Tras la debida acusación que hiciera el representante del Ministerio Público de Cañete, se sentenció al Ex Secretario del Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial, Ricardo Alejandro Lovera Hernández, a seis años de Pena privativa de Libertad Efectiva, quien deberá además abonar por concepto de reparación civil, la suma de S/. 3.500.00 nuevos soles, a favor del estado.
La Fiscal que llevó este caso en juicio oral y logró la condena de este procesado, fue la Dra. Elizabeth Eliana Vadillo Leaño, Fiscal Provincial Titular Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete.
La condena emitida por el Primer Juzgado Unipersonal de Cañete, encuentra culpable a Lovera Hernández, por la comisión del delito de Tráfico de Influencias – Corrupción de Funcionarios.
El mencionado sentenciado, fue intervenido el 07 de setiembre del año pasado, en un operativo anticorrupción, encontrándosele con un total de S/. 350.00 nuevos soles, que le había entregado un litigante a quien le había aseguró favorecerle en un proceso judicial.
El operativo fue realizado por autoridades del Ministerio Público, la ODECMA y la Policía Nacional, los que comprobaron infraganti el delito que se cometía, por el cual el procesado se encontraba bajo la medida de prisión preventiva en el Centro Penitenciario de Cantera.
13 junio 2012
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA ENTREGARÁ 200 SILLAS DE RUEDA EN EL DISTRITO DE SAN VICENTE DE CAÑETE
200 personas discapacitadas de escasos recursos económicos del distrito de San Vicente de Cañete serán los beneficiados con la campaña de donación de sillas de ruedas que realizará el Gobierno Regional de Lima, este sábado 16 de junio.
La entrega se realizará a las 9:00 de la mañana en la Plaza de Armas de esta ciudad donde estarán presentes las autoridades locales, funcionarios de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y representantes de la ONG-TOWER, que son los encargados de facilitar la llegada de las sillas de rueda a nuestra región.
Esta actividad se realiza gracias a las gestiones que realizó el Gobierno Regional de Lima a fin de facilitarles a las personas con discapacidad las herramientas necesarias para que puedan desplazarse.
Cabe mencionar que la última entrega de sillas de rueda se realizó en el distrito de Mala donde más de 100 personas fueron las beneficiadas con dicha donación. En este evento asistió el presidente regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales del Valle.
La entrega se realizará a las 9:00 de la mañana en la Plaza de Armas de esta ciudad donde estarán presentes las autoridades locales, funcionarios de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y representantes de la ONG-TOWER, que son los encargados de facilitar la llegada de las sillas de rueda a nuestra región.
Esta actividad se realiza gracias a las gestiones que realizó el Gobierno Regional de Lima a fin de facilitarles a las personas con discapacidad las herramientas necesarias para que puedan desplazarse.
Cabe mencionar que la última entrega de sillas de rueda se realizó en el distrito de Mala donde más de 100 personas fueron las beneficiadas con dicha donación. En este evento asistió el presidente regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales del Valle.
DESGOBIERNO EXISTENTE...
Escribe: César Calagua Gutiérrez
Nuestra ciudad, no cabe duda, esta venida a menos por el pésimo manejo administrativo de quienes tienen la gran responsabilidad de mantener y buscar que San Vicente recobre, su ornato, sus veredas, sus pistas (ocupadas por vendedores, material de construcción, mécanicos,etc), la tranquilidad y seguridad que tenía antes.
Para muchos creemos no es justo lo que estamos viviendo, ante la desidia y desinteres de nuestras autoridades y funcionarios de los diversos sectores que nos estan llevando cada día más al caos general como ciudad y peor aún como capital de nuestra provincia, porque nuestra ciudad deja mucho que desear en todos los sectores.
Para nadie es un misterio el caos por el que atravieza el sector transporte, con pistas y veredas llenas de huecos donde no se respetan las reglas y normas que regulan este sector, peor aún si tenenos que hablar de las unidades (muchas de ellas deterioradas) que hacen lo que se les viene en gana (paran y recogen pasajeros donde mejor les parece), de los choferes y cobradores mejor no decimos más porque todos saben cual es la conducta de cada uno de ellos, lógico es con algunas salvedades. No respetan para nada las zonas de restricción, hospitales, colegios, dependencias públicas, etc.
Y de la informalidad de los mototaxistas, ni que decir, hay muchos menores de edad sin documento alguno, no tienen paraderos formales y se paran donde desean, interrumpiendo el tránsito vehicular y peatonal, mal vestidos, con radio a todo volumen y sus unidades con lunas oscuras, vociferando palabras de grueso calibre, etc.
Por otro lado, los servicios públicos son otro problema que no tienen cuando acabar, la limpieza pública (el camión recolector no tiene horario definido y provocan el caos por la presencia de perros que rompen las bosas dejadas por las amas de casa en la vía pública), el agua (se nos corta el servicio cuando mejor así lo desean y para colmo de males sus oficinas estan ahora ubicadas en lugares recónditos de la ciudad, poniendo en riesgo la seguridad de los usuarios, por la lejanía de sus oficinas) la luz (no tienen un servicio efectivo de mantenimiento, cables por doquier expuestos a la sobrecarga de energía, zonas aledañas a la ciudad que se encuentran en penumbras, además que en algunos sectores se dan cortes sin explicación posterior alguna), la seguridad ciudadana, (que preocuopa por el abandono en que se encuentran algunos sectores de la ciudad, sobretodo las zonas que deben ser consideradas como de peligro o de clave 1, debido a la presencia permanente de fumones y gente de mal vivir que ponen en peligro la seguridad de las viviendas y los ciudadanos mismos, que se exponen a sendos robos de sus pertenencias personales y de sus viviendas).
Esperemos que nuestras autoridades y funcionarios de las diversas entidades públicas y privadas se reunan y puedan planificar el desarrollo conjunto de San Vicente y de nuestra provincia en su conjunto.
Nuestra ciudad, no cabe duda, esta venida a menos por el pésimo manejo administrativo de quienes tienen la gran responsabilidad de mantener y buscar que San Vicente recobre, su ornato, sus veredas, sus pistas (ocupadas por vendedores, material de construcción, mécanicos,etc), la tranquilidad y seguridad que tenía antes.
Para muchos creemos no es justo lo que estamos viviendo, ante la desidia y desinteres de nuestras autoridades y funcionarios de los diversos sectores que nos estan llevando cada día más al caos general como ciudad y peor aún como capital de nuestra provincia, porque nuestra ciudad deja mucho que desear en todos los sectores.
Para nadie es un misterio el caos por el que atravieza el sector transporte, con pistas y veredas llenas de huecos donde no se respetan las reglas y normas que regulan este sector, peor aún si tenenos que hablar de las unidades (muchas de ellas deterioradas) que hacen lo que se les viene en gana (paran y recogen pasajeros donde mejor les parece), de los choferes y cobradores mejor no decimos más porque todos saben cual es la conducta de cada uno de ellos, lógico es con algunas salvedades. No respetan para nada las zonas de restricción, hospitales, colegios, dependencias públicas, etc.
Y de la informalidad de los mototaxistas, ni que decir, hay muchos menores de edad sin documento alguno, no tienen paraderos formales y se paran donde desean, interrumpiendo el tránsito vehicular y peatonal, mal vestidos, con radio a todo volumen y sus unidades con lunas oscuras, vociferando palabras de grueso calibre, etc.
Por otro lado, los servicios públicos son otro problema que no tienen cuando acabar, la limpieza pública (el camión recolector no tiene horario definido y provocan el caos por la presencia de perros que rompen las bosas dejadas por las amas de casa en la vía pública), el agua (se nos corta el servicio cuando mejor así lo desean y para colmo de males sus oficinas estan ahora ubicadas en lugares recónditos de la ciudad, poniendo en riesgo la seguridad de los usuarios, por la lejanía de sus oficinas) la luz (no tienen un servicio efectivo de mantenimiento, cables por doquier expuestos a la sobrecarga de energía, zonas aledañas a la ciudad que se encuentran en penumbras, además que en algunos sectores se dan cortes sin explicación posterior alguna), la seguridad ciudadana, (que preocuopa por el abandono en que se encuentran algunos sectores de la ciudad, sobretodo las zonas que deben ser consideradas como de peligro o de clave 1, debido a la presencia permanente de fumones y gente de mal vivir que ponen en peligro la seguridad de las viviendas y los ciudadanos mismos, que se exponen a sendos robos de sus pertenencias personales y de sus viviendas).
Esperemos que nuestras autoridades y funcionarios de las diversas entidades públicas y privadas se reunan y puedan planificar el desarrollo conjunto de San Vicente y de nuestra provincia en su conjunto.
RINCÓN CONCILIATORIO...
Abog. Rocío López Luna
DIRECTORA DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN «MADRE DE CRISTO CONCILIADORA»
En este espacio trataremos casos de la vida real ADAPTADOS a nuestra realidad cañetana a fin de acercar al pueblo de una manera rápida, económica y efectiva la justicia a nuestro pueblo.
NUESTRO PRIMER CASO...
«Soy socio de una Cooperativa de Vivienda en Nuevo Imperial desde el año 1992, en que llegué de mi natal tierra de Huánuco.
Dado que no tenía parientes ni conocidos, busqué la manera de ofrecer un techo a mi mujer y a mis entonces 3 hijos a través de una invasión, en la que me nombraron Gerente, la cual organicé a nivel de trámites hasta su inscripción así como dirigiendo personalmente la Comisión de «Ollas comunes», y hasta las manifestaciones pacíficas para que las autoridades escuchen nuestro pedido de agua y desagüe.
Hace 2 años me retiré de la Directiva por un derrame cerebral que sufrí y que me dejó inmovilizado medio cuerpo. Sin embargo la nueva Directiva me ataca e incluso pretende desalojar porque no me retiro de un área de mi terreno que quieren dar a un primo de la actual Tesorera de la misma... pero ¿cómo hacerlo si allí construí mi casita de adobe?
He ofrecido retirarme si me dan S/. 5,000.- para construir otra, pero me quieren dar sólo S/. 2,000.- y en partes.
Mis hijos son adultos y tienen sus propias responsabilidades, pero yo crío a los 4 hijos de mi difunta hija, y mi mujer es mayor y está casi ciega: ¡¿QUÉ HAGO?!».
Consejo de la Dra. Rocío:
«Señor, si Usted desea mantener el terreno intacto puede solicitar un INTERDICTO DE RETENER, para que no lo presionen a abandonar el área que le piden, o si desea dársela una OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO por los S/. 5,000.- a cambio de que Usted se retire.
En todo caso por las molestias y gastos que está teniendo le recomiendo en ambos casos solicitar una INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS por S/. 1,000.- adicionales.
Lo único que debe hacer es acercarse a nuestra oficina con su D.N.I., Título de Propiedad o Posesión, Y NOSOTROS NOS ENCARGAMOS DEL RESTO. Este proceso es autofinanciado, pero de tener Usted pocas posibilidades económicas con gusto le daremos una tarifa social para facilitarle la solución a sus problemas.
LAS CONSULTAS SON ABSOLUTAMENTE GRATUITAS, NUESTRO HORARIO CORRIDO DE 8 am a 6 p.m. LOS ESPERAMOS AFECTUOSAMENTE,
DIRECTORA DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN «MADRE DE CRISTO CONCILIADORA»
En este espacio trataremos casos de la vida real ADAPTADOS a nuestra realidad cañetana a fin de acercar al pueblo de una manera rápida, económica y efectiva la justicia a nuestro pueblo.
NUESTRO PRIMER CASO...
«Soy socio de una Cooperativa de Vivienda en Nuevo Imperial desde el año 1992, en que llegué de mi natal tierra de Huánuco.
Dado que no tenía parientes ni conocidos, busqué la manera de ofrecer un techo a mi mujer y a mis entonces 3 hijos a través de una invasión, en la que me nombraron Gerente, la cual organicé a nivel de trámites hasta su inscripción así como dirigiendo personalmente la Comisión de «Ollas comunes», y hasta las manifestaciones pacíficas para que las autoridades escuchen nuestro pedido de agua y desagüe.
Hace 2 años me retiré de la Directiva por un derrame cerebral que sufrí y que me dejó inmovilizado medio cuerpo. Sin embargo la nueva Directiva me ataca e incluso pretende desalojar porque no me retiro de un área de mi terreno que quieren dar a un primo de la actual Tesorera de la misma... pero ¿cómo hacerlo si allí construí mi casita de adobe?
He ofrecido retirarme si me dan S/. 5,000.- para construir otra, pero me quieren dar sólo S/. 2,000.- y en partes.
Mis hijos son adultos y tienen sus propias responsabilidades, pero yo crío a los 4 hijos de mi difunta hija, y mi mujer es mayor y está casi ciega: ¡¿QUÉ HAGO?!».
Consejo de la Dra. Rocío:
«Señor, si Usted desea mantener el terreno intacto puede solicitar un INTERDICTO DE RETENER, para que no lo presionen a abandonar el área que le piden, o si desea dársela una OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO por los S/. 5,000.- a cambio de que Usted se retire.
En todo caso por las molestias y gastos que está teniendo le recomiendo en ambos casos solicitar una INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS por S/. 1,000.- adicionales.
Lo único que debe hacer es acercarse a nuestra oficina con su D.N.I., Título de Propiedad o Posesión, Y NOSOTROS NOS ENCARGAMOS DEL RESTO. Este proceso es autofinanciado, pero de tener Usted pocas posibilidades económicas con gusto le daremos una tarifa social para facilitarle la solución a sus problemas.
LAS CONSULTAS SON ABSOLUTAMENTE GRATUITAS, NUESTRO HORARIO CORRIDO DE 8 am a 6 p.m. LOS ESPERAMOS AFECTUOSAMENTE,
CHINCHANOS SE ENCUENTRAN PREOCUPADOS... SEÑALAN QUE MODIFICATORIA DE LEY DE DEMARCACION TERRITORIAL, LOS PERJUDICA...
Con la publicación de la modificatoria de la Ley 27795, Ley de Demarcación Territorial, muchos se han puesto saltones... y es que esa modificatoria cambia un poco las reglas del juego en torno al problema existente con la provincia chinchana.
Ahora, los moradores van a tener la posibilidad de decidir hacia donde pertenecer.
Pues bien, tratando de encontrar excusas al ánimo expansionista chinchano, la Asociación de Comunicadores y Periodistas Chinchanos, han emitido un Pronunciamiento, el mismo que damos a conocer:
El Consejo de Ministros dio a conocer a través del Decreto Supremo 063-2012, la modificatoria de la ley 27795, ley de Demarcación y organización territorial que señala en su artículo 20 inciso «C» que se someterá a referéndum y/o consulta vecinal para permitir a la población definir a la jurisdicción que quieren pertenecer.
Esta modificatoria aprobada el 07 de Junio por el presidente Ollanta Humala Tasso, con el supuesto afán de resolver problemas limítrofes, no estaría más que perjudicando a la provincia de Chincha en el problema limítrofe que se viene sosteniendo durante mucho tiempo con la provincia de Cañete. Específicamente esta ley pretende que los pobladores de Nuevo Ayacucho definan a qué región quieren pertenecer.
Como se sabe la Región Lima ha ido poblando ciertas zonas con pobladores traídos de otra zonas con el único fin de ir ganando terrenos en los espacio que hasta ahora no está definido a qué provincia pertenece. Al parecer este decreto supremo ya habría estado en ciertos manejos antes de entrar en vigencia, porque es totalmente evidente el favoritismo que existe hacia la provincia de Cañete.
Cabe señalar que la responsabilidad también recae en nuestras autoridades de la región Ica quienes hasta ahora vienen haciendo trabajos lentos para la defensa de nuestros límites. Ahora señores autoridades, presidente regional, congresistas, alcaldes provinciales y distritales hay que actuar, es el momento de demostrarle al gobierno que no permitiremos que se burlen de nuestra provincia. La pelota está en su cancha señores.
Esta situación deja en claro nuevamente que el centralismo sigue atropellando a la demás regiones como es de costumbre y que el gobierno no viene estableciendo esas ideas que profetizaba en su campaña política, el de ser un gobierno descentralizado y de respeto al pueblo.
Le exigimos al gobierno establecer una solución adecuada a esta situación que no perjudique a ambos pueblos, no permitan que los conflictos internos sigan agravándose más pedimos se establezcan políticas que unifiquen a la población y no que las distancien.
Ahora, los moradores van a tener la posibilidad de decidir hacia donde pertenecer.
Pues bien, tratando de encontrar excusas al ánimo expansionista chinchano, la Asociación de Comunicadores y Periodistas Chinchanos, han emitido un Pronunciamiento, el mismo que damos a conocer:
El Consejo de Ministros dio a conocer a través del Decreto Supremo 063-2012, la modificatoria de la ley 27795, ley de Demarcación y organización territorial que señala en su artículo 20 inciso «C» que se someterá a referéndum y/o consulta vecinal para permitir a la población definir a la jurisdicción que quieren pertenecer.
Esta modificatoria aprobada el 07 de Junio por el presidente Ollanta Humala Tasso, con el supuesto afán de resolver problemas limítrofes, no estaría más que perjudicando a la provincia de Chincha en el problema limítrofe que se viene sosteniendo durante mucho tiempo con la provincia de Cañete. Específicamente esta ley pretende que los pobladores de Nuevo Ayacucho definan a qué región quieren pertenecer.
Como se sabe la Región Lima ha ido poblando ciertas zonas con pobladores traídos de otra zonas con el único fin de ir ganando terrenos en los espacio que hasta ahora no está definido a qué provincia pertenece. Al parecer este decreto supremo ya habría estado en ciertos manejos antes de entrar en vigencia, porque es totalmente evidente el favoritismo que existe hacia la provincia de Cañete.
Cabe señalar que la responsabilidad también recae en nuestras autoridades de la región Ica quienes hasta ahora vienen haciendo trabajos lentos para la defensa de nuestros límites. Ahora señores autoridades, presidente regional, congresistas, alcaldes provinciales y distritales hay que actuar, es el momento de demostrarle al gobierno que no permitiremos que se burlen de nuestra provincia. La pelota está en su cancha señores.
Esta situación deja en claro nuevamente que el centralismo sigue atropellando a la demás regiones como es de costumbre y que el gobierno no viene estableciendo esas ideas que profetizaba en su campaña política, el de ser un gobierno descentralizado y de respeto al pueblo.
Le exigimos al gobierno establecer una solución adecuada a esta situación que no perjudique a ambos pueblos, no permitan que los conflictos internos sigan agravándose más pedimos se establezcan políticas que unifiquen a la población y no que las distancien.
POLICIA MATA A MARCA, QUE BALEO A ALCALDE DE QUINCHES(YAUYOS) EN EL 2011, CUANDO IBA A ASALTAR A EMPRESARIO
Un delincuente resultó herido y otros ocho fueron detenidos. Víctima salió ilesa de ataque. Los ‘marcas’ volvieron al acecho. Esta vez se trató de 14 integrantes de la banda ‘Los Nuevos Destructores’, los que ayer se enfrentaron a balazos a la Policía en la carretera Central, a inmediaciones del puente Santa Anita.
Los hampones habían seguido de cerca a un empresario ferretero –cuya entidad se mantiene en reserva por seguridad–, al que pretendían arrebatarle los 100 mil dólares que había retirado de un banco.
Eran los 9:40 de la mañana, cuando el hombre de negocios –que se dirigía a San Luis– se percató de que cuatro vehículos lo perseguían. Uno de los malhechores empezó a dispararle desde uno de los autos.
Al oír los disparos, los tripulantes de un patrullero que se encontraba cerca alertó a otros agentes. En ese momento se produjo la balacera en la que murieron tres criminales.
Ellos fueron identificados como Juan Alberto Velarde Morales (42), Luis Walter Muro Mejías (30) y otro, cuya identidad aún no fue revelada.
