13 julio 2010

EDICTOS PENALES
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez MEZA, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2002-1157, a ROBERT BERNABE RODRIGUEZ ROMAN, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra el Patrimonio–Robo Agravado, Agraviado: José Luis Oscco Lévano. Cañete 30.06.2010. Secretaria: Zevallos.
EXP. 0025-2010.- EL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAÑETE, Presidente FLORES, ha ordenado la publicación mediante edictos RESOLUCION N°16, Cañete 06-07-2010: SEÑALESE fecha para la Vista de la Causa para el 19-07-2010, a horas 08.30 am, que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias de Apelaciones y Juzgado Penal Colegiado ubicado en Av. Mariscal Benavides N° 657- distrito de San Vicente de Cañete. Fdo.- Asistente Causas Jurisdiccionales: Acosta. Cañete, 06.07.2010.
12, 13 y 14 de Julio

EDICTO FAMILIA
EXP.2009-0644.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez POLANCO; cita, llama y emplaza al adolescente ANTONY LUIS BARBOZA CHUMPITAZ para los efectos que se apersone ante el juzgado, por haber sido declarado ADOLESCENTE CONTUMAZ y responda a los cargos que se han formulado en su contra, en la investigación que se le sigue por el Delito contra la Libertad Sexual-ACTOS CONTRA EL PUDOR en agravio de la menor de identidad reservada de iníciales A.D.M.L. Fdo.Secretaria: Claudio. Cañete, 25.06.2010.
10, 12 y 13 de Julio

EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez SULCA, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2009-0286, a JOHNNY ZAVALA AEDO, Delito: Falsificación de Documentos, Agraviado: Richard Andres Yactayo Durand, para INSTRUCTIVA dentro del tercer día de la última publicación del edicto, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y disponerse su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Cañete 23.06.2010.
Secretaria: Flores.
EXP. 2009-0111.- EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA, Juez CHIPANA, DECLARA: NULA Y SIN EFECTO LA RESOLUCION NUMERO N°26, y RENOVANDO EL ACTO PROCESAL correspondiente REPROGRAMESE: La Audiencia ordenada por RESOLUCION N°15, para el día 27-08-2010, debiendo concurrir los agraviados Hilda Mendoza Huamán a horas 09.30 am, Soledad Robles Abarca a horas 10.00 am, y Aurelio Tumba Vilca, 11.00 am. A efecto de recepcionarsele su declaración preliminar respecto de los hechos denunciados a nivel policial y presenten el correspondiente certificado médico realizado en su persona; bajo apercibimiento de archivarse la presente denuncia en caso de inconcurrencia. Proceso seguido contra ELOY FLORES FLORES, por Faltas Contra la Persona-Lesiones Dolosas-RESOLUCION N°28 02-07-2010. Secretaria: Medina.
10, 12 y 13 de Julio

SUCESIÓN INTESTADA
Exp. N° 2010-00165-CI Ante el 2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha el Juez Dr. Daniel A. Soto Borjas y Secretaria Elizabeth Ada Yaya Alcalá, don VICTOR PORTUGUEZ PAIPAY solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su hija PAULINA BEATRIZ PORTUGUEZ GONZALES fallecida el 01 de Diciembre de 1986, distrito de Pacarán, provincia Cañete, departamento de Lima. Lo que se publica conforme a Ley.
Cañete, 09 de Junio de 2010.
Elizabeth A. Yaya Alcalá
Secretaria Judicial
2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete

PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, SUSANA TOMASA FERNANDEZ GONZALES DE QUIROZ, con DNI N° 07548848, solicita se RECTIFIQUE su PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Metropolitana de Lima, en la que se omite el segundo nombre y apellido materno de su progenitor dice: VICTOR FERNANDEZ debe decir: VICTOR MARIANO FERNANDEZ ROJAS, asimismo se omite el primer nombre de su progenitora dice: ESMERALDA GONZALES DE FERNANDEZ, debe decir: ENCARNACION ESMERALDA GONZALES DE FERNANDEZ, LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY.
Cañete, 10 de Julio de 2010.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ENCARNACION ESMERALDA GONZALES VDA. DE FERNANDEZ, con DNI N° 15409102, solicita se RECTIFIQUE la PARTIDA DE DEFUNCIÓN, de quien en vida fuera su cónyuge VICTOR MARIANO FERNANDEZ ROJAS, inscrito en el Concejo Distrital de Lince – Lima, la misma que actualmente corre inscrita en RENIEC de Jesús María – Lima, en el acápite referente a su estado civil se omite su primer nombre dice: ESMERALDA GONZALES DE FERNANDEZ, debe decir: ENCARNACION ESMERALDA GONZALES DE FERNANDEZ, lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 10 de Julio de 2010.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, VICTOR EDGARDO FERNANDEZ GONZALES, con DNI N° 07545596, solicita se RECTIFIQUE su PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Metropolitana de Lima, en la que se omite el segundo nombre de su progenitor dice: VICTOR FERNANDEZ ROJAS, debe decir: VICTOR MARIANO FERNANDEZ ROJAS, asimismo se omite el primer nombre de su progenitora dice: ESMERALDA GONZALES DE FERNANDEZ, debe decir: ENCARNACION ESMERALDA GONZALES DE FERNANDEZ, lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 10 de Julio de 2010.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, CARLOS ROBERTO FERNANDEZ GONZALES, DNI N° 15436374, solicita se RECTIFIQUE su PARTIDA DE NACIMIENTO asentada en la Municipalidad Provincial de Contralmirante Villar – Zorritos – Tumbes, referente al nombre de su progenitora figura como: ESMERALDA ENCARNACION GONZALES RIOS siendo lo correcto: ENCARNACION ESMERALDA GONZALES RIOS, lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 10 de Julio de 2010.
Itala A. Garrafa peña
Abogada
Notario de Cañete

PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ISABEL EDIT MANRIQUE ORDOÑEZ con DNI N° 15423665, solicita se RECTIFIQUE la PARTIDA DE NACIMIENTO de su menor hijo CARLOS MANUEL ELIAS MANRRIQUE, asentada en la Municipalidad Provincial de Cañete, en el que existe error material en su apellido materno dice: CARLOS MANUEL ELIAS MANRRIQUE, debe decir: CARLOS MANUEL ELIAS MANRIQUE, asimismo existe error material en el segundo nombre y apellido paterno de la progenitora dice: ISABEL EDITH MANRRIQUE ORDOÑEZ, debe decir: ISABEL EDIT MANRIQUE ORDOÑEZ, lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 09 de Julio de 2010.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
AVISO JUDICIAL
Exp. N° 2010-00172-CI .- Ante el 2° JPLCÑ que despacha el Dr. Daniel A. Soto Borjas, solicita PABLO GUILLERMO ROJAS HUAPAYA la RECTIFICACIÓN de PARTIDA DE NACIMIENTO N° 31, Folio N° 079, Libro N° 047, año 1951, en el extremo que se adicione en la parte superior izquierdo sus datos como PABLO GUILLERMO ROJAS HUAPAYA, la parte derecha superior de la Partida se ha omitido consignar el apellido materno de su progenitor «ANAPAN», además se ha omitido consignar el apellido materno de su progenitora «ARIAS», en el extremo que debe figurar que el titular de la Partida de Nacimiento es PABLO GUILLERMO ROJAS HUAPAYA y que es hijo de don VICENTE PABLO ROJAS ANAPAN y doña FILOMENA HUAPAYA ARIAS, que es lo correcto, quedando intacto lo demás que contiene. Cañete, 08 de Junio de 2010.
Elizabeth A. Yaya Alcalá
Secretaria Judicial
2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete

EDICTO
Exp. N° 306-2010, Ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Juez Dra. Alicia Valdivieso Roque, Secretaria Belka Saravia Santana, el señor MAURO LLAMOCA ATIQUIPA solicita se RECTIFIQUE la PARTIDA DE NACIMIENTO de su menor hijo, en el sentido que se corrija el apellido materno del recurrente, habiéndose consignado como ATEQUIPA siendo ATIQUIPA quedando en lo sucesivo como MAURO LLAMOCCA ATIQUIPA. Se comunica para los fines de ley. Imperial, 22 de Junio de 2010.
Belka Z. Saravia Santana
Secretaria (e) - Juzgado de Paz Letrado de Imperial

EDICTO
Exp. 2010-362.- Ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Imperial de la Provincia de Cañete, que despacha la Dra. Alicia Valdivieso Roque,  Secretaria Dra. Belka Saravia Santana, solicita Julián Santos Perales Díaz, la Rectificación de Partida de Nacimiento del recurrente, siendo que se ha consignado los nombres como SANTOS JULIAN debiendo ser lo correcto JULIAN SANTOS PERALES DIAZ. Lo que comunica para los fines de Ley.
Imperial, 07 de Julio de 2010.
Belka Z. Saravia Santana
Secretaria (e) - Juzgado de Paz Letrado de Imperial

EDICTOS PENALES
EXP.-2009-0826, PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez SULCA, ha dispuesto notificar a REGUBERTO GUTIERREZ CULLANCO la RESOLUCION de fecha 18-03-2010: Dado cuenta: y con lo opinado por el Ministerio Público en su dictamen acusatorio N° 82-2010, póngase los autos de MANIFIESTO por el plazo de DIEZ DIAS, término en que las partes podrán presentar sus respectivos ALEGATOS o solicitar el USO DE LA PALABRA de conformidad a lo establecido en el artículo quinto del Decreto Legislativo 124. Cañete, 02.07.2010. Secretario: Kuan.
EXP.-2009-0687, PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez SULCA, ha dispuesto notificar a GERMAN NEGRON RODRIGUEZ la RESOLUCION de fecha 13-01-2010: Dado cuenta: y con lo opinado por el Ministerio Público en su dictamen acusatorio, póngase los autos de MANIFIESTO por el plazo de DIEZ DIAS, término en que las partes podrán presentar sus respectivos ALEGATOS o solicitar el USO DE LA PALABRA de conformidad a lo establecido en el artículo quinto del Decreto Legislativo 124.-Notificándose . Cañete, 02.07.2010. Secretario: Kuan.
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez MEZA, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2009-0630, a ALEJANDRO QUISPE QUISUROCO, para LECTURA DE SENTENCIA, Delito: Omisión a la Asistencia Familiar, Agraviada: Lucero Elizabeth Quispe Meza. Cañete 01.07.2010.
Secretario: Astohuaman.
13, 14 y 15 de Julio
ASOCIACION DE COMERCIANTES MINORISTAS DE LA PARADA DE IMPERIAL

COMITÉ ELECTORAL

CRONOGRAMA ELECTORAL C.E. ACMPI 2010

El Comité Electoral de la Asociación de Comerciantes Minoristas de la Parada de Imperial – ACMPI – Comunica a los Asociados y opinión publica en general el CRONOGRAMA ELECTORAL, que regirá el Proceso de Elección, de la Junta Directiva Periodo 2010 – 2013.

1.- Día 16 al 19 de Julio : Presentación de listas de candidatos.
2.- Día 20 de Julio : Publicación de listas.
3.- Día 21 de Julio : Presentación de tachas.
4.- Día 22 de Julio : Resolución de tachas.
5.- Día 23 de Julio : Publicación de listas calificadas.
6.- Día 25 de Julio : Asamblea General Extraordinaria. En los horarios siguientes:
Primeria Convocatoria 9:00 a.m.
Segunda Convocatoria 10:00 a.m.: iniciándose el proceso electoral con los asociados que asistan hasta las 4 p.m., plazo que culminara indefectiblemente el proceso de votación.

Para tal efecto de presentación de listas de candidatos, presentación y absolución de tachas y publicación de listas, el Comité Electoral atenderá en los horarios de oficina en el local institucional de la ACMPI sito en la Urbanización San Leonardo.

