07 septiembre 2012

EDICTOS

DIRIMENCIA
SALA CIVIL - Sede Central
EXPEDIENTE: 00024-2012-0-0801-JR-CI-01
MATERIA: ACCION DE AMPARO
DEMANDADO : CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE : PROCURADOR PÚBLICO DEL PODER JUDICIAL DEMANDANTE : RIVERA COTRINA, CLAUDIA
RESOLUCIÓN NUMERO DOCE.- Cañete, cuatro de setiembre del dos mil doce.-
AUTOS Y VISTOS; con los votos emitidos en Audiencia Pública; Y, CONSIDERANDO:
Primero.- Que, en la votación de la presente causa señora Juez Superior doctor Elmer Soel Rebaza Parco (Ponente), emite su VOTO para que se REVOQUE la sentencia emitida por resolución numero seis de fecha veintiocho de febrero del año dos mil doce, que corre de fojas noventa y siete a ciento tres, que declara improcedente la demanda de amparo formulada por Claudia Rivera Cotrina contra la Corte Superior de Cañete con lo demás que contiene. Y REFORMÁNDOLA se declare fundada la demanda, por haberse acreditado la vulneración al derecho al trabajo, en consecuencia nulo el despido arbitrario de que ha sido víctima la demandante; y se ordene que la demandada reincorpore a la demandante en el mismo puesto laboral que desempeñaba hasta antes de su despido como Secretaria Judicial u otro de similar jerarquía y nivel remunerativo, considerándola como trabajadora sujeto a una relación laboral a plazo indeterminado, en el plazo de dos días, bajo apercibimiento de que el Juez de ejecución aplique las medidas coercitivas prescritas en el artículo 22° del Código Procesal Constitucional, en caso de resistencia al mandato judicial, con costas y costos.
Segundo.- Que, los señores Jueces Superiores doctores María Guadalupe Garnica Pinazo y Ángel Polanco Tintaya, emiten su voto en discordia para que se REVOQUE la sentencia - resolución número seis de fecha veintiocho de febrero del año dos mil doce, que declara improcedente la demanda de amparo formulada por Claudia Rivera Cotrina contra la Corte Superior de Cañete con lo demás que contiene. Y REFORMÁNDOLA se declare fundada la demanda, por haberse acreditado el despido incausado; consecuentemente la vulneración al derecho al trabajo. ORDENAR que la demandada CUMPLA con reponer a Claudia Rivera Cotrina en el cargo que venia desempeñando o de otro igual de similar nivel o jerarquía; considerando que debe ser reincorporada hasta el cumplimiento de la condición resolutoria, esto es, hasta que culmine el proceso de selección de la Plaza N° 017734 correspondiente al cargo de Secretaria Judicial [publicación de resultados] en un plazo de dos días; bajo apercibimiento de ley.
Tercero.- los señores Jueces Superiores doctores Jacinto Arnaldo Cama Quispe y Federico Quispe Mejía, emiten su voto en discordia para que se REVOQUE la sentencia (resolución número seis) emitida por el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que declara improcedente la demanda de amparo interpuesta por Claudia Rivera Cotrina contra la Corte Superior de Cañete, dejando a salvo su derecho para que lo haga valer en la vía correspondiente; y ordenar archivar definitivamente los actuados. Y REFORMÁNDOLA se declare FUNDADA la demanda, porque se ha acreditado la vulneración del derecho al trabajo; en consecuencia NULO el despido arbitrario de la demandante; y se ordena que la demandada CUMPLA con reponer a Claudia Rivera Cotrina en el cargo que venía desempeñándose, con la misma remuneración y nivel, concediéndosele el plazo de dos días, bajo apercibimiento de que el Juez del Juzgado de origen aplique las medidas coercitivas establecidas en el Código Procesal Constitucional.
Cuarto.- Que, al no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, por haberse producido discordia, y al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del Texto legal acotado.
Quinto.- Que, el citado artículo 144° señala que si resulta discordia, se publica y notifica el punto que lo motiva, bajo sanción de nulidad, asimismo, precisa que en la misma resolución se llama al Juez superior dirimente expedito y se señala día y hora para la vista de la causa.
Sexto.- En ese sentido, y habiéndose producido discordia, estando a lo establecido por el artículo 145° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, resulta pertinente disponer el llamamiento al Juez Superior que corresponda, debiendo efectuarse dicho llamamiento de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Administrativa numero 040-2012-P-CSJCÑ-PJ, de fecha diecinueve de enero del año en curso; asimismo deberá publicarse la presente resolución en el Diario Oficial de la Provincia
Por las consideraciones expuestas, LLAMARON al señor Juez Superior doctor ISAIAS ASCENCIO ORTIZ, para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha de VISTA DE LA CAUSA para dicha dirimencia el día VEINTICINCO DE SETIEMBRE del año en curso, a horas OCHO DE LA MAÑANA CON CUARENTA MINUTOS. DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de la Provincia «Al Día con Matices» por el término de UN DIA.
AGREGUESE a los autos el informe presentado por el Procurador Publico del Poder Judicial, con fecha tres de setiembre último, a efectos de tenerse presente en lo que fuera de ley.
Notificándose.
J.S.
CAMA QUISPE
POLANCO TINTAYA

