24 julio 2012

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA

«AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD»

ORDENANZA MUNICIPAL N° 005 – 2012 – MDCH.

Chilca, 20 de Julio del 2012.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA-CAÑETE;

POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Chilca-Cañete, en Sesión de Concejo Ordinaria celebrada el día 20 de julio del 2012, aprueba el Proyecto de Ordenanza Municipal sobre Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Chilca-Cañete para el Año Fiscal 2013, y,

CONSIDERANDO:
Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley Nº 7680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población; y están sujetos al control y supervisión de la Contraloría General de la República,

Que, los artículos 17° y 42º inciso g) de la Ley de Bases de la Descentralización –Ley N° 27783 establecen que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos,

Que, el numeral 14.1 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala que el Proceso Presupuestario de Programación, Formulación y Aprobación de los presupuestos de los Gobiernos Locales, se encuentran reguladas en el Título II de la mencionada Ley y complementariamente por las Leyes del Presupuesto del Sector Público y las Directivas que emita la Dirección General del Presupuesto Público,

Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en resultados, aprobado mediante la Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, publicado en el Diario Oficial el Peruano con fecha 10 de Abril 2010, establece los lineamientos, mecanismos y pautas para que los Gobiernos Regionales y Locales desarrollen el proceso en mención, precisando diversos criterios para delimitar los proyectos de impacto regional, provincial y local,

Que, el artículo 1° de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, Ley N° 27293, señala que la presente ley se crea con la finalidad de optimizar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologías y normas técnicas relacionadas con las diversas fases de proyectos de inversión.

Que, mediante la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, Directiva N° 04-202-EF/68.01 aprobada mediante Resolución Directoral N° 12-2002-EF/68.01, señala que los Gobiernos Locales tienen observancia obligatoria de las normas que regulan el Sistema Nacional de inversión Pública en la ejecución de proyectos de inversión de recursos públicos.

Que, los numerales 14 y 34 del artículo 9º, el artículo 53º y la Décima Sexta Disposición Complementaria de la ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, dispone como atribución del Concejo Municipal, la de aprobar normas que garanticen la efectiva participación vecinal, reglamentar los espacios de participación y regular mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos,

Que, es necesario reglamentar el desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo para el año fiscal 2013 del Distrito de Chilca-Cañete, desde su inicio con la difusión, convocatoria, identificación, registro y acreditación de Agentes Participantes, conformación del Equipo Técnico, capacitación, priorización de proyectos, entre otros.

En uso de las facultades que le confiere la Ley, la Municipalidad Distrital de Chilca-Cañete, establece la ORDENANZA MUNICIPAL que aprueba el:

REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA-CAÑETE PARA EL AÑO FISCAL 2013
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
OBJETO, DEFINICIÓN, BASE LEGAL, RESPONSABILIDAD Y ALCANCE

ARTÍCULO 1º.- El presente tiene por objeto normar el desarrollo de las diferentes fases del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de Chilca-Cañete; así como precisar los mecanismos de participación de la sociedad civil.
Son fases del Presupuesto Participativo:
1.- Fase de Preparación
2.- Fase de Concertación
3.- Fase de Coordinación entre niveles de gobierno
4.- Fase de Formalización

ARTÍCULO 2º.- El Presupuesto Participativo Basado en Resultados es un instrumento de política y a la vez de gestión, a través del cual las autoridades locales, así como las organizaciones de la población debidamente representadas, definen en conjunto, como y a qué se va a orientar los recursos asignados, teniendo presente la visión y objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado (PDC).

ARTÍCULO 3º.- El Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados se enmarca en los siguientes dispositivos legales:
- Constitución Política del Perú
- Ley Nº 27783 – Ley de Bases de Descentralización.
- Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.
- Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo.
- Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la
Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo.
- Ley Nº 27293 – Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y
Disposiciones Complementarias modificatorias.
- Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Ley Nº 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
fiscal 2012
- Directiva Nº 001-2011-EF/50.01 – Directiva para la Programación y
Formulación del Presupuesto Participativo del Sector Público.
- Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, que aprueba el Instructivo
para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados.

ARTÍCULO 4º.- La Alcaldía como Órgano Ejecutivo, el Consejo Municipal, como órgano normativo y fiscalizador, y el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) como instancia consultiva y de concertación, son responsables de impulsar la realización del proceso, promoviendo y garantizando la mayor participación y el respeto a los acuerdos adoptados al respecto.

ARTÍCULO 5º.- La Unidad de Planeamiento y Presupuesto, como parte del Equipo Técnico, es responsable de preparar la información que el proceso requiera impulsar, desarrollar, conducir y consolidar los resultados obtenidos en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal.

ARTÍCULO 6º.- La presente norma es aplicable a los Agentes Participantes inscritos para el Proceso del Presupuesto Participativo del Distrito de Chilca-Cañete para el año fiscal 2013.

ARTÍCULO 7º.- Apruébese el cronograma de Actividades del Proceso Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año 2013, que se anexa al presente en ANEXO 2.

TITULO II
DESARROLLO DE FASES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS

CAPITULO I
DE LA PREPARACIÓN

ARTÍCULO 8º.- El Alcalde en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) se encarga del desarrollo de las actividades de difusión y sensibilización sobre la importancia de la participación ciudadana así como de las normas que señalan su cumplimiento.

ARTÍCULO 9º.- El Alcalde de común acuerdo con el CCLD convoca a sesión extraordinaria del CCLD para tratar el Reglamento y el cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo; luego propone al Consejo Municipal del Distrito de Chilca-Cañete la Ordenanza Municipal de aprobación del proyecto de Reglamento que norma el proceso y el cronograma respectivo.

ARTÍCULO 10º.- El Equipo Técnico prepara la siguiente información para ser comunicada oportunamente a los Agentes Participantes:
a) Relación de proyectos priorizados en el Proceso Participativo del año anterior que fueron considerados en el Presupuesto Institucional y su Ejecución.
b) Programa de Inversiones del ejercicio actual, aprobado en el PIA.
c) Proyección de Recursos Totales por fuente de financiamiento que el Gobierno Local destinará al Proceso del Presupuesto Participativo 2013.
d) Información del Trabajo de Evaluación y calificación de propuestas/proyectos que presentan los Agentes Participantes en el respectivo taller.

CAPITULO II
LA CONVOCATORIA

ARTÍCULO 11º.- El Alcalde en coordinación con el CCLD convoca al Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, iniciándose con la inscripción de los agentes participantes de acuerdo al cronograma establecido. La difusión será a través de los medios de comunicación más adecuados y pertinentes en el ámbito de su jurisdicción.

CAPITULO III
IDENTIFICACIÓN, REGISTRO, ACREDITACIÓN Y RESPONSABILIDAD DE LOS AGENTES PARTICIPANTES

ARTÍCULO 12º.- La Municipalidad Distrital de Chilca-Cañete a través de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, apertura el Libro denominado «Identificación y Registro de Agentes Participantes», para la identificación e inscripción de los Agentes Participantes.
El Libro de Registro de Agentes Participantes contendrá como información mínima lo siguiente:
- Nombre de la Organización a la que representa
- Tipo de organización y tiempo de funcionamiento.
- Nombres y Apellidos de los Agentes Participantes (01 titular y 01
suplente).
- Documento de Identidad
- Domicilio
- Teléfono, email
- Profesión, ocupación
- Número de asociados a los que representa.

ARTÍCULO 13º.- La inscripción se realiza en la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Chilca-Cañete, siendo los requisitos:
- Solicitud dirigida al Alcalde Distrital suscrita por el representante Legal de la Organización y tendrá calidad de Declaración Jurada en Formato Nº 01 y 02 entregados por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto. ANEXO 3
- Copia simple de la Ficha Registral de la Organización o la Resolución de Alcaldía de Reconocimiento u otro documento que acredite su funcionamiento según corresponda.
- Acta de Asamblea donde se designan a los Agentes Participantes tanto titular como suplente, documento que debe estar debidamente fedateado por la Municipalidad Distrital de Chilca-Cañete.
- Copia simple del DNI del agente participante titular y del suplente, con domicilio de la jurisdicción.

ARTÍCULO 14º.- La vigencia del Reconocimiento Municipal será de 2 años al 1º de Marzo 2012.

ARTÍCULO 15º.- Concluidas las inscripciones y la regularización de
documentos si se diera el caso, se entregarán las Credenciales a los agentes participantes aptos para iniciar el proceso del Presupuesto Participativo año fiscal 2013.

ARTÍCULO 16º.- Los Agentes Participantes debidamente acreditados asumen las siguientes responsabilidades:
- Participar con voz y voto en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados teniendo en cuenta los principios y normas de convivencia democrática de participación, transparencia, igualdad, tolerancia, eficiencia, eficacia, equidad, respeto y compromiso.
- Participar en todos los eventos convocados por la Municipalidad Distrital de Chilca-Cañete, en el Marco del Proceso de Presupuesto Participativo 2013.
- Reunirse con la población a la que representan para identificar en consenso los problemas distritales así como sus problemas territoriales y locales, e identificar los resultados solución a los problemas fundamentales evitando la dispersión o atomización de los recursos asignados.
- Intervenir en forma responsable y objetiva, sujetándose a la práctica del ejercicio democrático con respecto a la diversidad de opinión.

