11 julio 2008

EN MPC PRORROGAN PLAZO DE BENEFICIO TRIBUTARIO...

Mediante Decreto de Alcaldía Nº 08-2008-AL del pasado 26 de junio del año en curso, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete, dispuso la prórroga hasta el 10 de agosto del 2008, en vía de regularización, el Régimen Temporal de Beneficios de Regularización de Deudas Tributarias y no Tributarias en la jurisdicción de San Vicente, dispuesto por la Ordenanza Nº 009-2008-MPC.
Esta medida, se dicta teniendo en cuenta que la actual gestión municipal, reconoce que muchos contribuyentes no han podido acogerse a los beneficios otorgados con anterioridad, por lo cual corresponde brindar a los contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones, sean de naturaleza tributaria y no tributaria, máxime si la situación económica de los vecinos de San Vicente de Cañete, se vio seriamente afectada a consecuencia del sismo del 15 de agosto de 2007, encontrándose abocados en los procesos de reconstrucción y/o rehabilitación de sus viviendas, así como en el saneamiento físico-legal de sus predios.
PERU LNG

Lima, 03 de Julio de 2008.
PERU LNG informa a la población en general que como parte de las actividades requeridas para la construcción de la Planta de Licuefacción ubicada a la altura del kilómetro 170 de la carretera Panamericana Sur, la empresa contratista Stiglich Transportes S.A. transportará, desde el día sábado 05 de julio hasta el día lunes 14 de julio del presente año, equipos sobre dimensionados por la carretera Panamericana Sur desde el Puerto de San Martín en Paracas hasta local de la planta. El Transporte se realizará en horas de la noche para evitar molestias al normal desarrollo de las actividades de su población.
Para ello se han tomado las previsiones de seguridad necesaria y se ha coordinado con las autoridades correspondientes cumpliendo con todos los requerimientos normativos.
Para mayor información favor acercarse a las siguientes oficinas informativas:
Chincha: Calle Pedro Moreno 114, Chincha Alta.
Cañete: Calle Jirón Grau 329, San Vicente de Cañete
PERU LNG agradece su comprensión.
PERU LNG es un proyecto de infraestructura que posicionará al Perú como líder en la industria de gas natural licuado en Sudamérica. Los beneficios generados por PERU LNG serán un gran estímulo de desarrollo y crecimiento para nuestro país.
Atrás, Atrás, Atrás... gobierno incapaz... gritaban gremios sindicales...
"BAUTIZARON" A CGTP - CAÑETE CON BOMBAS LACRIMOGENAS Y VARZOS EN EXITOSO PARO CIVICO...

