35 AÑOS DE PRISION PARA OTRO VIOLADOR DE MENOR DE EDAD...
A 35 Años de Pena Privativa de Libertad Efectiva, y al pago de S/. 5.000.00 nuevos soles, por concepto de reparación civil, fue condenado Walter Justino Villalobos Valencia, por encontrársele culpable de la comisión del delito de violación de la libertad sexual, en agravio de una niña de menos de 10 años de edad.
La acusación en audiencia de juicio oral, fue fundamentada con pruebas como: la entrevista única en cámara gesell, la declaración de testigos, y exámenes de los peritos de la División Médico Legal II, pruebas presentadas por el fiscal provincial penal, Dr. Noe Máximo Cárdenas Ortiz, de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, quien logró que el Juzgado Penal Colegiado de Cañete dicte esta sentencia condenatoria.
Los hechos ocurrieron el 04 de Mayo del año 2010, en la institución educativa donde la menor estudiaba y el acusado trabajaba, día en que aprovechándose de la confianza que existía entre ambos, este sujeto con la promesa de darle una propina, le pidió a la niña que le espere en los servicios higiénicos, donde le realizó actos contra la libertad sexual, la denuncia la hizo la madre de la agraviada luego que esta le contase lo ocurrido. La Fiscalía viene logrando importantes condenas contra estos sujetos que desgracian la vida de inocentes menores de edad.
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POR UNANIMIDAD ELIGEN A ESTEBAN JESÚS AGAPITO RAMOS COMO PRESIDENTE DE «LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DE LA ZONA NORTE DE CAÑETE»
POR: MARCELINO ANTONIO AGAPITO MANCO
La mancomunidad es la unión, asociación de personas o cosas con el fin de obtener un logro común, como un agrupación libre, corporación, entidad legalmente constituida de municipios distritales o provinciales. Dentro del marco jurídico nacional, el nombre de «mancomunidad» ha sido duramente manoseado políticamente, pero en honor a la verdad muchos no existen legalmente y son parte del «empirismo político», los lideres deben tener una vision de estadistas como requisito para gobernar, deben ceder a pretensiones sectarias, personales, etc. en beneficio de un grupo homogéneo de pueblos, que unidos por lazos comunes como: idioma, terrenos, el compartir cuencas, corredores económicos, viales, turísticos, tradiciones y costumbres, busquen una mejor calidad de vida del conjunto de habitantes que representan, ejecutando acciones, convenios y proyectos principalmente entre las municipalidades.
REQUISITOS
Asimismo los alcaldes deben tener la licencia del consejo municipal para actuar con la titularidad y capacidad de decisión presupuestal, que se ha de aportar para que tenga sostenimiento en el tiempo, cumplir con la formalidad es una exigencia de la Ley N° 29029 y su modificatoria, Ley N° 29341. Luego de la suscripción del Acta de fundación por todos los alcaldes, debe ser ventilado en sesión de consejo ordinario y/o extraordinario para tomar conocimiento y enriquecer el documento y, luego transformarse en una ordenanza municipal que, de manera individual debe ser publicado por cada municipalidad. La(s) ordenanza(s) entre otros requisitos serán enviadas a la Presidencia de Consejo de Ministros (Dr. Juan Federico Jiménez Mayor) con atención a la Lic. Rosa Madeleine Florián Cedrón, Secretaria de Descentralización de la PCM, para solicitar la inscripción definitiva.
«TRES VALLES...
7 ALCALDES»
Aunque muchos lo nieguen, todo obedece a que históricamente la municipalidad provincial de Cañete olvidó a siete (07) pueblos del cono norte (Asia, Coayllo, Mala, Calango, San Antonio, Santa Cruz de Flores y Chilca) dándoles migajas y gobernado implícitamente, solo para nueve (09) distritos apostados en su basto territorio centrista (Cerro Azul, San Luis, San Vicente, Imperial, Quilmanà, Nuevo Imperial, Lunahuanà, Pacaràn y Zuñiga).
Lo peor es que corruptos alcaldes, regidores y funcionarios provinciales (salvo excepciones contados con los dedos de la mano) utilizaron el poder para vender los terrenos eriazos y ribereños al mar, donde obviamente, no se salvan algunos alcaldes locales que convalidaron con su silencio la vil traición de la que hoy sufre nuestra generación. Todo ello se dio desde el retorno a la democracia en 1980 hasta el gobierno provincial del 2006. Pero, si bien es cierto los sucesivos hasta la actualidad no vendieron, tampoco pudieron preservar otras riquezas o sacar provecho con equidad en tiempos de gran inversión privada, nunca visto, desde Chilca hasta Zúñiga, sea plantas termoeléctrica, gaseoductos, mineras, contrarrestar la sobreexplotación de la napa freática y agua de avenida en los ríos, acceso libre a las playas, etc. Lo más terrible es que, uno tras otra autoridad se esforzaron por vender y por otro lado dejar endeudado a la comuna cañetana.
GRANDES BENEFICIOS Y DESAFÍOS
Siendo la mancomunidad una entidad de derecho publico, tiene un enorme desafío por delante, aunque ustedes no lo crean, de concretarse oficialmente en pocos días «LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DE LA ZONA NORTE DE CAÑETE» será modelo y la primera en su historia en nuestra provincia.
Siempre se dice que para ganar primero hay que aportar (invertir) así los siete alcaldes acordaron dar una cuota extraordinaria y ordinaria mensual con las cantidades siguientes: Asia: S/. 6,500.00 y S/. 1,250.00, Coayllo: S/. 3,000.00 y S/. 750.00, Mala: S/. 8,000.00 y 1,700.00, Calango: S/. 3,000.00 y S/. 750.00, San Antonio: S/. 6,500.00 y S/. 1,500.00, y Chilca: S/.8,000.00 y S/. 2,000.00, y Santa Cruz de Flores: S/. 2,000.00 y S/. 800.00 respectivamente.
Cabe anotar que el dinero será depositado de acuerdo a la disposición legal en una cuenta corriente avalado por el MEF, quien monitorea su disponibilidad y transparencia.
ELEGIDOS POR UNANIMIDAD
Luego de una extensa explicación técnica-jurídica y debate, se llevó a cabo la elección señalándose que el cargo es por un año (no hay reelección) con la finalidad que el cargo del colegiado sea alternativo, de esta manera luego de reconocer el espíritu altruista, como gestor principal, que persistió tesoneramente para hacer realidad éste sueño, a propuesta del Alcalde de Coayllo, Lic. Jaime Vega Ortiz, por UNANIMIDAD, fue elegido Presidente de la MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DE LA ZONA NORTE DE CAÑETE, el Alcalde de SAN ANTONIO, Lic. ESTEBAN JESÚS AGAPITO RAMOS.
Asimismo, a propuesta del Alcalde de Mala, Sr. Víctor Hugo Carbajal Gonzales, se eligió en la VICE-PRESIDENCIA al Alcalde de SANTA CRUZ DE FLORES Dr. PEDRO RIEGA GUERRA, el gesto de los burgomaestres de Mala y Asia, ha sido bien recibido por la colectividad, pues muchas veces las autoridades de éstos pueblos emergentes en el comercio y mejor economía deseaban lo mismo, pero con el tenor de liderarlo, lo que al final desencadenaba en fracaso, por el falso protagonismo.
ESCRIBIENDO LA HISTORIA
Luego los Alcaldes pasarían a firmar el ACTA DE CONSTITUCIÓN (Fecha 18/09/12), que ha sorprendido a propios y extraños, por mostrar grandeza en ceder posiciones, algo poco visto en nuestra provincia, siendo objetivo, no podría dejar de publicar éste acto que, de consolidarse (se avanzó el 95%, lo más difícil) con la resolución de la PCM (Partida de Nacimiento) traerá enormes beneficios para realizar obras de envergadura mancomunada en estos pueblos, con dinero fresco del gobierno nacional, regional, provincial y otras entidades.
La ley es benigna cuando los pueblos se unen, muchos por desconocerla o fanatismo político, evitan que sus pueblos con tantos problemas comunes sigan postrados en su subdesarrollo.
Los Alcaldes que suscribieron el Acta son: por el distrito de Asia, Sr. José Arias Chumpitaz; por el distrito de Coayllo, Jaime Vega Ortiz; por el distrito de Mala, Víctor Hugo Carbajal Gonzales; por el distrito de Calango, Juan Huapaya Ávila; por el distrito de San Antonio, Esteban Jesús Agapito Ramos; por el distrito de Santa Cruz de Flores, Pedro Dagoberto Riega Guerra y finalmente por el distrito de Chilca, Alfredo Rosas Chauca Navarro.
Recalcar una vez más el desprendimiento de algunas autoridades en la búsqueda de un bienestar mayor.
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EMAPA CAÑETE S.A. RECIBE VISITA DE REPRESENTANTES DE LA KFW DE ALEMANIA Y EL MINISTERIO DE VIVIENDA
Con la finalidad de dar mayor viabilidad a las acciones a realizar dentro del Programa de Medidas de Rápido Impacto (PMRI), ayer, se recibió la visita de representantes de la KFW – Alemania y personal de la UCP – Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Las medidas o compromisos que EMAPA CAÑETE S.A. ha adoptado dentro del programa están relacionadas básicamente a la recategorización de usuarios, sectorización, repotenciación de pozos, ampliación de redes de agua potable y alcantarillado y micromedición.
Con el cumplimiento de estas medidas se mejorará el servicio de agua potable y alcantarillado que brinda EMAPA CAÑETE S.A., siendo los únicos beneficiados los usuarios.
REALIZAN INSTALACIÓN DE NUEVA BOMBA ELÉCTRICA EN EL DISTRITO DE MALA
De otro lado, con la finalidad de brindar un mejor servicio de agua potable a la población del distrito de Mala, la Gerencia General ha realizado la adquisición de una nueva bomba sumergible, la misma que será instalada en el Pozo N° 1 de dicho distrito.
Asimismo, se cambiará el árbol de descarga y el tablero eléctrico para un mejor funcionamiento.
Dichos trabajos serán realizados por la Empresa Valves S.A.C. y la instalación se realizará durante los días de hoy miércoles 19 y mañana jueves 20 de setiembre.
Debido a dichos trabajos, el servicio de abastecimiento del vital elemento sufrirá una baja en la presión de agua potable.
EMAPA CAÑETE S.A. a través de una note de prensa, pidió disculpas a la población por las molestias generadas por dichos trabajos, sin embargo les recordó que la adquisición de estos nuevos equipos mejorará considerablemente el servicio de agua potable en el sector.
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CONFIRMADO: CONSTRUCCIÓN CIVIL DE CERRO AZUL USA ARMAS DE FUEGO
Agredieron A Efectivos Policiales Durante La Intervención...
Los hechos sucedieron el día de ayer, martes 18 al promediar la 1 y 30 pm, cuando personal policial del Escuadrón De Emergencia de Cañete con apoyo del DOES, capturaron a 3 miembros del Sindicato de Construcción Civil de Cerro Azul, por los presuntos delitos de usurpación agravada, tenencia ilegal de armas de fuego, daños a la propiedad, agresión, violencia y resistencia a la autoridad.
La intervención se realizo en el sector denominado Playa Los Reyes a la altura del km. 129 de la Carretera Panamericana Sur en el distrito denominado, «puerto de los ensueños», Cerro Azul, en razón de que el empresario Jesús Bruno Yamacacho de 40 años de edad solicitaba el apoyo policial a la central de emergencia 105 - Cañete, porque un grupo de veinte 20 personas (varones) había irrumpido en su propiedad usurpando y efectuando daños materiales en su cerco perimétrico, efectuando disparos con sus armas de fuego.
La acción policial fue rápida y se intervino y detuvo a: Jhon Anthony Sánchez Huamani, (29), a quien se le efectuó el registro personal hallando en su poder dos armas de fuego, una marca «Baikal», con serie Nº BPN 0276 11 cal. 380 ACP abastecida con una cacerina con seis municiones cal. 9 mm. Marca federal auto, asimismo se le halló una segunda arma de fuego marca SW 357 de serie AVY 31 21 revolver de cañón largo abastecida con cuatro cartuchos cal. 38 marca S&B special.
Asimismo se intervino a las personas de Julián Carhuas Ortiz (43) Apurímac, casado, obrero, s/d/p/v y a la persona de Víctor Manuel Báez Gamboa (30) Chilca, conviviente, obrero, 5to. de secundaria, s/d/p/v, domiciliado en el CP Señor de los Milagros s/n Cerro Azul.
Los daños materiales fueron valorizados por el empresario en cuatro mil nuevos soles. Los intervenidos fueron conducidos y puestos a disposición de la DEPICAJ – Cañete, para las diligencias de ley.
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MUNICIPALIDAD DE CHILCA SE OPONE A LA INAGURACION DE MILLONARIA PLANTA DE GENERACION DE ENERGIA ELECTRICA
Con el mensaje: «Inauguramos la planta Generadora de Energía Eléctrica más grande del Perú» escrito en una elegantemente tarjeta, KALLPA GENERACION S.A., viene invitando a las autoridades de las más altas esferas del Gobierno Central, Regional y local, además de ciudadanos notables de Chilca y del país, a la inauguración de su planta.
Sin embargo, no dice que es la más grande empresa que se rehúsa a pagar sus tributos y contribuir con el desarrollo del distrito que los acogió como buenos vecinos.
A la fecha Kallpa Generación S.A. arrastra una deuda tributaria de Un Millón Doscientos Sesentitres Mil Quinientos Dieciocho Nuevos Soles, además de una multa de Un Millón Seiscientos Mil Nuevos Soles, que se niegan a pagar poniendo como referente las irrisorias liquidaciones tributarias y falta de fiscalización que generosamente le brindaban las gestiones anteriores.
La gravedad de esta «Inauguración» radica en que además de negarse a pagar los derechos y multas que corresponden a su municipio, NO HAN TRAMITADO la LICENCIA DE CONSTRUCCION, la CONFORMIDAD DE OBRA, ni mucho menos los CERTIFICADOS DE DEFENSA CIVIL y LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO para la planta que desean inaugurar, aduciendo que cuentan con las autorizaciones del Gobierno Central y sobre todo porque la generación eléctrica en el país está en crisis y ellos son parte de la solución.
Chilca es un pueblo milenario, de ancestrales agricultores, donde 2 de cada 10 personas poseen servicios de agua potable y desagüe; los servicios de alumbrado público son limitados; y donde más del 60% de la población carece de aseguramiento en servicios de salud.
Por esta razón y en salvaguarda del respeto a la institucionalidad municipal y la dignidad del ancestral pueblo de Chilca, el Alcalde Don Alfredo Chauca ha dispuesto usar los mecanismo legales para impedir la inauguración de la mencionada planta Termogeneradora, en tanto no cumplan con su deber tributario y sobre todo que cumplan con su compromiso de inclusión social, y si fuera necesario proceder a la demolición de la planta como señal del definitivo retiro de la empresa del distrito con el cual no desean contribuir.
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TERREMOTO EN PERÚ EL 21 DE SETIEMBRE...
¿SE CUMPLIRÁ PREDICCIÓN DE CIENTÍFICAS RUSAS...?
Llegó el mes de setiembre, recordemos que cientificas rusas han alertado que Perú será azotado por un megatsunami... segun ellas dieron la fecha, el 21 de setiembre ocurriría un terremoto seguido de un devastador tsunami.
Por otro lado, se dice que el sismo de 8.5 escala de Richter será entre costas de Ancón y Huaral, según el Cismid. Más del 30% de casas colapsarían en el Callao, San Juan de Lurigancho, Villa El Salvador, etc..
Si bien la ciencia señala que no se puede predecir sismos, la posibilidad de un gran terremoto de 8.5 en la escala de Richter frente a las costas limeñas es factible, según el Centro Peruano Japonés de Investigaciones Sísmicas y Mitigación de Desastres (Cismid).
«Los lugares con mayores probabilidades de que ocurra un sismo están frente a las costas de Lima, entre Ancón y Huaral», reveló el director del Cismid, Carlos Zavala Toledo. El experto comentó que para llegar a esa conclusión, sus estudios se han basado en información de los sismos ocurridos en la historia, frecuencia de ocurrencia, análisis probabilísticos, un modelo numérico, entre otros.
Es más, uno de los datos relevantes resalta «la poca liberación de energía sísmica» que se ha dado en las costas limeñas.
«Un sismo similar al de Chile no ocurre en Lima desde 1746. Es decir, son más de 260 años que hay energía acumulada y que no ha sido liberada», explicó, por su parte, el presidente del Instituto Geofísico del Perú (IGP), Hernando Tavera.
Agregó que por esta razón las probabilidades de un terremoto en la capital son muy altas y que los sismos ocurridos últimamente no representan gran liberación de energía.
PARA SOBREVIVIR
Ante esta situación las autoridades de Defensa Civil recomendaron a la ciudadanía alistar la denominada ‘mochila de supervivencia’, clave ante cualquier emergencia. ¿Pero qué contiene dicha mochila? Según informó INDECI, en ella se debe guardar agua, linternas, comida en lata, un pito, cuchilla multiuso, gel limpiador, botiquín y una manta polar.
«Todo esto debe estar complementado con una radio», agregó el representante de dicha institución, Marco Antonio Tantaleán. Precisó que la radio ayudará al ciudadano a estar informado, «a saber qué vías puede utilizar, qué zonas han sido más dañadas y dónde las autoridades concentrarán la ayuda».
Esta mochila ayudará a los ciudadanos durante las primeras horas tras el accidente. Tener una en casa podría marcar la diferencia entre morir o salir airoso del desastre.
MAS DE 630 MIL CORREN PELIGRO
Según un estudio elaborado por el Instituto de Investigación para el Desarrollo con auspicio de la ONU, hay más de 630 mil peruanos que serían directamente afectados por un terremoto.
La misma investigación señala que 8 nosocomios, entre ellos el Dos de Mayo, el Arzobispo Loayza, el José Sabogal y Daniel Alcides Carrión, colapsarían ante un terremoto.
Carlos Zavala, del Cismid, señaló que más del 30% de viviendas en Lima se perderían. Agregó que las zonas más afectadas serían Villa El Salvador, Callao, San Juan de Lurigancho y Chorrillos.
Por su parte, la Municipalidad de Lima invertirá 260 millones de soles en su Plan de Emergencia y Prevención de Desastres Naturales. Este incluye la creación de refugios temporales en los llamados parques zonales y obras para reforzar las zonas más vulnerables de la ciudad.
El Jefe Nacional de INDECI, Alfredo Murgueytio, reveló que actualmente el 70% de la población en el país participa de los simulacros. «Hace 3 años era solo el 40%».
Agregó que próximamente se aprobará un nuevo plan integral contra los desastres naturales que «indicará las responsabilidades en todos los niveles del Estado».
CIENTIFICAS RUSAS ALERTAN QUE PERU SERA AZOGADO POR UN MEGATSUNAMI...
Un terremoto de gran magnitud seguido de un devastador tsunami azotará al Perú el 21 de setiembre próximo, advirtieron dos científicas rusas que ya acertaron al pronosticar el fuerte movimiento telúrico que sacudió México el mes de marzo del presente año.
Victoria Popova y Lidia Andrianova aseguran que el reciente sismo de México antecede a otro terremoto, dentro de seis meses, en Perú, ‘con consecuencias catastróficas’, porque no sólo afectará América del Sur, sino también América Central y el Pacífico Sur. Además, el mega tsunami golpeará Nueva Zelanda, Australia, Filipinas, Nueva Guinea, Japón, México y Estados Unidos.
Por si fuera poco, afirman que este terremoto sería el primero de ‘tres precataclismos globales’ de fuerza descomunal, antes de otro más devastador.
Las tesis de ambas se basa en la investigación del efecto ‘Barkhausen’, que tiene que ver con una erupción solar que terminará con las telecomunicaciones y un masivo terremoto en el Pacífico.
