16 julio 2009

JUDICIALES

PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Editorial Escuela Activa S.A. con Blanca Inés Guerrero Tenema, sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 049-2007, el Primer Juzgado Civil de Cañete, a cargo del señor Juez Doctor Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Doctor Luis Miguel Yalán Ahedo, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- En Primera Convocatoria: El bien inmueble ubicado en Jr. Santa Rosa Nº 219, distrito de San Vicente, provincia de Cañete y departamento de Lima, cuyas características y dominio se encuentran inscrito en la Partida Nº 90285190 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
2.- Valor de la tasación: S/. 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles).
3.- Base del Remate: S/. 33,333.33 (Treinta y tres mil trescientos treinta y tres con 33/100 Nuevos Soles).
4.- Afectaciones:
a.- Hipoteca.- Constituida por sus propietarios a favor de Editorial Escuela Activa S.A., hasta por la suma de S/. 50,000.00 Nuevos Soles, según Escritura Pública del 12/03/2005 ante Notario Público de Cañete, Ernesto Cáceres Enriquez.
5.- Día y Hora del Remate: 31 de Julio de 2009, a las 03:30 horas de la tarde.
6.- Lugar del Remate: El mismo que se llevará a cabo en el local del Primer Juzgado Civil de Cañete.
7.- Los Postores: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Adjudicatario cancela honorarios del Martillero más IGV de acuerdo a Ley. El remate será efectuado por Flavio Alberto Villanelo Ninapaytan – Martillero Público – Registro Nacional Nº 263.
Flavio A. Villanelo Ninapaytan
Martillero Público – Reg. Nº 263
Luis Miguel Yalán Ahedo
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil – Cañete
15, 16, 17, 20, 21 y 22 de Julio.

EDICTOS PENALES
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2006-0978, a JOSÉ JULIÁN SOTO MAGALLANES; Delito: Contra la Seguridad Pública; Agraviado: Estado Peruano. Cañete, 08.06.2009. Secretario: Vivas.
EXP.-2009-0462, a JORGE ARNALDO PANTOJA SÁNCHEZ; para declaración INSTRUCTIVA, Día: 03-08-2009; Hora: 2.30pm; Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; Agraviada: Milagros Guadalupe Pantoja Quispe, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE. Cañete, 06.07.2009. Secretario: Espinoza.
EXP.-2009-0216, a DIONISIA ESTHER CHÁVEZ COSME; para declaración INSTRUCTIVA, Día: 21-07-2009; Hora: 3.00pm; Delito: Sustracción de Menor; Agraviada: Danuska Luyo Chávez y otro, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE. Cañete, 30.06.2009. Secretario: Morales.
La SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, Presidente MARTÍNEZ, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados para que asistan a la Sala de Audiencias, se pongan a derecho y respondan por el cargo que se le imputa:
EXP.2003-0134, a HENRY ROSARIO MATEO PAUCAR; Día: 07-08-2009; Hora: 09.00a.m.; Delito: Contra la Libertad Sexual (Tentativa); Agraviada: Menores de Edad. Cañete, 06.07.2009.
EXP.2004-0478, a ALFONSO RAMÍREZ QUISPE; Día: 24-07-2009; Hora: 09.00a.m.; Delito: Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud; Agraviada: Miriam Orellana Flores. Cañete, 06.07.2009.
Secretaria: Martínez.
EL JUZGADO MIXTO DE YAUYOS, Juez GONZALES, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2003-0008, a NILA MILDREDA OSORIO OLIVARES, CLAUDIO ALEJANDRO LAREDO OSORIO, FELIPE LAREDO OSORIO y DAMIAN LAREDO OSORIO, declarados REO CONTUMAZ; Delito: Contra el Patrimonio-Usurpación y Daños; Agraviada: Marina Inés Ballarta Olivares. Yauyos, 05.06.2009.
EXP.-1996-0074, a GREGORIA REQUENA EVANGELISTA, REO CONTUMAZ; Delito: Contra la Fé Pública-Falsificación de Documentos; Agraviado: Estado Peruano. Yauyos, 04.06.2009.
EXP.-1995-0108, a LEÓN ISAAC GUTIÉRREZ POSTILLÓN, REO AUSENTE; Delito: Contra la Fé Pública-Falsificación de Documentos; Agraviado: Estado Peruano. Yauyos, 05.06.2009.
EXP.-2003-0090, a FELICIANO SILVANO ZARATE PÉREZ, REO CONTUMAZ; para LECTURA DE SENTENCIA, Delito: Contra el Patrimonio-Hurto de Ganado; Agraviada: América Fernández Vda de Castro. Yauyos, 04.06.2009.
EXP.-2002-0047, a EDGAR RAÚL ESTRADA MANCHA, REO AUSENTE; Delito: Contra el Patrimonio-Hurto de Ganado; Agraviado: Miguel Poma Portas. Yauyos, 04.06.2009.
EXP.-2004-0053, a GUILLERMO AVALO RAMÍREZ y JUANA YACTAYO SAMAN, declarados REO CONTUMAZ; Delito: Contra el Patrimonio-Apropiación Ilícita; Agraviado: Municipalidad Distrital de Azangaro y el Estado Peruano. Yauyos, 04.06.2009.
EXP.-1996-0101, a ELOIDA CHÁVEZ CONTRERAS, declarada REO CONTUMAZ; Delito: Contra la Fé Pública-Falsificación de documentos; Agraviado: el Estado Peruano. Yauyos, 04.06.2009.
EXP.-2008-0065, a JAIME CUADROS CUADROS, Delito: Contra el Patrimonio-Estafa; Agraviada: Elvira Paredes Flores. Yauyos, 05.06.2009.
Secretario: Delgado.
15, 16 y 17 de Julio

EDICTO DE FAMILIA
EXP.2009-0556.-EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez GARNICA; ordenó publicar extracto de RESOLUCIÓN.N°01, fecha: 02.07.2009: RESUELVE: ADMITIR la Demanda contra JAIME BARCIA BARDALES, sobre Violencia Familiar, Vía del Proceso Único; Agraviada: Meyga Andrea Ocampo Manihuari, córrase traslado al demandado dentro del termino de VEINTICINCO DÍAS absuelva la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.-Fdo.Secretario: Parvina. Cañete 02.07.2009.
15, 16 y 17 de Julio
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL
En el proceso seguido por Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora Finanzas contra CHUQUIZUTA HUAPAYA ALEXANDER Y OTROS, materia EJECUCION DE GARANTIAS, Expediente Nº 529-2003, el PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE CAÑETE, a cargo del Juez Doctor Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Doctora Daisy Guzmán Sánchez, ha dispuesto con Resolución Nº 48 sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA al INMUEBLE ubicado en Av. Bolívar Nº 107 (hoy Av. Bauzate y Meza), distrito La Victoria, provincia y departamento Lima, cuyo dominio corre inscrito en la Partida Electrónica Nº 49021274 que viene de la Ficha Nº 1674453 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX, Sede Lima, Sunarp. VALOR DE LA TASACION: US $ 22,105.00 (veintidós mil ciento cinco y 00/100 dólares americanos). BASE DEL REMATE: US $ 14,736.66 (catorce mil setecientos treinta y seis y 66/100 dólares americanos). CARGAS Y GRAVAMENES: ASIENTO D00001) HIPOTECA: Constituida hasta por US $ 17,684 a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. ASIENTO D00002) Embargo, hasta por US $ 4,000.00 mediante Resolución Nº 1 del 20-07-2005 expedida por el 3º Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja. DIA Y HORA DEL REMATE: Cinco de Agosto del dos mil nueve a las 11:30 horas. LUGAR DEL REMATE: Sede de los Juzgados Civiles del Distrito Judicial de Cañete, sito en Panamericana Sur Km. 144.5, distrito San Vicente, provincia Cañete, departamento Lima. LOS POSTORES: presentarán su DNI y arancel judicial consignando el número de DNI del postor, número de expediente y juzgado respectivo (con copia de DNI y arancel), y oblarán el 10% del valor de tasación en cheque de gerencia a nombre del postor (con copia) o en efectivo. EL ADJUDICATARIO: Pagará los honorarios del Martillero Público según Reglamento de Ley del Martillero Nº 27728, 28374, y están afectos al IGV. Lima, 03 de Julio del 2009.
Carolina T. Barriga Sánchez.
Martillero Público a Nivel Nacional - Registro Nº 192.
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil – Cañete
Del 16 al 22 de Julio del 2009.

SUCESION INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, San Vicente – Cañete, se presentó doña Ana María La Matta de Daneri, manifestando ser esposa de quien fuera en vida don Andrés Adalberto Daneri Francia, quien falleció AB – Intestado el día 20 de Noviembre de 2008, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a su cónyuge supérstite Ana María La Matta Pereyra y a sus hijos Ana María del Rosario Daneri La Matta, Andrés Daniel Daneri La Matta, Carlos Andrés Daneri La Matta y Carmen Lucia Andrea Daneri La Matta, respectivamente. Lo que comunico para que se presente los que se crean con derecho a la herencia. Cañete, 03.07.2009.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

EDICTO
Exp. Nº 372-2009, ante el J.P.L. de Imperial que despacha el doctor José De La Cruz Vargas, don HUGO RENE LUYO SANCHEZ, solicita la SUCESION INTESTADA de quien en vida fuera su padre don VICENTE LUYO PORTUGUEZ, fallecido el 22-01-2008, en el distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima. Se comunica para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia.
Imperial, 14 de Julio del 2009.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villalobos
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial - Cañete

EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, cita, llama y emplaza a los siguientes responsables, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-0934, a CESAR FEDERICO ZAPATA LÓPEZ y al Representante legal de la EMPRESA TRANSTOPER S.A.C. en condición de Terceros Civilmente Responsables y COMPAREZCAN ambos para rendir su Declaración Judicial y ejercer su derecho a defensa; Día: 21-07-2009, hora: 3.00 pm. y 3.30pm. respectivamente. Cañete, 09.07.2009.
Secretaria: Flores.

EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, Cita, llama y emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-0028, a JUAN ANTONIO CASTILLO SÁNCHEZ y MIRIAM MAGDALENA DE LA CRUZ CASTILLO; Delito: Contra el Patrimonio-Usurpación, Agraviado: Luis Virgilio Llanos Sánchez y otra. Cañete, 03.07.2009.
EXP.-2005-0740, a ABEL SERAFÍN ROMÁN CASTRO; Delito: Contra la Salud Pública-Microcomercialización de Drogas; Agraviado: El Estado Peruano. Cañete, 08.07.2009.
Secretario: Vivas.
16, 17 y 18 de Julio.

15 julio 2009

ALAN ENTREGO 828 MIL NUEVOS SOLES PARA CAÑETE... ADELANTO DE FONCOMUN...