Asimismo el acto eleccionario se realizará en la sexta cuadra del Jr. Ayacucho local Nº 636 del distrito de Imperial.

SE COMUNICA: Que, la Relación de Socios hábiles para las Elecciones se encuentra publicado en las Oficinas de la Asociación y en la segunda cuadra de la calle Santa Isabel en la Urb. San Leonardo del distrito de Imperial.

Imperial, 12 de Julio del 2010.

Laura Irma Hualparuca Adriano (Presidente)
Lisbeth Cecibel Quispe Vivanco (Secretario)
Miguel Florencio Avellaneda Mercado (Vocal)

12 julio 2010

OCHO Más En Carrera Para Lid Electoral...
PEDRO FLORES DEL PPC YA ESTA EN CARRERA A LA PROVINCIAL...


Ocho listas más quedaron habilitadas para el período de tachas, éste último 10 de Julio, mediantes sendas resoluciones emitidas por el Jurado Electoral Especial de Cañete, que preside la Dra. Judith Marcelo Ciriaco.

PPC Y FUERZA REGIONAL… A LA PROVINCIAL…
Tanto las agrupaciones del PPC que postula a la Alcaldía Provincial a Pedro Flores, y la de Fuerza Regional que postula a Italo Maldonado Montoya, quedaron expeditos para participar en las próximas Elecciones Municipales del 03 de Octubre del presente año.


Pedro Flores Ruíz...

Hay que señalar que ellos se encuentran actualmente en el período de tachas, pero se presume, que al haber saltado todas las vallas que manda el actual Reglamento de Elecciones, no habrá problemas para su inscripción definitiva.
La misma suerte no corrió la lista aprista al municipio provincial, que postula a la Alcaldía a Oscar Alfredo Saavedra Chaupin, toda vez que su candidata a cuarta regidora Maribel Medalit Porta Yaranga, en su declaración jurada de vida ha señalado que es Asistente de Oficina de la Municipalidad Provincial de Cañete, sin embargo no ha presentado su solicitud de Licencia sin goce de haber; por ello, le han otorgado dos días hábiles para levantar dicha observación, mientras tanto la lista aprista ha quedado suspendida en su publicación, hasta que se resuelva la observación señalada.

FIDEL CHUMPITAZ EN CARRERA…
De otro lado, en Asia, se admitió y publicó para el período de tachas, la inscripción de la lista del APRA que postula a la Alcaldía a Fidel Gilbert Chumpitaz Villalobos; con ello ya son cinco las listas que están en carrera en este distrito, Acción Popular, Concertación, Confianza Perú, Patria Joven y el APRA.

EN CERRO AZUL… SE ADMITIO CANDIDATURA DE ACCION POPULAR…
En Cerro Azul, cumplida la observación realizada contra la candidata a la quinta regiduría, Marlene Rosario Quispe Cama, se admitió y publicó la inscripción de la lista de Acción Popular, que postula a la Alcaldía a Carlos Eduardo Chumpitaz Camacho.
De otro lado, se ha observado la inscripción a primer regidor del candidato por el Partido Popular Cristiano, César Augusto Arias Valerio, toda vez que el presenta, como militante de Somos Perú, una autorización para participar como candidato por Unidad Nacional, más no por el Partido Popular Cristiano; por lo tanto, se le ha otorgado dos días hábiles para solucionar esta observación, mientras tanto la publicación de la lista pepecista en Cerro Azul, se encuentra suspendida.

EN LUNAHUANA… EN CARRERA CANDIDATURA APRISTA…
En Lunahuaná, se ha admitido y publicado la inscripción de la lista aprista que postula a la Alcaldía a Orlando Luis De La Cruz Yactayo, quedando apta para su postulación al igual que las agrupaciones de Concertación para el Desarrollo, Fuerza 2011 y Patria Joven.

EN MALA, OBSERVAN CANDIDATURA PEPECISTA…
En el distrito de Mala, se ha observado la inscripción de la lista que postula a la Alcaldía a Henry Hurtado Leguía, por el Partido Popular Cristiano, toda vez que su candidata a la sexta regiduría María Lescano Avalos, se encuentra laborando en el Sector Público como Coordinadora de Madres, a cargo de los Wawa Wasis, recibiendo remuneración por parte del estado, no habiendo presentado su solicitud de licencia sin goce de haber; por ello mientras no se levante esta observación, la publicación de esta lista se encuentra suspendida.
PADIN EN CARRERA EN PACARAN…
En el distrito de Pacarán se ha admitido y publicado la inscripción de la lista del PADIN que postula a la Alcaldía a Juan Roberto Rivadeneyra Reyes, y con ello son cinco las agrupaciones en carrera, Acción Popular, Concertación para el desarrollo, Confianza Perú, Fuerza 2011, faltando que levante su observación la lista de Patria Joven; así como el Jurado Electoral se pronuncie sobre las listas de Fuerza Regiona, PPC y Perú Posible.

UPP… LISTO EN QUILMANA… MIENTRAS QUE OBSERVAN A ZORINA…
En el distrito de Quilmaná, se ha admitido y publicado la lista de Unión Por El Perú, que postula a la Alcaldía a Jesús Alfonso Rueda Quispe; mientras que la lista de Fuerza 2011 que postula a Zorina Negreiros a la Alcaldía ha sido observada. Las observaciones a la lista de Zorina Negreiros, se basan en que tanto ella, como las candidatas a regidoras Patricia Massiel Solano Araujo, Santos Andrés Rodulfo Quispe y Máxima Maribel Francia Castillo, no acreditan la residencia mínima de dos años en el distrito, antes del cinco de Julio del 2010; teniendo dos días hábiles para levantar dicha observación.

LISTA APRISTA DE JOHN KENNEDY EN CARRERA EN SAN ANTONIO…
Finalmente, en el distrito de San Antonio, se admitió y publicó la lista del APRA, que postula a la Alcaldía a John Kennedy Chumpitaz Camacho, sumándose a las listas habilitadas de Acción Popular y Concertación para el desarrollo regional.

COMUNICADO

Se comunica a los clientes que presentaron su solicitud de acogimiento a los beneficios de la Ley PREDA que pueden apersonarse a nuestra Oficina Principal ubicada en Av. Mariscal Benavides Nº 430 – San Vicente de Cañete, los días lunes 12, jueves 15 y viernes 16 de julio en el horario de 4:00 a 6:00pm., para recoger su carta de respuesta.

Los clientes deberán apersonarse con su DNI, y dirigirse al Área Legal.


PROFINANZAS
«15 años al servicio de la microempresa y sus emprendedores»
Afirma que le falta continuar con más obras en su pueblo
VICTOR HUGO CARBAJAL POSTULA A LA REELECCION EN MALA
Lleva en sus filas a Arturo Ruíz Francia, actual Teniente Alcalde


El actual burgomaestre de Mala, Víctor Hugo Carbajal Gonzáles, inscribió su lista por ante el Jurado Electoral Especial de la provincia en las filas de FUERZA 2011, que lidera el actual regidor provincial y candidato a la alcaldía de Cañete, Percy Eloy Alcalá Mateo, con miras a la reelección por el distrito más fuerte de la zona norte del territorio cañetano.
Carbajal Gonzáles, quien manifiesta sentir respeto por sus adversarios políticos, ha venido desarrollando una política de trabajo con una clara definición de concepto de solidaridad, sin caer –como afirma- en el exceso de la subsidiaridad, sostiene que su pueblo está encaminado a seguir avanzando en la senda de la modernidad y el progreso y es por ello que tomó la decisión de postular nuevamente al sillón distrital, mostrando para ello las gestiones realizadas en bien de su jurisdicción.
Lugares como San Marcos de la Aguada, Santa Rosa, Dignidad Nacional, La Huaca y otros sectores han sido beneficiados con obras puntuales priorizando la atención en salud, transporte, educación y aspectos relacionados al medio ambiente, subrayó la primera autoridad edilicia maleña.
«Nos hace falta mayor incidencia en el tema de seguridad, mejorar vías de comunicación, generar mejoras en el ornato y el comercio, que no se logran en cuatro años de gestión», indica Carbajal, quien resalta que «no obstante, los propios obstáculos, que se presentan en el proceso de modernización de una ciudad, como el recorte presupuestal, la falta de una conciencia tributaria en la población y un continuo desinterés de un sector, hemos realizado una serie de trabajos que la gente destaca y aplaude. Sin embargo, ahí estamos con la mente puesta siempre en alcanzar los ideales que nos llevaron a postular para asumir el cargo que hoy ostentamos», destacó.
Sobre los problemas originados con algunos integrantes de su cuerpo edilicio, Víctor Hugo Carbajal Gonzáles, recalcó que «la verdad cae sobre su propio peso» y al final, sobre esa verdad se sostiene la democracia, resaltando que las piedras en el camino, no se evitan sino se superan en base a un trabajo sostenido, respetando a todos por igual y dándole el lugar que les corresponde.
El actual alcalde, lleva como regidor a quien lo secunda en sus decisiones y es primer regidor, el Dr. Arturo Ruíz Francia, quien ha puesto firmeza en su accionar y le ha impreso a la presente gestión un respeto por las instituciones democráticas y ha sabido ganarse el respeto de sus conciudadanos. Junto a él, un grupo de personas que, según infiere Carbajal Gonzáles, tiene su mira puesta en lograr la consolidación del distrito de Mala, como un importante centro de desarrollo empresarial, en vista del creciente auge económico que vive el pueblo norteño.
FEDAC: Por Una Educación Sin Corrupcioón...
APAFAS DEBEN MANTENER DISTANCIA CON LA CORRUPCIÓN
Por : Marco A. Caldas Pozo – Presidente de la Federación de APAFAS de Cañete

Entre las características de la Educación Peruana podemos mencionar: El bajo nivel de Calidad de la Educación y el alto índice de corrupción en todos los niveles del sector Educación, desde el Ministerio de Educación, Dirección Regional, Unidad de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas Públicas.

CONCEPTUALIZANDO LA CORRUPCIÓN
Corrupto en el sector educación viene hacer, el servidor (docente, auxiliar, personal administrativo, etc.) o funcionario público (Jefes, Directores, Sub Directores, etc.) que haciendo uso de su cargo público realiza acciones irregulares para beneficio personal o de otros.

CAUSAS DE LA CORRUPCIÓN
La crisis económica Peruana, los bajos sueldos, la normatividad educativa, la falta de fiscalización y vigilancia de los funcionarios, la escasa formación de valores, los directivos incapaces y carentes de capacidad para resolver problemas, la poca participación de los Padres de Familia; entre otras.
CORRUPCIÓN EN LOS ORGANOS INTERMEDIOS DE EDUCACIÒN
La designación a dedo de los Directores y Jefes y no por concurso público, sumisos al poder político y hasta sindical en algunos casos; la adquisición de bienes y servicios sin vigilancia ciudadana; el nombramiento, contrato, permuta o reasignación Docente en forma irregular; la falta de equidad en el mantenimiento o ampliación de infraestructura educativa; la formación limitada y trabajo ineficiente de los Órganos de Participación Educativo, la demora en las denuncias y tramitación de expedientes, etc.

CORRUPCIÓN EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
La no publicación e informe de los ingresos y egresos de los recursos propios; entrega de dinero por ingreso de nuevos estudiantes o por servicios «adicionales»; el maltrato físico, psicológico y acoso sexual; el soborno para mejorar la nota de un alumno; la falta de preparación de clases o actualización Docente; las tardanzas o faltas consecutivas; intromisión en las actividades educativas; no información de las pecosas, el mal uso y apropiación irregular de bienes educativos, etc.