ARTÍCULO 17º.- Los Agentes Participantes una vez definida la visión y los objetivos estratégicos de desarrollo, que forma parte del Plan de Desarrollo Concertado (PDC), adoptan los siguientes acuerdos y compromisos:
- Identificar los Resultados (Diagnóstico-Soluciones propuestas) de manera coordinada y conjunta, orientados al logro de los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.
- Asumir compromiso de trabajo permanente entre la autoridad local, otras entidades del Estado y la sociedad civil para solucionar problemas prioritarios orientados al desarrollo sostenible.
- Difusión de la Visión, Objetivos y Compromisos asumidos en el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), hacia su comunidad.

CAPITULO IV
CAPACITACIÓN DE LOS AGENTES PARTICIPANTES

ARTÍCULO 18º.- La etapa de capacitación estará a cargo de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto en coordinación con el Equipo Técnico.

ARTÍCULO 19º.- Las materias a desarrollar en las acciones de capacitación estarán referidas básicamente a los siguientes temas:
- Plan de Desarrollo Local Concertado
- Proceso de Presupuesto Participativo Base Legal
- Presupuesto Participativo Basado en Resultados
- Sistema Nacional de Inversión Pública
- Desarrollo por Ejes Social, Económico, Territorial.


ARTÍCULO 20º.- Para garantizar que la capacitación cubra toda la población, se realizará la invitación a todos los centros poblados y zonas de Chilca-Cañete para fomentar una participación.

TITULO III
DEL EQUIPO TÉCNICO, CONFORMACIÓN Y FUNCIONES

ARTÍCULO 21º.- El Equipo Técnico tiene como propósito principal, brindar soporte técnico en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2013. La Municipalidad Distrital de Chilca-Cañete procederá a reconocer el Equipo Técnico por Resolución de Alcaldía.

ARTÍCULO 22º.- El Equipo Técnico estará conformado por Profesionales con conocimiento de la problemática socio económico e institucional, y en aspectos de Planificación y Proyectos de Inversión Pública, integrado por:
- Gerente Municipal;
- Gerente de Obras Públicas,
- Gerente de Planificación y Presupuesto,
- Dos miembros de la Sociedad Civil.
- El Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Chilca-Cañete, quien lo presidirá o delegará la presidencia.
- 01 Representante de la Unidad de Medio Ambiente y Desarrollo Urbano o la Oficina de Obras pública y privada.
- El Jefe de la Unidad de Contabilidad
- El Jefe de la Unidad de Abastecimiento
- 02 Representantes de la Sociedad Civil con conocimiento y experiencia en temas de planeamiento, presupuesto y obras públicas, que serán elegidos entre los agentes participantes en el Taller I de presentación de propuestas.

ARTÍCULO 23º.- Son funciones del Equipo Técnico:
- Brindar apoyo para la organización y ejecución de las diferentes fases del proceso.
- Preparar la información para el desarrollo de los talleres de trabajo.
- Desarrollar la evaluación técnica y financiera de los proyectos.
- Preparar y presentar la lista de proyectos que superaron la evaluación técnica.
- Informar a los agentes participantes la asignación presupuestaria disponible para el desarrollo del proceso.
- Sintetizar la información y elaborar los instrumentos normativos y técnicos que requiere el proceso para su aprobación final.
- Elaborar y presentar el documento del Presupuesto Participativo Año 2013 a la Dirección General del Presupuesto Público – MEF tal como lo dispone el Instructivo y Directiva correspondiente.

TITULO IV
DE LOS TALLERES DE TRABAJO Y EVALUACIÓN TÉCNICA

CAPITULO I
DE LOS TALLERES DE TRABAJO

ARTÍCULO 24º.- Los talleres de Trabajo son reuniones de los agentes participantes, convocados por el Alcalde en su calidad de Presidente del CCLD, en los cuales sobre la base de la visión y los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, analizan los problemas y potencialidades y plantean las acciones a implementar.

ARTÍCULO 25º.- Los Talleres de Trabajo se desarrollarán de acuerdo al Anexo 01 del presente reglamento para lo cual se tomará en cuenta:
1. Taller I de Trabajo, se realizará la Rendición de Cuenta 2011-2012; se discutirá la problemática distrital y sectorial en base a los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado y se plantearán soluciones para finalmente definir la matriz de criterios de priorización. Así mismo, se elegirá a los 02 miembros de la Sociedad Civil para el Equipo Técnico.
En este primer taller se informará sobre las propuestas de impacto distrital por parte del CCLD para su inclusión como prioridad.
2. Taller II de Trabajo, se informará por parte del Equipo Técnico, los resultados de la calificación y evaluación de las propuestas presentadas (actividad/proyecto) para que los agentes participantes consideren y determinen su inclusión en el presupuesto institucional, dando paso a la formalización de los acuerdos con la suscripción del Libro de Actas del Proceso de Presupuesto Participativo 2013 y la firma de los Agentes participantes en señal de conformidad; y finalmente se elegirá al Comité de Vigilancia del Proceso Participativo 2013.

