ACUSAN A JAVIER ALVARADO DE BOICOTEAR CONSTRUCCION DEL HOSPITAL REGIONAL DE CAÑETE
Vocero De Nelson Chui Lo Acusa De Promover Apología De La Violencia
El coordinador y vocero del Gobierno Regional de Lima en Cañete, Víctor Mancini Echevarría, aclaró que mientras la Municipalidad Provincial de Cañete no cumpla con regularizar el saneamiento físico legal de las cuatro hectáreas donde se proyecta edificar el Hospital Regional, el FORSUR no podrá hacer la transferencia a la Región para iniciar la obra de construcción del nuevo nosocomio.
En respuesta a las declaraciones del burgomaestre Javier Alvarado, quien afirmó que es el Gobierno de Nelson Chui el que tiene encarpetado la puesta en marcha de esta obra, Mancinni Echevarria, precisó que desde agosto del 2009, están solicitando al burgomaestre provincial cumpla con estos requerimientos, dejando entrever que dentro de la gestión de Alvarado Gonzales del Valle, existe la mala intención de crearle una mala imagen al actual Gobierno Regional de Lima.
Mancini Echevarria, puntualizó que el alcalde esta utilizando siempre un doble discurso, anotando que si tiene la buena voluntad política de hacer realidad el sueño del Hospital Regional, «esa voluntad no puede ser verbal porque el no es el dueño del terreno y esto tiene que quedar plasmado a través de un documento oficial».
Explicó que por ejemplo hasta la fecha la administración municipal de Alvarado no ha cumplido con inscribir las 23 hectáreas adquiridas en el distrito de San Luis, para luego proceder a independizar las 4 hectáreas destinadas a la construcción del Hospital Regional, registrándolas a nombre de la Dirección Regional de Salud.
Enfatizó que esta conducta asumida por quien todavía esta al frente de la Municipalidad Provincial, es propia de quien esta perdiendo el rumbo como figura política, anotando que Alvarado Gonzales del Valle ha vivido engañado por quienes lo acompañan de cerca como «la máxima expresión política en Cañete y la Región».
«La población tiene que conocer que se está boicoteando el trabajo del Gobierno Regional para hacer realidad la construcción del Hospital Regional», continuó diciendo, tras agregar que el alcalde de Cañete tiene que explicar a su pueblo porque adquirió 23 hectáreas, cuando en realidad solo eran necesarias 4 o 5 para el referido nosocomio.
«Cuando compras una propiedad para un fin y no la transfieres, es claro que no existe la intención y menos la voluntad de hacerlo», recalcó.
Mancini Echevarria, no dudo en expresar que el Alcalde cañetano esta utilizando este problema para hacer apología de la violencia contra el Gobierno Regional de Nelson Chui Mejía.
«En una reunión en Santa Rosa, el alcalde le ha dicho a la gente de Construcción Civil, vayan a hacer bulla a la Región que no hace nada, haciendo apología de la violencia y utilizando las obras que el hace en contra de las obras que supuestamente la región no hace», remarcó, tras denunciar que Alvarado Gonzales del Valle ha hecho una alianza política con la dirigencia de Construcción Civil a espalda del propio sindicato.
Finalmente, reiteró que para nadie es un secreto que cuando Javier Alvarado González del Valle, ganó las elecciones municipales, antes de sentarse en el sillón municipal, ya estaba pensando hacerlo en el de la Presidencia Regional.
13 febrero 2010
PRIMER CASO DE HOMICIDIO EN EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL EN LA CORTE DE CAÑETE
El juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cañete, Carlos Alberto Zavaleta Grandez, declaró fundado el pedido del Ministerio Público de prisión preventiva contra Miguel Ángel Salazar Espichan, a efectos de asegurar su presencia durante el proceso que se le sigue por el supuesto caso de Homicidio.
Salazar Espichan, de 18 años, declaró en presencia del Juez, Fiscal y su abogado, que atacó al occiso Jhan Carlos Sánchez Legario, en circunstancias en que el agraviado se encontraba libando licor en compañía de sus amigos. La discusión empezó cuando Salazar Espichan le reclamó al occiso, por el robo de unas zapatillas en fecha anterior; Sánchez Legario le indicó que él no había sustraído nada, para luego el imputado ingresar a su domicilio de donde saco un arma blanca y habría atacado al joven, provocando una herida letal a Sánchez Legario, quien fue trasladado al Centro de Salud de Cañete, donde falleció.
Los hechos sucedieron al promediar las 22.00 p.m. del día 07 de febrero, en la esquina de la Mz. L en el Asentamiento Humano Josefina Ramos, conocido como «Las Malvinas» en el distrito de Imperial, provincia de Cañete.
Si bien las tasas de crímenes se incrementan cada día en las zonas urbano - marginales en todo el Perú, y la PNP tiene focalizados los puntos donde ocurren este tipo de hechos, entonces es necesario que desarrollen con mayor énfasis una función preventiva. Asimismo, es evidente que población y autoridades se deben unir en la lucha contra este flagelo.
El Nuevo Código Procesal Penal, que se implementó en las provincias de Cañete y Yauyos a partir del 01 de diciembre del 2009 tiene diversas ventajas, comparado con el antiguo Código de Procedimientos Penales de 1940. Entre otras ventajas, el nuevo Código Procesal Penal reviste mayores garantías procesales en beneficio de los justiciables, traducidos en la oralidad, publicidad, contradicción, igualdad de armas, y sobre todo en el tiempo record en el cual se resuelven los procesos con el nuevo sistema.
El juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cañete, Carlos Alberto Zavaleta Grandez, declaró fundado el pedido del Ministerio Público de prisión preventiva contra Miguel Ángel Salazar Espichan, a efectos de asegurar su presencia durante el proceso que se le sigue por el supuesto caso de Homicidio.
Salazar Espichan, de 18 años, declaró en presencia del Juez, Fiscal y su abogado, que atacó al occiso Jhan Carlos Sánchez Legario, en circunstancias en que el agraviado se encontraba libando licor en compañía de sus amigos. La discusión empezó cuando Salazar Espichan le reclamó al occiso, por el robo de unas zapatillas en fecha anterior; Sánchez Legario le indicó que él no había sustraído nada, para luego el imputado ingresar a su domicilio de donde saco un arma blanca y habría atacado al joven, provocando una herida letal a Sánchez Legario, quien fue trasladado al Centro de Salud de Cañete, donde falleció.
Los hechos sucedieron al promediar las 22.00 p.m. del día 07 de febrero, en la esquina de la Mz. L en el Asentamiento Humano Josefina Ramos, conocido como «Las Malvinas» en el distrito de Imperial, provincia de Cañete.
Si bien las tasas de crímenes se incrementan cada día en las zonas urbano - marginales en todo el Perú, y la PNP tiene focalizados los puntos donde ocurren este tipo de hechos, entonces es necesario que desarrollen con mayor énfasis una función preventiva. Asimismo, es evidente que población y autoridades se deben unir en la lucha contra este flagelo.
El Nuevo Código Procesal Penal, que se implementó en las provincias de Cañete y Yauyos a partir del 01 de diciembre del 2009 tiene diversas ventajas, comparado con el antiguo Código de Procedimientos Penales de 1940. Entre otras ventajas, el nuevo Código Procesal Penal reviste mayores garantías procesales en beneficio de los justiciables, traducidos en la oralidad, publicidad, contradicción, igualdad de armas, y sobre todo en el tiempo record en el cual se resuelven los procesos con el nuevo sistema.
¡A propósito del Día de los Enamorados!
CERRO AZUL Beach… PUERTO DEL SOL Y AMOR
Escribe: José Ruiz Meza
Atravesando las empedradas callejuelas, frente al mar ,voy cruzando raudamente entre las palmeras adoloridas por el eterno tiempo y las olas verde jade que van y vienen sin cesar, voy recorriendo el parque y la antigua rotonda ,la misma que es habitada hoy por la densa neblina, camino rumbo a la Playa, estoy enrumbado cerca al portón de madera que yace y que da la bienvenida y protege al célebre Muelle viejo.
Sabes, por ti amo uno a uno de los vetustos maderos que soportan al otrora Muelle Viejo de Cerro Azul ,siento en este momento solo el olor de tu cuerpo que duele a perfume de estación de primavera.
Como una flor a su perfume, así estoy hoy encadenado a tu singular y perpetuo recuerdo ,vuelvo nuevamente como la ola al muelle eterno ,al muelle viejo para avizorar a lo lejos el sunset y el águila de piedra frente a ellos declare mi amor por ti, aquí yacen nuestras plegarias las mismas que vuelven como olas vuelven especialmente en verano.
Sabes, nena necesito hoy de tu amor, como necesito del mar por que me enseña a ser misterioso y profundo, el atardecer y tu recuerdo se sumerge esta letal tarde, como los pececillos que diviso a lo lejos hoy sin ti ...ya que solo tengo tu recuerdo hoy evoco tu especial rostro ,tu singular y exótico perfume de fragancia de rosas y lilas. A esta hora de la madrugada ,camino sin dirección, estoy lentamente tatareando una especial canción es de la Banda Americana The Eagles ,estoy conectado al walkman es nuestra canción Hotel California..suspiro al recordarte , Baby ...cuando por primera vez te besé, allí estuvimos bajo el azulado cielo, con un éxtasis que yo no conocía ,estoy respirando tu amor ,el sabor de aguamarina de tus besos ,hoy me siento hacia ti ,un eterno navegante buscando copular en alta mar ante la mirada atónita de los peces ,quienes en cardúmenes inigualables se desplazan alegremente
Hoy estoy acostumbrado a tus besos y al reflejo verde jade de las olas, a la eterna brisa marina ,por una pedregosa vereda, a esta hora ,voy recordando tu mensaje, especialmente tu dulce mirada, siempre tan simple, sencilla y sincera, en mi cuerpo moreno ,corre aún impregnado Tu rimel y perfume especial de rosas rojas y simples lilas. Tu sensación de mujer ,de hada y ternura, camino nuevamente hacia Muelle Viejo, sobre sus pardas y húmedas arenas, esperando encontrarte donde te perdí..
Eres solo tú ,Baby...La musa de mi alma perdida ,elixir de mi life, de mi ser y mis neuronas...fumo un cigarrillo, esperándote doncella y no has llegado a mi encuentro, hoy en este frió amanecer, solamente me acompaña tu especial y fragancioso perfume ,esa fragancia que tu cuerpo despide.. sabes ,quiero que sepas que solo tu estas hoy en mi pensamiento ,en este momento de la mañana tu recuerdo me aflige, espero volverte a ver ,musa del mar del sur cualquier día de estos ..para caminar de tu mano y caminar sobre mojado, sobre las eternas piedras y arenas del Muelle Viejo de Cerro Azul y su densa niebla...para besarte frente al águila de piedra ,lugar en donde juramos amor eterno, amor por siempre, amor por amor ,tu mujer..mi única isla,..mi única musa en el mar de mi deseo.
CERRO AZUL Beach… PUERTO DEL SOL Y AMOR
Escribe: José Ruiz Meza
Atravesando las empedradas callejuelas, frente al mar ,voy cruzando raudamente entre las palmeras adoloridas por el eterno tiempo y las olas verde jade que van y vienen sin cesar, voy recorriendo el parque y la antigua rotonda ,la misma que es habitada hoy por la densa neblina, camino rumbo a la Playa, estoy enrumbado cerca al portón de madera que yace y que da la bienvenida y protege al célebre Muelle viejo.
Sabes, por ti amo uno a uno de los vetustos maderos que soportan al otrora Muelle Viejo de Cerro Azul ,siento en este momento solo el olor de tu cuerpo que duele a perfume de estación de primavera.
Como una flor a su perfume, así estoy hoy encadenado a tu singular y perpetuo recuerdo ,vuelvo nuevamente como la ola al muelle eterno ,al muelle viejo para avizorar a lo lejos el sunset y el águila de piedra frente a ellos declare mi amor por ti, aquí yacen nuestras plegarias las mismas que vuelven como olas vuelven especialmente en verano.
Sabes, nena necesito hoy de tu amor, como necesito del mar por que me enseña a ser misterioso y profundo, el atardecer y tu recuerdo se sumerge esta letal tarde, como los pececillos que diviso a lo lejos hoy sin ti ...ya que solo tengo tu recuerdo hoy evoco tu especial rostro ,tu singular y exótico perfume de fragancia de rosas y lilas. A esta hora de la madrugada ,camino sin dirección, estoy lentamente tatareando una especial canción es de la Banda Americana The Eagles ,estoy conectado al walkman es nuestra canción Hotel California..suspiro al recordarte , Baby ...cuando por primera vez te besé, allí estuvimos bajo el azulado cielo, con un éxtasis que yo no conocía ,estoy respirando tu amor ,el sabor de aguamarina de tus besos ,hoy me siento hacia ti ,un eterno navegante buscando copular en alta mar ante la mirada atónita de los peces ,quienes en cardúmenes inigualables se desplazan alegremente
Hoy estoy acostumbrado a tus besos y al reflejo verde jade de las olas, a la eterna brisa marina ,por una pedregosa vereda, a esta hora ,voy recordando tu mensaje, especialmente tu dulce mirada, siempre tan simple, sencilla y sincera, en mi cuerpo moreno ,corre aún impregnado Tu rimel y perfume especial de rosas rojas y simples lilas. Tu sensación de mujer ,de hada y ternura, camino nuevamente hacia Muelle Viejo, sobre sus pardas y húmedas arenas, esperando encontrarte donde te perdí..
Eres solo tú ,Baby...La musa de mi alma perdida ,elixir de mi life, de mi ser y mis neuronas...fumo un cigarrillo, esperándote doncella y no has llegado a mi encuentro, hoy en este frió amanecer, solamente me acompaña tu especial y fragancioso perfume ,esa fragancia que tu cuerpo despide.. sabes ,quiero que sepas que solo tu estas hoy en mi pensamiento ,en este momento de la mañana tu recuerdo me aflige, espero volverte a ver ,musa del mar del sur cualquier día de estos ..para caminar de tu mano y caminar sobre mojado, sobre las eternas piedras y arenas del Muelle Viejo de Cerro Azul y su densa niebla...para besarte frente al águila de piedra ,lugar en donde juramos amor eterno, amor por siempre, amor por amor ,tu mujer..mi única isla,..mi única musa en el mar de mi deseo.
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA AVANZA CONSTRUCCIÓN DE CARRETERA ENTRE SAN ANTONIO Y SANTA CRUZ DE FLORES EN LA PROVINCIA DE CAÑETE
Una importante visita de trabajo realizó a la zona norte de la provincia de Cañete personal técnico de la oficina zonal del Gobierno Regional de Lima, para inspeccionar el avance de la infraestructura física de la carretera que se construye entre los distritos de San Antonio y Santa Ceuz de Flores en una extensión de 3 Km. obra que beneficiará a cientos de pobladores en estas localidades.
Trabajadores de la Empresa Consorcio Coniesa Hall laboran actualmente en el levantamiento y demolición de la antigua carpeta asfáltica y el avance cumple con las especificaciones técnicas y los acuerdos entre las partes contratantes, cuya meta es culminar los trabajos en un plazo de 75 días calendarios a un costo de S/. 1´540,427.81 nuevos soles.
Es preciso señalar que en el marco del plan de contingencia requerida para la obra, se ha dispuesto un desvío como ruta alterna para el paso de los vehículos y asimismo, la oficina zonal del Gobierno regional de Lima en Cañete, entendiendo que los trabajos crearían algunos contratiempos, se ha comunicado a la población a través de volantes la necesidad impostergable de la ejecución de estas obras.
Una importante visita de trabajo realizó a la zona norte de la provincia de Cañete personal técnico de la oficina zonal del Gobierno Regional de Lima, para inspeccionar el avance de la infraestructura física de la carretera que se construye entre los distritos de San Antonio y Santa Ceuz de Flores en una extensión de 3 Km. obra que beneficiará a cientos de pobladores en estas localidades.
Trabajadores de la Empresa Consorcio Coniesa Hall laboran actualmente en el levantamiento y demolición de la antigua carpeta asfáltica y el avance cumple con las especificaciones técnicas y los acuerdos entre las partes contratantes, cuya meta es culminar los trabajos en un plazo de 75 días calendarios a un costo de S/. 1´540,427.81 nuevos soles.
Es preciso señalar que en el marco del plan de contingencia requerida para la obra, se ha dispuesto un desvío como ruta alterna para el paso de los vehículos y asimismo, la oficina zonal del Gobierno regional de Lima en Cañete, entendiendo que los trabajos crearían algunos contratiempos, se ha comunicado a la población a través de volantes la necesidad impostergable de la ejecución de estas obras.