INDIFERENCIA DE PADRES DE FAMILIA
Son muchos los factores que alejan a los Padres de Familia: La actividad productiva para sostenimiento de su familia; conflictos entre la comunidad educativas; el temor de represalias contra sus hijos; la impunidad en las denuncias educativas; el descrédito de las APAFAS; entre otros. Si la mayoría de los Padres de Familia participáramos en las actividades que se realizan en las Escuelas, seriamos la fuerza más representativa de lucha contra la corrupción, sin embargo es todo lo contrario.

ACCIONES
ANTI – CORRUPCIÓN
En el Congreso de la República esta pendiente de aprobación un Proyecto de Ley Anticorrupción que tiene como objeto establecer los lineamientos de la lucha contra la corrupción en el sector educación. Así mismo, la Defensoría del Pueblo realiza actividades de lucha contra la corrupción bajo el lema: Por una mejor educación…denuncia la corrupción.

APAFAS NO DEBEN APOYAR LA CORRUPCIÓN
La Federación de APAFAS Cañete FEDAC, invoca a las APAFAS luchar contra la corrupción, dar ejemplo y mantener distancia con los que han desarrollado su labor con las características de corrupción mencionadas, identifiquemos a los corruptos que ahora por las elecciones políticas están prometiendo de todo, realizando labores democráticas, fiscalizando los servicios educativos, retirando a las personas ineficientes, atendiendo pequeñas obras, implantando medidas de austeridad, haciendo eventos, etc. No olvidemos que la corrupción disminuye los recursos necesarios para mejorar la calidad de educación de nuestros Hijos. Luchar contra la corrupción debe ser tarea de todos; a menor corrupción, mejor educación.
«VOX POPULI»
Escribe Percy Castañeda Arellano

Un candidato «de fuera» para representar a Cañete en el Consejo Regional?
En horas de la mañana el programa «Democracia en radio» que dirige Rubén Auqui Cáceres a través de las ondas de radio A-1 Fm., trató el tema de la elección del Consejero por Cañete para el Gobierno Regional de Lima.
Frente a la opinión de Rómulo Pardo Ortega quien asevera que puede representarnos cualquier ciudadano del país que resida en la provincia, la firme posición de José López Cubillas fue secundada por algunos hombres de prensa, entre los que figura Enrique Núñez Palomino y otros que se comunicaron a través del hilo telefónico.
En efecto, la posición de «Pepe» López es con la que estamos de acuerdo. ¿Cuál es? ¡que sea un cañetano el que elijamos como representante en el Consejo Regional! Y, en eso estamos de acuerdo. Totalmente. No es lo mismo que elijamos a un buen vecino como Alcalde. No es lo mismo que elijamos a un regidor. En ese sentido, debemos elegir como parlamentarios a ciudadanos auténticamente cañetanos y, en igual forma, a los representantes ante el Consejo Regional de Lima.
La absurda idea de Pardo estriba en que él cree ser el abanderado de tantas buenas personas que viniendo de otros lugares anclaron aquí para hacer familia, para trabajar y dejar trabajar, para crear fuentes de trabajo, para hacer empresa, para contribuir con la cultura, las tradiciones y costumbres y, la verdad Pardo no representa a ese tipo de personas. Simplemente eso.
Más en el caso de nuestra representatividad, independientemente de nuestras posiciones políticas, abogamos seriamente porque tengamos un cañetano auténtico, sentado en el Consejo. Así de firmes.

Hugo Rivas se presenta en caravana…
MOVIMIENTO «CERRO AZUL, OPORTUNIDAD PARA TODOS» SALTA AL RUEDO EL 17…
El ex alcalde cerroazuleño, Hugo Rivas Sánchez salta al ruedo electoral, este sábado 17, con una caravana que recorrerá diversas arterias del denominado «Primer Encanto del Sur», partiendo desde el arco de ingreso, con hombres y mujeres de a pie, autos y mototaxistas, «que voluntariamente se han plegado a este acto de masas». Señaló el candidato a la alcaldía.
Rivas Sánchez, quien estuvo en algunos lugares de la jurisdicción cerroazuleña, como Paguatodo, La Haciendita, Nuevo Cerro Azul, Tranquera de fierro etc. sostuvo en una improvisada rueda de prensa, que su equipo está dispuesto a seguir adelante con lo iniciado en su anterior gestión de 18 meses, en los que demostró el porqué goza de preferencia y como así en virtud de la carencia de prioridades y buena gestión durante estos cuatro años, desea llevar a su pueblo por la senda de la modernidad y del progreso.
Con su campaña denominada «Hugo Rivas, el hombre de hoy, en Cerro azul» el movimiento que lidera el empresario cañetano tiene previsto realizar una concentración en la Plaza de Armas, donde se presentará a la plancha que acompaña a quien en la actualidad se estima es uno de los favoritos para hacerse de la banda de burgomaestre en el Puerto de los Ensueños.

Estuvo departiendo con lugareños…
ANDRES TELLO VISITO PORVENIR LA ENCAÑADA…
El candidato a la presidencia del Gobierno Regional de Lima, por el APRA, Andrés Tello Velazco visitó el poblado de Porvenir La Encañada, en Nuevo Imperial y departió con los lugareños momentos de alegría en la víspera de las Bodas de Oro de la Hermandad del Señor de Cachuy de dicho sector.
Tello Velazco, fue requerido por algunos pobladores que habían bautizados a sus hijos y tuvo que hacerse presente en varias casas en donde se realizaban fiestas familiares con dicho motivo. Siempre acompañado de la actual candidata a Regidora provincial, por el partido de la estrella, la empresaria imperialina Marlene Alva Vicente, el líder aprista no escatimó en tomarse fotos y confundirse con la gente del lugar, para luego acompañar en un tramo la procesión de las sagradas andas de «Cachuycito».
Intervenido por «Vox Populi» dijo que había preferido estar un momento con la población del Porvenir La encañada, porque «no es la primera vez que vengo, siempre hemos venido con Marlene a visitar a los vecinos con quienes nos une la ilusión de trabajar solidariamente por los que más tienen y desde la Región, ellos serán los privilegiados». Sostuvo.
PODER JUDICIAL APRUEBA PLAN DE CAPACITACION PARA IMPLEMENTAR NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO…

En Corte Superior De Cañete Se Iniciará El 16 de Agosto…
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) aprobó el Plan Nacional de Capacitación para la implementación de la nueva Ley Procesal del Trabajo, encargando su ejecución al Centro de Investigaciones Judiciales (CIJ).
Según una resolución administrativa, publicada en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, la Gerencia General del Poder Judicial sufragará los gastos respectivos.
Asimismo, indica que el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la nueva Ley Procesal del Trabajo presentará a la Presidencia del CEPJ el cronograma y sedes donde se desarrollarán estos eventos académicos.
Esta reforma procesal, fue aprobada mediante Ley 29497, que consagra como principios de los procesos laborales la inmediación, oralidad, concentración, celeridad, economía procesal y veracidad.
De esta manera, refiere la parte considerativa de esta resolución, se constituye un modelo procesal más expeditivo y menos oneroso.
«A pesar de la restricción presupuestal, la implementación del nuevo modelo procesal laboral requiere la preparación de los magistrados, así como el personal administrativo y jurisdiccional», refiere el dispositivo.
Según el cronograma efectuado por el CEPJ, esta reforma procesal se iniciará el próximo jueves 15 de julio en el distrito judicial de Tacna.
Posteriormente, continuará en las Cortes Superiores de Justicia de Cañete, La Libertad, Arequipa y Lambayeque a partir del 16 de agosto, 1 de setiembre, 1 de octubre y 2 de noviembre, respectivamente.
DISPONEN MEDIDAS PARA IMPLEMENTAR SEGURO UNIVERSAL… SIS DECLARADO EN REESTRUCTURACION POR 180 DIAS…

El Seguro Integral de Salud (SIS) fue declarado en restructuración por un plazo de 180 días, a fin de que esa institución adecue sus procesos a un nuevo sistema de afiliación de beneficiarios.
Esta disposición forma parte de una serie de medidas y mecanismos orientados a aumentar la cobertura del aseguramiento en salud en diversos departamentos del país y que están contenidos en un decreto de urgencia que ayer promulgó el presidente Alan García y que hoy se oficializó en el diario El Peruano.
De acuerdo a estas normas, para la afiliación de nuevos asegurados el SIS deberá tomar en cuenta la evaluación de elegibilidad realzada por el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).
Quienes no estén considerados en el padrón del SISFOH podrán solicitar su evaluación, la que debe concretarse en un plazo máximo de 60 días.
El SIS garantizará la eficiencia en el servicio estableciendo entre otras acciones, la afiliación en línea que permita consulta con el SISHOF para el registro de la autenticación y elegibilidad, así como la depuración de su padrón de afiliados para reducir la duplicación de registros y aumentar la proporción de afiliados antiguos autenticados y con condición de elegibilidad reevaluada.
La medida precisa también que de la Reserva de Contingencia se destinarán hasta 78 millones 200 mil soles, previo requerimiento del Ministerio de Salud para financiar las disposiciones contenidas en esta norma.
ARRIBA EL TELON:
Escribe: Percy Castañeda Arellano

Requiscat in Pace
PEDRO VERA VILLAR…
Conocí a don Pedro Vera, un día del cual no tengo el recuerdo… No obstante eso, me lo imagino en su tico manejando con mucha prudencia y conversando sobre la vida… aquella que lo llevó a formar parte de ETTUSA y a hacerse de una oportunidad en este valle bendito llamado Cañete… esto de hoy, que escribo se lo dirijo a mi amigo «Pepe» Vera… A quien guardo especial aprecio… Le envío esta carta con motivo de la sentida desaparición de su padre…
Carta a mi amigo «Pepe»…
Amigo, imagino que en circunstancias como éstas, no es fácil enlazar palabras para tratar de justificar lo injustificable… Trataré entonces de decirte que en el epílogo de una vida digna, se denota el especial cariño que siente un hijo por su padre y que éste, difícilmente, esboza en una mano que te alcanza en un lecho de dolor… Hace 8 años, perdí a mi padre y con él, se fue parte de la existencia de mi padre… la alegría del hogar… y, se hizo cada vez más difícil, el poder articular alguna palabra que no tuviera que ver con su recuerdo… imborrable, único, especial… Traté en vano de buscar entre los designios amorosos del Todopoderoso, algo que me hiciera ver que «así es la vida»… y, entonces, solo entonces, comprendí que hay cosas que no tiene argumento… la muerte es una de ellas… Mi madre, sufrió desde entonces, y lo hace hasta ahora… Y todos los hijos con ella… Papá no solo fue el que nos guió y nos llevó de la mano por caminos recónditos en busca de la felicidad familiar… Papá, no solo fue el que me enseñó a ser digno y llevar la frente en alto y saber decirle no a la adversidad por dura que ésta fuera… Papá, fue eso y mucho más… Su talla no importó nada… Fue su temple y su fortaleza, virtudes o cualidades que impulsaron nuestros deseos de seguir adelante... Y, aún lo extraño... Y, aún lo recuerdo… Su muerte me sigue doliendo… Quién sabe, si yo no hubiese sido tan egoísta, lo hubiese cuidado mejor y él estuviese vivo…!!! Quién sabe, si yo no hubiese arrebatado mis deseos de buscar mi propia felicidad, en vez de quedarme para siempre al lado suyo y al lado de mamá, las cosas hubieren sido mejor… ¡Quién sabe!... Tal vez y éste talvés de pronto me acompañe hasta el día que parta en ese viaje inexorable que los seres humanos hacemos…Tal vez, si yo no hubiera partido aquella tarde tan lejos y hubiese preferido compartir los cuidados amorosos de mi madre y su llanto infinito por no saber qué hacer por tener a papá con vida, por ayudarlo a levantarse de su lecho de enfermo… por darle respiración boca a boca y sentir que su mano fuerte se asiese a la mía y decirme – sin decir nada- con sus ojos de viejo bueno, de anciano noble, de patriarca sin igual, de hombre fuerte… «Hijo, aquí estoy… ya no doy más».. «CUIDA A TU MADRE»… Quién sabe, papa hubiera vivido más… Ese dolor que aún llevo en alma, me la parte, cada vez que llego al cementerio de Imperial… Y, entonces, un clave como los que a él, le gustaban ubico entre las rosas que días después se marchitarán… Por eso, amigo, hoy te dirijo esta carta… Porque sé que en medio de la nostalgia y la tristeza, en medio del dolor y la angustia, Pedro Vera Villar, aún vive… y vive en tu corazón de hijo bueno… y, vive en el cariño de tu madre.. A quien conozco, respeto y aprecio… y, vive en la mente de tus hermanos y todos los que fueron sus compañeros en ETTUSA y los que desde Lima o «Roma» llegaron para hermanarse, en este momento… La vida de los hombres está signada por momentos de alegría... aquellas que llegan cuando en el hogar familiar se comparte un nacimiento feliz, o la construcción de una pieza… O, el logro del hijo, cuando alcanza un éxito… La vida de tu padre, también estuvo marcada por esas pautas… Y, de seguro, que esa alegría ha de permanecer en el recuerdo grato… en el momento justo de un cumpleaños o cuando la mascota de casa haga algún mohín… Y, es cierto, la vida es dura… pero linda… y, tiene también sus momentos buenos y los otros… Como éste, mi querido Pepe… Como este, querido amigo… La casa paterna ya no será igual… nunca más… Pero al lado tuyo, están tus hijos, tus hermanos, tus sobrinos y tu madre… y, ellos, también merecen su atención… Sobre todo, esa madre tan generosa que tienes… De seguro, que la cuidarás… De seguro que tendrá los mejores cuidados… Abrazados a la fe de un Dios que todo lo ve y todo lo puede… me inclino ante él y elevo una plegaria a la memoria de tu padre… Que bendiga a tu madre y le de fuerzas para superar este momento tan triste… ¡Ea amigo!... Con la frente en alto siempre… Firme como el roble que fue tu padre… Mis más sentidas condolencias… Requiscat in pace, PEDRO VERA VILLAR…

