MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 001-2009/MDSA
San Antonio, 13 de Enero del 2009
EL ALCALDE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO DE CAÑETE
POR CUANTO:
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que Reglamenta sobre Limpieza de Vías Públicas y Recogida de Residuos Sólidos en el distrito de San Antonio de Cañete, formulado por el Regidor Aldo Jesús Cuya Suyo.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, indica que las Municipalidades provinciales y distritales, y las delegadas conforme a Ley, son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia: marco normativo concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Que, los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;
Que, el Concejo Municipal del distrito de San Antonio-Cañete, en virtud de mantener y mejorar lo relacionado al ornato del distrito, tiene como responsabilidad velar por la limpieza de Vías Públicas y Recogida de Residuos Sólidos dentro de su jurisdicción; disposición cual para su cumplimiento debe darse mediante Ordenanza cual es la norma de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal y mediante la cual se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;
Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Asesoría Legal, y visto bueno de la Gerencia Municipal, el Concejo Municipal en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º numeral 8) y Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD aprobó la siguiente
ORDENANZA DE LIMPIEZA DE VÍAS PÚBLICAS Y RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- OBJETO DE LA ORDENANZA.
Esta ordenanza tiene por objeto regular el servicio de limpieza pública de los espacios públicos y privados para el manejo y disposición final adecuada de los residuos sólidos domésticos, que se generan en el distrito de San Antonio, a fin de mitigar riesgos e impactos ambientales por el manejo inadecuado de los mismos, y así lograr la Gestión Integral de los residuos sólidos, en concordancia con la legislación especializada al caso. Se persigue conseguir las condiciones adecuadas de salubridad, pulcritud, ornato y bienestar ciudadano, en orden a la debida protección del medio ambiente.
Artículo 2.- REFERENCIA LEGAL.
· Ley 27972; Ley Orgánica de Municipalidades.
· Ley 27314; Ley General de Residuos Sólidos.
· D.S. Nº 057-2004-PCM; Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos.
· Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente.
· D.L. Nº 613; Código del Medio Ambiente y de los Recurso Naturales.
· Ley Nº 26842; Ley General de Salud.
Artículo 3.- CONCEPTO DE BASURAS, DESECHOS Y RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS.
Se consideran basuras, desechos y residuos sólidos urbanos, los producidos por actividades y situaciones domiciliarias, comerciales y de servicios, sanitarias, de limpieza urbana, industriales, obras, abandono de animales muertos, muebles, enseres, vehículos y, en general.
Artículo 4.- SUJETOS OBLIGADOS.
El deber de cumplir lo establecido en la presente ordenanza por los ciudadanos se entenderá siempre sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones que atañen a la municipalidad adjudicataria del Servicio de Limpieza Pública.
Artículo 5.- APLICACION ANALOGICA.
1. Las normas de la presente ordenanza, a excepción de las restrictivas de derechos y las sancionadoras, se aplicarán por analogía a los supuestos que no estén expresamente regulados y que, por su naturaleza, estén comprendidos en su ámbito de aplicación.
2. Los servicios municipales, previa audiencia a los interesados, establecerán la interpretación que proceda en las dudas que pudieran presentarse sobre la aplicación de la presente ordenanza.
Artículo 6.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
1. Tanto las personas físicas como jurídicas del municipio, están obligadas, en lo que concierne a la limpieza del concejo, a observar una conducta encaminada a evitar y prevenir la suciedad.
2. Asimismo, están obligados a poner en conocimiento de la Autoridad municipal las infracciones que en materia de limpieza pública presencien, o de las que tengan un conocimiento cierto.
Artículo 7.- OBLIGATORIEDAD DE LA ORDENANZA.
1. Todos los ciudadanos están obligados al cumplimiento puntual de la presente ordenanza y de cuantas disposiciones complementarias con ella relacionada dicte en cualquier momento la Alcaldía o el servidor responsable del Servicio de Limpieza.
2. La Alcaldía podrá exigir en todo momento el cumplimiento inmediato de la presente ordenanza, exigiendo al causante de una infracción la corrección de la misma, sin perjuicio de la imposición de la sanción que corresponda.
3. La Alcaldía, a propuesta de los servicios municipales competentes, podrá imponer las sanciones establecidas al efecto, a los que con su comportamiento contravinieran lo dispuesto en la presente ordenanza.
TITULO II
LIMPIEZA DE VIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS
CAPITULO I
PERSONAS OBLIGADAS A LA LIMPIEZA
Artículo 8.- CONCEPTO DE VIA PÚBLICA.
A efectos de la limpieza, se consideran como vías públicas: las calles, paseos, avenidas, aceras, travesías, plazas, parques, zonas ajardinadas, túneles viarios y demás bienes de uso y dominio público, destinados directamente al uso común general de los ciudadanos.
Artículo 9.- LIMPIEZA DE CALLES DE DOMINIO PARTICULAR
La limpieza de las calles de dominio particular abiertas al tránsito público, pasajes, pasos, Asentamientos de carácter privado, etc. Será de cargo de sus propietarios y se realizará diariamente por personal de los mismos.
Artículo 10.- LIMPIEZA DE SOLARES
2. El cumplimiento de la obligación de mantener limpios dichos terrenos no exime de proceder al vallado de los mismos conforme a lo que disponen las normas del Plan General y ordenanzas que las desarrollen.
CAPITULO II
DE LA LIMPIEZA PÚBLICA CONSECUENCIA DEL USO
COMUN GENERAL DE LOS CIUDADANOS
Artículo 11.- ACTUACIONES SOBRE EL USO COMUN GENERAL.
1. Queda prohibido depositar en la vía pública cualquier tipo de residuo sólido o líquido que no se ajuste a las características de los incluidos en la recogida de residuos sólidos urbanos.
2. Los residuos sólidos de pequeño volumen tales como papeles, colillas, envoltorios, peladuras, excrementos de perros, gatos o cualquier otro animal doméstico que obligatoriamente deberá ser recogido por el propietario o tenedor en el momento de defecar, etc., deberán depositarse en las papeleras instaladas al efecto.
3. Los usuarios deberán abstenerse de toda manipulación sobre las papeleras, moverlas, volcarlas o arrancarlas, así como cualquier otro acto que deteriore su presentación o las haga inutilizables para el uso a que están destinadas.
4. Los materiales residuales voluminosos, o los de pequeño tamaño pero en gran cantidad, deberán ser evacuados y retirados conforme a lo dispuesto para la recogida de residuos sólidos urbanos, o de acuerdo con los correspondientes servicios de recogida.
Si por sus características fuera imposible su retirada por los servicios municipales, ésta se efectuará por los particulares siguiendo las directrices que marque el Servicio municipal.
5. Se prohíbe arrojar cigarros, cigarrillos, colillas u otras materias encendidas en las papeleras. En todo caso deberán depositarse en ellas una vez apagados.
6. Se prohíbe igualmente arrojar a la vía pública cualquier clase de desperdicio desde los vehículos, ya estén parados o en marcha.
7. No se permite sacudir ropas y alfombras sobre la vía pública, ni tampoco desde los balcones, ventanas o terrazas fuera del horario establecido para ello en la presente ordenanza.
En todo caso, estas operaciones se realizarán de forma que no causen daños o molestias a personas o cosas.
8. No se permite regar las plantas instaladas en el exterior de viviendas si a consecuencia de esta operación se producen vertidos o salpicaduras sobre la vía pública o sobre sus elementos.
9. Se prohíbe arrojar a la vía pública desde ventanas, terrazas, balcones, aberturas exteriores, etc., viviendas o establecimientos, cualquier tipo de residuo, incluso en bolsas u otros recipientes.
10. Queda prohibido realizar cualquier operación que pueda ensuciar la vía pública y de forma especial el lavado y limpieza de vehículos, el vertido de aguas procedentes de lavado y la manipulación o selección de los desechos o residuos sólidos urbanos.
CAPITULO III
DE LA SUCIEDAD EN LA VÍA PÚBLICA A CONSECUENCIA DE OBRAS
Y ACTIVIDADES DIVERSAS
Artículo 12.- OBLIGACION GENERAL.
1. Todas las actividades que puedan ocasionar suciedad en la vía pública, cualquiera que sea el lugar en que se desarrollen y sin perjuicio de las licencias o autorizaciones que en cada caso sean procedentes, exigen de sus titulares la obligación de adoptar las medidas necesarias para evitar que se ensucie la vía pública, así como la de limpiar con la frecuencia adecuada la parte afectada de la misma y retirar los materiales residuales resultantes.
2. El Alcalde podrá requerir al responsable para que efectúe las acciones de limpieza correspondientes.
Artículo 13.- TRABAJOS U OBRAS QUE EFECTEN A LA VÍA PÚBLICA.
1. Para prevenir la suciedad, las personas que realicen trabajos u obras que afecten a la vía pública, además de cumplir las ordenanzas correspondientes, deberán proceder a la protección de ésta mediante la colocación de elementos adecuados alrededor de los derribos, tierras y otros materiales sobrantes de obra, de modo que se impida la expansión y vertido de estos materiales fuera de la zona afectada por los trabajos.
2. En especial las zonas inmediatas a los trabajos de zanjas, canalizaciones, etc. realizadas en la vía pública, deberán mantenerse siempre limpias y exentas de toda clase de materiales residuales.
3. Cuando se trate de obras en la vía pública además de las medidas de seguridad vial, deberán instalarse vallas y elementos de protección, así como tubos para la carga y descarga de materiales y productos de derribo, que deberán reunir las condiciones necesarias para impedir la suciedad en la vía pública y que se causen daños a personas o cosas.
4. Los vehículos destinados a los trabajos de construcción, darán cumplimiento a las prescripciones que se establecen sobre transporte y vertido de tierras y escombros.
Artículo 14.- INMUEBLES EN CONSTRUCCIÓN.
Cuando se trate de inmuebles en construcción, rehabilitación reforma o derribo será el contratista de la obra el responsable de la limpieza de la vía pública que se vea afectada por las obras y subsidiariamente el propietario o promotor del inmueble, así como los técnicos directores de las obras, salvo que exista orden expresa en el Libro de Ordenes.
1. Se prohíbe el abandono o depósito en la vía pública de cualquier material residual, o su vertido en alguno de sus elementos. Igualmente queda prohibido almacenar en la vía pública fuera de los límites de la valla protectora de las obras, material de construcción: arena, ladrillos, cemento, etc.
2. El Material en las obras deberán retirarse de la vía pública con las condiciones que establecen la presente ordenanza, así como la Ordenanza Municipal de Circulación y, en todo caso, en el momento de la finalización de los trabajos.
3. Sobrepasado el término de veinticuatro horas, los materiales abandonados en la vía pública adquirirán el carácter de desecho, sin que el responsable pueda reclamar a la municipalidad por las pérdidas ocasionadas en la eliminación de estos materiales mediante el procedimiento de ejecución Subsidiaria y sin perjuicio del cargo de los gastos ocasionados, ni de las sanciones que sean aplicables.
Artículo 15.- CARGA Y DESCARGA DE VEHÍCULOS.
1. Finalizadas las operaciones de carga, descarga, salida o entrada a obras, almacenes, etc., de cualquier vehículo que pueda producir suciedad en la vía pública, el responsable de dichas operaciones, y subsidiariamente, los titulares de los establecimientos y obras donde se hayan efectuado y, en último término, el propietario o el conductor del vehículo, procederán a la limpieza de la vía pública y de los elementos de ésta que se hubieran ensuciado, así como a la retirada de los materiales vertidos, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 18 de la presente ordenanza.
2. Las personas mencionadas en el apartado anterior, y por el mismo orden, serán las responsables de las infracciones que por los conceptos citados se hicieran a la presente ordenanza, y de los daños que de las mismas se deriven.
Artículo 16.- ZONAS RESERVADAS PARA PARADA.
Las zonas reservadas para las paradas de camiones, autos, etc. que se estacionen habitualmente en la vía pública, deberán limpiarse debidamente y con la frecuencia necesaria, eliminando grasas, manchas de aceite, etc. siendo responsables de la infracción sus usuarios.
Artículo 17.- TRANSPORTE DE HORMIGON.
1. Queda prohibido el transporte de hormigón con vehículo hormigonera sin llevar cerrada la boca de descarga con un dispositivo que impida el vertido de hormigón en la vía pública.
2. Se prohíbe limpiar las hormigoneras en la vía pública.
3. Del incumplimiento de los apartados anteriores serán responsables el propietario y en su defecto el conductor del vehículo, quedando obligados a la limpieza del hormigón que se vierta, y de la vía pública afectada, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.
Artículo 18.- MANIPULACION DE MATERIAL RESIDUAL.
Se prohíbe la manipulación y selección de cualquier tipo de material residual depositado en la vía pública.
Artículo 19.- ELEMENTOS DEPOSITADOS EN PAPELERAS.
Se prohíbe rebuscar, hurgar y extraer elementos depositados en las papeleras y recipientes instalados en la vía pública.
Artículo 20.- LIMPIEZA DE TIENDAS Y ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES.
La limpieza de tiendas, puntos de venta, establecimientos comerciales, etc., efectuada por los particulares, se hará de acuerdo con lo dispuesto en la presente ordenanza y siempre con la precaución de no ensuciar la vía pública.
El titular de la actividad será responsable de ello.
Artículo 21.- PROHIBICIONES GENERALES EN LA VIA PÚBLICA.
Se prohíbe realizar en la vía pública los actos que se especifican a continuación:
a) Vaciar, verter y depositar cualquier clase de materiales residuales tanto en las calzadas como en las aceras.
b) Derramar en los mismos lugares cualquier tipo de agua sucia, excepto en la red de saneamiento.
c) El vertido, incluso en la red de saneamiento, de cualquier tipo de residuo industrial líquido, sólido o solidificable.
d) El abandono de animales muertos.
e) La limpieza de animales.
f) El lavado y reparación de vehículos.
g) Realizar cualquier acto que produzca suciedad o sea contrario a la limpieza y decoro de la vía pública.
Artículo 22.- ABANDONO DE MUEBLES Y ENSERES EN LA VIA PÚBLICA
1. Se prohíbe el abandono de muebles y enseres particulares en la vía pública, salvo los que estén en espera de ser retirados por el servicio especial de recogida de los mismos.
2. Será potestad de los servicios municipales la retirada sin previo aviso de todo objeto o material abandonado en la vía pública.
3. Los materiales retirados por los servicios municipales, serán trasladados, para su depósito o eliminación, a los lugares previstos a tal fin por la autoridad municipal.
4. El depósito o tratamiento de estos materiales se regirá, en todo momento, por la legislación vigente, y en lo no previsto por lo que disponga la autoridad municipal competente.
5. Los gastos ocasionados por la recogida, transporte y custodia de estos materiales, serán a cargo de sus propietarios o de los productores de los desechos.
CAPITULO IV
DE LA LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE LOS ELEMENTOS Y
PARTES EXTERIORES DE LOS INMUEBLES
Artículo 23.- OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS.
1. Los propietarios de inmuebles, o subsidiariamente, los titulares, están obligados a mantenerlos en las debidas condiciones de seguridad, salubridad, limpieza y ornato público.
2. A estos efectos, los propietarios deberán proceder a los trabajos de mantenimiento, limpieza, rebozado y estucado, cuando por motivos de ornato público sea necesario y lo ordene la autoridad municipal, previo informe de los servicios municipales competentes y tramitación del expediente correspondiente de orden de ejecución previsto en la legislación local y urbanística.
CAPITULO V
DE LA LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE URBANIZACIONES Y SOLARES DE PROPIEDAD PRIVADA
Artículo 24.- URBANIZACIONES DE DOMINIO Y USO PRIVADO.
1. Corresponde a los propietarios la limpieza a su costa de las aceras, pasajes, calzadas, plazas, etc. De las urbanizaciones de dominio y uso privado.
2. Será también obligación de los propietarios la limpieza de los patios interiores de manzana, los solares particulares.
3. La Municipalidad ejercerá el control e inspección del estado de limpieza de los elementos objeto de los apartados anteriores y podrá requerir a los responsables para su limpieza, de acuerdo con las instrucciones que al efecto dicten los servicios municipales.
Artículo 25.- SOLARES.
1. Los propietarios de solares y terrenos deberán mantenerlos libres de desechos y residuos, y en las debidas condiciones de salubridad, higiene, seguridad y ornato público.
2. La prescripción anterior incluye la exigencia de la desratización y desinfección de los solares y la eliminación de matorrales, zarzas, etc.
3. Los solares sin edificar deberán estar necesariamente cerrados.
Artículo 26.- TERRENOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL.
Los terrenos que en virtud del cumplimiento de la normativa urbanística o como consecuencia de cesiones voluntarias pasen a ser de titularidad municipal, serán objeto de limpieza y mantenimiento por el mismo desde la fecha de aceptación de la cesión.
CAPITULO VI
DE LA LIMPIEZA RESPECTO A LA TENENCIA DE ANIMALES EN LA VÍA PÚBLICA
Artículo 27.- TENENCIA DE ANIMALES DE COMPAÑÍA.
En lo relativo a la tenencia de animales de compañía se estará a lo establecido en la normativa aplicable reguladora de la tenencia, defensa y protección de los animales de compañía.
Artículo 28.- CONCURSOS Y EXPOSICIONES DE ANIMALES.
1. La celebración de fiestas tradicionales y otros actos públicos que requieran la participación de animales, así como los concursos, exposiciones, etc. de animales que se realicen en la vía pública, precisarán de autorización de la Alcaldía que podrá condicionar su concesión, a la prestación de una fianza que garantice la limpieza de la vía pública.
2. El personal dependiente del servicio de limpieza procederá a la recogida de los excrementos que los animales hubiera producido, dejando la zona en las debidas condiciones de limpieza.
Artículo 29.- ABANDONO DE CADAVERES.
Se prohíbe el abandono de cadáveres de animales de toda especie sobre cualquier clase de terrenos y su inhumación en terrenos de propiedad pública.
Cuando se encuentre un animal muerto inmediatamente se procederá a su enterramiento por parte de la Municipalidad. Posteriormente y con independencia de la sanción correspondiente, se le cargarán los gastos ocasionados al propietario.
Artículo 30.- OBLIGACIONES RESPECTO A ANIMALES MUERTOS.
Quienes observen la presencia de un animal muerto deberán comunicar tal circunstancia la Municipalidad, a fin de proceder a la retirada del cadáver en las condiciones higiénicas necesarias para tal operación.
Artículo 31.- ELIMINACION DE ANIMALES MUERTOS.
Los animales muertos se eliminarán de forma efectiva de acuerdo con la legislación vigente, mediante enterramiento en zanjas con cal viva.
Las zonas de enterramiento quedarán debidamente protegidas.
CAPITULO VIII
HORARIOS
Artículo 32.- HORARIOS.
1. El horario para sacudir prendas y alfombras y regar las plantas cumpliendo siempre lo dispuesto en artículos anteriores será desde las 22 horas de la noche, hasta las 9.00 de la mañana.
2. La limpieza de tiendas, puestos de venta, etc., se realizará de tal modo que no cause molestias a los pobladores.
3. La limpieza general de terrazas, veladores, etc., de establecimientos públicos, se realizará en el plazo de una hora, contada a partir de la hora de cierre del establecimiento, con independencia de que en todo momento se mantengan las debidas condiciones de limpieza e higiene y no se ocasionen molestias al vecindario.
TITULO III
LIMPIEZA DEL DISTRITO EN CUANTO AL USO COMUN ESPECIAL Y PRIVATIVO DE LAS MANIFESTACIONES PÚBLICAS EN LA CALLE
CAPITULO I
CONDICIONES GENERALES Y AMBITO DE APLICACION
Artículo 33.- AMBITO DE APLICACIÓN.
El presente título contempla las normas a seguir para mantener la limpieza del concejo en estos aspectos:
a) El uso común especial y el uso privativo de los bienes de dominio público municipal.
b) La prevención de la suciedad en el concejo que pudiera producirse como consecuencia de actividades en la vía pública y actuaciones publicitarias.
Artículo 34.- PUESTOS, QUIOSCOS EN LA VIA PUBLICA.
1. Quienes estén al frente de quioscos o puestos autorizados en la vía pública, bien aislados, están obligados a mantener limpio el espacio en que desarrollen su cometido y sus proximidades durante el horario en que realicen su actividad, y a dejarlo en el mismo estado, una vez finalizado éste.
2. La misma obligación incumbe a los dueños de todo establecimiento comercial que cuente con licencia de funcionamiento en cuanto a la superficie de vía o espacio libre público que se ocupe con mesas, sillas, etc., así como a la acera correspondiente a la longitud de su fachada.
La recogida de los residuos acumulados, así como el mantenimiento de las mismas, se efectuará por los titulares.
Artículo 35.- ACTOS PÚBLICOS EN ESPACIOS PÚBLICOS POR ORGANIZACIONES
PRIVADAS.
1. Los organizadores privados de un acto público en espacios de propiedad pública, serán los responsables de la suciedad derivada de tal acto en los mismos.
2. A efectos de la limpieza del concejo, los organizadores privados de actos públicos están obligados a informar al municipio del lugar, recorrido y horario de los mismos.
3. Si como consecuencia directa de un acto público se produjeran deterioros en la vía pública o en su mobiliario, serán de ello responsables sus organizadores o promotores, quienes deberán abonar los gastos de reposición, con independencia de las sanciones a que hubiera lugar.
Artículo 36.- CONCEPTO DE ROTULOS, CARTELES, PANCARTAS, PINTADAS, BANDEROLAS, PEGATINAS, OCTAVILLAS Y FOLLETOS.
A los efectos de la presente ordenanza, se entenderán:
1. Por «rótulos», los anuncios fijos o móviles realizados mediante pintura, o cualquier otro material destinado a conferirles una larga duración.
2. Por «carteles», los anuncios (impresos, pintadas o escritos) sobre papel u otro material de escasa consistencia; si son de formato reducido y distribución manual, los carteles tendrán la consideración de «octavillas».
3. Por «pancartas», los anuncios publicitarios de gran tamaño, situados ocasionalmente en la vía pública por un período no superior a quince días, coincidiendo con la celebración de un acto público.
4. Por «pintadas», las inscripciones manuales realizadas en la vía pública, sobre los muros o paredes de los inmuebles, o sobre cualquiera de los elementos estructurales o del mobiliario urbano.
5. Por «banderolas», los anuncios publicitarios de escaso tamaño y que, como colgantes, se suelen disponer sujetos a un elemento común que en la mayoría de los casos se apoya en partes de edificios o mobiliario urbano.
6. Por «pegatinas», los impresos dotados de material adhesivo en una de sus caras, que pueden aplicarse directamente en cualquier otro elemento sólido.
7. Por «octavillas y folletos», diversos, los fragmentos de papel o de material análogo que se entregan a los ciudadanos en la vía pública o que se difundan por motivo de cualquier manifestación pública o Privada.
Artículo 37.- AUTORIZACION MUNICIPAL.
La colocación de carteles, pancartas, banderolas, la distribución de octavillas y cualquier otra actividad publicitaria de las reguladas en el presente título, está sujeta a la previa autorización municipal.
Artículo 38.- LIMPIEZA DE ELEMENTOS.
1. La concesión de la autorización municipal para los elementos publicitarios definidos en el artículo 36, llevará implícita la obligación para el solicitante de limpiar los espacios dentro del plazo autorizado y todos los elementos publicitarios que se hubiesen utilizado y sus correspondientes accesorios.
2. Para la colocación o distribución en la vía pública de los elementos publicitarios señalados en artículo 36, la municipalidad podrá exigir la constitución de fianza por la cuantía correspondiente a los costes previsibles de limpiar o retirar de la vía pública los elementos que pudieran causar suciedad.
CAPITULO II
COLOCACION DE CARTELES, PANCARTAS, BANDEROLAS
O PEGATINAS EN LA VIA PÚBLICA
Artículo 39.- ACTIVIDAD PUBLICITARIA.
1. Se prohíbe la colocación de carteles o pegatinas en los contenedores de basura, así como fuera de los lugares que expresamente sean autorizados por la Municipalidad.
En el caso de que se produjera ésta, los gastos de limpieza serán cargados a la empresa o entidad responsable, independientemente de las sanciones a las que diera lugar.
2. Se prohíbe toda clase de actividad publicitaria de las reguladas en el presente título en los edificios calificados como histórico-artísticos, y en los asimilables.
Se exceptuarán las pancartas o rótulos que hagan referencia a las actividades que tengan lugar en los inmuebles, o se refieran a obras de conservación, reforma o rehabilitación de los mismos.
Artículo 40.- CONDICIONES DE COLOCACION DE PUBLICIDAD.
