26 enero 2012

SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO
En los seguidos por JOSÉ JESÚS BUGOSEN CHALUJA (SUCESOR PROCESAL DE DANJEN S.A. Y ÉSTA SUCESOR PROCESAL DE BANCO CONTINENTAL) contra Don RENZO ALDO VEGA GATTI y su esposa Doña MATILDE ZÁRATE SÁNCHEZ, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, Expediente N° 02999-2000-0-1401-JR-CI-01, el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Ica, a cargo del señor Juez Dr. Joan Elliot Rios Contreras, Especialista Legal: Dr. José Antonio Bravo Soto, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en la UBICACIÓN RURAL PARCELACIÓN RÚSTICA ZONA LA QUERENCIA SUB LOTE 26-B, distrito de Asia, provincia de Cañete y departamento de Lima, debidamente inscrito en la Partida Electrónica N° 21000121 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IX, sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 500,000.00 (Quinientos mil y 00/100 Dólares Americanos)
PRECIO BASE DEL REMATE: Las dos terceras partes de la valorización menos el quince por ciento (15%) de ley,ascendentes a US$ 283,333.33 (Doscientos ochenta y tres mil trescientos treinta y tres con 33/100 Dólares Americanos).
AFECTACIONES:
a) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA registrada en el Asiento D00001 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 210000121, de propiedad del ejecutado Renzo Aldo Vega Gatti, a favor del Banco Continental – Sucursal Ica, hasta por la suma de US$ 54,000.00 Dólares Americanos, con el objeto de garantizar sus obligaciones y las de su cónyuge doña Matilde Zárate Sánchez, con la entidad bancaria. Así consta de la Escritura Pública del 27/02/1998 otorgada ante Notario Juan Azula Aguinaga por licencia concedida al titular Notario Eduardo Laos Mora. Cañete 16/03/1998. Registrador Público: Víctor Villanueva Rivera. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Cañete.
b) AMPLIACIÓN DE HIPOTECA registrada en el Asiento D00002 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. La hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente Partida Electrónica ha sido ampliada hasta por la suma de US$ 160,000.00 Dólares Americanos, a fin de asegurar las obligaciones contraídas con el Banco. Así consta de la Escritura Pública del 11/02/1999, otorgada ante Notario Público de Lima, Eduardo Laos Mora. Cañete, 07/06/99. Registrador Público: Luis Antonio Vargas Rivas. Zona Registral N° IX – Sede Lima.
c) CESIÓN DE DERECHOS registrada en el Asiento D00003 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. DANJEN S.A. debidamente registrado en la Partida 0129615 del registro de Personas Jurídicas de Lima, es el nuevo acreedor de las hipotecas registradas en el asiento D00001 y su ampliación registrada en el asiento D00002 de la presente partida, en mérito a la cesión de derechos de créditos celebrados con su anterior acreedor el Banco Continental, valorizándose dicha cesión en la suma de US$ 50,000.00 Dólares Americanos. Así consta de la Escritura Pública, de fecha 23.02.2008, otorgada ante el Notario de Lima, Dr. Ricardo Fernandini Barrera. Cañete, 09 de Diciembre de 2009. Registrador Público: Carmen Elizabeth Martínez Galvan. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
d) Renovación de Hipoteca, registrada en el asiento D00004 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. La hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente partida, la misma que ha sido ampliada en el asiento D00002 y cedida a favor del nuevo acreedor DANJEN S.A. en el asiento D00003; ha sido renovada por cuanto a la fecha no se ha extinguido la obligación garantizada con la misma. Se procede de conformidad con el Art. 93 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, mediante solicitud con firma legalizada del representante del nuevo acreedor Daniel Malamud Wechselblatt. Cañete 14 de Enero de 2011. Registrador Público: Carmen Elizabeth Martínez Galvan. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
e) Cesión de Hipoteca, registrada en el asiento D00005 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121, José Jesús Bugosen Chaluja, soltero, identificado con DNI N° 07913007, es el nuevo acreedor de la hipoteca inscrita en el Asiento D00001, ampliada en el Asiento D00002, cedida en el Asiento D00003 y renovada en el Asiento D00004 de la presente Partida Electrónica, en mérito a la cesión de derecho hipotecario celebrada con DANJEN S.A. inscrita en la Partida N° 01269615 del Registro de Personas Jurídicas de Lima. Así consta de la Escritura Pública, de fecha 11/07/2011 otorgada ante Notaria de Lima, Cecilia Hidalgo Moran. Cañete, 08 de Agosto de 2011. Registrador Público: Manuel Alejandro Guevara Chilin. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
DÍA Y HORA DEL REMATE: El día 14 de Marzo de 2012 a las 14:00 horas (dos de la tarde).
LUGAR DEL REMATE: En el local del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Ica – Sede Central, ubicado en Calle Ayacucho N° 500 (frente a la Plaza Sebastián Barranca), provincia y departamento de Ica.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia (sin sello de No Negociable) girado a su nombre y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI) suscribiendo dicho arancel, con número de expediente y generales de ley; en caso de ser persona jurídica presentarán copia de poderes correspondientes y RUC. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el artículo 732° del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Ica, 04 de Enero de 2012. MARTILLERO: GUILLERMO JOSÉ RIVAROLA COLE, ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO. Reg. N° 232.Telfs. 98562-7000.
Guillermo Rivarola Cole
Martillero Público Reg. N° 232
Abogado
José Antonio Bravo Soto
Secretario Judicial
Primer Juzgado Civil de Ica
Publicar: 25, 26 y 27 de Enero de 2012.

AVISO DE PUBLICACIÓN DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
EL JEFE DEL AEA DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS, Exp. Nº 0308-2012 de don ALFONSO LUIS TORRES QUIROZ, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de ELOISA EUFEMIA TORRES, libro Nº 029, folio Nº 0250, año 1921, que erróneamente se ha consignado el apellido materno de la titular del Acta de Nacimiento en cuerpo y la sumilla donde dice: ELOISA EUFEMIA TORRES debiendo decir para lo sucesivo ELOISA EUFEMIA TORRES QUIROZ; asimismo no ha sido consignada la firma del registrador de aquella época, por lo que solo se registra de la actual registradora del área de Registro Civil.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 25 de Enero de 2012.
Rosario Milagros Sueng Chávez
Jefa de Registro Civil
AVISO DE PUBLICACIÓN DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
EL JEFE DEL AEA DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS, Exp. Nº 0306-2012 de doña FAJARDO MUÑOZ JULIANA, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de ROSA ELVIRA MANSO, libro Nº 042, folio Nº 0149, año 1945, que erróneamente no se ha consignado el apellido paterno correcto en la SUMILLA Y CUERPO DEL ACTA, donde dice: ROSA ELVIRA MANSO debiendo decir para lo sucesivo ROSA ELVIRA MANZO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 25 de Enero de 2012.
Rosario Milagros Sueng Chávez
Jefa de Registro Civil
EDICTO PENAL
EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE; Juez: Ventura, ha ordenado publicar:
EXP.- 0672-2011-0-0801-JR-PE-02
Por un día
; En el Proceso Constitucional de Habeas Corpus, interpuesto contra Mario Apaza Mamani, Gloria Cincia Ascona y Sabino Filiberto Valerio Quispe; mediante Resolución N° 04 de 23.11.2011; declara IMPROCEDENTE la Demanda formulada por Cornelio Pichihua Gutiérrez en calidad de Gerente de la Cooperativa Agraria de Usuarios «Esmeralda-Encañada». Ltda.. N° 08, quedando consentida mediante resolución N° 05 del 19.01.2012, Archivándose Definitivamente. Asistente: Anchiraico, Cañete: 19.01.2012.
 
 
De conformidad al artículo Décimo del Estatuto de la Asociación de Propietarios del Parque Residencial Los Reyes de la Urbanización Beato Josemaría Escrivá de Balaguer Segunda Etapa – Cañete, se cumple en convocar a los asociados y moradores de la urbanización en general a la Asamblea General Extraordinaria que se llevará a cabo en primera convocatoria el día Domingo 29 del mes de Enero del año 2012, a las 7:30 p.m. en el local sito en el lugar de reuniones de la Urbanización, distrito de San Vicente, con el objeto de resolver los siguientes puntos de la agenda:
1.- Toma de decisiones sobre área del parque en conflicto.
Si a la hora prevista en la primera convocatoria no se reúna el quórum requerido, conforme al artículo 17vo. Del Estatuto, se convoca a una segunda sesión para el mismo día a las 8:00 p.m. en el mismo lugar, en consecuencia llevándose a cabo la sesión con el número de los asistentes presentes.
San Vicente, Miércoles 25 de Enero del 2012.
FERNANDO TORRES SAMILLAN
Presidente
 
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
URBANIZACIÓN JOSE MARIA ESCRIBA DE BALAGUER
(PARQUE RESIDENCIAL «LOS REYES»)

25 enero 2012

PODER JUDICIAL DEL PERU

ORGANO DE CONTROL DE LA CORTE SUPERIOR DE CAÑETE REALIZARÁ PRIMERA MESA CENTRALIZADA POR LA TRANSPARENCIA JUDICIAL Y LUCHA FRONTAL CONTRA LA CORRUPCIÓN 2012
La Corte Superior de Justicia de Cañete a través de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, después de haber impulsado durante el año 2011 la creación de Cinco Mesas de Trabajo Descentralizadas» en la Provincia de Cañete y en la Provincia Altoandina de Yauyos, con el objetivo de sensibilizar y comprometer a las Instituciones Públicas, Organizaciones Privadas y a la Ciudadanía a ser parte activa de la lucha frontal e indesmayable contra la corrupción; convocan para el lunes 30 de enero del 2012, a la «Primera Mesa Centralizada por la Transparencia Judicial y de Lucha Contra la Corrupción 2012»,
Esta primera reunión persigue fortalecer e impulsar estas Cinco Mesas de Trabajo, materializar los objetivos propuestos, presentar el balance del trabajo realizado en el año 2011, programar tareas especificas del Plan de Trabajo 2012, dar a conocer el cronograma de actividades y la elección de representantes para el periodo 2012.
«Mas que los actos de los malos, me horrorizan la indiferencia de los buenos»
Mahatma Gandhi
ODECMA -CAÑETE
a realizarse en el Auditorium de la Corte Superior de Justicia de Cañete (Av. Mariscal Benavides N° 657, San Vicente de Cañete), a horas 4:00 pm.

DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LIMA PROVINCIAS, ANULA EXAMEN DOCENTE EN CAÑETE

Tal y como se preveía,la posible anulación del examen docente, se hizo oficial, al darse a conocer la anulación del mismo en Cañete, el encargado de confirmarlo fue el Asesor Legal de la DRELP, Daniel E. Córdova Páucar.
No era necesario tener dotes premonitorias o de pitoniso, para entender que entre la DRELP y la UNE se desataría un conflicto insalvable.
A través de una emisora local, Córdova Paucar, precisó que la decisión la tomaron luego de que una comisión se trasladara hasta la sede de la Universidad «La Cantuta» para requerir los resultados del examen en Cañete, pero que ésta solo remitió un avance de los resultados, lo que terminó por provocar la indignación total del Director de la DRELP, optando por dar finalizado el convenio existente con dicha casa Superior de Estudios. En consecuencia se prevé la nominación de otra institución especializada, que pueda elaborar a tiempo los exámenes a fin que el próximo 12 de febrero, fecha en que ha sido programada la nueva prueba de selección para contratación docente 2012, se pueda tener a tiempo dichos cuestionarios.
De la misma forma la Directora de la UGEL N° 08 Cañete, en relación a lo ocurrido, manifestó sus disculpas públicas y lamentó, que por causas ajenas a su voluntad, el proceso de evaluación haya devenido en estos conflictos que ahora son de conocimiento público.
Confirmó también que la fecha para el nuevo examen será el 12 de febrero y que como funcionarios responsables del tema, tendrán que multiplicar esfuerzos, a fin que al más breve plazo se pueda contar con los docentes necesarios para el inicio del año escolar.
De otro lado agregó que para el presente año, las encargaturas de dirección, serán otorgadas a docentes que se encuentren en la Ley del Profesorado, toda vez que el haber asignado las encargaturas a docentes de la Nueva Carrera Magisterial en años anteriores, estaba acarreando conflictos, al no poder cumplir con los pagos respectivos, por no contar con el presupuesto necesario para cubrir las dichas remuneraciones acordes con los niveles de la Nueva Carrera Pública Magisterial.

EN YAUYOS PREOCUPACIÓN ALARMANTE POR AUSENCIA DE LLUVIA

Escribe: Cleto Aguado Gutiérrez

Cuando en otras épocas de antaño por las temporadas de Diciembre a Enero tradicionalmente era intensa la precipitación fluvial en la provincia de Yauyos y en toda la región andina, en esta oportunidad resulta realmente sorprendente la ausencia total de lluvia a pesar que se aproxima la finalización del mes de Enero, situación climatológica que ha generado la desesperante inquietud de la población agrícola y ganadera.
Como es de conocimiento público, la mayoría de la población activa de Yauyos, a través de su historia supervive desde sus ancestros exclusivamente con el sustento de los productos logrados por su dedicación a las actividades de la agricultura y la ganadería, complementadas en sus cumbres por la humedad temporal de las lluvias y el riego con la captación de las aguas de sus ríos en las quebradas bajas de su territorio, cuyos productos de preferente calidad permite el permanente intercambio comercial en los mercados de Cañete y Lima.
Por esta extraña variación climática, que actualmente existe sólo leves indicios de lluvia en las elevadas cordilleras, conforme nos muestra las clarificadas aguas de los ríos y se mantuviese tal situación, la preocupación no sería solamente de Yauyos, sino también afectaría la agricultura de los valles costeños, principalmente cuando sea notaría la disminución del volumen de las aguas del río Yauyos (conocido como río Cañete), el más caudaloso y con flujo permanente durante los doce meses del año en todo el valle costeño.
No es que el suscrito sea un agorero, pero como yauyino, muchos nos damos cuenta mediante nuestros propios análisis que actualmente las empresas transnacionales y de poder económico ya se disputan la supuesta posesión o represamiento de las lagunas en territorio yauyino, incluido El Platanal, mientras que otras empresas similares se aprestan o están en trámites de titulación para la explotación de decenas de yacimientos mineros de variados minerales que están ubicados prácticamente casi en todos los distritos de la extensa provincia de Yauyos.

EN PILAS COMPLETAN FIRMAS PARA REVOCAR A ALCALDE Y REGIDORES

¡Se completó la primera firma para la consulta popular de revocatoria!. Así confirmó don Nilton López Rodríguez, promotor de la consulta popular de revocatoria del alcalde de la Municipalidad Distrital de San Pedro Pilas, Celso Tolentino Soriano y su cuerpo de regidores.
De los 350 electores que sufragan en Pilas, López Rodríguez, ha conseguido 200 firmas, monto que supera el 25 por ciento que requiere el organismo electoral para someter a consulta popular a una autoridad Municipal o Regional.
«Ya hemos presentado las firmas a la RENIEC para su aprobación y depuración respectiva, convirtiéndonos en uno de los primeros de la región en realizar esta justa democrática», manifiesta López.
El alcalde Celso Tolentino Soriano (APRA) y sus regidores, nada pudieron hacer ante la arremetida del comité revocador que sólo está a la espera del fallo final del organismo electoral y cumplir con la campaña por el Sí y por el Nó.

SE VIENE EL DÉCIMO ANIVERSARIO DE FUNDACIÓN DEL CP NUEVO AYACUCHO

Diferentes actividades se vienen programando con motivo de la celebración del primer decenio de fundación del CP Nuevo Ayacucho a desarrollarse los días cuatro y cinco de febrero, en la misma frontera viva de la provincia de Cañete.
El burgomaestre de la Municipalidad del CP Nuevo Ayacucho, Joaquín Ayala, adelantó que entre las actividades a desarrollarse estarán: feria gastronómica, embellecimiento de calles, tarde deportiva, show artístico y otros.
Ayala, indicó que para la gran serenata programada para la noche del cuatro de febrero, se presentarán una constelación de artistas, no sólo de transcendencia nacional sino internacional.
Adelantó que entre los artistas invitados están: Los hermanos Walter y Julio Humala (Duo Arguedas), Silla Illanes y la Banda de Grupo Nuevo Ayacucho. Este último será reconocido por la Municipalidad por haber adoptado el nombre de la comunidad.

DIEZ AÑOS
El regidor de la comuna, Yosbel García, recordó que arribaron a las eriazas pampas de Con Con – Topará, un cuatro de febrero del año 2002, buscando un mejor porvenir para sus paisanos procedentes de la región Ayacucho.
Los nuevos moradores que hoy se identifican con la frontera viva de Cañete, pasaron miles de peripecias para posicionarse y labrar su futuro, haciendo frente a la adversidad de grandes consorcios y la indiferencia de las autoridades.
«Luego de múltiples gestiones la alcaldesa de ese entonces, Rufina Lévano Quispe, firmó la histórica Ordenanza Municipal Nº 002 –2004, un seis de Enero del 2004, consolidando nuestra creación», recuerda García.
ESFUERZO PROPIOJoaquín Ayala, ha sido claro en señalar que en estos diez años de permanencia en la pampa, han sido olvidados por las autoridades municipales y regionales, remarcando que los logros alcanzados han sido con esfuerzo propio.
«Pero, sí tenemos que agradecer al Estado que a través del Ministerio de Energía y Minas, se electrificará en el presente año Nuevo Ayacucho y algunos asentamientos humanos de Cañete y Chincha.
La construcción del Paso a Desnivel (Trebol), es otro de los proyectos que ha aprobado el Ministerio de Transporte y Comunicaciones para Nuevo Ayacucho, y de esta manera no quedar aislado de la nueva vía.
El esfuerzo de la propia comunidad de traer el agua hacia la población, sin duda, merece el reconocimiento de su gente que a través de su tradicional «faena»,hacen realidad el «agua para todos».

ESPERAN A MONTOYA Y JAVIER
En Febrero del año pasado, visitó Nuevo Ayacucho, el presidente regional, Javier Alvarado, ofreciendo con «bombos y platillos» una serie de promesas que al cabo de un año, aún no honra su palabra.
La alcaldesa provincial María Montoya, durante un reclamo de los moradores en su despacho, supo responder que para Nuevo Ayacucho, se ha aprobado un millón de soles, promesa que nunca se hizo realidad.
«Sin embargo, tenemos la absoluta confianza que nuestras autoridades municipales y regionales, cumplirán su promesa en el presente año. Al menos, eso es el sentir de la población de Nuevo Ayacucho», expresó Joaquín Ayala.