El Jefe del Estado. Alan García Pérez, en la reunión que sostuvo con los alcaldes de Lima, Callao y Lima Provincias, indicó que actualmente existen problemas para el gasto tanto en el Gobierno Central, regional y los municipios, al punto que en los bancos se encuentran depositados 18 mil millones de nuevos soles, que deberían utilizarse en diversas obras de infraestructura, grandes y pequeñas, que permitan generar empleo.
«Lo primero que debe hacer nuestro presidente del Consejo de Ministros es trabajar con ustedes y con los presidentes regionales, y gastar todo; ojalá en noviembre nos juntemos, y digamos ‘ya se gastó el dinero», manifestó a los alcaldes reunidos en Palacio de Gobierno.
Asimismo, pidió al jefe del Gabinete que tome contacto con todas las bancadas, a fin de explicarles este problema. »Y den a los alcaldes, a los gobiernos regionales y a los ministros un respiro, por lo menos de un año, para que pasen la obras con mayor velocidad.»
Además, instó al Instituto Nacional de Cultura, al Consucode y al Ministerio de Economía y Finanzas a que aceleren las obras, y se ponga fin a diversas trabas burocráticas, para permitir una rápida inversión. Informó que en el presupuesto, por todo concepto entre el Gobierno Central, el regional y municipal existen 26,062 millones de soles para hacer obras, y se han gastado 6,378 millones, lo que representa sólo el 24 por ciento, en la mitad del año.
El Mandatario comentó que existe una corriente que pide más recursos al Ejecutivo, pese al poco nivel de gasto.
«Los 1,900 municipios provinciales y de distritos de Perú tienen 12,100 millones de soles para hacer obras nuevas, y hasta el día de ayer sólo se han gastado 3,164 millones. Quiere decir que para los cinco meses y medio que faltan para fin de año deberíamos gastar los nueve mil millones que quedan.»
Señaló que esto se origina por la falta de capacidad de gasto presente en todos los niveles, desde ministerios, gobiernos regionales y municipios.
Tras destacar la gestión de los alcaldes de Lambayeque por gastar el 41 por ciento de los recursos asignados para el año, lamentó que en otras regiones como Áncash y Arequipa sólo lleguen al 21 por ciento. «Creo que se quiere hacer todo a la vez y al final no se termina haciendo nada. Repito, lo fundamental es gastar primero lo que se tiene y después nos encontramos en el camino para ver cómo se ayuda.»

ALAN ENTREGA RECURSOS DE FONCOMUN A ALCALDES…
Como corolario de la reunión sostenida por el presidente de la República, Alan García Pérez, en Palacio de Gobierno con los alcaldes de Lima, Callao y Lima Provincias, éste hizo entrega de recursos del Fondo de Compensación Municipal (Foncomun) por un monto de 64 millones 544 mil 575 soles a los 58 alcaldes asistentes.
Dicha transferencia forma parte de los 432 millones 332 mil 815 soles que el Ejecutivo entregará a los gobiernos locales de las 25 regiones del país, a fin de impulsar el programa de inversiones durante el presente año.
El acto que se realizó en Palacio de Gobierno contó con la presencia del jefe del Gabinete Ministerial, Javier Velásquez Quesquén.
En la ceremonia, el mandatario dio inicio a la distribución con los municipios provinciales del departamento de Lima y la provincia constitucional del Callao, así como a los distritos de la provincia de Lima.
Así, por ejemplo, la Municipalidad de Lima recibió 12 millones 228 mil 21 soles; la Municipalidad del Callao recibió 2 millones 655 mil 417 soles. En Lima Provincias, el Municipio de Huaral recibe 942 mil 621 soles; al de Cañete le corresponde 828 mil 830 soles; al de Barranca 685 mil 126 soles; y al de Oyón le corresponde 362 mil 132 soles.
Debido a la crisis financiera internacional se ha producido una disminución en la recaudación tributaria, que afecta directamente a los ingresos provenientes del Impuesto de Promoción Municipal, en consecuencia, lo que corresponde percibir a los Gobiernos Locales por concepto de Foncomun es menor, señala una nota de prensa de la Secretaría de Prensa de la Presidencia de la República.
A fin de no afectar los programas de inversiones de los gobiernos locales durante el 2009, el Gobierno ha decidido otorgar nuevos recursos a las municipalidades provinciales y distritales del país.
En ese sentido, mediante el Decreto de Urgencia N° 077-2009 se autorizó de manera extraordinaria un crédito suplementario por un monto de 432 millones 332 mil 815 soles.
Dicha norma fue aprobada el último sábado durante la primera sesión del Consejo de Ministros del Gabinete presidido por Javier Velásquez Quesquén.
Con los nuevos recursos, los municipios deben iniciar o continuar las obras de desarrollo, especialmente aquellas que vayan en beneficio directo de los más necesitados.
EJECUTIVO ANALIZO CON PRESIDENTES REGIONALES MECANISMOS PARA DESTRABAR EXIGENCIAS BUROCRATICAS PARA EJECUTAR OBRAS SOCIALES...

Una primera reunión protocolar realizada en las instalaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, entre su titular, Javier Velásquez Quesquén y nueve presidentes regionales del país sirvió para analizar los mecanismos que ayuden a destrabar ciertas exigencias burocráticas que impiden la ejecución de obras sociales.
El presidente del Consejo de Ministros ofreció a las autoridades regionales apoyarlos decididamente para encontrar los mecanismos pertinentes que permitan acelerar los diversos proyectos de inversión para la ejecución rápida de las obras de interés social.
Velásquez Quesquén escuchó las exposiciones de los presidentes regionales quienes informaron los problemas que tienen que enfrentar para poder ejecutar los proyectos de inversión por lo cual demandaron unir esfuerzos para encontrar salidas comunes y exitosas.
Durante la reunión, se abordó el tema referido a la continuidad de las Mesas de Trabajo, la aceleración en la aprobación de la reglamentación correspondiente del Consejo de Coordinación Intergubernamental, los plazos técnicos para discusión y aprobación de las Matrices de Competencias, la descentralización fiscal, entre otros puntos.
Javier Velásquez Quesquén, precisó que se abocará a impulsar las políticas señaladas por el presidente de la República, Alan García y a honrar los compromisos adquiridos por su antecesor, Yehude Simon Munaro.
Manifestó haber asumido el compromiso para impulsar la inversión pública y promover el empleo, y así hacer frente a los efectos de la crisis económica internacional.
Instó, al mismo tiempo, a los presidentes de los gobiernos regionales para que seleccionen tres o cuatros obras de envergadura a fin de que éstas puedan ser ejecutadas mediante una norma que los exonere de todos los trámites engorrosos.
De otro lado, Velásquez Quesquén anunció que en los próximos días visitará a los presidentes regionales en sus respectivas jurisdicciones para realizar un inventario sobre los proyectos de inversión que pese a contar con el presupuesto de financiamiento no pueden ser ejecutados.
PRESIDENTE DEL
GABINETE VISITARA REGIONES PARA VER PRIORIDAD DE OBRAS...
Afirmó que llegará a las regiones en compañía del ministro de Economía y Finanzas, Luis Carranza y del Contralor General de la República, Fuad Khoury.
«Lo haré para apoyarlos y espero que no se mal entienda nuestro propósito. Sólo queremos que los proyectos de desarrollo social se ejecuten a la brevedad posible y que la Contraloría ejerza su función fiscalizadora y de control una vez realizada las obras», expresó el titular del Gabinete Ministerial.
El presidente del gobierno regional de San Martín y titular de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, César Villanueva, informó los puntos pendientes para ser tratados y resueltos por el Gobierno Central.
Durante el encuentro planteó formar un grupo de trabajo con la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Economía y Finanzas, los gobiernos regionales y otras organizaciones para revisar y corregir los factores que entraban la ejecución de los estudios de pre inversión y los expedientes técnicos para la ejecución de las obras públicas.
Asimismo, solicitó preparar un programa de intervención en el Valle del Huallaga, semejante a los esfuerzos realizados en el Valle de los Ríos Apurímac y Ene (VRAE), entre otros.
En la reunión con el presidente del Consejo de Ministros participaron los titulares regionales Juan Manuel Guillén de Arequipa, Jorge Espinoza de Huánuco, César Álvarez de Ancash, Nelly Saldarriaga de Lambayeque, Ernesto Molina de Ayacucho.
Igualmente, estuvieron presentes César Villanueva de San Martín, Nelson Chui de Lima, Jorge Velásquez de Ucayali, David Salazar de Apurímac y Félix Rivera de Pasco.
POBLACION DE RAMOS LARREA MARCHO HACIA MUNICIPIO IMPERIALINO PARA EXIGIR CULMINACION DE RECONSTRUCCION DE PARQUE «GILBERTO ESPINOZA RUIZ»

Tras más de un año de espera, la población del A.H «Ramos Larrea», del distrito de Imperial no pudo más, y marchó hacia el palacio edil para encarar al Alcalde Richard Yactayo Duran, la falta de cumplimiento y buscar la solución, al abandono en que se encuentra la obra de reconstrucción de su parque «Gilberto Espinoza Ruíz».
Mas de un centenar de pobladores realizó una marcha pacífica por las principales calles del distrito, exigiendo al alcalde Richard Yactayo que cumpla con terminar la reconstrucción de su Parque, el mismo que se encuentra en completo estado de abandono y del que se asegura, que lo poco que está avanzado está mal hecho.
El Dr. Mario Cama Sánchez, Presidente del AH, encabezó la marcha desde el mismo parque de Ramos Larrea, llevando consigo un pintoresco burrito y portando carteles que decían: «BASTA DE ENGAÑOS SR. ALCALDE», «RICHARD TE ESPERAMOS», «TERMINALA ANTES QUE SALGA LA VACANCIA» «CUMPLE TU PALABRA», los mismos que fueron acompañados de frases altisonantes de parte de los numerosos vecinos que participaron del recorrido.
En el palacio edil, ya se sabía de la marcha. Incluso el día anterior, el gobernador del distrito Antonio Cama en un medio radial había invitado al Alcalde imperialino Richard Yactayo, a no esperar la marcha, sino acudir al parque de Ramos Larrea para exponer a la población el motivo del retraso… pero el Alcalde no aceptó el reto; más bien, señaló que él tenía que acudir a Lima a una marcha de los alcaldes hacia palacio de gobierno exigiendo más recursos. Es por ello, que alertados de la marcha, un fuerte contingente de efectivos de la Policía Nacional y de Serenazgo se apostó en la puerta de acceso al Palacio Municipal a fin de evitar cualquier ataque al recinto.
Los pobladores trataron de ingresar a fin de dialogar con el alcalde o quien lo represente, pero encontraron resistencia. De nadie sirvieron los forcejeos y solo se permitió el acceso de los dirigentes del Asentamiento Humano quienes se entrevistaron con el Gerente Municipal, Dr. Martin Yactayo Cama, y el Jefe del Departamento de Obras, René Villalta Aparicio.
Tras los cuestionamientos de parte de los directivos dejando constancia que la referida obra se encuentra con severas deficiencias en su ejecución al extremo que se muestran a simple vista y se ha comprobado en reiteradas oportunidades, los referidos funcionarios municipales levantaron un acta, en la que asumieron los siguientes compromisos:
1.- La Municipalidad se compromete a subsanar las irregularidades de la Primera Etapa con los siguiente:
a) Retirar el tartajeo que se encuentra en las paredes verticales de ambas pozas
b) Hacer un enmallado con mallas aceradas, debidamente asegurados con clavos de acero.
c) Enchapado con cerámico de alta calidad.
2.- La fiscalización y supervisión de la culminación de la obra estará a cargo de los directivos y de la misma población, quienes informarán sobre cualquier irregularidad para ser subsanadas.
3.- La Municipalidad se compromete a hacer las instalaciones de las bancas a mas tardar la próxima semana, poniéndose como meta la culminación antes del aniversario del Asentamiento Humano, que es el 27 de Julio.
Asimismo, los pobladores exigieron que la Municipalidad realice una exhaustiva investigación sobre las severas irregularidades que se hubieran cometido y se sancione con el mayor rigor posible, y de ser el caso, se denuncie ante las autoridades correspondientes.
Posteriormente, Martín Yactayo Cama, gerente Municipal se dirigió a la población reunida en el frontis edil, y tuvo que reconocer las irregularidades que existe en la obra, y en calidad de ser un poblador más del mismo AH Ramos Larrea, se comprometió a aligerar cuanto antes la culminación de la reconstrucción del parque.
Finalmente, los pobladores dejaron una advertencia: Si es que las autoridades no cumplen con el compromiso pactado ellos asumirán medidas más radicales a fin de ser atendidos.