EX ALCALDESA LANZA SUS DARDOS CONTRA REGIDOR PERCY ALCALA
Asegura Que No hay Punto De Comparación Moral Entre Ambos
La ex alcaldesa provincial de Cañete y candidata al sillón municipal, Rufina Lévano Quispe, remarcó que el regidor provincial Percy Alcalá Mateo, es la persona moralmente menos indicada para calificarla de traidora, al decidir unirse mediante una alianza a la agrupación política «La Familia» que lidera el actual Presidente Regional Nelson Chui Mejía.
Muy a su estilo, dejó entrever que no hay punto de comparación entre el referido regidor que también aspira alcanzar el sillón municipal en estas elecciones de octubre próximo.
La controvertida política, le encomendó al mencionado regidor, investigar si entre la comuna local Rufina Lévano es conocida por «hacer negociaciones por debajo de la mesa y recibir coimas durante las fiestas de la semana de Cañete a través de los llamados juegos mecánicos y por pedir dinero para facilitar la licencia de funcionamiento de una discoteca o centro nocturno».
Desmereciendo la calidad moral de Alcalá Mateó como parte de la actual gestión municipal, enfatizó que cuando el referido regidor se cruce en su camino, «este tendría que santiguarse» por la diferencia moral que hay entre ambos.
Asimismo, le recomendó cumplir lealmente con su función fiscalizadora, tras reiterar que Javier Alvarado ha comprado 23 hectáreas de terreno sobrevalorado y sin el proceso de selección que la ley determina para estos casos.
«Traición a Cañete es lo que se ha hecho en esta gestión por comprar unos terrenos sobrevalorados a espaldas del pueblo», remarcó en tono enérgico la ex primera autoridad edilicia, tras añadir que la población debe investigar quién en realidad ha estafado al pueblo cañetano, el alcalde Javier Alvarado o los señores Rizo Patrón como ex propietarios de dichos terrenos.
Asegura Que No hay Punto De Comparación Moral Entre Ambos
La ex alcaldesa provincial de Cañete y candidata al sillón municipal, Rufina Lévano Quispe, remarcó que el regidor provincial Percy Alcalá Mateo, es la persona moralmente menos indicada para calificarla de traidora, al decidir unirse mediante una alianza a la agrupación política «La Familia» que lidera el actual Presidente Regional Nelson Chui Mejía.
Muy a su estilo, dejó entrever que no hay punto de comparación entre el referido regidor que también aspira alcanzar el sillón municipal en estas elecciones de octubre próximo.
La controvertida política, le encomendó al mencionado regidor, investigar si entre la comuna local Rufina Lévano es conocida por «hacer negociaciones por debajo de la mesa y recibir coimas durante las fiestas de la semana de Cañete a través de los llamados juegos mecánicos y por pedir dinero para facilitar la licencia de funcionamiento de una discoteca o centro nocturno».
Desmereciendo la calidad moral de Alcalá Mateó como parte de la actual gestión municipal, enfatizó que cuando el referido regidor se cruce en su camino, «este tendría que santiguarse» por la diferencia moral que hay entre ambos.
Asimismo, le recomendó cumplir lealmente con su función fiscalizadora, tras reiterar que Javier Alvarado ha comprado 23 hectáreas de terreno sobrevalorado y sin el proceso de selección que la ley determina para estos casos.
«Traición a Cañete es lo que se ha hecho en esta gestión por comprar unos terrenos sobrevalorados a espaldas del pueblo», remarcó en tono enérgico la ex primera autoridad edilicia, tras añadir que la población debe investigar quién en realidad ha estafado al pueblo cañetano, el alcalde Javier Alvarado o los señores Rizo Patrón como ex propietarios de dichos terrenos.
EDE CAÑETE S.A.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupcion del servicio eléctrico.
1. LUGAR: Camino carrozable CP. Espiritu Santo de Palo.
ZONAS AFECTADAS: CPM Herbay Alto, San Judas Tadeo, Santo
Domingo, CPM El Zaire, El Establo, San Juan Bajo,
San Juan Alto, Espíritu Santo de Palo, La Isla Alta,
La Isla Baja del Distrito de San Vicente de la
provincia de Cañete del Departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS: PDS 32170
DIA: Jueves 11 de febrero de 2010
HORA DE INICIO: 15:10 hrs. Jueves 11 de febrero de 2010
HORA FINAL: 17:32 hrs. Jueves 11 de febrero de 2010
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red de M.T., ocasionada por Averia por Terceros, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización de los circuitos afectados.
EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupcion del servicio eléctrico.
1. LUGAR: Camino carrozable CP. Espiritu Santo de Palo.
ZONAS AFECTADAS: CPM Herbay Alto, San Judas Tadeo, Santo
Domingo, CPM El Zaire, El Establo, San Juan Bajo,
San Juan Alto, Espíritu Santo de Palo, La Isla Alta,
La Isla Baja del Distrito de San Vicente de la
provincia de Cañete del Departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS: PDS 32170
DIA: Jueves 11 de febrero de 2010
HORA DE INICIO: 15:10 hrs. Jueves 11 de febrero de 2010
HORA FINAL: 17:32 hrs. Jueves 11 de febrero de 2010
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red de M.T., ocasionada por Averia por Terceros, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización de los circuitos afectados.
EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
COMUNEROS DE MALA INICIARON PLANTÓN, HUBO BALACERA…Y SIGUEN EN PIE DE LUCHA…
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (corresponsal en Mala)
Eran las 20.00 horas aproximadamente del día de ayer 12 de febrero, una llamada telefónica a esta corresponsalía daba cuenta de una balacera en la zona denominada «Anexo 27 de Diciembre» de la Comunidad Campesina de Mala, llamada que por supuesto no era necesaria, porque puso en vilo a todo el pueblo maleño; en cumplimiento a mi deber me dirigí bajo todo riesgo al «lugar de los hechos» y a las 21.36 horas pude obtener una entrevista exclusiva (al ingreso, en la tranquera) donde fui recibido con expectativa por más de un millar de comuneros ubicados estratégicamente y rodeando toda la Minera Condestable, a propósito era el único medio que los atendía informativamente en directo y sin escala, paralelamente RPP daba cuenta del hecho a nivel nacional «Directo en Directo» pero por teléfono, cabe resaltar que los medios locales por la mañana abordaron la información del acontecer del plantón, reproduzco pasajes de la entrevista por ser de interés colectivo.
SE HA CONTRATADO
PERSONAL QUE NO ES DE LA COMUNIDAD…
Juan Chumpitaz Vera (Presidente de la Comunidad Campesina de Mala): « Muy Buenas noches señor Agapito, gracias por entrevistarnos, por venir a esta hora de la noche, le explico, nosotros tenemos un convenio con Cía. Minera Condestable, el cual en una de las cláusulas dice que Condestable se comprometía a contratar a personal comunero, para que pueda laborar en la minera (condestable), ellos han contratado por lo menos a 90 personas que no son de la comunidad, que han ingresado a trabajar bajo la modalidad de contratas, pero no han tomado a ninguno de nuestros comuneros. En estos últimos tiempos tenemos entre 300 a 350 comuneros trabajando, pero hay aproximadamente 300 personas que están esperando un puesto de trabajo, aparte que también contamos con los anexos que están en la misma situación de la sede de San Marcos de la Aguada.
Nosotros hace dos días nos reunimos en la comunidad en asamblea y decidimos éste plantón pacífico para hacer respetar el convenio que se está incumpliendo; la comunidad tiene una población de 8000 habitantes, y estamos todos muy unidos, no vamos a permitir más abusos, acá en el ingreso de Condestable estamos cerca de 1000 personas, en el anexo 27 de diciembre tenemos una cantidad igual, estamos haciendo relevos en tres turnos. Nos dijeron que estaba el ingeniero Ricardo Trovarelli acá en Mala, que es el Gerente General de la Cía. Minera Condestable, pero no hemos tenido todavía ninguna entrevista con él.
¿CUAL ES EL PLIEGO DE RECLAMOS?…
Señores: Jimmy Orihuela Ávila gerente de operaciones, Eduardo Solano Pimentel Superintendente de Administración de la Cía. Minera Condestable, el pueblo en general de la Comunidad Campesina de Mala los saluda y luego constituido ante usted hace entrega vía escrita el requerimiento inmediato a la representación de la Cía. Minera Condestable ante el órgano supremo de nuestra Comunidad Campesina las clausulas siguientes: Incumplimiento del convenio en la mayoría de esos numerales. Marginación de nuestros comuneros en puestos de trabajos; la no capacitación de los comuneros como exige el convenio, por lo que formulamos una agenda a tratar la que desarrollamos conjuntamente ante la asamblea general el día viernes 12 de febrero del 2010; a) incumplimiento del convenio con ajuste a la realidad; b))Participación de los mineros como empresa dentro de la unidad minera; c) Respeto a los derechos laborales de los comuneros; d) no al hostigamiento ni represalia ante los reclamos Laborales de los comuneros; e) realización de proyectos y obras sostenibles que beneficien a la comunidad; f) Reorganización de los trabajadores en la oficina de recursos humanos de la Cía. Minera Condestable por incapacidad profesional e insensibilidad; d) cumplimiento del proyectos PAMA; h) Practicas pre profesionales de los comuneros en la Cía. Y exigencia a las contratas que laboren dentro de la Minera Condestable en el cumplimiento del convenio; j) igualdad de oportunidades en el ámbito laboral; k) mayoría de empleos para los comuneros en los diferentes áreas laborales; l) capacitación a los comuneros en el cumplimiento del convenio; m) respeto al mínimo minero legal, en el régimen común; n) pago justo a los trabajadores del programa de apoyo del grupo de los quince; o) informe y coordinación previa de realizar actividades laborales de las contratas en la unidad minera; p) estabilidad laboral para el personal comunero…
BALACERA PUDO CAUSAR MUERTES…
Bueno nosotros nos hemos plantado acá en el ingreso a la minera, pero ellos están ingresando por otros sitios, entonces el volquete de nuestra comunidad ha salido a ver que es lo que estaba suscitándose en el anexo «27 de Diciembre» de la comunidad, por la «Loma de Ihuancal», ha habido prácticamente disparos hacia nuestros volquetes, nosotros en este caso los comuneros, hemos tenido que defendernos, se ha traído a dos camionetas de la Cía. con algunos trabajadores que estaban tratando de ingresar por otros sitios, los mismos que ya se han retirado, las camionetas están afuera (de la tranquera) para que esto sea una prueba, ellos prácticamente nos están tratando mal, habían cerca de 10 camionetas, no se ha identificado todavía quienes hicieron los disparos hemos agarrado a 2 y el resto huyó.
TODA LA COMUNIDAD ALZA SU VEZ DE PROTESTA…
También en 27 de diciembre hay un ingreso a Minera Condestable y están ellos en las mismas condiciones de defensa que nosotros, nos están citando para el día lunes en Lima, pero nosotros tomamos el acuerdo en asamblea que él tiene que estar aquí presente en nuestra comunidad para resolver este tema, continuaremos con la lucha hasta llegara una solución y que se cumpla el convenio, eso es todo lo que solicitamos de él. Las contratas tienen subcontratas, creo yo que Cía. Minera Condestable al tener un convenio con nosotros, a las contratas que subcontratas le deben también informar que nosotros tenemos un convenio. En el convenio dice que si la comunidad no tiene gente de experiencia la minera tiene que capacitar para que pueden lograr ingresar a laborar, son explotaciones de minerales, es algo simple creo yo que todo minero lo hace, sólo se requiere de una capacitación que estamos dispuestos a hacerlos; para iniciar el dialogo lo primero que tiene que hacer Minera Condestable es que se comprometa a cumplir con el aspecto laboral, en este caso que den trabajo que es lo principal para que puedan llevar algo a la casa.
COMO SE SOSTIENEN ECONOMICAMENTE EN ESTAS «HORAS DE LUCHA»
En estos momentos nos estamos ayudando todos los comuneros con «ollas Comunes» hemos decidido esta lucha y no vamos a parar hasta conseguir los objetivos trazados, nosotros en las próximas horas nos vamos a reunir y tomaremos decisiones para realizar otras marchas pacíficas, manifestarle a los representantes de Minera Condestable, que no nos van a doblegar con los que están haciendo, en este caso con los disparos que están haciendo en la noche, porque estamos reclamando algo justo, porque tenemos un convenio con ellos y no le están cumpliendo. Tenemos que organizarnos y ver como defender nuestras tierras comunales porque donde estamos ahora es terreno comunal, son nuestros terrenos.
QUE DICE EL CONTRATO…
Es una servidumbre de parte de la comunidad hacia condestable, lamentablemente hemos hecho un mal convenio al año nos están dando 20.000.00 dólares que es irrisorio, que no se debía haber hecho, sobre todo tomando en cuenta que son 30 años que van a estar con este convenio, estos 30 años empezó el año 2005, una de las clausulas dice que en caso de incumplimiento esto quedaría allí y de parte de condestable lo están incumpliendo.
Solamente pedirle a Cía. Minera Condestable que recapacite, nosotros estamos aptos, dispuestos, y llanos a conversar, en este caso con el gerente general, que fue también que en el año 2005 firmó este convenio, fue a la comunidad, en este caso a San Marcos de la Aguada, se hizo una asamblea general y él estuvo para la firma y se comprometió apoyar a la comunidad, lamentablemente no se que es lo que está pasando.
EN VOZ ALTA…
Jesús Huamán Gutiérrez(tesorero): «…lo que tengo que agregar es que la minera condestable debe cumplir con su compromiso, con sus acuerdos que suscribe con toda institución, como lo hecho con nuestra comunidad, esperamos que se sienten a dialogar con la comunidad, hoy en día somos 8000 comuneros muchos de ellos tienen ya hijos mayores y así mismo hay comuneros que están sin empleo, para apoyar a nuestras familias nosotros necesitamos los puestos de trabajo… creo que la minera puede dar un poco más, para hacer realidad nuestros proyectos sostenibles, creo que hay reserva minera para mucho tiempo…tenemos confianza que el señor Trovarelli en su debido momento va asumir su responsabilidad..»
Miguel Arias Manco (comunero) «…Bueno como comuneros estamos presentes para hacer cumplir nuestros reclamos, en ese mismo convenio dice sobre los proyectos sostenibles, minera condestable desde que se ha firmado este convenio con la comunidad, no ha realizado un proyecto sostenible, simplemente está dando migajas a la comunidad; a través de las personas encargadas de la administración se vienen cometiendo abusos es el caso que existen ellos llaman programas de apoyo, que no son otra cosa que programas de explotación, porque hay señoras que ganan hasta S/. 7.00 soles, hay trabajadores que trabajan por el régimen común y lo hacen trabajar en construcción civil, que es un programa de 20 a 30 soles, sin embargo en construcción civil ustedes saben que tienen todos los derechos, que esta superando los 400 soles, pero aquí el comunero gana menos, entonces ante los abusos y el incumplimiento del convenio, es que los comuneros nos hemos puesto de pie pacíficamente haciendo un plantón, los mismo representantes de la minera dijeron en horas de la mañana que habían dicho a sus trabajadores que no ingresen a trabajar, no es que la comunidad campesina lo haya parado, si no que ellos mismos ordenaron, prueba de ello que los trabajadores estuvieron de las 8 a 9 de la mañana esperando la movilidad, pero la empresa ordenó que no ingresen a trabajar el día de hoy, si es que no pueden culpar a la comunidad, mire hay proyectos sostenibles, el caso de apoyo en agricultura, ya que a la larga viene a beneficiar a los comuneros, sabe usted en que nos preparan para que el comunero sea barman, para que nuestras mujeres vayan de sirvientas y eso verdaderamente no son proyectos sostenibles, sino paliativos ósea quiere decir que el comunero sirve para barrer o preparar tragos, nosotros decimos en vez que nos enseñen a preparar tragos porque la minera condestable no contrata a profesionales y capacita al comunero, de esta manera el comunero va a producir y generar su propia fuente de empleo, no queremos que toda la vida nos estén regalando, nosotros queremos generar puestos de trabajo, ellos sabiendo que este punto está en el convenio no lo realizan, en otro punto dice la minera condestable capacitará a los comuneros, pero no capacita a nadie.
TRABAJAN HASTA
ENFERMOS…
Hay comuneros que pueden dar testimonio que se trata mal al trabajador, que con heridas abiertas piden no poder trabajar, y sin embargo que lo dice el señor de recursos humanos, el señor Solís le dice que trabajen, sino que le digan al doctor que le den una computadora, pero tienen que trabajar, le obliga a trabajar hasta con herida abierta, entonces eso se llama atentar contra la vida del comunero, que tiene que hacer el trabajo por obligación arriesgando su propia vida, el día de hoy estamos agradecido a esta junta directiva porque es la primera vez que los directivos se ponen al frente y dan la cara a la minera condestable, sin embargo en otros periodos no fueron capaces de hacerlo, se quedaron callados y no reclamaron nada, hoy en día el pueblo a pedido y esta junta directiva está presente con nosotros el pueblo reclama y exige lo que a nosotros verdaderamente nos corresponde a través de un convenios, esperamos que el señor Trovarelli venga acá, es lamentablemente escucharlo el día de hoy por la vía telefónica, en el cual el manifestó, y acá somos testigos todos los comuneros que no tiene porque venir ni quiere venir, nosotros el día que quiera venir lo vamos a esperar pacíficamente, nosotros a ese señor si lo respetamos y estimamos bastante, por eso queremos hablar con él porque creemos que todo lo que sucede acá él no sabe, porque queremos decirle que así como fue para firmar el convenio, queremos decirlo frente a frente cuales son los problemas y llegar a unan solución pacífica, muchas gracias por haber venido y hacer llegar nuestros reclamos a toda la provincia de Cañete…»
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (corresponsal en Mala)
Eran las 20.00 horas aproximadamente del día de ayer 12 de febrero, una llamada telefónica a esta corresponsalía daba cuenta de una balacera en la zona denominada «Anexo 27 de Diciembre» de la Comunidad Campesina de Mala, llamada que por supuesto no era necesaria, porque puso en vilo a todo el pueblo maleño; en cumplimiento a mi deber me dirigí bajo todo riesgo al «lugar de los hechos» y a las 21.36 horas pude obtener una entrevista exclusiva (al ingreso, en la tranquera) donde fui recibido con expectativa por más de un millar de comuneros ubicados estratégicamente y rodeando toda la Minera Condestable, a propósito era el único medio que los atendía informativamente en directo y sin escala, paralelamente RPP daba cuenta del hecho a nivel nacional «Directo en Directo» pero por teléfono, cabe resaltar que los medios locales por la mañana abordaron la información del acontecer del plantón, reproduzco pasajes de la entrevista por ser de interés colectivo.
SE HA CONTRATADO
PERSONAL QUE NO ES DE LA COMUNIDAD…
Juan Chumpitaz Vera (Presidente de la Comunidad Campesina de Mala): « Muy Buenas noches señor Agapito, gracias por entrevistarnos, por venir a esta hora de la noche, le explico, nosotros tenemos un convenio con Cía. Minera Condestable, el cual en una de las cláusulas dice que Condestable se comprometía a contratar a personal comunero, para que pueda laborar en la minera (condestable), ellos han contratado por lo menos a 90 personas que no son de la comunidad, que han ingresado a trabajar bajo la modalidad de contratas, pero no han tomado a ninguno de nuestros comuneros. En estos últimos tiempos tenemos entre 300 a 350 comuneros trabajando, pero hay aproximadamente 300 personas que están esperando un puesto de trabajo, aparte que también contamos con los anexos que están en la misma situación de la sede de San Marcos de la Aguada.
Nosotros hace dos días nos reunimos en la comunidad en asamblea y decidimos éste plantón pacífico para hacer respetar el convenio que se está incumpliendo; la comunidad tiene una población de 8000 habitantes, y estamos todos muy unidos, no vamos a permitir más abusos, acá en el ingreso de Condestable estamos cerca de 1000 personas, en el anexo 27 de diciembre tenemos una cantidad igual, estamos haciendo relevos en tres turnos. Nos dijeron que estaba el ingeniero Ricardo Trovarelli acá en Mala, que es el Gerente General de la Cía. Minera Condestable, pero no hemos tenido todavía ninguna entrevista con él.
¿CUAL ES EL PLIEGO DE RECLAMOS?…
Señores: Jimmy Orihuela Ávila gerente de operaciones, Eduardo Solano Pimentel Superintendente de Administración de la Cía. Minera Condestable, el pueblo en general de la Comunidad Campesina de Mala los saluda y luego constituido ante usted hace entrega vía escrita el requerimiento inmediato a la representación de la Cía. Minera Condestable ante el órgano supremo de nuestra Comunidad Campesina las clausulas siguientes: Incumplimiento del convenio en la mayoría de esos numerales. Marginación de nuestros comuneros en puestos de trabajos; la no capacitación de los comuneros como exige el convenio, por lo que formulamos una agenda a tratar la que desarrollamos conjuntamente ante la asamblea general el día viernes 12 de febrero del 2010; a) incumplimiento del convenio con ajuste a la realidad; b))Participación de los mineros como empresa dentro de la unidad minera; c) Respeto a los derechos laborales de los comuneros; d) no al hostigamiento ni represalia ante los reclamos Laborales de los comuneros; e) realización de proyectos y obras sostenibles que beneficien a la comunidad; f) Reorganización de los trabajadores en la oficina de recursos humanos de la Cía. Minera Condestable por incapacidad profesional e insensibilidad; d) cumplimiento del proyectos PAMA; h) Practicas pre profesionales de los comuneros en la Cía. Y exigencia a las contratas que laboren dentro de la Minera Condestable en el cumplimiento del convenio; j) igualdad de oportunidades en el ámbito laboral; k) mayoría de empleos para los comuneros en los diferentes áreas laborales; l) capacitación a los comuneros en el cumplimiento del convenio; m) respeto al mínimo minero legal, en el régimen común; n) pago justo a los trabajadores del programa de apoyo del grupo de los quince; o) informe y coordinación previa de realizar actividades laborales de las contratas en la unidad minera; p) estabilidad laboral para el personal comunero…
BALACERA PUDO CAUSAR MUERTES…
Bueno nosotros nos hemos plantado acá en el ingreso a la minera, pero ellos están ingresando por otros sitios, entonces el volquete de nuestra comunidad ha salido a ver que es lo que estaba suscitándose en el anexo «27 de Diciembre» de la comunidad, por la «Loma de Ihuancal», ha habido prácticamente disparos hacia nuestros volquetes, nosotros en este caso los comuneros, hemos tenido que defendernos, se ha traído a dos camionetas de la Cía. con algunos trabajadores que estaban tratando de ingresar por otros sitios, los mismos que ya se han retirado, las camionetas están afuera (de la tranquera) para que esto sea una prueba, ellos prácticamente nos están tratando mal, habían cerca de 10 camionetas, no se ha identificado todavía quienes hicieron los disparos hemos agarrado a 2 y el resto huyó.
TODA LA COMUNIDAD ALZA SU VEZ DE PROTESTA…
También en 27 de diciembre hay un ingreso a Minera Condestable y están ellos en las mismas condiciones de defensa que nosotros, nos están citando para el día lunes en Lima, pero nosotros tomamos el acuerdo en asamblea que él tiene que estar aquí presente en nuestra comunidad para resolver este tema, continuaremos con la lucha hasta llegara una solución y que se cumpla el convenio, eso es todo lo que solicitamos de él. Las contratas tienen subcontratas, creo yo que Cía. Minera Condestable al tener un convenio con nosotros, a las contratas que subcontratas le deben también informar que nosotros tenemos un convenio. En el convenio dice que si la comunidad no tiene gente de experiencia la minera tiene que capacitar para que pueden lograr ingresar a laborar, son explotaciones de minerales, es algo simple creo yo que todo minero lo hace, sólo se requiere de una capacitación que estamos dispuestos a hacerlos; para iniciar el dialogo lo primero que tiene que hacer Minera Condestable es que se comprometa a cumplir con el aspecto laboral, en este caso que den trabajo que es lo principal para que puedan llevar algo a la casa.
COMO SE SOSTIENEN ECONOMICAMENTE EN ESTAS «HORAS DE LUCHA»
En estos momentos nos estamos ayudando todos los comuneros con «ollas Comunes» hemos decidido esta lucha y no vamos a parar hasta conseguir los objetivos trazados, nosotros en las próximas horas nos vamos a reunir y tomaremos decisiones para realizar otras marchas pacíficas, manifestarle a los representantes de Minera Condestable, que no nos van a doblegar con los que están haciendo, en este caso con los disparos que están haciendo en la noche, porque estamos reclamando algo justo, porque tenemos un convenio con ellos y no le están cumpliendo. Tenemos que organizarnos y ver como defender nuestras tierras comunales porque donde estamos ahora es terreno comunal, son nuestros terrenos.
QUE DICE EL CONTRATO…
Es una servidumbre de parte de la comunidad hacia condestable, lamentablemente hemos hecho un mal convenio al año nos están dando 20.000.00 dólares que es irrisorio, que no se debía haber hecho, sobre todo tomando en cuenta que son 30 años que van a estar con este convenio, estos 30 años empezó el año 2005, una de las clausulas dice que en caso de incumplimiento esto quedaría allí y de parte de condestable lo están incumpliendo.
Solamente pedirle a Cía. Minera Condestable que recapacite, nosotros estamos aptos, dispuestos, y llanos a conversar, en este caso con el gerente general, que fue también que en el año 2005 firmó este convenio, fue a la comunidad, en este caso a San Marcos de la Aguada, se hizo una asamblea general y él estuvo para la firma y se comprometió apoyar a la comunidad, lamentablemente no se que es lo que está pasando.
EN VOZ ALTA…
Jesús Huamán Gutiérrez(tesorero): «…lo que tengo que agregar es que la minera condestable debe cumplir con su compromiso, con sus acuerdos que suscribe con toda institución, como lo hecho con nuestra comunidad, esperamos que se sienten a dialogar con la comunidad, hoy en día somos 8000 comuneros muchos de ellos tienen ya hijos mayores y así mismo hay comuneros que están sin empleo, para apoyar a nuestras familias nosotros necesitamos los puestos de trabajo… creo que la minera puede dar un poco más, para hacer realidad nuestros proyectos sostenibles, creo que hay reserva minera para mucho tiempo…tenemos confianza que el señor Trovarelli en su debido momento va asumir su responsabilidad..»
Miguel Arias Manco (comunero) «…Bueno como comuneros estamos presentes para hacer cumplir nuestros reclamos, en ese mismo convenio dice sobre los proyectos sostenibles, minera condestable desde que se ha firmado este convenio con la comunidad, no ha realizado un proyecto sostenible, simplemente está dando migajas a la comunidad; a través de las personas encargadas de la administración se vienen cometiendo abusos es el caso que existen ellos llaman programas de apoyo, que no son otra cosa que programas de explotación, porque hay señoras que ganan hasta S/. 7.00 soles, hay trabajadores que trabajan por el régimen común y lo hacen trabajar en construcción civil, que es un programa de 20 a 30 soles, sin embargo en construcción civil ustedes saben que tienen todos los derechos, que esta superando los 400 soles, pero aquí el comunero gana menos, entonces ante los abusos y el incumplimiento del convenio, es que los comuneros nos hemos puesto de pie pacíficamente haciendo un plantón, los mismo representantes de la minera dijeron en horas de la mañana que habían dicho a sus trabajadores que no ingresen a trabajar, no es que la comunidad campesina lo haya parado, si no que ellos mismos ordenaron, prueba de ello que los trabajadores estuvieron de las 8 a 9 de la mañana esperando la movilidad, pero la empresa ordenó que no ingresen a trabajar el día de hoy, si es que no pueden culpar a la comunidad, mire hay proyectos sostenibles, el caso de apoyo en agricultura, ya que a la larga viene a beneficiar a los comuneros, sabe usted en que nos preparan para que el comunero sea barman, para que nuestras mujeres vayan de sirvientas y eso verdaderamente no son proyectos sostenibles, sino paliativos ósea quiere decir que el comunero sirve para barrer o preparar tragos, nosotros decimos en vez que nos enseñen a preparar tragos porque la minera condestable no contrata a profesionales y capacita al comunero, de esta manera el comunero va a producir y generar su propia fuente de empleo, no queremos que toda la vida nos estén regalando, nosotros queremos generar puestos de trabajo, ellos sabiendo que este punto está en el convenio no lo realizan, en otro punto dice la minera condestable capacitará a los comuneros, pero no capacita a nadie.
TRABAJAN HASTA
ENFERMOS…
Hay comuneros que pueden dar testimonio que se trata mal al trabajador, que con heridas abiertas piden no poder trabajar, y sin embargo que lo dice el señor de recursos humanos, el señor Solís le dice que trabajen, sino que le digan al doctor que le den una computadora, pero tienen que trabajar, le obliga a trabajar hasta con herida abierta, entonces eso se llama atentar contra la vida del comunero, que tiene que hacer el trabajo por obligación arriesgando su propia vida, el día de hoy estamos agradecido a esta junta directiva porque es la primera vez que los directivos se ponen al frente y dan la cara a la minera condestable, sin embargo en otros periodos no fueron capaces de hacerlo, se quedaron callados y no reclamaron nada, hoy en día el pueblo a pedido y esta junta directiva está presente con nosotros el pueblo reclama y exige lo que a nosotros verdaderamente nos corresponde a través de un convenios, esperamos que el señor Trovarelli venga acá, es lamentablemente escucharlo el día de hoy por la vía telefónica, en el cual el manifestó, y acá somos testigos todos los comuneros que no tiene porque venir ni quiere venir, nosotros el día que quiera venir lo vamos a esperar pacíficamente, nosotros a ese señor si lo respetamos y estimamos bastante, por eso queremos hablar con él porque creemos que todo lo que sucede acá él no sabe, porque queremos decirle que así como fue para firmar el convenio, queremos decirlo frente a frente cuales son los problemas y llegar a unan solución pacífica, muchas gracias por haber venido y hacer llegar nuestros reclamos a toda la provincia de Cañete…»
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
«Año de la Consolidación Económica y Social del Perú»
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2010/MDCA
Cerro Azul, 11 de Febrero de 2010
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO:
VISTO.-
En la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha once de Enero del presente año, el proyecto de Ordenanza que precisa que la Ordenanza Municipal Nº 010-2009/MDCA es de aplicación para el ejercicio 2010;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 010-2009 MDCA del 28 de mayo del 2009, se aprobaron las normas reglamentarias que debe cumplir la Administración para otorgar y ejecutar gastos por concepto de Subvenciones;
Que, si bien en la parte considerativa de dicha Ordenanza se hace referencia a que en el presupuesto del año 2009, en la partida subvenciones se asignó al monto ascendente a S/.30,000.00. Sin embargo debe entenderse que la normatividad reglamentaria que contiene dicha Ordenanza debe ser aplicable para las subvenciones que se otorguen en el presente ejercicio 2010;
Que, de acuerdo al Informe Nº 030-2010/PP-MDCA, de fecha 19 de enero del 2010, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; en el Presupuesto Inicial de Apertura 2010, se ha previsto en la Partida Subvenciones el monto ascendente a S/.30,000.00 Nuevos Soles;
Que, es conveniente precisar que la Ordenanza Municipal Nº 010-2009/MDCA, de fecha 28 de mayo de 2009, es de aplicación para el ejercicio fiscal 2010;
De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades No.27972, la Ley Nº 29465 de Presupuesto del Sector Publico 2010, Ley No.28411 del Sistema Nacional de Presupuesto;
Estando a lo expuesto, los señores miembros del Concejo, por unanimidad con dispensa del trámite de aprobación y lectura del Acta, aprobaron la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO UNICO.- PRECISAR que la Ordenanza Municipal Nº 010-2009/MDCA, de fecha 28 de mayo de 2009, que aprobó las normas reglamentarias que debe cumplir la Administración para otorgar y ejecutar gastos por concepto de SUBVENCIONES, es de aplicación para el ejercicio 2010.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
JUANA RASPA VDA. DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul
*****
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
«AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL DEL PERÚ»
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2010/MDCA
Cerro Azul, 11 de Febrero de 2010
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha once de enero de 2010, el proyecto de Ordenanza respecto a la adopción de acciones tendientes a superar la problemática de la violencia familiar y sexual contra mujeres y menores de edad;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 84º de la Ley Nº27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece como competencia de las Municipalidades planificar y promover el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza. Así mismo organizar, administrar y ejecutar programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo como niños, adolescentes, mujeres y otros grupos de la población en situación de discriminación.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-07- PCM de fecha 22 de marzo del 2007, se establecen las políticas nacionales en materia de igualdad de Hombres y Mujeres, entre las cuales se señala el impulsar en la sociedad en sus acciones y comunicaciones, la adopción de valores, prácticas, actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminación de las mujeres y la erradicación de la violencia familiar y sexual.