CAMPAÑA «VERANO SALUDABLE 2012» SE REALIZARÁ EN PLAYA BUJAMA BAJA - INCLUYE FESTIVAL DEL CEBICHE

La Red de Salud Chilca Mala viene ultimando detalles sobre el lanzamiento de la Campaña «Verano Saludable 2012» evento que trae como novedad el concurso gastronómico «El Festival del Cebiche Saludable» a realizará el 05 de Febrero, a horas 12:00 m en la playa Bujama Baja, de Mala, donde a los asistentes se les obsequiarán bloqueadores, cremas para la piel, champú, repelentes; entre otros accesorios.
El Director Ejecutivo Dr. José Luís Albino Quispe, indicó que la campaña «Verano Saludable 2012» tiene como objetivo prevenir y sensibilizar a los bañistas sobre innumerables enfermedades de la piel, propiciada como consecuencia de una intensa exposición ante los rayos solares que inclusive ocasionan cáncer a la piel.
Entre otros objetivos también está fomentar en los bañistas conductas saludables y adecuadas, para evitar que la arena se contamine con residuos sólidos o el mar en sí, cuando es usada inadecuadamente para necesidades fisiológicas. Para ello se instalarán escenario, stand donde los profesionales de la salud proporcionarán charlas de prevención.
De igual modo, comentó el titular de la Red Chilca Mala, que para el «I Festival del Cebiche Saludable» ya cuentan con participantes de los diversos restaurantes de la zona, quienes se vienen inscribiendo en la oficina del área de comunicación - Sede administrativa, de San Antonio.
Finalmente, dijo que para dicha actividad se ha cursado invitación y se espera contar con las autoridades Regionales, Provinciales y distritales, de la jurisdicción.
SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO
En los seguidos por JOSÉ JESÚS BUGOSEN CHALUJA (SUCESOR PROCESAL DE DANJEN S.A. Y ÉSTA SUCESOR PROCESAL DE BANCO CONTINENTAL) contra Don RENZO ALDO VEGA GATTI y su esposa Doña MATILDE ZÁRATE SÁNCHEZ, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, Expediente N° 02999-2000-0-1401-JR-CI-01, el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Ica, a cargo del señor Juez Dr. Joan Elliot Rios Contreras, Especialista Legal: Dr. José Antonio Bravo Soto, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en la UBICACIÓN RURAL PARCELACIÓN RÚSTICA ZONA LA QUERENCIA SUB LOTE 26-B, distrito de Asia, provincia de Cañete y departamento de Lima, debidamente inscrito en la Partida Electrónica N° 21000121 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IX, sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 500,000.00 (Quinientos mil y 00/100 Dólares Americanos)
PRECIO BASE DEL REMATE: Las dos terceras partes de la valorización menos el quince por ciento (15%) de ley,ascendentes a US$ 283,333.33 (Doscientos ochenta y tres mil trescientos treinta y tres con 33/100 Dólares Americanos).
AFECTACIONES:
a) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA registrada en el Asiento D00001 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 210000121, de propiedad del ejecutado Renzo Aldo Vega Gatti, a favor del Banco Continental – Sucursal Ica, hasta por la suma de US$ 54,000.00 Dólares Americanos, con el objeto de garantizar sus obligaciones y las de su cónyuge doña Matilde Zárate Sánchez, con la entidad bancaria. Así consta de la Escritura Pública del 27/02/1998 otorgada ante Notario Juan Azula Aguinaga por licencia concedida al titular Notario Eduardo Laos Mora. Cañete 16/03/1998. Registrador Público: Víctor Villanueva Rivera. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Cañete.
b) AMPLIACIÓN DE HIPOTECA registrada en el Asiento D00002 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. La hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente Partida Electrónica ha sido ampliada hasta por la suma de US$ 160,000.00 Dólares Americanos, a fin de asegurar las obligaciones contraídas con el Banco. Así consta de la Escritura Pública del 11/02/1999, otorgada ante Notario Público de Lima, Eduardo Laos Mora. Cañete, 07/06/99. Registrador Público: Luis Antonio Vargas Rivas. Zona Registral N° IX – Sede Lima.
c) CESIÓN DE DERECHOS registrada en el Asiento D00003 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. DANJEN S.A. debidamente registrado en la Partida 0129615 del registro de Personas Jurídicas de Lima, es el nuevo acreedor de las hipotecas registradas en el asiento D00001 y su ampliación registrada en el asiento D00002 de la presente partida, en mérito a la cesión de derechos de créditos celebrados con su anterior acreedor el Banco Continental, valorizándose dicha cesión en la suma de US$ 50,000.00 Dólares Americanos. Así consta de la Escritura Pública, de fecha 23.02.2008, otorgada ante el Notario de Lima, Dr. Ricardo Fernandini Barrera. Cañete, 09 de Diciembre de 2009. Registrador Público: Carmen Elizabeth Martínez Galvan. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
d) Renovación de Hipoteca, registrada en el asiento D00004 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. La hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente partida, la misma que ha sido ampliada en el asiento D00002 y cedida a favor del nuevo acreedor DANJEN S.A. en el asiento D00003; ha sido renovada por cuanto a la fecha no se ha extinguido la obligación garantizada con la misma. Se procede de conformidad con el Art. 93 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, mediante solicitud con firma legalizada del representante del nuevo acreedor Daniel Malamud Wechselblatt. Cañete 14 de Enero de 2011. Registrador Público: Carmen Elizabeth Martínez Galvan. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
e) Cesión de Hipoteca, registrada en el asiento D00005 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121, José Jesús Bugosen Chaluja, soltero, identificado con DNI N° 07913007, es el nuevo acreedor de la hipoteca inscrita en el Asiento D00001, ampliada en el Asiento D00002, cedida en el Asiento D00003 y renovada en el Asiento D00004 de la presente Partida Electrónica, en mérito a la cesión de derecho hipotecario celebrada con DANJEN S.A. inscrita en la Partida N° 01269615 del Registro de Personas Jurídicas de Lima. Así consta de la Escritura Pública, de fecha 11/07/2011 otorgada ante Notaria de Lima, Cecilia Hidalgo Moran. Cañete, 08 de Agosto de 2011. Registrador Público: Manuel Alejandro Guevara Chilin. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
DÍA Y HORA DEL REMATE: El día 14 de Marzo de 2012 a las 14:00 horas (dos de la tarde).
LUGAR DEL REMATE: En el local del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Ica – Sede Central, ubicado en Calle Ayacucho N° 500 (frente a la Plaza Sebastián Barranca), provincia y departamento de Ica.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia (sin sello de No Negociable) girado a su nombre y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI) suscribiendo dicho arancel, con número de expediente y generales de ley; en caso de ser persona jurídica presentarán copia de poderes correspondientes y RUC. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el artículo 732° del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Ica, 04 de Enero de 2012. MARTILLERO: GUILLERMO JOSÉ RIVAROLA COLE, ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO. Reg. N° 232.Telfs. 98562-7000.
Guillermo Rivarola Cole
Martillero Público Reg. N° 232
Abogado
José Antonio Bravo Soto
Secretario Judicial
Primer Juzgado Civil de Ica
Publicar: 25, 26 y 27 de Enero de 2012.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRIMER JUZGADO MIXTO DE CAÑETE
EDICTO JUDICIAL
Expediente N° 083-2003.- Por ante el Primer Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO SESENTA Y OCHO.- Cañete doce de Diciembre del año 2011. DECLARAR la SUCESIÓN PREOCESAL del codemandado JUAN ARIAS MANCO debiendo (…). Para que en el plazo de TREINTA DÍAS de notificados por EDICTOS comparezcan sus sucesores al proceso, acreditando su condición de tales, BAJO APERCIBIMIENTO de NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento (…) PUBLÍQUESE en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Matices de esta localidad un extracto de la presente resolución (SESENTA Y OCHO) por TRES VECES con intervalo de TRES DIAS.
José De la Cruz Vargas Juez; Fdo. Carlos Coñes Falcón Secretario Judicial. Cañete, 10 de Enero de 2012.
Carlos Coñes Falcón
Secretario Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 13, 19 y 25 de Enero.
EDICTO
Que ante el Juzgado Mixto Transitorio de Chilca, se tramita el Exp. Nº 2010-054-CI.- En los seguidos por ALVARO ENRIQUE TOMAS MUÑIZ SALINAS y SUSANA MARIA DEL PILAR MUÑOZ NAJAR WENJOE DE MUÑIZ contra ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL – COFOPRI y el PROCURADOR PÚBLICO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL – COFOPRI, en la cual se ha dictado la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Mala, veinte de abril del año dos mil diez: AUTOS y VISTOS: ADMITIR a trámite la presente demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio, interpuesta por ALVARO ENRIQUE TOMAS MUÑIZ SALINAS y SUSANA MARIA DEL PILAR MUÑOZ NAJAR WENJOE DE MUÑIZ, la misma que se ventilará en la vía del proceso abreviado, en consecuencia se concede el plazo no mayor de DIEZ DIAS a la demandada ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL – COFOPRI y al PROCURADOR PÚBLICO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL – COFOPRI, para que conteste la demanda. Chilca 20 de Enero del dos mil doce.
Carlos Alberto Jaime Ramos
Secretario Judicial
Juzgado Mixto Transitorio de Chilca
Publicar: 25, 31 de Enero y 06 de Febrero.
AVISO DE PUBLICACIÓN DE
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
EL JEFE DEL AREA DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTIRTAL DE SAN LUIS Exp. Nº 0296-2012 doña CARMEN ROSA IGLESIAS VELASQUEZ, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO DE ANA MELVA LAZARTE YGLESIAS, libro Nº 059, folio Nº 082, año 1963, que erróneamente se ha consignado el apellido materno YGLESIA con Y y no como debería de ser IGLESIAS de la titular del Acta donde dice: ANA MELVA LAZARTE YGLESIA debiendo decir para lo sucesivo AN MELVA LAZARTE IGLESIA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 24 de Enero de 2012.
Rosario Milagros Sueng Chávez
Jefe de Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. Nº 638-2012, Benjamin Barrios Chavez, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Jose Luis Carrión Carrión, inscrita en esta Municipalidad en el libro Of. 39, folio 392, año 1993, en el extremo que se consigna como apellido materno del padre del titular MELCHOR siendo lo correcto: HUAMAN; asimismo se ha consignado el apellido materno de la madre del titular BORRONEADO, siendo lo correcto HUAMAN.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 24 de Enero de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. Nº 804-2012, Luis Humberto Yaya Talla, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Jose Gabriel Yaya Talla, inscrita en esta Municipalidad en el libro 253, folio 9, año 1980, en el extremo que se consigna como apellido materno del titular TALLA siendo lo correcto TAYA; asimismo se ha consignado el nombre de la madre del titular como: GLORIA CARMEN TALLA ATÚNCAR, siendo lo correcto GLORIA CARMEN TAYA ATUNCAR.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 24 de Enero de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. Nº 804-2012, Luis Humberto Yaya Talla, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Jose Gabriel Yaya Talla, inscrita en esta Municipalidad en el libro 253, folio 9, año 1980, en el extremo que se consigna como apellido materno del titular TALLA siendo lo correcto TAYA; asimismo se ha consignado nombre de la madre del titular como GLORIA CARMEN TALLA ATÚNCAR, siendo lo correcto GLORIA CARMEN TAYA ATUNCAR.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 24 de Enero de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. Nº 705-2012, Cesar Augusto Vega Benavides, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Jose Antonio Zavala Gallegos, inscrita en esta Municipalidad en el libro 283, folio 235, año 1983, en el extremo que se consigna como prenombres de la madre del titular MARTHA TEODORA siendo lo correcto TEODORA MARTHA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 24 de Enero de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en Jr. Bolognesi 324, San Vicente – Cañete, se presentó don NICANOR OCHOA GUTIERREZ, manifestando ser hijo de quien fuera en vida don BERNARDO OCHOA SANCHEZ, quien falleció AB-INTESTADO el día 04 de Febrero del año 2003, a efecto se declare como único y universal heredero a su hijo NICANOR OCHOA GUTIERRES. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 02 de Enero de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARÍA «CAMACHO GÁLVEZ»
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, de San Vicente – Cañete, se presentó don FRANCISCO QUISURCO PARIONA, quien solicita se RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Provincial de Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos de la madre del titular de la Partida de Nacimiento: Dice. DOLORES PARIONA, debe decir: DOLORES PARIONA VILCA. Lo que comunico para los fines de ley.
Cañete, 24 de Enero de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ORDENANZA Nº 030-2011-MPC
Cañete, 19 de Diciembre de 2011
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;
POR CUANTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Expediente Nº 3410-2011 de fecha 15 de abril del 2011, respecto a la solicitud de cambio específico de zonificación de uso de ENP a C2, I2 e I4, sobre los terrenos registrados en SUNARP según Partidas Electrónicas Nº 21012457, Nº 21136091, y Nº 21139991 y escrito de fecha 12.Setiembre.2011;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, y la Ley Nº 28607 – Leyes de Reforma Constitucional, y de conformidad al Artículo II y III del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, las municipalidades son órganos de Gobierno Local que representan al vecindario y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en este sentido posee facultades normativas y reglamentarias en el ámbito de su circunscripción territorial, a fin de promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales, el desarrollo integral, sostenible, y armónico de su jurisdicción.
Que, en ese mismo orden el Artículo 195º de la Carta magna prescribe que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo, la economía local, y la prestación de los servicios públicos bajo su responsabilidad en armonía con las políticas y planes, nacionales y regionales de desarrollo. Asimismo, esta norma precisa que las municipalidades son competentes para administrar sus bienes y rentas; crear, modificar y suprimir contribuciones tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a ley. Igualmente, organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad, planificando el desarrollo urbano y rural de su circunscripción a través de la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial en concordancia a los Artículos 36º, 40º y 79º de la antes citada Ley Orgánica de Municipalidades, y normas específicas sobre la materia.
Que, de conformidad a los Artículos 38º, 39º, 40º y 41º de la antes citada Ley Nº 27972 se establece que el ordenamiento jurídico municipal está constituido por normas y dispositivos emitidos por órganos de gobierno y de administración bajo los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa entre otros, y con sujeción a las leyes y ordenanzas. En ese sentido, el precitado Artículo 40º establece que: «Las Ordenanzas de las Municipalidades, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión, de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por la ley», en concordancia al Artículo 60º de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Legislativo Nº 776, acorde a los Artículos 74º, 194º y 195 de la Constitución Política del Perú;
Que, el numeral 1.2 del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que son funciones exclusivas de las Municipalidades Provinciales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de Áreas Urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial. Igualmente, el Numeral 3.6.2 del Artículo 79º, establece como funciones exclusivas de las municipalidades regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias y realizar la fiscalización de las construcciones, ampliación, remodelación o demolición de inmuebles, conformidad de obra y declaratoria de fábrica, en concordancia al Artículo 93º de la precitada ley orgánica;
Que, conforme a los Artículos 1º y 36º de la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones – Ley Nº 29090, esta tiene por objeto establecer la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la obtención de la Licencia de Habilitación Urbana y la Licencia de Edificación, de obligatorio cumplimiento por parte de las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, propietarios, y todos aquellos que cuenten con derecho a habilitar o edificar. Así, el Artículo 34º de la antes citada norma señala que las municipalidades son competentes para incentivar la formalización de la propiedad predial en sus jurisdicciones o con fines de incentivar el desarrollo inmobiliario, y podrán reducir, exonerar o fraccionar los pagos de los derechos establecidos, incentivando el derecho a la propiedad, y la seguridad jurídica;
Que, la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA, y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2004-PCM, el Artículo 60º de la Ley de Tributación Municipal – Decreto Legislativo Nº 776, el Reglamento de Zonificación, y Usos de Suelos de la Provincia de Cañete, aprobado por Acuerdo Nº 043-95-MPC, y Ordenanza Nº 006-95-MPC de fecha 08. Junio.1995 y modificatoria aprobada mediante Ordenanza Nº 026-2002-MPC de fecha 20.Mayo.2002, constituyen el marco legal aplicable a los procedimientos que debe seguir la municipalidad bajo su competencia en materia de planeamiento y gestión de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano, aplicable al expediente en observancia a su fecha de presentación el 15.Abril.2011.
Que, el Cambio de Zonificación y Usos del Suelo es un procedimiento mediante el cual las municipalidades provinciales asignan una nueva zonificación a un determinado inmueble compatible con el uso que se le pretende dar respecto a las condiciones, técnicas, operativas y de funcionalidad acorde a la naturaleza de la actividad, y en observancia al marco legal descrito en los párrafos precedentes y bajo su competencia;
Que, mediante Expediente Nº 3410-11 de fecha 15.Abril.2011, la empresa Inmobiliaria La Chutana SAC. En representación de Consorcio Inmobiliario solicita el Cambio de Zonificación de Predio Eriazo No Programado a Comercio Local «C2», Industrial «I2», e Industrial «I4» ubicados en el distrito de Chilca, sobre terrenos registrados en SUNARP según Partidas Electrónicas Nº 21012457, Nº 21136091 y Nº 21139991, adjuntando requisitos exigidos por ley. Asimismo, mediante escrito de fecha 12.Setiembre.2011, formula pedido para que se le reduzca hasta el 30 UIT los derechos que debe pagar por el Cambio de Zonificación solicitado, en observancia al principio de razonabilidad y proporción acorde al Art. 31º de la Ley 29090, el Art. 70º de la Ley de Tributación Municipal, y el Artículo 45º de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General en observancia al área útil, y su impacto económico;
Que, en el precitado expediente se registra Contrato de Consorcio Inmobiliario integrado por la empresa Inmobiliaria La Chutana S.A.C., propietaria de la Unidad Inmobiliaria Nº 2 según Partida Electrónica Nº 21012457 con una extensión de 496.05 Has.; la empresa Asesoría y Servicios San Carlos S.A.C., propietaria de la Unidad Inmobiliaria Nº 1 según Partida Electrónica Nº 21136091 con un área de 15 Has.; y la empresa Inversiones Danubio S.A.C., propietaria de la Unidad Inmobiliaria Nº 3 según Partida Electrónica Nº 21139991 con una extensión de 15 Has.; es decir que hacen un área total de 526.05 Has. – 5´260,500.00 m2. según Plano de Ubicación y documentación adjunta al expediente planteado;
Que, posteriormente se realizó la Inspección Ocular Nº 127-2011-DOPAHHU-GODUR-MPC de fecha 22.Setiembre.2011, al predio materia de solicitud por Grupo Especializado dirigido por el Subgerente de la División de Obras Privadas, Asentamientos Humanos y Habilitaciones Urbanas y el Técnico Alfredo Bocanegra Berropsi, y por parte del solicitante el Sr. Javier Lazo Campusano, observando que el inmueble cuenta con un Área Natural de Seguridad y Delimitación conformada por cerros y laderas circundantes, río seco y áreas libres circundantes alejadas de las zonas urbanas, destacando la condición de suelo rústico no habilitado conforme a las fotos, memoria y planos adjuntos al expediente administrativo.
Que, los precitados inmuebles conforman un área alargada y está protegido por varios flancos de cerros sobre el margen izquierdo del río Chilca, que le otorgan condiciones únicas de seguridad, y protección del medio ambiente conformada de zonas planas, cerros, y laderas (al margen derecho se ubica la Central Termoeléctrica de Kallpa); los terrenos constituyen predios eriazos no consolidados, resultando en estas condiciones procedente el Cambio de Zonificación solicitado por el administrado;
Que, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de noviembre de 2011 al debatirse el pedido realizado por la Empresa recurrente, respecto al pago por el trámite, se deliberó que previo a la culminación del procedimiento de cambio de zonificación, se cuente con el Informe de la Comisión de Administración;
Que, la Subgerencia de Asesoría emitió el Informe Legal Nº 793-2011-AJ-MPC de fecha 09 de diciembre de 2011, en el sentido de que se rectifica sobre lo informado en el numeral 3.1 del Informe Legal Nº 591-2011-AJ-MPC de fecha 27.set..2011, siendo de aplicación al procedimiento de cambio de zonificación, solicitado por la Empresa Inmobiliaria La Chutana S.A.C. el costo establecido en el TUPA de la entidad; asimismo la Comisión de Administración con Dictamen de fecha 13 de diciembre de 2011, concluyen recomendando aplicar el costo establecido en el TUPA, para el procedimiento mencionado;
Que, a través del Informe Técnico Nº 477-2011-SOPAHU-GODUR-MPC la Subgerencia de Obras Privada, Asentamientos Humanos, y Habilitaciones Urbanas eleva Proyecto de Ordenanza para Cambio de Zonificación a la Comisión de Obras del a Municipalidad señalando que el administrado ha cumplido con los requisitos normativos visados por la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural;
Que, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural según Dictamen Nº 004-2011-CODUR-MPC, previo informe legal dictamina por la procedencia del Cambio de Zonificación, solicitado por Inmobiliaria La Chutana S.A.C. contemplando la envergadura e impacto positivo del proyecto de habilitación para promover el bienestar del vecindario, el desarrollo integral, sostenido y armónico de Cañete, y del distrito de Chilca;
Que, el objetivo principal de la presente ordenanza bajo la competencia y potestad del Concejo Municipal es otorgar facilidades al consorciado representado por Inmobiliaria La Chutana SAC., a fin de que ejecute su proyecto de inversión, promuevan el bienestar de la población y el desarrollo integral, armónico, y sostenible de la circunscripción territorial de Cañete, en observancia a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y la Ley de Tributación Municipal – Decreto legislativo 776;
Estando a lo expuesto y en uso de sus facultades establecidas en el Artículo 9º Numeral 8), Artículo 39º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, se aprobó por voto mayoritario la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL PREDIO URBANO DENOMINADO LOMAS LA CHUTANA SEGÚN UNIDAD CATASTRAL Nº 13317 DEL DISTRITO DE CHILCA, PROVINCIA DE CAÑETE, REGIÓN LIMA
ARTÍCULO 1º.-
a) Zona de Comercio Vecinal – C2, con un área de 26,633.64 m2.
b) Zona de Industria Liviana – I2. Con un área de 304,032.00 m2.
c) Zona de Industria Pesada – I4, con un área de 3´148,107.59 m2.
d) Eriaza No Programada – ENP, con un área de 1´781,726.77 m2. (sin variación)
ARTÍCULO 2º.-
ARTÍCULO 3º.-
ARTÍCULO 4º.-
POR TANTO:
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
María M. Montoya Conde
Alcaldesa Provincial
Disponer los trámites necesarios para realizar la publicación de la presente ordenanza.
Encargar a la Gerencia Municipal, y a la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano y Rural efectuar las acciones y reglamentación complementaria que resulten necesarias para el cumplimiento de los dispuesto en la presente ordenanza.
Disponer que el pago por el procedimiento de cambio de zonificación solicitada por Inmobiliaria La Chutana S.A.C., de acuerdo al artículo precedente, se realizará conforme a lo establecido en el TUPA vigente de esta institución municipal.
Aprobar, el Cambio de Zonificación sobre los predios registrados en SUNARP según Partidas Electrónicas Nº 21012457, Nº 21136091, y Nº 21139991, con un área total de 526.05 Has. – 5´260,500.00 m2., según Memoria Descriptiva y Planos adjuntos al expediente, ubicados en el distrito de Chilca, provincia de Cañete, región Lima, solicitado con Expediente Nº 03410-11 por Inmobiliaria La Chutana S.A.C. representado por don Carlos Roberto Mayser Gildemeister, de conformidad a los fundamentos antes expuestos, y acorde a la clasificación siguiente:
 

24 enero 2012

AMPE RECHAZA USO ABUSIVO DE LA REVOCATORIA Y PIDE PERFECCIONAR LEY...

La Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE ) rechazó el día de ayer, lo que consideró un uso abusivo del derecho de revocatoria y consideró que detrás de este procedimiento hay personas «muy interesadas» en desestabilizar la institucionalidad municipal, la democracia y la gobernabilidad en el país.
«Por ello rechazamos el ejercicio abusivo de este derecho político, que genera falsas imputaciones a la autoridad municipal, debilitándola sin expresión de causa», señala uno de los puntos del comunicado.
Por ello reiteró a las autoridades e instituciones del sistema electoral la necesidad de reglamentar con diligencia la ley que creó este procedimiento, y solicitó al Congreso perfeccionarla para no generar «vacíos de poder» en los 8 a 10 meses que transcurren entre la consulta de revocatoria y la elección del nuevo alcalde.
En ese lapso «notoriamente se paralizarían las obras y desmejorarían los servicios municipales, afectando al poblador y vecino de cada circunscripción», apuntó.
También instó a modificar la respectiva normativa para que en cada período de gestión municipal se efectúe una sola vez el proceso de consulta popular por revocatoria, y por consiguiente también una sola vez la elección de las nuevas autoridades.
Además, la Ampe indicó que esta modificación contribuiría a la reducción de gastos al Estado.
Tras reiterar su posición a favor de la defensa de la institucionalidad, subrayó que como institución representativa protege, asesora y cuida de los derechos de gobernabilidad, estabilidad democrática y seguridad jurídica que requieren cada una de las municipalidades del país.

ALCALDES DE YAUYOS EN CAPILLA REVOCATORIA DESESPERADOS PROPICIAN COMPRA MULTIPLE DE KITS PARA CONFUNDIR CONSULTA


Escribe: Cleto Aguado Gutiérrez


En la mayoría de los distritos de Yauyos, desde hace décadas los alcaldes con sus asesores o gerentes y el contador manejan a su conveniencia el dinero municipal, a veces sin aprobación ni conocimiento de los regidores ni de la ciudadanía, pero apoyados por sus allegados que los rodean; es decir, dueño y amo, como «el tuerto es rey en la tierra de los ciegos».
Estos personajes, no cumplen las obras que les pide el pueblo, sino la que les conviene y maquillan los montos de inversiones en supuestas «obras» y remiten sus informes a la Contraloría haciendo aparecer como «obras» culminadas y liquidadas, cuando en realidad no han movido una sola piedra.

SUPUESTA OBRA DEL «PUENTE HUAYO» SIMBOLIZA LA MENTIRA DEL ALCALDE
Ante tantas mentiras y engaños, bien podríamos decir que, para muestra basta un botón. En su anterior gestión en 2008; el alcalde provincial, Diómedes Dionisio Inga y regidores aprobaron y presupuestaron la construcción del Puente Huayo que se ubica en el distrito de Omas, pasaron los años, se reeligió el alcalde en ejercicio, pero no se ha construido dicho puente; hasta que recién por denuncia penal en su contra iniciada el año pasado ante el Juzgado de Yauyos, se estaría ejecutando el trabajo en mención, ya conocido ampliamente como «el puente fantasma»; incluso mencionan que los planos de construcción eran de otra obra ejecutada en otra región. Esta realidad que se ventila ante el Poder Judicial, nos ilustra la manera como funciona la municipalidad provincial de Yauyos, por tanto las municipalidades distritales en su mayoría son hilos de la misma madeja, porque pertenecen a los engranajes corruptos y cuestionados de «La Familia» y el «Torito».

ALCALDES CANDIDATOS A LA REVOCATORIA APARENTAN LO CONTRARIO DE SU ARROGANCIA
Los alcaldes que tienen el camino llano hacia la revocatoria, vencido por el temor y la desesperación se han visto obligados a bajar de sus nubes y congraciarse con los ciudadanos sufragantes de su comunidad, y ahora aparentan que son humildes, atentos y ofrecen realizar obras de inesperada envergadura, como ha planteado el alcalde provincial la pronta construcción de la sede de salud de Yauyos, un edificio de cuatro pisos con ascensor, conforme declaró en una reciente entrevista periodística. Este ofrecimiento tal vez sea simplemente una promesa para ablandar el sentimiento y los corazones de los drásticos revocadores yauyinos, pero no se salvará de la sentencia de las ánforas, porque ya se piensa que dicha proyectada construcción podría resultar similar al Puente Huayo.

ALCALDES SIEMPRE GANAN CON VOTACIÓN COMPRADA DE LOS «GOLONDRINOS» DE LA COSTA
Muchos se preguntarán, si los candidatos no merecen o los alcaldes trabajan mal, ¿cómo es que ganan en la votación?. Primeramente, la escasa población electoral en los distritos permite que los avivatos ya sean candidatos o ejercen el cargo de alcalde con destino a la revocatoria, tratan de convencer fácilmente a su favor bajo cualquier ofrecimiento o dádivas casi insignificantes. Por ejemplo, los distritos de mayor población electoral son: Viñac, con 1578 votantes; Chocos con 1169 electores; Catahuasi con 1071 votantes; en cuanto a los que tienen menores electores son: Cochas con 140 votantes; San Joaquín con 196 sufragantes y Miraflores con 270 electores. Por esta razón y para asegurar su triunfo contratan, previo pago, a veintenas de electores «golondrinos» que son gente desocupadas naturales de Lima, Cañete y Chincha, que no tienen ninguna vinculación ni siquiera conocen la localidad donde va a cumplir el acto de votación.
En esta oportunidad de la revocatoria, los candidatos a la revocatoria cumplirán estrictamente esta modalidad de patraña como siempre engañando y alterando la voluntad del pueblo; aparte que estos mismos alcaldes a través de sus lacayos serviles han mandado a comprar numerosos kits para crear confusión, desconcierto y dudas en la población a fin de no desprenderse de la mamadera municipal.

EL 10 DE FEBRERO SE LLEVARÁ A CABO AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

Mediante Acuerdo de Concejo, se dispuso modificar la fecha para la realización de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas correspondiente al año 2011, que brindará el alcalde a la ciudadanía del distrito de Imperial.
El pleno aprobó, por mayoría, que se lleve a cabo el próximo viernes 10 de febrero a partir de las 5:30 en la plaza de armas de nuestro distrito.
La audiencia pública se realizará en fiel cumplimiento a la Ley Nº 28056 con la finalidad de rendir cuenta de manera periódica, ante las instancias del presupuesto participativo, sobre los avances de los acuerdos logrados en la programación participativa así como del presupuesto total de la entidad y los avances, logros, dificultades y perspectivas de la Gestión.
La participación de la sociedad civil está garantizada así como del Concejo de Coordinación Local Distrital, el comité de Vigilancia y Control, organizaciones de base, agentes municipales y todo ciudadano que deberá registrarse previamente portando su DNI.
La acreditación de los participantes se realizará hasta el mismo día de la audiencia ante la jefatura de participación vecinal. Cabe precisar que será permitida la intervención cuando previamente se haya inscrito y deberá estar referida al tema de la Agenda.