La colocación de publicidad en los lugares que sean autorizados por la Municipalidad, deberá cumplir las siguientes condiciones:
a) Que la publicidad ajena al acto o actividad objeto del cartel no ocupe más de un veinte por ciento de su superficie.
b) No podrá iniciarse la colocación de publicidad sin obtener previamente la autorización municipal correspondiente.
Los infractores podrán ser sancionados.
Artículo 41.- AUTORIZACION MUNICIPAL PARA COLOCACION DE PANCARTAS Y BANDEROLAS.
1. La colocación de pancartas y banderolas en la vía pública solamente se autorizará:
a) En período de elecciones políticas.
b) En otras situaciones expresamente autorizadas por la Alcaldía.
2. La Alcaldía regulará en cada caso las condiciones en que podrán utilizarse los espacios que a tal fin destine la Municipalidad y la tramitación necesaria para solucionar la correspondiente autorización.
3. Las pancartas y banderolas solamente podrán contener la propaganda objeto de la correspondiente solicitud de autorización, sin incluir ninguna otra clase de publicidad que ocupe más del veinte por ciento de su superficie.
4. Se prohíbe la colocación de pancartas y banderolas sujetas a los árboles en cualquiera de sus elementos.
5. La solicitud de autorización para la colocación de pancartas o banderolas, deberá incluir:
a) El contenido y dimensiones de las pancartas o banderolas.
b) Los lugares donde se pretenden instalar.
c) El tiempo que permanecerán instaladas.
d) El compromiso del responsable de retirarlas y de reparar los desperfectos causados en la vía pública o a sus elementos estructurales y de indemnizar los daños de cualquier naturaleza y perjuicios que pudieran haberse ocasionado como consecuencia de su colocación.
e) Seguro de responsabilidad civil para los daños de cualquier naturaleza que pudieran causar.
Artículo 42.- PANCARTAS Y BANDEROLAS EN ELEMENTOS ESTRUCTURALES DE LA VIA PÚBLICA.
Las pancartas o banderolas sujetas a los elementos estructurales de la vía pública, deberán cumplir las siguientes condiciones:
a) Las pancartas no podrán sujetarse al alumbrado público, semáforos y señales de tráfico.
b) Las banderolas sujetas al alumbrado público, la sujeción se realizará única y exclusivamente en un solo punto de la misma.
Sólo se permite la colocación de banderolas en los báculos y columnas de alumbrado, quedando excluidas las farolas de tipo artístico.
Por necesidades del servicio se podrá efectuar su desmontaje.
La colocación de estas banderolas deberá tener autorización de la empresa conservadora.
c) Las pancartas deberán tener una superficie perforada suficiente para poder aminorar el efecto del viento y, en todo caso, esta superficie perforada no será inferior al 25% de la superficie de las mismas.
d) En cualquier caso, la altura mínima de colocación, medida en el punto más bajo, será de 5 m. cuando se atraviese la calzada y de 3 m. en aceras, paseos y otras zonas peatonales.
Artículo 43.- RETIRADA DE PANCARTAS Y BANDEROLAS.
1. Las pancartas y banderolas deberán ser retiradas por los responsables de su colocación tan pronto como haya caducado el plazo para el que fueron autorizadas.
De no hacerlo así, serán retiradas por los servicios municipales, imputándose a los responsables los costes correspondientes al servicio prestado, sin perjuicio de la imposición de las sanciones a que hubiera lugar.
2. La colocación de pancartas y banderolas en la vía pública sin autorización, dará lugar a la retirada inmediata por parte municipal con la imposición de sanciones y cargo de los gastos ocasionados a los responsables por la autoridad municipal.
CAPITULO III
PINTADAS
Artículo 44.- PINTADAS EN LA VIA PÚBLICA.
1. Se prohíbe toda clase de pintadas en la vía pública tanto sobre sus elementos estructurales, calzadas, aceras y mobiliario urbano como sobre los muros, paredes, monumentos y cualquier elemento externo del Distrito.
2. Serán excepción, en relación con el apartado 1 anterior:
a) Las pintadas murales de carácter artístico realizadas sobre las vallas de los solares, cierres de obra, paredes medianeras vistas y elementos con carácter provisional, previa autorización de la Alcaldía.
b) En cualquier momento, a través de los servicios municipales correspondientes, La Municipalidad podrá proceder al borrado o eliminación de las pintadas.
CAPITULO IV
DISTRIBUCION DE OCTAVILLAS O SIMILARES
Artículo 45.- DISTRIBUCION DE OCTAVILLAS O SIMILARES.
1. Se prohíbe esparcir, pegar y tirar sobre la vía pública toda clase de octavillas o materiales similares.
Se exceptuará la distribución «de mano en mano», previa autorización municipal.
2. Los servicios municipales correspondientes procederán a limpiar la parte del espacio urbano que se hubiera visto afectado por la distribución o dispersión de octavillas o folletos, imputando a los responsables el coste de los servicios extraordinarios prestados, sin perjuicio de la imposición de las sanciones que correspondan.
3. Tendrá la consideración de acto independiente a efecto de sanción cada actuación separada en el tiempo o en el espacio, contraria a lo establecido en los apartados anteriores, siendo responsables de la infracción aquellas personas físicas o jurídicas que promuevan o gestionen la publicidad y, en su defecto, y salvo prueba de lo contrario, aquéllas en cuyo favor se haga la misma.
4. Quedarán dispensados aquellos actos de especial significación ciudadana que posean autorización Municipal, debiendo depositarse previamente una fianza, la cual servirá para pagar los gastos de limpieza que se originen, en caso de que la misma tenga que ejecutarse por los servicios municipales.
TITULO IV
DE LA RECOGIDA DE BASURAS Y RESIDUOS DOMICILIARIOS
CAPITULO I
BASURAS Y RESIDUOS DOMICILIARIOS
Artículo 46.- CONCEPTO DE BASURAS Y RESIDUOS DOMICILIARIOS.
Se entiende por basuras y residuos domiciliarios los que proceden de la normal actividad doméstica, así como los producidos en establecimientos que por su naturaleza y volumen son asimilables a los anteriores.
Artículo 47.- EVACUACION DE RESIDUOS DOMICILIARIOS.
Se considera de carácter general y obligatorio por parte del Municipio la recogida de basuras y residuos domiciliarios. A tal efecto los ciudadanos evacuarán de sus domicilios dichos residuos en bolsas de plástico, depositándolas en los contenedores o lugares específicos dictados por la Municipalidad para tal fin.
Artículo 48.- HORARIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS DOMICILIARIOS.
La recogida de basuras y residuos domiciliarios se efectuará en las horas que la Municipalidad lo determine. Todo cambio de horario se hará público con antelación suficiente.
TITULO V
DEL LIBRAMIENTO Y VERTIDO DE TIERRAS Y ESCOMBROS
CAPITULO I
Artículo 49.- VERTIDO DE TIERRAS Y ESCOMBROS
El libramiento de tierras y escombros, por parte de los ciudadanos, podrá estimarse en los lugares habilitados por la Municipalidad, cuando se trate de pequeñas cantidades procedentes de pequeñas obras domésticas.
En el caso de industriales deberán efectuarlo en aquellos lugares donde posean licencia de relleno, tales como antiguos areneros, canteras, etc., y siempre según las condiciones establecidas en la licencia.
En el caso de que deseen efectuarlo en los lugares habilitados por el Municipio, deberán abonar las cantidades establecidas por la correspondiente autorización prevista.
CAPITULO II
DEL TRANSPORTE DE TIERRAS Y ESCOMBROS
Artículo 50.- TRANSPORTE DE TIERRAS Y ESCOMBROS.
1. El transporte de tierras y escombros por las vías urbanas deberá realizarse de acuerdo con los horarios e itinerarios fijados al efecto por la Municipalidad.
2. Lo dispuesto en la presente ordenanza se entiende sin perjuicio del cumplimiento de la restante normativa que sea de aplicación.
Artículo 51.- VEHÍCULOS PARA EL TRANSPORTE DE TIERRAS Y ESCOMBROS.
1. Los vehículos en que se efectúe el transporte de tierras y escombros reunirán las debidas condiciones para evitar el vertido de su contenido sobre la vía pública y tendrán un límite máximo en cuanto al peso de 10 t. en las calles peatonales.
2. En la carga de vehículos se adoptarán las precauciones necesarias para impedir que se ensucie la vía pública debiendo, entre otras cosas, lavar los bajos y ruedas de los vehículos antes de salir de las obras, cuando sea necesario.
3. No se permite, que los materiales transportados sobrepasen los extremos superiores de la caja del camión o del contenedor.
No se permite tampoco la utilización de suplementos adicionales no autorizados para aumentar las dimensiones o la capacidad de carga de los vehículos y contenedores.
4. Los materiales transportados deberán ser cubiertos o protegidos de modo que no se desprenda polvo, ni se produzcan vertidos de materiales residuales.
Artículo 52.- OBLIGACIONES DE LOS TRANSPORTISTAS DE TIERRAS Y ESCOMBROS.
1. Los transportistas de tierras y escombros están obligados a proceder a la limpieza inmediata del tramo de vía afectada, en el supuesto de que la vía pública se ensuciase a consecuencia de las operaciones de carga y transporte y a la reparación de los daños causados en las calles.
2. También quedan obligados a retirar las tierras y escombros vertidos en lugares no autorizados.
3. Los servicios municipales podrán proceder a la limpieza y reparación de la vía pública afectada y a la retirada de los materiales vertidos a que hacen referencia los apartados 1 y 2 anteriores, siendo imputados a los responsables los gastos que de ello se deriven y sin perjuicio de la sanción que corresponda.
4. En cuanto a lo dispuesto en el apartado 3 anterior, serán responsables solidarios los empresarios y promotores de las obras y trabajos que hayan originado el transporte de tierras y escombros.
5. La responsabilidad sobre el destino último de las tierras y escombros finaliza en el momento en que estos materiales sean recibidos descargados en los emplazamientos autorizados al efecto por los servicios municipales.
TITULO VI
DEL REGIMEN DISCIPLINARIO
CAPITULO I
NORMAS GENERALES
Artículo 53.- DENUNCIAS.
1. Toda persona natural o jurídica podrá denunciar ante la Municipalidad las infracciones de la presente ordenanza en relación con las materias a que se refiere.
2. El escrito de denuncia deberá contener junto a los requisitos exigidos por la normativa general para las instancias a la Administración, los datos precisos para facilitar a los servicios municipales la correspondiente comprobación.
3. En los casos de reconocida urgencia podrá recurrirse de forma directa a los servicios municipales que tengan encomendada la atención de estos supuestos, los cuales, previa comprobación inmediata, adoptarán las medidas de emergencia necesarias.
4. El denunciante sujeto a la responsabilidad en que pudiera incurrir cuando actúe con temeridad o mala fe, siendo de su cargo los gastos que en tales supuestos se originen.
5. Las denuncias formuladas por los particulares darán lugar a la incoación del oportuno expediente, notificándose a los interesados las resoluciones que se adopten.
Artículo 54.- RESPONSABILIDADES.
1. Las responsabilidades derivadas del incumplimiento de las obligaciones señaladas en esta ordenanza serán exigibles no sólo por los actos propios, sino también por los de aquellas personas de quien se deba responder y por el proceder de los animales de los que se fuese propietario.
2. Cuando se trate de obligaciones colectivas, tales como uso, conservación y limpieza de recipientes normalizados, limpieza de zonas comunes, etc. la responsabilidad será atribuida a la respectiva comunidad de propietarios o habitantes del inmueble cuando no esté constituida aquélla y al efecto las denuncias se formarán contra la misma o, en su caso, la persona que ostente su representación.
CAPITULO II
INFRACCIONES
Artículo 55.- INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS.
1. Se considerarán infracciones administrativas en relación con las materias a que se refiere esta ordenanza los actos u omisiones que contravengan lo establecido en las normas que integren su contenido.
2. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, conforme se establece en los artículos siguientes.
Artículo 56.- TIPOLOGIA DE LAS INFRACCIONES.
1. Se considerarán infracciones leves:
a) La falta de limpieza de las calles particulares u otros espacios libres del mismo carácter.
b) Arrojar desperdicios en la vía pública, así como realizar las operaciones prohibidas en el art. 11.
c) La falta de limpieza en la vía pública, en los supuestos del art. 34.
d) No mantener en constante estado de limpieza las diferentes partes de los inmuebles quesean visibles desde la vía pública.
e) Dejar en la vía pública residuos procedentes de la limpieza de escaparates, puertas o toldos de establecimientos comerciales.
f) Rasgar, o ensuciar carteles o anuncios colocados en los lugares o emplazamientos autorizados.
g) En relación con recipientes herméticos y cubos normalizados, la falta de cuidado de los mismos, colocarlos en la vía pública o retirarlos fuera del tiempo establecido, utilizar otros distintos a los autorizados, sacar basuras que lo desborden y no colocarlos al paso del camión colector.
h) Presentar las escorias y cenizas de los generadores de calor en recipientes no homologados.
i) Cualesquiera otros incumplimientos establecidos por esta ordenanza, que no se encuentren incluidos en los apartados 2 y 3 siguientes.
2. Se consideran infracciones graves:
a) La reincidencia en infracciones leves.
b) Cambiar el aceite y otros líquidos a los vehículos en la vía y espacios libres públicos.
c) Realizar actos de propaganda mediante el reparto o lanzamiento de carteles, folletos, hojas sueltas, etc., que ensucien los espacios públicos.
d) Omitir las operaciones de limpieza después de la carga de vehículos.
e) No retirar en el plazo establecido los escombros procedentes de obras en la vía pública, así como almacenar en los mismos escombros o materiales de construcción sin utilizar contenedores, o colocar éstos con incumplimiento de lo establecido en las ordenanzas municipales.
f) Colocar carteles en lugares no permitidos y realizar inscripciones o pintadas.
g) Usar indebidamente o dañar los recipientes herméticos suministrados por el Municipio.
h) Abandonar muebles o enseres en la vía pública o espacios públicos.
i) Abandonar cadáveres de animales o proceder a su inhumación en terrenos de dominio público.
j) Colocar los residuos clínicos en recipientes no normalizados o no realizar separación entre los residuos procedentes de quirófanos, curas, etc., y los procedentes de comedores, bares, etc.
k) Lo contemplado en el art. 11.3 de la presente ordenanza.
3. Se considerarán infracciones muy graves:
a) Reincidencia en faltas graves.
b) Dedicarse a la recogida, transporte o aprovechamiento de residuos sin la debida autorización o entregarlos a quien no tenga tal autorización.
c) Carecer del libro registro de residuos industriales, así como el vertido incontrolado de éstos.
d) No proporcionar información al Municipio sobre el origen, cantidad y características de los residuos que puedan producir trastorno en el transporte o tratamiento, así como proporcionar datos falsos o impedir y obstruir la labor inspectora en los supuestos de residuos industriales.
e) Incumplir las obligaciones establecidas en el artículo 17.
CAPITULO III
SANCIONES
Artículo 57.- SANCIONES
1. Sin perjuicio de exigir, cuando proceda, las responsabilidades de carácter penal o civil correspondientes, las infracciones a los preceptos de esta ordenanza, en materia de limpieza urbana y residuos sólidos, serán sancionadas en la forma siguiente:
a) Infracciones leves: Multa de hasta 5 % de la UIT.
b) Infracciones graves: Multa de hasta 15% de la UIT.
c) Infracciones muy graves: Multa de hasta 30 % de la UIT.
POR LO TANTO:
Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
20 marzo 2010
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO
En los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO, PROFINANZAS S.A.A. contra CANCHO RIVERA BENITO REYMUNDO y ROSALES RAMOS YOLANDA LUCIA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, en el Expediente N° 539-2007, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe y Especialista Legal Dr. Miguel Yalan Ahedo, quien ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente inmueble ubicado en Centro Poblado Acolla Primer Cuartel Mz. E2 Lote 2, departamento Junín, provincia de Jauja, distrito de Acolla, inscrito en la Partida Electrónica N° P16047908 del Registro de Propiedad Inmueble de Junín VALOR DE TASACIÓN: US$ 23,847.00 (veintitrés mil ochocientos cuarenta y siete y 00/100 dólares americanos) BASE DEL REMATE: US$ 15,898.00 (quince mil ochocientos noventa y ocho y 00/100 dólares americanos) que corresponde a las 2/3 partes del valor de la tasación. GRAVÁMENES: HIPOTECA otorgada por Benito Reymundo Cancho Rivera y cónyuge Yolanda Lucia Rosales Ramos constituyen primera y referente hipoteca por la suma de US$ 23,847.00 (veintitrés mil ochocientos cuarenta y siete y 00/100 dólares americanos) a favor de los ejecutantes. DIA Y HORA DEL REMATE: 07 de Abril del 2010, a la 1:00 p.m. LUGAR DE REMATE: En el Primer Juzgado Civil de Cañete en la sede de la Corte Superior de Cañete ubicada en Panamericana Sur Km. 144, distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima. LOS POSTORES: oblarán el 10% del valor de tasación del inmueble y presentarán Tasa de Postor Judicial respectiva por cada inmueble (con copia del Arancel y del DNI o RUC) suscribiendo dicho arancel con número de expediente y generales de ley. LOS HONORARIOS del Martillero Público por cuenta del adjudicatario y de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil en los rangos y tramos arancelarios dispuestos por el D.S. N° 008-2005-JUS. Marco Antonio Urbina Chumpitassi Abogado – Martillero Público Registro N° 196- Teléfono 2222516.
Cañete, 11 de Enero del 2010.
Marco Antonio Urbina Chumpitassi
Abogado – Martillero Público - Reg. O.R.I.C. 196
Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 15 al 20 de Marzo.
EDICTO PENAL
EXP.2010-0071.- EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE.-Juez ZAVALETA; ordeno NOTIFICAR al imputado NESTOR RICARDO FERIA FERIA (se desconoce su domicilio); mediante RESOLUCIÓN N°02, comunicando la Admisibilidad de solicitud de Constitución de Actor Civil presentada por el Procurador Publico de la Municipalidad Provincial de Cañete, en la investigación preparatoria, por el Delito: Contra la Fé Pública-Uso de Documento Público Falso; le corre traslado por el plazo de tres días a fin de que formule sus pretensiones de Ley (oposición a la solicitud incoada), caso contrario se resuelve mediante acto debidamente motivado, NOTIFIQUESE al acusado mediante EDICTOS a fin de que designe abogado defensor y señale domicilio procesal en el radio urbano de esta ciudad, bajo apercibimiento de designarle uno de oficio. Fdo.Juez: Zavaleta. Cañete, 26.02.2010.
18, 19 y 20 de Marzo
EDICTO DE FAMILIA
EXP.2009-0525.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez POLANCO; ha ordenado publicar la RESOLUCION N° 11, de fecha 03-03-2010; SE DISPONE: SEÑALAR AUDIENCIA UNICA el 29 de abril del 2010 a las 08.15 am, con citación de las partes; NOTIFICAR a la agraviada HEGGAI MACNADEBAIL GAVILAN VIVANCO con la presente resolución, mediante EDICTOS.- Fdo.Secretaria: Claudio. Cañete, 16.03.2010.
18, 19 y 20 de Marzo
EDICTOS PENALES
LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente MARTINEZ, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2002-0538, a MANUEL ALEJANDRO GRANDA ALEGRE, para INSTRUCTIVA, Delito: PECULADO DOLOSO, en Agravio del Estado Peruano; día 27-03-2010 a horas 09.30 am, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz. Cañete, 08.03.2010.
Secretario: Miranda.
EXP.-2007-0169, a ROSITA AYLLON DE NAVARRO y ESCRIBA CASAVILCA TEODOR CAMILO, para INSTRUCTIVA, Delito: PECULADO en Agravio del Estado Peruano; día 06-04-2010 hora 09.30 am, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz. Cañete, 08.03.2010.
Secretario: Miranda.
18, 19 y 20 de Marzo
PRESCRIPCION ADQUISITIVA VEHICULAR
Expediente 2010-005; Juzgado Especializado Civil de Cañete, el señor Juez ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION NUMERO UNO.- Cañete, 15 de Enero del 2010. AUTOS Y VISTOS: ADMITASE a trámite la demanda interpuesta por REMIGIO SATURNINO CAÑARIS BASTIDAS Y VILMA QUILCA LLANOS contra la Sucesión de CONSUELO CESPEDES MARTEL DE ARCAYO sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE VEHICULO: Placa de Rodaje N° RE-2125, camioneta rural, marca Toyota, modelo HIACE DX, Año de Fabricación 1990, carrocería Metropolitana, color blanco, motor 3L-2288669, número de serie LH113-0012497; en vía de proceso ABREVIADO; TRASLADO a la Sucesión Demandada por el plazo especial de TREINTA DIAS, para que los habilitados para contradecir, se apersonen al proceso y hagan valer su derecho; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. NOTIFIQUESE POR EDICTOS, publicándose el extracto de la demanda por tres veces, con intervalo de tres días.- Una rúbrica Dr. Jacinto Cama – Juez; Fdo. Dr. Luis Melgarejo – Secretario.
Cañete, 15 de Enero del 2010.
Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
16, 20 y 25 de Marzo.
EDICTOS PENALES
LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente MARTINEZ, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2007-0284, a BRIAN MANUEL ESCOBAR LIZARME, JAVIER RUBEN SANTOS QUIROZ, ALVARO IGNACIO LIZARME CARLOS y ALEXANDER GABRIEL CAMPUSANO LIZARME para INSTRUCTIVA, Delito: Contra El Patrimonio-Robo Agravado, Agraviado: Aladino Anthony Huaman Cunas. Cañete, 15.03.2010.
Secretario: Miranda.
20, 22 y 23 de Marzo
EDICTO PENAL
EXP.2009-0085.-EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA.-Juez CHIPANA; ordenó publicar lo siguiente, RESUELVE: DESESTIMAR la denuncia formulada por CLAUDIO ADELINO GARCIA ANGULO contra ADAN LOAYZA REVILLA por faltas contra la persona – lesiones dolosas, en consecuencia y/o ejecutoriada sea esta resolución ARCHIVESE los actuados. Resolución N°09 de fecha 09-03-2010. Fdo.Secretraria: Medina. Asia, 09.03.2010.
20, 22 y 23 de Marzo
ASOCIACION DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES DEL MERCADILLO DE SAN VICENTE - CAÑETE
CITACIÓN
La Asociación de Trabajadores Independientes del Mercadillo de San Vicente – Cañete
Por acuerdo de la última Asamblea se cita con carácter de urgencia a la ASAMBLEA EXTRAORDINARIA para el Jueves 25 de Marzo del 2010, Primera Citación: 5:00 p.m., Segunda Citación: 5:30 p.m. en el local Diógenes – Urb. San José Mz. J Lote 22 para tratar la siguiente Agenda:
1.- Exclusión de socios por ir en contra de los Acuerdos y Normas Estatutarias faltando al Artículo 22 inciso G de los Estatutos, pertenecer a otra Asociación con los mismos fines.
2.- Título de propiedad para socios activos
3.- Balance periodo 2009 – 2010, de la Comisión de la Virgen de la Candelaria y Nombramiento de la nueva Comisión.
San Vicente 20 de Marzo del 2010.
La Directiva
Publicar: 20, 22 y 24 de Marzo.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COAYLLO
SESION DE CONCEJO ORDINARIA
El Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Coayllo, cita a los señores regidores a la Sesión de Concejo Ordinaria a realizarse el día 24 de Marzo del año 2010, en el despacho de Alcaldía, cuya agenda a tratar es:
1.- Acciones realizadas desde el 22 de Febrero.
2.- Programa del Vaso de Leche,
3.- Otros.
PRIMERA CITACION: 09:00 a.m.
SEGUNDA CITACION: 09:20 a.m.
Coayllo, 20 de Marzo del 2010.