EDICTOS PENALES Y DE FAMILIA (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; cita y emplaza a las siguientes personas; para que se ponga a derecho, se apersonen al local de la Sala de Audiencia de la Corte Superior y se defiendan de los cargos formulados en su contra :
EXP.-2010-0139; a MARCO ANTONIO CHAVEZ ARRANTE. Día: 02.10.2012. Hora: 10:30 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado Doloso. Agraviado: Estado Peruano y otro. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0020; a EMILIANO LUCIO VILCHEZ VARILLA. Día: 02.10.2012. Hora: 10:45 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado Doloso. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0037; a TEODORO OBED CURI CAMBILLO. Día: 02.10.2012. Hora: 9:00 a.m. Delito: Peculado Doloso Agravado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.- 2009-0301; a SILVA SANCHEZ FERNANDO. Día: 18.09.2012. Hora: 9:15 a.m. Delito: Ocultamiento de ingreso y obtención indebido de crédito. Agraviado: SUNAT. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.- 2009-0732 ; a RICARDO ESPICHAN CARDENAS y JAVIER ESPICHAN CARDENAS. Día: 02.10.2012. Hora: 9:15 a.m. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado en grado de tentativa. Agraviado: Jesús Toledo Rojas. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.- 2010-0174 ; a ERNESTO RAMIRO CASTILLO HUALLULLO. Día: 02.10.2012. Hora: 10:15 a.m. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Julián Albino Huamaní Malpica. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2011-0051; a JESUS ALEJANDRO RUIZ CAYCHO Día: 02.10.2012. Hora: 9:45 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2009-0594; a DANTE OMAR MARTINEZ VARGAS Día: 02.10.2012. Hora: 9:30 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de revocarse la comparecencia restringida por la DETENCION y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2008-0599; a AUGUSTO VARGAS SANCHEZ Día: 18.09.2012. Hora: 9:00 a.m. Delito: Contra la Libertad-Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de revocarse la comparecencia restringida por la DETENCION y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2011-0062; a VICTOR MOISES MENDOZA YAURI Día: 03.10.2012. Hora: 9:00 a.m. Delito: Contra la Libertad-Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.

SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA; Juez Guzman; ha ordenado publicar:
EXP. 2011-0383: RESOLUCION N° 01(27.04.2012)SE RESUELVE: 1. ADMITIR a tramite la demanda incoada por el Ministerio Publico, contra NILTON CESAR SOTO PARVINA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de KATTY ELIZABETH BULEJE GONZALES. 2. TRASLADO de la demanda al demandado NILTON CESAR SOTO PARVINA por el termino de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. 3. Téngase por ofrecidos los MEDIOS PROBATORIOS, que se precisan en la demanda. 4. DICTA como medida de protección que el demandado se abstenga de todo acto de agresión física y/o psicológica en agravio de Katty Elizabeth Buleje Gonzáles . Secretario: Calagua.

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MALA; Juez: Huamaní; notifica, cita y emplaza:
EXP.-2012-036-00-JIP; Resolución 08(29.08.2012): a JORGE ANTONIO RIOS ANCCARI con domicilio en Jr. 28 de Julio Calaguaya-Mariatana-Huarochiri-Lima, y/o en panamericana Sur Manzana 48 Lote 05-Chilca, para AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE LA ACUSACION FISCAL, la misma que se llevara a cabo el día 20.09.2012 a horas 9:00 a.m. Lugar: Sala de Audiencias B del Juzgado de Investigación preparatoria de Mala, con la presencia obligatoria del Fiscal y el Abogado Defensor del acusado; bajo apercibimiento de efectuarse las comunicaciones a los entes respectivos. Delito: Contra la Seguridad Publica-Peligro Común-Conducción en Estado de Ebriedad. Agraviado: La Sociedad. Asistente: Carbajal.
7, 8 y 9 de Setiembre

EDICTOS PENALES Y DE FAMILIA (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; cita y emplaza:
EXP.-2010-0139; a TORRES JUNCO JULIO CESAR, para que se ponga a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra el delito de PECULADO DOLOSO en agravio del Estado Peruano. Secretario: Miranda.