ARTICULO 26º.- La rendición de cuentas es un mecanismo que nos permite evaluar el cumplimiento de los acuerdos y responsabilidades asumidos en el proceso participativo del año precedente, generando elementos para concertar, asumir y medir responsabilidades y compromisos futuros.

ARTÍCULO 27º.- El Alcalde, como titular del pliego, en el Primer Taller de Trabajo a realizarse, dará a conocer a los Agentes Participantes los logros, avances, limitaciones y perspectivas del Presupuesto Participativo ejecutado del ejercicio precedente.

CAPITULO II
DE LA EVALUACION TÉCNICA

ARTÍCULO 28º.- La evaluación Técnica de los problemas y alternativas de solución estará a cargo del Equipo Técnico en concordancia a los criterios de priorización del MEF y otros documentos técnicos normativos, consistente en el análisis, formulación y evaluación técnica financiera de las acciones y/o proyectos priorizados.

ARTICULO 29º.- El Equipo Técnico prepara el Documento del Presupuesto Participativo, el mismo que debe reflejar de manera diferenciada e integrada los compromisos y acuerdos adoptados por los agentes participantes; para su registro en el Aplicativo del MEF y remisión de documentos Físicos.

TITULO V
DE LOS MECANISMOS DE VIGILANCIA

CAPITULO I
DEL COMITÉ DE VIGILANCIA

ARTÍCULO 30º.- El comité de Vigilancia es una instancia del Presupuesto Participativo que vigila el cumplimiento del presente Reglamento y normas conexas. Además, tiene la facultad de denunciar ante otras instancias de control de nivel superior sobre indicios de delito.

ARTÍCULO 31º.- El Comité de Vigilancia está conformado por cuatro (04) miembros elegidos de entre los agentes participantes. Los miembros son elegidos a propuesta directa y votación a mano alzada. La elección es por mayoría simple entre los Agentes Participantes debidamente identificados, inscritos y registrados. El tiempo de mandato para los integrantes del comité es a partir de su elección y finaliza su labor en Diciembre del año siguiente.

ARTÍCULO 32º.- El comité de Vigilancia es competente para:
- Vigilar el desenvolvimiento de las distintas etapas del Proceso del Presupuesto Participativo para el que fue elegido, así como el cumplimiento de los acuerdos concertados.
- Vigilar que los proyectos priorizados formen parte del Presupuesto Institucional de Apertura, incluido los proyectos inconclusos de ejercicios anteriores.
- Requerir a la Municipalidad Distrital de Chilca-Cañete el estado, dentro del ciclo de vida de un PIP, de lo proyectos priorizados, correspondiente al Proceso Participativo 2013 a fin de facilitar la vigilancia.
- Vigilar que los recursos municipales y los aportes de la sociedad civil, destinados al presupuesto participativo del ejercicio fiscal, sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos.
- Informar semestralmente al Consejo de Coordinación Local Distrital y a la Sociedad Civil en general, sobre los resultados de la vigilancia y si se cumplen con las rendiciones de cuentas establecidas.
- Solicitar formalmente al Alcalde, según sea el caso, de acuerdo a las normas de transparencia, la información que requiera para desarrollar las tareas de vigilancia.

TITULO VI
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES

PRIMERA.- Los Agentes Participantes portarán una credencial otorgada por la Municipalidad Distrital de Chilca-Cañete, y servirá para su identificación a lo largo del proceso.

SEGUNDA.- Los Acuerdos se establecerán mediante votación por mayoría simple de la asistencia, si es que la metodología empleada por los facilitadores y/o moderador no concluye en consenso.

TERCERA.- Los aspectos no contemplados en el presente reglamento se ajustarán a lo establecido en el Instructivo Para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados aprobado por la Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.10

CUARTA.- Los Agentes Participantes están obligados a asistir a todos los eventos convocados por la Municipalidad de Chilca-Cañete dentro del marco del Presupuesto Participativo.

QUINTA.- El Equipo Técnico elabora el Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo.

SEXTA.- Un representante del CCLD no puede ser miembro del Comité de Vigilancia, y éste no puede ser Integrante del Equipo Técnico.

ANEXO 01: CONVOCATORIA AL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO 2013
ANEXO 02: CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
ANEXO 03: FORMATOS DE INSCRIPCIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES
ANEXO 04: FICHA DE INFORMACIÓN MÍNIMA DE PROYECTO/ACTIVIDAD PRIORIZADA.

ALFREDO ROSAS CHAUCA NAVARRO
ALCALDE


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