Lic. Adm. Jaime Vega Ortíz
Alcalde
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
Cañete – Lima – Perú
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que ante la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, han solicitado apertura del pliego Matrimonial, don BRIAN DAVID JURKA, de 28 años, identificado con Carné de Extranjería N° 000479741, natural de Pensylvania, nacionalidad americano, estado civil soltero, domiciliado en Calle Rivera del Mar s/n – Cerro Azul, ocupación Ingeniero, hijo de don Valdis Jurka y doña Donna Marie Bixby, y doña OLGA CUBAS URIZAR GARFIAS de 32 años, identificada con DNI 18212299, natural de Lima – Lima, nacionalidad peruana, estado civil soltera, domiciliada en Calle Rivera del Mar s/n – Cerro Azul, ocupación independiente, hija de don Juan Miguel Cubas Vásquez y doña Olga Nely Urizar Garfias. Pretendiendo contraer Matrimonio Civil en este Municipio. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlas dentro del término de ocho días conforme a ley. Cerro Azul, 19 de Marzo del 2010.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARÍA «CAMACHO GALVEZ»
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi N° 324, de San Vicente – Cañete, se presentó don ORLANDO COSME NAVARRO MONTERO, quien solicita se RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO inscrito en la Municipalidad Metropolitana de Lima, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos de la Madre del titular de la Partida de Nacimiento: Dice: ELIA MONTERO.- Debe decir: MARIA ELIA MONTERO DE LA COLINA.- Datos del titular de la Partida de Nacimiento: Dice: ORLANDO COSME.- Debe decir: ORLANDO COSME NAVARRO MONTERO. Lo que comunico para los fines de ley. Cañete, 18 de Marzo del 2010.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
PUBLICACIÓN
Ante esta Notaría, sito en la Plaza Constitución N° 120 de la ciudad y provincia de Yauyos, Lima, se presentó ZORAIDA CRISTINA RIOS ESCALANTE VIUDA DE ZAVALA, solicitando se declare la SUCESIÓN INTESTADA de PAULINA NATIVIDAD ESCALANTE RAVICHAGUA, fallecida en su último domicilio la ciudad y provincia de Yauyos, departamento de Lima, el 13 de Julio de 1991. Yauyos, 25 de Febrero del 2010.
S. César Ramos Ramos
Abogado – Notario Público - Registro N° 6 Colegio de Notarios del Callao
PUBLICACIÓN
En mi oficio notarial, sito en Plaza Constitución 120 de la ciudad de Yauyos, se presentó FELIX AMADOR BOBADILLA FABIAN, solicitando se RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO donde dice: AMADOR BOBADILLA, debe decir LEONCIO AMADOR BOBADILLA CABRERA, y de su madre donde dice ISABEL FABIAN, debe decir ISABEL BERTILIA FABIAN TACSA; asimismo solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE MATRIMONIO, de su padre donde dice AMADOR BOBADILLA CABRERA debe decir LEONCIO AMADOR BOBADILLA CABRERA y donde dice doña ISABEL FABIAN TACSA debe decir ISABEL BERTILIA FABIAN TACSA; y en la PARTIDA DE DEFUNCIÓN de su padre donde dice AMADOR BOBADILLA CABRERA, debe decir LEONCIO AMADOR BOBADILLA CABRERA, y donde dice CASADO CON BOBADILLA FABIAN ISABEL; debe decir CASADO CON FABIAN TACSA, ISABEL BERTILIA. Lo que se publica para los fines de ley.
Yauyos, 15 de Marzo del 2010.
S. César Ramos Ramos
Abogado – Notario Público - Registro N° 6 Colegio de Notarios del Callao
En los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO, PROFINANZAS S.A.A. contra CANCHO RIVERA BENITO REYMUNDO y ROSALES RAMOS YOLANDA LUCIA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, en el Expediente N° 539-2007, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe y Especialista Legal Dr. Miguel Yalan Ahedo, quien ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente inmueble ubicado en Centro Poblado Acolla Primer Cuartel Mz. E2 Lote 2, departamento Junín, provincia de Jauja, distrito de Acolla, inscrito en la Partida Electrónica N° P16047908 del Registro de Propiedad Inmueble de Junín VALOR DE TASACIÓN: US$ 23,847.00 (veintitrés mil ochocientos cuarenta y siete y 00/100 dólares americanos) BASE DEL REMATE: US$ 15,898.00 (quince mil ochocientos noventa y ocho y 00/100 dólares americanos) que corresponde a las 2/3 partes del valor de la tasación. GRAVÁMENES: HIPOTECA otorgada por Benito Reymundo Cancho Rivera y cónyuge Yolanda Lucia Rosales Ramos constituyen primera y referente hipoteca por la suma de US$ 23,847.00 (veintitrés mil ochocientos cuarenta y siete y 00/100 dólares americanos) a favor de los ejecutantes. DIA Y HORA DEL REMATE: 07 de Abril del 2010, a la 1:00 p.m. LUGAR DE REMATE: En el Primer Juzgado Civil de Cañete en la sede de la Corte Superior de Cañete ubicada en Panamericana Sur Km. 144, distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima. LOS POSTORES: oblarán el 10% del valor de tasación del inmueble y presentarán Tasa de Postor Judicial respectiva por cada inmueble (con copia del Arancel y del DNI o RUC) suscribiendo dicho arancel con número de expediente y generales de ley. LOS HONORARIOS del Martillero Público por cuenta del adjudicatario y de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil en los rangos y tramos arancelarios dispuestos por el D.S. N° 008-2005-JUS. Marco Antonio Urbina Chumpitassi Abogado – Martillero Público Registro N° 196- Teléfono 2222516.
Cañete, 11 de Enero del 2010.
Marco Antonio Urbina Chumpitassi
Abogado – Martillero Público - Reg. O.R.I.C. 196
Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 15 al 20 de Marzo.
EDICTO PENAL
EXP.2010-0071.- EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE.-Juez ZAVALETA; ordeno NOTIFICAR al imputado NESTOR RICARDO FERIA FERIA (se desconoce su domicilio); mediante RESOLUCIÓN N°02, comunicando la Admisibilidad de solicitud de Constitución de Actor Civil presentada por el Procurador Publico de la Municipalidad Provincial de Cañete, en la investigación preparatoria, por el Delito: Contra la Fé Pública-Uso de Documento Público Falso; le corre traslado por el plazo de tres días a fin de que formule sus pretensiones de Ley (oposición a la solicitud incoada), caso contrario se resuelve mediante acto debidamente motivado, NOTIFIQUESE al acusado mediante EDICTOS a fin de que designe abogado defensor y señale domicilio procesal en el radio urbano de esta ciudad, bajo apercibimiento de designarle uno de oficio. Fdo.Juez: Zavaleta. Cañete, 26.02.2010.
18, 19 y 20 de Marzo
EDICTO DE FAMILIA
EXP.2009-0525.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez POLANCO; ha ordenado publicar la RESOLUCION N° 11, de fecha 03-03-2010; SE DISPONE: SEÑALAR AUDIENCIA UNICA el 29 de abril del 2010 a las 08.15 am, con citación de las partes; NOTIFICAR a la agraviada HEGGAI MACNADEBAIL GAVILAN VIVANCO con la presente resolución, mediante EDICTOS.- Fdo.Secretaria: Claudio. Cañete, 16.03.2010.
18, 19 y 20 de Marzo
EDICTOS PENALES
LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente MARTINEZ, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2002-0538, a MANUEL ALEJANDRO GRANDA ALEGRE, para INSTRUCTIVA, Delito: PECULADO DOLOSO, en Agravio del Estado Peruano; día 27-03-2010 a horas 09.30 am, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz. Cañete, 08.03.2010.
Secretario: Miranda.
EXP.-2007-0169, a ROSITA AYLLON DE NAVARRO y ESCRIBA CASAVILCA TEODOR CAMILO, para INSTRUCTIVA, Delito: PECULADO en Agravio del Estado Peruano; día 06-04-2010 hora 09.30 am, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz. Cañete, 08.03.2010.
Secretario: Miranda.
18, 19 y 20 de Marzo
PRESCRIPCION ADQUISITIVA VEHICULAR
Expediente 2010-005; Juzgado Especializado Civil de Cañete, el señor Juez ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION NUMERO UNO.- Cañete, 15 de Enero del 2010. AUTOS Y VISTOS: ADMITASE a trámite la demanda interpuesta por REMIGIO SATURNINO CAÑARIS BASTIDAS Y VILMA QUILCA LLANOS contra la Sucesión de CONSUELO CESPEDES MARTEL DE ARCAYO sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE VEHICULO: Placa de Rodaje N° RE-2125, camioneta rural, marca Toyota, modelo HIACE DX, Año de Fabricación 1990, carrocería Metropolitana, color blanco, motor 3L-2288669, número de serie LH113-0012497; en vía de proceso ABREVIADO; TRASLADO a la Sucesión Demandada por el plazo especial de TREINTA DIAS, para que los habilitados para contradecir, se apersonen al proceso y hagan valer su derecho; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. NOTIFIQUESE POR EDICTOS, publicándose el extracto de la demanda por tres veces, con intervalo de tres días.- Una rúbrica Dr. Jacinto Cama – Juez; Fdo. Dr. Luis Melgarejo – Secretario.
Cañete, 15 de Enero del 2010.
Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
16, 20 y 25 de Marzo.
EDICTOS PENALES
LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente MARTINEZ, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2007-0284, a BRIAN MANUEL ESCOBAR LIZARME, JAVIER RUBEN SANTOS QUIROZ, ALVARO IGNACIO LIZARME CARLOS y ALEXANDER GABRIEL CAMPUSANO LIZARME para INSTRUCTIVA, Delito: Contra El Patrimonio-Robo Agravado, Agraviado: Aladino Anthony Huaman Cunas. Cañete, 15.03.2010.
Secretario: Miranda.
20, 22 y 23 de Marzo
EDICTO PENAL
EXP.2009-0085.-EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA.-Juez CHIPANA; ordenó publicar lo siguiente, RESUELVE: DESESTIMAR la denuncia formulada por CLAUDIO ADELINO GARCIA ANGULO contra ADAN LOAYZA REVILLA por faltas contra la persona – lesiones dolosas, en consecuencia y/o ejecutoriada sea esta resolución ARCHIVESE los actuados. Resolución N°09 de fecha 09-03-2010. Fdo.Secretraria: Medina. Asia, 09.03.2010.
20, 22 y 23 de Marzo
ASOCIACION DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES DEL MERCADILLO DE SAN VICENTE - CAÑETE
CITACIÓN
La Asociación de Trabajadores Independientes del Mercadillo de San Vicente – Cañete
Por acuerdo de la última Asamblea se cita con carácter de urgencia a la ASAMBLEA EXTRAORDINARIA para el Jueves 25 de Marzo del 2010, Primera Citación: 5:00 p.m., Segunda Citación: 5:30 p.m. en el local Diógenes – Urb. San José Mz. J Lote 22 para tratar la siguiente Agenda:
1.- Exclusión de socios por ir en contra de los Acuerdos y Normas Estatutarias faltando al Artículo 22 inciso G de los Estatutos, pertenecer a otra Asociación con los mismos fines.
2.- Título de propiedad para socios activos
3.- Balance periodo 2009 – 2010, de la Comisión de la Virgen de la Candelaria y Nombramiento de la nueva Comisión.
San Vicente 20 de Marzo del 2010.
La Directiva
Publicar: 20, 22 y 24 de Marzo.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COAYLLO
SESION DE CONCEJO ORDINARIA
El Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Coayllo, cita a los señores regidores a la Sesión de Concejo Ordinaria a realizarse el día 24 de Marzo del año 2010, en el despacho de Alcaldía, cuya agenda a tratar es:
1.- Acciones realizadas desde el 22 de Febrero.
2.- Programa del Vaso de Leche,
3.- Otros.
PRIMERA CITACION: 09:00 a.m.
SEGUNDA CITACION: 09:20 a.m.
Coayllo, 20 de Marzo del 2010.
Lic. Adm. Jaime Vega Ortíz
Alcalde
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
Cañete – Lima – Perú
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que ante la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, han solicitado apertura del pliego Matrimonial, don BRIAN DAVID JURKA, de 28 años, identificado con Carné de Extranjería N° 000479741, natural de Pensylvania, nacionalidad americano, estado civil soltero, domiciliado en Calle Rivera del Mar s/n – Cerro Azul, ocupación Ingeniero, hijo de don Valdis Jurka y doña Donna Marie Bixby, y doña OLGA CUBAS URIZAR GARFIAS de 32 años, identificada con DNI 18212299, natural de Lima – Lima, nacionalidad peruana, estado civil soltera, domiciliada en Calle Rivera del Mar s/n – Cerro Azul, ocupación independiente, hija de don Juan Miguel Cubas Vásquez y doña Olga Nely Urizar Garfias. Pretendiendo contraer Matrimonio Civil en este Municipio. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlas dentro del término de ocho días conforme a ley. Cerro Azul, 19 de Marzo del 2010.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARÍA «CAMACHO GALVEZ»
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi N° 324, de San Vicente – Cañete, se presentó don ORLANDO COSME NAVARRO MONTERO, quien solicita se RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO inscrito en la Municipalidad Metropolitana de Lima, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos de la Madre del titular de la Partida de Nacimiento: Dice: ELIA MONTERO.- Debe decir: MARIA ELIA MONTERO DE LA COLINA.- Datos del titular de la Partida de Nacimiento: Dice: ORLANDO COSME.- Debe decir: ORLANDO COSME NAVARRO MONTERO. Lo que comunico para los fines de ley. Cañete, 18 de Marzo del 2010.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
PUBLICACIÓN
Ante esta Notaría, sito en la Plaza Constitución N° 120 de la ciudad y provincia de Yauyos, Lima, se presentó ZORAIDA CRISTINA RIOS ESCALANTE VIUDA DE ZAVALA, solicitando se declare la SUCESIÓN INTESTADA de PAULINA NATIVIDAD ESCALANTE RAVICHAGUA, fallecida en su último domicilio la ciudad y provincia de Yauyos, departamento de Lima, el 13 de Julio de 1991. Yauyos, 25 de Febrero del 2010.
S. César Ramos Ramos
Abogado – Notario Público - Registro N° 6 Colegio de Notarios del Callao
PUBLICACIÓN
En mi oficio notarial, sito en Plaza Constitución 120 de la ciudad de Yauyos, se presentó FELIX AMADOR BOBADILLA FABIAN, solicitando se RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO donde dice: AMADOR BOBADILLA, debe decir LEONCIO AMADOR BOBADILLA CABRERA, y de su madre donde dice ISABEL FABIAN, debe decir ISABEL BERTILIA FABIAN TACSA; asimismo solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE MATRIMONIO, de su padre donde dice AMADOR BOBADILLA CABRERA debe decir LEONCIO AMADOR BOBADILLA CABRERA y donde dice doña ISABEL FABIAN TACSA debe decir ISABEL BERTILIA FABIAN TACSA; y en la PARTIDA DE DEFUNCIÓN de su padre donde dice AMADOR BOBADILLA CABRERA, debe decir LEONCIO AMADOR BOBADILLA CABRERA, y donde dice CASADO CON BOBADILLA FABIAN ISABEL; debe decir CASADO CON FABIAN TACSA, ISABEL BERTILIA. Lo que se publica para los fines de ley.
Yauyos, 15 de Marzo del 2010.
S. César Ramos Ramos
Abogado – Notario Público - Registro N° 6 Colegio de Notarios del Callao
19 marzo 2010
MUNICIPIO MALEÑO ACLARA EMBARGO DE MAS DE 750 MIL NUEVOS SOLES... ES UNA BANDA DE EJECUTORES COACTIVOS QUE OPERA EN TODO EL PAIS...
INTERBANK Por Pagar Cheque No Negociable Estaría Obligado A Devolver Dinero Embargado...
El día de ayer participamos de una sesión de concejo en la Municipalidad Distrital de Mala… Una sesión de concejo que tenía como ingrediente la participación de la regidora Erika Cecilia Ramírez Chumpitaz, luego de 7 meses de haber sido «vacada» por la mayoría del pleno del concejo… y posteriormente repuesta por el JNE.
Lo que sucedió es que Erika Cecilia Ramírez Chumpitaz, en los minutos que tuvo el uso de la palabra, demostró ser una joven estudiante preparada, conocedora de sus derechos, pero lamentablemente maleducada. Y es que se puede enrostrar a una autoridad, criticas por su accionar… pero lo dicho por ella, llegó casi al insulto… a veces no es lo que se dice, sino la forma como se dice… y ella se mostró altanera, insolente, por decir lo menos… aunque mucha gente maleña aplaudiera lo dicho por la joven regidora.
El Alcalde ante el calificativo de «un perfecto inepto»… mesuradamente le solicitó a la regidora el retiro de su frase, para poder continuar la sesión de concejo… Ella no la retiró… y más bien, reiteradamente pretendió tener el control de la sesión de concejo, al ordenar qué es lo que se debería de hacer… No hay que confundir las cosas… una cosa es ser crítico, otra es insultar…
Es cierto, ha quedado en evidencia con lo hecho contra ella, muchas irregularidades en la forma de administrar el municipio… pero para ello, hay formas de demostrarlo, sin llegar al insulto, a la ofensa… aunque es verdad, muchas veces ante tanto atropello, uno no puede contenerse.
SESION SUSPENDIDA POR UNA MAJADERIA...
Ante el no retiro de las frases, al Alcalde no le quedó otra cosa que suspender la sesión de concejo… Algunos periodistas intentaron obtener declaraciones del Alcalde, pero ante la multitud, y el griterío el Alcalde optó por retirarse…
LA CONFERENCIA DE
PRENSA...
Hubo momentos en que algunos pretendieron tomar el control del grupo que había acudido a la sesión de concejo… hubo dimes y diretes entre los dos bandos que habían acudido al municipio… Algunos regidores de oposición optaron por retirarse… otros se quedaron en el lugar… después de aproximadamente unos 20 minutos, nuevamente apareció en escena el Alcalde Víctor Hugo Carbajal Gonzales, con el único fin de, en conferencia de prensa, dar a conocer a la población los entretelones del sonado caso, del embargo de más de 750 mil nuevos soles de las arcas ediles.
Ante el griterío por parte de los asistentes, que pretendieron callar al Alcalde y el asesor legal, se exhortó a la población, a que si querían conocer que es lo que pasaba, permitiesen quince minutos de exposición del Dr. Marcos Silverio, para conocer el caso.
EL CASO...
Marcos Silverio, abogado contratado por el Municipio Distrital de Mala, para resolver este caso, inició su exposición señalando de que lo que aquí se trata, es de la generación de una deuda no tributaria ficticia, en la dependencia de Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad Distrital de Simón Bolívar de Rancas, Pasco, contra la Municipalidad Distrital de Mala, signados con los expedientes N° 001 y 002-EC-MSBRP, disponiendo una medida cautelar en cada expediente contra las Ctas. Ctes. N° 575002366 destinada a las transferencias del Gobierno Central, cuenta denominada «Recursos Determinados»; en esta cuenta se depositan las transferencias del Gobierno Central, del Fondo de Compensación Municipal.
Lo curioso del caso, que de los expedientes N° 001 y 002-EC-MSBRP, no se conoce nada… de qué se trata, de qué deuda es… simplemente se conocen los números…
EJECUTOR DE SIMON BOLIVAR MANDA A OTRO EJECUTOR QUE MATERIALICE EMBARGO...
El Ejecutor Coactivo de la Municipalidad de Simón Bolívar, Juan Emilio Figueroa Reynoso, ejecuta dicha decisión, y mediante exhorto del 16 de Febrero del 2009, solicita al Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Ancón, Augusto Alberto Vivar Palacios, que ejecute dicho mandato, es decir, trabe embargo sobre la cuenta ya indicada del municipio maleño.
Dicho Ejecutor Coactivo emite las Resoluciones 01 y 02 del 18 y 19 de Febrero del 2009, con la que pretende embargar las cuentas de la municipalidad; y para ello se apersona el 17 de Marzo del 2009, para recepcionar el cheque de gerencia por la suma de S/. 252,400 nuevos soles, pero debido a que había sido destituido de su cargo, días antes, y a pesar de que había interpuesto un recurso de reconsideración contra dicha destitución, no logra materializar la medida cautelar y recibir el cheque.
Ante este hecho, Juan Figueroa, recurre a otro Ejecutor Coactivo, el de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, quien logra recaudar los cheques emitidos por el Banco de la Nación a nombre de la Municipalidad de Santa Rosa, uno por 252,400 el 23 de Marzo del 2009; y otro de 521,490 el 15 de Abril del mismo año.
NOTIFICACIONES DEL BANCO DE LA NACION A MUNICIPIO MALEÑO NUNCA LLEGARON A SU DESTINO...
El cheque girado por 252,400 nuevos soles, fue endosado y pagado en la cuenta en Interbank de B&C Aduanas S.A.C., el 25 de Marzo del 2009; mientras que el otro el de 521,490 fue endosado y pagado a la cuenta en Interbank de B&C Aduanas S.A.C., el 26 de Abril del 2009.
Hay que señalar que el Banco de la Nación, antes de girar los cheques, notifica al Alcalde Víctor Hugo Carbajal Gonzales y al Asesor Legal Andrés Fernando Córdova Buitrón, y aparentemente estas notificaciones habrían sido retenidas por un funcionario edil. Según se sabe las notificaciones habrían sido hechas por Fax, ya que no se encuentran registros de ingreso documentario en mesa de partes. Hay que señalar también que en aquella fecha, el Secretario General de la Municipalidad Distrital de Mala era el Señor José Aurelio Letona Rosado, del que todo indica, sería el funcionario que habría retenido las notificaciones que realizó el Banco de la Nación.
DEMANDA DE REVISION PERO PRESENTADA EN OTRO DISTRITO JUDICIAL...
Enterado de los hechos aproximadamente en el mes de Mayo, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mala, presenta una Demanda de Revisión Judicial de Legalidad de Procedimiento Coactivo, con fecha 16 de Junio del 2009, en la ciudad de Lima.
La misma que obtiene una respuesta de la Cuarta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo, que le señala que tal demanda es IMPROCEDENTE, porque señala que por ser un hecho realizado en Pasco, no tiene competencia.
MUNICIPIO A SUGERENCIA DE SECRETARIO GENERAL CONTRATA COMO ASESOR LEGAL A QUIEN SE LLEVO EL DINERO...
Es allí donde el Secretario General, José A. Letona Rosado, propone para la solución del tema, al Dr. Denis Sánchez Grandez, quien presenta la Demanda de Revisión Judicial de Legalidad De Procedimiento Coactivo, el 25 de Agosto del 2009, en el Distrito Judicial de Pasco; demanda que empieza a dormir el sueño de los justos, por demora en las notificaciones, en verdad, por el poco interés que le ponen para resolver este enojoso caso.
ENTRA MARCOS SILVERIO
Ante el poco avance en la solución del caso, se contrata los servicios del Dr. Marcos Silverio Gomero, quien empieza a desentrañar el caso, y ha logrado importantes avances.
Se forma una comisión que viaja a la misma localidad de Simón Bolívar, y encuentran que el Alcalde de dicho distrito no tenía ni idea de lo que estaba pasando, es más desconocía la deuda. Logran efectuar la notificación a los demandados, las que no habían sido tramitadas oportunamente por el Distrito Judicial de Pasco, recién el 21 de diciembre del 2009, sin que exista respuesta hasta la fecha.
SECRETARIO GENERAL LETONA ESTARIA INVOLUCRADO...
Se encuentra que José A. Letona Rosado, fue contratado por la Municipalidad Distrital de Simón Bolívar de Rancas, para realizar el RAS y las Bases para el Concurso para elegir al Ejecutor Coactivo de dicho distrito, en el año 2008.
INTERBANK PAGO A OTRO... CHEQUES NO NEGOCIABLES...
De otro lado, la Contraloría General de la República ha logrado determinar quien cobró los cheques, y se trata de la Agencia de Aduanas B&C Aduanas S.A.C. utilizando una cuenta corriente en INTERBANK, siendo uno de los firmantes el Dr. Denis Sánchez Grandez, justamente a quien el municipio le confió en el mes de Agosto, asesoramiento en la solución de este problema, y que por supuesto ha desaparecido.
De igual forma, Contraloría General de la República, comunica al municipio maleño, que el cobro del cheque por parte de B&C Aduanas S.A.C., es ilegal; ya que los cheques girados a la Municipalidad Distrital de Simón Bolívar de Rancas, tiene el sello de no negociable, y que el pago efectuado por INTERBANK a persona diferente del facultado a cobrarlo, lo obliga a responder por el pago efectuado, por lo tanto lo insta a realizar las acciones pertinentes para la devolución del dinero. Ese es el paso que han iniciado las autoridades maleñas para la devolución del dinero. En este caso, por parte de INTERBANK.
ESTA BANDA DE CUELLO Y CORBATA... TIENE POR LO MENOS SIETE IMPLICADOS...
De todo esto se desprenden algunos puntos importantes… Se trata de una banda de cuello y corbata bien organizada…
Tienen participación para este caso, por lo menos siete personas… las primeras, son Juan Emilio Figueroa Reinoso y Yanine Estefany Casanova Oporto, Ejecutor y Auxiliar Coactivos de la Municipalidad Distrital de Simón Bolívar de Rancas – Pasco; también podría tener participación Augusto Alberto Vivar Palacios, Ejecutor Coactivo de Ancón, quien pretendió cobrar los cheques sabiendo que había sido destituido del cargo; el grado de responsabilidad del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad de Santa Rosa, Jorge Alejandro Giraldo Calonge, quien recauda los cheques, tendrá que determinarse; la participación de Denis Sánchez Grandez y Humberto Ballón Arnao quienes endosan y cobran el cheque es manifiesta; así como hay responsabilidad del funcionario de Interbank que autoriza el pago del cheque.
21 CASOS ADICIONALES EN TODO EL PAIS...
Si alguien ha pensado que es el primer caso… se equivoca… Y es que hay 21 hechos ocurridos desde diversos departamentos de Ejecutoría Coactiva hacia entidades estatales, buscando que apropiarse ilícitamente de ingentes sumas de dinero. Es así que por ejemplo, Juan Emilio Figueroa Reinoso no solo logró embargar y apropiarse de más de 750 mil nuevos de la Municipalidad Distrital de Mala; sino también logró mediante Expediente Coactivo 020-2006-MCPNP-EC del Centro Poblado Nicolás de Piérola, y teniendo como Auxiliar Coactivo a Rudy Wetts Luyo Salas, retener cerca de 163,200 de la Municipalidad Distrital de San Antonio – Chaclla; desde el mismo Simón Bolívar Rancas – Pasco, y con la misma Auxiliar Coactivo Yanine Casanova Oporto, logró retener fondos al Gobierno Regional de Pasco, el 26 de Mayo del 2008, por un monto de 669,729.87 nuevos soles; igualmente desde el mismo departamento de Ejecutoría Coactiva, y con la misma Auxiliar Coactivo, logró retener y la entrega de fondos por parte del INPE, de 241,140.93; y por si fuera poco, también logró retener fondos, los que al final se suspendieron por interposición de demanda de revisión, al Ministerio de Educación por un monto de 669,729.87 nuevos soles.
Otros casos, son el que logra el Ejecutor Coactivo Freddy Frank Quesquén López del Centro Poblado Macate, ante el Proyecto Especial Chavimochic por el monto de 2´173,920 nuevos soles; también el de Gaspar Sevillano Barreto contra la Municipalidad Provincial del Santa por el monto de 466,388.45 nuevos soles; el de Pedro Mauro Rodríguez Vera, que logra embargar a la Municipalidad Provincial del Santa montos de 153,400; 502,134.26; 234,000; y 287,708 nuevos soles.
Rocío Margot Castañeda Hernández, contra la Municipalidad Provincial del Santa por un monto de 2´173,435.00 nuevos soles; Alberto Ayala Gutiérrez contra la Municipalidad Distrital de San Marcos.
MUNICIPIO PROVINCIAL TAMBIEN PUDO SER EMBARGADO...
Ojo también está uno del Centro Poblado Herbay Alto, cuyo Ejecutor Coactivo Mariano Zárate Del Castillo, teniendo como Auxiliar Coactivo Víctor Andrés Sánchez Llerena que logró que se retuviera fondos de la Municipalidad Provincial de Cañete, por un monto de 1´242,617.00; que se logró suspender por una demanda de revisión.
Todos ellos tienen hechos en común… salvo el de Herbay Alto, las deudas nacen en distritos alejados… de difícil acceso… y embargan cuentas de los municipios, justo en los momentos que les llega el dinero… o sea, hay dentro quien informa cuando la cuenta está repleta de soles.
INTERBANK Por Pagar Cheque No Negociable Estaría Obligado A Devolver Dinero Embargado...
El día de ayer participamos de una sesión de concejo en la Municipalidad Distrital de Mala… Una sesión de concejo que tenía como ingrediente la participación de la regidora Erika Cecilia Ramírez Chumpitaz, luego de 7 meses de haber sido «vacada» por la mayoría del pleno del concejo… y posteriormente repuesta por el JNE.
Lo que sucedió es que Erika Cecilia Ramírez Chumpitaz, en los minutos que tuvo el uso de la palabra, demostró ser una joven estudiante preparada, conocedora de sus derechos, pero lamentablemente maleducada. Y es que se puede enrostrar a una autoridad, criticas por su accionar… pero lo dicho por ella, llegó casi al insulto… a veces no es lo que se dice, sino la forma como se dice… y ella se mostró altanera, insolente, por decir lo menos… aunque mucha gente maleña aplaudiera lo dicho por la joven regidora.
El Alcalde ante el calificativo de «un perfecto inepto»… mesuradamente le solicitó a la regidora el retiro de su frase, para poder continuar la sesión de concejo… Ella no la retiró… y más bien, reiteradamente pretendió tener el control de la sesión de concejo, al ordenar qué es lo que se debería de hacer… No hay que confundir las cosas… una cosa es ser crítico, otra es insultar…
Es cierto, ha quedado en evidencia con lo hecho contra ella, muchas irregularidades en la forma de administrar el municipio… pero para ello, hay formas de demostrarlo, sin llegar al insulto, a la ofensa… aunque es verdad, muchas veces ante tanto atropello, uno no puede contenerse.
SESION SUSPENDIDA POR UNA MAJADERIA...
Ante el no retiro de las frases, al Alcalde no le quedó otra cosa que suspender la sesión de concejo… Algunos periodistas intentaron obtener declaraciones del Alcalde, pero ante la multitud, y el griterío el Alcalde optó por retirarse…
LA CONFERENCIA DE
PRENSA...
Hubo momentos en que algunos pretendieron tomar el control del grupo que había acudido a la sesión de concejo… hubo dimes y diretes entre los dos bandos que habían acudido al municipio… Algunos regidores de oposición optaron por retirarse… otros se quedaron en el lugar… después de aproximadamente unos 20 minutos, nuevamente apareció en escena el Alcalde Víctor Hugo Carbajal Gonzales, con el único fin de, en conferencia de prensa, dar a conocer a la población los entretelones del sonado caso, del embargo de más de 750 mil nuevos soles de las arcas ediles.
Ante el griterío por parte de los asistentes, que pretendieron callar al Alcalde y el asesor legal, se exhortó a la población, a que si querían conocer que es lo que pasaba, permitiesen quince minutos de exposición del Dr. Marcos Silverio, para conocer el caso.
EL CASO...
Marcos Silverio, abogado contratado por el Municipio Distrital de Mala, para resolver este caso, inició su exposición señalando de que lo que aquí se trata, es de la generación de una deuda no tributaria ficticia, en la dependencia de Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad Distrital de Simón Bolívar de Rancas, Pasco, contra la Municipalidad Distrital de Mala, signados con los expedientes N° 001 y 002-EC-MSBRP, disponiendo una medida cautelar en cada expediente contra las Ctas. Ctes. N° 575002366 destinada a las transferencias del Gobierno Central, cuenta denominada «Recursos Determinados»; en esta cuenta se depositan las transferencias del Gobierno Central, del Fondo de Compensación Municipal.
Lo curioso del caso, que de los expedientes N° 001 y 002-EC-MSBRP, no se conoce nada… de qué se trata, de qué deuda es… simplemente se conocen los números…
EJECUTOR DE SIMON BOLIVAR MANDA A OTRO EJECUTOR QUE MATERIALICE EMBARGO...
El Ejecutor Coactivo de la Municipalidad de Simón Bolívar, Juan Emilio Figueroa Reynoso, ejecuta dicha decisión, y mediante exhorto del 16 de Febrero del 2009, solicita al Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Ancón, Augusto Alberto Vivar Palacios, que ejecute dicho mandato, es decir, trabe embargo sobre la cuenta ya indicada del municipio maleño.
Dicho Ejecutor Coactivo emite las Resoluciones 01 y 02 del 18 y 19 de Febrero del 2009, con la que pretende embargar las cuentas de la municipalidad; y para ello se apersona el 17 de Marzo del 2009, para recepcionar el cheque de gerencia por la suma de S/. 252,400 nuevos soles, pero debido a que había sido destituido de su cargo, días antes, y a pesar de que había interpuesto un recurso de reconsideración contra dicha destitución, no logra materializar la medida cautelar y recibir el cheque.
Ante este hecho, Juan Figueroa, recurre a otro Ejecutor Coactivo, el de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, quien logra recaudar los cheques emitidos por el Banco de la Nación a nombre de la Municipalidad de Santa Rosa, uno por 252,400 el 23 de Marzo del 2009; y otro de 521,490 el 15 de Abril del mismo año.
NOTIFICACIONES DEL BANCO DE LA NACION A MUNICIPIO MALEÑO NUNCA LLEGARON A SU DESTINO...
El cheque girado por 252,400 nuevos soles, fue endosado y pagado en la cuenta en Interbank de B&C Aduanas S.A.C., el 25 de Marzo del 2009; mientras que el otro el de 521,490 fue endosado y pagado a la cuenta en Interbank de B&C Aduanas S.A.C., el 26 de Abril del 2009.
Hay que señalar que el Banco de la Nación, antes de girar los cheques, notifica al Alcalde Víctor Hugo Carbajal Gonzales y al Asesor Legal Andrés Fernando Córdova Buitrón, y aparentemente estas notificaciones habrían sido retenidas por un funcionario edil. Según se sabe las notificaciones habrían sido hechas por Fax, ya que no se encuentran registros de ingreso documentario en mesa de partes. Hay que señalar también que en aquella fecha, el Secretario General de la Municipalidad Distrital de Mala era el Señor José Aurelio Letona Rosado, del que todo indica, sería el funcionario que habría retenido las notificaciones que realizó el Banco de la Nación.
DEMANDA DE REVISION PERO PRESENTADA EN OTRO DISTRITO JUDICIAL...
Enterado de los hechos aproximadamente en el mes de Mayo, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mala, presenta una Demanda de Revisión Judicial de Legalidad de Procedimiento Coactivo, con fecha 16 de Junio del 2009, en la ciudad de Lima.
La misma que obtiene una respuesta de la Cuarta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo, que le señala que tal demanda es IMPROCEDENTE, porque señala que por ser un hecho realizado en Pasco, no tiene competencia.
MUNICIPIO A SUGERENCIA DE SECRETARIO GENERAL CONTRATA COMO ASESOR LEGAL A QUIEN SE LLEVO EL DINERO...
Es allí donde el Secretario General, José A. Letona Rosado, propone para la solución del tema, al Dr. Denis Sánchez Grandez, quien presenta la Demanda de Revisión Judicial de Legalidad De Procedimiento Coactivo, el 25 de Agosto del 2009, en el Distrito Judicial de Pasco; demanda que empieza a dormir el sueño de los justos, por demora en las notificaciones, en verdad, por el poco interés que le ponen para resolver este enojoso caso.
ENTRA MARCOS SILVERIO
Ante el poco avance en la solución del caso, se contrata los servicios del Dr. Marcos Silverio Gomero, quien empieza a desentrañar el caso, y ha logrado importantes avances.
Se forma una comisión que viaja a la misma localidad de Simón Bolívar, y encuentran que el Alcalde de dicho distrito no tenía ni idea de lo que estaba pasando, es más desconocía la deuda. Logran efectuar la notificación a los demandados, las que no habían sido tramitadas oportunamente por el Distrito Judicial de Pasco, recién el 21 de diciembre del 2009, sin que exista respuesta hasta la fecha.
SECRETARIO GENERAL LETONA ESTARIA INVOLUCRADO...
Se encuentra que José A. Letona Rosado, fue contratado por la Municipalidad Distrital de Simón Bolívar de Rancas, para realizar el RAS y las Bases para el Concurso para elegir al Ejecutor Coactivo de dicho distrito, en el año 2008.
INTERBANK PAGO A OTRO... CHEQUES NO NEGOCIABLES...
De otro lado, la Contraloría General de la República ha logrado determinar quien cobró los cheques, y se trata de la Agencia de Aduanas B&C Aduanas S.A.C. utilizando una cuenta corriente en INTERBANK, siendo uno de los firmantes el Dr. Denis Sánchez Grandez, justamente a quien el municipio le confió en el mes de Agosto, asesoramiento en la solución de este problema, y que por supuesto ha desaparecido.
De igual forma, Contraloría General de la República, comunica al municipio maleño, que el cobro del cheque por parte de B&C Aduanas S.A.C., es ilegal; ya que los cheques girados a la Municipalidad Distrital de Simón Bolívar de Rancas, tiene el sello de no negociable, y que el pago efectuado por INTERBANK a persona diferente del facultado a cobrarlo, lo obliga a responder por el pago efectuado, por lo tanto lo insta a realizar las acciones pertinentes para la devolución del dinero. Ese es el paso que han iniciado las autoridades maleñas para la devolución del dinero. En este caso, por parte de INTERBANK.
ESTA BANDA DE CUELLO Y CORBATA... TIENE POR LO MENOS SIETE IMPLICADOS...
De todo esto se desprenden algunos puntos importantes… Se trata de una banda de cuello y corbata bien organizada…
Tienen participación para este caso, por lo menos siete personas… las primeras, son Juan Emilio Figueroa Reinoso y Yanine Estefany Casanova Oporto, Ejecutor y Auxiliar Coactivos de la Municipalidad Distrital de Simón Bolívar de Rancas – Pasco; también podría tener participación Augusto Alberto Vivar Palacios, Ejecutor Coactivo de Ancón, quien pretendió cobrar los cheques sabiendo que había sido destituido del cargo; el grado de responsabilidad del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad de Santa Rosa, Jorge Alejandro Giraldo Calonge, quien recauda los cheques, tendrá que determinarse; la participación de Denis Sánchez Grandez y Humberto Ballón Arnao quienes endosan y cobran el cheque es manifiesta; así como hay responsabilidad del funcionario de Interbank que autoriza el pago del cheque.
21 CASOS ADICIONALES EN TODO EL PAIS...
Si alguien ha pensado que es el primer caso… se equivoca… Y es que hay 21 hechos ocurridos desde diversos departamentos de Ejecutoría Coactiva hacia entidades estatales, buscando que apropiarse ilícitamente de ingentes sumas de dinero. Es así que por ejemplo, Juan Emilio Figueroa Reinoso no solo logró embargar y apropiarse de más de 750 mil nuevos de la Municipalidad Distrital de Mala; sino también logró mediante Expediente Coactivo 020-2006-MCPNP-EC del Centro Poblado Nicolás de Piérola, y teniendo como Auxiliar Coactivo a Rudy Wetts Luyo Salas, retener cerca de 163,200 de la Municipalidad Distrital de San Antonio – Chaclla; desde el mismo Simón Bolívar Rancas – Pasco, y con la misma Auxiliar Coactivo Yanine Casanova Oporto, logró retener fondos al Gobierno Regional de Pasco, el 26 de Mayo del 2008, por un monto de 669,729.87 nuevos soles; igualmente desde el mismo departamento de Ejecutoría Coactiva, y con la misma Auxiliar Coactivo, logró retener y la entrega de fondos por parte del INPE, de 241,140.93; y por si fuera poco, también logró retener fondos, los que al final se suspendieron por interposición de demanda de revisión, al Ministerio de Educación por un monto de 669,729.87 nuevos soles.
Otros casos, son el que logra el Ejecutor Coactivo Freddy Frank Quesquén López del Centro Poblado Macate, ante el Proyecto Especial Chavimochic por el monto de 2´173,920 nuevos soles; también el de Gaspar Sevillano Barreto contra la Municipalidad Provincial del Santa por el monto de 466,388.45 nuevos soles; el de Pedro Mauro Rodríguez Vera, que logra embargar a la Municipalidad Provincial del Santa montos de 153,400; 502,134.26; 234,000; y 287,708 nuevos soles.
Rocío Margot Castañeda Hernández, contra la Municipalidad Provincial del Santa por un monto de 2´173,435.00 nuevos soles; Alberto Ayala Gutiérrez contra la Municipalidad Distrital de San Marcos.
MUNICIPIO PROVINCIAL TAMBIEN PUDO SER EMBARGADO...
Ojo también está uno del Centro Poblado Herbay Alto, cuyo Ejecutor Coactivo Mariano Zárate Del Castillo, teniendo como Auxiliar Coactivo Víctor Andrés Sánchez Llerena que logró que se retuviera fondos de la Municipalidad Provincial de Cañete, por un monto de 1´242,617.00; que se logró suspender por una demanda de revisión.
Todos ellos tienen hechos en común… salvo el de Herbay Alto, las deudas nacen en distritos alejados… de difícil acceso… y embargan cuentas de los municipios, justo en los momentos que les llega el dinero… o sea, hay dentro quien informa cuando la cuenta está repleta de soles.
18 marzo 2010
EN UNA SEMANA... RECURSOS PARA CUMPLIR CON LEY PREDA...
El Ministerio de Economía y Finanzas, informó que se ha formado una Comisión de Compromisos en el marco de la Ley de Programa de Reestructuración de Deudas Agrarias (Preda) que está trabajando con el Ministerio de Agricultura (Minag) para poner en marcha el refinanciamiento de las deudas de los agricultores, señaló el Viceministro de Economía Carlos Casas.
«La Comisión de Compromiso buscará los mecanismos con los que se va a transferir los fondos del Agrobanco y como se van a manejar, así como coordinar el apoyo que dará del Banco de la Nación, una vez que se tenga eso, la ley empieza a operar», manifestó.
En ese sentido, estimó que en una semana se tendrán habilitados los recursos que servirán para ejecutar lo establecido en la Ley del Preda.
EVALUACION NORMA SOBRE EMBARGO DE REMUNERACIONES EN BANCOS…
De otro lado, se supo que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) evaluará si se modifican las normas relacionadas a la posibilidad de que los bancos puedan embargar las sueldos que tienen depositados los trabajadores para cubrir deudas por pago de créditos, informó Carlos Casas.
«Vamos a estudiarlo y definitivamente tenemos que cruzarlo con los datos que hay, porque tenemos que ver el impacto que esto tendría tanto en el sector financiero como en los deudores», indicó.
Sin embargo, reconoció que esa posibilidad de embargo podría ir en contra de aumentar el nivel de bancarización en el Perú.
Dijo que como parte del estudio del MEF se verificará los niveles de morosidad que tienen los clientes que tienen sus remuneraciones en cuentas del sistema bancario.
«La ultima palabra en este tema se tomará entre el MEF y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), estamos discutiendo con ellos», subrayó.
Finalmente, consultado sobre los dólares con sellos de las casas de cambios, se mostró a favor de que los bancos den un plazo determinado para seguir recibiendo este tipo de billetes.
CUATRO MILLONES DE SOLES PARA POTENCIAR COMPLEJO TURISTICO EN LUNAHUANA
Ayer miércoles 17 de Marzo en la Plaza de Armas del Distrito de Lunahuaná, el Gobierno Regional de Lima que preside Nelson Chui Mejía y los representantes de la CELEPSA, firmaron un importante convenio para la elaboración del expediente técnico de la puesta en valor del complejo turístico de «Incahuasi».
Ovidio Espinoza Escajadillo, Alcalde lunahuaneño indicó que el Instituto Nacional de Cultura (INC), el Gobierno Regional de Lima y su municipio, han asumido el compromiso del cuidado y mantenimiento de este importante vestigio incaico de la costa peruana, el mismo que próximamente recibirá un desembolso de 4 millones de nuevos soles para su re potenciación.
Espinoza Escajadillo, saludo el aporte de la empresa privada a favor de su comuna que se proyecta en convertirse en una de las alternativas turísticas más importantes del país.
«Nosotros encantados de recibir la ayuda de la empresa privada y del Gobierno Regional de Lima y animarlos a seguir trabajando en el tema cultural que es fundamental e importante, porque nuestro distrito no solo destaca por su producción vitivinícola y sus deportes de aventura, sino también por su pasado histórico y arqueológico», continuó diciendo.
Por ultimo, reveló que su gestión esta abocada a potenciar las bondades turísticas de su jurisdicción, dejando entrever la posibilidad de reactivar la Cámara de Comercio y Producción de Lunahuaná.
El Ministerio de Economía y Finanzas, informó que se ha formado una Comisión de Compromisos en el marco de la Ley de Programa de Reestructuración de Deudas Agrarias (Preda) que está trabajando con el Ministerio de Agricultura (Minag) para poner en marcha el refinanciamiento de las deudas de los agricultores, señaló el Viceministro de Economía Carlos Casas.
«La Comisión de Compromiso buscará los mecanismos con los que se va a transferir los fondos del Agrobanco y como se van a manejar, así como coordinar el apoyo que dará del Banco de la Nación, una vez que se tenga eso, la ley empieza a operar», manifestó.
En ese sentido, estimó que en una semana se tendrán habilitados los recursos que servirán para ejecutar lo establecido en la Ley del Preda.
EVALUACION NORMA SOBRE EMBARGO DE REMUNERACIONES EN BANCOS…
De otro lado, se supo que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) evaluará si se modifican las normas relacionadas a la posibilidad de que los bancos puedan embargar las sueldos que tienen depositados los trabajadores para cubrir deudas por pago de créditos, informó Carlos Casas.
«Vamos a estudiarlo y definitivamente tenemos que cruzarlo con los datos que hay, porque tenemos que ver el impacto que esto tendría tanto en el sector financiero como en los deudores», indicó.
Sin embargo, reconoció que esa posibilidad de embargo podría ir en contra de aumentar el nivel de bancarización en el Perú.
Dijo que como parte del estudio del MEF se verificará los niveles de morosidad que tienen los clientes que tienen sus remuneraciones en cuentas del sistema bancario.
«La ultima palabra en este tema se tomará entre el MEF y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), estamos discutiendo con ellos», subrayó.
Finalmente, consultado sobre los dólares con sellos de las casas de cambios, se mostró a favor de que los bancos den un plazo determinado para seguir recibiendo este tipo de billetes.
CUATRO MILLONES DE SOLES PARA POTENCIAR COMPLEJO TURISTICO EN LUNAHUANA
Ayer miércoles 17 de Marzo en la Plaza de Armas del Distrito de Lunahuaná, el Gobierno Regional de Lima que preside Nelson Chui Mejía y los representantes de la CELEPSA, firmaron un importante convenio para la elaboración del expediente técnico de la puesta en valor del complejo turístico de «Incahuasi».
Ovidio Espinoza Escajadillo, Alcalde lunahuaneño indicó que el Instituto Nacional de Cultura (INC), el Gobierno Regional de Lima y su municipio, han asumido el compromiso del cuidado y mantenimiento de este importante vestigio incaico de la costa peruana, el mismo que próximamente recibirá un desembolso de 4 millones de nuevos soles para su re potenciación.
Espinoza Escajadillo, saludo el aporte de la empresa privada a favor de su comuna que se proyecta en convertirse en una de las alternativas turísticas más importantes del país.
«Nosotros encantados de recibir la ayuda de la empresa privada y del Gobierno Regional de Lima y animarlos a seguir trabajando en el tema cultural que es fundamental e importante, porque nuestro distrito no solo destaca por su producción vitivinícola y sus deportes de aventura, sino también por su pasado histórico y arqueológico», continuó diciendo.
Por ultimo, reveló que su gestión esta abocada a potenciar las bondades turísticas de su jurisdicción, dejando entrever la posibilidad de reactivar la Cámara de Comercio y Producción de Lunahuaná.
ALCALDE DE COAYLLO HABRÍA «DONADO» UNA COMBI COMPRADO CON DINERO DE LA MUNICIPALIDAD…
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (corresponsal en Mala)
REGIDOR MANUEL ACUÑA RAMON HACE GRAVE DENUNCIA…
Siguiendo la línea democrática, de equidad periodística, y habiendo publicado el día de ayer la entrevista al señor Alcalde de Coayllo Jaime Vega Ortiz, el día de hoy reproducimos la entrevista sostenida con el Primer Regidor señor Manuel Masías Acuña Ramón (16/03/10) quien asumió la encargatura del despacho de alcaldía el día 22 de febrero y de la servidora pública Hilda Virgilia Cosme Belleza encargada de la Secretaría General, que por razones que son materia de investigación, tiene su propia versión de los hechos de lo sucedido el día martes del presente mes cuando el alcalde irrumpiera para asumir nuevamente sus funciones.
LOS REGIDORES SI
APROBARON LA COMPRA DE UNA COMBI EN SESIÓN DE CONCEJO…
«Muchas gracias señor periodista, bueno quiero primero saludar a toda la provincia de Cañete, y explicarle que todo éste problema empieza con la compra de una «combi», nosotros aprobamos que esa combi se compre a nombre de la municipalidad, pero que es lo que pasa este señor(Jaime Vega Ortiz) le compra a su nombre, y cuando ve las cosas descubiertas y no había como esconder el delito hace la transferencia, lo hace por medio de una donación y esa forma nosotros no teníamos conocimientos de dicha donación. Esa compra se realizó una semana antes del terremoto del 15 de agosto, siempre había una necesidad, nosotros carecemos de movilidades y por situación de emergencia teníamos que tener una movilidad para cualquier problema que haya movilizarnos, allí nomás vino el caso del terremoto y fue de mucha utilidad.