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MALA; Juez: Huamaní; cita, emplaza y notifica:
EXP.-2011-131-03-JIP; Resolución 04(28.08.2012): a MIGUEL ANGEL CALDERON DELBOY con domicilio en Jr. Grau s/n -Ayacucho-Huamanga, para que en el plazo de tres días luego de la ultima publicación de la presente resolución, designe un domicilio real, o se constituya a este juzgado, a fin de notificársele con el integro de la Resolución numero 03, que dispone la notificación al imputado con las resoluciones numero 01 (11.07.2012) y la resolución 02 (06.08.2012), resuelve admitir a tramite el requerimiento Acusatorio y con el integro del requerimiento Acusatorio formulado en su contra por la presunta comisión del delito Contra El Patrimonio-Robo Agravado en Grado de Tentativa, en agravio de Guillen Justo Tadeo Saavedra; solicitando la Fiscalía Provincial Corporativa de Mala, se imponga en su contra OCHO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA y la suma de SEISCIENTOS NUEVOS SOLES (S/.600.00) por concepto de REPARACION CIVIL; bajo apercibimiento de no efectuarlo en dicho plazo se dará por notificado con dichas resoluciones, con el traslado del requerimiento acusatorio y demás resoluciones que se emitan por ese despacho, salvo las que por ley se establezcan de acuerdo a su naturaleza, y se proseguirá el presente proceso de acuerdo a su estado, convocándose a la audiencia respectiva. Asistente: Carbajal.
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA; Juez: Castillo; cita, llama y emplaza:
EXP.-099-2009;: a WALTER SANAC CHILO, para diligencia de Lectura de Sentencia. Día: 18.09.2012, hora 2:45 p.m.; bajo apercibimiento de declarárseles Reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud-LESIONES CULPOSAS GRAVES. Agraviado: Juan Antonio Arias Quispe y Carlos Mario Arias Quispe. Secretario: Cáceda.
JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA; Juez Chipana; ha mandado a publicar:
EXP.-2012-10, RESOLUCION N° 074(23/04/2012):Téngase por CONSENTIDA, la Resolución N° 06 de fecha 22-03-2012. Secretario Calderón.

JUZGADO MIXTO TRANSITORIO DE CHILCA; Juez Quispe; ha mandado a publicar:
EXP.-2010-173, RESOLUCION N° 01(17/06/2010). RESUELVE: ADMITIR la demanda de VIOLENCIA FAMILIAR, interpuesta por el representante del Ministerio Publico, contra EDWIN DOROTEO GASPAR, en agravio de LOURDES MEJIA COA, en forma de MALTRATO FISICO Y PSICOLOGICO. RESOLUCION N° 02(26/01/2012). RESUELVE INTEGRAR la Resolución Uno, en el siguiente sentido: la menor Lourdes Mejia Coa, se encuentra representada por su tía Elena Tacuri Vargas. Secretario: Jaime.
05, 06 y 07 de Setiembre.

PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por FERUSH S.A.C. (antes ORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS MULTIPLES FERUSH S.R.L.), contra CORPORACION INVERSIONES CAÑETE S.R.L. ORESTES ISIDRO VELIZ VALENZUELA, JULIA URSULA CALIXTRO CASAS, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente Nº 12726-2007, el Cuarto Juzgado Civil – Subespecialidad Comercial Lima a cargo de la Sra. Juez Dra. ANA MARILU PRADO CASTAÑEDA, Especialista Legal Dra.MARIA ROXANA CAJACURI FAURA, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente bien inmueble:
Inmueble ubicado con frente a la Carretera Cañete- Lima en el distrito de Cerro Azul – provincia de Cañete, departamento de Lima, cuyas áreas linderos y medidas perimétricas corre inscrito en la Partida Electrónica Nº 90134272, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral de Cañete.
CARGAS Y GRAVÁMENES: 1) ASIENTO D00002 EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.- mediante Resolución Nº 2 de fecha 23/01/2008 y Resolución Nº 5 de fecha 19/02/2008 firmada por la señora Juez, Dra. ANA MARILU PRADO CASTAÑEDA, quien ordenó se trabe embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 45,000.00 (CUARENTA Y CINCO MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) sobre los DERECHOS Y ACCIONES que le corresponden a ORESTES ISIDRO VELIZ VALENZUELA y JULIA URSULA CALIXTRO CASAS, ordenado por el 04º Juzgado Civil Subpespecialidad Comercial – Lima a favor de ORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS MULTIPLES FERUSH S.R.L. sobre Medida Cautelar Fuera de Proceso. 2) ASIENTO D00003 ACLARACIÓN DE ASIENTO DE EMBARGO.- aclaración de asiento de embargo en el sentido de que el nombre correcto de la parte accionante es ORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS MULTIPLES FERUSH S.R.L. 3) ASIENTO D00004 AMPLIACION DE EMBARGO.- El embargo anotado en el asiento D00002 de la presente partida, aclarado en el asiento D00003 que antecede ha sido ampliado hasta por la suma de S/. 123,000.00 (CIENTO VEINTITRES MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES al haberlo así dispuesto mediante Resolución Nº 14 de fecha 16/07/2009 la señora Juez Dra. ANA MARILU PRADO CASTAÑEDA.
VALOR TASACIÓN US$ 72,028.00 (SETENTA Y DOS MIL VEINTIOCHO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS).
BASE DEL REMATE US$ 48,018.67 (CUARENTA Y OCHO MIL DIECIOCHO CON 67/100 DOLARES AMERICANOS) deducido las dos terceras partes del valor de la tasación.
DIA Y HORA DEL REMATE: 14 de SETIEMBRE del año 2012 a horas 11:15 de la mañana.
LUGAR DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en la Sala de Remates Nº 1 del Primer Piso de la sede del Edificio Alzamora Valdez, ubicada en la esquina de las Avenidas Abancay y Nicolás de Piérola – Cercado de Lima.
POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación mencionada en efectivo o en cheque de gerencia, ascendente a la suma de US$ 7,202.80 respectivamente y presentarán la tasa judicial por participación de remate judicial de bien inmueble de S/. 365.00 indicando Nº de Expediente, documento de identidad y Juzgado.
MARTILLERO PÚBLICO: CLAUDIA GABRIELA GUERRA MALAVERRY REGISTRO SUNARP Nº 212. Lima, Agosto del año 2012.
Claudia G. Guerra Malaverri - Martillero Público - Registro 212 SUNARP
María Roxana Cajacuri Faura - Secretaria Judicial
04º Juzgado Civil Subespecialidad Comercial - Corte Superior de Justicia de Lima
Publicar: Del 05 al 11 de Setiembre.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
Cañete – Lima – Perú
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que ante la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, han solicitado apertura del pliego Matrimonial don RENZO FASCE GIRALDO, de 37 años, identificado con DNI 08889688, natural de Lima – Lima – Lima, de nacionalidad peruana, estado civil soltero, domiciliado en Panamericana Sur Km. 134.5 – Cerro Azul, ocupación independiente, hijo de don Lorenzo Humberto Fasce Caricchio y doña Gloria Luz Giraldo de Fasce; y doña CLOTILDE CECILIA GUILLEN PINTO, de 34 años, identificada con DNI 29695393, natural de Arequipa – Arequipa – Characato, de nacionalidad peruana, estado civil soltera, domiciliada en Panamericana Sur Km. 134.5 – Cerro Azul, ocupación independiente, hija de don Medardo Eladio Guillen Herrera y doña Susana Mercedes Pinto de Guillen. Pretendiendo contraer Matrimonio Civil en este Municipio. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de ocho días conforme a ley. Cerro Azul, 06 de Setiembre de 2012.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz - Jefe

EDICTO
Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Expediente Nº 395-2012, IGNACIO JAYO QUICHCA, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO en el extremo de su nombre, toda vez que se ha consignado como EGNACIA, siendo lo correcto IGNACIA. Juez Dr. José De la Cruz Vargas – Secretario Judicial Carlos Coñes Falcón.
Imperial, 06 de Setiembre de 2012.
Carlos Coñes Falcón
Secretario Judicial - Juzgado de Paz Letrado de Imperial
Corte Superior de Justicia de Cañete

SAN JUDAS TADEO
San Judas Tadeo, santo misericordioso, haz que mis penas se conviertan
en gozos, glorioso San Judas Tadeo, sé por mi fe, que vos intercediendo por mí,
el milagro me hará Dios.
Muchas gracias…. Tu devota R.M.C.S.



No hay comentarios.: