12 julio 2018

MDI EMITE ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO INTERNO DE ADMNISTRACION Y FUNCIONES DEL CEMENTERIO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE IMPERIAL



MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

ORDENANZA MUNICIPAL N°012-2018-MDI

Imperial, 03 de Julio de 2018

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE IMPERIAL-CAÑETE

POR CUANTO.-
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha 28 de Junio del año 2018, con el voto por Unanimidad de los Regidores Distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972; y,

VISTO.-
El Proyecto de Ordenanza Municipal, de fecha 20 de octubre de 2017 presentado por el Regidor Abog. Robert Paúl Quiroz Vicente que modifica el «Reglamento Interno de Administración y Funciones del Cementerio Municipal del Distrito de Imperial», aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº012-2015-MDI, Informe Nº044-2018-SGRCyC-MDI, de la Sub Gerencia de Registro Civil, Informe Nº 003-2018-AS.JUR/MDI Asesor Legal de la MDI y Dictámenes de la Comisión de Asuntos Legales y Asentamientos Humanos y de la Comisión de Población, Salud, Saneamiento y Medio Ambiente.

CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo previsto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, prescribe que las municipalidades provinciales y distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 1º de la Ley Nº 26298 – Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, las municipalidades distritales están facultadas para administrar cementerios y prestar servicios funerarios en general, de acuerdo con las normas de la citada ley, su Reglamento y el Código Sanitario;

Que, en virtud de la mencionada Ley la Municipalidad Distrital de Imperial es la administradora del Cementerio Municipal y está facultada para prestar servicios funerarios en general, y para llevar a cabo esa función se ha provisto de un «Reglamento Interno de Administración y Funciones del Cementerio Municipal del Distrito de Imperial», aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº012-2015-MDI;

Que, el Reglamento Interno de Administración y Funciones del Cementerio Municipal del Distrito de Imperial requiere de algunas modificaciones, a fin de lograr que sea una adecuada herramienta normativa.

Que, el artículo 9º numeral 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece como atribuciones del Concejo Municipal la de aprobar, modificar o derogar ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº27972, el Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD de sus miembros aprobó lo siguiente;

ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO INTERNO DE ADMNISTRACION Y FUNCIONES DEL CEMENTERIO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE IMPERIAL

ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR el numeral 7 del Capítulo II del Título I, artículo 14º, artículo 26º y artículo 27º del Reglamento Interno de Administración y Funciones del Cementerio Municipal del Distrito de Imperial, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº012-2015-MDI, con el siguiente texto:

CAPITULO II
DEFINICIONES
(…)
7) Sepulturas en tierra.- Son las que permite el entierro del cadáver bajo tierra. Las dimensiones son las mismas que la de los nichos.
(…)»

«Artículo 14º.- El Cementerio Municipal del Distrito de Imperial atenderá al público de lunes a domingo desde las 8:00 am hasta las 6:00 pm.»

«Artículo 26.- Autorización para entierro gratuito
Para el entierro gratuito se requerirá informe social de la Asistenta Social de la Municipalidad sobre la situación socio-económica del occiso, verificando su situación de extrema pobreza y su clasificación como familia de extrema pobreza en el SISFOH, así como su condición de poblador de la jurisdicción del Distrito de Imperial, debiendo remitir su informe a la Sub Gerencia de Registro Civil y Cementerio, bajo responsabilidad funcional.
La autorización será otorgada por la Gerencia de Servicios Públicos, quien comunicará a la Sub Gerencia de Registro Civil y Cementerios para su ejecución.»
«Artículo 27º.- Autorización para venta con fraccionamiento de pago
Podrá venderse los nichos con fraccionamiento de pago a las personas que se encuentren en situación de pobreza o necesidad, y que no estén adeudando las cuotas de un fraccionamiento anterior por la adquisición de nicho. La autorización será otorgada por la Sub Gerencia de Registro Civil y Cementerio, debiendo el administrado presentar copia de los siguientes requisitos: DNI del titular de la deuda, Partida de defunción, DNI del difunto, DNI del aval y el Recibo de pago de la inicial equivalente al 50% del valor del nicho. El saldo se podrá fraccionar hasta en cuatro (4) armadas o cuotas mensuales, según sea la situación socio-económica o necesidad del administrado.
En caso de incumplimiento del pago de las cuotas del fraccionamiento, se procederá conforme a lo estipulado en el artículo 17º del presente Reglamento, previo requerimiento de pago.»

ARTÍCULO SEGUNDO.- INCLUIR un segundo párrafo al artículo 25º del Reglamento Interno de Administración y Funciones del Cementerio Municipal del Distrito de Imperial, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº012-2015-MDI, con el siguiente texto:

«Artículo 25º.- (…)
El Administrador del Cementerio Municipal deberá informar a la Sub Gerencia de Registro Civil y Cementerio si de la totalidad de sepulturas existentes se ha cubierto el 5% de éstas, a fin de evitar cesiones gratuitas indebidas que afecten el patrimonio municipal.»

ARTÍCULO TERCERO.- DEROGAR el inciso k) del artículo 5º y SUSTITUIR el inciso j) del mismo artículo y el primer párrafo del artículo 8º del Reglamento Interno de Administración y Funciones del Cementerio Municipal del Distrito de Imperial, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº012-2015-MDI, con el siguiente texto:

«Artículo 5º.- Funciones
Las funciones que deben cumplir la Sub Gerencia de Registro Civil y Cementerio, son las siguientes:
(…)
j) Autorizar la venta de nichos para traslado, solo cuando el administrado presente la siguiente documentación: Autorización sanitaria, copia del DNI del administrado solicitante y del difunto, copia del certificado o acta de defunción, y recibo del derecho de traslado.»

«ARTÌCULO 8º.- Funciones del Administrador del Cementerio Municipal
El administrador dependerá de la Sub Gerencia de Registro Civil y Cementerio, tendrá las siguientes funciones:
a) Implementar, supervisar y controlar el correcto llenado de los siguientes Libros:
1. Libro de Registro de Sepultaciones y lugar de inhumación de adultos.- Contendrá los siguientes datos: fecha, datos del occiso, causa de muerte, nombre del Pabellón, número de fila y número de nicho, número de recibo de pago del derecho de adquisición.
2. Libro de Registro de Sepultaciones y lugar de inhumación de infantes.- Contendrá los siguientes datos: fecha, datos del occiso, causa de muerte, nombre del Pabellón, número de fila y número de nicho, número de recibo de pago del derecho de adquisición.
3. Libro de Exhumaciones y Traslados.- Contendrá los siguientes datos: fecha, datos del occiso, causa de muerte, nombre del Mausoleo o Pabellón, número de fila y número de nicho de origen; nombre del Mausoleo o Pabellón, número de fila y número de nicho de destino, número de recibo de pago de derecho de adquisición.
4. Libro de Transferencias y Cesiones de uso permanente de Mausoleos, nichos.- Contendrá los siguientes datos: fecha, nombre del propietario, fecha de adquisición del mausoleo, nichos o similares, documento que acredite la propiedad, datos del occiso, causa de muerte, nombre del Mausoleo o Pabellón, número de fila y número de nicho cuando corresponda, número de recibo de pago del derecho de adquisición.
(…)»

ARTÍCULO CUARTO.- Mediante dispositivo municipal se deberá determinar las sepulturas para los entierros gratuitos y fosa común, de conformidad con lo establecido en el artículo 25º del Reglamento Interno de Administración y Funciones del Cementerio Municipal del Distrito de Imperial, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº012-2015-MDI.

ARTÍCULO QUINTO.- Encargar a la Gerencia Municipal y las demás Unidades estructurales de la Municipalidad Distrital de Imperial el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal.

ARTÍCULO SEXTO.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza conforme a las normas establecidas.

POR TANTO:
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Sorely Sánchez Vicente
Alcaldesa

¿DÓNDE ESTÁN LAS MÁQUINAS DE GIMNASIO ADQUIRIDAS POR LA MPC? Escrito por  Guillermo Peña

Las contradicciones de los funcionarios en torno a la compra de maquinarias para un gimnasio, ha generado una ola de críticas y despertado suspicacias que alertan de un posible peculado.
Se ha desatado un escándalo tras desconocerse el paradero de las máquinas de gimnasio para espacios recreacionales y deportivos por un monto aproximado de S/ 30 mil soles supues-tamente adquiridas por la Oficina de Logística de la Municipalidad Provincial durante el 2017, cuyo titular es Edgar Sánchez Lévano, quien señaló que tal adquisición se realizó presuntamente a través de una compra directa y fue entregada a la Subgerencia de Educación, Cultura y Deporte.
 El área de Educación, Cultura y Deporte recibió una máquina de gimnasia. Se atendió el requerimiento. Dichas maquinarias fueron entregadas al área usuaria. Existe una orden de compra del año pasado. Nosotros ya cumplimos con entregar al área usuaria. En todo caso tendrían ustedes que conversar con el señor Cristian León o el señor Estefano. Quizás ellos tengan más conocimiento. Nosotros cumplimos con adquirir y entregarlas, dado que ellos hicieron el requerimiento. No entró a proceso de selección porque era un monto menor a S/ 30 mil soles. Entonces va a compra directa. Se hizo el estudio de mercado con valores especiales para poder adquirirla. La verdad ahorita no tengo la información exacta», aseveró Edgar Sánchez.
Sin embargo el titular de la Subgerencia de Educación, Cultura y Deporte, Estefano Laos Gutiérrez, manifestó públicamente en el espacio informativo Últimas Noticias, que dirige Gustavo Calderón Caycho, que su despacho jamás requirió dichos aparatos, los que tampoco fueron recepciona-dos por su área.
«Con respecto a lo que hace unos momentos ha mencionado el subgerente de Logística sobre la compra de unos gimnasios recreacionales para áreas verdes, parques y jardines. Como tú bien sabes yo asumí la subgerencia en enero de este año, pero he hecho la consulta al personal que se encuentra en esta oficina mucho tiempo anterior y en ningún momento esta subgerencia ha recepcionado estos bienes patrimoniales. En todo caso el señor de Logística es quien tiene los documentos precisos para saber a qué área fue entregada y qué zona fue la que recepcionó. Voy a reunirme con el gerente de Desarrollo Social porque hay la posibilidad que el pedido de la compra haya sido de la Gerencia de Desarrollo Social, más no por la Subgerencia de educación Cultura y Deporte.», dijo.
En otra comunicación telefónica se pudo obtener la versión de Cristian León, gerente de Desarrollo Social de esta entidad, quien aseguró que fue su oficina la encargada de requerir dichas maquinarias, pero que estas aún no han sido entregadas porque aún el área de Obras no determina la ubicación e instalación de estos equipos. Agregó además que tales artefactos se encuentran bajo la custodia del proveedor.
«Yo estoy insistiendo  para que el área de obras me pueda determinar el informe técnico para que esos equipos sean colocados y puedan servir para los deportistas de la provincia de Cañete que siempre están transitando la Benavides. En realidad sí se ha adquirido ese equipo de gimnasia. Estamos esperando a que el área de obras determine el espacio y el lugar y con eso empezamos con la colocación. Esos gimnasios están en custodia del área de Logística hasta que determinen el área donde lo van a colocar. Creo que el área de Logística lo tiene, tiene conocimiento de eso. Bueno, el área de Logística tiene la competencia de recibir los equipamientos y entregar al área de Desarrollo Social. Yo creo que esta semana se debe definir eso. Este proyecto fue iniciativa de la Gerencia de Desarrollo Social. Yo tengo conocimiento con el señor proveedor que el equipamiento está a la espera de ser instaladas. Yo he visto estas máquinas, están en custodia de la empresa que ha ganado para que haga el servicio de colocación», expuso.
Resumiendo tenemos que ell jefe de Logística, Edgar Sánchez, asevera que el año pasado entregó dichos aparatos al área usuaria. Pero el subgerente de Educación, Cultura y Deporte asegura que su oficina jamás requirió estos equipos. Pero, el gerente de Desarrollo Social dice que las máquinas están en custodia de la empresa proveedora... a quién le creemos...