DESCONOCÍAN QUE ALCALDE LO HABÍA PUESTRO A SU NOMBRE…
La compra se aprobó para que se compre para la municipalidad, el precio era de aproximadamente S/. 10,500.00; el vehículo se llega a comprar, pero que es lo que pasa, el señor alcalde lo compra a su nombre, esta comprobado que ha comprado a su nombre, bueno la verdad que éramos un equipo y aparentemente pensamos que todo iba bien, entonces no pensamos que él había comprado a su nombre, se llevó la sesión de concejo, todo parecía que estaba bien en la emergencia de esos días del terremoto que nos dedicábamos a ayudar, desde el mismo día que se compró hemos utilizado el vehículo; nosotros desconocíamos que estaba a nombre de Jaime Vega Ortiz pensábamos que estaba a nombre de la municipalidad, pero después me entero que había puesto a su nombre, y le donó a la municipalidad él. Yo he tenido conocimiento de este problema en el 2008, por allí me enteré, al preguntársele y averiguar él responde, que la combi era de él, y él lo había comprado con su plata y como era de él lo daba a la municipalidad, pero en ningún momento nosotros hemos aprobado una donación desde aquel día que donaba un vehículo de su propiedad a la municipalidad.
¿CUÁNDO SE COMPRÓ LA COMBI?
Esa combi se compró el 6 de agosto del 2007 si más no recuerdo, se compró la combi como vuelvo a repetir por acuerdo de Concejo, pero se sabía que era de la municipalidad, pero después resulta a nombre de él, esto se necesita esclarecer estamos trabajando por el pueblo y todo debe ser transparente, que sí hay algo que aclarar, que lo demuestre con hechos, esperamos que se aclare para que el pueblo tenga conocimiento de como se ha dado la compra del vehículo. Se nombró una comisión que preside el señor regidor Natalio Quispe, a quien hasta el día de hoy el alcalde no le entrega ninguno de los documentos solicitados, lo estamos solicitando desde el 15 de diciembre por el tema de la vacancia; el tema de la vacancia es un tema que nos preocupa a nosotros, hasta la fecha no tenemos respuesta de ningún documento. Justamente los documentos de las donación de la compra del vehículo es lo que se ha solicitado, queremos saber como salió dicho dinero, la verdad es que desconocemos todo este tema, hay un vecino pues que denuncia, que es el señor Chumpitaz Villalobos, denuncia y tomamos conocimiento y necesitamos documentarnos para ver si verdaderamente es verdad lo que nos está diciendo el señor Vega Ortiz.
EL DESARROLLO DEL
PROCESO DE «VACANCIA»…
En esto el alcalde convoca a una sesión Extraordinaria en diciembre, justamente para tratar el tema del expediente presentado por el señor Albino Chumpitaz Villalobos, nosotros aprobamos su vacancia por unanimidad y allí empieza el proceso que estamos hasta el día de hoy. En la asamblea de fecha 22, el señor alcalde apela directamente al JNE pero después nuevamente al final como se dice pide una reconsideración que es de ley, en una asamblea que él convoca este año en lo cual nosotros no asistimos porque ya había apelado, pero en vista que el JNE nuevamente envía para que se atienda la reconsideración solicitada para el señor alcalde, entonces hemos fijado para el día 18 (hoy) para que se vea su reconsideración aquí en la municipalidad.
ALCALDE ACEPTÓ IRSE DE «VACACIONES»…
Bueno el año pasado él pidió sus vacaciones 25 días al final no se que pasaría y no tomó sus vacaciones, entonces ya teníamos conocimiento que él quería descansar, entonces nosotros hemos visto en éste año, si quiere descansar darles sus vacaciones, creo que todo está dentro del termino de ley, aquí no hay nada contrario a la ley, tomamos la decisión con fecha 22 de febrero, al principio siempre hubo un poquito de problema, pero al final comprendió y aceptó las vacaciones, firmó el libro de actas y todo conforme. En cuanto a la encargatura quedó constancia en el acta de lo que me entregaba, las llaves, de tres oficinas y puertas principales más, la oficina de secretaría está lacrada y hasta la fecha no hemos ingresado, mi despacho ha venido funcionando en la sala de regidores. Le digo que desde que tomé el cargo ha habido problemas con los trabajadores porque él desde su casa sigue impartiendo órdenes, yo he mandado memorándum a los trabajadores. pero ellos siguen cumpliendo órdenes del alcalde, se rebelan, uno trabaja, el otro no quiere trabajar, solicitan descanso médico, un montón de problemas, que es lo que pasa ahora estoy denunciado por abuso de autoridad pese a que me han faltado el respeto, es el caso re registro civil a quien amonesté porque estaba siendo cosas indebidas, creo que lo tomó a mal y vino a mi despacho a reclamarme en una mala actitud que no estuve de acuerdo y lo sancioné 15 días, es por eso que ahora estoy denunciado por falta graves y muchos temas más que han presentado en la denuncia..
ALCALDE HA DENUNCIADO A VARIAS AUTORIDADES…
La conducta del señor alcalde hace que las autoridades no puedan trabajar como debe ser, porque todos las autoridades debemos de estar unidas para sacar el pueblo adelante, él denunció al Centro del adulto mayor que son personas indefensas, el caso del juez de paz que también le denuncia creo por el tema de una regidora con respecto a las documentaciones, el abuso de querer ofender a la autoridad…, nosotros lo que queremos es esclarecer y que en todos estos casos haya transparencia, eso es lo que nosotros como autoridades solicitamos que todo se haga legalmente.
FUE DESALOJADO A
EMPUJONES POR EL ALCALDE Y PRESUNTOS «MATONES»…
La municipalidad empieza atender a las 09.00 a.m y yo me acerco como todos los días y me encuentro con el señor alcalde donde me saca a la fuerza para afuera y mi saca diciendo que yo ya no estaba en esa condición (de alcalde encargado), al ver que él estaba acompañado de varias personas que venían a ofenderme, y porque lógicamente el alcalde se me vino de frente y me ha sacado a empujones, ha habido unos cuantos matones que me querían agredir y por mi cuidado he tenido que salir, el alcalde no tenia ningún documento, yo le pregunté si usted va a ingresar muéstreme algún documento que lo acredite y que diga que usted se está reponiendo y el hombre vino por la fuerza y he tenido que salir, en ese momento no participó la Policía del sector solo estaba el alcalde con todo su gente, «matones» sabe Dios, que me han impedido el ingreso, opte por retirarme, es algo ilegal lo que él está haciendo porque yo tengo la administración municipal bajo mi responsabilidad durante el tiempo que él esté de vacaciones.
EXISTE RIESGO DE
DESAPARICIÓN DE
DOCUMENTOS PERSONALES Y DE GESTIÓN MUNICIPAL…
Bueno, mi preocupación es porque en el interior se encuentra la encargada de secretaria en la oficina la señora Hilda Cosme Belleza esa es mi preocupación y he visto que ha llegado la policía y no he podido ingresar, inclusive el alcalde ha cambiado las chapas el sistema, todo ha cambiado, entonces no puedo ingresar a mi oficina, me preocupa a mi, también le digo que en éste periodo no se ha hecho ningún cabildo, no tenemos porque ser afectados, es un abuso que está cometiendo el alcalde a pesar que le hemos dicho que se haga un cabildo él nunca ha fijado una fecha, en vista de ello nosotros estamos programando para hacer un cabildo y que el pueblo sepa que es lo que está sucediendo en ésta municipalidad, vamos a ver la fecha, y coordinar, le estaremos invitando a usted para que se encuentre presente en ese cabildo y puede poner en conocimiento a la población cañetana de lo que sucede en mi pueblo, agradezco sinceramente al Diario «Matices «por su contribución a esclarecer éste caso, muchas gracias.
SERVIDORA PÚBLICA HILDA VIRGILIA COSME BELLEZA HACE GRAVE DENUNCIA…
No salía porque estaba en la sala de regidores por ordenes del señor alcalde, el entró intempestivamente en lo que ha sucedido hoy día, la orden del alcalde fue así por en el cargo que tenia de secretaria general, yo estaba las sala de regidores con todos los documentos y pues el señor alcalde me ordenó que entregue los documentos, pero se lo agarraron, sin firmar ningún cargo y se lo llevaron para la sala de tesorería, llevándose además todos los documentos, sellos de los señores regidores y llaves de local del centro tecnológico, un USB de internet, llaves de la moto lineal, entre otros materiales y enseres de la municipalidad, quedando solamente constancia en mesa de partes la entrega de las llaves de la puerta principal, sala de regidores, aérea de tesorería y contabilidad, puerta principal al segundo y tercer piso y tres juegos de llaves pequeños y un candado grande.
Me han dado el memorándum N° 016-2010, yo tengo un documento donde se me nombra encargada y entonces me pide el alcalde que lo entregue lo que está en mi poder, menos mal lo tiene mi abogado el cual él también está viendo mi caso, que no es de ahora, desde hace tiempo yo he sufrido acá de abuso de autoridad, he denunciado a diferentes lugares, tengo documentos que están archivados y nunca en mi caso se resolvió a mi favor, por ejemplo el abuso de autoridad cuando el alcalde ingresó en el año 2003 me debe mi sueldo cuatro meses hasta la fecha no me pagan, el 2006 también me deben hasta la fecha «no me pagan» presento por mesa de partes documentos, hacen oído sordo a mi pago yo digo eso no es un abuso de autoridad, también dígame yo soy madre de familia, me exige que vaya a Lima, yo no tengo dinero para irme a Lima, él me manda porque yo estaba en la sala de regidores, me dice que no tengo acceso a nada, me dice anda tráeme la resolución, yo le digo como voy a salir sin autorización que usted me está ordenando, yo he dicho el día 25 de marzo he ido de comisión a Cañete a dejar documentos al Banco de la Nación, no me dan, la Srta. Jenny me dijo ahorita no te puedo reembolsar porque es la orden del alcalde que no te reembolse nada, yo vivo en el anexo Uquira a 4 Km y a veces me quedo en la casa de mi abuelita que está cayéndose y se corre mucho peligro, quizá por haber declarado aquí el alcalde tome represalia en mi contra (balbucea temerosa…) porque es así, acá la gente le tiene miedo al señor alcalde, cuacando a mi me botaron también en el 2003 a la calle, a la plaza, el alcalde me dijo :»anda cuenta los pájaros, cuenta cuantos vuelan, cuantos pasan» me humilló, entonces en eso se presentó el señor Teófilo Villalobos que es padre de familia, su hijo aquí se encuentra trabajando, le dije señor ayúdame a constatar lo que has visto y el señor se negó, tuvo miedo, no me quisieron constatar, la municipalidad era al costado que ahora es un centro tecnológico, también el alcalde allá me encerró en la municipalidad, el cual existe la constatación en la gobernación hay muchas cosas que acá la gente de Coayllo no sabe lo que a mí me ha sucedido.
REFIERE QUE PERDIÓ UN BEBE Y RESPONSABILIZA AL ALCALDE…
yo en el 2006 estuve esperando un bebé también, por tanto abuso de autoridad, me sucedió un cólico fuerte y esto sucedió aquí en la municipalidad, en el cual me vino sangre faltaba 5 minutos para salir de mi trabajo, en ese entonces era regidora la señora Fortunata Guzmán a ella le correspondía por que ese día como se turnaban le tocaba como regidora, yo perdí mi bebé, el alcalde no me dejó salir, le tuvieron que llamar a mi esposo, quien tuvo que venir del club, gastar y pagar una carrera para auxiliarme, el alcalde me decía «no salgas espérate 5 minutos y lárgate», ha sucedido muchas cosas señor, pido a este diario importante de la provincia que lo publique por favor, pido justicia, por favor ayúdenme, el alcalde es un abusivo y prepotente…»
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (corresponsal en Mala)
REGIDOR MANUEL ACUÑA RAMON HACE GRAVE DENUNCIA…
Siguiendo la línea democrática, de equidad periodística, y habiendo publicado el día de ayer la entrevista al señor Alcalde de Coayllo Jaime Vega Ortiz, el día de hoy reproducimos la entrevista sostenida con el Primer Regidor señor Manuel Masías Acuña Ramón (16/03/10) quien asumió la encargatura del despacho de alcaldía el día 22 de febrero y de la servidora pública Hilda Virgilia Cosme Belleza encargada de la Secretaría General, que por razones que son materia de investigación, tiene su propia versión de los hechos de lo sucedido el día martes del presente mes cuando el alcalde irrumpiera para asumir nuevamente sus funciones.
LOS REGIDORES SI
APROBARON LA COMPRA DE UNA COMBI EN SESIÓN DE CONCEJO…
«Muchas gracias señor periodista, bueno quiero primero saludar a toda la provincia de Cañete, y explicarle que todo éste problema empieza con la compra de una «combi», nosotros aprobamos que esa combi se compre a nombre de la municipalidad, pero que es lo que pasa este señor(Jaime Vega Ortiz) le compra a su nombre, y cuando ve las cosas descubiertas y no había como esconder el delito hace la transferencia, lo hace por medio de una donación y esa forma nosotros no teníamos conocimientos de dicha donación. Esa compra se realizó una semana antes del terremoto del 15 de agosto, siempre había una necesidad, nosotros carecemos de movilidades y por situación de emergencia teníamos que tener una movilidad para cualquier problema que haya movilizarnos, allí nomás vino el caso del terremoto y fue de mucha utilidad.
DESCONOCÍAN QUE ALCALDE LO HABÍA PUESTRO A SU NOMBRE…
La compra se aprobó para que se compre para la municipalidad, el precio era de aproximadamente S/. 10,500.00; el vehículo se llega a comprar, pero que es lo que pasa, el señor alcalde lo compra a su nombre, esta comprobado que ha comprado a su nombre, bueno la verdad que éramos un equipo y aparentemente pensamos que todo iba bien, entonces no pensamos que él había comprado a su nombre, se llevó la sesión de concejo, todo parecía que estaba bien en la emergencia de esos días del terremoto que nos dedicábamos a ayudar, desde el mismo día que se compró hemos utilizado el vehículo; nosotros desconocíamos que estaba a nombre de Jaime Vega Ortiz pensábamos que estaba a nombre de la municipalidad, pero después me entero que había puesto a su nombre, y le donó a la municipalidad él. Yo he tenido conocimiento de este problema en el 2008, por allí me enteré, al preguntársele y averiguar él responde, que la combi era de él, y él lo había comprado con su plata y como era de él lo daba a la municipalidad, pero en ningún momento nosotros hemos aprobado una donación desde aquel día que donaba un vehículo de su propiedad a la municipalidad.
¿CUÁNDO SE COMPRÓ LA COMBI?
Esa combi se compró el 6 de agosto del 2007 si más no recuerdo, se compró la combi como vuelvo a repetir por acuerdo de Concejo, pero se sabía que era de la municipalidad, pero después resulta a nombre de él, esto se necesita esclarecer estamos trabajando por el pueblo y todo debe ser transparente, que sí hay algo que aclarar, que lo demuestre con hechos, esperamos que se aclare para que el pueblo tenga conocimiento de como se ha dado la compra del vehículo. Se nombró una comisión que preside el señor regidor Natalio Quispe, a quien hasta el día de hoy el alcalde no le entrega ninguno de los documentos solicitados, lo estamos solicitando desde el 15 de diciembre por el tema de la vacancia; el tema de la vacancia es un tema que nos preocupa a nosotros, hasta la fecha no tenemos respuesta de ningún documento. Justamente los documentos de las donación de la compra del vehículo es lo que se ha solicitado, queremos saber como salió dicho dinero, la verdad es que desconocemos todo este tema, hay un vecino pues que denuncia, que es el señor Chumpitaz Villalobos, denuncia y tomamos conocimiento y necesitamos documentarnos para ver si verdaderamente es verdad lo que nos está diciendo el señor Vega Ortiz.
EL DESARROLLO DEL
PROCESO DE «VACANCIA»…
En esto el alcalde convoca a una sesión Extraordinaria en diciembre, justamente para tratar el tema del expediente presentado por el señor Albino Chumpitaz Villalobos, nosotros aprobamos su vacancia por unanimidad y allí empieza el proceso que estamos hasta el día de hoy. En la asamblea de fecha 22, el señor alcalde apela directamente al JNE pero después nuevamente al final como se dice pide una reconsideración que es de ley, en una asamblea que él convoca este año en lo cual nosotros no asistimos porque ya había apelado, pero en vista que el JNE nuevamente envía para que se atienda la reconsideración solicitada para el señor alcalde, entonces hemos fijado para el día 18 (hoy) para que se vea su reconsideración aquí en la municipalidad.
ALCALDE ACEPTÓ IRSE DE «VACACIONES»…
Bueno el año pasado él pidió sus vacaciones 25 días al final no se que pasaría y no tomó sus vacaciones, entonces ya teníamos conocimiento que él quería descansar, entonces nosotros hemos visto en éste año, si quiere descansar darles sus vacaciones, creo que todo está dentro del termino de ley, aquí no hay nada contrario a la ley, tomamos la decisión con fecha 22 de febrero, al principio siempre hubo un poquito de problema, pero al final comprendió y aceptó las vacaciones, firmó el libro de actas y todo conforme. En cuanto a la encargatura quedó constancia en el acta de lo que me entregaba, las llaves, de tres oficinas y puertas principales más, la oficina de secretaría está lacrada y hasta la fecha no hemos ingresado, mi despacho ha venido funcionando en la sala de regidores. Le digo que desde que tomé el cargo ha habido problemas con los trabajadores porque él desde su casa sigue impartiendo órdenes, yo he mandado memorándum a los trabajadores. pero ellos siguen cumpliendo órdenes del alcalde, se rebelan, uno trabaja, el otro no quiere trabajar, solicitan descanso médico, un montón de problemas, que es lo que pasa ahora estoy denunciado por abuso de autoridad pese a que me han faltado el respeto, es el caso re registro civil a quien amonesté porque estaba siendo cosas indebidas, creo que lo tomó a mal y vino a mi despacho a reclamarme en una mala actitud que no estuve de acuerdo y lo sancioné 15 días, es por eso que ahora estoy denunciado por falta graves y muchos temas más que han presentado en la denuncia..
ALCALDE HA DENUNCIADO A VARIAS AUTORIDADES…
La conducta del señor alcalde hace que las autoridades no puedan trabajar como debe ser, porque todos las autoridades debemos de estar unidas para sacar el pueblo adelante, él denunció al Centro del adulto mayor que son personas indefensas, el caso del juez de paz que también le denuncia creo por el tema de una regidora con respecto a las documentaciones, el abuso de querer ofender a la autoridad…, nosotros lo que queremos es esclarecer y que en todos estos casos haya transparencia, eso es lo que nosotros como autoridades solicitamos que todo se haga legalmente.
FUE DESALOJADO A
EMPUJONES POR EL ALCALDE Y PRESUNTOS «MATONES»…
La municipalidad empieza atender a las 09.00 a.m y yo me acerco como todos los días y me encuentro con el señor alcalde donde me saca a la fuerza para afuera y mi saca diciendo que yo ya no estaba en esa condición (de alcalde encargado), al ver que él estaba acompañado de varias personas que venían a ofenderme, y porque lógicamente el alcalde se me vino de frente y me ha sacado a empujones, ha habido unos cuantos matones que me querían agredir y por mi cuidado he tenido que salir, el alcalde no tenia ningún documento, yo le pregunté si usted va a ingresar muéstreme algún documento que lo acredite y que diga que usted se está reponiendo y el hombre vino por la fuerza y he tenido que salir, en ese momento no participó la Policía del sector solo estaba el alcalde con todo su gente, «matones» sabe Dios, que me han impedido el ingreso, opte por retirarme, es algo ilegal lo que él está haciendo porque yo tengo la administración municipal bajo mi responsabilidad durante el tiempo que él esté de vacaciones.
EXISTE RIESGO DE
DESAPARICIÓN DE
DOCUMENTOS PERSONALES Y DE GESTIÓN MUNICIPAL…
Bueno, mi preocupación es porque en el interior se encuentra la encargada de secretaria en la oficina la señora Hilda Cosme Belleza esa es mi preocupación y he visto que ha llegado la policía y no he podido ingresar, inclusive el alcalde ha cambiado las chapas el sistema, todo ha cambiado, entonces no puedo ingresar a mi oficina, me preocupa a mi, también le digo que en éste periodo no se ha hecho ningún cabildo, no tenemos porque ser afectados, es un abuso que está cometiendo el alcalde a pesar que le hemos dicho que se haga un cabildo él nunca ha fijado una fecha, en vista de ello nosotros estamos programando para hacer un cabildo y que el pueblo sepa que es lo que está sucediendo en ésta municipalidad, vamos a ver la fecha, y coordinar, le estaremos invitando a usted para que se encuentre presente en ese cabildo y puede poner en conocimiento a la población cañetana de lo que sucede en mi pueblo, agradezco sinceramente al Diario «Matices «por su contribución a esclarecer éste caso, muchas gracias.
SERVIDORA PÚBLICA HILDA VIRGILIA COSME BELLEZA HACE GRAVE DENUNCIA…
No salía porque estaba en la sala de regidores por ordenes del señor alcalde, el entró intempestivamente en lo que ha sucedido hoy día, la orden del alcalde fue así por en el cargo que tenia de secretaria general, yo estaba las sala de regidores con todos los documentos y pues el señor alcalde me ordenó que entregue los documentos, pero se lo agarraron, sin firmar ningún cargo y se lo llevaron para la sala de tesorería, llevándose además todos los documentos, sellos de los señores regidores y llaves de local del centro tecnológico, un USB de internet, llaves de la moto lineal, entre otros materiales y enseres de la municipalidad, quedando solamente constancia en mesa de partes la entrega de las llaves de la puerta principal, sala de regidores, aérea de tesorería y contabilidad, puerta principal al segundo y tercer piso y tres juegos de llaves pequeños y un candado grande.
Me han dado el memorándum N° 016-2010, yo tengo un documento donde se me nombra encargada y entonces me pide el alcalde que lo entregue lo que está en mi poder, menos mal lo tiene mi abogado el cual él también está viendo mi caso, que no es de ahora, desde hace tiempo yo he sufrido acá de abuso de autoridad, he denunciado a diferentes lugares, tengo documentos que están archivados y nunca en mi caso se resolvió a mi favor, por ejemplo el abuso de autoridad cuando el alcalde ingresó en el año 2003 me debe mi sueldo cuatro meses hasta la fecha no me pagan, el 2006 también me deben hasta la fecha «no me pagan» presento por mesa de partes documentos, hacen oído sordo a mi pago yo digo eso no es un abuso de autoridad, también dígame yo soy madre de familia, me exige que vaya a Lima, yo no tengo dinero para irme a Lima, él me manda porque yo estaba en la sala de regidores, me dice que no tengo acceso a nada, me dice anda tráeme la resolución, yo le digo como voy a salir sin autorización que usted me está ordenando, yo he dicho el día 25 de marzo he ido de comisión a Cañete a dejar documentos al Banco de la Nación, no me dan, la Srta. Jenny me dijo ahorita no te puedo reembolsar porque es la orden del alcalde que no te reembolse nada, yo vivo en el anexo Uquira a 4 Km y a veces me quedo en la casa de mi abuelita que está cayéndose y se corre mucho peligro, quizá por haber declarado aquí el alcalde tome represalia en mi contra (balbucea temerosa…) porque es así, acá la gente le tiene miedo al señor alcalde, cuacando a mi me botaron también en el 2003 a la calle, a la plaza, el alcalde me dijo :»anda cuenta los pájaros, cuenta cuantos vuelan, cuantos pasan» me humilló, entonces en eso se presentó el señor Teófilo Villalobos que es padre de familia, su hijo aquí se encuentra trabajando, le dije señor ayúdame a constatar lo que has visto y el señor se negó, tuvo miedo, no me quisieron constatar, la municipalidad era al costado que ahora es un centro tecnológico, también el alcalde allá me encerró en la municipalidad, el cual existe la constatación en la gobernación hay muchas cosas que acá la gente de Coayllo no sabe lo que a mí me ha sucedido.
