28 junio 2012

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO

ORDENANZA Nº 004-2012-MDSA

San Antonio, 29 de Abril del 2012

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE

Visto en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha,

CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 002-2008-MDSA de fecha 14.FEB.2008, el Concejo Municipal aprobó el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, de la Municipalidad Distrital de San Antonio – Cañete;

Que, dentro del Reglamento de Organización y Funciones mencionado, se ha omitido consignar las Funciones de la Oficina de Ejecutoria Coactiva, lo que si se encuentra en el Organigrama Estructural y el Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad;

Que, mediante Informe Nº 002-2012-EC-MDSA de la Oficina de Ejecutoria Coactiva, se señala que en Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad, solo se encuentran estipuladas las funciones de la Gerencia de Rentas; asimismo da a conocer actividades y principales funciones de dicha Oficina;

Que, con motivo de cumplir con su labor el personal de la Oficina Coactiva, se hace necesario insertar en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad, las funciones que les asiste;

Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Asesoría Legal y en uso a lo prescrito en los Artículos 9º numeral 8), 20º numerales 3) 4) 5), y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la votación unánime del pleno del Concejo, y con la dispensa de la aprobación del acta, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º.- INCORPORESE las funciones de la Oficina de Ejecución Coactiva en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, de la Municipalidad Distrital de San Antonio – Cañete, con el tenor siguiente:

“DE LA OFICINA DE EJECUCION COACTIVA

ARTÍCULO 47-A.- Es el procedimiento que emplea la Municipalidad Distrital de San Antonio para exigir al contribuyente el cumplimiento con sus deudas tributarias pendientes de pago.

El procedimiento se inicia con la notificación de la Resolución de Ejecución Coactiva (REC). La Resolución de Ejecución Coactiva (REC), es el medio por el cual la MDSA le comunica al contribuyente que en sus registros existe una deuda pendiente de pago, por lo que deberá pagar los montos adeudados en un plazo de 7 (siete) hábiles. De no efectuarse el pago se procederá a efectuar cualquiera de los embargos establecidos en el Código Tributario. 

ARTÍCULO 47 – B.- Son Funciones de la Oficina de Ejecución Coactiva:

a) El Ejecutor Coactivo Ejerce a nombre de la Municipalidad, las acciones coercitivas necesarias para hacer cumplir las obligaciones de dar, de hacer y no hacer de acuerdo a las normas establecidas en la Ley de Ejecución Coactiva y su Reglamento correspondiente.

b) Mantener actualizado los documentos normativos de gestión municipal en materia de Ejecución Coactiva.

c) Estudiar los expedientes coactivos puestos en su consideración.

d) Exigir a nombre de la Municipalidad las deudas que no han sido pagadas o levantar la medida coactiva por cancelación de la deuda;

e) Firmar conjuntamente con el Auxiliar Coactivo las resoluciones que sean necesarias para el Proceso de Ejecución Coactiva;

f) Ordenar todas las medidas cautelares necesarias;

g) Estudiar el expediente y disponer qué medida o forma de cobranza se ejecuta;

h) Notificar al deudor el valor de la cobranza;
i) Coordinar con Gerencia de Seguridad Ciudadana para las ejecuciones forzosas;

j) Ordenar embargos, ejecución forzosa, demoliciones y tapiado entre otros y disponer la tasación y remate del bien ciñéndose con las reglas del código procesal civil, código tributario, Ley de ejecución coactiva y demás normas pertinentes;

k) Realizar inspecciones oculares y otras diligencias cuando el caso lo amerite:

l) Analizar y emitir informes técnicos de expedientes coactivos;”

ARTÍCULO 2°.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el portal Institucional y carteles de avisos municipales para conocimiento público; así como en el medio periodístico oficial de la provincia.
.
ARTÍCULO 3°.- Téngase por presente en todo lo demás el contenido de la Ordenanza Nº 002-2008-MDSA de fecha 14.FEB.2008, y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por la misma.

ARTÍCULO 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación.

Regístrese, publíquese y archívese.

Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde

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