SER ALCALDE TAMBIÉN ES UN GRAN NEGOCIO EN IMPERIAL ??? Así Lo Señala, Emerson Vicente - candidato de AP a la alcaldía de Imperial (Cañete)

Emerson Vicente, candidato de Acción Popular a la Alcaldía del Distrito de Imperial, manifestó que muchas autoridades en vez de buscar el desarrollo del pueblo se han dedicado a negociar el diezmo a cambio de la adjudicación de obras.
Para el candidato al sillón edil de la Municipalidad Distrital de Imperial (MDI) por AP, Emerson Vicente, su comuna no progresa porque muchas autoridades ven como un negocio la alcaldía, traicionado su vocación de servicio.
«Una de las consecuencias, creo yo, importante del por qué Imperial no ha salido adelante, y se lo digo con toda transparencia y no voy a titubear al decirlo, es porque muchos de los alcaldes han pensado que el diezmo es una de las formas de hacer negocio dentro de la Municipalidad», manifestó.
Vicente, anotó que las malas autoridades que han desfilado por el Palacio Municipal, con honrosas excepciones, una vez instalados, primero han pensado en hacer negocio y después trabajar por el pueblo que los eligió.
«El día que la gente aprenda a trabajar por su pueblo con vocación de servicio y no esté esperanzada a ese bendito diezmo que dan las empresas privadas, ese día va a cambiar Imperial», agrego el candidato de la lampa.

Jorge Koechlin: «EN MI GOBIERNO NO NECESITARÉ DE LA PRENSA...» Escrito por  Guillermo Peña

El líder regional del partido de «la lampa» fue claro al especificar que en un eventual gobierno suyo no necesitará de los medios privados para difundir las actividades de su gestión.
Fiel a su estilo y siempre resaltando ser un experto en televisión, Jorge Koechlin Von Stein, candidato al sillón regional de Lima Provincias por el partido político Acción Popular, aseguró que se están desperdiciando muchísimos recursos del Estado que no están siendo muy bien utilizados para publicitar las actividades públicas del gobierno desde todas sus instancias.
Más aún, Koechlin Von Stein aseguró que en un eventual gobierno suyo solo tomará esos recursos del Estado que otros no saben usufructuar ni sacarle provecho para publicitar sus obras, razón por la cual no va a requerir ni necesitar de los medios de comunicación privados.
«El tema aquí es uno solo: la nación peruana tiene a su servicio al Estado, y el Estado dentro de su presupuesto gasta una fortuna en medios de comunicación estatales. Tienes a Canal 7 que tiene la red de microondas más grandes del Perú. […]. Y eso es lo que quiero hacer en mi gobierno: aprovechar que no hay excusas en términos de lo más avanzado que hay. Yo no creo que el gobierno tiene que comprar para avisar nada. (Yo publicitaría) como lo estoy haciendo ahora con usted, por vía digital. Como se hace en cualquier país del mundo. Pero yo tengo a mi disposición como el Estado peruano; es decir, como la Región Lima yo estoy al servicio de la nación peruana. A partir de ese servicio tengo unos recursos que se llegan a tener, pero que no se llegan a aprovechar porque quienes están ahí no saben si quiera marcar el teléfono», aclaró.

AUDIENCIAS DEL 12 DE JULIO

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

11 julio 2018

AUDIENCIAS DEL 11 DE JULIO

PROGRAMACIÓN ETAPA DEPARTAMENTAL



RINCÓN CONCILIATORIO

«No soy sicóloga, ni chamán ni maga: soy una abogada convencida que LA CONCILIACIÓN ES LA JUSTICIA PARA EL QUE VIVE DE SU TRABAJO: DEJA O DETÉN LOS JUICIOS QUE TE AHOGAN: ¡BIENVENIDOS!»
Rocío López Luna -
Directora del Centro De Conciliación «Madre De Cristo Conciliadora»
AV. BENAVIDES 610 SAN VICENTE - Cel. 999 210 236, T. 01 3005603, Rpm 103 931

Años, muchos años tomé café instantáneo “¡Qué perdida de tiempo pasarlo, eso para los ociosos!”, pensaba en mi apurada primera juventud ;)
Ahora, si tomo café, tomo uno QUE VALGA LA PENA.
Noto que igual procedo con la vida: si me despierto: ME DESPIERTO, si camino, CAMINO; si vivo, VIVO.
Trato de hacer cada cosa con conciencia y buen humor cada cosa ¡Y ESO NO ES FÁCIL PERO SÍ POSIBLE!
El domingo que pasó terminé ¡por fin! una Capacitación de Contrataciones con el Estado.
Desde mayo no tuve ni un día de descanso ¡pero valió la pena!, ¡Cuánto se aprende! Conocí de paso lindas personas, y pasé muy buenos ratos.
Por eso, ahora que se vienen las Elecciones Municipales…

OFREZCO CHARLAS INFORMATIVAS Y DE CAPACITACIÓN, A AQUELLAS PERSONAS QUE SE PRESENTAN A CARGOS MUNICIPALES:
· Recuerda que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.
· Porque muchos errores se cometen en la Administración Pública más por ignorancia de la ley que por corrupción.
· Si quieres hacer algo bueno por tu pueblo DE FORMA EFICIENTE Y EFICAZ, más claro: no lo quieres defraudar.
· Si no quieres acabar con tus huesitos en la cárcel porque ‘te dejaste llevar’ en lugar de ESTAR INFORMADA/O.
BÚSCAME Y CON MUCHÍSIMO GUSTO TE ACERCARÉ A TI Y A TUS COPARTIDARIOS A LA LEY 27444 (LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS), ASÍ COMO A LA LEY Y REGLAMENTO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, ARMAS BÁSICAS PARA LA GESTIÓN MUNICIPAL EN TODAS SUS ÁREAS.
BÚSCAME O LLÁMAME: AV. BENAVIDES 610 SAN VICENTE, O # 999 210 236 ¡A LAS ÓRDENES!

HISTORIA
“¿ESTOY LIQUIDADO?”
I PARTE
No es una historia de gánsters, ni de almas…
Es la Historia de Jovan, un joven que ‘por amoroso’, sembró su amor por doquier hasta que se encontró con ‘la horma de su zapato’.
Jovan me enseño dos papeles, uno pequeño y uno normal engrampados: ‘una Cédula de Notificación que acompaña a una Resolución si viene de un Juzgado o de una Disposición o Providencia si viene de la Fiscalía’, pensé y acerté.
Te cuento esto porque ese tipo de ‘cartitas’ las puedes recibir tú Querido Lector, o tu hijo Querida Lectora…
Jovan parecía un muerto viviente.
¿Tendría ya la Orden de Captura?
¿Embargarían la casa de sus suegros por avalarlo?
¿Lo habían sentenciado a 30 años de prisión?
Tan, tan, tan, tan…
Si quieres saber el fin de esta Historia,
¡no te pierdas el próximo MATICES!

Y DE POSTRE: AVENTURAS EN MI CHACRA “NATURWASI”:
Tan joven y tan embarazada Georgina…
Se nos hacía difícil que nuestra gatita estuviera preñada ¡si pareciera ayer que nos la dieron diminuta y agonizante!
Nuestro gato Félix la hizo feliz, e indirectamente a nosotros también: somos abuelos por segunda vez.
5 gatitos hacen más bellos los colores beige, blanco, plomo y negro.
Tienen aún sus ojitos cerrados, pero saben perfectamente lo que quieren.
Y Georgina, no obstante su juventud, también.

LA CHACRA ENSEÑA QUE LA SABIDURÍA NO ES MONOPOLIO DE LOS VIEJOS.

TE ESPERAMOS EN “NATURWASI”, ESTAMOS EN LA CARRETERA IHUANCO –ROLDÁN S/N AL LADO DE LA CURVA DE “PASAMAYITO”, informes allá mismo, al 999 210 236, o Av. Benavides 610 San Vicente.
AFECTUOSAMENTE,
Abogada ROCÍO LÓPEZ LUNA
Directora Del Centro De Conciliación «MADRE DE CRISTO CONCILIADORA»
AV. BENAVIDES 610 SAN VICENTE
Cel. 999 210 236 (Con numeral delante si quieres Rpm), T. 01 3005603.

LISTA DE QUIENES CREEN EN UN CAÑETE SIN VIOLENCIA:
* EDICIONES PJK, Jr. 28 de Julio 629 Imperial.
* LA ESCUELA MASCULINA DE KUNG FU “TSOM TSOM” que ahora funciona en NATURWASI.
Y SI QUIERES SER PARTE DE ESTA LISTA ¡CLARO QUE TAMBIÉN TE ESPERO!

EDICTOS DEL 11 DE JULIO

CLUB DEFENSOR CANTAGALLO

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DEL CLUB DEFENSOR CANTAGALLO

El Presidente del Club Defensor Cantagallo, cita a los señores asociados a la Asamblea General Extraordinaria, a llevarse a cabo el día 21 de Julio del 2018, en nuestra sede institucional, en Anexo Cantagallo s/n., distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento Lima, en primera convocatoria a las 04:00 p.m., y en segunda convocatoria a las 05:00 p.m., del mismo día, a fin de tratar la siguiente agenda:
1.- Elección del Comité Electoral.
2.- Elaboración del Reglamento General de Elecciones y actualización del Padrón de Socios.
3.- Elección del Consejo Directivo 2018 - 2020.
Imperial - Cañete, 11 de Julio del 2018.
Carlos Quinto Céspedes
DNI 15404709
Presidente

EMPRESA AGRÍCOLA SANTA BÁRBARA S.A. ASBASA
CUMPLIMIENTO DE CONVOCATORIA JUDICIAL A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
La Empresa Agrícola Santa Bárbara S.A. ASBASA, con RUC N° 20120285042, y de conformidad al Art. 412 de la Ley General de Sociedades, cumple en informar lo siguiente; que realizó la CONVOCATORIA JUDICIAL el día 05 de Julio del año 2018, a horas 15:00 p.m., en el Auditorio Garro Muñante, sito en Los Libertadores Mz. B Lote 10, 11 y 12 de la provincia de Cañete y tomó acuerdo de DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN de la misma, nombrándose a la Comisión Liquidadora, conformado por los socios accionistas: Sr. Daniel Abel Sánchez Luyo, con DNI N° 15411476, domiciliado en calle Salaverry N° 710, San Luis, Cañete; Sr. Santos Santiago Ricardo Inga con DNI N° 15345560, domiciliado en Urb. Santa Bárbara Mz. B Lote 15, Sr. Domingo Eugenio Medrano Torres, con DNI N° 15408891, domiciliado en el Centro Poblado Menor Santa Cruz s/n, distrito de San Luis, provincia de Cañete; conforme al mandato judicial RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE, de fecha 27 de Abril del 2018, emitido por el Primer Juzgado Civil Especializado de la Corte Superior de Justicia de Cañete, que deviene del Expediente 090-2016; a la que se dio estricto cumplimiento de la agenda programada respetándose el Art. 20 del Estatuto de ASBASA, y que fue presidida por el Sr. Daniel Abel Sánchez Luyo, conforme a la Sentencia Judicial consentida y ejecutoriada, emitida con RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE, de fecha 19 de Octubre de 2016.
Cañete, 09 de Julio de 2018.
La Comisión Liquidadora.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Exp. 6524-2018
La Sub Gerencia de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. N° 6524-2018 de doña ROSA JESEFA REYNA FLORES, identificada con DNI N° 07357673, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, de su difunto hijo, inscrito en el libro 144, folio 73, del año 1961, en el sentido que se ha consignado con error en el cuerpo principal y el rubro de anotaciones el apellido paterno del titular como RODRIGUES con S, debiendo ser los nombres y apellidos correcto como JORGE LUIS RODRIGUEZ REYNA, con Z; asimismo se ha registrado con error en el cuerpo principal los nombres y apellidos del padre y de la madre del titular como JORGE RODRIGUEZ y ROSA REYNA, debiendo ser lo correcto como JORGE RODRIGUEZ GONZALES y ROSA JOSEFA REYNA FLORES, y con omisión de la firma y sello del Registrador Civil de la época resultando proceder su regularización.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP, Arts. 71 al 75 y la Directiva DI-415-GRC/032 parte pertinente a la «Rectificación Administrativa de Actas por supuesto Error No Atribuible al Registrador de la época», aprobado por Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC y TUO de la Ley 27444.
Cañete, 04 de Julio de 2018.
Abog. Marilyn J. Pacsi Muñoz
Enc. Sub Gerencia de Registro Civil

EDICTO
Exp. N° 00050-2018 por ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, que despacha el Sr. Juez Dr. Luis Benjamín Vásquez Alza y Secretario Judicial Papías Abilo Sánchez Sáenz, doña HUARI TORRES CIRILA FIDELA, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de TEODOCIA HORTENCIA TORREZ VIUDA DE HUARI, fallecida el 30 de Julio del 2012, en el Hospital Rezola de Cañete, llamándose a los presuntos herederos, si los hubiera para que se apersonen conforme a Ley. Imperial, 23 de Abril de 2018.
Papías Abilo Sánchez Sáenz
Secretario (e) Judicial
Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial

EDICTO DE INSCRIPCIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN
Ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial, que despacha el Dr. Luis Benjamín Vásquez Alza y el Especialista Legal que da cuenta, se ha dispuesto en el Exp. N° 00077-2018-0-0803-JP-CI-01, se notifique por Edictos la Resolución N° UNO, de fecha 14-05-2018, que ADMITE a TRÁMITE la presente solicitud presentada por CARLOS MANUEL FLORES SAMANIEGO, en la Vía de Proceso No Contencioso sobre INSCRIPCIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN de quien en vida fue su Sr. Padre ORCISIO FAVIO FLORES IGNACIO. Imperial, 10 de Julio de 2018.
Papías Abilo Sánchez Sáenz
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial
Corte Superior de Justicia de Cañete

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que ante el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Quilmaná se han presentado don JUAN GABRIEL BAUTISTA SOTO, de 40 años de edad, identificado con DNI N° 80649563, natural de Quilmaná – Cañete, de nacionalidad peruana, ocupación Técnico en Enfermería, estado civil soltero, domiciliado en CP San Isidro Mz. J Lote 6A– Imperial, y doña ROXANA JAZMIN REYNA NIETO, de 23 años de edad, identificada con DNI N° 72640624, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruana, ocupación o profesión ama de casa, estado civil soltera, domiciliada en CP San Isidro Mz. J Lote 6A- Imperial. Pretenden contraer Matrimonio Civil en este Municipio, el día 21 de Julio del 2018, a horas 7:00 p.m., lugar CPM San Isidro – calle Santa Felipa. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término señalado que es de 8 días conforme a Ley.
Quilmaná, 09 de Julio de 2018.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. N° 006328-2018 de doña HAYDEE AGRIPINA AÑAMURO SONCCO, identificada con DNI N° 80338288, solicita la RECTIFCIACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de su hija, inscrita en el libro 004A, folio 67740928, del año 2009, en el sentido que se ha consignado en el cuerpo principal con error los nombres y apellidos de la madre de la titular como HAYDE AÑAMURO SONCO, debiendo ser lo correcto HAYDEE AGRIPINA AÑAMURO SONCCO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP, Arts. 71 al 75 y la Directiva DI-415-GRC/032 parte pertinente a la «Rectificación Administrativa de Actas por supuesto Error No Atribuible al Registrador de la época», aprobado por Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC y TUO de la Ley 27444.
Abog. Marilyn J. Pacsi Muñoz
Enc. Sub Gerencia de Registro Civil

EDICTO PENAL
(03 DÍAS)
El Segundo Juzgado de Proceso Inmediato de Cañete, en el proceso 00091-2018-0801-JR-PE-02; RESUELVE: REPROGRAMAR Audiencia de Incoación de Proceso Inmediato, para el 17 de AGOSTO DE 2018 a horas 03:45 P.M., en la Sala de Audiencias «A» del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cañete; COMUNICANDO Y EMPLAZANDO al investigado ZÓZIMO HUAMANÍ ARCE, a que concurra a la misma y/o designe abogado defensor en la investigación que se le sigue por el Delito Contra la Familia – OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de CIELO SHIRLEY HUAMANI YALLE. Esp.Causa: Juana Camacho.
Publicar: 10, 11 y 12 de Julio de 2018.

EDICTO JUDICIAL
(03 DÍAS)
El Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cañete, ha ordenado la publicación de edictos en el proceso N° 0026-2017-88; JUEZ: Anco Gutiérrez, Resolución N° 03, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA para el día 19 DE JULIO DEL 2018 A HORAS 9:00 A.M. (HOLA EXACTA) en la SALA DE AUDIENCIAS «F» DEL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE. Notifíquese VIA EDICTO a la agraviada JUANA EVA CHEVEZ BURGA a dicha diligencia de carácter INAPLAZABLE, en el proceso que se le sigue al imputado JHEAN MARCO MENDEZ ALAYO por el delito contra el Patrimonio – Hurto agravado. Asist. causas. Vargas.
Publicar: 11, 12 y 13 de Julio de 2018.

AVISO DE DEFUNCIÓN

Los hijos, hijos políticos, nietos y demás familiares de quien en vida fue:

Rufina Chumpitaz López de Sánchez
(QEPD y QDDG)

Hacen de conocimiento su sensible fallecimiento, acaecido el día lunes a las 06:00 p.m., aproximadamente. Sus restos vienen siendo velados en el Parque Santa Rosa de Hualcará

Imperial, Julio del 2018.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO EMITE DECRETO DE ALCALDÍA QUE DISPONE EMVANDERAMIENTO DEL DISTRITO



MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO

DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2018-MDSA

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE

CONSIDERANDO:
Que, el 28 de Julio del presente año, se conmemora el Centésimo Nonagésimo Séptimo (197º) Aniversario de la Independencia del Perú, cual constituye una fecha memorable y significativa para todos los peruanos;

Que, siendo una fecha trascendental nacional, es deber de todo ciudadano peruano brindar el reconocimiento a los héroes que se inmolaron por nuestra Patria, así como velar por los valores morales de civismo y patriotismo, y el respeto a nuestros símbolos patrios; resaltando así los hechos históricos de nuestra identidad nacional;

Que, ante este magno acontecimiento, es deber del gobierno local incentivar la participación cívica del vecindario resaltando los valores nacionales, por lo que ha previsto dictar disposiciones a la población con motivo de remarcar nuestra entidad y conciencia cívica, fortaleciendo los sentimientos de identidad nacional y profundo respeto a nuestros héroes y símbolos patrios;

Estando a lo expuesto y en uso a las facultades conferidas en el inc. 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;

SE DECRETA:
Artículo 1º.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL de las Viviendas, así como de las Instituciones Públicas y Privadas, ubicados dentro de la jurisdicción del distrito de San Antonio - Cañete, a partir del 12 al 31 de Julio del presente año, con ocasión de conmemorarse el Centésimo Nonagésimo Séptimo (197º) Aniversario de la Independencia del Perú.

Artículo 2º.- RECOMENDAR a los vecinos del distrito de San Antonio – Cañete, la limpieza y embellecimiento de las fachadas de sus inmuebles con el objeto de mejorar el ornato como muestra de respeto a nuestro aniversario patrio.

Artículo 3º.- ENCARGAR a la Secretaría General realizar las coordinaciones con las áreas correspondientes, para su publicación, difusión y cumplimiento de lo dispuesto.

Dado en la Casa Municipal del distrito de San Antonio – Cañete, a los 09 días del mes de Julio del 2018.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Lic. Miguel Florencio Yaya Lizano
Alcalde

CNM INICIA PROCESO DE VACANCIA A CONSEJERO GUTIÉRREZ Y PIDE REMOCIÓN DE NOGUERA...

El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) acordó iniciar un proceso de vacancia contra el consejero Julio Gutiérrez Pebe y remitir al Congreso para su destitución el caso del consejero Iván Noriega Ramos, ambos implicados en los audios que evidenciaron presuntos actos indebidos.
La información fue dada a conocer por el presidente del CNM, Orlando Velásquez, en conferencia de prensa, tras una sesión del Pleno de este organismo, el cual se declaró en sesión permanente.
El proceso de vacancia contra Gutiérrez Pebe, según dijo, será sumario y debe concluir en un plazo de cinco días hábiles, tiempo en el cual el consejero implicado asume su defensa a través de un informe oral o bajo los mecanismos que considere.
De ser encontrado responsa-ble, Julio Gutierrez Pebe será separado el CNM y reemplazado por el consejero accesitario, refirió Velásquez.
En los audios difundidos por IDL Reporteros se escucha a Gutierrez Pebe comunicarse con el presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, Walter Ríos, para informarle que uno de sus recomendados aprobó la entrevista personal del examen de nombramiento de fiscales adjuntos en Puno.

Iván Noguera
En el caso del consejero Iván Noguera, asimismo, el pleno del CNM acordó iniciar un procedimiento de remoción por haber vulnerado la norma que prohíbe a un integrante de este organismo solicitar prebendas en beneficio personal o de su cónyuge.
Su caso, refirió, fue enviado al Congreso de la República, el organismo encargado de remover a un consejero del CNM.
Explicó que, a diferencia de Gutiérrez Pebe, cuyo proceso de vacancia implica su suspensión en el cargo, el consejero Noriega se mantiene en funciones hasta que el Congreso adopte una decisión.
Noguera, según los audios difundidos por IDL Reporteros, se comunica con el presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, para pedirle que firme un convenio de prácticas preprofesio-nales con la Universidad Telesup, donde su esposa es década.
En lo que respecta al consejero  Guido Águila, Orlando Velásquez refirió que el Pleno del CNM no encontró en sus normas internas argumentos para tomar decisión, lo cual no implica que el Congreso de la República no pueda intervenir.
En los audios de IDL Reporte-ros se escucha a Walter Ríos  comunicarse con un funcionario del Poder Judicial para pedirle trabajo para una persona que, según asegura, es recomendada de Guido Águila.

MOLINARES ES EL PRIMERO EN SOMETERSE AL PERÍODO DE TACHAS



JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE CAÑETE

RESOLUCIÓN N° 034-2018-JEE-CÑTE/JE
EXPEDIENTE N° ERM.2018005010

VISTA la solicitud N° 10009914040000110 de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Cañete, departamento de Lima, presentada por el Sr. Ramón Arístides Aldave Sotelo, personero legal titular de la organización política MOVIMIENTO REGIONAL UNIDAD CIVICA LIMA, para participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018.

CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Los artículos 31° y 35° de la Constitución Política del Perú, establecen que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos de manera individual o a través de organizaciones políticas, con el objeto de ejercer su derecho a ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, de acuerdo a las condiciones y procedimientos de la Ley Orgánica de Elecciones.

SEGUNDO.- Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2018-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 10 de Enero del 2018, el Presidente de la República convocó a Elecciones Municipales y Regionales 2018, para el domingo siete de Octubre del dos mil dieciocho, con la finalidad de elegir presidentes regionales, consejeros regionales, alcaldes y regidores de municipalidades provinciales y distritales de toda la república.

TERCERO.- Los Jurados Electorales son órganos de carácter temporal, creados para un proceso electoral específico, encargados de impartir justicia en materia electoral, en primera instancia, de conformidad con lo previsto en los artículos 31°, 32° y 36° de la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, y en los artículos 13° y 44° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones.

CUARTO.- Mediante resolución N° 0064-2018-JNE, de fecha primero de febrero del dos mil dieciocho, emitida por el Jurado Nacional de Elecciones, se definieron noventa y tres (93) circunscripciones administrativo electorales y sus respectivas sedes en las cuales se constituirán los Jurados Electorales Especiales correspondientes para el presente proceso electoral. Dentro de las circunscripciones administrativas electorales en referencia, se encuentra el Jurado Electoral Especial de Cañete, cuya competencia territorial comprenden dieciséis distritos: San Vicente, Asia, Calango, Cerro Azul, Coayllo, Chilca, Imperial, Pacarán, Quilmaná, San Antonio, San Luis, Santa Cruz de Flores, Zuñiga, Mala, Lunahuaná y Nuevo Imperial.

ANALISIS DE LA SOLICITUD
QUINTO.- En tal sentido este Jurado Electoral Especial es competente para recibir, calificar, publicar, e inscribir las listas de candidatos que presenten las organizaciones políticas que participen en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, en la provincia de Cañete; en el caso de autos, se ha verificado que la solicitud de inscripción de la lista de candidatos presentada por la organización política Movimiento Regional Unidad Cívica Lima cumple con los requisitos formales de admisibilidad establecidos en el artículo 25° del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado mediante la Resolución N° 82-2018-JNE; por lo que, corresponde admitir y publicar la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Cañete, departamento de Lima, presentada por el Sr. Ramón Arístides Aldave Sotelo, personero legal titular de la organización política Movimiento Regional Unidad Cívica Lima.

SEXTO.- En la misma línea, es imperioso referir que el candidato a Alcalde, actualmente es Alcalde de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, por lo que en concordancia con la Ley 30305 – Ley de reforma de los artículos 191, 194 y 203 de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes, que prescribe «… Los alcaldes y regidores son elegidos por sufragio directo, por un periodo de cuatro años. No hay reelección inmediata para los alcaldes. Transcurrido otro periodo, como mínimo, pueden volver a postular, sujetos a las mismas condiciones…», de ello se entiende que no podrán postular aquellos que vienen ejerciendo el cargo de alcaldes de una municipalidad al mismo cargo y por la misma municipalidad; no obstante, sí podrán postular a otra municipalidad o a la misma pero a diferente cargo, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la norma electoral; de lo que, se infiere que el presente candidato, no tiene impedimento para postular como Alcalde a la Municipalidad Provincial de Cañete. Además, ha cumplido con presentar el original de su solicitud de licencia sin goce de haber (fojas 38), la cual se ejecutará desde el 07 de septiembre de 2018.

SEPTIMO.- Respecto a la calificación de los candidatos se realizó la consulta al Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes-SIJE, el cual no muestra ninguna observación con relación al domicilio, toda vez que, el SIJE tiene incorporado el último padrón electoral aprobado, el cual reconoce el ubigeo y el tiempo de antigüedad en el distrito electoral al cual postula.
OCTAVO.- Asimismo, conforme a lo establecido en los artículos 15° y 16° de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, concordantes con los artículos 18°, 22°, 25° y 27° del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado mediante la Resolución N° 82-2018-JNE, luego de efectuar la calificación de los candidatos, los Jurados Electorales Especiales admiten a trámite y ordenan publicar por medio de avisos o carteles las listas de candidatos presentadas. Esto con la finalidad de que cualquier ciudadano inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil pueda formular tacha contra la lista de candidatos en su integridad, o contra uno o más de los candidatos que la integren dentro de los tres días calendarios siguientes a su publicación.
Por tanto este Jurado Electoral Especial en uso de sus atribuciones, conferida por el artículo 44 y 47 de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley N° 26859.

SE RESUELVE:
Artículo Primero.- ADMITIR Y PUBLICAR la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Cañete, departamento de Lima, presentada por el Sr. Ramón Arístides Aldave Sotelo, personero legal titular de la organización política MOVIMIENTO REGIONAL UNIDAD CIVICA LIMA, con el objeto de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, lista integrada de la siguiente manera:

ALCALDE: MOLINARES ROLAND QUISPE DE LA CRUZ DNI: 15437547
REGIDORES: DNI
1.- JUAN JOSE SOTO JULIAN 15340139
2.- RANDY MIRANDA QUISPE 72558484
3.- GICELA ROMAN GARAY 40758159
4.- BREYDY JOEL ARANA HUAMAN 46887709
5.- TALIA MERCI SANCHEZ YAYA 46050214
6.- DEMETRIA INES MANSILLA ESTALLA 48115320
7.- MARIA DEL ROSARIO CUZCANO CHUMPITAZ 40745064
8.- FRANCISCA CELESTINA CHUQUISPUMA DE LA CRUZ 15437604
9.- MARIA ARELI HUARACHI QUISPE 60506036
10.- LUIS JOEL CASTRO DELGADILLO 48186937
11.- ARTURO ELIAS RAQUI AGÜERO 15431652

Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la lista señalada en el artículo primero y su respectivo formato resumen del plan de gobierno, en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones, en el panel del Jurado Electoral Especial, en la sede de la municipalidad a la cual postulan los candidatos comprendidos en ella y en el diario de mayor circulación de la localidad.

