamandrei desnuda la “diferencia existente entre el gran abogado según el público y aquel que en realidad lo es”, este último debe ayudar a los jueces a decidir según justicia y a los clientes a hacer valer sus propias razones.
En el estudio de la “litigiosidad”, destacando que “el abogado probo debe ser, más que el clínico, el higienista de la vida judicial”.
En el análisis de las predilecciones de abogados y jueces por las cuestiones de derecho o por las de hecho Calamandrei reivindica la importancia de la cuestión probatoria, base para una sentencia justa y no meramente bella.
En la revisión del sentimiento y de la lógica en las sentencias, Calamandrei se cuestiona la tradicional lógica del silogismo, destacando el rol que tienen al juzgar la intuición y el sentimiento (enemigo del carácter genuflexo de muchos jueces respecto de la ley), lo que le lleva a sugerir que más de alguno diría que “sentencia deriva de sentir”. 
Refiere también acerca del respeto mutuo que debe existir entre abogados y jueces y viceversa, y de la admiración profunda de los abogados por el oficio judicial, principalmente.
En el análisis del sentido de responsabilidad y del amor a la vida tranquila o del orden judicial, que en palabras de Calamandrei no es una rama de la burocracia sino una orden religiosa, relata las mayores exigencias que supone el oficio judicial, al decir que “tan elevada es en nuestra estimación la misión del juez y tan necesaria la confianza en él, que las debilidades humanas que no se notan, o se perdonan en cualquier otro orden de funcionarios públicos, parecen inconcebibles en un magistrado”.
Finalmente en la revisión de ciertas tristezas y de ciertos heroísmos de la vida de los abogados, Calamandrei nos presenta a los tribunales como aquellos grises hospitales de toda la humana corrupción, en los cuales los jueces se enfrentan al drama de su soledad, la contemplación de las tristezas humanas y la llegada de la costumbre, hábito que hace perder el sentimiento casi religioso que representa el juzgar.

CONCLUSIONES Y 
SUGERENCIAS
A mas de medio siglo del fallecimiento del Maestro Piero Calamandrei, el tiempo no ha borrado la fuerza de su obra (expresada con una genialidad y una pasión que exhala vida, así como con un estilo extremadamente diáfano como poético), por el contrario, la ha potencializado, transformándola en ícono de la ciencia jurídico procesal mundial. 
Así, parafraseando al Dr. Arturo Onfray Vivanco, la misma  permanece tan vigente (como viva crítica de problemas que todavía afectan el ámbito jurídico global de hoy) que pareciera como si el maestro Calamandrei aún estuviera entre nosotros, sus “alumnos”. 
Su obra ha devenido en un clásico, la que es posible asociar a la pluma de autores (muy importantes los de los cinco primeros items), que han contribuído a construir una suerte de oda a la profesión jurídica, tales como: i) Eduardo Couture, con: “Los Mandamientos del Abogado”; ii) Ángel Osorio, con: “El Alma de la Toga”; iii) Jorge Witker V., con: “Metodología de la Enseñanza del Derecho; iv) El Maestro Carlos Fernández Sessarego, con: “Aproximación al Escenario Jurídico Contemporáneo”; v) Mario Castillo Freyre, con: “Tentaciones Académicas: La Reforma del Código Civil Peruano de 1984” y “La Reforma de la Enseñanza Jurídica en Debate” (este último en coautoría con Ricardo Vásquez Kunze; vi) El nuestro (modestia aparte): “Hacia una Política de Formación, Capacitación y Especialización Jurídica en el Perú”; entre otros. 
Una prueba palpable de la inspiración que generó la vida, pensamiento y obra del maestro Calamandrei en Eduardo Couture la tenemos en la dedicatoria de puño y letra de su obra “Vocabulario Jurídico” en la que este último señaló: “A F. Carnelutti y P. Calamandrei, maestros, amigos y ejemplares compañeros en la aventura del pensamiento jurídico dedico este instrumento de trabajo para la ciencia que ellos me enseñaron”.
Finalmente, nos queda no solamente el camino de la obligada lectura, critica, análisis y difusión de la obra del maestro Calamandrei, sino que también, principalmente, la puesta en practica de sus enseñanzas, así como la permanente continuación de su ejemplar pensamiento mediante la producción jurídica (docencia, artículos, ensayos, investigaciones, libros...) en dicha temática.  
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de dos interrupciones en el servicio eléctrico.

 LUGAR: Espalda del Coliseo Lolo Fernandez - San Vicente
ZONAS AFECTADAS: Urb. Santa Rosalía y Cliente WESTERN COTTON del Distrito de San Vicente.
ALIMENTADOR: CÑ-04.
CIRCUITOS: Todo el Alimentador CÑ-04.
DIA: Viernes 16 Enero de 2009.
HORA DE INICIO: 22:47 hrs. Viernes 16 Enero de 2009.
HORA FINAL: 02:26 hrs. Sábado 17 Enero de 2009.

LUGAR: San Vicente 
ZONAS AFECTADAS: Zona Céntrica de San Vicente, Av. 28 de Julio, Fdo. Sta. Rosita, C.P. Agua Dulce, CP Cochahuasi, CP Playa Hermosa, CP Boca del Río, C.P. La Encañada, C.P. Inmaculada Santa. Rosa, C.P. H. Unanue, C.P. La Esmeralda, C.P. La Pampilla, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo,  Zaire, San Juan,  C.P. Espíritu Sto. de Palo, pertenecientes al  distrito de San Vicente.
ALIMENTADOR: CÑ-03.
CIRCUITOS: CÑ-03 Total – Por Seguridad.
DIA: Sábado 17 Enero de 2009.
HORA DE INICIO: 00:14 hrs. Sábado 17 Enero de 2009.
HORA FINAL: 02:21 hrs. Sábado 17 Enero de 2009.

 LUGAR: Panamericana Sur Km. 147- San Vicente
ZONAS AFECTADAS: Urb. Santa Rosalía y Cliente WESTERN COTTON del Distrito de San Vicente.
ALIMENTADOR: CÑ-04.
CIRCUITOS: Todo el Alimentador CÑ-04.
DIA: Sábado 17 Enero de 2009.
HORA DE INICIO: 05:55 hrs. Sábado 17 Enero de 2009.
HORA FINAL: 15:59 hrs. Sábado 17 Enero de 2009.

LUGAR: San Vicente 
ZONAS AFECTADAS: Fdo. Sta. Rosita, C.P. Agua Dulce, CP Cochahuasi, CP Playa Hermosa, CP Boca del Río, C.P. La Encañada, C.P. Inmaculada Santa. Rosa, C.P. H. Unanue, C.P. La Esmeralda, C.P. La Pampilla, C.P. San Pedro, Fdo. Molle, La Arena, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo,  Zaire, San Juan,  C.P. Espíritu Sto. de Palo, pertenecientes al distrito de San Vicente de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-03.
CIRCUITOS: CEPS 3000 – Por Seguridad.
DIA: Sábado 17 Enero de 2009.
HORA DE INICIO: 07:09 hrs. Sábado 17 Enero de 2009.
HORA FINAL: 15:44 hrs. Sábado 17 Enero de 2009.

La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T., ocasionada por Acto vandálico y Afectación por Terceros (Impacto Vehicular contra estructura de Media Tension), lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control. 
JUDICIALES

PRIMERA CONVOCATORIA DE REMATE PÚBLICO
En los seguidos por Banco de Crédito del Perú con Schiaffino Cebrian de Velasco Teresa y Javier Velasco Pérez, sobre Ejecución de Garantías, Expediente 00509-2007, el Noveno Juzgado Subespecializado Comercial de Lima que despacha el señor doctor Juez Carlos Armando Huerta Ortega y Especialista Legal Diana Mavel Tafur Jareca, ha dispuesto el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble: Lote Nº 53, Fila A de la Urbanización Habilitación Vacacional Playa del Sol, del distrito de Asia, provincia de Cañete y departamento de Lima, inscrito en la Ficha Registral Nº 2147, que continúa en la Partida Electrónica 90028820 del Registro de Predios de Cañete, de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima: VALOR DE TASACION: US $ 161,190.00 (ciento sesentiun mil ciento noventa y 00/100 dólares americanos). BASE DEL REMATE: US $ 107,460.00 (ciento siete mil cuatrocientos sesenta con 00/100 dólares americanos) equivalente a las dos terceras partes de su tasación. GRAVAMENES Y CARGAS: 1).- Asiento 3 d- HIPOTECA: Constituida por la sociedad conyugal Velasco – Schiaffino en favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU hasta por la suma de US $ 40,000.00 dólares americanos, con el objeto de garantizar sus obligaciones ante el mencionado Banco.- Así consta de la escritura pública del 16/05/97 Notario Alfredo Paino; 2.- Asiento 5 d- AMPLIACION DE HIPOTECA.- La sociedad conyugal Velasco - Schiaffino, acuerdan ampliar la hipoteca inscrita en el as. 3-D, hasta por la suma de US $ 60,00.00 dólares americanos a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, con el objeto de garantizar sus obligaciones con el mencionado Banco.  Así consta de la escritura pública del 21/11/97. Notario Alfredo Paino; 3).- Asiento D 00001 CONDICION PARA TRANSFERENCIA.- De conformidad con lo normado por el Reglamento Interno de copropiedad inscrito en el asiento 6-B de la Ficha Nº 1132 del Registro de Propiedad, se establece que en los contratos de adquisición del derecho a edificar sobre los lotes de la Habilitación, la aprobación del comprador por la Junta Directiva del Condominio Playa del Sol, así consta del título archivado Nº 8698 del 17/02/95; 4).- Asiento D 00003 AMPLIACION DE HIPOTECA: Ampliada la Hipoteca inscrita en los asientos 3 y 5 del rubro “d” de la Ficha Nº 2147 que antecede constituida a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, elevando su monto de afectación hasta por la suma de US $ 150,000.00 Dólares Americanos respaldando las obligaciones que en forma expresa han sido asumidas por éstos ante la citada entidad bancaria en el instrumento público que da origen a este asiento.  Así fluye de la Escritura Pública del 10/07/2003 otorgada ante Notario Público Alberto Flores Barrón. 5).- Asiento D 00004 ARRENDAMIENTO.- Los propietarios del predio inscrito en esta Partida han otorgado a favor de ROLANDO CAPELLA PINASCO, soltero, identificado con DNI Nº 07815961, en arrendamiento el predio a que esta Partida se refiere, por un plazo de 10 años, contados a partir de la firma de la minuta (05-05-2005) el mismo que podrá ser modificado y ser prorrogado por acuerdo de ambas partes.  El monto del alquiler asciende a la suma de S/. 300.00, mensuales, los cuales serán pagados en forma adelantada.  Así consta de la Escritura Pública del 08/05/2006 (Kardex 6845) otorgada ante Notario Público de Lima Mónica Margot Tambini Avila. 6).- Asiento D 00005 ANOTACION DE DEMANDA.- Por resolución Nº 01, de fecha 26/09/2007, expedida por el Dr. Carlos Armando Huerta Ortega, Juez del 9º Juzgado Civil Sub-especialidad Comercial de Lima, Sec. Diana Mabel Tafur Jareca, se ha dispuesto se ANOTE LA DEMANDA sobre Ejecución de Garantías. En los seguidos por Banco de Crédito del Perú con Teresa Schiaffino Cebrian de Velasco y Javier Velasco Pérez, sobre ejecución de garantías (Exp. Nº 2007-509-20-9-JCL). DIA Y HORA DEL REMATE: VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO 2009 A LAS DIEZ DE LA MAÑANA.  LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates del Juzgado, ubicada en el Jr. Puno Nº 158 y en el Jr. Carabaya Nº 718, del Cercado de Lima.
POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación y presentar su arancel judicial número de expediente y DNI/RUC; los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el Art. 732 del Código Procesal Civil, Decreto Supremo 008-2005-JUS, y están afectos al IGV.  Rosa Francisca Díaz García, Martillero Público Registro Nacional Nº 168.
Diana Mavel Tafur Jareca - Secretario Judicial - Noveno Juzgado Civil Subespecialidad Comercial -  Corte Superior de Justicia de Lima
Rosa F. Dïaz García.- Martillero Público.- Reg. Nº 168
Publicar del 14, 15, 16, 19, 20 y 21 de Enero del 2009.

