18 marzo 2011

DIRIMENCIA
SALA CIVIL.- Exp. N° 0001-2011-1-0801-SP-FC-01
DEMANDANTE: AGUILAR VALLEJOS SEGUNDO MANUEL
DEMANDADO: SANCHEZ CAMACHO ELOISA
Divorcio por causal
cuaderno de apelación
RESOLUCIÓN NÚMERO TRES.- Cañete, quince de marzo del dos mil once.- AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; Y, CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, los señores Jueces Superiores doctores Ricardo Astoquilca Medrano(ponente) y Paulo Jorge Vivas Sierra, emiten su VOTO para que se REVOQUE el auto apelado(resolución número trece) que en éste cuaderno corre de fojas ciento ochenta a ciento ochentiuno, y REFORMANDOLA se declare la INCOMPETENCIA TERRITORIAL del Juzgado Mixto de Mala, en consecuencia, NULO todo lo actuado y la CONCLUSIÓN del proceso.
SEGUNDO.- Que, la señora Juez Superior doctora Silvia Rueda Fernandez, emite su VOTO en discordia para que se REVOQUE la resolución número trece de fecha diecinueve de octubre del dos mil diez que resuelve declarar infundada la solicitud de nulidad de todo lo actuado, la improcedencia de la demanda y el archivamiento definitivo del proceso, y REFORMÁNDOLA se DECLARE IMPROCEDENTE dicho pedido de nulidad.
TERCERO.- Que, no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, por haberse producido discordia, y al tratarse de dos votos conformes que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.
CUARTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial «El Peruano» debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.
Por las consideraciones expuestas, LLAMARON al señor Juez Superior de la Sala Penal liquidadora doctor ANGEL POLANCO TINTAYA para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el señor Juez dirimente el día VEINTINUEVE DE MARZO del año en curso, a horas TRES DE LA TARDE CON DIEZ MINUTOS. DISPUSIERON la publica-ción de la presente resolución en el diario oficial de la provincia «Al Día con Matices» por el término de UN DIA. Notificándose.
J.S.
ASTOQUILCA MEDRANO
RUEDA FERNANDEZ
VIVAS SIERRA

DIRIMENCIA
SALA CIVIL.- Exp. N° 2007-00142-0-0801-JM-CI-01
DEMANDANTE: PEDRO CELESTINO GUIZADO PORTILLO y otro
DEMANDADO: COFOPRI y otros
Proceso Contencioso Administrativo
RESOLUCIÓN NÚMERO ONCE.- Cañete, diez de marzo del dos mil once.- AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; Y, CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, la señora Juez Superior doctora Luz Roque Montesillo (Ponente), emite su VOTO para que se CONFIRME la sentencia (Resolución Número veinticuatro), de fecha veinte de mayo del dos mil diez, venida en grado de apelación, que declara entre otros, fundada en parte la demanda, en consecuencia, nulo los títulos de dominio extendido por el Registrador Público de ésta ciudad a favor de Doris Casas Paypay.
SEGUNDO.- Que, los señores Jueces Superiores doctores Ricardo Astoquilca Medrano y Paulo Jorge Vivas Sierra, emiten su VOTO en discordia para que se declare NULA la sentencia apelada(resolución veinticuatro) de fecha veinte de mayo del dos mil diez, con la que se declara fundada en parte la demanda, con todo lo demás que contiene; y se DISPONGA que el magistrado del Juzgado de origen emita nueva sentencia conforme a derecho, e INSUBSISTENTE el concesorio de apelación.
TERCERO.- Que, llamado para dirimir la discordia citada precedente-mente, el señor Juez Superior doctor Federico Quispe Mejía emite su VOTO para que se CONFIRME la sentencia de fecha veinte de mayo del dos mil diez.
CUARTO.- Que, no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, por haberse producido discordia, y al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.
QUINTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial «El Peruano» debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.
Por las consideraciones expuestas, LLAMARON a la señora Juez Superior doctora SILVIA RUEDA FERNANDEZ para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para la Vocal Dirimente el TREINTIUNO DE MARZO del año en curso, a horas OCHO DE LA MAÑANA CON CINCUENTICINCO MINUTOS. DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia «Al Día con Matices» por el término de UN DIA. Notificándose. Interviene el señor Juez Superior doctor Angel Polanco Tintaya por licencia del señor Juez Superior doctor Paulo Vivas Sierra
J.S.
ASTOQUILCA MEDRANO
POLANCO TINTAYA

DIRIMENCIA
SALA CIVIL.- Exp. N° 0086-2009-0-0801-JM-LA-01
DEMANDANTE: ELDER YONSO CHUMPITAZ VILCAYAURI
DEMANDADO: PODER JUDICIAL
Desnaturalización de contrato
RESOLUCIÓN NÚMERO NUEVE.- Cañete, diez de marzo del dos mil once.- AUTOS Y VISTOS; en audiencia Pública; Y, CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, el señor Juez Superior doctor Ricardo Astoquilca Medrano(Ponente), y el señor Juez superior doctor Paulo Vivas Sierra, emiten su VOTO para que se CONFIRME la sentencia(Resolución Número once), de fecha treinta de junio del dos mil diez, venida en grado de apelación, que declara entre otros, fundada la demanda, en consecuencia, declara la desnaturalización de los contratos de servicios celebrado entre Elder Yonso Chumpitaz Vilcayauri con el Poder Judicial. SEGUNDO.- Que, la señora Juez Superior doctora Silvia Rueda Fernandez, emite su VOTO en discordia para que se REVOQUE la sentencia apelada(resolución número once) de fecha treinta de junio del dos mil diez, con la que se declara fundada la demanda y la desnaturalización de los contratos de servicios del demandante con la emplazada; y REFORMANDOLA se declare INFUNDADA la demanda.
TERCERO.- Que, llamado para dirimir la discordia citada preceden-temente, el señor Juez Superior doctor Angel Polanco Tintaya se adhiere al VOTO de la señora Juez Superior doctora Silvia Rueda Fernandez.
CUARTO.- Que, no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, por haberse producido discordia, y al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.
QUINTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial «El Peruano» debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.
Por las consideraciones expuestas, LLAMARON al señor Juez Superior doctor FEDERICO QUISPE MEJIA para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el citado dirimente el día TREINTIUNO DE MARZO del año en curso, a horas OCHO DE LA MAÑANA CON CINCUENTA MINUTOS. DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia «Al Día con Matices» por el término de UN DIA. Notificándose. Interviene el señor Juez superior doctor Angel Polanco Tintaya por licencia del señor Juez superior doctor Paulo Vivas Sierra.
J.S.
ASTOQUILCA MEDRANO
RUEDA FERNANDEZ
POLANCO TINTAYA

DIRIMENCIA
SALA CIVIL.- Exp. N° 00085-2009-0-0801-JM-LA-01
DEMANDANTE: JAVIER MUÑOZ ARENAS
DEMANDADO: PODER JUDICIAL
Desnaturalización de contrato
RESOLUCIÓN NÚMERO NUEVE.- Cañete, diez de marzo del dos mil once.- AUTOS Y VISTOS; en audiencia Pública; Y, CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, los señores Jueces Superiores doctores Ricardo Astoquilca Medrano(ponente) y Paulo Vivas Sierra, emiten su VOTO para que se CONFIRME la sentencia(Resolución Número diez), de fecha diez de mayo del dos mil diez, venida en grado de apelación, con la que: 1) declara fundada la demanda y la desnaturalización de los contratos de servicios celebrados entre Javier Muñoz Arenas con el Poder Judicial, en consecuencia declara que los contratos de servicios celebrados a partir del treintiuno de enero del dos mil tres, se reconoce como un contrato laboral a plazo indeterminado, sujeto al régimen laboral de la actividad privada, regulada por el Decreto Legislativo 728.
SEGUNDO.- Que, la señora Juez Superior doctora Silvia Rueda Fernandez, emite su VOTO en discordia para que se REVOQUE la sentencia(resolución número diez) que declara fundada la demanda, y REFORMANDOLA se declare INFUNDADA la demanda; sin costos ni costas procesales por haber tenido motivo para ligar.
TERCERO.- Que, llamado para dirimir la discordia citada precedentemente, el señor Juez Superior doctor Angel Polanco Tintaya se adhiere al VOTO de la señora Juez Superior doctora Silvia Rueda Fernandez.
CUARTO.- Que, no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, por haberse producido discordia, y al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.
QUINTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial «El Peruano» debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.
Por las consideraciones expuestas, LLAMARON al señor Juez Superior doctor FEDERICO QUISPE MEJIA para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el citado magistrado dirimente el día TREINTIUNO DE MARZO del año en curso, a horas OCHO DE LA MAÑANA CON CUARENTICINCO MINUTOS. DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia «Al Día con Matices» por el término de UN DIA. Notificándose. Interviene el señor Juez superior doctor Angel Polanco Tintaya por licencia del señor Juez superior doctor Paulo Vivas Sierra.
J.S.
ASTOQUILCA MEDRANO
RUEDA FERNANDEZ
POLANCO TINTAYA

EDICTOS PENALES
EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA: Juez: Guevara. Cita, llama y emplaza a:
EXP.- 2010-425; a J. C. C. H. y C. E. A. L. Audiencia de Esclarecimiento de los hechos. Día 05.04.2011 a horas 10:30.a.m., resol 36 del 08.03.2011 declarados adolescentes Contumazes; Sec. Calagua. San Vicente 08.03.2011
EXP.- 2010-833; a R. P. C. Audiencia de Esclarecimiento de los hechos. Día 06.04.2011 a horas 10:30.a.m., resol 15 del 07.03.2011 declarado Adolescente Ausente; Sec. Calagua. San Vicente 07.03.2011
EXP.- 2010-661; Agraviada ANA MELVA GEREMIAS LOPEZ, Audiencia de Esclarecimiento de los hechos. Día 08.04.2011 a horas 10:30.a.m., resol 16 del 08.03.2011. Sec. Calagua. San Vicente 08.03.2011

PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO: Juez: Solano. Cita, llama y emplaza a:
EXP.- 2009-687; a GERMAN NEGRON RODRÍGUEZ. Día 24.03.2011 a horas 10:00 a.m. Lectura de Sentencia bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Sec. Flores.- San Vicente 06.03.2011

JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA: Juez: Chipana. Ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.- 2010-088; Declara consentida la Resol. 01 del 23.11.2010 y remita al ARCHIVO. Seguido contra Richard Gerson Toribio Alarcón por Daños Daños Materiales en agravio de Aldo Franco Luza Vargas. Sec. Medina. Asia 03.03.2011
EXP.- 2010-021; Absuelve a Elga Adelaida Paredes Chávez por Hurto en Agravio de Tiendas Wong, consentida la presente resolución se anulen los antecedentes policiales y archivo del proceso. Resol. 08 07.03.2011 Sec. Medina. Asia 07.03.2011
16, 17 y 18 de Marzo

EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, EXPEDIENTE N° 2009-64, seguido por PEREGRINO OSBALDO GONZALES BASURTO contra VICTORIANO GONZALES GUTIERREZ y Sucesión MIGUELINA CHUMPITAZ MANCO, sobre INCLUSIÓN DE HEREDERO, en el cual se ha dictado la siguiente Resolución que se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO CATORCE, Cañete, 20-01-2010: AUTOS Y VISTOS: Se Resuelve: EMPLAZAR a la Sucesión Miguelina Chumpitaz Manco para que en el plazo especial de sesenta días se apersone al proceso y conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.- Una firma, doctor Jacinto Cama Quispe – Juez.- Una firma, doctor Luis Alberto Melgarejo Fernández – Secretario Judicial.
Cañete, 15 de Marzo de 2011.
Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 17, 18 y 19 de Marzo.

EDICTOS PENALES
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA. Presidente: Dr. MARTINEZ, Cita, llama y emplaza para que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos que se les imputa:
EXP.-2009-713; a MARCOS ALBERTO ABURTO SALVADOR. Delito: Robo Agravado; Agraviado: Gabino Lopez Ccasa.- Secretario; Miranda. Cañete.24.01.2011.
EXP.-2009-889; a LUIS ALBERTO FLORES CARLOS. Delito: Robo Agravado; Agraviado: Johan Gerald Rojas Calderón.- Secretario Miranda. Cañete 24.01.2011.

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ASIA: Juez: Chipana. Emplaza a:
EXP.- 2010-010; Los Agraviados MAURO YACJOA ENTUSCA Y JESUS MIGUEL ASTOCAZA CUCHO con Resol 04 del 05.01.2011 Admite a trámite la solicitud de de Terminación Anticipada y póngase a conocimiento por el plazo de 05 días. Inculpado: Quispe Conislla Freddy Jhonny; Delito: Robo Agravado. Asistente: Medina. Asia 09.03.2011

JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA: Juez: Castillo. Cita, llama y emplaza a:
EXP.- 2009-292; a RHOLANDO JESUS LESCANO GUTIERREZ. Día 28.03.2011 a horas 09:45 a.m. Lectura de Sentencia bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Sec. Herrera.- San Vicente 07.03.2011

SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA: Juez: Guevara. Ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.- 2010-931; a M.A.B.H. y A.J.Q.Q. Día 07.04.2011 a horas 03:00 p.m. Audiencia de Esclarecimiento de hechos y ordenarse su ubicación y suspéndase el plazo de prescripción. Sec. Calagua.- San Vicente 10.03.2011

JUZGADO DE PAZ LETRADO DE IMPERIAL: Juez: Yalan. Cita para que rindan su INSTRUCTIVA seguida en su contra a:
EXP.- 156-2010; a RONAL JOSUE ROSALES TUPIÑO y JUANA GLADYS HURTADO ZAVALA. Delito: Faltas contra la persona en agravio de ellos mismos. Sec. Lovera. Imperial 03.03.2011
EXP.- 134-2010; a GUZMAN MARIANO ROJAS CHUPAYO. Delito: Faltas contra la Persona en agravio de Félix Antonio Saman Bendezu. Sec. Lovera. Imperial 03.03.2011
EXP.- 106-2010; a JESUS ALBERTO YUPANQUI VIDAL y PETER MANRIQUE SALDAÑA. Delito: Hurto en agravio de Canturvio Chávez Condori. Sec. Lovera. Imperial 03.03.2011
EXP.- 154-2010; a FLOR ORLINDA ENCARNACION MELGAREJO. Delito: Faltas contra la Persona en agravio de Luz Angélica Quico Chavez. Sec. Lovera. Imperial 27.01.2011
EXP.- 138-2010; a NESTOR PALOMINO QUISPE. Delito: Faltas contra la Persona en agravio de Beatriz Elizabeth Bonifaz Soto. Sec. Lovera. Imperial 21.01.2011
EXP.- 155-2010; a BERNARDO MANUEL BORJAS SARAVIA. Delito: Faltas contra la Persona en agravio de Rosa Florencia Palma Arias. Sec. Lovera. Imperial 26.01.2011
EXP.- 052-2010; a ALBERTO CLEVER LUYO NIETO. Delito: Faltas contra la Persona en agravio de Carmela Baldeón Rodriguez. Sec. Lovera. Imperial 21.01.2011
EXP.- 0158-2010; a ELMER NILTHON MELCHOR CONDOR. Delito: Faltas contra la Persona en agravio de Magaly Patty Rojas Castillón. Sec. Lovera. Imperial 21.01.2011.
18, 19y 21 de Marzo

EDICTO
Exp. N° 117-2011.- Ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial, Juez: Dr. Luis Miguel Yalan Ahedo, Secretario Dr. Ricardo Lovera Hernández, DIONISIA GARRIAZO CHACCERI, solicita la RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de su menor hijo JUAN NICOLAS FLORES GARIAZO, a fin de que rectifique el prenombre del menor ya que dice JUAN NICOLE, debiendo ser lo correcto «JUAN NICOLAS», asimismo deberá corregirse el apellido materno del referido menor ya que dice «GARRIAZO» siendo lo correcto «GARIAZO», asimismo se deberá corregir el apellido paterno de la madre ya que dice «GARRIAZO, siendo lo correcto «GARIAZO». Se comunica para los fines de Ley.
Imperial, 16 de Marzo del 2011.
Dr. Ricardo Lovera Hernández
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial

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