Artículo Tercero.- REMITIR la presente resolución a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Cañete, una vez que se instale en la ciudad de Cañete.

Regístrese, comuníquese y publíquese

SS.
RAUL JIMMY DELGADO NIETO
Presidente

JULIO AURELIO ILDEFONSO MANRIQUE ZEGARRA
Segundo Miembro

EDUARDO VICTOR BARRAGAN CAMASCA
Tercer Miembro

LUIS MARTIN CHACALTANA HUASASQUICHE
Secretario Jurisdiccional

PNP LOGRÓ RESCATAR A MENOR DE SEIS AÑOS... HABÍA SIDO SECUESTRADO POR MOTOTAXISTA...

En una rápida intervención Policíal al mando del Cdte. PNP Adolfo Valer Matos, Comisario del distrito de Imperial, se logró identificar y capturar al autor del secuestro de un menor de tan sólo 6 años de edad, el mismo que fue rescatado sano y salvo.
Al momento del rescate, ocurrido en horas de la tarde... el menor fue encontrado atado y amordazado.
El Comandante PNP Valer Matos, dio a conocer que la captura fue posible, gracias a las imágenes que se pudo obtener de una cámara de seguridad instalada cerca al ingreso al colegio, donde se logró divisar al sujeto que retiró al niño del colegio 20147... si bien es cierto, las imágenes no eran tan claras, por la antiguedad de la cámara y la falta de mantenimiento de la misma, permitió observando algunos detalles como la fisonomía del sujeto... corte de cabello y otros aspectos... que fue identificado por parte de algunos familiares del menor raptado.
Inmediatamente los efectivos policiales iniciaron las investigaciones del caso, logrando obtener datos sobre donde se podía encontrar al secuestrador... a quien lo ubicaron por la calle 22, cerca al Chaparral.
Ubicado y capturado el sujeto, que responde al nombre de Joel Adán Chacón, de 25 años, trató de confundir a los efectivos policiales señalando de que en el secuestro no había estado sólo, sino con algunas otras personas, que tenían al niño en su poder.
Los efectivos policiales con los datos obtenidos montaron un operativo, con la finalidad de rescatar al menor, tratando al máximo de evitar cualquier daño al menor.
Se dirigieron al domicilio del sujeto, donde ingresaron sin ningún problema, y en donde en una habitación encontraron al menor, amarrado con un cable de luz... y con una cinta habían tapado su boca, a fin de que no pueda gritar para pedir auxilio.
Encontraron también un hueco, donde fue ubicado y tapado con una bolsa, casi por una hora... pero como el niño trataba de salir de allí, el secuestrador optó por sacarlo amarrarlo y amordazarlo.
Joel Adán Chacón, al parecer según la PNP, era conocido por la familia, por eso logró convencer al niño para llevárselo... lo tenía todo planeado es así como recogió del colegio Eladio Hurtado Vicente y traslado a su vivienda al niño.
Según la PNP, el sujeto iba a pedir rescate... el sujeto se traslado en una mototaxi... y las cámaras de seguridad jugaron un papel muy Importante para realizar el seguimiento y obtener una IMPECABLE OPERACION DE RESCATE DEL MENOR.

10 julio 2018

NO HAY QUE CONFIARSE... INDEPENDIENTE Y WALTER ORMEÑO DEBEN GANAR PARA ASEGURAR SU CLASIFICACIÓN A LA SEGUNDA FASE DEPARTAMENTAL

Siete partidos jugados en el inicio de la Etapa Departamental… Sólo uno pudo hacer prevalecer su condición de local… el Defensor Lubricantes de Lima… fue el único que ganó su encuentro, y vaya que le costó ganar a Los Angeles Negros… fue un 1 a 0, que por el número de clasificados lo pone en la siguiente fase… Ahora el elenco limeño debe sellar su clasificación de visita… y ello, es más factible.
Tres encuentros terminaron empatados… y el empate, valgan verdades debe haber clasificado a estos seis equipos… Atlético Huaripache empató con Social Venus… La «I» empató con Villa Unión… y el Ormeño se trajo de visita un buen empate… con ello, creemos que los seis elencos están en la siguiente fase… lo que van a definir va a ser su ubicación, tanto en la tabla de ganadores como en la de perdedores, para ver al rival que les toca…
Tres elencos ganaron de visita, y son los que ya están prácticamente con los dos pies en la otra fase… Santa Cruz venció ajustadamente al Deportivo Huracán… Laure Sur goleó 4 a 0 al Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión… favorito para irse a su casa… mientras que el otro triunfo de visita fue del Géminis que ganó 1 a 0 al Defensor Chanana… por jugar los tres elencos de local, deben de volver a vencer a su rival… por los goles conseguidos favorito para quedarse es el Huracán… y deberían de irse a su casa, no sólo el Sánchez Carrión sino también el Chanana… por lo menos en la previa puede ser así… sin embargo hay que recordar que si los tres perdedores de local… ganan su partido de visita, los llamado a irse están en el grupo de los que han empatado… un solo triunfo de los que han perdido, los clasificaría… en desmedro de los que han empatado… así que a no confiarse…

AUDIENCIAS DEL 10 DE JULIO

EDICTOS DEL 10 DE JULIO

SEGUNDO JUZGADO CIVIL PERMANENTE DE CAÑETE
Expediente N° 0325-2017 por ante el Segundo Juzgado Civil Permanente de Cañete, la Srta. Juez ha dispuesto lo siguiente: MEDIANTE RESOLUCIÓN NÚMERO ONCE DE FECHA 26-04-2018. Se cumpla con EMPLAZAR a la SUCESIÓN de MARIO ALBERTO GARCÍA MENDIETA para que en el plazo de TREINTA DÍAS se apersonen al proceso los sucesores y hagan valer su derecho conforme a Ley, bajo apercibimiento de designársele un Curador Procesal a la indicada sucesión en caso de no comparecer al proceso. En el proceso seguido por RICARDO PEREYRA IGLESIAS contra FREDY PINTO PAZOS Y OTROS sobre MEJOR DERECHO A LA PROPIEDAD Y OTRO, la misma que se viene tramitando bajo el Proceso de Conocimiento (…) Publíquese un extracto de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Al Día Con Matices de esta localidad por tres veces con intervalo de tres días. Una rúbrica de la Srta. Juez Dra. Judith Lucia Marcelo Ciriaco. Fdo. Percy Pablo Muñoz Campos – Secretario Judicial.
Cañete, 02 de Julio de 2018.
Percy Muñoz Campos
Secretario Judicial}
Segundo Juzgado Civil Permanente
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 04, 10 y 16 de Julio de 2018.

EDICTO PENAL (03 DÍAS)
El Segundo Juzgado de Proceso Inmediato de Cañete, en el proceso 00091-2018-0801-JR-PE-02; RESUELVE: REPROGRAMAR Audiencia de Incoación de Proceso Inmediato, para el 17 de AGOSTO DE 2018 a horas 03:45 P.M., en la Sala de Audiencias «A» del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cañete; COMUNICANDO Y EMPLAZANDO al investigado ZÓZIMO HUAMANÍ ARCE, a que concurra a la misma y/o designe abogado defensor en la investigación que se le sigue por el Delito Contra la Familia – OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de CIELO SHIRLEY HUAMANI YALLE. Esp.Causa: Juana Camacho.
Publicar: 10, 11 y 12 de Julio de 2018.

EDICTO
Exp. N° 00031-2018, por ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, que despacha el Sr. Juez Dr. Luis Benjamín Vásquez Alza y Secretario Judicial Papías Abilo Sánchez Sáenz, don CASTILLO VILLARRUBIA RAÚL PAULINO, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre RUTILA VILLARRUBIA PEÑA, fallecida el 07 de Setiembre del año 2017, en el distrito de Imperial, llamándose a los presuntos herederos, si los hubiera para que se apersonen conforme a Ley.
Imperial, 02 de Julio de 2018.
Papías Sánchez Sáenz
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial

EDICTO PENAL (03 DÍAS)
EXPEDIENTE: 00039-2016-36-0805-JR-PE-01. JUEZ: ARTURO ROLANDO AYALA CUENCA. ESPECIALISTA JUDICIAL: JUANA DINA HUAMÁN GUTIÉRREZ. El Juzgado Penal Unipersonal de Mala, cita y emplaza al acusado: ALONSO PABLO LÓPEZ DE CASTILLA ELÍAS, con Documento de identidad N° 42852794. en mérito a la Resolución número uno de fecha trece de junio del dos mil dieciocho, mediante la cual se señala Audiencia de Juicio Oral para el día DOCE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), la misma que es de CARÁCETER INAPLAZABLE, a llevarse a cabo en el local del Juzgado Penal Unipersonal sito en el Pasaje San José N° 100 – Mala – Cañete, para que se presente y se defienda de los cargos formulados en su contra por la presunta comisión del delito Contra la Administración Pública – RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD en agravio del Estado – Procuraduría a cargo de los asuntos jurídicos del sector interior, bajo apercibimiento de declararse reo contumaz o ausente en caso de inasistencia. Mala, 13 de junio del 2018.