REFIERE QUE PERDIÓ UN BEBE Y RESPONSABILIZA AL ALCALDE…
yo en el 2006 estuve esperando un bebé también, por tanto abuso de autoridad, me sucedió un cólico fuerte y esto sucedió aquí en la municipalidad, en el cual me vino sangre faltaba 5 minutos para salir de mi trabajo, en ese entonces era regidora la señora Fortunata Guzmán a ella le correspondía por que ese día como se turnaban le tocaba como regidora, yo perdí mi bebé, el alcalde no me dejó salir, le tuvieron que llamar a mi esposo, quien tuvo que venir del club, gastar y pagar una carrera para auxiliarme, el alcalde me decía «no salgas espérate 5 minutos y lárgate», ha sucedido muchas cosas señor, pido a este diario importante de la provincia que lo publique por favor, pido justicia, por favor ayúdenme, el alcalde es un abusivo y prepotente…»
932 MILLONES SE HAN INVERTIDO EN 1,052 PROYECTOS DE RECONSTRUCCION DEL SUR…
168´561,063 Son Para 235 Proyectos En Cañete y Yauyos…
Mil 52 proyectos por un monto de 932 millones 850 mil 959 nuevos soles se han aprobado a la fecha como parte del proceso de reconstrucción de las zonas afectadas por el terremoto de 2007, informó Javier Cornejo Ventura, coordinador general del Fondo de Reconstrucción del Sur (Forsur).
Explicó que hasta febrero de 2010 se culminó la ejecución de 224 obras, otras 409 están en ejecución, 372 por iniciar y 46 son financiadas por otra fuente.
Agregó que estos proyectos se ubican en las zonas afectadas por el terremoto, es decir, las provincias de Ica, Pisco y Chincha, en el departamento de Ica; Cañete y Yauyos, en Lima; Huaytará y Castrovirreyna, así como los distritos de Acobambilla y Manta, en Huancavelica.
Del total de los proyectos 66 están vinculados a la atención de la salud pública de la población, 488 a infraestructura educativa pública, 253 a proyectos de agua potable, alcantarillado y saneamiento, 77 a las rehabilitaciones urbanas, vías locales y edificaciones urbanas.
Otros 159 están relacionados a infraestructura de riego, defensas ribereñas y vías de interconexión rural y, por último, nueve proyectos corresponden a la etapa de emergencia.
El financiamiento total aprobado para los mil 52 proyectos asciende a 932 millones 850 mil 959 nuevos soles, de los cuales el Forsur ha comprometido 802 millones 227 mil 040, los sectores públicos 86 millones 403 mil 814 y los organismos de cooperación internacional han contribuido con 44 millones 220 mil 104 soles.
Cornejo Ventura precisó que Ica es el departamento que tiene la mayor inversión para obras de reconstrucción: 609 millones 804 mil 365 nuevos soles para 400 proyectos.
Le sigue el departamento de Lima con 168 millones 561 mil 063 nuevos soles para 235 proyectos y Huancavelica con 147 millones 770 mil 331 para 415.
Por último, seis millones 715 mil 198 nuevos soles fueron transferidos al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) para dos proyectos de formalización de terrenos en la zona de emergencia.
SIETE PASOS A DESNIVEL E INTERCAMBIO VIAL SE CONSTRUIRÀN EN CARRETERA PUCUSANA-CERRO AZUL-ICA...
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones informó que en el marco de la adenda suscrita con CoviPerú, concesionaria de la carretera Pucusana – Cerro Azul – Ica, se posibilitará la construcción de por lo menos siete pasos a desnivel en Cerro Azul, Santa Cruz, Playa Hermosa, Arena, El Manso, Bujama y Boca de Río.
También comprende tres puentes peatonales situados en Chilca y Asia; así como un intercambio vial en la localidad de Asia.
Estas obras brindarán mayor seguridad vial y permitirán una mejor interrelación de la población con la carretera, asegurando el tránsito fluido y seguro, así como el acceso ordenado de los peatones, señaló el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
La construcción de las nuevas obras que permitirá la adenda, evitarán accidentes de tránsito en la autopista, la cual tiene característica de vía rápida.
La adenda también permitirá que la infraestructura asegure una integración de la población, teniendo en cuenta que la autopista atraviesa poblaciones dedicadas a la actividad agrícola y cruza antiguos caminos rurales.
La adenda ha servido, además, para perfeccionar reglas en el contrato que le permitan al Estado tener la plena seguridad que las obras nuevas serán ejecutadas siguiendo los lineamientos del contrato de concesión, por ello se ha incorporado el requisito de contar con una garantía de fiel cumplimiento de la construcción de las obras para asegurar que éstas cumplan con los mismos estándares de calidad que el resto de las obras concesionadas.
Asimismo, se ha incorporado plazos para el estudio y aprobación de los expedientes técnicos de las obras nuevas,a fin de establecer predictibilidad en los plazos de evaluación por parte del Concedente y Regulador de las obras que se proyecte realizar.
ALVARADO… ASEGURA QUE MANTENIMIENTO DE LA CAMIONETA NISSAN HA COSTADO 17 MIL NUEVOS SOLES…
La verdad es que el mismo Alcalde Provincial, es quien se viene poniendo piedras en el camino… Y es que en política, no basta ser honesto, sino también parecerlo… y en esa línea, no solo hay que conducirse con honestidad, sino mostrarlo y no dejar dudas en cada uno de sus actos.
Hace varios días, diferentes medios de comunicación, empezaron a preguntarse por la camioneta Nissan que estaba a disposición del Alcalde Provincial, para movilizarse. No se encontraba en Cañete… se decía que estaba en Huacho… Lo cierto es que Javier Alvarado por fin hablo del tema.
Indicó que la mencionada unidad móvil había sido sometida a mantenimiento, y el valor del mismo ascendió a 17 mil nuevos soles, cantidad sumamente alta, para trabajos de mantenimiento.
Javier señaló que la unidad móvil había superado los 300 mil kilómetros de recorrido, y por ello su motor necesitaba una rectificación inmediata. El Alcalde Provincial negó que la camioneta haya sido mal utilizada en la zona norte de la región, anotando que su largo internamiento en los talleres de Maquinarias S.A. fue para ponerla cien por ciento operativa, y en óptimas condiciones para la próxima gestión municipal.
Alvarado Gonzales del Valle indicó que además del motor, se ha renovado el sistema de suspensión y llantas. «Es nuestra política de trabajo dejar las máquinas en buen estado, como también lo estamos haciendo con las camionetas que utilizan quienes prestan el servicio de Serenazgo», remarcó, tras dejar entrever que Maquinarias S.A. es una empresa sería, «por lo tanto no hay nada oscuro en este tema», agregó.
Alvarado González del Valle, puntualizó que las denuncias hechas en torno a la forma como se ha manejado el tema de la reparación de la camioneta de Alcaldía, no tienen fundamento y mucho menos argumento para tomarle importancia.
«Acá no se quiere entender que dejarle una camioneta en mal estado al próximo alcalde, no es un problema para la siguiente autoridad sino hacia la comunidad, por lo tanto las maquinarias tienen que estar siempre operativas para no terminar en un deposito municipal como se hacia antes», concluyó.
Lo cierto es que el alto costo de la reparación, hace suponer diversas conjeturas sobre el uso que se le habría dado a dicha unidad móvil.
168´561,063 Son Para 235 Proyectos En Cañete y Yauyos…
Mil 52 proyectos por un monto de 932 millones 850 mil 959 nuevos soles se han aprobado a la fecha como parte del proceso de reconstrucción de las zonas afectadas por el terremoto de 2007, informó Javier Cornejo Ventura, coordinador general del Fondo de Reconstrucción del Sur (Forsur).
Explicó que hasta febrero de 2010 se culminó la ejecución de 224 obras, otras 409 están en ejecución, 372 por iniciar y 46 son financiadas por otra fuente.
Agregó que estos proyectos se ubican en las zonas afectadas por el terremoto, es decir, las provincias de Ica, Pisco y Chincha, en el departamento de Ica; Cañete y Yauyos, en Lima; Huaytará y Castrovirreyna, así como los distritos de Acobambilla y Manta, en Huancavelica.
Del total de los proyectos 66 están vinculados a la atención de la salud pública de la población, 488 a infraestructura educativa pública, 253 a proyectos de agua potable, alcantarillado y saneamiento, 77 a las rehabilitaciones urbanas, vías locales y edificaciones urbanas.
Otros 159 están relacionados a infraestructura de riego, defensas ribereñas y vías de interconexión rural y, por último, nueve proyectos corresponden a la etapa de emergencia.
El financiamiento total aprobado para los mil 52 proyectos asciende a 932 millones 850 mil 959 nuevos soles, de los cuales el Forsur ha comprometido 802 millones 227 mil 040, los sectores públicos 86 millones 403 mil 814 y los organismos de cooperación internacional han contribuido con 44 millones 220 mil 104 soles.
Cornejo Ventura precisó que Ica es el departamento que tiene la mayor inversión para obras de reconstrucción: 609 millones 804 mil 365 nuevos soles para 400 proyectos.
Le sigue el departamento de Lima con 168 millones 561 mil 063 nuevos soles para 235 proyectos y Huancavelica con 147 millones 770 mil 331 para 415.
Por último, seis millones 715 mil 198 nuevos soles fueron transferidos al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) para dos proyectos de formalización de terrenos en la zona de emergencia.
SIETE PASOS A DESNIVEL E INTERCAMBIO VIAL SE CONSTRUIRÀN EN CARRETERA PUCUSANA-CERRO AZUL-ICA...
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones informó que en el marco de la adenda suscrita con CoviPerú, concesionaria de la carretera Pucusana – Cerro Azul – Ica, se posibilitará la construcción de por lo menos siete pasos a desnivel en Cerro Azul, Santa Cruz, Playa Hermosa, Arena, El Manso, Bujama y Boca de Río.
También comprende tres puentes peatonales situados en Chilca y Asia; así como un intercambio vial en la localidad de Asia.
Estas obras brindarán mayor seguridad vial y permitirán una mejor interrelación de la población con la carretera, asegurando el tránsito fluido y seguro, así como el acceso ordenado de los peatones, señaló el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
La construcción de las nuevas obras que permitirá la adenda, evitarán accidentes de tránsito en la autopista, la cual tiene característica de vía rápida.
La adenda también permitirá que la infraestructura asegure una integración de la población, teniendo en cuenta que la autopista atraviesa poblaciones dedicadas a la actividad agrícola y cruza antiguos caminos rurales.
La adenda ha servido, además, para perfeccionar reglas en el contrato que le permitan al Estado tener la plena seguridad que las obras nuevas serán ejecutadas siguiendo los lineamientos del contrato de concesión, por ello se ha incorporado el requisito de contar con una garantía de fiel cumplimiento de la construcción de las obras para asegurar que éstas cumplan con los mismos estándares de calidad que el resto de las obras concesionadas.
Asimismo, se ha incorporado plazos para el estudio y aprobación de los expedientes técnicos de las obras nuevas,a fin de establecer predictibilidad en los plazos de evaluación por parte del Concedente y Regulador de las obras que se proyecte realizar.
ALVARADO… ASEGURA QUE MANTENIMIENTO DE LA CAMIONETA NISSAN HA COSTADO 17 MIL NUEVOS SOLES…
La verdad es que el mismo Alcalde Provincial, es quien se viene poniendo piedras en el camino… Y es que en política, no basta ser honesto, sino también parecerlo… y en esa línea, no solo hay que conducirse con honestidad, sino mostrarlo y no dejar dudas en cada uno de sus actos.
Hace varios días, diferentes medios de comunicación, empezaron a preguntarse por la camioneta Nissan que estaba a disposición del Alcalde Provincial, para movilizarse. No se encontraba en Cañete… se decía que estaba en Huacho… Lo cierto es que Javier Alvarado por fin hablo del tema.
Indicó que la mencionada unidad móvil había sido sometida a mantenimiento, y el valor del mismo ascendió a 17 mil nuevos soles, cantidad sumamente alta, para trabajos de mantenimiento.
Javier señaló que la unidad móvil había superado los 300 mil kilómetros de recorrido, y por ello su motor necesitaba una rectificación inmediata. El Alcalde Provincial negó que la camioneta haya sido mal utilizada en la zona norte de la región, anotando que su largo internamiento en los talleres de Maquinarias S.A. fue para ponerla cien por ciento operativa, y en óptimas condiciones para la próxima gestión municipal.
Alvarado Gonzales del Valle indicó que además del motor, se ha renovado el sistema de suspensión y llantas. «Es nuestra política de trabajo dejar las máquinas en buen estado, como también lo estamos haciendo con las camionetas que utilizan quienes prestan el servicio de Serenazgo», remarcó, tras dejar entrever que Maquinarias S.A. es una empresa sería, «por lo tanto no hay nada oscuro en este tema», agregó.
Alvarado González del Valle, puntualizó que las denuncias hechas en torno a la forma como se ha manejado el tema de la reparación de la camioneta de Alcaldía, no tienen fundamento y mucho menos argumento para tomarle importancia.
«Acá no se quiere entender que dejarle una camioneta en mal estado al próximo alcalde, no es un problema para la siguiente autoridad sino hacia la comunidad, por lo tanto las maquinarias tienen que estar siempre operativas para no terminar en un deposito municipal como se hacia antes», concluyó.
Lo cierto es que el alto costo de la reparación, hace suponer diversas conjeturas sobre el uso que se le habría dado a dicha unidad móvil.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA
PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA
En el Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, a los diecisiete días de marzo del dos mil diez, siendo las nueve de la mañana, se reunieron los señores Jueces Superiores doctores Moisés Martínez Meza (Presidente de la Sala), Víctor Durand Prado, y Jorge Villanueva Pérez, a efecto de programarse la fecha de realización de la PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA, conforme a lo establecido mediante la Resolución Administrativa Nº035-2010-P-CSJCÑ/PJ, de fecha primero de febrero del dos mil diez, señalándose para el día TREINTIUNO DE MARZO del año en curso a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, a fin de garantizarse que los procesos penales con reos en cárcel se tramiten dentro de los plazos fijados por ley, y el derecho de todo procesado de ser juzgado dentro de un plazo razonable, o ser puesto en libertad por exceso de detención, conforme lo establece el Decreto Ley N° 25476; en consecuencia OFICIESE a los dos Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de Cañete, Juzgado Liquidador Transitorio de Mala, Juzgado Liquidador Transitorio de Yauyos, Primera Fiscalía Superior Penal de Cañete, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos, y al Establecimiento Penal de Nuevo Imperial, a efecto de que INFORMEN antes de la fecha programada de audiencia, el PLAZO DE DETENCION que tuvieren los procesados al día 31 de marzo, y cuyos procesos estén pendientes de sentenciar y dictaminar. Oficiándose.
S.S.
MARTINEZ MEZA
DURAND PRADO
VILLANUEVA PEREZ
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA
PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA
En el Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, a los diecisiete días de marzo del dos mil diez, siendo las nueve de la mañana, se reunieron los señores Jueces Superiores doctores Moisés Martínez Meza (Presidente de la Sala), Víctor Durand Prado, y Jorge Villanueva Pérez, a efecto de programarse la fecha de realización de la PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA, conforme a lo establecido mediante la Resolución Administrativa Nº035-2010-P-CSJCÑ/PJ, de fecha primero de febrero del dos mil diez, señalándose para el día TREINTIUNO DE MARZO del año en curso a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, a fin de garantizarse que los procesos penales con reos en cárcel se tramiten dentro de los plazos fijados por ley, y el derecho de todo procesado de ser juzgado dentro de un plazo razonable, o ser puesto en libertad por exceso de detención, conforme lo establece el Decreto Ley N° 25476; en consecuencia OFICIESE a los dos Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de Cañete, Juzgado Liquidador Transitorio de Mala, Juzgado Liquidador Transitorio de Yauyos, Primera Fiscalía Superior Penal de Cañete, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos, y al Establecimiento Penal de Nuevo Imperial, a efecto de que INFORMEN antes de la fecha programada de audiencia, el PLAZO DE DETENCION que tuvieren los procesados al día 31 de marzo, y cuyos procesos estén pendientes de sentenciar y dictaminar. Oficiándose.
S.S.
MARTINEZ MEZA
DURAND PRADO
VILLANUEVA PEREZ
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA
PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA
En el Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, a los diecisiete días de marzo del dos mil diez, siendo las nueve de la mañana, se reunieron los señores Jueces Superiores doctores Moisés Martínez Meza (Presidente de la Sala), Víctor Durand Prado, y Jorge Villanueva Pérez, a efecto de programarse la fecha de realización de la PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA, conforme a lo establecido mediante la Resolución Administrativa Nº035-2010-P-CSJCÑ/PJ, de fecha primero de febrero del dos mil diez, señalándose para el día TREINTIUNO DE MARZO del año en curso a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, a fin de garantizarse que los procesos penales con reos en cárcel se tramiten dentro de los plazos fijados por ley, y el derecho de todo procesado de ser juzgado dentro de un plazo razonable, o ser puesto en libertad por exceso de detención, conforme lo establece el Decreto Ley N° 25476; en consecuencia OFICIESE a los dos Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de Cañete, Juzgado Liquidador Transitorio de Mala, Juzgado Liquidador Transitorio de Yauyos, Primera Fiscalía Superior Penal de Cañete, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos, y al Establecimiento Penal de Nuevo Imperial, a efecto de que INFORMEN antes de la fecha programada de audiencia, el PLAZO DE DETENCION que tuvieren los procesados al día 31 de marzo, y cuyos procesos estén pendientes de sentenciar y dictaminar. Oficiándose.
S.S.
MARTINEZ MEZA
DURAND PRADO
VILLANUEVA PEREZ
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA
PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA
En el Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, a los diecisiete días de marzo del dos mil diez, siendo las nueve de la mañana, se reunieron los señores Jueces Superiores doctores Moisés Martínez Meza (Presidente de la Sala), Víctor Durand Prado, y Jorge Villanueva Pérez, a efecto de programarse la fecha de realización de la PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA, conforme a lo establecido mediante la Resolución Administrativa Nº035-2010-P-CSJCÑ/PJ, de fecha primero de febrero del dos mil diez, señalándose para el día TREINTIUNO DE MARZO del año en curso a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, a fin de garantizarse que los procesos penales con reos en cárcel se tramiten dentro de los plazos fijados por ley, y el derecho de todo procesado de ser juzgado dentro de un plazo razonable, o ser puesto en libertad por exceso de detención, conforme lo establece el Decreto Ley N° 25476; en consecuencia OFICIESE a los dos Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de Cañete, Juzgado Liquidador Transitorio de Mala, Juzgado Liquidador Transitorio de Yauyos, Primera Fiscalía Superior Penal de Cañete, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos, y al Establecimiento Penal de Nuevo Imperial, a efecto de que INFORMEN antes de la fecha programada de audiencia, el PLAZO DE DETENCION que tuvieren los procesados al día 31 de marzo, y cuyos procesos estén pendientes de sentenciar y dictaminar. Oficiándose.
S.S.
MARTINEZ MEZA
DURAND PRADO
VILLANUEVA PEREZ
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO
En los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO, PROFINANZAS S.A.A. contra CANCHO RIVERA BENITO REYMUNDO y ROSALES RAMOS YOLANDA LUCIA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, en el Expediente N° 539-2007, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe y Especialista Legal Dr. Miguel Yalan Ahedo, quien ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente inmueble ubicado en Centro Poblado Acolla Primer Cuartel Mz. E2 Lote 2, departamento Junín, provincia de Jauja, distrito de Acolla, inscrito en la Partida Electrónica N° P16047908 del Registro de Propiedad Inmueble de Junín VALOR DE TASACIÓN: US$ 23,847.00 (veintitrés mil ochocientos cuarenta y siete y 00/100 dólares americanos) BASE DEL REMATE: US$ 15,898.00 (quince mil ochocientos noventa y ocho y 00/100 dólares americanos) que corresponde a las 2/3 partes del valor de la tasación. GRAVÁMENES: HIPOTECA otorgada por Benito Reymundo Cancho Rivera y cónyuge Yolanda Lucia Rosales Ramos constituyen primera y referente hipoteca por la suma de US$ 23,847.00 (veintitrés mil ochocientos cuarenta y siete y 00/100 dólares americanos) a favor de los ejecutantes. DIA Y HORA DEL REMATE: 07 de Abril del 2010, a la 1:00 p.m. LUGAR DE REMATE: En el Primer Juzgado Civil de Cañete en la sede de la Corte Superior de Cañete ubicada en Panamericana Sur Km. 144, distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima. LOS POSTORES: oblarán el 10% del valor de tasación del inmueble y presentarán Tasa de Postor Judicial respectiva por cada inmueble (con copia del Arancel y del DNI o RUC) suscribiendo dicho arancel con número de expediente y generales de ley. LOS HONORARIOS del Martillero Público por cuenta del adjudicatario y de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil en los rangos y tramos arancelarios dispuestos por el D.S. N° 008-2005-JUS. Marco Antonio Urbina Chumpitassi Abogado – Martillero Público Registro N° 196- Teléfono 2222516.
Cañete, 11 de Enero del 2010.
Marco Antonio Urbina Chumpitassi
Abogado – Martillero Público - Reg. O.R.I.C. 196
Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 15 al 20 de Marzo.
EDICTO PENAL
EXP.2010-0071.- EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE.-Juez ZAVALETA; ordeno NOTIFICAR al imputado NESTOR RICARDO FERIA FERIA (se desconoce su domicilio); mediante RESOLUCIÓN N°02, comunicando la Admisibilidad de solicitud de Constitución de Actor Civil presentada por el Procurador Publico de la Municipalidad Provincial de Cañete, en la investigación preparatoria, por el Delito: Contra la Fé Pública-Uso de Documento Público Falso; le corre traslado por el plazo de tres días a fin de que formule sus pretensiones de Ley (oposición a la solicitud incoada), caso contrario se resuelve mediante acto debidamente motivado, NOTIFIQUESE al acusado mediante EDICTOS a fin de que designe abogado defensor y señale domicilio procesal en el radio urbano de esta ciudad, bajo apercibimiento de designarle uno de oficio. Fdo.Juez: Zavaleta. Cañete, 26.02.2010.
18, 19 y 20 de Marzo
EDICTO DE FAMILIA
EXP.2009-0525.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez POLANCO; ha ordenado publicar la RESOLUCION N° 11, de fecha 03-03-2010; SE DISPONE: SEÑALAR AUDIENCIA UNICA el 29 de abril del 2010 a las 08.15 am, con citación de las partes; NOTIFICAR a la agraviada HEGGAI MACNADEBAIL GAVILAN VIVANCO con la presente resolución, mediante EDICTOS.- Fdo.Secretaria: Claudio. Cañete, 16.03.2010.
18, 19 y 20 de Marzo
EDICTOS PENALES
LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente MARTINEZ, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2002-0538, a MANUEL ALEJANDRO GRANDA ALEGRE, para INSTRUCTIVA, Delito: PECULADO DOLOSO, en Agravio del Estado Peruano; día 27-03-2010 a horas 09.30 am, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz. Cañete, 08.03.2010.
Secretario: Miranda.
EXP.-2007-0169, a ROSITA AYLLON DE NAVARRO y ESCRIBA CASAVILCA TEODOR CAMILO, para INSTRUCTIVA, Delito: PECULADO en Agravio del Estado Peruano; día 06-04-2010 hora 09.30 am, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz. Cañete, 08.03.2010.
Secretario: Miranda.
18, 19 y 20 de Marzo
En los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO, PROFINANZAS S.A.A. contra CANCHO RIVERA BENITO REYMUNDO y ROSALES RAMOS YOLANDA LUCIA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, en el Expediente N° 539-2007, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe y Especialista Legal Dr. Miguel Yalan Ahedo, quien ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente inmueble ubicado en Centro Poblado Acolla Primer Cuartel Mz. E2 Lote 2, departamento Junín, provincia de Jauja, distrito de Acolla, inscrito en la Partida Electrónica N° P16047908 del Registro de Propiedad Inmueble de Junín VALOR DE TASACIÓN: US$ 23,847.00 (veintitrés mil ochocientos cuarenta y siete y 00/100 dólares americanos) BASE DEL REMATE: US$ 15,898.00 (quince mil ochocientos noventa y ocho y 00/100 dólares americanos) que corresponde a las 2/3 partes del valor de la tasación. GRAVÁMENES: HIPOTECA otorgada por Benito Reymundo Cancho Rivera y cónyuge Yolanda Lucia Rosales Ramos constituyen primera y referente hipoteca por la suma de US$ 23,847.00 (veintitrés mil ochocientos cuarenta y siete y 00/100 dólares americanos) a favor de los ejecutantes. DIA Y HORA DEL REMATE: 07 de Abril del 2010, a la 1:00 p.m. LUGAR DE REMATE: En el Primer Juzgado Civil de Cañete en la sede de la Corte Superior de Cañete ubicada en Panamericana Sur Km. 144, distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima. LOS POSTORES: oblarán el 10% del valor de tasación del inmueble y presentarán Tasa de Postor Judicial respectiva por cada inmueble (con copia del Arancel y del DNI o RUC) suscribiendo dicho arancel con número de expediente y generales de ley. LOS HONORARIOS del Martillero Público por cuenta del adjudicatario y de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil en los rangos y tramos arancelarios dispuestos por el D.S. N° 008-2005-JUS. Marco Antonio Urbina Chumpitassi Abogado – Martillero Público Registro N° 196- Teléfono 2222516.