Y, bajamos el telón…
Cuídense que los estoy chequeando con mis lentes de contacto.
ASOCIACIÓN DE VIVIENDA «VIRGEN DE LA CANDELARIA» - CAÑETE
Carta Notarial

Cañete, 12 de Julio de 2010

Señor(a): Socio…….…………………….. Mz…. Lote…….
Presente.-
Nos es grato dirigirnos a usted para saludarlos cordialmente, en nuestro calidad de socio y Presidente del Consejo Directivo de la ASOCIACIÓN «VIRGEN DE LA CANDELARIA CAÑETE».
La ocasión de la presente es para hacerle saber que el día 27 de Setiembre del 2009, se acordó mediante Asamblea General Extraordinaria de Socios, iniciar la ejecución de la obra de Instalación de las redes de agua potable, desagüe y vereda en nuestro predio, conforme al plano y la resolución que nos autoriza EMAPA – CAÑETE S.A.
Asimismo, reiteramos los acuerdos adoptados de la siguiente manera:
PRIMERO: El Consejo Directivo y la Comisión de Agua, Desagüe y Vereda de la Asociación Virgen de la Candelaria, hace de su conocimiento el acuerdo tomado en la Asamblea General Extraordinaria del día sábado tres de julio del 2010, haciendo saber que la Resolución de Gerencia Nº 307-2009-GODUR-MPC, esta por cumplirse los 18 meses de plazo otorgado, conforme consta en el Articulo 2.- que a la letra, dice: AUTORIZAR A LA ASOCIACIÓN VIRGEN DE LA CANDELARIA CAÑETE, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE EL SEÑOR, ROBERTO DE LA CRUZ RIVERA PARA EJECUTAR EN EL PLAZO DE DIECIOCHO (18) MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, LAS OBRAS DE HABILITACIÓN URBANA FALTANTE.
Asimismo en el Articulo 7.- Dice, LA PRESENTE RESOLUCIÓN ES POSIBLE DE DECLARACIÓN DE NULIDAD, EN VIRTUD DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL. LEY Nº 27444.
Por lo tanto, Señores Asociados le hacemos recordar que con diferentes fechas hemos citado y notificado, reiterada veces. Ahí, están la Carta Circular de fecha 05 de mayo del 2009, Citación del 22 de febrero del 2010, Carta Circular del día 26 de Abril del 2010, y la Citación del 3 de Julio del 2010, a una Asamblea General, incluso, publicada en el Diario Oficial Judicial de Cañete, AL DÍA CON MATICES, dando cumplimiento en el ART. 32 DEL NUESTRO ESTATUTO.
SEGUNDO: Señor Socio, por última vez la Asamblea General Extraordinaria autoriza en un plazo 15 días para que puedan cancelar al contado el compromiso de pago, caso contrario SU LOTE SERÁ HIPOTECADO PARA CUBRIR LOS GASTOS DE LA OBRA DE AGUA, DESAGÜE Y VEREDA.
Los Socios que aún adeudan su compromiso de cuota, deberán acercarse a la Oficina de Operación de Negocios de la Caja Municipal de Ica – Administración, sito en la Av. Ramos (Carmelita) 2do Piso – Imperial – Cañete.
TERCERO: Asimismo dicho acuerdo se sustenta en la Resolución de Gerencia Nº 307-2009-GODUR-MPC, de fecha 17 de Abril del 2009, en la que se aprueba la Habilitación Urbana de nuestro predio y conforme al ART. 2, NOS DA UN PLAZO DE 18 MESES, a partir de la fecha de notificación, la misma, que esta por cumplirse el término y es nos urge culminar la obra.
Y es urgente y obligatorio, SEÑORES SOCIOS, que ustedes en general, cumplan con aportar la suma de S/. 2,655.00 (DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO NUEVOS SOLES), dinero que se requiere con urgencia para los gastos afines diversos; es decir, específicamente para la compra de tubos de agua y otros accesorios complementarios, que la Empresa Constructora Inmobiliaria SAC, ya realizó una inversión por más de 180,000.00 nuevos soles, monto que es necesario complementar.
CUARTO: El pago deberá hacerse efectivo a la entidad financiera y entregar el Voucher a la socia de la Comisión de la Obra en la Oficina, la misma que forma parte de la Comisión del Proyecto de Instalación de Agua Potable, Desagüe y Vereda, pudiendo hacerlo el depósito en la Cuenta Nº 9482 Caja Municipal de Ahorro y Crédito ICA, que se expedirá su recibo correspondiente de cancelación; pudiendo hacer a partir de la fecha de recibida la presente carta..
Al mismo tiempo, reiteramos el pago por el Proyecto de Luz S/ 50.00 Nuevos Soles, que fue acordado en una Asamblea General, para el pago del Proyecto de fecha 14/07/07, 24/09/08, 03/02/09 y 13/06/09.
El término para cancelar la financiación es de 24 meses calendarios y vencido el plazo, incrementará una mora del 10% mensual. Asimismo, los gastos que ocasione por concepto de Escritura Pública de Hipoteca, asumirán todos los socios que no hayan cumplido con pagar sus cuotas en su debido tiempo.
De requerir la ampliación de la información, sírvase llamar al celular 988139503 que será atendido cordialmente.
Esperamos se tome la debida nota de atención.
Atentamente,

ROBERTO DE LA CRUZ RIVERA (Presidente)
MARCELINO W. CHUPAYO MADUEÑO (Secretario de Economía)
LORENZO C. AGUADO GALVEZ (Secretario de Actas)
LUCY C. DE LA CRUZ CUZCANO; JUANA G. RODRIGUEZ CASTILLON; ABEL E. GUTIERREZ RODRIGUEZ; VICTOR G. ZEGARRA ARGUMELO (Comisión de Agua)
NOTA: Presente carta será publicado en el Diario Matices.
ELECCIONES REGIONALES, MUNICIPALES Y REFERENDUM NACIONAL 2010

JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE CAÑETE

RESOLUCIÓN N° 01.-
EXPEDIENTE N° 0075-2010-065

Cañete, seis de Julio del dos mil diez

VISTA, la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de ZUÑIGA, provincia de Cañete, departamento de Lima, presentada por don WALTER HERNAN TOVAR NOLAZCO, personero legal de la Organización Política PADIN - MOVIMIENTO INDEPENDIENTE REGIONAL, para participar en las Elecciones Municipales 2010.

CONSIDERANDO:
Que, este Jurado Electoral Especial es competente para recibir, calificar, publicar e inscribir las listas de candidatos que presenten las organizaciones políticas que participen en las Elecciones Municipales 2010 convocadas por Decreto Supremo N° 019-2010-PCM.

Que, la organización política ha cumplido a cabalidad con las exigencias contenidas en el artículo 8° de la Resolución N° 247-2010-JNE, esto es, ha acompañado la impresión del formulario de solicitud de inscripción de Lista de Candidatos firmada por todos los candidatos y personero legal, el acta de elecciones internas, impresión del Plan de Gobierno, formato resumen y constancia de ingreso en el Portal Institucional del JNE, firmada por el personero legal, impresión de las declaraciones juradas de vida de cada uno de los candidatos debidamente firmadas y estampadas su huella digital y refrendadas por el personero legal, copia del cargo del a licencia solicitada, copias de los documentos nacional de identidad, así como los comprobantes de pago de la tasa correspondiente equivalente al 1% de la U.I.T.

Que, igualmente se ha cumplido con las cuotas de género y de jóvenes, contempladas en los artículos 19° y 20° de la Resolución N° 247-2010-JNE, eso es, que la lista se encuentra integrada con no menos del 30% de candidatos hombres o mujeres, cumpliendo con la cuota de género, y de 20% integrada por candidatos jóvenes.

Que, conforme lo establece los artículos 15° y 16° de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, concordantes con el artículo 14° del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010, aprobado mediante Resolución N° 247-2010-JNE, luego de efectuar la calificación de los candidatos, los Jurados Electorales Especiales ordenan publicar por medio de avisos o carteles las listas de candidatos presentadas. Ello, con la finalidad de que cualquier ciudadano inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil puedan formular tacha contra la fórmula o lista de candidatos en su integridad, o contra uno o más de los candidatos que la integren dentro de los tres días naturales siguientes a su publicación.

Por tanto, el Pleno del Jurado Electoral Especial de Cañete, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE:
Artículo Primero.- ADMITIR y PUBLICAR la lista de candidatos para el Concejo Distrital de ZUÑIGA, provincia de Cañete, departamento de Lima, presentada por don WALTER HERNAN TOVAR NOLAZCO, personero legal titular de la Organización Política PADIN - MOVIMIENTO INDEPENDIENTE REGIONAL, con el objeto de participar en las Elecciones Municipales 2010, lista integrada de la siguiente manera:

ALCALDE: DNI
Sr. CASAS CASAS, JOSE LUIS 06606927
REGIDORES:
1.- VALENCIA JARA, MELECIO 15417089
2.- DE LA CRUZ DE LA CRUZ, GILBERTO 15399964
3.- LUYO QUISPE, DENISSE CRISTINA 46130668
4.- MEDRANO SORIANO, SOFIA AURELIA 47460599
5.- PUENTE HUARANGA, ROGELIO 41116643

Artículo Segundo.- Remitir la presente resolución a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Marcelo Ciriaco, Judith (Presidenta)
Cubas González Rosario (Primer miembro)
Miranda Revollar Yván (Segundo miembro)
Chuquichayco Faichin Arturo (Secretario)
ELECCIONES REGIONALES, MUNICIPALES Y REFERENDUM NACIONAL 2010

JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE CAÑETE

RESOLUCIÓN N° 01.- EXPEDIENTE N° 0054-2010-065

Cañete, cinco de Julio del dos mil diez

VISTA, la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de NUEVO IMPERIAL, provincia de Cañete, departamento de Lima, presentada por don WALTER HERNAN TOVAR NOLAZCO, personero legal de la Organización Política PADIN - MOVIMIENTO INDEPENDIENTE REGIONAL, para participar en las Elecciones Municipales 2010.