EDICTO PENAL
(03 VECES CON INTERVALO 03 DÍAS)
EXPEDIENTE N° 00939-2014-0-0801-JR-FT-01. JUEZ: DRA. MARÍA GUADALUPE GARNICA PINAZO. SECRETARIA: ABOG. SANDRA MARGOT FLORES MENDIETA. Ante el Primer Juzgado Especializado de Familia a cargo de la Dra. María Guadalupe Garnica Pinazo, se tramita el Exp. N° 00939-2014-FT, seguidos por el MINISTERIO PÚBLICO sobre CONTRAVENCIÓN en contra de VERÓNICA GIANNINA CARRIZO LAURO, donde se ha ordenado la publicación de la Resolución Numero Treinta y Nueve de fecha catorce de mayo del año dos mil dieciocho: SE RESUELVE: 1.- SEÑALAR NUEVA FECHA PARA LA REALIZACIÓN DE LA CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA DE ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS PARA EL DÍA VEINTE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS, a fin de ACTUARSE los siguientes medios probatorios. 1.1. La DECLARACIÓN REFERENCIAL de la menor tutelada OLGA JOSANNY CAMPOS MEDINA, para tal fin notifíquesele mediante EDICTOS a través de sus representantes y/o responsables. 1.2.- La DECLARACIÓN TESTIMONIAL de la progenitora de la tutelada EMILIA JIMENA MEDINA CONDOR, notificándosele mediante EDICTOS. 1.3. La DECLARACION de la demandada VERONICA GIANNINA CARRIZO LAURO. 1.4. La RATIFICACIÓN del Protocolo de Pericia Psicológica número 002689-2014-PSC-VF, por parte de la Licenciada, Psicóloga BRIGITTE PELAEZ GARCIA, para cuyo fin: OFÍCIESE a la División Médico Legal del Ministerio Público, a efecto autorice la asistencia de la citada Psicóloga a la Audiencia programada; sin perjuicio de NOTIFICÁRSELE. 2.- a fin de notificarse a la menor tutelada OLGA JOSANNY CAMPOS MEDINA, así como a su progenitora EMILIA JIMENA MEDINA CONDOR. Dra. María Guadalupe Garnica Pinazo Juez y secretario Richard Pimentel Mejía.

MDI APRUEBA ACUERDO DE CONCEJO... FIJANDO FECHA PARA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL 12 DE JULIO



MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

ACUERDO DE CONCEJO Nº 047-2018-MDI

Imperial, 03 de julio del 2018

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL - CAÑETE

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 28 de Junio del 2018, del Informe N°121-2018-GM-MDI, de fecha 20 de junio de 2018, presentada el Gerente Municipal Sr. Rómulo Persing Cárdenas Ruiz, mediante el cual solicita lleve a cabo la Audiencia Pública Informativa del Estado situacional al 17 de abril de 2018.

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y/o distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dispositivo que es concordante con lo estipulado en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, que señala además que, la autonomía que la Constitución Política del Perú que establece para las Municipalidades radica que la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, el artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que los Acuerdos de Concejo son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional.

Que, mediante Ordenanza Municipal N°08-2015-MDI, de fecha 10 de Abril de 2015, se resuelve, en el ARTÍCULO PRIMERO, APROBAR la Ordenanza Municipal que aprueba el REGLAMENTO DE AUDIENCIAS PÚBLICAS, de la Municipalidad Distrital de Imperial.

Que, con Informe N°121-2018-GM-MDI, de fecha 20 de junio de 2018, el Gerente Municipal, manifiesta que para llevar a cabo la AUDIENCIA PUBLICA in formativa del Estado Situacional al 17 de Abril de 2018, es necesario contar con el Acuerdo de Concejo Municipal correspondiente, según el artículo 8° de la Ordenanza Municipal N°08-2015-MDI.

Estando a lo expuesto, de conformidad con la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972, el Pleno del Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de Fecha 28 de Junio de 2018, aprobó por unanimidad.

A C U E R D A:

ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR que la AUDIENCIA PÚBLICA, se realice el día Jueves 12 de Julio de 2018 a horas 4:00 p.m., en atención al Informe N°121-2018-GM-MDI; presentado por el Gerente Municipal Sr. Rómulo Cárdenas Ruiz, de fecha 20 de Junio de 2018.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Desarrollo Socio Económico, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.

ARTICULO TERCERO.- Encargar a la Oficina de Informática y Estadística la publicidad del presente Acuerdo en el Portal de la Municipalidad.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Sorely Sánchez Vicente
Alcaldesa

LA LABOR DEL JURADO ELECTORAL DE CAÑETE

MATICES visitó las oficinas del JEE de Cañete y conversó con el secretario del mismo, el doctor Martín Chacaltana Huasasquiche, en representación del presidente de la entidad, doctor Elmer Rebasa Parco.
Durante la conversación el funcionario público informó a la ciudadanía, que su representada ha recibido un total de 160 listas, aspirantes a la Alcaldía Provincial y Distrital, lo desconcertante, es que, únicamente 34 de estas listas, han sido consideradas como valederas por el propio JEE de Cañete.
Una de estas listas ha sido declarada improcedente y 125 listas más, han sido declaradas inadmisibles, dentro de estas 125 listas, se está incluyendo la lista del movimiento independiente Cañete Avanza, liderada por el actual Alcalde del Distrito limeño de Magdalena del mar, Francis Allison Oyague, por considerar a este último como una persona que no cumple con las formalidades del caso, como su exacta vivencia dentro de la Provincia de Cañete durante los dos últimos años, siendo este caso, el más emblemático, considerando que Allison viene liderando ampliamente la intención de voto en Cañete.
El resto de listas consideradas inadmisibles, se deben en razón a faltas cometidas dentro de la propia organización política, al momento de confeccionarse el acta de elección interna, faltando en muchos casos la firma del respectivo personero legal, teniendo hasta el próximo 7 de agosto para subsanar las falencias.
Precisamente, en los siguientes 10 días, se estará cumpliendo con el protocolo que manda la ley, de publicar en el diario de mayor circulación de la Provincia de Cañete, en este caso MATICES, con las resoluciones emitidas por el JEE de Cañete, sobre estos casos en particular.

“RECHAZAMOS CUALQUIER ACTO DE CORRUPCIÓN”, AFIRMAN JUECES ESPECIALIZADOS...

Los jueces integrantes de Sistema Nacional Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios rechazaron los presuntos actos delictivos que podrían haber cometido miembros del Consejo Nacional de la Magistratura y el Poder Judicial, porque perjudicarían la institucionalidad del país.
En un pronunciamiento, informaron que los magistrados se reunieron ante las noticias propaladas por medios de comunicación sobre la presunta existencia de actos de corrupción en las instituciones mencionadas, tras unos audios difundidos por IDL-Reporteros.
“Rechazamos cualquier acto de corrupción que comprometa la institucionalidad del país, especialmente al sistema de administración de justicia”, indican los jueces.
Asimismo, renovaron su compromiso de impartir justicia con independencia, imparcialidad y con sujeción a la Constitución y la ley, imponiendo las sanciones cuando corresponda.
“Al haberse hecho pública la identidad del juez de Investigación Preparatoria del Sistema Nacional Especializado de Corrupción de Funcionarios del Distrito Judicial del Callao que autorizó las interceptaciones telefónicas, se está solicitando al ministro del Interior le brinde inmediata seguridad”, mencionaron en su pronunciamiento.

FISCALES SUPREMOS DISPONEN INVESTIGAR PRESUNTOS ACTOS DE CORRUPCIÓN EN CNM Y PODER JUDICIAL Ante la Fiscalía Suprema de Control Interno y Fiscalía de la Nación

El Ministerio Público informó que la Junta de Fiscales Supremos, reunidos en sesión extraordinaria, dispuso realizar las investigaciones necesarias, a fin de esclarecer las denuncias sobre los presuntos actos de corrupción de funcionarios en el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) y el Poder Judicial (PJ).
A través de un pronunciamiento, expresaron también su preocupación por la denuncia difundida en IDL-Reporteros, la cual debe esclarecerse con las investigaciones y determinar las responsabilidades de los funcionarios involucrados.
“La Junta de Fiscales Supremos, ante las publicaciones realizadas por los diferentes medios de prensa, en las que se detallan supuestos actos de corrupción de funcionarios del CNM y del Poder Judicial, manifiestan su preocupación por los hechos mencionados; por lo que, acordaron disponer se realicen las investigaciones necesarias ante la Fiscalía de la Nación y la Fiscalía Suprema de Control Interno”.
El portal IDL Reporteros difundió en la víspera unos audios que darían cuenta de un presunto tráfico de influencias, mediante supuestas negociaciones entre miembros del CNM y algunos jueces para obtener beneficios personales y nombramientos.
Ante este caso, el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) decidió suspender los procesos de evaluación de jueces y fiscales en curso, tras la difusión de audios que involucran a varios de sus miembros en presuntos actos de corrupción.
Por su parte, el Poder Judicial convocó también a una reunión a la Sala Plena Extraordinaria para evaluar y adoptar las medidas disciplinarias inmediatas respecto del vocal de la Corte Superior del Callao, Walter Ríos, y otros posibles implicados en los hechos materia de investigación.

09 julio 2018

PROHIBIDO PROHIBIR... Escribe Martín Rojas Galo

LOS ETERNOS CANDIDATOS DE CAÑETE



María Magdalena Montoya  Conde, una vez Alcalde Provincial de Cañete, participará este cercano domingo 7 de octubre, en su séptima elección, buscando ser  elegida nuevamente, burgomaestre de la Provincia de Cañete, un poco más alla en las preferencias electorales, Segundo Díaz de la Cruz con idéntica cantidad de postulaciones, pero nunca ganador, también intentará convertirse en Alcalde Provincial, subiendo un poco hacia la zona este de la Provincia, Elias Alcalá Rosas, intentará por sexta vez ganar las elecciones al sillón municipal del comercial Distrito de Imperial, recordando que ya fue elegido dos veces, bajando hacia el norte, Ascario Hinostroza Aquino, postulará por octava vez, al puesto de Alcalde en el ex Distrito negro de San Luis de Cañete, teniendo en cuenta que ya ha ocupado tres veces este cargo, siguiendo la carretera, llegamos al otrora puerto de Cerro Azul, en donde encontramos a Carlos Chumpitaz Gonzáles, peleando por ser Alcalde Distrital, también por octava vez en su vida y no habiendo podido ganar nunca una elección.
Resulta difícil de  entender, para una persona común y corriente, que no se encuentra inmersa en el mundo de la política,  el porque estas personas han convertido en el motivo de sus vidas, este tipo de participaciones, si nos dicen que es porque aman a Cañete, o que lo hacen porque simplemente les gusta, en realidad no se los vamos a creer, no se los podemos creer y razones para respaldar esta idea sobran, ejemplo, cuando María Montoya o Ascario Hinostroza,  han sido Alcaldes de su respectiva jurisdicción, se han comportado como dos auténticos cretinos en el ejercicio de su función, o cuando Alcalá Rosas, fue Alcalde de Imperial, convirtió la Municipalidad en un cacicazgo familiar, en donde, en contra de toda norma legal y ética, despachaba y dirigía todo, en colaboración con sus dos hermanos.
Por otro lado, postular hoy en día, significa una onerosa inversión de dinero, todos los candidatos que aspiran a ganar una Alcaldía gastan cantidades impresionantes de dinero en mantener su candidatura.
Postular cuesta mucho dinero, eso es innegable, hace bastante tiempo que las elecciones municipales se desnaturalizaron y dejaron de ser la coloquial reunión de vecinos notables, en donde se designaba al mejor vecino como Alcalde Distrital o Provincial y nadie gastaba un sol al hacerlo, igualmente, una vez elegido el burgomaestre, este no cobraba nada para dirigir las riendas de su ciudad.
Hoy, todo eso cambió y en realidad nos llama la atención encontrar a personas como las mencionados, que se han pasado casi un cuarto de siglo, postulando y postulando al cargo de Alcalde, sin importarles, al menos aparentemente, todo el gasto en el que incurren a diario, en pagar publicidad, movilidades, colaboraciones y muchos otros gastos menudos, que al cierre de campaña significan inobjetablemente, varios miles de soles que se gastaron y no retornan.
La pregunta cae por si sola, quien financia a estas personas hace más de dos décadas en sus campañas, casi todas fallidas, a la Alcaldía de su Distrito.
El abogado del diablo decía, desconfía y acertarás, la duda la tenemos sembrada y es bueno compartirla y si nos cruzamos en algún lado con estos candidatos, sería bueno preguntarles por el origen de sus finanzas, para intentar ese sueño, muchas veces de opio, de querer dirigir los destinos y los millones de las municipalidades de Cañete.
Estamos todos advertidos.
Ya vuelvo