Que, mediante la Ley Nº 28983 de Igualdad de Oportunidades, en su Art. 6º establece como lineamiento para los gobiernos locales desarrollar políticas, planes y programas para la prevención, atención y eliminación de la violencia en todas sus formas y en todos sus espacios, en especial la ejercida contra las mujeres.
Que, asimismo mediante el D.S Nº 09-2005-MIMDES, de fecha doce de setiembre de 2005, en el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006-2010, se determinan responsabilidades a los Gobiernos Locales para generar opinión pública contraria a la violencia a la mujer y promover una cultura de paz.
Que, es necesario fortalecer el rol comunitario a través del apoyo de todos los organismos que tienen presencia en una determinada zona o comunidad, realizando actividades para sensibilizar a la población, promoviendo la toma de conciencia sobre la problemática; la magnitud y los efectos nefastos que genera la violencia sobre todo en los niños y adolescentes.
De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo Municipal; el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
ARTÍCULO PRIMERO.- RECONOCER como una problemática que merece urgente atención a la violencia familiar y sexual contra mujeres, niños, niñas y adolescentes.
ARTÍCULO SEGUNDO.- INCORPORAR como líneas estratégicas de las políticas locales prioritarias en el desarrollo social de la comunidad la Prevención de la Violencia basada en Género.
ARTÍCULO TERCERO.- INCORPORAR en la agenda de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, el PLAN TOLERANCIA CERO, a la violencia familiar y sexual, en virtud al cual se desarrollarán las acciones del Plan de prevención.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Oficina de DEMUNA articular acciones con el Centro Emergencia Mujer, Entidad Pública, asignando un presupuesto para las actividades a desarrollar, a través de la DEMUNA, orientada a disminuir la violencia familiar y sexual, de acuerdo al compromiso adquirido.
ARTÍCULO QUINTO.- ESTABLECER acciones de coordinación con Instituciones del Estado y la Sociedad Civil, a fin de coadyuvar al éxito de la aplicación de las estrategias que prevengan y atiendan a las víctimas de violencia familiar y sexual en el Distrito de Cerro Azul, a través de una acción articulada y concertada.
ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial de la Provincia de Cañete «Al día con Matices».
REGISTRESE, COMINIQUESE, CUMPLASE.
JUANA RASPA VDA. DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul
«Año de la Consolidación Económica y Social del Perú»
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2010/MDCA
Cerro Azul, 11 de Febrero de 2010
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO:
VISTO.-
En la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha once de Enero del presente año, el proyecto de Ordenanza que precisa que la Ordenanza Municipal Nº 010-2009/MDCA es de aplicación para el ejercicio 2010;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 010-2009 MDCA del 28 de mayo del 2009, se aprobaron las normas reglamentarias que debe cumplir la Administración para otorgar y ejecutar gastos por concepto de Subvenciones;
Que, si bien en la parte considerativa de dicha Ordenanza se hace referencia a que en el presupuesto del año 2009, en la partida subvenciones se asignó al monto ascendente a S/.30,000.00. Sin embargo debe entenderse que la normatividad reglamentaria que contiene dicha Ordenanza debe ser aplicable para las subvenciones que se otorguen en el presente ejercicio 2010;
Que, de acuerdo al Informe Nº 030-2010/PP-MDCA, de fecha 19 de enero del 2010, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; en el Presupuesto Inicial de Apertura 2010, se ha previsto en la Partida Subvenciones el monto ascendente a S/.30,000.00 Nuevos Soles;
Que, es conveniente precisar que la Ordenanza Municipal Nº 010-2009/MDCA, de fecha 28 de mayo de 2009, es de aplicación para el ejercicio fiscal 2010;
De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades No.27972, la Ley Nº 29465 de Presupuesto del Sector Publico 2010, Ley No.28411 del Sistema Nacional de Presupuesto;
Estando a lo expuesto, los señores miembros del Concejo, por unanimidad con dispensa del trámite de aprobación y lectura del Acta, aprobaron la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO UNICO.- PRECISAR que la Ordenanza Municipal Nº 010-2009/MDCA, de fecha 28 de mayo de 2009, que aprobó las normas reglamentarias que debe cumplir la Administración para otorgar y ejecutar gastos por concepto de SUBVENCIONES, es de aplicación para el ejercicio 2010.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
JUANA RASPA VDA. DE PAIN
ALCALDESA
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*****
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
«AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL DEL PERÚ»
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2010/MDCA
Cerro Azul, 11 de Febrero de 2010
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha once de enero de 2010, el proyecto de Ordenanza respecto a la adopción de acciones tendientes a superar la problemática de la violencia familiar y sexual contra mujeres y menores de edad;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 84º de la Ley Nº27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece como competencia de las Municipalidades planificar y promover el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza. Así mismo organizar, administrar y ejecutar programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo como niños, adolescentes, mujeres y otros grupos de la población en situación de discriminación.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-07- PCM de fecha 22 de marzo del 2007, se establecen las políticas nacionales en materia de igualdad de Hombres y Mujeres, entre las cuales se señala el impulsar en la sociedad en sus acciones y comunicaciones, la adopción de valores, prácticas, actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminación de las mujeres y la erradicación de la violencia familiar y sexual.
Que, mediante la Ley Nº 28983 de Igualdad de Oportunidades, en su Art. 6º establece como lineamiento para los gobiernos locales desarrollar políticas, planes y programas para la prevención, atención y eliminación de la violencia en todas sus formas y en todos sus espacios, en especial la ejercida contra las mujeres.
Que, asimismo mediante el D.S Nº 09-2005-MIMDES, de fecha doce de setiembre de 2005, en el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006-2010, se determinan responsabilidades a los Gobiernos Locales para generar opinión pública contraria a la violencia a la mujer y promover una cultura de paz.
Que, es necesario fortalecer el rol comunitario a través del apoyo de todos los organismos que tienen presencia en una determinada zona o comunidad, realizando actividades para sensibilizar a la población, promoviendo la toma de conciencia sobre la problemática; la magnitud y los efectos nefastos que genera la violencia sobre todo en los niños y adolescentes.
De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo Municipal; el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
ARTÍCULO PRIMERO.- RECONOCER como una problemática que merece urgente atención a la violencia familiar y sexual contra mujeres, niños, niñas y adolescentes.
ARTÍCULO SEGUNDO.- INCORPORAR como líneas estratégicas de las políticas locales prioritarias en el desarrollo social de la comunidad la Prevención de la Violencia basada en Género.
ARTÍCULO TERCERO.- INCORPORAR en la agenda de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, el PLAN TOLERANCIA CERO, a la violencia familiar y sexual, en virtud al cual se desarrollarán las acciones del Plan de prevención.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Oficina de DEMUNA articular acciones con el Centro Emergencia Mujer, Entidad Pública, asignando un presupuesto para las actividades a desarrollar, a través de la DEMUNA, orientada a disminuir la violencia familiar y sexual, de acuerdo al compromiso adquirido.
ARTÍCULO QUINTO.- ESTABLECER acciones de coordinación con Instituciones del Estado y la Sociedad Civil, a fin de coadyuvar al éxito de la aplicación de las estrategias que prevengan y atiendan a las víctimas de violencia familiar y sexual en el Distrito de Cerro Azul, a través de una acción articulada y concertada.
ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial de la Provincia de Cañete «Al día con Matices».
REGISTRESE, COMINIQUESE, CUMPLASE.
JUANA RASPA VDA. DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul
EDE CAÑETE S.A.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico.
CIRCUITO: L- 6610, 60kV
ZONAS AFECTADAS: Distritos de San Vicente, Imperial,
Lunahuaná, Nuevo Imperial, Zúñiga,
Pacarán, San Luis, Quilmaná y Cerro
Azul y parte de Asia de la provincia de
Cañete.
DIA: Sabado 13 Febrero de 2010
HORA DE INICIO: 04:08hrs. Sabado 13 de Febrero de 2010
HORA FINAL: 04:41 hrs. Sabado 13 de Febrero de 2010
La interrupción del servicio fue ocasionada por daños en la red A.T., ocasionada por Acto Vandálico a la línea aérea de AT 60 kV lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.
EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico.
CIRCUITO: L- 6610, 60kV
ZONAS AFECTADAS: Distritos de San Vicente, Imperial,
Lunahuaná, Nuevo Imperial, Zúñiga,
Pacarán, San Luis, Quilmaná y Cerro
Azul y parte de Asia de la provincia de
Cañete.
DIA: Sabado 13 Febrero de 2010
HORA DE INICIO: 04:08hrs. Sabado 13 de Febrero de 2010
HORA FINAL: 04:41 hrs. Sabado 13 de Febrero de 2010
La interrupción del servicio fue ocasionada por daños en la red A.T., ocasionada por Acto Vandálico a la línea aérea de AT 60 kV lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.
EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
12 febrero 2010
COMUNIDAD CAMPESINA DE MALA SE LEVANTA Y MARCHA CONTRA MINERA CONDESTABLE...
Al no encontrar respuesta por parte del gerente de Minera Condestable, Eduardo Solano, los pobladores de la Comunidad Campesina de Mala, decidieron hacer una marcha en protesta contra la actitud de los funcionarios de Minera Condestable.
El día de hoy, viernes, los comuneros saldrán a partir de las 5:00 a.m, y se dirigirán hasta la garita de la mina y no permitirán el ingreso de los trabajadores hasta que el gerente Eduardo Solano, decida dialogar con los dirigentes de la comunidad..
La teniente gobernadora de San Marcos de la Aguada indicó que la comunidad tiene un convenio con minera condestable, donde se establece que la mina tiene que comunicar a la Comunidad cuando requiera de la mano calificada; sin embargo, «que es lo que hace la mina, trae un service con la finalidad de que estas empresas contraten a trabajadores foráneos y les paguen una miseria, la mina quiere evadir el pago justo, eso no es justo», concluyó la teniente gobernadora.
Por otro lado, la prensa local extraña la presencia de Hugo Rubio encargado de Relaciones comunitarias quien proporcionaba en el acto la información requerida; hoy se encuentra un tal filandro que está lejos de proporcionar la información y pasea a la prensa cuantas veces se le solicita; al menos este medio corrobora lo escrito por que fuimos víctimas del paseo.
Al no encontrar respuesta por parte del gerente de Minera Condestable, Eduardo Solano, los pobladores de la Comunidad Campesina de Mala, decidieron hacer una marcha en protesta contra la actitud de los funcionarios de Minera Condestable.
El día de hoy, viernes, los comuneros saldrán a partir de las 5:00 a.m, y se dirigirán hasta la garita de la mina y no permitirán el ingreso de los trabajadores hasta que el gerente Eduardo Solano, decida dialogar con los dirigentes de la comunidad..
La teniente gobernadora de San Marcos de la Aguada indicó que la comunidad tiene un convenio con minera condestable, donde se establece que la mina tiene que comunicar a la Comunidad cuando requiera de la mano calificada; sin embargo, «que es lo que hace la mina, trae un service con la finalidad de que estas empresas contraten a trabajadores foráneos y les paguen una miseria, la mina quiere evadir el pago justo, eso no es justo», concluyó la teniente gobernadora.
Por otro lado, la prensa local extraña la presencia de Hugo Rubio encargado de Relaciones comunitarias quien proporcionaba en el acto la información requerida; hoy se encuentra un tal filandro que está lejos de proporcionar la información y pasea a la prensa cuantas veces se le solicita; al menos este medio corrobora lo escrito por que fuimos víctimas del paseo.
OPERATIVO «ALCOHOLEMIA 2010» CONTINUARA EN BOULEVARD DE ASIA...
Esta fin de semana, se continuará con el operativo «Alcoholemia 2010», dispuesto por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de este distrito judicial, tal y como se vienen realizando todos los fines de semana en el Boulevard de Asia.
Hay que señalar que la semana pasada, la Fiscal de la Primera Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Mala del Distrito Judicial de Cañete, Dra. Marissa Violeta Vizcarra Portaro, se trasladó hacia el ingreso del balneario, donde es sabida la concurrencia de gran cantidad de jóvenes y adultos en épocas de verano, con el fin de llevar a cabo las pruebas de campo para detectar si los conductores de vehículos que entran y salen al boulevard, se encontraban o no en estado de ebriedad.
El operativo se realizó en la madrugada del domingo 07 del presente, precisamente desde las 3:00 a.m hasta las 5:00 a.m., teniendo como resultado 22 intervenciones de las cuales 6 ciudadanos dieron como positivo al examen de alcoholemia, detectándose que tenían mas de 0.5 gr. de alcohol por litro de sangre. Los choferes irresponsables fueron identificados como Héctor Juan de la Cruz Díaz Arenas, José Carlos Vidal Pinedo, Gino Franco Morote Suárez, José Antonio Jarandilla Lora, José Anbré Squiagola y Luciana Tanji Beltrán
A los conductores se les retuvo la licencia y fueron llevados en el acto a la comisaría de Asia, para proceder a imponerles la sanción que será no menos de
S/. 1,775 debido a que se trata de una falta muy grave calificada en el nuevo reglamento de tránsito, así como para las responsabilidades penales que ameritan.
Con la expectativa de reducir a cero el número de personas en estado de ebriedad que conducen sus vehículos y con la finalidad que tomen conciencia de el peligro inherente que esto tiene, es que se seguirán poniendo en marcha estos operativos por parte de la Fiscalía y la PNP, durante toda la temporada.
Esta fin de semana, se continuará con el operativo «Alcoholemia 2010», dispuesto por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de este distrito judicial, tal y como se vienen realizando todos los fines de semana en el Boulevard de Asia.
Hay que señalar que la semana pasada, la Fiscal de la Primera Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Mala del Distrito Judicial de Cañete, Dra. Marissa Violeta Vizcarra Portaro, se trasladó hacia el ingreso del balneario, donde es sabida la concurrencia de gran cantidad de jóvenes y adultos en épocas de verano, con el fin de llevar a cabo las pruebas de campo para detectar si los conductores de vehículos que entran y salen al boulevard, se encontraban o no en estado de ebriedad.
El operativo se realizó en la madrugada del domingo 07 del presente, precisamente desde las 3:00 a.m hasta las 5:00 a.m., teniendo como resultado 22 intervenciones de las cuales 6 ciudadanos dieron como positivo al examen de alcoholemia, detectándose que tenían mas de 0.5 gr. de alcohol por litro de sangre. Los choferes irresponsables fueron identificados como Héctor Juan de la Cruz Díaz Arenas, José Carlos Vidal Pinedo, Gino Franco Morote Suárez, José Antonio Jarandilla Lora, José Anbré Squiagola y Luciana Tanji Beltrán
A los conductores se les retuvo la licencia y fueron llevados en el acto a la comisaría de Asia, para proceder a imponerles la sanción que será no menos de
S/. 1,775 debido a que se trata de una falta muy grave calificada en el nuevo reglamento de tránsito, así como para las responsabilidades penales que ameritan.
Con la expectativa de reducir a cero el número de personas en estado de ebriedad que conducen sus vehículos y con la finalidad que tomen conciencia de el peligro inherente que esto tiene, es que se seguirán poniendo en marcha estos operativos por parte de la Fiscalía y la PNP, durante toda la temporada.
INAUGURAN RESERVORIO ELEVADO EN SAN PEDRO DE CUIVA EN SAN VICENTE
El burgomaestre Javier Alvarado Gonzáles del Valle inauguró la construcción de un reservorio elevado que ha sido ejecutado con recursos de la Municipalidad Provincial de Cañete, en el anexo «San Pedro» de Cuiva, población ubicada al pie del km. 150 de la panamericana sur, en el distrito de San Vicente.
Esta importante obra que dotará del servicio de agua potable, beneficiará a una población de 250 habitantes, habiendo sido ejecutada en dos etapas. En el año 2008 se construyó un pozo de 11 metros de profundidad, la red matriz de 248.30 metros lineales con tuberías de 63 mm. de diámetro y la instalación de 30 conexiones domiciliarias con una inversión de S/. 47,839.00 nuevos soles.
La segunda etapa, ejecutada en el año 2009, comprendió la construcción total del tanque elevado de 15 metros cúbicos de capacidad de almacenaje, con una altura de 12 metros, con una inversión ascendente a la suma de S/. 82,307.01 nuevos soles.
El presidente del anexo beneficiado Sr. Roberto Zárate Quispe, al dar las palabras de bienvenida a los asistentes a la ceremonia de inauguración, expresó su reconocimiento a las autoridades municipales, de manera especial al burgomaestre Javier Alvarado, por haber posibilitado la ayuda necesaria que ha hecho realidad el sueño postergado de 20 años, de contar con el servicio óptimo de agua potable.