CONSIDERANDO:
Que, este Jurado Electoral Especial es competente para recibir, calificar, publicar e inscribir las listas de candidatos que presenten las organizaciones políticas que participen en las Elecciones Municipales 2010 convocadas por Decreto Supremo N° 019-2010-PCM.

Que, la organización política ha cumplido a cabalidad con las exigencias contenidas en el artículo 8° de la Resolución N° 247-2010-JNE, esto es, ha acompañado la impresión del formulario de solicitud de inscripción de Lista de Candidatos firmada por todos los candidatos y personero legal, el acta de elecciones internas, impresión del Plan de Gobierno, formato resumen y constancia de ingreso en el Portal Institucional del JNE, firmada por el personero legal, impresión de las declaraciones juradas de vida de cada uno de los candidatos debidamente firmadas y estampadas su huella digital y refrendadas por el personero legal, copia del cargo del a licencia solicitada, copias de los documentos nacional de identidad, así como los comprobantes de pago de la tasa correspondiente equivalente al 1% de la U.I.T.

Que, respecto al candidato a regidor Carmelo Pacheco Arce (4to.), cumple con acompañar copia legalizada de la autorización expresa de la organización política en la que se encuentra afiliado, de fecha 22 de Junio del 2010, expedido por el Partido Nacionalista Peruano, en cumplimiento de la norma contenida en el art. 7° numeral 7.3 de la Res. N° 247-2010-JNE.

Que, igualmente se ha cumplido con las cuotas de género y de jóvenes, contempladas en los artículos 19° y 20° de la Resolución N° 247-2010-JNE, eso es, que la lista se encuentra integrada con no menos del 30% de candidatos hombres o mujeres, cumpliendo con la cuota de género, y de 20% integrada por candidatos jóvenes.

Que, conforme lo establece los artículos 15° y 16° de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, concordantes con el artículo 14° del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010, aprobado mediante Resolución N° 247-2010-JNE, luego de efectuar la calificación de los candidatos, los Jurados Electorales Especiales ordenan publicar por medio de avisos o carteles las listas de candidatos presentadas. Ello, con la finalidad de que cualquier ciudadano inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil puedan formular tacha contra la fórmula o lista de candidatos en su integridad, o contra uno o más de los candidatos que la integren dentro de los tres días naturales siguientes a su publicación.

Por tanto, el Pleno del Jurado Electoral Especial de Cañete, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE:
Artículo Primero.- ADMITIR y PUBLICAR la lista de candidatos para el Concejo Distrital de NUEVO IMPERIAL, provincia de Cañete, departamento de Lima, presentada por don WALTER HERNAN TOVAR NOLAZCO, personero legal titular de la Organización Política PADIN - MOVIMIENTO INDEPENDIENTE REGIONAL, con el objeto de participar en las Elecciones Municipales 2010, lista integrada de la siguiente manera:

ALCALDE: DNI
Sr. QUISPE DE LA CRUZ, MOLINARES ROLAND 15437547
REGIDORES:
1.- ROMAN CASTILLO, JAVIER LUCIO 15438080
2.- CHUQUISPUMA CARBONERO, CARMEN JULIA 41908886
3.- YALLE GONZALES, JULIO FELIX 15437286
4.- PACHECO ARCE, CARMELO 15394414
5.- MANRIQUE VARILLAS, NORA SILVIA 41752150

Artículo Segundo.- Remitir la presente resolución a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Marcelo Ciriaco, Judith (Presidenta); Cubas González Rosario (Primer miembro)
Miranda Revollar Yván (Segundo miembro); Chuquichayco Faichin Arturo (Secretario)
DIRIMENCIAS
Exp. N° 2006-00183-0-0801-JM-CI-1.- Civil - Desalojo.-
RESOLUCIÓN NÚMERO TRECE.- Cañete, treinta de Junio del dos mil diez.-
AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; Y, CONSIDERANDO: —————————————
PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, los señores Vocales Luz Gladys Roque Montesillo (Ponente), emite su VOTO para que se CONFIRME la Resolución número cuarenta y cinco, obrante a fojas trescientos cuarenta y seis a trescientos cuarenta y siete, en el extremo que declara Improcedente el pedido de intervención de litisconsorte necesario de Ela Micaela Céspedes Cerquera, presentado con fecha quince de enero del dos mil nueve. Se CONFIRME la Sentencia (Resolución N° 55) de fecha treinta de abril del dos mil nueve, obrante en fojas cuatrocientos sesenta y cuatro a cuatrocientos setenta y cuatro, que declara Fundada la demanda que corre de fojas veintitrés a veintinueve, presentada por Sociedad Agrícola Tres Cruces Limitada en Liquidación y ordena que el demandado desocupe el predio rústico materia de litis, con costas y costos. Con fecha veinticuatro de Junio último, el señor Juez Superior Provisional doctor Isaías Ascencio Ortiz, se adhiere al voto de la Juez Superior Ponente.
SEGUNDO.- Que, el señor Vocal doctor Ricardo Astoquilca Medrano, emite su VOTO en discordia para que se REVOQUE la sentencia (Resolución N° 55) venida en grado de apelación, y REFORMÁNDOLA se declare IMPROCEDENTE la demanda de Desalojo por ocupante precario interpuesta por Sociedad Agrícola Tres Cruces contra Daniel Virhuez Robles.——————————————————————————————————————
TERCERO.- Que, atendiendo a lo anotado precedentemente y no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; en consecuencia se ha producido discordia en el presente proceso, la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.——————————————————————
CUARTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial «El Peruano» debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.———
Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al señor Juez Superior doctor PAULO JORGE VIVAS SIERRA para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el Vocal Dirimente el próximo CATORCE DE JULIO, a horas OCHO de la mañana con QUINCE MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia «Al Día con Matices» por el término de UN DIA. Notificándose.- En los seguidos por Sociedad Agrícola Tres Cruces Limitada en Liquidación contra Daniel Virhuez Robles, sobre Desalojo por ocupante precario.
J.S.
ASTOQUILCA MEDRANO
ROQUE MONTESILLO
ASCENCIO ORTIZ

EDICTOS PENALES
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez MEZA, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2002-1157, a ROBERT BERNABE RODRIGUEZ ROMAN, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra el Patrimonio–Robo Agravado, Agraviado: José Luis Oscco Lévano. Cañete 30.06.2010. Secretaria: Zevallos.
EXP. 0025-2010.- EL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAÑETE, Presidente FLORES, ha ordenado la publicación mediante edictos RESOLUCION N°16, Cañete 06-07-2010: SEÑALESE fecha para la Vista de la Causa para el 19-07-2010, a horas 08.30 am, que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias de Apelaciones y Juzgado Penal Colegiado ubicado en Av. Mariscal Benavides N° 657- distrito de San Vicente de Cañete. Fdo.- Asistente Causas Jurisdiccionales: Acosta. Cañete, 06.07.2010.
12, 13 y 14 de Julio

EDICTO
Exp. N° 2009-156-CI. Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha el señor Juez doctor Luis Gustavo De la Cruz Mallaupoma y secretario Gerardo Aquino Dolorier. Por Resolución número tres de fecha veintidós de Enero del dos mil diez, en vía de proceso de Conocimiento se ADMITIO a trámite la demanda de REIVINDICACIÓN interpuesta por FRANCISCO QUIROZ RIVERA contra la sucesión de QUIROZ RIVERA, AGUSTO HUACHO QUIROZ, RITA QUIROZ RIVERA Y ENEDINA TRIGIDIA QUIROZ RIVERA para que se le restituya la posesión de un área de 144.00 m2. ubicado en la calle Marchand N° 107 – Mala; otorgándosele el plazo de treinta días a los demandados para que contesten la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en rebeldía. Mala, treinta y uno de Mayo del dos mil diez.
Gerardo Aquino Dolorier
Secretario Judicial - Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 08, 09 y 12 de Julio

EDICTO FAMILIA
EXP.2009-0644.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez POLANCO; cita, llama y emplaza al adolescente ANTONY LUIS BARBOZA CHUMPITAZ para los efectos que se apersone ante el juzgado, por haber sido declarado ADOLESCENTE CONTUMAZ y responda a los cargos que se han formulado en su contra, en la investigación que se le sigue por el Delito contra la Libertad Sexual-ACTOS CONTRA EL PUDOR en agravio de la menor de identidad reservada de iníciales A.D.M.L. Fdo.Secretaria: Claudio. Cañete, 25.06.2010.
10, 12 y 13 de Julio

EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez SULCA, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2009-0286, a JOHNNY ZAVALA AEDO, Delito: Falsificación de Documentos, Agraviado: Richard Andres Yactayo Durand, para INSTRUCTIVA dentro del tercer día de la última publicación del edicto, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y disponerse su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Cañete 23.06.2010.
Secretaria: Flores.
EXP. 2009-0111.- EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA, Juez CHIPANA, DECLARA: NULA Y SIN EFECTO LA RESOLUCION NUMERO N°26, y RENOVANDO EL ACTO PROCESAL correspondiente REPROGRAMESE: La Audiencia ordenada por RESOLUCION N°15, para el día 27-08-2010, debiendo concurrir los agraviados Hilda Mendoza Huamán a horas 09.30 am, Soledad Robles Abarca a horas 10.00 am, y Aurelio Tumba Vilca, 11.00 am. A efecto de recepcionarsele su declaración preliminar respecto de los hechos denunciados a nivel policial y presenten el correspondiente certificado médico realizado en su persona; bajo apercibimiento de archivarse la presente denuncia en caso de inconcurrencia. Proceso seguido contra ELOY FLORES FLORES, por Faltas Contra la Persona-Lesiones Dolosas-RESOLUCION N°28 02-07-2010. Secretaria: Medina.
10, 12 y 13 de Julio

EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 2009-497, seguido por JUAN CARLOS POMALAYA GARCIA contra HILARIA POMALAYA GARCIA y otras, sobre DIVISIÓN Y PARTICIÓN; el señor Juez ha dictado la siguiente Resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO.- 01-06-2010.
AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: (…) EMPLAZAR a los sucesores de Fulgencio Ignacio Cusihuamán García mediante para que se apersonen a los autos en el plazo de treinta días; y bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal (…).- Una firma, doctor Jacinto Cama Quispe – Juez.- Una firma, doctor Luis Alberto Melgarejo Fernández – Secretario Judicial. Cañete, 01 de Junio de 2010.
Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil
Publicar: 08, 09 y 12 de Julio.

10 julio 2010

45 CANDIDATURAS SE ENCUENTRAN EN EL PERIODO DE TACHAS…

Hasta el día de ayer, 2 agrupaciones que postulan a la Alcaldía Provincial, y 43 que postulan a las diferentes Alcaldías Distritales de nuestra provincia, habían recibido la conformidad del Jurado Electoral Especial de Cañete, y algunas se vienen sometiendo al período de tachas, mientras que otras que ya han superado el período de tachas, están a la espera de la confirmación definitiva por parte del JEEC de que ya están en carrera electoral.
Concertación para el Desarrollo Regional – Lima, que lidera la Sra. Rufina Lévano, y Fuerza 2011 de tiene como candidato a la alcaldía a Percy Eloy Alcalá Mateo, son las dos agrupaciones que postulan a la Provincial, que se encuentran en carrera en esta lid electoral. Mientras que a las listas de Acción Popular, Alianza para el Progreso, Confianza Perú, PADIN y Patria Joven, se les ha suspendido la publicación para el período de tachas, y se ha procedido a otorgarles el plazo de ley, para que levanten las observaciones contra algunos de sus candidatos a regidores, plazo que es de dos días, después de haber sido notificados.
Lo curioso aquí, es que a la candidatura provincial del Partido Popular Cristiano, se le ha declarado improcedente, teniendo como causal el no haber cumplido la cuota de género, porque señalan que tienen sólo tres candidatas mujeres, cuando debería de tener cuatro; sin embargo, en el mismo portal se presenta la lista del PPC con las siguientes candidatas mujeres: María Araceli Muñoz Flores, Roxana Eloisa Rosales Cubillas, Verónica Magnolia Aburto Yataco, y Estela Miriam Ríos Curinuqui, en las ubicaciones 6, 7, 8 y 11 de la lista de regidores... sin duda, esto deja para el comentario.

LISTAS DISTRITALES…
En Asia, las listas de Acción Popular, Confianza Perú, Concertación para el Desarrollo Regional y Patria Joven, ya han sido admitidas y sus respectivas listas se encuentran publicadas en el panel del municipio respectivo a la espera de alguna tacha que pudiera presentarse. En calidad de suspendida de la publicación se encuentra Alianza para el Progreso.
Lo mismo ocurre, en el distrito de Calango, donde las listas de Concertación para el Desarrollo y de Fuerza 2011, se vienen sometiendo al período de tachas. Como suspendida se encuentra Patria Joven.
En Cerro Azul, las listas de Concertación para el Desarrollo Regional Lima, y la de Por el desarrollo de Cerro Azul se encuentran en el período de tachas; mientras que las listas se Acción Popular, Cerro Azul oportunidad para todos, Confianza Perú, Fuerza 2011, PADIN y Patria Joven, han recibido sendas resoluciones que suspenden la publicación de sus listas, porque tienen algunos candidatos que se han considerado como Inadmisibles, y se les ha otorgado el plazo de ley, que es de dos días, para que levanten las observaciones señaladas.
En Chilca, se encuentran como admitidas y en el período de tachas las listas de Acción Popular, Confianza Perú, Concertación para el Desarrollo Regional y Fuerza Nacional. Suspendida está la lista de Fuerza 2011, y se ha declarado IMPROCEDENTE a la lista de Alianza para el Progreso.
En Coayllo, sólo la lista de Patria Joven ha pasado la valla. Mientras que Confianza Perú y Concertación para el Desarrollo Regional Lima están en calidad de suspendidas.
Imperial, es el distrito que más candidatos ya están en el período de tachas… Aquí se encuentra ANFI, Confianza Perú, Concertación para el Desarrollo Regional Lima, Mirca, y Patria Joven aptos. Mientras que la lista de Fuerza 2011 se encuentra suspendida para que regularice información de un candidato a una regiduría.
En Lunahuaná están aptos Concertación para el Desarrollo Regional Lima, con Fuerza 2011 y Patria Joven. En el distrito de Mala, están aptos las listas de Alianza para el Progreso, Fuerza 2011 y Patria Joven.

Sonia Ramos, candidata de Patria Joven en el distrito de Mala... ya está en el partidor.
En Nuevo Imperial, hay tres listas que están aptas, Concertación para el Desarrollo Regional, PADIN y Patria Joven. En Pacarán, hay cuatro listas, la de Acción Popular, Confianza Perú, Concertación para el desarrollo y Fuerza 2011… Se encuentra suspendida Patria Joven. Mientras que en Quilmaná se encuentran aptas Acción Popular, Confianza Perú, y Unión por el Progreso de Quilmaná.
En San Antonio, están aptas Acción Popular y Concertación para el Desarrollo Regional; en San Luis, están aptas Concertación para el Desarrollo, Fuerza 2011 y el PPC. Mientras que en Santa Cruz de Flores solo se encuentra apta la lista de Patria Joven, y en Zúñiga las listas de Acción Popular, PADIN y Concertación para el Desarrollo Regional.

CONCERTACION… CON 16 CANDIDATURAS…
De otro lado, hay que precisar que es la lista de Concertación para el Desarrollo Regional la que ha presentado candidatos en todos los distritos de la provincia, vale decir 16 candidaturas; mientras que Fuerza 2011, Patria Joven y el PADIN han presentado 14 candidaturas.
Les sigue el APRA con un total de 13 candidaturas, Acción Popular con 12, mientras que el PPC está con 11 candidaturas, y Confianza Perú con 10 candidaturas.
Luego están Fuerza Regional y Perú Posible con 8 candidaturas, mientras que Alianza para el Progreso lo hace con 5; y mantienen vida política por lo menos en nuestra provincia Fonavistas del Perú, Restauración Nacional y Unión por el Perú presentando dos candidaturas; mientras que Fuerza Nacional, Todos por el Perú, Partido Humanista y Somos Perú, lo hacen con solo una candidatura.


COMUNICADO

Se comunica a los clientes que presentaron su solicitud de acogimiento a los beneficios de la Ley PREDA que pueden apersonarse a nuestra Oficina Principal ubicada en Av. Mariscal Benavides Nº 430 – San Vicente de Cañete, los días lunes 12, jueves 15 y viernes 16 de julio en el horario de 4:00 a 6:00pm., para recoger su carta de respuesta.

Los clientes deberán apersonarse con su DNI, y dirigirse al Área Legal.

PROFINANZAS
«15 años al servicio de la microempresa y sus emprendedores»
ÚNICA AGRUPACIÓN POLÍTICA CAÑETANA «PATRÍA JOVEN» QUE POSTULA AL GOBIERNO REGIONAL, FUE LA PRIMERA EN SER RECONOCIDA COMO INSCRITA…
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (corresponsal en Mala)

Demostrando que es una organización política muy organizada, compacta y competitiva, el MOVIMIENTO REGIONAL «PATRIA JOVEN», única organización política cañetana (entre 16) bajo el liderazgo del Ex Alcalde de Lunahuaná y Ex Alcalde Provincial de Cañete, JAVIER JESÚS ALVARADO GONZALES DEL VALLE, fue la primera en inscribirse en su debido momento y sin contratiempos.
En el norte chico algunos importantes medios de comunicación y destacados periodistas con objetividad ya reconocen el avance y protagonismo de Javier Alvarado, su juventud y experiencia, basado en el hecho de ser un político que conoce la realidad de un distrito y una provincia, por haber sido autoridad, contrasta con sus oponentes; ha sabido capear el temporal, nadar contracorriente enfrentándose a los grupos de poder y sectores vinculados con la corrupción regional, probablemente es el político que más recorre y conoce la Región Lima, incluso «algunas encuestas pagadas por la propia oposición» a su opción, siempre lo han considerado entre las tres primeras opciones, todo indica que sus posibilidades se han acrecentado en los últimos meses, que ha tenido un contacto directo con el norte chico, esas mismas encuestas reconocen que en Cañete tiene una alta votación (Leer otros artículos en www.poderpolitico.info). Cabe anotar que también participan Partido Acción Popular, Movimiento Regional Confianza Perú, Partido Político Fonavistas del Perú, Movimiento Concertación para el Desarrollo Regional – Lima, Partido Político Fuerza 2011, Movimiento Regional Fuerza Regional, Movimiento Regional Integración Regional, Movimiento Regional Cambio Regional, Movimiento Regional Padin, Partido Aprista Peruano, Partido Humanista Peruano, Partido Popular Cristiano, Partido Político Perú Posible, Partido Político Restauración Nacional, y Partido Político Unión Por el Perú. El JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE HUAURA donde se inscriben quienes postulan en el nivel regional, emitió la Resolución respectiva considerando apta a PATRIA JOVEN, la lista inscrita lo conforman:
PRESIDENTE REGIONAL: JAVIER JESÚS ALVARADO GONZÁLES DEL VALLE,
VICE PRESIDENTE REGIONAL, Lita ROMÁN BISTINZA;
CONSEJERO (CAÑETE) Rosa Liliana TORRES CASTILLO, ACCESITARIO, Mercedes María MISARI LAMAPUNCA DE AYLLON;
CONSEJERO (HUAURA) Johana Jackelin LINDO TADEO, ACCESITARIO, Juan Jaime MEZA SANTILLAN,
CONSEJERO (HUARAL), Teodoro Eustaquio NAZARIO CASIMIRO, ACCESITARIO, Cecilia Virginia BOJORQUEZ MELGAREJO, CONSEJERO (YAUYOS) Miguel Ángel ARBIETO ELGUERA, ACCESITARIO, Israel Frank QUISPE AURIS;
CONSEJERO (CAJATAMBO) Horacio Alejandro LIZZETI SALAZAR, ACCESITARIO, Jorge Washington LEON SANTOS; CONSEJERO (CANTA) Merle Rita SANTOS LEON, ACCESITARIO, José Antonio BECERRA GARAY; CONSEJERO (HUAROCHIRI) Adriel Francisco CONTRERAS BALLARETA, ACCESITARIO, Johana BRAMON MELO; CONSEJERO (OYÓN), Clarina ALCOSER YAUYO, ACCESITARIO, Norma Luz ESPINOZA ESTRADA;
CONSEJERO (BARRANCA) Juan Mario BUSTOS BERROSPI, ACCESITARIO, Maritza Rosmery CHAVEZ RAMIREZ.
ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2010

JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE CAÑETE

RESOLUCIÓN N° 01

EXPEDIENTE N° 0037-2010-065

Cañete, 02 de Julio del dos mil diez

VISTA, la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de MALA, provincia de Cañete, departamento de Lima, presentada por don CUBILLAS CAYCHO JAIME JAVIER, personero legal de la Organización Política MOVIMIENTO POLITICO REGIONAL «PATRIA JOVEN», para participar en las Elecciones Municipales 2010.

CONSIDERANDO:
Que, este Jurado Electoral Especial es competente para recibir, calificar, publicar e inscribir las listas de candidatos que presenten las organizaciones políticas que participen en las Elecciones Municipales 2010 convocadas por Decreto Supremo N° 019-2010-PCM.

Que, la organización política ha cumplido a cabalidad con las exigencias contenidas en el artículo 8° de la Resolución N° 247-2010-JNE, esto es, ha acompañado la impresión del formulario de solicitud de inscripción de Lista de Candidatos firmada por todos los candidatos y personero legal, el acta de elecciones internas, impresión del Plan de Gobierno, formato resumen y constancia de ingreso en el Portal Institucional del JNE, firmada por el personero legal, impresión de las declaraciones juradas de vida de cada uno de los candidatos debidamente firmadas y estampadas su huella digital y refrendadas por el personero legal, copia del cargo del a licencia solicitada, copias de los documentos nacional de identidad, así como los comprobantes de pago de la tasa correspondiente equivalente al 1% de la U.I.T.

Que, conforme lo establece los artículos 15° y 16° de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, concordantes con el artículo 14° del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010, aprobado mediante Resolución N° 247-2010-JNE, luego de efectuar la calificación de los candidatos, los Jurados Electorales Especiales ordenan publicar por medio de avisos o carteles las listas de candidatos presentadas. Ello, con la finalidad de que cualquier ciudadano inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil puedan formular tacha contra la fórmula o lista de candidatos en su integridad, o contra uno o más de los candidatos que la integren dentro de los tres días naturales siguientes a su publicación.