Así, el primer cataclismo se produciría en el océano Pacífico, según el estudio de las científicas, cerca de la costa del Perú, en la intersección de la corriente de Humboldt y la corriente de El Niño.
Las científicas rusas también dicen que el tsunami podría incluso afectar a la costa noroccidental de Africa y las costas de Europa occidental.
En Perú, los daños serían inimaginables, pues se producirían miles de muertes y el colapso masivo de viviendas, debido a que ciudades como Lima y el Callao se encuentran asentadas en zonas inestables y las construcciones son muy antiguas y de material liviano, como las viejas casonas de quincha y adobe en Lima Cercado, Barrios Altos, Rímac, La Victoria y el Callao Cercado. El primer puerto sería castigado severamente por un tsunami con olas de hasta 10 metros de altura.
Este vaticinio se refuerza con la identificación de hasta tres zonas donde la Tierra temblará sin piedad: al noreste de Lima, en Ilo y en el mar frente a La Libertad y Lambayeque, donde se estaría almacenando energía que en cualquier momento podría liberarse ocasionando un cataclismo.
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CONGRESISTA AURELIA TAN ANUNCIA PARA HOY, LA PRESENCIA DE MINISTRA ANA JARA EN COMISIÓN DE LA MUJER Y FAMILIA
La participación de la mujer peruana en la vida política ha sido vital en estos últimos 50 años para el desarrollo del país, y en esta era global es necesario empoderar a las mujeres en todas las actividades productivas e instancias de poder en igualdad de oportunidades, afirmó la congresista Aurelia Tan de Inafuko (AF), presidenta de la Comisión de la Mujer y Familia, durante la inauguración de la exposición itinerante «Imagen y Memoria de los Derechos Cívicos de la Mujer», en la sala Luna Pizarro de Palacio Legislativo.
Aurelia Tan indicó que se debe revalorar el aporte de las mujeres que lucharon para instaurar el voto femenino de las mujeres, en 1955, durante el gobierno del general Manuel Odría. Mujeres como Mercedes Cabello de Carbonera, Matilde Pérez Palacio y María de las Mercedes Colina de Gotuzzo son ejemplo a seguir en la conquista de los derechos de las mujeres y el fortalecimiento de la democracia.
En este contexto, anunció que la Comisión de la Mujer cautelará el cumplimiento de la legislación favorable a la mujer, los niños, adolescentes y las personas de tercera edad, para el sostenimiento armónico de nuestra sociedad.
SESION
Seguidamente, anunció que el día de hoy, 19 del presente, el Grupo de Trabajo que preside sesionará con la presencia de la ministra de la Mujer, Ana Jara, quien informará sobre las políticas públicas y programas que desarrolla ese Sector, y el cumplimiento de las leyes para cautelar la tranquilidad de las familias y evitar la violencia en contra de las mujeres, niños y adolescentes.
Al conmemorarse el 7 de setiembre la histórica promulgación de la Ley 12391, que concedió el derecho a sufragio de las mujeres mayores de 21 años que sabían leer y escribir, las parlamentarias de distintas tiendas políticas se unieron este mediodía para resaltar el derecho cívico de las mujeres y aplaudir el esfuerzo por representar a la Patria en las diferentes instancias de poder.
La muestra fue organizada por la Mesa de Mujeres Parlamentarias, que preside la legisladora Ana María Solórzano, la Comisión de la Mujer y el Jurado Nacional de Elecciones, cuyo representante Baldomero Ayvar Carrasco, manifestó que la presencia femenina en los actos electorales se viene consolidando, por el empuje de las mujeres y la Ley de Cuotas de Género.
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EN ICA... SE SIGUE DESINFORMANDO SOBRE LO QUE SUCEDE EN «NUEVO AYACUCHO»
Desde «La Voz de Ica», se sigue desinformando a la población iqueña.
En dicho medio periodístico, la Consejera Regional por Chincha, Karen Rebatta Paredes, en forma enérgica denunció que Cañete con una serie de artimañas estaba «cañetizando» el Centro Poblado «Nuevo Ayacucho», por lo que demandó la intervención inmediata del Presidente Regional, Alfonso Navarro Cabanillas; cuando la verdad es todo lo contrario... Ica pretende tomar por la fuerza lo que a Cañete le corresponde por las leyes y la razón.
La mencionada Consejera Regional ha señalado que la Municipalidad de Cañete ha designado ilegalmente un Agente Municipal para «Nuevo Ayacucho», con sólo 105 firmas de los 400 habitantes que existen, quien estaba haciendo un negociado con los terrenos vendiéndolos en más de 500 dólares, cuando se trata de un área en litigio que está pendiente de solución en el Congreso de la República. Ni lo uno, ni lo otro... es un área que le corresponde a Cañete... y que ellos pretenden apropiarse.
Rebatta refirió que el Agente Municipal había creado un caos en ese Centro Poblado, ya que de la noche a la mañana llegan delincuentes contratados que desalojan por la fuerza a humildes pobladores, desarmándoles sus precarias viviendas. Indicó que los desadaptados con la venia del Agente Municipal están invadiendo los locales comunales, por lo que la población se encuentra desarticulada al no poder actuar colectivamente, debido a que los dirigentes se encuentran corridos o bajo amenaza. La Consejera sostuvo que era importante la intervención del Presidente Regional, a efecto que comunique lo que está pasando a las autoridades del Ejecutivo y al Congreso de la República para que se ponga freno al clima de violencia que se vive en «Nuevo Ayacucho», cuya población mañana estará de aniversario.
Lo cierto es que son un sector de pseudo dirigentes iqueños son los que viene negociando estos terrenos, y más bien los cañetanos estamos faltos de reacción.
PREPARAN TERRENO
Karen Rebatta dijo que no se trataba de hechos casuales y aislados, por lo que consideró que los cañetanos desde la Municipalidad se estaban organizado a futuro para tomar el control absoluto de «Nuevo Ayacucho» y que en una eventual consulta la población diga que quiere pertenecer a Cañete y no a Chincha.
Comentó que también le parecía extraño que la Municipalidad de Grocio Prado y de Chincha aún no se hayan pronunciado frente a todas las cosas que vienen pasando en ese centro poblado, cuyos moradores se encuentran prácticamente abandonados.
La Consejera Rebatta expuso este preocupante caso en la Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo Regional que ayer se desarrolló desde las 10:30 de la mañana y se prolongó hasta en horas de la noche.
SUEÑOS DE OPIO
Igualmente, los Consejeros Regionales demandaron que el Gerente Regional informe en qué situación se encuentra el trámite para que la Región Ica reclame como suya toda la zona de Pampa Melchorita, en Grocio Prado, donde se ubica «Nuevo Ayacucho». Un pedido que demuestra lo desubicada que se encuentra la consejera regional. Lo único que demuestra con estas actitudes es que debe volver al colegio a estudiar los cursos de antaño, Geografía específicamente para conocer los verdaderos límites de su región.
Por otra parte, señaló que «Si Alonso Navarro se hace el desentendido y no apoya como debe ser a nuestros hermanos de «Nuevo Ayacucho», vamos a pedir que José Luis Gereda, Javier Gómez Donayre, Gastón Medina Sotomayor y Francisco Massa Pardo reediten el domingo la histórica hazaña del 2004 cuando se constituyeron en Chincha para repeler a las fuerzas cañetanas (sin camiones ni millones), poniendo el pecho y declarando en los medios de comunicación para que no se ceda un centímetro de nuestro territorio.
Claro que en esa ocasión la peor parte la llevó el entonces regidor de Ica, Francisco Massa, quien fue denunciado penalmente por el delito Contra el Orden Público y casi sufre Mandato de Detención por el juez de Cañete que actuó totalmente parcializado a favor de la Región Lima.
Así trabajan los consejeros regionales iqueños vendiendo hechos que no suceden y que lo único que busca es cambiar la opinión pública a su favor.
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PRESIDENTE JAVIER ALVARADO SE COMPROMETIÓ EN BRINDAR APOYO PARA LA REALIZACIÓN DEL IV CENSO NACIONAL AGROPECUARIO 2012, EN LA REGIÓN LIMA
Con la masiva presencia de los representantes de las diversas instituciones públicas y autoridades de la región Lima, se instaló el Comité de Cooperación y Apoyo al IV Cenagro 2012 (Censo Nacional Agropecuario) convocado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y el Ministerio de Agricultura (Minag).
Este organismo es presidido por el titular del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales Del Valle e integrado por los Gerentes y Directores de la entidad regional; así como los representantes del INEI, SENASA, Agencia Agraria Huacho, Administración Local del Agua -Huacho Municipalidad Provincial de Huaura, Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, entre otras instituciones públicas.
Durante la sesión inaugural del flamante Comité de Cooperación y Apoyo al IV Cenagro, los integrantes se comprometieron en apoyar -desde sus instituciones- a que los funcionarios censales logren cumplir con la recopilación de información básica de los agricultores en el ámbito de la región Lima, desde el 15 de octubre al 15 de nombre, fecha que culmina ese proceso.
El presidente Javier Alvarado dijo que los datos facilitarán a los Gobiernos Regionales y al Estado ejecutar políticas públicas acorde a las necesidades de los agricultores. «Las informaciones que nuestros hermanos del agro brinden no les afectará con mayores impuestos, por eso pido que otorguen cifras reales sobre la extensión de sus tierras, modalidad de financiamiento para sembrar, cantidad de producción de su última campaña, entre otros datos», precisó.
Se conoció que el último Censo Nacional Agropecuario se realizó en el año 1994, por lo que el pasado 14 de octubre del 2011, el Gobierno Central declaró de interés y prioridad nacional la ejecución del IV Cenagro, la misma que se desarrollará con apoyo de las regiones.
Esta primera reunión contó con la participación de los Consejeros Regionales por la provincia de Cañete, Dra. Liliana Torres Castillo; por Huaral, Oswaldo Merino Espinal; por Oyón, Olmer Torres Albornoz y por Cajatambo, Anselmo Ventocilla Villarreal.
También estuvieron presentes los alcaldes de los centros poblados de Mediomundo y Santa Rosa, Víctor Chicchón y Jesús Torres, respectivamente.
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CONSEJERO REGIONAL MARCIAL PALOMINO PARTICIPÓ COMO PONENTE EN EL TALLER DE EDUCACIÓN VOCACIONAL EN CHILCA
En el mes de la Juventud, el consejero Regional por la Provincia de Huaura Ing. Marcial Palomino participó como ponente en el taller de educación vocacional realizado en la Municipalidad del Distrital de Chilca Provincia de Cañete
El evento se realizó el pasado viernes 14 del presente con el Objetivo de orientar a los estudiantes a elegir una carrera profesional acorde a su vocación.
El tema desarrollado por la autoridad Regional se denominó «Desarrollo Universitario» en donde resaltó las cualidades y aptitudes que tiene que encaminar un estudiante al elegir una carrera profesional.
Al auditorio asistieron gran cantidad de estudiantes de diversas I.E del Distrito. Los cuales se mostraron muy contentos ya que la Autoridad Regional facilitaba y orientaba con dedicación a conseguir su vocación y encaminarse a ser unos buenos líderes.
En su exposición Marcial Palomino destacó la importancia de determinar un estilo de vida abocado a las habilidades y destrezas de un estudiante para que de esa manera se le haga más fácil al elegir una carrera profesional.
«Es para mí mucha satisfacción realizar este tipo de charla ya que me siento muy contento de aportar algo para la ayuda de elegir una carrera profesional» mencionó
En dicho taller también se tocaron los temas de: «Identidad Cultura - Chilcana», «Formación de Valores» y «Violencia Juvenil».
Cabe resaltar la Presencia del Gobernador: Edilberto Mamani Mamani, del Alcalde del Distrito de Chilca Sr. Alfredo Chauca Navarro, también se contó con la presencia del Representante PNP Bernabé Jesús Vega, Sr. Evaristo Marcos Jara, demás autoridades ediles y población estudiantil.
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TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DE LAS UNIVERSIDADES INICIAN HUELGA INDEFINIDA ESTE 25 DE SETIEMBRE
En Asamblea de Delegados y Secretarios Generales de los trabajadores administrativos de las universidades públicas y privadas del Perú, realizada en la ciudad de Oxapampa el viernes 14 del presente, con participación del 90 % de los delegados, se aprobó el inicio de la Huelga Nacional Indefinida, a partir del martes 25 de setiembre.
La medida tiene como plataforma los siguientes puntos:
Solución al pliego de reclamos 2013. Nueva ley del servicio público que respete la estabilidad laboral y la vigencia de los derechos laborales y económicos adquiridos.
Nueva ley de remuneraciones y pensiones, incremento remunerativos ahora.
Promulgación del D.S. que autorice las transferencias presupuestales para la educación.
Promulgación del D.S. que autorice las transferencias presupuestales para la efectivizaciòn de los incentivos laborales-CAFAE. Tal como ya se promulgó el D.S. 177-2012-ef, que aprueba la escala de incentivos vía CAFAE del Ministerio del Ambiente.
Modificatoria y/o derogatoria del Artículo 10º, inciso F, de la LEY Nº 29849 que autoriza el despido arbitrario para compañeros CAS, que vienen gestionando la iniciativa legislativa conjuntamente con la CITE y la CGTP.
Aprobación del Pliego de Reclamos de la FENTUP, en materia laboral y económica.
El SUTAF de la Universidad José Faustino Sanchez Carrión de Huacho, se plegara a esta medida de lucha de la FENTUP.
19 septiembre 2012
EDICTOS
EDICTO
En el Expediente Nº 2012-670, el Sr. Juez encargado del Segundo Juzgado de Familia de Cañete, Dr. Oscar Ignacio Ortiz Valdiviezo, y la Secretaria Judicial Dra. Katherine Claudio Guevara, ha ordenado se publique la siguiente RESOLUCIÓN Nº 02 de fecha 31-07-2012, de los seguidos por MARLENE NATIVIDAD VARGAS CORREA contra SUCESIÓN de HELDER JESÚS ORMEÑO PALOMINO sobre RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, se ha dispuesto CORRER TRASLADO para que dentro del plazo especial de SESENTA DIAS, los posibles sucesores de HELDER JESUS ORMEÑO PALOMINO se apersonen al proceso bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Fdo. Dr. Ortiz Valdiviezo – Juez; Fdo. Sec. Dra. Claudio.
Cañete, 31 de Julio de 2012.
Dra. Katherine L. Claudio Guevara
Secretaria Judicial - Segundo Juzgado de Familia de Cañete
Publicar: 18, 19 y 20 de Setiembre.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
El Jefe del Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete, de acuerdo a lo establecido en la Ley 26497, Capítulo V, Sección Segunda, Artículo 73, manda publicar que con expediente Nº 4384-2012MDQ de fecha 18 de Marzo del presente año, que HUMILDAD AMERICA PORTUGUEZ DELGADO solicita la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de su sobrina registrada en la Municipalidad Distrital de Quilmaná en el sentido de CORREGIR la omisión de los apellidos del titular del acta debiendo decir INES BETTY SANCHEZ PORTUGUEZ, asimismo corregir la omisión del apellido materno del padre del titular del acta en donde debe decir ALEJANDRO SANCHEZ DE LA CRUZ y no como erróneamente se ha consignado en el libro Nº 13, folio 214-1952.
Quienes consideren que pueden salir perjudicados con la rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de ley, caso contrario se procederá a la inscripción según el Art. 68 de la Ley arriba indicada.
Quilmaná, 18 de Setiembre de 2012.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
AVISO DE PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE
Expediente Nº 0077-2007, en los seguidos por JORGE HUGO SOTO TANO, con URBANA LACHO CRISOSTOMO DE SOTO, sobre DIVISIÓN Y PARTICIÓN, por orden del Primer Juzgado Mixto – Sede Central de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carbajal, Secretario Judicial Percy Edwin García Paredes, REMATARE en Primer Convocatoria el siguiente bien inmueble Parcela 9 Unidad Catastral 10597 inscrita en la Partida Electrónica P03074250, con una extensión de cuatro hectáreas, ubicada en el sector Casa Pintada del distrito de Imperial, provincia de Cañete y departamento de Lima.
VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 84,000.00 (OCHENTA Y CUATRO MIL DOLARES AMERICANOS).
BASE DEL REMATE: US$ 56,000.00 (CINCUENTA Y SEIS MIL DOLARES AMERICANOS), que son las dos terceras partes de la tasación.
LUGAR, HORA Y FECHA DEL REMATE: Día 27 de Setiembre del 2012, a horas 10:30 a.m., en el local del Primer Juzgado Mixto – Sede Central ubicado en la Avenida Mariscal Benavides Nº 657 en San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán como garantía en efectivo o cheque de gerencia el 10% del valor de la tasación ascendente a US$ 8,400.00 Dólares Americanos, presentarán arancel judicial por S/. 360.00 Nuevos Soles, indicando Juzgado, número de Expediente y DNI. Los honorarios del Martillero Público serán cancelados por el Adjudicatario de acuerdo al artículo 18º del Decreto Supremo Nº 008-2005/JUS.
FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: ASDEL VEGA TIRADO – MARTILLERO PÚBLICO, MATRÍCULA nº 209.
Asdel Vega Tirado
Martillero Público
Matrícula Nº 209
Percy Edwin García Paredes
Secretario Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 12, 13, 14, 17, 18 y 19 de Setiembre del dos mil doce.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante mi Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña GABRIELA YSABEL VILLALOBOS ARIAS, identificado con DNI Nº 40762315, con Exp. Nº 8462-12 de fecha 12-09-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su Acta de Nacimiento, inscrito en el libro 079, folio Nº 396 del año 1980, por haberse consignado el prenombre del padre de la titular «GRAVIEL», debiendo ser el nombre correcto GABRIEL VILLALOBOS GARCIA.
De conformidad con lo establecido en la Directiva DI Nº 263-GRC/017 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 17 de Setiembre de 2012.
María I. Camacho Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante mi Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña FLOR ANGELICA VILLALOBOS ARIAS, identificada con DNI Nº 15443272, con Exp. Nº 8463-12 de fecha 12-09-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su Acta de Nacimiento, inscrito en el libro Nº 076, folio Nº 261 del año 1977, por haberse consignado el prenombre del padre de la titular «GRAVIEL», debiendo ser el nombre correcto GABRIEL VILLALOBOS GARCIA.
De conformidad con lo establecido en la Directiva DI Nº 263-GRC/017 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 17 de Setiembre de 2012.
María I. Camacho Arias
Dpto. Registro Civil
EDICTO
Que, por ante el Juzgado de Paz Letrado de mala, doña ROSA YLLESELA REYNA MARTINEZ, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, donde por error se ha consignado el nombre de su madre como PATRICIA en dicha acta; debiendo ser lo correcto: AUREA PATRICIA MARTINEZ BASURTO, quedando intacto los demás datos que contiene.
Firmado Juez Raúl Cuentas Lagos. Firmado Secretaria Judicial Paola Ramos Condori. Expediente 320-2012.
Lo que se publica para los fines legales pertinentes.
Paola Esmeralda Ramos Condori
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante mi Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña ROSA MARIA VILLALOBOS ARIAS, identificada con DNI Nº 22097061, con Exp. Nº 8464-12, de fecha 12-09-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su Acta de Nacimiento, inscrito en el libro Nº 068, folio Nº 266 del año 1970, por haberse consignado el prenombre del padre de la titular «GRAVIEL», debiendo ser el nombre correcto GABRIEL VILLALOBOS GARCIA. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI Nº 263-GRC/017 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada. Mala, 17 de Setiembre de 2012.
María I. Camacho Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante mi Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado don ROBERTO GABRIEL VILLALOBOS ARIAS, identificado con DNI Nº 15425832, con Exp. Nº 8465-12 de fecha 12-09-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su Acta de Nacimiento, inscrito en el libro Nº 071, folio Nº 283 del año 1972, por haberse consignado el prenombre del padre de la titular «GRAVIEL», debiendo ser el nombre correcto GABRIEL VILLALOBOS GARCIA. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI Nº 263-GRC/017 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 17 de Setiembre de 2012.
María I. Camacho Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE MATRIMONIO
Ante mi Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado don GABRIEL VILLALOBOS GARCIA, identificado con DNI Nº 15433775, con Exp. Nº 8465-12 de fecha 12-09-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su Acta de Matrimonio, inscrito en el libro Nº 019, folio Nº 051 del año 1968, por haberse consignado el prenombre del Contrayente en el margen izquierdo y cuerpo central de la Partida como GRAVIEL, debiendo ser lo correcto GABRIEL VILLALOBOS GARCIA. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI Nº 263-GRC/017 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 17 de Setiembre de 2012.
María I. Camacho Arias
Dpto. Registro Civil
EDICTO
Ante mí se ha presentado EDILBERTA JORGE VICENTE DE SANCHEZ, solicitando la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN de ALVINA VICENTE LEVANO, expedida por la Municipalidad Distrital de Lunahuaná – Cañete, en el siguiente extremo: Nombre dice: ALBINA VICENTE LEVANO, debe decir: ALVINA VICENTE LEVANO.
Lo que se notifica en cumplimiento de la Ley 26662.
Cañete, 14 de Setiembre de 2012.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario
EDICTO
Ante mí se ha presentado EDILBERTA JORGE VICENTE DE SANCHEZ, solicitando la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, expedida por la Municipalidad Distrital de Lunahuaná – Cañete, en el siguiente extremo: Nombre dice: ALVINA VICENTE, debe decir: ALVINA VICENTE LEVANO.
Lo que se notifica en cumplimiento de la Ley 26662.
Cañete, 14 de Setiembre de 2012.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario
EDICTO
Ante mí se ha presentado MARIA DOLORES SARMIENTO TADEO, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su padre PABLO SARMIENTO PASCUAL, fallecido el día 20 de Junio de 2012, a fin de que se declare como heredera universal a la solicitante. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la Ley 26662.
Cañete, 12 de Setiembre de 2012.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario
En el Expediente Nº 2012-670, el Sr. Juez encargado del Segundo Juzgado de Familia de Cañete, Dr. Oscar Ignacio Ortiz Valdiviezo, y la Secretaria Judicial Dra. Katherine Claudio Guevara, ha ordenado se publique la siguiente RESOLUCIÓN Nº 02 de fecha 31-07-2012, de los seguidos por MARLENE NATIVIDAD VARGAS CORREA contra SUCESIÓN de HELDER JESÚS ORMEÑO PALOMINO sobre RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, se ha dispuesto CORRER TRASLADO para que dentro del plazo especial de SESENTA DIAS, los posibles sucesores de HELDER JESUS ORMEÑO PALOMINO se apersonen al proceso bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Fdo. Dr. Ortiz Valdiviezo – Juez; Fdo. Sec. Dra. Claudio.
Cañete, 31 de Julio de 2012.
Dra. Katherine L. Claudio Guevara
Secretaria Judicial - Segundo Juzgado de Familia de Cañete
Publicar: 18, 19 y 20 de Setiembre.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
El Jefe del Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete, de acuerdo a lo establecido en la Ley 26497, Capítulo V, Sección Segunda, Artículo 73, manda publicar que con expediente Nº 4384-2012MDQ de fecha 18 de Marzo del presente año, que HUMILDAD AMERICA PORTUGUEZ DELGADO solicita la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de su sobrina registrada en la Municipalidad Distrital de Quilmaná en el sentido de CORREGIR la omisión de los apellidos del titular del acta debiendo decir INES BETTY SANCHEZ PORTUGUEZ, asimismo corregir la omisión del apellido materno del padre del titular del acta en donde debe decir ALEJANDRO SANCHEZ DE LA CRUZ y no como erróneamente se ha consignado en el libro Nº 13, folio 214-1952.
Quienes consideren que pueden salir perjudicados con la rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de ley, caso contrario se procederá a la inscripción según el Art. 68 de la Ley arriba indicada.
Quilmaná, 18 de Setiembre de 2012.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
AVISO DE PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE
Expediente Nº 0077-2007, en los seguidos por JORGE HUGO SOTO TANO, con URBANA LACHO CRISOSTOMO DE SOTO, sobre DIVISIÓN Y PARTICIÓN, por orden del Primer Juzgado Mixto – Sede Central de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carbajal, Secretario Judicial Percy Edwin García Paredes, REMATARE en Primer Convocatoria el siguiente bien inmueble Parcela 9 Unidad Catastral 10597 inscrita en la Partida Electrónica P03074250, con una extensión de cuatro hectáreas, ubicada en el sector Casa Pintada del distrito de Imperial, provincia de Cañete y departamento de Lima.
VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 84,000.00 (OCHENTA Y CUATRO MIL DOLARES AMERICANOS).
BASE DEL REMATE: US$ 56,000.00 (CINCUENTA Y SEIS MIL DOLARES AMERICANOS), que son las dos terceras partes de la tasación.
LUGAR, HORA Y FECHA DEL REMATE: Día 27 de Setiembre del 2012, a horas 10:30 a.m., en el local del Primer Juzgado Mixto – Sede Central ubicado en la Avenida Mariscal Benavides Nº 657 en San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán como garantía en efectivo o cheque de gerencia el 10% del valor de la tasación ascendente a US$ 8,400.00 Dólares Americanos, presentarán arancel judicial por S/. 360.00 Nuevos Soles, indicando Juzgado, número de Expediente y DNI. Los honorarios del Martillero Público serán cancelados por el Adjudicatario de acuerdo al artículo 18º del Decreto Supremo Nº 008-2005/JUS.
FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: ASDEL VEGA TIRADO – MARTILLERO PÚBLICO, MATRÍCULA nº 209.
Asdel Vega Tirado
Martillero Público
Matrícula Nº 209
Percy Edwin García Paredes
Secretario Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 12, 13, 14, 17, 18 y 19 de Setiembre del dos mil doce.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante mi Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña GABRIELA YSABEL VILLALOBOS ARIAS, identificado con DNI Nº 40762315, con Exp. Nº 8462-12 de fecha 12-09-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su Acta de Nacimiento, inscrito en el libro 079, folio Nº 396 del año 1980, por haberse consignado el prenombre del padre de la titular «GRAVIEL», debiendo ser el nombre correcto GABRIEL VILLALOBOS GARCIA.
De conformidad con lo establecido en la Directiva DI Nº 263-GRC/017 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 17 de Setiembre de 2012.
María I. Camacho Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante mi Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña FLOR ANGELICA VILLALOBOS ARIAS, identificada con DNI Nº 15443272, con Exp. Nº 8463-12 de fecha 12-09-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su Acta de Nacimiento, inscrito en el libro Nº 076, folio Nº 261 del año 1977, por haberse consignado el prenombre del padre de la titular «GRAVIEL», debiendo ser el nombre correcto GABRIEL VILLALOBOS GARCIA.
De conformidad con lo establecido en la Directiva DI Nº 263-GRC/017 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 17 de Setiembre de 2012.
María I. Camacho Arias
Dpto. Registro Civil
EDICTO
Que, por ante el Juzgado de Paz Letrado de mala, doña ROSA YLLESELA REYNA MARTINEZ, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, donde por error se ha consignado el nombre de su madre como PATRICIA en dicha acta; debiendo ser lo correcto: AUREA PATRICIA MARTINEZ BASURTO, quedando intacto los demás datos que contiene.
Firmado Juez Raúl Cuentas Lagos. Firmado Secretaria Judicial Paola Ramos Condori. Expediente 320-2012.
Lo que se publica para los fines legales pertinentes.
Paola Esmeralda Ramos Condori
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante mi Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña ROSA MARIA VILLALOBOS ARIAS, identificada con DNI Nº 22097061, con Exp. Nº 8464-12, de fecha 12-09-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su Acta de Nacimiento, inscrito en el libro Nº 068, folio Nº 266 del año 1970, por haberse consignado el prenombre del padre de la titular «GRAVIEL», debiendo ser el nombre correcto GABRIEL VILLALOBOS GARCIA. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI Nº 263-GRC/017 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada. Mala, 17 de Setiembre de 2012.
María I. Camacho Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante mi Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado don ROBERTO GABRIEL VILLALOBOS ARIAS, identificado con DNI Nº 15425832, con Exp. Nº 8465-12 de fecha 12-09-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su Acta de Nacimiento, inscrito en el libro Nº 071, folio Nº 283 del año 1972, por haberse consignado el prenombre del padre de la titular «GRAVIEL», debiendo ser el nombre correcto GABRIEL VILLALOBOS GARCIA. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI Nº 263-GRC/017 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 17 de Setiembre de 2012.
María I. Camacho Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE MATRIMONIO
Ante mi Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado don GABRIEL VILLALOBOS GARCIA, identificado con DNI Nº 15433775, con Exp. Nº 8465-12 de fecha 12-09-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su Acta de Matrimonio, inscrito en el libro Nº 019, folio Nº 051 del año 1968, por haberse consignado el prenombre del Contrayente en el margen izquierdo y cuerpo central de la Partida como GRAVIEL, debiendo ser lo correcto GABRIEL VILLALOBOS GARCIA. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI Nº 263-GRC/017 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 17 de Setiembre de 2012.
María I. Camacho Arias
Dpto. Registro Civil
EDICTO
Ante mí se ha presentado EDILBERTA JORGE VICENTE DE SANCHEZ, solicitando la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN de ALVINA VICENTE LEVANO, expedida por la Municipalidad Distrital de Lunahuaná – Cañete, en el siguiente extremo: Nombre dice: ALBINA VICENTE LEVANO, debe decir: ALVINA VICENTE LEVANO.
Lo que se notifica en cumplimiento de la Ley 26662.
Cañete, 14 de Setiembre de 2012.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario
EDICTO
Ante mí se ha presentado EDILBERTA JORGE VICENTE DE SANCHEZ, solicitando la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, expedida por la Municipalidad Distrital de Lunahuaná – Cañete, en el siguiente extremo: Nombre dice: ALVINA VICENTE, debe decir: ALVINA VICENTE LEVANO.
Lo que se notifica en cumplimiento de la Ley 26662.
Cañete, 14 de Setiembre de 2012.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario
EDICTO
Ante mí se ha presentado MARIA DOLORES SARMIENTO TADEO, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su padre PABLO SARMIENTO PASCUAL, fallecido el día 20 de Junio de 2012, a fin de que se declare como heredera universal a la solicitante. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la Ley 26662.
Cañete, 12 de Setiembre de 2012.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario
18 septiembre 2012
NOTAS DE ACTUALIDAD
PRIORIZAN TRABAJOS DE TECHADO DEL COLISEO TEODORO «LOLO» FERNÁNDEZ
Con una inversión de más de tres millones de soles el Gobierno Regional de Lima, a través de la Unidad Ejecutora Lima Sur, construye el techado del coliseo municipal Teodoro «Lolo» Fernández en San Vicente de Cañete.
En visita de inspección las autoridades regionales pudieron comprobar el avance de obra del 10% donde se edifican los cimientos de las vigas y columnas de anclaje en el que descansarán toda la infraestructura metálicas o cúpula del coliseo.
«El techado del coliseo cerrado, es una obra de gran importancia para la comunidad cañetana y sobre todo para los jóvenes para la práctica de los deportes, estamos trabajando los cimientos donde reposará la cúpula del techado metálico, calculamos que en tres meses aproximadamente culminará la obra», indicó el Ing. Genaro De Paz Moreno, Gerente de la Unidad Ejecutora Lima Sur.
En esta tarea de supervisión participaron la consejera regional Dra. Liliana Torres Castillo, el presidente de la Universidad del Callao sede Cañete CPC. Vicente Bielich Alva, el Gerente de la Unidad Ejecutora Lima Sur Ing. Genaro De Paz Moreno, el Ing. Juan De Mata Romaní Aguado residente de obra del Consorcio «Teodoro Fernández» y el Ing. Javier Mamani Padilla jefe de infraestructura de la Unidad Ejecutora Lima Sur.
Ante el avance de la obra y el peligro que podría originar la permanencia de los alumnos de la Universidad Nacional del Callao con sede en Cañete, que actualmente ocupan parte de las instalaciones del coliseo «Lolo Fernández», se estableció que los estudiantes pasen a las aulas recientemente construidas de la Casa de la Cultura, solo hasta culminar los trabajos del techado del coliseo.
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NOCHE DE LOS EMPRENDEDORES VOLVIÓ A REUNIR A EMPRESARIOS CAÑETANOS
Nuevamente los empresarios de Cañete recibieron motivadores mensajes sobre emprendimiento y enseñanzas prácticas para mejorar sus negocios en la conocida Noche de los emprendedores, evento enmarcado en la cuarta temporada del programa de radio Hagamos Negocio, auspiciado por PERU LNG.
El encuentro, llevado a cabo en la Plaza O’Higgins de San Vicente de Cañete, contó con la participación de Nano Guerra García, reconocido especialista en temas de motivación empresarial y líder del equipo de Somos Empresa, que produce el programa de radio Hagamos Negocio.
En La Noche de los Emprendedores, Guerra García ofreció alentadoras reflexiones sobre lo que significa ser emprendedor y cómo el emprendimiento, en todas sus formas, ha logrado cambiar la vida de muchas personas que han crecido y afrontado el futuro con una nueva visión personal y profesional.
Asimismo, brindó importantes consejos para que los cañetanos puedan implementar y fortalecer sus negocios, y presentó testimonios de éxito de emprendedores locales que lograron triunfar y a la vez contribuir con el desarrollo de su región.
Durante este evento, que se realiza en Cañete desde el año 2010, los asistentes también pudieron intercambiar experiencias y aprovecharon la ocasión para promocionar sus propios negocios.
Con la realización de este evento, PERU LNG ratifica su compromiso social con la población de Cañete, mediante la transmisión de mensajes optimistas que le permitan a la población aprender nuevas recetas empresariales y convertir a la región en una auténtica cuna de emprendedores.
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CON ÉXITO SE LLEVÓ A CABO LA «CAMPAÑA DE ATENCIÓN INTEGRAL EN SALUD MÓVIL», EN EL DISTRITO DE CATAHUASI
Con el propósito de ayudar a las familias que menos tiene y contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas, el Gobierno Regional de Lima, a través de la Red de Salud Cañete Yauyos, realizó los días 14 y 15 de Setiembre del año en curso, una importante Campaña de Atención Integral en Salud Móvil en el distrito de Catahuasi.
Gracias a esta importante jornada médica, se pudo realizar más de 1,481 atenciones, en las especialidades de medicina general, Pediatría, ginecología, oftalmología, odontología, obstetricia, psicología, enfermería, farmacia, laboratorio, Ecografía, entre otros.
El Director de la Red de Salud Cañete Yauyos, Dr. Wellinton Koo Venegas, destacó la política que se viene adoptando en la actual gestión regional de llevar salud a todos los lugares, asumiendo una labor preventiva, promoviendo conductas saludables y mecanismos de detección precoz de los males en la salud.
Asimismo, indicó que gracias a las diferentes campañas de salud integral y clínica móvil, se registra a la fecha 16,659 atenciones realizadas en las zonas costa y sierra que comprende la Red de salud Cañete - Yauyos.
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CAÑETE: I FESTIVAL MISTURA SAN ANTONIANO 2012
El distrito de San Antonio de Cañete, a solo 84 km al sur de Lima, prepara para este sábado 22 de setiembre el I Festival Mistura San Antoniano 2012 e invita al público en general a degustar de los variados platos típicos y criollos y a disfrutar de los show artísticos programados para este evento.
El certamen se realizará en la Plaza de la Identidad de San Antonio desde el mediodía donde se instalarán stand debidamente acondicionados para la venta de comida, postres y licores.
Asimismo se ha programado para el esparcimiento la presentación del Duo de Oro, la Bony Band, artistas de «Yo Soy», Manolo Rojas e Internacional Bahía que pondrán a bailar a todos los asistentes.
El distrito de San Antonio es uno de los dieciséis que conforman la provincia de Cañete, ubicada en la región Lima.
Entre sus atractivos turísticos se encuentran sus playas La Ensenada, León Dormido, Cerro La Virgen y la zona ecológica Pantanos de Puerto Viejo. Además la localidad tiene una variada producción de frutas, entre las que sobresalen las manzanas de la variedad Delicia.
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PROCURADURIA PUBLICA ANTICORRUPCION DE CAÑETE SE CONSTITUYE EN ACTOR CIVIL EN INVESTIGACION JUDICIAL A EX ALCALDE PACARANERO FREDY ALCANTARA YABAR...
El Juzgado de Investigación Preparatoria de Lunahuaná, el pasado 03 de Setiembre, aceptó constituir como actor civil a la Coordinadora Regional de la Procuraduría Pública Anticorrupción Descentralizada de Cañete, representada por el Dr. Romy García Donaires, en la investigación que se le viene siguiendo al ex Alcalde Hugo Fredy Alcántara Yábar y otros, por la Comisión del Delito contra la Administración Pública, bajo la modalidad de peculado, colusión, omisión y rehusamiento o demora de actos funcionales en agravio del estado y la Municipalidad Distrital de Pacarán. Sin embargo, el Juzgado en mención no aceptó la delegación de su participación en un tercero, porque el poder que ostenta Romy García Donaires no consignaba la facultad de delegar su representación.
EL CASO…
Se denuncia a Hugo Fredy Alcántara Yábar , Juan Ysmael Luyo Vicente, Jorge Eduardo Alcántara Campos, Juan Carlos Osorio Rojas y María Angela Crisóstomo Carrión, por la comisión de diversos delitos, los que pasamos a detallar.
En mérito al Informe Especial N° 001-2011-CEF-MDP, a cargo de la Comisión Especial de Fiscalización que se encargó de fiscalizar el período 2007 – 2010, se detectó diversas irregularidades como:
Haber destacado al profesor y regidor de la MDP, Juan Carlos Osorio Rojas al Consejo Educativo Municipal de Pacarán, a fin de que realice labores de Secretario Técnico desde el 08 de Enero hasta el 31 de Diciembre del 2010, trasgrediendo la Ley 27972, donde se señala que los regidores no pueden ejercer función ni cargos ejecutivos o administrativos sean estos de carrera o de confianza.
Por otro lado, se otorgó el pago de S/. 1,780 nuevos soles por concepto de háberes dejados de percibir del 01 de Enero al 08 de Mayo del 2007 a María Angela Crisóstomo Carrión, mediante Resolución de Alcaldía N° 105-2010-MDP, de fecha 03 de Setiembre de 2010, pese a que el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, mediante Resolución N° 22 de fecha 12 de Agosto del 2008, declara fundada la petición de reincorporación a la servidora a su centro de trabajos, e improcedente el pago de la remuneración dejada de percibir.
Se autorizó el pago efectivo al Tesorero Jorge Eduardo Alcántara Campos mediante diversas resoluciones, contraviniendo los artículos 38, 39 y 41 de la Directiva de Tesorería N° 011-2007-EF/77.15 en la cual se establece que se encuentra prohibido el uso de la modalidad de pagos en efectivo por conceptos distintos a los establecidos en la presente directiva, se exceptúa el pago de la planilla de trabajadores y por modalidad de encargo debidamente ejecutados.
Se realizaron pagos al Alcalde por concepto de Compensación por Tiempo de Servicios mediante comprobante de pago 777 de fecha 02 de Diciembre del 2010, por la suma de tres mil ciento setenta nuevos soles; asimismo asumiendo los pagos indebidamente efectuados a Osorio Rojas y a Crisóstomo Carrión, hace un total de S/. 49,490 nuevos soles, que tendría que rendir cuentas.