Por su parte, la primera autoridad edil, reiteró su compromiso de seguir apostando por dotar de los servicios indispensables de agua, luz y energía eléctrica a las poblaciones rurales, que pese a encontrarse en la capital de la provincia y no muy distantes del centro de la ciudad; carecen de los medios necesarios que posibiliten el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes, postergando al mismo tiempo la posibilidad de su desarrollo comunal.
Al acto de inauguración, que fue apadrinado por el alcalde Javier Alvarado y la Sr. Erika Ramirez Saravia, vecina del lugar, asistieron los regidores provinciales Percy Eloy Alcalá Mateo, Arturo José Tadeo Chau Murga y Alan José Juárez Sánchez, las autoridades del anexo, Elmer Coronado (vicepresidente), Delfina Tapia (secretaria), Irene Hinostroza Huamán (tesorera), Publio Hinostroza Cárdenas (Fiscal), Carmen Jayo Huamaní presidenta del programa de vaso de leche del lugar; además de los propios pobladores de «San Pedro» de Cuiva
El burgomaestre Javier Alvarado Gonzáles del Valle inauguró la construcción de un reservorio elevado que ha sido ejecutado con recursos de la Municipalidad Provincial de Cañete, en el anexo «San Pedro» de Cuiva, población ubicada al pie del km. 150 de la panamericana sur, en el distrito de San Vicente.
Esta importante obra que dotará del servicio de agua potable, beneficiará a una población de 250 habitantes, habiendo sido ejecutada en dos etapas. En el año 2008 se construyó un pozo de 11 metros de profundidad, la red matriz de 248.30 metros lineales con tuberías de 63 mm. de diámetro y la instalación de 30 conexiones domiciliarias con una inversión de S/. 47,839.00 nuevos soles.
La segunda etapa, ejecutada en el año 2009, comprendió la construcción total del tanque elevado de 15 metros cúbicos de capacidad de almacenaje, con una altura de 12 metros, con una inversión ascendente a la suma de S/. 82,307.01 nuevos soles.
El presidente del anexo beneficiado Sr. Roberto Zárate Quispe, al dar las palabras de bienvenida a los asistentes a la ceremonia de inauguración, expresó su reconocimiento a las autoridades municipales, de manera especial al burgomaestre Javier Alvarado, por haber posibilitado la ayuda necesaria que ha hecho realidad el sueño postergado de 20 años, de contar con el servicio óptimo de agua potable.
Por su parte, la primera autoridad edil, reiteró su compromiso de seguir apostando por dotar de los servicios indispensables de agua, luz y energía eléctrica a las poblaciones rurales, que pese a encontrarse en la capital de la provincia y no muy distantes del centro de la ciudad; carecen de los medios necesarios que posibiliten el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes, postergando al mismo tiempo la posibilidad de su desarrollo comunal.
Al acto de inauguración, que fue apadrinado por el alcalde Javier Alvarado y la Sr. Erika Ramirez Saravia, vecina del lugar, asistieron los regidores provinciales Percy Eloy Alcalá Mateo, Arturo José Tadeo Chau Murga y Alan José Juárez Sánchez, las autoridades del anexo, Elmer Coronado (vicepresidente), Delfina Tapia (secretaria), Irene Hinostroza Huamán (tesorera), Publio Hinostroza Cárdenas (Fiscal), Carmen Jayo Huamaní presidenta del programa de vaso de leche del lugar; además de los propios pobladores de «San Pedro» de Cuiva
DIRECTORIO DE EMAPA VISITA AA.H.H. LAS LOMAS – CERRO CANDELA - IMPERIAL
Continuando con las acciones para brindar un mejor servicio, el pasado miércoles 10 de febrero, el Presidente del Directorio de EMAPA CAÑETE S.A. CPC. Erly Lázaro Vicente se reunió con los pobladores de las Lomas – Cerro Candela. Señaló la firme decisión de iniciar los estudios que permitan se haga realidad la Obra del agua potable.
Acompañado del Alcalde del Distrito de Imperial Richard Yactayo Durand, de los dirigentes y de la población se eligió el Comité, el cual finalmente quedó Presidido por la Sra. Lidia Pérez, además acompañan Mercedes Rodriguez, Angélica Ramirez, Nora Cuzcano y Yessica Santos.
Continuando con las acciones para brindar un mejor servicio, el pasado miércoles 10 de febrero, el Presidente del Directorio de EMAPA CAÑETE S.A. CPC. Erly Lázaro Vicente se reunió con los pobladores de las Lomas – Cerro Candela. Señaló la firme decisión de iniciar los estudios que permitan se haga realidad la Obra del agua potable.
Acompañado del Alcalde del Distrito de Imperial Richard Yactayo Durand, de los dirigentes y de la población se eligió el Comité, el cual finalmente quedó Presidido por la Sra. Lidia Pérez, además acompañan Mercedes Rodriguez, Angélica Ramirez, Nora Cuzcano y Yessica Santos.
Expresa, «Don Mufa» en torno al «doble discurso».
«PROBLEMA DE LA SEDE REGIONAL ES DE ENTERA RESPONSABILIDAD DE NELSON CHUI»
SAN VICENTE.- El ex Presidente Regional Miguel Ángel Mufarech, recordó que en su momento planteó que se constituya una Mesa de Diálogo que encuentre una solución integral y definitiva al impase suscitado con respecto a la sede del Gobierno Regional de Lima.
En nota de prensa, precisa que en la misma deberían estar presentes las autoridades políticas de las provincias de Cañete y Huaura para que de manera concertada, consensuada y participativa se concrete lo planteado.
Mufarech, dijo que esta sugerencia no fue tomada en cuenta por el señor Nelson Chui y más bien, lejos de asumir su responsabilidad para solucionar los problemas, las empeoró.
«La negligencia del presidente de la región que al haber sido el primero en enterarse oficialmente, en forma reservada por el INEI del resultado del censo y siendo él la única persona de la región, debió presentar las iniciativas legislativas al Congreso de acuerdo a sus facultades para su interpretación y solucionar la situación del conflicto entre ambas provincias», señala Mufarech.
Preocupado por el tema, el ex presidente regional Mufarech, logró conseguir el voluminoso Diario de Debates del Congreso de la República y dado a su experiencia de tres veces congresista, conocer la intencionalidad del legislador para que les ayude a encontrar la solución.
«Pero de su lectura no se observa una línea en la que los congresistas hablen o propongan algo sobre el Art. 32 de la Ley Nº 27783 y que en el debate del pleno, tampoco se encuentra alguna propuesta específica de los legisladores sobre el tema de la sede regional», precisa.
Precisa que tampoco existe en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, aprobada en noviembre de 2002, dejando así, un vacío legal que hoy es interpretado a su favor por cada una de las provincias de Huaura y Cañete.
«La propuesta de Mufarech cobra vigencia, cuando hoy el tema esta judicializado en ambas provincias, y por ende, se viene agravando y complicando su solución», expresa la nota.
Igualmente, indica que las poblaciones de Cañete y Huaura, vienen radicalizando sus posiciones y finalmente habrá una Provincia o más que se van a considerar afectadas o perjudicadas cuando se den los fallos judiciales en última instancia y/o el Congreso de la República apruebe una Ley sobre el caso.
«La idea es evitar que existan poblaciones y provincias beneficiadas y afectadas, y que además en un futuro no se vean perjudicadas en la gestión administrativa, en los puestos laborales, en las obras, en los proyectos e inversiones públicas a realizar, en los presupuestos, así como también en el desarrollo económico y social de todas ellas», expresa`
El ex presidente regional Mufarech insiste en que el señor Nelson Chui convoque a las autoridades a una Mesa de Diálogo para buscar una solución definitiva al problema
Aclaró que jamás hubo doble discurso y remarca que su posición es firme como político responsable y reitera que la solución depende de la actual Presidencia de la Región Lima.
«PROBLEMA DE LA SEDE REGIONAL ES DE ENTERA RESPONSABILIDAD DE NELSON CHUI»
SAN VICENTE.- El ex Presidente Regional Miguel Ángel Mufarech, recordó que en su momento planteó que se constituya una Mesa de Diálogo que encuentre una solución integral y definitiva al impase suscitado con respecto a la sede del Gobierno Regional de Lima.
En nota de prensa, precisa que en la misma deberían estar presentes las autoridades políticas de las provincias de Cañete y Huaura para que de manera concertada, consensuada y participativa se concrete lo planteado.
Mufarech, dijo que esta sugerencia no fue tomada en cuenta por el señor Nelson Chui y más bien, lejos de asumir su responsabilidad para solucionar los problemas, las empeoró.
«La negligencia del presidente de la región que al haber sido el primero en enterarse oficialmente, en forma reservada por el INEI del resultado del censo y siendo él la única persona de la región, debió presentar las iniciativas legislativas al Congreso de acuerdo a sus facultades para su interpretación y solucionar la situación del conflicto entre ambas provincias», señala Mufarech.
Preocupado por el tema, el ex presidente regional Mufarech, logró conseguir el voluminoso Diario de Debates del Congreso de la República y dado a su experiencia de tres veces congresista, conocer la intencionalidad del legislador para que les ayude a encontrar la solución.
«Pero de su lectura no se observa una línea en la que los congresistas hablen o propongan algo sobre el Art. 32 de la Ley Nº 27783 y que en el debate del pleno, tampoco se encuentra alguna propuesta específica de los legisladores sobre el tema de la sede regional», precisa.
Precisa que tampoco existe en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, aprobada en noviembre de 2002, dejando así, un vacío legal que hoy es interpretado a su favor por cada una de las provincias de Huaura y Cañete.
«La propuesta de Mufarech cobra vigencia, cuando hoy el tema esta judicializado en ambas provincias, y por ende, se viene agravando y complicando su solución», expresa la nota.
Igualmente, indica que las poblaciones de Cañete y Huaura, vienen radicalizando sus posiciones y finalmente habrá una Provincia o más que se van a considerar afectadas o perjudicadas cuando se den los fallos judiciales en última instancia y/o el Congreso de la República apruebe una Ley sobre el caso.
«La idea es evitar que existan poblaciones y provincias beneficiadas y afectadas, y que además en un futuro no se vean perjudicadas en la gestión administrativa, en los puestos laborales, en las obras, en los proyectos e inversiones públicas a realizar, en los presupuestos, así como también en el desarrollo económico y social de todas ellas», expresa`
El ex presidente regional Mufarech insiste en que el señor Nelson Chui convoque a las autoridades a una Mesa de Diálogo para buscar una solución definitiva al problema
Aclaró que jamás hubo doble discurso y remarca que su posición es firme como político responsable y reitera que la solución depende de la actual Presidencia de la Región Lima.
COFOPRI HOY EN NUEVO IMPERIAL ATENDERÁ INQUIETUDES DE TRAMITES A SEGUIR PARA LA ANSIADA TITULACIÓN...
Personal del área de Conciliación de Cofopri de Lima arribará esta tarde a las instalaciones de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial donde se reunirá con sus pobladores para orientarlos sobre los pasos a seguir para obtener el ansiado título de propiedad.
Así lo ha confirmado el alcalde Jorge García Quispe luego de recibir el Oficio Nº 2920-2010-COFOPRI de parte del Jefe Zonal Lima-Callao Hernando Hidalgo Diaz, por el cual aseguran la presencia de especialistas del Procedimiento de Conciliación para que brinden esta charla informativa.
Es importante recordar a la población que es COFOPRI la única responsable de la ejecución de los procedimientos de saneamiento físico legal y titulación de predios urbanos ubicados en posesiones informales.
La charla informativa se desarrollará a partir de las 4:00 p.m de hoy viernes 12 de febrero en el salón de actos de la municipalidad nuevoimperialina
Personal del área de Conciliación de Cofopri de Lima arribará esta tarde a las instalaciones de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial donde se reunirá con sus pobladores para orientarlos sobre los pasos a seguir para obtener el ansiado título de propiedad.
Así lo ha confirmado el alcalde Jorge García Quispe luego de recibir el Oficio Nº 2920-2010-COFOPRI de parte del Jefe Zonal Lima-Callao Hernando Hidalgo Diaz, por el cual aseguran la presencia de especialistas del Procedimiento de Conciliación para que brinden esta charla informativa.
Es importante recordar a la población que es COFOPRI la única responsable de la ejecución de los procedimientos de saneamiento físico legal y titulación de predios urbanos ubicados en posesiones informales.
La charla informativa se desarrollará a partir de las 4:00 p.m de hoy viernes 12 de febrero en el salón de actos de la municipalidad nuevoimperialina
MUFARECH USÓ DINERO DEL ESTADO PARA COMPLACER SUS CAPRICHOS…
Escribe: Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (corresponsal en Mala)
Algunos hombres con potencial económico fundan partidos o movimientos políticos para ostentar el poder, luego legislan sus propios leyes, convirtiéndose en amos y señores o «caciques políticos» creyendo que todos les deben rendir pleitesía; sus pensamientos, poses y actitudes casi religiosos es a la usanza de la mediocridad en pleno siglo XXI; se creen los herederos de Manu, Confucio, Moisés, Buda, de civilizaciones primitivas, otros en su delirio predican a los cuatro vientos su teocrática moral pública y se presentan como seguidores de Sócrates, Zenón hasta del propio Jesucristo, basan su suerte en la confianza que al existir demasiada ignorancia es más fácil engañar al pueblo, por ejemplo en la Región Lima donde escasea aún la educación, aunque no parezca, y lo poco que hay ha tocado fondo (Ejemplo la Universidad Nacional «José Faustino Sánchez Carrión» con sede en Huacho que mediante ley ha sido tomado en administración por el propio Estado por presuntos actos de corrupción -desfalco económico de sus catedráticos, llámense «maestros»).
Estos Caciques y trapecistas (porque se pasan de un partido o movimiento político a otro «sin vergüenza») no sólo manejan mucho dinero y cuenta con un sequito servil, sino que se dan el lujo inclusive de monitorear tu voto bajo todo pretexto o lugar; a alguien le recuerda un personaje que el mismo día de las elecciones te llamó por «telefónica del Perú» dejándote un mensaje de un cariñoso saludo, mensaje que por supuesto fue en cadena y cuyo monto económico costó demasiado dinero, pero la amnesia nos hace olvidar muy pronto, sabrá Dios porque… y algo más cualquier parecido con esta crónica, tómele solo como una simple coincidencia.
MIGUEL ANGEL MUFARECH NEMY
EN EL CUADRILATERO POLITICO…
En una democracia los personajes públicos tienen que estar expuestos a una fiscalización constante, sólo así el elector puede hacerse una idea cabal, de escoger en el abanico a uno de ellos, para que administre los fondos públicos (es decir el de todos nosotros) en un sistema de gobierno peruano que es representativo; es decir es la confianza que depositamos en el político de turno, y no es una carta blanca… no señor… es nuestra confianza que brindamos para que en nuestro nombren gobiernen con la verdad, haciendo justicia con transparencia en búsqueda del bien común.
Una información brindada por Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP) dio cuenta que en el año 2006 una moderna camioneta último modelo de placa RQU 2344, Marca Toyota Modelo Land Cruiser Prado, fue utilizada por Mufarech en su calidad de Presidente Regional, el mismo que tenia como arrendador al Banco Continental y arrendatario a la empresa «Quasar Asociados S.R. Ltda.» con RUC No 20292510706, siendo su domicilio fiscal la Av. José Gálvez Barrenechea 235 Urb. Corpac Distrito de San Isidro.
UNA LECCIÓN
«NO APRENDIDA» Y DEMASIADA AMNESIA POLÍTICA…
Recordamos que en solo 7 meses del año 2006 QUASAR ASOCIADOS recibió por parte del gobierno regional la jugosa suma de S/. 62 mil 298 nuevos soles, según la información publicada en el portal de la Web del Ministerio de Economía y Finanzas. Quasar Asociados alquilaba sus modernos vehículos a un promedio de 125 dólares diarios, la evidencia salió a relucir al conocerse el contrato N° 0049-20006-GRL del 15 de febrero del 2006 donde sólo por el concepto de arrendamiento vehicular, por un plazo efectivo de 30 días QUASAR ASOCIADOS S.R.L recibió la suma de S/. 13 mil 77 nuevos; no hay duda que la amnesia política y conchudez es parte de la vida moral de algunos políticos tradicionales, se recuerda que en aquel tiempo, según el informe N° 018-2003-GRL/GRA advertía que el Gobierno Regional no podía rentar vehículo para su movilidad exclusiva, ello se desprende del Memorándum N° 001-2003 con fecha 08 de enero del 2003 dirigido a Pablo Ignacio Zúñiga, por parte del gerente general Juan Falcón Ugarte, donde le pide la asignación de un vehículo y poder cumplir con la supervisión y coordinación de marcha de la gestión, así como el tema de la prevención del fenómeno del niño, para lo cual se necesitaba un vehículo capaz de llegar hasta los 4,500 m.s.n.m, 24 horas después el gerente general (Pablo Zúñiga) responde argumentando que: « en el actual parque automotor referido a la CTAR Lima, no existía vehículo que se acerque a las características requeridas»; proporcionando como alternativa realizar el alquiler en el mercado, local, en contra de la Ley N° 27879 «Ley del Presupuesto del año 2003» que prohibía comprar y/o alquilar vehículos para uso de funcionarios y servidores; sorprendentemente el 10 de enero (al día siguiente) el ex asesor legal del gobierno regional Luis Flores Valdera, opina textualmente «No está prohibido celebrar el contrato de arrendamiento…»(Tomado de La Noticia Huacho - 15 set.2006).