Por tanto, el Pleno del Jurado Electoral Especial de Cañete, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE:
Artículo Primero.- ADMITIR y PUBLICAR la lista de candidatos para el Concejo Distrital de MALA, provincia de Cañete, departamento de Lima, presentada por don JAIME JAVIER CUBILLAS CAYCHO, personero legal titular de la Organización Política MOVIMIENTO POLITICO REGIONAL «PATRIA JOVEN» con el objeto de participar en las Elecciones Municipales 2010, lista integrada de la siguiente manera:

ALCALDE: Sra. RAMOS RUIZ SONIA MARLENE DNI 15434346
REGIDORES:
REGIDOR 1 Sr. GERMAN CHUMPITAZ DEMETRIO DNI 15401145
REGIDOR 2 Sr. CASAS SIME LUIS ALBERTO DNI 40796594
REGIDOR 3 Sr. SEGIL REYNA JUSTO MIGUEL DNI 42836354
REGIDOR 4 Sr. ESPINOZA ZEVALLOS JUAN EDUARDO DNI 15433934
REGIDOR 5 Sr. NAVARRETE PAREDES LILIA MAXIMA DNI 15394149
REGIDOR 6 Sr. RAMOS ALCALDE LADY MARIA DNI 70267157
REGIDOR 7 Sr. CORTEZ CHINCHILLA CLARA NORMA DNI 15434320

Artículo Segundo.- Que, el artículo 14° de la Resolución N° 247-2010-JNE, precisa que, el Jurado Electoral Especial luego de admitida la lista de candidatos, procederá a su publicación en la sede de la Municipalidad, dando inicio con ello al período de tachas, que en el presente caso, teniendo en consideración que las municipalidades no atienden los días sábado y domingo, se ordena que la publicación se realice el primer día hábil, esto es, el día lunes 05 de Julio.

Artículo Tercero.- remitir la presente resolución a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Marcelo Ciriaco, Judith (Presidenta)
Cubas González Rosario (Primer miembro)
Miranda Revollar Yván (Segundo miembro)
Chuquichayco Faichin Arturo (Secretario)
Dra. Judith Marcelo, explica que están en plazo de Ley...
JEE – CAÑETE, APURA PROCESO DE CALIFICACIÓN DE LISTAS DE CANDIDATOS DISTRITALES Y PROVINCIAL


SAN VICENTE.- La presidenta del Jurado Electoral Especial de Cañete, Dra. Judith Marcelo Ciriaco, informó que a más tardar la próxima semana se culminará con la calificación de las Listas de candidatos tanto distrital como provincial que solicitaron su inscripción para participar en las contiendas electorales de octubre próximo.
Son 144 las solicitudes de inscripción que llegaron a su despacho hasta la medianoche del pasado cinco de julio, de los cuales, 12 son los candidatos que competirán hacia el sillón de la Municipalidad Provincial de Cañete.
En relación a los distritos dijo que Imperial cuenta con 14 Listas. Chilca (13) y Asia (12), mientras que en Cerro Azul, Mala y Nuevo Imperial, solicitaron su inscripción 10 candidatos.
Con nueve solicitudes, están los distritos de Lunahuaná, Pacarán y San Luis. En tanto que Zúñiga, hay siete listas; mientras que con seis contrincantes estará Calango.
Asimismo con cinco aspirantes están San Antonio y Santa Cruz de Flores; mientras que en el distrito de Coayllo, son cuatro los candidatos que quieren llegar al sillón municipal.
Indicó que las listas vienen siendo calificadas por los miembros del JEE – Cañete y a medida que culminan, vienen siendo publicadas en la ventanilla de esta sede electoral, dado estar en el plazo de Ley.
IMPROCEDENTES E INADMISIBLES
Judith Marcelo, puntualizó que más de una lista, fue declarada improcedente por no cumplir con la cuota de género de jóvenes, así como de mujeres respectivamente.
«Pero, tengo entendido que de inmediato, solicitaron su nueva inscripción para no quedarse fuera de la competencia de las Elecciones Municipales, Regionales y Referéndum 2010», indicó.
Con respecto a la «inadmisibilidad» de las Listas, la titular del JEE – Cañete, dijo que la mayoría de los candidatos, no cumplieron con la residencia efectiva que estipula la ley, la ilegibilidad de sus documentos y la acreditación de la desafiliación partidaria.
«Los dispositivos que aplica el Jurado Electoral Especial de Cañete, se basa en la Ley Electoral que norma el Jurado Nacional de Elecciones. Los miembros hacemos cumplir la ley. Nada más», respondió Judith Marcelo ante la insistencia de los periodistas.
Empero, precisó que las listas declaradas «inadmisibles», tienen un plazo de dos días para subsanarlas. Mientras que los declarados «improcedentes», no tendrán opción, dado que la inscripción de listas se cerró el cinco de Julio.
Con relación que algunos candidatos aparecen afiliados en otras tiendas políticas, a pesar de sus renuncias oportunas, dijo que esa responsabilidad recae en el interesado que debe hacer su trámite de exclusión en el JNE.
TACHAS.
Indicó que una vez que las listas hayan sido admitidas, se publicará tanto en el Portal del Jurado Nacional de Elecciones como en los paneles de los municipios para el conocimiento público.
«Ahí, cualquier ciudadano puede pedir la tacha, previo pago de 900 nuevos soles. Pero, para que se haga efectiva tendrá que mostrar las pruebas de los delitos que haya cometido el candidato a alcalde o regidor», acotó.
Judith Marcelo, quien dio estas versiones en conferencia de prensa, concitó la atracción, no sólo de los periodistas sino también de los mismos candidatos que abarrotó su sede institucional para hurgar con las preguntas.
Indicó, que una vez que culminen con el proceso de la publicación de las Listas oficiales, procederán con la campaña del «Voto Informado» y la Fiscalización de los candidatos, a fin que no violen la Ley Electoral.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS

Reglamentan la propaganda política en el Distrito

ORDENANZA MUNICIPAL N° 003-2010-MDSL

San Luís, 09 de Julio de 2010

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS;

POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS;

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendo al Concejo las funciones normativas y fiscalizadoras, y a la Alcaldía las funciones ejecutivas; en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;

Que, la propaganda electoral y/o política es un elemento importante en el sistema democrático representativo, durante los procesos electorales; conforme lo establecido en los artículos 181º al 194º del Capítulo I del título VIII de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley N° 26859, referente a Propaganda Electoral;

Que, el mismo cuerpo legal establece la competencia de las municipalidades distritales en materia de instalación de propaganda electoral dentro de cada una de sus jurisdicciones adoptando los mecanismos y medidas requeridos a efectos de regular al respecto;

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción;

Que, el Artículo 79 numeral 3), inciso 3.6.3 de la citada norma legal asigna funciones específicas y exclusivas de las municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: para normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalización de la ubicación de avisos publicitarios y propaganda política;

Que, el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios: públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, es política de la gestión municipal la necesidad de preservar la vía pública y los bienes públicos y privados del distrito, así como por otro lado, garantizar y promover, durante los procesos electorales, los derechos de difusión de la propaganda política y electoral con una visión de, protección del ornato y la estética, siendo necesario establecer los mecanismos de vigilancia y salvaguarda del espacio urbano que orienten a las organizaciones políticas y ciudadanos en general acerca de sus derechos, deberes y límites en la utilización de la propaganda política y electoral;

Que, en tal sentido es necesario adoptar las acciones pertinentes que permitan el cabal desarrollo de las funciones específicamente señaladas, mediante la aprobación del Reglamento que regula la propaganda política y electoral en el distrito;

Que, el Concejo Municipal cumple su función; normativa, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el Artículo 200, inciso 4), de la Constitución, tienen rango de Ley;

En sesión Ordinaria de la fecha, aprobada con el voto UNANIME de sus miembros; y, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ha dado la siguiente Ordenanza que
REGLAMENTA LA PROPAGANDA POLÍTICA EN EL DISTRITO DE SAN LUIS

ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1.- Las disposiciones de la presente Ordenanza son de aplicación obligatoria dentro de la jurisdicción del distrito de san Luís, con sujeción a la normatividad vigente en materia de propaganda política y electoral.

OBJETIVO
Artículo 2.- El objetivo de la presente ordenanza es regular la propaganda política y electoral en el distrito, con respeto a los bienes públicos y privados, así como la estética y el ornato de la jurisdicción, dentro de un marco, de igualdad de condiciones para todos las organizaciones políticas y candidatos; garantizando la difusión de toda propaganda electoral según lo dispuesto en la Ley Orgánica de Elecciones, Ley N° 26859.

DEFINICIONES
Artículo 3.- Para los efectos de la presente ordenanza, se entenderá por:
a) Bienes de Uso Público.- Los destinados al uso público, sujetos a la administración municipal como caminos, puentes, plazas, jardines, avenidas, paseos, calles y sus elementos constitutivos como calzadas, aceras, bermas separadores y jardines de aislamiento, edificios públicos, así como sus aires.
b) Bienes de Servicio Público.- Los destinados al cumplimiento de los fines públicos o a la prestación de servicios públicos o administrativos, tales como las oficinas públicas, los cuarteles, las instalaciones de las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional del Perú, los locales de las municipalidades, entidades oficiales, colegios y escuelas estatales y particulares, locales
de iglesias y mobiliario urbano en general.
c) Predios de Dominio Privado.- Son los bienes que están bajo la titularidad de un particular.
d) Propaganda Política.- Es la exhibición, distribución y/o difusión de mensajes de carácter político, utilizando medios físicos, luminosos y sonoros.
e) Propaganda Electoral.- Se encuentra comprendida dentro de la propaganda política. Es una actividad lícita desarrollada durante los procesos electorales, encaminada a persuadir a los ciudadanos para obtener resultados electorales a través de la captación de votos.
f) Organizaciones políticas.- Partidos políticos, movimientos políticos, agrupación política, alianzas electorales debidamente inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones.
g) Ornato.- Es el conjunto de elementos arquitectónicos, artísticos y naturales que guardan armonía entre sí, para la mejora de las condiciones urbanísticas del distrito.

ÓRGANOS COMPETENTES
Artículo 4.- La Municipalidad Distrital de San Luís a través del Área de Rentas, Jefatura de Servicios Públicos, ejercerán de acuerdo a su competencia, la labor de promoción y control en la difusión de la Propaganda Política y Electoral realizada en el espacio urbano.

FORMAS DE LA PROPAGANDA POLÍTICA Y ELECTORAL
Artículo 5.- La propaganda política y electoral está constituida por el conjunto de escritos, imágenes y sonidos que pueden ser difundidos, exhibidos o distribuidos en la jurisdicción del distrito utilizando los siguientes medios:
a) Letreros, carteles, paneles, pancartas y banderas
b) Anuncios Luminosos
c) Boletines, folletos, afiches, volantes o panfletos.
d) Altoparlantes
e) Otros conexos

DE LA DIFUSIÓN
Artículo 6.- Las Organizaciones políticas, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Elecciones, no requieren permiso o autorización alguna pero comunicara en forma expresa quién es su representante o personero Legal, el cual será responsable mediante un compromiso que suscribirá con la Municipalidad Distrital de San Luís, está excepto de pago de tasa o arbitrio alguno, para la difusión de propaganda política y electoral a través de:
a) Exhibición de letreros, carteles, paneles, pancartas, anuncios luminosos y banderas en las fachadas de los inmuebles o locales de propiedad o posesión de las Organizaciones Políticas, en la forma que estimen conveniente, respetando el ornato, no contaminando el ambiente. En el caso dé utilizar banderolas, las mismas deben contar con 0.75 m. de ancho y 3 m. de largo; asimismo, no podrán impedir la visibilidad de un inmueble hacia el exterior.
b) Distribución en forma individualizada de boletines, folletos, afiches, volantes, camisetas, calendarios u otros útiles e instrumentos similares o conexos.
c) Exhibición de carteles o avisos colocados en inmuebles privados, previa autorización de los propietarios.
d) Instalación de altoparlantes en locales políticos y en vehículos especiales que gozan de libre tránsito, de propiedad o posesión de las Organizaciones Políticas.

