15 mayo 2010

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

«Año de la Consolidación Económica y Social del Perú»

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2010/MDCA

Cerro Azul, 14 de Mayo del 2010

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

Visto:
en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha trece de mayo del año dos mil diez, el proyecto de Ordenanza que Complementa el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul; así como los Informes Técnicos y Legal;

CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 009-2009/MDCA, de fecha 21 de mayo de 2009, se aprobó mantener la vigencia de la Ordenanza Nº 012-2007/MDCA, que aprobó el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2008, cuya vigencia fue prorrogada por la Ordenanza Nº 008-2008/MDCA; asimismo se dispone que el mencionado Reglamento será de aplicación para los futuros procesos de Presupuesto Participativo, así como se modifica la conformación del Equipo Técnico y se dispone que mediante Resolución de Alcaldía, se apruebe el cronograma de las Fases de los Presupuestos Participativos;

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 199º establece que los Gobiernos Locales formulan y aprueban el Plan de Desarrollo Concertado y sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuentas de su ejecución, anualmente;

Que, la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades en su Título Preliminar, artículo IX, señala que el proceso de Planificación local es integral, permanente y participativo; articulando a las municipalidades con sus vecinos. En sus artículos 9°, 53°, 97° y la Décimo Sexta Disposición Complementaria, señalan que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, constituyéndose en orientadores de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 «Instructivo para el presupuesto participativo basado en resultados»; esta normativa se enmarca dentro de un nuevo enfoque, en el cual los recursos públicos se asignan, ejecutan y evalúan en función a cambios específicos que se deben alcanzar para mejorar el bienestar de la población; particularmente en aquellas dimensiones que se consideren más prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando, de este modo en la asignación de recursos públicos; en consecuencia siendo el caso que actualmente se encuentra vigente la Ordenanza Nº 012-2007/MDCA, «Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo en el Distrito de Cerro Azul»; es necesario para llevar a cabo el Presupuesto Participativo 2011, modificar la conformación del Equipo Técnico, conforme al anexo 02 del citado instructivo y Aprobar el Cronograma de Actividades para el año 2011;

Estando a lo expuesto y al Informe Nº 291-2010-GPP/MDCA de fecha 07 de mayo de 2010, y de conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del artículo 9° y por el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO UNANIME del Pleno del Concejo y dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE COMPLEMENTA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL PARA EL
AÑO FISCAL 2011

Artículo Primero.- MODIFICAR la conformación del Equipo Técnico, que se encargará de brindar asesoramiento y soporte técnico en el proceso de planeamiento y durante el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2011, el mismo que estará integrado de la siguiente forma:

· Gerente de Planeamiento y Presupuesto: Eco. Esther Orrego Velásquez
· Gerente de Desarrollo Urbano y Rural: Ing. José Garay Cortéz
· Asesor Técnico: Sr. Oscar Yáñez Chumpitaz
· Asesor Legal Externo: Abog. Jimmy Fernando Solórzano Orco
· Representante de la Sociedad Civil: Sr. Máximo Benites Jara

Artículo Segundo.- INCLUIR, en el artículo 17º de la Ordenanza Nº 012-2007/MDCA, los criterios establecidos en el Anexo 08 del Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, con la finalidad de orientar el presupuesto participativo basado en resultados.

Artículo Tercero.- APROBAR, el Cronograma de Actividades para los Procesos del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2011, según anexo 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto.- MANTENER, la vigencia de la Ordenanza Nº 012-2007/MDCA, y Ordenanza Nº 009-2009-MDCA; así como déjese sin efecto las disposiciones y/o normativas que se oponga a la presente Ordenanza.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

DIEGO QUISPE GONZALES
ALCALDE (e)
Municipalidad Distrital de Cerro Azul




EDICTO
Exp. 2010-0010-C-JPLY.- Ante el Juzgado de Paz Letrado de Yauyos, a cargo del Dr. Juan Siguas Fuentes, y Secretaria Rosa Salazar Balvín, en el extremo de rectificar el nombre de la progenitora «NANCY EMILIA MORALES QUIROZ», la misma que se consignó por error en la partida de nacimiento de su menor hija, Susan Patricia Gómez Morales, debiendo quedar correctamente como: «EMILIA NANCY MORALES QUIROZ». Publíquese conforme a Ley. Yauyos, 26 de Enero del 2010.
Rosa Delia Salazar Balvín
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Yauyos.

EDICTO
Exp. 2010-0009-C-JPLY.- Ante el Juzgado de Paz Letrado de Yauyos, a cargo del Dr. Juan Siguas Fuentes, y Secretaria Rosa Salazar Balvín, en el extremo de rectificar el nombre de la progenitora «NANCY EMILIA MORALES QUIROZ», la misma que se consignó por error en la partida de nacimiento de su menor hijo, Irving Arnold Gómez Morales, debiendo quedar correctamente como: «EMILIA NANCY MORALES QUIROZ». Publíquese conforme a Ley. Yauyos, 26 de Enero del 2010.
Rosa Delia Salazar Balvín
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Yauyos.

EDICTO
Exp. N° 266-2010.- Ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial; Juez: Dra. Alicia Valdivieso Roque; Secretaria Dra. Belka Z. Saravia Santana, don CIPRIANO VIRGILIO MALPARTIDA BONIFACIO, don EDUARDO DANIEL MALPARTIDA BONIFACIO y don MARCELINO PEDRO MALPARTIDA BONIFACIO solicitan se rectifique sus Partidas de Nacimientos de los recurrentes, en el sentido que se adicione al segundo nombre de su señora madre «CIRA», debiendo quedar como PAULA CIRA BONIFACIO CUZCANO. Se comunica para los fines de Ley. Imperial, 07 de Mayo del 2010.
Belka Z. Saravia Santana
Secretaria (e)
Juzgado de Paz Letrado de Imperial

EDICTO DE FAMILIA
EXP.2009-0814.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez POLANCO; ha ordenado, publicar extracto de RESOLUCION N°1: de fecha 21-10-2009, RESUELVE ADMITIR la demanda contra RODDY JOSE GIRON HUAMAN, como presunto autor de Actos de Violencia Familiar-Maltrato PSICOLÓGICO, en agravio de DALCY MARLENI GUTIERREZ VALERIO y CORRASE traslado al demandado por el termino de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía; RESOLUCION N°05; de fecha 06-05-2010, notifíquese al demandado por el plazo de QUINCE DIAS, a efectos de que se apersone al proceso y haga valer sus derechos conforme a ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.- .- Fdo.Secretario: Calagua. Cañete, 06.05.2010.
13, 14 y 15 de Mayo

EXTRACTO DE DEMANDA
Exp. N° 2010-0 Ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, CAYETANO ALBERTO SANCHEZ ORE interpone demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN INMUEBLE y la dirige contra la SUCESION DE FEDERICO ESCALANTE NAPAN Y SUCESION JACINTA ESCALANTE NAPAN, a fin de que se le declare propietario del bien inmueble ubicado en la calle Jorge Chávez número 298 del distrito de Imperial – Cañete; cuyas colindancias son: por el frente con la calle Jorge Chávez con un tramo de línea recta AB con 5.20 m.l. Por la derecha colinda con el posesionario Juan Carlos Fierro Suppo mediante un tramo de línea recta de FA 6.50 m.l. Por la izquierda colinda con el posesionario Italo Sánchez Alcántara, mediante un tramo de línea recta de BC con 4.20 m.l. Por el fondo colinda con el posesionario Italo Sánchez Alcántara mediante una línea quebrada de tres tramos 3.10 m.l., 2.30 m.l. y 2.10 m.l. y ofrece sus respectivos medios probatorios.- Cañete, 03 de Mayo de 2010.
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete

EDICTOS PENALES
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez MEZA, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2003-0371, a DESIDERO ECHAJALLA ÑAUPA, para INSTRUCTIVA, Delito: Proxenetismo, Agraviado: La Sociedad. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2005-0322, a ANA QUISPE FLORES, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra El Patrimonio–Hurto Agravado, Agraviado: Jacinto Luis Santos Vilma. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2009-0064, a ALBERTO GERMAN ARIAS ROSAS, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra La Familia-Omisión a la Asistencia Familiar, Agraviada: Rosa Luz Arias Gutiérrez. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2006-0299, a MILUSKA MIRELLA DE LA CRUZ REBATTA, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra el Patrimonio-Hurto Agravado, Agraviado: Leonardo Gonzales Caballa. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2009-0952, a PEDRO ROBERTO ROSALES ORMEÑO, para INSTRUCTIVA, Delito: Omisión a la Asistencia Familiar, Agraviado: Luigi Paolo y Piero Roberto Rosales Samán. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2009-0345, a LUIS WILLY RAVELLO APARICIO, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra La Seguridad Pública-Conducción en estado de Ebriedad, Agraviado: La Sociedad. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2005-0723, a PORFIRIO ACCHO PALOMINO, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra La Libertad – Violación de Persona con Enfermedad Mental, Agraviada: Edith Lucia Puza Quillas. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2007-0684, a JUAN FRANCISCO GABRIEL PANIZO QUISPE, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra La Familia-Omisión a la Asistencia Familiar, Agraviada: Naomi Juriet Panizo Castillo. Cañete 06.05.2010.
Secretaria: Zevallos
13, 14 y 15 de Mayo

EDICTOS
EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE IMPERIAL, Jueza VALDIVIESO, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2009-0424, a ARMANDO SMITH CHUQUISPUMA VICENTE, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviado: Cefrin Medrano Luyo. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0224, a JOSE GREGORIO PERALTA RAMIREZ, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra el Patrimonio-DAÑOS MATERIALES, Agraviada: Carmen Rosa Lázaro Huamani Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0195, a VALERIANO SIXTO SOTO SUPANTA, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviada: Milagro Rocío Salvador Cerrón. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0439, a JORGE LUIS PACHAS CASAS, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviada: Rosaura Mercedes Godoy Meneses. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0207, a MARLON GIOMAR GUTIERREZ BRACAMONTE, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra el Patrimonio-DAÑOS MATERIALES, Agraviado: Saturnino Alejandro Llantoy Sánchez. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0410, a CESAR DOMINGO ORELLANA CANDELA, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviado: Sergio Pedro Padilla García. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0231, a NELIDA CONSUELO AGUADO RODRIGUEZ, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviado: Fredy Roddy Prada Ramos. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0237, a CIRILA RAMOS IBARRA, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviada: Fabiola Villalobos Chanca. Imperial 30.04.2010.
Secretario: Lovera
13, 14 y 15 de Mayo

EDICTOS PENALES
LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente MARTINEZ, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2004-0302, a FERNANDO SEGUNDO CASTILLO TITO, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 09.00 am, Delito: Cohecho Activo Genérico, Agraviado: El Estado Peruano. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2007-0867, a VICTOR ROLANDO PORTUGUES ROJAS, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 09.30 am, Delito: Violación Sexual, Agraviado: Menor de Edad de iníciales K.K.R.C. Cañete 10.05.2010.
EXP.-2008-0752, a JULIO ARMANDO NOA HUARCAYA, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 09.45 am, Delito: Violación Sexual, Agraviado: Menor de Edad de iníciales D.E.C.V. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2006-0310, a FERNANDEZ YACTAYO ALEX WILLIAMS y HUAMANI CHOQUE RAUL ENRIQUE, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 10.15 am, Delito: Robo Agravado, Agraviado: Cesar Enrique Arteaga Munarriz. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2003-0088, (acumulado Exp.2004-0087, Exp.2008-0018 y Exp. 2005-0258) a CELSO MARCELINO JESUSI MORALES, LUIS GUILLERMO GUSTAVO MARROQUIN CASTILLO, LEONCIO ROMAN FUENTES YALLE y GLADIS ROSA SUTTI ROJAS, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 10.30 am, Delito: Peculado, Agraviado: El Estado Peruano y Otro. Cañete 10.05.2010.
EXP.-2006-0035, a ELMER NILTHON MELCHOR CONDOR, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 11.00 am, Delito: Robo Agravado, Agraviado: Esther Huanca Apaza. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2004-0478, a RAMIREZ QUISPE ALFONSO, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 09.00 am, Delito: Lesiones Leves, Agraviado: Miriam Orellana Flores. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2006-0310, a JAVIER ARMANDO LEJABO CASTILLO, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 09.15 am, Delito: Violación Sexual, Agraviado: Menor de Edad de iníciales K.P.A.Y. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2007-0395, a CANDELA CHAVEZ JOSE ANGEL, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 09.45 am, Delito: Violación Sexual, Agraviado: Menor de Edad de iníciales E.A.M.J. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2006-0035, (Yauyos) a ALBERTO LIMANTA BORDA, MAXIMO DOLORIER ABURTO CASTILLON, CARLOS ALBERTO SANCHEZ VICENTE, ABEL QUISPE LUYO como autores y contra GUILLERMO AVALOS RAMIREZ y JUANA EULOGIA YACTAYO SAMAN como autores, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 10.00 am, Delito: Peculado Doloso, Agraviado: el Estado Peruano. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2002-0538, a MANUEL ALEJANDRO GRANDA ALEGRE, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 10.15 am, Delito: Peculado Doloso, Agraviado: El Estado Peruano. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2006-0362, a JUAN ARTURO YAYA HUAPAYA, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 10.30 am, Delito: Peculado, Agraviado: el Estado Peruano. Cañete 10.05.2010.
EXP.-2006-0832, a HEBER ANTONIO CORDOVA ASIN, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 10.45 am, Delito: Propagación de Enfermedad Contagiosa, Agraviado: Menor de iníciales C.P.C.F. Cañete 08.03.2010.
EXP.-2002-1370, a CARLOS ALBERTO CAMBILLO FLORES, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 11.15 am, Delito: Robo Agravado, Agraviado: Alberto Numeda Arenas. Cañete 10.05.2010.
EXP.-2007-0086, a CELSO MARCELINO JESUSI MORALES, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 11.30 am, Delito: Peculado, Agraviado: El Estado Peruano. Cañete 07.05.2010.
Secretario: Miranda
13, 14 y 15 de Mayo