Cañete, 11 de Enero del 2010.
Marco Antonio Urbina Chumpitassi
Abogado – Martillero Público - Reg. O.R.I.C. 196
Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 15 al 20 de Marzo.
EDICTO PENAL
EXP.2010-0071.- EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE.-Juez ZAVALETA; ordeno NOTIFICAR al imputado NESTOR RICARDO FERIA FERIA (se desconoce su domicilio); mediante RESOLUCIÓN N°02, comunicando la Admisibilidad de solicitud de Constitución de Actor Civil presentada por el Procurador Publico de la Municipalidad Provincial de Cañete, en la investigación preparatoria, por el Delito: Contra la Fé Pública-Uso de Documento Público Falso; le corre traslado por el plazo de tres días a fin de que formule sus pretensiones de Ley (oposición a la solicitud incoada), caso contrario se resuelve mediante acto debidamente motivado, NOTIFIQUESE al acusado mediante EDICTOS a fin de que designe abogado defensor y señale domicilio procesal en el radio urbano de esta ciudad, bajo apercibimiento de designarle uno de oficio. Fdo.Juez: Zavaleta. Cañete, 26.02.2010.
18, 19 y 20 de Marzo
EDICTO DE FAMILIA
EXP.2009-0525.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez POLANCO; ha ordenado publicar la RESOLUCION N° 11, de fecha 03-03-2010; SE DISPONE: SEÑALAR AUDIENCIA UNICA el 29 de abril del 2010 a las 08.15 am, con citación de las partes; NOTIFICAR a la agraviada HEGGAI MACNADEBAIL GAVILAN VIVANCO con la presente resolución, mediante EDICTOS.- Fdo.Secretaria: Claudio. Cañete, 16.03.2010.
18, 19 y 20 de Marzo
EDICTOS PENALES
LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente MARTINEZ, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2002-0538, a MANUEL ALEJANDRO GRANDA ALEGRE, para INSTRUCTIVA, Delito: PECULADO DOLOSO, en Agravio del Estado Peruano; día 27-03-2010 a horas 09.30 am, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz. Cañete, 08.03.2010.
Secretario: Miranda.
EXP.-2007-0169, a ROSITA AYLLON DE NAVARRO y ESCRIBA CASAVILCA TEODOR CAMILO, para INSTRUCTIVA, Delito: PECULADO en Agravio del Estado Peruano; día 06-04-2010 hora 09.30 am, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz. Cañete, 08.03.2010.
Secretario: Miranda.
18, 19 y 20 de Marzo
17 marzo 2010
ALCALDE JAIME VEGA ORTIZ INGRESA A LA MUNICIPALIDAD DE COAYLLO,»CAMBIO LAS CHAPAS» Y GENERÓ UN ESCANDALO...
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (corresponsal en Mala)
ALCALDE REFIERE QUE DONÓ UNA «COMBI» CON AUTORIZACIÓN DEL CONCEJO…
«El vehículo fue donado por mi persona, nunca se compró ninguna combi, ni se autorizó la compra de ninguna combi, lo que se autorizó fue la compra de un vehículo menor, en vista que teníamos un carro maltratado que nosotros llamamos «Hércules», pero no se compró el carro, yo tengo los documentos... en estos momentos no lo tengo, porque acabo de ingresar a mi despacho después de varios días, encontrando las oficinas como si se hubiera rebuscado todo lo que hubieran querido rebuscar, todo está desordenado, pero usted puede mirar en la Notaría Camacho Gálvez y allí usted va a encontrar una transferencia de vehículo en calidad de donación; bueno como lo dije, la combi fue donada, usted lo puede encontrar en la SUNARP, contablemente no hay ningún desembolso de dinero en ese rubro, la combi fue donada por mi persona y aceptado por el concejo en su oportunidad, por supuesto que hay actas, estamos recién viendo.
He ordenado a todas las áreas municipales que se haga un inventario, porque no sé lo que está faltando honestamente ahorita, bien tengo escasamente 2 horas aquí y estamos tratando de organizar todo lo que está mal.
¿QUIÉNES PROMUEVEN LA VACANCIA?
Bueno, esta es un vacancia promovida por los propios regidores, el señor Natalio Quispe Chumpitaz, primo hermano del Presidente de la Comunidad Campesina de Coayllo, quien a su vez es asesor de todos los regidores, es el contador me parece, porque ha tenido un cargo en estos días, porque está en todas las intervenciones que ha habido en la municipalidad, a su vez él se ha presentado como asesor, a veces se presenta como ciudadano, también esta su tío Albino Chumpitaz que es el tío de ambos, que fue el que presentó la vacancia, que es un poblador muy humilde, muy sencillo, pero sin embargo lo he visto que ha traído abogado, «en carro…», ha habido un manejo político y económico el cual desconozco, obviamente su proceder, pero presentaron la vacancia. Sobre esa vacancia yo presenté un recurso de reconsideración al mismo pleno de concejo, me parece que fue para el día (…) no me acuerdo ahorita, no sé, ya fue bastante tiempo, no asistieron a la sesión de concejo que yo llamé, no tengo el expediente a la mano, firmaron los regidores y no se presentaron a las sesiones de concejo que yo convoqué para ver mi recurso de consideración, sin embargo ellos presentaron una queja al JNE, argumentando que yo no había cumplido con elevar su acuerdo de vacancia al JNE, y el JNE ha resuelto que es improcedente. El mecanismo que yo he aplicado es el correcto porque tengo derecho a la reconsideración y ha resuelto esa reconsideración, desde la fecha que yo lo presenté 7 de enero hasta la fecha han pasado los 30 días con conocimiento de ellos, por lo tanto, y tomando en cuenta, el silencio administrativo positivo, ha quedado consentido mi recurso de reconsideración, lo establece la ley, es esa la situación, y como se encuentra mi vacancia.
Sin embargo los regidores ahora están tratando de mover, después que han pasado 50 a 60 días, que se vuelva a ver mi recurso de reconsideración, me piden el original del expediente, cuando el original debe estar en la municipalidad y me lo piden a mí, ese es el tema.
LO MANDARON DE VACACIONES…
No contento el señor José Chumpitaz, Natalio Quispe y el resto de los señores regidores que lo secundan, como ven que no va a prosperar el tema de la vacancia agarran y en una sesión de concejo algo «sui generis», algo totalmente salido… no se de adonde, porque si el señor José Chumpìtaz es abogado lo ha asesorado demasiado mal, yo llamo a una sesión de concejo para el 22 de febrero con una agenda bien definida, y en la sección pedidos el regidor Natalio Quispe de vuelta pide que se me de vacaciones por 55 días argumentando que tengo 7 años (en el cargo) y no descanso, yo le dije que las vacaciones no son de oficio, sino son de parte y el cuerpo de regidores no aprueba vacaciones, sino licencia y la licencia no se puede dar por más de 30 días. No he firmado ningún documento, lo que yo he hecho es firmar porque tengo que firmar, porque estuve presente en la sesión, he demostrado mi desacuerdo a ese acuerdo de concejo. Fue el 22 de febrero, lo inverosímil de esto es que el mismo día de la sesión de concejo que fue a las 11.30 a. m y a las 11.31 me dicen señor alcalde usted tiene que irse, yo tengo que entregar una directiva, por lo menos un cargo, yo no dejo de ser el alcalde así salga de vacaciones, entonces usted tiene que irse inmediatamente porque es el acuerdo de concejo el que está ordenando, yo lo dije que no estaba de acuerdo con eso, a las 4 de la tarde viene el Juez de Paz y viene a conminarme con ellos mismos a que yo me retire, yo llame a la policía, he salido voluntariamente, pero he hecho constar mi malestar y desacuerdo al acuerdo de concejo y yo me retire de la municipalidad, lo hice porque estos señores trajeron matones y estaban enfrentados los matones con un grupo de pobladores de mi pueblo que son personas muy humildes y yo para evitar cualquier daño a la integridad física de personas que si bien es cierto tienen el derecho de tener sus autoridades pues también no se lo puede poner en riesgo sus salud, su integridad física «estos matones» nos bajaron las llantas de los camiones, las combis, amenazaron a los trabajadores, tuvimos que refugiarnos en el tercer piso del local municipal ante toda estas amenazas. Yo salí pacíficamente con respaldo del pueblo que no quería que yo saliera de la municipalidad, a la hora que el pueblo se juntó, los sinvergüenzas de estos maleantes se retiraron porque les dio miedo de la gente que se armó afuera, pero hice constar que yo iba a regresar, estoy utilizando todos los mecanismos legales, y estas vacaciones al ser ilegales , yo no tengo porque cumplirlas, porque si el acuerdo de concejo me dice alcalde usted mátese yo no me voy a matar polque ellos me están ordenando y eso es ilegal.
Qué han hecho durante todo este tiempo... han puesto personal, que ha sido despedido de la municipalidad a que maneje las llaves de la municipalidad, han cambiado todas las chapas de la municipalidad, me han dado vacaciones 55 días, están desesperados de manejar las cuentas de la municipalidad poniendo a personas que no tienen vínculo laboral con la municipalidad para el manejo de cuentas, su asesor es de vuelta José Chumpitaz Presidente de la Comunidad, es el que lo asesora y es parte de la oposición como antes, estaba el Gobernador, Juez de Paz, todos son parte prácticamente de una oposición yo no tengo absolutamente nada y si yo ese día salí, lo hice solamente con mi ropa y sin ningún documento, han tenido para revisar 30 días aproximadamente.
AFIRMAN QUE NO HA DADO DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR REGIDORES?
Eso es mentira, porque la documentación que ha pedido la regidora Sofía la hemos dado, y documentos en demasía, las solicitudes se entregan de acuerdo como lo piden, fedateadas, simples… Yo he entrado más que a tomar mi cargo, me he reincorporado a mis labores habituales, mientras que no tenga un documento que diga lo contario del JNE sigo siendo el alcalde, así no le guste a los señores regidores, dicho sea de paso yo por razones de seguridad es obvio que he tenido que cambiar las chapas, no he forcejeado chapas, no he violentado ninguna chapa, en todas las instalaciones yo permití que los trabajadores abrieran sus oficinas y en ese rato ingresé de manera pacífica, solo, y una vez que estuve dentro de la municipalidad, si pues yo ya me hice cargo y le dije al teniente alcalde que estaba asumiendo mis funciones, no ha habido una actitud violenta, la policía ha constatado todo esto yo personalmente pedí que venga la policía para que constate la situación en que está la municipalidad como usted lo ve ahorita, puede ver que acá ha habido muchísimo desorden en el despacho de alcaldía.
CONFIRMA QUE ALCALDE PROVINCIAL ALVARADO CUMPLIÓ CON COAYLLO…
Bueno, yo soy administrador de empresas y para nosotros siempre va a funcionar los costos de oportunidad y eso va funcionar en pueblos como Coayllo, nosotros vamos a tener muchas veces que dejar algo por cosas más grandes, creo que el tema de electrificación, el abaratar el agua para los agricultores creo que son nuestros principales ejes de desarrollo, cuando a nosotros nos asignaron la ambulancia yo lo pedí al alcalde provincial y con acuerdo de concejo aprobado en esa fecha que se transfiriera ese dinero, que en lugar que nos de una ambulancia pueda ser utilizado para una parte que era la carretera que usted lo puede ver en estos momentos, aquí hay financiamiento del gobierno regional, y los S/. 100,000.00 soles (CIEN MIL SOLES) del gobierno provincial bueno algo de dinero de nosotros... Coayllo es uno de los distritos más pobres de Cañete y en estos 7 años hemos cambiado completamente a Coayllo, el tema para mi es la electrificación, la justicia social, acá en Coayllo no hay agua entonces el agricultor tiene que sustraer el agua de los pozos, una hora de agua vale S/. 12.00 soles, un agricultor debe de tener entre 300 a 400 soles mensuales apara regar su chacra, yo he abaratado eso al 50%, tenemos 5 bombas eléctricas funcionando, ayudamos al agricultor, ampliamos la frontera agrícola, sus gastos operativos en agricultura son más bajos, hemos comprado dos camiones que transportan las frutas para romper el monopolio, tenemos Pronoeis municipales, colegios primarios financiados totalmente por la municipalidad, el padre de familia lo único que tiene que hacer es mandar a sus hijos, la municipalidad se ha modernizado totalmente con todo un equipo de computo hemos hecho una biblioteca con su sala de internet, en electrificación y estamos en Yesera este año debemos terminar hasta Callancas y haber electrificado mas o menos 55 Km de alta tensión porque la MDC administra su propia luz, casi todo la electrificación lo hemos hecho con recursos propios, aquí hay temas políticos el señor Natalio Quispe Chumpitaz es candidato a la alcaldía con todos sus regidores, el señor José Chumpitaz obviamente es su primo hermano acá hay un tema de familiaridad, hay que poner las cosas en orden, aquí el que se perjudica es el pueblo estamos 6 meses en estas peleas…» Por razones de espacio quiero manifestar que el alcalde Vega Ortiz negó que se hubiera retenido a una trabajadora (Hilda) en el interior del municipio, lo cierto es que fui testigo presencial que la persona señalada estaba en el interior del municipio estando las puertas totalmente cerradas de la municipalidad, al terminar la entrevista que me brindó el Alcalde entrevisté a la secretaria sobre su situación que escribiré en la siguiente crónica al igual de otros actores que son protagonistas de un nuevo escándalo político que se debe investigar a fondo y lo haré con el estilo y responsabilidad que ustedes conocen..
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (corresponsal en Mala)
ALCALDE REFIERE QUE DONÓ UNA «COMBI» CON AUTORIZACIÓN DEL CONCEJO…
«El vehículo fue donado por mi persona, nunca se compró ninguna combi, ni se autorizó la compra de ninguna combi, lo que se autorizó fue la compra de un vehículo menor, en vista que teníamos un carro maltratado que nosotros llamamos «Hércules», pero no se compró el carro, yo tengo los documentos... en estos momentos no lo tengo, porque acabo de ingresar a mi despacho después de varios días, encontrando las oficinas como si se hubiera rebuscado todo lo que hubieran querido rebuscar, todo está desordenado, pero usted puede mirar en la Notaría Camacho Gálvez y allí usted va a encontrar una transferencia de vehículo en calidad de donación; bueno como lo dije, la combi fue donada, usted lo puede encontrar en la SUNARP, contablemente no hay ningún desembolso de dinero en ese rubro, la combi fue donada por mi persona y aceptado por el concejo en su oportunidad, por supuesto que hay actas, estamos recién viendo.
He ordenado a todas las áreas municipales que se haga un inventario, porque no sé lo que está faltando honestamente ahorita, bien tengo escasamente 2 horas aquí y estamos tratando de organizar todo lo que está mal.
¿QUIÉNES PROMUEVEN LA VACANCIA?
Bueno, esta es un vacancia promovida por los propios regidores, el señor Natalio Quispe Chumpitaz, primo hermano del Presidente de la Comunidad Campesina de Coayllo, quien a su vez es asesor de todos los regidores, es el contador me parece, porque ha tenido un cargo en estos días, porque está en todas las intervenciones que ha habido en la municipalidad, a su vez él se ha presentado como asesor, a veces se presenta como ciudadano, también esta su tío Albino Chumpitaz que es el tío de ambos, que fue el que presentó la vacancia, que es un poblador muy humilde, muy sencillo, pero sin embargo lo he visto que ha traído abogado, «en carro…», ha habido un manejo político y económico el cual desconozco, obviamente su proceder, pero presentaron la vacancia. Sobre esa vacancia yo presenté un recurso de reconsideración al mismo pleno de concejo, me parece que fue para el día (…) no me acuerdo ahorita, no sé, ya fue bastante tiempo, no asistieron a la sesión de concejo que yo llamé, no tengo el expediente a la mano, firmaron los regidores y no se presentaron a las sesiones de concejo que yo convoqué para ver mi recurso de consideración, sin embargo ellos presentaron una queja al JNE, argumentando que yo no había cumplido con elevar su acuerdo de vacancia al JNE, y el JNE ha resuelto que es improcedente. El mecanismo que yo he aplicado es el correcto porque tengo derecho a la reconsideración y ha resuelto esa reconsideración, desde la fecha que yo lo presenté 7 de enero hasta la fecha han pasado los 30 días con conocimiento de ellos, por lo tanto, y tomando en cuenta, el silencio administrativo positivo, ha quedado consentido mi recurso de reconsideración, lo establece la ley, es esa la situación, y como se encuentra mi vacancia.
Sin embargo los regidores ahora están tratando de mover, después que han pasado 50 a 60 días, que se vuelva a ver mi recurso de reconsideración, me piden el original del expediente, cuando el original debe estar en la municipalidad y me lo piden a mí, ese es el tema.
LO MANDARON DE VACACIONES…
No contento el señor José Chumpitaz, Natalio Quispe y el resto de los señores regidores que lo secundan, como ven que no va a prosperar el tema de la vacancia agarran y en una sesión de concejo algo «sui generis», algo totalmente salido… no se de adonde, porque si el señor José Chumpìtaz es abogado lo ha asesorado demasiado mal, yo llamo a una sesión de concejo para el 22 de febrero con una agenda bien definida, y en la sección pedidos el regidor Natalio Quispe de vuelta pide que se me de vacaciones por 55 días argumentando que tengo 7 años (en el cargo) y no descanso, yo le dije que las vacaciones no son de oficio, sino son de parte y el cuerpo de regidores no aprueba vacaciones, sino licencia y la licencia no se puede dar por más de 30 días. No he firmado ningún documento, lo que yo he hecho es firmar porque tengo que firmar, porque estuve presente en la sesión, he demostrado mi desacuerdo a ese acuerdo de concejo. Fue el 22 de febrero, lo inverosímil de esto es que el mismo día de la sesión de concejo que fue a las 11.30 a. m y a las 11.31 me dicen señor alcalde usted tiene que irse, yo tengo que entregar una directiva, por lo menos un cargo, yo no dejo de ser el alcalde así salga de vacaciones, entonces usted tiene que irse inmediatamente porque es el acuerdo de concejo el que está ordenando, yo lo dije que no estaba de acuerdo con eso, a las 4 de la tarde viene el Juez de Paz y viene a conminarme con ellos mismos a que yo me retire, yo llame a la policía, he salido voluntariamente, pero he hecho constar mi malestar y desacuerdo al acuerdo de concejo y yo me retire de la municipalidad, lo hice porque estos señores trajeron matones y estaban enfrentados los matones con un grupo de pobladores de mi pueblo que son personas muy humildes y yo para evitar cualquier daño a la integridad física de personas que si bien es cierto tienen el derecho de tener sus autoridades pues también no se lo puede poner en riesgo sus salud, su integridad física «estos matones» nos bajaron las llantas de los camiones, las combis, amenazaron a los trabajadores, tuvimos que refugiarnos en el tercer piso del local municipal ante toda estas amenazas. Yo salí pacíficamente con respaldo del pueblo que no quería que yo saliera de la municipalidad, a la hora que el pueblo se juntó, los sinvergüenzas de estos maleantes se retiraron porque les dio miedo de la gente que se armó afuera, pero hice constar que yo iba a regresar, estoy utilizando todos los mecanismos legales, y estas vacaciones al ser ilegales , yo no tengo porque cumplirlas, porque si el acuerdo de concejo me dice alcalde usted mátese yo no me voy a matar polque ellos me están ordenando y eso es ilegal.
Qué han hecho durante todo este tiempo... han puesto personal, que ha sido despedido de la municipalidad a que maneje las llaves de la municipalidad, han cambiado todas las chapas de la municipalidad, me han dado vacaciones 55 días, están desesperados de manejar las cuentas de la municipalidad poniendo a personas que no tienen vínculo laboral con la municipalidad para el manejo de cuentas, su asesor es de vuelta José Chumpitaz Presidente de la Comunidad, es el que lo asesora y es parte de la oposición como antes, estaba el Gobernador, Juez de Paz, todos son parte prácticamente de una oposición yo no tengo absolutamente nada y si yo ese día salí, lo hice solamente con mi ropa y sin ningún documento, han tenido para revisar 30 días aproximadamente.
AFIRMAN QUE NO HA DADO DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR REGIDORES?
Eso es mentira, porque la documentación que ha pedido la regidora Sofía la hemos dado, y documentos en demasía, las solicitudes se entregan de acuerdo como lo piden, fedateadas, simples… Yo he entrado más que a tomar mi cargo, me he reincorporado a mis labores habituales, mientras que no tenga un documento que diga lo contario del JNE sigo siendo el alcalde, así no le guste a los señores regidores, dicho sea de paso yo por razones de seguridad es obvio que he tenido que cambiar las chapas, no he forcejeado chapas, no he violentado ninguna chapa, en todas las instalaciones yo permití que los trabajadores abrieran sus oficinas y en ese rato ingresé de manera pacífica, solo, y una vez que estuve dentro de la municipalidad, si pues yo ya me hice cargo y le dije al teniente alcalde que estaba asumiendo mis funciones, no ha habido una actitud violenta, la policía ha constatado todo esto yo personalmente pedí que venga la policía para que constate la situación en que está la municipalidad como usted lo ve ahorita, puede ver que acá ha habido muchísimo desorden en el despacho de alcaldía.
CONFIRMA QUE ALCALDE PROVINCIAL ALVARADO CUMPLIÓ CON COAYLLO…
Bueno, yo soy administrador de empresas y para nosotros siempre va a funcionar los costos de oportunidad y eso va funcionar en pueblos como Coayllo, nosotros vamos a tener muchas veces que dejar algo por cosas más grandes, creo que el tema de electrificación, el abaratar el agua para los agricultores creo que son nuestros principales ejes de desarrollo, cuando a nosotros nos asignaron la ambulancia yo lo pedí al alcalde provincial y con acuerdo de concejo aprobado en esa fecha que se transfiriera ese dinero, que en lugar que nos de una ambulancia pueda ser utilizado para una parte que era la carretera que usted lo puede ver en estos momentos, aquí hay financiamiento del gobierno regional, y los S/. 100,000.00 soles (CIEN MIL SOLES) del gobierno provincial bueno algo de dinero de nosotros... Coayllo es uno de los distritos más pobres de Cañete y en estos 7 años hemos cambiado completamente a Coayllo, el tema para mi es la electrificación, la justicia social, acá en Coayllo no hay agua entonces el agricultor tiene que sustraer el agua de los pozos, una hora de agua vale S/. 12.00 soles, un agricultor debe de tener entre 300 a 400 soles mensuales apara regar su chacra, yo he abaratado eso al 50%, tenemos 5 bombas eléctricas funcionando, ayudamos al agricultor, ampliamos la frontera agrícola, sus gastos operativos en agricultura son más bajos, hemos comprado dos camiones que transportan las frutas para romper el monopolio, tenemos Pronoeis municipales, colegios primarios financiados totalmente por la municipalidad, el padre de familia lo único que tiene que hacer es mandar a sus hijos, la municipalidad se ha modernizado totalmente con todo un equipo de computo hemos hecho una biblioteca con su sala de internet, en electrificación y estamos en Yesera este año debemos terminar hasta Callancas y haber electrificado mas o menos 55 Km de alta tensión porque la MDC administra su propia luz, casi todo la electrificación lo hemos hecho con recursos propios, aquí hay temas políticos el señor Natalio Quispe Chumpitaz es candidato a la alcaldía con todos sus regidores, el señor José Chumpitaz obviamente es su primo hermano acá hay un tema de familiaridad, hay que poner las cosas en orden, aquí el que se perjudica es el pueblo estamos 6 meses en estas peleas…» Por razones de espacio quiero manifestar que el alcalde Vega Ortiz negó que se hubiera retenido a una trabajadora (Hilda) en el interior del municipio, lo cierto es que fui testigo presencial que la persona señalada estaba en el interior del municipio estando las puertas totalmente cerradas de la municipalidad, al terminar la entrevista que me brindó el Alcalde entrevisté a la secretaria sobre su situación que escribiré en la siguiente crónica al igual de otros actores que son protagonistas de un nuevo escándalo político que se debe investigar a fondo y lo haré con el estilo y responsabilidad que ustedes conocen..
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO
En los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO, PROFINANZAS S.A.A. contra CANCHO RIVERA BENITO REYMUNDO y ROSALES RAMOS YOLANDA LUCIA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, en el Expediente N° 539-2007, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe y Especialista Legal Dr. Miguel Yalan Ahedo, quien ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente inmueble ubicado en Centro Poblado Acolla Primer Cuartel Mz. E2 Lote 2, departamento Junín, provincia de Jauja, distrito de Acolla, inscrito en la Partida Electrónica N° P16047908 del Registro de Propiedad Inmueble de Junín VALOR DE TASACIÓN: US$ 23,847.00 (veintitrés mil ochocientos cuarenta y siete y 00/100 dólares americanos) BASE DEL REMATE: US$ 15,898.00 (quince mil ochocientos noventa y ocho y 00/100 dólares americanos) que corresponde a las 2/3 partes del valor de la tasación. GRAVÁMENES: HIPOTECA otorgada por Benito Reymundo Cancho Rivera y cónyuge Yolanda Lucia Rosales Ramos constituyen primera y referente hipoteca por la suma de US$ 23,847.00 (veintitrés mil ochocientos cuarenta y siete y 00/100 dólares americanos) a favor de los ejecutantes. DIA Y HORA DEL REMATE: 07 de Abril del 2010, a la 1:00 p.m. LUGAR DE REMATE: En el Primer Juzgado Civil de Cañete en la sede de la Corte Superior de Cañete ubicada en Panamericana Sur Km. 144, distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima. LOS POSTORES: oblarán el 10% del valor de tasación del inmueble y presentarán Tasa de Postor Judicial respectiva por cada inmueble (con copia del Arancel y del DNI o RUC) suscribiendo dicho arancel con número de expediente y generales de ley. LOS HONORARIOS del Martillero Público por cuenta del adjudicatario y de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil en los rangos y tramos arancelarios dispuestos por el D.S. N° 008-2005-JUS. Marco Antonio Urbina Chumpitassi Abogado – Martillero Público Registro N° 196- Teléfono 2222516.
Cañete, 11 de Enero del 2010.
Marco Antonio Urbina Chumpitassi
Abogado – Martillero Público
Reg. O.R.I.C. 196
Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 15 al 20 de Marzo.
EXTRACTO DE DEMANDA
Exp. N° 2009-296-0.- Ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, MANUEL ANTONIO PINEDA BUENO interpone demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN MUEBLE y la dirige contra ALICIA MARIA ANDRADE MERCIER, a fin de que se le declare propietario del bien mueble el cual consiste en un vehículo marca Chrysler de color plata, modelo Spirit año, de fabricación 1992, placa N° AO-5473, con serie Nro: 3C3B14GP3NT210334, motor N° NT210334, con tipo de carrocería Sedan, en virtud de sus fundamentos de hecho y derecho que expone, y ofrece sus respectivos medios probatorios. Cañete, 23 de Setiembre del 2009.
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: 12, 17 y 22 de Marzo.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
Cañete – Lima – Perú
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber, que ante la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, han solicitado apertura del pliego matrimonial: don JUAN MILTHON LUYO NUÑEZ, de 32 años, identificado con DNI N° 15438956, natural de Nuevo Imperial – Cañete, nacionalidad peruano, estado civil soltero, domiciliado en Sáenz Peña – Cerro Azul – Cañete, ocupación empleado, hijo de don Juan Masías Luyo Ochoa y doña Dionicia Esther Nuñez Ponce; y doña JOYCI AVENDAÑO JOAQUIN, de 29 años, identificada con DNI N° 40746233, natural de Ilabaya – Tacna, nacionalidad peruano, estado civil soltera, domiciliada en Sáenz Peña – Cerro Azul – Cañete, ocupación estudiante, hija de don Cristóbal Avendaño Vásquez y doña Feliciana Joaquín Mamani. Pretendiendo contraer MATRIMONIO CIVIL en este municipio. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlas dentro del término de ocho días conforme a ley.
Cerro Azul, 16 de Marzo del 2010.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que don JESUS ARTURO ZARATE GARCÍA, de 27 años, natural de San Vicente – Cañete, de ocupación empleado, con DNI N° 41979426, domiciliado en Anexo Cuivo – Fundo Santa Julia – San Vicente y doña ROSANGELA ORMEÑO LLACTA, de 25 años, natural de San Vicente – Cañete, con DNI N° 42763060, de ocupación empleada, domiciliada en Anexo Cuiva Mz. G – Lote 2 – San Vicente, van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el 10 de Abril del 2010 a las 9:30 p.m. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Vicente de Cañete, 03 de Marzo del 2010.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe del RR.CC.
PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, CHRISTIAN ARNALDO PONCE MAMANCHURA, con DNI N° 45847855, solicita se RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Provincial de Cañete, en lo concerniente al nombre de su progenitor figura como: FILANDRO EUFEMIO PONCE MIRANDA siendo lo correcto EUFEMIO FILANDRO PONCE MIRANDA, asimismo existe error material en el segundo nombre de su progenitora dice RICARDINA FELICITA MAMANCHURA PACORI debe decir RICARDINA FELICITAS MAMANCHURA PACORI, lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 12 de Marzo del 2010.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARIA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, LUCIA MAGDALENA ABURTO MALASQUEZ, con DNI N° 45600877, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre ALICIA MALASQUEZ QUIROZ, fallecida el 28 de Setiembre del 2009, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley. San Vicente, 11 de Marzo del 2010.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
EMPRESA DE TRANSPORTES
«SAN JUAN DE ROLDAN» S.A.
JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
De conformidad con la Ley General de Sociedades y nuestros Estatutos se convoca a una Junta General de Accionistas que tendrá lugar en Primera Convocatoria el día Sábado 27 de Marzo del 2010, a horas 3:00 p.m. en la Av. San Juan Mz. X, Lote 05, CPM Roldán – Quilmaná, a fin de tratar la siguiente Agenda:
1.- Balance General
2.- Otros
De no contarse con el quórum correspondiente se cita en Segunda Convocatoria para el mismo día 27 de Marzo a las 4:00 p.m. en el mismo lugar y con la misma Agenda.
Roldán 17 de Marzo del 2010.
La Empresa
En los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO, PROFINANZAS S.A.A. contra CANCHO RIVERA BENITO REYMUNDO y ROSALES RAMOS YOLANDA LUCIA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, en el Expediente N° 539-2007, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe y Especialista Legal Dr. Miguel Yalan Ahedo, quien ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente inmueble ubicado en Centro Poblado Acolla Primer Cuartel Mz. E2 Lote 2, departamento Junín, provincia de Jauja, distrito de Acolla, inscrito en la Partida Electrónica N° P16047908 del Registro de Propiedad Inmueble de Junín VALOR DE TASACIÓN: US$ 23,847.00 (veintitrés mil ochocientos cuarenta y siete y 00/100 dólares americanos) BASE DEL REMATE: US$ 15,898.00 (quince mil ochocientos noventa y ocho y 00/100 dólares americanos) que corresponde a las 2/3 partes del valor de la tasación. GRAVÁMENES: HIPOTECA otorgada por Benito Reymundo Cancho Rivera y cónyuge Yolanda Lucia Rosales Ramos constituyen primera y referente hipoteca por la suma de US$ 23,847.00 (veintitrés mil ochocientos cuarenta y siete y 00/100 dólares americanos) a favor de los ejecutantes. DIA Y HORA DEL REMATE: 07 de Abril del 2010, a la 1:00 p.m. LUGAR DE REMATE: En el Primer Juzgado Civil de Cañete en la sede de la Corte Superior de Cañete ubicada en Panamericana Sur Km. 144, distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima. LOS POSTORES: oblarán el 10% del valor de tasación del inmueble y presentarán Tasa de Postor Judicial respectiva por cada inmueble (con copia del Arancel y del DNI o RUC) suscribiendo dicho arancel con número de expediente y generales de ley. LOS HONORARIOS del Martillero Público por cuenta del adjudicatario y de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil en los rangos y tramos arancelarios dispuestos por el D.S. N° 008-2005-JUS. Marco Antonio Urbina Chumpitassi Abogado – Martillero Público Registro N° 196- Teléfono 2222516.
Cañete, 11 de Enero del 2010.
Marco Antonio Urbina Chumpitassi
Abogado – Martillero Público
Reg. O.R.I.C. 196
Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 15 al 20 de Marzo.
EXTRACTO DE DEMANDA
Exp. N° 2009-296-0.- Ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, MANUEL ANTONIO PINEDA BUENO interpone demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN MUEBLE y la dirige contra ALICIA MARIA ANDRADE MERCIER, a fin de que se le declare propietario del bien mueble el cual consiste en un vehículo marca Chrysler de color plata, modelo Spirit año, de fabricación 1992, placa N° AO-5473, con serie Nro: 3C3B14GP3NT210334, motor N° NT210334, con tipo de carrocería Sedan, en virtud de sus fundamentos de hecho y derecho que expone, y ofrece sus respectivos medios probatorios. Cañete, 23 de Setiembre del 2009.
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: 12, 17 y 22 de Marzo.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
Cañete – Lima – Perú
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber, que ante la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, han solicitado apertura del pliego matrimonial: don JUAN MILTHON LUYO NUÑEZ, de 32 años, identificado con DNI N° 15438956, natural de Nuevo Imperial – Cañete, nacionalidad peruano, estado civil soltero, domiciliado en Sáenz Peña – Cerro Azul – Cañete, ocupación empleado, hijo de don Juan Masías Luyo Ochoa y doña Dionicia Esther Nuñez Ponce; y doña JOYCI AVENDAÑO JOAQUIN, de 29 años, identificada con DNI N° 40746233, natural de Ilabaya – Tacna, nacionalidad peruano, estado civil soltera, domiciliada en Sáenz Peña – Cerro Azul – Cañete, ocupación estudiante, hija de don Cristóbal Avendaño Vásquez y doña Feliciana Joaquín Mamani. Pretendiendo contraer MATRIMONIO CIVIL en este municipio. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlas dentro del término de ocho días conforme a ley.
Cerro Azul, 16 de Marzo del 2010.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que don JESUS ARTURO ZARATE GARCÍA, de 27 años, natural de San Vicente – Cañete, de ocupación empleado, con DNI N° 41979426, domiciliado en Anexo Cuivo – Fundo Santa Julia – San Vicente y doña ROSANGELA ORMEÑO LLACTA, de 25 años, natural de San Vicente – Cañete, con DNI N° 42763060, de ocupación empleada, domiciliada en Anexo Cuiva Mz. G – Lote 2 – San Vicente, van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el 10 de Abril del 2010 a las 9:30 p.m. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Vicente de Cañete, 03 de Marzo del 2010.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe del RR.CC.
PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, CHRISTIAN ARNALDO PONCE MAMANCHURA, con DNI N° 45847855, solicita se RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Provincial de Cañete, en lo concerniente al nombre de su progenitor figura como: FILANDRO EUFEMIO PONCE MIRANDA siendo lo correcto EUFEMIO FILANDRO PONCE MIRANDA, asimismo existe error material en el segundo nombre de su progenitora dice RICARDINA FELICITA MAMANCHURA PACORI debe decir RICARDINA FELICITAS MAMANCHURA PACORI, lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 12 de Marzo del 2010.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARIA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, LUCIA MAGDALENA ABURTO MALASQUEZ, con DNI N° 45600877, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre ALICIA MALASQUEZ QUIROZ, fallecida el 28 de Setiembre del 2009, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley. San Vicente, 11 de Marzo del 2010.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
EMPRESA DE TRANSPORTES
«SAN JUAN DE ROLDAN» S.A.
JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
De conformidad con la Ley General de Sociedades y nuestros Estatutos se convoca a una Junta General de Accionistas que tendrá lugar en Primera Convocatoria el día Sábado 27 de Marzo del 2010, a horas 3:00 p.m. en la Av. San Juan Mz. X, Lote 05, CPM Roldán – Quilmaná, a fin de tratar la siguiente Agenda:
1.- Balance General
2.- Otros
De no contarse con el quórum correspondiente se cita en Segunda Convocatoria para el mismo día 27 de Marzo a las 4:00 p.m. en el mismo lugar y con la misma Agenda.
Roldán 17 de Marzo del 2010.
La Empresa
DIRECCIÓN REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO CAPACITA AL PERSONAL ENCARGADO DE PRESTAR SERVICIOS EN RESTAURANTES Y CENTROS DE RECREACIÓN EN LUNAHUANÁ
Durante tres días, del 16 al 18 de Marzo la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, viene llevando a cabo en el Distrito de Lunahuaná un curso de capacitación denominado «Desarrollo de habilidades y destrezas para la atención de clientes en Restaurantes», el mismo que está dirigido a todo aquel personal encargado de atender a clientes en los restaurantes que prestan servicios en esta localidad.
El referido curso que se lleva a cabo en el auditórium del Hotel Villasol a partir de las 08 de la mañana hasta la 01 de la tarde, es completamente gratuito y tiene como finalidad que las personas que cumplan labores en estos establecimientos comerciales se informen y conozcan las nuevas tendencias y avances en la atención a los clientes.
El evento programado en esta oportunidad se desarrolla en coordinación con el Ministerio de Comercio exterior y Turismo (MINCETUR) y la Municipalidad del distrito de Lunahuaná, actividad vinculada al calendario turístico en días previos a los tradicionales actos de semana santa.
Directivos de MINCETUR, sostuvieron que aquellos participantes, que asistan durante los tres días tendrán la oportunidad de recibir un certificado.
Participaron en la ceremonia de inauguración el Alcalde Lunahuaná Prof. Ovidio Espinoza Escajadillo, el Director Regional de Comercio Exterior y Turismo Emilio Diaz Mori, y la Directora Nacional de Normatividad y Supervisión del MINCETUR Eco. Isabel Mendoza Navarro.
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA SUSCRIBIRÁ CONVENIO CON INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS PARA PONER EN VALOR SITIO ARQUEOLÓGICO DE INCAHUASI EN CAÑETE
Hoy, miércoles 17 de marzo en horas del mediodía, en el distrito de Lunahuaná, se firmará un importante convenio entre el Gobierno Regional de Lima, el Plan Copesco, la Compañía eléctrica El Platanal S.A. (CELEPSA), y la Municipalidad de Lunahuaná, con la finalidad de la puesta en valor del Sitio arqueológico de INCAHUASI, zona ubicada en el Anexo Paullo, jurisdicción del referido distrito en la provincia de Cañete.
Esta singular alianza estratégica interinstitucional, demandará una inversión aproximada de 4 millones de soles y culminará en un plazo de ejecución de 30 meses. También se informó que la obra se iniciará, con el aporte voluntario en la elaboración del expediente técnico de la Empresa Eléctrica El Platanal, monto que alcanza la suma de 210 mil soles.
La obra de Incahuasi en general consistirá en la restauración e iluminación de los restos arqueológicos, la implementación del servicio de agua potable, luz eléctrica, baños, estacionamiento, construcción de una zona de esparcimiento para ferias artesanales y de comidas típicas, asi como la capacitación de operadores turísticos locales, entre otros servicios vinculados al turismo.
La puesta en valor del complejo arqueológico de INCAHUASI , sin duda incrementará el turismo en la zona, dinamizará la economía local y permitirá promover en la población nuestra identidad y la grandeza de nuestro pasado histórico cultural.
OCTAVIO LARA... QUIERE CONVERTIRSE EN EL «NEGRO DEL OCHO»...
A nuestro correo electrónico, nos llegó un e mail... lo curioso de él, es el lanzamiento a la rueda electoral, de un amigo muy conocido... La verdad es que nos llamó a sorpresa, porque no conocíamos de sus inclinaciones políticas...
Es cierto, todos tenemos el mismo derecho de postular a un cargo político... Octavio se lanza, convencido que puede aportar algo a favor de Cañete...
Bajo el título de «marca el ocho»... ha lanzado a sus potenciales electores, el siguiente mensaje...
«Queridos amigos, estamos en tiempos electorales.
En benditos y malditos tiempos electorales.
Malditos, porque nos ponen a pelear y a correr carreras entre nosotros.
Benditos, porque nos permiten la convivencia civilizada.
Y otra vez benditos, porque con todas sus imperfecciones, nos hacen dueños de nuestro destino. En los tiempos electorales, todos nos organizamos en grupos y partidos, nos rodeamos de técnicos y profesionales, y desfilamos. Hay adrenalina y entusiasmo.
Pero después, alguien gana y alguien pierde.
Y eso no debería ser un drama.
Con unos o con otros, Cañete seguirá su camino e irá encontrando las fórmulas hacia el bienestar.
Nos toque el lugar que nos toque, allí vamos a estar tratando de poner el hombro; y estoy seguro de que ustedes también; Y precisan aún más de su actitud idealista.
Me acerco a la política para servir, NO para servirme del Estado.
La buena fe es nuestra única intransigencia. Casi todo lo demás es negociable.
OLA
Nota: Estaremos comunicandonos por este medio con la finalidad de hacerles llegar nuestro plan de trabajo
EN NUEVO IMPERIAL SE TRABAJA FUERTE PARA TENER MEJOR SERVICIO DE AGUA POTABLE...
A pasos agigantados se vienen cumpliendo con los trabajos del nuevo sistema de agua potable del distrito de Nuevo Imperial, que viene ejecutando la municipalidad del lugar.
Ayer , se llevó a cabo el vaciado del concreto para el muro del Sedimentador que permitirá almacenar 420 metros cúbicos de agua.
Los avances de la obra son notorios ya que a la par del Sedimentador se vienen construyendo el Floculador, Decantador, Purificador y el Reservorio que será el último proceso por el que pasará el agua y que permitirá llegar 100% potable a las casas de los nuevoimperialinos.
Las obras civiles en el terreno están en un avance de 60%, que comprenden Sala de clorificación, Sala dosificadora, Laboratorio y oficina administrativa. Mientras que fuera de la nueva planta, en la zona urbana, se ha avanzado el 95% de la red de distribución y 60% de conexiones domiciliarias.
«Estos trabajos deben culminar a fines del mes de abril, a partir de ahí la población podrá contar con un mejor servicio de agua potable las 24 horas del día, y con quedará en el olvido los problemas que tanto vienen aquejando ya que actualmente contamos con un pequeño reservorio que solo almacena 60 metros cúbicos de agua, lo que insuficiente para todos los usuarios», precisó el alcalde Jorge García Quispe.
Durante tres días, del 16 al 18 de Marzo la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, viene llevando a cabo en el Distrito de Lunahuaná un curso de capacitación denominado «Desarrollo de habilidades y destrezas para la atención de clientes en Restaurantes», el mismo que está dirigido a todo aquel personal encargado de atender a clientes en los restaurantes que prestan servicios en esta localidad.
El referido curso que se lleva a cabo en el auditórium del Hotel Villasol a partir de las 08 de la mañana hasta la 01 de la tarde, es completamente gratuito y tiene como finalidad que las personas que cumplan labores en estos establecimientos comerciales se informen y conozcan las nuevas tendencias y avances en la atención a los clientes.
El evento programado en esta oportunidad se desarrolla en coordinación con el Ministerio de Comercio exterior y Turismo (MINCETUR) y la Municipalidad del distrito de Lunahuaná, actividad vinculada al calendario turístico en días previos a los tradicionales actos de semana santa.
Directivos de MINCETUR, sostuvieron que aquellos participantes, que asistan durante los tres días tendrán la oportunidad de recibir un certificado.
Participaron en la ceremonia de inauguración el Alcalde Lunahuaná Prof. Ovidio Espinoza Escajadillo, el Director Regional de Comercio Exterior y Turismo Emilio Diaz Mori, y la Directora Nacional de Normatividad y Supervisión del MINCETUR Eco. Isabel Mendoza Navarro.
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA SUSCRIBIRÁ CONVENIO CON INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS PARA PONER EN VALOR SITIO ARQUEOLÓGICO DE INCAHUASI EN CAÑETE
Hoy, miércoles 17 de marzo en horas del mediodía, en el distrito de Lunahuaná, se firmará un importante convenio entre el Gobierno Regional de Lima, el Plan Copesco, la Compañía eléctrica El Platanal S.A. (CELEPSA), y la Municipalidad de Lunahuaná, con la finalidad de la puesta en valor del Sitio arqueológico de INCAHUASI, zona ubicada en el Anexo Paullo, jurisdicción del referido distrito en la provincia de Cañete.
Esta singular alianza estratégica interinstitucional, demandará una inversión aproximada de 4 millones de soles y culminará en un plazo de ejecución de 30 meses. También se informó que la obra se iniciará, con el aporte voluntario en la elaboración del expediente técnico de la Empresa Eléctrica El Platanal, monto que alcanza la suma de 210 mil soles.
La obra de Incahuasi en general consistirá en la restauración e iluminación de los restos arqueológicos, la implementación del servicio de agua potable, luz eléctrica, baños, estacionamiento, construcción de una zona de esparcimiento para ferias artesanales y de comidas típicas, asi como la capacitación de operadores turísticos locales, entre otros servicios vinculados al turismo.
La puesta en valor del complejo arqueológico de INCAHUASI , sin duda incrementará el turismo en la zona, dinamizará la economía local y permitirá promover en la población nuestra identidad y la grandeza de nuestro pasado histórico cultural.
OCTAVIO LARA... QUIERE CONVERTIRSE EN EL «NEGRO DEL OCHO»...
A nuestro correo electrónico, nos llegó un e mail... lo curioso de él, es el lanzamiento a la rueda electoral, de un amigo muy conocido... La verdad es que nos llamó a sorpresa, porque no conocíamos de sus inclinaciones políticas...
Es cierto, todos tenemos el mismo derecho de postular a un cargo político... Octavio se lanza, convencido que puede aportar algo a favor de Cañete...
Bajo el título de «marca el ocho»... ha lanzado a sus potenciales electores, el siguiente mensaje...
«Queridos amigos, estamos en tiempos electorales.
En benditos y malditos tiempos electorales.
Malditos, porque nos ponen a pelear y a correr carreras entre nosotros.
Benditos, porque nos permiten la convivencia civilizada.
Y otra vez benditos, porque con todas sus imperfecciones, nos hacen dueños de nuestro destino. En los tiempos electorales, todos nos organizamos en grupos y partidos, nos rodeamos de técnicos y profesionales, y desfilamos. Hay adrenalina y entusiasmo.
Pero después, alguien gana y alguien pierde.
Y eso no debería ser un drama.
Con unos o con otros, Cañete seguirá su camino e irá encontrando las fórmulas hacia el bienestar.
Nos toque el lugar que nos toque, allí vamos a estar tratando de poner el hombro; y estoy seguro de que ustedes también; Y precisan aún más de su actitud idealista.
Me acerco a la política para servir, NO para servirme del Estado.
La buena fe es nuestra única intransigencia. Casi todo lo demás es negociable.
OLA
Nota: Estaremos comunicandonos por este medio con la finalidad de hacerles llegar nuestro plan de trabajo
EN NUEVO IMPERIAL SE TRABAJA FUERTE PARA TENER MEJOR SERVICIO DE AGUA POTABLE...
A pasos agigantados se vienen cumpliendo con los trabajos del nuevo sistema de agua potable del distrito de Nuevo Imperial, que viene ejecutando la municipalidad del lugar.
Ayer , se llevó a cabo el vaciado del concreto para el muro del Sedimentador que permitirá almacenar 420 metros cúbicos de agua.
Los avances de la obra son notorios ya que a la par del Sedimentador se vienen construyendo el Floculador, Decantador, Purificador y el Reservorio que será el último proceso por el que pasará el agua y que permitirá llegar 100% potable a las casas de los nuevoimperialinos.
Las obras civiles en el terreno están en un avance de 60%, que comprenden Sala de clorificación, Sala dosificadora, Laboratorio y oficina administrativa. Mientras que fuera de la nueva planta, en la zona urbana, se ha avanzado el 95% de la red de distribución y 60% de conexiones domiciliarias.
«Estos trabajos deben culminar a fines del mes de abril, a partir de ahí la población podrá contar con un mejor servicio de agua potable las 24 horas del día, y con quedará en el olvido los problemas que tanto vienen aquejando ya que actualmente contamos con un pequeño reservorio que solo almacena 60 metros cúbicos de agua, lo que insuficiente para todos los usuarios», precisó el alcalde Jorge García Quispe.
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