OBLIGACIONES
Artículo 7.- La difusión de propaganda política y electoral en el distrito, se sujeta a las siguientes obligaciones:
a) La colocación de carteles y paneles en espacios públicos solo está permitido en los sitios que para tal efecto determine la Municipalidad Distrital de San Luís.
b) La propaganda electoral por medio de altoparlantes sólo podrá realizarse en los locales políticos o vehículos especiales entre las ocho de la mañana y las once de la noche, siempre y cuando no se origine ruido molesto que afecte a los vecinos de conformidad con los límites establecidos en la normatividad de ruidos molestos.
c) Mantener las condiciones higiénicas de los elementos de publicidad que contiene propaganda política y electoral, así como las condiciones de seguridad.
d) Respetar las ubicaciones asignadas y evaluadas por la municipalidad en espacios públicos.

PROHIBICIONES
Artículo 8.- Está terminantemente prohibido pana la difusión de propaganda política y electoral:
a) El uso de locales u oficinas de la municipalidad, de colegios y escuelas estatales o particulares y de iglesias de cualquier credo, así como en cualquier otro bien de servicio público.
b) El empleo de pintura en las calzadas, puentes, muros de predios públicos, el uso de postes de alumbrado público, así como en bienes de uso público.
c) La utilización de banderolas, pasacalles sustentados en árboles, postes de telefonía, postes de alumbrado público y de cualquier otro elemento de mobiliario urbano.
d) La colocación o pegamento de afiches, panfletos y otras imágenes y escritos en bienes de uso público.
e) La utilización de bienes de dominio privado sin la autorización expresa de su propietario y sin la comunicación a la autoridad municipal.
f) El uso de parques del distrito.
g) En los muros de contención, en monumentos arqueológicos y en inmuebles declarados monumentales.
h) Destruir, deteriorar en cualquier forma la propaganda electoral de cualquier candidato u Organización Política.

PROPAGANDA POLÍTICA Y ELECTORAL EN LA VÍA PÚBLICA.-
Artículo 9.- La colocación de paneles y/o carteles particulares en vía pública se realiza conforme a las restricciones que establece el Artículo 7 de la presente ordenanza.
Para tal efecto, se ha determinado como lugares hábiles para la difusión de la propaganda política y electoral, todas las vías que pertenecen a la jurisdicción del distrito.

DISPOSICIONES TÉCNICAS
Artículo 10.- Para efecto de la colocación de paneles o carteles en la vía pública deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
a) La ubicación de los paneles o carteles en las aceras, bermas u otro espacio público habilitado, deberá prever el libré paso de peatones.
b) Los paneles o carteles se deben colocar en sitios donde no impidan la visibilidad de la señalización de transito vehicular y/o peatonal.
c) Los paneles o carteles no deben obstruir el acceso a inmuebles, estacionamientos o bienes de servicio público.
d) La colocación de paneles y carteles en las vías locales del distrito, deberán tener una distancia mínima de 80 metros lineales entre una y otra.

PROCEDIMIENTO PARA DIFUSIÓN EN LA VÍA PÚBLICA
Artículo 11.- Para efectuar la colocación de paneles o carteles en la vía pública, previamente se deberá presentar ante la Municipalidad Distrital de San Luís, una carta suscrita por el personero o representante legal de la organización política en la cual se indiqué la ubicación debidamente habilitada de la propaganda política o electoral, debiendo declarar que cumplen con las disposiciones técnicas establecidas en la presente Ordenanza. Dentro del plazo de tres días hábiles y realizada la verificación física de la ubicación donde se instalaría el panel o cartel, la Jefatura de Servicios a la ciudad emitirá el pronunciamiento correspondiente.

RETIRO DE PROPAGANDA ELECTORAL
Articulo 12.- Concluidas las elecciones, las organizaciones políticas en un plazo de sesenta (60) días calendario, deberán retirar y borrar toda propaganda electoral realizada en la vía pública y en bienes de dominio privado. Concluido el plazo de retiro de la propaganda electoral, de identificarse su permanencia, se constituirá en infracción susceptible de ser sancionada de conformidad con lo establecido en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) vigente de esta Corporación.

SUJETOS A SANCIÓN ADMINISTRATIVA
Artículo 13.- Serán sujetos a sanción administrativa, las organizaciones políticas, que cometan las infracciones siguientes:

Nº INFRACCIONES CALIFICACIÓN SANCION Complementaria

01 Por la Colocación de Paneles o carteles en la vía pública, en lugares no habilitados para realizar propaganda política o electoral. GRAVE.El retiro o incautación del panel o cartel

02 Por la utilización de medios de difusión no establecidos en la presente Ordenanza. GRAVE

03 Por colocar propaganda política o electoral en predios de servicios públicos GRAVE


Articulo 14.- Las infracciones señaladas, serán calificadas como graves siendo pasibles de una sanción de multa administrativa del cincuenta por ciento (50 %) del monto. de la UIT

Articulo 15.- Que, en caso que se comentan actos que dañen o atenten contra la Propiedad Pública o Privada se establecerá una responsabilidad extracontractual que será asumida por la organización política a través de su representante o personero acreditado ante la Municipalidad.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera.- Incorpórese al Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas vigentes de esta corporación municipal, así como al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, las infracciones señaladas en la presente norma.

Segunda.- Incorpórese en el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente de esta Corporación los procedimientos señalados por la presente norma.

Tercera.- Facúltese al Alcalde a establecer mediante Decreto de Alcaldía, las disposiciones complementarias y/o reglamentarias que sean necesarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Cuarta.- Deróguense y/o déjense sin efecto todas aquellas disposiciones municipales que se opongan a le dispuesto en la presente Ordenanza.

Quinta.- La presente Ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario De Mayor Circulación de la Provincia y se aplica a los procedimientos en trámite existentes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

ARTURO ANTEZANA URBINA
ALCALDE
Municipalidad Distrital de San Luís
EDICTO FAMILIA
EXP.2009-0644.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez POLANCO; cita, llama y emplaza al adolescente ANTONY LUIS BARBOZA CHUMPITAZ para los efectos que se apersone ante el juzgado, por haber sido declarado ADOLESCENTE CONTUMAZ y responda a los cargos que se han formulado en su contra, en la investigación que se le sigue por el Delito contra la Libertad Sexual-ACTOS CONTRA EL PUDOR en agravio de la menor de identidad reservada de iníciales A.D.M.L. Fdo.Secretaria: Claudio. Cañete, 25.06.2010.
10, 12 y 13 de Julio
EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez SULCA, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2009-0286, a JOHNNY ZAVALA AEDO, Delito: Falsificación de Documentos, Agraviado: Richard Andres Yactayo Durand, para INSTRUCTIVA dentro del tercer día de la última publicación del edicto, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y disponerse su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Cañete 23.06.2010.
Secretaria: Flores.
EXP. 2009-0111.- EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA, Juez CHIPANA, DECLARA: NULA Y SIN EFECTO LA RESOLUCION NUMERO N°26, y RENOVANDO EL ACTO PROCESAL correspondiente REPROGRAMESE: La Audiencia ordenada por RESOLUCION N°15, para el día 27-08-2010, debiendo concurrir los agraviados Hilda Mendoza Huamán a horas 09.30 am, Soledad Robles Abarca a horas 10.00 am, y Aurelio Tumba Vilca, 11.00 am. A efecto de recepcionarsele su declaración preliminar respecto de los hechos denunciados a nivel policial y presenten el correspondiente certificado médico realizado en su persona; bajo apercibimiento de archivarse la presente denuncia en caso de inconcurrencia. Proceso seguido contra ELOY FLORES FLORES, por Faltas Contra la Persona-Lesiones Dolosas-RESOLUCION N°28 02-07-2010. Secretaria: Medina.
10, 12 y 13 de Julio

EDICTO
Exp. 333-2009.- Ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha la doctora Alicia Valdivieso Roque; Secretaria Belka Saravia Santana; mediante Resolución número uno de fecha tres de Junio se admite la demanda interpuesta por Claudia Melchorita Lizarme Soto contra Alejandro Aranda Garay sobre Alimentos tramítase conforme al proceso único notifíquese al demandado ALEJANDRO ARANDA GARAY mediante edictos concediéndosele el plazo de CINCO DIAS para que conteste la demanda de alimentos incoada por CLAUDIA MELCHORITA LIZARME SOTO, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL. Imperial, 17 de Marzo de 2010.
Belka Z. Saravia Santana
Secretaria (e)
Juzgado de Paz Letrado de Imperial
Publicar: 08, 09 y 10 de Julio.

EDICTO
Que, por ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala, a cargo del señor Juez Dr. Raúl Cuentas Lagos y Secretaria que da cuenta, se admitió a trámite la solicitud de SUCESIÓN INTESTADA Expediente 222-2008, presentado por MAURA YOLANDA TORRES HUAPAYA, de quien en vida fuera MARCELO EUSEBIO PEDRO SANTOS ROJAS, fallecido el día 18 de Diciembre de 1987, AB INTESTATO, en el distrito de San Juan de Miraflores, departamento de Lima.
Lo que se publica para los fines legales y pertinentes.
Mala, 24 de Junio de 2008
Katia Gissela Herrera Quispe
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala

SUCESIÓN INTESTADA
Exp. N° 2010-0191.- Ante le Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la Srta. Juez Dra. Marilin Gaspar Calle y Secretaria Judicial Esther Lázaro Vicente, doña TEODOSIA USCATA CRISANTE DE YANCEE solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su hijo WILFREDO INCA USCATA fallecido en San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, el día 04 de Marzo del 2009. Lo que se publica conforme a Ley.
Cañete, 01 de Julio de 2010.
Esther Y. Lázaro Vicente
Secretaria Judicial
Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete

EMPRESA DE TRANSPORTES CERRO AZUL N° 9 S.A.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
El Directorio de la EMPRESA DE TRANSPORTES CERRO AZUL N° 9 S.A., en cumplimiento a sus Estatutos y a la Ley General de Sociedades, convoca a Junta General de Accionistas, para el día 20 de Julio de 2010, a horas 8:00 p.m. en Primera Convocatoria, y para el día 25 de Julio de 2010, a horas 4:00 p.m. en Segunda Convocatoria, la misma que se llevará a cabo en el local institucional, sito en calle Miguel Grau s/n del distrito de Cerro Azul – Cañete, para tratar lo siguiente:
AGENDA:
1.- Elección del Directorio, periodo Julio 2010 a Julio 2013
Cerro Azul, 09 de Julio de 2010.
El Directorio
EDECAÑETE S.A.
Empresa de Distribución Eléctrica Cañete S.A.


Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos:

Una interrupción en el servicio eléctrico

LUGAR: Panamericana Sur Km. 147.9
Panamericana Sur Km. 149

ZONAS AFECTADAS: C.P. La Pampilla, C.P. San Pedro, C.P. Cuiva, C.P. Pampa Castilla, Pío Pampa Azul, Anexo Clarita, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena, Herbay Alto,
CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo, Zaire, San Juan, C.P. Espíritu Sto. de Palo, pertenecientes al distrito de San Vicente de la provincia de Cañete.

ALIMENTADOR: CÑ-03.
CIRCUITOS: CEPS 3010
DIA: Viernes 09 de Julio 2010.
HORA DE INICIO: 00:59 hrs. Viernes 09 de Julio 2010.
HORA FINAL: 05:50 hrs. Viernes 09 de Julio 2010

La interrupción del servicio fueron causada por daños en la red M.T., ocasionada por Hurto de Conductores, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización de los circuitos afectados.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
EDECAÑETE S.A.
Empresa de Distribución Eléctrica Cañete S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico.

LUGAR: Sector Barrio Obrero
ZONAS AFECTADAS: Sector Barrio Obrero, CAU Tercer Mundo del Distrito de San Vicente de la Provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS: PDS 30450
DIA: Viernes 09 de julio de 2010.
HORA DE INICIO: 11:30 hrs. Viernes 09 de Julio de 2010.
HORA FINAL: 20:38 hrs. Viernes 09 de Julio de 2010.

La interrupción del servicio fue ocasionada por daños en la red de M.T., ocasionada por Afectación por Terceros – poda de árboles que afectaron la red aérea MT 10 KV lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control