Se otorgó el pago por el importe de S/. 4,710 nuevos soles al Alcalde Fredy Alcántara Yábar por el concepto de vacaciones truncas, pago que se otorga cuando el trabajador ha cesado intempestivamente o ha fallecido haciendo imposible el disfrute de sus vacaciones; igualmente por concepto de viáticos por el valor de doce mil seiscientos cinco nuevos soles de los que no se realizó rendición de cuentas en forma debida.
Se encontró irregularidades en la contratación de servicios de recojo de basura y otros cuyos pagos consta en diversos comprobantes de pago, los que se giraron a nombre de Ernesto Acosta Necochea cónyuge de la sra. María Angélica Crisóstomo Carrión, Jefa de Abastecimiento, quien como encargada de Abastecimiento, le otorga la conformidad del servicio.
En cuanto a las obras realizadas en el período edil 2007 – 2010 como La Construcción del Canal San Marcos; el cerco perimétrico y tribuna del estadio de Romaní; el arreglo del colegio Romaní, la construcción de aulas en Romaní y otras obras, éstas no cuentan con liquidación de obras tanto técnicas y financieras.
Igualmente se encontró diversas irregularidades en la adquisición de materiales de construcción para la Loza Deportiva de Romaní por el importe de 20,986 nuevos soles, como fraccionamiento de la adquisición de los materiales, no existe constancia de proveedor habilitado, el proveedor no se encuentra en el Registro Nacional de Proveedores, etc., etc.
Ante todos estos presuntos delitos, la Procuraduría Pública Descentralizada de Cañete, además de solicitar penas severas a los involucrados, ha propuesto como reparación civil la suma de S/. 500,000 nuevos soles, que deberán pagar los imputados a favor del estado.
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BECA 18 SE MUESTRA COMO ALTERNATIVA PARA JOVENES IMPERIALINOS DE ESCASOS RECURSOS ECONÓMICOS
Los jóvenes imperialinos, entre hombres y mujeres, que debido a no contar con los recursos económicos necesarios para seguir estudios de nivel superior podrán ahora hacer realidad sus deseos postulando a una beca que otorga el Programa Nacional «Beca 18».
Para dar a conocer los alcances y beneficios del programa, arribó hasta el distrito de Imperial el Mayor EP JUAN CARLOS MANRIQUE NUÑEZ, Jefe de la Oficina de Educación del Ministerio de Defensa quien dictó una importante charla informativa.
Explicó que el estado peruano desarrolla un programa de becas para jóvenes con bajos recursos económicos y de buen rendimiento académico demostrado en sus estudios secundarios, los cuales podrán seguir una carrera técnica o universitaria.
Añadió que se espera lograr formar buenos profesionales los cuales deberán comprometerse a laborar en empresas públicas los primeros 3 años, donde deberán desarrollar su conocimiento aprendido en las instituciones educativas becadas.
PUEDEN ACCEDER
De otro lado fue preciso en señalar quiénes pueden acceder la Beca 18, siendo los siguientes:
Egresados de educación secundaria de instituciones educativas públicas.
Tener un alto rendimiento académico
Estar en condición de pobreza extrema o pobreza.
Priorización a jóvenes del ámbito rural y urbano marginal.
Jóvenes de las zonas de frontera, VRAE, comunidades nativas, afroperuanas y altoandinas.
QUE CUBRE BECA 18
Ante la pregunta de los asistentes a la charla que brindó en la plaza de armas del distrito de Imperial sobre lo que cubre la Beca detalló que es en lo siguiente:
Gastos administrativos relativos a la inscripción y matrícula.
Gastos académicos referidos a nivelación, pensión de estudios, idioma, y otros como seguro médico y seguro de vida.
Gastos de materiales de estudios.
Gastos de alimentación y transporte.
Gastos de alojamiento, únicamente para los becarios que residan en un lugar diferente al de su centro de estudios.
Gastos de titulación, mediante la cual se financiará los costos administrativos de obtención de bachiller y título profesional para el caso de pregrado, y de título profesional técnico para el caso de estudios en institutos, siempre y cuando se realicen dentro de los ocho (8) meses del egreso del becario.
Por parte del alcalde, Eddy del Mazo Tello, ha asumido el compromiso de poner todo lo que esté al alcance para que alguna oficina de dicho programa llegue a nuestra provincia, toda vez que hay muchos jóvenes interesados en acceder a este programa social.
Con una inversión de más de tres millones de soles el Gobierno Regional de Lima, a través de la Unidad Ejecutora Lima Sur, construye el techado del coliseo municipal Teodoro «Lolo» Fernández en San Vicente de Cañete.
En visita de inspección las autoridades regionales pudieron comprobar el avance de obra del 10% donde se edifican los cimientos de las vigas y columnas de anclaje en el que descansarán toda la infraestructura metálicas o cúpula del coliseo.
«El techado del coliseo cerrado, es una obra de gran importancia para la comunidad cañetana y sobre todo para los jóvenes para la práctica de los deportes, estamos trabajando los cimientos donde reposará la cúpula del techado metálico, calculamos que en tres meses aproximadamente culminará la obra», indicó el Ing. Genaro De Paz Moreno, Gerente de la Unidad Ejecutora Lima Sur.
En esta tarea de supervisión participaron la consejera regional Dra. Liliana Torres Castillo, el presidente de la Universidad del Callao sede Cañete CPC. Vicente Bielich Alva, el Gerente de la Unidad Ejecutora Lima Sur Ing. Genaro De Paz Moreno, el Ing. Juan De Mata Romaní Aguado residente de obra del Consorcio «Teodoro Fernández» y el Ing. Javier Mamani Padilla jefe de infraestructura de la Unidad Ejecutora Lima Sur.
Ante el avance de la obra y el peligro que podría originar la permanencia de los alumnos de la Universidad Nacional del Callao con sede en Cañete, que actualmente ocupan parte de las instalaciones del coliseo «Lolo Fernández», se estableció que los estudiantes pasen a las aulas recientemente construidas de la Casa de la Cultura, solo hasta culminar los trabajos del techado del coliseo.
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NOCHE DE LOS EMPRENDEDORES VOLVIÓ A REUNIR A EMPRESARIOS CAÑETANOS
Nuevamente los empresarios de Cañete recibieron motivadores mensajes sobre emprendimiento y enseñanzas prácticas para mejorar sus negocios en la conocida Noche de los emprendedores, evento enmarcado en la cuarta temporada del programa de radio Hagamos Negocio, auspiciado por PERU LNG.
El encuentro, llevado a cabo en la Plaza O’Higgins de San Vicente de Cañete, contó con la participación de Nano Guerra García, reconocido especialista en temas de motivación empresarial y líder del equipo de Somos Empresa, que produce el programa de radio Hagamos Negocio.
En La Noche de los Emprendedores, Guerra García ofreció alentadoras reflexiones sobre lo que significa ser emprendedor y cómo el emprendimiento, en todas sus formas, ha logrado cambiar la vida de muchas personas que han crecido y afrontado el futuro con una nueva visión personal y profesional.
Asimismo, brindó importantes consejos para que los cañetanos puedan implementar y fortalecer sus negocios, y presentó testimonios de éxito de emprendedores locales que lograron triunfar y a la vez contribuir con el desarrollo de su región.
Durante este evento, que se realiza en Cañete desde el año 2010, los asistentes también pudieron intercambiar experiencias y aprovecharon la ocasión para promocionar sus propios negocios.
Con la realización de este evento, PERU LNG ratifica su compromiso social con la población de Cañete, mediante la transmisión de mensajes optimistas que le permitan a la población aprender nuevas recetas empresariales y convertir a la región en una auténtica cuna de emprendedores.
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CON ÉXITO SE LLEVÓ A CABO LA «CAMPAÑA DE ATENCIÓN INTEGRAL EN SALUD MÓVIL», EN EL DISTRITO DE CATAHUASI
Con el propósito de ayudar a las familias que menos tiene y contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas, el Gobierno Regional de Lima, a través de la Red de Salud Cañete Yauyos, realizó los días 14 y 15 de Setiembre del año en curso, una importante Campaña de Atención Integral en Salud Móvil en el distrito de Catahuasi.
Gracias a esta importante jornada médica, se pudo realizar más de 1,481 atenciones, en las especialidades de medicina general, Pediatría, ginecología, oftalmología, odontología, obstetricia, psicología, enfermería, farmacia, laboratorio, Ecografía, entre otros.
El Director de la Red de Salud Cañete Yauyos, Dr. Wellinton Koo Venegas, destacó la política que se viene adoptando en la actual gestión regional de llevar salud a todos los lugares, asumiendo una labor preventiva, promoviendo conductas saludables y mecanismos de detección precoz de los males en la salud.
Asimismo, indicó que gracias a las diferentes campañas de salud integral y clínica móvil, se registra a la fecha 16,659 atenciones realizadas en las zonas costa y sierra que comprende la Red de salud Cañete - Yauyos.
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CAÑETE: I FESTIVAL MISTURA SAN ANTONIANO 2012
El distrito de San Antonio de Cañete, a solo 84 km al sur de Lima, prepara para este sábado 22 de setiembre el I Festival Mistura San Antoniano 2012 e invita al público en general a degustar de los variados platos típicos y criollos y a disfrutar de los show artísticos programados para este evento.
El certamen se realizará en la Plaza de la Identidad de San Antonio desde el mediodía donde se instalarán stand debidamente acondicionados para la venta de comida, postres y licores.
Asimismo se ha programado para el esparcimiento la presentación del Duo de Oro, la Bony Band, artistas de «Yo Soy», Manolo Rojas e Internacional Bahía que pondrán a bailar a todos los asistentes.
El distrito de San Antonio es uno de los dieciséis que conforman la provincia de Cañete, ubicada en la región Lima.
Entre sus atractivos turísticos se encuentran sus playas La Ensenada, León Dormido, Cerro La Virgen y la zona ecológica Pantanos de Puerto Viejo. Además la localidad tiene una variada producción de frutas, entre las que sobresalen las manzanas de la variedad Delicia.
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PROCURADURIA PUBLICA ANTICORRUPCION DE CAÑETE SE CONSTITUYE EN ACTOR CIVIL EN INVESTIGACION JUDICIAL A EX ALCALDE PACARANERO FREDY ALCANTARA YABAR...
El Juzgado de Investigación Preparatoria de Lunahuaná, el pasado 03 de Setiembre, aceptó constituir como actor civil a la Coordinadora Regional de la Procuraduría Pública Anticorrupción Descentralizada de Cañete, representada por el Dr. Romy García Donaires, en la investigación que se le viene siguiendo al ex Alcalde Hugo Fredy Alcántara Yábar y otros, por la Comisión del Delito contra la Administración Pública, bajo la modalidad de peculado, colusión, omisión y rehusamiento o demora de actos funcionales en agravio del estado y la Municipalidad Distrital de Pacarán. Sin embargo, el Juzgado en mención no aceptó la delegación de su participación en un tercero, porque el poder que ostenta Romy García Donaires no consignaba la facultad de delegar su representación.
EL CASO…
Se denuncia a Hugo Fredy Alcántara Yábar , Juan Ysmael Luyo Vicente, Jorge Eduardo Alcántara Campos, Juan Carlos Osorio Rojas y María Angela Crisóstomo Carrión, por la comisión de diversos delitos, los que pasamos a detallar.
En mérito al Informe Especial N° 001-2011-CEF-MDP, a cargo de la Comisión Especial de Fiscalización que se encargó de fiscalizar el período 2007 – 2010, se detectó diversas irregularidades como:
Haber destacado al profesor y regidor de la MDP, Juan Carlos Osorio Rojas al Consejo Educativo Municipal de Pacarán, a fin de que realice labores de Secretario Técnico desde el 08 de Enero hasta el 31 de Diciembre del 2010, trasgrediendo la Ley 27972, donde se señala que los regidores no pueden ejercer función ni cargos ejecutivos o administrativos sean estos de carrera o de confianza.
Por otro lado, se otorgó el pago de S/. 1,780 nuevos soles por concepto de háberes dejados de percibir del 01 de Enero al 08 de Mayo del 2007 a María Angela Crisóstomo Carrión, mediante Resolución de Alcaldía N° 105-2010-MDP, de fecha 03 de Setiembre de 2010, pese a que el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, mediante Resolución N° 22 de fecha 12 de Agosto del 2008, declara fundada la petición de reincorporación a la servidora a su centro de trabajos, e improcedente el pago de la remuneración dejada de percibir.
Se autorizó el pago efectivo al Tesorero Jorge Eduardo Alcántara Campos mediante diversas resoluciones, contraviniendo los artículos 38, 39 y 41 de la Directiva de Tesorería N° 011-2007-EF/77.15 en la cual se establece que se encuentra prohibido el uso de la modalidad de pagos en efectivo por conceptos distintos a los establecidos en la presente directiva, se exceptúa el pago de la planilla de trabajadores y por modalidad de encargo debidamente ejecutados.
Se realizaron pagos al Alcalde por concepto de Compensación por Tiempo de Servicios mediante comprobante de pago 777 de fecha 02 de Diciembre del 2010, por la suma de tres mil ciento setenta nuevos soles; asimismo asumiendo los pagos indebidamente efectuados a Osorio Rojas y a Crisóstomo Carrión, hace un total de S/. 49,490 nuevos soles, que tendría que rendir cuentas.
Se otorgó el pago por el importe de S/. 4,710 nuevos soles al Alcalde Fredy Alcántara Yábar por el concepto de vacaciones truncas, pago que se otorga cuando el trabajador ha cesado intempestivamente o ha fallecido haciendo imposible el disfrute de sus vacaciones; igualmente por concepto de viáticos por el valor de doce mil seiscientos cinco nuevos soles de los que no se realizó rendición de cuentas en forma debida.
Se encontró irregularidades en la contratación de servicios de recojo de basura y otros cuyos pagos consta en diversos comprobantes de pago, los que se giraron a nombre de Ernesto Acosta Necochea cónyuge de la sra. María Angélica Crisóstomo Carrión, Jefa de Abastecimiento, quien como encargada de Abastecimiento, le otorga la conformidad del servicio.
En cuanto a las obras realizadas en el período edil 2007 – 2010 como La Construcción del Canal San Marcos; el cerco perimétrico y tribuna del estadio de Romaní; el arreglo del colegio Romaní, la construcción de aulas en Romaní y otras obras, éstas no cuentan con liquidación de obras tanto técnicas y financieras.
Igualmente se encontró diversas irregularidades en la adquisición de materiales de construcción para la Loza Deportiva de Romaní por el importe de 20,986 nuevos soles, como fraccionamiento de la adquisición de los materiales, no existe constancia de proveedor habilitado, el proveedor no se encuentra en el Registro Nacional de Proveedores, etc., etc.
Ante todos estos presuntos delitos, la Procuraduría Pública Descentralizada de Cañete, además de solicitar penas severas a los involucrados, ha propuesto como reparación civil la suma de S/. 500,000 nuevos soles, que deberán pagar los imputados a favor del estado.
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BECA 18 SE MUESTRA COMO ALTERNATIVA PARA JOVENES IMPERIALINOS DE ESCASOS RECURSOS ECONÓMICOS
Los jóvenes imperialinos, entre hombres y mujeres, que debido a no contar con los recursos económicos necesarios para seguir estudios de nivel superior podrán ahora hacer realidad sus deseos postulando a una beca que otorga el Programa Nacional «Beca 18».
Para dar a conocer los alcances y beneficios del programa, arribó hasta el distrito de Imperial el Mayor EP JUAN CARLOS MANRIQUE NUÑEZ, Jefe de la Oficina de Educación del Ministerio de Defensa quien dictó una importante charla informativa.
Explicó que el estado peruano desarrolla un programa de becas para jóvenes con bajos recursos económicos y de buen rendimiento académico demostrado en sus estudios secundarios, los cuales podrán seguir una carrera técnica o universitaria.
Añadió que se espera lograr formar buenos profesionales los cuales deberán comprometerse a laborar en empresas públicas los primeros 3 años, donde deberán desarrollar su conocimiento aprendido en las instituciones educativas becadas.
PUEDEN ACCEDER
De otro lado fue preciso en señalar quiénes pueden acceder la Beca 18, siendo los siguientes:
Egresados de educación secundaria de instituciones educativas públicas.
Tener un alto rendimiento académico
Estar en condición de pobreza extrema o pobreza.
Priorización a jóvenes del ámbito rural y urbano marginal.
Jóvenes de las zonas de frontera, VRAE, comunidades nativas, afroperuanas y altoandinas.
QUE CUBRE BECA 18
Ante la pregunta de los asistentes a la charla que brindó en la plaza de armas del distrito de Imperial sobre lo que cubre la Beca detalló que es en lo siguiente:
Gastos administrativos relativos a la inscripción y matrícula.
Gastos académicos referidos a nivelación, pensión de estudios, idioma, y otros como seguro médico y seguro de vida.
Gastos de materiales de estudios.
Gastos de alimentación y transporte.
Gastos de alojamiento, únicamente para los becarios que residan en un lugar diferente al de su centro de estudios.
Gastos de titulación, mediante la cual se financiará los costos administrativos de obtención de bachiller y título profesional para el caso de pregrado, y de título profesional técnico para el caso de estudios en institutos, siempre y cuando se realicen dentro de los ocho (8) meses del egreso del becario.
Por parte del alcalde, Eddy del Mazo Tello, ha asumido el compromiso de poner todo lo que esté al alcance para que alguna oficina de dicho programa llegue a nuestra provincia, toda vez que hay muchos jóvenes interesados en acceder a este programa social.
EDICTOS
COMUNICADO
La Comisión de Regantes del Canal Viejo Imperial, invita a todos los usuarios hábiles, a la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA que se llevará a cabo el día Viernes 21 de Setiembre del 2012, lugar: Auditorio de la Comisión de Regantes Canal Viejo Imperial Av. Augusto B. Leguía s/n – Nuevo Imperial (Costado de la Comisaría).
1º Citación: 02:30 p.m.
AGENDA:
- Otorgamiento de poderes.
Si la sesión no se realiza en Primera Convocatoria por falta de quórum, se citará a Ud. con el mismo objeto a una Segunda Convocatoria, para el mismo día a horas 03:00 p.m.
Nuevo Imperial, Setiembre de 2012.
Elías Magallanes Reyna
Presidente
Publicar: 17 y 18 de Setiembre.
EMPRESA DE TAXI SAN JOSÉ SAC.
CONVOCATORIA
Se cita a todos los socios de la Empresa de Taxi SAC. a la Junta General Extraordinaria a llevarse a cabo el Domingo 23 de Setiembre en Jr. Hipólito Unuane 477 – San Vicente (casa del Sr. Paz).
1ra. Convocatoria: 3:00 p.m.
2da. Convocatoria: 5:00 p.m.
AGENDA:
- Informe del Presidente del Directorio
- Elección del Nuevo Directorio y Gerente General
Cañete, 18 de Setiembre de 2012.
Presidente del Directorio.
EDICTO
Exp. 0644-2011, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la Sra. Juez Dra. Estela Alejandrina Solano Alejos, Secretaria Judicial Victoria Lisbeth Mesías De La Cruz, se hace de conocimiento que doña LIDIA HONORIA LUYO CHUMBIAUCA, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su señor padre CEFERINO LUYO CAMPOS, fallecido el 25 de Julio del 1984, en el Hospital Unanue, distrito de El Agustino – Lima, y de su señora madre PAULA CHUMBIAUCA OROPESA, fallecida el día 11 de Junio del año 1968, en el distrito de Lunahuaná, provincia de Cañete, departamento de Lima. Se comunica a fin de que se apersonen quienes tengan derecho a heredar.
Cañete, 04 de Setiembre de 2012.
Victoria Lisbeth Mesías De la Cruz
Secretaria Judicial
Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, MIGUEL CELESTINO GARCIA GUTARRA, con DNI 15370563, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitor EULALIO HERMOGENES GARCIA FRANCIA, fallecido el 04 de Julio del 2012, teniendo como último domicilio en el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 12 de Setiembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, MANUEL AGUSTIN RODRIGUEZ CUADRA, con DNI 19040627, en representación de sus menores hijos ENZO MANUEL, RICARDO MANUEL y ARIANA RODRIGUEZ SANCHEZ, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de GIOVANNA JEANET SANCHEZ CAMPOS, fallecida el 11 de Julio del 2012, teniendo como último domicilio en el distrito de Nuevo Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 13 de Setiembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, JOSEFINA PEBES DE BRAVO, identificada con DNI 15353069, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su esposo JOSE MARIANO BRAVO HERNANDEZ, fallecido el 15 de Julio del 2003, teniendo como último domicilio en el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 13 de Setiembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ROSA EDDA CALAGUA PACHAS, con DNI 15421848, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su hijo JUSTO SANTIAGO PACHECO CALAGUA, fallecido el 26 de Octubre del 2011, teniendo como último domicilio en el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 13 de Setiembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, LEONARDO SULLA PORTILLO, con DNI 15372559, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitora MARIA PORTILLO QUIROGA, fallecida el 23 de Noviembre de 1995, teniendo como último domicilio en el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 10 de Setiembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
EDICTO
En el Expediente Nº 2012-670, el Sr. Juez encargado del Segundo Juzgado de Familia de Cañete, Dr. Oscar Ignacio Ortiz Valdiviezo, y la Secretaria Judicial Dra. Katherine Claudio Guevara, ha ordenado se publique la siguiente RESOLUCIÓN Nº 02 de fecha 31-07-2012, de los seguidos por MARLENE NATIVIDAD VARGAS CORREA contra SUCESIÓN de HELDER JESÚS ORMEÑO PALOMINO sobre RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, se ha dispuesto CORRER TRASLADO para que dentro del plazo especial de SESENTA DIAS, los posibles sucesores de HELDER JESUS ORMEÑO PALOMINO se apersonen al proceso bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Fdo. Dr. Ortiz Valdiviezo – Juez; Fdo. Sec. Dra. Claudio.
Cañete, 31 de Julio de 2012.
Dra. Katherine L. Claudio Guevara
Secretaria Judicial
Segundo Juzgado de Familia de Cañete
Publicar: 18, 19 y 20 de Setiembre.
AVISO DE PRIMERA
CONVOCATORIA A REMATE
Expediente Nº 0077-2007, en los seguidos por JORGE HUGO SOTO TANO, con URBANA LACHO CRISOSTOMO DE SOTO, sobre DIVISIÓN Y PARTICIÓN, por orden del Primer Juzgado Mixto – Sede Central de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carbajal, Secretario Judicial Percy Edwin García Paredes, REMATARE en Primer Convocatoria el siguiente bien inmueble Parcela 9 Unidad Catastral 10597 inscrita en la Partida Electrónica P03074250, con una extensión de cuatro hectáreas, ubicada en el sector Casa Pintada del distrito de Imperial, provincia de Cañete y departamento de Lima.
VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 84,000.00 (OCHENTA Y CUATRO MIL DOLARES AMERICANOS).
BASE DEL REMATE: US$ 56,000.00 (CINCUENTA Y SEIS MIL DOLARES AMERICANOS), que son las dos terceras partes de la tasación.
LUGAR, HORA Y FECHA DEL REMATE: Día 27 de Setiembre del 2012, a horas 10:30 a.m., en el local del Primer Juzgado Mixto – Sede Central ubicado en la Avenida Mariscal Benavides Nº 657 en San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán como garantía en efectivo o cheque de gerencia el 10% del valor de la tasación ascendente a US$ 8,400.00 Dólares Americanos, presentarán arancel judicial por S/. 360.00 Nuevos Soles, indicando Juzgado, número de Expediente y DNI. Los honorarios del Martillero Público serán cancelados por el Adjudicatario de acuerdo al artículo 18º del Decreto Supremo Nº 008-2005/JUS.
FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: ASDEL VEGA TIRADO – MARTILLERO PÚBLICO, MATRÍCULA nº 209.
Asdel Vega Tirado
Martillero Público
Matrícula Nº 209
Percy Edwin García Paredes
Secretario Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 12, 13, 14, 17, 18 y 19 de Setiembre del dos mil doce.
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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
DECRETO DE ALCALDIA Nº 04-2012-MPC
Cañete, 17 de Setiembre del 2012
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE:
VISTO:
El Informe Nº -2012-GTM-MPC de fecha 11 de setiembre del 2012 presentado por la Gerencia de Tributación Municipal, solicita que mediante Decreto de Alcaldía se amplíe el beneficio del pago de las multas tributarias, indicadas en el artículo 4° de la Ordenanza N° 030-2012-MPC, condonándose el 100%.
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 195 de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo;
Que, mediante Ordenanza N° 030-2012-MPC de fecha 29 de agosto del 2012, mediante el cual se otorgar el beneficio de regularización tributaria en la vía administrativa y coactiva, para el pago del Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, multas administrativas, multas tributarias, tasa de licencias de funcionamiento;
Que, el artículo 12° de la Ordenanza N° 030-2012-MPC, publicado el 08/09/2012, establece que, se faculte al Despacho de Alcaldía, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación del beneficio de la Ordenanza;
Que, el numeral 3, del artículo 4° de la mencionada Ordenanza, trata: DE LOS BENEFICIOS DE LAS DEUDAS GENERADAS POR MULTAS TRIBUTARIAS: Al respecto debe ampliarse el porcentaje, del beneficio concedido en el literal a) y b), de la siguiente manera: a)»Los contribuyentes que regularicen con la presentación de la Declaración Jurada de Impuesto Predial, transferencia de inmuebles, o la no declaración de ampliaciones (aumento de valor) y/o modificaciones realizadas en aquellas, de la misma forma respecto de las rectificaciones de datos mal consignados en las declaraciones juradas de autovaluo, se le condonará el 100% del monto de las multas tributarias, moras e intereses que hayan sido generados por estos conceptos»; b)»Los contribuyentes por concepto de Impuesto al Patrimonio Vehicular que regularicen la presentación de sus declaraciones juradas ya sea masiva, por transferencia de vehículos, inscripciones, bajas y/o actualización de datos consignados en las declaraciones juradas presentadas anteriormente, se les condonará el 100% del monto de las multas tributarias, moras e intereses que hayan sido generadas por este concepto».
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la AMPLIACIÓN de beneficio de condonación de multas tributarias, indicadas en el numeral 3 del Artículo 4° de la Ordenanza N° 030-2012-MPC, al 100%.
ARTÍCULO 2°.- Encargar a la Gerencia de Tributación Municipal, el cumplimiento de la presente disposición municipal, disponiendo las acciones que correspondan.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
LIC. MARIA M. MONTOYA CONDE
ALCALDESA
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«CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE»
AVISO IMPORTANTE
La Corte Superior de Justicia de Cañete, requiere alquilar un bien inmueble de las siguientes características:
Deberá tener como mínimo un área construida de 500 m2 , aproximadamente con 15 ambientes; debe ser de material noble, óptimo estado de conservación, ubicado en el Distrito de Mala, de fácil acceso al transporte público y estacionamiento.
Las propuestas deberán presentarse, en la Oficina de Logística, ubicada en la Av. Oscar R. Benavides N° 657, 3er Piso, Distrito de San Vicente de Cañete; de Lúnes a viernes en Horario de 8.30 a.m. 4.45 p.m.
San Vicente de Cañete, 07 de Setiembre del 2012.
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COLEGIO DE ABOGADOS DE CAÑETE
COMUNICADO
Se comunica a todos los Abogados que laboran en la provincia de Cañete, que por acuerdo de la Junta Nacional de Decanos de los Colegios de Abogados de Perú, se ha programado el Referéndum para evaluar a los Jueces y Fiscales desde el 24 de Setiembre hasta el 14 de Octubre del año 2012.
El Colegio de Abogados de Cañete, ha programado el día 28 de Setiembre, para llevar a cabo el Referéndum en la provincia de Cañete y la provincia de Yauyos, por lo cual se convoca a todos los Abogados a participar en esta evaluación de la conducta e idoneidad de los Magistrados.
Lugar: Colegio de Abogados de Cañete
Calle Túpac Amaru Nº 269 – Urb. Las Casuarinas – San Vicente
Día: 28 de Setiembre de 2012.
Hora: 9:00 a.m. a 4:00 p.m.
La Comisión de Regantes del Canal Viejo Imperial, invita a todos los usuarios hábiles, a la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA que se llevará a cabo el día Viernes 21 de Setiembre del 2012, lugar: Auditorio de la Comisión de Regantes Canal Viejo Imperial Av. Augusto B. Leguía s/n – Nuevo Imperial (Costado de la Comisaría).
1º Citación: 02:30 p.m.
AGENDA:
- Otorgamiento de poderes.
Si la sesión no se realiza en Primera Convocatoria por falta de quórum, se citará a Ud. con el mismo objeto a una Segunda Convocatoria, para el mismo día a horas 03:00 p.m.
Nuevo Imperial, Setiembre de 2012.
Elías Magallanes Reyna
Presidente
Publicar: 17 y 18 de Setiembre.
EMPRESA DE TAXI SAN JOSÉ SAC.
CONVOCATORIA
Se cita a todos los socios de la Empresa de Taxi SAC. a la Junta General Extraordinaria a llevarse a cabo el Domingo 23 de Setiembre en Jr. Hipólito Unuane 477 – San Vicente (casa del Sr. Paz).
1ra. Convocatoria: 3:00 p.m.
2da. Convocatoria: 5:00 p.m.
AGENDA:
- Informe del Presidente del Directorio
- Elección del Nuevo Directorio y Gerente General
Cañete, 18 de Setiembre de 2012.
Presidente del Directorio.
EDICTO
Exp. 0644-2011, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la Sra. Juez Dra. Estela Alejandrina Solano Alejos, Secretaria Judicial Victoria Lisbeth Mesías De La Cruz, se hace de conocimiento que doña LIDIA HONORIA LUYO CHUMBIAUCA, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su señor padre CEFERINO LUYO CAMPOS, fallecido el 25 de Julio del 1984, en el Hospital Unanue, distrito de El Agustino – Lima, y de su señora madre PAULA CHUMBIAUCA OROPESA, fallecida el día 11 de Junio del año 1968, en el distrito de Lunahuaná, provincia de Cañete, departamento de Lima. Se comunica a fin de que se apersonen quienes tengan derecho a heredar.
Cañete, 04 de Setiembre de 2012.
Victoria Lisbeth Mesías De la Cruz
Secretaria Judicial
Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, MIGUEL CELESTINO GARCIA GUTARRA, con DNI 15370563, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitor EULALIO HERMOGENES GARCIA FRANCIA, fallecido el 04 de Julio del 2012, teniendo como último domicilio en el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 12 de Setiembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, MANUEL AGUSTIN RODRIGUEZ CUADRA, con DNI 19040627, en representación de sus menores hijos ENZO MANUEL, RICARDO MANUEL y ARIANA RODRIGUEZ SANCHEZ, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de GIOVANNA JEANET SANCHEZ CAMPOS, fallecida el 11 de Julio del 2012, teniendo como último domicilio en el distrito de Nuevo Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 13 de Setiembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, JOSEFINA PEBES DE BRAVO, identificada con DNI 15353069, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su esposo JOSE MARIANO BRAVO HERNANDEZ, fallecido el 15 de Julio del 2003, teniendo como último domicilio en el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 13 de Setiembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ROSA EDDA CALAGUA PACHAS, con DNI 15421848, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su hijo JUSTO SANTIAGO PACHECO CALAGUA, fallecido el 26 de Octubre del 2011, teniendo como último domicilio en el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 13 de Setiembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, LEONARDO SULLA PORTILLO, con DNI 15372559, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitora MARIA PORTILLO QUIROGA, fallecida el 23 de Noviembre de 1995, teniendo como último domicilio en el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 10 de Setiembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
EDICTO
En el Expediente Nº 2012-670, el Sr. Juez encargado del Segundo Juzgado de Familia de Cañete, Dr. Oscar Ignacio Ortiz Valdiviezo, y la Secretaria Judicial Dra. Katherine Claudio Guevara, ha ordenado se publique la siguiente RESOLUCIÓN Nº 02 de fecha 31-07-2012, de los seguidos por MARLENE NATIVIDAD VARGAS CORREA contra SUCESIÓN de HELDER JESÚS ORMEÑO PALOMINO sobre RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, se ha dispuesto CORRER TRASLADO para que dentro del plazo especial de SESENTA DIAS, los posibles sucesores de HELDER JESUS ORMEÑO PALOMINO se apersonen al proceso bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Fdo. Dr. Ortiz Valdiviezo – Juez; Fdo. Sec. Dra. Claudio.
Cañete, 31 de Julio de 2012.
Dra. Katherine L. Claudio Guevara
Secretaria Judicial
Segundo Juzgado de Familia de Cañete
Publicar: 18, 19 y 20 de Setiembre.
AVISO DE PRIMERA
CONVOCATORIA A REMATE
Expediente Nº 0077-2007, en los seguidos por JORGE HUGO SOTO TANO, con URBANA LACHO CRISOSTOMO DE SOTO, sobre DIVISIÓN Y PARTICIÓN, por orden del Primer Juzgado Mixto – Sede Central de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carbajal, Secretario Judicial Percy Edwin García Paredes, REMATARE en Primer Convocatoria el siguiente bien inmueble Parcela 9 Unidad Catastral 10597 inscrita en la Partida Electrónica P03074250, con una extensión de cuatro hectáreas, ubicada en el sector Casa Pintada del distrito de Imperial, provincia de Cañete y departamento de Lima.
VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 84,000.00 (OCHENTA Y CUATRO MIL DOLARES AMERICANOS).
BASE DEL REMATE: US$ 56,000.00 (CINCUENTA Y SEIS MIL DOLARES AMERICANOS), que son las dos terceras partes de la tasación.
LUGAR, HORA Y FECHA DEL REMATE: Día 27 de Setiembre del 2012, a horas 10:30 a.m., en el local del Primer Juzgado Mixto – Sede Central ubicado en la Avenida Mariscal Benavides Nº 657 en San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán como garantía en efectivo o cheque de gerencia el 10% del valor de la tasación ascendente a US$ 8,400.00 Dólares Americanos, presentarán arancel judicial por S/. 360.00 Nuevos Soles, indicando Juzgado, número de Expediente y DNI. Los honorarios del Martillero Público serán cancelados por el Adjudicatario de acuerdo al artículo 18º del Decreto Supremo Nº 008-2005/JUS.
FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: ASDEL VEGA TIRADO – MARTILLERO PÚBLICO, MATRÍCULA nº 209.
Asdel Vega Tirado
Martillero Público
Matrícula Nº 209
Percy Edwin García Paredes
Secretario Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 12, 13, 14, 17, 18 y 19 de Setiembre del dos mil doce.
****
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
DECRETO DE ALCALDIA Nº 04-2012-MPC
Cañete, 17 de Setiembre del 2012
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE:
VISTO:
El Informe Nº -2012-GTM-MPC de fecha 11 de setiembre del 2012 presentado por la Gerencia de Tributación Municipal, solicita que mediante Decreto de Alcaldía se amplíe el beneficio del pago de las multas tributarias, indicadas en el artículo 4° de la Ordenanza N° 030-2012-MPC, condonándose el 100%.
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 195 de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo;
Que, mediante Ordenanza N° 030-2012-MPC de fecha 29 de agosto del 2012, mediante el cual se otorgar el beneficio de regularización tributaria en la vía administrativa y coactiva, para el pago del Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, multas administrativas, multas tributarias, tasa de licencias de funcionamiento;
Que, el artículo 12° de la Ordenanza N° 030-2012-MPC, publicado el 08/09/2012, establece que, se faculte al Despacho de Alcaldía, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación del beneficio de la Ordenanza;
Que, el numeral 3, del artículo 4° de la mencionada Ordenanza, trata: DE LOS BENEFICIOS DE LAS DEUDAS GENERADAS POR MULTAS TRIBUTARIAS: Al respecto debe ampliarse el porcentaje, del beneficio concedido en el literal a) y b), de la siguiente manera: a)»Los contribuyentes que regularicen con la presentación de la Declaración Jurada de Impuesto Predial, transferencia de inmuebles, o la no declaración de ampliaciones (aumento de valor) y/o modificaciones realizadas en aquellas, de la misma forma respecto de las rectificaciones de datos mal consignados en las declaraciones juradas de autovaluo, se le condonará el 100% del monto de las multas tributarias, moras e intereses que hayan sido generados por estos conceptos»; b)»Los contribuyentes por concepto de Impuesto al Patrimonio Vehicular que regularicen la presentación de sus declaraciones juradas ya sea masiva, por transferencia de vehículos, inscripciones, bajas y/o actualización de datos consignados en las declaraciones juradas presentadas anteriormente, se les condonará el 100% del monto de las multas tributarias, moras e intereses que hayan sido generadas por este concepto».
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la AMPLIACIÓN de beneficio de condonación de multas tributarias, indicadas en el numeral 3 del Artículo 4° de la Ordenanza N° 030-2012-MPC, al 100%.
ARTÍCULO 2°.- Encargar a la Gerencia de Tributación Municipal, el cumplimiento de la presente disposición municipal, disponiendo las acciones que correspondan.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
LIC. MARIA M. MONTOYA CONDE
ALCALDESA
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«CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE»
AVISO IMPORTANTE
La Corte Superior de Justicia de Cañete, requiere alquilar un bien inmueble de las siguientes características:
Deberá tener como mínimo un área construida de 500 m2 , aproximadamente con 15 ambientes; debe ser de material noble, óptimo estado de conservación, ubicado en el Distrito de Mala, de fácil acceso al transporte público y estacionamiento.
Las propuestas deberán presentarse, en la Oficina de Logística, ubicada en la Av. Oscar R. Benavides N° 657, 3er Piso, Distrito de San Vicente de Cañete; de Lúnes a viernes en Horario de 8.30 a.m. 4.45 p.m.
San Vicente de Cañete, 07 de Setiembre del 2012.
*****
COLEGIO DE ABOGADOS DE CAÑETE
COMUNICADO
Se comunica a todos los Abogados que laboran en la provincia de Cañete, que por acuerdo de la Junta Nacional de Decanos de los Colegios de Abogados de Perú, se ha programado el Referéndum para evaluar a los Jueces y Fiscales desde el 24 de Setiembre hasta el 14 de Octubre del año 2012.
El Colegio de Abogados de Cañete, ha programado el día 28 de Setiembre, para llevar a cabo el Referéndum en la provincia de Cañete y la provincia de Yauyos, por lo cual se convoca a todos los Abogados a participar en esta evaluación de la conducta e idoneidad de los Magistrados.
Lugar: Colegio de Abogados de Cañete
Calle Túpac Amaru Nº 269 – Urb. Las Casuarinas – San Vicente
Día: 28 de Setiembre de 2012.
Hora: 9:00 a.m. a 4:00 p.m.
BARTENDER MALEÑO DANIEL CUYA MANCO ES CREADOR DE LOS FAMOSOS COCKTAIL «MISTURA SOUR» Y «TRIUNFO PERUANO»
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco
DANIEL ARMANDO CUYA MANCO nació el 29 de julio de 1970 en el distrito de MALA – provincia de CAÑETE, hijo de don Aurelio Mercedes Cuya Francia y doña Carmen Rosa Manco Yaya de Cuya, es el segundo de 5 hermanos que lo conforman: Yanet Candelaria, Josè Carlos, Luis Alberto y Paul Martìn, realizó sus estudios en la Escuela Fiscal N° 21523 de «Mina Raùl» y secundaria en el Colegio «Dionisio Manco Campos» de Mala, promoción 1987.