EDICTOS
EXP. 2008-0465.- EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, ha ordenado mediante resolución ocho se notifique a la Agraviada ROXANA DEL PILAR MANSILLA AURIS, a fin se apersone al Juzgado y tome conocimiento que se ha admitido la demanda interpuesta contra EDUARDO REQUEJO MENDOZA sobre VIOLENCIA FAMILIAR – MALTRATO SIN LESIÓN en agravio de Roxana del Pilar Mansilla Auris. Tramítase conforme las pautas del proceso ÚNICO, debiendo apersonarse al proceso bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria Mesías.

EXP.2008-0781; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica; mediante resoluciones uno  y tres del 02/10/2008 y 04/12/2008, SE RESUELVE: 1°.ADMITIR la Demanda contra HECTOR YAURIVILCA MERGE sobre Violencia Familiar-Maltrato Físico en  agravio de KARINA JACINTA HILARIO TABOADA; tramítase vía Proceso Único, confíerase TRASLADO al presunto agresor por el plazo de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrárse Curador Procesal. 2°.SE ORDENA como MEDIDA DE PROTECCION: el demandado se abstenga de todo tipo Violencia Familiar en agravio de Karina Hilario Taboada, bajo apercibimiento de ordenarse detención. 3°.-NOTIFIQUESE a la agraviada para que se apersone al proceso, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL . Fdo.Juez: Garnica; Secretaria:  Mesías.

EXP. 2005-1243.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, RESOLUCIÓN  N° 19,  fecha 03/12/2003: DADO CUENTA: SE DISPONE: NOTIFICAR a los demandados ANTONIA ALEJANDRINA CARBINERO SALAZAR Y JOSE DANIEL ALLEMANT CAMPOS, la SENTENCIA: Declarar  Fundada la demanda interpuesta por el Ministerio Público, declaro la existencia de VIOLENCIA FAMILIAR  en la modalidad de Maltrato Psicológico ocasionados por  Antonia Alejandrina Carbonero y José Daniel Allemant Campos en agravio de ellos mismos. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Claudio. Cañete 03/12/2008.

EXP.-2008-0136.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores; cita, llama y emplaza a EVER NILSON OSCO ARAUJO, RUFINO CASIANO GUERRA MENESES, Y LUIS ANGEL RAMIREZ SALCEDO por Infracción  contra el Patrimonio en agravio de Armando Anibal Gonzales Postillon y otro, para que se apersonen ante el juzgado, para la continuación de la Audiencia de Esclarecimiento de los hechos, señalado para el 14-01-2009 a horas 12.30 p.m. Fdo. Secretaria Herrera.-Cañete, 17/12/2008.
Publicar: 16, 17 y 19 de Enero del 2009

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA – CAÑETE
JEFATURA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
El Jefe del Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 26497, Capítulo V, Sección Segunda, Artículo Nº 73, manda publicar, que con Expediente Nº 10375 de fecha 04 de Noviembre del 2008, don Elmo Rafael Ordoñez Chancazanampa, solicita la Rectificación Administrativa de la Partida de Nacimiento registrada en el folio Nº 60768096 – del año 1997, de esta Municipalidad Distrital de Quilmaná, en el sentido de rectificar el segundo apellido del padre del titular escribiéndose CHANCAZANAMPA y no CHANCASANAMPA que por error figura asentado; quienes consideren que pueden salir perjudicados con la Rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de Ley, caso contrario se procederá a la inscripción según el Art. Nº 68 de la Ley arriba indicada.
Quilmaná, 12 de Enero del 2009.
Atentamente
Alfredo T. Guerrero Huamán
Jefe OREC - MDQ
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

Ordenanza Municipal Nº 0007-2008-A/MDA

Asia, 29 de Noviembre del 2008

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 29/11/08 el proyecto de ordenanza sobre RESTRICCION DE LAS VIAS Y DECLARACION DE ZONAS RIGIDAS, remitido por la División de Desarrollo Urbano y Obras 

CONSIDERANDO:
Que las municipalidades tienen competencia para Organizar, Reglamentar y Administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad, como también planificar el desarrollo URBANO Y RURAL de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes;

Que las municipalidades distritales tienen funciones específicas compartidas según la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972 en su artículo 81: En su numeral 3.1. en donde indica establecer la nomenclatura y señalización de calles y vías de acuerdo con la regulación provincial y en coordinación con la Municipalidad Provincial de Cañete.

Que la Municipalidad Distrital de Asia garantiza la vigencia de reglas claras, eficaces, transparentes y estables en la actividad del transporte por tal motivo procura la existencia de una fiscalización eficiente, autónoma, tecnificada, y protectora de los intereses de los usuarios.

Que la ciudad ha venido sufriendo por muchos años, como producto de su actividad turística y comercial por sus playas ocasionando un constante y progresivo deterioro de su ambiente urbano ocurriendo accidentes y graves perjuicios a los ciudadanos que habitan o concurren a nuestro distrito.

Que es necesario imponer restricción del uso de las vía pública del distrito y por ende declararle como zona RIGIDA para conservar el ornato y hacerle más atractivo al turismo tanto interno como externo.

Que en vista que ocurren saturación de vía originando un cuello de botella hasta originando muchos accidentes entre la AV.CAYMA con PANAMERICANA cruce al anexo SANTA CRUZ.

Estando en lo expuesto y de conformidad con la constitución política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y con el voto unánime de los señores REGIDORES en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29/11/08, se aprobó lo siguiente: 

Artículo 1º.- Se DECLARA ZONA RIGIDA todo el entorno de la plaza de armas de LA CAPILLA. Av. Lima, Av. La Mar, Av. Los INCAS, Av.Mira-Mar, y La Av. 28de julio en todo su extensión.

Artículo 2º.- Se DECLARA ZONA RIGIDA la Av. CAYMA  en todo su extensión.
También se DECLARA ZONA RIGINA, en el ANEXO STA. CRUZ la MZA. E, LOTES Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, y en la MZA. F LOTES Nº1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8,  colindante con la autopista Panamericana Sur.

Artículo 3º.- Encárguese a la Gerencia Municipal, al Dpto. de Transportes, Seguridad Ciudadana, a la Policía Municipal para su cumplimiento. También comunicar a la Municipalidad Provincial de Cañete para su conocimiento de dicha ORDENANZA.

Artículo 4º.- Solicitar el apoyo de la Policía Nacional del Perú para  hacer respetar la  ORDENAZA y el Reglamento Nacional de Transito y al Transporte.

Artículo 5º.- Dejar sin afecto todas aquellas disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente ordenanza.

Artículo 6º.- La presente Ordenanza entra en vigencia una vez ratificada por la Municipalidad Provincial de Cañete y luego al día siguiente de su publicación.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE 

Agapito Ramos Campos
Alcalde

17 enero 2009

MIGUEL FERNANDEZ PRECANDIDATO A LA PROVINCIAL EN CONFIANZA PERU

IMPERIAL.- El líder y fundador de la organización política regional «Confianza Perú», Michel Azcueta, presentó anoche al Dr. Vicente Sánchez Vásquez, como pre candidato a la presidencia del Gobierno Regional Chumpitaz de Lima.
La presentación oficial del también secretario general regional de Confianza Perú, se realizó en el restaurante «Lino 2» de Alberto Quispe Rojas, en medio de la algarabía de sus militantes y simpatizantes que se dieron cita.
Asimismo se hizo la presentación del Dr. Miguel Fernández Valencia, como pre – candidato a la alcaldía de la Municipalidad Provincial de Cañete, agradeciendo el gesto por su designación y dijo que no defraudará a Cañete.

«POR UN IMPERIAL MODERNO»...
La convocatoria lo había efectuado el grupo de «Por un Imperial Moderno» que lidera Carlos Pariona Lizana, quien también selló su compromiso de ir en alianza con la agrupación Confianza Perú en las elecciones del próximo año. 
El popular «marinerito», dijo que era la mejor alternativa  de participar en esta agrupación política porque era un equipo compacto, democrático y con un futuro promisor.
El júbilo de los simpatizantes, los proyectos en mente desarrollar a favor de la comunidad y las fotos, no faltaron anoche en la reunión que concitó la atracción de la prensa local.
A la reunión también se dieron cita un buen número de militantes y simpatizantes de la base de Yauyos, encabezado por el contador público, Cosme Damián Sacsa Luyo quienes dieron su respaldo a Michel Azcueta.
Las dirigentes provinciales: Prof. Julia Cerna y la Sra. Delia Arias de Godoy, mostraron su agradecimiento a los asistentes y renovaron su compromiso de no defraudarlos en sus aspiraciones de ciudadanos.
PAUL ARIAS PACHAS, VIRTUAL SECRETARIO GENERAL PROVINCIA, BASE CAÑETE DE PERU POSIBLE...
 
SAN VICENTE.- Mañana se lleva a cabo las elecciones para la renovación del Comite Ejecutivo Provincial de Perú Posible, con la participación de la única lista que encabeza el profesor Paul Arias Pachas.
A pesar que hay Lista Unica, los militantes tendrán que acudir a sufragar, en cumplimiento a la Ley de Partidos Políticos, ya que es requisito fundamental que exige el Jurado Nacional de Elecciones y poder participar sin problemas en los escrutinios del próximo año.
«Vamos a trabajar por la provincia de Cañete y luchar contra la corrupción en los municipios locales, regional y central. No a la corrupción, si al desarrollo de un pueblo, pero con gente honesta»; expresó Paul Arias en medio de sus simpatizantes.

HERIBERTO Y CHIOK
Mientras que los otroras militantes Heriberto Quispe Lifonzo y Samuel Chiok, gozan de jugosos sueldos laborando en los gobiernos regionales de Lima e Ica, respectivamente, los simpatizantes de Perú Posible, no descartan que el día de mañana se hagan presente y acudan a las urnas.
Las elecciones se realizarán en el local de la Federación de Empleados Bancarios de Cañete, ubicado en la cuarta cuadra de la Calle Bolognesi a partir de las ocho de la mañana, en San Vicente de Cañete.
POBREZA: DE MAL EN PEOR…
Dr. Mario Cama Sánchez (*)

Durante los últimos cinco años las economías de los países latinoamericanos experimentaron un crecimiento económico promedio anual del orden de 5.0%, pero como consecuencia de la crisis financiera externa, esta tasa de crecimiento del producto bruto interno (PBI) descenderá hasta un promedio de 2.0% y a 0.0%, inclusive. 
Según datos de conocedores y estudiosos del comportamiento de la economía de nuestra región, los países como Brasil, Chile, Argentina, etc. lograron revertir sus indicadores de desigualdad reduciendo su pobreza por la acertada implementación y aplicación de mejores políticas económicas y que a la vez permitieron generar un gasto social más racional y focalizado; así como también dieron origen a superávit presupuestario, aumentos en las reservas internacionales netas (RIN) y a la vez índices inflacionarios más o menos controlados.
Nuestro país en el período en mención, ha experimentado un crecimiento económico entre 6% y 9%; pero los efectos de la crisis financiera internacional en nuestra patria se agudizarán en los próximos meses, cuando disminuyan considerablemente las remesas que envían nuestros compatriotas que emigraron y laboran en el extranjero, especialmente los provenientes de los Estados Unidos, Japón, España, entre otros. Asimismo, la caída de las exportaciones y la disminución drástica de la recaudación fiscal continuarán sus tendencias decrecientes, como resultado del deterioro de los precios de los minerales en el mercado internacional.  El impacto de la crisis internacional redundará con mayor fuerza en el sector exportador, minero, textiles e inclusive en el sector agrícola y continuarán ocurriendo despidos masivos de trabajadores, tanto del sector público como del sector privado. 
Más de la mitad de la población nacional vive en condiciones de pobreza y extrema pobreza, situación que tiene mayor incidencia en la sierra sur, sierra central y la Amazonía. Por otro lado, la corrupción ha alcanzado a comprometer a los más altos funcionarios del gobierno central y a los más altos niveles del partido aprista. Pues estos males endémicos como pobreza y la corrupción deben ser enfrentados el primero con nuevas políticas económicas, incidiendo prioritariamente con mayor inversión social en educación, salud, nutrición, medio ambiente, infraestructura: agua, desagüe, luz, vivienda. etc.; y la segunda debe ser erradicada desde sus raíces y sancionarse de manera ejemplar a quienes resulten responsables de este gravísimo problema, que finalmente impide el desarrollo y progreso que la población nacional tanto espera y desea por muchos años.
De acuerdo con la estructura de ingresos y gastos de las familias de Lima Metropolitana 2 008, el estrato social “A” tuvo un ingreso mensual promedio de S/. 12,118 y de este ingreso utilizó sólo el 15% en alimentos y, el efecto de la inflación en este rubro fue de 1.54%; mientras que el estrato social “E” que sólo tuvo S/. 660 como ingreso mensual promedio dedicó el 65% de sus ingresos en alimentación y fue afectado con un indicador inflacionario del orden de 6.69%.  Asimismo, la inflación anual afectó al estrato “A” con 3.75% y al estrato “E” con 7.66%; de lo cual se deduce que este proceso inflacionario afectó con mayor fuerza al estrato social “E” con 3.91% más que al estrato social “A”.
En conclusión, siempre los pobres fueron quienes pagaron los problemas derivados de las malas políticas económicas aplicadas por los gobiernos de turno, que dejaron en el olvido sus promesas electorales y se convirtieron en verdugos de los peruanos. Ahora en épocas de crisis, nuevamente serán los más pobres quienes cargarán sobre sus espaldas las consecuencias de esta crisis que no generaron, pero que sin duda alguna los afectará cruelmente.
(*) Director Hora Cero, Canal 33 – TV. Cañete.
SE REFUERZA SEGURIDAD CIUDADANA EN CAÑETE Y YAUYOS... CON PATRULLEROS Y MOTOS...

El ministro del Interior, Remigio Hernani, reconoció ayer el importante aporte que brindan los gobiernos regionales y locales en materia de seguridad ciudadana y destacó la inversión que han efectuado en equipamiento para la Policía Nacional.
Fue durante la ceremonia de entrega de 12 camionetas Nissan 4x4 y un lote de ocho motocicletas para las comisarías de Cañete y Yauyos, por parte del Gobierno Regional de Lima.
Al acto, efectuado en la plaza de Armas de Cañete, asistieron el presidente de la región Lima, Nelson Chui Mejía; el alcalde de Cañete, Javier Alvarado Gonzales del Valle; el jefe de la Sétima Dirección Territorial Policial, general PNP Arturo Dávila Vega; y los alcaldes distritales de Cañete y Yauyos, entre otras autoridades.
“El ministerio que dirijo ha buscado permanentemente establecer alianzas estratégicas que integren a todos los actores sociales de nuestro país, desde las autoridades políticas en todos sus niveles, la sociedad civil, y el sector privado. El éxito de la seguridad ciudadana no es responsabilidad exclusiva del sector Interior o de la Policía, sino que requiere el apoyo de todas las autoridades y la comunidad”, señaló el ministro.
Agregó que muchos gobiernos y locales ya han invertido en seguridad ciudadana y eso redundará positivamente en el servicio que la Policía Nacional presta a la comunidad.
El titular del sector hizo una invocación a los alcaldes presentes para unir esfuerzos con el fin de enfrentar de mejor manera la lucha contra la delincuencia, el crimen organizado, el pandillaje, el consumo y comercialización de drogas, mediante labores de prevención y respuesta inmediata de acuerdo a las nuevas estrategias que impulsa su gestión.
Igualmente, Hernani Meloni convocó el apoyo de las autoridades locales y regionales en la tarea de fiscalizar la correcta utilización de los recursos públicos, en particular del combustible asignado a los vehículos de la Policía Nacional.
Recordó que el Ministerio del Interior ha adoptado medidas de control pero dijo que “siempre de necesitará la colaboración de los ciudadanos y de los medios de comunicación en esta tarea”.

Más patrullaje...
Las camionetas y motos entregadas fueron distribuidas a las comisarías de San Vicente, Imperial, Nuevo Imperial, Cerro Azul, Mala, Chilca y San Antonio, en la provincia de Cañete; así como a las de Yauyos, Omas, Catahuasi y Huangáscar, en la provincia de Yauyos.
Adicionalmente se entregaron varias motocicletas para ser utilizadas en el patrullaje de zonas rurales.

NELSON CHUI...
El presidente regional de Lima, por su parte, dijo que “ahora los custodios del orden tendrán el apoyo logístico necesario que les permitirá reforzar la seguridad ciudadana en los pueblos del ámbito de la región”.
Nelson Chui indicó además que los vehículos fueron adquiridos y financiados con recursos propios del Gobierno Regional y su entrega responde al clamor de diversos sectores de la población para que la Policía pueda resguardar mejor el orden público y hacer frente a los actos de la delincuencia común.
PRONAMACHCS REHABILITA ACEQUIAS EN TUPE
Por: Daciano Ramírez Valerio

La Agencia de PRONAMACHS de la provincia de Yauyos, está rehabilitando las acequias de la capital del distrito de Tupe, bajo la dirección técnica del Ing. Residente Julio Pimentel Alfaro, desde el 20 de noviembre del año pasado y concluirá el 20 de enero del 2009. 
La rehabilitación de la acequia de Qalchaka a Chullmaya 100m., Mala Kancxa a Waruna 50m.; Añay Grande 118m.; Añay Chico 72m; Qucxaja 78m.; Waylluru a Shalla 80m., invirtiendo un presupuesto estimado de S/. 60,000 Nuevos Soles. 
Estas obras de irrigación, es parte de la contribución de PRONAMACHCS de Yauyos al distrito de Tupe, en la rehabilitación de canales de irrigación que fue destruido por el sismo del 15 de agosto del 2007. Así manifestó el Jefe de PRONAMACHCS Agencia de Yauyos - Ing.. Rubén Flores López Vásquez al diario Matices.
EMAPA REQUIERE UN GERENTE QUE ESTE A LA ALTURA DE LA CIRCUNSTANCIAS…
Demanda Pedro Ginés, Coordinador de la Oficina Provincial de Cañete, de FORSUR…

SAN VICENTE.- El Coordinador de la Oficina Provincial de Cañete del Fondo de Reconstrucción del Sur, FORSUR, Ing. Pedro Ginés Arroyo, consideró que ha sido una medida saludable los recientes acuerdos tomados por la Junta General de Accionistas de EMAPA – Cañete, aunque –remarcó– que era demasiado tardía.
Ginés Arroyo, dijo que con el anunciado cambio, el beneficiado será el pueblo, más espera que no sea un cambio burocrático o de amistades, sino que sea de personas con el perfil adecuado que sepan llevar adelante la dirección de esta empresa municipal.
“Creo que un ingrediente importantísimo es la posibilidad de la presencia de la inversión privada en el directorio de EMAPA.  Creo que esto sí va a significar una solución integral a las limitaciones que tiene como empresa municipal”, acotó Gines Arroyo. 
Dijo que la preocupación de FORSUR, fue mostrada hace varios meses, dijo que EMAPA – Cañete, viene recibiendo alrededor de seis millones de soles para la ejecución de una serie de proyectos.
“Pero, vemos una demora sensible en la ejecución de los proyectos. Entonces, este es una preocupación, no sólo en la demora sino también en el riesgo que se corre de que tenga un mal uso el dinero de estos proyectos”, precisó. 
Ginés Arroyo, puntualizó que en la última reunión que tuvieron con los “destituidos” directores de EMAPA - Cañete le expresaron su profunda preocupación por la lentitud en la ejecución de las obras.
“No olviden ustedes que en el mes de Abril, se transfirió a EMAPA – Cañete, parte de estos seis millones de nuevos soles, y las obras recién empezaron a ejecutarse en el mes de Noviembre”, dijo.
Puntualizó también que hay un conjunto de obras de carácter pequeño que debieron haberse terminado en un plazo de 60 días. “Han pasado exageradamente este periodo y hasta el momento no se culmina”, manifestó.
Dijo que ellos fueron muy claros al señalarles en su momento al fenecido directorio que de no tener un avance significativo y una eficiencia en los recursos ya transferidos, solicitarán la intervención inmediata de Contraloría General de la República.

PRESENCIA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA...
“EMAPA – CAÑETE, sabe que hay la decisión de parte de nosotros (FORSUR), a través de nuestro gerente de impulsar la presencia de Contraloría General de la República. Esto, creo que será inevitable en los próximos días”, advirtió Ginés Arroyo.
El funcionario de FORSUR, remarcó que si existe un retraso en la ejecución de las obras, es producto de una mala gestión y esto obedece consecuencia de una mala administración y esto, a su vez, de una mala dirección.
“Todo está concatenado. Todo está articulado. Yo creo que aquí, hay responsabilidad a todo nivel”, expresó Ginés, reiterando su saludo a los accionistas, pero a la espera la solución en las próximas horas.
“Necesitamos un gerente que esté a la altura de las circunstancias, que los compromisos que asuma lo haga con seriedad, con capacidad profesional en la conducción de EMAPA”, puntualizó.
“Quisiéramos ver que no haya interferencias en las decisiones del gerente porque esto era evidente… la interferencia del Directorio en las decisiones gerenciales. Se respete las atribuciones del Estatuto”, puntualizó.
Hay que precisar que EMAPA junto a la Municipalidad Distrital de Mala, recibirán en el presente año la intervención de la Contraloría General de la República. (MAT).
PARROQUIA AGRADECIDA CON FELIGRESIA POR APOYO EN REPARACION DE CATEDRAL…

SAN VICENTE.- El párroco de San Vicente Rp. Félix Cuzcano Quintín, anunció que continúan trabajando fuerte en los detalles finales del trabajo que se viene efectuando en la Catedral de Cañete, luego que esta fuera afectada por el movimiento sísmico del 15 de agosto del 2007.
Mostró su agradecimiento a la feligresía cañetana por brindar su apoyo, participando en las diversas actividades para así continuar con los arreglos de los vitrales de la Catedral que aún está pendiente.
Puntualizó que para la refacción de los vitrales, los técnicos que han hecho la evaluación, señalan que culminarán los trabajos en un tiempo de seis meses, haciendo unas ligeras variaciones.
“Estará la figura de la Madre del Amor Hermoso, y una nueva imagen Señor de los Milagros. Y pienso que los vitrales quedarán muy bonito”, precisó el párroco sanvicentino.
Anunció también mejorar la iluminación de la Catedral tanto en su interior como en su exterior, preocupación que no ha sido sólo de su persona sino también del propio obispo, Monseñor Ricardo García y García.
“En las noches queda tétrico y oscuro el lugar. Entonces, queremos iluminarlos, con el apoyo de la Municipalidad Provincial de Cañete y EDE – Cañete, dándonos una manito”, precisó el Rp. Cuzcano Quintín.

SANTO PATRÓN DE SAN VICENTE…
Por otro lado, con relación a la festividad del Santo Patrón, San Vicente Mártir, anunció que ya se vienen coordinando las actividades y dijo que la fecha de celebración será del 22 de Enero hasta el 1º de Febrero.
Invocó a toda la feligresía de San Vicente a participar en esta actividad, toda vez que se realizará una víspera muy bonita e interesante y espera que la presente fiesta, supere los años anteriores.
Finalmente, invocó a los padres de familia que envíen a sus hijos a participar en las actividades vacacionales y que esta manera mantengan su tiempo ocupado, dejando de lado el ocio. (MAT)
AMIGOS Y FAMILIARES RECUERDAN MAÑANA DOS AÑOS DEL DECESO DE JACINTO CAMA VICENTE…

IMPERIAL.- Mañana se cumplen dos años de la desaparición del conocido comerciante, Jacinto Cama Vicente, un imperialino que se identificó con las causas del campesinado del valle de Cañete en la década de 70.
Una persona quien a pesar de no ser agricultor, salió en defensa de la reforma agraria, implantada por el régimen de Juan Velasco Alvarado, al considerar que era un derecho la “distribución equitativa de la tierra”.
Partidario del socialismo, regidor electo por el pueblo y un consultor permanente de las organizaciones populares, Jacinto Cama, desde su hogar brindaba la asesoría a todos sus coterráneos que lo requerían. 
No en vano hoy, lleva su nombre una asociación de comensales y, a su vez, nace una organización que recoge sus ideas en contra de la privatización del agua.

MISA DE HONRAS…
La señora Bertha Quispe viuda de Cama, así como sus hijos Edgar, Mariela y Jacinto conjuntamente con sus demás familiares le recordarán con una misa a realizarse en la iglesia “Nuestra Señora del Carmen” de Imperial.  ¡Descansa en paz, Jaci!
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
Presidencia

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 04-2009-PCSJCÑ/PJ

San Vicente de Cañete, cinco de Enero del dos mil nueve.

VISTOS:
El Acta de Instalación de fecha veintiocho de noviembre del dos mil ocho, el Informe Nº 60-2008-AIP-CSJCÑ-PJ, expedido por Asesoría Integral de la Corte Superior de Justicia de Cañete, y el acuerdo de Sala Plena de fecha veintinueve de diciembre del año dos mil ocho; y,

CONSIDERANDO:
Que, del Acta de Vistos emitida por la Comisión Especial para la Evaluación de Postulantes a Magistrados Suplentes para el Año Judicial dos mil nueve, se advierte que la citada Comisión acordó que debería ratificarse a los mismos magistrados suplentes a fin que continúen conformando la Nómina de Magistrados Suplentes para el Año Judicial dos mil nueve, previa manifestación expresa de los mismos;

Que, mediante Informe Nº 60-2008-AIP-CSJCÑ-PJ, la Asesoría Integral de la Corte Superior de Justicia de Cañete, adjunta un Cuadro Anexo conteniendo la relación de Magistrados Suplentes del Año Judicial 2008, con sus respectivos números de teléfonos, en la cual se indica que al efectuar el llamado telefónico, algunos han aceptado y otros no han aceptado ser considerados Magistrados Suplentes para el presente año judicial;

Que, en Sesión de Sala Plena de Vistos, se dio cuenta del Informe mencionado precedentemente, acordando los señores Magistrados aprobar la Nómina de Magistrados Suplentes para el Año Judicial 2009, quedando expedito dicho acuerdo para ser formalizado por el Despacho de Presidencia de esta Corte;

Por tales consideraciones, estando al acuerdo de Sala Plena de Vistos y en ejercicio de las prerrogativas establecidas en el artículo 90 del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la NOMINA DE MAGISTRADOS SUPLENTES PARA EL AÑO JUDICIAL 2009, según orden de mérito que a continuación en el siguiente cuadro se detalla:

ANEXO 4
NOMINA DE MAGISTRADOS SUPLENTES 2008
APROBADA POR RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 171-2008-P-CSJCÑ-PJ, de fecha 05 de Septiembre del 2008.

POSTULANTES A MAGISTRADOS SUPLENTES - PUNTAJE TOTAL - ORGANOS JURISDICCIONALES - ORDEN MERITORIO
1 Judith Lucia Marcelo Ciriaco - 91 - Sala Civil - 1º
2 Luis Manuel Huayta Rojas - 81 - Sala Civil -
3 Augusto Sánchez Bustillos - 65 - Sala Civil -
4 Cirilo Enor Suárez Miraval - 75 - Sala Penal -
5 Jorge Walter Sánchez Capuñay - 50 - Sala Penal -
6 Luis Alberto Aoun Chong - 58 - Juzgado Penal -
7 Jorge Luis Morales Clemente - 45 - Juzgado Penal -
8 José Luis Walter Ruíz Meza - 41.67 - Juzgado Penal -
9 Fredy Mariano Torres Parodi - 40 - Juzgado Penal -
10 Victoriano Julián Gómero Vega - 35 - Juzgado Penal -
11 María Angélica Yong Rubio - 78 - Juzgado Civil -
12 Carlos Alejandro Espinoza Ríos - 65 - Juzgado Civil -
13 Carolina del Carmen Flores Chávez - 65 - Juzgado Civil -
14 Pablo Ismael Alvarez Lira - 60 - Juzgado de Familia -
15 Lisbeth Rodríguez Wong - 35 - Juzgado de Familia -
16 Juan José Sulca Salvador - 60 - Juzgado Mixto de Cañete - 2º
17 Javier Eduardo Zavala Martínez - 36.33 - Juzgado Mixto de Cañete -
18 Gregorio Gutiérrez Quispe - 70 - Juzgado Mixto de Yauyos -
19 Marco Antonio Meza Farfán - 60 - Juzgado Mixto de Mala - 1º
20 Ybi del Rosario Oria Rojas - 60 - Juzgado de Paz Letrado -
21 Angélica Victoria Cucho Mendoza - 45 - Juzgado de Paz Letrado - 2º

Artículo 2º.- REMITIR la presente resolución a conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de los Órganos Jurisdiccionales de este Distrito Judicial, de la Oficina de Administración Distrital y de los designados; sin perjuicio de efectuar la publicación correspondiente en el Diario Oficial “El Peruano”, y el Diario Oficial Judicial de la Provincia de Cañete “Al Día Con Matices”.

Regístrese, Publíquese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese

Silvia Consuelo Rueda Fernández
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete
JUDICIALES

DIRIMENCIA
SALA CIVIL.- 
EXP. N° 2007-00192-CI-MALA.- 
Civil – Interdicto de Recobrar
RESOLUCION NUMERO CINCO.- 
Cañete, dieciocho de diciembre del dos mil ocho.- AUTOS Y VISTOS ; En Audiencia Pública; Y,
CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, la señora Vocal doctora Luz Gladis Roque Montesillo (Ponente), emite su VOTO para que se CONFIRME la sentencia de fecha dieciocho de agosto del dos mil ocho, de fojas ciento treinta y tres a ciento treinta y seis que declara fundada la demanda, y consentida o ejecutoriada que sea, MANDA que la parte demandada Comunidad Campesina de Asia, restituya la posesión de una servidumbre convencional de paso perpetuo constituida por una vía carrozable que es el único acceso desde la Carretera Panamericana Sur al Condominio de “Playa de Asia del Mar”, y que se encuentra ubicada a la  altura del Km. Ciento siete -  ciento ocho de la Carretera Panamericana Sur del distrito de Asia, provincia de Cañete, departamento de Lima, con costos y costas.   
SEGUNDO.- Que, el señor Vocal Ricardo Astoquilca Medrano, emite su VOTO en discordia para que se declare NULA la sentencia que viene en apelación en fojas ciento treinta y tres a ciento treinta y seis, su fecha dieciocho de agosto del dos mil ocho con la que declara fundada la demanda de fojas ciento cuatro a ciento diecisiete, subsanada en fojas ciento veintiuno, con todo lo demás que contiene; asimismo NULO todo lo actuado hasta fojas ciento treinta y uno; SE DISPONGA que el Juez de la causa renueve los actos procesales necesarios conforme a derecho y luego emita nueva sentencia; INSUBSISTENTE el concesorio de fojas ciento cuarenta y siete. Con fecha diecisiete de diciembre último, la señora Vocal doctora Silvia Consuelo Rueda Fernández se adhiere al voto en discordia del señor Vocal doctor Ricardo Astoquilca Medrano. 
TERCERO.- Que, atendiendo a lo anotado precedentemente y no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; en consecuencia se ha producido discordia en el presente proceso, la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.
CUARTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial “El Peruano” debido al costo que esto implicaria, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.
Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al señor Vocal doctor VICTOR DURAND PRADO para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el Vocal  Dirimente el día lunes DIECINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE, a horas OCHO de la mañana con TREINTA MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia “Al Día con Matices”por el término de UN DIA.-Notificándose. En los seguidos por Desarrolladora El Pacifico SAC con Comunidad Campesina de Asia, sobre Interdicto de Recobrar.-
S.S.
ASTOQUILCA MEDRANO
RUEDA FERNANDEZ
ROQUE MONTESILLO