YO SOY LA LEY Y PUNTO, AQUÍ SE HACE LO QUE YO ORDENO…
Tres días después Juan Falcón Ugarte en su calidad de gerente regional ordena el alquiler del vehículo y la disposición del monto económico, teniendo en cuenta que esta unidad serviría para uso exclusivo del presidente regional. Según el Informe N° 022.2003 GRL del 31 de enero 2003 la moderna Camioneta NISSAN PATROL SW SGL Gas, Luxury PKG A/T (clave 505) cuyo precio en el mercado era de USS 47 mil 390 dólares, y con un plazo de operación de 4 años, más el interés del 10%, el monto del vehículo ascendía a USS 60 mil 771.53 dólares, es decir que los funcionarios primero adquirieron las unidad bajo la modalidad de arrendamiento financiero para uso exclusivo de Miguel Ángel Mufarech Nemy transgrediendo la Ley de austeridad de aquel tiempo… ¿No seria mucho mejor haber comprado un vehículo al servicio de la región y no regalar el dinero para beneficio de particulares?; esto sucedió aunque ustedes no lo crean. Al escuchar las diversas declaraciones del señor Mufarech pareciera que su gobierno hubiese sido el más democrático y transparente, motivo por el cual le da el justo derecho a buscar vía elección, una nueva reelección, su ilusión no la podemos quitar, pero la versión si lo podemos dar. Como la memoria de quien suscribe no olvida fácilmente permítanme seguir refrescándoles la memoria en los próximos días, y demostrarles una vez más, que esta pluma es indeleble y les dará el gusto a todos, para que siempre me recuerden democráticamente.
Escribe: Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (corresponsal en Mala)
Algunos hombres con potencial económico fundan partidos o movimientos políticos para ostentar el poder, luego legislan sus propios leyes, convirtiéndose en amos y señores o «caciques políticos» creyendo que todos les deben rendir pleitesía; sus pensamientos, poses y actitudes casi religiosos es a la usanza de la mediocridad en pleno siglo XXI; se creen los herederos de Manu, Confucio, Moisés, Buda, de civilizaciones primitivas, otros en su delirio predican a los cuatro vientos su teocrática moral pública y se presentan como seguidores de Sócrates, Zenón hasta del propio Jesucristo, basan su suerte en la confianza que al existir demasiada ignorancia es más fácil engañar al pueblo, por ejemplo en la Región Lima donde escasea aún la educación, aunque no parezca, y lo poco que hay ha tocado fondo (Ejemplo la Universidad Nacional «José Faustino Sánchez Carrión» con sede en Huacho que mediante ley ha sido tomado en administración por el propio Estado por presuntos actos de corrupción -desfalco económico de sus catedráticos, llámense «maestros»).
Estos Caciques y trapecistas (porque se pasan de un partido o movimiento político a otro «sin vergüenza») no sólo manejan mucho dinero y cuenta con un sequito servil, sino que se dan el lujo inclusive de monitorear tu voto bajo todo pretexto o lugar; a alguien le recuerda un personaje que el mismo día de las elecciones te llamó por «telefónica del Perú» dejándote un mensaje de un cariñoso saludo, mensaje que por supuesto fue en cadena y cuyo monto económico costó demasiado dinero, pero la amnesia nos hace olvidar muy pronto, sabrá Dios porque… y algo más cualquier parecido con esta crónica, tómele solo como una simple coincidencia.
MIGUEL ANGEL MUFARECH NEMY
EN EL CUADRILATERO POLITICO…
En una democracia los personajes públicos tienen que estar expuestos a una fiscalización constante, sólo así el elector puede hacerse una idea cabal, de escoger en el abanico a uno de ellos, para que administre los fondos públicos (es decir el de todos nosotros) en un sistema de gobierno peruano que es representativo; es decir es la confianza que depositamos en el político de turno, y no es una carta blanca… no señor… es nuestra confianza que brindamos para que en nuestro nombren gobiernen con la verdad, haciendo justicia con transparencia en búsqueda del bien común.
Una información brindada por Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP) dio cuenta que en el año 2006 una moderna camioneta último modelo de placa RQU 2344, Marca Toyota Modelo Land Cruiser Prado, fue utilizada por Mufarech en su calidad de Presidente Regional, el mismo que tenia como arrendador al Banco Continental y arrendatario a la empresa «Quasar Asociados S.R. Ltda.» con RUC No 20292510706, siendo su domicilio fiscal la Av. José Gálvez Barrenechea 235 Urb. Corpac Distrito de San Isidro.
UNA LECCIÓN
«NO APRENDIDA» Y DEMASIADA AMNESIA POLÍTICA…
Recordamos que en solo 7 meses del año 2006 QUASAR ASOCIADOS recibió por parte del gobierno regional la jugosa suma de S/. 62 mil 298 nuevos soles, según la información publicada en el portal de la Web del Ministerio de Economía y Finanzas. Quasar Asociados alquilaba sus modernos vehículos a un promedio de 125 dólares diarios, la evidencia salió a relucir al conocerse el contrato N° 0049-20006-GRL del 15 de febrero del 2006 donde sólo por el concepto de arrendamiento vehicular, por un plazo efectivo de 30 días QUASAR ASOCIADOS S.R.L recibió la suma de S/. 13 mil 77 nuevos; no hay duda que la amnesia política y conchudez es parte de la vida moral de algunos políticos tradicionales, se recuerda que en aquel tiempo, según el informe N° 018-2003-GRL/GRA advertía que el Gobierno Regional no podía rentar vehículo para su movilidad exclusiva, ello se desprende del Memorándum N° 001-2003 con fecha 08 de enero del 2003 dirigido a Pablo Ignacio Zúñiga, por parte del gerente general Juan Falcón Ugarte, donde le pide la asignación de un vehículo y poder cumplir con la supervisión y coordinación de marcha de la gestión, así como el tema de la prevención del fenómeno del niño, para lo cual se necesitaba un vehículo capaz de llegar hasta los 4,500 m.s.n.m, 24 horas después el gerente general (Pablo Zúñiga) responde argumentando que: « en el actual parque automotor referido a la CTAR Lima, no existía vehículo que se acerque a las características requeridas»; proporcionando como alternativa realizar el alquiler en el mercado, local, en contra de la Ley N° 27879 «Ley del Presupuesto del año 2003» que prohibía comprar y/o alquilar vehículos para uso de funcionarios y servidores; sorprendentemente el 10 de enero (al día siguiente) el ex asesor legal del gobierno regional Luis Flores Valdera, opina textualmente «No está prohibido celebrar el contrato de arrendamiento…»(Tomado de La Noticia Huacho - 15 set.2006).
YO SOY LA LEY Y PUNTO, AQUÍ SE HACE LO QUE YO ORDENO…
Tres días después Juan Falcón Ugarte en su calidad de gerente regional ordena el alquiler del vehículo y la disposición del monto económico, teniendo en cuenta que esta unidad serviría para uso exclusivo del presidente regional. Según el Informe N° 022.2003 GRL del 31 de enero 2003 la moderna Camioneta NISSAN PATROL SW SGL Gas, Luxury PKG A/T (clave 505) cuyo precio en el mercado era de USS 47 mil 390 dólares, y con un plazo de operación de 4 años, más el interés del 10%, el monto del vehículo ascendía a USS 60 mil 771.53 dólares, es decir que los funcionarios primero adquirieron las unidad bajo la modalidad de arrendamiento financiero para uso exclusivo de Miguel Ángel Mufarech Nemy transgrediendo la Ley de austeridad de aquel tiempo… ¿No seria mucho mejor haber comprado un vehículo al servicio de la región y no regalar el dinero para beneficio de particulares?; esto sucedió aunque ustedes no lo crean. Al escuchar las diversas declaraciones del señor Mufarech pareciera que su gobierno hubiese sido el más democrático y transparente, motivo por el cual le da el justo derecho a buscar vía elección, una nueva reelección, su ilusión no la podemos quitar, pero la versión si lo podemos dar. Como la memoria de quien suscribe no olvida fácilmente permítanme seguir refrescándoles la memoria en los próximos días, y demostrarles una vez más, que esta pluma es indeleble y les dará el gusto a todos, para que siempre me recuerden democráticamente.
NUEVO AMANECER VUELVE A TOMAR LAS CALLES PARA PROTESTAR CONTRA JUEZ JUAN JOSÉ SULCA SALVADOR LUEGO SE TRASLADAN A MUNICIPIO DE MALA
Integrantes de la Asociación Nuevo Amanecer del distrito de Mala, acordaron tomar las calles el día de hoy, viernes a partir de las 9:00 a.m., y protestar contra el Juez Juan José Sulca Salvador por la supuesta arbitrariedad, al proporcionar a favor de Corazón de Jesús la administración judicial de los terrenos que se encuentran en litigio.
Los moradores solicitaron permiso ante la gobernación y realizarán un recorrido por las diferentes calles del distrito, hasta llegar al Juzgado Mixto; luego acudirán a las instalaciones de la Municipalidad de Mala, para protestar contra su Alcalde Víctor Hugo Carbajal Gonzáles, que proporcionó irregularmente una constancia de posesión a favor de la Asociación Sagrado Corazón de Jesús.
La irregularidad se establece cuando la Asociación Nuevo Amanecer se encontraba en posesión del terreno en litigio y curiosamente la Municipalidad emite constancia de posesión a terceros que nada tenían que ver con la posesión; esta constancia fue ratificada con la Resolución de Alcaldía Nº 337 que lleva la rúbrica del burgomaestre.
Los moradores de Nuevo Amanecer indicaron «Como es posible que el alcalde se burle de nosotros, él nos visitó y nos prometió que nos iba apoyar, él sabía que nosotros estábamos posesionados y como les da la posesión y la resolución a favor de otros»
Cabe recordar que EN días anteriores, los agraviados realizaron una movilización ante el Juzgado y concluyó en la Municipalidad donde no ubicaron al burgomaestre.
Integrantes de la Asociación Nuevo Amanecer del distrito de Mala, acordaron tomar las calles el día de hoy, viernes a partir de las 9:00 a.m., y protestar contra el Juez Juan José Sulca Salvador por la supuesta arbitrariedad, al proporcionar a favor de Corazón de Jesús la administración judicial de los terrenos que se encuentran en litigio.
Los moradores solicitaron permiso ante la gobernación y realizarán un recorrido por las diferentes calles del distrito, hasta llegar al Juzgado Mixto; luego acudirán a las instalaciones de la Municipalidad de Mala, para protestar contra su Alcalde Víctor Hugo Carbajal Gonzáles, que proporcionó irregularmente una constancia de posesión a favor de la Asociación Sagrado Corazón de Jesús.
La irregularidad se establece cuando la Asociación Nuevo Amanecer se encontraba en posesión del terreno en litigio y curiosamente la Municipalidad emite constancia de posesión a terceros que nada tenían que ver con la posesión; esta constancia fue ratificada con la Resolución de Alcaldía Nº 337 que lleva la rúbrica del burgomaestre.
Los moradores de Nuevo Amanecer indicaron «Como es posible que el alcalde se burle de nosotros, él nos visitó y nos prometió que nos iba apoyar, él sabía que nosotros estábamos posesionados y como les da la posesión y la resolución a favor de otros»
Cabe recordar que EN días anteriores, los agraviados realizaron una movilización ante el Juzgado y concluyó en la Municipalidad donde no ubicaron al burgomaestre.
ADAMMO Y EL COLOMBIANO LENNY FIERRO EN EL DIA DE SAN VALENTIN... EN ASIA...
Por el día de San Valentín los citados artistas se presentarán en el evento ´Kiss Party´ en una discoteca del balneario asiano, al sur de Lima
La discoteca Play Club de Asia se alista éste 13 de febrero para recibir el día de San Valentín con dos grandes artistas como Ádammo y el colombiano Lenny Fierro en su evento «Kiss Party», fiesta que promete un tiempo inigualable tanto para parejas como para todos los que sean solteros.
Ya conocidos por su versatilidad para ofrecer los mejores artistas, conciertos y fiestas, cualquiera sea el género; Play Club incluirá la noche previa a San Valentín una cuarta zona en la discoteca.
Además de las Zonas Pachanga, I love 80"s y Electrónica, la zona «Sólo para solteros», estará a disposición de todos los que quieran darse la oportunidad de conocer a su otra mitad ese día.
JUEGOS Y CONCURSOS...
Además habrá juegos y concursos con diversos premios como los que se les entregarán a los chicos y chicas que más besos tengan.
Las entradas ya se encuentran a la venta en las boleterías de «Tu Entrada» de Plaza Vea y Vivandahttp://www.rpp.com.pe/2010-02-05-adammo-y-el-colombiano-lenny-fierro-juntos-en-asia-noticia_240413.html
Por el día de San Valentín los citados artistas se presentarán en el evento ´Kiss Party´ en una discoteca del balneario asiano, al sur de Lima
La discoteca Play Club de Asia se alista éste 13 de febrero para recibir el día de San Valentín con dos grandes artistas como Ádammo y el colombiano Lenny Fierro en su evento «Kiss Party», fiesta que promete un tiempo inigualable tanto para parejas como para todos los que sean solteros.
Ya conocidos por su versatilidad para ofrecer los mejores artistas, conciertos y fiestas, cualquiera sea el género; Play Club incluirá la noche previa a San Valentín una cuarta zona en la discoteca.
Además de las Zonas Pachanga, I love 80"s y Electrónica, la zona «Sólo para solteros», estará a disposición de todos los que quieran darse la oportunidad de conocer a su otra mitad ese día.
JUEGOS Y CONCURSOS...
Además habrá juegos y concursos con diversos premios como los que se les entregarán a los chicos y chicas que más besos tengan.
Las entradas ya se encuentran a la venta en las boleterías de «Tu Entrada» de Plaza Vea y Vivandahttp://www.rpp.com.pe/2010-02-05-adammo-y-el-colombiano-lenny-fierro-juntos-en-asia-noticia_240413.html
EN ASIA... EVA AYLLON LE RINDE HOMENAJE A CHABUCA GRANDA...
Luego de una extensa gira por Argentina, Chile y Europa, Eva Ayllón regresa a Lima para presentar su último disco «Eva Ayllón le canta a Chabuca Granda», en un concierto muy especial a realizarse hoy en el boulevard de Asia en el Centro Cultural Rímac.
La Reina del Landó está emocionada y feliz de haber terminado con éxito su última producción musical que fue grabada en Buenos Aires, Argentina, acompañada de músicos peruanos y argentinos.
El material contiene un CD y un DVD fue editado en simultáneo en Estados Unidos, Argentina y Perú.
La cantante aseguró que este nuevo trabajo musical le brinda la oportunidad de darle gracias a la intérprete de «La Flor de la Canela».
«Un homenaje justo a una gran mujer que dio todo por la música peruana. Es un disco muy especial porque el público podrá escuchar temas que inmortalizó Chabuca en mi voz. Espero estar a la altura de las circunstancias», señaló Ayllón.
Sobre el show que presentará el próximo 12 de febrero en el boulevard de Asia en el Centro Cultural Rímac, comentó que será muy especial ya que es un show muy íntimo.
«La gente podrá escuchar mi respiración. Es un espectáculo muy bonito. Estoy segura que la gente se divertirá tanto como yo lo voy hacer», ha dicho Eva.
Las entradas para ver este espectáculo están a la venta en Teleticket de Wong y Metro.
Luego de una extensa gira por Argentina, Chile y Europa, Eva Ayllón regresa a Lima para presentar su último disco «Eva Ayllón le canta a Chabuca Granda», en un concierto muy especial a realizarse hoy en el boulevard de Asia en el Centro Cultural Rímac.