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA REALIZARÁ «I SEMINARIO REGIONAL DE OPERACIÓN, CONTROL Y MANTENIMIENTO DE PISCINAS PÚBLICAS Y PRIVADAS DE USO COLECTIVO»

El Gobierno Regional de Lima a través de la Dirección Regional de Salud, como parte de la Campaña Regional de Verano Saludable 2012, realizará el día de hoy, martes 24 de enero, en el Auditorio del Gran Hotel La Villa del distrito de Santa María – Huaura (Av. Félix B. Cárdenas Nº 196), a partir de las 9:00 a.m. el «I Seminario Regional de Operación, Control y Mantenimiento de Piscinas Públicas y Privadas de Uso Colectivo».
El seminario organizado por la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental de la DIRESA – LIMA, está dirigido a los propietarios, administradores, operadores, personal encargado de la vigilancia de piscinas y otros participantes que se encuentren inmersos en dicha actividad; con el objetivo de proteger la salud de los usuarios y fortalecer la calidad sanitaria de dichos centros de esparcimiento, garantizando las buenas prácticas en el manejo del agua, para que no conlleven a riesgos en la salud de los usuarios.
En tal sentido el Director Regional de Salud, Dr. Marco Antonio Montoya Cieza; informó que un 31.10% de las piscinas de la Región Lima, cuentan con Aprobación de Proyecto de Piscinas, realizando la vigilancia sanitaria permanente, para poder realizar las calificaciones sanitarias.
Asimismo precisó que el 19 y 20 de enero del presente, se realizó un Operativo Conjunto con la Fiscalía de Prevención del Delito en Materia Ambiental de Huaura, la Municipalidad Provincial de Huaura y la Municipalidad Distrital de Santa María, interviniendo un total de 14 establecimientos que cuentan con piscinas, de las cuales 06 se encuentran en óptimas condiciones, 03 ubicadas en el Distrito de Santa María (Hotel Kajaca, Restaurant Huaranguito y el Gran Hotel La Villa) y 03 en el distrito de Huacho (I.E.P. Nuestra Señora de la Merced, Club Tennis y el Hotel Centenario).
«A todas las piscinas que califiquen como Saludable se les otorgará el Sticker de «PISCINA SALUDABLE», con el cual el usuario puede identificar cuando esta apta para su uso. Por lo tanto, toda piscina que no cuente con el Sticker de Piscina Saludable, se encuentra en condición de evaluación por presentar deficiencias o simplemente no son saludables para su funcionamiento», señaló el Dr. Marco Montoya.
Finalmente indicó que es bueno saber que una escasa o excesiva cloración del agua, su falta de renovación y el exceso de temperatura son los principales causantes de una deficiente calidad del agua de las piscinas. Así también la presencia de microorganismos, en el caso de resultar patógenos, se convierte en focos infecciosos capaces de provocar otitis, conjuntivitis y enfermedades a la piel.
PISCINAS DE LA REGION LIMA...Cabe precisar que en Barranca hay 18 piscinas, y 2 están en proyecto; en Huaura, son 24 las existentes, y 14 con proyecto aprobado; en Huaral, son 21 y 9 tienen proyecto aprobado; en Huarochiri, son 26 las existentes, y 8 con proyecto aprobado; mientras que en Cañete son 36 y 8 cuentan con proyecto aprobado; y finalmente hay 7 piscinas en Canta. En total son 132 piscinas existentes y 41 cuentan con proyecto aprobado.

ALCALDESA PROVINCIAL ENTREGÓ TÍTULOS DE PROPIEDAD A FAMILIAS DE NUEVO IMPERIAL, LUNAHUANÁ Y PACARÁN

Más de ciento sesenta familias de los distritos de Nuevo Imperial, Lunahuaná y Pacarán; recibieron de manos de la alcaldesa de Cañete sus títulos de propiedad.
Este acto se llevó a cabo el fin de semana en la plaza de armas del distrito de Pacarán, donde se hizo entrega de 74 títulos de propiedad, haciendo realidad este ansiado documento que les permite acceder a créditos financieros, y poder construir su vivienda, brindando las comodidades de vida para sus hijos.
«Hoy estamos en Pacarán, haciendo entrega de estos títulos de propiedad; hemos estado en Carmen Alto y Pueblo Nuevo de Conta (Roma), haciendo entrega de los títulos de propiedad que se gestionó ante el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI» manifestó Montoya Conde.
Una de las beneficiarias, agradeció a la alcaldesa provincial por la entrega de su título de propiedad habiendo esperado más de 20 años para poder contar con este documento.
De igual formal, se entregó 52 títulos de propiedad a la población de Lunahuaná, 10 títulos en el Centro Poblado Carmen Alto y 25 en Pueblo Nuevo de Conta (Nuevo Imperial).

DIRECTOR DE LA DRELP ES JUEZ Y PARTE EN CONVENIO POR 5 AÑOS CON LA CANTUTA PARA LA ELABORACION DE LA PRUEBA REGIONAL

El principal responsable de lo sucedido el último domingo con la anulación de la Prueba Única Regional de Contrato Docente 2012, en la provincia de Huaura, es el actual Director de la DRELP, RICARDO DOLORIER URBANO.
EL firmó con la Universidad Nacional Enrique Guzmán y Valle «La Cantuta», un convenio por 5 años y lo hizo a nombre de la Dirección Regional de Educación, para la elaboración de las pruebas para contrato docente.
DOLORIER ES DOCENTE DE LA ESCUELA DE POST GRADO DE LA CANTUTARicardo Dolorier es profesor titular de la escuela de post Grado de la mencionada universidad y ha sido profesor por largos años, siendo actualmente, además, pensionista de la misma.
Esto es sin duda, un conflicto evidente de intereses y debería de ser investigado no solo por existir una relación entre el director y la Universidad, sino porque ya es reiterativo el escándalo, pues lo mismo sucedió el año pasado, en la que Dolorier al ser acorralado por los docentes, amenazó renunciar y no lo hizo.
Pero no es el único, es voz populi que quien manda en la Drelp no es precisamente Dolorier, sino el asesor legal DANIEL CORDOVA PAUCAR, pues según los denunciantes no se hace nada sin su consentimiento y a cada acto que ordena, siempre menciona ser de absoluta confianza del presidente regional. Este sujeto la última semana tuvo encuentros con algunos periodistas huachanos y cañetanos, aduciendo que sería el próximo Director Regional de Educación.
NOMBRAMIENTOS ILEGALES EN LA DRELP Y NADIE HACE NI DICE NADAEs altamente escandaloso por ejemplo, que el chofer personal de Dolorier fuera NOMBRADO a fines del 2011, entre gallos y medianoche, sin tener el perfil requerido y lo que es más grave es que este chofer tiene medida cautelar del poder judicial. ¿Es Córdova abogado?.. Bueno eso es lo que dice y por lo que fue contratado, aunque no lo parece.
Pero no es el único nombramiento sospechoso, a principios del 2011, Córdova fue el principal interesado en el nombramiento entre otros de la actual jefe de personal SILVIA NICHO, que no cuenta con el perfil para ese cargo, por tener como profesión la de ingeniera de sistemas. Este nombramiento fue un escándalo, y fue ratificado increíblemente por el gobierno regional, en la que dice Córdova tiene mucho poder. Este caso se encuentra denunciado ante el Poder Judicial.
DENUNCIAN QUE LAS CLAVES ESTABAN SIENDO OFRECIDAS Pero el cuestionamiento del magisterio del norte chico, no ha sido por el malestar y disconformidad con la Universidad Nacional Enrique Guzmán y Valle «La Cantuta», por la entrega tardía de la prueba escrita que debían rendir los docentes el domingo 22 de enero, en el marco del proceso «Contratación Docente 2012», sino porque según los denunciante, las claves de la prueba se estaban vendiendo en 300 y 400 soles, a vista y paciencia de los veedores.
¿POR QUÉ EL SILENCIO CÓMPLICE DE LOS CONSEJEROS REGIONALES?La falta de garantía de imparcialidad del examen, hizo que los docentes protestaran y exigieran la presencia de Dolorier, que se encontraba muy campante en la ciudad de Cañete. Otro de los responsables son los integrantes del «Comité de Supervisión, Evaluación de Contrato Docente 2012», quienes ante el reclamo airado de los docentes no le quedo otra cosa que suspender el examen hasta nuevo aviso, pero que tampoco garantiza en el futuro, que hechos de esta naturaleza vuelvan a ocurrir. Esta denuncia quedo sin fundamento.
55 MIL SOLES SE LE PAGO A LA CANTUTA PARA QUE ELABORE PRUEBA REGIONAL QUE ENTREGO TARDIAMENTEEl costo para la elaboración del mencionado cuestionario de la prueba regional bordea la suma de S/. 55,000 mil nuevos soles, que también es un escándalo porque años atrás, la universidad La Católica cobraba entre 15 y 20 mil soles y jamás ocurrieron escándalos, como la de los últimos 2 años.
La Drelp ha anunciado el inicio de acciones legales contra la Universidad Nacional Enrique Guzmán y Valle «La Cantuta» por el incumplimiento del convenio que tiene por 5 años. Pero eso no remediara el daño ocasionado a los maestros de esta parte de la región Lima
SUPER ASESORES AL DESCUBIERTONo entendemos el alto poder que tiene los asesores en las direcciones regionales, pero no solo es el caso del súper asesor DANIEL CORDOVA PAUCAR en la Drelp, pues en la Dirección Regional de Agricultura también existe otro súper asesor, que es el señor JOSE ANTONIO BOUCHER BOADA que también hace y deshace impunemente. Y ambos han demostrado ser más limitados que los mismos directores, ¿Quién o quiénes son sus padrinos?...debemos agregar que somos nosotros los que les pagamos sus gustos y altísimos sueldos.
¿Es necesaria la contratación de súper asesores, que ganan millonarios sueldos al mes?...creemos que no, si los Directores regionales son capaces, salvo que solo estén allí como títeres.

DIOMEDES DIONISIO INGA EN AUDIENCIA JUDICIAL DIJO NO RECORDAR FAENÓN DE ULISES RODRÍGUEZ

Llego confiado a la audiencia en la sala penal liquidadora de la Corte Superior De Justicia De Cañete como testigo en el caso que se le sigue a Ulises Rodríguez Lázaro por la compra de una camioneta, un tractor oruga y la construcción del coliseo cerrado.
Sus gestos en el interrogatorio dejaron entrever muchas cosas y habría existido una complicidad para delinquir cuando fue tesorero en la corporación edil provincial de Yauyos hasta setiembre de 1998.
El fiscal superior Dr. Domingo Jesús Mavila Salón fue el primero en interrogarlo y las respuestas ingenuas denotaban su falta de respeto a la judicatura presente. De otro lado la defensa se preparaba con la arremetida para que no caiga en la trampa. Las objeciones dieron frutos en las preguntas formuladas por el representante del ministerio público. Los vocales tuvieron que intervenir y pedir que se reformulen en más de tres oportunidades las preguntas. Las respuestas esta vez fueron por parte de Diomedes Dionisio Inga en un «no recuerdo», si así como lo leen no recuerda nada.
La defensa de Ulises Rodríguez trato de llevar el interrogatorio para no implicar a su patrocinado en algún ilícito pero esta vez a la primera pregunta la objeción llego por Mavila Salón y la defensa titubea y reconsidera en más de 7 oportunidades a los vocales su pregunta por cuanto Diomedes Dionisio Inga no recordaba nada.
Los vocales fueron más directos y le agradecieron su presencia. Se retiro sudoroso y presuroso con su asesor legal a la calle asustado y mortificado por las fotos que le hicimos y la filmación de la audiencia.
El actual alcalde de Yauyos desde un inicio de la audiencia se encontró fastidiado con nuestra presencia y solo su conciencia lo sabe por qué nunca encuentra respuesta a nuestras interrogantes objetivas. Su petulancia y omnipotencia siempre le valieron para evadir nuestras preguntas pero algún día lo teníamos que encontrar en aprietos y así fue.
Los yauyinos deben saber que en la declaración testimonial del alcalde provincial de Yauyos por los delitos CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, MALVERSACIÓN DE FONDOS EN AGRAVIO DEL ESTADO, su declaración fue risible por que dijo que no recordaba los pagos que realizaba y que en más de 20 veces preciso que solo obedecía a su inmediato superior(el cual nunca decía quien era) y en el colmo de la paciencia no recordó cuantas obras pago cuando fue tesorero en la primera gestión edil de Ulises Rodríguez. No recordaba si realizaban gestiones de préstamo al banco de la nación (¿Qué clase de tesorero tenia la municipalidad?), no recordaba cuanto pago por el tractor oruga, no recordaba cuanto pago por la camioneta, no recordaba cuanto se pago por la construcción del coliseo y en el colmo de la administración edil cuando recibió el cargo de tesorero fue por parte del administrador y cuando hizo entrega del mismo no lo dio su sucesor sino más bien al administrador. ¿Al parecer desconocía de administración municipal y a quien se hace entrega de cargo?
Este es el alcalde de los yauyinos, inflado por su prensa portátil como el mejor alcalde en la región, que es esquivo para hablar del Puente Huayo con nosotros, de los superfaroles de la plaza de Yauyos y que no refleja en que ha gastado los 63 millones de nuevos soles en obras de impacto en el 2011.

AGRICULTORES DE PACARÁN Y LUNAHUANÁ RECIBIERON CEMENTO PARA EL REVESTIMIENTO DE CANALES DE REGADÍO

Más de 1500 bolsas de cemento entregó el Sr. Presidente del Gobierno Regional de lima Javier Alvarado Gonzales del Valle a los agricultores de los distritos de Pacarán y Lunahuaná en Cañete.
En esta oportunidad se revestirán más de 1500 metros lineales de canales de regadío gracias a las coordinaciones que se realizan con las municipalidades, la junta de regantes y la población organizada en el marco del programa regional de mantenimiento de infraestructura menor de riego, beneficiando a los pueblos de la Región Lima.
Visiblemente emocionado el alcalde anfitrión Luis Alberto Conislla Jara de Lunahuaná y Roosevelt Avalos Gálvez de Pacarán, los agricultores Elvis Vicente Luyo y Jorge Quiroz de Uchupampa y Romaní respectivamente, recibieron de manos del presidente regional las bolsas de cemento en una ceremonia desarrollada en la plaza de armas de la bondadosa y turística Lunahuaná.
«Es un honor para mí retornar a mi tierra, como hijo de este gran distrito, de esta gran provincia que es Cañete, que es parte de la Región Lima. Queridos hermanos vengo a honrar mi palabra, el primer lote de 1500 bolsas de cemento se entregaran hoy a los hermanos agricultores, hemos batido todo un record histórico a nivel de todas las regiones del país, 70 mil bolsas de cemento hemos entregado y más de 50 mil metros lineales de canales revestidos con el apoyo de las comunas locales y la mano de obra de los agricultores en una tarea conjunta con el Gobierno Regional de Lima», enfatizó el presidente Javier Alvarado.
La ceremonia contó con la participación de la alcaldesa de la provincia de Cañete Maria Montoya Conde, la consejera regional Dra. Liliana Torres Castillo, la presidenta de la corte superior de justicia de Cañete Dra. Luz Roque Montecillo, la gobernadora del distrito Margarita Rivas Rodríguez, el Dr. Pedro Mascaro director de la maternidad de Lima, los ex alcaldes de Lunahuaná Manuel Sánchez Jara, Dra. Elizabeth Canales de Mascaro, Lic. Ovidio Espinoza Escajadillo, Manuel Sanchez Mateo, Daniel de la Cruz Basurto, el ex alcalde de Cañete José Espinoza Peña, gerentes y directores del Gobierno Regional de Lima, agricultores y pobladores de la localidad.

REGION LIMA INAUGURARA ASFALTADO DE CARRETERA CHURIN - OYON...

El 5 de febrero se inaugurará el asfaltado del tramo carretero Churín-Oyón, construido con una inversión de más de 90 millones de soles, anunció hoy el presidente regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales del Valle.
La obra contó con la participación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el gobierno regional, municipalidad provincial de Oyón, la empresa privada y las comunidades campesinas.
La vía permitirá incrementar significativamente el flujo turístico hacia los baños termales de Churín, considerado de propiedades curativas.
Alvarado indicó que la inauguración fue una de las conclusiones del foro «Nuevo corredor económico Perú–Brasil», realizado recientemente en Cañete.
Dijo que durante el certamen también se presentaron las oportunidades de negocio y mejora de la calidad de vida a la población por donde atravesará la vía Cañete–Huaura–Sayán–Churín–Oyón–Yanahuanca–Ambo–Pucallpa–Cruzeiro do Sul (Brasil).
Alvarado dijo que con esta obra vial las regiones Lima, Pasco y Huánuco tendrán acceso a Brasil, la sexta economía del mundo y un mercado más amplio que el peruano para comercializar sus productos.
La jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. Nº 662-2012, Felipe Fredy Maldonado Ore, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 58, folio 168, año 1935, en el extremo que se consigna como nombre de la madre del titular FELIPE MALDONADO y MARIA ORE, siendo lo correcto: FELIPE MALDONADO DELGADO y MARIA ORE SANCHEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 23 de Enero de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. Nº 660-2012, Oscar Raul Maldonado Ore, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 50, folio 47, año 1931, en el extremo que se consigna como nombre de la madre del titular MARIA ORE MALDONADO; siendo lo correcto MARIA ORE SANCHEZ. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 23 de Enero de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. Nº 661-2012, Mario Fernando Maldonado Ore, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 54, folio 47, año 1933, en el extremo que se consigna como nombre de los padres del titular FELIPE MALDONADO y MARIA ORE siendo lo correcto FELIPE MALDONADO DELGADO y MARIA ORE SANCHEZ. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 23 de Enero de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. Nº 301-2012, Pedro Benito Villalobos Carbonero, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 86, folio 110, año 1947, en el extremo que se consigna como nombre de los padres del titular PEDRO VILLALOBOS e YNOCENTA CARBONERO; siendo lo correcto PEDRO VILLALOBOS BORJAS e YNOCENTA CARBONERO SANCHEZ. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 23 de Enero de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRIMER JUZGADO MIXTO DE CAÑETE
EDICTO JUDICIAL
Expediente Nº 2007-078- Por ante el Primer Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y CUATRO.- Cañete siete de Octubre del año 2011 (…) EMPLAZAR a la sucesión de don FIDEL ANASTACIO CASAS YACTAYO. Para que en el plazo máximo de TREINTA DÍAS de notificados por EDICTOS comparezcan al proceso, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE UN CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento (…) PUBLÍQUESE en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario «Matices» de esta localidad un extracto de la presente resolución (TREINTA Y CUATRO); por TRES VECES con intervalo de TRES DÍAS. José De la Cruz Vargas Juez; Fdo. Carlos Coñes Falcón Secretario Judicial. Cañete, 10 de Enero de 2012.
Carlos Coñes Falcón - Secretario Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete - Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 12, 18 y 24 de Enero.
EDICTO PENAL
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Flores; Comunica y emplaza :
EXP.-251-2011-36;
TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Solano; Ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.-009-2011-24;
EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Martínez; Cita, Llama y emplaza:
EXP.-2000-1837
Por un día.

EDICTOS
EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA; Juez: Castillo; Cita, Llama y emplaza:
EXP. 2009-0329
EXP. 2007-161
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE YAUYOS: Juez: Vargas; ha ordenado:
EXP.-2010-010-CSJCÑ-PJ-EJ-01-JPU-MPY; resolución 01 de 06-01-12, dispone: CITAR A JUICIO ORAL, al imputado: LUIS TAYLOR CHUQUISPUMA RAMOS, en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Yauyos; Día: 27.01.2012, Horas: 03:00 p.m., se dispone formar el Expediente Judicial y el cuaderno de debates, pongase en secretaria a disposición de los sujetos procesales el Expediente Judicial por el plazo de cinco Días. Asistente: Ampuero. 06.01.2012.
EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Guevara; ha publicar:
EXP.-2010-01090; en el proceso contra DINER VIDAL ANDRES AVALOS, por VIOLENCIA FAMILIAR; agraviada: Brighit Carola Andres Gallardo (08 años), representada por su madre Santa Isabella Gallardo Medina; resolución 14 de 06-01-2012, RESUELVE; SEÑALAR nueva fecha para la realización de la AUDIENCIA UNICA, Día: 27.01.2012, Horas: 09:00 a.m., con citación de las partes, NOTIFICAR y emplácese a la menor agraviada representada por su madre, mediante EDICTOS. Secretario: Claudio. 06.01.2012.
EXP.-2011-127; Cita, llama y emplaza a la agraviada: Ana Maria Martínez Cullas; resolución 27 de 22-11-11, RESUELVE: DECLARANDO RESPONSABLES a los adolescentes investigados: G.E.Y.C.(15) Y C.L.A.T.(15) en la INFRACCION: Contra el Patrimonio-Hurto Agravado en el Grado de Tentativa; IMPONGO LA MEDIDA SOCIOEDUCATIVA DE PRESTACION DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de SEIS MESES; FIJO: la suma de S/.250.00 Nuevos Soles por REPARACION CIVIL, la cual pagaran los sentenciados en forma equitativa y solidaria con sus padres a favor de la agraviada; Secretaria: Claudio. Cañete: 11.01.2012
Publicar: 21, 23 y 24 de Enero
; a LEONARDO MIGUEL PISETSKY BOCCARDI, para lectura de sentencia Día 08.02.2012 a horas 10:15 a.m.. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordénese su ubicación y captura, en caso de inconcurrencia delito: Contra la Fe Publica-FALSIFICACION DE DOCUMENTO-USO DE DOCUMENTO FALSO; Agraviado: Ministerio de Transporte y Comunicaciones. Secretario: Cáceda. Cañete, 21.12.2011
; a ELMER PEDRO PALOMINO TOLENTINO, para lectura de sentencia Día 08.02.2012 a horas 09:45 a.m. fecha en que se atenderá por ser este Órgano de Emergencia y Liquidador; Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordénese su ubicación y captura, en caso de inconcurrencia Delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud-Homicidio Culposo; Agraviado; Albero Otahi Ramírez Palomino. Secretario: Cáceda. Mala, 29.12.2011
EDICTOS PENALES
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente: Dr. Martínez; Cita, llama y emplaza a los siguientes procesados para que se apersonen a la Sala de Audiencia:
EXP.-2009-700;
EXP.-2010-0125;
EXP.-2010-0049;
EXP.-2010-0157;
EXP.-2010-200;
EXP.-2010-0170;
EXP.-2010-0039;
EXP.-2010-139;
EXP.-2008-0898;
EXP.-2010-0174;
EXP.-2004-0553;
EXP.-2009-0092;
EXP.-2007-0395;
EXP.-1997-0068;
EXP.-2010-119;
EXP.-2010-156;
21, 23 y 24 de Enero.
a MONTES ANYAIPOMA ANTONIO AURELIO, para que se ponga a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra, delito PECULADO agraviado: Estado peruano y Otro. Sec. Miranda. Cañete 13.01.12
a MOISES IVAN QUISPE VILLALBA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviada: menor de edad con identidad reservada. Sec. Miranda. Cañete 16.01.12
a ARAUJO HUAMAN CARLOS ALBERTO, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Robo Agravado, agraviado Jaime Palacios Yance y Otro. Sec. Miranda. Cañete 13.01.12
a CANDELA CHAVEZ JOSE ANGEL, Día 07.03.2012 a horas 09:30 a.m. Delito: Violación Sexual, agraviada: menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de declararse Reo Contumaz y Ordenar su Ubicación y Captura. Sec. Miranda. Cañete 16.01.12
a ALEXI WALDIR ROJAS CHANCA, A efectos que se apersone a la Sala de Audiencia, Día 07.03.2012 a horas 09:00 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual agraviada: menor con identidad reservada. Bajo apercibimiento de declararse Reo Contumaz y Ordenar su Ubicación y Captura. Sec. Miranda. Cañete 16.01.12
a RUFINO YACTAYO LUYO, WILFREDO FEBRES MEDINA, JOSE REYNALDO POZO Y JULIO CESAR HUAMAN TAYPE, Día 06.03.2012 a horas 11:00 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado y Otro agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declararse Reo Contumaz y Ordenar su Ubicación y Captura. Sec. Miranda. Cañete 16.03.12
a ERNESTO RAMIRO CASTILLO HUALLULLO, Día 06.03.2012 a horas 10:45 a.m. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado, agraviado: Julián Albino Huamani Malpica. Bajo apercibimiento de revocarse la comparecencia restringida y dictarse mandato de detención. Sec. Miranda. Cañete 16.01.12
a EDUARDO ROBERTO MARQUEZ HILARIO, Día 06.03.2012 a horas 10:30 a.m. Delito: Contra Libertad-Violación de la Libertad Sexual; agraviado: menor: K.M.L. Bajo apercibimiento de declararse Reo Contumaz y Ordenar su Ubicación y Captura. Sec. Miranda. Cañete 16.01.12
a MARCO ANTONIO CHAVEZ ARRANTE, Día 06.03.2012 a horas 10:15 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado Doloso, agraviado Estado Peruano y Otro. Bajo apercibimiento de declararse Reo Contumaz y Ordenar su Ubicación y Captura. Sec. Miranda. Cañete 16.01.12
a MIRIAN LEONOR ORELLANA FLORES Y ABAD DOMINGO ORELLANA FLORES, Día 06.03.2012 a horas 10:00 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado; agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declararse Reo Contumaz y Ordenar su Ubicación y Captura. Sec. Miranda. Cañete 16.01.12
a LEONEL CALIXTRO REYES, ALEJANDRO MANOLO REVEROS TOVAR, ELVER CALIXTRO REYES Y LIUBER JHON SOLIS RAMOS, Día 06.03.2012 a horas 09:45 a.m. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado, agraviado: Oscar Arismendiz Martínez y Otro; Bajo apercibimiento de declararse Reo Contumaz y Ordenar su Ubicación y Captura. Sec. Miranda. Cañete 16.01.12
a EMILIANO ESTEBAN CANALES FERNANDEZ, Día 06.03.2012 a horas 09:30 a.m. Delito: Contra la Libertad-Violación de la Libertad Sexual en agravio de menor con identidad reservada. Sec. Miranda. Cañete 16.01.12
a HERNANDO LEON CLEMENTE DE LA CRUZ Y CARLOS ALBERTO SANCHEZ VICENTE, Día 06.03.2012 a horas 09:15 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado Doloso, agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declararse Reo Contumaz y Ordenar su Ubicación y Captura. Sec. Miranda. Cañete 16.01.12
a WENCESLAO ARBIZU REYNOSO, Día 24.01.2012 a horas 09:45 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado; agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declararse Reo Contumaz y Ordenar su Ubicación y Captura. Sec. Miranda. Cañete 13.01.12
a JOSE ACEVEDO TOLENTINO, Día 24.01.2012 a horas 09:30 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado; agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declararse Reo Contumaz y Ordenar su Ubicación y Captura. Sec. Miranda. Cañete 13.01.12
a JAIME SANTOS SALAZAR GAMBOA Y CARLOS ALBERTO CAVERO SALAZAR; Día 24.01.2012 a horas 09:15 a.m.; Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado con Sub-secuente de Lesiones y Receptación. Agraviado; Ronald Moisés Vicente Guevara y Otro. Bajo apercibimiento de declararse Reo Contumaz y Ordenar su Ubicación y Captura. Sec. Miranda. Cañete 13.01.12
; a SONIA FABUSTA MARAVI DE VELASQUEZ, DONATO QUISPE JERONIMO, CIRO ELIUD VELAQUEZ HERRERA, VICENTE CONSTANTINO GAVINO VIVAS, LIBER OSCAR HERRERA INGA Y PAULINO BALLON VELASQUEZ QUISPE, para que se ponga a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra; Delito: Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud-Asesinato; agraviado: Sergio Benjamín Vilchez y Otros; Secretario: Miranda Cañete, 09.01.2012
Resol 06. Comunica a JUAN CARLOS LIMACHI CHILJE que ha sido declarado Reo Contumaz y ordenado su ubicación y captura. Se emplaza para que se ponga a derecho para Audiencia de Juicio Oral. Delito; Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviada; Menor: MCLF. Especialista Alvarado Huari .
a CARLOS OSCAR SAIRE SUSAYA, para Audiencia de Juicio Oral , Día: 26.01.2012, Hora: 14:45 p.m.; bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz o Ausente y ordenar su ubicación y captura; Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; agraviado: menor CRSS. Representada por su madre Ángela Luzmila Salazar Quispe. Especialista Alvarado. Cañete 20.01.2012

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