31 diciembre 2010

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ACUERDO DE CONCEJO Nº 086-2010-MPC

Cañete, 28 de diciembre de 2010

Visto; en Sesión de Concejo Ordinaria, de la fecha, la ratificación de la Ordenanza Nº 013-2010-MDM del distrito de Mala, que determina el «Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo 2011;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; que tiene como finalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, mediante Oficio Nº287-2010-A-MDM, la Municipalidad Distrital de Mala solicita la ratificación de la Ordenanza Nº013-2010/MDM de fecha 25 de noviembre del 2010, que determina el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo 2011;

Que, mediante Informe Legal Nº1454-2010-AS.LEG-MPC de fecha 16 de diciembre del 2010, la Asesoría Jurídica opinó que se ratifique la Ordenanza Nº013-2010-A-MDM de fecha 25 de noviembre de 2010, que determina Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo 2011, por encontrarse conforme con las disposiciones técnicas y legales vigentes;

Que, a través del Dictamen Nº 006-2010-CSSPP-MPC, de la Comisión de Servicios Públicos, opinan por la procedencia de lo solicitado por la Municipalidad Distrital de Mala, elevándolo al Pleno del Concejo para su debate y ulterior aprobación;

Que, en aplicación del artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades y lo establecido en las sentencias recaídas en los Expedientes Nº0041-2004-AI/TC y 0053-2004-PI/TC, las ordenanzas que aprueban tributos municipales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su entrada en vigencia; por lo que su aplicación sin la publicación del Acuerdo de Concejo Provincial que aprueba su ratificación resulta de responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva;

Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, el Decreto Legislativo Nº776-Ley de Tributación Municipal, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta;

SE ACORDO:
Artículo 1º.- Ratificar la Ordenanza Nº013-2010/MDM, de la Municipalidad Distrital de Mala, que determina el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo durante el ejercicio 2011, en dicho distrito, de acuerdo a los considerandos del presente.

Artículo 2º.- Notifíquese el presente a la Municipalidad Distrital de Mala, y a las unidades orgánicas que corresponda.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

JOSE ANTONIO ESPINOZA PEÑA
ALCALDE

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