ACCIDENTE LE CAMBIÓ LA VIDA
Su biografía está escrito con letras doradas, porque quienes lo conocemos damos crédito de su respeto, caballerosidad y amor al prójimo. Era el año 1995 cuando un accidente le cambió la vida, manejaba su motocicleta cuando un vehículo lo embistió haciéndole perder el equilibrio y poniendo en riesgo sus vida: « …recuerdo que por varios minutos nadie se acercaba a levantarme, el conductor con su vehículo fugaron del lugar, la gente miraba, decían pobrecito se va a morir, eran indolente, pero nadie actuaba o se atrevía a ayudarme hasta que fui auxiliado por un amigo (Alex Avila) un humilde soldador que sin miramientos me llevó al hospital, luego una gran amiga, la enfer-mera América Rueda utilizaría sus buenos oficios para trasladarme al «hospital Almenara» en Lima, estoy muy agradecido de ambos hasta el día de hoy, por su gran gesto de nobleza… aquel acontecimiento me sirvió para filosofar sobre la vida, sentí que volvía a nacer y podía hacer algo por el prójimo… cada vez que pasaba por la carretera y veía las consecuencias de accidentes, estaba seguro que mi destino estaba señalado, pero no sabia lo que venia más adelante… estoy agradecido de DIOS por hacerme salvado la vida».
SU DESTINO SERVIR EN LA CÌA DE BOMBEROS N° 111
Dos años más adelante se fundó la Cía de Bomberos Voluntarios del Perú »San Pedro de Mala» N° 111, dando oportunidad para que muchos jóvenes abracen el SERVICIO VOLUNTARIO, asì DANIEL CUYA MANCO ingresa como alumno regular en el 2008, luego de una etapa rigurosa se oficializa su servicio desde el año 2000, ha sido Segundo Jefe, Jefe de Administración, actualmente ostenta el grado de Teniente.
SUS AMORES
Hogareño, Daniel Cuya Manco tiene en su digna esposa Yanet Emiliana Espinoza Zevallos y sus hijos Víctor Daniel y Daniela del Cielo Cuya Espinoza, el imán, la fuente de inspiración y los amores de su vida que le dan paz y la energía para destacar en la vida. Daniel cuenta en sus memorias que conoció a su esposa allá por el año 1997 y como todo joven le prometió cumplir con la leyes de DIOS y de los hombres, es decir casarse, el sueño se hizo realidad en el año 200o; sin embargo en paralelo otros retos habían que enfrentar, pues su hermano Paúl Martín enfermó de salud y su padre le confesó que la situación económica no era de las mejores para enfrentar la actividad social y religiosa, que a la uzanza del pueblo maleño simpre eran «bien sonado» (Muy festivo). Así el esfuerzo familiar costeaba la comida, pero no la bebida (pisco y vino)
SU ENCUENTRO CON LAS BEBIDAS ESPIRITUOSAS
Su destino estaba señalado y el joven enamorado quería hacer realidad su sueño de agasajar a la familia e invitados como manda la tradición, se la ingenió y visito Santa Cruz de Flores donde tenia amistad con Juan Arias de la Bodega «San Andrès» ,le explicó su preocupación y éste le recomendó que vaya al mercado de frutas y compre uva y manzanas que él se encargaba de elaborar el pisco y la cidra, por lo tanto tendría «trago en cantidad». Refiere que el día del matrimonio sobró pisco y cidra, entonces surge una nueva iniciativa familiar y aprovecha la bondad de la casa de su suegra Marìa Zevallos de Espinoza (Bujama) donde un letrero rezaba que se vendía pisco y cidra por botellas, cuenta que en poco tiempo se consumió, los clientes pedían más y tuvo que repetir la experiencia, sumándose la adquisición en la Bodega «Claro» ambos en Santa Cruz de Flores – Cañete, esta practica lo realizó hasta el 2007.
Pisco Tabernero premiado en Bruselas como «CAMPEÓN MUNDIAL 2012... NACIMIENTO DEL BARTENDER
En el año 2004 el Jefe de la Cía de Bomberos »San Pedro de Mala» N° 111 le envia al Bulevar de Asia como Supervisor de Prevención de Desastres al mando de 15 hombres, ahí conoció a Santiago Queirolo, tenia como operador a Gerardo Balbuena (BARRA DE ASIA) a quienes le reconoce su apoyo y confianza, Daniel Cuya escaló muy rápido y aceptó la propuesta de cambiar su turno, es decir que en el día sirva a los bomberos y en la noche trabaje para la «Barra de Asia». Trabajó en QUEIROLO 5 años luego en el 2010 pasó a TABERNERO con el mismo operador y amigo Gerardo Balbuena, por dos años consecutivos viene participando en MISTURA, en el 2011 estuvo en »EL RINCÓN DEL PISCO» Y 2012 en »EL SALÓN DEL PISCO Y CAFÈ».
MARCA «MALA PERÚ»
Daniel Cuya Manco durante todos estos años ha venido creando nuevos COCKTAIL como el famoso «Majco Sour», que es un éxito en Bulevar de ASIA – CAÑETE; sin embargo éste año fue la consagración total de éste gran bartender, hijo genuino y orgullo de MALA, pues con ingenio, sabor y calidad ha creado el «MISTURA SOUR» un cocktail preparado con pulpa de mango, crema de coco, leche evaporada, jugo de naranja, pisco quebranta y hielo, pero lo espectacular sin lugar a dudas fue la aparición de »TRIUNFO PERUANO» que es una combinación de pisco quebranta, limón, jarabe de goma, crema berry, jugo de arándano que deviene de un fruto de EE.UU parecido a la cereza: «… la selección peruana había hecho dos estupendos partidos ante Venezuela y Argentina y la afición que visitaba MISTURA 2012 estaba muy contenta, se acercó un reportero del programa «Magaly TV» dialoga con nosotros y nos dice que otros reporteros vendrán a entrevistarnos, entonces en ese momento da vuelta mi cabeza y digo ahora que hago (…) ah voy a INVENTAR un cocktail que lo llamaré «TRIUNFO PERUANO» en homenaje al pundonor y coraje mostrado por estos bravos muchachos, efectivamente llegaron periodistas de CNN, RPP TV y cuando me preguntaban, sentí que todos compartían la satisfacción por el nombre, en los días siguientes me entrevistaron en Radio «La Exitosa» y otros medios de comunicación, no pensé que tuviera tanta trascendencia, pero lo que más me impactó fue que la gente hasta el termino del evento (ayer) hacían larga cola para tomarse una foto conmigo y un vaso de «triunfo peruano» es sensacional, creo que hoy los Maleños y todo el Perù deben sentirse orgullosos, porque todos podemos y debemos inventar algo, la gastronomía es una profesion y oficio hermoso, nos encuentra con nuestra cultura, genera identidad, me siento muy orgulooso de ser peruano…» afirmó con gran emoción.
Decir que un Maleño presentó los mejores cocteles en base al mejor pisco peruano, de Bodegas y Viñedos Tabernero, debemos recordar que »La Botija Pisco Italia 2011", de la bodega Tabernero obtuvo la «Gran Medalla de Oro», como el mejor pisco, en el Concurso mundial de Bruselas 2012, no es una exageración, más aun si MISTURA se ha convertido en la feria gastronómica más importante de América Latina. Entonces cuando escuchen que entre las bebidas más solicitadas en cualquier feria gastronómica se encuentren el «pisco sour», «Mistura sour» y «Triunfo Peruano» recuerden que el inventor fue un Maleño de «Pura Sepa».
Pero lo reseñado no es lo único Daniel Cuya Manco también ha creado el »Chilcano de Manzana» y «El Piscaso 20123 que fue un éxito utilizando algarrobina y otros «secretos», no olvidemos que hace varios años también trabajó en «DEDALO» una galería donde exponen más de 2000 artistas peruanos con obras de arte de todo tipo de material, ahí aprovechó en su momento para seguir un curso en CENFOTUR, aprendió a querer más a su patria y también para seguir preparando y desarrollando el DON que había despertado como un volcán en erupción.
TORTAS «MARY’ S»
Considerado la mejor empresa en el rubro de preparación de Tortas en toda la provincia de Cañete, TORTAS «MARY’ S» es el centro de trabajo de Daniel Cuya Manco ( Av. Panamericana Sur No 335 Interior 2 Mala – Cañete), ha hecho una dupla perfecta con la famosa repostera, doña Marìa Emilia Cuya Francia, ahora se sumó al arte, su hija Brenda Marìa de Los Ángeles Avila Cuya. Por supuesto que Daniel Cuya prepara los ya famosos cocktail mencionados, con la misma calidad y sencillez como lo hace regularmente con altos dignatarios, artistas, deportistas académicos nacionales y extranjeros, sea en el bulevar de Asia, en la Plaza de Acho, Mistura y en los diversos eventos donde es anfitrión, por lo tanto si está cerca vengan con toda la familia a disfrutarlo. ¡Felicitaciones!
DANIEL ARMANDO CUYA MANCO nació el 29 de julio de 1970 en el distrito de MALA – provincia de CAÑETE, hijo de don Aurelio Mercedes Cuya Francia y doña Carmen Rosa Manco Yaya de Cuya, es el segundo de 5 hermanos que lo conforman: Yanet Candelaria, Josè Carlos, Luis Alberto y Paul Martìn, realizó sus estudios en la Escuela Fiscal N° 21523 de «Mina Raùl» y secundaria en el Colegio «Dionisio Manco Campos» de Mala, promoción 1987.
ACCIDENTE LE CAMBIÓ LA VIDA
Su biografía está escrito con letras doradas, porque quienes lo conocemos damos crédito de su respeto, caballerosidad y amor al prójimo. Era el año 1995 cuando un accidente le cambió la vida, manejaba su motocicleta cuando un vehículo lo embistió haciéndole perder el equilibrio y poniendo en riesgo sus vida: « …recuerdo que por varios minutos nadie se acercaba a levantarme, el conductor con su vehículo fugaron del lugar, la gente miraba, decían pobrecito se va a morir, eran indolente, pero nadie actuaba o se atrevía a ayudarme hasta que fui auxiliado por un amigo (Alex Avila) un humilde soldador que sin miramientos me llevó al hospital, luego una gran amiga, la enfer-mera América Rueda utilizaría sus buenos oficios para trasladarme al «hospital Almenara» en Lima, estoy muy agradecido de ambos hasta el día de hoy, por su gran gesto de nobleza… aquel acontecimiento me sirvió para filosofar sobre la vida, sentí que volvía a nacer y podía hacer algo por el prójimo… cada vez que pasaba por la carretera y veía las consecuencias de accidentes, estaba seguro que mi destino estaba señalado, pero no sabia lo que venia más adelante… estoy agradecido de DIOS por hacerme salvado la vida».
SU DESTINO SERVIR EN LA CÌA DE BOMBEROS N° 111
Dos años más adelante se fundó la Cía de Bomberos Voluntarios del Perú »San Pedro de Mala» N° 111, dando oportunidad para que muchos jóvenes abracen el SERVICIO VOLUNTARIO, asì DANIEL CUYA MANCO ingresa como alumno regular en el 2008, luego de una etapa rigurosa se oficializa su servicio desde el año 2000, ha sido Segundo Jefe, Jefe de Administración, actualmente ostenta el grado de Teniente.
SUS AMORES
Hogareño, Daniel Cuya Manco tiene en su digna esposa Yanet Emiliana Espinoza Zevallos y sus hijos Víctor Daniel y Daniela del Cielo Cuya Espinoza, el imán, la fuente de inspiración y los amores de su vida que le dan paz y la energía para destacar en la vida. Daniel cuenta en sus memorias que conoció a su esposa allá por el año 1997 y como todo joven le prometió cumplir con la leyes de DIOS y de los hombres, es decir casarse, el sueño se hizo realidad en el año 200o; sin embargo en paralelo otros retos habían que enfrentar, pues su hermano Paúl Martín enfermó de salud y su padre le confesó que la situación económica no era de las mejores para enfrentar la actividad social y religiosa, que a la uzanza del pueblo maleño simpre eran «bien sonado» (Muy festivo). Así el esfuerzo familiar costeaba la comida, pero no la bebida (pisco y vino)
SU ENCUENTRO CON LAS BEBIDAS ESPIRITUOSAS
Su destino estaba señalado y el joven enamorado quería hacer realidad su sueño de agasajar a la familia e invitados como manda la tradición, se la ingenió y visito Santa Cruz de Flores donde tenia amistad con Juan Arias de la Bodega «San Andrès» ,le explicó su preocupación y éste le recomendó que vaya al mercado de frutas y compre uva y manzanas que él se encargaba de elaborar el pisco y la cidra, por lo tanto tendría «trago en cantidad». Refiere que el día del matrimonio sobró pisco y cidra, entonces surge una nueva iniciativa familiar y aprovecha la bondad de la casa de su suegra Marìa Zevallos de Espinoza (Bujama) donde un letrero rezaba que se vendía pisco y cidra por botellas, cuenta que en poco tiempo se consumió, los clientes pedían más y tuvo que repetir la experiencia, sumándose la adquisición en la Bodega «Claro» ambos en Santa Cruz de Flores – Cañete, esta practica lo realizó hasta el 2007.
Pisco Tabernero premiado en Bruselas como «CAMPEÓN MUNDIAL 2012... NACIMIENTO DEL BARTENDER
En el año 2004 el Jefe de la Cía de Bomberos »San Pedro de Mala» N° 111 le envia al Bulevar de Asia como Supervisor de Prevención de Desastres al mando de 15 hombres, ahí conoció a Santiago Queirolo, tenia como operador a Gerardo Balbuena (BARRA DE ASIA) a quienes le reconoce su apoyo y confianza, Daniel Cuya escaló muy rápido y aceptó la propuesta de cambiar su turno, es decir que en el día sirva a los bomberos y en la noche trabaje para la «Barra de Asia». Trabajó en QUEIROLO 5 años luego en el 2010 pasó a TABERNERO con el mismo operador y amigo Gerardo Balbuena, por dos años consecutivos viene participando en MISTURA, en el 2011 estuvo en »EL RINCÓN DEL PISCO» Y 2012 en »EL SALÓN DEL PISCO Y CAFÈ».
MARCA «MALA PERÚ»
Daniel Cuya Manco durante todos estos años ha venido creando nuevos COCKTAIL como el famoso «Majco Sour», que es un éxito en Bulevar de ASIA – CAÑETE; sin embargo éste año fue la consagración total de éste gran bartender, hijo genuino y orgullo de MALA, pues con ingenio, sabor y calidad ha creado el «MISTURA SOUR» un cocktail preparado con pulpa de mango, crema de coco, leche evaporada, jugo de naranja, pisco quebranta y hielo, pero lo espectacular sin lugar a dudas fue la aparición de »TRIUNFO PERUANO» que es una combinación de pisco quebranta, limón, jarabe de goma, crema berry, jugo de arándano que deviene de un fruto de EE.UU parecido a la cereza: «… la selección peruana había hecho dos estupendos partidos ante Venezuela y Argentina y la afición que visitaba MISTURA 2012 estaba muy contenta, se acercó un reportero del programa «Magaly TV» dialoga con nosotros y nos dice que otros reporteros vendrán a entrevistarnos, entonces en ese momento da vuelta mi cabeza y digo ahora que hago (…) ah voy a INVENTAR un cocktail que lo llamaré «TRIUNFO PERUANO» en homenaje al pundonor y coraje mostrado por estos bravos muchachos, efectivamente llegaron periodistas de CNN, RPP TV y cuando me preguntaban, sentí que todos compartían la satisfacción por el nombre, en los días siguientes me entrevistaron en Radio «La Exitosa» y otros medios de comunicación, no pensé que tuviera tanta trascendencia, pero lo que más me impactó fue que la gente hasta el termino del evento (ayer) hacían larga cola para tomarse una foto conmigo y un vaso de «triunfo peruano» es sensacional, creo que hoy los Maleños y todo el Perù deben sentirse orgullosos, porque todos podemos y debemos inventar algo, la gastronomía es una profesion y oficio hermoso, nos encuentra con nuestra cultura, genera identidad, me siento muy orgulooso de ser peruano…» afirmó con gran emoción.
Decir que un Maleño presentó los mejores cocteles en base al mejor pisco peruano, de Bodegas y Viñedos Tabernero, debemos recordar que »La Botija Pisco Italia 2011", de la bodega Tabernero obtuvo la «Gran Medalla de Oro», como el mejor pisco, en el Concurso mundial de Bruselas 2012, no es una exageración, más aun si MISTURA se ha convertido en la feria gastronómica más importante de América Latina. Entonces cuando escuchen que entre las bebidas más solicitadas en cualquier feria gastronómica se encuentren el «pisco sour», «Mistura sour» y «Triunfo Peruano» recuerden que el inventor fue un Maleño de «Pura Sepa».
Pero lo reseñado no es lo único Daniel Cuya Manco también ha creado el »Chilcano de Manzana» y «El Piscaso 20123 que fue un éxito utilizando algarrobina y otros «secretos», no olvidemos que hace varios años también trabajó en «DEDALO» una galería donde exponen más de 2000 artistas peruanos con obras de arte de todo tipo de material, ahí aprovechó en su momento para seguir un curso en CENFOTUR, aprendió a querer más a su patria y también para seguir preparando y desarrollando el DON que había despertado como un volcán en erupción.
TORTAS «MARY’ S»
Considerado la mejor empresa en el rubro de preparación de Tortas en toda la provincia de Cañete, TORTAS «MARY’ S» es el centro de trabajo de Daniel Cuya Manco ( Av. Panamericana Sur No 335 Interior 2 Mala – Cañete), ha hecho una dupla perfecta con la famosa repostera, doña Marìa Emilia Cuya Francia, ahora se sumó al arte, su hija Brenda Marìa de Los Ángeles Avila Cuya. Por supuesto que Daniel Cuya prepara los ya famosos cocktail mencionados, con la misma calidad y sencillez como lo hace regularmente con altos dignatarios, artistas, deportistas académicos nacionales y extranjeros, sea en el bulevar de Asia, en la Plaza de Acho, Mistura y en los diversos eventos donde es anfitrión, por lo tanto si está cerca vengan con toda la familia a disfrutarlo. ¡Felicitaciones!
17 septiembre 2012
ORDENANZAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 009-2012-MDSA
San Antonio, 04 de Agosto del 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo celebrada en la fecha.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por las Leyes de Reforma Constitucional, Nº 27680 y Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Gobiernos Locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa, la que ejerce a través de sus Ordenanzas con rango de Ley, de conformidad con el numeral 4) del artículo 200º de la referida Carta Magna;
Que, mediante Ordenanza Nº 010-2011-MDSA de fecha 12.AGO.2011, se aprobó la Nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad de San Antonio-Cañete, documento de gestión que a la fecha debido a la necesidad de la función administrativa requiere de su actualización acorde con las normas vigentes, en bien de la labor Administrativa Municipal y administrados;
Que, de acuerdo a lo establecido en el inc. 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; y el inc. 14 del Artículo 20 de la misma Ley acotada, establece que es atribución del señor Alcalde proponer los proyectos de reglamento interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos lo que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal;
Que, la propuesta de Nueva Estructura Orgánica presentada, cumple con las exigencias de la Administración Municipal de turno, siendo la misma parte integrante de los instrumentos de gestión, indispensables para la marcha administrativa municipal;
Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Asesora Legal, visto bueno de la Gerencia Municipal, y en uso a las facultades conferidas por los artículos 9º, 20º, y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa de aprobación del acta y con el voto unánime del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el nuevo Organigrama Estructural Funcional cual corresponde a un instrumento de gestión de la Municipalidad Distrital de San Antonio – Cañete, el mismo que forma parte anexa de la presente Ordenanza mediante 01 folio.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DEROGUESE la Ordenanza Nº 010-2011-MDSA, así como cualquier otra disposición que contravenga a la presente.
ARTÍCULO TERCERO.- Disponer que la Gerencia Municipal, proceda a la adecuación normativa e implementación sistemática progresiva con respecto a la nueva Estructura Orgánica aprobada.
ARTICULO CUARTO.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO MANDO:
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 010-2012-MDSA
San Antonio, 04 de Agosto del 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo celebrada en la fecha.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; marco normativo concordante con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680-Ley de Reforma Constitucional;
Que, las Ordenanzas Municipales son las normas de carácter general y de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;
Que, mediante Ordenanza Nº 0002-2008-MDSA de fecha 14.FEB.2008, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Antonio-Cañete, con vigencia a la fecha; el mismo que de acuerdo a la función Administrativa actual de la Institución Municipal, requiere de su modificación necesaria e imprescindible, de conformidad a la Estructura Orgánica;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es un instrumento técnico normativo de Gestión Institucional indispensable para la Administración Municipal, que determina la naturaleza, finalidad, objetivos, funciones generales, estructura General, atribuciones y relaciones de las Municipalidades; constituyendo una herramienta de significativa importancia para la Institución Municipal;
Que, de acuerdo a lo establecido en el inc. 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; y el inc. 14 del Artículo 20 de la misma Ley acotada, establece que es atribución del señor Alcalde proponer los proyectos de reglamento interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos lo que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal;
Que, la Asesoría Legal de la Municipalidad, mediante informe Nº 41-2012-AJ-MDSA emite su opinión favorable al proyecto de nuevo Reglamento de Organización y Funciones, por cuanto se aplica al nuevo Organigrama Estructural de la Municipalidad y de las innovaciones que en ello se presenta de acuerdo a la necesidad de funciones para la buena Administración Municipal; debiendo el mismo ser aprobado por Sesión de Concejo;
Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, y de conformidad a lo prescrito en el artículo 20º numerales 4) y 5), y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal por unanimidad aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
Artículo 1º.- Aprobar el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Antonio-Cañete, el mismo que forma como parte anexa de la presente, y que consta de 02 Títulos, 05 Capítulos, 154 Artículos, 01 Disposición Complementaria, 01 Disposición Transitoria y 04 Disposiciones Finales.
Artículo 2º.- Deróguese la Ordenanza Nº 002-2008-MDSA, así como cualquier otra disposición que contravenga a la presente.
Articulo 3º.- Dejar a cargo de la Gerencia Municipal y bajo responsabilidad, la debida diligencia de la presente Ordenanza, como su publicación para su puesta en vigencia.
Artículo 4º.- Queda facultado el señor Alcalde, en disponer mediante Decreto de Alcaldía cual cualquier disposición complementaria que haya lugar.
Artículo 5º.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO :
Mando: Se publique, registre y archive.
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 011-2012-MDSA
San Antonio, 04 de Agosto del 2012
El Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Antonio - Cañete
POR CUANTO:
VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo celebrada en la fecha.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; marco normativo concordante con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680-Ley de Reforma Constitucional;
Que, las Ordenanzas Municipales son las normas de carácter general y de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;
Que, mediante Ordenanza Nº 004-2007-MDSA de fecha 28.FEB.2007, se aprobó el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Municipalidad Distrital de San Antonio-Cañete, con vigencia a la fecha; el mismo que de acuerdo a la función Administrativa actual de la Institución Municipal, requiere de su modificación necesaria e imprescindible, de conformidad a la Estructura Orgánica;
Que, el Manual de Organización y Funciones (MOF) constituye un instrumento normativo y operativo indispensable de Gestión Municipal, cual proporciona a cada trabajador en forma real y objetiva su función principal y funciones especificas de acuerdo al orden jerárquico, siendo un documento de gestión de carácter dinámico para lograr las metas y resultados en bien de la Institución Municipal enmarcado dentro de su Misión y Visión basado en criterios normativos;
Que, de acuerdo a lo establecido en el inc. 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; y el inc. 14 del Artículo 20 de la misma Ley acotada, establece que es atribución del señor Alcalde proponer los proyectos de reglamento interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos lo que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal;
Que, la Asesoría Legal de la Municipalidad, mediante informe Nº 41-2012-AJ-MDSA emite su opinión favorable al proyecto de nuevo Manual de Organización y Funciones, por cuanto se aplica al nuevo Organigrama Estructural de la Municipalidad y de las innovaciones que en ello se presenta de acuerdo a la necesidad de funciones para la buena Administración Municipal; debiendo el mismo ser aprobado por Sesión de Concejo;
Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, y de conformidad a lo prescrito en el artículo 20º numerales 4) y 5), y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal por unanimidad aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
Artículo 1º.- Aprobar el Nuevo Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Municipalidad Distrital de San Antonio-Cañete, el mismo que forma como parte anexa de la presente, y que consta de 04 Títulos, 08 Capítulos, 01 Disposición Complementaria, 01 Disposición Transitoria y 04 Disposiciones Finales.
Artículo 2º.- Deróguese la Ordenanza Nº 004-2007-MDSA, así como cualquier otra disposición que contravenga a la presente.
Articulo 3º.- Dejar a cargo de la Gerencia Municipal y bajo responsabilidad, la debida diligencia de la presente Ordenanza, como su publicación para su puesta en vigencia.
Artículo 4º.- Queda facultado el señor Alcalde, en disponer mediante Decreto de Alcaldía cual cualquier disposición complementaria que haya lugar.
Artículo 5º.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO :
Mando: Se publique, registre y archive.
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 012-2012-MDSA
San Antonio, 10 de Setiembre del 2012
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; marco normativo concordante con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por las Leyes de Reforma Constitucional Nros. 27680 y 28607, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, mediante Ordenanza Nº 007-2012-MDSA de fecha 09.JUL.2012, se aprobó otorgar Amnistía Tributaria por deuda de Impuesto Predial y Arbitrios – Exoneración de Multa Administrativa por no inscripción y/o presentación de Declaración Jurada, la misma que venció el 29 de Agosto del año en curso;
Que, mediante Informe del Área de Rentas, se da a conocer que los contribuyentes que no pudieron acogerse a la Ordenanza Nº 007-2012-MDSA, vienen solicitando una nueva Amnistía Tributaria; debiéndose por lo tanto verse lo referente por Sesión de Concejo para otorgación de una segunda Amnistía;
Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Asesoría Legal, visto bueno de la Gerencia Municipal, y en uso a lo prescrito en el Artículo 9º Numeral 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la votación unánime del pleno del Concejo, y con la dispensa de la aprobación del acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE OTORGA LA II AMNISTIA TRIBUTARIA POR DEUDA DE IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS – EXONERACION DE MULTA ADMINISTRATIVA POR NO INSCRIPCION Y/O PRESENTACION DE DECLARACION JURADA
ARTÍCULO 1º.- OBJETIVO
El objetivo de la presente ordenanza es establecer un beneficio temporal para el pago de las deudas tributarias y arbitrios municipales, cuyo acreedor es la municipalidad.
ARTÍCULO 2°.- ALCANCES DEL BENEFICIO
Los contribuyentes que se acojan a la presente ordenanza gozarán del siguiente beneficio:
a) Condonación al 100% de las multas administrativas por no inscripción y/o presentar declaración jurada del impuesto predial dentro de los plazos establecidos.
b) Condonación al 100% de los intereses moratorios y/o reajustes generados por impuesto predial.
c) Exoneración del 50% de la deuda por arbitrios municipales.
ARTÍCULO 3°.- DEL BENEFICIO
Para ser beneficiario con la presente Ordenanza el contribuyente deberá cumplir con todos los alcances de acuerdo al artículo 2º; y no será aplicable para aquellos casos que se encuentre en proceso coactivo.
ARTÍCULO 4º.- PLAZO PARA ACOGERSE AL BENEFICIO
Los contribuyentes se podrán acoger a la presente Ordenanza desde el día 17 al 29 de Setiembre del 2012, vencido el plazo, la administración procederá a la cobranza de los arbitrios e Impuesto Predial, así como a la aplicación de las sanciones tributarias y adeudos reajustados a la fecha de pago.
ARTICULO 5º.- FACULTAD DEL DESPACHO DE ALCALDIA
Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
ARTICULO 6º.- FACULTAD DE LA OFICINA DE ADMINSTRACION TRIBUTARIA
Facúltese a la Oficina de Administración Tributaria dictar las medidas necesarias para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, en coordinación con las dependencias administrativas a fin de que garanticen su difusión y ejecución.
ARTICULO 7.- VIGENCIA
La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archivese.
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
ORDENANZA Nº 009-2012-MDSA
San Antonio, 04 de Agosto del 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo celebrada en la fecha.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por las Leyes de Reforma Constitucional, Nº 27680 y Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Gobiernos Locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa, la que ejerce a través de sus Ordenanzas con rango de Ley, de conformidad con el numeral 4) del artículo 200º de la referida Carta Magna;
Que, mediante Ordenanza Nº 010-2011-MDSA de fecha 12.AGO.2011, se aprobó la Nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad de San Antonio-Cañete, documento de gestión que a la fecha debido a la necesidad de la función administrativa requiere de su actualización acorde con las normas vigentes, en bien de la labor Administrativa Municipal y administrados;
Que, de acuerdo a lo establecido en el inc. 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; y el inc. 14 del Artículo 20 de la misma Ley acotada, establece que es atribución del señor Alcalde proponer los proyectos de reglamento interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos lo que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal;
Que, la propuesta de Nueva Estructura Orgánica presentada, cumple con las exigencias de la Administración Municipal de turno, siendo la misma parte integrante de los instrumentos de gestión, indispensables para la marcha administrativa municipal;
Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Asesora Legal, visto bueno de la Gerencia Municipal, y en uso a las facultades conferidas por los artículos 9º, 20º, y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa de aprobación del acta y con el voto unánime del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el nuevo Organigrama Estructural Funcional cual corresponde a un instrumento de gestión de la Municipalidad Distrital de San Antonio – Cañete, el mismo que forma parte anexa de la presente Ordenanza mediante 01 folio.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DEROGUESE la Ordenanza Nº 010-2011-MDSA, así como cualquier otra disposición que contravenga a la presente.
ARTÍCULO TERCERO.- Disponer que la Gerencia Municipal, proceda a la adecuación normativa e implementación sistemática progresiva con respecto a la nueva Estructura Orgánica aprobada.
ARTICULO CUARTO.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO MANDO:
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 010-2012-MDSA
San Antonio, 04 de Agosto del 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo celebrada en la fecha.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; marco normativo concordante con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680-Ley de Reforma Constitucional;
Que, las Ordenanzas Municipales son las normas de carácter general y de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;
Que, mediante Ordenanza Nº 0002-2008-MDSA de fecha 14.FEB.2008, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Antonio-Cañete, con vigencia a la fecha; el mismo que de acuerdo a la función Administrativa actual de la Institución Municipal, requiere de su modificación necesaria e imprescindible, de conformidad a la Estructura Orgánica;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es un instrumento técnico normativo de Gestión Institucional indispensable para la Administración Municipal, que determina la naturaleza, finalidad, objetivos, funciones generales, estructura General, atribuciones y relaciones de las Municipalidades; constituyendo una herramienta de significativa importancia para la Institución Municipal;
Que, de acuerdo a lo establecido en el inc. 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; y el inc. 14 del Artículo 20 de la misma Ley acotada, establece que es atribución del señor Alcalde proponer los proyectos de reglamento interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos lo que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal;
Que, la Asesoría Legal de la Municipalidad, mediante informe Nº 41-2012-AJ-MDSA emite su opinión favorable al proyecto de nuevo Reglamento de Organización y Funciones, por cuanto se aplica al nuevo Organigrama Estructural de la Municipalidad y de las innovaciones que en ello se presenta de acuerdo a la necesidad de funciones para la buena Administración Municipal; debiendo el mismo ser aprobado por Sesión de Concejo;
Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, y de conformidad a lo prescrito en el artículo 20º numerales 4) y 5), y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal por unanimidad aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
Artículo 1º.- Aprobar el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Antonio-Cañete, el mismo que forma como parte anexa de la presente, y que consta de 02 Títulos, 05 Capítulos, 154 Artículos, 01 Disposición Complementaria, 01 Disposición Transitoria y 04 Disposiciones Finales.
Artículo 2º.- Deróguese la Ordenanza Nº 002-2008-MDSA, así como cualquier otra disposición que contravenga a la presente.
Articulo 3º.- Dejar a cargo de la Gerencia Municipal y bajo responsabilidad, la debida diligencia de la presente Ordenanza, como su publicación para su puesta en vigencia.
Artículo 4º.- Queda facultado el señor Alcalde, en disponer mediante Decreto de Alcaldía cual cualquier disposición complementaria que haya lugar.
Artículo 5º.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO :
Mando: Se publique, registre y archive.
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 011-2012-MDSA
San Antonio, 04 de Agosto del 2012
El Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Antonio - Cañete
POR CUANTO:
VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo celebrada en la fecha.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; marco normativo concordante con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680-Ley de Reforma Constitucional;
Que, las Ordenanzas Municipales son las normas de carácter general y de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;
Que, mediante Ordenanza Nº 004-2007-MDSA de fecha 28.FEB.2007, se aprobó el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Municipalidad Distrital de San Antonio-Cañete, con vigencia a la fecha; el mismo que de acuerdo a la función Administrativa actual de la Institución Municipal, requiere de su modificación necesaria e imprescindible, de conformidad a la Estructura Orgánica;
Que, el Manual de Organización y Funciones (MOF) constituye un instrumento normativo y operativo indispensable de Gestión Municipal, cual proporciona a cada trabajador en forma real y objetiva su función principal y funciones especificas de acuerdo al orden jerárquico, siendo un documento de gestión de carácter dinámico para lograr las metas y resultados en bien de la Institución Municipal enmarcado dentro de su Misión y Visión basado en criterios normativos;
Que, de acuerdo a lo establecido en el inc. 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; y el inc. 14 del Artículo 20 de la misma Ley acotada, establece que es atribución del señor Alcalde proponer los proyectos de reglamento interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos lo que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal;
Que, la Asesoría Legal de la Municipalidad, mediante informe Nº 41-2012-AJ-MDSA emite su opinión favorable al proyecto de nuevo Manual de Organización y Funciones, por cuanto se aplica al nuevo Organigrama Estructural de la Municipalidad y de las innovaciones que en ello se presenta de acuerdo a la necesidad de funciones para la buena Administración Municipal; debiendo el mismo ser aprobado por Sesión de Concejo;
Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, y de conformidad a lo prescrito en el artículo 20º numerales 4) y 5), y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal por unanimidad aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
Artículo 1º.- Aprobar el Nuevo Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Municipalidad Distrital de San Antonio-Cañete, el mismo que forma como parte anexa de la presente, y que consta de 04 Títulos, 08 Capítulos, 01 Disposición Complementaria, 01 Disposición Transitoria y 04 Disposiciones Finales.
Artículo 2º.- Deróguese la Ordenanza Nº 004-2007-MDSA, así como cualquier otra disposición que contravenga a la presente.
Articulo 3º.- Dejar a cargo de la Gerencia Municipal y bajo responsabilidad, la debida diligencia de la presente Ordenanza, como su publicación para su puesta en vigencia.
Artículo 4º.- Queda facultado el señor Alcalde, en disponer mediante Decreto de Alcaldía cual cualquier disposición complementaria que haya lugar.
Artículo 5º.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO :
Mando: Se publique, registre y archive.
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
*****
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 012-2012-MDSA
San Antonio, 10 de Setiembre del 2012
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; marco normativo concordante con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por las Leyes de Reforma Constitucional Nros. 27680 y 28607, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, mediante Ordenanza Nº 007-2012-MDSA de fecha 09.JUL.2012, se aprobó otorgar Amnistía Tributaria por deuda de Impuesto Predial y Arbitrios – Exoneración de Multa Administrativa por no inscripción y/o presentación de Declaración Jurada, la misma que venció el 29 de Agosto del año en curso;
Que, mediante Informe del Área de Rentas, se da a conocer que los contribuyentes que no pudieron acogerse a la Ordenanza Nº 007-2012-MDSA, vienen solicitando una nueva Amnistía Tributaria; debiéndose por lo tanto verse lo referente por Sesión de Concejo para otorgación de una segunda Amnistía;
Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Asesoría Legal, visto bueno de la Gerencia Municipal, y en uso a lo prescrito en el Artículo 9º Numeral 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la votación unánime del pleno del Concejo, y con la dispensa de la aprobación del acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE OTORGA LA II AMNISTIA TRIBUTARIA POR DEUDA DE IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS – EXONERACION DE MULTA ADMINISTRATIVA POR NO INSCRIPCION Y/O PRESENTACION DE DECLARACION JURADA
ARTÍCULO 1º.- OBJETIVO
El objetivo de la presente ordenanza es establecer un beneficio temporal para el pago de las deudas tributarias y arbitrios municipales, cuyo acreedor es la municipalidad.
ARTÍCULO 2°.- ALCANCES DEL BENEFICIO
Los contribuyentes que se acojan a la presente ordenanza gozarán del siguiente beneficio:
a) Condonación al 100% de las multas administrativas por no inscripción y/o presentar declaración jurada del impuesto predial dentro de los plazos establecidos.
b) Condonación al 100% de los intereses moratorios y/o reajustes generados por impuesto predial.
c) Exoneración del 50% de la deuda por arbitrios municipales.
ARTÍCULO 3°.- DEL BENEFICIO
Para ser beneficiario con la presente Ordenanza el contribuyente deberá cumplir con todos los alcances de acuerdo al artículo 2º; y no será aplicable para aquellos casos que se encuentre en proceso coactivo.
ARTÍCULO 4º.- PLAZO PARA ACOGERSE AL BENEFICIO
Los contribuyentes se podrán acoger a la presente Ordenanza desde el día 17 al 29 de Setiembre del 2012, vencido el plazo, la administración procederá a la cobranza de los arbitrios e Impuesto Predial, así como a la aplicación de las sanciones tributarias y adeudos reajustados a la fecha de pago.
ARTICULO 5º.- FACULTAD DEL DESPACHO DE ALCALDIA
Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
ARTICULO 6º.- FACULTAD DE LA OFICINA DE ADMINSTRACION TRIBUTARIA
Facúltese a la Oficina de Administración Tributaria dictar las medidas necesarias para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, en coordinación con las dependencias administrativas a fin de que garanticen su difusión y ejecución.
ARTICULO 7.- VIGENCIA
La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archivese.
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
EDICTOS
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
Presidencia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 1043-2012-P-CSJCÑ-PJ
San Vicente de Cañete, 05 de setiembre del 2012
VISTOS:
Las solicitudes de revalidación de los señores peritos judiciales: Segundo Constantino, DIAZ DE LA CRUZ, Bruno Emiliano, CULLANCO VILCAPUMA, Oscar Demetrio, LOZAN TATAJE, Elías Augusto, DE LA CRUZ CHAUCA, José Feliciano, HERNANDEZ LOPEZ, Miguel Roberto. OJEDA ORIHUELA y Esteban Placido, VEGA ROJAS, y;
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa que representa al Poder Judicial en el Distrito Judicial a su cargo y como tal tiene las facultades para adoptar las medidas administrativas que considere convenientes para estimular el mejor desarrollo de las labores jurisdiccionales y administrativas e identificación con este Poder de Estado.
El perito judicial o perito forense es un profesional dotado de conocimientos especializados y reconocidos, a través de sus estudios superiores, que suministra información u opinión fundada a los Órganos Jurisdiccionales sobre los puntos litigiosos que son materia de su dictamen.
La regulación de los Peritos Judiciales considerados como un órgano de auxilio judicial se encuentra prevista en el capítulo I Titulo II de la sección sexta del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS entre los artículos 273° a 280° de este cuerpo de leyes.
Por Resolución Administrativa N° 609-CME-PJ de fecha 13 de abril de 1998 se crea en los Distritos Judiciales de la República, el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) a cargo del administrador de cada Corte Superior de Justicia en donde se inscribirán a los profesionales o especialistas que podrán ser nombrados peritos en los procesos judiciales.
Mediante Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial N° 351-98-SE-T-CME-PJ de fecha 25 de agosto del 2008 se aprueba el Reglamento de Peritos Judiciales en cuyo artículo 21° se precisa: «Anualmente el profesional o especialista inscrito en el registro de Peritos Judiciales(REPEJ), deberá revalidar su inscripción previo pago del derecho correspondiente. Cada dos años se someterá a una prueba de evaluación de conocimientos, que estará a cargo de los colegios profesionales bajo su responsabilidad, y podrá ser supervisada por el Poder Judicial, con la finalidad de comprobar su permanente reactualización e idoneidad profesional».
En el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial aprobado mediante Resolución Administrativa N° 158-2010-CE-PJ de fecha 27 de Abril del 2010 se establece el trámite de revalidación de la inscripción del Perito Judicial correspondiente a las Cortes Superiores de Justicia de la República, siendo competente la Presidencia de la Corte Superior de Justicia para resolver sobre dicho trámite.
El numeral 36.2 del artículo 36° de la Ley de Procedimiento Administrativo General establece que: «Las entidades solamente exigirán a los administrados el cumplimientos de procedimientos, la presentación de documentos, el suministro de información o el pago por derechos de tramitación, siempre que cumplan con los requisitos previstos en el numeral anterior. Incurre en responsabilidad la autoridad que procede de modo diferente, realizando exigencias a los administrados fuera de estos casos».
Siendo ello así, actuándose de conformidad al trámite administrativo establecido en el TUPA del Poder Judicial y en merito a lo evaluado en el Oficio N° 01-2012-CESPJ-CSJCÑ-PJ remitido a Presidencia, y actuando en uso de la facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SE RESUELVE:
Artículo Primero: REVALIDAR LA INSCRIPCION DE LOS PERITOS JUDCIALES que a continuación se determinan, quienes continuaran desempeñándose como tales durante un año en la Corte Superior de Justicia de Cañete, siendo los siguientes:
1.- DIAZ DE LA CRUZ, Segundo Constantino Contador Publico
2.- CULLANCO VILCAPUMA, Bruno Emiliano Ingeniero Civil
3.- LOZAN TATAJE, Oscar Demetrio Ingeniero Civil
4.- DE LA CRUZ CHAUCA, Elías Augusto Ingeniero Agrónomo
5.- HERNANDEZ LOPEZ, José Feliciano Ingeniero Agrónomo
6.- OJEDA ORIHUELA, Miguel Roberto Ingeniero Agrónomo
7.- VEGA ROJAS, Esteban Placido Ingeniero Agrónomo
Articulo Segundo: REMITIR la presente resolución a conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia, de la Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, de la Comisión encargada de la organización, dirección y ejecución del proceso de evaluación y selección de nuevos peritos judiciales del Distrito Judicial de Cañete para el año judicial 2012, al responsable del registro de Peritos judiciales (REPEJ) de esta sede judicial, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
DRA. LUZ GLADYS ROQUE MONTESILLO
PRESIDENTA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
*****
AVISO DE PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE
Expediente Nº 0077-2007, en los seguidos por JORGE HUGO SOTO TANO, con URBANA LACHO CRISOSTOMO DE SOTO, sobre DIVISIÓN Y PARTICIÓN, por orden del Primer Juzgado Mixto – Sede Central de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carbajal, Secretario Judicial Percy Edwin García Paredes, REMATARE en Primer Convocatoria el siguiente bien inmueble Parcela 9 Unidad Catastral 10597 inscrita en la Partida Electrónica P03074250, con una extensión de cuatro hectáreas, ubicada en el sector Casa Pintada del distrito de Imperial, provincia de Cañete y departamento de Lima.
VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 84,000.00 (OCHENTA Y CUATRO MIL DOLARES AMERICANOS).
BASE DEL REMATE: US$ 56,000.00 (CINCUENTA Y SEIS MIL DOLARES AMERICANOS), que son las dos terceras partes de la tasación.
LUGAR, HORA Y FECHA DEL REMATE: Día 27 de Setiembre del 2012, a horas 10:30 a.m., en el local del Primer Juzgado Mixto – Sede Central ubicado en la Avenida Mariscal Benavides Nº 657 en San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán como garantía en efectivo o cheque de gerencia el 10% del valor de la tasación ascendente a US$ 8,400.00 Dólares Americanos, presentarán arancel judicial por S/. 360.00 Nuevos Soles, indicando Juzgado, número de Expediente y DNI. Los honorarios del Martillero Público serán cancelados por el Adjudicatario de acuerdo al artículo 18º del Decreto Supremo Nº 008-2005/JUS.
FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: ASDEL VEGA TIRADO – MARTILLERO PÚBLICO, MATRÍCULA nº 209.
Asdel Vega Tirado
Martillero Público
Matrícula Nº 209
Percy Edwin García Paredes
Secretario Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 12, 13, 14, 17, 18 y 19 de Setiembre del dos mil doce.
EDICTO
En los seguidos por KAREN VANESSA ORMEÑO JESUSI, contra SUCESIÓN DE MILTON FRANCIA CANDELA, sobre RECONOCIMIENTO DE CONVIVENCIA; Expediente Nº 2011-00915, Juez Segundo Juzgado de Familia de Cañete, Dr. Cárdenas; Especialista: Max Calagua, ha ordenado se notifique por esta vía, con un extracto de la resolución número NUEVE de fecha veintisiete de Julio del año dos mil doce; cuyo extracto es como sigue:
RES. Nº 09; SE RESUELVE:
1º) ADMITIR la demanda incoada por KAREN VANESSA ORMEÑO JESUSI, sobre RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, contra LA SUCESIÓN DE MILTON FRANCIA CANDELA tramitándose en la Vía Procedimental de CONOCIMIENTO; 2º) TRASLADO de la demanda a los integrantes de la Sucesión antes mencionada por el Término de ley, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal; con conocimiento de la Segunda Fiscalía Civil y de Familia de Cañete; 3º) Téngase por ofrecidos los MEDIOS PROBATORIOS, que se precisan en la demanda y escritos de subsanación. Avocándose al conocimiento del presente proceso el magistrado que suscribe por disposición superior.
Notificándose. Cañete, 21 de Agosto de 2012.
Max F. Calagua Remuzgo
Secretario Judicial
2º Juzgado Especializado de Familia de Cañete
Publicar: 13, 14, 17 de Setiembre.
EDICTOS PENALES Y DE FAMILIA (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; cita y emplaza a las siguientes personas; para que se ponga a derecho, se apersonen al local de la Sala de Audiencia de la Corte Superior y se defiendan de los cargos formulados en su contra :
EXP.- 2006-0164; a ANACLETO VALENTE ROBLES. Delito: Contra El patrimonio-Apropiación Ilícita y otros. Agraviado: La Sociedad y otros.
EXP.- 2010-0098; a MOISES ROJAS GONZALES. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2004-0105; a HERNAN MOLLEDA HUAMAN, VICTOR GREGORIO ROMAN VALENTIN, ADRIAN NESTOR HUAMAN ORDOÑEZ, MELENDEZ MELANTON TORALBA CHUPAYO, MEDALIN ROSARIO CASTRO MOLLEDA Y ORLANDO OPEINYMER SULCA MOLLEDA. Día: 03.10.2012. Hora: 9:45 a.m. Delito: Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarárseles Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0009; a JACINTO NARCISO JIMENEZ ALVARO, CARLOS ALBERTO ZARATE SULCA Y SONIA HAYDEE SOTO SOTO. Día: 03.10.2012. Hora: 10:15 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Colusión y Otro. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2009-0275; a MAGLORIA LIDIA CONDOR DE RAMOS. Día: 02.10.2012. Hora: 9:15 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado Doloso. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0189; a CARLOS ALBERTO ZARATE SULCA. Día: 03.10.2012. Hora: 10:00 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.- 2009-0700; a JAIME SANTOS SALAZAR GAMBOA. Día: 03.10.2012. Hora: 9:30 a.m. Delito: Robo Agravado y Otro. Agraviado: Carlos Rojas Rojas. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Ausente y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2009-0220; a JAVIER FRANCISCO TOCTO INGA. Día: 02.10.2012. Hora: 10:00 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado de uso. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0200; a EMILIANO ESTEBAN CANALES FERNANDEZ. Día: 09.10.2012. Hora: 9:15 a.m. Delito: Contra la Libertad-Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Juez: Guzmán; cita, emplaza y notifica:
EXP.-2010-0115; Resolución Uno(03.03.2010): RESUELVE: 1° ADMITIR la demanda interpuesta por el Ministerio Publico contra GABRIEL CONSTANTINO TORRES AGUILAR, sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO en agravio de CELIA VICTORIA CARRASCO LEON, y CORRASE traslado al demandado por el termino de QUINCE DIAS para que se apersone al proceso y ejerza su derecho conforme a ley; bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Secretaria: Vargas.
14, 15 y 17 de Setiembre
Presidencia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 1043-2012-P-CSJCÑ-PJ
San Vicente de Cañete, 05 de setiembre del 2012
VISTOS:
Las solicitudes de revalidación de los señores peritos judiciales: Segundo Constantino, DIAZ DE LA CRUZ, Bruno Emiliano, CULLANCO VILCAPUMA, Oscar Demetrio, LOZAN TATAJE, Elías Augusto, DE LA CRUZ CHAUCA, José Feliciano, HERNANDEZ LOPEZ, Miguel Roberto. OJEDA ORIHUELA y Esteban Placido, VEGA ROJAS, y;
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa que representa al Poder Judicial en el Distrito Judicial a su cargo y como tal tiene las facultades para adoptar las medidas administrativas que considere convenientes para estimular el mejor desarrollo de las labores jurisdiccionales y administrativas e identificación con este Poder de Estado.
El perito judicial o perito forense es un profesional dotado de conocimientos especializados y reconocidos, a través de sus estudios superiores, que suministra información u opinión fundada a los Órganos Jurisdiccionales sobre los puntos litigiosos que son materia de su dictamen.
La regulación de los Peritos Judiciales considerados como un órgano de auxilio judicial se encuentra prevista en el capítulo I Titulo II de la sección sexta del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS entre los artículos 273° a 280° de este cuerpo de leyes.
Por Resolución Administrativa N° 609-CME-PJ de fecha 13 de abril de 1998 se crea en los Distritos Judiciales de la República, el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) a cargo del administrador de cada Corte Superior de Justicia en donde se inscribirán a los profesionales o especialistas que podrán ser nombrados peritos en los procesos judiciales.
Mediante Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial N° 351-98-SE-T-CME-PJ de fecha 25 de agosto del 2008 se aprueba el Reglamento de Peritos Judiciales en cuyo artículo 21° se precisa: «Anualmente el profesional o especialista inscrito en el registro de Peritos Judiciales(REPEJ), deberá revalidar su inscripción previo pago del derecho correspondiente. Cada dos años se someterá a una prueba de evaluación de conocimientos, que estará a cargo de los colegios profesionales bajo su responsabilidad, y podrá ser supervisada por el Poder Judicial, con la finalidad de comprobar su permanente reactualización e idoneidad profesional».
En el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial aprobado mediante Resolución Administrativa N° 158-2010-CE-PJ de fecha 27 de Abril del 2010 se establece el trámite de revalidación de la inscripción del Perito Judicial correspondiente a las Cortes Superiores de Justicia de la República, siendo competente la Presidencia de la Corte Superior de Justicia para resolver sobre dicho trámite.
El numeral 36.2 del artículo 36° de la Ley de Procedimiento Administrativo General establece que: «Las entidades solamente exigirán a los administrados el cumplimientos de procedimientos, la presentación de documentos, el suministro de información o el pago por derechos de tramitación, siempre que cumplan con los requisitos previstos en el numeral anterior. Incurre en responsabilidad la autoridad que procede de modo diferente, realizando exigencias a los administrados fuera de estos casos».
Siendo ello así, actuándose de conformidad al trámite administrativo establecido en el TUPA del Poder Judicial y en merito a lo evaluado en el Oficio N° 01-2012-CESPJ-CSJCÑ-PJ remitido a Presidencia, y actuando en uso de la facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SE RESUELVE:
Artículo Primero: REVALIDAR LA INSCRIPCION DE LOS PERITOS JUDCIALES que a continuación se determinan, quienes continuaran desempeñándose como tales durante un año en la Corte Superior de Justicia de Cañete, siendo los siguientes:
1.- DIAZ DE LA CRUZ, Segundo Constantino Contador Publico
2.- CULLANCO VILCAPUMA, Bruno Emiliano Ingeniero Civil
3.- LOZAN TATAJE, Oscar Demetrio Ingeniero Civil
4.- DE LA CRUZ CHAUCA, Elías Augusto Ingeniero Agrónomo
5.- HERNANDEZ LOPEZ, José Feliciano Ingeniero Agrónomo
6.- OJEDA ORIHUELA, Miguel Roberto Ingeniero Agrónomo
7.- VEGA ROJAS, Esteban Placido Ingeniero Agrónomo
Articulo Segundo: REMITIR la presente resolución a conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia, de la Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, de la Comisión encargada de la organización, dirección y ejecución del proceso de evaluación y selección de nuevos peritos judiciales del Distrito Judicial de Cañete para el año judicial 2012, al responsable del registro de Peritos judiciales (REPEJ) de esta sede judicial, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
DRA. LUZ GLADYS ROQUE MONTESILLO
PRESIDENTA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
*****
AVISO DE PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE
Expediente Nº 0077-2007, en los seguidos por JORGE HUGO SOTO TANO, con URBANA LACHO CRISOSTOMO DE SOTO, sobre DIVISIÓN Y PARTICIÓN, por orden del Primer Juzgado Mixto – Sede Central de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carbajal, Secretario Judicial Percy Edwin García Paredes, REMATARE en Primer Convocatoria el siguiente bien inmueble Parcela 9 Unidad Catastral 10597 inscrita en la Partida Electrónica P03074250, con una extensión de cuatro hectáreas, ubicada en el sector Casa Pintada del distrito de Imperial, provincia de Cañete y departamento de Lima.
VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 84,000.00 (OCHENTA Y CUATRO MIL DOLARES AMERICANOS).
BASE DEL REMATE: US$ 56,000.00 (CINCUENTA Y SEIS MIL DOLARES AMERICANOS), que son las dos terceras partes de la tasación.
LUGAR, HORA Y FECHA DEL REMATE: Día 27 de Setiembre del 2012, a horas 10:30 a.m., en el local del Primer Juzgado Mixto – Sede Central ubicado en la Avenida Mariscal Benavides Nº 657 en San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán como garantía en efectivo o cheque de gerencia el 10% del valor de la tasación ascendente a US$ 8,400.00 Dólares Americanos, presentarán arancel judicial por S/. 360.00 Nuevos Soles, indicando Juzgado, número de Expediente y DNI. Los honorarios del Martillero Público serán cancelados por el Adjudicatario de acuerdo al artículo 18º del Decreto Supremo Nº 008-2005/JUS.
FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: ASDEL VEGA TIRADO – MARTILLERO PÚBLICO, MATRÍCULA nº 209.
Asdel Vega Tirado
Martillero Público
Matrícula Nº 209
Percy Edwin García Paredes
Secretario Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 12, 13, 14, 17, 18 y 19 de Setiembre del dos mil doce.
EDICTO
En los seguidos por KAREN VANESSA ORMEÑO JESUSI, contra SUCESIÓN DE MILTON FRANCIA CANDELA, sobre RECONOCIMIENTO DE CONVIVENCIA; Expediente Nº 2011-00915, Juez Segundo Juzgado de Familia de Cañete, Dr. Cárdenas; Especialista: Max Calagua, ha ordenado se notifique por esta vía, con un extracto de la resolución número NUEVE de fecha veintisiete de Julio del año dos mil doce; cuyo extracto es como sigue:
RES. Nº 09; SE RESUELVE:
1º) ADMITIR la demanda incoada por KAREN VANESSA ORMEÑO JESUSI, sobre RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, contra LA SUCESIÓN DE MILTON FRANCIA CANDELA tramitándose en la Vía Procedimental de CONOCIMIENTO; 2º) TRASLADO de la demanda a los integrantes de la Sucesión antes mencionada por el Término de ley, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal; con conocimiento de la Segunda Fiscalía Civil y de Familia de Cañete; 3º) Téngase por ofrecidos los MEDIOS PROBATORIOS, que se precisan en la demanda y escritos de subsanación. Avocándose al conocimiento del presente proceso el magistrado que suscribe por disposición superior.
Notificándose. Cañete, 21 de Agosto de 2012.
Max F. Calagua Remuzgo
Secretario Judicial
2º Juzgado Especializado de Familia de Cañete
Publicar: 13, 14, 17 de Setiembre.
EDICTOS PENALES Y DE FAMILIA (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; cita y emplaza a las siguientes personas; para que se ponga a derecho, se apersonen al local de la Sala de Audiencia de la Corte Superior y se defiendan de los cargos formulados en su contra :
EXP.- 2006-0164; a ANACLETO VALENTE ROBLES. Delito: Contra El patrimonio-Apropiación Ilícita y otros. Agraviado: La Sociedad y otros.
EXP.- 2010-0098; a MOISES ROJAS GONZALES. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2004-0105; a HERNAN MOLLEDA HUAMAN, VICTOR GREGORIO ROMAN VALENTIN, ADRIAN NESTOR HUAMAN ORDOÑEZ, MELENDEZ MELANTON TORALBA CHUPAYO, MEDALIN ROSARIO CASTRO MOLLEDA Y ORLANDO OPEINYMER SULCA MOLLEDA. Día: 03.10.2012. Hora: 9:45 a.m. Delito: Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarárseles Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0009; a JACINTO NARCISO JIMENEZ ALVARO, CARLOS ALBERTO ZARATE SULCA Y SONIA HAYDEE SOTO SOTO. Día: 03.10.2012. Hora: 10:15 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Colusión y Otro. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2009-0275; a MAGLORIA LIDIA CONDOR DE RAMOS. Día: 02.10.2012. Hora: 9:15 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado Doloso. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0189; a CARLOS ALBERTO ZARATE SULCA. Día: 03.10.2012. Hora: 10:00 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.- 2009-0700; a JAIME SANTOS SALAZAR GAMBOA. Día: 03.10.2012. Hora: 9:30 a.m. Delito: Robo Agravado y Otro. Agraviado: Carlos Rojas Rojas. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Ausente y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2009-0220; a JAVIER FRANCISCO TOCTO INGA. Día: 02.10.2012. Hora: 10:00 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado de uso. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0200; a EMILIANO ESTEBAN CANALES FERNANDEZ. Día: 09.10.2012. Hora: 9:15 a.m. Delito: Contra la Libertad-Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Juez: Guzmán; cita, emplaza y notifica:
EXP.-2010-0115; Resolución Uno(03.03.2010): RESUELVE: 1° ADMITIR la demanda interpuesta por el Ministerio Publico contra GABRIEL CONSTANTINO TORRES AGUILAR, sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO en agravio de CELIA VICTORIA CARRASCO LEON, y CORRASE traslado al demandado por el termino de QUINCE DIAS para que se apersone al proceso y ejerza su derecho conforme a ley; bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Secretaria: Vargas.
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