La Reina del Landó está emocionada y feliz de haber terminado con éxito su última producción musical que fue grabada en Buenos Aires, Argentina, acompañada de músicos peruanos y argentinos.
El material contiene un CD y un DVD fue editado en simultáneo en Estados Unidos, Argentina y Perú.
La cantante aseguró que este nuevo trabajo musical le brinda la oportunidad de darle gracias a la intérprete de «La Flor de la Canela».
«Un homenaje justo a una gran mujer que dio todo por la música peruana. Es un disco muy especial porque el público podrá escuchar temas que inmortalizó Chabuca en mi voz. Espero estar a la altura de las circunstancias», señaló Ayllón.
Sobre el show que presentará el próximo 12 de febrero en el boulevard de Asia en el Centro Cultural Rímac, comentó que será muy especial ya que es un show muy íntimo.
«La gente podrá escuchar mi respiración. Es un espectáculo muy bonito. Estoy segura que la gente se divertirá tanto como yo lo voy hacer», ha dicho Eva.
Las entradas para ver este espectáculo están a la venta en Teleticket de Wong y Metro.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
«Año de la Unión Nacional Frente a la Crisis Externa»
«Año de la Restitución del Distrito Electoral de Lima Provincias»
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 163-2009/MDA
Asia, 12 de diciembre del 2009
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE ASIA - CAÑETE
VISTO:
En Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal del Distrito de Asia de fecha 12 de diciembre del 2009, y los Informes No. 359-2009-AL/MDA, y No. 390-2009-AL/MDA, de fechas 2 de octubre, y 10 de diciembre del 2009, de la Oficina de Asesoría Legal.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley 27680, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía económica, administrativa y política en los asuntos de su competencia;
Que, en el mismo sentido el Artículo II del Título Preliminar de la Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal es órgano de gobierno fiscalizador del gobierno local, estando definidas las funciones de su competencia en el articulo 9° de la misma norma legal;
Que el artículo 41º, de la Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Acuerdos de Concejo, son decisiones que toma el Concejo referido a asuntos específicos, de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, mediante Acuerdo de Concejo No. 137-2009/MDA, de fecha 02 de octubre del 2009, se aprobó la contratación, directa e inmediata, y por el plazo de un año, de la empresa FALDRET ASESORES & CONSULTORES SAC, bajo la modalidad de servicios personalísimos, y, por lo tanto, exonerada de proceso de selección correspondiente, para que brinde el servicio de asesoría en procesos de fiscalización administrativa, tributaria, cobranza, y defensa legal en procesos de la materia;
Que, mediante Informe Legal Nº No. 359-2009-AL/MDA, de fecha 2 de octubre, y su ampliación, Informe No. 390-2009-AL/MDA, de fecha 10 de diciembre del 2009,288-09-OAL/MDA, la Oficina de Asesoría Legal informa que mediante carta remitida por la empresa Luz del Sur se pone en conocimiento de la Entidad que el señor Rubén Esteban Falcón Tenorio, en su calidad de Gerente General de la empresa FALDRET ASESORES Y CONSULTORES SAC, esta siendo procesado penalmente ante diversos juzgados penales de la capital;
Que, de acuerdo a los mencionados informes, los hechos en cuestión fueron ocultados por los contratados y no permitieron tomar conocimiento de situaciones irregulares que pudieron ser materia de evaluación al momento de decidir acerca de la contratación de la mencionada empresa por parte de la Municipalidad Distrital de Asia;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo IV, acápite 1.8 del Titulo Preliminar de la Ley No. 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los administrados «(…), realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboración y la buena fe.»;
Que, asimismo y de acuerdo a lo previsto en el articulo 56° del Decreto Legislativo No. 1017, Ley de Contrataciones del Estado, «…El Titular de la Entidad declarara de oficio la nulidad del proceso de selección, por las mismas causales previstas en el párrafo anterior, solo hasta antes de la celebración del contrato,…»
Que, la norma mencionada en el considerando anterior, señala que se «declarará nulo los actos expedidos, cuando hayan sido dictados por órgano incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible jurídico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable,…»;
Que, al existir indicios que permiten suponer falta de probidad de parte del representante legal de la empresa FALDRET ASESORES Y CONSULTORES SAC, y al tratarse que los hechos materia de las imputaciones en su contra se han realizado en la ejecución de actividades relacionadas con las cuales se considero su contratación, habiendo sido esta información de carácter relevante para la toma de decisiones del Concejo Municipal al momento de aprobar su contratación, faltando de esta manera con el principio de conducta procedimental ya señalado, es que resulta procedente proponer la anulación de la decisión de contratar a la empresa FALDRET ASESORES Y CONSULTORES SAC para que brinde los servicios mencionados.
Por las consideraciones vertidas, y en aplicación de lo dispuesto en los artículos 9° inciso 8), y 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Asia,
SE ACORDO:
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar por unanimidad, y con dispensa de lectura y aprobación del acta, la anulación del Acuerdo de Concejo No. 137-2009/MDA, de fecha 02 de octubre del 2009.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar al Despacho de Alcaldía para que declare la nulidad de oficio el proceso para la contratación directa e inmediata de la empresa FALDRET ASESORES & CONSULTORES SAC.
ARTICULO TERCERO.- Encargar a Secretaría General para que disponga la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de mayor circulación de la jurisdicción. Asimismo, para que se sirva comunicar a la Contraloría General de la República remitiendo el presente acuerdo.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Agapito Ramos Campos
Alcalde
*****
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
«Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú»
«Año de la Unión Nacional Frente a la Crisis Externa»
«Año de la Restitución del Distrito Electoral de Lima Provincias»
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2009-A/MDA
Asia, 22 de diciembre del 2009
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE ASIA
VISTO:
El Acuerdo de Concejo No. 171-2009/MDA del 22 de diciembre del 2009 el Informe 053-2009-GAF/MDA, de Gerencia de Administración y Finanzas/MDA; Informe No. 0465-09-DART/MDA, la Oficina de Administración Tributaria y Rentas/MDA; Informe No. 397-2009-AL/MDA, de la Oficina de Asesoría Legal, y el proveído de la Gerencia Municipal, acerca del proyecto de ordenanza que determina el costo del derecho de emisión mecanizada por impuesto predial y arbitrios municipales de limpieza pública y Serenazgo para el año 2010
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú de 1993 y su modificatoria, Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria;
Que, el Concejo Distrital ejerce su función normativa, fundamentalmente a través de Ordenanzas que tienen rango de Ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú;
Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley No. 27972, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por Decreto Legislativo Nº 953, establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 70° del Decreto Supremo No. 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, «las tasas por servicios administrativos o derechos, no excederán del costo de prestación del servicio y su rendimiento será destinado exclusivamente al financiamiento del mismo».
En uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el pleno del Concejo por Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL COSTO DEL SERVICIO PARA LA EMISIÓN MECANIZADA DE LAS CUPONERAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES E IMPUESTO PREDIAL PARA EL AÑO 2010 EN EL DISTRITO DE ASIA
Artículo 1°.- Apruébese la estructura de costos por concepto de derecho de emisión mecanizada de las cuponeras de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el año 2010 en el Distrito de Asia.
Artículo 2°.- Fíjese en S/. 2.44 (dos y 44/100 nuevos soles) el costo anual de la emisión mecanizada de las cuponeras conteniendo la actualización de valores y determinación del tributo y las hojas de liquidación del Impuesto Predial para el ejercicio fiscal del 2010, costo que incluye su distribución la jurisdicción del Distrito de Asia. En el caso de los contribuyentes cuyo domicilio fiscal sea distinto al del Distrito de Asia, el costo de la caponera y su distribución es de S/. 8.14 (ocho y 14/100 nuevos soles).
Articulo 3°.- Fíjese en S/. 1.50 (uno y 50/100 nuevos soles) el costo anual de la emisión mecanizada de las cuponeras conteniendo la determinación de la Tasa de Arbitrios de Limpieza Pública y Serenazgo para el ejercicio fiscal del 2010, costo que incluye su distribución la jurisdicción del Distrito de Asia. En el caso de los contribuyentes cuyo domicilio fiscal sea distinto al del Distrito de Asia, el costo de la caponera y su distribución es de S/. 2.47 (dos y 47/100 nuevos soles).
Artículo 3°.- Los costos expresados en los artículos precedentes, estará integrado en el pago del Impuesto Predial y en los Arbitrios Municipales correspondientes al primer trimestre del año 2010.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
PRIMERO.-La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de la publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete que la ratifique.
SEGUNDO.- Facúltese al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
TERCERO.- Encargar a la División de Administración Tributaria y Rentas y a la Unidad de Informática, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
POR TANTO:
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Agapito Ramos Campos
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
DECRETO DE ALCALDIA No. 013-2009-A/MDA
Asia, 30 de diciembre del 2009.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
VISTO: El Informe No. 052-2009-JUP/MDA, emitido por la Oficina de Personal, de fecha 29 de diciembre del 2009; el Informe No. 417-2009-AL/MDA, de la Oficina de Asesoría legal, de fecha 30 de diciembre del 2009, y el proveído de Gerencia Municipal.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley 27680, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía económica, administrativa y política en los asuntos de su competencia;
Que, en el mismo sentido, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39° de la norma acotada, el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la Ley mediante Decretos de Alcaldía;
Que, mediante Ordenanza Municipal No. 011-2009-A/MDA, del 17 de noviembre del 2009, se dispuso la creación de un fondo para la atención de casos y obras sociales, cuya ejecución ha sido regulada mediante Ordenanza Municipal No. 012-2009-A/MDA, de la misma fecha, y las cuales han entrado en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, es decir a partir del 11 de diciembre;
Que, de acuerdo a lo expuesto en el Informe No. 052-2009-JUP/MDA, la Oficina de Personal manifiesta que al haberse encargado las funciones de la Gerencia de Administración y Finanzas a la Gerencia Municipal, es necesario efectuar las modificaciones pertinentes en las conformaciones de las comisiones en las cuales estaba considerada la participación de la Gerencia de Administración y Finanzas;
Que, en virtud a lo expuesto en el considerando anterior, mediante Informe No. 417-2009-AL/MDA, la Oficina de Asesoría Legal opina por que se lleve a cabo la modificación del articulo 6° de la Ordenanza No. 012-2009-A/MDA, a fin de regularizar los cambios mencionados de acuerdo a la siguiente propuesta:
Miembros Titulares:
- Jefe de la División de Servicios Públicos, Desarrollo Social y Económico
- Jefe de la Oficina de Presupuesto y Planificación
- Jefe de la Oficina de Personal
Miembros Suplentes:
- Jefe de la Oficina de Asesoría Legal.
- El encargado de Asistencia Social.
Estando a lo expuesto en la presente y de conformidad con las atribuciones que le competen a la Alcaldía según lo dispuesto en el inciso 6º del Articulo 20º, en concordancia con el segundo párrafo del articulo 39° y el articulo 42° de la Ley 27972º, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- Aprobar la propuesta de modificación del articulo 6° de la Ordenanza No. 012-2009-A/MDA, de conformidad con las consideraciones expuestas en el presente Decreto.
Artículo Segundo.- Modifíquese el artículo 6° de la Ordenanza No. 012-2009-A/MDA, el cual queda redactado de la siguiente manera:
«Artículo 6º.- Conformación
El comité de administración para la atención de casos y obras sociales estará conformado por los siguientes funcionarios municipales:
Miembros Titulares:
o Jefe de la División de Servicios Públicos, Desarrollo Social y Económico
o Jefe de la Oficina de Presupuesto y Planificación
o Jefe de la Oficina de Personal
Miembros Suplentes:
o Jefe de la Oficina de Asesoría Legal.
o El encargado de Asistencia Social.»
Artículo Tercero.- Dispóngase para que la Gerencia Municipal, y, a través de ella, las áreas involucradas, procedan con la ejecución de lo dispuesto en el presente Decreto.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Agapito Ramos Campos
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
«Año de la Unión Nacional Frente a la Crisis Externa»
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 240– 2009 –A/MDA
Asia, 16 de diciembre del 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
VISTO:
El Acuerdo de Concejo No. 163-2009/MDA, de fecha 12 de diciembre del 2009, y los Informes No. 359-2009-AL/MDA, y No. 390-2009-AL/MDA, de fechas 2 de octubre, y 10 de diciembre del 2009, de la Oficina de Asesoría Legal, referidos al Proceso de Adquisición Directa Selectiva No. 004-2009-CEP/MDA, correspondiente a la adquisición de equipos informáticos.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley 27680, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía económica, administrativa y política en los asuntos de su competencia;
Que, en el mismo sentido, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Alcaldía es el órgano ejecutivo del Gobierno Local, y el Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa;
Que, mediante el Decreto Legislativo No. 1017, Ley de Contrataciones del Estado, se establecen «los lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Publico en los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos»;
Que, de conformidad con el articulo 5° del Decreto Supremo No. 184-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo No. 1017, Ley de Contrataciones del Estado, «están a cargo de las contrataciones los siguientes funcionarios y dependencias de la Entidad: 1. Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva, de conformidad con sus normas de organización, que ejerce las funciones previstas en la Ley y en el presente Reglamento para la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de contrataciones del Estado. En el caso de las empresas del Estado, el Titular de la Entidad es el Gerente General o el que haga sus veces»;
Que, el artículo 5° del Decreto Legislativo No. 1017, Ley de Contrataciones del Estado, señala que «el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que la presente norma le otorga. No pueden ser objeto de delegación, la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento»;
Que, mediante Acuerdo de Concejo No. 137-2009/MDA, de fecha 02 de octubre del 2009, se aprobó la contratación, directa e inmediata, y por el plazo de un año, de la empresa FALDRET ASESORES & CONSULTORES SAC, bajo la modalidad de servicios personalísimos, y, por lo tanto, exonerada de proceso de selección correspondiente, para que brinde el servicio de asesoría en procesos de fiscalización administrativa, tributaria, cobranza, y defensa legal en procesos de la materia;
Que, mediante Informe Legal Nº No. 359-2009-AL/MDA, de fecha 2 de octubre, y su ampliación, Informe No. 390-2009-AL/MDA, de fecha 10 de diciembre del 2009,288-09-OAL/MDA, la Oficina de Asesoría Legal informa que mediante carta remitida por la empresa Luz del Sur se pone en conocimiento de la Entidad que el señor Rubén Esteban Falcón Tenorio, en su calidad de Gerente General de la empresa FALDRET ASESORES Y CONSULTORES SAC, esta siendo procesado penalmente ante diversos juzgados penales de la capital;
Que, de acuerdo a los mencionados informes, los hechos en cuestión fueron ocultados por los contratados y no permitieron tomar conocimiento de situaciones irregulares que pudieron ser materia de evaluación al momento de decidir acerca de la contratación de la mencionada empresa por parte de la Municipalidad Distrital de Asia;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo IV, acápite 1.8 del Titulo Preliminar de la Ley No. 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los administrados «(…), realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboración y la buena fe.»;
Que, asimismo y de acuerdo a lo previsto en el articulo 56° del Decreto Legislativo No. 1017, Ley de Contrataciones del Estado, «…El Titular de la Entidad declarara de oficio la nulidad del proceso de selección, por las mismas causales previstas en el párrafo anterior, solo hasta antes de la celebración del contrato,…»
Que, la norma mencionada en el considerando anterior, señala que se «declarará nulo los actos expedidos, cuando hayan sido dictados por órgano incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible jurídico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable,…»;
Que, al existir indicios que permiten suponer falta de probidad de parte del representante legal de la empresa FALDRET ASESORES Y CONSULTORES SAC, y al tratarse que los hechos materia de las imputaciones en su contra se han realizado en la ejecución de actividades relacionadas con las cuales se considero su contratación, habiendo sido esta información de carácter relevante para la toma de decisiones del Concejo Municipal al momento de aprobar su contratación, faltando de esta manera con el principio de conducta procedimental ya señalado, es que resulta procedente proponer la anulación de la decisión de contratar a la empresa FALDRET ASESORES Y CONSULTORES SAC para que brinde los servicios mencionados.
Que, siendo así, corresponde al Titular de la Entidad, de acuerdo al artículo 5° de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo No. 1017, declarar la nulidad de oficio del proceso de selección, en vista que se ha configurado causal de nulidad al haberse contravenido las normas esenciales del procedimiento administrativo, tal como se encuentra dispuesto en el artículo 56° del mismo cuerpo legal.
Estando a lo expuesto en la presente, y de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo No. 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, Decreto Supremo No. 184-2008-EF, y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972;
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- Declarar de oficio, la nulidad del Proceso para la Contratación Directa e Inmediata de la empresa FALDRET ASESORES & CONSULTORES SAC, bajo la modalidad de servicios personalísimos, y exonerada de proceso de selección correspondiente, por contravención de las normas esenciales del procedimiento administrativo, tal como se encuentra dispuesto en el artículo 56° de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo No. 1017.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer que sea la Gerencia Municipal la encargada de ejecutar lo dispuesto en la presente.
ARTÍCULO TERCERO.- Notifíquese a los interesados del tenor de la presente resolución para los fines del caso.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Agapito Ramos Campos
Alcalde
«Año de la Unión Nacional Frente a la Crisis Externa»
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ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 163-2009/MDA
Asia, 12 de diciembre del 2009
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE ASIA - CAÑETE
VISTO:
En Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal del Distrito de Asia de fecha 12 de diciembre del 2009, y los Informes No. 359-2009-AL/MDA, y No. 390-2009-AL/MDA, de fechas 2 de octubre, y 10 de diciembre del 2009, de la Oficina de Asesoría Legal.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley 27680, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía económica, administrativa y política en los asuntos de su competencia;
Que, en el mismo sentido el Artículo II del Título Preliminar de la Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal es órgano de gobierno fiscalizador del gobierno local, estando definidas las funciones de su competencia en el articulo 9° de la misma norma legal;
Que el artículo 41º, de la Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Acuerdos de Concejo, son decisiones que toma el Concejo referido a asuntos específicos, de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, mediante Acuerdo de Concejo No. 137-2009/MDA, de fecha 02 de octubre del 2009, se aprobó la contratación, directa e inmediata, y por el plazo de un año, de la empresa FALDRET ASESORES & CONSULTORES SAC, bajo la modalidad de servicios personalísimos, y, por lo tanto, exonerada de proceso de selección correspondiente, para que brinde el servicio de asesoría en procesos de fiscalización administrativa, tributaria, cobranza, y defensa legal en procesos de la materia;
Que, mediante Informe Legal Nº No. 359-2009-AL/MDA, de fecha 2 de octubre, y su ampliación, Informe No. 390-2009-AL/MDA, de fecha 10 de diciembre del 2009,288-09-OAL/MDA, la Oficina de Asesoría Legal informa que mediante carta remitida por la empresa Luz del Sur se pone en conocimiento de la Entidad que el señor Rubén Esteban Falcón Tenorio, en su calidad de Gerente General de la empresa FALDRET ASESORES Y CONSULTORES SAC, esta siendo procesado penalmente ante diversos juzgados penales de la capital;
Que, de acuerdo a los mencionados informes, los hechos en cuestión fueron ocultados por los contratados y no permitieron tomar conocimiento de situaciones irregulares que pudieron ser materia de evaluación al momento de decidir acerca de la contratación de la mencionada empresa por parte de la Municipalidad Distrital de Asia;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo IV, acápite 1.8 del Titulo Preliminar de la Ley No. 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los administrados «(…), realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboración y la buena fe.»;
Que, asimismo y de acuerdo a lo previsto en el articulo 56° del Decreto Legislativo No. 1017, Ley de Contrataciones del Estado, «…El Titular de la Entidad declarara de oficio la nulidad del proceso de selección, por las mismas causales previstas en el párrafo anterior, solo hasta antes de la celebración del contrato,…»
Que, la norma mencionada en el considerando anterior, señala que se «declarará nulo los actos expedidos, cuando hayan sido dictados por órgano incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible jurídico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable,…»;
Que, al existir indicios que permiten suponer falta de probidad de parte del representante legal de la empresa FALDRET ASESORES Y CONSULTORES SAC, y al tratarse que los hechos materia de las imputaciones en su contra se han realizado en la ejecución de actividades relacionadas con las cuales se considero su contratación, habiendo sido esta información de carácter relevante para la toma de decisiones del Concejo Municipal al momento de aprobar su contratación, faltando de esta manera con el principio de conducta procedimental ya señalado, es que resulta procedente proponer la anulación de la decisión de contratar a la empresa FALDRET ASESORES Y CONSULTORES SAC para que brinde los servicios mencionados.
Por las consideraciones vertidas, y en aplicación de lo dispuesto en los artículos 9° inciso 8), y 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Asia,
SE ACORDO:
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar por unanimidad, y con dispensa de lectura y aprobación del acta, la anulación del Acuerdo de Concejo No. 137-2009/MDA, de fecha 02 de octubre del 2009.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar al Despacho de Alcaldía para que declare la nulidad de oficio el proceso para la contratación directa e inmediata de la empresa FALDRET ASESORES & CONSULTORES SAC.
ARTICULO TERCERO.- Encargar a Secretaría General para que disponga la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de mayor circulación de la jurisdicción. Asimismo, para que se sirva comunicar a la Contraloría General de la República remitiendo el presente acuerdo.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Agapito Ramos Campos
Alcalde
*****
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«Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú»
«Año de la Unión Nacional Frente a la Crisis Externa»
«Año de la Restitución del Distrito Electoral de Lima Provincias»
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2009-A/MDA
Asia, 22 de diciembre del 2009
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE ASIA
VISTO:
El Acuerdo de Concejo No. 171-2009/MDA del 22 de diciembre del 2009 el Informe 053-2009-GAF/MDA, de Gerencia de Administración y Finanzas/MDA; Informe No. 0465-09-DART/MDA, la Oficina de Administración Tributaria y Rentas/MDA; Informe No. 397-2009-AL/MDA, de la Oficina de Asesoría Legal, y el proveído de la Gerencia Municipal, acerca del proyecto de ordenanza que determina el costo del derecho de emisión mecanizada por impuesto predial y arbitrios municipales de limpieza pública y Serenazgo para el año 2010
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú de 1993 y su modificatoria, Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria;
Que, el Concejo Distrital ejerce su función normativa, fundamentalmente a través de Ordenanzas que tienen rango de Ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú;
Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley No. 27972, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por Decreto Legislativo Nº 953, establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 70° del Decreto Supremo No. 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, «las tasas por servicios administrativos o derechos, no excederán del costo de prestación del servicio y su rendimiento será destinado exclusivamente al financiamiento del mismo».
En uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el pleno del Concejo por Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL COSTO DEL SERVICIO PARA LA EMISIÓN MECANIZADA DE LAS CUPONERAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES E IMPUESTO PREDIAL PARA EL AÑO 2010 EN EL DISTRITO DE ASIA
Artículo 1°.- Apruébese la estructura de costos por concepto de derecho de emisión mecanizada de las cuponeras de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el año 2010 en el Distrito de Asia.
Artículo 2°.- Fíjese en S/. 2.44 (dos y 44/100 nuevos soles) el costo anual de la emisión mecanizada de las cuponeras conteniendo la actualización de valores y determinación del tributo y las hojas de liquidación del Impuesto Predial para el ejercicio fiscal del 2010, costo que incluye su distribución la jurisdicción del Distrito de Asia. En el caso de los contribuyentes cuyo domicilio fiscal sea distinto al del Distrito de Asia, el costo de la caponera y su distribución es de S/. 8.14 (ocho y 14/100 nuevos soles).
Articulo 3°.- Fíjese en S/. 1.50 (uno y 50/100 nuevos soles) el costo anual de la emisión mecanizada de las cuponeras conteniendo la determinación de la Tasa de Arbitrios de Limpieza Pública y Serenazgo para el ejercicio fiscal del 2010, costo que incluye su distribución la jurisdicción del Distrito de Asia. En el caso de los contribuyentes cuyo domicilio fiscal sea distinto al del Distrito de Asia, el costo de la caponera y su distribución es de S/. 2.47 (dos y 47/100 nuevos soles).
Artículo 3°.- Los costos expresados en los artículos precedentes, estará integrado en el pago del Impuesto Predial y en los Arbitrios Municipales correspondientes al primer trimestre del año 2010.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
PRIMERO.-La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de la publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete que la ratifique.
SEGUNDO.- Facúltese al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
TERCERO.- Encargar a la División de Administración Tributaria y Rentas y a la Unidad de Informática, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
POR TANTO:
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Agapito Ramos Campos
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
DECRETO DE ALCALDIA No. 013-2009-A/MDA
Asia, 30 de diciembre del 2009.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
VISTO: El Informe No. 052-2009-JUP/MDA, emitido por la Oficina de Personal, de fecha 29 de diciembre del 2009; el Informe No. 417-2009-AL/MDA, de la Oficina de Asesoría legal, de fecha 30 de diciembre del 2009, y el proveído de Gerencia Municipal.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley 27680, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía económica, administrativa y política en los asuntos de su competencia;
Que, en el mismo sentido, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39° de la norma acotada, el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la Ley mediante Decretos de Alcaldía;
Que, mediante Ordenanza Municipal No. 011-2009-A/MDA, del 17 de noviembre del 2009, se dispuso la creación de un fondo para la atención de casos y obras sociales, cuya ejecución ha sido regulada mediante Ordenanza Municipal No. 012-2009-A/MDA, de la misma fecha, y las cuales han entrado en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, es decir a partir del 11 de diciembre;
Que, de acuerdo a lo expuesto en el Informe No. 052-2009-JUP/MDA, la Oficina de Personal manifiesta que al haberse encargado las funciones de la Gerencia de Administración y Finanzas a la Gerencia Municipal, es necesario efectuar las modificaciones pertinentes en las conformaciones de las comisiones en las cuales estaba considerada la participación de la Gerencia de Administración y Finanzas;
Que, en virtud a lo expuesto en el considerando anterior, mediante Informe No. 417-2009-AL/MDA, la Oficina de Asesoría Legal opina por que se lleve a cabo la modificación del articulo 6° de la Ordenanza No. 012-2009-A/MDA, a fin de regularizar los cambios mencionados de acuerdo a la siguiente propuesta:
Miembros Titulares:
- Jefe de la División de Servicios Públicos, Desarrollo Social y Económico
- Jefe de la Oficina de Presupuesto y Planificación
- Jefe de la Oficina de Personal
Miembros Suplentes:
- Jefe de la Oficina de Asesoría Legal.
- El encargado de Asistencia Social.
Estando a lo expuesto en la presente y de conformidad con las atribuciones que le competen a la Alcaldía según lo dispuesto en el inciso 6º del Articulo 20º, en concordancia con el segundo párrafo del articulo 39° y el articulo 42° de la Ley 27972º, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- Aprobar la propuesta de modificación del articulo 6° de la Ordenanza No. 012-2009-A/MDA, de conformidad con las consideraciones expuestas en el presente Decreto.
Artículo Segundo.- Modifíquese el artículo 6° de la Ordenanza No. 012-2009-A/MDA, el cual queda redactado de la siguiente manera:
«Artículo 6º.- Conformación
El comité de administración para la atención de casos y obras sociales estará conformado por los siguientes funcionarios municipales:
Miembros Titulares:
o Jefe de la División de Servicios Públicos, Desarrollo Social y Económico
o Jefe de la Oficina de Presupuesto y Planificación
o Jefe de la Oficina de Personal
Miembros Suplentes:
o Jefe de la Oficina de Asesoría Legal.
o El encargado de Asistencia Social.»
Artículo Tercero.- Dispóngase para que la Gerencia Municipal, y, a través de ella, las áreas involucradas, procedan con la ejecución de lo dispuesto en el presente Decreto.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Agapito Ramos Campos
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
«Año de la Unión Nacional Frente a la Crisis Externa»
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 240– 2009 –A/MDA
Asia, 16 de diciembre del 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
VISTO:
El Acuerdo de Concejo No. 163-2009/MDA, de fecha 12 de diciembre del 2009, y los Informes No. 359-2009-AL/MDA, y No. 390-2009-AL/MDA, de fechas 2 de octubre, y 10 de diciembre del 2009, de la Oficina de Asesoría Legal, referidos al Proceso de Adquisición Directa Selectiva No. 004-2009-CEP/MDA, correspondiente a la adquisición de equipos informáticos.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley 27680, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía económica, administrativa y política en los asuntos de su competencia;
Que, en el mismo sentido, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Alcaldía es el órgano ejecutivo del Gobierno Local, y el Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa;
Que, mediante el Decreto Legislativo No. 1017, Ley de Contrataciones del Estado, se establecen «los lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Publico en los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos»;
Que, de conformidad con el articulo 5° del Decreto Supremo No. 184-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo No. 1017, Ley de Contrataciones del Estado, «están a cargo de las contrataciones los siguientes funcionarios y dependencias de la Entidad: 1. Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva, de conformidad con sus normas de organización, que ejerce las funciones previstas en la Ley y en el presente Reglamento para la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de contrataciones del Estado. En el caso de las empresas del Estado, el Titular de la Entidad es el Gerente General o el que haga sus veces»;
Que, el artículo 5° del Decreto Legislativo No. 1017, Ley de Contrataciones del Estado, señala que «el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que la presente norma le otorga. No pueden ser objeto de delegación, la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento»;
Que, mediante Acuerdo de Concejo No. 137-2009/MDA, de fecha 02 de octubre del 2009, se aprobó la contratación, directa e inmediata, y por el plazo de un año, de la empresa FALDRET ASESORES & CONSULTORES SAC, bajo la modalidad de servicios personalísimos, y, por lo tanto, exonerada de proceso de selección correspondiente, para que brinde el servicio de asesoría en procesos de fiscalización administrativa, tributaria, cobranza, y defensa legal en procesos de la materia;
Que, mediante Informe Legal Nº No. 359-2009-AL/MDA, de fecha 2 de octubre, y su ampliación, Informe No. 390-2009-AL/MDA, de fecha 10 de diciembre del 2009,288-09-OAL/MDA, la Oficina de Asesoría Legal informa que mediante carta remitida por la empresa Luz del Sur se pone en conocimiento de la Entidad que el señor Rubén Esteban Falcón Tenorio, en su calidad de Gerente General de la empresa FALDRET ASESORES Y CONSULTORES SAC, esta siendo procesado penalmente ante diversos juzgados penales de la capital;
Que, de acuerdo a los mencionados informes, los hechos en cuestión fueron ocultados por los contratados y no permitieron tomar conocimiento de situaciones irregulares que pudieron ser materia de evaluación al momento de decidir acerca de la contratación de la mencionada empresa por parte de la Municipalidad Distrital de Asia;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo IV, acápite 1.8 del Titulo Preliminar de la Ley No. 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los administrados «(…), realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboración y la buena fe.»;
Que, asimismo y de acuerdo a lo previsto en el articulo 56° del Decreto Legislativo No. 1017, Ley de Contrataciones del Estado, «…El Titular de la Entidad declarara de oficio la nulidad del proceso de selección, por las mismas causales previstas en el párrafo anterior, solo hasta antes de la celebración del contrato,…»
Que, la norma mencionada en el considerando anterior, señala que se «declarará nulo los actos expedidos, cuando hayan sido dictados por órgano incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible jurídico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable,…»;
Que, al existir indicios que permiten suponer falta de probidad de parte del representante legal de la empresa FALDRET ASESORES Y CONSULTORES SAC, y al tratarse que los hechos materia de las imputaciones en su contra se han realizado en la ejecución de actividades relacionadas con las cuales se considero su contratación, habiendo sido esta información de carácter relevante para la toma de decisiones del Concejo Municipal al momento de aprobar su contratación, faltando de esta manera con el principio de conducta procedimental ya señalado, es que resulta procedente proponer la anulación de la decisión de contratar a la empresa FALDRET ASESORES Y CONSULTORES SAC para que brinde los servicios mencionados.
Que, siendo así, corresponde al Titular de la Entidad, de acuerdo al artículo 5° de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo No. 1017, declarar la nulidad de oficio del proceso de selección, en vista que se ha configurado causal de nulidad al haberse contravenido las normas esenciales del procedimiento administrativo, tal como se encuentra dispuesto en el artículo 56° del mismo cuerpo legal.
Estando a lo expuesto en la presente, y de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo No. 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, Decreto Supremo No. 184-2008-EF, y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972;
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- Declarar de oficio, la nulidad del Proceso para la Contratación Directa e Inmediata de la empresa FALDRET ASESORES & CONSULTORES SAC, bajo la modalidad de servicios personalísimos, y exonerada de proceso de selección correspondiente, por contravención de las normas esenciales del procedimiento administrativo, tal como se encuentra dispuesto en el artículo 56° de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo No. 1017.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer que sea la Gerencia Municipal la encargada de ejecutar lo dispuesto en la presente.
ARTÍCULO TERCERO.- Notifíquese a los interesados del tenor de la presente resolución para los fines del caso.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Agapito Ramos Campos
Alcalde
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