CAPTURA
De inmediato, los custodios iniciaron la búsqueda de los atacantes. En el lugar se detuvo a Luis Sato Llacctas, Hildebrando Auqui Salomé, Luis Mija Linares, Haendel Armando Francia López, Pascual Jiménez Alvarado, Rafael Jiménez Callupe, Anthony Inga Urteaga, José Saucedo Sánchez, ‘Cara de Perro’, quien se subió a una combi. Un hombre y una mujer lograron huir.
ANTECEDENTES
Según el general César Cortijo, jefe de la Dirincri, los integrantes de esta banda tienen antecedentes por robo agravado, lesiones graves, tenencia ilegal de armas, homicidio y secuestro, entre otros delitos.
Tal es el caso de Juan Alberto Velarde Morales, quien era hermano de un hampón abatido el año pasado.
Por su parte, Luis Mija Linares fue arrestado en mayo del 2009 junto con nueve miembros de ‘Los Cochinos del Sur’ cuando pretendían asaltar un depósito de la fábrica Gloria, en San Juan de Lurigancho. Se les incautó varias armas.
También está el caso de Anthony Inga Urteaga, quien en enero de 2009 mató a puñaladas –con otros dos criminales– a Luigi Basantez Zevallos (19) en el Callao. La víctima se opuso al robo de su celular.
Este sujeto fue detenido y salió en libertad al poco tiempo. En mayo del año pasado, participó en el asalto del tragamonedas Ficha Dorada, en San Martín de Porres, donde hirió a la cajera Julissa Méndez. En octubre del 2011 fue detenido nuevamente, pero, increíblemente, las autoridades lo liberaron
Sin embargo, el más sanguinario del grupo era Muro Mejías, quien en julio de 2007 intentó asaltar una agencia del Banco de la Nación, en la localidad de Picota, en Tarapoto, y en julio de 2011 baleó a Luis Ramos Michuy, alcalde del distrito de Quinches, en Yauyos, para robarle dinero. En ambas ocasiones fue apresado. Esta vez perdió la vida.
BIEN ARMADOS
Los delincuentes tenían pistolas nueve milímetros, tres revólveres, chalecos antibalas, casacas, pasamontañas, soguillas y un subfusil mini UZI de uso militar, con los que podían repeler cualquier ataque.
El armamento fue hallado dentro de los vehículos que fueron empleados para el atraco, cuyas placas son B2I-633-, A0I-567, B0Z-511 y SIH-493. Todo está en poder de la Dirincri para las investigaciones.
PARA TENER EN CUENTA
El empresario ferretero fue trasladado a la Dirincri para rendir su manifestación. Resultó ileso.
Familiares de los hampones acudieron al lugar del enfrentamiento y aseguraron que sus parientes son inocentes y que solo estaban de pasada, pues se dirigían a trabajar.
Según el general César Cortijo, la Dirección General de Inteligencia del Ministerio Interior seguía los pasos de la banda desde hacía un mes.
Los hampones habían seguido de cerca a un empresario ferretero –cuya entidad se mantiene en reserva por seguridad–, al que pretendían arrebatarle los 100 mil dólares que había retirado de un banco.
Eran los 9:40 de la mañana, cuando el hombre de negocios –que se dirigía a San Luis– se percató de que cuatro vehículos lo perseguían. Uno de los malhechores empezó a dispararle desde uno de los autos.
Al oír los disparos, los tripulantes de un patrullero que se encontraba cerca alertó a otros agentes. En ese momento se produjo la balacera en la que murieron tres criminales.
Ellos fueron identificados como Juan Alberto Velarde Morales (42), Luis Walter Muro Mejías (30) y otro, cuya identidad aún no fue revelada.
CAPTURA
De inmediato, los custodios iniciaron la búsqueda de los atacantes. En el lugar se detuvo a Luis Sato Llacctas, Hildebrando Auqui Salomé, Luis Mija Linares, Haendel Armando Francia López, Pascual Jiménez Alvarado, Rafael Jiménez Callupe, Anthony Inga Urteaga, José Saucedo Sánchez, ‘Cara de Perro’, quien se subió a una combi. Un hombre y una mujer lograron huir.
ANTECEDENTES
Según el general César Cortijo, jefe de la Dirincri, los integrantes de esta banda tienen antecedentes por robo agravado, lesiones graves, tenencia ilegal de armas, homicidio y secuestro, entre otros delitos.
Tal es el caso de Juan Alberto Velarde Morales, quien era hermano de un hampón abatido el año pasado.
Por su parte, Luis Mija Linares fue arrestado en mayo del 2009 junto con nueve miembros de ‘Los Cochinos del Sur’ cuando pretendían asaltar un depósito de la fábrica Gloria, en San Juan de Lurigancho. Se les incautó varias armas.
También está el caso de Anthony Inga Urteaga, quien en enero de 2009 mató a puñaladas –con otros dos criminales– a Luigi Basantez Zevallos (19) en el Callao. La víctima se opuso al robo de su celular.
Este sujeto fue detenido y salió en libertad al poco tiempo. En mayo del año pasado, participó en el asalto del tragamonedas Ficha Dorada, en San Martín de Porres, donde hirió a la cajera Julissa Méndez. En octubre del 2011 fue detenido nuevamente, pero, increíblemente, las autoridades lo liberaron
Sin embargo, el más sanguinario del grupo era Muro Mejías, quien en julio de 2007 intentó asaltar una agencia del Banco de la Nación, en la localidad de Picota, en Tarapoto, y en julio de 2011 baleó a Luis Ramos Michuy, alcalde del distrito de Quinches, en Yauyos, para robarle dinero. En ambas ocasiones fue apresado. Esta vez perdió la vida.
BIEN ARMADOS
Los delincuentes tenían pistolas nueve milímetros, tres revólveres, chalecos antibalas, casacas, pasamontañas, soguillas y un subfusil mini UZI de uso militar, con los que podían repeler cualquier ataque.
El armamento fue hallado dentro de los vehículos que fueron empleados para el atraco, cuyas placas son B2I-633-, A0I-567, B0Z-511 y SIH-493. Todo está en poder de la Dirincri para las investigaciones.
PARA TENER EN CUENTA
El empresario ferretero fue trasladado a la Dirincri para rendir su manifestación. Resultó ileso.
Familiares de los hampones acudieron al lugar del enfrentamiento y aseguraron que sus parientes son inocentes y que solo estaban de pasada, pues se dirigían a trabajar.
Según el general César Cortijo, la Dirección General de Inteligencia del Ministerio Interior seguía los pasos de la banda desde hacía un mes.
ANUNCIAN CONSTRUCCION DE SEIS NUEVOS PENALES EN PROVINCIAS, PARA ESTE AÑO...
El ministro de Justicia, Juan Jiménez Mayor, anunció el día de ayer, que este año se inaugurarán seis nuevos centros penitenciarios en el interior del país, con lo cual se espera reducir el hacinamiento carcelario en provincias.
El funcionario detalló que los nuevos penales se construyen en Cochamarca (Cerro de Pasco), Chincha (provincia de Lima), Satipo, Yurimaguas, Juanjuí e Iquitos (en remodelación).
«Trabajamos en el marco del plan de las diez medidas para reformar el sistema penitenciario. Entre esas medidas está la construcción de seis centros de reclusión para este año y la ampliación de los ya existentes», afirmó.
De esa manera, explicó, se tratará de aliviar el hacinamiento carcelario del país, donde hay 58,000 reclusos cuando sólo se puede albergar a 27,000 en todos los penales del territorio nacional.
Por su parte, el director del Instituto Nacional Penitenciario (Inpe), José Pérez Guadalupe, refirió que al mes ingresan un millar de internos, por lo que la construcción de nuevas cárceles es una solución necesaria.
«El ingreso de más gente a los penales es un duro golpe a la delincuencia, pero el Inpe no fue preparado para esta situación; por eso nuestros planes para disminuir el hacinamiento deben ser trabajados a largo plazo», sostuvo.
Ambos funcionarios asistieron al penal Miguel Castro Castro, en San Juan de Lurigancho, donde se presentó la muestra artística y gastronómica denominada La esperanza convertida en arte, en el marco de la celebración por el Día del Padre, este domingo 17 de junio.
Allí, los internos mostraron sus conocimientos en la elaboración de artesanías, cerámicas decorativas y de platos típicos de Perú y del extranjero; así como sus logros en el aprendizaje del idioma francés, entre otros.
El funcionario detalló que los nuevos penales se construyen en Cochamarca (Cerro de Pasco), Chincha (provincia de Lima), Satipo, Yurimaguas, Juanjuí e Iquitos (en remodelación).
«Trabajamos en el marco del plan de las diez medidas para reformar el sistema penitenciario. Entre esas medidas está la construcción de seis centros de reclusión para este año y la ampliación de los ya existentes», afirmó.
De esa manera, explicó, se tratará de aliviar el hacinamiento carcelario del país, donde hay 58,000 reclusos cuando sólo se puede albergar a 27,000 en todos los penales del territorio nacional.
Por su parte, el director del Instituto Nacional Penitenciario (Inpe), José Pérez Guadalupe, refirió que al mes ingresan un millar de internos, por lo que la construcción de nuevas cárceles es una solución necesaria.
«El ingreso de más gente a los penales es un duro golpe a la delincuencia, pero el Inpe no fue preparado para esta situación; por eso nuestros planes para disminuir el hacinamiento deben ser trabajados a largo plazo», sostuvo.
Ambos funcionarios asistieron al penal Miguel Castro Castro, en San Juan de Lurigancho, donde se presentó la muestra artística y gastronómica denominada La esperanza convertida en arte, en el marco de la celebración por el Día del Padre, este domingo 17 de junio.
Allí, los internos mostraron sus conocimientos en la elaboración de artesanías, cerámicas decorativas y de platos típicos de Perú y del extranjero; así como sus logros en el aprendizaje del idioma francés, entre otros.
ESTE MES LANZAN SEGUNDA CONVOCATORIA PARA CUBRIR 600 PUESTOS DE AGENTES PENITENCIARIOS...
El Instituto Nacional Penitenciario (Inpe) lanzará en los próximos días la segunda convocatoria para 600 puestos de agentes de seguridad en penales, informó el presidente de la institución, José Luis Pérez Guadalupe.
El funcionario explicó que esta convocatoria está dirigida a profesionales peruanos (entre hombres y mujeres), como abogados, psicólogos, trabajadores sociales, médicos, entre otros.
Recordó que 400 postulantes ingresaron en la primera convocatoria de mayo último y están recibiendo instrucción en la Escuela Penitenciaria, a fin de concluir su periodo de aprendizaje en agosto próximo.
1000 AGENTES MAS ESTE AÑO
«Con esta segunda convocatoria, el personal del Inpe tendrá mil agentes más para este año, alcanzando el límite de contrataciones permitidas por el gobierno peruano en lo que respecta al 2012», indicó el funcionario.
GRUPO ESPECIAL ANTICORRUPCION
De ese total, detalló, se escogerá a los mejores estudiantes –que hayan destacado durante el tiempo su preparación- para conformar el Grupo Especial Anticorrupción (GEA). Este grupo será repartido este año a los penales Ancón II y Virgen de Fátima para realizar la tarea de luchar contra la corrupción mediante inspecciones inopinadas y acciones de inteligencia a fin de detectar dichos casos.
Pérez Guadalupe formuló estas declaraciones luego de asistir al penal Miguel Castro Castro, en San Juan de Lurigancho, para participar de la actividad denominada «La esperanza convertida en arte», desarrollada en el marco del Día del Padre, que se celebrará este domingo 17 de junio.
Los internos del penal exhibieron productos decorativos elaborados a base de cerámica y de soldadura de metal. También, se efectuó una feria gastronómica, en la que se desgustaron platos típicos nacionales y del extranjero. Al respecto, el titular del Inpe comentó que este tipo de expresiones es el resultado del proceso de rehabilitación que llevan los internos al interior de los penales.
CONVENIO CON CENFOTUR
Indicó que su institución suscribió un convenio con el Centro de Formación en Turismo (Cenfotur) para que 400 reclusos lleven un curso de panadería y repostería.
Estos internos pertenecen al penal de hombres y mujeres de Qenqoro, en el Cusco; y de Santa Mónica, Miguel Castro Castro y San Jorge en Lima.
«Aprender un oficio dentro de un penal significa una oportunidad para que los reclusos, cuando cumplan su condena, salgan a trabajar en una empresa o creen su propio negocio», afirmó el funcionario.
El funcionario explicó que esta convocatoria está dirigida a profesionales peruanos (entre hombres y mujeres), como abogados, psicólogos, trabajadores sociales, médicos, entre otros.
Recordó que 400 postulantes ingresaron en la primera convocatoria de mayo último y están recibiendo instrucción en la Escuela Penitenciaria, a fin de concluir su periodo de aprendizaje en agosto próximo.
1000 AGENTES MAS ESTE AÑO
«Con esta segunda convocatoria, el personal del Inpe tendrá mil agentes más para este año, alcanzando el límite de contrataciones permitidas por el gobierno peruano en lo que respecta al 2012», indicó el funcionario.
GRUPO ESPECIAL ANTICORRUPCION
De ese total, detalló, se escogerá a los mejores estudiantes –que hayan destacado durante el tiempo su preparación- para conformar el Grupo Especial Anticorrupción (GEA). Este grupo será repartido este año a los penales Ancón II y Virgen de Fátima para realizar la tarea de luchar contra la corrupción mediante inspecciones inopinadas y acciones de inteligencia a fin de detectar dichos casos.
Pérez Guadalupe formuló estas declaraciones luego de asistir al penal Miguel Castro Castro, en San Juan de Lurigancho, para participar de la actividad denominada «La esperanza convertida en arte», desarrollada en el marco del Día del Padre, que se celebrará este domingo 17 de junio.
Los internos del penal exhibieron productos decorativos elaborados a base de cerámica y de soldadura de metal. También, se efectuó una feria gastronómica, en la que se desgustaron platos típicos nacionales y del extranjero. Al respecto, el titular del Inpe comentó que este tipo de expresiones es el resultado del proceso de rehabilitación que llevan los internos al interior de los penales.
CONVENIO CON CENFOTUR
Indicó que su institución suscribió un convenio con el Centro de Formación en Turismo (Cenfotur) para que 400 reclusos lleven un curso de panadería y repostería.
Estos internos pertenecen al penal de hombres y mujeres de Qenqoro, en el Cusco; y de Santa Mónica, Miguel Castro Castro y San Jorge en Lima.
«Aprender un oficio dentro de un penal significa una oportunidad para que los reclusos, cuando cumplan su condena, salgan a trabajar en una empresa o creen su propio negocio», afirmó el funcionario.
SUNAT IMPLEMENTA PAGO DE COSTAS PROCESALES Y GASTOS ADMINISTRATIVOS POR INTERNET...
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que ha puesto a disposición de los contribuyentes un nuevo servicio informático para facilitar el pago de las costas procesales y gastos administrativos por Internet.
Esta facilidad permitirá que quienes ya no deseen realizar dichos pagos en forma presencial en las entidades bancarias lo realicen a través de los medios virtuales, señala una resolución de la Sunat publicada el último 29 de mayo.
Para acceder a este servicio el contribuyente deberá ingresar a la opción «Declaración y Pago», disponible en Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe), anotar su clave SOL y seleccionar el formulario virtual boleta de pago/costas y gastos.
Si no cuenta con la clave la puede solicitar, sin costo alguno, en cualquier Centro de Servicios de la Sunat en todo el país.
El pago por Internet se podrá realizar utilizando tarjetas de crédito-débito Visa, o con cargo a una cuenta bancaria previamente afiliada a una entidad bancaria.
El servicio está disponible para los clientes del Banco de Crédito del Perú (BCP), Interbank, Scotiabank, BBVA Continental y Citibank.
Si el contribuyente desea realizar el pago de los referidos conceptos en forma presencial también lo podrá hacer, en forma más sencilla, usando el Número de Pago Sunat (NPS).
El NPS se genera en Sunat Virtual luego de haber consignado el importe a pagar en el formulario virtual boleta de pago/costas y gastos.
Luego, con este NPS el contribuyente se puede acercar a las oficinas bancarias del Scotiabank, BCP e Interbank para efectuar el pago correspondiente.
Con este nuevo servicio Sunat promueve el cumplimiento de las obligaciones tributarias al simplificar los procedimientos tributarios.
Esta facilidad permitirá que quienes ya no deseen realizar dichos pagos en forma presencial en las entidades bancarias lo realicen a través de los medios virtuales, señala una resolución de la Sunat publicada el último 29 de mayo.
Para acceder a este servicio el contribuyente deberá ingresar a la opción «Declaración y Pago», disponible en Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe), anotar su clave SOL y seleccionar el formulario virtual boleta de pago/costas y gastos.
Si no cuenta con la clave la puede solicitar, sin costo alguno, en cualquier Centro de Servicios de la Sunat en todo el país.
El pago por Internet se podrá realizar utilizando tarjetas de crédito-débito Visa, o con cargo a una cuenta bancaria previamente afiliada a una entidad bancaria.
El servicio está disponible para los clientes del Banco de Crédito del Perú (BCP), Interbank, Scotiabank, BBVA Continental y Citibank.
Si el contribuyente desea realizar el pago de los referidos conceptos en forma presencial también lo podrá hacer, en forma más sencilla, usando el Número de Pago Sunat (NPS).
El NPS se genera en Sunat Virtual luego de haber consignado el importe a pagar en el formulario virtual boleta de pago/costas y gastos.
Luego, con este NPS el contribuyente se puede acercar a las oficinas bancarias del Scotiabank, BCP e Interbank para efectuar el pago correspondiente.
Con este nuevo servicio Sunat promueve el cumplimiento de las obligaciones tributarias al simplificar los procedimientos tributarios.
EDICTOS JUDICIALES
EDICTO
Que por ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala, a cargo del señor Juez Dr. Raúl Cuentas Lagos y Secretaria Judicial que da cuenta, se admitió a trámite la solicitud de SUCESIÓN INTESTADA presentado por FILOMENA MARGARITA NAPAN QUISPE VIUDA DE CUYA, de quien en vida fuera su esposo Domingo German Cuya Aburto, fallecido el 30-06-1994, AB INTESTATO, en el distrito de Mala – Cañete – Lima. Comunicándose para que se presenten las personas que se crean con vocación hereditaria. Lo que se publica para los fines legales y pertinentes.
Mala, 12 de Junio de 2012.
Paola Esmeralda Ramos Condori
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Jesús Gonzalo Canales Alfaro
Abogado
CAL. Nº 12,159
EDICTO
Exp. Nº 151-2012, ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial, Juez Dr. Luis Miguel Yalán Ahedo, Secretario Papias Abilo Sánchez Sáenz, FELIPE BORJAS CASAS, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su Sr. padre JULIO BORJAS RODRIGUEZ, fallecido el 03-08-1998 en el distrito de Lurín – Lima, llamándose a los presuntos herederos.
Imperial, 31 de Mayo de 2012.
Papias Abilo Sánchez Sáenz
Secretario (e) Judicial
Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial
RECTIFCACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. Nº 00231-2012-CI, Ante el 2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la Srta. Juez Dra. Patricia Razzeto Zavala y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, doña ROSA AMELIA NUE FERNANDEZ solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el extremo que se han omitido sus apellidos paterno y materno NUE FERNANDEZ, siendo lo correcto «ROSA AMELIA NUE FERNANDEZ» y además se rectifique los datos de sus progenitores FRANCISCO NUE y MARIA FERNANDEZ DE NUE, siendo lo correcto que el titular de la partida es ROSA AMELIA NUE FERNANDEZ y que es hija de FRANCISCO DANIEL NUE CUENCA y de MARIA SATURNINA FERNANDEZ PONCE.
Lo que se publica para conocimiento
Cañete, 01 de Junio de 2012.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial
2º Juzgado de Paz Letrado – Cañete
AVISO DE SUCESIÓN INTESTADA – NOTARÍA INGA VÁSQUEZ
Ante mi despacho notarial, sito en Jr. Jorge Chávez Nº 291 – Imperial – Cañete, doña ELVIRA GERARDA PEREZ DE MANCINI, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su madre, doña AURELIA FELIPA PERALTA ÑAÑEZ fallecida el día TREINTA Y UNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL OCHO, señalando bajo declaración jurada que tuvo como último domicilio en Cañete, y siendo su única heredera universal la siguiente ELVIRA GERARDA PEREZ PERALTA. Se publica para fines y efectos de ley.