JUDICIALES

EDICTO
Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Asia, se ha ordenado la publicación de un extracto de la solicitud en la que se resuelve admitir en el Exp. Nº 2009-38 la Rectificación de Partida de Nacimiento seguida por TEODORA CONSUELO PORRAS DE ARIAS, por haberse consignado erróneamente el segundo nombre como Esperanza siendo lo correcto TEODORA CONSUELO PORRAS DE ARIAS, quedando intacto lo demás que contiene.
Asia, 03 de Julio del 2009.
Cristina Del Rosario Medina Brigada
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Asia

EDICTO
Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Asia, se ha ordenado la publicación de un extracto de4 la solicitud en que se resuelve admitir en el Exp. Nº 2009-40 la Rectificación de Partida de Nacimiento seguida por RICARDO MAXIMIANO CAYCHO MATÍAS, por haberse consignado erróneamente el segundo nombre como Meaximiano siendo lo correcto RICARDO MAXIMIANO CAYCHO MATÍAS, quedando intacto lo demás que contiene.
Asia, 03 de Julio del 2009.
Cristina Del Rosario Medina Brigada
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Asia

EDICTO
Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Asia, se ha ordenado la publicación de un extracto de la solicitud en la que se resuelve admitir en el Exp. Nº 2009-33 la Rectificación de Partida de Nacimiento seguida por Gudelia Jurado Rivas en representación de su menor hija Tania Gudelia Ferrer Jurado, por haberse consignado erróneamente como segundo apellido de su progenitora Gudelia Jurado Rios siendo lo correcto Gudelia Jurado Rivas quedando intacto lo demás que contiene.
Asia, 02 de Junio del 2009
Cristina Del Rosario Medina Brigada
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Asia

EDICTO DE FAMILIA
EXP.2009-0556.-EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez GARNICA; ordenó publicar extracto de RESOLUCIÓN.N°01, fecha: 02.07.2009: RESUELVE: ADMITIR la Demanda contra JAIME BARCIA BARDALES, sobre Violencia Familiar, Vía del Proceso Único; Agraviada: Meyga Andrea Ocampo Manihuari, córrase traslado al demandado dentro del termino de VEINTICINCO DÍAS absuelva la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.-Fdo.Secretario: Parvina. Cañete 02.07.2009.
15, 16 y 17 de Julio

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251-CC
Se hace saber que don Alfredo Mendez Oré, de 34 años de edad, natural de Fajardo – Ayacucho, de ocupación Obrero, con DNI Nº 22196018, domiciliado en Urb. San Agustín Mz. T, Lote 08, San Vicente; y doña Nayade Medina Orellana, de 28 años, natural de Castrovirreyna – Huancavelica, con DNI Nº 44975826, de ocupación Obrera, domiciliada en Urb. San Agustín Mz. T, Lote 08, San Vicente, van a contraer Matrimonio en esa Municipalidad de San Vicente de Cañete, el viernes 24 de Julio del 2009. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley.
San Vicente de Cañete, 14 de Julio del 2009.
Luis Marcelo Sandoval Vivas
Jefe

EDICTOS PENALES
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2006-0978, a JOSÉ JULIÁN SOTO MAGALLANES; Delito: Contra la Seguridad Pública; Agraviado: Estado Peruano. Cañete, 08.06.2009. Secretario: Vivas.
EXP.-2009-0462, a JORGE ARNALDO PANTOJA SÁNCHEZ; para declaración INSTRUCTIVA, Día: 03-08-2009; Hora: 2.30pm; Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; Agraviada: Milagros Guadalupe Pantoja Quispe, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE. Cañete, 06.07.2009. Secretario: Espinoza.
EXP.-2009-0216, a DIONISIA ESTHER CHÁVEZ COSME; para declaración INSTRUCTIVA, Día: 21-07-2009; Hora: 3.00pm; Delito: Sustracción de Menor; Agraviada: Danuska Luyo Chávez y otro, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE. Cañete, 30.06.2009. Secretario: Morales.

La SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, Presidente MARTÍNEZ, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados para que asistan a la Sala de Audiencias, se pongan a derecho y respondan por el cargo que se le imputa:
EXP.2003-0134, a HENRY ROSARIO MATEO PAUCAR; Día: 07-08-2009; Hora: 09.00a.m.; Delito: Contra la Libertad Sexual (Tentativa); Agraviada: Menores de Edad. Cañete, 06.07.2009.
EXP.2004-0478, a ALFONSO RAMÍREZ QUISPE; Día: 24-07-2009; Hora: 09.00a.m.; Delito: Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud; Agraviada: Miriam Orellana Flores. Cañete, 06.07.2009.
Secretaria: Martínez.

EL JUZGADO MIXTO DE YAUYOS, Juez GONZALES, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2003-0008, a NILA MILDREDA OSORIO OLIVARES, CLAUDIO ALEJANDRO LAREDO OSORIO, FELIPE LAREDO OSORIO y DAMIAN LAREDO OSORIO, declarados REO CONTUMAZ; Delito: Contra el Patrimonio-Usurpación y Daños; Agraviada: Marina Inés Ballarta Olivares. Yauyos, 05.06.2009.
EXP.-1996-0074, a GREGORIA REQUENA EVANGELISTA, REO CONTUMAZ; Delito: Contra la Fé Pública-Falsificación de Documentos; Agraviado: Estado Peruano. Yauyos, 04.06.2009.
EXP.-1995-0108, a LEÓN ISAAC GUTIÉRREZ POSTILLÓN, REO AUSENTE; Delito: Contra la Fé Pública-Falsificación de Documentos; Agraviado: Estado Peruano. Yauyos, 05.06.2009.
EXP.-2003-0090, a FELICIANO SILVANO ZARATE PÉREZ, REO CONTUMAZ; para LECTURA DE SENTENCIA, Delito: Contra el Patrimonio-Hurto de Ganado; Agraviada: América Fernández Vda de Castro. Yauyos, 04.06.2009.
EXP.-2002-0047, a EDGAR RAÚL ESTRADA MANCHA, REO AUSENTE; Delito: Contra el Patrimonio-Hurto de Ganado; Agraviado: Miguel Poma Portas. Yauyos, 04.06.2009.
EXP.-2004-0053, a GUILLERMO AVALO RAMÍREZ y JUANA YACTAYO SAMAN, declarados REO CONTUMAZ; Delito: Contra el Patrimonio-Apropiación Ilícita; Agraviado: Municipalidad Distrital de Azangaro y el Estado Peruano. Yauyos, 04.06.2009.
EXP.-1996-0101, a ELOIDA CHÁVEZ CONTRERAS, declarada REO CONTUMAZ; Delito: Contra la Fé Pública-Falsificación de documentos; Agraviado: el Estado Peruano. Yauyos, 04.06.2009.
EXP.-2008-0065, a JAIME CUADROS CUADROS, Delito: Contra el Patrimonio-Estafa; Agraviada: Elvira Paredes Flores. Yauyos, 05.06.2009.
Secretario: Delgado.
15, 16 y 17 de Julio

PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Editorial Escuela Activa S.A. con Blanca Inés Guerrero Tenema, sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 049-2007, el Primer Juzgado Civil de Cañete, a cargo del señor Juez Doctor Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Doctor Luis Miguel Yalán Ahedo, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- En Primera Convocatoria: El bien inmueble ubicado en Jr. Santa Rosa Nº 219, distrito de San Vicente, provincia de Cañete y departamento de Lima, cuyas características y dominio se encuentran inscrito en la Partida Nº 90285190 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
2.- Valor de la tasación: S/. 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles).
3.- Base del Remate: S/. 33,333.33 (Treinta y tres mil trescientos treinta y tres con 33/100 Nuevos Soles).
4.- Afectaciones:
a.- Hipoteca.- Constituida por sus propietarios a favor de Editorial Escuela Activa S.A., hasta por la suma de S/. 50,000.00 Nuevos Soles, según Escritura Pública del 12/03/2005 ante Notario Público de Cañete, Ernesto Cáceres Enriquez.
5.- Día y Hora del Remate: 31 de Julio de 2009, a las 03:30 horas de la tarde.
6.- Lugar del Remate: El mismo que se llevará a cabo en el local del Primer Juzgado Civil de Cañete.
7.- Los Postores: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Adjudicatario cancela honorarios del Martillero más IGV de acuerdo a Ley. El remate será efectuado por Flavio Alberto Villanelo Ninapaytan – Martillero Público – Registro Nacional Nº 263.
Flavio A. Villanelo Ninapaytan
Martillero Público – Reg. Nº 263
Luis Miguel Yalán Ahedo
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil – Cañete
15, 16, 17, 20, 21 y 22 de Julio.
SE NECESITA ALQUILAR LOCALES

Importante Institución Estatal necesita contratar el servicio de arrendamiento de locales que reúnan las siguientes características:

En San Vicente de Cañete:
- Área construida mínima de 270 a 300 m2, para uso de laboratorios.
- Ubicado en zona céntrica y/o cercana al Ministerio Público.
- De preferencia sub-dividido en varios ambientes con baños.
Comunicarse al teléfono 5811470 o dirigirse a la calle Santa Rosa Nº 748 – San Vicente.

Las propuestas serán recibidas hasta el día lunes 24 de Julio del presente, indicando merced conductiva y adjuntano copia del plano, copia de partida registral y fotos del local.

La Administración.

14 julio 2009

ADELANTAR VACACIONES ESCOLARES ES OBLIGATORIA

Desde que el gobierno señaló que las vacaciones se adelantarán para iniciarse el día de mañana, muchos colegios cañetanos, sobretodo los particulares, han empezado a notificar a sus alumnos y a los padres de familia que ellos no cumplirán tal disposición.
Aquí hay que señalar que esta medida ha sido tomado como prevención de un posible contagio a los alumnos, de la tristemente famosa gripe porcina… es por ello, que su desacato no se puede tomar tan a la ligera.
El abogado penalista Roberto Miranda ha señalado que los directores y promotores que se resistan a la norma incurrirían en tres delitos tipificados en el Código Penal.
«La norma es de cumplimiento obligatorio. Los delitos que podrían tipificarse serian los delitos contra la salud pública, específicamente en la modalidad de propagación epidémica tipificada en el artículo 292º del Código Penal», señaló en comunicación con RPP. En consecuencia, los promotores o directores podrían ser reprimidos con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de tres años y con 180 días-multa.
Si la situación se agrava, es decir, que a raíz del desacato de la norma se producen contagios entre los escolares, los centros educativos serían denunciados por un segundo delito, el de grave e inminente daño a la salud de los menores.
Miranda sostuvo que un caso extremo representa el de la desobediencia o resistencia a la autoridad, tipificado también en el artículo 368º del Código Penal.
«Cuando se desobedece o resiste a una orden impartida por un funcionario público, la ley sanciona con penas de hasta dos años e incluso podrían inhabilitar al director para que ejerza su profesión», finalizó.
ALAN GARCIA ENTREGARA HOY FONCOMUN A ALCALDES DE LIMA, CALLAO Y LIMA PROVINCIAS...

Motivado quizás porque el día de hoy, los alcaldes provinciales y distritales del país, se movilizarán hacia Palacio de Gobierno en la gran «Jornada Municipalista del Perú», para entregar un petitorio al presidente de la República; Alan García Pérez ha programado para el día de hoy una reunión con los Alcaldes de Lima, Callao y lima provincias a fin de entregarles el FONCOMUN.
Esta reunión que figura en la agenda oficial de la Secretaría de Prensa de la Presidencia de la República, está programada para las 12:00 del mediodía en Palacio de Gobierno.
Antes, Alan García se reunirá con el Ministro de Energía y Minas, Pedro Sánchez, en la sede del Ejecutivo.
Como se sabe, los alcaldes piden una compensación al gobierno central por el déficit presupuestal, que ha originado en las 1834 municipalidades, la crisis económica mundial; que se expresa principalmente en la reducción de 700 millones de soles en las transferencias del Fondo de Compensación Municipal, FONCOMUN y en la reducción de un 23% de los recursos por concepto de canon para el presente año.
REGION LIMA DECLARA INEJECUTABLE PROYECTO INTEGRAL DE PAMPAS DE CONCON - TOPARA

El Gobierno Regional de Lima en el marco de sus atribuciones se ha dirigido a los integrantes del Consejo Regional declarando inejecutable el denominado Proyecto Integral de las Pampas de Concón-Topará, el mismo que es promovido por el Frente de Defensa de la Organizaciones de Concón. Una de las principales razones es el hecho que el proyecto comprende jurisdicciones territoriales de dos gobiernos regionales el de Lima y el de Ica, por lo tanto es un Proyecto de alcance nacional.
De igual forma, se tiene que al solicitarse que el Gobierno Regional disponga de inmediato a la Dirección Regional de Agricultura, a la Gerencia Regional de Planeamiento y acondicionamiento territorial el apoyo técnico especializado para los estudios; esta demanda deviene en inejecutable porque el costo de los referidos estudios del proyecto deben corresponder al postor que resulte ganador de la buena Pro de la licitación que lleve a cabo Proinversión, ello de acuerdo a la ley de inversión privada.
Cuando se demanda exhortar al Ministerio de Agricultura y Proinversión el apoyo especializado al Proyecto presentado por el llamado Frente de Defensa; deviene en inviable en razón que las tierras del citado Proyecto están registradas como propiedad del Ministerio de Agricultura, encontrándose en la fecha en Proinversión para su licitación.
Finalmente, al informarse Proinversión del interés del Frente de adquirir estas tierras en forma directa los interesados conocen que para poder tramitar y evaluar su Proyecto de inversión como iniciativa privada, tienen que cumplir con las formalidades, procedimientos y requisitos contenidos en la ley Nº 28059 en su reglamento aprobado por D.S.Nº 015-2004-PCM y en el D.L. Nº 1012 Ley marco de Asociaciones Públicas para las generación de empleo productivo y Normas para la agilización de los procesos de la Inversión Privada.
REGION TIENE DOS AÑOS PARA CONSTRUIR HOSPITAL REGIONAL EN TERRENO DONADO POR MUNICIPIO PROVINCIAL...

El Pleno del Concejo Provincial de Cañete reunido en sesión ordinaria del pasado 04 de junio del año en curso, con el voto unánime de sus miembros, aprobó la transferencia en donación al Gobierno Regional de Lima, de un terreno de propiedad de la Municipalidad, de un área de 40,000 m2 (4 Has.) valorizado en la suma de S/. 646,000.00 nuevos soles, ubicado en el distrito de San Luis, inscrita en la Partida Electrónica 90000160 del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos.
Esta donación que ha sido oficializada mediante Acuerdo de Concejo 042-2009-MPC del 05 de junio de 2009, establece que la finalidad de la donación es exclusivamente para la ejecución por parte del Gobierno Regional de Lima del proyecto denominado «HOSPITAL REGIONAL DE CAÑETE», dentro del plazo de dos años a computarse desde la entrega del bien, bajo pena de reversión a la Municipalidad Provincial de Cañete.
En ese sentido se autoriza al burgomaestre Javier Jesús Alvarado Gonzales del Valle a suscribir el Contrato de Donación de Inmueble para Ejecución de tan importante obra entre la Municipalidad Provincial de Cañe y el Gobierno Regional de Lima, hecho que se llevó a cabo el pasado 02 de julio último.
ALCALDES ACEPTAN ADELANTO ESTATAL PERO IGUAL PROTESTARAN POR RECORTE DEL FONCOMUN

El presidente de la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE), César Acuña Peralta, ratificó que el día de hoy, los alcaldes provinciales y distritales marcharán hasta Palacio de Gobierno exigiendo que Alan García Pérez restablezca el presupuesto recortado a las comunas ediles en este año.
Con la única finalidad de evitar la protesta, el nuevo Gabinete Ministerial, presidido por Javier Velásquez Quesquén, aprobó transferir 432 millones 332 mil 815 nuevos soles a los municipios con la finalidad de reponer el presupuesto recortado a gobiernos municipales (Decreto de Urgencia nº 077-2009).
Sobre esto, Acuña Peralta aclaró que el recorte que sufrirán los municipios asciende a mil 100 millones de nuevos soles durante el 2009; en ese sentido, sostiene que lo aprobado por el gabinete Velásquez Quesquén no es suficientes.
En esa línea, informó que el día de hoy, un promedio de 500 burgomaestres se concentrarán en el Colegio de Ingenieros de Lima, para luego dirigirse al Palacio de Gobierno y entregar el pliego petitorio al mandatario nacional.
Hay que señalar que el Perú cuenta con un total de mil 836 alcaldes, entre provinciales y distritales, gran parte de los cuales participarán de la movilización anunciada y ratificada por la AMPE.
Según los burgomaestres el recorte presupuestal compromete obras locales, por lo que se requiere la reposición de dinero para evitar que las obras paralicen o el proyecto del Presupuesto Participa-tivo se vea obstaculizado.
REGIONES DEFINIRAN PROPUESTAS A PRESENTAR A NUEVO GABINETE MINISTERIAL

La Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales (ANGR) definirá hoy en una reunión las propuestas a presentar al nuevo jefe del Gabinete Ministerial, Javier Velásquez, a fin de encontrar alternativas que permitan superar las barreras burocráticas a la inversión pública.
César Villanueva, coordinador de la ANGR, adelantó que la cita será en la ciudad de Lima y en ella se analizarán los mecanismos que agilicen la puesta en marcha de proyectos frente al aparato burocrático.
El debate abarcará las actuales características del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) y de los procesos de licitación, la coyuntura política y los avances del proceso de descentralización.
«Lo del SNIP se está superando poco a poco, pero los procesos de licitación siguen siendo complejos, hay muchos casos en que los que pierden una licitación apelan al Consucode y alargan el proceso, perdiendo mucho tiempo», dijo la agencia Andina.
Recordó que en San Martín, cuya jurisdicción preside, desde hace un año no se puede concretar un proyecto de alcantarillado en un distrito porque en tres oportunidades se cayó la licitación ante el reclamo de los contratistas perdedores.
«Debemos ver cómo podemos hacer para tener una mayor autonomía en este punto y evitar situaciones como esta.»
En otro momento, Villanueva expresó confianza en que el nuevo Gabinete Ministerial mantenga niveles de diálogo y coordinación con las autoridades regionales y locales, al considerar que sólo así se lograrán avances.
«Mi posición es brindar al Gabinete el apoyo necesario desde la perspectiva de un trabajo coordinado. Sólo con trabajo en equipo avanzaremos», enfatizó.

SE NECESITA ALQUILAR LOCALES

Importante Institución Estatal necesita contratar el servicio de arrendamiento de locales que reúnan las siguientes características:

En San Vicente de Cañete:
- Área construida mínima de 270 a 300 m2, para uso de laboratorios.
- Ubicado en zona céntrica y/o cercana al Ministerio Público.
- De preferencia sub-dividido en varios ambientes con baños.
Comunicarse al teléfono 5811470 o dirigirse a la calle Santa Rosa Nº 748 – San Vicente.

Las propuestas serán recibidas hasta el día lunes 24 de Julio del presente, indicando merced conductiva y adjuntano copia del plano, copia de partida registral y fotos del local.

La Administración.
JUDICIALES

EDICTO PENAL
La SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, Presidente Martínez, cita y emplaza al procesado para que asista a la Sala de Audiencias, se ponga a derecho y responda por el cargo que se le imputa:
EXP.2007-0396, a LIZARDO MARTIN ORMEÑO MAGALLANES; Día: 24-07-2009; Hora: 09.30a.m.; Delito: Violación Sexual; Agraviada: Menor de Edad. Cañete, 02.07.2009.
Secretaria: Martínez.
Por tres veces

EDICTOS DE FAMILIA
EXP.2009-0160.-EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez GARNICA; ordenó publicar extracto de RESOLUCIÓN.N°01, fecha: 26.02.2009: RESUELVE: ADMITIR la Demanda contra WILLIAMS VIVAS ESCALANTE, sobre Violencia Familiar, Vía del Proceso Único; Agraviada: Maria Adelaida Vásquez Quinto, corrase traslado al demandado dentro del termino de CINCO DÍAS absuelva la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.-Fdo.Secretario: Parvina. Cañete 17.06.2009.
Tres veces

DIRIMENCIA
SALA CIVIL.-
EXP. N° 2004-00276-0-0801-JM-CI-1
Civil – Nulidad de Acto Jurídico
RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO
Cañete, ocho de julio del dos mil nueve.-
AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; Y, CONSIDERANDO: ————
PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, el señor Vocal doctor Paulo Jorge Vivas Sierra (Ponente), emite su VOTO para que se CONFIRME la Resolución Setenta y seis (auto) del dos de marzo del dos mil nueve de fojas seiscientos cuarenta y tres a seiscientos cuarenta y cuatro que resuelve: Primero.- Tener por no presentado el escrito de fecha doce de febrero del dos mil nueve por María Teodora Germán Ávalos; Segundo.- Declarar la nulidad de todo lo actuado, consecuentemente la conclusión del proceso; Tercero.- Consentida la presente, devuélvase los anexos presentados a las partes, dejándose copias certificadas en su lugar, con todo lo demás que contiene; adhiriéndose a dicho voto la señora Vocal doctora Luz Gladys Roque Montesillo.——————————————----------------------------------------------
SEGUNDO.- Que, el señor Vocal doctor Ricardo Astoquilca Medrano, emite su VOTO en discordia para que se declare NULA la resolución número setenta y seis (auto), su fecha dos de marzo del dos mil nueve que emerge a fojas seiscientos cuarenta y tres a seiscientos cuarenta y cuatro, con la que se declara tener por no presentado el escrito de fecha doce de febrero del dos mil nueve, la nulidad de todo lo actuado, consecuentemente la conclusión del proceso; NULO todo lo actuado a partir de fojas seiscientos veintinueve que contiene la Resolución número setenta y tres de fecha diecinueve de diciembre del dos mil ocho, quedando subsistentes los folios que no contengan actos procesales; SE DISPONGA que la Magistrado del Juzgado de origen renueve el acto procesal conforme a derecho, teniendo presente el contenido de la presente resolución; INSUBSISTENTE el concesorio de fojas seiscientos sesenta y cinco a seiscientos sesenta y seis; SE RECOMIENDE a la doctora María de los Milagros Luyo Sánchez, Magistrado del Juzgado Mixto de Cañete para que dispense mayor y mejor estudio de los actuados antes de emitir la resolución respectiva.——————————————
TERCERO.- Que, atendiendo a lo anotado precedentemente y no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; en consecuencia se ha producido discordia en el presente proceso, la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.—————————
CUARTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial «El Peruano» debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.—————----------------------
Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al señor Vocal doctor VÍCTOR DURAND PRADO para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el Vocal Dirimente el próximo TREINTA DE JULIO, a horas OCHO de la mañana con TREINTA MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia «Al Día con Matices» por el término de UN DIA.- Notificándose. En los seguidos por Milagritos Germán Ávalos Ramos con Ezequiel Ávalos Ramos y otro, sobre Nulidad de Acto Jurídico.
S.S.
ASTOQUILCA MEDRANO
VIVAS SIERRA
ROQUE MONTESILLO

DIRIMENCIA
SALA CIVIL.-
EXP. N° 2006-00251-0-0801-JR-CI-1
Civil – Indemnización por Daños y Perjuicios
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTICUATRO
Cañete, primero de julio del año dos mil nueve.-
AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; Y, CONSIDERANDO :
PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, la señora Vocal doctora Luz Gladys ROQUE MONTESILLO (Ponente), emite su VOTO para que se CONFIRME la sentencia de fecha veintisiete de abril del dos mil siete, de fojas ciento cincuenta y uno a ciento cincuenta y ocho, que resuelve declarar fundada en parte la demanda de fojas veinticinco a veintiocho subsanada a fojas cincuenta y cuatro a cincuenta y seis; en consecuencia, consentida y ejecutoriada que sea la presente resolución, DISPONE que el demandado Banco de Crédito del Perú abone a favor de la demandante Julia Elia Benavides la suma de veinte mil nuevos soles por concepto de indemnización por daño moral, intereses legales, deducidos desde el veinte de enero del dos mil cuatro; e INFUNDADA la misma demanda en el extremo que peticiona la suma de cuatro millones de nuevos Soles por concepto de indemnización por daño emergente y lucro cesante. Con costas y costos. —————————————————
SEGUNDO.- Que, la señora Vocal doctora Silvia RUEDA FERNÁNDEZ, emite su VOTO en discordia para que se REVOQUE la sentencia apelada resolución de fecha veintisiete de junio del dos mil ocho, que obra a fojas doscientos cincuenta y siete a doscientos sesenta y cinco que resuelve declarar fundada en parte la demanda interpuesta por Julia Elia Estela Benavides sobre Indemnización de daños y perjuicios contra el Banco de Crédito del Perú; REFORMÁNDOLA se declare INFUNDADA. Sin costas ni costos procesales por haber tenido motivo para litigar, mas la demanda se declara infundada por improbada. Que, el señor Vocal doctor Víctor DURAND PRADO se adhiere al voto en discordia de la señora Vocal antes citada.—————————————————————
TERCERO.- Que, el señor Vocal Dirimente doctor Jorge VILLANUEVA PÉREZ, con fecha treinta de junio del año en curso se adhiere al voto de la Vocal Ponente doctora Luz Gladys Roque Montesillo.———————
CUARTO.- Que, atendiendo a lo anotado precedentemente y no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; en consecuencia se ha producido discordia en el presente proceso, la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.—————————
QUINTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial «El Peruano» debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.—————————
Por las consideraciones expuestas, y atendiendo que en autos se encuentran impedidos de intervenir en la presente causa los Vocales Titulares doctores Moisés Martínez Meza, Ricardo Astoquilca Medrano, Manuel Roberto Paredes Dávila y Paulo Jorge Vivas Sierra; en consecuencia: LLAMARON al señor Vocal Provisional doctor ISAÍAS ASCENCIO ORTIZ para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el Vocal Dirimente el próximo DIECISIETE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE, a horas OCHO de la mañana con TREINTA MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia «Al Día con Matices» por el término de UN DIA.- Notificándose. En los seguidos por Julia Elia Estela Benavides con Banco de Crédito del Perú, sobre Indemnización por daños y perjuicios.
S.S.
ROQUE MONTESILLO
DURAND PRADO

EDICTOS PENALES
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-0927, a JOSÉ LUIS SÁNCHEZ CHUMPITAZI; Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; Agraviado: Andrés Stephanie Sánchez Simeón. Cañete, 18.06.2009.
EXP.-2008-0942, a ROBERT LINDON BARAHONA HUAMAN; Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; Agraviado: Melina Doris Barahona Contreras y otra. Cañete, 22.06.2009.
Secretario: Vivas.

EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, cita y emplaza a los siguientes procesados, se ponga a derecho y respondan por el cargo que se le imputa en la instrucción siguiente:
EXP.2009-0196, a JESÚS WALTER ARAKAKI BAZALAR; para INSTRUCTIVA, a partir del tercer día a partir de la ultima publicación, caso contrario de declarársele REO AUSENTE, Delito: Contra la Seguridad Común; Agraviado: Estado Peruano. Cañete, 08.07.2009.
EXP.2008-0915, a EDUARDO FABIAN VIALE ORE, en la instrucción seguida contra CARLOS ROBERTO SANTOS CISNEROS; para AMPLIACIÓN DE INSTRUCTIVA, a partir del tercer día de la ultima publicación, bajo apercibimiento de declarársele REO CONTUMAZ, Delito: Robo Agravado; Agraviado: Empresa de Distribución EDDU SAC. Cañete, 08.07.2009.
Secretaria: Flores.
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2009-0283, a la Agraviada SAHLING HEIKO; para DECLARACIÓN PREVENTIVA día 17-07-2009, a horas 3.00pm, Delito: Lesiones Leves; Inculpado: Raúl Luis Castañeda Velásquez. Cañete, 19.06.2009.
Secretario: Morales. Por tres veces

EDICTOS PENALES
La SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, Presidente Martínez, cita y emplaza al procesado para que asista a la Sala de Audiencias, se ponga a derecho y responda por el cargo que se le imputa:
EXP.2007-0133, a PEDRO PABLO CORONADO INGA; Día: 04-08-2009; Hora: 09.30a.m.; Delito: Violación Sexual; Agraviada: Menor de Edad. Cañete, 30.06.2009.
Secretaria: Martínez.
EL JUZGADO MIXTO DE YAUYOS, Juez GONZALES, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-0029, a ANDREA CELIA VIVAS CLEMENTE, REO CONTUMAZ; Delito: Lesiones Leves; Agraviado: Pelaya Celia Vivas Clemente. Yauyos, 16.06.2009.
EXP.-2006-0086, a EDILUZ MARINA VALERIO SANTIAGO y ROSA ELVIRA VALERIO SANTIAGO; Delito: Peligro Común-Incendio; Agraviada: Agustina Hilda Valerio Parra. Yauyos, 05.06.2009.
EXP.-2008-0113, a SEBERO HUAMAN CULLANCO; REO CONTUMAZ; Delito: Lesiones Leves; Agraviado: Dios Comides Flor Cullanco Vilcapuma. Yauyos, 16.06.2009.
EXP.-2009-0001, a ASCENSIÓN VIVAS ARENAS; REO CONTUMAZ; Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; Agraviado: Neil Ascensión Vivas Vivas. Yauyos, 16.06.2009.
Secretario: Delgado.
EXP.-2008-0058, a RONNY PÁNFILO VIVAS RUÍZ; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviada: Camila A. Paypay Matos. Yauyos, 16.06.2009.
EXP.-2008-0002, a MAURO PIAGGIO FLORES VELÁSQUEZ, ARNULFO MAURICIO FLORES Y ARMANDO NEYSSER FLORES VELASQUEZ; para INSTRUCTIVA; Delito: Contra la Fé Pública-Usurpación de Funciones; Agraviado: Estado Peruano. Yauyos, 17.06.2009.
EXP.-2008-0038, a ARTEMIO CONCEPCIÓN DOLORES CASTRO Y WUALTER MANUEL FLORES CARRION; Delito: Contra la Fé Publica-Adulteración de documento; Agraviado: Estado Peruano y Municipalidad Distrital de Lincha. Yauyos, 16.06.2009.
Secretario: Sánchez.

EDICTO DE FAMILIA
EXP.N°2008-0418.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez FLORES; ordenó publicar extracto de RESOLUCIÓN.N°16, fecha: 02.07.2009; SE DISPONE: SEÑALAR nueva fecha para AUDIENCIA ÚNICA, Día: 16.07.2009, hora: 02.30pm, EMPLÁCESE mediante edictos al demandado JOSÉ LUIS CANDELA CAYCHO, sobre Violencia Familiar y agraviada CECILIA IMELDA LÉVANO YACTAYO. Fdo.Secretaria: Herrera. Cañete 03.07.2009.

PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 - San Vicente - Cañete - Lima, HUGO JACOBO AYLLON SOTO, con DNI Nº 15419250, solicita se rectifique la Partida de Defunción, de quien en vida fuera su madre JOSEFINA SOTO PEREZ, inscrita en la Municipalidad Provincial de Cañete, en la que se omite su segundo nombre, dice: Josefina Soto Pérez; debe decir: Josefina Emilia Soto Pérez. Lo que se publica para los fines de Ley. Cañete, 10 de Julio del 2009.
Itala A. Garrafa Peña - Abogada - Notario de Cañete

PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, HUGO JACOBO AYLLON SOTO, con DNI Nº 15419250, solicita se rectifique la Partida de Defunción, de quien en vida fuera su padre Enrique Ayllón Vicente, inscrito en la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores – Lima, en la parte concerniente a los datos del titular, dice: Enrique Alejandro Ayllón Vicente, debe decir: Enrique Ayllón Vicente. Lo que se publica para los fines de Ley. Cañete, 10 de Julio del 2009.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, HUGO JACOBO AYLLON SOTO, con DNI Nº 15419250, solicita se rectifique su Partida de Nacimiento, asentada en la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, en la que se omite el segundo nombre de su progenitora y apellidos maternos de sus progenitores, dice: Josefina Soto, Enrique Ayllón; debe decir: Josefina Emilia Soto Pérez, Enrique Ayllón Vicente. Lo que se publica para los fines de Ley. Cañete, 10 de Julio del 2009.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ALBERTO ENRIQUE AYLLON SOTO, AIDA AYLLON DE TAXA, solicitan se rectifique sus partidas de nacimientos, asentadas en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, de la forma siguiente:
En la partida de Alberto Enrique Ayllón Soto, se omite el segundo nombre de su progenitora, dice: Josefina Soto Pérez; debe decir: Josefina Emilia Soto Pérez.
En la partida de Aida Ayllón de Taxa, se omite el segundo nombre y error material en el apellido materno de su progenitora, dice: Josefina Soto Péres; debe decir: Josefina Emilia Soto Pérez. Lo que se publica para los fines de Ley. Cañete, 10 de Julio del 2009.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

13 julio 2009

Prof. EDWIN PAYPAY DENUNCIA A DIRECTORA DE UGEL 08 DE CAÑETE...

SAN VICENTE.- El profesor Edwing Paypay Román, viene preparando una denuncia “por daños y perjuicios” contra la directora de la Unidad de Gestión Educativa Local, UGEL 08 - Cañete, Lic. Ananora Saavedra Feliz y los que resulten responsables, por la indebida suspensión de sus funciones de docente de la IEP 29795 de Carmen Alto.
“He dejado de laborar seis meses por una injusta decisión de los miembros de la Comisión de Procesos Administrativos que, al final, quedó demostrado por una resolución de regional que mi caso no tenía nada que ver”, precisó Paypay Román.
Puntualizó que ahora dará vuelta a la página y tras retornar a sus labores habituales, no le queda otra cosa que exigir una reparación civil de cien mil soles.
“El dinero servirá para los niños de Carmen Alto, cuyos Padres de Familia, en todo momento se solidarizaron conmigo y me dieron su respaldo”, comentó Edwing Paypay.
Expresa que una prueba de ello es que los padres de familia de Carmen Alto, también participarán en la demanda judicial.
Como se sabe, hace seis meses, Edwing Paypan, fue suspendido de sus labores, en una “maratónica investigación”, ante el supuesto maltrato de los alumnos que no se pudo demostrar.
Comprende la denuncia, además de la directora de la UGEL 08, los miembros de la Comisión de Procesos Administrativos, María Trigueros, Kela Jurado Hinostroza, Milagros Durand Pachas y Mariano Ormeño Marroquín.
“Según la Ley, pagarán la indemnización las personas arriba mencionadas, por haber llevado una injusta sanción, además de un docente de nombre Grígori”, concluyó, Paypay.
Se le acaba la paciencia a los vecinos...
POBLACIÓN DE RAMOS LARREA MARCHARÁ MAÑANA CONTRA RICHARD YACTAYO POR ABANDONO DE SU PARQUE...

SAN VICENTE.- La población de Ramos Larrea, anunció para mañana realizar una movilización hacia la Municipalidad Distrital de Imperial para exigir al burgomaestre Richard Yactayo Duran, la culminación del parque «Gilberto Espinoza Ruíz» que se encuentra en el más absoluto abandono de hace más de un año.
Los pobladores tomaron esta determinación, yendo – incluso - en contra de algunos vecinos, ligados a la actual gestión, que decía lo contrario.
Pero, la mayoría determinó y mañana saldrán a las calles a viva voz de «queremos la culminación» del parque de Ramos Larrea.
Ramos Larrea, está próximo a celebrar su nuevo aniversario, 28 de Julio, sin embargo, es un insulto a los moradores en retrasar los trabajos, sin explicación alguna, señalaron los moradores.
En un sondeo realizado por nuestro medio, el alcalde Richard Yactayo, sus regidores y sus funcionarios más cercanos recibieron las más duras críticas.
«Nos ha ofrecido el oro y el moro, y hasta ahora, nada», «Ese alcalde y sus regidores, sólo vienen aquí para engañarnos, pero mañana se lo vamos a enrostrar», comentaron los vecinos.
La movilización se realizará a las diez de la mañana con la participación masiva de la población, portando carteles, pancartas y lanzando lemas en contra de la administración de Richard Yactayo. (cl)
SANVICENTINO IMPLICADO EN EL CRIMEN DE MARCO ANTONIO

Se iniciaron las investigaciones para descubrir quién o quiénes son los responsables de la muerte del estilista y empresario Marco Antonio Gallego. La policía ha anunciado que el principal sospechoso hasta el momento es Paul Luna, un joven de 18 de edad que estuvo presente en la fiesta de cumpleaños de Marco Antonio, el pasado miércoles. Amigos que asistieron a esa celebración contaron que Paul fue presentado por el estilista como su nueva pareja.
En realidad su verdadero nombre es Dennys Paul Avalos Luna y es natural de San Vicente de Cañete, donde viven sus padres. Reside en Lima y estudia en la UPC, según él mismo nos dijo. Su figura delgada y de buen tamaño, 1.82 m., lo llevó a incursionar en el modelaje y es cuando se relaciona con Marco Antonio, según contó.
¿Cuándo fue la última vez que viste a Marco Antonio?
El miércoles en su fiesta de cumpleaños. La fiesta terminó como a la una de la madrugada, salimos con Marco Antonio a su casa con tres amigos más.
El único que entró a la casa de Marco Antonio fui yo para ver un proyecto de una revista de modelaje que tenía pensado lanzar y quería que yo participe.
Me quedé hasta las 4 de la mañana del jueves, le dije a Marco ya no jalo, me tengo que quitar. De ahí no lo volví a ver más. Marco Antonio me estuvo llamando a mi celular para encontrarnos, para comer y tomar algo, pero yo no tenía tiempo.
Me volvió a llamar el jueves a las 11 de la noche para vernos y también quería avanzar el proyecto de la revista de peinados y cortes que quería lanzar, pero yo tenía la universidad, y quedamos en que el viernes a las 9 de la noche nos encontrábamos.
¿Cómo te enteraste de la muerte de Marco Antonio? ¿Por qué no fuiste a su casa como lo hizo la mayoría de sus buenos amigos para ver si era verdad que Marco estaba muerto?
A mí me llamó un amigo para darme la noticia, pero no le creí. Llamé a los dos celulares de Marco y no me contestó. Me fui al salón de San Borja y allí me confirmaron su muerte. Lo primero que hice fue ir a buscar a la mamá de Marco Antonio, ella es una señora muy buena que se ha portado muy bien conmigo, pero no la encontré. Y ya no hice nada más.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

«AÑO DE UNION NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA»
«Año del Centenario del ilustre Distrito de Imperial»

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018 -2009-MDI
Imperial, 15 de Junio 2009

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL-CAÑETE;

VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 13 de Junio de 2009, el Proyecto de Ordenanza, presentado por la Jefa del Departamento de Tributación Municipal y Rentas, sobre aprobación del «Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones» (RAMSA), en la jurisdicción del distrito de Imperial-Cañete;

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración;

Que, es necesario normar y sancionar el incumplimiento de los dispositivos municipales de carácter administrativo, establecidos por la Municipalidad Distrital de Imperial, en beneficio de la población, aplicables en la jurisdicción de Imperial.
En uso de las facultades conferidas en el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente;

ORDENANZA

ARTICULO PRIMERO .- APRUEBESE el «Reglamento de Aplicación de
Multas y Sanciones (RAMSA), que consta de tres (3) capítulos, treinta y cinco (35)Artículos y cuatro (4) Disposiciones Transitorias y Finales.

ARTICULO SEGUNDO .- ENCARGUESE al Departamento de Tributación Municipal y Rentas, Departamento de Obras, Ejecutoría Coactiva y a la Unidad de Vigilancia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza.

ARTICULO TERCERO .- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación.

ARTICULO CUARTO .- Encargar a la Secretaría General, la publicación y difusión de la presente Ordenanza, mediante la Oficina de Relaciones Públicas.

POR TANTO:
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

RICHARD A. YACTAYO DURAN
ALCALDE

REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES (RAMSA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL-CAÑETE

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1º.- El presente Reglamento establece un régimen de aplicación de sanciones por el incumplimiento de dispositivos municipales que la Municipalidad Distrital de Imperial ha dictado a favor de la ciudadanía; regula igualmente el procedimiento para la aplicación de las sanciones administrativas así como para determinar sus recursos impugnatorios.

ARTÍCULO 2º.- Las Infracciones y sanciones correspondiente al Transporte Urbano y de naturaleza tributaria, se rigen exclusivamente por su normatividad.

ARTICULO 3º.- La imposición de infracciones administrativas es competencia de la Unidad de Vigilancia Municipal, los que pueden actuar de oficio, o a solicitud e cualquier vecino o instancia de las autoridades municipales.

ARTICULO 4º.- La Municipalidad podrá imponer las siguientes sanciones administrativas:
-Multa
-Decomiso
-Clausura
-Demolición
Las sanciones pueden aplicarse simultáneamente y/o alternativamente.

ARTICULO 5º.- No se pueden aplicar multas sucesivas por la misma infracción, a menos que el infractor persista en cometer la falta.

CAPITULO II
DE LAS INFRACCIONES

ARTICULO 6º.- Los Vigilantes Municipales son los encargados de hacer cumplir las disposiciones municipales, para tal efecto detectarán las infracciones cometidas, para notificar la papeleta de infracción.

ARTICULO 7º.- El personal autorizado en el artículo que antecede podrá aplicar una notificación, cuando la infracción se comete por primera vez, generalmente al inicio de la aplicación de nuevas disposiciones municipales.
No será necesaria una notificación preventiva cuando la falta es grave o cuando se realicen operativos.

ARTICULO 8º.- Las infracciones se encuentran en el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones Administrativas que como anexo forman parte de la presente Ordenanza.

ARTICULO 9º.- Las Papeletas de Multa se consideran notificaciones y deben contener la información siguiente:
- Fecha y hora de la imposición
- Datos del Infractor
- Lugar de la infracción
- Base Legal
- Descripción de la Infracción
- Identificación del vigilante municipal
- Código de la Infracción
- Monto a pagar
- Firma del infractor y del vigilante municipal de Imperial
- Plazo que se otorga para acogerse al beneficio de reducción del monto de la infracción y/o para presentar su reclamo.

ARTICULO 10º.- Constatada la infracción, el vigilante municipal procederá a identificarse ante el infractor y procederá a notificar la papeleta de infracción.

ARTICULO 11º.- La notificación de la papeleta se emitirá en original y dos copias, las cuales se distribuidas de la manera siguiente:
- Infractor (original)
- Vigilante Municipal (copia)
- Departamento de Rentas (copia)

ARTICULO 12º.- El infractor firmará el cargo de recepción como constancia de haber sido notificado.
En caso que se negara a firmar el cargo, se anotará «se negó a firmar» y se colocará la papeleta en un lugar visible del lugar de los hechos.

ARTICULO 13º.- Una vez notificada la papeleta de multa, el infractor tendrá un plazo de 10 días hábiles durante el cual podrá cancelar el 50% de la multa o presentar su reclamo.

CAPITULO III
DE LAS SANCIONES

ARTICULO 14º.- Las sanciones a ser aplicadas por el presente Reglamento son las siguientes:
- Multas administrativas.
- Decomiso
- Clausura.
- Demolición

ARTICULO 15º.- Transcurrido 10 días hábiles de efectuada la notificación de papeleta de multa, el Departamento de Rentas emitirá la Resolución Jefatural que establezca la sanción correspondiente, contra las cuales se podrán interponer los recursos impugnatorios correspondientes.

DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS

ARTICULO 16º.- Las multas administrativas son sanciones de carácter pecuniario que se aplica en caso se cometa una de las infracciones contenidas en el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones Administrativas, adjunto al presente Reglamento, susceptible de ser ejecutable coactivamente.
ARTICULO 17º.- Los infractores reincidentes serán sujeto de incrementos de sus multas administrativas en un 50% de su valor.

DEL DECOMISO

ARTICULO 18º.- El decomiso de bienes muebles o mercaderías es una sanción que se efectuará sin la previa notificación preventiva, para lo cual se levantará la respectiva acta de decomiso firmada por el funcionario designado, el Vigilante Municipal y el infractor, en ella se dejará constancia detallada de los artículos decomisados. Si fuese necesario se recurrirá al auxilio de la fuerza policial.
Las especies en estado de descomposición y los productos de consumo prohibido se destruyen o eliminan inmediatamente, previo levantamiento del acta.
Si se tratase de productos adulterados o falsificados o que constituyan peligro para la vida o la salud, se pondrá a disposición del Fiscal Provincial de Turno, con la denuncia correspondiente a través de la Oficina de Asesoría Legal.

ARTICULO 19º.- La Municipalidad procederá a aplicar el decomiso de los bienes en los siguientes casos:

- Cuando los productos constituyen peligro contra la vida o la salud.
- Artículos de consumo humano adulterados, falsificados o en estado de descomposición.
- Artículos de circulación o consumo prohibido por la ley.
- Comercialización de artículos en las vías públicas previamente declaradas como zonas restringidas a la venta ambulatoria.
- Artículos de circulación, que atenten contra la moral y las buenas costumbres.
- Bienes que sirven para que el establecimiento atente contra la moral, las buenas costumbres y la tranquilidad del vecindario.

ARTICULO 20º.- Los operativos para llevar a cabo los decomisos en los casos que señala el artículo anterior, se podrán realizar en coordinación con cualquier entidad conformante del Sector Público Nacional.

ARTICULO 21º.- La devolución de los bienes decomisados en la Clausura Definitiva será a pedido del infractor y será dispuesto mediante Resolución motivada por la jefatura del Departamento de Rentas, previo pago de las sanciones aplicadas, acreditación de propiedad de los bienes decomisados, y compromiso de entregar el inmueble a su propietario y a no volver a cometer la misma infracción, bajo apercibimiento de ser denunciado penalmente.

DE LA CLAUSURA DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES INDUSTRIALES O DE SERVICIOS
ARTICULO 22º.- La clausura de establecimientos comerciales, industriales o de servicios es de tres clases:
- Transitoria.- Es aquella sanción que se ejecuta por tiempo determinado hasta que el administrado subsane la infracción por la que fue sancionado, previo pago de las obligaciones pecuniarias si las hubiere.
- Temporal.- Es aquella sanción que se aplica a un establecimiento comercial y/o servicio por un tiempo mínimo de treinta días calendarios y como máximo noventa días, según su gravedad.
- Definitiva.- Es aquella sanción que se aplica a un establecimiento comercial y/o servicio cuando su funcionamiento está prohibido o restringido legalmente o constituye peligro o riesgo para la seguridad pública, o producen ruidos, olores u otros daños perjudiciales para la salud, tranquilidad del vecindario o atenten contra la moral y las buenas costumbres. Se ejecuta con el tapiado de los accesos al establecimiento sancionado y con el decomiso de los bienes que sirven para que el funcionamiento del local atente contra la moral y las buenas costumbres.
ARTICULO 23º.- Los establecimientos comerciales, industriales o de servicios se clausuran temporal o transitoriamente en caso que dichos establecimientos no cuenten con Autorización Municipal de Funcionamiento definitiva o provisional; comprobada tal infracción se impondrá la multa pertinente, a fin que previo los informes del caso se emita la Resolución Jefatural disponiendo el cierre temporal y otorgando un plazo mínimo de treinta (30) días para que se proceda a la regularización respectiva. La clausura se mantendrá mientras el infractor no obtenga su respectiva autorización.
En caso de incumplimiento se procederá al cierre definitivo, remitiéndose lo actuado en el término de un día a la vía coactiva para su cumplimiento.
ARTICULO 24º.- No obstante contar con Autorización Municipal Provisional o Definitiva, de incurrir el caso que se comprueba que se pone en peligro la vida, el cuerpo, la salud, ruidos molestos que afecten la tranquilidad del vecindario o atenten contra la moral y las buenas costumbres, se emitirá la clausura definitiva.

ARTICULO 25º.- Los establecimientos comerciales industriales o de servicios se clausuran definitivamente en los siguientes casos:
- Cuando su funcionamiento está prohibido legalmente
- Cuando su funcionamiento produzca malos olores, humos, ruidos, contaminación de agua y otros daños perjudiciales para la salud o tranquilidad del vecindario.
- Cuando su funcionamiento constituya peligro o riesgo para la seguridad pública o atenten contra la moral y las buenas costumbres.

ARTICULO 26º.- Alcaldía, expedirá las resoluciones en segunda instancia, resolviendo los recursos de apelación interpuestos contra las Resoluciones Jefaturales.
ARTICULO 27º.- La sanción de clausura transitoria, temporal o definitiva de Establecimientos es establecida mediante Resolución Jefatural del Departamento de Tributación Municipal y Rentas, la misma que ejecutará la clausura transitoria y temporal.
La Ejecutoría coactiva ejecutará la Clausura Definitiva, tapiado y decomiso de los bienes, de acuerdo a lo dispuesto mediante la Resolución emitida por la Jefatura de Rentas y/o Alcaldía.

ARTICULO 28º.- Si el infractor reapertura el establecimiento estando clausurado se procederá a la aplicación de la multa y de continuar funcionando se procederá a imponer la clausura definitiva.

ARTICULO 29º.- El levantamiento de la Orden de clausura transitoria o temporal será a pedido del infractor y será dispuesto mediante Resolución Jefatural, previa subsanación de la infracción y pago de las obligaciones pecuniarias si las hubiere.

ARTICULO 30º.- El levantamiento del tapiado ejecutado por la clausura definitiva, será a pedido exclusivo del propietario del inmueble, debidamente acreditado con su título de propiedad y será dispuesto mediante Resolución de Alcaldía, previo pago de los gastos de tapiado y compromiso del arrendatario de no volver a arrendar el local al infractor (a) o a otra persona para dedicarlo al giro de Bar, Venta de Licor, Gaseosas o afines. Bajo apercibimiento de ser denunciado penalmente, por dar facilidades para la practica del proxenetismo.
RESOLUCION DE LEVANTAMIENTO DE ORDEN DE CLAUSURA.- Resolución que declara procedente la reapertura del establecimiento cuando ha sido sancionado con una clausura.
RESOLUCION DENEGATORIA.- Resolución que declara improcedente al solicitud de reapertura del establecimiento sancionado.

LA DEMOLICION DE OBRAS E INSTALACIONES QUE OCUPEN LA VIA PUBLICA O INCUMPLAN LAS NORMAS REGLAMENTARIAS
ARTICULO 31º.- La demolición es una sanción no pecuniaria ejecutable en la vía coactiva que consiste en destrucción parcial o total de una obra y que se aplica en los casos que señala el presente reglamento.

ARTICULO 32º.- La demolición de las Obras se aplican en los casos siguientes:
- En las Obras que se ejecutan sin autorización municipal alguna.
- En los casos de construcciones que violen el Reglamento Nacional de Construcción, u otra norma que disponga como sanción la demolición de dichas construcciones.
- Cuando su construcción constituya peligro o riesgo contra la seguridad pública.

ARTICULO 33º.-La sanción de demolición será impuesta mediante Resolución de Alcaldía, previo informe técnico y legal.
Emitida la Resolución, la Oficina de Ejecutoría Coactiva procederá a su ejecución en un plazo máximo de diez (10) días de notificada la Resolución.
DE LOS MEDIOS IMPUGNATIVOS
ARTICULO 34º.- Los recursos impugnativos contra los actos administrativos que establezcan sanciones, se regirán por el procedimiento establecido en la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.
ARTICULO 35º.- El término para ala interposición de los recursos es de (15) quince días perentorios y deberá resolverse en el plazo de (30) treinta días.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

PRIMERA.- Dispóngase dentro de la zona urbana del distrito de Imperial-Cañete la clausura definitiva a los establecimientos dedicados a prostíbulos clandestinos; asimismo a los depósitos de almacenamiento de productos agroquímicos, Insumos agrícolas, Insecticidas y afines y a los establecimientos dedicados al almacenamiento y venta de materiales de reciclaje y/o desecho (chatarra).

SEGUNDA.- Los establecimientos comerciales, industriales y/o servicios que se encuentren clausurados o en proceso de clausura, se adecuaran según corresponda al procedimiento establecido en el presente reglamento.

TERCERA.- Las Infracciones de transporte se rige de acuerdo al Cuadro de Infracciones y Sanciones-Escala de Multas al Reglamento del Servicio Público de Transporte de pasajeros en vehículos menores, aprobado mediante Ordenanza 001-2007.

CUARTA.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto dicte las medidas complementarias para la correcta aplicación del presente Reglamento.





EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico.
LUGAR: Sector Santa Adela- Huacachivato
ZONAS AFECTADAS: Distritos de San Vicente, Imperial,
Lunahuaná, Nuevo Imperial, Zúñiga,
Pacarán, San Luis, Quilmaná y Cerro Azul
y parte de Asia de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: L- 6610.
CIRCUITOS: Todos los Alimentadores
DIA: Viernes 10 de Julio de 2009.
HORA DE INICIO: 19:56 hrs. Viernes 10 de Julio de 2009
HORA FINAL: 20:50 hrs. Viernes 10 de Julio de 2009

La interrupción del servicio fue ocasionada por daños en la red A.T., ocasionada por Acto Vandálico a la línea aérea de AT 60 kv. lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, cita y emplaza a los siguientes procesados, se ponga a derecho y respondan por el cargo que se le imputa en la instrucción siguiente:
EXP.2009-0196, a JESÚS WALTER ARAKAKI BAZALAR; para INSTRUCTIVA, a partir del tercer día a partir de la ultima publicación, caso contrario de declarársele REO AUSENTE, Delito: Contra la Seguridad Común; Agraviado: Estado Peruano. Cañete, 08.07.2009.
EXP.2008-0915, a EDUARDO FABIAN VIALE ORE, en la instrucción seguida contra CARLOS ROBERTO SANTOS CISNEROS; para AMPLIACIÓN DE INSTRUCTIVA, a partir del tercer día de la ultima publicación, bajo apercibimiento de declarársele REO CONTUMAZ, Delito: Robo Agravado; Agraviado: Empresa de Distribución EDDU SAC. Cañete, 08.07.2009.
Secretaria: Flores.

EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2009-0283, a la Agraviada SAHLING HEIKO; para DECLARACIÓN PREVENTIVA día 17-07-2009, a horas 3.00pm, Delito: Lesiones Leves; Inculpado: Raúl Luis Castañeda Velásquez. Cañete, 19.06.2009.
Secretario: Morales.
Por tres veces

EDICTO PENAL
La SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, Presidente Martínez, cita y emplaza al procesado para que asista a la Sala de Audiencias, se ponga a derecho y responda por el cargo que se le imputa:
EXP.2007-0396, a LIZARDO MARTIN ORMEÑO MAGALLANES; Día: 24-07-2009; Hora: 09.30a.m.; Delito: Violación Sexual; Agraviada: Menor de Edad. Cañete, 02.07.2009.
Secretaria: Martínez.
Por tres veces
JUDICIALES

EDICTOS FAMILIA
EXP.2009-0160.-EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez GARNICA; ordenó publicar extracto de RESOLUCIÓN.N°01, fecha: 26.02.2009: RESUELVE: ADMITIR la Demanda contra WILLIAMS VIVAS ESCALANTE, sobre Violencia Familiar, Vía del Proceso Único; Agraviada: Maria Adelaida Vásquez Quinto, corrase traslado al demandado dentro del termino de CINCO DÍAS absuelva la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.-Fdo.Secretario: Parvina. Cañete 17.06.2009.

EDICTOS PENALES
La SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, Presidente Martínez, cita y emplaza al procesado para que asista a la Sala de Audiencias, se ponga a derecho y responda por el cargo que se le imputa:
EXP.2007-0133, a PEDRO PABLO CORONADO INGA; Día: 04-08-2009; Hora: 09.30a.m.; Delito: Violación Sexual; Agraviada: Menor de Edad. Cañete, 30.06.2009.
Secretaria: Martínez.

EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-0927, a JOSÉ LUIS SÁNCHEZ CHUMPITAZI; Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; Agraviado: Andrés Stephanie Sánchez Simeón. Cañete, 18.06.2009.
EXP.-2008-0942, a ROBERT LINDON BARAHONA HUAMAN; Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; Agraviado: Melina Doris Barahona Contreras y otra. Cañete, 22.06.2009.
Secretario: Vivas.

EL JUZGADO MIXTO DE YAUYOS, Juez GONZALES, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-0029, a ANDREA CELIA VIVAS CLEMENTE, REO CONTUMAZ; Delito: Lesiones Leves; Agraviado: Pelaya Celia Vivas Clemente. Yauyos, 16.06.2009.
EXP.-2006-0086, a EDILUZ MARINA VALERIO SANTIAGO y ROSA ELVIRA VALERIO SANTIAGO; Delito: Peligro Común-Incendio; Agraviada: Agustina Hilda Valerio Parra. Yauyos, 05.06.2009.
EXP.-2008-0113, a SEBERO HUAMAN CULLANCO; REO CONTUMAZ; Delito: Lesiones Leves; Agraviado: Dios Comides Flor Cullanco Vilcapuma. Yauyos, 16.06.2009.
EXP.-2009-0001, a ASCENSIÓN VIVAS ARENAS; REO CONTUMAZ; Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; Agraviado: Neil Ascensión Vivas Vivas. Yauyos, 16.06.2009.
Secretario: Delgado.
EXP.-2008-0058, a RONNY PÁNFILO VIVAS RUÍZ; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviada: Camila A. Paypay Matos. Yauyos, 16.06.2009.
EXP.-2008-0002, a MAURO PIAGGIO FLORES VELÁSQUEZ, ARNULFO MAURICIO FLORES Y ARMANDO NEYSSER FLORES VELASQUEZ; para INSTRUCTIVA; Delito: Contra la Fé Pública-Usurpación de Funciones; Agraviado: Estado Peruano. Yauyos, 17.06.2009.
EXP.-2008-0038, a ARTEMIO CONCEPCIÓN DOLORES CASTRO Y WUALTER MANUEL FLORES CARRION; Delito: Contra la Fé Publica-Adulteración de documento; Agraviado: Estado Peruano y Municipalidad Distrital de Lincha. Yauyos, 16.06.2009.
Secretario: Sánchez.

EDICTO DE FAMILIA
EXP.N°2008-0418.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez FLORES; ordenó publicar extracto de RESOLUCIÓN.N°16, fecha: 02.07.2009; SE DISPONE: SEÑALAR nueva fecha para AUDIENCIA ÚNICA, Día: 16.07.2009, hora: 02.30pm, EMPLÁCESE mediante edictos al demandado JOSÉ LUIS CANDELA CAYCHO, sobre Violencia Familiar y agraviada CECILIA IMELDA LÉVANO YACTAYO. Fdo.Secretaria: Herrera. Cañete 03.07.2009.
JUDICIALES

SUCESION INTESTADA
ANTE MÍ DESPACHO NOTARIAL, SITO EN EL JR. BOLOGNESI N° 324 – SAN VICENTE - CAÑETE, SE PRESENTO DOÑA ROSA LOBO SAIRE, MANIFESTANDO SER HIJA DE QUIEN FUERA EN VIDA DOÑA CRISTINA SAIRE VELASQUE; QUIEN FALLECIÓ AB - INTESTADA EL DIA 24 DE AGOSTO DE 1996, A EFECTO DE QUE SE DECLAREN COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS A SU CONYUGE SUPERSTITE TEOFILO LOBO HUAMANI Y A SUS HIJOS: CARMEN PATRICIA LOBO SAIRE, ROSA LOBO SAIRE, VICTORIA TOMASA LOBO SAIRE, JORGE EFRAIN LOBO SAIRE, PRIMITIVA ROSALIA LOBO SAIRE, MAGDALENA MERCEDES LOBO SAIRE, JUAN CRISOSTOMO LOBO SAIRE Y LUÍS ENRIQUE LOBO SAIRE, RESPECTIVAMENTE. LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTE LOS QUE SE CREAN CON DERECHO A LA HERENCIA. CAÑETE, 26.06.2009.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete

RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO
NOTARIA: «CAMACHO - GÁLVEZ»
ANTE MI DESPACHO NOTARIAL, SITO EN EL JR. BOLOGNESI Nº 324, SAN VICENTE -CAÑETE, SE PRESENTO DOÑA ZENOBIA GAMBOA DE CONTRERAS, QUIEN SOLICITA SE RECTIFIQUE EL ACTA DE MATRIMONIO, INSCRITO EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE, EN DONDE SE CONSIGNO ERRÓNEAMENTE LOS SIGUIENTES DATOS: (PARTE PRINCIPAL Y MARGINAL): DATOS DEL CONTRAYENTE: DICE: ATANASIO CONTRERAS OLIVAR.- DEBE DECIR: ATANACIO CONTRERAS OLIVAR.- LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. CAÑETE, 03 – 07 – 2009.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete

SUCESION INTESTADA
ANTE MÍ DESPACHO NOTARIAL, SITO EN EL JR. BOLOGNESI 324 – SAN VICENTE - CAÑETE, SE PRESENTO DON ELIAS HUGO REYES CARTAGENA, MANIFESTANDO SER CONYUGE DE QUIEN FUERA EN VIDA DOÑA ROSA MARIA TAQUIA ALMEYDA DE REYES; QUIEN FALLECIÓ AB - INTESTADA EL DIA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000, A EFECTO DE QUE SE DECLAREN COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS A SU CONYUGE SUPERSTITE DON ELIAS HUGO REYES CARTAGENA Y A SU HIJO: ELIAS ROBERTO REYES TAQUIA, RESPECTIVAMENTE. LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE SE CREAN CON DERECHO A LA HERENCIA. CAÑETE, 03.07.09
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA: «CAMACHO - GÁLVEZ»
ANTE MI DESPACHO NOTARIAL, SITO EN EL JR. BOLOGNESI Nº 324, DE SAN VICENTE - CAÑETE, SE PRESENTO DON AGUSTIN LUCIANO SANTINI GUEVARA, QUIEN SOLICITA SE RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, INSCRITO EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE, EN DONDE SE CONSIGNO ERRÓNEAMENTE LOS SIGUIENTES DATOS: (PARTE PRINCIPAL): DATOS DEL ESTADO CIVIL DEL PADRE DEL TITULAR DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO: DICE: SOLTERO.- DEBE DECIR: CASADO CON DOÑA CARMEN ESPINOZA RUEDA.- LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY.
CAÑETE, 26 DE JUNIO DEL 2009
Huber Camacho Gálvez - Notario de Cañete