SEGUNDA CONVOCATORIA
El Presidente de la Asociación de Comerciantes del Mercado Modelo Virgen del Carmen Imperial – Cañete, ACMMOVICIC cumple en citar a Ud. a la Segunda Convocatoria de Asamblea General Extraordinaria, a llevarse a cabo:
LUGAR: Almacén del Mercado Av. Oscar Ramos Cabieses s/n.
DIA: Miércoles 19 de Mayo del 2010.
HORA: 03:00 p.m., primera citación.
03:30 p.m., segunda citación.
AGENDA:
1.- Análisis de la Ordenanza Municipal.
2.- Informe del Of. Múltiple N° 001-MDI.
3.- Otros.
Constantino Jiménez Ordaya
Presidente

14 mayo 2010

Dr. José Dulanto a la vicepresidencia...
ITALO FERNANDO QUISPE LEVANO CANDIDATO A LA REGIÓN LIMA POR ACCIÓN POPULAR


SAN VICENTE.- El Dr. Ítalo Fernando Lévano Quispe, fue designado como candidato a la presidencia del Gobierno Regional de Lima por el Partido de Acción Popular para las contiendas electorales del próximo tres de octubre.
Según el documento del Comité Electoral Nacional de Acción Popular, lleva como vicepresidente al Dr. José Dulanto Santini, destacado abogado de Cañete conocido por defender nuestra provincia.
Asimismo como consejero regional, ha sido propuesto el CPC Fernando Luí Vásquez, conspicuo militante del partido, cuyo símbolo es la «lampa», y ex subprefecto de Cañete.
Se supo también que esta propuesta, necesariamente tendrá que ser sometida a una convención regional que deberá realizarse en la ciudad de Lima este domingo.
Empero hasta la fecha, la dirigencia regional, aún no ha convocado formalmente la convención, actitud que puede empañar la designación democrática de esta agrupación que fundara Fernando Belaunde Terry.
Lleva como consejera por Cañete a Norma Alaba de Ibáñez...
GERARDO CASTRO INSCRIBE HOY SU LISTA PARA PARTICIPAR EN ELECCIONES INTERNAS DEL APRA


SAN VICENTE.- El Dr. Gerardo Castro, inscribirá hoy su lista regional para participar en las elecciones internas del Partido Aprista Peruano programado para el 30 del mes en curso.
Gerardo Castro, acudirá a la sede principal de su agrupación política, ubicado en la avenida Alfonso Ugarte de Lima, al promediar las diez de la mañana, en compañía de sus simpatizantes, amigos y familiares que respaldan su candidatura.
Siempre optimista para apuntalar la candidatura regional del APRA y representar a los pueblos de la región Lima, Castro dijo que llevará una lista compacta, suficiente para alzarse con el triunfo.

NORMA ALABA DE IBÁÑEZ
La sorpresa para muchos, fue el anuncio que hizo a su «compañera» Norma Alaba presentando como pre candidata a la consejería regional representando a la provincia de Cañete.
«Es una destacada dama que ha desarrollado importantes trabajos, no sólo con la asociación que preside sino a favor de la misma comunidad de Cañete», precisó Castro Rojas.
Más de un compañero coincide que con la invitación realizada a la también presidenta del Comité de Damas de Cañete, automáticamente un buen número de «compañeros» endosará sus votos a su precandidatura.

WILLY ALVA POR OYÓN A LA ESPERA DE «MOZA»
Castro anunció algunos nombres que irán en su plancha, tal es el caso de Antonio Mauricio, natural de Huaura quien fue propuesto como candidato a la vicepresidencia regional.
Con respecto a los consejeros, están: Luis Manrique (Huaura), Víctor Raúl Valverde (Huarochirí), Reynaldo García (Barranca), Willy Alva (Oyón) y faltando sólo la presencia de «Mosa» Carballo por Huaral, además de otras provincias.
Como se sabe, las inscripciones culminan hoy y las elecciones se realizarán el próximo 30 de mayo en cada uno de los distritos de los pueblos de la región Lima.
JOAQUIN ESCALANTE CANDIDATO A LA ALCALDÍA DE YAUYOS POR PADIN
Por Mirtha Manza Rodríguez

YAUYOS.- El alcalde de Tauripampa Ing. Joaquin Escalante Saavedra y el Ing. Ruíz Flores Meneses, serán candidatos a la alcaldía provincial y consejería regional Yauyos por el movimiento regional PADIN para las próximas contiendas electorales.
«Luego de algunas conversaciones y deliberaciones con sus seguidores, finalmente, Joaquín Escalante, aceptó la propuesta del líder de esta organización política, Miguel Ángel Mufarech.
Expresó su confianza que la población de Yauyos lo apoye para llegar a la capital de la provincia y trabajar por los anexos y centros poblados de los 33 distritos.
«Creo que tengo la capacidad de poder gobernar los destinos de mi provincia, he demostrado trabajo y resultados como alcalde de Tauripampa en dos periodos», dijo Joaquín Escalante.
Reveló que el PADIN cuenta ya con los primeros 15 candidatos distritales que vienen trabajando para asegurar el triunfo en las elecciones de octubre próximo.

YAUYINOS SE SIENTEN DEFRAUDADOS DE NELSON CHUI...
Por otro lado, no dejó de referirse al Presidente Candidato de la Región Lima, Nelson Chui Mejía, afirmando que al menos un gran sector de la provincia de Yauyos no los apoya porque se ha sentido defraudada por su gestión.
«La gente se ha dado cuenta como ha venido trabajando el Gobierno Regional y me parece que no va a tener el apoyo necesario», expresó Escalante.
«Nelson Chui Mejía como Presidente Regional no ha sabido favorecer a la provincia de Yauyos a pesar del gran presupuesto que le otorga el Gobierno Central para ejecutar obras de envergadura en cada una de las 9 provincias de Lima», acotó.
FLORES MENESES
Con relación al candidato a la consejería regional, Ruíz Flores Meneses, se supo que es Ingeniero de profesión y es natural del distrito de Viñac.
EMAPA CAÑETE S.A. REALIZA TRABAJOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE REDES DE ALCANTARILLADO EN IMPERIAL

Con la finalidad de evitar las molestias causadas por un atoro de desagüe, EMAPA CAÑETE S.A. anunció que continúa con los trabajos de limpieza y mantenimiento de las redes de alcantarillado. Actualmente dichos trabajos se vienen realizando con la Máquina de Balde en el A.A.H.H. Asunción 8 en el distrito de Imperial.
Es preciso recordar a los usuarios del servicio, la importancia de hacer buen uso del alcantarillado, evitando arrojar directamente a la caja de registro restos de comida, bolsas plásticas u otros elementos que podrían obstaculizar las redes causando desbordes de aguas residuales.
De otro lado, mediante Informe Nº 026-10-PD-Emapa Cañete S.A. de fecha 30 de Abril de 2010, el CPC. Erly Lázaro Vicente, Presidente del Directorio de Emapa Cañete S.A. solicitó a la Oficina de Control Interno se inicie un examen especial referente a la pérdida de los recursos de financiamiento del proyecto «Rehabilitación de la línea de conducción, floculador y construcción de 5 filtros de la Planta Número 1 de Almenares de Imperial».
Dicha información fue comunicada a EMAPA CAÑETE S.A. según Oficio Nº 1239 / 2010 /vivienda/MCS/PAPT/1.0.
Ante este hecho, en Sesión de Directorio de fecha 07 de Mayo de 2010, se acordó por unanimidad iniciar proceso de investigación contra los funcionarios y trabajadores que resulten responsables de la pérdida de dicha inversión, la misma que actualmente ya ha sido revertida al tesoro público nacional.
CAÑETE DESPIERTA QUE YA AMANECIÓ...
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (corresponsal en Mala)

Es increible como pocos hombres venidos de España puedan haber dominado a un gran imperio (Inca); ellos al llegar y conquistar, aprovecharon la desorientación de los indígenas para imponer su presencia militar e implantar con premura formas de organización económica, como los «repartos de indios o encomiendas».
La población indígena se encontró adscrita a grandes jurisdicciones, unas quinientas en total en todo el país, dirigidas desde la ciudad por un «enco-mendero» y gobernadas efectivamente por los mayordamos y aparceros que vivian entre los indios.
Sin embargo este proyecto español conllevó a una rebelión especialmente la de Manco Inca (1536-1537) que se atrincheró en el peligroso foco alternativo de Vilcabamba, hubo mediadores como Paullo Inca que plantearon una forma de asociación nueva entre la elite incaica y los conquistadopres y llegaron a reclamar encomiendas, sustentando su pedido en la posición y prreminencia que tenian en medio de los restos todavía humeantes del Tahuantisuyo. Otro tanto sucedió con los curacas, que también debieron optar entre la lucha o la alianza.
Según la «tesis homicídica» proponía que la población indígena disminuyó drasticamente debido a los maltratos que los españoles propinaban a los indios. Se arguia en primer lugar motivos militares: matanzas sistemáticas, luchas desiguales en batallas, acciones punitivas, utilización de contingentes de indios como carne de cañon, secuestros y esclavización, robo de aliementos y abusos sexuales, abusiva explotación de los indios mediante las mitas, servicios personales y toda una larga serie de trabajos forzosos en favor de los españoles, cuando el hombre andino empieza a sentirse solo (huaccha, comedor de papas) es decir pobre, abandonado a su suerte, empezó la muerte súbita de una gran cultura.

¿EN QUE HA CAMBIADO EL ANTIGUO «REINO DE LOS MANCOS», HOY LLAMADO CAÑETE? ...
La Pacarina de los Mancos (lugar de origen), según Frederick Ándre Engel, se sitúan en la Quebrada de Quiqche, Chilca, a 3650 m.s.n.m; a fines del primer milenio descienden de las cuevas de Quiqche y Tres Ventanas, más tarde ya en su desarrollo acogieron a la etnia Mara, de origen quechua de las cuevas de Marastoco, de la provincia de Paruro, departamento del Cuzco; ese valle de nombre Pacari-tampu, muy relacionado con la leyenda de los cuatro hermanos Ayar. La ciudad de Lima fue fundada sobre el antiguo centro administrativo colonial de los caciques Taulichusco y Tauri-chumbi. Don Andrés Hurtado de Mendoza, marqués de Cañete (1556-1560) fue el tercer virrey del Perú; en pasado 456 años y nos preguntamos porque nos falta identidad cultural, o se siente un enorme vacío y polarización entre los pueblos de los 16 distritos de la provincia de Cañete, la historia de los colonizadores y esclavos, hacendados y yanaconas de ayer, se aparecen a los de hoy, obviamente con una lavada de cara o cambio de rostro y nombre para darle el matiz de la época, los colonizadores de ayer ahora se llaman empresarios (visiten Asia y obtendrán respuesta) antiguamente cuando se fundaba una ciudad, a los hacendados les repartían las tierras aledañas para diferentes usos: las áreas comunales servían de ejido y dehesa, los montes lo utilizaban como matadero, pastizales y lugar de acopio de la leña, la tierra de los indios - inicialmente respetadas - pasaban a las reducciones y los baldíos (posteriormente se convertirían en chácaras), diferenciados en peonías y caballerías; en Lima, en su primer gobierno edil, el Dr. Luis Castañeda Lossio, dio muestra de respeto a su ciudad retirando la efigie de Francisco Pizarro de la plaza de armas; sim embargo en Cañete «escasean los valientes»; por ejemplo es repugnante ver a un distrito como Imperial (antiguamente Huancarca o Huancamarca) demostrando falta de autoestima e identidad como pueblo, el apellido Ramos está por todos lados, hemos sido capaz de rendirles homenaje con nombre propio del usurpador, a su calle principal y estadio incluido, si resucitara Chuquimanco (según las tradiciones hijo de Apo Manco, primer rey con residencia en la acrópolis de Ungará) con su «Gran Lanza» nos mataría a todos por cobardes y traicioneros, no basta poner una efigie a su entrada, hay que cambiar con valentía el nombre de sus calles, sugiero la de Mama Huayta o Mama Flor sucesora del reino Manco, gran luchadora igual que su padre, heroica curaca del valle; en San Vicente revisen los nombres y encontraran la de dictadores que traicionaron al Perú, o la de cañetanos que no hicieron absolutamente nada por el desarrollo histórico de la capital de la provincia y cuyo mérito solo fue el ser familiar o amigo de algún alcalde, lo que es peor, sus verdaderos hijos ilustres están totalmente olvidados, quiero reconocer como excepción a la regla, la actuación del alcalde del distrito de San Antonio, Esteban Jesús Agapito Ramos y su cuerpo de regidores, a quienes presenté y fundamenté historicamente (año 2008) el porqué debería de cambiar el nombre de su calle principal, solicitud que tuvo eco y lo engrandece a cada uno de ellos - esta lucha se inició en el año 2002 - importante es saber, a la luz de los documentos, que el hacendado Pablo Nosiglia Roy, traidor de éste distrito, nunca hizo absolutamente nada para su creación, siendo diputado por Cañete, al contrario favoreció a otro hacendado José de Asin para anexarlo al distrito de Mala y encarpetó los documentos en el congreso de la república, siendo el que lo recriminó y tomó la batuta el correcto diputado por San Martín Vicente Noriega del Aguila, e incluso para la instalación obligó implícitamente que su nombre vaya en la calle principal y así fue el 17 de febrero de 1923 se instaló en San Antonio y el 18 en Santa Cruz de Flores, en éste último también la calle principal lleva su nombre (ambos distritos fueron creados el 27 de diciembre de 1922 por Ley No 4611). Tuvieron que pasar 85 años para reivindicar al verdadero gestor de la «Independencia de San Antonio» Don Pedro Advíncula Quispe Chumpitaz (primer alcalde). El distrito de Mala, hace 30 años quedó aislado, al construirse la carretera panamericana sur, convirtiendose debido al cambio urbano y demografico en la nueva avenida principal hasta hoy no tiene nombre propio, hace varios años hubo una iniciativa del clero local para poner el nombre de «San José Escribá de Balaguer», el mismo que no tuvo eco por diferente razones, ello nos demuestra que muy poco nos ha interesado reconocer los hechos y personajes trascendentes de nuestra historia, siempre nos andamos quejando que nos falta identidad, lo cierto es que poco o nada hacemos por cambiar ese rumbo, ruego con generosidad que al estar «ad portas» de una nueva elección edilicia, los partidos politicos y movimientos regionales lleven en sus listas a verdaderos hombres que amen y se identifiquen con la cultura, no olvidemos amigos (as) electores que tenemos en nuestras manos una gran oportunidad de cambiar el destino de nuestra provincia, elijan bien, para rescatar del olvido y valorar nuestras riquezas que hoy yacen abandonadas, y lo que es peor con una actitud depredadora y entreguista de traficantes de tierras y testaferros, que cuentan con la participación o silencio cómplice de las propias autoridades a quienes de buena fe lo eligimos, y que atentan contra nuestro acervo cultural; algo más sólo hemos mencionados algunos distritos, estoy seguro que esta experiencia se repite a nivel nacional, sueño que algún día al cerrar mis ojos esto haya cambiado.
Nuevo sondeo del blog Agencia Nacional Informativa...
¿POR QUIÉN DEBEMOS VOTAR PARA ALCALDE EN EL DISTRITO DE IMPERIAL?

SAN VICENTE.- ¿Por quién debemos votar para alcalde en el distrito de Imperial?. Esa es la pregunta que se lanza en el blog agencianacionalinformativa.blogspot.com, a fin de conocer el termómetro electoral entre los cibernautas del populoso distrito de Imperial.
La lista de pre candidatos, entiéndase bien, pre candidatos, se observan en la franja derecha del blog con sus respectivas agrupaciones políticas, movimientos regionales y organizaciones políticas.
Angélica Arata Tasso - Patria Joven, Renzo Vicente Cabrera – Perú Posible, Carlos Pariona – Confianza Perú, Eddy Del Mazo Tello – La Familia, César Mateo Sánez – PPC, Hugo Tribeño Herrera – APRA, José Sánchez Torres – PADIN, Omar Yactayo Cama – ANFI. Kiev Moscoso – Fuerza 2011, Elás Alcalá Rosas – MIRCA, e Ítalo Quispe Lévano – Acción Popular

FINAL DE FORMULARIO...
Ahí el lector puede dar su voto (click) por el pre candidadto de su preferencia. A su vez, invitar a sus amigos y compañeros para que puedan participar en este sondeo de opinión que realiza dicho blog por segunda vez en lo que va del año.
Las votaciones ya comenzaron hace un par de días y culminarán el próximo 27 del mes en curso en forma indefectible. Así que amigo lector: ¿Qué espera?. ¡A votar por el candidato de su preferencia!.
«Hay que señalar que este sondeo es sólo una muestra de un sector de la población. Es decir, tan sólo de los visitantes a nuestro blog, contrario a lo que se pueda desarrollar una verdadera encuesta», precisó la directora del blog Carmen Rosa Chumpitaz Rivera.
AFOCAT «NUESTRA SEÑORA DE LA ASUNCIÓN» SE CONSOLIDA EN LA REGIÓN

CHILCA.- La AFOCAT «Nuestra Señora de la Asunción», es una institución líder en la región, que tiene por objetivo brindar ayuda y asistencia a sus asociados, peatones y pasajeros ante un eventual accidente de tránsito que pudiera ocurrir, en algún lugar de los pueblos de la región Lima.
Así lo informó el presidente de esta institución, Armando Palacios, quien expresó que su representada, nació en el distrito cañetano de Chilca.
El objetivo de administrar el fondo de manera responsable, amparado en la Ley Nº 288839 y el Reglamento DS. 040-2007 – MTC, desarrolla un trabajo de manera eficiente.
Siempre con una sólida vocación de servicio a través de una atención constante para satisfacer sus pedidos y superar las expectativas de nuestros usuarios y asociados, Palacios agradece a la población por su confianza.
VISIÓN Y MISIÓN
El dirigente, indica que su visión es seguir siendo líder en la región, brindando un servicio y una atención excelente de los asociados que sufren accidentes de tránsito.
«Damos la plena garantía en la asistencia y pago oportuno a través de una administración social responsable del Fondo Contra Accidentes de Tránsito de los Transportistas», expresa.
Implementar una cultura organizacional solidaria y humana; y garantizar la sostenibilidad del Fondo, a través de una gestión socialmente responsable y moderna, son otro de sus objetivos. Tanto el gerente Rubén Camacho Modesto como el administrador Modesto Arias, siguen siendo el soporte de esta Afocat que nació en Cañete, gracias a la visión de un grupo de mototaxistas de Chila y hoy consolidan su objetivo en la región.
CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA DETENCIÓN PRELIMINAR Y LA PRISIÓN PREVENTIVA EN EL NUEVO MODELO PROCESAL PENAL
Escribe: Dr. Carlos Alberto Zavaleta Grandez; zavaletacarlos99@gmail.com; carlosgrandez8@hotmail.com

NOTA DEL DIRECTOR.- Desde días pasados, venimos dando a conocer diversos artículos judiciales, gracias a la colaboración de magistrados ligados al Distrito Judicial de Cañete. Un primer colaborador en ese sentido ha sido el Dr. Isaias José Ascencio Ortiz, Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Cañete; ahora se suma a nuestros colaboradores el Dr. Carlos Alberto Zavaleta Grandez, Juez Supernumerario del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cañete. El Dr. Zavaleta es un abogado egresado de la Universidad Privada Antenor Orrego de Trujillo, y ha realizado una Maestría en Derecho Civil con mención en Derecho Civil Empresarial de la Universidad Privada San Pedro de Chimbote.

La Detención Preliminar en el Nuevo Código Procesal Penal
La Detención
1.- Concepto
La detención es la privación de la libertad impuesta al imputado para hacerlo intervenir en el proceso, y recibirse su declaración, cuando se aprecie que no obedecerá la orden de citación o intentará entorpecer la investigación. Los principios que deben regir al adoptar una medida de la privación de la libertad ambulatoria de una persona (inculpado) durante el proceso penal son: El Principio de Legalidad, El Principio de Excepcionalidad y el de Proporcionalidad.

2.- Supuestos de Detención
Detención por Flagrancia: La flagrancia es una situación fáctica que se produce cuando el agente es visto o sorprendido en el momento que perpetua un delito (flagrancia strictu sensu), en las circunstancias inmediatas a su realización, o cuando el agente tiene en su poder los objetos o huellas que nos permite inferir que viene de cometer un delito. La doctrina describe algunos formas en que suele ocurrir, dentro de las cuales tenemos la siguiente tipología:
Flagrancia Propiamente Dicha o Flagrancia Real: Esto es cuando el hecho punible es actual y en esa circunstancia el autor es descubierto, es lo que comúnmente se llama «con las manos en la masa».
Cuasi Flagrancia o Flagrancia ex post ipso: Cuando el autor es perseguido y capturado inmediatamente de haber cometido el hecho punible, por ejemplo: cuando se arrebata una cartera a una dama y emprende la fuga, siendo que se inicia la persecución policial o por parte de la misma victima y es capturado.
Presunción Legal de Flagrancia o Flagrancia Presunta: Se presenta cuando el autor es sorprendido con los objetos o huellas que revelan que acaba de ejecutarlo. El caso de que se encuentra al agente llevando en su poder un aparato electrodoméstico que acaba de sustraerlo de una vivienda.

3.- Detención Preliminar Judicial
La detención provisional o detención preliminar, es la breve privación de la libertad cuya imposición se autoriza contra, en principio, quien se sospecha autor o participe de un delito reprimido con pena privativa con pena privativa de libertad, a fin de que comparezca al proceso. Tiene por finalidad, fundamentalmente, la presentación del imputado para interrogarlo acerca del hecho punible por el cual se persigue, por ello su característica principal es de breve duración.1
Así, para determinar el «plazo razonable» de duración de la prisión preventiva, el Juez no debe ceñirse sólo a la norma, debe valorar simplemente los aspectos procesales vinculados al imputado o debe realizar un análisis normativo-valorativo.

El Código Procesal Penal 2004, prescribe a la detención preliminar judicial, considerando que el Juez de la Investigación Preparatoria, a solicitud del fiscal, sin tramite alguno y teniendo a la vista las actuaciones remitidas por aquel, dictara mandato de detención preliminar atendiendo a los siguientes supuestos: a) No se presente un supuesto de flagrancia delictiva; b) El sorprendido en flagrante delito logre evitar su detención; c) El detenido se fugare de un centro de detención preliminar.
Los pasos a seguir para el pedido es que, para cursar la orden de detención se requiere que el imputado se encuentre debidamente individualizado con los siguientes datos: nombres y apellidos completos, edad, sexo, lugar y fecha de nacimiento.
En este sentido, la medida preventiva de la libertad no debe durar más del tiempo que sea necesario para el logro de los objetivos de la investigación judicial, debiendo ser aplicada con humanidad y respeto por la dignidad del ser humano, como lo establece los artículos 1 y 2 inciso 24 literal «h» de la Constitución Política del Estado, que señala, que la limitación de la detención judicial tiene como principales fundamentos el derecho de presunción de inocencia y el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas.2
Es importante mencionar que, por primera vez el Código Procesal Penal en su artículo I del Título Preliminar reconoce expresamente el derecho a ser juzgado en un plazo razonable. Asimismo, la primera disposición final establece los criterios que deberán ser tomados en cuenta por la jurisdicción para fijar el plazo razonable en la duración de las medidas coercitivas.
Ahora bien, la orden de detención preliminar judicial no es eterna, el novísimo sistema procesal penal establece que el plazo de detención preliminar es de veinticuatro horas para los delitos comunes, y de quince días para los delitos de narcotráfico y terrorismo; pudiendo el representante del ministerio Público solicitar la convalidación de la primera de ellas por el termino de siete días.
Siendo esto así, al haberse optado por esta medida, los operadores dentro del termino de Ley podrán llevar a cabo las demás diligencias que motivaron la detención para resolver definitivamente su situación jurídica; de no ser así se estaría vulnerando los derechos del detenido y cometiendo el delito de abuso de autoridad. Vencido el plazo de la detención preliminar, el Fiscal, salvo los delitos de terrorismo, espionaje y TID, si considera que subsisten las razones que determinaron la detención, lo pondrán a disposición del Juez de la Investigación Preparatoria requiriendo audiencia para la prisión preventiva, determinándose en el termino de cuarenta y ocho horas si procede o no dicho requerimiento.