RECTIFICACION DEL ACTA DE MATRIMONIO
NOTARIA “CAMACHO GALVEZ”
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324, San Vicente – Cañete, se presentó doña CELIA CARMEN ALBRIZZIO FONTANA, quien solicita se rectifique el ACTA DE MATRIMONIO de sus recordados padres don CARLOS MANUEL ALBRIZZIO BRAMON y doña PETRONILA ELEAZARA FONTANA ARIAS, inscrito en la Parroquia de San Pedro de Mala, del distrito de Mala – Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (PARTE PRINCIPAL): DATOS DEL CONTRAYENTE: DICE: Carlos M. Albrizzio B.- DEBE DECIR: Carlos Manuel Albrizzio Bramon.- DATOS DE LA CONTRAYENTE: DICE: Eleazara Fontana A.- DEBE DECIR: Petronila Eleazara Fontana Arias.- Lo que comunico para los fines de Ley.
Cañete, 12 de Enero del 2009.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

EDICTO
Que, por ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala, doña Paula Sirila Zavala Javier de Alca, solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento, donde aparece como PAULA SIRILA ZABALA JABIER, debiendo ser lo correcto PAULA SIRILA ZAVALA JAVIER, en el cuerpo de la citada partida, y asimismo, el nombre de su padre aparece como Esteban Zabala Francia, debiendo ser lo correcto Esteban Zavala Francia, quedando intacto los demás que contiene.  Mala, diecisiete de Octubre del dos mil ocho.
Lo que se publica para los fines legales pertinentes.
Paola Esmeralda Ramos Condori
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE 
QUILMANA – CAÑETE
JEFATURA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
El Jefe del Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 26497, Capítulo V, Sección Segunda, Artículo Nº 73 manda publicar; que con expediente Nº 10673 de fecha 30 de Diciembre del 2008, don Teodoro Julián Reyes, solicita la Rectificación Administrativa de la Partida de Matrimonio con Folio Nº 05 – Libro Nº 12 del año 1959, de esta Municipalidad Distrital de Quilmaná, en el sentido de omisión de la fecha de Matrimonio que por error figura asentado; quienes consideren que pueden salir perjudicados con la Rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de Ley, caso contrario se procederá a la inscripción según el Art. Nº 68 de la Ley arriba indicada.
Quilmaná, 06 de Enero del 2009.
Atentamente
Alfredo T. Guerrero Huamán
Jefe OREC - MDQ

EDICTOS
EXP. 2008-0465.- EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, ha ordenado mediante resolución ocho se notifique a la Agraviada ROXANA DEL PILAR MANSILLA AURIS, a fin se apersone al Juzgado y tome conocimiento que se ha admitido la demanda interpuesta contra EDUARDO REQUEJO MENDOZA sobre VIOLENCIA FAMILIAR – MALTRATO SIN LESIÓN en agravio de Roxana del Pilar Mansilla Auris. Tramítase conforme las pautas del proceso ÚNICO, debiendo apersonarse al proceso bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria Mesías.

EXP.2008-0781; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica; mediante resoluciones uno  y tres del 02/10/2008 y 04/12/2008, SE RESUELVE: 1°.ADMITIR la Demanda contra HECTOR YAURIVILCA MERGE sobre Violencia Familiar-Maltrato Físico en  agravio de KARINA JACINTA HILARIO TABOADA; tramítase vía Proceso Único, confíerase TRASLADO al presunto agresor por el plazo de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrárse Curador Procesal. 2°.SE ORDENA como MEDIDA DE PROTECCION: el demandado se abstenga de todo tipo Violencia Familiar en agravio de Karina Hilario Taboada, bajo apercibimiento de ordenarse detención. 3°.-NOTIFIQUESE a la agraviada para que se apersone al proceso, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL . Fdo.Juez: Garnica; Secretaria:  Mesías.

EXP. 2005-1243.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, RESOLUCIÓN  N° 19,  fecha 03/12/2003: DADO CUENTA: SE DISPONE: NOTIFICAR a los demandados ANTONIA ALEJANDRINA CARBINERO SALAZAR Y JOSE DANIEL ALLEMANT CAMPOS, la SENTENCIA: Declarar  Fundada la demanda interpuesta por el Ministerio Público, declaro la existencia de VIOLENCIA FAMILIAR  en la modalidad de Maltrato Psicológico ocasionados por  Antonia Alejandrina Carbonero y José Daniel Allemant Campos en agravio de ellos mismos. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Claudio. Cañete 03/12/2008.

EXP.-2008-0136.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores; cita, llama y emplaza a EVER NILSON OSCO ARAUJO, RUFINO CASIANO GUERRA MENESES, Y LUIS ANGEL RAMIREZ SALCEDO por Infracción  contra el Patrimonio en agravio de Armando Anibal Gonzales Postillon y otro, para que se apersonen ante el juzgado, para la continuación de la Audiencia de Esclarecimiento de los hechos, señalado para el 14-01-2009 a horas 12.30 p.m. Fdo. Secretaria Herrera.-Cañete, 17/12/2008.
Publicar: 16, 17 y 19 de Enero del 2009