FIESTA ELECTORAL Y ALGO MÁS... Escribe: Wilfredo Cayllahua León

ANGEL MANERO: TIEMPO DE INICIAR LA CONQUISTA DE CAÑETE PARA LOS CAÑETANOS. 
En 62 aniversario de Acción Popular, señala que el partido camina en «unidad contundente», tras superar las «polémicas» internas.
Tras retornar de sus cortas vacaciones en Rusia y dictar una conferencia a jóvenes agricultores en Ayacucho, el Ing. Angel Manero Campos, retomó sus actividades partidarias como candidato a la alcaldía provincial de Cañete por el Partido de Acción Popular de cara a las elecciones regionales y municipales de octubre próximo.
Luego de inaugurar sus bases productivas en Nuevo Imperial, Mala, Calango y San Antonio, Ángel Manero, participó en los festejos del 62 aniversario de Acción Popular, sito en su local partidario en San Vicente.
En su alocución, dijo que su agrupación política no ha estado metida en escándalos de corrupción, muy por el contrario, históricamente dejó los presidentes más honestos del Perú, esencia fundamental de su campaña.
«Estamos en un partido decente, limpio con propuestas y candidatos apropiados, dispuestos a concertar para ser la esperanza de todos», expresó Manero en medio de vítores de sus seguidores.
Parafraseando a su líder fundador, Arq. Fernando Belaunde Terry: El Perú Como Doctrina y La Conquista del Perú para los Peruanos; el candidato populista, dijo es tiempo de iniciar «la Conquista de Cañete para los cañetanos» a través de la identidad, cultura y valores.
«No lo vamos a defraudar. Sólo en Cañete hay cuatro mil correligionarios. Y eso ya es un mérito del 25 por ciento que necesitamos. O sea que empezamos con cierta ventaja, pero es tiempo de recuperar la antigua militancia», invocó a sus seguidores.
Ángel Manero, tampoco dejó de mencionar las discrepancias partidarias que fueron de dominio público, señalando que todo partido tiene sus procesos internos y existen las «polémicas». 
«Pero, pasada las elecciones y una vez sacramentadas las inscripciones en el Jurado Electoral Especial y el Jurado Nacional de Elecciones, esto camina en unidad contundente», manifestó con emoción. 
Reiteró que los candidatos distritales, provincial y regional, estarán concentrados en una sola meta que consiste en ganar las elecciones en los diferentes niveles.
Tenemos que revalorar lo nuestro. Poner en práctica la identidad, cultura y valores en todo sentido. Trabajo y oportunidades a todos. Las obras vendrán a través de su dinámica», concluyó Manero quien estuvo en compañía del candidato regional Jorge Koechlin y el aspirante a consejero. Dr. José Ruiz Meza.



LE DICEN EMBUSTERO A ALEX BAZÁN...
Los obreros del servicio de limpieza pública del municipio provincial de  Cañete, advirtieron que iniciarán una huelga indefinida, si el alcalde Alex Bazán Guzmán y sus funcionarios no solucionan sus reclamos.
Los dirigentes del Sindicato de Obreros Municipales de Cañete (SOMUNCA), tras lamentar que la autoridad edil se esconda debajo de su escritorio y rehúya al dialogo, informaron que han exigido el pago de los siete vales de alimentos que se les deben.
«El compromiso es un vale mensual, pero lamentablemente esta gestión no ha respetado los acuerdos y pactos colectivos», indicaron – tras asegurar que toda la masa trabajadora impaga está dispuesta a no salir a limpiar las calles a pesar de malestar que se creara entre los vecinos del distrito capital.
Los manifestantes además de calificar de desastrosa la gestión de Bazán Guzmán, no dudaron de tildar al alcalde de embustero y abusador.
«Acá no solo es el tema de los vales, sino también del incumplimiento con los servicios higiénicos, el comedor y un vestuario», acotaron.

TARDÍAMENTE EL JNE CONCEPTÚA QUE NO HAY REELECCIÓN PARA ALCALDES ASÍ POSTULEN PARA OTROS DISTRITOS O PROVINCIAS

En nuestra última edición, dimos a conocer que a través de la Resolución N° 0442-2018-JNE del 27 de junio de 2018, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) le dio la razón a un Jurado Electoral Especial (JEE) de la región Ucayali que declaró improcedente la inscripción de una lista de un alcalde que buscaba un periodo consecutivo en la alcaldía provincial de Purus, lo cual está prohibido según la Ley N° 30305.
Asimismo conceptuó contundente aunque tardíamente que esta norma «no hace distingo de jurisdicciones territoriales», por lo que una autoridad elegida para el periodo 2015- 2018 está prohibida de participar en las próximas elecciones a un cargo similar, es decir reelección es reelección.
Tomando como referencia legal la Resolución N° 0442-2018-JNE del 27 de junio de 2018, el JEE de Morropón ha excluido de las elecciones a Aldo Erick Álvarez Ocaña, actual alcalde del distrito San Juan de Bigote (Morropón) y candidato a la alcaldía distrital de Canchaque (Huancabamba) mediante la RESOLUCIÓN N° 00215-2018-JEE-MORR/JNE.
La RESOLUCIÓN N° 00215-2018-JEE-MORR/JNE resuelve: SE DISPONE la exclusión del candidato ALDO ERICK ALVAREZ OCAÑA (Alcalde Distrital) de la Lista de Candidatos para el Concejo Distrital de Canchaque, provincia de Huancabamba, departamento de Piura, de la Organización Política «Democracia Directa».
Tanto la situación legal de los candidatos para la provincia de Purús y Canchaque son diametralmente distintas, aunque ambos buscaban la reelección.
Tomando en cuenta, lo que el mismo Jurado Nacional de Elecciones señala, de que la norma «no hace distingo de jurisdicciones territoriales»... tenemos que debe de estar prohíbido que el alcalde distrital postule a una alcaldía provincial... como hemos señalado con el argumento de que no hay distingo de jurisdicciones territoriales.
El JNE ha indicado, que lo que corresponde es que todos los ciudadanos que identifiquen un caso similar en una lista ya admitida, presenten la tacha.
Es bueno precisar, que lo que hay en estos momentos, son listas admitidas, susceptibles de ser tachadas... todavía no hay listas inscritas... por ello, según el JNE los JEE no pueden actuar de oficio ante las listas ya admitidas pues estas ya fueron calificadas, y en dicho proceso no se aplicó este criterio. Recordemos que la Resolución del Jurado Nacional de Elecciones fue emitida recién el 27 de junio de 2018 cuando muchísimas listas ya habían sido evaluadas a nivel nacional, para su admisión... lo que está corriendo en estos momentos es el período de tachas, luego del cual recién serán listas inscritas oficialmente.

HAY ALCALDES
CANDIDATOS CON LISTAS INSCRITAS Y PUBLICADAS QUE YA NO PODRÁN SER TACHADAS
Obviamente hay listas a nivel nacional que ya fueron inscritas, y vencidos los plazos ya no pueden ser tachadas.
Para estos casos el mejor juez es el pueblo. Los alcaldes que van a la reelección camuflada pueden estar felices y contentos, pero no pasaran el escrutinio electoral el 7 de octubre pues quedaron en evidencia que representan intereses personales y de grupos corruptos.
La ley indica que los alcaldes, no pueden tener la opción de reelegirse indefinidamente, se trata de imponer límites temporales a fin de que no se produzca un cacicazgo, pueda primar la alternancia en el poder, y se favorece la competencia electoral en igualdad de oportunidades, condiciones que aseguran que esta es una forma idónea de combatir los actos de corrupción.
Los alcaldes corruptos que buscan la reelección camuflada encontraron un vacío a la Ley para seguir buscando perpetuar el poder indebido para seguir enriqueciéndose. Este 7 de octubre tenemos la oportunidad para desaparecerlos electoralmente.
Finamente, consideramos que la reelección debe ser entendida hacia el propio candidato, independientemente de la circunscripción o distrito electoral al cual postule, dado que una de las implicancias de la reelección inmediata es que LAS PERSONAS SE PERPETÚEN EN EL CARGO Y ESTO PUEDE DEGENERAR EN CORRUPCIÓN, yendo en desmedro de los intereses de la población.

COLEGIO JESÚS DE NAZARETH DIO BATACAZO EN JUEGOS DEPORTIVOS ESCOLARES NACIONALES 2018. Alumnos obtuvieron 4 medallas de oro y una de plata en la etapa regional realizado en la ciudad de Huacho..  

Cuatro medallas de oro, una de plata y otra bronce, obtuvieron los alumnos de la I.E.Pr «Jesús de Nazareth» durante su reciente participación en los Juegos Deportivos Escolares Nacionales 2018, etapa regional, realizado en la ciudad de Huacho.
La alumna, Yumi Rodríguez, se alzó con la medalla de oro por segundo año consecutivo en la modalidad de Lanzamiento de Martillo, Categoría C - Damas, superando a las participantes de las nueve provincias de Lima.  
Igualmente, Rosmery Gutiérrez  Arias, ocupó el primer lugar y por consiguiente alzándose con la medalla de oro, en la Categoría B - Damas de la disciplina Marcha Atlética de 3 Kilómetros.
Y para redondear la faena, el alumno Francisco Rivera Fajardo, se alzó con tres medallas: dos de oro y una de plata, en la categoría de habilidades diferentes, sorprendiendo a más de uno en este importante torneo escolar.
Francisco Rivera, obtuvo las doradas en 80 metros planos y salto con impulso al ocupar el primer lugar. Mientras que la de plata en lanzamiento de bala, al escoltar al campeón y clasificándose a la siguiente fase.
El jefe de la delegación, Prof. Paulo Garcìa Manzo, destacó la participación de sus alumnos y agradeció la confianza depositada por el promotor Ing. Abdel Huaranca Yáñez y de la directora del plantel, Lic. Maria Isabel Francia Garcia por otorgar todas las facilidades.
Los campeones se alistan para intervenir en la etapa macro regional que el Ministerio de Educación debe convocar antes de fin de mes, según el cronograma y, a su vez, con la confianza de seguir avanzando hacia la nacional.
EL DATO.- Cabe señalar también que la alumna Maricielo Saens, también obtuvo la medalla de bronce, en la Categoría de Damas y en la disciplina de Marcha Atlética.  

¿POR QUÉ NO HAY NINGÚN CONDENADO A CADENA PERPETUA POR FEMINICIDIO?


Cada mes en el Perú 10 mujeres son asesinadas. Estas estadísticas son aterradoras pero solo recogen la información que las autoridades han podido determinar, aún hay información que queda «en la sombra», pues existe un universo legal complejo, escabroso y burocrático que, lamentablemente, es cotidiano.
Según Eliana Revollar, defensora de la mujer, el año pasado ha habido 121 feminicidios y más de 230 intentos de feminicidio en nuestro país, pero no hay hasta ahora un condenado a cadena perpetua por cometer feminicidio. Cada vez son más recurrentes las situaciones que están relacionadas al maltrato a la mujer, algunos de los casos más emblemáticos y difundidos fueron los de Arlette Contreras, Eyvi Ágreda y el más reciente, el de Juanita Mendoza.
La violencia a la mujer parece estar en aumento, pero lo que más indigna es ver que sujetos que han cometido estos terribles casos de agresión y muerte están libres o siguen sin ser condenados.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ

DECRETO DE ALCALDIA
N° 005-2018-MDQ

Quilmaná, 05 de julio de 2018.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA.

VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 014-2018-MDQ, de fecha 29 de mayo del 2018, Informe N° 157-2017-GAT-MDQ, de fecha 04 de julio del 2018, emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, y;

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 30558, en armonía con lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, las municipalidades son órganos de gobierno local con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que: «Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del consejo municipal»;

Que mediante Ordenanza Municipal N° 014-2018-MDQ, publicada con fecha 08 de junio de 2018, se aprobó establecer el beneficio de regularización tributaria y administrativa en el distrito de Quilmaná, a efectos de promover el pago voluntario para que la población regularice sus obligaciones tributarias y no tributarias pendientes que se encuentren en la vía ordinaria o coactiva;

Que, en la Novena Disposición Final señala, facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación de la presente Ordenanza.

Que, mediante Informe N° 157-2018-GAT-MDQ, de fecha 04 de julio de 2018, la Gerencia de Administración Tributaria, señala que existen vecinos que aún no han cumplido con sus obligaciones tributarias y administrativas, por lo que resulta necesario ampliar los incentivos para que no les afecte aún más su situación económica, proponiendo que el goce del beneficio tributario otorgado para los administrados deudores u omisos, se amplié su vigencia hasta el 31 de julio del 2018;

Que, es necesario la prórroga del plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal N° 014-2018-MDQ, hasta el 31 de julio del 2018, considerándose que se ha evaluado que a la fecha existe un considerable número de contribuyentes potenciales susceptibles de acogerse a los beneficios de la referida ordenanza, pero que debido al plazo establecido correrían el riesgo de quedarse excluidos y ver dificultada su regularización tributaria.

Estando a lo expuesto, y con el visto de Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración Tributaria, en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 20° numeral 6) y Artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972;

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la prórroga de vigencia de la Ordenanza Municipal N° 014-2018-MDQ, de fecha 29 de mayo del 2018, hasta el 31 de julio del 2018, de conformidad con las consideraciones expuestas en el presente Decreto.

ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Gerencia de Administración Tributaria, el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones.

ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Logística, la publicación del presente Decreto en el diario de mayor circulación a nivel provincial.

ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Imagen Institucional, la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Quilmaná www.muniquilmana.gob.pe/.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

José Antonio Caico Fernández
Alcalde

EDICTOS DEL 09 DE JULIO

EDICTO
Ante el Juzgado Mixto Permanente de Chilca, Exp. N° 313-2017.- Juez Elmer Manuel Ochoa Galloso.- Especialista Carlos A. Jaime Ramos.- mediante Resolución N° 03 de fecha 23.01.2018, se ha ordenado publicar el extracto de la parte resolutiva contenida en la RESOLUCIÓN N° 03, DE FECHA 23.01.2018, cuyo tenor es el siguiente: SE RESUELVE: 1.- Admitir a trámite en la Vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, la demanda de RECONOCIMIENTO JUDICIAL DE UNIÓN DE HECHO, interpuesta por NATIVIDAD CANO SOEL contra la SUCESIÓN de LEONCIO PUMA TOMAYLLA y las menores YOVANA EDITH PUMA CANO, KRISTEL IVET PUMA CANO y JOSÉ MIGUEL PUMA CANO. 2.- A la SUCESIÓN de LEONCIO PUMA TOMAYLLA, conforme al artículo 435 CPC, NOTIFÍQUESE por Edicto un extracto de la resolución número tres, para que todos aquellos que se consideren habilitados y con derecho a contradecir, a fin de que EN EL PLAZO DE TREINTA DÍAS ABSUELVAN LA DEMANDA, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. 3.- Nombrar curador procesal a los menores YOVANA EDITH PUMA CANO, KRISTEL IVET PUMA CANO y JOSÉ MIGUEL PUMA CANO, para tal efecto cúmplase con oficiar al Colegio de Abogados de Cañete, Secretario Judicial Carlos Alberto Jaime Ramos.
Abog. Carlos A. Jaime Ramos
Secretario Judicial
Juzgado Mixto Permanente de Chilca
Publicar: 26 de Junio, 03 y 09 de Julio de 2018.

El Ormeño Se Trajo Un Punto De Visita... INDEPENDIENTE SE DEJÓ ARREBATAR EL TRIUNFO EN LOS MINUTOS FINALES... 1 A 1 CON EL VILLA UNIÓN

Se inició la Etapa Departamental, y como se sabe, participan 14 elencos… y este fin de semana se programó 7 encuentros… hay que señalar que según la modalidad empleada, clasifican los 7 ganadores y los 5 mejores perdedores… vale decir quedan 2 fuera de carrera.
El subcampeón limeño el Defensor Lubricantes venció al campeón de Canta Los Angeles Negros, por 1 a 0… Lubricantes de esa forma hizo pesar su condición de local.
Por su parte Juventud Huaripache, el segundo de Huarochirí, no pudo vencer al Social Venus, campeón de Huaura y empató 1 a 1.
El Deportivo Géminis, campeón limeño, por su parte, logró una victoria trabajosa jugando de visita, al vencer por 1 a 0 al Defensor Chanana, subcampeón de Barranca.
El campeón de Barranca, Mariscal Santa Cruz, venció a domicilio al subcampeón de Canta, Huracán Santa Rosa, por un estrecho 3 a 2.
Mientras que el campeón de Huaral, el Laure Sur venció a domicilio al Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, subcampeón de Barranca, goleándolo por 4 a 0.
En el Roberto Yañez, el Atlético Independiente se dejó arrebatar el triunfo, ante el Villa Unión, sobre el final del partido… empataron 1 a 1… había adelantado Ricky Ardiles a los 5 del segundo tiempo… y faltando poco para culminar el partido… de penal empató el Villa Unión.
Finalmente, el Walter Ormeño también empató pero de visita ante el elenco del Norte Peralvillo 1 a 1, y ahora le tocará definir la llave en el Oscar Ramos Cabieses.


WALTER ORMEÑO CONSIGUIÓ LABORIOSO EMPATE EN CHANCAY

Muchos hinchas ormeñistas desde templano llegaron a la ciudad de Chancay y se reencontraron con los imperialinos residentes en la ciudad de Lima y del norte chico. El profesor Gabriel Morote en su debut estuvo a punto de conseguir su tres primeros puntos con un equipo reforzado en sus líneas, que presento en el ataque a Manuel Millares y Portella, justamente este último el autor del gol que permitiría a la postre regresarse a Cañete con el sabor de un punto bien ganado... aunque bien, pudieron ser los tres...
En el primer tiempo, el chato Carlos García comandó el ataque y en la primera fracción de juego el marcador terminaría en blanco.
En el segundo tiempo en el Ormeño ingresaria Josimar Saenz por Vivar y el «nene» Bernal por Carlos Garcia. El gool llegaría a los 11 minutos gracias a un buen tiro de Portella via penal
Al equipo del pueblo se le escapó el triunfo en los minutos finales cuando el reloj marcaban los 44 minutos finales... un incisivo ataque local, obligó a que el arquero cometiese penal... se ganó la amarilla, que bien pudo ser roja... y via penal el cuadro de Norte Peralvillo lograría el empate.
Este domingo el Ormeño recibe en el Oscar Ramos Cabieses en el partido de vuelta a su ocasional rival,y buscará sella su clasificación a la siguiente fase, con un buen triunfo en casa.
Se espera que la hinchada ormeñista acuda en masa... al encuentro.

AUDIENCIAS DEL 09 DE JULIO