La Prisión Preventiva en el Nuevo Código Procesal Penal
1. Marco Legal
El Código procesal penal 2004, en su artículo 268° establece los presupuestos materiales, considerando los siguientes presupuestos:
a) Suficiencia probatoria:
Resulta necesario que el juzgador aprecie de los recaudos e investigaciones realizados que se acompaña a una denuncia, una suficiencia de elementos de prueba a cerca de que efectivamente el hecho punible ha tenido lugar en la realidad y que también se cuente con elementos de prueba que vinculen al sujeto con el evento criminal, sea en su condición de autor o participe.
b) Prognosis de pena:
El juez debe hacer un pronóstico de la pena en caso la causa llegue hasta la sentencia sin variación alguna, durante el estadio del proceso en que se analice la posibilidad de imponer la detención. Este presupuesto se da por cumplido cuando se pronostica que la pena probable a imponerse sea superior a los cuatro años de pena privativa de la libertad, teniendo en cuenta el marco legal abstracto( identificación de la pena conminada para el delito aperturado, el marco legal concreto(relación de la sanción conminada por la parte especial y general.)
c) Peligro Procesal:
Este supuesto recoge dos hipótesis: cuando citado el imputado intenta eludir la acción de la justicia(peligro de fuga) o trata de perturbar la acción probatoria(peligro de entorpecimiento).
Para calificar el peligro de fuga el juez tendrá en cuenta los siguientes actos: el arraigo en el país del imputado, determinado por el domicilio, residencia habitual, asiento de la familia y de sus negocios o trabajo y las facilidades para abandonar definitivamente el país o permanecer oculto; la gravedad de la pena que se espera como resultado del procedimiento, la importancia del daño resarcible y la actitud que el imputado adopta, voluntariamente, frente a él; el comportamiento del imputado durante el procedimiento anterior, en la medida que indique su voluntad de someterse a la persecución penal.
En cuanto al peligro de obstaculización el a-quo evaluará los siguientes supuestos facticos: se tendrá que tomar en cuenta el riesgo razonable de que el imputado destruirá, modificará, ocultará, suprimirá o falsificará elementos de prueba; influirá para que los coimputados, testigos o peritos informen falsamente o se comporten de manera desleal o reciente; o inducirá a otros a realizar tales comportamientos.

2.- Trámite procesal
Una de las novedades que trae este modelo procesal y que forma parte del sistema de la oralidad, es que para que el Juez de la Investigación Preparatoria resuelva el pedido o requerimiento de parte del representante del Ministerio Publico sobre la prisión preventiva es que se tenga que convocar a una audiencia pública donde en merito al principio de la publicidad y contradicción se disponga lo mas conveniente. En este supuesto una vez que el fiscal ha incoado su requerimiento al juzgado de investigación preparatoria, el juzgado dentro d e las cuarenta y ocho horas siguientes realizará la audiencia para determinar su procedencia o no; así mismo dicho acto procesal se realizará con la concurrencia obligatoria del fiscal, del imputado y su defensor; con la salvedad de que si el abogado defensor de libre elección no asiste será reemplazo por un abogado defensor de oficio, o en el caso de que se niegue a estar presente el imputado concurrirá el de libre elección o el de oficio, notificándose lo resuelto dentro dos días. Rige en lo pertinente para el tramite de la audiencia lo dispuesto en el artículo 8° del cuerpo procesal.
El auto de prisión preventiva será especialmente motivado, con expresión sucinta de la imputación de los fundamentos de hecho y de derecho que lo sustente, y la invocación d e las citas legales correspondientes; sin embargo cuando el juzgador no considere que sea esta medida más gravosa y de ultima ratio la que proceda, deberá optar por la medida de complacencia restrictiva o simple según sea el caso, con la respectiva caución económica que corresponda. 3
Una de las formas de garantizar la oralidad en el tramite de este proceso, es la realización d e una audiencia introducida en el Art. 271° del cuerpo acotado, donde sin duda ha tenido como finalidad mas relevante la de permitir la contradicción en el dictado de medidas precautorias, que como fin en si misma son variables, instrumentales y perentorias, buscando asegurar los fines del proceso que se investiga.

3.- Duración de la Prisión Preventiva
La norma procesal determina claramente que el plazo máximo de duración de la prisión preventiva es de nueve meses; pero tratándose de procesos complejos, el plazo limite no durara mas de dieciocho meses, entendiéndose por este ultimo a aquellos donde: se requiera la actuación de una cantidad significativa de actos de investigación; comprenda numerosos delitos, involucra una cantidad importante de imputados o agraviados, investiga delitos perpetrados por imputados integrantes o colaboradores de bandas u organizaciones delictivas, demanda la realización de pericias y /o análisis técnicos; necesita realizar gestiones de carácter procesal fuera del país, revisar la gestión de personas jurídicas o entidades del estado.
Como se menciono, la prisión preventiva al imputado no es indeterminada, sabemos que la misma puede varias, pero antes de que ello ocurra y al vencerse su duración y no se haya dictado sentencia de primera instancia, el juez de oficio o a solicitud de las partes decretará la inmediata libertad del imputado, sin perjuicio de dictar concurrentemente las medidas necesarias para asegurar su presencia en las diligencias judiciales. No obstante ello, cuando concurran circunstancias que importen una especial finalidad o prolongación de la investigación y que el imputado pudiera sustraerse a la acción de la justicia, la prisión preventiva podrá prolongarse por un plazo no mayor a la mitad del plazo fijado en el artículo 272°(nueve meses o dieciocho respectivamente, como máximo), debiendo solicitarlo al juzgador de origen antes del vencimiento de la misma. 4

3.- Impugnación y Revocatoria de la Prisión Preventiva
Contra el auto de prisión preventiva procede recurso de apelación; el plazo para recurrir a la doble instancia es de tres días, sobre el cual el juez de la causa dentro del termino de veinticuatro horas elevará los actuados a la sala penal respectiva, la que se pronunciará previa vista de la causa, que tendrá lugar dentro de las setenta y dos horas de recibido el expediente, con citación de los sujetos procesales mínimos (fiscal superior, abogado defensor del imputado). El superior en grado resolverá luego de concluido el debate contradictorio o en su defecto dentro de las cuarenta y ocho horas, bajo responsabilidad.
Si la Sala declara la nulidad del auto de prisión preventiva, ordenará que el mismo u otro juez dicte la resolución que corresponda con arreglo a lo dispuesto en el artículo 271° del texto procesal.
La revocatoria de la comparecencia por prisión preventiva responde al principio de reformalbilidad de las medidas cautelares, esto es que las mismas pueden ser modificadas en el curso del proceso dependiendo de: la disminución o aumento de los requisitos legales, es decir de la variación d e los presupuestos que determinaron al Juez su imposición; la desobediencia a los mandatos judiciales, es decir, el incumplimiento d e las reglas de conducta emanadas por el Juez. 5

4.- Cesación de la Prisión preventiva
El imputado podrá solicitar la cesación de la prisión preventiva y su sustitución por una medida de comparecencia las veces que considere necesario, cuando concurran los elementos previstos en el artículo 274°, es decir que concurran nuevos elementos de convicción que demuestren que no concurren los motivos que determinaron su imposición y resulte necesario sustituirla por otra medida de comparecencia; para cuyo fin el juzgador tendrá que tener en cuenta las características personales del imputado, el tiempo transcurrido desde la privación d e la libertad y el estado de la causa.
Si es que se declarar fundada la solicitud, el juez le impondrá las correspondientes reglas de conductas necesarias para garantizar la presencia del imputado o para evitar que lesione la finalidad de la medida.

1 ROJAS YATACO, Jorge, op cit. p.454
2 CACERES JULCA, Roberto E, op cit, p.337.
3 ROSAS YATACO, Jorge, op cit, p.467
4 Ibid, p.466
5 SANCHEZ VELARDE, Pablo, Manual de Derecho Procesal Penal, p.735.
EDICTO PENAL
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez MEZA, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2006-0559, a GENARO MARTINEZ LUYO, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra la Salud Publica-Trafico Ilicito de Drogas, Agraviado: El Estado. Cañete 30.04.2010.
EXP.-2008-1066, a MIGUEL ANGEL GARRIDO ESPINOZA, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra el Patrimonio-Estafa, Agraviado: Dora Vásquez Lujan. Cañete 30.04.2010.
EXP.-2004-0405, a JAIME ANDRES MEZA FLORES, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado, Agraviado: Luz Gessenia García Francia. Cañete 30.04.2010.
Secretaria: Zevallos
LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente MARTINEZ, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2007-0285, a CARLOS ANTONIO NAVARRO FERNANDEZ, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud-Lesiones con resultado fortuito, Agraviado: Cesar Paúl Torres Marquez. Cañete 05.05.2010.
Por tres veces

EDICTOS PENALES
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez MEZA, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2003-0371, a DESIDERO ECHAJALLA ÑAUPA, para INSTRUCTIVA, Delito: Proxenetismo, Agraviado: La Sociedad. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2005-0322, a ANA QUISPE FLORES, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra El Patrimonio–Hurto Agravado, Agraviado: Jacinto Luis Santos Vilma. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2009-0064, a ALBERTO GERMAN ARIAS ROSAS, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra La Familia-Omisión a la Asistencia Familiar, Agraviada: Rosa Luz Arias Gutiérrez. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2006-0299, a MILUSKA MIRELLA DE LA CRUZ REBATTA, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra el Patrimonio-Hurto Agravado, Agraviado: Leonardo Gonzales Caballa. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2009-0952, a PEDRO ROBERTO ROSALES ORMEÑO, para INSTRUCTIVA, Delito: Omisión a la Asistencia Familiar, Agraviado: Luigi Paolo y Piero Roberto Rosales Samán. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2009-0345, a LUIS WILLY RAVELLO APARICIO, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra La Seguridad Pública-Conducción en estado de Ebriedad, Agraviado: La Sociedad. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2005-0723, a PORFIRIO ACCHO PALOMINO, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra La Libertad – Violación de Persona con Enfermedad Mental, Agraviada: Edith Lucia Puza Quillas. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2007-0684, a JUAN FRANCISCO GABRIEL PANIZO QUISPE, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra La Familia-Omisión a la Asistencia Familiar, Agraviada: Naomi Juriet Panizo Castillo. Cañete 06.05.2010.
Secretaria: Zevallos
13, 14 y 15 de Mayo

EDICTOS
EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE IMPERIAL, Jueza VALDIVIESO, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2009-0424, a ARMANDO SMITH CHUQUISPUMA VICENTE, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviado: Cefrin Medrano Luyo. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0224, a JOSE GREGORIO PERALTA RAMIREZ, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra el Patrimonio-DAÑOS MATERIALES, Agraviada: Carmen Rosa Lázaro Huamani Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0195, a VALERIANO SIXTO SOTO SUPANTA, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviada: Milagro Rocío Salvador Cerrón. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0439, a JORGE LUIS PACHAS CASAS, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviada: Rosaura Mercedes Godoy Meneses. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0207, a MARLON GIOMAR GUTIERREZ BRACAMONTE, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra el Patrimonio-DAÑOS MATERIALES, Agraviado: Saturnino Alejandro Llantoy Sánchez. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0410, a CESAR DOMINGO ORELLANA CANDELA, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviado: Sergio Pedro Padilla García. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0231, a NELIDA CONSUELO AGUADO RODRIGUEZ, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviado: Fredy Roddy Prada Ramos. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0237, a CIRILA RAMOS IBARRA, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviada: Fabiola Villalobos Chanca. Imperial 30.04.2010.
Secretario: Lovera
13, 14 y 15 de Mayo


EDICTOS PENALES
LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente MARTINEZ, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2004-0302, a FERNANDO SEGUNDO CASTILLO TITO, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 09.00 am, Delito: Cohecho Activo Genérico, Agraviado: El Estado Peruano. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2007-0867, a VICTOR ROLANDO PORTUGUES ROJAS, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 09.30 am, Delito: Violación Sexual, Agraviado: Menor de Edad de iníciales K.K.R.C. Cañete 10.05.2010.
EXP.-2008-0752, a JULIO ARMANDO NOA HUARCAYA, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 09.45 am, Delito: Violación Sexual, Agraviado: Menor de Edad de iníciales D.E.C.V. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2006-0310, a FERNANDEZ YACTAYO ALEX WILLIAMS y HUAMANI CHOQUE RAUL ENRIQUE, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 10.15 am, Delito: Robo Agravado, Agraviado: Cesar Enrique Arteaga Munarriz. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2003-0088, (acumulado Exp.2004-0087, Exp.2008-0018 y Exp. 2005-0258) a CELSO MARCELINO JESUSI MORALES, LUIS GUILLERMO GUSTAVO MARROQUIN CASTILLO, LEONCIO ROMAN FUENTES YALLE y GLADIS ROSA SUTTI ROJAS, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 10.30 am, Delito: Peculado, Agraviado: El Estado Peruano y Otro. Cañete 10.05.2010.
EXP.-2006-0035, a ELMER NILTHON MELCHOR CONDOR, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 11.00 am, Delito: Robo Agravado, Agraviado: Esther Huanca Apaza. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2004-0478, a RAMIREZ QUISPE ALFONSO, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 09.00 am, Delito: Lesiones Leves, Agraviado: Miriam Orellana Flores. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2006-0310, a JAVIER ARMANDO LEJABO CASTILLO, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 09.15 am, Delito: Violación Sexual, Agraviado: Menor de Edad de iníciales K.P.A.Y. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2007-0395, a CANDELA CHAVEZ JOSE ANGEL, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 09.45 am, Delito: Violación Sexual, Agraviado: Menor de Edad de iníciales E.A.M.J. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2006-0035, (Yauyos) a ALBERTO LIMANTA BORDA, MAXIMO DOLORIER ABURTO CASTILLON, CARLOS ALBERTO SANCHEZ VICENTE, ABEL QUISPE LUYO como autores y contra GUILLERMO AVALOS RAMIREZ y JUANA EULOGIA YACTAYO SAMAN como autores, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 10.00 am, Delito: Peculado Doloso, Agraviado: el Estado Peruano. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2002-0538, a MANUEL ALEJANDRO GRANDA ALEGRE, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 10.15 am, Delito: Peculado Doloso, Agraviado: El Estado Peruano. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2006-0362, a JUAN ARTURO YAYA HUAPAYA, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 10.30 am, Delito: Peculado, Agraviado: el Estado Peruano. Cañete 10.05.2010.
EXP.-2006-0832, a HEBER ANTONIO CORDOVA ASIN, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 10.45 am, Delito: Propagación de Enfermedad Contagiosa, Agraviado: Menor de iníciales C.P.C.F. Cañete 08.03.2010.
EXP.-2002-1370, a CARLOS ALBERTO CAMBILLO FLORES, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 11.15 am, Delito: Robo Agravado, Agraviado: Alberto Numeda Arenas. Cañete 10.05.2010.
EXP.-2007-0086, a CELSO MARCELINO JESUSI MORALES, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 11.30 am, Delito: Peculado, Agraviado: El Estado Peruano. Cañete 07.05.2010.
Secretario: Miranda
13, 14 y 15 de Mayo

EDICTO CIVIL
AVISO JUDICIAL.- Por ante el Juzgado Mixto de Yauyos, que despacha el Juez Dr. Cirilo Enor Suarez Mirabal; Secretaria Judicial Dra. Laura Rodríguez Belleza, en el expediente N° 0004-2000, seguidos por la Comunidad Campesina de Capillucas contra la Comunidad Campesina de Allauca y otros, sobre PRESCRIPCION ADQUISITVA DE DOMINIO, ha resuelto se publique un extracto de la siguiente resolución:
RESOLUCIÓN NÚMERO: VEINTITRÉS: Yauyos, dieciséis de Febrero del dos mil diez.- AUTOS Y VISTOS: ADMÍTASE a trámite la demanda interpuesta en Vía de proceso ABREVIADO, y en consecuencia córrase traslado a las partes demandadas que son: Comunidad Campesina de Allauca, Comunidad Campesina de Putinza, Comunidad Campesina de Cachuy, Comunidad Campesina de Catahuasi, Comunidad Campesina de San Pedro de Cacra, Comunidad Campesina de Picamarán, Concejo Distrital de Zúñiga y el Ministerio de Agricultura para que cumplan con absolver la misma en el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de declarárseles su rebeldía; téngase por ofrecidos los Medios Probatorios y resérvense su actuación. Publíquese un extracto de la presente por tres veces en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario «Al Día Con Matices», con intervalo de 3 días en la forma prevista en el artículo ciento sesenta y siete y ciento sesenta y ocho del Código Procesal Civil. Yauyos, 13 de Abril de 2010. Edilberto Delgado Hinostroza; Secretario Judicial, Juzgado Mixto de Yauyos.
Dr. Edilberto Delgado Hinostroza
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Yauyos
Publicar: 4, 10 y 14 de Mayo.

EDICTO DE FAMILIA
EXP.2009-0814.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez POLANCO; ha ordenado, publicar extracto de RESOLUCION N°1: de fecha 21-10-2009, RESUELVE ADMITIR la demanda contra RODDY JOSE GIRON HUAMAN, como presunto autor de Actos de Violencia Familiar-Maltrato PSICOLÓGICO, en agravio de DALCY MARLENI GUTIERREZ VALERIO y CORRASE traslado al demandado por el termino de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía; RESOLUCION N°05; de fecha 06-05-2010, notifíquese al demandado por el plazo de QUINCE DIAS, a efectos de que se apersone al proceso y haga valer sus derechos conforme a ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.- .- Fdo.Secretario: Calagua. Cañete, 06.05.2010.
13, 14 y 15 de Mayo

EXTRACTO DE DEMANDA
Exp. N° 2010-0 Ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, CAYETANO ALBERTO SANCHEZ ORE interpone demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN INMUEBLE y la dirige contra la SUCESION DE FEDERICO ESCALANTE NAPAN Y SUCESION JACINTA ESCALANTE NAPAN, a fin de que se le declare propietario del bien inmueble ubicado en la calle Jorge Chávez número 298 del distrito de Imperial – Cañete; cuyas colindancias son: por el frente con la calle Jorge Chávez con un tramo de línea recta AB con 5.20 m.l. Por la derecha colinda con el posesionario Juan Carlos Fierro Suppo mediante un tramo de línea recta de FA 6.50 m.l. Por la izquierda colinda con el posesionario Italo Sánchez Alcántara, mediante un tramo de línea recta de BC con 4.20 m.l. Por el fondo colinda con el posesionario Italo Sánchez Alcántara mediante una línea quebrada de tres tramos 3.10 m.l., 2.30 m.l. y 2.10 m.l. y ofrece sus respectivos medios probatorios.- Cañete, 03 de Mayo de 2010.
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete

AVISO DE SUCESION INTESTADA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Abogado - Notario de Cañete, Dr. Javier Alberto Inga Vásquez, sito Jr. Jorge Chávez N° 291, Imperial - Cañete; ALBERTO JUAN PONCE REYES, solicita la Sucesión Intestada, de quien en vida fuera su madre doña: ALEJANDRINA REYES VICENTE, fallecida el día: VEINTIUNO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CINCO, señalando bajo declaración jurada que tuvo como último domicilio en Cañete, y ser los únicos herederos los siguientes: ALBERTO JUAN PONCE REYES; ELIZABETH PONCE REYES; MARITZA MARILU PONCE REYES; JAVIER ASCENCION AVILA REYES; MARIA DEL PILAR AVILA REYES; ROCIO MARIANELLA AVILA REYES y VICTOR HUGO AVILA REYES, como se indica en la solicitud. Se publica para fines y efectos de Ley. Imperial - Cañete, 05 de Mayo del dos mil diez.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete

AVISO DE CONVOCATORIA
El Secretario General de Movimiento Regional PATRIA JOVEN invita a Usted a la Asamblea General Ordinaria que se llevará a cabo el día 25 de Mayo del año en curso, en su nuevo local institucional sito en Avenida Benavides N° 855, San Vicente de Cañete, a horas: 6:00 primera convocatoria; 06:30 segunda convocatoria.
AGENDA A TRATAR:
1.- Modificación de Estatutos para la adecuación a la Ley N° 28094 y sus modificatorias.
2.- Apertura de Cuenta de Ahorro.
3.- Modificación y Sustitución de Dirigentes.
4.- Cambio de Personeros Legal y Técnico.
5.- Aprobación del Reglamento Electoral
6.- Designación de los miembros del Comité Electoral.
Agradecemos su asistencia.
San Vicente de Cañete, 12 de Mayo del 2010.
Javier Alvarado Gonzales del Valle
Secretario General

13 mayo 2010

SALDO FINAL DE TRAGICO ACCIDENTE... FUE DE 2 MUERTOS... Y 21 HERIDOS...

Al final, fueron dos muertos y veintiún heridos, el resultado del trágico accidente, ocurrido ayer en la mañana en el Kilómetro 155 de la Panamericana Sur, a la altura del Puente Clarita, producto de un triple choque entre un camión tráiler, una camioneta y una combi respectivamente.
Según los testimonios de los lugareños, el hecho ocurrió pasado las siete de la mañana en momentos en que el pesado tráiler (Placa ZB 3191) con cientos de cajas de cerveza, se dirigía con dirección de norte a sur, y se le reventó una de las llantas delanteras.
Producto de este percance el chofer, perdió el control del pesado vehículo que colisionó contra una camioneta y arrastró a una combi (RG 6010) repleta de pasajeros, muchos de ellos, estudiantes.
Entre el caos y la zozobra de los pasajeros, el ciudadano Inocencio Eustaquio Mejía Patricio, llevó la peor parte al perder la vida en forma instantánea.
Los heridos fueron trasladados al nosocomio del Rezola de San Vicente para la atención inmediata donde Edwin Kiko Chávez a pesar del esfuerzo que pusieron los galenos, dejó de existir, en el transcurso del día.
A pesar que el nosocomio quedo chico para prestar los servicios médicos respectivos, el Dr. Rodrigo Falero, personalmente brindó el apoyo convocando a los especialistas y acondicionando los ambientes para su atención.
Los peritos de la PNP vienen realizando las investigaciones del caso para determinar, cuáles fueron las móviles del fatídico accidente que sigue tiñendo de sangre a las pistas.
Divisionismo y falta de liderazgo perjudican gremio
SUTE – CAÑETE Y SU MOMENTO MÁS CRÍTICO EN LA HISTORIA SINDICAL

SAN VICENTE.- ¡Que Lástima!. Los docentes que participaron en la jornada de protesta, convocado por el Comité Ejecutivo Nacional CEN - SUTEP, casi terminan en un pugilato, producto del divisionismo existente y la falta de liderazgo en el magisterio cañetano.
Desde muy temprano cerca de un centenar de profesores, portando su clásica banderola roja con los distintivos del gremio sindical, se concentraron en la plaza mayor de esta ciudad.
Los docentes arengando lemas contra la política educativa del régimen actual, ganaron las calles en esta nueva jornada de lucha y exigieron al gobierno el cumplimiento de sus demandas.
Para nadie es desconocido que los grupos antagónicos liderados por Eloy Ramos Trinidad y el entorno de Zaida Trejos, mantienen una eterna rivalidad por querer controlar la hegemonía del sindicato en Cañete.
Los denominados «cuatro gatitos» y «don gato y su pandilla», se vieron las caras una vez más. Ahí, estuvieron frente a frente, tratando de «maullar» y sacar sus garras queriendo darse una topadita en plena jornada de lucha.
Las puyas, insultos y diatribas de uno y otro bando, se escuchaban en la histórica plaza mayor de San Vicente, siendo testigos los hombres de prensa que captaban y enfocaban las mejores tomas.
«El SUTEP es del pueblo y no de Patria Roja», gritaba el profesor Heriberto Aldazabal quien cuestionaba al grupo de Zaida Trejos, calificando que Patria Roja se había convertido en Patria Joven.
La respuesta del grupo del bando de Zayda Trejos, respondió al instante: «El SUTE es de los maestros y no de los anarcos». Cada uno agitaba su bandera. Aunque hubieron profesores que pedían la cordura.
Desde el «estrado», la que funge de Secretaria General del SUTE - Cañete, no podía controlar al pequeño grupo que hacía su laberinto en la parte baja.
El más frontal fue el profesor Jorge Quispe Rojas quien hacía su show en los medios periodísticos y desconocía a Zaida Trejos como dirigente provincial porque ésta había sido elegida entre cuatro paredes.
«Un maestro, un voto», «elecciones universales», era el clamor de otro sector de los docentes que arengaban en la jornada «cívica, clasista y combativa» de los profesores.
Menos mal que la sangre no llegó al río. Calmada las aguas, los profesores nuevamente agarraron su banderola y recorrieron las principales arterias de San Vicente.
La presencia de la profesora María Montoya Conde, llamó la atención a más de uno y razón no dejan de tener sus colegas al afirmar que muy raras son las veces, que participa en jornadas sindicales.

COLEGIO DE PROFESORES
El vicedecano del Colegio de Profesores de la Región Lima, Lic. Hebert Ñáñez Vargas, dijo que aquí todos son del SUTEP y la dirigencia debe limar las asperezas llevando a cabo las elecciones universales.
Más de uno se preguntó: ¿Dónde esta el SUTEP?. Esto en clara alusión a la poca cantidad de profesores que participaron en la jornada de protesta de ayer.
El SUTE – Cañete, pasa su momento más crítico en la historia sindical, contrario a sus inicios donde las jornadas de lucha eran contundente, más aún que en esta ubérrima tierra germinó este gremio. (Wilfredo Cayllahua)
NELSON CHUI INAUGURARÁ DIVERSAS OBRAS DE DESARROLLO QUE BENEFICIARÁ A LA POBLACIÓN CAÑETANA...

Diversas obras de infraestructura vial, educativa y de fomento al turismo inaugurará el día viernes 14 de mayo el Presidente del gobierno Regional de Lima Ing. Nelson Chui Mejía, en el marco de su gestión orientada al desarrollo sostenible de nuestra provincia.
Después de una entrevista radial en horas de la mañana, el Presidente Regional sostendrá una importante reunión con algunos gremios magisteriales , entre ellos con la dirigencia del SUTEP, y representantes del Colegio de profesores de Cañete.
A las 10:30 a.m. la autoridad regional procederá en compañía de las autoridades edilicias del distrito de Cerro Azul y del gremio de pescadores artesanales, a inaugurar las obras de remodelación del muelle de Cerro azul, trabajos orientados a promover el sector turismo y culminadas con una inversión de S/ 949,464.00 nuevos soles. En este mismo itinerario entregará útiles escolares a los hijos en edad escolar de los pescadores artesanales del referido distrito.
A partir de las 12.30 a.m. el Presidente Regional conjuntamente con las autoridades y comunidad en general, inaugurará la primera etapa de la reconstrucción y equipamiento de ambientes educativos del Instituto Superior Tecnológico de Cañete, obra de infraestructura educativa que comprende 12 aulas divididas en 03 módulos de 02 niveles, 02 salas de cómputo, además ambientes para laboratorios de Biología y química, sala de profesores y SS.HH. para damas y varones, todo ello, construido a un costo de S/ 2´202,641.30 nuevos soles.
Nelson Chui Mejía en horas de la tarde apadrinará la inauguración de una losa deportiva ante una gentil invitación del Alcalde del distrito de Quilmaná Celestino Yactayo Villalobos.
Finalmente, el Presidente Regional se trasladará hasta la zona norte de Cañete y participará en la ceremonia de inauguración de la Carretera entre los distritos de San Antonio y Santa cruz de Flores en compañía de los burgomaestres de ambas localidades Esteban Agapito Ramos y Fortunato Modesto Malásquez y sectores organizados de la población.
La referida infraestructura vial completamente asfaltada que se hace realidad después de muchos años, cuenta con una extensión de 4 Km. y ha sido construida con una inversión de 1´540,427.00 soles.
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

SÍNTESIS

El Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, en cumplimiento del artículo 17º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094 y artículo 16° del Reglamento de Organizaciones Políticas, aprobado por Resolución Nº 120-2008-JNE, pone en conocimiento de la ciudadanía que con fecha 09 de Marzo de 2010 se ha presentado ante este registro especial, el ciudadano César Ricardo Kou Espichán, Personero Legal Titular de la organización política local distrital “FUERZA MANOS INDEPENDIENTES RECONSTRUCCIÓN CAÑETANA”, cuya sigla es MIRCA, del distrito de Imperial, provincia Cañete, departamento Lima, solicitando la inscripción de la referida organización política en el registro especial que conduce el Registro de Organizaciones Políticas. Para ello ha acreditado el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 17º de la referida Ley, cuya síntesis es la siguiente:

Denominación: “FUERZA MANOS INDEPENDIENTES RECONSTRUCCIÓN CAÑETANA”, cuya sigla es MIRCA
Nombres de fundadores: Alcalá Rosas Elías, Aliaga Saravia Andy Jersson, Aliaga Saravia Brenda Maricela, Balbín Ramos Aldo Joel, Balbín Ramos César Alberto, Balvín Ramos Melchora Ana, Bermúdez Bravo Alicia Santos, Bravo Osco Oscar, Bravo Villarroel Juan Paulino, Campos Ayllón Berchmans Jesús, Cárdenas Alcalá de Yactayo Adelina, Cárdenas Alcalá Orlando Rufino, Cárdenas Alcalá Victoria Agustina, Cárdenas Soriano Celestino, Casas Vicente María Isabel, Castillo Vicente Joer Dajafe, Caycho Cárdenas de Ojeda Jessica, Caycho Cárdenas Keyter Elvis, Coronado Fernández Lucy Petronila, Cueto Vásquez Carmen Jesús, Cueto Vásquez César Augusto, Cuzcano de Kou Juana, Cuzcano de Ramos Julia, Cuzcano Villarrubia Lilia Cristina, Florián Pachas Miguel Víctor, Gutiérrez Campos Celso, Gutiérrez Coronado Eulogia Katy, Gutiérrez Coronado Guisella Kari, Gutiérrez Coronado Jorge Luis, Gutiérrez Coronado Sandy Lucy, Huaire Arroyo Pedro Gerardo, Juárez Quispe Flor Margarita, Juárez Quispe Mercedes Patricia, Jullujita Peves Víctor, Kou Espichán César Ricardo, Luyo Saravia Francisco Maximiliano, Marallano Carrillo Toribio Arturo, Marallano Díaz Marlon Hernán, Ñahui Serrano Eduardo, Ojeda Dávila Cristian Vladimir, Pérez Godoy Sarita del Pilar, Pérez Quispe Luis Eugenio, Quiróz de Quispe Margarita Nelly, Quispe Beltrán Flora, Quispe Quiroz Nelly Marlene, Ramos Cuzcano Carmen Rosa, Ramos Cuzcano Kevin Brian, Ramos de Balbín Alejandrina Maura, Ramos Torres Moisés R, Reymundo Cerazo Enrriqueta Santa, Rojas Huamán Abelardo, Salazar Corrales Yane Victoria, Saldaña Carrión Eusebio Nemesio, Sánchez Fonseca Ronudio Misael, Sánchez Luyo Karen Rosmery, Sánchez Ramos Felix Juan, Sánchez Saravia Ana Cecilia, Sánchez Saravia Julio Cesar, Saravia Bermúdez Luzmila, Saravia López Annie del Pilar, Stucchi Chuyo Antonio Sebastián, Suárez Vicente Yanina, Vásquez de Cueto Carmen Edith, Yaya Candela Carlos Miguel y Zela Gutiérrez Justo Ramón.
Dirigentes:
Presidente: Ramos Torres Moisés R.
Vice Presidente: Gutiérrez Campos Celso.
Coordinador: Alcalá Rosas Elías.
Secretario: Stucchi Chuyo Antonio Sebastián.
Subsecretario de Organización: Vásquez de Cueto Carmen Edith.
Prosecretario: Marallano Díaz Marlon Hernán.
Protesorero: Zela Gutiérrez Justo Ramón.
Secretaria de Organización: Juárez Quispe Flor Margarita.
Secretaria del Comité Ejecutivo Distrital: Bermúdez Bravo Alicia Santos.
Secretario de Asuntos Femeninos: Saravia López Annie del Pilar.
Secretario de Juventudes: Bravo Osco Oscar.
Secretario de Prensa y Propaganda: Campos Ayllón Berchmans Jesús.
Apoderado: Kou Espichán César Ricardo.
Nombres de Personeros:
Personero Legal Titular: Kou Espichán César Ricardo.
Personero Legal Alterno: Saldaña Carrión Eusebio Nemesio.
Tesorero: Jullujita Peves Víctor.
Personeros Técnicos:
Personero Técnico Titular: Castillo Vicente Joer Dajafe.
Personero Técnico Alterno: Marallano Carrillo Toribio Arturo.
Representante Legal: Kou Espichán César Ricardo.
Domicilio Legal: Jirón Huancayo Nº 771, distrito de Imperial, provincia Cañete, departamento Lima.

La publicación tiene por objeto que cualquier persona natural o jurídica pueda formular tacha contra la solicitud de inscripción, la cual deberá estar fundamentada en el incumplimiento de la Ley Nº 28094 y el Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, aprobado por Resolución Nº 120-2008-JNE.
Lima, 11 de Mayo del 2010
KAREN NUÑEZ KCOMT
Registradora Delegada del Registro de
Organizaciones Políticas – Callao y Lima Provincias
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

SÍNTESIS

El Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, en cumplimiento del artículo 17º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094 y artículo 16° del Reglamento de Organizaciones Políticas, aprobado por Resolución Nº 120-2008-JNE, pone en conocimiento de la ciudadanía que con fecha 25 de Marzo de 2010 se ha presentado ante este registro especial, el ciudadano Liborio Teodoro Túpac Alan, Personero Legal Titular de la organización política local distrital «HONGOS XXI» del distrito de Hongos, provincia de Yauyos y departamento de Lima, solicitando la inscripción de la referida organización política local distrital en el registro especial que conduce el Registro de Organizaciones Políticas. Para ello ha acreditado el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 17º de la referida Ley, cuya síntesis es la siguiente:

Denominación: «HONGOS XXI»
Nombres de fundadores:
Barazorda Unzueta Mario, Cisneros Toralba Edelmira Leonor, Cuevas Túpac Ángeles Florencio, Flores Cuevas Silvia Clara, Huamán Huari De Vicente Simona, Santiago Cisneros Carla Medalith, Santiago Huamán Clemente Walter, Santiago Huamán Lorenza Juliana, Santiago Huamán Marcelo Saturnino, Santos Huamán Málaga, Túpac Alan Liborio Teodoro, Túpac Alan Mauro, Valentín Partida Hilaria Eufrasia, Vicente Alan Bernardo Teófilo, Vicente Alan Norma Vita, Vicente Lorenzo Yesenia, Vicente Santiago Mercedes Victoria.
Dirigentes:
Presidente: Túpac Alan Mauro.
Vice Presidente: Vicente Alan Bernardo Teófilo.
Secretario General: Cuevas Túpac Ángeles Florencio.
Secretaria de la Mujer: Valentín Partida Hilaria Eufrasia.
Secretaria de Juventudes: Flores Cuevas Silvia Clara.
Secretario de Economía: Santos Huamán Málaga.
Secretaria de Actas y Archivos: Santiago Cisneros Carla Medalith.
Apoderado: Santiago Huamán Lorenza Juliana.
Nombres de personeros:
Personero Legal Titular: Túpac Alan Liborio Teodoro.
Personero Legal Alterno: Cisneros Toralba Edelmira Leonor.
Personeros Técnicos:
Personero Técnico Titular: Barazorda Unzueta Mario.
Personero Técnico Alterno: Vicente Lorenzo Yesenia.
Representante Legal: Túpac Alan Mauro.
Domicilio Legal: Cuadra 2 del Jr. Progreso S/N, del distrito de Hongos, provincia de Yauyos del departamento de Lima.

La publicación tiene por objeto que cualquier persona natural o jurídica pueda formular tacha contra la solicitud de inscripción, la cual deberá estar fundamentada en el incumplimiento de la Ley Nº 28094 del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, aprobado por Resolución Nº 120-2008-JNE.
Lima, 05 de Mayo del 2010
KAREN NUÑEZ KCOMT
Registradora Delegada del Registro de
Organizaciones Políticas – Callao y Lima Provincias
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
AVISOS JUDICIALES

EDICTO CIVIL
SALA CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE.- Exp. N° 02001-2009-0-0801-SP-CI-01. En los seguidos por Ana María Ferreyra Tataje contra Arturo Collantes Chang, sobre Exequatur, la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cañete, ha emitido la presente resolución admisoria, de cuyo extracto se precisa; Res. N° 01, de fecha 17 de Diciembre de 2009.- AUTOS Y VISTOS, con la demanda y sus anexos se presenta Ana María Ferreyra Tataje, sobre proceso de Exequatur interpuesta en contra de Arturo Collantes Chang, para que sea reconocido en el Perú, la sentencia de fecha 27 de Julio de 2007 expedido por el Juzgado de París, a fin de que se tenga pleno reconocimiento y eficacia en el país; por las consideraciones expuestas, y habiendo cumplido la presente demanda con los requisitos legales establecidos, resolvieron ADMITIR a trámite la demanda de reconocimiento de sentencia expedida en el Extranjero (exequatur) interpuesta por Ana María Ferreyra Tataje, en vía de Proceso No Contencioso, en consecuencia, téngase presente los medios probatorios adjuntados en autos, y PONGASE a conocimiento de la misma al demandado Arturo Collantes Chang mediante edicto por el término establecido en el artículo 758° del Código Procesal Civil, debiendo la parte solicitante brindar las facilidades del caso. Al otrosí: téngase por delegado las facultades de representación en el presente proceso a favor del Abogado Juan Felix Tataje Veliz que suscribe la solicitud de conformidad a lo señalado en el artículo 80° del Código Procesal Civil. En los seguidos por Ana María Ferreyra Tataje sobre reconocimiento de sentencia extranjera. Notifíquese.- Cañete, 03 de Mayo de 2010. Carmen Nelly Rangel Purilla; Secretaria (e), Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cañete.
Carmen Nelly Rangel Purilla
Secretaria (e) Sala Civil - Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 7, 13 y 19 de Mayo.

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL
En los seguidos por BANCO CONTINENTAL SUCURSAL CAÑETE contra NELSON TORRES MONTOYA y TERESA ALEJANDRA MIRANDA VARGAS DE TORRES materia EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, Expediente N° 327-2009, el Primer Juzgado Civil de Cañete a cargo del Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Dra. Daisy Guzmán Sánchez, ha dispuesto el PRIMER REMATE JUDICIAL del INMUEBLE (derecho de superficie) Habilitación Vacacional La Isla – Playa Asia – Coayllo, Lote N° 5 de la Primera Fila de la Parcelación Rústica La Querencia (Club Mar Azul), provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 90283162 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete. VALOR DE TASACIÓN: US$ 211,265.25 (doscientos once mil doscientos sesenta y cinco y 25/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US $ 140,843.50 (ciento cuarenta mil ochocientos cuarenta y tres y 50/100 dólares americanos más IGV). GRAVÁMENES: Asiento D00015, HIPOTECA que afecta al derecho de superficie constituida a favor del Banco Continental hasta por US $ 200,000.00. FECHA - HORA DE REMATE: veinte de Mayo del dos mil diez a horas 10:30 a.m. LUGAR: Sede del Juzgado Civil de Cañete, sito en Av. Mariscal Benavides N° 658, San Vicente, distrito y provincia de Cañete, departamento Lima. LOS POSTORES: presentarán su DNI (con copia), arancel judicial (con copia) en el cual se consigne el número de DNI del postor, número de expediente y juzgado respectivo, y oblarán el 10% del VALOR DE TASACIÓN en cheque de gerencia a su nombre (con copia) o efectivo. EL ADJUDICATARIO: pagará los honorarios del Martillero Público de acuerdo con la Reglamentación de la Ley del Martillero.
Cañete, 14 de Abril de 2010.
Carolina Teresa Barriga Sánchez, Martillero Público – Registro N° 192.
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 6 al 13 de Mayo

EDICTO PENAL
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez MEZA, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2006-0559, a GENARO MARTINEZ LUYO, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra la Salud Publica-Trafico Ilicito de Drogas, Agraviado: El Estado. Cañete 30.04.2010.
EXP.-2008-1066, a MIGUEL ANGEL GARRIDO ESPINOZA, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra el Patrimonio-Estafa, Agraviado: Dora Vásquez Lujan. Cañete 30.04.2010.
EXP.-2004-0405, a JAIME ANDRES MEZA FLORES, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado, Agraviado: Luz Gessenia García Francia. Cañete 30.04.2010.
Secretaria: Zevallos
LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente MARTINEZ, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2007-0285, a CARLOS ANTONIO NAVARRO FERNANDEZ, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud-Lesiones con resultado fortuito, Agraviado: Cesar Paúl Torres Marquez. Cañete 05.05.2010.
Por tres veces

EDICTOS PENALES
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez MEZA, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2003-0371, a DESIDERO ECHAJALLA ÑAUPA, para INSTRUCTIVA, Delito: Proxenetismo, Agraviado: La Sociedad. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2005-0322, a ANA QUISPE FLORES, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra El Patrimonio–Hurto Agravado, Agraviado: Jacinto Luis Santos Vilma. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2009-0064, a ALBERTO GERMAN ARIAS ROSAS, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra La Familia-Omisión a la Asistencia Familiar, Agraviada: Rosa Luz Arias Gutiérrez. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2006-0299, a MILUSKA MIRELLA DE LA CRUZ REBATTA, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra el Patrimonio-Hurto Agravado, Agraviado: Leonardo Gonzales Caballa. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2009-0952, a PEDRO ROBERTO ROSALES ORMEÑO, para INSTRUCTIVA, Delito: Omisión a la Asistencia Familiar, Agraviado: Luigi Paolo y Piero Roberto Rosales Samán. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2009-0345, a LUIS WILLY RAVELLO APARICIO, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra La Seguridad Pública-Conducción en estado de Ebriedad, Agraviado: La Sociedad. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2005-0723, a PORFIRIO ACCHO PALOMINO, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra La Libertad – Violación de Persona con Enfermedad Mental, Agraviada: Edith Lucia Puza Quillas. Cañete 06.05.2010.
EXP.-2007-0684, a JUAN FRANCISCO GABRIEL PANIZO QUISPE, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra La Familia-Omisión a la Asistencia Familiar, Agraviada: Naomi Juriet Panizo Castillo. Cañete 06.05.2010.
Secretaria: Zevallos
13, 14 y 15 de Mayo

EDICTOS
EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE IMPERIAL, Jueza VALDIVIESO, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2009-0424, a ARMANDO SMITH CHUQUISPUMA VICENTE, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviado: Cefrin Medrano Luyo. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0224, a JOSE GREGORIO PERALTA RAMIREZ, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra el Patrimonio-DAÑOS MATERIALES, Agraviada: Carmen Rosa Lázaro Huamani Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0195, a VALERIANO SIXTO SOTO SUPANTA, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviada: Milagro Rocío Salvador Cerrón. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0439, a JORGE LUIS PACHAS CASAS, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviada: Rosaura Mercedes Godoy Meneses. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0207, a MARLON GIOMAR GUTIERREZ BRACAMONTE, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra el Patrimonio-DAÑOS MATERIALES, Agraviado: Saturnino Alejandro Llantoy Sánchez. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0410, a CESAR DOMINGO ORELLANA CANDELA, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviado: Sergio Pedro Padilla García. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0231, a NELIDA CONSUELO AGUADO RODRIGUEZ, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviado: Fredy Roddy Prada Ramos. Imperial 30.04.2010.
EXP.-2009-0237, a CIRILA RAMOS IBARRA, para INSTRUCTIVA, por Faltas Contra La Persona-LESIONES DOLOSAS, Agraviada: Fabiola Villalobos Chanca. Imperial 30.04.2010.
Secretario: Lovera
13, 14 y 15 de Mayo

EDICTOS PENALES
LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente MARTINEZ, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2004-0302, a FERNANDO SEGUNDO CASTILLO TITO, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 09.00 am, Delito: Cohecho Activo Genérico, Agraviado: El Estado Peruano. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2007-0867, a VICTOR ROLANDO PORTUGUES ROJAS, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 09.30 am, Delito: Violación Sexual, Agraviado: Menor de Edad de iníciales K.K.R.C. Cañete 10.05.2010.
EXP.-2008-0752, a JULIO ARMANDO NOA HUARCAYA, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 09.45 am, Delito: Violación Sexual, Agraviado: Menor de Edad de iníciales D.E.C.V. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2006-0310, a FERNANDEZ YACTAYO ALEX WILLIAMS y HUAMANI CHOQUE RAUL ENRIQUE, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 10.15 am, Delito: Robo Agravado, Agraviado: Cesar Enrique Arteaga Munarriz. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2003-0088, (acumulado Exp.2004-0087, Exp.2008-0018 y Exp. 2005-0258) a CELSO MARCELINO JESUSI MORALES, LUIS GUILLERMO GUSTAVO MARROQUIN CASTILLO, LEONCIO ROMAN FUENTES YALLE y GLADIS ROSA SUTTI ROJAS, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 10.30 am, Delito: Peculado, Agraviado: El Estado Peruano y Otro. Cañete 10.05.2010.
EXP.-2006-0035, a ELMER NILTHON MELCHOR CONDOR, para INSTRUCTIVA, Día: 18-05-2010, Hora: 11.00 am, Delito: Robo Agravado, Agraviado: Esther Huanca Apaza. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2004-0478, a RAMIREZ QUISPE ALFONSO, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 09.00 am, Delito: Lesiones Leves, Agraviado: Miriam Orellana Flores. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2006-0310, a JAVIER ARMANDO LEJABO CASTILLO, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 09.15 am, Delito: Violación Sexual, Agraviado: Menor de Edad de iníciales K.P.A.Y. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2007-0395, a CANDELA CHAVEZ JOSE ANGEL, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 09.45 am, Delito: Violación Sexual, Agraviado: Menor de Edad de iníciales E.A.M.J. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2006-0035, (Yauyos) a ALBERTO LIMANTA BORDA, MAXIMO DOLORIER ABURTO CASTILLON, CARLOS ALBERTO SANCHEZ VICENTE, ABEL QUISPE LUYO como autores y contra GUILLERMO AVALOS RAMIREZ y JUANA EULOGIA YACTAYO SAMAN como autores, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 10.00 am, Delito: Peculado Doloso, Agraviado: el Estado Peruano. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2002-0538, a MANUEL ALEJANDRO GRANDA ALEGRE, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 10.15 am, Delito: Peculado Doloso, Agraviado: El Estado Peruano. Cañete 07.05.2010.
EXP.-2006-0362, a JUAN ARTURO YAYA HUAPAYA, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 10.30 am, Delito: Peculado, Agraviado: el Estado Peruano. Cañete 10.05.2010.
EXP.-2006-0832, a HEBER ANTONIO CORDOVA ASIN, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 10.45 am, Delito: Propagación de Enfermedad Contagiosa, Agraviado: Menor de iníciales C.P.C.F. Cañete 08.03.2010.
EXP.-2002-1370, a CARLOS ALBERTO CAMBILLO FLORES, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 11.15 am, Delito: Robo Agravado, Agraviado: Alberto Numeda Arenas. Cañete 10.05.2010.
EXP.-2007-0086, a CELSO MARCELINO JESUSI MORALES, para INSTRUCTIVA, Día: 19-05-2010, Hora: 11.30 am, Delito: Peculado, Agraviado: El Estado Peruano. Cañete 07.05.2010.
Secretario: Miranda
13, 14 y 15 de Mayo

EDICTO DE FAMILIA
EXP.2009-0814.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez POLANCO; ha ordenado, publicar extracto de RESOLUCION N°1: de fecha 21-10-2009, RESUELVE ADMITIR la demanda contra RODDY JOSE GIRON HUAMAN, como presunto autor de Actos de Violencia Familiar-Maltrato PSICOLÓGICO, en agravio de DALCY MARLENI GUTIERREZ VALERIO y CORRASE traslado al demandado por el termino de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía; RESOLUCION N°05; de fecha 06-05-2010, notifíquese al demandado por el plazo de QUINCE DIAS, a efectos de que se apersone al proceso y haga valer sus derechos conforme a ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.- .- Fdo.Secretario: Calagua. Cañete, 06.05.2010.
13, 14 y 15 de Mayo

SUCESION INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña JUANA OLGA PEREZ DE SANCHEZ manifestando ser cónyuge de quien fuera en vida don FERNANDO SANCHEZ SANCHEZ; quien falleció AB – INTESTADO el día 06 de Mayo del año 2009, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a su cónyuge supérstite doña JUANA OLGA PEREZ ROMERO y a sus hijos MIRIÁN VALENTINA SANCHEZ PEREZ y RULLYMARK CLEMENTE SANCHEZ PEREZ, respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 10 de Mayo del 2010.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete

SUCESION INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don MOISES ALEJANDRO FIGUEROA FELIPE, manifestando ser hermano de quien fuera en vida doña ISABEL NELLY FIGUEROA FELIPE; quien falleció AB – INTESTADA el día 25 de Julio del año 2009, a efecto se declaren como únicos y universales herederos a sus hermanos ELENA FIGUEROA FELIPE y MOISES ALEJANDRO FIGUEROA FELIPE respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Cañete, 06 de Mayo del 2010.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA CAMACHO GALVEZ
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi N° 324, San Vicente de Cañete, se presentó doña CONSUELO AGRIPINA LA TORRE YATACO, quien solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en la Municipalidad Provincial de Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (PARTE PRINCIPAL): DATOS DEL PADRE DE LA TITULAR DE LA PARTIDA; DICE: Carlos La Torre. DEBE DECIR: Carlos Federico La Torre Vera. Lo que comunico para los fines de Ley. Cañete, 10 de Mayo del 2010.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA CAMACHO GALVEZ
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi N° 324, San Vicente de Cañete, se presentó don GUILLERMO AUGUSTO LA TORRE YATACO, quien solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en la Municipalidad Provincial de Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (PARTE PRINCIPAL): DATOS DEL PADRE DE LA TITULAR DE LA PARTIDA; DICE: Carlos La Torre. DEBE DECIR: Carlos Federico La Torre Vera. Lo que comunico para los fines de Ley. Cañete, 10 de Mayo del 2010.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete

PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, HILDA ANGELA MORALES SEVILLA VDA. DE MAZA, FLORENTINA C. MORALES DE YATACO, solicitan se rectifique sus partidas de nacimientos asentadas en la Municipalidad Provincial de Cañete, en la que se omite el segundo nombre y apellido materno de su progenitora, Dice: Elena Sevilla. Debe Decir: Elena Eulalia Sevilla Gil. Lo que se publica para los fines de Ley. Cañete, 11 de Mayo del 2010.
Itala A. Garrafa Peña - Abogada - Notario de Cañete

EDICTO
Exp. N° 2009-773.- Ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial de la provincia de Cañete, que despacha la Dra. Alicia Valdivieso Roque; Secretaria Dra. Belka Saravia Santana, solicita JOSE FELIMON BORDA CHANCA, la SUCESION INTESTADA de quien en vida fueron sus señores padres ABELARDO BORDA LUYO fallecido el 14-03-2008, y ONSTANTINA CHANCA MANRIQUE fallecida el 10-01-2001 ambos fallecidos en el distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima. Se comunica para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Imperial, 12 de Mayo del 2010.
Belka Z. Saravia Santana - Secretaria (e) - Juzgado de Paz Letrado de Imperial

AVISO JUDICIAL
Exp. N° 2010-118-CI.- Ante el 1° JPLCÑ, que despacha el Dr. Daniel A. Soto Borjas, solicita JANETT GUTIERREZ ZEGARRA la Rectificación de la Partida de Nacimiento de su hija ANGELINA MONTOYA GUTIERREZ, con el nombre de la recurrente el de CARMEN ROSA GUTIERREZ ZEGARRA, siendo lo correcto JANETT GUTIERREZ ZEGARRA y la partida de nacimiento de su hijo LUIS ALEJANDRO MONTOYA GUTIERREZ ya que se ha consignado como nombre de la madre YANNET CARMEN ROSA GUTIERREZ ZEGARRA, siendo lo correcto JANETT GUTIERREZ ZEGARRA, quedando intacto lo demás que contiene.
Cañete, 20 de Abril del 2010.
Esther A. Lázaro Vicente
Secretaria Judicial - Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
CAÑETE – LIMA – PERU
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que ante la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, han solicitado apertura del Pliego Matrimonial, don LUIS ENRIQUE GUTIERREZ ASIN, de treinta y dos años, identificado con DNI N° 40808631, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruano, estado civil soltero, domiciliado en AH Nvo. Cerro Azul, Mz. K, Lote 10, ocupación pescador, hijo de don Luis Alberto Gutiérrez Díaz y doña Luz Asin Barrón; y doña Sandra Yulliet Manco Chumpitaz, de treinta años de edad, identificada con DNI N° 41752158, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruana, estado civil soltera, domiciliada en Jr. Simón Bolívar N° 255 – Cerro Azul, de ocupación Profesora, hija de don Alexander R. Manco Flores y doña Angela C. Chumpitaz Padilla; pretendiendo contraer Matrimonio Civil en este Municipio. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlas dentro del término de ocho días conforme a Ley.
Cerro Azul, 11 de Mayo del 2010.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe OREC

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251-CC
Se hace saber que don Carlos Eduardo Guzmán Chambergo, de 30 años de edad, natural de Huancayo – Junín, de ocupación Albañil, con DNI N° 41742493, domiciliada en Jr. Petrona Apolaya 939 – Junín; y doña Ysabel Milagros Rojas Loza, natural de San Vicente – Cañete, con DNI N° 40140815, de ocupación su casa, domiciliada en Av. 9 de Diciembre cuadra 6, San Vicente; van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el 28 de Mayo del 2010,a las 11:00 a.m.. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley. San Vicente de Cañete, 12 de Mayo del 2010.
Mirtha de los Angeles Sotelo Pérez
Jefe

DIRIMENCIAS
SALA CIVIL.-
EXP. N° 00518-2006-0-0801-JR-CI-01.-
Relator: Gilbert Alfredo Sánchez Candela.-
Demandante: María Luisa Suárez Neyra.-
Demandado : Empresa de Transportes Flores Hermanos S.R.L.
Materia: Indemnización
RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE.- Cañete, veintinueve de abril de dos mil diez.- AUTOS y VISTOS: En audiencia pública.—- Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, el señor Juez Superior Astoquilca Medrano (Ponente) y el señor Juez Superior Paulo Jorge Vivas Sierra, emiten su VOTO para que se REVOQUE la sentencia apelada (Resolución número veinticinco) del diecisiete de julio del dos mil nueve, en el extremo que declara: Uno) FUNDADA en parte la demanda, y al quedar consentida o ejecutoriada la resolución manda que la demandada Empresa de Transportes Flores Hermanos sociedad de responsabilidad limitada y Pascual Julián Condori, abonen solidariamente a favor de la demandante, por derecho propio y en representación de sus menores hijos Anthony Javier y María Elena Mora Suárez la suma de cincuenta mil nuevos soles, por concepto de indemnización por daño moral; más intereses legales; REFORMÁNDOLA se declare FUNDADA en parte la demanda y al quedar consentida o ejecutoriada la resolución, la demandada Empresa de Transportes Flores Hermanos sociedad de responsabilidad limitada y Pascual Julián Condori, abonen solidariamente a favor de los menores hijos de la demandante Anthony Javier y María Elena Mora Suárez la suma de cincuenta mil nuevos soles, por concepto de indemnización por daño moral, depositándose en partes iguales en una institución financiera a nombre de cada uno de los menores; asimismo, al practicar la liquidación de intereses legales, también se deposite en dichas cuentas el cincuenta por ciento para cada uno; Dos) Se CONFIRME el primer punto del fallo que declara infundada la tacha presentada por la demandada Empresa de Transportes Flores Hermanos sociedad de responsabilidad limitada, a fojas sesenta y nueve; Tres) Se CONFIRME el tercer punto de la sentencia que declara INFUNDADA la misma demanda en el extremo que solicita el pago de una indemnización por daño emergente y lucro cesante; Cuatro) Finalmente se CONFIRME el extremo del segundo punto de la sentencia que fija los intereses legales; y el cuarto punto que establece costas y costos. SEGUNDO.- Que, la señora Jueza Superior Gladys Luz Roque Montesillo, emite su VOTO en discordia para que se REVOQUE la sentencia (resolución veinticinco) venida en revisión de fecha diecisiete de julio del año dos mil nueve, en el extremo que: Uno) Declara FUNDADA la demanda y manda que la Empresa de Transportes Flores Hermanos sociedad de responsabilidad limitada y Pascual Julián Condori, abonen solidariamente a la demandante por derecho propio de la conviviente; Dos) Que declara INFUNDADA el pago de la indemnización por daño emergente y lucro cesante, y REFORMÁNDOLA: Uno) INFUNDADA el petitorio de la demanda para que la Empresa de Transportes Flores Hermanos sociedad de responsabilidad limitada y Pascual Julián Condori, abonen solidariamente a la demandante por derecho propio de la conviviente. Dos) Se declare FUNDADA el pago de la indemnización por daño emergente y lucro cesante. SE CONFIRME: Uno) En el extremo que declara FUNDADA la demanda, y manda que la Empresa de Transportes Flores Hermanos sociedad de responsabilidad limitada y Pascual Julián Condori abonen solidariamente a la demandante en representación de sus menores hijos Anthony Javier y María Elena Mora Suárez la suma de CINCUENTA MIL NUEVOS SOLES, en forma global por la indemnización integral de daño moral, daño emergente y lucro cesante. Dos) Se CONFIRME infundada la tacha presentada por la empresa demandada Transportes Flores Hermanos sociedad de responsabilidad limitada de fojas sesenta y nueve. Tres) Se confirme en cuanto fija el pago de intereses legales y el pago de costas y costos del proceso.TERCERO.- Que, atendiendo a lo anotado precedentemente y no contándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se ha producido DISCORDIA en el presente proceso, la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado. CUARTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial «El Peruano» debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al señor Juez Superior Provisional de la Sala Penal de Apelaciones magistrado FEDERICO QUISPE MEJÍA para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA por el dirimente el día viernes VEINTIUNO DE MAYO DEL DOS MIL DIEZ, a horas OCHO de la mañana con VEINTICINCO MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia «Al Día con Matices» por el término de UN DÍA; en los seguidos por María Luisa Suárez Neyra con la Empresa de Transportes Flores Hermanos sociedad de responsabilidad limitada y otro Indemnización. Notificándose y oficiándose.
S. S.
ASTOQUILCA MEDRANO
ROQUE MONTESILLO
VIVAS SIERRA

CRONICAS JUDICIALES MES DE ABRIL DEL 2010
SALA PENAL DE APELACIONES CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

12/04/2010.- Expediente: 0081-2010
Imputado : Walter Emilio Flores Ochoa
Delito : Asesinato
Agraviado : Victoria Jesús Lara Ñopo
Se resuelve: CONFIRMAR la resolución de fecha 31 de abril del dos mil diez, que declara INFUNDADA la solicitud de CESACION DE LA PRISION PREVENTIVA del imputado WALTER EMILIO FLORES OCHOA, en el proceso que se le sigue por el Delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Homicidio Simple, alternativamente homicidio calificado, en agravio de Victoria Jesús Lara Ñopo. Notifíquese.

13/04/2010.- Expediente: 00083-2010-0-0801 -SP-PE-01
Relator : Johanna Janette López Yauri
Abogado Def. : Neyra Palacios Cesar Augusto
Beneficiario : Flores Aparicio, Brandwein Steven
Demandado : Dr. Edward Fernando Escobar Arrese
Dr. Gustavo Rafael Jáuregui Flores
Demandante : Aparicio Quispe Elizabeth Marlene
Se resuelve: CONFIRMAR la sentencia apelada glosada a fojas ciento dos a ciento diez, su fecha treinta y uno de marzo del año Dos mil diez, que declara INFUNDADA la demanda de Habeas Corpus entendida contra el doctor Gustavo Rafael JAUREGUI FLORES, en su actuación como magistrado del Juzgado de Investigación Preparatoria de Mala, e IMPROCEDENTE la demanda de Habeas Corpus entendida con el doctor Edgar Fernando ESCOBAR ARRESE, en su actuación como Fiscal Provincial Penal de Mala; interpuesta por Elizabeth Marlene APARICIO QUISPE, a favor del interno Branwein Steven FLORES APARICIO. Se notifique y devuelva.

21/04/2010.- Expediente: 00115-2010-66-0801-JR-PE-03
Procedencia : Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cañete
Imputado : Manuel Víctor Fiestas Campos
Agraviado : Menor de iniciales J.E.V.C.
Delito : Violación Sexual de Menor de Edad
Asist. de Causa : Pedro Cristhian Pachas Muñoz
Asist. de Audio : Diego Auberto Pinedo Escajadillo
Se resuelve: CONFIRMAR el auto dictado en audiencia que obra a fojas 122 que en su parte resolutiva: Declara fundado el requerimiento de comparecencia con restricciones formulado por el representante del Ministerio Público contra el imputado MANUEL VÍCTOR FIESTAS CAMPOS por la presunta comisión del delito penal de violación de la libertad sexual en agravio de la menor de iniciales J.E.V.C. con las restricciones que se indican en cinco acápites y con lo demás que contiene.

22/04/2010.- Expediente: 087-2010-93-0801-SP-PE-O1. (2009-002-03-JIP-MALA)
Procedencia : Juzgado de Investigación Preparatoria de Mala
Impugnante : José Alfredo Vilca Mendoza
Agraviada : Menor de iniciales R.L.L.N.
Delito : Actos contra el pudor
Asist. de Causa : Pedro Cristhian Pachas Muñoz
Asist. de Audio : Diego Auberto Pinedo Escajadillo
Se resuelve: PRIMERO: Declarar INADMISIBLE la Apelación presentada por JOSÉ ALFREDO VILCA MENDOZA en la Investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito de actos contra el pudor en cuanto al cuaderno de cesación de prisión preventiva; SEGUNDO: Se declara INSUBSISTENTE el concesorio de apelación formulado.

26/06/2010.- Expediente: 1079-2009-22
Cuaderno : Terminación Anticipada
Órgano Jurisd. : Sala Penal de Apelaciones
Imputado : Juan Artemio López Flores
Agraviado : Estado Peruano
Delito : Tenencia Ilegal de Armas de Fuego
Asist. de Causa : Pedro Pachas Muñoz
Asist. de Audio : Federico Gutiérrez Molina
Se resuelve: Declarar INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el Procurador de la República, declarando INSUBSISTENTE el Concesorio de Apelación en el proceso número 1079-2009-22, seguido contra Juan Artemio López Flores, en agravio del Estado Peruano en la sentencia de Terminación Anticipada por Tenencia Ilegal de Armas de Fuego.

27/04/2010.- Expediente: 00045-2010-0-0801 -JR-PE-03
Procede : Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cañete
Demandante : Luis Alberto ANTON VALDEZ, Otro.
Demandado : El estado Peruano
Materia : Trafico Ilícito de Drogas
SE RESUELVE: CONFIRMAR el Auto de fecha nueve de marzo del dos mil diez, que Resuelve DESAPROBAR el Acuerdo Provisional de Terminación Anticipada, formulada por el Primer Despacho de Decisión Temprana de la fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete en el proceso penal seguido contra los imputados LUIS ALBERTO ANTON VALDEZ, GRIMALDINA SANTA TORRES MARTINEZ, EVELYN SANTA CRISPIN TORRES (Reos en Cárcel) y MINEY ELIDA ANTON TORRES (reo en libertad), por el delito Contra la salud Pública — Tráfico Ilícito de Drogas, en la modalidad de Microcomercialización en Agravio del Estado, representado por el Procurador Público del Ministerio del Interior relativo al tráfico Ilícito de Drogas. Notificándose se devolvieron.