03 abril 2008

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 024-2007-MDI

Imperial, 14 de Diciembre del 2007

LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL-CAÑETE

POR CUANTO:
El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de fecha 31 de Mayo del 2007, el proyecto de Ordenanza sobre Certificado de Domicilio;

CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Órganos del gobierno local, tienen autonomía Política, Económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, las ordenanzas Municipales son las Normas de carácter general de mayor Jerarquía en la estructura normativa Municipal, por medio de las cuales se aprueba la regularización, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;

Que, el Artículo 3º de la Ley Nº 28862 publicado el 05 de Agosto del 2006 prescribe que, toda mención o exigencia dispuesta en nuestra legislación referida a Certificados Domiciliarios expedidos por la Policía Nacional del Perú, a partir de la vigencia de la presente Norma, debe entenderse como certificado domiciliario que puede ser expedido por los gobiernos locales, notarios Públicos o jueces de Paz, conforme a las Leyes vigentes;

Que, es finalidad de la Municipalidad procurar el bienestar de su vecindario otorgándole las facilidades que correspondan por ello en el marco de servir a la comunidad se ha considerado conveniente establecer un procedimiento simplificado para la obtención del certificado domiciliario de los vecinos de la Jurisdicción del Distrito de Imperial;

Estando a lo expuesto, y de conformidad con la Constitución Política del Perú y Artículo 39º y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; con el voto Mayoritario de los señores Regidores, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE REGULA EL TRAMITE DEL CERTIFICADO DE DOMICILIO

ARTICULO 1º.- EXPEDIR a partir de la fecha de publicación de la presente Ordenanza el Certificado de Domicilio que soliciten los vecinos de la Jurisdicción del Distrito de Imperial, Provincia de Cañete.

ARTICULO 2º.- ESTABLECER los siguientes requisitos para su obtención:
a) Solicitud – Declaración Jurada, adjuntando copia fedateada del Documento Nacional de Identidad del Solicitante.
b) Copia Fedateada del recibo de agua o electricidad o telefonía, o Declaración Jurada de autoavalúo del previo que ocupa, del último mes o año, respectivamente.
c) Recibo de pago por concepto de certificado domiciliario.

ARTICULO 3º.- APROBAR la Tarifa por concepto de Certificado de Domicilio el valor de OCHO NUEVOS SOLES (S/. 8.00).

ARTICULO 4º.- DISPONER que el Departamento de Rentas en coordinación con el Area de Fiscalización, asuma la responsabilidad de la expedición de los Certificados de Domicilio, llevando un Registro del mismo.

ARTICULO 5º.- COMUNICAR al Area de Relaciones Públicas, para la difusión correspondiente.

POR TANTO:
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA

RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
Alcalde

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