09 enero 2012

«EL SILENCIO DE LOS INOCENTES»

Escribe: Carlos Papa Sánchez  (*)        

La Ley Nº 26300 - Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos y su modificatoria Ley Nº 29313 en sus incisos «a» y «b» establece que la revocatoria es el derecho que tiene la ciudadanía para destituir de sus cargos a alcaldes y regidores, y, presidentes regionales, vicepresidentes regionales y consejeros regionales; como mecanismo de derecho político que motiva la participación ciudadana a través del cual todos los ciudadanos pueden dar por terminado el mandato que se le otorgó a una autoridad a través del voto.  
En esta dirección, la primera consulta popular de revocatoria correspondiente al  período de gobierno regional y municipal 2011-2014; debe ser concebida como una expresión espontanea, despercudida, auténtica y justa del derecho ciudadano para posibilitar la salida de las autoridades elegidas, que en campaña ofrecieron «el oro y el moro», cuyas promesas quedaron en el olvido inmediatamente asumieron el poder.  
La Consulta Popular de Revocatoria del mandato de autoridades regionales y municipales del 30 de setiembre será la octava que llevará a cabo en nuestra historia electoral desde la entrada en vigencia, en 1994, de la mencionada Ley.  En las siete últimas consultas populares de revocatoria se solicitó la revocatoria de  3,367 autoridades municipales (740 alcaldes y 2,627 regidores), resultando revocadas 1,057 (31.3 %): 210 alcaldes y 847 regidores.
Pero en razón de las frías estadísticas de los últimos siete procesos de revocatoria que arrojan de cerca del setenta por ciento de las autoridades, básicamente municipales, por cuanto ninguna autoridad regional ha sido revocada aún; para las cuales se adquirieron kits de revocatoria, no fueron revocadas.
Buscar las causas del porque este mecanismo electoral de revocatoria no tiene un éxito promedio, por cuanto cualitativamente no llega ni siquiera al cincuenta por ciento; es lo mismo, que preguntarse porque la vigencia democrática no ha mejorado sustancialmente la calidad de vida del pueblo peruano, que en grandes sectores aún no cuenta con servicios básicos de agua y desagüe, fluido eléctrico, educación, salud, trabajo, vivienda, seguridad ciudadana, etc.
Sin temor a equivocarme, uno de los factores que han contribuido al fracaso de las consultas populares de revocatoria anteriores es que la población no siente que su participación en las mismas, mejore su difícil situación de sobrevivencia.  Asimismo, que tras su convocatoria y ejecución se encuentran personajes que perdieron las elecciones o que buscan una posibilidad de negociar o chantajear prebendas o puestos de trabajo con la autoridad revocable, tal como se ha visto en los últimos siete procesos, que obviamente desnaturaliza a las revocatorias.
La revocatoria para que sea un mecanismo que fortalezca la institucionalidad democrática en la región Lima, sus 9 provincias y 128 distritos; no tiene que tener fundamento de venganza de aquellos que perdieron las elecciones o ser el sustento de autoproclamados justicieros ante supuestos actos de corrupción en el gobierno regional de Lima y gobiernos locales que jamás siguieron sus canales regulares ante la OCI, Contraloría General, Ministerio Público y Poder Judicial.
Lo que sí es importante, es que la autoridad elegida sepa que el cargo no es inamovible por cuatro años, y que está llamada a honrar su palabra y cumplir con lo que ofreció en campaña. Es más, ante la actual coyuntura y la necesidad de revertir el déficit social de nuestros pueblos, con obras de impacto distrital, provincial y regional; la autoridad regional y municipal está llamada a realizar trabajos que sean perceptibles ante la ciudadanía, es decir, cuando salga a caminar, cuando vaya a estudiar, necesite atención de salud, requiera de agua y desagüe, educación, recreación, seguridad ciudadana; lo que, en algún momento nos permitirá lograr la revocatoria de uno de los males históricos de nuestra sociedad, la pobreza.
(*) Educador, periodista y analista político.

No hay comentarios.: