EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente Nº 2012-241 en el cual se ha dictado la siguiente Resolución que se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES, Cañete, primero de Agosto del dos mil doce: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR interpuesta por EMAPA – CAÑETE S-A- representada por LUIS ROJAS ZEGARRA sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, del inmueble Estación de Bombeo Pozo Nº 02 ubicado en la Avenida Mariscal Benavides Nº 568 – San Vicente, debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al proceso ABREVIADO, y atendiendo que la parte demandante ha manifestado que los demandados son indeterminados o inciertos, por lo que de conformidad con lo que señala el artículo 435º del Código Adjetivo EMPLÁCESE mediante EDICTOS, para que dentro del término especial de TREINTA DÍAS, se apersonen a la instancia a todos los habilitados y puedan contradecir, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal: téngase por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y agréguese a los autos los anexos que se acompañan. Publíquese el extracto de la demanda en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario Local «Al Día Con Matices» por tres veces, con intervalo de tres días, asimismo notifíquese por Radiodifusión por cinco días consecutivos; y notifíquese a los propietarios u ocupantes de los bienes colindantes en sus domicilios reales señalados por la entidad recurrente.
Henrry Manolo Dantas Aparcana
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 07, 13 y 19 de Noviembre
EDICTOS PENALES (03 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Dr. Polanco; cita y emplaza para que asistan a la Sala de Audiencias:
EXP.-2010-0037; a TEODORO OBED CURI CAMBILLO; DIA: 20.11.2012; HORA: 10.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado Doloso. Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2008-0213; a FLORENCIO VIVIANO PEÑA VARGAS; DIA: 20.11.2012; HORA: 10.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de revocarse su comparecencia en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
EXP.-2009-0546; a FREDY JULIAN SANTIAGO RIVERA; DIA: 20.11.2012; HORA: 10.30a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE SU LIBERTAD PROVISIONAL POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0107: a LUIS ADHEMIR PONCE MARTINEZ; DIA: 20.11.2012; HORA: 10.45a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad; Secretario: Miranda.
EXP.-2003-0529; a JUAN ARQUIMIDES CASTRO LEVANO, EDUARDO ERNESTO QUIROZ LEVANO Y NEWMAN FRANCOIS HUARI LEVANO; DIA: 21.11.2012; HORA: 09.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE SU COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Robo Agravado en grado de Tentativa; Agraviado: Mariano Percy Yactayo Saravia. Secretario: Miranda.
EXP.-2009-0363; a ALEJANDRO BERNABE GERÓNIMO RAMOS; DIA: 21.11.2012; HORA: 09.45a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
EXP.-2007-0630; a VICTOR VICENTE AYLLON HUAMAN; DIA: 21.11.2012; HORA: 10.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Usurpación Agravada; Agraviado: Inmobiliaria Leonardo SAC y otro; Secretario: Miranda.
EXP.-2007-0181; a SERAPIO FILOMENO LOPEZ NUÑEZ; DIA: 21.11.2012; HORA: 10.30a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0059; a FRANCISCO JUSTINO CAYETANO JAVIER, ROMAN JUSTO CHAMILCO LOPEZ, JUAN MIGUEL PEÑA RUIZ; DIA: 21.11.2012; HORA: 11.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado Doloso Agravado por extensión; Agraviado: Estado Peruano-Foncodes. Secretario: Miranda.
EXP.-2008-0564; a JOSE LUIS SANCHEZ SANCHEZ Y JIMY PAUL SANTOS FERNANDEZ; DIA: 23.11.2012; HORA: 09.30a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Robo Agravado en grado de Tentativa; Agraviado: Deyvis Chumpitaz Salhuana. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0185; a JOSE LUIS FLORES ROJAS; DIA: 23.11.2012; HORA: 10.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2009-0588; a JORGE ALFONSO VARGAS SALVATIERRA; DIA: 23.11.2012; HORA: 11.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2010-0200; a EMILIANO ESTEBAN CANALES FERNANDEZ; DIA: 27.11.2012; HORA: 09.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de DECLARÁRSELE REO CONTUMAZ y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2010-0027; a CELSO MARCELINO JESUSI MORALES; DIA: 27.11.2012; HORA: 09.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0140; a EUGENIO AVELINO TANGA ARMAULIA, JULIO LORENZO CAMPOSANO DOMINGUEZ Y JOSE OSCAR HUARCAYA LIMA; DIA: 27.11.2012; HORA: 09.30a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0271; a JULIO ALBINO BOVIS YAPIAS; DIA: 27.11.2012; HORA: 10.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE SU COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2001-0057; a WALTER RODOLFO CURILLA SANES; DIA: 27.11.2012; HORA: 10.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaz y ordenar su captura en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2011-004; a GREGORIO LESCANO FLORES; DIA: 27.11.2012; HORA: 10.45a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE SU COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2010-0157; a HERNANDO CLEMENTE DE LACRUZ Y CARLOS ALBERTO SANCHEZ VICENTE; DIA: 27.11.2012; HORA: 11.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaz y ordenar su captura en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2009-0092; a ALEXI WALDIR ROJAS CHANCA; DIA: 28.11.2012; HORA: 09.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de SER DECLARADO REO CONTUMAZ y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2007-0395; a JOSE ANGEL CANDELA CHAVEZ; DIA: 28.11.2012; HORA: 09.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE SU COMPARECENCIA POR DETENCION y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0049; a WENCESLAO ARBIZU REYNOSO; DIA: 28.11.2012; HORA: 09.30a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2008-0099; a ROLAN ZEGARRA MORALES; DIA: 28.11.2012; HORA: 09.45a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2007-0370; a EDILBERTO EULOGIO CABELLO VALERIANO; para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de identidad reservada; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA; Juez: Dra. Castillo; dispones notificar:
EXP.- 2012-068-JUP-MALA; inculpado: SATURNINO ROLANDO ARROYO COTERA, domiciliado en Pasaje Carlos Brioso C-4-Alda-Distrito y Provincia de Tambopata, Departamento de Madre de Dios; Delito: CONTRA LA FE PUBLICA-USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO. Agraviado: El Estado; lo siguiente: Res. 03: Convoca la REPROGRAMACION de la Audiencia de JUICIO ORAL. Día: 30.11.2011. Hora: 9.00a.m. Lugar: Sala de Audiencias «A» del Juzgado Penal Unipersonal de Mala, sito en Urb. Casuarinas Mz. A, Lote 20; Distrito de Mala. Mala 05.11.2012. Asistente: Espino.
SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE CAÑETE (EN ADICION DE FUNCIONES JUZGADO PENAL LIQUIDADOR); Juez: Dr. Garcia; dispone notificar:
EXP.- 0110-2009; Cita, llama y emplaza a NINO WILFREDO QUISPE CARRION, a fin de que acuda a la Lectura de Sentencia. Delito: CONTRA EL PATRIMONIO-USURPACION AGRAVADA. Agraviado: Sergio Lewis Quispe Guerra. Secretario: Astohuaman.
19, 20 y 21 de Noviembre
EDICTOS PENALES (01 DIA)
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Guillen; ha ordenado publicar:
EXP.- 662-2012-33; Comunica y emplaza a OSCAR PELAGIO TUEROS BELLIDO para la Audiencia de JUICIO ORAL. Día: 06.12.2012. Hora: 10.00a.m, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz o Ausente y ordenarse ubicación y captura a nivel nacional. Delito: CONTRA LA FAMILIA-OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR. Agraviados: menores Cinthya Erika y Joselyn Tueros Jayo. Lugar: Sala de Audiencias «D». Especialista: Alvarado
TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Flores; ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.- 0480-2012-44; Resolución TRES, fecha 16.11.12; RESUELVE: REPROGRAMAR AUDIENCIA PARA JUICIO ORAL para el Día: 23.11.2012, HORA: 2.45p.m.: comunicando y emplazando a la imputada: CECILIA RENE VILLAGRAY SANCHEZ concurra a audiencia de Juicio Oral, por presunta comisión del delito: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR; agraviado: su menor hijo de iniciales S.A.F.V; bajo apercibimiento de ser declarada reo contumaz o ausente y ordenarse ubicación y captura a nivel nacional. Especialista: Ajalcriña.
EXP.- 222-2011-82; en el proceso seguido contra JHONNY RAUL GUERRERO SEGURA; agraviada: Alexandra Valentina Guerrero Florián; Delito: CONTRA LA FAMILIA-OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR; la Resolución 03 (13.11.2012): RESUELVE: REPROGRAMAR la Audiencia de JUICIO ORAL. Día: 03.12.2012. Hora: 8:15 a.m. Lugar: Sala de Audiencias de los Juzgados Unipersonales; bajo apercibimiento de ser declarado el inculpado Reo Contumaz y/o Ausente en caso de inasistencia. Especialista: Maurtua.
JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAÑETE: Jueces: Guilén, Flores y Huertas: ha ordenado publicar:
EXP.-728-2011-38; Resolución 03; Comunica al acusado ROBERTO JULIAN SOTO VASQUEZ; y le emplaza a que concurra a la Audiencia de JUICIO ORAL, programada para Día: 06.12.2012. Hora: 11.00a.m.; Delito. Violación Sexual de menor de edad; Agraviada: menor de iniciales l:E.C.R; Especialista: LX.Gutierrez.
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
AVISO IMPORTANTE
La Corte Superior de Justicia de Cañete, requiere en alquiler un bien inmueble de las siguientes características:
Deberá tener como mínimo un área construida de 80 m2 aproximadamente, con mínimo 02 ambientes; ubicado en el Distrito de Lunahuaná, de fácil acceso al transporte público.
Las propuestas deberán presentarse, en la Oficina de Logística, ubicada en la Av. Oscar R. Benavides N° 657, 3er Piso, Distrito de San Vicente de Cañete; de Lunes a Viernes en Horario de 8:30 am a 4:45 pm.
San Vicente de Cañete, 09 de noviembre de 2012.
La Oficina de Administración
CSJCÑ
19 noviembre 2012
POR SORTEO FUE ELEGIDO QUINTO REGIDOR DE CENTRO POBLADO CERRO ALEGRE EDWAR RAÙL OCHOA YACTAYO
Se eligió al quinto regidor de la Municipalidad del Centro Poblado Cerro Alegre, jurisdicción del distrito de Imperial.
El sorteo se llevó en acto público contando con la presencia de la Dra. Itala Garrafa Peña, notaria de la provincia, quien dio fe del acto de sorteo; de igual forma participaron, el personero legal del Movimiento Independiente «Vamos Cerro Alegre» Sr. Francisco Humareda, el personero del movimiento independiente «Unidos todos por Cerro Alegre, Gerente de Desarrollo Social y el sub gerente de participación vecinal, Luis Suarez León.
Cabe indicar que las elecciones últimas que se desarrollaron el 28 de octubre, tuvo como ganador a la lista N° 02 «Vamos Cerro Alegre», quienes obtuvieron 326 votos; quedando empatados en el segundo lugar la lista N° 01 y N° 03 con un total de votos de 205.
«La Ordenanza N° 011-2007-MPC sobre elecciones autoridades en centros poblados, indica el art. 48, en caso de empate se procede a efectuar un sorteo en acto público con presencia de los personeros legales, notario público, gerente municipal distrital y gerente de Desarrollo Social y Participación Vecinal», expresó Jaime Cubillas, gerente provincial.
Edwar Raúl Ochoa Yactayo, es el quinto regidor del municipio de Cerro Alegre, quien en los próximos días recibirá la credencial respectiva conjuntamente los demás regidores y alcalde electo, quienes serán proclamados y juramentados en el mismo lugar contando con la presencia de la alcaldesa provincial y población del lugar.
El sorteo se llevó en acto público contando con la presencia de la Dra. Itala Garrafa Peña, notaria de la provincia, quien dio fe del acto de sorteo; de igual forma participaron, el personero legal del Movimiento Independiente «Vamos Cerro Alegre» Sr. Francisco Humareda, el personero del movimiento independiente «Unidos todos por Cerro Alegre, Gerente de Desarrollo Social y el sub gerente de participación vecinal, Luis Suarez León.
Cabe indicar que las elecciones últimas que se desarrollaron el 28 de octubre, tuvo como ganador a la lista N° 02 «Vamos Cerro Alegre», quienes obtuvieron 326 votos; quedando empatados en el segundo lugar la lista N° 01 y N° 03 con un total de votos de 205.
«La Ordenanza N° 011-2007-MPC sobre elecciones autoridades en centros poblados, indica el art. 48, en caso de empate se procede a efectuar un sorteo en acto público con presencia de los personeros legales, notario público, gerente municipal distrital y gerente de Desarrollo Social y Participación Vecinal», expresó Jaime Cubillas, gerente provincial.
Edwar Raúl Ochoa Yactayo, es el quinto regidor del municipio de Cerro Alegre, quien en los próximos días recibirá la credencial respectiva conjuntamente los demás regidores y alcalde electo, quienes serán proclamados y juramentados en el mismo lugar contando con la presencia de la alcaldesa provincial y población del lugar.
17 noviembre 2012
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES DECLARA FUNDADA LA APELACION DE JOSE ARIAS CHUMPITAZ, REVOCA ACUERDO DE CONCEJO Y DECLARA INFUNDADA SOLICITUD DE SUSPENSION
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
RESOLUCION N° 1005-2012-JNE
Expediente N.° J-2012-1343
Lima, treinta y uno de octubre de dos mil doce
VISTO en audiencia pública, de fecha 31 de octubre de 2012, el recurso de apelación interpuesto por José Arias Chumpitaz contra la decisión adoptada en el Acuerdo de Concejo N.° 079-2012-MDA, del 27 de setiembre de 2012, que declaró fundada la solicitud de suspensión interpuesta contra su persona, por la causal establecida en el artículo 25, inciso 3, de la Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente N.° J-2012-01343, así como oídos los informes orales.
ANTECEDENTES
Solicitud de suspensión presentada por Manuel Bernabé Malásquez Aburto
El 4 de julio de 2012, el solicitante alega que en el proceso penal seguido contra el alcalde José Arias Chumpitaz, la Sala Penal Liquidadora Transitoria de Cañete, en fecha 7 de junio de 2012, y mediante Oficio N.° 2005-1076-SPLT- CSJC-PJ, dirigido al jefe del Departamento de Investigación Criminal y de Apoyo a la Justicia de Cañete, ordena la inmediata ubicación, captura y conducción de José Arias Chumpitaz.
Respecto a la posición de José Arias Chumpitaz
En sesión extraordinaria, de fecha 27 de setiembre de 2012, el alcalde del Consejo Distrital señala que el 7 de junio se vulnera su derecho a la libertad de tránsito y, por este motivo, plantea una demanda de hábeas corpus contra la resolución emitida por la Sala Penal Liquidadora Transitoria que ordena su detención y captura.
Respecto a la posición del Concejo Distrital de Asia
Con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de miembros del concejo, cuatro votos a favor y dos votos en contra, y por medio del Acuerdo de Concejo N.° 079-2012-MDA, el Concejo Distrital de Asia declaró fundada la solicitud de suspensión de Manuel Bernabé Malásquez Aburto contra José Arias Chumpitaz.
Respecto a la apelación presentada por José Arias Chumpitaz contra el Acuerdo de Concejo N.° 079-2012-MDA
José Arias Chumpitaz funda su recurso de apelación señalando que el Trigésimo Juzgado Penal de Lima, mediante Resolución N.° 15535-2012, de fecha 21 de agosto de 2012, falló declarando fundada la demanda constitucional de hábeas corpus interpuesta por el recurrente y, en consecuencia, ordena suspender la orden de captura impartida.
Asimismo, se tiene que el presidente de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Cañete, en fecha 22 de agosto de 2012, remitió oficios al jefe del Departamento de Investigación Criminal y de Apoyo a la Justicia de Cañete, así como al responsable del registro de requisitorias de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a fin de que se levante la orden de captura contra José Arias Chumpitaz.
CUESTIÓN EN DISCUSIÓN
Este Supremo Tribunal Electoral debe determinar si, en el presente caso, José Arias Chumpitaz, alcalde del Concejo Distrital de Asia, provincia de Cañete, departamento de Lima, ha incurrido en la causal contemplada en el artículo 25, numeral 3, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM).
FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN
1.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 25, numeral 3, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), que establece que el ejercicio del cargo de alcalde o regidor se suspende por acuerdo de concejo por el tiempo que dure el mandato de detención.
2.- En el presente caso, si bien, en fecha 7 de junio de 2012, la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Cañete decretó el mandado de detención contra José Arias Chumpitaz en el proceso penal signado con el N.° 1076-2005, el Trigésimo Primer Juzgado Penal, en el proceso de hábeas corpus interpuesto por José Arias Chumpitaz, falló declarando fundada su demanda constitucional, por lo que declara nula la resolución recaída en el Expediente N.° 1076-2005, que decretaba el mandato de detención y, en consecuencia, con fecha 22 de agosto de 2012, por medio del Oficio N.° 2005-1076, la Corte Superior de Justicia de Cañete levanta la orden de ubicación y captura de José Arias Chumpitaz.
3.- En atención a lo expuesto, no se cumple el supuesto de hecho establecido en el artículo 25, numeral 3 de la LOM; por este motivo, no es posible suspender a dicha autoridad, en tanto no existe mandato de detención vigente.
CONCLUSIÓN
Por los fundamentos expuestos, la decisión del Concejo Distrital de Asia no se encuentra conforme a ley.
Por lo tanto, el Pleno de Jurado Nacional de Elecciones, sin la participación del doctor José Luis Santos Velarde Urdanivia por encontrarse de vacaciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo único.- Declarar FUNDADA la apelación interpuesta por José Arias Chumpitaz, REVOCAR la decisión adoptada en el Acuerdo de Concejo N.° 079-2012-MDA, que declaró fundada la solicitud de suspensión de Manuel Bernabé Malásquez Aburto contra José Arias Chumpitaz, por la causal establecida en el artículo 25, inciso 3, de la Ley Orgánica de Municipalidades, y, por consiguiente, declarar INFUNDADA su solicitud de suspensión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
SIVINA HURTADO
PEREIRA RIVAROLA
AYVAR CARRASCO
LEGUA AGUIRRE
Bravo Basaldúa
Secretario General
mpl/gyro
RESOLUCION N° 1005-2012-JNE
Expediente N.° J-2012-1343
Lima, treinta y uno de octubre de dos mil doce
VISTO en audiencia pública, de fecha 31 de octubre de 2012, el recurso de apelación interpuesto por José Arias Chumpitaz contra la decisión adoptada en el Acuerdo de Concejo N.° 079-2012-MDA, del 27 de setiembre de 2012, que declaró fundada la solicitud de suspensión interpuesta contra su persona, por la causal establecida en el artículo 25, inciso 3, de la Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente N.° J-2012-01343, así como oídos los informes orales.
ANTECEDENTES
Solicitud de suspensión presentada por Manuel Bernabé Malásquez Aburto
El 4 de julio de 2012, el solicitante alega que en el proceso penal seguido contra el alcalde José Arias Chumpitaz, la Sala Penal Liquidadora Transitoria de Cañete, en fecha 7 de junio de 2012, y mediante Oficio N.° 2005-1076-SPLT- CSJC-PJ, dirigido al jefe del Departamento de Investigación Criminal y de Apoyo a la Justicia de Cañete, ordena la inmediata ubicación, captura y conducción de José Arias Chumpitaz.
Respecto a la posición de José Arias Chumpitaz
En sesión extraordinaria, de fecha 27 de setiembre de 2012, el alcalde del Consejo Distrital señala que el 7 de junio se vulnera su derecho a la libertad de tránsito y, por este motivo, plantea una demanda de hábeas corpus contra la resolución emitida por la Sala Penal Liquidadora Transitoria que ordena su detención y captura.
Respecto a la posición del Concejo Distrital de Asia
Con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de miembros del concejo, cuatro votos a favor y dos votos en contra, y por medio del Acuerdo de Concejo N.° 079-2012-MDA, el Concejo Distrital de Asia declaró fundada la solicitud de suspensión de Manuel Bernabé Malásquez Aburto contra José Arias Chumpitaz.
Respecto a la apelación presentada por José Arias Chumpitaz contra el Acuerdo de Concejo N.° 079-2012-MDA
José Arias Chumpitaz funda su recurso de apelación señalando que el Trigésimo Juzgado Penal de Lima, mediante Resolución N.° 15535-2012, de fecha 21 de agosto de 2012, falló declarando fundada la demanda constitucional de hábeas corpus interpuesta por el recurrente y, en consecuencia, ordena suspender la orden de captura impartida.
Asimismo, se tiene que el presidente de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Cañete, en fecha 22 de agosto de 2012, remitió oficios al jefe del Departamento de Investigación Criminal y de Apoyo a la Justicia de Cañete, así como al responsable del registro de requisitorias de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a fin de que se levante la orden de captura contra José Arias Chumpitaz.
CUESTIÓN EN DISCUSIÓN
Este Supremo Tribunal Electoral debe determinar si, en el presente caso, José Arias Chumpitaz, alcalde del Concejo Distrital de Asia, provincia de Cañete, departamento de Lima, ha incurrido en la causal contemplada en el artículo 25, numeral 3, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM).
FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN
1.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 25, numeral 3, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), que establece que el ejercicio del cargo de alcalde o regidor se suspende por acuerdo de concejo por el tiempo que dure el mandato de detención.
2.- En el presente caso, si bien, en fecha 7 de junio de 2012, la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Cañete decretó el mandado de detención contra José Arias Chumpitaz en el proceso penal signado con el N.° 1076-2005, el Trigésimo Primer Juzgado Penal, en el proceso de hábeas corpus interpuesto por José Arias Chumpitaz, falló declarando fundada su demanda constitucional, por lo que declara nula la resolución recaída en el Expediente N.° 1076-2005, que decretaba el mandato de detención y, en consecuencia, con fecha 22 de agosto de 2012, por medio del Oficio N.° 2005-1076, la Corte Superior de Justicia de Cañete levanta la orden de ubicación y captura de José Arias Chumpitaz.
3.- En atención a lo expuesto, no se cumple el supuesto de hecho establecido en el artículo 25, numeral 3 de la LOM; por este motivo, no es posible suspender a dicha autoridad, en tanto no existe mandato de detención vigente.
CONCLUSIÓN
Por los fundamentos expuestos, la decisión del Concejo Distrital de Asia no se encuentra conforme a ley.
Por lo tanto, el Pleno de Jurado Nacional de Elecciones, sin la participación del doctor José Luis Santos Velarde Urdanivia por encontrarse de vacaciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo único.- Declarar FUNDADA la apelación interpuesta por José Arias Chumpitaz, REVOCAR la decisión adoptada en el Acuerdo de Concejo N.° 079-2012-MDA, que declaró fundada la solicitud de suspensión de Manuel Bernabé Malásquez Aburto contra José Arias Chumpitaz, por la causal establecida en el artículo 25, inciso 3, de la Ley Orgánica de Municipalidades, y, por consiguiente, declarar INFUNDADA su solicitud de suspensión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
SIVINA HURTADO
PEREIRA RIVAROLA
AYVAR CARRASCO
LEGUA AGUIRRE
Bravo Basaldúa
Secretario General
mpl/gyro
TODO INDICA QUE JOSE ARIAS CHUMPITAZ TERMINARA SU PERIODO EDILICIO...
Sus regidores, constituidos ahora como sus adversarios políticos, esperaban con impaciencia, la decisión del Jurado Nacional de Elecciones... según ellos, le daría la razón y se lograría la suspensión del Alcalde José Arias, y se dispondría que su primera regidora asuma como Alcaldesa del distrito.
Sin embargo, las cosas no fueron así... en el día de su cumpleaños, el burgomaestre asiano recibió su mejor regalo... la Resoluciòn N° 1005-2012-JNE emitida el 31 de octubre 2012 del JURADO NACIONAL DE ELECCIONES que le daba la razón, declaraba fundada su apelación contra el Acuerdo de Concejo N° 079-2012-MDA del 27 de setiembre de 2012 por el cual dicho cuerpo edilicio (05) regidores declararon fundada la solicitud de suspensiòn interpuesta por el ciudadano Manuel Bernabè Malàsquez Aburto de fecha 4 de julio de 2012 contra el Alcalde Sr. Josè Arias Chumpitaz al amparo de la decisión de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de Cañete de fecha 7 de junio y que mediante oficio N° 2005.1076-SPLT-CSJC-PJ ordenaba la inmediata ubicaciòn, captura y conducciòn del burgomaestre Asiano.
APELACIÒN
Hay que señalar que ante ese hecho, Josè Arias Chumpitaz en uso de sus derechos constitucionales apeló dicha decisiòn y logró que el Trigèsimo Juzgado Penal de Lima mediante Resoluciòn N° 15535-2012 de fecha 21 de agosto fallara a su favor declarando fundada la demanda constitucional de Hàbeas Corpus interpuesta por el recurrente y, en consecuencia ordenaba suspender la orden de captura impartida, en consecuencia la Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Cañete en fecha 22 de agosto 2012 remitiò oficios al Jefe del Departamento de Investigaciòn criminal y de Apoyo a la Justicia de Cañete, asì como al responsable del registro de requisitorias de la CSJC a fin de que se levante la orden de captura que pesaba contra Josè Arias Chumpitaz.
DECISIÒN DEL JNE
El Supremo Tribunal Electoral detrminò luego de un amplio y exhaustivo analìsis Legal-Constitucional de manera corporativa (a excepciòn del Dr. Josè Luis Santos Velarde Urdanivia por estar de vacaciones), emitir la resolución 1005-2012-JNE, que en su parte resolutiva señala:
RESUELVE: Artìculo ûnico.- Declarar FUNDADA la apelaciòn interpuesta por Josè Arias Chumpitaz REVOCAR la decisiòn adoptada en el ACUERDO DE CONCEJO No 079-2012-MDA que declarò fundada la solicitud de suspensiòn de Manuel Bernabè Malàsquez Aburto contra Josè Arias Chumpitaz, por la causal establecida en el artìculo 25, inciso 3 de la Ley Orgànica de Municipalidades y, por consiguiente declarar INFUNDADA su solicitud de suspensiòn. Fdo. SS. SIVINA HURTADO – PEREYRA RIVAROLA – AYVAR CARRASCO – LEGUÌA AGUIRRE – Bravo Basaldùa Secretario General.
TERMINARÌA SU PERIODO
De superar la última valla legal de apelación ante la Sexta Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos Libres (Oficio No º15535-2012-6ta SPRLCSJL/ PJ del 07/11/12) y se declarase fundada de manera definitiva la demanda constitucional de Habeas Corpus interpuesta por el Alcalde Josè Arias Chumpitaz contra los Jueces Superiores integrantes de la Sala Penal Liquidadora de Cañete por la presunta vulneración a su libertad individual, según destacados y reconocidos analistas polìticos y juristas, el burgomaestre del distrito de Asia – Cañete terminarìa su mandato sin contratiempos, a pesar de las serias dificultades que tendrà que sortear en el camino... aún hay mucho pan por rebanar; sin embargo parece que esta lucha titànica emprendida por Josè Arias Chumpitaz de la mano de la ley y la razòn lo ha fortalecido y viene realizando grandes obras que lo han potenciado politicamente y bien podrìa decirse para quienes conocemos ASIA que hoy tiene màs simpatizantes/partidarios, comparàndolo con las ùltimas elecciones municipales... y un adicional, sin apasionamiento polìtico se puede decir que es el Alcalde que màs obras entregarà en el 2012 entre todos los alcaldes de Cañete y, no està lejano de estar entre los cinco mejores del ranking nacional (1836 Alcaldes) son las contradicciones e ironìas de la vida polìtica, aunque algunos se comporten en el oscurantismo y se tapen los ojos y los oìdos por fanatismo o rivalidad polìtica.
Sin embargo, las cosas no fueron así... en el día de su cumpleaños, el burgomaestre asiano recibió su mejor regalo... la Resoluciòn N° 1005-2012-JNE emitida el 31 de octubre 2012 del JURADO NACIONAL DE ELECCIONES que le daba la razón, declaraba fundada su apelación contra el Acuerdo de Concejo N° 079-2012-MDA del 27 de setiembre de 2012 por el cual dicho cuerpo edilicio (05) regidores declararon fundada la solicitud de suspensiòn interpuesta por el ciudadano Manuel Bernabè Malàsquez Aburto de fecha 4 de julio de 2012 contra el Alcalde Sr. Josè Arias Chumpitaz al amparo de la decisión de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de Cañete de fecha 7 de junio y que mediante oficio N° 2005.1076-SPLT-CSJC-PJ ordenaba la inmediata ubicaciòn, captura y conducciòn del burgomaestre Asiano.
APELACIÒN
Hay que señalar que ante ese hecho, Josè Arias Chumpitaz en uso de sus derechos constitucionales apeló dicha decisiòn y logró que el Trigèsimo Juzgado Penal de Lima mediante Resoluciòn N° 15535-2012 de fecha 21 de agosto fallara a su favor declarando fundada la demanda constitucional de Hàbeas Corpus interpuesta por el recurrente y, en consecuencia ordenaba suspender la orden de captura impartida, en consecuencia la Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Cañete en fecha 22 de agosto 2012 remitiò oficios al Jefe del Departamento de Investigaciòn criminal y de Apoyo a la Justicia de Cañete, asì como al responsable del registro de requisitorias de la CSJC a fin de que se levante la orden de captura que pesaba contra Josè Arias Chumpitaz.
DECISIÒN DEL JNE
El Supremo Tribunal Electoral detrminò luego de un amplio y exhaustivo analìsis Legal-Constitucional de manera corporativa (a excepciòn del Dr. Josè Luis Santos Velarde Urdanivia por estar de vacaciones), emitir la resolución 1005-2012-JNE, que en su parte resolutiva señala:
RESUELVE: Artìculo ûnico.- Declarar FUNDADA la apelaciòn interpuesta por Josè Arias Chumpitaz REVOCAR la decisiòn adoptada en el ACUERDO DE CONCEJO No 079-2012-MDA que declarò fundada la solicitud de suspensiòn de Manuel Bernabè Malàsquez Aburto contra Josè Arias Chumpitaz, por la causal establecida en el artìculo 25, inciso 3 de la Ley Orgànica de Municipalidades y, por consiguiente declarar INFUNDADA su solicitud de suspensiòn. Fdo. SS. SIVINA HURTADO – PEREYRA RIVAROLA – AYVAR CARRASCO – LEGUÌA AGUIRRE – Bravo Basaldùa Secretario General.
TERMINARÌA SU PERIODO
De superar la última valla legal de apelación ante la Sexta Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos Libres (Oficio No º15535-2012-6ta SPRLCSJL/ PJ del 07/11/12) y se declarase fundada de manera definitiva la demanda constitucional de Habeas Corpus interpuesta por el Alcalde Josè Arias Chumpitaz contra los Jueces Superiores integrantes de la Sala Penal Liquidadora de Cañete por la presunta vulneración a su libertad individual, según destacados y reconocidos analistas polìticos y juristas, el burgomaestre del distrito de Asia – Cañete terminarìa su mandato sin contratiempos, a pesar de las serias dificultades que tendrà que sortear en el camino... aún hay mucho pan por rebanar; sin embargo parece que esta lucha titànica emprendida por Josè Arias Chumpitaz de la mano de la ley y la razòn lo ha fortalecido y viene realizando grandes obras que lo han potenciado politicamente y bien podrìa decirse para quienes conocemos ASIA que hoy tiene màs simpatizantes/partidarios, comparàndolo con las ùltimas elecciones municipales... y un adicional, sin apasionamiento polìtico se puede decir que es el Alcalde que màs obras entregarà en el 2012 entre todos los alcaldes de Cañete y, no està lejano de estar entre los cinco mejores del ranking nacional (1836 Alcaldes) son las contradicciones e ironìas de la vida polìtica, aunque algunos se comporten en el oscurantismo y se tapen los ojos y los oìdos por fanatismo o rivalidad polìtica.
IMPERIAL CUMPLIO 103 AÑOS DE CREACIÓN POLÍTICA EN MEDIO DE TURBULENCIA EDIL
En medio de serios cuestionamientos, de denuncias por doquier, el desorden y el caos reinante en la ciudad, y una alicaída gestión que hace agua producto del lío entre alcalde y regidores, Imperial cumplió su 103 aniversario de la elevación a la categoría de Distrito.
No era para menos. Los cantos de sirena se escuchaban en los medios de comunicaciòn cuando un grupo de «colegas», alzaron su voz de protesta por haber sido marginados a la «conferencia de prensa» por sus103 años.
La Comisión de Fiesta que presidió don Ricardo Manco Prieto, demostró su total desconocimiento sobre la organización en uno de los distritos más importantes de la región que fue la vanguardia en su festividad.
El programa de fiesta, fue el reflejo de los integrantes de esta Comisiòn Central de Aniversario. Lleno de incongruencias, errores garrafales y una reseña pobre de las actividades a cumplirse.
La marginaciòn de los regidores a participar en esta festividad, fue otra de los detonantes que se denunció en pleno aniversario de Imperial, reflejando que las disputas por el control del municipio son encarnizados.
No hay que olvidar que los regidores en vìspera del inicio del 103 aniversario, aprobaron la solicitud de suspensiòn de un mes del alcalde de Imperial, Eddy Del Mazo Tello, por «ocultamiento de informaciòn», fallo que dilucidarà el JNE.
El tradicional Concurso Provincial de Matemáticas que de hace 30 años organiza Imperial por encargo del Ministerio de Educación y cuyos colegios clasificados, intervienen en el Concurso Regional, fue obviado «olímpicamente».
La gestión del «chuista» Eddy Del Mazo Tello, no hizo nada por recobrar o mejorar los eventos tradicionales como Festival Nacional de Fuegos Artificiales, Canto a La Paz, Festival de Afroperuano, Encuentro del Folklore Peruano, etc., demostrando una incapacidad absoluta.
Menos se hizo el reconocimiento a sus «hijos ilustres» que dieron lauros a este pueblo para su desarrollo y progreso. Tampoco a la gente que llegó de otros lares y que legó su «fortuna» y conocimiento en su Imperial querido.
En resumen, viene siendo una de las peores fiestas de los últimos tiempos. Un pergamino de «errores y fracasos» que le colgará por siempre en el cuello a la gestión de Eddy del Mazo, arrastrando a sus regidores y su entorno.
Para nadie es un secreto el descontento generalizado que existe en la población y que al ver una gestión lleno de errores y desaciertos, exige su remoción inmediata por su incompentitividad.
De los presuntos actos ilícitos y de inmoralidades que fue todo un escándalo, no sólo local sino a nivel nacional, y cuyo alcalde trata de minimi-zarlos, no hace más que corfirmar que su gestión pende de un hilo.
De esta forma, Imperial recibe su 103 aniversario de la elevación a la categoría de distrito. Un pueblo cosmopolita que congrega a «todas las sangres», cuya gente es un ejemplo vivo y motor de desarrollo de la «capital comercial del sur chico».
No es tiempo de lamentaciones por culpa de nuestras autoridades, sino más bien buscar nuevas propuestas de gente que se comprometa con la problemática de nuestro pueblo y busquemos juntos la alternativa de solución.
¡Feliz Aniversario… Imperial! (Wilfredo Cayllahua)
No era para menos. Los cantos de sirena se escuchaban en los medios de comunicaciòn cuando un grupo de «colegas», alzaron su voz de protesta por haber sido marginados a la «conferencia de prensa» por sus103 años.
La Comisión de Fiesta que presidió don Ricardo Manco Prieto, demostró su total desconocimiento sobre la organización en uno de los distritos más importantes de la región que fue la vanguardia en su festividad.
El programa de fiesta, fue el reflejo de los integrantes de esta Comisiòn Central de Aniversario. Lleno de incongruencias, errores garrafales y una reseña pobre de las actividades a cumplirse.
La marginaciòn de los regidores a participar en esta festividad, fue otra de los detonantes que se denunció en pleno aniversario de Imperial, reflejando que las disputas por el control del municipio son encarnizados.
No hay que olvidar que los regidores en vìspera del inicio del 103 aniversario, aprobaron la solicitud de suspensiòn de un mes del alcalde de Imperial, Eddy Del Mazo Tello, por «ocultamiento de informaciòn», fallo que dilucidarà el JNE.
El tradicional Concurso Provincial de Matemáticas que de hace 30 años organiza Imperial por encargo del Ministerio de Educación y cuyos colegios clasificados, intervienen en el Concurso Regional, fue obviado «olímpicamente».
La gestión del «chuista» Eddy Del Mazo Tello, no hizo nada por recobrar o mejorar los eventos tradicionales como Festival Nacional de Fuegos Artificiales, Canto a La Paz, Festival de Afroperuano, Encuentro del Folklore Peruano, etc., demostrando una incapacidad absoluta.
Menos se hizo el reconocimiento a sus «hijos ilustres» que dieron lauros a este pueblo para su desarrollo y progreso. Tampoco a la gente que llegó de otros lares y que legó su «fortuna» y conocimiento en su Imperial querido.
En resumen, viene siendo una de las peores fiestas de los últimos tiempos. Un pergamino de «errores y fracasos» que le colgará por siempre en el cuello a la gestión de Eddy del Mazo, arrastrando a sus regidores y su entorno.
Para nadie es un secreto el descontento generalizado que existe en la población y que al ver una gestión lleno de errores y desaciertos, exige su remoción inmediata por su incompentitividad.
De los presuntos actos ilícitos y de inmoralidades que fue todo un escándalo, no sólo local sino a nivel nacional, y cuyo alcalde trata de minimi-zarlos, no hace más que corfirmar que su gestión pende de un hilo.
De esta forma, Imperial recibe su 103 aniversario de la elevación a la categoría de distrito. Un pueblo cosmopolita que congrega a «todas las sangres», cuya gente es un ejemplo vivo y motor de desarrollo de la «capital comercial del sur chico».
No es tiempo de lamentaciones por culpa de nuestras autoridades, sino más bien buscar nuevas propuestas de gente que se comprometa con la problemática de nuestro pueblo y busquemos juntos la alternativa de solución.
¡Feliz Aniversario… Imperial! (Wilfredo Cayllahua)
IMPERIAL: «Cuna y capital del Comercio»
El pueblo de Imperial es llamado como «cuna y capital del Comercio de la Provincia de Cañete». Titulo ganado gracias al trabajo sacrificado, por muchos años, de valerosos comerciantes que dia a dia estan ofreciendo los mejores productos que produce nuestra tierra del Valle de Cañete y la Provincia de Yauyos.
Imperial es un pueblo ubicado en una parte estrategica que une dos provincias o dos geografias territorial como es la costa y la sierra.
El comercio es el eje principal para muchas familias que se ganan el sustento diario ofreciendo todo tipo de productos, agricolas, avicolas, abarrotes, frutas, lacteos, vestidos, ..... y esta fuente de trabajo arrastra otros medios de trabajo como es el transporte de combis, mototaxis, autos, hostales, restaurantes.
El trabajo en las calles y el mercado lleva mucho sacrificio y esfuerzo: invertir, arriesgar, levantarse temprano, salir a buscar productos, el domingo es el dia de mayor venta,... el mercado lleva a trabajar en familia desde los mas pequeños y la pareja de esposos que se unen para apoyarse unos a otros. Muchas lecciones para aprender.
Imperial esta rodeado de campos agricolas, gracias al bendito rio de Cañete, que trae agua todo el año en buen caudal.
Esto hace que los agricultores puedan obtener buenas cosechas aunque eso no quiere decir buenas ganancias, «se juegan a la suerte» de tener una buena, regular o mala cosecha, mas que por la plagas, mal terreno o mal clima: es por el mal precio y las deudas de prestamos que lleva al agricultor a buscar mayores recursos para invertir en su cosecha.
Es algo que golpea duro actualmente al agricultor en toda nuestra patria.
Unos dias muy especiales para todo el pueblo de Imperial que esta celebrando su aniversario de creación politica para reafirmar el amor a la tierra que los vio nacer, pero tambien a salir adelante, gran responsabilidad tienen las autoridades de ordenar el comercio ambulatorio, el caos de transporte de combis, autos y mototaxis, la delincuencia que nacen en la gran cantidad de bares donde a horario nocturno se ejerce la prostitución, la drogadicción que sirve como anestecia a los delincuentes y personas que lucran incitando a otros en las discotecas.
Una gran tarea que tienen las autoridades con el apoyo de la población imperialina.
Hay muchos problemas por resolver, pero la fortaleza de su gente hace que se vea con buenos augurios su futuro.
La Virgen del Carmen, Patrona del Distrito de Imperial, bendiga a todos en su aniversario.
Imperial es un pueblo ubicado en una parte estrategica que une dos provincias o dos geografias territorial como es la costa y la sierra.
El comercio es el eje principal para muchas familias que se ganan el sustento diario ofreciendo todo tipo de productos, agricolas, avicolas, abarrotes, frutas, lacteos, vestidos, ..... y esta fuente de trabajo arrastra otros medios de trabajo como es el transporte de combis, mototaxis, autos, hostales, restaurantes.
El trabajo en las calles y el mercado lleva mucho sacrificio y esfuerzo: invertir, arriesgar, levantarse temprano, salir a buscar productos, el domingo es el dia de mayor venta,... el mercado lleva a trabajar en familia desde los mas pequeños y la pareja de esposos que se unen para apoyarse unos a otros. Muchas lecciones para aprender.
Imperial esta rodeado de campos agricolas, gracias al bendito rio de Cañete, que trae agua todo el año en buen caudal.
Esto hace que los agricultores puedan obtener buenas cosechas aunque eso no quiere decir buenas ganancias, «se juegan a la suerte» de tener una buena, regular o mala cosecha, mas que por la plagas, mal terreno o mal clima: es por el mal precio y las deudas de prestamos que lleva al agricultor a buscar mayores recursos para invertir en su cosecha.
Es algo que golpea duro actualmente al agricultor en toda nuestra patria.
Unos dias muy especiales para todo el pueblo de Imperial que esta celebrando su aniversario de creación politica para reafirmar el amor a la tierra que los vio nacer, pero tambien a salir adelante, gran responsabilidad tienen las autoridades de ordenar el comercio ambulatorio, el caos de transporte de combis, autos y mototaxis, la delincuencia que nacen en la gran cantidad de bares donde a horario nocturno se ejerce la prostitución, la drogadicción que sirve como anestecia a los delincuentes y personas que lucran incitando a otros en las discotecas.
Una gran tarea que tienen las autoridades con el apoyo de la población imperialina.
Hay muchos problemas por resolver, pero la fortaleza de su gente hace que se vea con buenos augurios su futuro.
La Virgen del Carmen, Patrona del Distrito de Imperial, bendiga a todos en su aniversario.
RESULTADOS OFICIALES DEL II CONCURSO DE CIENCIAS ORGANIZADO POR EL COLEGIO «JOSÈ ANTONIO ENCINAS FRANCO» DE MALA – CAÑETE CON MOTIVO DEL XX ANIVERSARIO
Es una de las instituciones educativas que más lauros le ha dado a Cañete en los concursos de matemática, lo que motivó que el año 2011 se hiciera acreedor de la máxima distinción que entrega el Ministerio de Educación a aquellos centros educativos que ganan el concurso por tres años consecutivos en su UGEL. Pero algo que diferencia a esta institución emblemá-tica en la educación privada es que desde el 2011 tomaron la decisión de romper esquemas tradicionales de los concursos y a nivel interno viene realizando concurso tipo admisión a las universidades, en cuyo banco de preguntas se reparten en igual porcentaje (50%) las ciencias matemáticas y letras. El patròn espiritual del colegio es el «SEÑOR DE LA JUSTICIA», y nosotros estuvimos de manera exclusiva reportando éste singular concurso.
«COLEGIO CAMPEÒN»
La IEP «José Antonio Encinas» está cumpliendo 20 años al servicio de la educación peruana y su forma de enseñanza es digno de elogio en tiempos de alta competencia, posee con sus alumnos varios campeones nacionales, regionales, provinciales y distritales a lo largo de su historia, los fundadores Lic. Wilfredo Ponte Márquez y Lic. Florencio Vargas Águila no solo son pioneros, sino verdaderos personajes a quienes la corporación educativa y los pueblos del valle de Mala les rinden un especial reconocimiento por su labor apostólica, al que también se suma nuestro medio de información. En la jornada del 16/11/12 fueron premiados los cinco (05) mejores alumnos por nivel y cada sección, del 1o al 3o recibió medallas, 4o y 5º diplomas. En todo el valle de Mala es conocido como «EL COLEGIO CAMPEÒN».
A continuación los resultados del II concurso de ciencias.
EDUCACIÓN INICIAL
3 AÑOS: (1) Baltazar Alarcón Sebastián Daniel (2) Yan Ruiz Azul Del Cielo (3) Landa Manco Juan Marcelo Matías (4) Crisanto Freire Alexis Giampier (5) Rodríguez Mendoza Luis Maximiliano
4 AÑOS: (1) Nizama Rivera Sofía Fernando Jesusa (2) Paitan Pacheco Melanie Victoria (3) Cenizario Camacho Pamela Grisel (4) Gutiérrez Castillo Yennia Lara (5) García Chipa Angelo Jhair
5 AÑOS: (1) Arias Faustino César Alejandro (2) Trigueros Chumpitaz Mariam Stefhanie (3) Silva Castillo Marghiorie (4) Tuaname Neira Andrea Irene (5) Gamero Cárdenas Jennifer Fernanda
EDUCACIÓN PRIMARIA
I PRIMARIA: (1) Huapaya Arias Alexandra Yanet (2) Vargas Arhuis Cristhy Fabiola (3) Faustino Lliuya Julio César (4) Cusi Ramírez Ruth Jimena (5) Rivas Saire Liv Naomi3 AÑOS: (1) Baltazar Alarcón Sebastián Daniel (2) Yan Ruiz Azul Del Cielo (3) Landa Manco Juan Marcelo Matías (4) Crisanto Freire Alexis Giampier (5) Rodríguez Mendoza Luis Maximiliano
II PRIMARIA: (1) Nizama Rivera Sofía Fernando Jesusa (2) Paitan Pacheco Melanie Victoria (3) Cenizario Camacho Pamela Grisel (4) Gutiérrez Castillo Yennia Lara (5) García Chipa Angelo Jhair.
III PRIMARIA: (1) Reyes Yamacacho Brian Miuler (2) Rodríguez Aguado Alanis Andrea (3) Urrutia Del Águila Nurieth Liliana (4) Simón Osorio Eva Luciana (5) Valeriano Campusano Lisseth Yamily
IV PRIMARIA: (1) Ponce Molina Pedro Luis (2) Aspiros Cumpitaz Carlos Manuel (3) Cuzcano Torres Luis Aurelio (4) Caycho Molinari Jeremy Anderson (5) Díaz Bayona Laura Cristina
V PRIMARIA: (1) Arias Malasquez Jordán Jesús Gonzalo (2) Acuña Faustino Ana María (3) Huapaya Camargo Rosa Luisa Fernanda (4) Loa Canales Maicol Jhojan (5) Palomino Mendoza Lesly Coraima
VI PRIMARIA: (1) Manco Lorenzo Pedro Luis (2) Castillo Romero E4styrella Rosita (3) Huapaya Caycho Josè Mauro (4) Ponce Sigueñas Steeven Stell (5) Chumpitaz Cuya Diego Alonso
EDUCACIÓN SECUNDARIA
I SECUNDARIA (1) Mejía Valer Maickie Anthony (2) Siccha Lázaro Reynaldo Italo (3) Caycho Castillo Gonzalo Sebastián (4) Morón Espinoza Isabella Alexandra (5) Centeno Albites Julissa Karolina
II SECUNDARIA: (1) Tito Fernández Nahimi Yuriko (2) García Jara Rosa Mirelly (3rosales Ponce Renzo Alfredo (4) Vara Torres Daniel Ernesto (5) García Chipa Angelo Jhair.
III SECUNDARIA (1) Zavala Pérez Denilson André (2) Gómez Dueñas Jorge Luis (3) López Ruiz Katherine Del Pilar (4) Ruiz Ramos Karla Dayana (5) Rodríguez Gonzales Walter Nilson
IV SECUNDARIA: (1) Cockhi Castillo Cristhian Manuel (2) Manco Ramos Luis Renato (3) Rojas Mendoza Dainier Edisòn (4) Siccha Lázaro Bertha Estefany (5) Seminario Vicente María.
V SECUNDARIA: (1) Baltazar Quiroz Jordy Jherson (2) Mendoza Trigo William Antonio Ii (3) Huarniz Avalos Noemí Del Pilar (4) López Ruiz Lidio José Francisco (5) Ayala Mateo Alexandra Lucero.
¡FELIZ ANIVERSARIO!
«COLEGIO CAMPEÒN»
La IEP «José Antonio Encinas» está cumpliendo 20 años al servicio de la educación peruana y su forma de enseñanza es digno de elogio en tiempos de alta competencia, posee con sus alumnos varios campeones nacionales, regionales, provinciales y distritales a lo largo de su historia, los fundadores Lic. Wilfredo Ponte Márquez y Lic. Florencio Vargas Águila no solo son pioneros, sino verdaderos personajes a quienes la corporación educativa y los pueblos del valle de Mala les rinden un especial reconocimiento por su labor apostólica, al que también se suma nuestro medio de información. En la jornada del 16/11/12 fueron premiados los cinco (05) mejores alumnos por nivel y cada sección, del 1o al 3o recibió medallas, 4o y 5º diplomas. En todo el valle de Mala es conocido como «EL COLEGIO CAMPEÒN».
A continuación los resultados del II concurso de ciencias.
EDUCACIÓN INICIAL
3 AÑOS: (1) Baltazar Alarcón Sebastián Daniel (2) Yan Ruiz Azul Del Cielo (3) Landa Manco Juan Marcelo Matías (4) Crisanto Freire Alexis Giampier (5) Rodríguez Mendoza Luis Maximiliano
4 AÑOS: (1) Nizama Rivera Sofía Fernando Jesusa (2) Paitan Pacheco Melanie Victoria (3) Cenizario Camacho Pamela Grisel (4) Gutiérrez Castillo Yennia Lara (5) García Chipa Angelo Jhair
5 AÑOS: (1) Arias Faustino César Alejandro (2) Trigueros Chumpitaz Mariam Stefhanie (3) Silva Castillo Marghiorie (4) Tuaname Neira Andrea Irene (5) Gamero Cárdenas Jennifer Fernanda
EDUCACIÓN PRIMARIA
I PRIMARIA: (1) Huapaya Arias Alexandra Yanet (2) Vargas Arhuis Cristhy Fabiola (3) Faustino Lliuya Julio César (4) Cusi Ramírez Ruth Jimena (5) Rivas Saire Liv Naomi3 AÑOS: (1) Baltazar Alarcón Sebastián Daniel (2) Yan Ruiz Azul Del Cielo (3) Landa Manco Juan Marcelo Matías (4) Crisanto Freire Alexis Giampier (5) Rodríguez Mendoza Luis Maximiliano
II PRIMARIA: (1) Nizama Rivera Sofía Fernando Jesusa (2) Paitan Pacheco Melanie Victoria (3) Cenizario Camacho Pamela Grisel (4) Gutiérrez Castillo Yennia Lara (5) García Chipa Angelo Jhair.
III PRIMARIA: (1) Reyes Yamacacho Brian Miuler (2) Rodríguez Aguado Alanis Andrea (3) Urrutia Del Águila Nurieth Liliana (4) Simón Osorio Eva Luciana (5) Valeriano Campusano Lisseth Yamily
IV PRIMARIA: (1) Ponce Molina Pedro Luis (2) Aspiros Cumpitaz Carlos Manuel (3) Cuzcano Torres Luis Aurelio (4) Caycho Molinari Jeremy Anderson (5) Díaz Bayona Laura Cristina
V PRIMARIA: (1) Arias Malasquez Jordán Jesús Gonzalo (2) Acuña Faustino Ana María (3) Huapaya Camargo Rosa Luisa Fernanda (4) Loa Canales Maicol Jhojan (5) Palomino Mendoza Lesly Coraima
VI PRIMARIA: (1) Manco Lorenzo Pedro Luis (2) Castillo Romero E4styrella Rosita (3) Huapaya Caycho Josè Mauro (4) Ponce Sigueñas Steeven Stell (5) Chumpitaz Cuya Diego Alonso
EDUCACIÓN SECUNDARIA
I SECUNDARIA (1) Mejía Valer Maickie Anthony (2) Siccha Lázaro Reynaldo Italo (3) Caycho Castillo Gonzalo Sebastián (4) Morón Espinoza Isabella Alexandra (5) Centeno Albites Julissa Karolina
II SECUNDARIA: (1) Tito Fernández Nahimi Yuriko (2) García Jara Rosa Mirelly (3rosales Ponce Renzo Alfredo (4) Vara Torres Daniel Ernesto (5) García Chipa Angelo Jhair.
III SECUNDARIA (1) Zavala Pérez Denilson André (2) Gómez Dueñas Jorge Luis (3) López Ruiz Katherine Del Pilar (4) Ruiz Ramos Karla Dayana (5) Rodríguez Gonzales Walter Nilson
IV SECUNDARIA: (1) Cockhi Castillo Cristhian Manuel (2) Manco Ramos Luis Renato (3) Rojas Mendoza Dainier Edisòn (4) Siccha Lázaro Bertha Estefany (5) Seminario Vicente María.
V SECUNDARIA: (1) Baltazar Quiroz Jordy Jherson (2) Mendoza Trigo William Antonio Ii (3) Huarniz Avalos Noemí Del Pilar (4) López Ruiz Lidio José Francisco (5) Ayala Mateo Alexandra Lucero.
¡FELIZ ANIVERSARIO!
EDICTOS
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Dr. Guillen; Comunica:
EXP.- 00675-2010-90; Res. 03 (09.11.2012); Resuelve: PRIMERO: No instalada la Audiencia de JUICIO ORAL de fecha 09.11.12 en los seguidos contra ANDRES MARCELINO ROJAS GUERRA, por el delito de Hurto Agravado, en agravio de Vilca Pedraza Saida Roxana. SEGUNDO: SE DECLARA REO CONTUMAZ al acusado ANDRES MARCELINO ROJAS GUERRA, disponiéndose la ubicación, captura y conducción compulsiva del citado acusado por la autoridad policial. Especialista: Chumpitaz.
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE: Juez: Dr. Ventura: Comunica:
EXP.- 00083-2012-0; Res. 10 (08.11.2012); Dispone: Notificar a JOSE QUISPE YARANGA la REPROGRAMACION de la audiencia de Control de Acusación. Día: 20.11.2012. Hora: 14:30 horas. Lugar: Sala de Audiencias «B» del modulo penal, diligencia que deberá contar con la asistencia obligatoria del fiscal y el abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de éste ultimo de ser excluido de la defensa. Delito: CONTRA LA FAMILIA-OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR. Agraviado: Henry Mathias Quispe Pardo. Asistente: Anchiraico.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE YAUYOS; Juez: Dr. Soto; Comunica:
EXP.- 2012-0020-PP; Dispone REPROGRAMAR la Audiencia de PRISIÓN PREVENTIVA contra HECTOR YAURI HUARI. Día: 27.11.2012. Horas: 3:00 p.m. Lugar: Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Yauyos, sito en la Plaza de Armas S/N de esta provincia. Delito: CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL-VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD. Agraviada: F.A.Y.P. Asistente: Fajardo.
EXP.- 2012-0020-AC; Dispone notificar a HECTOR YAURI HUARI la REPROGRAMACION de la Audiencia de CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL. Día: 27.11.2012. Horas: 3:30 p.m. Lugar: Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Yauyos, sito en la Plaza de Armas S/N de esta provincia. Delito: CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL-VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD. Agraviada: menor de iniciales F.A.Y.P. Asistente: Fajardo.
EXP.- 2012-0034-PP; Dispone REPROGRAMAR la audiencia de PRISIÓN PREVENTIVA contra NICOLAS ERMES TAQUIRE SALDAÑA. Día: 27.11.2012. Hora: 4:00 p.m. Lugar: Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Yauyos, sito en la Plaza de Armas S/N de esta provincia. Delito: CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL- VIOLACION SEXUAL DE PERSONA EN INCAPACIDAD A RESISTIR. Agraviada: menor de iniciales A.E.L.G. Asistente: Fajardo.
15, 16 y 17 de Noviembre
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don OSCAR ORZZINI MEDINA PACHECO, con DNI 44085463, de 26 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión empleado, de nacionalidad peruano, domiciliado en Calle Salaverry 558 – San Luis; y doña DEYANIRA MARIA TANG ORMEÑO, con DNI 72745431, de 18 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión estudiante, de nacionalidad peruana, domiciliada en Calle Salaverry 558 – San Luis. Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 12 de Noviembre de 2012.
Delia Solorzano Carrión
Alcaldesa
Víctor Castillo Zuñiga
Registrador Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don ISIDRO INDALECIO ROJAS ORE, con DNI 15413796, de 43 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión obrero, de nacionalidad peruano, domiciliado en Calle Comercio Nº 507 – San Luis; y doña NOLA MACRINA ROJAS QUISPE, con DNI 09385226, de 44 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión ama de casa, de nacionalidad peruana, domiciliada en Hacienda Arona – San Luis. Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 16 de Noviembre de 2012.
Delia Solorzano Carrión
Alcaldesa
Víctor Castillo Zuñiga
Registrador Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don EDER JHONATAN JAMBO MANCO, de 28 años de edad, natural de Quilmaná – Cañete, de nacionalidad peruano, identificado con DNI Nº 42777812, con domicilio en Anexo Cinco Esquinas s/n – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión u ocupación Mecánico Automotriz; y ANGELICA GIOVANNA RUIZ FLORIAN, de 26 años de edad, natural de Imperial – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI Nº 43419190, de estado civil soltera, de profesión u ocupación Técnica en Terapia Física y Rehabilitación, domiciliada en Psj. Sicuani Mz. S4 Lote 4 – Sector 12 de Noviembre Pamplona Alta – San Juan de Miraflores. Pretenden contraer Matrimonio Civil ante la Municipalidad de nuestro distrito el día 01 de Diciembre del 2012 a horas 10:00 p.m. en Psj. Sicuani Mz. S4 Lote 14 Sector 12 de Noviembre Pamplona Alta – San Juan de Miraflores.
Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro de término de 8 días, conforme indica en el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 14 de Noviembre del 2012.
Lizbeth Escate Padilla
Registrador Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don JAIME ALFREDO CARDENAS ALFARO, de 24 años de edad, natural de Marcona – Nazca, de nacionalidad peruano, identificado con DNI Nº 44817033, con domicilio en Zona «O» – Los Tulipanes 15E – Marcona, de estado civil soltero, de profesión u ocupación Diseñador Gráfico y JACQUELINE PATRICIA LUYO CAMPOS, de 25 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI Nº 44720661, de estado civil soltera, de profesión u ocupación Contadora, domiciliada en Jr. Moquegua 276 – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil ante la Municipalidad de nuestro distrito el día 12 de Enero del 2013, a horas 2:00 p.m. en Jr. Moquegua 276 – Local de Recepciones «Marcelos». Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica en el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 16 de Noviembre de 2012.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11265-2012, doña Aurea Gutierrez Chulluncuy, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Aurea Gutierrez Chulluncuy, inscrita en el libro 153, folio 22, año 1963, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres AMALIO GUTIERREZ y GUADALUPE CHULLUNCUY, siendo lo correcto GUADALUPE YGNACIA CHULLUNCUY ESPINOZA y AMALIO GUTIERREZ PEREZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 16 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11250-2012, doña Elda Flores Huancahuari, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Maria Tatiana Venturo Flores, inscrita en el libro 377, folio 142, año 1995, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre de la titular HILDA FLORES HUANCAHUARI, siendo lo correcto ELDA FLORES HUANCAHUARI.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 16 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11226-2012, don Miguel Angel Cardenas Soto, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de David Marcial Cárdenas Soto, inscrita en el libro 149, folio 60, año 1962, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular MIGUEL CARDENAS, siendo lo correcto DAVID MIGUEL CARDENAS QUISPE.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 16 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11225-2012, don Miguel Angel Cardenas Soto, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Miriam Luz Cárdenas Soto, inscrita en el libro 142, folio 193, año 1961, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre de la titular MIGUEL CARDENAS, siendo lo correcto DAVID MIGUEL CARDENAS QUISPE.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 16 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Dr. Guillen; Comunica:
EXP.- 00675-2010-90; Res. 03 (09.11.2012); Resuelve: PRIMERO: No instalada la Audiencia de JUICIO ORAL de fecha 09.11.12 en los seguidos contra ANDRES MARCELINO ROJAS GUERRA, por el delito de Hurto Agravado, en agravio de Vilca Pedraza Saida Roxana. SEGUNDO: SE DECLARA REO CONTUMAZ al acusado ANDRES MARCELINO ROJAS GUERRA, disponiéndose la ubicación, captura y conducción compulsiva del citado acusado por la autoridad policial. Especialista: Chumpitaz.
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE: Juez: Dr. Ventura: Comunica:
EXP.- 00083-2012-0; Res. 10 (08.11.2012); Dispone: Notificar a JOSE QUISPE YARANGA la REPROGRAMACION de la audiencia de Control de Acusación. Día: 20.11.2012. Hora: 14:30 horas. Lugar: Sala de Audiencias «B» del modulo penal, diligencia que deberá contar con la asistencia obligatoria del fiscal y el abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de éste ultimo de ser excluido de la defensa. Delito: CONTRA LA FAMILIA-OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR. Agraviado: Henry Mathias Quispe Pardo. Asistente: Anchiraico.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE YAUYOS; Juez: Dr. Soto; Comunica:
EXP.- 2012-0020-PP; Dispone REPROGRAMAR la Audiencia de PRISIÓN PREVENTIVA contra HECTOR YAURI HUARI. Día: 27.11.2012. Horas: 3:00 p.m. Lugar: Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Yauyos, sito en la Plaza de Armas S/N de esta provincia. Delito: CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL-VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD. Agraviada: F.A.Y.P. Asistente: Fajardo.
EXP.- 2012-0020-AC; Dispone notificar a HECTOR YAURI HUARI la REPROGRAMACION de la Audiencia de CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL. Día: 27.11.2012. Horas: 3:30 p.m. Lugar: Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Yauyos, sito en la Plaza de Armas S/N de esta provincia. Delito: CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL-VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD. Agraviada: menor de iniciales F.A.Y.P. Asistente: Fajardo.
EXP.- 2012-0034-PP; Dispone REPROGRAMAR la audiencia de PRISIÓN PREVENTIVA contra NICOLAS ERMES TAQUIRE SALDAÑA. Día: 27.11.2012. Hora: 4:00 p.m. Lugar: Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Yauyos, sito en la Plaza de Armas S/N de esta provincia. Delito: CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL- VIOLACION SEXUAL DE PERSONA EN INCAPACIDAD A RESISTIR. Agraviada: menor de iniciales A.E.L.G. Asistente: Fajardo.
15, 16 y 17 de Noviembre
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don OSCAR ORZZINI MEDINA PACHECO, con DNI 44085463, de 26 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión empleado, de nacionalidad peruano, domiciliado en Calle Salaverry 558 – San Luis; y doña DEYANIRA MARIA TANG ORMEÑO, con DNI 72745431, de 18 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión estudiante, de nacionalidad peruana, domiciliada en Calle Salaverry 558 – San Luis. Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 12 de Noviembre de 2012.
Delia Solorzano Carrión
Alcaldesa
Víctor Castillo Zuñiga
Registrador Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don ISIDRO INDALECIO ROJAS ORE, con DNI 15413796, de 43 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión obrero, de nacionalidad peruano, domiciliado en Calle Comercio Nº 507 – San Luis; y doña NOLA MACRINA ROJAS QUISPE, con DNI 09385226, de 44 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión ama de casa, de nacionalidad peruana, domiciliada en Hacienda Arona – San Luis. Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 16 de Noviembre de 2012.
Delia Solorzano Carrión
Alcaldesa
Víctor Castillo Zuñiga
Registrador Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don EDER JHONATAN JAMBO MANCO, de 28 años de edad, natural de Quilmaná – Cañete, de nacionalidad peruano, identificado con DNI Nº 42777812, con domicilio en Anexo Cinco Esquinas s/n – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión u ocupación Mecánico Automotriz; y ANGELICA GIOVANNA RUIZ FLORIAN, de 26 años de edad, natural de Imperial – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI Nº 43419190, de estado civil soltera, de profesión u ocupación Técnica en Terapia Física y Rehabilitación, domiciliada en Psj. Sicuani Mz. S4 Lote 4 – Sector 12 de Noviembre Pamplona Alta – San Juan de Miraflores. Pretenden contraer Matrimonio Civil ante la Municipalidad de nuestro distrito el día 01 de Diciembre del 2012 a horas 10:00 p.m. en Psj. Sicuani Mz. S4 Lote 14 Sector 12 de Noviembre Pamplona Alta – San Juan de Miraflores.
Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro de término de 8 días, conforme indica en el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 14 de Noviembre del 2012.
Lizbeth Escate Padilla
Registrador Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don JAIME ALFREDO CARDENAS ALFARO, de 24 años de edad, natural de Marcona – Nazca, de nacionalidad peruano, identificado con DNI Nº 44817033, con domicilio en Zona «O» – Los Tulipanes 15E – Marcona, de estado civil soltero, de profesión u ocupación Diseñador Gráfico y JACQUELINE PATRICIA LUYO CAMPOS, de 25 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI Nº 44720661, de estado civil soltera, de profesión u ocupación Contadora, domiciliada en Jr. Moquegua 276 – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil ante la Municipalidad de nuestro distrito el día 12 de Enero del 2013, a horas 2:00 p.m. en Jr. Moquegua 276 – Local de Recepciones «Marcelos». Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica en el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 16 de Noviembre de 2012.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11265-2012, doña Aurea Gutierrez Chulluncuy, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Aurea Gutierrez Chulluncuy, inscrita en el libro 153, folio 22, año 1963, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres AMALIO GUTIERREZ y GUADALUPE CHULLUNCUY, siendo lo correcto GUADALUPE YGNACIA CHULLUNCUY ESPINOZA y AMALIO GUTIERREZ PEREZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 16 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11250-2012, doña Elda Flores Huancahuari, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Maria Tatiana Venturo Flores, inscrita en el libro 377, folio 142, año 1995, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre de la titular HILDA FLORES HUANCAHUARI, siendo lo correcto ELDA FLORES HUANCAHUARI.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 16 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11226-2012, don Miguel Angel Cardenas Soto, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de David Marcial Cárdenas Soto, inscrita en el libro 149, folio 60, año 1962, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular MIGUEL CARDENAS, siendo lo correcto DAVID MIGUEL CARDENAS QUISPE.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 16 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11225-2012, don Miguel Angel Cardenas Soto, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Miriam Luz Cárdenas Soto, inscrita en el libro 142, folio 193, año 1961, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre de la titular MIGUEL CARDENAS, siendo lo correcto DAVID MIGUEL CARDENAS QUISPE.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 16 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
AVISO IMPORTANTE
La Corte Superior de Justicia de Cañete, requiere en alquiler un bien inmueble de las siguientes características:
Deberá tener como mínimo un área construida de 80 m2 aproximadamente, con mínimo 02 ambientes; ubicado en el Distrito de Lunahuaná, de fácil acceso al transporte público.
Las propuestas deberán presentarse, en la Oficina de Logística, ubicada en la Av. Oscar R. Benavides N° 657, 3er Piso, Distrito de San Vicente de Cañete; de Lunes a Viernes en Horario de 8:30 am a 4:45 pm.
San Vicente de Cañete, 09 de noviembre de 2012.
La Oficina de Administración
CSJCÑ
Corte Superior de Justicia de Cañete
Oficina de Imagen Institucional
COMUNICADO N° 09-2012
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 205-2012-CE-PJ de fecha 24 de octubre del 2012 RESUELVE:
Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes Órganos Jurisdiccionales:
Hasta el 31 de Enero de 2013
DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE
Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Cañete.
Hasta el 31 de Marzo de 2013
DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE
Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Cañete.
San Vicente de Cañete, 14 de noviembre de 2012.
OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL
OCMA REPROGRAMA VISITA JUDICIAL ORDINARIA A CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
Con la finalidad de verificar el desempeño funcional de los Magistrados y Auxiliares que integran los órganos jurisdiccionales de las Cortes del país, la Oficina de Control de la Magistratura – OCMA que jefatura el Juez Supremo Titular, Doctor Enrique Javier Mendoza Ramírez, mediante Resolución de Jefatura Nº 168 -2012-J-OCMA/PJ, de fecha siete de noviembre del dos mil doce, REPROGRAMA la visita Judicial Ordinaria a los Órganos que estime pertinentes de la Corte Superior de Justicia de Cañete. En ese sentido es pertinente hacer de conocimiento que este Órgano de Control del Poder Judicial ha reprogramado la visita judicial a la Corte Superior de Justicia de Cañete, para los días 22 y 23 de Noviembre del presente año.
Cabe indicar que esta Visita Judicial Ordinaria se encuentra a cargo de la Unidad de Visitas y Prevención de la Oficina de control de la Magistratura del Poder Judicial.
Cabe indicar que esta Visita Judicial Ordinaria se encuentra a cargo de la Unidad de Visitas y Prevención de la Oficina de control de la Magistratura del Poder Judicial.
CONCURSO «MANOS RÁPIDAS», TEJIENDO CHALINA A PALITO FUE UN ÉXITO EN IMPERIAL
Continuando con las actividades por el aniversario de Imperial, el viernes 16 de noviembre, se llevó a cabo el concurso «manos rápidas», tejiendo chalina a palito, que contó con la participación de 15 destacadas damas del distrito. Demostrando sus habilidades y rapidez en el tejido a palito, utilizaron una hora para tejer una chalina, siendo la sra. Alicia Aguirre Vásquez la que ocupó el primer lugar, inclusive culminó antes que todas, en menor tiempo. Recibió como premio una Olla Arrocera. El segundo lugar fue para la Sra. Carmen Santos de Flores, que recibió una sanguchera y el tercer lugar la sra. Romelia Luyo Gonzáles con una plancha.
La primera dama del distrito, Mirtha Vicente de Del Mazo, sorteó entre las asistentes vales para asistir a un curso de manualidades navideñas.
Mientras que la comisión organizadora sorteó diversos regalos entre las participantes. El presidente de la comisión, Ricardo Manco Prieto, agradeció a las concursantes por hacer realidad este primer concurso que no hace más que demostrar que tenemos mujeres talentosas y creativas.
La primera dama del distrito, Mirtha Vicente de Del Mazo, sorteó entre las asistentes vales para asistir a un curso de manualidades navideñas.
Mientras que la comisión organizadora sorteó diversos regalos entre las participantes. El presidente de la comisión, Ricardo Manco Prieto, agradeció a las concursantes por hacer realidad este primer concurso que no hace más que demostrar que tenemos mujeres talentosas y creativas.
31 octubre 2012
EMAPA CAÑETE VIENE REALIZANDO CAMPAÑA DE EDUCACIÓN SANITARIA EN MALA Y ASIA
Con la finalidad de dar a conocer a nuestros usuarios los hábitos de cuidado y ahorro del agua, EMAPA CAÑETE S.A. a través de su área de Educación Sanitaria viene realizando diversos talleres y charlas en las organizaciones sociales y comités vecinales de los distritos de Cerro Azul, San Luis, Mala y Asia.
Así mismo se realizará una capacitación en temas de Valor Económico del Agua a las Promotoras Educativas de los diferentes módulos de la Ugel 08 de Cañete a fin de que incorporen dentro de sus actividades educativas temas relacionados al cuidado del agua.
Estas actividades buscan crear conciencia de ahorro del agua, como recurso vital para nuestras vidas, entre todos los usuarios de nuestra empresa.
Si estás interesado en recibir una capacitación en temas de educación sanitaria en tu barrio o distrito, comunícate con nosotros al 581-3040 anexo 106, Oficina de Imagen Institucional. Los talleres no totalmente gratuitos.
Así mismo se realizará una capacitación en temas de Valor Económico del Agua a las Promotoras Educativas de los diferentes módulos de la Ugel 08 de Cañete a fin de que incorporen dentro de sus actividades educativas temas relacionados al cuidado del agua.
Estas actividades buscan crear conciencia de ahorro del agua, como recurso vital para nuestras vidas, entre todos los usuarios de nuestra empresa.
Si estás interesado en recibir una capacitación en temas de educación sanitaria en tu barrio o distrito, comunícate con nosotros al 581-3040 anexo 106, Oficina de Imagen Institucional. Los talleres no totalmente gratuitos.
EDICTOS
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA
En el Expediente Nº 4744-2011 en los seguidos por PEDRO ROGER CACERES BARRIONUEVO, en representación de CARLOS ENRIQUE CACERES BARRIONUEVO, contra KARIN RUTH DAÑINO GAERTIG, KARIN ANIKA PORTUGAL DAÑINO y CESAR JAVIER JESUS PORTUGAL SIGNORI, con intervención del acreedor no ejecutante ALEJANDRO JOSÉ SALAS DE LA VEGA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, el Séptimo Juzgado Civil de Subespecialidad Comercial de Lima a cargo del señor Juez Dr. Juan Gustavo Varillas Solano, Especialista Legal Oscar Fernando Martínez Tejada ha autorizado al Martillero Público Gianni Gasttone Chávez Enciso con Registro Nº 293 para llevar a cabo la diligencia de REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien:
1.- INMUEBLE: Ubicado en Calle Los Agaves Vivienda Nº 26, en el distrito de Asia (referencia condominio Las Brisas, a espaldas del Boulevard de Asia y del Kartódromo Racing Dakart), provincia de Cañete y Departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 550,000.00 (Quinientos Cincuenta mil y 00/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$ 366,666.67 (Trescientos Sesenta y Seis mil Seiscientos Sesenta y Seis y 67/100 (Dólares Americanos), que son las dos terceras partes del valor de la tasación.
AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: Constituida a favor de Alejandro José Salas De la Vega hasta por la suma de US$ 90,000.00 (Noventa mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00005 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 2) HIPOTECA: A favor de Carlos Enrique Cáceres Barrionuevo hasta pro la suma de US$ 140,000.00 (Ciento Cuarenta mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00006 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 3) HIPOTECA: A favor de AFS GROUP S.A.C., hasta por la suma de US$ 150,000.00 (Ciento Cincuenta mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00007 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 4) MODIFICACIÓN DE LA HIPOTECA: Se modifica la hipoteca inscrita en el asiento D00007 de la presente partida en el sentido que las partes han modificado la cláusula Octava de la Escritura Pública primigenia, siendo el tenor: «El plazo de la hipoteca es de seis meses computado desde el momento en que se verifique el primer desembolso de dinero a que se hace referencia en el segundo párrafo del término tercero del presente documento y se mantendrán vigente y será perfectamente ejecutable, en tanto y cuanto no se encuentren totalmente canceladas las obligaciones garantizadas, siempre que el adeudo se remita en su origen, al plazo antes referido», inscrita la modificación de la hipoteca en el asiento D00008 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: Día 13 de Noviembre del 2012 a horas 2:30 p.m. (Dos y treinta del a tarde).
LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remate Nº 01, Piso 01 del local de los Juzgados Civiles de Lima, ubicado en la intersección de la Av. Abancay, Av. Nicolás de Piérola (Ex – Edificio del Ministerio de Educación) – Cercado de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en Cheque de Gerencia a su nombre o en efectivo adjuntando DNI en original y copia, tasa judicial por participar en remate en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, copia y original firmados. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de Conformidad con el Artículo 732º del Código Procesal Civil y Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS, están afectos al IGV y se cancelarán culminado el Acto de Remate. GIANNI GASTTONE CHÁVEZ ENCISO, Martillero Público con Registro Nº 293; Especialista Legal Oscar Fernando Martínez Tejada, Séptimo Juzgado Comercial de Lima.
Gianni Gasttone Chávez Enciso
Martillero Público - Registro Nº 293
Oscar Fernando Martínez Tejada - Secretario Judicial
7mo. Juzgado Civil Subespecialidad Comercial
Corte Superior de Justicia de Lima
Publicar: Del 25 de Octubre al 02 de Noviembre de 2012.
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LUNAHUANA; Juez: Dr. Chávez; Comunica:
EXP.- 2012-0023; Se notifica al imputado JOHNNY JAMES OYANGUREN AHUANARI, con la Res. 08 (25.10.2012), la cual CITA AUDIENCIA PRELIMINAR de control de Acusación Directa. Día: 13.11.12. Horas: 03.00 p.m. Lugar: Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Lunahuaná, sito en Jr. Grau N° 265 Distrito de Lunahuaná - Cañete. Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: Menor Nelson Domingo Oyanguren Candela. Especialista: Rodríguez.
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MALA; Juez: Dra. Castillo; Comunica:
EXP.- 2009-298; Cita, llama y emplaza al encausado EUFRASIO VARGAS ANTEZANA, para que concurran a la diligencia de Lectura de Sentencia. Día 13.11.12. Hora: 2:30 p.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional en caso de inconcurrencia. Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: JHON BILLY VARGAS CASTRO. Secretario: Caceda.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MALA; Juez: Dra. Huamani; Dispone notificar lo siguiente:
EXP.- 2011-0111-02-JIP-MALA; Con el acta de registro de audiencia de control de sobreseimiento, Res. 07 (21.09.12). RESUELVE: PRIMERO: Declarar FUNDADO el Requerimiento de SOBRESEIMIENTO TOTAL de la causa con relación a la investigación preparatoria seguida contra RENZO AIRTON SALAZAR LAURENTE por el delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD- HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA. Agraviado: Carlos Flores Napan y por LESIONES LEVES. Agraviado: Alberto Ramón Castellano Solano, tipificado y sancionado en el Art. 106 concordante con los Arts. 16 y 22 del Código Penal respectivamente. SEGUNDO: DECLARO EL ARCHIVAMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. TERCERO: DISPONGO se anule antecedentes penales, policiales y/o judiciales que se hubieran registrado en el presente proceso. CUARTO: LEVANTENSE las medidas de coerción procesal de carácter personal o real que hubieren dictado contra el imputado o sus bienes. QUINTO: Se notifica al agraviado Alberto Ramón Castellano Solano domiciliado en Prolg. Santo Domingo 669 – Chincha Alta-Chincha-Ica para que dentro del plazo de cinco días, luego de la ultima publicación por edicto presente recurso de apelación si así lo cree pertinente. Asistente: Carbajal.
30, 31 de Octubre y 01 de Noviembre
EDICTO NOTARIAL
Ante mi oficio se ha presentado SANTIAGO BENIGNO MAEDA HATAE, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio ubicado en la Mz. «Ñ», Lote s/n o (Av. Jorge Chávez s/n) con un área de 296.95 m2. ,estando sus medidas y demás características inscritos en la Partida Nº 21000669 del Registro de Predios de Cañete. Dirije la solicitud contra la SUCESIÓN DE LUIS ALBERTO CHEVARRIA HUARCAYA integrado por: ROSA KERSCHBAUMER SERRANO VIUDA DE CHEVARRIA, GRACIELA ANTONIETA CHEVARRIA CILICH, LUIS ALBERTO CHEVARRIA CILICH, VLADIMIRO HERNANDO CHEVARRIA CILICH, LUIS ALBERTO CHEVARRIA KERSCHBAUMER, ELIZABETH ANTONIA CHEVARRIA KERSCHBAUMER, LILIANA CHEVARRIA KERSCHBAUMER y MILAGROS DE JESUS CHEVARRIA KERSCHBAUMER, titulares registrales del predio, y alega poseerlo de manera pacífica, pública y continua por más de diez años, para lo cual presenta documentos y testigos. Lo que se comunica de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26662, 27333 y demás Normas Complementarias, para los fines consiguientes.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario de Cañete
Publicar: 19, 25 y 31 de Octubre
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 010595-2012, doña Segundina Huaranga Fernandez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE MATRIMONIO, inscrita en el acta 21, libro 041, año 1986, en el extremo que se ha consignado como nombre de la contrayente SEGUNDINA HUARANCCA FERNANDEZ, siendo lo correcto SEGUNDINA HUARANGA FERNANDEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 29 de Octubre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, FELIPE SANTIAGO MENDOZA FERNANDEZ, con DNI Nº 15391187, solicita se RECTIFIQUE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de quien en vida fuera su cónyuge: ISABEL CRISALIDA ZAVALA AVILA, inscrita en la Municipalidad Distrital de Mala, en el que existe error material en el acápite concerniente a: Estado Conyugal dice: 6 SEPARADA CON MENDOZA FERNANDEZ FELIPE, debe decir: CASADA CON MENDOZA FERNANDEZ FELIPE SANTIAGO. Lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 26 de Octubre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
AGROINDUSTRIA DOÑA PAULA S.A.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
Por acuerdo del Directorio, se convoca a los señores accionistas a la Junta General de Accionistas que se llevará a cabo en el local ubicado en Urb. Papa León XIII, Tercera Avenida, Mz. M, Lote 7, Chilca, Cañete, el día 15 de Noviembre de 2012, a las 09:00 horas, en Primera Convocatoria.
AGENDA:
1.- Adecuación a la Ley de Sociedades.
2.- Aprobación de la gestión social, las cuentas y el balance al 31-12-2011.
3.- Propuesta de aumento de capital.
4.- Adaptación de la sociedad al régimen de sociedad anónima cerrada y consecuente modificación total del estatuto social.
5.- Designación de Gerente General
6.- Otros asuntos societarios que decida la Junta.
Lima, 29 de Octubre de 2012
El Directorio
Emilio Breca Bocanegra.
EDICTOS PENALES (1 DIA)
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Dr. Huertas ; Comunica:
EXP.- 00444-2012-82; Res. 02 (25.10.12) Resuelve: Emplazar a GUILLEN ALARCON GILBERTO, para que concurra a la REPROGRAMACIÓN de la Audiencia de JUICIO ORAL. Día: 21.11.12. Hora: 08:30 a.m. Lugar: Sala de Audiencias de los Juzgados Penal Unipersonal de Cañete. Bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada, ser declarado Reo Contumaz o Ausente y Ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción. Agraviado: La Sociedad. Asistente: Chumpitaz.
EXP.- 0896-2012-95; Se emplaza a MIGUEL ANGEL CHULLUNCUY CARDENAS para que asista a la REPROGRAMACIÓN de la sesión de JUICIO ORAL. Día: 16.11.12. Hora: 02:30 p.m. Asistente: Soto.
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE; Juez: Dr. Ventura; Comunica:
EXP.- 00258-2012-0; Notifica a LUIS EUGENIO AMADO LUYO la Res. 08 (24.10.12). Dispone: CITAR a Audiencia de Control De Acusación. Día: 12.11.12. Hora: 08:30 a.m. Lugar: Sala de Audiencia «B» de las salas de audiencia del módulo penal. Diligencia que deberá contar con la asistencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de éste ultimo de ser excluido de la defensa. Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviados: Luis Ascensión Amado Flores y Victoria Angélica Amado Flores. Asistente: Anchiraico.
Exp.- 00083-2012-0; Notifica a JOSE QUISPE YARANGA la Res. 09 (24.10.12). Dispone: CITAR a Audiencia de Control De Acusación. Día: 07.11.12. Hora: 10:00 a.m. Lugar: Sala de Audiencia «B» de las salas de audiencia del módulo penal. Diligencia que deberá contar con la asistencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de éste ultimo de ser excluido de la defensa. Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: Henry Mathias Quispe Pardo. Asistente: Anchiraico.
Exp.- 00722-2012-0; Habeas Corpus interpuesta por Carlos Quinto Céspedes a favor de David Cesar Melo Quispe contra María Dolores Cachay Rojas Juez del segundo Juzgado Unipersonal de Chincha, Paucar Felix, Ríos Montalvo y Gutiérrez Martinez Vocales de la Sala Superior Mixta de Chincha, mediante Res. 07 se resolvió declarando IMPROCEDENTE la Acción de Garantía Constitucional de Habeas Corpus. Asistente: Romero.
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente: Dr. Polanco; Comunica:
EXP.- 2010-0139; Cita y emplaza a TORRES JUNCO JULIO CESAR, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Peculado Doloso. Agraviado: El Estado Peruano. Secretario: Miranda.
31 de Octubre, 1 y 2 de Noviembre
EDICTO
Exp. Nº 69-2007-JMY, el Juez del Juzgado Mixto de Yauyos, ordena se publique un extracto de la Res. Nº 45, que tiene el siguiente texto: Notifíquese vía Edicto en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario Oficial de Avisos Judiciales de Cañete «Al Día Con Matices» al demandado Teodoro Trujillo Oré, para que se apersone al proceso o en su caso sus sucesores dentro del término de sesenta días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal en caso de no apersonarse. Debiendo la demandante facilitar la publicación de los respectivos edictos y cumplir con las formalidades señaladas en el artículo 165 del Código Procesal Civil.
Yauyos, 28 de Setiembre de 2012.
José Víctor Castro Correa
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Yauyos
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 29, 30 y 31 de Octubre de 2012.
En el Expediente Nº 4744-2011 en los seguidos por PEDRO ROGER CACERES BARRIONUEVO, en representación de CARLOS ENRIQUE CACERES BARRIONUEVO, contra KARIN RUTH DAÑINO GAERTIG, KARIN ANIKA PORTUGAL DAÑINO y CESAR JAVIER JESUS PORTUGAL SIGNORI, con intervención del acreedor no ejecutante ALEJANDRO JOSÉ SALAS DE LA VEGA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, el Séptimo Juzgado Civil de Subespecialidad Comercial de Lima a cargo del señor Juez Dr. Juan Gustavo Varillas Solano, Especialista Legal Oscar Fernando Martínez Tejada ha autorizado al Martillero Público Gianni Gasttone Chávez Enciso con Registro Nº 293 para llevar a cabo la diligencia de REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien:
1.- INMUEBLE: Ubicado en Calle Los Agaves Vivienda Nº 26, en el distrito de Asia (referencia condominio Las Brisas, a espaldas del Boulevard de Asia y del Kartódromo Racing Dakart), provincia de Cañete y Departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 550,000.00 (Quinientos Cincuenta mil y 00/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$ 366,666.67 (Trescientos Sesenta y Seis mil Seiscientos Sesenta y Seis y 67/100 (Dólares Americanos), que son las dos terceras partes del valor de la tasación.
AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: Constituida a favor de Alejandro José Salas De la Vega hasta por la suma de US$ 90,000.00 (Noventa mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00005 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 2) HIPOTECA: A favor de Carlos Enrique Cáceres Barrionuevo hasta pro la suma de US$ 140,000.00 (Ciento Cuarenta mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00006 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 3) HIPOTECA: A favor de AFS GROUP S.A.C., hasta por la suma de US$ 150,000.00 (Ciento Cincuenta mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00007 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 4) MODIFICACIÓN DE LA HIPOTECA: Se modifica la hipoteca inscrita en el asiento D00007 de la presente partida en el sentido que las partes han modificado la cláusula Octava de la Escritura Pública primigenia, siendo el tenor: «El plazo de la hipoteca es de seis meses computado desde el momento en que se verifique el primer desembolso de dinero a que se hace referencia en el segundo párrafo del término tercero del presente documento y se mantendrán vigente y será perfectamente ejecutable, en tanto y cuanto no se encuentren totalmente canceladas las obligaciones garantizadas, siempre que el adeudo se remita en su origen, al plazo antes referido», inscrita la modificación de la hipoteca en el asiento D00008 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: Día 13 de Noviembre del 2012 a horas 2:30 p.m. (Dos y treinta del a tarde).
LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remate Nº 01, Piso 01 del local de los Juzgados Civiles de Lima, ubicado en la intersección de la Av. Abancay, Av. Nicolás de Piérola (Ex – Edificio del Ministerio de Educación) – Cercado de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en Cheque de Gerencia a su nombre o en efectivo adjuntando DNI en original y copia, tasa judicial por participar en remate en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, copia y original firmados. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de Conformidad con el Artículo 732º del Código Procesal Civil y Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS, están afectos al IGV y se cancelarán culminado el Acto de Remate. GIANNI GASTTONE CHÁVEZ ENCISO, Martillero Público con Registro Nº 293; Especialista Legal Oscar Fernando Martínez Tejada, Séptimo Juzgado Comercial de Lima.
Gianni Gasttone Chávez Enciso
Martillero Público - Registro Nº 293
Oscar Fernando Martínez Tejada - Secretario Judicial
7mo. Juzgado Civil Subespecialidad Comercial
Corte Superior de Justicia de Lima
Publicar: Del 25 de Octubre al 02 de Noviembre de 2012.
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LUNAHUANA; Juez: Dr. Chávez; Comunica:
EXP.- 2012-0023; Se notifica al imputado JOHNNY JAMES OYANGUREN AHUANARI, con la Res. 08 (25.10.2012), la cual CITA AUDIENCIA PRELIMINAR de control de Acusación Directa. Día: 13.11.12. Horas: 03.00 p.m. Lugar: Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Lunahuaná, sito en Jr. Grau N° 265 Distrito de Lunahuaná - Cañete. Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: Menor Nelson Domingo Oyanguren Candela. Especialista: Rodríguez.
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MALA; Juez: Dra. Castillo; Comunica:
EXP.- 2009-298; Cita, llama y emplaza al encausado EUFRASIO VARGAS ANTEZANA, para que concurran a la diligencia de Lectura de Sentencia. Día 13.11.12. Hora: 2:30 p.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional en caso de inconcurrencia. Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: JHON BILLY VARGAS CASTRO. Secretario: Caceda.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MALA; Juez: Dra. Huamani; Dispone notificar lo siguiente:
EXP.- 2011-0111-02-JIP-MALA; Con el acta de registro de audiencia de control de sobreseimiento, Res. 07 (21.09.12). RESUELVE: PRIMERO: Declarar FUNDADO el Requerimiento de SOBRESEIMIENTO TOTAL de la causa con relación a la investigación preparatoria seguida contra RENZO AIRTON SALAZAR LAURENTE por el delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD- HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA. Agraviado: Carlos Flores Napan y por LESIONES LEVES. Agraviado: Alberto Ramón Castellano Solano, tipificado y sancionado en el Art. 106 concordante con los Arts. 16 y 22 del Código Penal respectivamente. SEGUNDO: DECLARO EL ARCHIVAMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. TERCERO: DISPONGO se anule antecedentes penales, policiales y/o judiciales que se hubieran registrado en el presente proceso. CUARTO: LEVANTENSE las medidas de coerción procesal de carácter personal o real que hubieren dictado contra el imputado o sus bienes. QUINTO: Se notifica al agraviado Alberto Ramón Castellano Solano domiciliado en Prolg. Santo Domingo 669 – Chincha Alta-Chincha-Ica para que dentro del plazo de cinco días, luego de la ultima publicación por edicto presente recurso de apelación si así lo cree pertinente. Asistente: Carbajal.
30, 31 de Octubre y 01 de Noviembre
EDICTO NOTARIAL
Ante mi oficio se ha presentado SANTIAGO BENIGNO MAEDA HATAE, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio ubicado en la Mz. «Ñ», Lote s/n o (Av. Jorge Chávez s/n) con un área de 296.95 m2. ,estando sus medidas y demás características inscritos en la Partida Nº 21000669 del Registro de Predios de Cañete. Dirije la solicitud contra la SUCESIÓN DE LUIS ALBERTO CHEVARRIA HUARCAYA integrado por: ROSA KERSCHBAUMER SERRANO VIUDA DE CHEVARRIA, GRACIELA ANTONIETA CHEVARRIA CILICH, LUIS ALBERTO CHEVARRIA CILICH, VLADIMIRO HERNANDO CHEVARRIA CILICH, LUIS ALBERTO CHEVARRIA KERSCHBAUMER, ELIZABETH ANTONIA CHEVARRIA KERSCHBAUMER, LILIANA CHEVARRIA KERSCHBAUMER y MILAGROS DE JESUS CHEVARRIA KERSCHBAUMER, titulares registrales del predio, y alega poseerlo de manera pacífica, pública y continua por más de diez años, para lo cual presenta documentos y testigos. Lo que se comunica de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26662, 27333 y demás Normas Complementarias, para los fines consiguientes.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario de Cañete
Publicar: 19, 25 y 31 de Octubre
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 010595-2012, doña Segundina Huaranga Fernandez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE MATRIMONIO, inscrita en el acta 21, libro 041, año 1986, en el extremo que se ha consignado como nombre de la contrayente SEGUNDINA HUARANCCA FERNANDEZ, siendo lo correcto SEGUNDINA HUARANGA FERNANDEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 29 de Octubre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, FELIPE SANTIAGO MENDOZA FERNANDEZ, con DNI Nº 15391187, solicita se RECTIFIQUE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de quien en vida fuera su cónyuge: ISABEL CRISALIDA ZAVALA AVILA, inscrita en la Municipalidad Distrital de Mala, en el que existe error material en el acápite concerniente a: Estado Conyugal dice: 6 SEPARADA CON MENDOZA FERNANDEZ FELIPE, debe decir: CASADA CON MENDOZA FERNANDEZ FELIPE SANTIAGO. Lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 26 de Octubre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
AGROINDUSTRIA DOÑA PAULA S.A.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
Por acuerdo del Directorio, se convoca a los señores accionistas a la Junta General de Accionistas que se llevará a cabo en el local ubicado en Urb. Papa León XIII, Tercera Avenida, Mz. M, Lote 7, Chilca, Cañete, el día 15 de Noviembre de 2012, a las 09:00 horas, en Primera Convocatoria.
AGENDA:
1.- Adecuación a la Ley de Sociedades.
2.- Aprobación de la gestión social, las cuentas y el balance al 31-12-2011.
3.- Propuesta de aumento de capital.
4.- Adaptación de la sociedad al régimen de sociedad anónima cerrada y consecuente modificación total del estatuto social.
5.- Designación de Gerente General
6.- Otros asuntos societarios que decida la Junta.
Lima, 29 de Octubre de 2012
El Directorio
Emilio Breca Bocanegra.
EDICTOS PENALES (1 DIA)
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Dr. Huertas ; Comunica:
EXP.- 00444-2012-82; Res. 02 (25.10.12) Resuelve: Emplazar a GUILLEN ALARCON GILBERTO, para que concurra a la REPROGRAMACIÓN de la Audiencia de JUICIO ORAL. Día: 21.11.12. Hora: 08:30 a.m. Lugar: Sala de Audiencias de los Juzgados Penal Unipersonal de Cañete. Bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada, ser declarado Reo Contumaz o Ausente y Ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción. Agraviado: La Sociedad. Asistente: Chumpitaz.
EXP.- 0896-2012-95; Se emplaza a MIGUEL ANGEL CHULLUNCUY CARDENAS para que asista a la REPROGRAMACIÓN de la sesión de JUICIO ORAL. Día: 16.11.12. Hora: 02:30 p.m. Asistente: Soto.
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE; Juez: Dr. Ventura; Comunica:
EXP.- 00258-2012-0; Notifica a LUIS EUGENIO AMADO LUYO la Res. 08 (24.10.12). Dispone: CITAR a Audiencia de Control De Acusación. Día: 12.11.12. Hora: 08:30 a.m. Lugar: Sala de Audiencia «B» de las salas de audiencia del módulo penal. Diligencia que deberá contar con la asistencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de éste ultimo de ser excluido de la defensa. Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviados: Luis Ascensión Amado Flores y Victoria Angélica Amado Flores. Asistente: Anchiraico.
Exp.- 00083-2012-0; Notifica a JOSE QUISPE YARANGA la Res. 09 (24.10.12). Dispone: CITAR a Audiencia de Control De Acusación. Día: 07.11.12. Hora: 10:00 a.m. Lugar: Sala de Audiencia «B» de las salas de audiencia del módulo penal. Diligencia que deberá contar con la asistencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de éste ultimo de ser excluido de la defensa. Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: Henry Mathias Quispe Pardo. Asistente: Anchiraico.
Exp.- 00722-2012-0; Habeas Corpus interpuesta por Carlos Quinto Céspedes a favor de David Cesar Melo Quispe contra María Dolores Cachay Rojas Juez del segundo Juzgado Unipersonal de Chincha, Paucar Felix, Ríos Montalvo y Gutiérrez Martinez Vocales de la Sala Superior Mixta de Chincha, mediante Res. 07 se resolvió declarando IMPROCEDENTE la Acción de Garantía Constitucional de Habeas Corpus. Asistente: Romero.
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente: Dr. Polanco; Comunica:
EXP.- 2010-0139; Cita y emplaza a TORRES JUNCO JULIO CESAR, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Peculado Doloso. Agraviado: El Estado Peruano. Secretario: Miranda.
31 de Octubre, 1 y 2 de Noviembre
EDICTO
Exp. Nº 69-2007-JMY, el Juez del Juzgado Mixto de Yauyos, ordena se publique un extracto de la Res. Nº 45, que tiene el siguiente texto: Notifíquese vía Edicto en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario Oficial de Avisos Judiciales de Cañete «Al Día Con Matices» al demandado Teodoro Trujillo Oré, para que se apersone al proceso o en su caso sus sucesores dentro del término de sesenta días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal en caso de no apersonarse. Debiendo la demandante facilitar la publicación de los respectivos edictos y cumplir con las formalidades señaladas en el artículo 165 del Código Procesal Civil.
Yauyos, 28 de Setiembre de 2012.
José Víctor Castro Correa
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Yauyos
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 29, 30 y 31 de Octubre de 2012.
30 octubre 2012
OCMA EFECTUARÁ VISITA JUDICIAL ORDINARIA A CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
Con la finalidad de verificar el desempeño funcional de los Magistrados y Auxiliares que integran los órganos jurisdiccionales de las Cortes del país, la Oficina de Control de la Magistratura – OCMA que jefatura el Juez Supremo Titular, Doctor Enrique Javier Mendoza Ramírez, mediante Resolución Jefatural Nº 125 -2012-J-OCMA/PJ, de fecha quince de agosto del dos mil doce, ha establecido el cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias a realizar durante los meses de Octubre y Noviembre del año 2012, a las diversas Cortes Superiores de Justicia de la República.
EL 08 Y 09 DE NOVIEMBRE EN LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
En ese sentido es pertinente hacer de conocimiento que este Órgano de Control del Poder Judicial visitará la Corte Superior de Justicia de Cañete, durante los días 08 y 09 de Noviembre del presente año.
VISITA JUDICIAL A CARGO DE UNIDAD DE LA OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA
Cabe indicar que estas Visitas Judiciales Ordinarias se encuentran a cargo de la Unidad de Visitas y Prevención de la Oficina de control de la Magistratura del Poder Judicial.
ALCALDESA PROVINCIAL DE CAÑETE FORMALIZADO PEDIDO DE NULIDAD DE RESOLUCION QUE RECORTA JURISDICCION POLICIAL
Las autoridades de la provincia de Cañete, en compañía del congresista por la Región Lima, Elard Melgar Valdez, acudieron hasta las instalaciones del Ministerio del Interior, entrevistándose en primer momento con los asesores del viceministro, a quienes se les expreso la preocupación por la dación de la reciente resolución directoral Nº 913-2012, que tendenciosamente mutila 14 kilómetros de la jurisdicción policial cañetana.
En la misma sala de reunión se hizo presente luego el Gral. Raúl Salazar, Director General de la Policía Nacional, a quien se le manifiesto la inquietud de rechazo de la población de Cañete al haberse firmado una resolución directoral con muchos vicios administrativos e información inexacta, ocasionando zozobra, desconcierto y rechazo por parte de los cañetanos, quienes reafirman categóricamente el límite en el km 179.369 de la antigua carretera panamericana sur.
Se hizo saber de otro lado, que la inoportuna, impertinente y parcializada resolución directoral promovida por el congresista iqueño Jose Luis Elías Avalos, no hace más que reavivar el conflicto limítrofe entre ambas provincias, no respetándose el informe técnico Nº 001-2004-PCM-DNTDT de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Concejo de Ministros, que con elementos técnicos, históricos , geográficos necesarios y suficientes ha determinado como límite entre los departamentos de Lima (Cañete) e Ica (Chincha) el km 179.369 de la carretera panamericana sur.
Finalmente por mesa de parte, las autoridades de cañete y el congresista Melgar Valdez, cumplieron con presentar el recurso de nulidad de oficio, existiendo el compromiso de parte del Gral. de la Policía Nacional, y sus asesores atender en el más breve plazo el pedido planteado por las autoridades de nuestra provincia y pronunciarse sobre el tema.
En la misma sala de reunión se hizo presente luego el Gral. Raúl Salazar, Director General de la Policía Nacional, a quien se le manifiesto la inquietud de rechazo de la población de Cañete al haberse firmado una resolución directoral con muchos vicios administrativos e información inexacta, ocasionando zozobra, desconcierto y rechazo por parte de los cañetanos, quienes reafirman categóricamente el límite en el km 179.369 de la antigua carretera panamericana sur.
Se hizo saber de otro lado, que la inoportuna, impertinente y parcializada resolución directoral promovida por el congresista iqueño Jose Luis Elías Avalos, no hace más que reavivar el conflicto limítrofe entre ambas provincias, no respetándose el informe técnico Nº 001-2004-PCM-DNTDT de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Concejo de Ministros, que con elementos técnicos, históricos , geográficos necesarios y suficientes ha determinado como límite entre los departamentos de Lima (Cañete) e Ica (Chincha) el km 179.369 de la carretera panamericana sur.
Finalmente por mesa de parte, las autoridades de cañete y el congresista Melgar Valdez, cumplieron con presentar el recurso de nulidad de oficio, existiendo el compromiso de parte del Gral. de la Policía Nacional, y sus asesores atender en el más breve plazo el pedido planteado por las autoridades de nuestra provincia y pronunciarse sobre el tema.
FUERZA REGIONAL EMITE PRONUNCIAMIENTO SOBRE SOBRE EL RECORTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN POLICIAL ENTRE CAÑETE Y CHINCHA
El Movimiento Independiente Fuerza Regional, en torno a los últimos acontecimientos que solivianta la hermandad de nuestros pueblos ocasionado por pseudo líderes con apetitos políticos, es necesario expresar lo siguiente:
1ro.- Nosotros, como emergente movimiento político que circunscribe a las 9 provincias de la región LIMA PROVINCIAS, defendemos irrestrictamente el respeto a la demarcación territorial de la hermana provincia de Cañete, por cuanto es un asunto oleado y sacramentado. No hay más vuelta que darle.
2do.- Rechazamos la decisión equivocada del Director PNP RAUL SALAZAR en emitir contradictoria resolución que nuevamente pone al tapete y reaviva la tensión entre Chincha y Cañete, por cuanto este tipo de discusión exclusivamente le compete al Congreso, y éste a su vez dictamine en base a los fundamentos técnicos, cartográficos, históricos y geográficos que existen, refrendada por el Informe Técnico de la Oficina Técnica de Demarcación Territorial (OTDT) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) que FIJA LOS LIMITES entre las provincias a la Quebrada de Topará el Km 179.369"
3ro.- Exhortamos a los congresistas de la región LIMA PROVINCIAS a compenetrarse con el sentimiento Cañetano en la defensa de su jurisdicción, porque el pueblo los ha elegido para tal fin.
4to.- Exigimos al Gobierno Regional que elabore una estrategia frontal en forma inmediata que lleve a la unidad de criterios para el logro de los objetivos, al parecer se estaría actuando desordenadamente y este caos es aprovechado por el congresista Elías Avalos quien maliciosamente pretende desestabilizar lo avanzado. Se establezca mayor coordinación con la Municipalidad Provincial de Cañete y su sociedad civil organizada.
5to.- De solicitárnoslo, ofrecemos el apoyo desinteresado de nuestro equipo técnico para actuar en esta problemática que ya lleva varios años sin solución. El Movimiento Independiente FUERZA REGIONAL, respalda contundentemente a la férrea decisión de Cañete en la defensa de sus límites.
El documento lo firma el Comité Ejecutivo Regional de Fuerza Regional que lidera el Ing. Ricardo Chavarría Oria
1ro.- Nosotros, como emergente movimiento político que circunscribe a las 9 provincias de la región LIMA PROVINCIAS, defendemos irrestrictamente el respeto a la demarcación territorial de la hermana provincia de Cañete, por cuanto es un asunto oleado y sacramentado. No hay más vuelta que darle.
2do.- Rechazamos la decisión equivocada del Director PNP RAUL SALAZAR en emitir contradictoria resolución que nuevamente pone al tapete y reaviva la tensión entre Chincha y Cañete, por cuanto este tipo de discusión exclusivamente le compete al Congreso, y éste a su vez dictamine en base a los fundamentos técnicos, cartográficos, históricos y geográficos que existen, refrendada por el Informe Técnico de la Oficina Técnica de Demarcación Territorial (OTDT) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) que FIJA LOS LIMITES entre las provincias a la Quebrada de Topará el Km 179.369"
3ro.- Exhortamos a los congresistas de la región LIMA PROVINCIAS a compenetrarse con el sentimiento Cañetano en la defensa de su jurisdicción, porque el pueblo los ha elegido para tal fin.
4to.- Exigimos al Gobierno Regional que elabore una estrategia frontal en forma inmediata que lleve a la unidad de criterios para el logro de los objetivos, al parecer se estaría actuando desordenadamente y este caos es aprovechado por el congresista Elías Avalos quien maliciosamente pretende desestabilizar lo avanzado. Se establezca mayor coordinación con la Municipalidad Provincial de Cañete y su sociedad civil organizada.
5to.- De solicitárnoslo, ofrecemos el apoyo desinteresado de nuestro equipo técnico para actuar en esta problemática que ya lleva varios años sin solución. El Movimiento Independiente FUERZA REGIONAL, respalda contundentemente a la férrea decisión de Cañete en la defensa de sus límites.
El documento lo firma el Comité Ejecutivo Regional de Fuerza Regional que lidera el Ing. Ricardo Chavarría Oria
«CONFIANZA PERÚ» SOLICITA CAMBIO DEL GENERAL PNP RAUL SALAZAR POR EMITIR CUESTIONADO RESOLUCION EN CONTRA DE CAÑETE
El Comité Ejecutivo del Movimiento Regional «Confianza Perú», ante el grave hecho que significa la emisión de la Resolución 913-2012-PNP, firmada por el Gral. Raúl Salazar Salazar, Director General de la PNP, en nota de prensa se dirigió a la ciudadanía y la opinión pública de la Región Lima para expresar lo siguiente:
1. Que es absolutamente inaceptable que la modificación de los límites jurisdiccionales de las Divisiones Policiales de Cañete e Ica no se sujete al ordenamiento legal vigente y se base en una interpretación inexacta y sospechosa realizada por la propia policía de Ica sobre los límites entre Cañete (Lima) e Ica.
2. Que es inexacto también lo señalado por el Congresista José Luis Elías Avalos de que debe restituirse a la Policía Nacional con sede en Chincha la jurisdicción policial hasta el km 145, pues jamás la PNP con sede en Chincha había tenido jurisdicción hasta esa zona, por lo que no puede restituirse lo que nunca se ejerció.
3. Que alertamos que el Gral. Raúl Salazar Salazar estuvo involucrado además en el Caso Chehade contra la Cooperativa Andahuasi, por lo que sus acciones contra la Región Lima vienen siendo recurrentes y negativas.
4. Por lo expuesto, solicitamos la inmediata derogatoria de la Resolución 913-2012-PNP o el cambio del General Raúl Salazar Salazar de no procederse a ello. Llamamos a todas las fuerzas vivas a movilizarse por la defensa de nuestros derechos, y exigimos a las autoridades regionales a ejercer sus funciones como les compete.
1. Que es absolutamente inaceptable que la modificación de los límites jurisdiccionales de las Divisiones Policiales de Cañete e Ica no se sujete al ordenamiento legal vigente y se base en una interpretación inexacta y sospechosa realizada por la propia policía de Ica sobre los límites entre Cañete (Lima) e Ica.
2. Que es inexacto también lo señalado por el Congresista José Luis Elías Avalos de que debe restituirse a la Policía Nacional con sede en Chincha la jurisdicción policial hasta el km 145, pues jamás la PNP con sede en Chincha había tenido jurisdicción hasta esa zona, por lo que no puede restituirse lo que nunca se ejerció.
3. Que alertamos que el Gral. Raúl Salazar Salazar estuvo involucrado además en el Caso Chehade contra la Cooperativa Andahuasi, por lo que sus acciones contra la Región Lima vienen siendo recurrentes y negativas.
4. Por lo expuesto, solicitamos la inmediata derogatoria de la Resolución 913-2012-PNP o el cambio del General Raúl Salazar Salazar de no procederse a ello. Llamamos a todas las fuerzas vivas a movilizarse por la defensa de nuestros derechos, y exigimos a las autoridades regionales a ejercer sus funciones como les compete.
AÑO DE LA FE
LA FE PASO A PASO
Partes del Catecismo: Segunda parte, los sacramentos de la fe
15 La segunda parte del catecismo expone cómo la salvación de Dios, realizada una vez por todas por Cristo Jesús y por el Espíritu Santo, se hace presente en las acciones sagradas de la liturgia de la Iglesia (primera sección), particularmente en los siete sacramentos (segunda sección).
*Lo que debemos recibir: los sacramentos.
P. Arnaldo Alvarado
arnaldo.alvar@gmail.com
Partes del Catecismo: Segunda parte, los sacramentos de la fe
15 La segunda parte del catecismo expone cómo la salvación de Dios, realizada una vez por todas por Cristo Jesús y por el Espíritu Santo, se hace presente en las acciones sagradas de la liturgia de la Iglesia (primera sección), particularmente en los siete sacramentos (segunda sección).
*Lo que debemos recibir: los sacramentos.
P. Arnaldo Alvarado
arnaldo.alvar@gmail.com
CAÑETE: CONCILIACIONES AUMENTAN EN UN 12% Y LA ORALIDAD ES VITAL PARA LA CELERIDAD PROCESAL...
El 87% de los procesos iniciados al amparo de la nueva Ley Procesal del Trabajo culminaron en menos de un año, reveló el presidente de la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia, Roberto Acevedo Mena, sobre la base de la información obtenida a partir de una muestra de 48 casaciones con pronunciamientos de fondo, actualizada al 30 de julio del año en curso.
A su juicio, la oralidad ha contribuido a la celeridad procesal en estos casos, teniendo en cuenta que de la misma data se desprende que el 65% de las causas bajo la nueva norma culminaron en un plazo entre los 8 y 11 meses, y que el 17% de estos procesos terminaron en un período entre los 11 meses y un año.
«El 6% de los juicios al amparo de la nueva ley, además, culminaron entre los 6 y 8 meses, mientras que solo el 17% de los casos tramitados mediante esta norma terminaron entre un año y 18 meses», reveló el también miembro del Comité Consultivo del Equipo Técnico de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.
CONCILIACIÓN
Durante su participación en el Quinto Congreso Nacional de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Tendencias y Perspectivas Laborales: Juicios, Relaciones Sindicales y Marco Interdisciplinario, el magistrado destacó como otro logro de la aplicación de la nueva norma y la oralidad, el efecto multiplicador respecto de las conciliaciones.
El porcentaje de las conciliaciones al año 2011 al amparo de la nueva ley procesal aumentó del 2% al 12% en las cortes superiores de Tacna, Cañete, La Libertad, Arequipa, Lambayeque y Cusco.
PRONTO EN LIMA
El magistrado Acevedo Mena consideró que los beneficios de la implementación de la nueva ley procesal en la Corte de Lima, desde el 5 de noviembre, se apreciarán con celeridad pues será aplicada por 10 juzgados de paz, 16 jueces especializados y una sala.
Resaltó el uso de la oralidad como un resultado importante de este cambio. «El porcentaje de este uso por los jueces de primera instancia es de 38%, y en segunda instancia es de 37% en La Libertad, Cusco, Arequipa y Tacna».
DATO
Al 31.09.12 su tribunal ha resuelto el fondo en 91 casaciones, las cuales se encuentran publicadas en la página web del Poder Judicial.
A su juicio, la oralidad ha contribuido a la celeridad procesal en estos casos, teniendo en cuenta que de la misma data se desprende que el 65% de las causas bajo la nueva norma culminaron en un plazo entre los 8 y 11 meses, y que el 17% de estos procesos terminaron en un período entre los 11 meses y un año.
«El 6% de los juicios al amparo de la nueva ley, además, culminaron entre los 6 y 8 meses, mientras que solo el 17% de los casos tramitados mediante esta norma terminaron entre un año y 18 meses», reveló el también miembro del Comité Consultivo del Equipo Técnico de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.
CONCILIACIÓN
Durante su participación en el Quinto Congreso Nacional de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Tendencias y Perspectivas Laborales: Juicios, Relaciones Sindicales y Marco Interdisciplinario, el magistrado destacó como otro logro de la aplicación de la nueva norma y la oralidad, el efecto multiplicador respecto de las conciliaciones.
El porcentaje de las conciliaciones al año 2011 al amparo de la nueva ley procesal aumentó del 2% al 12% en las cortes superiores de Tacna, Cañete, La Libertad, Arequipa, Lambayeque y Cusco.
PRONTO EN LIMA
El magistrado Acevedo Mena consideró que los beneficios de la implementación de la nueva ley procesal en la Corte de Lima, desde el 5 de noviembre, se apreciarán con celeridad pues será aplicada por 10 juzgados de paz, 16 jueces especializados y una sala.
Resaltó el uso de la oralidad como un resultado importante de este cambio. «El porcentaje de este uso por los jueces de primera instancia es de 38%, y en segunda instancia es de 37% en La Libertad, Cusco, Arequipa y Tacna».
DATO
Al 31.09.12 su tribunal ha resuelto el fondo en 91 casaciones, las cuales se encuentran publicadas en la página web del Poder Judicial.
RINCON CONCILIATORIO
Directora Abogada Rocío López Luna
DIRECTORA DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN «MADRE DE CRISTO CONCILIADORA»
Av. Benavides 799, 2do Piso, San Vicente, Cel. 999 210 236, T. 01 3005603
En este espacio trataremos casos de la vida real ADAPTADOS a nuestra realidad cañetana, y ello, a fin de acercar al pueblo UNA JUSTICIA REAL de una manera rápida, económica y efectiva. Recordemos que la Conciliación no es «Reconciliación» sino la última posibilidad que tienen 2 personas de arreglar su conflicto DIRECTAMENTE, sin necesidad de ser acompañados por abogados, cuyo Acuerdo tiene un peso similar al de una Sentencia… ¡con la ventaja de la RAPIDEZ y CONFIDENCIALIDAD!
DÉCIMO OCTAVO CASO:
Ahora tendremos un Caso RECONCILIATORIO que empezó conciliatorio ;) YA VERÁN…
Una madre de familia se acerca porque su ex pareja recoge por Visitas a su pequeña hija de cinco años los sábados y la devuelve los domingos, totalmente escaldada, con resfríos y bastante hambrienta. A fin de evitar conflictos comenzó a enviarla con una mochila con talco y toallitas refrescantes. Pasó el tiempo y añadió frutas y galletas. Sin embargo, en lugar de mejorar las cosas, actualmente el padre reclama disminuir la Pensión Alimenticia por tenerla 2 días de los 7 de la semana. Aquí nuestro diálogo:
Dra. Rocío: El tema es enfrentar su conflicto y no evitarlo, ¿qué le parece invitarlo a conciliar para regularizar el Régimen de Visitas poniendo sin violencia las cartas sobre la mesa?
Señora: ¡Sí Doctora! Eso nada más quisiera, porque he notado que cuando discuto con mi ex, mi hijita comienza ese mismo día a orinarse en la noche en la cama…
Dra. Rocío: Entonces llenamos los formularios, adjuntamos copias simples del Acta de Nacimiento de la niña, de la DNI suya, y en el mínimo legal de 4 días hábiles celebramos la primera audiencia… ¡manos a la obra!
… A los 4 días, justamente un viernes:
Dra. Rocío: Amigos, aquí estamos reunidos para encontrar una solución práctica, que busque el bien de Nadine, al Régimen de Visitas para que exista armonía y para que sin ansiedad, su hija tenga el necesario contacto con ambos padres. (La madre repite al padre el pedido, a lo que responde éste)
Señor: (dirigiéndose a la madre, cosa que es más positiva): tú sabes que aunque las amo a ambas, soy bastante inútil para cuidar a la bebe. Lo que es claro es que cumplo con sus Alimentos, que quiero verla a ella y a ti, pero, ¡qué bueno que conversamos esto con la Dra. que es neutral!, la verdad es que estoy desesperado con este rompimiento de ya 1 año, ¡y todo por tu familia!
Dra. Rocío: Permítame entenderle Señor, ¿lo que Usted intenta trasmitir a la madre de su hija es que desea ser un padre responsable, pero que no sabe o puede atenderla debidamente por falta de experiencia, y que por otro lado, Usted no se siente bien porque extraña y ama a la Sra. y a la niña?
Señor: ¡Eso mismito Dra.! Lo que pasa es que convivimos en casa de mi suegra y sus 4 hermanos para ahorrar pagar alquiler, pero al final, hubo tanto lío que más cara me salió la lavada que la camisa y acabé perdiendo a mi familia. Y esto lo quiero por fin gritar –dirigiéndose otra vez a la Sra.- ¡TÚ ERES LA ÚNICA MUJER DE MI VIDA ELSA! ¡SIN USTEDES DOS SOY UN DESGRACIADO!
Dra. Rocío: (Viendo lo conmovida que se puso la Sra.) ¿Tiene alguno de Ustedes una nueva relación de pareja? (ambos negaron inmediatamente con la cabeza) Entonces sugiero que aprovechen la confidencialidad y neutralidad que les ofrece el Centro de Conciliación, y conversen a solas 10 minutos, porque noto que Ustedes no pueden hablar sólo como padres, porque se aman como pareja, ¿están de acuerdo? (ambos asintieron rápidamente también), así que ahorita vuelvo…
Luego de los 10 minutos…
Me di con la sorpresa de encontrarlos abrazados, llorando entre besos apasionados. Tosí un poquito para calmar los ánimos, y les pedí la palabra:
Señora: Doctora mi marido tiene razón, lo barato sale caro, y sin mala intención, la familia se inmiscuye en problemas de pareja, y todo porque nosotros mismos nos fuimos a meter a la casa de mi mami. Tengo un terrenito que me ha dado mi abuelo en La Quebrada, y allí nos vamos a vivir los 3… (Su sonrisa feliz iluminaba toda la oficina)
Señor: Sí Doctora, tengo S/. 5,000.- de ahorritos y con eso nos da para construir con adobe nomás unos cuartitos, pero quisiera que igual todo quede claro respecto a la plata que le estoy dando…
Dra. Rocío: Propongo entonces cambiar la materia a conciliar, y que ésta no sea la de Régimen de Visitas porque vivirán juntos, entonces sería absurdo, y más bien determinamos la Pensión Alimenticia, PARA TRANQUILIDAD DE AMBAS PARTES.
Nota de la Dra. Rocío: A veces tenemos diferentes maneras de ver una misma realidad, pero con nuestro apoyo conciliatorio, resolvemos no sólo problemas jurídicos, sino, por sobre todo, los humanos, descubriendo los verdaderos intereses que tienen las personas frente a un conflicto. Esta pareja aceptó alegre mi oferta, firmaron el Acta de Acuerdo Total, se fueron como dos enamorados, pero antes me dieron ambos un abrazo que me llenó de ternura y fuerza, y ello gracias a que ¡LA CONCILIACIÓN EXISTE! Los esperamos…
DIRECTORA DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN «MADRE DE CRISTO CONCILIADORA»
Av. Benavides 799, 2do Piso, San Vicente, Cel. 999 210 236, T. 01 3005603
En este espacio trataremos casos de la vida real ADAPTADOS a nuestra realidad cañetana, y ello, a fin de acercar al pueblo UNA JUSTICIA REAL de una manera rápida, económica y efectiva. Recordemos que la Conciliación no es «Reconciliación» sino la última posibilidad que tienen 2 personas de arreglar su conflicto DIRECTAMENTE, sin necesidad de ser acompañados por abogados, cuyo Acuerdo tiene un peso similar al de una Sentencia… ¡con la ventaja de la RAPIDEZ y CONFIDENCIALIDAD!
DÉCIMO OCTAVO CASO:
Ahora tendremos un Caso RECONCILIATORIO que empezó conciliatorio ;) YA VERÁN…
Una madre de familia se acerca porque su ex pareja recoge por Visitas a su pequeña hija de cinco años los sábados y la devuelve los domingos, totalmente escaldada, con resfríos y bastante hambrienta. A fin de evitar conflictos comenzó a enviarla con una mochila con talco y toallitas refrescantes. Pasó el tiempo y añadió frutas y galletas. Sin embargo, en lugar de mejorar las cosas, actualmente el padre reclama disminuir la Pensión Alimenticia por tenerla 2 días de los 7 de la semana. Aquí nuestro diálogo:
Dra. Rocío: El tema es enfrentar su conflicto y no evitarlo, ¿qué le parece invitarlo a conciliar para regularizar el Régimen de Visitas poniendo sin violencia las cartas sobre la mesa?
Señora: ¡Sí Doctora! Eso nada más quisiera, porque he notado que cuando discuto con mi ex, mi hijita comienza ese mismo día a orinarse en la noche en la cama…
Dra. Rocío: Entonces llenamos los formularios, adjuntamos copias simples del Acta de Nacimiento de la niña, de la DNI suya, y en el mínimo legal de 4 días hábiles celebramos la primera audiencia… ¡manos a la obra!
… A los 4 días, justamente un viernes:
Dra. Rocío: Amigos, aquí estamos reunidos para encontrar una solución práctica, que busque el bien de Nadine, al Régimen de Visitas para que exista armonía y para que sin ansiedad, su hija tenga el necesario contacto con ambos padres. (La madre repite al padre el pedido, a lo que responde éste)
Señor: (dirigiéndose a la madre, cosa que es más positiva): tú sabes que aunque las amo a ambas, soy bastante inútil para cuidar a la bebe. Lo que es claro es que cumplo con sus Alimentos, que quiero verla a ella y a ti, pero, ¡qué bueno que conversamos esto con la Dra. que es neutral!, la verdad es que estoy desesperado con este rompimiento de ya 1 año, ¡y todo por tu familia!
Dra. Rocío: Permítame entenderle Señor, ¿lo que Usted intenta trasmitir a la madre de su hija es que desea ser un padre responsable, pero que no sabe o puede atenderla debidamente por falta de experiencia, y que por otro lado, Usted no se siente bien porque extraña y ama a la Sra. y a la niña?
Señor: ¡Eso mismito Dra.! Lo que pasa es que convivimos en casa de mi suegra y sus 4 hermanos para ahorrar pagar alquiler, pero al final, hubo tanto lío que más cara me salió la lavada que la camisa y acabé perdiendo a mi familia. Y esto lo quiero por fin gritar –dirigiéndose otra vez a la Sra.- ¡TÚ ERES LA ÚNICA MUJER DE MI VIDA ELSA! ¡SIN USTEDES DOS SOY UN DESGRACIADO!
Dra. Rocío: (Viendo lo conmovida que se puso la Sra.) ¿Tiene alguno de Ustedes una nueva relación de pareja? (ambos negaron inmediatamente con la cabeza) Entonces sugiero que aprovechen la confidencialidad y neutralidad que les ofrece el Centro de Conciliación, y conversen a solas 10 minutos, porque noto que Ustedes no pueden hablar sólo como padres, porque se aman como pareja, ¿están de acuerdo? (ambos asintieron rápidamente también), así que ahorita vuelvo…
Luego de los 10 minutos…
Me di con la sorpresa de encontrarlos abrazados, llorando entre besos apasionados. Tosí un poquito para calmar los ánimos, y les pedí la palabra:
Señora: Doctora mi marido tiene razón, lo barato sale caro, y sin mala intención, la familia se inmiscuye en problemas de pareja, y todo porque nosotros mismos nos fuimos a meter a la casa de mi mami. Tengo un terrenito que me ha dado mi abuelo en La Quebrada, y allí nos vamos a vivir los 3… (Su sonrisa feliz iluminaba toda la oficina)
Señor: Sí Doctora, tengo S/. 5,000.- de ahorritos y con eso nos da para construir con adobe nomás unos cuartitos, pero quisiera que igual todo quede claro respecto a la plata que le estoy dando…
Dra. Rocío: Propongo entonces cambiar la materia a conciliar, y que ésta no sea la de Régimen de Visitas porque vivirán juntos, entonces sería absurdo, y más bien determinamos la Pensión Alimenticia, PARA TRANQUILIDAD DE AMBAS PARTES.
Nota de la Dra. Rocío: A veces tenemos diferentes maneras de ver una misma realidad, pero con nuestro apoyo conciliatorio, resolvemos no sólo problemas jurídicos, sino, por sobre todo, los humanos, descubriendo los verdaderos intereses que tienen las personas frente a un conflicto. Esta pareja aceptó alegre mi oferta, firmaron el Acta de Acuerdo Total, se fueron como dos enamorados, pero antes me dieron ambos un abrazo que me llenó de ternura y fuerza, y ello gracias a que ¡LA CONCILIACIÓN EXISTE! Los esperamos…
EDICTOS
EDICTOS PENALES (3 DIAS)
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LUNAHUANA; Juez: Dr. Chávez; Comunica:
EXP.- 2012-0023; Se notifica al imputado JOHNNY JAMES OYANGUREN AHUANARI, con la Res. 08 (25.10.2012), la cual CITA AUDIENCIA PRELIMINAR de control de Acusación Directa. Día: 13.11.12. Horas: 03.00 p.m. Lugar: Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Lunahuaná, sito en Jr. Grau N° 265 Distrito de Lunahuaná - Cañete. Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: Menor Nelson Domingo Oyanguren Candela. Especialista: Rodríguez.
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MALA; Juez: Dra. Castillo; Comunica:
EXP.- 2009-298; Cita, llama y emplaza al encausado EUFRASIO VARGAS ANTEZANA, para que concurran a la diligencia de Lectura de Sentencia. Día 13.11.12. Hora: 2:30 p.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional en caso de inconcurrencia. Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: JHON BILLY VARGAS CASTRO. Secretario: Caceda.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MALA; Juez: Dra. Huamani; Dispone notificar lo siguiente:
EXP.- 2011-0111-02-JIP-MALA; Con el acta de registro de audiencia de control de sobreseimiento, Res. 07 (21.09.12). RESUELVE: PRIMERO: Declarar FUNDADO el Requerimiento de SOBRESEIMIENTO TOTAL de la causa con relación a la investigación preparatoria seguida contra RENZO AIRTON SALAZAR LAURENTE por el delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD- HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA. Agraviado: Carlos Flores Napan y por LESIONES LEVES. Agraviado: Alberto Ramón Castellano Solano, tipificado y sancionado en el Art. 106 concordante con los Arts. 16 y 22 del Código Penal respectivamente. SEGUNDO: DECLARO EL ARCHIVAMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. TERCERO: DISPONGO se anule antecedentes penales, policiales y/o judiciales que se hubieran registrado en el presente proceso. CUARTO: LEVANTENSE las medidas de coerción procesal de carácter personal o real que hubieren dictado contra el imputado o sus bienes. QUINTO: Se notifica al agraviado Alberto Ramón Castellano Solano domiciliado en Prolg. Santo Domingo 669 – Chincha Alta-Chincha-Ica para que dentro del plazo de cinco días, luego de la ultima publicación por edicto presente recurso de apelación si así lo cree pertinente. Asistente: Carbajal.
30, 31 de Octubre y 01 de Noviembre
EDICTOS (1 DIA)
JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LUNAHUANA; Juez: Dr. Chávez ; Comunica:
EXP.- 2012-0020; Cita y emplaza a AURORA SABINA RUGEL VILLARREAL y VICTORIA HAYDEE VILLAREAL SANCHEZ, se apersonen a la audiencia de JUICIO ORAL. Día: 14.11.12. Hora: 11:00 a.m. Delito: Faltas contra la Persona-Lesiones. Agraviada: María Elena Quispe Hidalgo. Disponiéndose su conducción Compulsiva por la Fuerza Publica. Secretaria: Sánchez.
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA; Juez: Dra. Castillo; Comunica:
EXP.- 2012-72-01; Se notifica a JORGE ANTONIO RÍOS ANCCARI la Res. 02. Resuelve: REPROGRAMAR la audiencia de JUICIO ORAL. Día: 14.11.12. Hora: 09:00 a.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Ausent
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA
En el Expediente Nº 4744-2011 en los seguidos por PEDRO ROGER CACERES BARRIONUEVO, en representación de CARLOS ENRIQUE CACERES BARRIONUEVO, contra KARIN RUTH DAÑINO GAERTIG, KARIN ANIKA PORTUGAL DAÑINO y CESAR JAVIER JESUS PORTUGAL SIGNORI, con intervención del acreedor no ejecutante ALEJANDRO JOSÉ SALAS DE LA VEGA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, el Séptimo Juzgado Civil de Subespecialidad Comercial de Lima a cargo del señor Juez Dr. Juan Gustavo Varillas Solano, Especialista Legal Oscar Fernando Martínez Tejada ha autorizado al Martillero Público Gianni Gasttone Chávez Enciso con Registro Nº 293 para llevar a cabo la diligencia de REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien:
1.- INMUEBLE: Ubicado en Calle Los Agaves Vivienda Nº 26, en el distrito de Asia (referencia condominio Las Brisas, a espaldas del Boulevard de Asia y del Kartódromo Racing Dakart), provincia de Cañete y Departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 550,000.00 (Quinientos Cincuenta mil y 00/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$ 366,666.67 (Trescientos Sesenta y Seis mil Seiscientos Sesenta y Seis y 67/100 (Dólares Americanos), que son las dos terceras partes del valor de la tasación.
AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: Constituida a favor de Alejandro José Salas De la Vega hasta por la suma de US$ 90,000.00 (Noventa mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00005 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 2) HIPOTECA: A favor de Carlos Enrique Cáceres Barrionuevo hasta pro la suma de US$ 140,000.00 (Ciento Cuarenta mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00006 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 3) HIPOTECA: A favor de AFS GROUP S.A.C., hasta por la suma de US$ 150,000.00 (Ciento Cincuenta mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00007 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 4) MODIFICACIÓN DE LA HIPOTECA: Se modifica la hipoteca inscrita en el asiento D00007 de la presente partida en el sentido que las partes han modificado la cláusula Octava de la Escritura Pública primigenia, siendo el tenor: «El plazo de la hipoteca es de seis meses computado desde el momento en que se verifique el primer desembolso de dinero a que se hace referencia en el segundo párrafo del término tercero del presente documento y se mantendrán vigente y será perfectamente ejecutable, en tanto y cuanto no se encuentren totalmente canceladas las obligaciones garantizadas, siempre que el adeudo se remita en su origen, al plazo antes referido», inscrita la modificación de la hipoteca en el asiento D00008 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: Día 13 de Noviembre del 2012 a horas 2:30 p.m. (Dos y treinta del a tarde).
LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remate Nº 01, Piso 01 del local de los Juzgados Civiles de Lima, ubicado en la intersección de la Av. Abancay, Av. Nicolás de Piérola (Ex – Edificio del Ministerio de Educación) – Cercado de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en Cheque de Gerencia a su nombre o en efectivo adjuntando DNI en original y copia, tasa judicial por participar en remate en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, copia y original firmados. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de Conformidad con el Artículo 732º del Código Procesal Civil y Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS, están afectos al IGV y se cancelarán culminado el Acto de Remate. GIANNI GASTTONE CHÁVEZ ENCISO, Martillero Público con Registro Nº 293; Especialista Legal Oscar Fernando Martínez Tejada, Séptimo Juzgado Comercial de Lima.
Gianni Gasttone Chávez Enciso
Martillero Público - Registro Nº 293
Oscar Fernando Martínez Tejada - Secretario Judicial
7mo. Juzgado Civil Subespecialidad Comercial
Corte Superior de Justicia de Lima
Publicar: Del 25 de Octubre al 02 de Noviembre de 2012.
SUCESIÓN INTESTADA
Exp. N° 00576-2012-CI, Ante el 2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha el Señor Juez Dr. Juan Siguas Fuentes y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, don MANUEL ANTONIO PINEDA BUENO, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera JOSE JUAN ARDILES MORENO, fallecido el 07 de Junio de 1955 en la ciudad de Lima. Lo que se publica para que se apersonen los que se crean con derecho a que se le incluya como heredero.
Cañete, 25 de Octubre de 2012.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial
2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete
EDICTO
Exp. Nº 69-2007-JMY, el Juez del Juzgado Mixto de Yauyos, ordena se publique un extracto de la Res. Nº 45, que tiene el siguiente texto: Notifíquese vía Edicto en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario Oficial de Avisos Judiciales de Cañete «Al Día Con Matices» al demandado Teodoro Trujillo Oré, para que se apersone al proceso o en su caso sus sucesores dentro del término de sesenta días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal en caso de no apersonarse. Debiendo la demandante facilitar la publicación de los respectivos edictos y cumplir con las formalidades señaladas en el artículo 165 del Código Procesal Civil.
Yauyos, 28 de Setiembre de 2012.
José Víctor Castro Correa
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Yauyos
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 29, 30 y 31 de Octubre de 2012.
DIRIMENCIA
SALA CIVIL - Sede Central
EXPEDIENTE: 00745-2002-0-0801-JR-CI-01
MATERIA: PRESCRIPCION ADQUISITIVA
RELATOR: CARMEN NELLY RANGEL PURILLA
CURAD. PROCESAL: GUTIERREZ QUISPE GREGORIO CURADOR PROCESAL DE LA SUCES
DEMANDANTE: CORDOVA BACA, CARMEN ROSA
RESOLUCION NUMERO OCHO.- Cañete, veintidós de octubre del dos mil doce. AUTOS Y VISTOS; Y, CONSIDERANDO:
Primero.- Que, en la votación de la presente causa el señor Juez Superior Ángel Polanco Tintaya (Ponente), emite su VOTO para que se APRUEBE la sentencia, materia de consulta; contenida en la resolución numero setenta y dos, de fojas cuatrocientos noventa y cinco a quinientos cincuenta y dos, de fecha dieciocho de junio del año dos mil doce, que Falla: Declarando, FUNDADA en parte la demanda de fojas treinta a treinta y cuatro subsanada a fojas cuarenta a cuarenta y cinco, en consecuencia DECLARA a CARMEN ROSA CÓRDOVA BACA, propietaria por Usucapión del Inmueble ubicado en el avenida Lima número un mil doscientos diez; identificado también como Manzana: Noventa. Lote: cincuenta y cuatro, del Distrito de Chilca Provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de cuatrocientos ochenta metros cuadrados con las siguientes medidas perimétricas y colindancias: Por el frente, con doce metros lineales colindante con la carretera a Lima (antigua) ahora Avenida Lima; por el Lado derecho entrando, con cuarenta metros lineales colindante propiedad de Felicito Cuya; por el lado Izquierdo entrando, con cuarenta metros lineales colindante con la propiedad de Dorila Fajardo Viuda de Vivanco; por el fondo con doce metros lineales colindante con la Calle Piérola. Con lo demás que contiene.—
Segundo.- Que, los señores Jueces Superiores doctores Federico Quispe Mejía y Isaías Ascencio Ortiz, emiten voto en discordia para que se DESAPRUEBE la sentencia, materia de consulta; contenida en la resolución numero setenta y dos, de fojas cuatrocientos noventa y cinco a quinientos cincuenta y dos, de fecha dieciocho de junio del año dos mil doce; en consecuencia NULA dicha resolución y todo lo actuado desde fojas cuarentiuno inclusive la que contiene la resolución número dos de autoadmisorio de la demanda; DISPUSIERON que el A quo subsane y califique nuevamente la demanda teniendo presente los considerandos expuestos en la presente resolución.—
Tercero.- Que, llamado al señor Juez superior doctor Cirilo Enor Suárez Mirabal, para que dirima la discordia descrita precedentemente, el citado magistrado se adhiere al VOTO del señor Juez superior doctor Ángel Polanco Tintaya.—————————————————————
Cuarto.- Que, al no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, por haberse producido discordia, y al tratarse la resolución que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del Texto legal acotado.————————————
Quinto.- Que, el citado artículo 144° señala que si resulta discordia, se publica y notifica el punto que lo motiva, bajo sanción de nulidad. En la misma resolución se llama al Vocal dirimente expedito y se señala día y hora para la vista de la causa por él.—————————————
Por las consideraciones expuestas: LLAMARON a la señorita Juez Superior doctora JUDITH MARCELO CIRIACO, para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha de VISTA DE LA CAUSA para dicha dirimencia el día DOCE DE NOVIEMBRE del año en curso, a horas NUEVE de la mañana. DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de la Provincia “Al Día con Matices” por el término de UN DIA. Interviene. Notificándose.
J.S.
POLANCO TINTAYA
QUISPE MEJIA
SUAREZ MIRABAL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. N° 10709-2012, doña Maria Alejandrina Gonzales Joya, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el acta 227, libro 174, año 1968, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre de la titular ANTONIO GONZÁLES PELÁEZ, siendo lo correcto ANTONIO GONZALES PELÁEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 29 de Octubre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub Gerente de Registro de Estado Civil
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
En el Expediente 2012-409 que se tramita ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete, a cargo de la Sra. Juez Dra. Estela Solano Alejos, Secretaria Judicial Victoria Lisbeth Mesías De la Cruz, se ha ordenado se publique la RESOLUCIÓN UNO de fecha 22-09-2012 SE RESUELVE: 1°) ADMITIR la presente solicitud promovida por ELENA JESUS IGLESIAS DE GAMARRA, sobre RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, en la cual se ha consignado en el rubro de datos de su progenitora como «Eustiquia Velásquez Ochevarria», debiendo ser lo correcto EUSTIQUIA ROMUALDA VELASQUEZ ECHEVARRIA. Lo que se publica conforme a ley.
Cañete, 26 de Setiembre de 2012.
Victoria Lisbeth Mesías de la Cruz
Secretaria Judicial
Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Exp. N° 2012-658, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha el Sr. Juez Dr. Miguel Eduardo Morán Ruiz y Secretaria Judicial Victoria Lisbeth Mesías de la Cruz, doña LUCIA HIYAJANQUI MALDONADO solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue BENEDICTA HIYAJANQUI MALDONADO, fallecida en San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, el 23 de Agosto de 2012. Lo que se publica conforme a ley, para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia.
Cañete, 18 de Octubre de 2012.
Victoria Lisbeth Mesías De la Cruz
Secretaria Judicial
Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
AVISO DE SUCESIÓN INTESTADA
NOTARÍA INGA VÁSQUEZ
Ante mi despacho notarial, sito en Jr. Jorge Chávez N° 291 – Imperial – Cañete – Lima, doña CLARA BUENDIA DE YARANGA solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su padre, don DOMINGO FERMANDO BUENDIA LAZARO, fallecido el día SEIS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ, señalando bajo declaración jurada que tuvo como último domicilio en Cañete y siendo sus únicos herederos universales los siguientes: CLARA BUENDIA PARIONA, MARIA ELENA BUENDIA PARIONA, DOMITILA BUENDIA PARIONA, PEDRO DAMIANO BUENDIA PARIONA, ATILIO ALBERTO BUENDIA PARIONA – HIJOS DEL CAUSANTE respectivamente. Se publica para fines y efectos de ley. Imperial, Cañete, 26 de Octubre del dos mil doce.
Dr. Javier Alberto Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado don Sixto Alejandro Chumpitaz Campos, identificado con DNI N° 15387486, con Exp. N° 9422-12 de fecha 18-10-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su ACTA DE NACIMIENTO, inscrito en el libro N° 035, folio N° 129, del año 1948, por haberse omitido consignar el apellido materno de la madre «CUYA» debiendo ser el nombre correcto de la madre: Alejandrina Campos Cuya.
De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 22 de Octubre de 2012.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado don Jorge Salomón Chumpitaz Campos, identificado con DNI N° 10188621, con Exp. N° 9271-12 de fecha 15-10-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su ACTA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro N° 027, folio N° 039 del año 1937, por haberse consignado con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y haberse omitido el apellido materno del titular «Campos» debiendo ser el nombre correcto del titular: Jorge Salomón Chumpitaz Campos, y del padre se consignó con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y se omitió el apellido materno, debiendo ser el nombre correcto del padre: Felipe Chumpitaz Chumpitaz, de igual manera se omitió consignar el apellido materno de la madre «CUYA» debiendo ser el nombre correcto de la madre: Alejandrina Campos Cuya. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada. Mala, 20 de Octubre de 2012.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña Luisa Chumpitaz Campos, identificada con DNI N° 06168523, con Exp. N° 9286-12 de fecha 15-10-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su ACTA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro N° 028, folio N° 313 del año 1940, por haberse consignado con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y haberse omitido el apellido materno de la titular «Campos» debiendo ser el nombre correcto de la titular: Luisa Chumpitaz Campos, y del padre se consignó con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y se omitió el apellido materno, debiendo ser el nombre correcto del padre: Felipe Chumpitaz Chumpitaz, de igual manera se omitió consignar el apellido materno de la madre «CUYA», debiendo ser el nombre correcto de la madre: Alejandrina Campos Cuya. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 20 de Octubre de 2012.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña Sixta Chumpitaz Campos, identificada con DNI N° 25695903, con Exp. N° 9287-12 de fecha 15-10-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su ACTA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro N° 030, folio N° 095 del año 1942, por haberse consignado con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y haberse omitido el apellido materno de la titular «Campos», debiendo ser el nombre correcto de la titular: Sixta Chumpitaz Campos, y del padre se consignó con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y se omitió el apellido materno, debiendo ser el nombre correcto del padre: Felipe Chumpitaz Chumpitaz, de igual manera se omitió consignar el apellido materno de la madre «CUYA», debiendo ser el nombre correcto de la madre: Alejandrina Campos Cuya. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 20 de Octubre de 2012.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LUNAHUANA; Juez: Dr. Chávez; Comunica:
EXP.- 2012-0023; Se notifica al imputado JOHNNY JAMES OYANGUREN AHUANARI, con la Res. 08 (25.10.2012), la cual CITA AUDIENCIA PRELIMINAR de control de Acusación Directa. Día: 13.11.12. Horas: 03.00 p.m. Lugar: Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Lunahuaná, sito en Jr. Grau N° 265 Distrito de Lunahuaná - Cañete. Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: Menor Nelson Domingo Oyanguren Candela. Especialista: Rodríguez.
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MALA; Juez: Dra. Castillo; Comunica:
EXP.- 2009-298; Cita, llama y emplaza al encausado EUFRASIO VARGAS ANTEZANA, para que concurran a la diligencia de Lectura de Sentencia. Día 13.11.12. Hora: 2:30 p.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional en caso de inconcurrencia. Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: JHON BILLY VARGAS CASTRO. Secretario: Caceda.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MALA; Juez: Dra. Huamani; Dispone notificar lo siguiente:
EXP.- 2011-0111-02-JIP-MALA; Con el acta de registro de audiencia de control de sobreseimiento, Res. 07 (21.09.12). RESUELVE: PRIMERO: Declarar FUNDADO el Requerimiento de SOBRESEIMIENTO TOTAL de la causa con relación a la investigación preparatoria seguida contra RENZO AIRTON SALAZAR LAURENTE por el delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD- HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA. Agraviado: Carlos Flores Napan y por LESIONES LEVES. Agraviado: Alberto Ramón Castellano Solano, tipificado y sancionado en el Art. 106 concordante con los Arts. 16 y 22 del Código Penal respectivamente. SEGUNDO: DECLARO EL ARCHIVAMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. TERCERO: DISPONGO se anule antecedentes penales, policiales y/o judiciales que se hubieran registrado en el presente proceso. CUARTO: LEVANTENSE las medidas de coerción procesal de carácter personal o real que hubieren dictado contra el imputado o sus bienes. QUINTO: Se notifica al agraviado Alberto Ramón Castellano Solano domiciliado en Prolg. Santo Domingo 669 – Chincha Alta-Chincha-Ica para que dentro del plazo de cinco días, luego de la ultima publicación por edicto presente recurso de apelación si así lo cree pertinente. Asistente: Carbajal.
30, 31 de Octubre y 01 de Noviembre
EDICTOS (1 DIA)
JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LUNAHUANA; Juez: Dr. Chávez ; Comunica:
EXP.- 2012-0020; Cita y emplaza a AURORA SABINA RUGEL VILLARREAL y VICTORIA HAYDEE VILLAREAL SANCHEZ, se apersonen a la audiencia de JUICIO ORAL. Día: 14.11.12. Hora: 11:00 a.m. Delito: Faltas contra la Persona-Lesiones. Agraviada: María Elena Quispe Hidalgo. Disponiéndose su conducción Compulsiva por la Fuerza Publica. Secretaria: Sánchez.
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA; Juez: Dra. Castillo; Comunica:
EXP.- 2012-72-01; Se notifica a JORGE ANTONIO RÍOS ANCCARI la Res. 02. Resuelve: REPROGRAMAR la audiencia de JUICIO ORAL. Día: 14.11.12. Hora: 09:00 a.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Ausent
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA
En el Expediente Nº 4744-2011 en los seguidos por PEDRO ROGER CACERES BARRIONUEVO, en representación de CARLOS ENRIQUE CACERES BARRIONUEVO, contra KARIN RUTH DAÑINO GAERTIG, KARIN ANIKA PORTUGAL DAÑINO y CESAR JAVIER JESUS PORTUGAL SIGNORI, con intervención del acreedor no ejecutante ALEJANDRO JOSÉ SALAS DE LA VEGA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, el Séptimo Juzgado Civil de Subespecialidad Comercial de Lima a cargo del señor Juez Dr. Juan Gustavo Varillas Solano, Especialista Legal Oscar Fernando Martínez Tejada ha autorizado al Martillero Público Gianni Gasttone Chávez Enciso con Registro Nº 293 para llevar a cabo la diligencia de REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien:
1.- INMUEBLE: Ubicado en Calle Los Agaves Vivienda Nº 26, en el distrito de Asia (referencia condominio Las Brisas, a espaldas del Boulevard de Asia y del Kartódromo Racing Dakart), provincia de Cañete y Departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 550,000.00 (Quinientos Cincuenta mil y 00/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$ 366,666.67 (Trescientos Sesenta y Seis mil Seiscientos Sesenta y Seis y 67/100 (Dólares Americanos), que son las dos terceras partes del valor de la tasación.
AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: Constituida a favor de Alejandro José Salas De la Vega hasta por la suma de US$ 90,000.00 (Noventa mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00005 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 2) HIPOTECA: A favor de Carlos Enrique Cáceres Barrionuevo hasta pro la suma de US$ 140,000.00 (Ciento Cuarenta mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00006 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 3) HIPOTECA: A favor de AFS GROUP S.A.C., hasta por la suma de US$ 150,000.00 (Ciento Cincuenta mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00007 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 4) MODIFICACIÓN DE LA HIPOTECA: Se modifica la hipoteca inscrita en el asiento D00007 de la presente partida en el sentido que las partes han modificado la cláusula Octava de la Escritura Pública primigenia, siendo el tenor: «El plazo de la hipoteca es de seis meses computado desde el momento en que se verifique el primer desembolso de dinero a que se hace referencia en el segundo párrafo del término tercero del presente documento y se mantendrán vigente y será perfectamente ejecutable, en tanto y cuanto no se encuentren totalmente canceladas las obligaciones garantizadas, siempre que el adeudo se remita en su origen, al plazo antes referido», inscrita la modificación de la hipoteca en el asiento D00008 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: Día 13 de Noviembre del 2012 a horas 2:30 p.m. (Dos y treinta del a tarde).
LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remate Nº 01, Piso 01 del local de los Juzgados Civiles de Lima, ubicado en la intersección de la Av. Abancay, Av. Nicolás de Piérola (Ex – Edificio del Ministerio de Educación) – Cercado de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en Cheque de Gerencia a su nombre o en efectivo adjuntando DNI en original y copia, tasa judicial por participar en remate en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, copia y original firmados. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de Conformidad con el Artículo 732º del Código Procesal Civil y Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS, están afectos al IGV y se cancelarán culminado el Acto de Remate. GIANNI GASTTONE CHÁVEZ ENCISO, Martillero Público con Registro Nº 293; Especialista Legal Oscar Fernando Martínez Tejada, Séptimo Juzgado Comercial de Lima.
Gianni Gasttone Chávez Enciso
Martillero Público - Registro Nº 293
Oscar Fernando Martínez Tejada - Secretario Judicial
7mo. Juzgado Civil Subespecialidad Comercial
Corte Superior de Justicia de Lima
Publicar: Del 25 de Octubre al 02 de Noviembre de 2012.
SUCESIÓN INTESTADA
Exp. N° 00576-2012-CI, Ante el 2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha el Señor Juez Dr. Juan Siguas Fuentes y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, don MANUEL ANTONIO PINEDA BUENO, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera JOSE JUAN ARDILES MORENO, fallecido el 07 de Junio de 1955 en la ciudad de Lima. Lo que se publica para que se apersonen los que se crean con derecho a que se le incluya como heredero.
Cañete, 25 de Octubre de 2012.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial
2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete
EDICTO
Exp. Nº 69-2007-JMY, el Juez del Juzgado Mixto de Yauyos, ordena se publique un extracto de la Res. Nº 45, que tiene el siguiente texto: Notifíquese vía Edicto en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario Oficial de Avisos Judiciales de Cañete «Al Día Con Matices» al demandado Teodoro Trujillo Oré, para que se apersone al proceso o en su caso sus sucesores dentro del término de sesenta días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal en caso de no apersonarse. Debiendo la demandante facilitar la publicación de los respectivos edictos y cumplir con las formalidades señaladas en el artículo 165 del Código Procesal Civil.
Yauyos, 28 de Setiembre de 2012.
José Víctor Castro Correa
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Yauyos
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 29, 30 y 31 de Octubre de 2012.
DIRIMENCIA
SALA CIVIL - Sede Central
EXPEDIENTE: 00745-2002-0-0801-JR-CI-01
MATERIA: PRESCRIPCION ADQUISITIVA
RELATOR: CARMEN NELLY RANGEL PURILLA
CURAD. PROCESAL: GUTIERREZ QUISPE GREGORIO CURADOR PROCESAL DE LA SUCES
DEMANDANTE: CORDOVA BACA, CARMEN ROSA
RESOLUCION NUMERO OCHO.- Cañete, veintidós de octubre del dos mil doce. AUTOS Y VISTOS; Y, CONSIDERANDO:
Primero.- Que, en la votación de la presente causa el señor Juez Superior Ángel Polanco Tintaya (Ponente), emite su VOTO para que se APRUEBE la sentencia, materia de consulta; contenida en la resolución numero setenta y dos, de fojas cuatrocientos noventa y cinco a quinientos cincuenta y dos, de fecha dieciocho de junio del año dos mil doce, que Falla: Declarando, FUNDADA en parte la demanda de fojas treinta a treinta y cuatro subsanada a fojas cuarenta a cuarenta y cinco, en consecuencia DECLARA a CARMEN ROSA CÓRDOVA BACA, propietaria por Usucapión del Inmueble ubicado en el avenida Lima número un mil doscientos diez; identificado también como Manzana: Noventa. Lote: cincuenta y cuatro, del Distrito de Chilca Provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de cuatrocientos ochenta metros cuadrados con las siguientes medidas perimétricas y colindancias: Por el frente, con doce metros lineales colindante con la carretera a Lima (antigua) ahora Avenida Lima; por el Lado derecho entrando, con cuarenta metros lineales colindante propiedad de Felicito Cuya; por el lado Izquierdo entrando, con cuarenta metros lineales colindante con la propiedad de Dorila Fajardo Viuda de Vivanco; por el fondo con doce metros lineales colindante con la Calle Piérola. Con lo demás que contiene.—
Segundo.- Que, los señores Jueces Superiores doctores Federico Quispe Mejía y Isaías Ascencio Ortiz, emiten voto en discordia para que se DESAPRUEBE la sentencia, materia de consulta; contenida en la resolución numero setenta y dos, de fojas cuatrocientos noventa y cinco a quinientos cincuenta y dos, de fecha dieciocho de junio del año dos mil doce; en consecuencia NULA dicha resolución y todo lo actuado desde fojas cuarentiuno inclusive la que contiene la resolución número dos de autoadmisorio de la demanda; DISPUSIERON que el A quo subsane y califique nuevamente la demanda teniendo presente los considerandos expuestos en la presente resolución.—
Tercero.- Que, llamado al señor Juez superior doctor Cirilo Enor Suárez Mirabal, para que dirima la discordia descrita precedentemente, el citado magistrado se adhiere al VOTO del señor Juez superior doctor Ángel Polanco Tintaya.—————————————————————
Cuarto.- Que, al no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, por haberse producido discordia, y al tratarse la resolución que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del Texto legal acotado.————————————
Quinto.- Que, el citado artículo 144° señala que si resulta discordia, se publica y notifica el punto que lo motiva, bajo sanción de nulidad. En la misma resolución se llama al Vocal dirimente expedito y se señala día y hora para la vista de la causa por él.—————————————
Por las consideraciones expuestas: LLAMARON a la señorita Juez Superior doctora JUDITH MARCELO CIRIACO, para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha de VISTA DE LA CAUSA para dicha dirimencia el día DOCE DE NOVIEMBRE del año en curso, a horas NUEVE de la mañana. DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de la Provincia “Al Día con Matices” por el término de UN DIA. Interviene. Notificándose.
J.S.
POLANCO TINTAYA
QUISPE MEJIA
SUAREZ MIRABAL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. N° 10709-2012, doña Maria Alejandrina Gonzales Joya, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el acta 227, libro 174, año 1968, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre de la titular ANTONIO GONZÁLES PELÁEZ, siendo lo correcto ANTONIO GONZALES PELÁEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 29 de Octubre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub Gerente de Registro de Estado Civil
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
En el Expediente 2012-409 que se tramita ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete, a cargo de la Sra. Juez Dra. Estela Solano Alejos, Secretaria Judicial Victoria Lisbeth Mesías De la Cruz, se ha ordenado se publique la RESOLUCIÓN UNO de fecha 22-09-2012 SE RESUELVE: 1°) ADMITIR la presente solicitud promovida por ELENA JESUS IGLESIAS DE GAMARRA, sobre RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, en la cual se ha consignado en el rubro de datos de su progenitora como «Eustiquia Velásquez Ochevarria», debiendo ser lo correcto EUSTIQUIA ROMUALDA VELASQUEZ ECHEVARRIA. Lo que se publica conforme a ley.
Cañete, 26 de Setiembre de 2012.
Victoria Lisbeth Mesías de la Cruz
Secretaria Judicial
Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Exp. N° 2012-658, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha el Sr. Juez Dr. Miguel Eduardo Morán Ruiz y Secretaria Judicial Victoria Lisbeth Mesías de la Cruz, doña LUCIA HIYAJANQUI MALDONADO solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue BENEDICTA HIYAJANQUI MALDONADO, fallecida en San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, el 23 de Agosto de 2012. Lo que se publica conforme a ley, para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia.
Cañete, 18 de Octubre de 2012.
Victoria Lisbeth Mesías De la Cruz
Secretaria Judicial
Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
AVISO DE SUCESIÓN INTESTADA
NOTARÍA INGA VÁSQUEZ
Ante mi despacho notarial, sito en Jr. Jorge Chávez N° 291 – Imperial – Cañete – Lima, doña CLARA BUENDIA DE YARANGA solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su padre, don DOMINGO FERMANDO BUENDIA LAZARO, fallecido el día SEIS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ, señalando bajo declaración jurada que tuvo como último domicilio en Cañete y siendo sus únicos herederos universales los siguientes: CLARA BUENDIA PARIONA, MARIA ELENA BUENDIA PARIONA, DOMITILA BUENDIA PARIONA, PEDRO DAMIANO BUENDIA PARIONA, ATILIO ALBERTO BUENDIA PARIONA – HIJOS DEL CAUSANTE respectivamente. Se publica para fines y efectos de ley. Imperial, Cañete, 26 de Octubre del dos mil doce.
Dr. Javier Alberto Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado don Sixto Alejandro Chumpitaz Campos, identificado con DNI N° 15387486, con Exp. N° 9422-12 de fecha 18-10-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su ACTA DE NACIMIENTO, inscrito en el libro N° 035, folio N° 129, del año 1948, por haberse omitido consignar el apellido materno de la madre «CUYA» debiendo ser el nombre correcto de la madre: Alejandrina Campos Cuya.
De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 22 de Octubre de 2012.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado don Jorge Salomón Chumpitaz Campos, identificado con DNI N° 10188621, con Exp. N° 9271-12 de fecha 15-10-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su ACTA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro N° 027, folio N° 039 del año 1937, por haberse consignado con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y haberse omitido el apellido materno del titular «Campos» debiendo ser el nombre correcto del titular: Jorge Salomón Chumpitaz Campos, y del padre se consignó con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y se omitió el apellido materno, debiendo ser el nombre correcto del padre: Felipe Chumpitaz Chumpitaz, de igual manera se omitió consignar el apellido materno de la madre «CUYA» debiendo ser el nombre correcto de la madre: Alejandrina Campos Cuya. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada. Mala, 20 de Octubre de 2012.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña Luisa Chumpitaz Campos, identificada con DNI N° 06168523, con Exp. N° 9286-12 de fecha 15-10-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su ACTA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro N° 028, folio N° 313 del año 1940, por haberse consignado con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y haberse omitido el apellido materno de la titular «Campos» debiendo ser el nombre correcto de la titular: Luisa Chumpitaz Campos, y del padre se consignó con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y se omitió el apellido materno, debiendo ser el nombre correcto del padre: Felipe Chumpitaz Chumpitaz, de igual manera se omitió consignar el apellido materno de la madre «CUYA», debiendo ser el nombre correcto de la madre: Alejandrina Campos Cuya. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 20 de Octubre de 2012.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña Sixta Chumpitaz Campos, identificada con DNI N° 25695903, con Exp. N° 9287-12 de fecha 15-10-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su ACTA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro N° 030, folio N° 095 del año 1942, por haberse consignado con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y haberse omitido el apellido materno de la titular «Campos», debiendo ser el nombre correcto de la titular: Sixta Chumpitaz Campos, y del padre se consignó con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y se omitió el apellido materno, debiendo ser el nombre correcto del padre: Felipe Chumpitaz Chumpitaz, de igual manera se omitió consignar el apellido materno de la madre «CUYA», debiendo ser el nombre correcto de la madre: Alejandrina Campos Cuya. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 20 de Octubre de 2012.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
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