Imperial – Cañete, 11 de Junio del dos mil doce.
Dr. Javier Alberto Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 5574-2012, doña Cinthia Mirian Galicia Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Jessica Mayte Karina Galicia Lopez, inscrita en esta Municipalidad en el libro 373, folio 163, año 1995, en el extremo que se consigna como nombre del padre de la titular WILBER DIEGO GALICIA MEDINA, siendo lo correcto WILBERT DIEGO GALICIA MEDINA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 10 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 5450-2012, don Victor Sanchez Basurto, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 125, folio 63, año 1957, en el extremo que se consigna como nombre de los padres del titular JULIAN SANCHEZ y FELICITA BASURTO, siendo lo correcto JULIAN SANCHEZ HUAMAN y FELICITA BASURTO VICENTE.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 12 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 5791-2012, doña Gliceria Quiroz Avalos, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Rosa Elvira Malásquez Quiroz, inscrita en esta Municipalidad en el libro 161, folio 33, año 1965, en el extremo que se consigna como nombre del padre de la titular JUAN MALASQUEZ ARIAS, siendo lo correcto JUAN BUENO MALASQUEZ ARIAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 12 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 5793-2012, doña Gliceria Quiroz Avalos, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Carmen Malásquez Quiroz, inscrita en esta Municipalidad en el libro 166, folio 31, año 1966, en el extremo que se consigna como nombre del padre de la titular JUAN MALASQUEZ ARIAS, siendo lo correcto JUAN BUENO MALASQUEZ ARIAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 12 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 5792-2012, doña Gliceria Quiroz Avalos, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Alicia Malásquez Quiroz, inscrita en esta Municipalidad en el libro 170, folio 24, año 1967, en el extremo que se consigna como nombre del padre del titular JUAN MALASQUEZ ARIAS, siendo lo correcto JUAN BUENO MALASQUEZ ARIAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 12 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; cita y emplaza:
EXP.-1994-0039; a LAURA CANCHARI RODOLFO y JAIME ALBERTO LAURA CANCHARI, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Homicidio Calificado. Agraviado: Javier Saldaña Canchari.
EXP.-1995-0051; a QUISPE RIOS ISAAC, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Victor Nestor Avila Quispe y Otro.
EXP.-1997-0058; a QUINTO COCHACHEZ JUAN SIMON, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Robo Agravado. Agraviado: Santiago Salazar Uscamayta.
EXP.-1999-0128; a SAMUEL YONI PAUCAR MELGAREJO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2000-2335; a CASAS RIVAS ALFREDO ANTONIO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Elvert Virgilio Huayquito Vivanco.
EXP.-2001-0124; a FEBRES RODRIGUEZ, JHON y ZELADA ASIN, MILAGROS SOLEDAD, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Trafico Ilícito de Drogas. Agraviado: El Estado.
EXP.-2001-1758; a LUIS VEGA HERNANDEZ ó LUIS ROLANDO VEGA HERNANDEZ, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Cuerpo, la Vida y la Salud-Homicidio. Agraviado: Melgardo Pérez Rodríguez.
EXP.-2002-0795; a ROJAS ROJAS EDUARDO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra la Libertad-Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2002-0182; a SANCHEZ MAMANI RUSBEL, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales R.A.V.R.
EXP.-2003-0946; a BAYLON VASQUEZ ANGELITA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Cuerpo, la Vida y la Salud-Parricidio. Agraviado: Giancarlo Maldonado Baylon.
EXP.-2003-0108; a MARTINEZ POMA VIRGILIO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2004-0302; a FERNANDO SEGUNDO CASTILLO TITO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Cohecho Activo. Agraviado: La Sociedad y Otro.
EXP.-2005-0444; a ROMAN VIDAL SANCHEZ MENDOZA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Noelia García Chumpitaz.
EXP.-2006-0992; a NICANOR CANDIA MOLINA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Trafico Ilícito de Droga. Agraviado: Estado Peruano
EXP.-2007-0500; a JOSE EMILIO DE LA CRUZ ANICAMA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales S.C.S.M.
EXP.-2007-0523; a ARONES MAYTA LEONARDO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Gelmo Huari Sacsa.
EXP.-2007-0194; a JACINTO LAZARO GAGO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2007-0647; a CONTRERA QUINTERO PEDRO JOSE, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2008-0033; a RAUL MOISES URIBE RIVAS, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2008-0022; a MARCO ANTONIO LEVANO LAZARO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales A.M.G.M.
EXP.-2008-0950; a HUARIPAUCAR PACO KLEIBER, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2009-0242; a JORGE ARMANDO ASCONA SALCEDO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales T.A.S.A..
EXP.-2010-0260; a TICLLACURI EGOAVIL ROBERTO ANGEL, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Walter Alejandro Arias Chumpitaz.
EXP.-2011-0008; a PUERTAS BARRETO HUGO RAUL, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2007-0395; a CANDELA CHAVEZ JOSE ANGEL, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 9:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2009-0220; a JAVIER FRANCISCO TOCTO INGA, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 9:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado de Uso. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2007-0280; a ELMER WALTER CORTEZ ARIAS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 9:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Libertad-Acto Contra el Pudor. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2010-0133; a JESUS MARCOS SILVESTRE ORIHUELA, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 9:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2007-0351; a JULIO CESAR ZAMUDIO PEÑA, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 10:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Libertad-Secuestro. Agraviado: Edon Loayza Cumba.
EXP.-2011-0062; a VICTOR MOISES MENDOZA YAURI, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 10:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2010-0139; a MARCO ANTONIO CHAVEZ ARRANTE, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 10:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado Doloso. Agraviado: El Estado Peruano y Otro.
EXP.-2008-0898; a EDUARDO ROBERTO MARQUEZ HILARIO, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 10:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales K.M.L.
EXP.-2010-0174; a ERNESTO RAMIRO CASTILLO HUALLULLO , a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 11:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Julián Albino Huamani Malpica.
EXP.-2004-0553; a RUFINO YACTAYO LUYO, WILFREDO FEBRES MEDINA, JOSE REYNALDO POZO y JULIO CESAR HUAMAN TAYPE, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 9:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado y Otro. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2010-0189; a CARLOS ALBERTO ZARATE SULCA, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 9:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2009-0275; a MAGLORIA LIDIA CONDOR DE RAMOS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 9:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2010-0170; a LEONEL CALIXTRO REYES, ALEJANDRO MANOLO REVEROS TOVAR, ELVER CALIXTRO REYES y LIUBER JHON SOLIS RAMOS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 9:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Oscar Arismendiz Martínez y Otro.
EXP.-2008-0988; a CARNICA RAMOS LEONIDAS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 10:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2010-0200; a EMILIANO ESTEBAN CANALES FERNANDEZ, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 10:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2010-0020; a EMILIANO LUCIO VILCHEZ VARILLA y AGUSTO QUILCA ÑAUPE, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 10:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2001-1776; a JOSE TEODORO CHAUPIN DAVILA, MIGUEL ANGEL CARDENAS LLERENA, GUILLERMO MIRANDA MORENO y MANUEL ESTRADA GONZALES, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 9:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2009-0594; a DANTE OMAR MARTINEZ VARGAS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 9:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad.
EXP.-2010-0107; a LUIS ADHERIAN NELLY PONCE MARTINEZ, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 9:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano y Otro.
EXP.-2006-0339; a ALVA BRINGAS SEGUNDO GUSTAVO, VELAPATIÑO CARPIO DAVID ROLANDO, LOZANO LOPEZ ESMELIN,PORTILLO ÑAHUE ROLANDO RUFINO, DAVILA MENA HUMBERTO KENNEDY, VILLANUEVA MORENO RICHARD EVER, PARDO MENDOZA JHON SANTIAGO, VERA NEYRA HERNAN SABINO, CORDOVA VERGARA JOSE LUIS, RAMIREZ URBANO BREINTNER DALMACIO, CUBA GUTIERREZ ADOLFO, GALAN TREBEJO PABLO CESAR, ROBLES MEDINA FELIX TEODORO, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 10:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado en grado de tentativa. Agraviado: Empresa Comercial Corpac SAC.
EXP.-2003-0117; a ROLANDO ANGEL CROCCO ANGULO, PEDRO GRECELIO FIGUEROA VELIZ y ROSA RAVICHAGUA AGUILAR, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 10:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra el Patrimonio-Robo de Ganado. Agraviado: Melciades Juan De Dios Zarate y Otros.
EXP.-2010-0188; a EDGAR GENARO SANCHEZ AGUADO y SERGIO FAUSTO ROMERO, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 11:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2010-0125; a JOSE ACEVEDO TOLENTINO, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 11:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
12, 13 y 14 de Junio
EDICTOS PENALES (1 día)
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Guillen; Cita y emplaza:
EXP. 00591-2011-44; Resol 04(Fecha 29-05-2012): a JUAN CARLOS SANCHEZ NOLAZCO para Audiencia de Juicio Oral. Día: 03.07.2012 Hora: 9:00; bajo apercibimiento de ser declarado Reo contumaz o Ausente. Lugar: Sala de Audiencias «D». Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: C.F.S.R. Asistente : Soto.
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Flores; Cita y emplaza:
EXP. 00202-2011-94; Resol 02 (Fecha 29-05-2012): a MARCO CESAR CAMPOS LUYO quien ha sido declarado como REO AUSENTE. Disponiéndose la reserva del proceso y ordenándose la remisión de oficios para su inmediata ubicación y captura, haciéndole conocer que podrá voluntariamente presentarse al presente proceso, con abogado de su libre elección. Delito: CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA-CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD. Agraviado La Sociedad. Asistente : Acosta.
EXP. 00423-2010-70; Resol 11 (Fecha 07-06-2012): a ISIDRO ENCARNACION BALERIO para Audiencia de Juicio Oral Reprogramada. Día 24.07.2012 a Horas: 8:15 a.m., bajo apercibimiento de ser declarado Reo contumaz o Ausente y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Lugar: Sala de Audiencias de los Juzgados Unipersonales. Delito: Lesiones Graves. Agraviado: Maria Del Pilar Infantes Lara Asistente: Gutiérrez.
TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita y emplaza:
EXP. 0076-2011-13; Resol 06 (Fecha 30-05-2012): a ALBERTO GARCIA QUISPE quien ha sido declarado como REO CONTUMAZ. Disponiéndose la reserva del proceso y ordenándose la remisión de oficios para su inmediata ubicación y captura. Delito: CONTRA LOS DERECHOS DE AUTOR Y CONEXOS-REPRODUCCION, DIFUSIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA OBRA SIN AUTORIZACION DEL AUTOR. Agraviado: APDAY. Asistente: Acosta.
EXP. 0054-2011-7; Resol 01 (Fecha 23-05-2012): a MARCO ANTONIO GONZALES LIFONSO para Audiencia de Juicio Oral. Día 14.08.2012 a Horas: 3:00 p.m., bajo apercibimiento de ser declarado Reo contumaz o Ausente. Lugar: Sala de Audiencias «D». Delito: CONTRA LA FAMILIA-OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR. Agraviado: Marco Luis Gonzáles Porta . Asistente: Salinas.
EDICTOS DE FAMILIA
EL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA; Juez Alejos; Cita, llama y emplaza::
EXP. 00858-2011; RESOLUCIÓN 06: ADMITIR COMO SUCESOR PROCESAL de FLOR DE MARIA SANCHEZ FLORES, representante legal del menor agraviado Roly Hanns Galdos Sánchez, a la sucesión de Flor De Maria Sánchez Flores, a efectos de que se apersonen y continúen el presente proceso según el estado en que se encuentre; y hagan uso de los derechos que les corresponde; bajo apercibimiento de designársele curador procesal. Secretario: Antezana.
EL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA; Juez Guevara; Cita, llama y emplaza:
EXP. 2010-0384; a GERALDINE IVONNE QUISPE PERE. RESOLUCIÓN N° 20 (Fecha 07-06-2012): DECLARA: CONSENTIDA LA RESOLUCION 18 de fecha 02.05.2012, y conforme al estado del proceso, REMITASE LOS AUTOS AL ARCHIVO DEFINITIVO. Secretaria: Claudio.
13, 14 y 15 de Junio
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 5789-2012, doña Gliceria Quiroz Avalos, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de José Luis Malásquez Quiroz, inscrita en esta Municipalidad en el libro 156, folio 63, año 1963, en el extremo que se consigna como nombre del padre del titular JUAN MALASQUEZ, siendo lo correcto JUAN BUENO MALASQUEZ ARIAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 12 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
EDICTO
Exp. N° 2011-106-CI.- Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha Dra. Teresa Zamudio Ojeda y Secretaria Judicial Cristina Medina, por Resolución Número cinco de fecha treinta de marzo del dos mil doce, se ha dispuesto EMPLAZAR: por edicto al demandado Sucesión de Felipe Chirinos Ponce, con un extracto de la resolución número dos de fecha dieciocho de noviembre de año dos mil once (admisorio) que resuelve admitir a tramite la demanda de Nulidad Absoluta del Acto Jurídico del Contrato Privado de Compra Venta de Bien Inmueble, tramitándose en Proceso Conocimiento, Traslado al demandado anes descrito, por el plazo de sesenta días, para que conteste. Bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.
Mala, 06 de Junio del 2012.
Cristina del Rosario Medina Brigada
Secretaria - Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
12, 13 y 14 de Junio
Que por ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala, a cargo del señor Juez Dr. Raúl Cuentas Lagos y Secretaria Judicial que da cuenta, se admitió a trámite la solicitud de SUCESIÓN INTESTADA presentado por FILOMENA MARGARITA NAPAN QUISPE VIUDA DE CUYA, de quien en vida fuera su esposo Domingo German Cuya Aburto, fallecido el 30-06-1994, AB INTESTATO, en el distrito de Mala – Cañete – Lima. Comunicándose para que se presenten las personas que se crean con vocación hereditaria. Lo que se publica para los fines legales y pertinentes.
Mala, 12 de Junio de 2012.
Paola Esmeralda Ramos Condori
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Jesús Gonzalo Canales Alfaro
Abogado
CAL. Nº 12,159
EDICTO
Exp. Nº 151-2012, ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial, Juez Dr. Luis Miguel Yalán Ahedo, Secretario Papias Abilo Sánchez Sáenz, FELIPE BORJAS CASAS, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su Sr. padre JULIO BORJAS RODRIGUEZ, fallecido el 03-08-1998 en el distrito de Lurín – Lima, llamándose a los presuntos herederos.
Imperial, 31 de Mayo de 2012.
Papias Abilo Sánchez Sáenz
Secretario (e) Judicial
Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial
RECTIFCACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. Nº 00231-2012-CI, Ante el 2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la Srta. Juez Dra. Patricia Razzeto Zavala y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, doña ROSA AMELIA NUE FERNANDEZ solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el extremo que se han omitido sus apellidos paterno y materno NUE FERNANDEZ, siendo lo correcto «ROSA AMELIA NUE FERNANDEZ» y además se rectifique los datos de sus progenitores FRANCISCO NUE y MARIA FERNANDEZ DE NUE, siendo lo correcto que el titular de la partida es ROSA AMELIA NUE FERNANDEZ y que es hija de FRANCISCO DANIEL NUE CUENCA y de MARIA SATURNINA FERNANDEZ PONCE.
Lo que se publica para conocimiento
Cañete, 01 de Junio de 2012.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial
2º Juzgado de Paz Letrado – Cañete
AVISO DE SUCESIÓN INTESTADA – NOTARÍA INGA VÁSQUEZ
Ante mi despacho notarial, sito en Jr. Jorge Chávez Nº 291 – Imperial – Cañete, doña ELVIRA GERARDA PEREZ DE MANCINI, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su madre, doña AURELIA FELIPA PERALTA ÑAÑEZ fallecida el día TREINTA Y UNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL OCHO, señalando bajo declaración jurada que tuvo como último domicilio en Cañete, y siendo su única heredera universal la siguiente ELVIRA GERARDA PEREZ PERALTA. Se publica para fines y efectos de ley.
Imperial – Cañete, 11 de Junio del dos mil doce.
Dr. Javier Alberto Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 5574-2012, doña Cinthia Mirian Galicia Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Jessica Mayte Karina Galicia Lopez, inscrita en esta Municipalidad en el libro 373, folio 163, año 1995, en el extremo que se consigna como nombre del padre de la titular WILBER DIEGO GALICIA MEDINA, siendo lo correcto WILBERT DIEGO GALICIA MEDINA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 10 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 5450-2012, don Victor Sanchez Basurto, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 125, folio 63, año 1957, en el extremo que se consigna como nombre de los padres del titular JULIAN SANCHEZ y FELICITA BASURTO, siendo lo correcto JULIAN SANCHEZ HUAMAN y FELICITA BASURTO VICENTE.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 12 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 5791-2012, doña Gliceria Quiroz Avalos, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Rosa Elvira Malásquez Quiroz, inscrita en esta Municipalidad en el libro 161, folio 33, año 1965, en el extremo que se consigna como nombre del padre de la titular JUAN MALASQUEZ ARIAS, siendo lo correcto JUAN BUENO MALASQUEZ ARIAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 12 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 5793-2012, doña Gliceria Quiroz Avalos, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Carmen Malásquez Quiroz, inscrita en esta Municipalidad en el libro 166, folio 31, año 1966, en el extremo que se consigna como nombre del padre de la titular JUAN MALASQUEZ ARIAS, siendo lo correcto JUAN BUENO MALASQUEZ ARIAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 12 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 5792-2012, doña Gliceria Quiroz Avalos, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Alicia Malásquez Quiroz, inscrita en esta Municipalidad en el libro 170, folio 24, año 1967, en el extremo que se consigna como nombre del padre del titular JUAN MALASQUEZ ARIAS, siendo lo correcto JUAN BUENO MALASQUEZ ARIAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 12 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; cita y emplaza:
EXP.-1994-0039; a LAURA CANCHARI RODOLFO y JAIME ALBERTO LAURA CANCHARI, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Homicidio Calificado. Agraviado: Javier Saldaña Canchari.
EXP.-1995-0051; a QUISPE RIOS ISAAC, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Victor Nestor Avila Quispe y Otro.
EXP.-1997-0058; a QUINTO COCHACHEZ JUAN SIMON, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Robo Agravado. Agraviado: Santiago Salazar Uscamayta.
EXP.-1999-0128; a SAMUEL YONI PAUCAR MELGAREJO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2000-2335; a CASAS RIVAS ALFREDO ANTONIO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Elvert Virgilio Huayquito Vivanco.
EXP.-2001-0124; a FEBRES RODRIGUEZ, JHON y ZELADA ASIN, MILAGROS SOLEDAD, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Trafico Ilícito de Drogas. Agraviado: El Estado.
EXP.-2001-1758; a LUIS VEGA HERNANDEZ ó LUIS ROLANDO VEGA HERNANDEZ, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Cuerpo, la Vida y la Salud-Homicidio. Agraviado: Melgardo Pérez Rodríguez.
EXP.-2002-0795; a ROJAS ROJAS EDUARDO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra la Libertad-Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2002-0182; a SANCHEZ MAMANI RUSBEL, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales R.A.V.R.
EXP.-2003-0946; a BAYLON VASQUEZ ANGELITA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Cuerpo, la Vida y la Salud-Parricidio. Agraviado: Giancarlo Maldonado Baylon.
EXP.-2003-0108; a MARTINEZ POMA VIRGILIO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2004-0302; a FERNANDO SEGUNDO CASTILLO TITO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Cohecho Activo. Agraviado: La Sociedad y Otro.
EXP.-2005-0444; a ROMAN VIDAL SANCHEZ MENDOZA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Noelia García Chumpitaz.
EXP.-2006-0992; a NICANOR CANDIA MOLINA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Trafico Ilícito de Droga. Agraviado: Estado Peruano
EXP.-2007-0500; a JOSE EMILIO DE LA CRUZ ANICAMA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales S.C.S.M.
EXP.-2007-0523; a ARONES MAYTA LEONARDO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Gelmo Huari Sacsa.
EXP.-2007-0194; a JACINTO LAZARO GAGO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2007-0647; a CONTRERA QUINTERO PEDRO JOSE, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2008-0033; a RAUL MOISES URIBE RIVAS, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2008-0022; a MARCO ANTONIO LEVANO LAZARO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales A.M.G.M.
EXP.-2008-0950; a HUARIPAUCAR PACO KLEIBER, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2009-0242; a JORGE ARMANDO ASCONA SALCEDO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales T.A.S.A..
EXP.-2010-0260; a TICLLACURI EGOAVIL ROBERTO ANGEL, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Walter Alejandro Arias Chumpitaz.
EXP.-2011-0008; a PUERTAS BARRETO HUGO RAUL, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2007-0395; a CANDELA CHAVEZ JOSE ANGEL, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 9:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2009-0220; a JAVIER FRANCISCO TOCTO INGA, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 9:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado de Uso. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2007-0280; a ELMER WALTER CORTEZ ARIAS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 9:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Libertad-Acto Contra el Pudor. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2010-0133; a JESUS MARCOS SILVESTRE ORIHUELA, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 9:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2007-0351; a JULIO CESAR ZAMUDIO PEÑA, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 10:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Libertad-Secuestro. Agraviado: Edon Loayza Cumba.
EXP.-2011-0062; a VICTOR MOISES MENDOZA YAURI, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 10:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2010-0139; a MARCO ANTONIO CHAVEZ ARRANTE, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 10:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado Doloso. Agraviado: El Estado Peruano y Otro.
EXP.-2008-0898; a EDUARDO ROBERTO MARQUEZ HILARIO, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 10:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales K.M.L.
EXP.-2010-0174; a ERNESTO RAMIRO CASTILLO HUALLULLO , a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 11:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Julián Albino Huamani Malpica.
EXP.-2004-0553; a RUFINO YACTAYO LUYO, WILFREDO FEBRES MEDINA, JOSE REYNALDO POZO y JULIO CESAR HUAMAN TAYPE, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 9:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado y Otro. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2010-0189; a CARLOS ALBERTO ZARATE SULCA, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 9:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2009-0275; a MAGLORIA LIDIA CONDOR DE RAMOS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 9:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2010-0170; a LEONEL CALIXTRO REYES, ALEJANDRO MANOLO REVEROS TOVAR, ELVER CALIXTRO REYES y LIUBER JHON SOLIS RAMOS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 9:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Oscar Arismendiz Martínez y Otro.
EXP.-2008-0988; a CARNICA RAMOS LEONIDAS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 10:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2010-0200; a EMILIANO ESTEBAN CANALES FERNANDEZ, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 10:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2010-0020; a EMILIANO LUCIO VILCHEZ VARILLA y AGUSTO QUILCA ÑAUPE, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 10:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2001-1776; a JOSE TEODORO CHAUPIN DAVILA, MIGUEL ANGEL CARDENAS LLERENA, GUILLERMO MIRANDA MORENO y MANUEL ESTRADA GONZALES, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 9:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2009-0594; a DANTE OMAR MARTINEZ VARGAS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 9:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad.
EXP.-2010-0107; a LUIS ADHERIAN NELLY PONCE MARTINEZ, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 9:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano y Otro.
EXP.-2006-0339; a ALVA BRINGAS SEGUNDO GUSTAVO, VELAPATIÑO CARPIO DAVID ROLANDO, LOZANO LOPEZ ESMELIN,PORTILLO ÑAHUE ROLANDO RUFINO, DAVILA MENA HUMBERTO KENNEDY, VILLANUEVA MORENO RICHARD EVER, PARDO MENDOZA JHON SANTIAGO, VERA NEYRA HERNAN SABINO, CORDOVA VERGARA JOSE LUIS, RAMIREZ URBANO BREINTNER DALMACIO, CUBA GUTIERREZ ADOLFO, GALAN TREBEJO PABLO CESAR, ROBLES MEDINA FELIX TEODORO, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 10:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado en grado de tentativa. Agraviado: Empresa Comercial Corpac SAC.
EXP.-2003-0117; a ROLANDO ANGEL CROCCO ANGULO, PEDRO GRECELIO FIGUEROA VELIZ y ROSA RAVICHAGUA AGUILAR, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 10:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra el Patrimonio-Robo de Ganado. Agraviado: Melciades Juan De Dios Zarate y Otros.
EXP.-2010-0188; a EDGAR GENARO SANCHEZ AGUADO y SERGIO FAUSTO ROMERO, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 11:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2010-0125; a JOSE ACEVEDO TOLENTINO, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 11:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
12, 13 y 14 de Junio
EDICTOS PENALES (1 día)
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Guillen; Cita y emplaza:
EXP. 00591-2011-44; Resol 04(Fecha 29-05-2012): a JUAN CARLOS SANCHEZ NOLAZCO para Audiencia de Juicio Oral. Día: 03.07.2012 Hora: 9:00; bajo apercibimiento de ser declarado Reo contumaz o Ausente. Lugar: Sala de Audiencias «D». Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: C.F.S.R. Asistente : Soto.
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Flores; Cita y emplaza:
EXP. 00202-2011-94; Resol 02 (Fecha 29-05-2012): a MARCO CESAR CAMPOS LUYO quien ha sido declarado como REO AUSENTE. Disponiéndose la reserva del proceso y ordenándose la remisión de oficios para su inmediata ubicación y captura, haciéndole conocer que podrá voluntariamente presentarse al presente proceso, con abogado de su libre elección. Delito: CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA-CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD. Agraviado La Sociedad. Asistente : Acosta.
EXP. 00423-2010-70; Resol 11 (Fecha 07-06-2012): a ISIDRO ENCARNACION BALERIO para Audiencia de Juicio Oral Reprogramada. Día 24.07.2012 a Horas: 8:15 a.m., bajo apercibimiento de ser declarado Reo contumaz o Ausente y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Lugar: Sala de Audiencias de los Juzgados Unipersonales. Delito: Lesiones Graves. Agraviado: Maria Del Pilar Infantes Lara Asistente: Gutiérrez.
TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita y emplaza:
EXP. 0076-2011-13; Resol 06 (Fecha 30-05-2012): a ALBERTO GARCIA QUISPE quien ha sido declarado como REO CONTUMAZ. Disponiéndose la reserva del proceso y ordenándose la remisión de oficios para su inmediata ubicación y captura. Delito: CONTRA LOS DERECHOS DE AUTOR Y CONEXOS-REPRODUCCION, DIFUSIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA OBRA SIN AUTORIZACION DEL AUTOR. Agraviado: APDAY. Asistente: Acosta.
EXP. 0054-2011-7; Resol 01 (Fecha 23-05-2012): a MARCO ANTONIO GONZALES LIFONSO para Audiencia de Juicio Oral. Día 14.08.2012 a Horas: 3:00 p.m., bajo apercibimiento de ser declarado Reo contumaz o Ausente. Lugar: Sala de Audiencias «D». Delito: CONTRA LA FAMILIA-OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR. Agraviado: Marco Luis Gonzáles Porta . Asistente: Salinas.
EDICTOS DE FAMILIA
EL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA; Juez Alejos; Cita, llama y emplaza::
EXP. 00858-2011; RESOLUCIÓN 06: ADMITIR COMO SUCESOR PROCESAL de FLOR DE MARIA SANCHEZ FLORES, representante legal del menor agraviado Roly Hanns Galdos Sánchez, a la sucesión de Flor De Maria Sánchez Flores, a efectos de que se apersonen y continúen el presente proceso según el estado en que se encuentre; y hagan uso de los derechos que les corresponde; bajo apercibimiento de designársele curador procesal. Secretario: Antezana.
EL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA; Juez Guevara; Cita, llama y emplaza:
EXP. 2010-0384; a GERALDINE IVONNE QUISPE PERE. RESOLUCIÓN N° 20 (Fecha 07-06-2012): DECLARA: CONSENTIDA LA RESOLUCION 18 de fecha 02.05.2012, y conforme al estado del proceso, REMITASE LOS AUTOS AL ARCHIVO DEFINITIVO. Secretaria: Claudio.
13, 14 y 15 de Junio
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 5789-2012, doña Gliceria Quiroz Avalos, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de José Luis Malásquez Quiroz, inscrita en esta Municipalidad en el libro 156, folio 63, año 1963, en el extremo que se consigna como nombre del padre del titular JUAN MALASQUEZ, siendo lo correcto JUAN BUENO MALASQUEZ ARIAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 12 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
EDICTO
Exp. N° 2011-106-CI.- Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha Dra. Teresa Zamudio Ojeda y Secretaria Judicial Cristina Medina, por Resolución Número cinco de fecha treinta de marzo del dos mil doce, se ha dispuesto EMPLAZAR: por edicto al demandado Sucesión de Felipe Chirinos Ponce, con un extracto de la resolución número dos de fecha dieciocho de noviembre de año dos mil once (admisorio) que resuelve admitir a tramite la demanda de Nulidad Absoluta del Acto Jurídico del Contrato Privado de Compra Venta de Bien Inmueble, tramitándose en Proceso Conocimiento, Traslado al demandado anes descrito, por el plazo de sesenta días, para que conteste. Bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.
Mala, 06 de Junio del 2012.
Cristina del Rosario Medina Brigada
Secretaria - Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
12, 13 y 14 de Junio
12 junio 2012
EL ESTADO CONTRA LILIANA TORRES Y ARIAS
Escribe: Ceguferno
El título del artículo responde a quienes consideran que está mal llamar al proceso con el nombre de Telefónica - Asia y es que es cierto que mediáticamente se le ha conocido por el caso Telefónica - Asia, pero lo que en el proceso se ha ventilado es un delito cometido por funcionarios públicos (alcalde, regidores y funcionarios incluyendo a la ex asesora) contra la administración pública en su modalidad de colusión defraudatoria.
El hecho delictuoso se origina a raíz de un convenio entre la Municipalidad de Asia y la empresa REFTEN SA allá por el 2002 cuando fungía de Alcalde el señor José Arias Chumpitaz y como asesora, la abogada Liliana Torres Castillo, actual Consejera Regional y lo que se pretendía era trabar un embargo a las cuentas de Telefónica del Perú; y bueno, la actuación de la asesora se remitió a presentar a la empresa que «ganó» sin ingresar nunca a un concurso público (la asesora adujo que no lo sabía), redactó el contrato entre la empresa y la municipalidad y lo hizo asesorada por REFTEN SA y por supuesto lesiva a los intereses del gobierno local, indujo a los regidores a aumentarles las «tasas» a la empresa y aunque no se pudo probar que era «socia» de la empresa, el perjuicio al gobierno local ( léase fondos públicos) está probada por informes de OCI y admitida por la propia procesada.
El hecho de que Arias sea un personaje carismático y reelegido alcalde o de que la asesora haya sido luego regidora y posteriormente Consejera importa en cuanto por su condición de funcionaria pública (y un asesor externo es funcionario para el Código Penal por imperio del artículo 425, numeral 3) cometieron estos delitos en perjuicio de la Administración Pública, pero en nada le da un matiz político a este proceso eminentemente judicial. Político hubiera sido si hubiera sido procesada por su nula gestión como regidora provincial del entonces Alcalde Javier Alvarado y sucedió el escandaloso caso FINVER, la no rendición de la casi totalidad de funcionarios públicos, los recibos por honorarios fantasmales, los pagos escandalosos a periodistas, la sobrevaloración de la compra del terreno a los Rizo Patrón y otros, y la Consejera contrita exclamo en un evento público: «pido perdón a Cañete porque nunca fiscalice como regidora, ahora (como consejera) si prometo hacerlo» y ya conocemos la historia repetida, pero de ello no se le procesa a la regidora, se está procesando a la asesora que en colusión con una empresa fantasmal perjudico las arcas municipales.
Poco importa aquí que el contendor político de Arias haya estado detrás de la denuncia, él solo cumplía un deber ciudadano de control de la actuación de las autoridades; la Fiscalía hizo suya la denuncia, después de plantear sus elementos de convicción bajo el control del juez de la etapa investigadora y solo entonces pudo plantear la acusación y después de un fatigoso proceso que incluyo audiencias, informes periciales, testigos y demás y solo entonces se llegó al juzgamiento y cómo podemos ver aquí no hay visos de un juicio político como quieren calificarlo sin ningún criterio objetivo los áulicos de la Región.
Tampoco leer 19 tomos del expediente fiscal nos puede permitir juzgar; simplemente la lectura del expediente permite formar elementos de convicción que bajo el control del juez de la investigación preparatoria permitirán o formular la acusación o pedir el sobreseimiento; es en el juicio oral en donde el proceso despliega con toda su fuerza los principios de inmediación, oralidad, contradicción y publicidad y en una audiencia (oralidad) donde en un proceso dialectico entre acusado y acusador (contradicción) se actúan los medios probatorios ante el director del proceso, el juzgador (inmediación) y ante la presencia de la ciudadanía (publicidad) y solo después de él se podrá dictar sentencia, o absolutoria o condenatoria.
Por último no podemos sino estar de acuerdo con nuestro dilecto amigo Agapito y parafraseándolo: «el cielo (el bacanal de funcionarios con dinero público), el purgatorio (el largo proceso que culmina con la sentencia) y el infierno (inhabilitación y Cantera o Chorrillos) son instituciones terrenales» y bien que así sea y que triunfe la justicia y que pierda la corrupción y que sirva de ejemplo para que malos funcionarios no vuelvan a delinquir con el uso de fondos públicos, amén.
El título del artículo responde a quienes consideran que está mal llamar al proceso con el nombre de Telefónica - Asia y es que es cierto que mediáticamente se le ha conocido por el caso Telefónica - Asia, pero lo que en el proceso se ha ventilado es un delito cometido por funcionarios públicos (alcalde, regidores y funcionarios incluyendo a la ex asesora) contra la administración pública en su modalidad de colusión defraudatoria.
El hecho delictuoso se origina a raíz de un convenio entre la Municipalidad de Asia y la empresa REFTEN SA allá por el 2002 cuando fungía de Alcalde el señor José Arias Chumpitaz y como asesora, la abogada Liliana Torres Castillo, actual Consejera Regional y lo que se pretendía era trabar un embargo a las cuentas de Telefónica del Perú; y bueno, la actuación de la asesora se remitió a presentar a la empresa que «ganó» sin ingresar nunca a un concurso público (la asesora adujo que no lo sabía), redactó el contrato entre la empresa y la municipalidad y lo hizo asesorada por REFTEN SA y por supuesto lesiva a los intereses del gobierno local, indujo a los regidores a aumentarles las «tasas» a la empresa y aunque no se pudo probar que era «socia» de la empresa, el perjuicio al gobierno local ( léase fondos públicos) está probada por informes de OCI y admitida por la propia procesada.
El hecho de que Arias sea un personaje carismático y reelegido alcalde o de que la asesora haya sido luego regidora y posteriormente Consejera importa en cuanto por su condición de funcionaria pública (y un asesor externo es funcionario para el Código Penal por imperio del artículo 425, numeral 3) cometieron estos delitos en perjuicio de la Administración Pública, pero en nada le da un matiz político a este proceso eminentemente judicial. Político hubiera sido si hubiera sido procesada por su nula gestión como regidora provincial del entonces Alcalde Javier Alvarado y sucedió el escandaloso caso FINVER, la no rendición de la casi totalidad de funcionarios públicos, los recibos por honorarios fantasmales, los pagos escandalosos a periodistas, la sobrevaloración de la compra del terreno a los Rizo Patrón y otros, y la Consejera contrita exclamo en un evento público: «pido perdón a Cañete porque nunca fiscalice como regidora, ahora (como consejera) si prometo hacerlo» y ya conocemos la historia repetida, pero de ello no se le procesa a la regidora, se está procesando a la asesora que en colusión con una empresa fantasmal perjudico las arcas municipales.
Poco importa aquí que el contendor político de Arias haya estado detrás de la denuncia, él solo cumplía un deber ciudadano de control de la actuación de las autoridades; la Fiscalía hizo suya la denuncia, después de plantear sus elementos de convicción bajo el control del juez de la etapa investigadora y solo entonces pudo plantear la acusación y después de un fatigoso proceso que incluyo audiencias, informes periciales, testigos y demás y solo entonces se llegó al juzgamiento y cómo podemos ver aquí no hay visos de un juicio político como quieren calificarlo sin ningún criterio objetivo los áulicos de la Región.
Tampoco leer 19 tomos del expediente fiscal nos puede permitir juzgar; simplemente la lectura del expediente permite formar elementos de convicción que bajo el control del juez de la investigación preparatoria permitirán o formular la acusación o pedir el sobreseimiento; es en el juicio oral en donde el proceso despliega con toda su fuerza los principios de inmediación, oralidad, contradicción y publicidad y en una audiencia (oralidad) donde en un proceso dialectico entre acusado y acusador (contradicción) se actúan los medios probatorios ante el director del proceso, el juzgador (inmediación) y ante la presencia de la ciudadanía (publicidad) y solo después de él se podrá dictar sentencia, o absolutoria o condenatoria.
Por último no podemos sino estar de acuerdo con nuestro dilecto amigo Agapito y parafraseándolo: «el cielo (el bacanal de funcionarios con dinero público), el purgatorio (el largo proceso que culmina con la sentencia) y el infierno (inhabilitación y Cantera o Chorrillos) son instituciones terrenales» y bien que así sea y que triunfe la justicia y que pierda la corrupción y que sirva de ejemplo para que malos funcionarios no vuelvan a delinquir con el uso de fondos públicos, amén.
NUEVAMENTE PLAZA DE ARMAS DE IMPERIAL LUCE ILUMINADA
Tras varias semanas de trabajo, a partir del día de ayer, lunes 11 de junio, se ha logrado reponer el servicio de energía eléctrica en la plaza de armas del distrito de Imperial.
Luego de los trabajos de cambio total de la red de cables, picado y corte de instalación de tuberías, cambio y/o mantenimiento de 42 luminarias, instalación de pozo a tierra de cada luminaria, de la instalación de tableros independientes y de mejoras requeridas por la empresa que dota del servicio de energía eléctrica se obtuvo el visto bueno para que nuevamente se pueda iluminar nuestra plaza de armas.
El alcalde Eddy del Mazo, acompañado del Gerente de Obras, Ing. Luis Candela Lévano, y del Ing. Walter Giles Ravichagua -como especialista contratado por la Municipalidad- fueron testigos del momento de la reconexión del servicio y las pruebas realizadas por el personal de Ede-Cañete a los postes para verificar que no estaban energetizadas como antes y que provocó que algunas personas sufrieran pequeñas descargas eléctricas.
«Nos hemos demorado un poco, pero se ha realizado un buen trabajo, serio y responsable, en el que se ha tenido que invertir alrededor de 70 mil soles, un presupuesto que no teníamos previsto y que lo tuvimos que asumir por el bienestar de las personas que a diario nos visitan», dijo Del Mazo Tello.
PRIMER CONCURSO DE NIÑOS Y JOVENES TALENTOS
De otro lado, la Municipalidad Distrital de Imperial, a través de la Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Recreación, está organizando el Primer Concurso Distrital de Niños y Jóvenes Talentos en el Canto Criollo, Vernacular e Internacional.
La fecha del concurso ha sido fijada para el 4 de julio, por lo que se está invitando a participar a los niños y jóvenes de 9 a 13 años de edad, de las diversas instituciones educativas del distrito de Imperial.
Los premios establecidos para los ganadores, en los tres géneros son:
Primer Puesto: Una Guitarra; Segundo Puesto: Un Cajón: y Tercer Puesto: Una Flauta Dulce.
Además habrá premios sorpresas para los demás participantes.
Luego de los trabajos de cambio total de la red de cables, picado y corte de instalación de tuberías, cambio y/o mantenimiento de 42 luminarias, instalación de pozo a tierra de cada luminaria, de la instalación de tableros independientes y de mejoras requeridas por la empresa que dota del servicio de energía eléctrica se obtuvo el visto bueno para que nuevamente se pueda iluminar nuestra plaza de armas.
El alcalde Eddy del Mazo, acompañado del Gerente de Obras, Ing. Luis Candela Lévano, y del Ing. Walter Giles Ravichagua -como especialista contratado por la Municipalidad- fueron testigos del momento de la reconexión del servicio y las pruebas realizadas por el personal de Ede-Cañete a los postes para verificar que no estaban energetizadas como antes y que provocó que algunas personas sufrieran pequeñas descargas eléctricas.
«Nos hemos demorado un poco, pero se ha realizado un buen trabajo, serio y responsable, en el que se ha tenido que invertir alrededor de 70 mil soles, un presupuesto que no teníamos previsto y que lo tuvimos que asumir por el bienestar de las personas que a diario nos visitan», dijo Del Mazo Tello.
PRIMER CONCURSO DE NIÑOS Y JOVENES TALENTOS
De otro lado, la Municipalidad Distrital de Imperial, a través de la Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Recreación, está organizando el Primer Concurso Distrital de Niños y Jóvenes Talentos en el Canto Criollo, Vernacular e Internacional.
La fecha del concurso ha sido fijada para el 4 de julio, por lo que se está invitando a participar a los niños y jóvenes de 9 a 13 años de edad, de las diversas instituciones educativas del distrito de Imperial.
Los premios establecidos para los ganadores, en los tres géneros son:
Primer Puesto: Una Guitarra; Segundo Puesto: Un Cajón: y Tercer Puesto: Una Flauta Dulce.
Además habrá premios sorpresas para los demás participantes.
CHILCA: CENTRAL TÉRMICA DE CICLO COMBINADO DE KALLPA OPERARÁ EN TERCER TRIMESTRE
La demora en la ampliación del ducto de TGP no tendría impacto en el mayor consumo del gas natural de la central, según Apoyo & Asociados.
En el tercer trimestre de este año está programado que empiece a operar la central térmica de ciclo combinado de Kallpa. Al cierre del año pasado el avance ya era de 93%.
La empresa fue creada para el desarrollo de un proyecto de generación de energía de cuatro etapas, utilizando el gas natural de Camisea como fuente de generación.
El monto invertido en las tres primeras etapas ha sido aproximadamente US$ 270 millones, según el último informe de la agencia calificadora Apoyo & Asociados. Mientras que el estimado para el proyecto de ciclo combinado llega a US$ 395 millones.
La central está ubicada en Chilca, cerca del ducto de gas d e Camisea y de la zona centro, que concentra la mayor demanda de energía del país.
La compañía tiene un contrato de suministro de gas natural por un periodo de 15 años.
La cuarta fase es la más importante en términos de inversión para Kallpa. Consiste en la ampliación de la capacidad de planta en 280 megavatios, llevando su capacidad hasta 850 megavatios, mediante la conversión de la central a ciclo combinado.
Sin impacto
Según la calificadora de riesgo Apoyo & Asociados, la demora en la ampliación del ducto de TGP no tendrá impacto necesariamente en el mayor consumo de gas natural de Kallpa.
El informe menciona que a pesar del retraso de la ampliación del ducto en un año, Kallpa alcanzará a cubrir el 100% del transporte en el 2014.
Clientes
El 54.6% de la energía vendida por Kallpa se destina a clientes libres, el 45.2% a clientes regulados y lo restante corresponde a retiros sin contratos.
Entre sus principales clientes regulados se encuentra Luz del Sur, Hidrandina y Enosa. Entre los clientes libres están Cerro Verde, Minera Gold Fields, Yura y Condestable.
OTROSÍ DIGO
Política comercial. Kallpa mantiene un alto porcentaje de contratos de venta de energía a mediano y largo plazo, según el último informe de la calificadora Apoyo & Asociados. Dichos contratos contemplan el traspaso a precios de los potenciales costos incrementales por cambios en el marco regulatorio y precios de insumos, reduciendo la volatilidad de los ingresos de la empresa. Los precios pactados están además por encima de las tarifas en barra, lo que garantiza un margen atractivo para la compañía.
En el tercer trimestre de este año está programado que empiece a operar la central térmica de ciclo combinado de Kallpa. Al cierre del año pasado el avance ya era de 93%.
La empresa fue creada para el desarrollo de un proyecto de generación de energía de cuatro etapas, utilizando el gas natural de Camisea como fuente de generación.
El monto invertido en las tres primeras etapas ha sido aproximadamente US$ 270 millones, según el último informe de la agencia calificadora Apoyo & Asociados. Mientras que el estimado para el proyecto de ciclo combinado llega a US$ 395 millones.
La central está ubicada en Chilca, cerca del ducto de gas d e Camisea y de la zona centro, que concentra la mayor demanda de energía del país.
La compañía tiene un contrato de suministro de gas natural por un periodo de 15 años.
La cuarta fase es la más importante en términos de inversión para Kallpa. Consiste en la ampliación de la capacidad de planta en 280 megavatios, llevando su capacidad hasta 850 megavatios, mediante la conversión de la central a ciclo combinado.
Sin impacto
Según la calificadora de riesgo Apoyo & Asociados, la demora en la ampliación del ducto de TGP no tendrá impacto necesariamente en el mayor consumo de gas natural de Kallpa.
El informe menciona que a pesar del retraso de la ampliación del ducto en un año, Kallpa alcanzará a cubrir el 100% del transporte en el 2014.
Clientes
El 54.6% de la energía vendida por Kallpa se destina a clientes libres, el 45.2% a clientes regulados y lo restante corresponde a retiros sin contratos.
Entre sus principales clientes regulados se encuentra Luz del Sur, Hidrandina y Enosa. Entre los clientes libres están Cerro Verde, Minera Gold Fields, Yura y Condestable.
OTROSÍ DIGO
Política comercial. Kallpa mantiene un alto porcentaje de contratos de venta de energía a mediano y largo plazo, según el último informe de la calificadora Apoyo & Asociados. Dichos contratos contemplan el traspaso a precios de los potenciales costos incrementales por cambios en el marco regulatorio y precios de insumos, reduciendo la volatilidad de los ingresos de la empresa. Los precios pactados están además por encima de las tarifas en barra, lo que garantiza un margen atractivo para la compañía.
ASESINATO SIN JUSTIFICACIÓN
5 menores de edad fueron intervenidos como los presuntos autores de la muerte de Juan Quispe Macha de 20 años por el asentamiento humano la Huaca de los Chinos en San Vicente de Cañete.
El hecho de sangre sucedió en la madrugada del domingo cuando el occiso acompañado de Jesús William Rodríguez Macha (20) y Leonardo Ayllón Chambergo (20) fueron atacados sin justificación alguna por una banda de menores de edad quienes usaron armas punzocortantes llevando la peor parte Juan Quispe quien murió en el hospital Rezola por la gravedad de su herida en el tórax.
Inmediatamente la policía nacional inicio un rastrillaje ubicado a los jovenzuelos a las 4:35 de la mañana por el sector de las viñas siendo identificado el menor F.C.G.S. (16) como el autor material del horrendo crimen.
Los otros menores fueron identificados como: M.J.P.H (16), D.F.M.M (15), R.M.P.H (15) y C.E.C.P. (15),
2 MUERTOS EN LA PANAMERICANA SUR DEJA EL FIN DE SEMANA
De otro lado, el último domingo al promediar las 5:50 de la mañana, Carlos Andrés Meneses Huamán de 32 años murió atropellado en el kilómetro 140 de la nueva panamericana sur. El vehículo que lo arrollo se dio a la fuga sin ser ubicado hasta el momento.
Producto del accidente, José Antonio Cobeñas Yasila de 24 años cuando manejaba su mototaxi arrollo el cuerpo sin vida perdiendo el control del vehículo menor ocasionándole una fisura en el metatarso y la fractura de la pierna derecha. Hasta el lugar de los hechos llegó la representante del Ministerio Público Dra. Victoria Allemant Luna quien ordenó el levantamiento del cadáver hasta la morgue de la ciudad.
Al cierre de edición de la presente nota otra víctima más se presentó el lunes esta vez Diomedes Huamán Carrión de 48 años, también murió atropellado en el kilómetro 141 de la nueva autopista al promediar las 7 y 20 de la mañana. El conductor del vehiculó se dio a la fuga.
Los vecinos del sector han hecho un llamado a las autoridades para la construcción de un puente peatonal para evitar estos accidentes que enluta a familias de Playa Hermosa, Cochahuasi, Boca del Rio y Agua Dulce.
El hecho de sangre sucedió en la madrugada del domingo cuando el occiso acompañado de Jesús William Rodríguez Macha (20) y Leonardo Ayllón Chambergo (20) fueron atacados sin justificación alguna por una banda de menores de edad quienes usaron armas punzocortantes llevando la peor parte Juan Quispe quien murió en el hospital Rezola por la gravedad de su herida en el tórax.
Inmediatamente la policía nacional inicio un rastrillaje ubicado a los jovenzuelos a las 4:35 de la mañana por el sector de las viñas siendo identificado el menor F.C.G.S. (16) como el autor material del horrendo crimen.
Los otros menores fueron identificados como: M.J.P.H (16), D.F.M.M (15), R.M.P.H (15) y C.E.C.P. (15),
2 MUERTOS EN LA PANAMERICANA SUR DEJA EL FIN DE SEMANA
De otro lado, el último domingo al promediar las 5:50 de la mañana, Carlos Andrés Meneses Huamán de 32 años murió atropellado en el kilómetro 140 de la nueva panamericana sur. El vehículo que lo arrollo se dio a la fuga sin ser ubicado hasta el momento.
Producto del accidente, José Antonio Cobeñas Yasila de 24 años cuando manejaba su mototaxi arrollo el cuerpo sin vida perdiendo el control del vehículo menor ocasionándole una fisura en el metatarso y la fractura de la pierna derecha. Hasta el lugar de los hechos llegó la representante del Ministerio Público Dra. Victoria Allemant Luna quien ordenó el levantamiento del cadáver hasta la morgue de la ciudad.
Al cierre de edición de la presente nota otra víctima más se presentó el lunes esta vez Diomedes Huamán Carrión de 48 años, también murió atropellado en el kilómetro 141 de la nueva autopista al promediar las 7 y 20 de la mañana. El conductor del vehiculó se dio a la fuga.
Los vecinos del sector han hecho un llamado a las autoridades para la construcción de un puente peatonal para evitar estos accidentes que enluta a familias de Playa Hermosa, Cochahuasi, Boca del Rio y Agua Dulce.
EN CAÑETE LUIS CASTAÑEDA LOSSIO APUESTA POR EL DESARROLLO
El excandidato presidencial Luis Castañeda Lossio expresó su preocupación por el grado de violencia en los recientes conflictos sociales y lanzó un llamado a la unidad de todos los peruanos por el desarrollo. “Todos debemos estar unidos, no podemos permitir medidas extremistas que socaven la democracia”, dijo ante cientos de personas que se dieron cita en Cañete.
Castañeda, líder y presidente de Solidaridad Nacional (SN), constató el respaldo y reconocimiento de la población del interior del país durante su visita a Cañete, donde encabezó el Primer Plenario Nacional Lima-Provincias de su partido. En la actividad, más de 60 dirigentes aprobaron en forma unánime la participación en las elecciones municipales y regionales de 2014, así como en las presidenciales de 2016.
“Estamos muy agradecidos por este cariño y prometemos seguir trabajando por un Perú mejor”, expresó el exalcalde de Lima, quien recibió el saludo de dirigentes de Cañete, Huaral, Lunahuaná, Pisco, Ica , Yauyos, entre otras jurisdicciones.
El secretario general y vocero de SN en el Congreso, José Luna Gálvez, acompañó a Castañeda. “Solidaridad apuesta por la democracia y estamos agradecidos por el respaldo de la ciudadanía a Luis Castañeda”, precisó Luna,
“Tenemos capacidad para dirigir con éxito los gobiernos locales, regionales y el gobierno central, ya lo demostramos cuanto fuimos gobierno en Lima Metropolitana”, agregó Luna.
“Hay gente preparada, con experiencia, capacidad gerencial, visión de gobierno y el presupuesto moral necesario para ejercer cargos en el aparato del Estado”, expresó Castañeda, quien está abocado a impulsar el trabajo de los comités, dirigentes y militantes “solidarios”.
Castañeda afirmó que Solidaridad cuenta con el apoyo de la población no solo en Lima sino también en el Perú Profundo, como lo ha podido constatar también en los anteriores plenarios, el Macro Regional Centro-Oriente (Huancayo), el Macro Regional Sur (Arequipa) y el Macro Regional Norte (Chiclayo).
Castañeda, líder y presidente de Solidaridad Nacional (SN), constató el respaldo y reconocimiento de la población del interior del país durante su visita a Cañete, donde encabezó el Primer Plenario Nacional Lima-Provincias de su partido. En la actividad, más de 60 dirigentes aprobaron en forma unánime la participación en las elecciones municipales y regionales de 2014, así como en las presidenciales de 2016.
“Estamos muy agradecidos por este cariño y prometemos seguir trabajando por un Perú mejor”, expresó el exalcalde de Lima, quien recibió el saludo de dirigentes de Cañete, Huaral, Lunahuaná, Pisco, Ica , Yauyos, entre otras jurisdicciones.
El secretario general y vocero de SN en el Congreso, José Luna Gálvez, acompañó a Castañeda. “Solidaridad apuesta por la democracia y estamos agradecidos por el respaldo de la ciudadanía a Luis Castañeda”, precisó Luna,
“Tenemos capacidad para dirigir con éxito los gobiernos locales, regionales y el gobierno central, ya lo demostramos cuanto fuimos gobierno en Lima Metropolitana”, agregó Luna.
“Hay gente preparada, con experiencia, capacidad gerencial, visión de gobierno y el presupuesto moral necesario para ejercer cargos en el aparato del Estado”, expresó Castañeda, quien está abocado a impulsar el trabajo de los comités, dirigentes y militantes “solidarios”.
Castañeda afirmó que Solidaridad cuenta con el apoyo de la población no solo en Lima sino también en el Perú Profundo, como lo ha podido constatar también en los anteriores plenarios, el Macro Regional Centro-Oriente (Huancayo), el Macro Regional Sur (Arequipa) y el Macro Regional Norte (Chiclayo).
EDICTOS JUDICIALES
ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES MAYORISTAS PRIMERO DE ENERO
CONVOCATORIA
El Comité Electoral de la Asociación de Comerciantes Mayoristas Primero de Enero, convoca a todos los socios a las Elecciones de la Nueva Junta Directiva, periodo 2012 – 2014, que se llevará a cabo el Sábado 16 de Junio del 2012. Primera Convocatoria: 1:00 p.m., Segunda Convocatoria: 2:00 p.m. en el mismo local sito en CAU. Tercer Mundo Parcela Nº 38 – San Vicente.
Cañete, 12 de Junio de 2012.
Comité Electoral
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTAOD CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña Rosa Maribel Damasen Ponce, identificada con DNI Nº 70109898, con Exp. Nº 5079-12, de fecha 28-05-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su Acta de Nacimiento, inscrita en el libro Nº 092, folio Nº 380 del año 1993, por haberse consignado el apellido paterno de la titular como DAMASEN, debiendo ser lo correcto DAMACEN, asimismo figura el nombre y apellidos del padre como Vigdonio Damasen Torrejón, debiendo ser lo correcto EDWUARD MIGDONIO DAMACEN TORREJON. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI Nº 263-GRC/017 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada. Mala, 05 de Junio de 2012.
Isabel I. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
EDICTO
Exp. 0245-2012, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la señora Juez Doctora Daisy Guzmán Sánchez, Secretaria Judicial Victoria Lisbeth Mesías De La Cruz, doña CRISTINA CARMEN PORTUGUEZ HUANCAHUARI DE GUTIERREZ solicita la SUCESION INTESTADA de quien en vida fuera su cónyuge CLAUDIO GUTIERREZ CHANCA, fallecido el 16-04-2012 en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima. Se comunica para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia. Cañete, 25 de Mayo del 2012.
Victoria Lisbeth Mesías De La Cruz
Secretaria Judicial - Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefe de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul - Cañete, que en mérito al Exp. Adm. 889-2012-MDCA, don ANGEL DAVID CHUMPITAZ VILLALOBOS, solicita la Rectificación Administrativa de su Partida de Nacimiento, inscrita en esta Municipalidad en el Libro N° 06, Folio 152, Año 1946, que erróneamente se ha consignado: DATOS DE LA MADRE: Dice: Eumelia Villalobos de Chumpitaz. Debe Decir: Victoria Lumelia Villalobos Avalos de Chumpitaz. Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 “Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión no atribuible al Registrador”, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-INAC/RENIEC.
Cerro Azul, 07 de Junio del 2012.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
EDICTO
Exp. N° 2011-106-CI.- Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha Dra. Teresa Zamudio Ojeda y Secretaria Judicial Cristina Medina, por Resolución Número cinco de fecha treinta de marzo del dos mil doce, se ha dispuesto EMPLAZAR: por edicto al demandado Sucesión de Felipe Chirinos Ponce, con un extracto de la resolución número dos de fecha dieciocho de noviembre de año dos mil once (admisorio) que resuelve admitir a tramite la demanda de Nulidad Absoluta del Acto Jurídico del Contrato Privado de Compra Venta de Bien Inmueble, tramitándose en Proceso Conocimiento, Traslado al demandado anes descrito, por el plazo de sesenta días, para que conteste. Bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.
Mala, 06 de Junio del 2012.
Cristina del Rosario Medina Brigada
Secretaria - Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
12, 13 y 14 de Junio
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; cita y emplaza:
EXP.-1994-0039; a LAURA CANCHARI RODOLFO y JAIME ALBERTO LAURA CANCHARI, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Homicidio Calificado. Agraviado: Javier Saldaña Canchari.
EXP.-1995-0051; a QUISPE RIOS ISAAC, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Victor Nestor Avila Quispe y Otro.
EXP.-1997-0058; a QUINTO COCHACHEZ JUAN SIMON, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Robo Agravado. Agraviado: Santiago Salazar Uscamayta.
EXP.-1999-0128; a SAMUEL YONI PAUCAR MELGAREJO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2000-2335; a CASAS RIVAS ALFREDO ANTONIO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Elvert Virgilio Huayquito Vivanco.
EXP.-2001-0124; a FEBRES RODRIGUEZ, JHON y ZELADA ASIN, MILAGROS SOLEDAD, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Trafico Ilícito de Drogas. Agraviado: El Estado.
EXP.-2001-1758; a LUIS VEGA HERNANDEZ ó LUIS ROLANDO VEGA HERNANDEZ, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Cuerpo, la Vida y la Salud-Homicidio. Agraviado: Melgardo Pérez Rodríguez.
EXP.-2002-0795; a ROJAS ROJAS EDUARDO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra la Libertad-Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2002-0182; a SANCHEZ MAMANI RUSBEL, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales R.A.V.R.
EXP.-2003-0946; a BAYLON VASQUEZ ANGELITA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Cuerpo, la Vida y la Salud-Parricidio. Agraviado: Giancarlo Maldonado Baylon.
EXP.-2003-0108; a MARTINEZ POMA VIRGILIO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2004-0302; a FERNANDO SEGUNDO CASTILLO TITO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Cohecho Activo. Agraviado: La Sociedad y Otro.
EXP.-2005-0444; a ROMAN VIDAL SANCHEZ MENDOZA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Noelia García Chumpitaz.
EXP.-2006-0992; a NICANOR CANDIA MOLINA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Trafico Ilícito de Droga. Agraviado: Estado Peruano
EXP.-2007-0500; a JOSE EMILIO DE LA CRUZ ANICAMA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales S.C.S.M.
EXP.-2007-0523; a ARONES MAYTA LEONARDO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Gelmo Huari Sacsa.
EXP.-2007-0194; a JACINTO LAZARO GAGO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2007-0647; a CONTRERA QUINTERO PEDRO JOSE, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2008-0033; a RAUL MOISES URIBE RIVAS, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2008-0022; a MARCO ANTONIO LEVANO LAZARO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales A.M.G.M.
EXP.-2008-0950; a HUARIPAUCAR PACO KLEIBER, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2009-0242; a JORGE ARMANDO ASCONA SALCEDO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales T.A.S.A..
EXP.-2010-0260; a TICLLACURI EGOAVIL ROBERTO ANGEL, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Walter Alejandro Arias Chumpitaz.
EXP.-2011-0008; a PUERTAS BARRETO HUGO RAUL, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2007-0395; a CANDELA CHAVEZ JOSE ANGEL, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 9:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2009-0220; a JAVIER FRANCISCO TOCTO INGA, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 9:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado de Uso. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2007-0280; a ELMER WALTER CORTEZ ARIAS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 9:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Libertad-Acto Contra el Pudor. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2010-0133; a JESUS MARCOS SILVESTRE ORIHUELA, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 9:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2007-0351; a JULIO CESAR ZAMUDIO PEÑA, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 10:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Libertad-Secuestro. Agraviado: Edon Loayza Cumba.
EXP.-2011-0062; a VICTOR MOISES MENDOZA YAURI, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 10:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2010-0139; a MARCO ANTONIO CHAVEZ ARRANTE, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 10:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado Doloso. Agraviado: El Estado Peruano y Otro.
EXP.-2008-0898; a EDUARDO ROBERTO MARQUEZ HILARIO, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 10:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales K.M.L.
EXP.-2010-0174; a ERNESTO RAMIRO CASTILLO HUALLULLO , a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 11:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Julián Albino Huamani Malpica.
EXP.-2004-0553; a RUFINO YACTAYO LUYO, WILFREDO FEBRES MEDINA, JOSE REYNALDO POZO y JULIO CESAR HUAMAN TAYPE, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 9:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado y Otro. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2010-0189; a CARLOS ALBERTO ZARATE SULCA, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 9:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2009-0275; a MAGLORIA LIDIA CONDOR DE RAMOS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 9:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2010-0170; a LEONEL CALIXTRO REYES, ALEJANDRO MANOLO REVEROS TOVAR, ELVER CALIXTRO REYES y LIUBER JHON SOLIS RAMOS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 9:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Oscar Arismendiz Martínez y Otro.
EXP.-2008-0988; a CARNICA RAMOS LEONIDAS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 10:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2010-0200; a EMILIANO ESTEBAN CANALES FERNANDEZ, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 10:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2010-0020; a EMILIANO LUCIO VILCHEZ VARILLA y AGUSTO QUILCA ÑAUPE, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 10:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2001-1776; a JOSE TEODORO CHAUPIN DAVILA, MIGUEL ANGEL CARDENAS LLERENA, GUILLERMO MIRANDA MORENO y MANUEL ESTRADA GONZALES, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 9:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2009-0594; a DANTE OMAR MARTINEZ VARGAS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 9:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad.
EXP.-2010-0107; a LUIS ADHERIAN NELLY PONCE MARTINEZ, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 9:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano y Otro.
EXP.-2006-0339; a ALVA BRINGAS SEGUNDO GUSTAVO, VELAPATIÑO CARPIO DAVID ROLANDO, LOZANO LOPEZ ESMELIN,PORTILLO ÑAHUE ROLANDO RUFINO, DAVILA MENA HUMBERTO KENNEDY, VILLANUEVA MORENO RICHARD EVER, PARDO MENDOZA JHON SANTIAGO, VERA NEYRA HERNAN SABINO, CORDOVA VERGARA JOSE LUIS, RAMIREZ URBANO BREINTNER DALMACIO, CUBA GUTIERREZ ADOLFO, GALAN TREBEJO PABLO CESAR, ROBLES MEDINA FELIX TEODORO, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 10:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado en grado de tentativa. Agraviado: Empresa Comercial Corpac SAC.
EXP.-2003-0117; a ROLANDO ANGEL CROCCO ANGULO, PEDRO GRECELIO FIGUEROA VELIZ y ROSA RAVICHAGUA AGUILAR, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 10:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra el Patrimonio-Robo de Ganado. Agraviado: Melciades Juan De Dios Zarate y Otros.
EXP.-2010-0188; a EDGAR GENARO SANCHEZ AGUADO y SERGIO FAUSTO ROMERO, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 11:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2010-0125; a JOSE ACEVEDO TOLENTINO, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 11:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
12, 13 y 14 de Junio
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 5616-2012, doña Ana María Cuzcano Cárdenas, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Ana María Cuzcano Cárdenas, inscrita en esta Municipalidad en el libro 126, folio 9, año 1957, en el extremo que se consigna como nombre del padre de la titular PABLO CUZCANO, siendo lo correcto PABLO CUZCANO BUSTAMENTE. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 11 de Junio de 2012.
Mirtha de los Angeles Sotelo Pérez
Sub Gerente del Registro del Estado Civil
CONVOCATORIA
El Comité Electoral de la Asociación de Comerciantes Mayoristas Primero de Enero, convoca a todos los socios a las Elecciones de la Nueva Junta Directiva, periodo 2012 – 2014, que se llevará a cabo el Sábado 16 de Junio del 2012. Primera Convocatoria: 1:00 p.m., Segunda Convocatoria: 2:00 p.m. en el mismo local sito en CAU. Tercer Mundo Parcela Nº 38 – San Vicente.
Cañete, 12 de Junio de 2012.
Comité Electoral
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTAOD CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña Rosa Maribel Damasen Ponce, identificada con DNI Nº 70109898, con Exp. Nº 5079-12, de fecha 28-05-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su Acta de Nacimiento, inscrita en el libro Nº 092, folio Nº 380 del año 1993, por haberse consignado el apellido paterno de la titular como DAMASEN, debiendo ser lo correcto DAMACEN, asimismo figura el nombre y apellidos del padre como Vigdonio Damasen Torrejón, debiendo ser lo correcto EDWUARD MIGDONIO DAMACEN TORREJON. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI Nº 263-GRC/017 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada. Mala, 05 de Junio de 2012.
Isabel I. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
EDICTO
Exp. 0245-2012, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la señora Juez Doctora Daisy Guzmán Sánchez, Secretaria Judicial Victoria Lisbeth Mesías De La Cruz, doña CRISTINA CARMEN PORTUGUEZ HUANCAHUARI DE GUTIERREZ solicita la SUCESION INTESTADA de quien en vida fuera su cónyuge CLAUDIO GUTIERREZ CHANCA, fallecido el 16-04-2012 en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima. Se comunica para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia. Cañete, 25 de Mayo del 2012.
Victoria Lisbeth Mesías De La Cruz
Secretaria Judicial - Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefe de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul - Cañete, que en mérito al Exp. Adm. 889-2012-MDCA, don ANGEL DAVID CHUMPITAZ VILLALOBOS, solicita la Rectificación Administrativa de su Partida de Nacimiento, inscrita en esta Municipalidad en el Libro N° 06, Folio 152, Año 1946, que erróneamente se ha consignado: DATOS DE LA MADRE: Dice: Eumelia Villalobos de Chumpitaz. Debe Decir: Victoria Lumelia Villalobos Avalos de Chumpitaz. Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 “Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión no atribuible al Registrador”, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-INAC/RENIEC.
Cerro Azul, 07 de Junio del 2012.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
EDICTO
Exp. N° 2011-106-CI.- Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha Dra. Teresa Zamudio Ojeda y Secretaria Judicial Cristina Medina, por Resolución Número cinco de fecha treinta de marzo del dos mil doce, se ha dispuesto EMPLAZAR: por edicto al demandado Sucesión de Felipe Chirinos Ponce, con un extracto de la resolución número dos de fecha dieciocho de noviembre de año dos mil once (admisorio) que resuelve admitir a tramite la demanda de Nulidad Absoluta del Acto Jurídico del Contrato Privado de Compra Venta de Bien Inmueble, tramitándose en Proceso Conocimiento, Traslado al demandado anes descrito, por el plazo de sesenta días, para que conteste. Bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.
Mala, 06 de Junio del 2012.
Cristina del Rosario Medina Brigada
Secretaria - Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
12, 13 y 14 de Junio
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; cita y emplaza:
EXP.-1994-0039; a LAURA CANCHARI RODOLFO y JAIME ALBERTO LAURA CANCHARI, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Homicidio Calificado. Agraviado: Javier Saldaña Canchari.
EXP.-1995-0051; a QUISPE RIOS ISAAC, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Victor Nestor Avila Quispe y Otro.
EXP.-1997-0058; a QUINTO COCHACHEZ JUAN SIMON, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Robo Agravado. Agraviado: Santiago Salazar Uscamayta.
EXP.-1999-0128; a SAMUEL YONI PAUCAR MELGAREJO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2000-2335; a CASAS RIVAS ALFREDO ANTONIO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Elvert Virgilio Huayquito Vivanco.
EXP.-2001-0124; a FEBRES RODRIGUEZ, JHON y ZELADA ASIN, MILAGROS SOLEDAD, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Trafico Ilícito de Drogas. Agraviado: El Estado.
EXP.-2001-1758; a LUIS VEGA HERNANDEZ ó LUIS ROLANDO VEGA HERNANDEZ, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Cuerpo, la Vida y la Salud-Homicidio. Agraviado: Melgardo Pérez Rodríguez.
EXP.-2002-0795; a ROJAS ROJAS EDUARDO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra la Libertad-Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2002-0182; a SANCHEZ MAMANI RUSBEL, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales R.A.V.R.
EXP.-2003-0946; a BAYLON VASQUEZ ANGELITA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Cuerpo, la Vida y la Salud-Parricidio. Agraviado: Giancarlo Maldonado Baylon.
EXP.-2003-0108; a MARTINEZ POMA VIRGILIO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2004-0302; a FERNANDO SEGUNDO CASTILLO TITO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Cohecho Activo. Agraviado: La Sociedad y Otro.
EXP.-2005-0444; a ROMAN VIDAL SANCHEZ MENDOZA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Noelia García Chumpitaz.
EXP.-2006-0992; a NICANOR CANDIA MOLINA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Trafico Ilícito de Droga. Agraviado: Estado Peruano
EXP.-2007-0500; a JOSE EMILIO DE LA CRUZ ANICAMA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales S.C.S.M.
EXP.-2007-0523; a ARONES MAYTA LEONARDO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Gelmo Huari Sacsa.
EXP.-2007-0194; a JACINTO LAZARO GAGO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2007-0647; a CONTRERA QUINTERO PEDRO JOSE, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2008-0033; a RAUL MOISES URIBE RIVAS, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2008-0022; a MARCO ANTONIO LEVANO LAZARO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales A.M.G.M.
EXP.-2008-0950; a HUARIPAUCAR PACO KLEIBER, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2009-0242; a JORGE ARMANDO ASCONA SALCEDO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales T.A.S.A..
EXP.-2010-0260; a TICLLACURI EGOAVIL ROBERTO ANGEL, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Walter Alejandro Arias Chumpitaz.
EXP.-2011-0008; a PUERTAS BARRETO HUGO RAUL, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2007-0395; a CANDELA CHAVEZ JOSE ANGEL, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 9:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2009-0220; a JAVIER FRANCISCO TOCTO INGA, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 9:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado de Uso. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2007-0280; a ELMER WALTER CORTEZ ARIAS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 9:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Libertad-Acto Contra el Pudor. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2010-0133; a JESUS MARCOS SILVESTRE ORIHUELA, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 9:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2007-0351; a JULIO CESAR ZAMUDIO PEÑA, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 10:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Libertad-Secuestro. Agraviado: Edon Loayza Cumba.
EXP.-2011-0062; a VICTOR MOISES MENDOZA YAURI, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 10:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2010-0139; a MARCO ANTONIO CHAVEZ ARRANTE, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 10:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado Doloso. Agraviado: El Estado Peruano y Otro.
EXP.-2008-0898; a EDUARDO ROBERTO MARQUEZ HILARIO, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 10:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales K.M.L.
EXP.-2010-0174; a ERNESTO RAMIRO CASTILLO HUALLULLO , a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 19-06-2012 a hora 11:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Julián Albino Huamani Malpica.
EXP.-2004-0553; a RUFINO YACTAYO LUYO, WILFREDO FEBRES MEDINA, JOSE REYNALDO POZO y JULIO CESAR HUAMAN TAYPE, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 9:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado y Otro. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2010-0189; a CARLOS ALBERTO ZARATE SULCA, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 9:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2009-0275; a MAGLORIA LIDIA CONDOR DE RAMOS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 9:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2010-0170; a LEONEL CALIXTRO REYES, ALEJANDRO MANOLO REVEROS TOVAR, ELVER CALIXTRO REYES y LIUBER JHON SOLIS RAMOS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 9:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Oscar Arismendiz Martínez y Otro.
EXP.-2008-0988; a CARNICA RAMOS LEONIDAS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 10:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2010-0200; a EMILIANO ESTEBAN CANALES FERNANDEZ, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 10:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2010-0020; a EMILIANO LUCIO VILCHEZ VARILLA y AGUSTO QUILCA ÑAUPE, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 20-06-2012 a hora 10:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2001-1776; a JOSE TEODORO CHAUPIN DAVILA, MIGUEL ANGEL CARDENAS LLERENA, GUILLERMO MIRANDA MORENO y MANUEL ESTRADA GONZALES, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 9:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2009-0594; a DANTE OMAR MARTINEZ VARGAS, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 9:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad.
EXP.-2010-0107; a LUIS ADHERIAN NELLY PONCE MARTINEZ, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 9:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano y Otro.
EXP.-2006-0339; a ALVA BRINGAS SEGUNDO GUSTAVO, VELAPATIÑO CARPIO DAVID ROLANDO, LOZANO LOPEZ ESMELIN,PORTILLO ÑAHUE ROLANDO RUFINO, DAVILA MENA HUMBERTO KENNEDY, VILLANUEVA MORENO RICHARD EVER, PARDO MENDOZA JHON SANTIAGO, VERA NEYRA HERNAN SABINO, CORDOVA VERGARA JOSE LUIS, RAMIREZ URBANO BREINTNER DALMACIO, CUBA GUTIERREZ ADOLFO, GALAN TREBEJO PABLO CESAR, ROBLES MEDINA FELIX TEODORO, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 10:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado en grado de tentativa. Agraviado: Empresa Comercial Corpac SAC.
EXP.-2003-0117; a ROLANDO ANGEL CROCCO ANGULO, PEDRO GRECELIO FIGUEROA VELIZ y ROSA RAVICHAGUA AGUILAR, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 10:45 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra el Patrimonio-Robo de Ganado. Agraviado: Melciades Juan De Dios Zarate y Otros.
EXP.-2010-0188; a EDGAR GENARO SANCHEZ AGUADO y SERGIO FAUSTO ROMERO, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 11:00 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
EXP.-2010-0125; a JOSE ACEVEDO TOLENTINO, a que se apersone al local de la Sala de Audiencia el día 26-06-2012 a hora 11:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa; bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano.
12, 13 y 14 de Junio
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 5616-2012, doña Ana María Cuzcano Cárdenas, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Ana María Cuzcano Cárdenas, inscrita en esta Municipalidad en el libro 126, folio 9, año 1957, en el extremo que se consigna como nombre del padre de la titular PABLO CUZCANO, siendo lo correcto PABLO CUZCANO BUSTAMENTE. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 11 de Junio de 2012.
Mirtha de los Angeles Sotelo Pérez
Sub Gerente del Registro del Estado Civil
11 junio 2012
ALCALDE DE IMPERIAL CONTINÚA CONFORMANDO E IMPLEMENTANDO JUNTAS VECINALES
Continuando con la política de organizar a la sociedad civil del distrito, la Municipalidad Distrital de Imperial sigue conformando más juntas vecinales en distintos sectores de la jurisdicción.
Esta vez se ha logrado que un grupo de entusiastas y preocupados vecinos del Asentamiento Humano «Asunción 8» se unan y conformen la Junta Vecinal «Señor de Cachuy».
El día domingo 10 de junio el alcalde, Eddy del Mazo Tello se trasladó a tan importante asentamiento humano para tomar el juramento de estilo a la directiva que preside el destacado docente, Aurelio Herrera Untiveros.
La juramentación se dio luego del acto cívico del izamiento del pabellón nacional en el parque del lugar, contando con la presencia de las principales autoridades del distrito. Seguidamente, el alcalde hizo entrega de una serie de materiales y equipos para cada secretaría de la junta como pala, lampa, pico, barreta, carretilla, escobas, recogedores, linternas, amplificador y bocinas así como pelotas.
«Son mas de 20 juntas vecinales que vamos conformando, hemos estado en los centros poblados, anexos y ahora en los asentamientos humanos, esperamos recibir la misma respuesta de la zona urbana, ya que la idea es organizar la mayor cantidad de juntas vecinales en todo Imperial», indicó el alcalde imperialino.
Cabe señalar que el último jueves se hizo entrega de sus respectivos implementos a la directiva de la Asociación de Vivienda «El Sol», labor que se continuará realizando con las otras juntas ya conformadas.
Esta vez se ha logrado que un grupo de entusiastas y preocupados vecinos del Asentamiento Humano «Asunción 8» se unan y conformen la Junta Vecinal «Señor de Cachuy».
El día domingo 10 de junio el alcalde, Eddy del Mazo Tello se trasladó a tan importante asentamiento humano para tomar el juramento de estilo a la directiva que preside el destacado docente, Aurelio Herrera Untiveros.
La juramentación se dio luego del acto cívico del izamiento del pabellón nacional en el parque del lugar, contando con la presencia de las principales autoridades del distrito. Seguidamente, el alcalde hizo entrega de una serie de materiales y equipos para cada secretaría de la junta como pala, lampa, pico, barreta, carretilla, escobas, recogedores, linternas, amplificador y bocinas así como pelotas.
«Son mas de 20 juntas vecinales que vamos conformando, hemos estado en los centros poblados, anexos y ahora en los asentamientos humanos, esperamos recibir la misma respuesta de la zona urbana, ya que la idea es organizar la mayor cantidad de juntas vecinales en todo Imperial», indicó el alcalde imperialino.
Cabe señalar que el último jueves se hizo entrega de sus respectivos implementos a la directiva de la Asociación de Vivienda «El Sol», labor que se continuará realizando con las otras juntas ya conformadas.
CONSEJERA REGIONAL LILIANA TORRES NO COMETIO DELITO... OPINA JURISTA FIDEL ROJAS VARGAS...
NOTA DEL DIRECTOR.- Es evidente que la noticia de estos días, es la orden de captura que se ha dado para José Arias Chumpitaz, Alcalde de Asia; y la actual Consejera Regional Liliana Torres Castillo, ambos involucrados en el proceso judicial del llamado caso Telefónica - Municipaldiad de Asia.
Las opiniones de muchos se vienen dando, y algunos esbozan opiniones, sin ser autoridades en la materia.
Publicamos el día de hoy, unas reflexiones académicas emitidas por el Dr. Fidel S. Rojas Vargas, profesor de Derecho Penal en la Universidad de San Marcos, y Profesor de la Academia de la Magistratura, y que además ha sido miembro de la Comisión de Alto Nivel que redactó el Código Procesal Penal.
La opinión de un especialista en el tema, siempre dará luces, para mejor interpretar el tema.
REFLEXIONES ACADEMICAS ILUSTRATIVAS
Emitidas en relación a la imputación fiscal que por complicidad en delito de Colusión desleal se sigue contra Rosa Liliana Torres Castillo (Exp. Nº 2005-1076 Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Cañete), en agravio de la Municipalidad Distrital de Asia y el Estado.
EL SUPUESTO FÁCTICO:
El 03 de Abril la Municipalidad Distrital de Asia a través de su Alcalde celebra contrato de prestación de servicios de fiscalización tributaria con la empresa L&C Asesores y Consultores S.A., con la aprobación de Concejo Municipal; sin que previamente se haya producido el requerimiento del área competente que justifique la necesidad del servicio, lo que no ha permitido determinar la calidad y costo del servicio a ofrecer, ni sustentar el porcentaje del 20% que como contraprestación se acordó pagar a favor de la empresa contratada; además, que a la fecha de la celebración del contrato la empresa no tenía autorización de la SUNAT para el inicio de actividad económica; tampoco se realizó un proceso de selección y no intervino el Área de Abastecimiento; posteriormente, el 29 de Octubre del año 2002, el Concejo Municipal, acordó celebrar nuevo contrato, incrementando la contraprestación de la empresa fiscalizadora al 25%.
LA IMPUTACIÓN PENAL QUE A TITULO DE COMPLICIDAD PRIMARIA EN COLUSIÓN DESLEAL SE LE ATRIBUYE A LA DOCTORA ROSA LILIANA TORRES CASTILLO:
Conforme a la Acusación Fiscal y el auto apertura de instrucción, se atribuye a la procesada Rosa Liliana Torres Castillo, ser la encargada de brindar asesoramiento jurídico al Alcalde así como de proyectar los contratos conforme al Reglamento de Municipalidades. Persona que tuvo a la vista las propuestas de las empresas a contratar, por lo que siendo asesora legal sabía muy bien cuáles eran los requisitos legales para efectuar la contratación y, a pesar de las múltiples irregularidades que tuvo dicha contratación, no presentó objeción alguna, por lo que se desprende que también está coludida con dicho acto ya que la inculpada, quien tenía conocimiento de la ilicitud de dichos actos contribuyó a su consumación.
1.- PRIMERA REFLEXIÓN: SOBRE LA CALIDAD DE UNA ASESORA EXTERNA COMO ENTIDAD VALIDA PARA CONFIGURAR TÍTULO DE COMPLICIDAD PRIMARIA EN DELITO DE COLUSIÓN
El delito de Colusión desleal, regulado en el artículo 384 del Código penal, vigente a la fecha de los sucesos, ha sido construido legislativamente con un tipo de autoría sumamente restringido, por la razón del cargo o la comisión especial. Es la razón del cargo, o la comisión especial encomendada, formalmente, la que explica las atribuciones o competencias de las que se halla investido el autor de este delito, quien quebranta los deberes de fomento del patrimonio y la institucionalidad municipal. Rosa Liliana Torres Castillo, por entonces se desempeñaba por entonces como asesora externa de la Municipalidad de Asia, esto es como abogada que prestaba servicios de asesoramiento al Alcalde (conforme a los contratos de Prestación de Servicios celebrados con fecha 30 de Marzo del año 2001 y el 31 de Julio del año 2002).
Como asesora externa carecía de facultades decisorias para determinar contrataciones o afectar patrimonialmente a la institucional municipal, esto es, no podría bajo ninguna hipótesis legal asumir calidad de autora en delito de colusión.
Rosa Liliana Torres, es una extraneus en esa estrecha y estricta relación funcional, por razón del cargo o comisión especial que explica la infracción de deber del autor o los coautores, por lo mismo la imputación válida a una persona a título de cómplice primario no puede hallarse supeditada a la posibilidad de hacer posible (dicha persona) el delito de colusión o de evitar su consumación, pues ambos supuestos del iter de dicho delito es materia imposible para un cómplice.
Cabe indicar también que el inciso 3ero. del artículo 425 del Código penal (que a la letra dice: «Se consideran funcionarios o servidores públicos: ….Todo aquel que independientemente del régimen laboral en que se encuentre, mantiene vínculo laboral o contractual de cualquier naturaleza con entidades u organismos del Estado y que en virtud de ello ejerce funciones en dichas entidades u organismos») no alude a cualquier persona que presta servicios para la administración, sino que aquella, al margen del régimen laboral o contrato, actúa como funcionario; es decir, aquel que desempeña actividades o funciones en nombre del Estado; una labor acorde con las funciones propias de la entidad pública donde presta servicios. Y para nuestro caso, la Ley Orgánica de Municipalidades vigente a la fecha de los hechos (Ley N° 23853), no contempla la asesoría jurídica externa como una función de las entidades municipales; y por ende, el abogado que la presta no puede ser considerado funcionario; tanto más, si en el caso concreto la asesora legal no ha tenido capacidad de decisión en los contratos celebrados. No puede atribuirse complicidad primaria, por la sola asesoría legal que se presta a una de las partes contratantes.
2.- SEGUNDA REFLEXIÓN: LOS CÓMPLICES PRIMARIOS EN EL DELITO DE COLUSIÓN DESLEAL.
Dada la especial configuración del delito de Colusión desleal (art. 384 del Código penal, antes de su reforma por leyes 29703 y 29758), este ilícito penal no puede ser cometido únicamente por funcionarios con capacidad decisoria en las contrataciones, sino que el tipo penal exige el concurso necesario e indesligable del interesado o contratista, cuyo aporte colusorio al delito solo puede ser apreciado desde la complicidad primaria, es decir con voluntad y conocimiento doloso carente de dominio de la acción y de infracción del deber, inmersos en una lógica de concertaciones ilegales para defraudar al patrimonio público. Tal es el caso que el delito de colusión reconoce como complicidad primaria, donde el aporte escaso, la contribución decisiva para la concertación ilegal y su oportunidad antecedente a la ejecución contractual posibilita construir jurídicamente dicha calidad personal de imputación.
Ahora bien, ¿cabe hablar en propiedad de que los actos de la extraneus Rosa Liliana Torres, consistentes en asesorar jurídicamente al alcalde y redactar los proyectos de contratos con la empresa consultora fiscalizadora, conforme a lo contemplado en el Reglamento o lo dispuesto por el Alcalde, constituyan aportes de complicidad en delito de colusión desleal?. No, por dos razones: a) en primer lugar, por cuanto dichos aportes no tienen la entidad suficiente para articular el aporte necesario y escaso que le vincule con los actos de los funcionarios negociadores en grado de concertación dolosa; y b), por que se trata de actos desarrollados de conformidad a sus roles o atribuciones de asesora externa. En este segundo extremo, la jurisprudencia suprema es ya abundante en reconocer que quien se comporte en el marco de sus atribuciones reconocidas por el ordenamiento jurídico (así en la práctica sus aportes sean utilizados por terceros para vulnerar bienes jurídicos), no responde penalmente pues sus contribuciones se hallan en el marco de sus roles sociales. Es decir a nadie, le está prohibido o vedado realizar actos que forman parte de sus facultades regladas o discrecionales. Así, en los casos del taxista, del vendedor de desarmadores, del conductor del camión, o de quien alquila inmuebles a paqueteros. Véase al respecto los numerosos casos de prohibición de regreso, construidos con base a los comportamientos neutrales, en mi obra «Código penal dos décadas de jurisprudencia», Lima, Ara, 2012, pp. 425 y ss.
¿Se puede sostener argumentativamente que por el hecho de que Rosa Liliana Torres no llegó a objetar las múltiples irregularidades advertidas («no presentó objeción alguna») en la contratación de la consultora en referencia en el Expediente Nº 2005-1076, de ello se desprende que también estaba coludida con dicho acto y contribuyó a la consumación, conforme imputa la acusación fiscal?
No, en modo alguno, una argumentación seria, con el rigor que exige el análisis de la norma penal de Colusión, no puede hacer concordar esta falta de observación o incumplimiento con las exigencias de la concertación dolosa e ilegal que pide el tipo penal 384, que por lo general es clandestina y soterrada, como en abundante jurisprudencia lo ha afirmado la Corte Suprema. Es decir el incumplimiento –en el caso que se haya producido- de hacer saber a sus superiores de las irregularidades advertidas en la contratación de la consultora, dado su rol de asesora del Alcalde, en modo alguno puede configurar un acto de colaboración con el delito de colusión. No es posible llegar a tal nivel de confusión, en el marco de la argumentación fiscal mucho menos judicial.
Si queremos darle a esta omisión una lectura penal –que excede el marco de la irregularidad administrativa-disciplinaria- el incumplimiento funcional (art. 376), se presenta como la hipótesis más cercana, no obstante que dicho delito solo puede cometerlo un funcionario público; en esta idea no es serio argumentar que como dicha figura penal ya ha prescrito entonces hay que imputar de todos modos delito de Colusión. Ello refleja por parte del Fiscal un espíritu inquisitorial de mejor causa y para épocas de historia penal ya superadas, no en la era del respeto de los derechos fundamentales de personas injustamente perseguidas penalmente.
Abundando en argumentaciones, que consolidan la atipicidad de los actos atribuidos a Rosa Liliana Torres, la acusación fiscal y tampoco los contratantes han señalado que la asesora legal ha mediado en la concertación, esto es, que con los contratantes haya convenido para no observar el procedimiento de contratación o, lo que es propiamente típico, que haya dado contribuciones defraudatorias en la ejecución del contrato. Tampoco señala la acusación fiscal que para que el Alcalde contratara a la empresa fiscalizadora se haya requerido de un informe legal (por lo demás nunca se emitió), por lo que no puede señalarse que el no haber emitido un informe observando el procedimiento de contratación fue un acto necesario para que se consuma la contratación.
3.- TERCERA REFLEXIÓN. LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA SOBRE EL APORTE DE COMPLICIDAD DE UN SERVIDOR PÚBLICO EN DELITO DE COLUSIÓN.
Leamos atentamente la siguiente ejecutora suprema:
«El Ministerio Público efectuó un inadecuado juicio de subsunción al calificar la conducta del encausado bajo el tipo penal de colusión en calidad de cómplice. Si bien se observa que éste participó en la elaboración de una serie de documentos de significativa importancia en el proceso de selección, también lo es que no formó parte del proceso de selección, ni del Comité, ni ostentó alguna posición de autoridad. La figura del extraneus en el delito de Colusión se refiere a aquel particular que no tiene la condición especial de funcionario público con capacidad de contratar a nombre del Estado, pero que interviene en las tratativas, lo que no sucedió respecto del mencionado acusado, quien solo participó en los trámites del concurso, por ende su absolución se encuentra arreglada a ley»
(Ejecutoria Suprema del 12/5/ 2010, R.N Nº 702-2009-LIMA, Gaceta penal, Nº 31, Gaceta jurídica, Lima, enero 2012, p.200).
Esta decisión jurisprudencial de la Corte Suprema es especialmente ilustrativa para colocar las cosas en su sitio al momento de abordar jurídico penalmente los aportes de los cómplices en materia del delito de Colusión. No puede adquirir el papel de cómplice –primario o secundario- el funcionario, servidor público o particular que interviene en los trámites del concurso o proceso de selección. La ejecutoria suprema pareciera que estuviera premonitoriamente refiriéndose al caso de la Dra. Rosa Liliana Torres Castillo, quien conforme señala el Fiscal fue asesora del Alcalde y habría tenido la responsabilidad de redactar los proyectos de contrato, como corresponde conforme a derecho en una contratación. La situación jurídica de dicha abogada es, a mi entender y como lo entiende también la Corte Suprema, un caso absoluto de atipicidad merecedor de absolución, donde solo la falta de objetividad en analizar la calidad y naturaleza de los actos desplegados por la citada procesada o una confusa pérdida de razonabilidad puede llevar a otorgarle a los mismos relevancia penal.
Fidel S. Rojas Vargas
PROFESOR DE DERECHO PENAL EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS, PROFESOR DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA, EX PROFESOR DE DERECHO PENAL DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ, MIEMBRO DE LA COMISIÓN DE ALTO NIVEL QUE REDACTÓ EL CÓDIGO PROCESAL PENAL, MIEMBRO DE LA COMISIÓN REVISORA -CONGRESO DE LA REPÚBLICA- DEL CÓDIGO PENAL, INTEGRANTE DE LA COMISIÓN CONSULTIVA DEL MINISTRO DE JUSTICIA (2002-2004), EX ASESOR PENAL DE LA FISCAL DE LA NACIÓN Y MIEMBRO DE LA COMISIÓN ANTICRIMEN ORGANIZADO DEL MINISTERIO PÚBLICO, EX CONSULTOR DE LA COMISIÓN TRANSITORIA DEL PODER JUDICIAL, EX ASESOR EN DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL EN EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, AUTOR DE DIVERSAS PUBLICACIONES EN MATERIA PENAL Y PROCESAL PENAL
Las opiniones de muchos se vienen dando, y algunos esbozan opiniones, sin ser autoridades en la materia.
Publicamos el día de hoy, unas reflexiones académicas emitidas por el Dr. Fidel S. Rojas Vargas, profesor de Derecho Penal en la Universidad de San Marcos, y Profesor de la Academia de la Magistratura, y que además ha sido miembro de la Comisión de Alto Nivel que redactó el Código Procesal Penal.
La opinión de un especialista en el tema, siempre dará luces, para mejor interpretar el tema.
REFLEXIONES ACADEMICAS ILUSTRATIVAS
Emitidas en relación a la imputación fiscal que por complicidad en delito de Colusión desleal se sigue contra Rosa Liliana Torres Castillo (Exp. Nº 2005-1076 Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Cañete), en agravio de la Municipalidad Distrital de Asia y el Estado.
EL SUPUESTO FÁCTICO:
El 03 de Abril la Municipalidad Distrital de Asia a través de su Alcalde celebra contrato de prestación de servicios de fiscalización tributaria con la empresa L&C Asesores y Consultores S.A., con la aprobación de Concejo Municipal; sin que previamente se haya producido el requerimiento del área competente que justifique la necesidad del servicio, lo que no ha permitido determinar la calidad y costo del servicio a ofrecer, ni sustentar el porcentaje del 20% que como contraprestación se acordó pagar a favor de la empresa contratada; además, que a la fecha de la celebración del contrato la empresa no tenía autorización de la SUNAT para el inicio de actividad económica; tampoco se realizó un proceso de selección y no intervino el Área de Abastecimiento; posteriormente, el 29 de Octubre del año 2002, el Concejo Municipal, acordó celebrar nuevo contrato, incrementando la contraprestación de la empresa fiscalizadora al 25%.
LA IMPUTACIÓN PENAL QUE A TITULO DE COMPLICIDAD PRIMARIA EN COLUSIÓN DESLEAL SE LE ATRIBUYE A LA DOCTORA ROSA LILIANA TORRES CASTILLO:
Conforme a la Acusación Fiscal y el auto apertura de instrucción, se atribuye a la procesada Rosa Liliana Torres Castillo, ser la encargada de brindar asesoramiento jurídico al Alcalde así como de proyectar los contratos conforme al Reglamento de Municipalidades. Persona que tuvo a la vista las propuestas de las empresas a contratar, por lo que siendo asesora legal sabía muy bien cuáles eran los requisitos legales para efectuar la contratación y, a pesar de las múltiples irregularidades que tuvo dicha contratación, no presentó objeción alguna, por lo que se desprende que también está coludida con dicho acto ya que la inculpada, quien tenía conocimiento de la ilicitud de dichos actos contribuyó a su consumación.
1.- PRIMERA REFLEXIÓN: SOBRE LA CALIDAD DE UNA ASESORA EXTERNA COMO ENTIDAD VALIDA PARA CONFIGURAR TÍTULO DE COMPLICIDAD PRIMARIA EN DELITO DE COLUSIÓN
El delito de Colusión desleal, regulado en el artículo 384 del Código penal, vigente a la fecha de los sucesos, ha sido construido legislativamente con un tipo de autoría sumamente restringido, por la razón del cargo o la comisión especial. Es la razón del cargo, o la comisión especial encomendada, formalmente, la que explica las atribuciones o competencias de las que se halla investido el autor de este delito, quien quebranta los deberes de fomento del patrimonio y la institucionalidad municipal. Rosa Liliana Torres Castillo, por entonces se desempeñaba por entonces como asesora externa de la Municipalidad de Asia, esto es como abogada que prestaba servicios de asesoramiento al Alcalde (conforme a los contratos de Prestación de Servicios celebrados con fecha 30 de Marzo del año 2001 y el 31 de Julio del año 2002).
Como asesora externa carecía de facultades decisorias para determinar contrataciones o afectar patrimonialmente a la institucional municipal, esto es, no podría bajo ninguna hipótesis legal asumir calidad de autora en delito de colusión.
Rosa Liliana Torres, es una extraneus en esa estrecha y estricta relación funcional, por razón del cargo o comisión especial que explica la infracción de deber del autor o los coautores, por lo mismo la imputación válida a una persona a título de cómplice primario no puede hallarse supeditada a la posibilidad de hacer posible (dicha persona) el delito de colusión o de evitar su consumación, pues ambos supuestos del iter de dicho delito es materia imposible para un cómplice.
Cabe indicar también que el inciso 3ero. del artículo 425 del Código penal (que a la letra dice: «Se consideran funcionarios o servidores públicos: ….Todo aquel que independientemente del régimen laboral en que se encuentre, mantiene vínculo laboral o contractual de cualquier naturaleza con entidades u organismos del Estado y que en virtud de ello ejerce funciones en dichas entidades u organismos») no alude a cualquier persona que presta servicios para la administración, sino que aquella, al margen del régimen laboral o contrato, actúa como funcionario; es decir, aquel que desempeña actividades o funciones en nombre del Estado; una labor acorde con las funciones propias de la entidad pública donde presta servicios. Y para nuestro caso, la Ley Orgánica de Municipalidades vigente a la fecha de los hechos (Ley N° 23853), no contempla la asesoría jurídica externa como una función de las entidades municipales; y por ende, el abogado que la presta no puede ser considerado funcionario; tanto más, si en el caso concreto la asesora legal no ha tenido capacidad de decisión en los contratos celebrados. No puede atribuirse complicidad primaria, por la sola asesoría legal que se presta a una de las partes contratantes.
2.- SEGUNDA REFLEXIÓN: LOS CÓMPLICES PRIMARIOS EN EL DELITO DE COLUSIÓN DESLEAL.
Dada la especial configuración del delito de Colusión desleal (art. 384 del Código penal, antes de su reforma por leyes 29703 y 29758), este ilícito penal no puede ser cometido únicamente por funcionarios con capacidad decisoria en las contrataciones, sino que el tipo penal exige el concurso necesario e indesligable del interesado o contratista, cuyo aporte colusorio al delito solo puede ser apreciado desde la complicidad primaria, es decir con voluntad y conocimiento doloso carente de dominio de la acción y de infracción del deber, inmersos en una lógica de concertaciones ilegales para defraudar al patrimonio público. Tal es el caso que el delito de colusión reconoce como complicidad primaria, donde el aporte escaso, la contribución decisiva para la concertación ilegal y su oportunidad antecedente a la ejecución contractual posibilita construir jurídicamente dicha calidad personal de imputación.
Ahora bien, ¿cabe hablar en propiedad de que los actos de la extraneus Rosa Liliana Torres, consistentes en asesorar jurídicamente al alcalde y redactar los proyectos de contratos con la empresa consultora fiscalizadora, conforme a lo contemplado en el Reglamento o lo dispuesto por el Alcalde, constituyan aportes de complicidad en delito de colusión desleal?. No, por dos razones: a) en primer lugar, por cuanto dichos aportes no tienen la entidad suficiente para articular el aporte necesario y escaso que le vincule con los actos de los funcionarios negociadores en grado de concertación dolosa; y b), por que se trata de actos desarrollados de conformidad a sus roles o atribuciones de asesora externa. En este segundo extremo, la jurisprudencia suprema es ya abundante en reconocer que quien se comporte en el marco de sus atribuciones reconocidas por el ordenamiento jurídico (así en la práctica sus aportes sean utilizados por terceros para vulnerar bienes jurídicos), no responde penalmente pues sus contribuciones se hallan en el marco de sus roles sociales. Es decir a nadie, le está prohibido o vedado realizar actos que forman parte de sus facultades regladas o discrecionales. Así, en los casos del taxista, del vendedor de desarmadores, del conductor del camión, o de quien alquila inmuebles a paqueteros. Véase al respecto los numerosos casos de prohibición de regreso, construidos con base a los comportamientos neutrales, en mi obra «Código penal dos décadas de jurisprudencia», Lima, Ara, 2012, pp. 425 y ss.
¿Se puede sostener argumentativamente que por el hecho de que Rosa Liliana Torres no llegó a objetar las múltiples irregularidades advertidas («no presentó objeción alguna») en la contratación de la consultora en referencia en el Expediente Nº 2005-1076, de ello se desprende que también estaba coludida con dicho acto y contribuyó a la consumación, conforme imputa la acusación fiscal?
No, en modo alguno, una argumentación seria, con el rigor que exige el análisis de la norma penal de Colusión, no puede hacer concordar esta falta de observación o incumplimiento con las exigencias de la concertación dolosa e ilegal que pide el tipo penal 384, que por lo general es clandestina y soterrada, como en abundante jurisprudencia lo ha afirmado la Corte Suprema. Es decir el incumplimiento –en el caso que se haya producido- de hacer saber a sus superiores de las irregularidades advertidas en la contratación de la consultora, dado su rol de asesora del Alcalde, en modo alguno puede configurar un acto de colaboración con el delito de colusión. No es posible llegar a tal nivel de confusión, en el marco de la argumentación fiscal mucho menos judicial.
Si queremos darle a esta omisión una lectura penal –que excede el marco de la irregularidad administrativa-disciplinaria- el incumplimiento funcional (art. 376), se presenta como la hipótesis más cercana, no obstante que dicho delito solo puede cometerlo un funcionario público; en esta idea no es serio argumentar que como dicha figura penal ya ha prescrito entonces hay que imputar de todos modos delito de Colusión. Ello refleja por parte del Fiscal un espíritu inquisitorial de mejor causa y para épocas de historia penal ya superadas, no en la era del respeto de los derechos fundamentales de personas injustamente perseguidas penalmente.
Abundando en argumentaciones, que consolidan la atipicidad de los actos atribuidos a Rosa Liliana Torres, la acusación fiscal y tampoco los contratantes han señalado que la asesora legal ha mediado en la concertación, esto es, que con los contratantes haya convenido para no observar el procedimiento de contratación o, lo que es propiamente típico, que haya dado contribuciones defraudatorias en la ejecución del contrato. Tampoco señala la acusación fiscal que para que el Alcalde contratara a la empresa fiscalizadora se haya requerido de un informe legal (por lo demás nunca se emitió), por lo que no puede señalarse que el no haber emitido un informe observando el procedimiento de contratación fue un acto necesario para que se consuma la contratación.
3.- TERCERA REFLEXIÓN. LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA SOBRE EL APORTE DE COMPLICIDAD DE UN SERVIDOR PÚBLICO EN DELITO DE COLUSIÓN.
Leamos atentamente la siguiente ejecutora suprema:
«El Ministerio Público efectuó un inadecuado juicio de subsunción al calificar la conducta del encausado bajo el tipo penal de colusión en calidad de cómplice. Si bien se observa que éste participó en la elaboración de una serie de documentos de significativa importancia en el proceso de selección, también lo es que no formó parte del proceso de selección, ni del Comité, ni ostentó alguna posición de autoridad. La figura del extraneus en el delito de Colusión se refiere a aquel particular que no tiene la condición especial de funcionario público con capacidad de contratar a nombre del Estado, pero que interviene en las tratativas, lo que no sucedió respecto del mencionado acusado, quien solo participó en los trámites del concurso, por ende su absolución se encuentra arreglada a ley»
(Ejecutoria Suprema del 12/5/ 2010, R.N Nº 702-2009-LIMA, Gaceta penal, Nº 31, Gaceta jurídica, Lima, enero 2012, p.200).
Esta decisión jurisprudencial de la Corte Suprema es especialmente ilustrativa para colocar las cosas en su sitio al momento de abordar jurídico penalmente los aportes de los cómplices en materia del delito de Colusión. No puede adquirir el papel de cómplice –primario o secundario- el funcionario, servidor público o particular que interviene en los trámites del concurso o proceso de selección. La ejecutoria suprema pareciera que estuviera premonitoriamente refiriéndose al caso de la Dra. Rosa Liliana Torres Castillo, quien conforme señala el Fiscal fue asesora del Alcalde y habría tenido la responsabilidad de redactar los proyectos de contrato, como corresponde conforme a derecho en una contratación. La situación jurídica de dicha abogada es, a mi entender y como lo entiende también la Corte Suprema, un caso absoluto de atipicidad merecedor de absolución, donde solo la falta de objetividad en analizar la calidad y naturaleza de los actos desplegados por la citada procesada o una confusa pérdida de razonabilidad puede llevar a otorgarle a los mismos relevancia penal.
Fidel S. Rojas Vargas
PROFESOR DE DERECHO PENAL EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS, PROFESOR DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA, EX PROFESOR DE DERECHO PENAL DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ, MIEMBRO DE LA COMISIÓN DE ALTO NIVEL QUE REDACTÓ EL CÓDIGO PROCESAL PENAL, MIEMBRO DE LA COMISIÓN REVISORA -CONGRESO DE LA REPÚBLICA- DEL CÓDIGO PENAL, INTEGRANTE DE LA COMISIÓN CONSULTIVA DEL MINISTRO DE JUSTICIA (2002-2004), EX ASESOR PENAL DE LA FISCAL DE LA NACIÓN Y MIEMBRO DE LA COMISIÓN ANTICRIMEN ORGANIZADO DEL MINISTERIO PÚBLICO, EX CONSULTOR DE LA COMISIÓN TRANSITORIA DEL PODER JUDICIAL, EX ASESOR EN DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL EN EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, AUTOR DE DIVERSAS PUBLICACIONES EN MATERIA PENAL Y PROCESAL PENAL
Sra. Montoya - Sr. Alvarado, Recuerden: DEMARCACIÓN TERRITORIAL SE DECIDIRÁ POR CONSULTA VECINAL
Desde hace varios años se venía especulando que la decisión final para definir si las Pampas de Concón pertenecen a Cañete o Chincha, se definiría por Consulta Vecinal, o como algunos llaman «Referéndum».
Lo que era una proyección o vaticinio será una realidad. Y es que recientemente, el gobierno del presidente Ollanta Humala ha emitido el Decreto Supremo Nº 063-2012-PCM, por el cual modifica el Reglamento de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial.
Este Decreto ya ubica la figura del REFERENDUM y/o CONSULTA VECINAL como iniciativa para que sea la propia población ubicada en determinado lugar, la que defina a qué jurisdicción pertenecen.
Señala el citado Decreto sobre la consulta vecinal: Se realiza a través del voto ciudadano. Es organizado y conducido por los organismos electorales. Se aplica en las acciones de demarcación territorial conforme a la normativa vigente y se desarrolla en áreas urbanas, tales como Lima Metropolitana u otras urbes importantes del país. Excepcionalmente, en el caso de áreas periurbanas y rurales se realizará según el grado de complejidad y/o conflictividad, determinado por el órgano técnico del Gobierno Regional o su similar para el caso de Lima Metropolitana, refrendado por la DNTDT de la Presidencia del Consejo de Ministros, en las siguientes acciones de demarcación y organización territorial: cambio de nombre de la capital de distrito/provincia; cambio de nombre de distritos y provincias; delimitaciones y/o re delimitaciones político – administrativas; creaciones distritales y provinciales: fusiones distritales y provinciales; anexiones territoriales y traslado de capital».
Esto quiere decir que debe ser el camino a seguir por nuestra parte si es que queremos definir de una vez por todas, nuestro problema limítrofe con la hermana provincia de Chincha, con quienes se mantiene un conflicto desde hace ya mas de 10 años, sin que nadie lo solucione.
Ahora la pelota está en cancha de nuestras autoridades locales y regionales. Por parte de la alcaldesa provincial de Cañete para que siga apoyando decididamente no solo a los pobladores del CP «Nuevo Ayacucho» sino también de los otros que se han asentado a lo largo de las pampas cañetanas de Concón.
Y de parte del presidente regional Javier Alvarado para que lidere el pedido del referéndum y ahí se zanje todo el problema.
Claro que esto tendrá sus consecuencias, ya que es de esperar que haya quienes se aprovechen de esta situación y pretendan ganar con esto, por lo que la presencia de las autoridades cañetanas debe ser más firme y –sobre todo- sincera.
De ahí que algunas malas autoridades chinchanas estén sembrando gente en «Nuevo Ayacucho» y sean quienes apoyen a los del sur en sus afiebradas intenciones de quedarse con lo ajeno, ya que reclaman que les pertenece hasta el margen derecho del río Cañete.
Se sabe que algunos regidores provinciales, han asegurado que propondrán en la mas reciente sesión de concejo que se convoque, a que el tema sea visto y fijar una posición firme. Inclusive uno es de la idea que de una vez por todas debe reformularse la Comisión de Límites que presidía el Crnl. Miguel Angel Zuloeta Marchan.
Por el bien de Cañete y su futuro se espera que las autoridades municipales y regionales se pongan las pilas en este caso, sino el pueblo los juzgará y condenará.
Modifican el Reglamento de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial
Según la Dirección Nacional Técnica de Demarcación y Organización Territorial de la PCM, el Perú se encuentra dividido en 1829 distritos y 194 provincias. De estos, el 79.8 por ciento de distritos y el 92 por ciento de las provincias no están debidamente delimitados y esto ocasiona problemas de pertenencia jurisdiccional que involucra a centros poblados, urbanizaciones, infraestructura y recursos naturales, entre otros.
Provincias y distritos se han visto envueltas por una serie de obstáculos de no poder delimitar sus territorios, pero esto se acabo.
Mediante Decreto Supremo Nº 063-2012.PCM, Modifican el Reglamento de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, publicado en el diario oficial El Peruano.
Según el considerando del Decreto Supremo, señala que, mediante Ley Nº 27796, se promulgó la Ley de Demarcación y Organización Territorial, con la finalidad de establecer las definiciones básicas, criterios técnicos lograr el saneamiento de límites, la organización racional del territorio de la República y los procedimientos para el tratamiento de la demarcación territorial, cuya competencia es exclusiva del Poder Ejecutivo, de conformidad con el numeral 7) del artículo 102º de la Constitución Política del Perú;
Que, a fin de facilitar y viabilizar las diferentes acciones en materia de demarcación y organización territorial, resulta necesario efectuar modificaciones al reglamento en lo que respecta al mecanismo de la consulta vecinal las condiciones para la inscripción de los vecinos, los plazos y el procedimiento de la misma; y.
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y modificatorias;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros:
DECRETA:
Artículo 1º.- Modificación del Artículo 4º literal q), Artículo 20º, 21º, 22º y 23º, e incorpora literal r) al Artículo 4º al Reglamento de la Ley Nº 27795, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM, los cuales quedan redactados de la siguiente manera:
Artículo 4º.- De las definiciones:
VECINOS.- Para efectos de la Ley y el presente Reglamento entiéndase por vecinos, a los ciudadanos peruanos o extranjeros, que cuenten por lo menos con dos (02) años de residencia de manera continua en el ámbito territorial de la misma circunscripción, así como a los ciudadanos que acrediten propiedad inmueble situada en el ámbito sujeto a alguna de las acciones de demarcación territorial.
AMBITO INVOLUCRADO.- Es el área que se determina en un espacio geográfico urbano, periurbano o rural, dotado de recursos humanos, económicos y/o naturales definido por el Órgano Técnico de Demarcación Territorial del Gobierno Regional o su similar para el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante el informe técnico respectivo, el cual es remitido a la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, para la determinación conjunta del mecanismo de consulta técnicamente adecuado.
REFERÉNDUM y/o CONSULTA VECINAL.- Se realiza a través del voto ciudadano. Es organizado y conducido por los organismos electorales. Se aplica en las acciones de demarcación territorial conforme a la normativa vigente y se desarrolla en áreas urbanas, tales como Lima Metropolitana u otras urbes importantes del país. Excepcionalmente, en el caso de áreas periurbanas y rurales se realizará según el grado de complejidad y/o conflictividad, determinado por el órgano técnico del Gobierno Regional o su similar para el caso de Lima Metropolitana, refrendado por la DNTDT de la Presidencia del Consejo de Ministros, en las siguientes acciones de demarcación y organización territorial: cambio de nombre de la capital de distrito/provincia; cambio de nombre de distritos y provincias; delimitaciones y/o re delimitaciones político – administrativas; creaciones distritales y provinciales: fusiones distritales y provinciales; anexiones territoriales y traslado de capital».
Asimismo, el Decreto Supremo, señala que las controversias que se generen durante el desarrollo de la consulta vecinal o como consecuencia de este proceso, serán resueltas en instancia definitiva por el Jurado Nacional de Elecciones.
El presente proceso se encuentra regulado por la Ley Nº 26859 (Ley Orgánica de Elecciones) en lo que resulte aplicable.
Finalmente, esta Modificatoria del Reglamento de la Ley Nº 27795, facilitara la consulta popular a distritos y provincias que cuenten con una buena gestión municipal, donde el poblador tendrá que evaluar la modernidad del distrito y proyectos que se ejecutaran a futuro.
Lo que era una proyección o vaticinio será una realidad. Y es que recientemente, el gobierno del presidente Ollanta Humala ha emitido el Decreto Supremo Nº 063-2012-PCM, por el cual modifica el Reglamento de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial.
Este Decreto ya ubica la figura del REFERENDUM y/o CONSULTA VECINAL como iniciativa para que sea la propia población ubicada en determinado lugar, la que defina a qué jurisdicción pertenecen.
Señala el citado Decreto sobre la consulta vecinal: Se realiza a través del voto ciudadano. Es organizado y conducido por los organismos electorales. Se aplica en las acciones de demarcación territorial conforme a la normativa vigente y se desarrolla en áreas urbanas, tales como Lima Metropolitana u otras urbes importantes del país. Excepcionalmente, en el caso de áreas periurbanas y rurales se realizará según el grado de complejidad y/o conflictividad, determinado por el órgano técnico del Gobierno Regional o su similar para el caso de Lima Metropolitana, refrendado por la DNTDT de la Presidencia del Consejo de Ministros, en las siguientes acciones de demarcación y organización territorial: cambio de nombre de la capital de distrito/provincia; cambio de nombre de distritos y provincias; delimitaciones y/o re delimitaciones político – administrativas; creaciones distritales y provinciales: fusiones distritales y provinciales; anexiones territoriales y traslado de capital».
Esto quiere decir que debe ser el camino a seguir por nuestra parte si es que queremos definir de una vez por todas, nuestro problema limítrofe con la hermana provincia de Chincha, con quienes se mantiene un conflicto desde hace ya mas de 10 años, sin que nadie lo solucione.
Ahora la pelota está en cancha de nuestras autoridades locales y regionales. Por parte de la alcaldesa provincial de Cañete para que siga apoyando decididamente no solo a los pobladores del CP «Nuevo Ayacucho» sino también de los otros que se han asentado a lo largo de las pampas cañetanas de Concón.
Y de parte del presidente regional Javier Alvarado para que lidere el pedido del referéndum y ahí se zanje todo el problema.
Claro que esto tendrá sus consecuencias, ya que es de esperar que haya quienes se aprovechen de esta situación y pretendan ganar con esto, por lo que la presencia de las autoridades cañetanas debe ser más firme y –sobre todo- sincera.
De ahí que algunas malas autoridades chinchanas estén sembrando gente en «Nuevo Ayacucho» y sean quienes apoyen a los del sur en sus afiebradas intenciones de quedarse con lo ajeno, ya que reclaman que les pertenece hasta el margen derecho del río Cañete.
Se sabe que algunos regidores provinciales, han asegurado que propondrán en la mas reciente sesión de concejo que se convoque, a que el tema sea visto y fijar una posición firme. Inclusive uno es de la idea que de una vez por todas debe reformularse la Comisión de Límites que presidía el Crnl. Miguel Angel Zuloeta Marchan.
Por el bien de Cañete y su futuro se espera que las autoridades municipales y regionales se pongan las pilas en este caso, sino el pueblo los juzgará y condenará.
Modifican el Reglamento de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial
Según la Dirección Nacional Técnica de Demarcación y Organización Territorial de la PCM, el Perú se encuentra dividido en 1829 distritos y 194 provincias. De estos, el 79.8 por ciento de distritos y el 92 por ciento de las provincias no están debidamente delimitados y esto ocasiona problemas de pertenencia jurisdiccional que involucra a centros poblados, urbanizaciones, infraestructura y recursos naturales, entre otros.
Provincias y distritos se han visto envueltas por una serie de obstáculos de no poder delimitar sus territorios, pero esto se acabo.
Mediante Decreto Supremo Nº 063-2012.PCM, Modifican el Reglamento de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, publicado en el diario oficial El Peruano.
Según el considerando del Decreto Supremo, señala que, mediante Ley Nº 27796, se promulgó la Ley de Demarcación y Organización Territorial, con la finalidad de establecer las definiciones básicas, criterios técnicos lograr el saneamiento de límites, la organización racional del territorio de la República y los procedimientos para el tratamiento de la demarcación territorial, cuya competencia es exclusiva del Poder Ejecutivo, de conformidad con el numeral 7) del artículo 102º de la Constitución Política del Perú;
Que, a fin de facilitar y viabilizar las diferentes acciones en materia de demarcación y organización territorial, resulta necesario efectuar modificaciones al reglamento en lo que respecta al mecanismo de la consulta vecinal las condiciones para la inscripción de los vecinos, los plazos y el procedimiento de la misma; y.
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y modificatorias;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros:
DECRETA:
Artículo 1º.- Modificación del Artículo 4º literal q), Artículo 20º, 21º, 22º y 23º, e incorpora literal r) al Artículo 4º al Reglamento de la Ley Nº 27795, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM, los cuales quedan redactados de la siguiente manera:
Artículo 4º.- De las definiciones:
VECINOS.- Para efectos de la Ley y el presente Reglamento entiéndase por vecinos, a los ciudadanos peruanos o extranjeros, que cuenten por lo menos con dos (02) años de residencia de manera continua en el ámbito territorial de la misma circunscripción, así como a los ciudadanos que acrediten propiedad inmueble situada en el ámbito sujeto a alguna de las acciones de demarcación territorial.
AMBITO INVOLUCRADO.- Es el área que se determina en un espacio geográfico urbano, periurbano o rural, dotado de recursos humanos, económicos y/o naturales definido por el Órgano Técnico de Demarcación Territorial del Gobierno Regional o su similar para el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante el informe técnico respectivo, el cual es remitido a la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, para la determinación conjunta del mecanismo de consulta técnicamente adecuado.
REFERÉNDUM y/o CONSULTA VECINAL.- Se realiza a través del voto ciudadano. Es organizado y conducido por los organismos electorales. Se aplica en las acciones de demarcación territorial conforme a la normativa vigente y se desarrolla en áreas urbanas, tales como Lima Metropolitana u otras urbes importantes del país. Excepcionalmente, en el caso de áreas periurbanas y rurales se realizará según el grado de complejidad y/o conflictividad, determinado por el órgano técnico del Gobierno Regional o su similar para el caso de Lima Metropolitana, refrendado por la DNTDT de la Presidencia del Consejo de Ministros, en las siguientes acciones de demarcación y organización territorial: cambio de nombre de la capital de distrito/provincia; cambio de nombre de distritos y provincias; delimitaciones y/o re delimitaciones político – administrativas; creaciones distritales y provinciales: fusiones distritales y provinciales; anexiones territoriales y traslado de capital».
Asimismo, el Decreto Supremo, señala que las controversias que se generen durante el desarrollo de la consulta vecinal o como consecuencia de este proceso, serán resueltas en instancia definitiva por el Jurado Nacional de Elecciones.
El presente proceso se encuentra regulado por la Ley Nº 26859 (Ley Orgánica de Elecciones) en lo que resulte aplicable.
Finalmente, esta Modificatoria del Reglamento de la Ley Nº 27795, facilitara la consulta popular a distritos y provincias que cuenten con una buena gestión municipal, donde el poblador tendrá que evaluar la modernidad del distrito y proyectos que se ejecutaran a futuro.
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