SAN VICENTE (cl).- ¡Sin duda, fue un día histórico! Los gremios sindicales y organizaciones sociales, salieron a las calles a protestar contra la política neoliberal del régimen aprista, por vez primera, bajo la bandera de la Confederación General de Trabajadores del Perú, CGTP.
Cuando todos pensaban que el paro de 24 horas, convocado por la central de la CGTP, no se iba a sentir en Cañete, sorpresivamente aparecieron trabajadores de Construcción Civil. "Atrás, atrás, atrás… gobierno incapaz", "CGTP, siempre de pie, nunca de rodillas", eran las arengas que lanzaban los trabajadores durante su manifestación.
Las primeras escaramuzas se produjeron en la tercera cuadra de la calle O´Higgins entre trabajadores y efectivos policiales, en vista que los primeros trataron de ganar la Panamericana Sur.
Los efectivos policiales, llegados de Lima, sin medir las consecuencias, comenzaron a lanzar bombas lacrimógenas, causando zozobra y caos en la población. Los trabajadores se dispersaron. Pero, pasado el impase nuevamente se agruparon y comenzaron a lanzar arengas con más fuerza, arengas contra el gobierno actual.
Posteriormente, a pesar que no tenían la autorización de la Gobernación de San Vicente, los manifestantes lograron burlar a la policía y tomaron la plaza de armas de San Vicente.
Ahí, el secretario general de la CGTP, Favio Carbonero, fustigó al régimen de Alan García y pidió el cambio de rumbo de la política económica "orientando y beneficiando a la clase trabajadora".
Hicieron los propio los dirigentes gremiales, José Sánchez (SUTE), Humberto Vidal (Sitramun), Fausta Suárez (Hospital Rezola), Juan Rojas (Agro) entre otros manifestantes.
Pero, lo más anecdótico fue la presencia de Alejandro Vicente Vicente, popular "cien por ciento cañetano", quien fustigó duramente a los alcaldes de Imperial (Richard Yactayo) y Cañete (Javier Alvarado), de quienes señaló que las gestiones no son transparentes. "El pueblo pide balance y cuentas claras", gritó a través de su propio megáfono.
El colega Luís Alberto Tasayco Carbonero, hacía todos los esfuerzos para ganar la primicia y transmitir en vivo todas las incidencias a través del programa de "Collage Noticias" que dirige Carmen Chumpitaz en Radio A -1. Luego los trabajadores procedieron el recorrido por las arterias de San Vicente tratando de tomar en todo momento la Panamericana Sur, pero el cerco policial y la utilización de las bombas lacrimógenas impedían su acceso.
No sabemos cuál ha sido la estrategia sindical, pero sorpresivamente un grupo de manifestantes lograron burlar el cerco policial y aparecieron por el sector de San Luís. Ahí, bloquearon la Panamericana Sur. Los vehículos de carga pesada fueron obligados a parar y cuadrarse en sentido horizontal para bloquear así la vía principal por más de tres horas.
Cuando llegaron los efectivos policiales y trataron de mover los vehículos, se dieron con la sorpresa que las llantas estaban desinfladas y era imposible moverlas.
La Policía logró dispersar a los manifestantes, pero hicieron malabares para desbloquear la pista, abriendo una pequeña vía de acceso para el normal desenvolvimiento de los vehículos.
Los efectivos policiales y los manifestantes se miraban fijamente a un lado de la Panamericana Sur, altura de la ex hacienda Arona. Los relojes marcaban más de la una y procedieron a retirarse de a poco.
Fue una jornada histórica y a la vez temeraria. Los comerciantes prefirieron cerrar sus puertas por el temor a los "infiltrados" que no faltan en estas jornadas de protesta.
Se comentó de algunos heridos y detenidos, noticia que debe ser confirmada por los dirigentes sindicales de la flamante CGTP que se bautizó con "palos y bombas lacrimógenas".
EMAPA CAÑETE FIRMO CONVENIO CON EMPRESA "ULLOA" PARA GUARDAR RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSO EN LAGUNA DE OXIDACION DE CHILCA...

SAN VICENTE.- El burgomaestre de la Municipalidad Distrital de Chilca, Pablo Nalda Quiroz, reiteró su acusación contra los directivos de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, EMAPA – Cañete SA, por firmar un convenio con la empresa "Ulloa" para transportar y arrojar los residuos tóxicos a la laguna de oxidación de su jurisdicción.
Nalda hizo esta grave acusación ante el pleno de la Junta de Accionistas de EMAPA – Cañete, durante la reunión llevado a cabo ayer en el salón de sesiones de la Municipalidad Provincial de Cañete.
Pablo Nalda, responsabilizó directamente a la ahora ex gerente de EMAPA – Cañete, María del Carmen Quevedo Cayña y a los miembros del Directorio de esta empresa por firmar y permitir respectivamente la comisión de un delito de "lesa humanidad".
"Hace siete meses se firmó el contrato de prestación de servicios y disposición sanitaria de residuos sólidos entre EMAPA y la empresa Ulloa, entidad que se dedica a transportar residuos sólidos peligrosos y no peligrosos", manifestó.
Pablo Nalda, dijo que se percató del hecho cuando dos vecinos le alertaron que estaban vaciando residuos tóxicos en la laguna de oxidación, en horas de madrugada. "Yo pensé que EMAPA – Cañete, nos enviaba los residuos sólidos para mejorar nuestra laguna de oxidación. Pero, resulta que un olor intenso de ácido, hizo que me despertaran a las tres de la madrugada y con la Policía comprobamos el hecho", manifestó.
Pablo Nalda, mostrando el documento policial al pleno de la Junta de Accionistas de EMAPA – Cañete, dijo que los encargados de la empresa le dijo que arrojaban a la laguna de oxidación de Chilca residuos sólidos peligrosos.
Manifestó que en su momento conversó con la Gerente de EMAPA – Cañete, María Del Carmen Quevedo Cayña, y le respondió que los residuos sólidos no eran peligrosos.
"Si no son peligrosos, ¿Por qué no lo ponen en cualquier otro lugar?, Pero, ¿Por qué allí?, ¿Por qué a las tres de la madrugada?, ¿por qué no avisan?. ¿Cuántos tanques se han vaciado, ahí?", se preguntó.
En tono irónico dijo que en Chilca es el único lugar en el país donde se pueden guardar los residuos sólidos peligrosos, sin contar con el permiso o la autorización gubernamental.
Aclaró que su presencia, no era con el ánimo de perjudicar a la gerente o los directivos de EMAPA – Cañete, sino actuar con la verdad; y prueba de ello ni siquiera hará la denuncia ante las instancias judiciales.
"Sólo queremos que la empresa Ulloa se retire de Chilca y nada más", expresó Nalda Quiroz, quien recibió la solidaridad del pleno de los alcaldes accionistas.
DESMIENTE COMUNICADO…
Por otro lado, refiriéndose al comunicado que emitió EMAPA – Cañete, expresó que los miembros del directorio y la gerenta no tienen conocimiento en lo absoluto de los hechos que se suscitan en Chilca.
"No, nos ayudan en lo absoluto, en nada. No tienen una miserable idea de lo que se trata, no saben nada. No tienen idea de nada", dijo Nalda al ser abordado por los hombres de prensa.
Puso como ejemplo el caso del proyecto integral de instalación del sistema de agua potable y alcantarillado en los asentamientos humanos de 15 de Enero y Olf Palme con el apoyo del Ministerio de Vivienda y Construcción y Saneamiento por un monto de 12 millones de soles.
"EMAPA dicen 12 y luego nueve. Pero, la verdad es 15 millones y medio. Todo el proyecto está en el Ministerio de Vivienda hace dos años y medio", manifestó Nalda Quiroz.
El alcalde chilcano precisó que los directivos de EMAPA – Cañete, ni siquiera tienen conocimiento del proyecto que está en el Ministerio de Vivienda y que dicho sea de paso hace unos días salió la licitación de la obra.
Pobladores respaldan al Ing. Raúl Ramos Buzaglo
VECINOS SEÑALAN QUE HARAN DE HUALCARA LA "CIUDAD MODELO" DE LA ZONA DE EMERGENCIA...

SAN VICENTE.- Vecinos del Centro Poblado Menor de Hualcará, a través de un memorial, dieron su más amplio respaldo al Ing. Raúl Ramos Buzaglo, por el proyecto de vivienda que desarrollará en esta zona.
El documento desmiente también todo tipo de comentarios negativos que pudiera existir en la zona, aduciendo que se trata de un minúsculo grupo humano que tiene "rencillas" de carácter personal.
"En primer lugar, la familia Ramos nos va construir nuestra vivienda con el apoyo del Estado y una ONG. Los hualcarinos no vamos a gastar ni un sol", expresan los vecinos.
Aclaran también que todo esto es un compromiso del gobierno de Alan García, quien durante su visita a Hualcará, renovó su compromiso de hacer realidad que Hualcará, sea la Ciudad Piloto de la zona de Emergencia del sur chico.
"Estamos seguros que lo cumplirán. Todo lo hará en coordinación con la familia Ramos que está representado por el Ing. Raúl, quien es una bellísima persona", expresan los hualcarinos.
APRUEBAN EJECUCION DE CONSTRUCCION DE SEGUNDA ETAPA DE VEREDAS EN EL PARQUE SINDICATO DE CHOFERES...

El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete Javier Jesús Alvarado Gonzáles del Valle, mediante Resolución de Alcaldía Nº 263-2008-AL-MPC del 26 de junio del año en curso, aprobó el Expediente Técnico de la Obra " Construcción de Veredas en el Parque Sindicato de Choferes II Etapa-San Vicente-Cañete", con un presupuesto total ascendente a S/.70,000.00 nuevos soles.
Dicha obra deberá ejecutarse en un plazo de 30 días calendarios, bajo la modalidad de Obra por Administración Directa, con fuente de financiamiento del rubro: Recursos Determinados-Regalías Mineras.
Mediante la misma norma municipal, se encarga al Comité Especial Permanente de Adjudicación Directa y Menor Cuantía realizar el Proceso de Selección que corresponda para los efectos de la ejecución de la citada obra, con las formalidades de que señala la ley.
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley Nº 25844, Artículo 87, informamos de una interrupción eléctrica en el servicio elèctrico.
LUGAR: San Vicente (Panamericana Sur Km. 151.8 Altura CPM Arena Alta)
ZONAS AFECTADAS: CP La Pampilla, CP San Pedro, CP Cuiva, CP Pampa Castilla, Pío Pampa Azul, Anexo Clarita, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo, Zaire, San Juan, CP Espíritu Sto. de Palo, pertenecientes al distrito de San Vicente de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 3010
DIA: Jueves 10 de Julio de 2008.
HORA DE INICIO: 02:58 hrs. Jueves 10 de Julio de 2008.
HORA FINAL: 08:52 hrs. Jueves 10 de Julio de 2008.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T. ocasionada por Hurto de Conductor, lo que originó la actuación de nuestros dispostivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDE CAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.
EDE CAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
JUDICIALES

EDICTOS
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2006-0164, a MARIO DAVID FUENTES GUERRA, JUAN FELIPE LOLI DEL RIO Y OFELIA LUYO SUAREZ; declarado REO CONTUMAZ, para LECTURA DE SENTENCIA, Día: 18/07/2008, a horas: 11:30 AM., bajo apercibimiento de ordenarse su ubicación y captura, Delito: ASOCIACION ILICITA PARA DILINQUIR Y OTROS; agraviado: CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE CHINCHA. Cañete 01/07/2008.
Secretario: Castillo
10, 11 y 12 de Julio

EDICTOS
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2007-0838, a TOMAS EDWINNG SOTO RAMOS, Delito: VIOLACION SEXUAL EN INCAPACIDAD DE RESISTENCIA; agraviado: M.A.F.N. Cañete, 04/07/2008.
Secretario: Vivas
10, 11 y 12 de Julio

EDICTOS
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2008-0009, a WILLIAM MIRARDO VEDIA GUILLEN, Delito: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR; agraviado: menor hija JACKELINE LOREANA VEDIA RENOJO. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2007-0566, a JESUS ANTONIO HUARACA LEVANO, Delito: ROBO AGRAVADO; agraviado: de la menor de iniciales D.L.F.R. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2004-0983, a EDUARDO ALEXANDER RAMIREZ RESURRECCION, Delito: CONTRA LOS DERECHOS DE AUTOR; agraviado: APDAYC. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2006-0857, a JOAO ALBERTO ORE BIONDI, JOHNNTANN RINO ORE BIONDI Y ROBERTO ANGEL CUBILLAS QUIROZ, Delito: ROBO AGRAVADO; agraviado: DANIEL CARBAJAL VIRRUETA. Cañete, 27/06/2008.
Secretario: Ferrer
10, 11 y 12 de Julio

JUZGADO MIXTO DE CAÑETE
Expediente Nº 2006-00226 por ante el Juzgado Mixto de Cañete, se ha dictado la siguiente resolución: RESOLUCION NUMERO DOS.- Cañete, 25 de Octubre del año 2006 (…) ADMITIR la demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesto por ADOLFO JORGE MODESTO TUMAY y JULIA FELICITA AVALOS DE MODESTO, contra el MINISTERIO DE AGRICULTURA debiendo tramitarse en la VIA DEL PROCESO ABREVIADO (…) TRASLADO de la demanda al MINISTERIO DE AGRICULTURA por el término de DIEZ DIAS a fin de que la absuelva, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. María de los Milagros Luyo Sánchez, Juez; Fdo. Miguel Eduardo Morán Ruíz, Secretario Judicial. Cañete, 27 de Mayo del 2008.
Miguel Eduardo Morán Ruíz
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Cañete
01, 07 y 11 de Julio

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 2004-00447-0-0801-JR-CI-1 seguido por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. (antes Caja Rural de Ahorro y Crédito Cañete S.A.A.) contra HERMEN GREGORIO GOMEZ VILLAR Y ELSA CASTILLO ESPINOZA DE GOMEZ sobre ejecución de garantías reales, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzales Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Av. Ramos Nº 447 (antes Nº 487) Distrito de Imperial, Provincia de Cañete y Departamento de Lima; cuyo dominio, área y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
TASACIÓN: US$. 36,212.92 (treinta y seis mil doscientos doce con 92/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 24,141.94 (veinticuatro mil ciento cuarenta y uno con 94/ 100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: 1) Primera y Preferencial Hipoteca a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CAÑETE hasta por la suma de US $ 20,000.00 (veinte mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008 a horas 11:00 a.m. (once de la mañana).
LUGAR DE REMATE: En el local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando a la tasa judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de expediente y número de DNI en original y copia, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005- JUS y están afectos al IGV Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti
Martillero Público - Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 11 al 17 de Julio.

EDICTO
Exp. Nº 041-2008, ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el Doctor Daniel Alexander Soto Borjas, Secretario Dr. Ernesto Hurtado Villavicencio, don PEDRO GUILLERMO LURITA PACHAS solicita la SUCESION INTESTADA de quien en vida fuera su madre doña CEFERINA PACHAS DE RAMOS fallecido el 01-04-2007 en el distrito de Jesús María – departamento de Lima. Se comunica para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia. Imperial, 26 de Febrero del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete: GUMERCINDA MARGARITA ARATA AYLLON, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Provincial de Cañete, aparece erróneamente su nombre como: GUMERCINDA MARGARITA ARATA, debiendo ser correctamente como: GUMERCINDA MARGARITA ARATA AYLLON; asimismo se ha consignado el nombre de su padre, como: SANTIAGO ARATA; y el de su madre, como: ELIBERTA AYLLON, debiendo ser correctamente el de su padre: FELIPE SANTIAGO ARATA AYLLON; y el de su madre: EDILBERTA AYLLON YACTAYO. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 30 de Junio del 2008.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado - Notario de Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete ALBERTO SANTIAGO ARATA AYLLON, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Provincial de Cañete, aparece erróneamente el nombre de su madre como: EDILBERTA AYLLON, debiendo ser correctamente: EDILBERTA AYLLON YACTAYO. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley. Cañete, 30 de Junio del 2008.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete: MAXIMINA AGUSTINA ARATA AYLLON, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de Lunahuaná – Cañete, aparece erróneamente su nombre en el margen izquierdo como AGUSTINA ARATA, y en el centro como: MAXIMINA AGUSTINA ARATA; debiendo ser correctamente en ambos extremos como: MAXIMINA AGUSTINA ARATA AYLLON; asimismo se ha consignado en el centro de la Partida el nombre de su padre como: FELIPE SANTIAGO ARATA; y el de su madre, como: ERIBERTA AYLLON, debiendo ser correctamente el de su padre: FELIPE SANTIAGO ARATA AYLLON; y el de su madre: EDILBERTA AYLLON YACTAYO. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 30 de Junio del 2008.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete: JULIANA ASENCION ARATA VDA. DE YAYA, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de Lunahuaná – Cañete, aparece erróneamente su nombre como: JULIANA ASENCION ARATA debiendo ser correctamente: JULIANA ASENCION ARATA AYLLON; asimismo se ha consignado el nombre de su padre como: SANTIAGO ARATA y el de su madre como: HERIBERTA AYLLON, debiendo ser correctamente el de su padre FELIPE SANTIAGO ARATA AYLLON; y el de su madre: EDILBERTA AYLLON YACTAYO. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 30 de Junio del 2008.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete: JULIA ARATA AYLLON DE FERNANDEZ solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de Lunahuaná – Cañete, aparece erróneamente su nombre en el margen izquierdo y en el centro de la Partida, como: JULIA ARATA debiendo ser correctamente en ambos extremos como: JULIA ARATA AYLLON; asimismo se ha consignado en el centro de la Partida el nombre de su padre como: SANTIAGO ARATA; y el de su madre como: HERIBERTA AYLLON, debiendo ser correctamente el de su padre FELIPE SANTIAGO ARATA AYLLON y el de su madre: EDILBERTA AYLLON YACTAYO. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 30 de Junio del 2008.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete: FORTUNATO ARATA AYLLON, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de Lunahuaná – Cañete, aparece erróneamente su nombre en el margen izquierdo como: FORTUNATO ARATA, y en el centro como: FORTUNATO, debiendo ser correctamente en ambos extremos como FORTUNATO ARATA AYLLON; asimismo se ha consignado en el centro de la Partida el nombre de su padre como: SANTIAGO ARATA; y el de su madre como: EDIBERTA AYLLON debiendo ser correctamente el de su padre FELIPE SANTIAGO ARATA AYLLON; y el de su madre EDILBERTA AYLLON YACTAYO . Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 30 de Junio del 2008.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete FORTUNATO ARATA AYLLON, solicita RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE DEFUNCION de quien en vida fuera su madre doña: EDILBERTA AYLLON YACTAYO, inscrito en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, por cuanto aparece erróneamente el nombre de la misma como EDILBERTA AYLLON VIUDA DE ARATA debiendo ser correctamente: EDILBERTA AYLLON YACTAYO. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 30 de Junio del 2008.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 189-2003 seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra MAXIMO FAUSTO ALARCON ROMAN Y DEMETRIA DELIA LOPEZ DE ALARCON sobre ejecución de garantías, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Jirón Puno Nº 154 distrito de Mala, provincia de Cañete del departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral Nº 21003701 del Registro de Predios de Cañete de la Oficina Registral de Lima y Callao.
TASACIÓN: US$. 49,028.65 (cuarenta y nueve mil veintiocho con 65/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 32,685.76 (treinta y dos mil seiscientos ochenta y cinco con 76/100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: Hipoteca hasta por la suma de US$. 49,028.65 Dólares Americanos a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU inscrita en el asiento D00001 de la partida registral Nº 21003701 del Registro de Predios de Cañete de la Oficina Registral de Lima y Callao.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008, a las 09:00 a.m. (nueve de la mañana).
LUGAR DE REMATE: Local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o en efectivo adjuntando DNI en original con copia y tasa judicial en original con copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de Expediente y número de DNI, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal, Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete.
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti - Martillero Público - Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil Cañete
Publicar: Del 07 al 14 de Julio del 2008.

RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete EMILIANA ARATA AYLLON DE YBAÑEZ, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, aparece erróneamente el nombre de su padre como SANTIAGO ARATA QUIROZ, debiendo ser correctamente: FELIPE SANTIAGO ARATA QUIROZ. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley. Cañete, 30 de Junio del 2008.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete CESAR AUGUSTO CARBONEL ARATA, solicita RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de su difunta y querida madre doña: JUANA ARATA AYLLON, inscrito en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, aparece erróneamente el nombre de su abuelo como: SANTIAGO ARATA; y el de su abuela como: EDILBERTA AYLLON debiendo ser correctamente el de su abuelo como: FELIPE SANTIAGO ARATA AYLLON; y el de su abuela como: EDILBERTA AYLLON YACTAYO. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley. Cañete, 30 de Junio del 2008.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete

SUCESION INTESTADA
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el Juez Dr. Juan E. Kuan Gil y Sec. María R. Sánchez Soriano, Exp. 2008-0071, ALICIA ANTONIA NOLAZCO CUZCANO, solicita la Sucesión Intestada de su madre GREGORIA CUZCANO CISNEROS, quien falleciera en el distrito de Jesús María – Lima, con fecha el 01 de Abril de 1995, y que tuviera como último domicilio en la Avenida Tacna Nº 328 del distrito de Lunahuaná de la provincia de Cañete, departamento de Lima. Lo que comunica a todas las personas que se consideren con derecho a esta sucesión, para los fines de Ley.
Lunahuaná, 08 de Julio del 2008.
María R. Sánchez Soriano
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que don ANGEL WILFREDO CAMAC TORIBIO de 32 años, natural de La Oroya – Yauli – Junín, de ocupación empleado, con DNI 20077353, domiciliado en C.P. Herbay Alto – S.V., y doña MÓNICA BELZUSARRI POCOMUCHA de 29 años, natural de Chilca – Huancayo – Junín, con DNI 15450425, de ocupación empleada, domiciliada en la misma, van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el Sábado 26 de Julio del 2008. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley. San Vicente de Cañete, 09 de Julio del 2008.
Ofelia Lévano Carrillo
Jefe de RR.CC.

10 julio 2008

EL PARO NACIONAL EN CAÑETE SE DEJO SENTIR... PANAMERICANA FUE BLOQUEDA POR HORAS...

El Paro Nacional convocado por la CGTP para el día de ayer, se dejó sentir en nuestra población. Si bien es cierto, en las primeras horas transcurrió con total normalidad, la ausencia de los escolares a clases en un gran porcentaje, daba una clarinada de alerta señalando que habían gremios que lo estaban acatando. Las fuerzas policiales estaban distribuidas en los puntos llamados críticos, a la espera de controlar a los manifestantes.
A tempranas horas lo que se pudo observar era el poco movimiento de transportes, la atención en los mercados y tiendas con suma precaución, y hasta podríamos decir que primó una atención a media puerta… Si bien es cierto, muchos acataban el paro, era mas por temor, que por el hecho de querer plegarse a una medida de fuerza.
Los municipios atendieron casi con normalidad… igual sucedía con los Bancos que lo hacían tomando todas las precauciones del caso… Por su parte, el gobernador de San Vicente, Antonio Arriola señalaba que la medida no tenía la autorización debida, puesto que los representantes de los trabajadores no presentaron oportunamente el permiso.
Al promediar las 10 de la mañana, se produjo el primer enfrentamiento entre las fuerzas policiales y los manifestantes… este choque con los efectivos del orden se produjo a una cuadra de la Panamericana Sur (Jr. O´Higgins a la altura de la IEP Sepulveda)… desde allí los protestantes, en número mayor a mil personas, se dirigieron a la Plaza de Armas de San Vicente. La agrupación más numerosa la constituyó los agremiados a Construcción Civil, seguido por el SUTACE, los trabajadores de la Western Cotton, los del Sitramun, los trabajadores del Hospital Rezola, y lógicamente no podían faltar el gremio magisterial aglutinados en el Sutep… también se observó en buen número a algunos dirigentes agrarios, mientras que por el sector transporte se pudo apreciar a un solitario Italo Maldonado.
Al menos medio centenar de policías siguen atentos las incidencias del paro en estas primeras horas.
Seguidamente se pasó a una alocución de cada una de las delegaciones sindicales presentes; al promediar las 11 de la mañana, continuaron su movilización por el Jr. San Agustín desde donde se dirigirían hacia la calle José Gálvez para luego proceder a tomar la Panamericana Sur. Culminando su paso por San Agustín la policía lanzó bombas lacrimógenas que dispersaron a la multitud y afectaron a una pequeña niña y su madre transeúntes ocasionales, los mismos que fueron derivados y atendidos en el Hospital Rezola..
Dispersada, la turba se dividió en dos bandos: uno que pretendió tomar la Panamericana a través del Jr. Dos de Mayo pero que fue retenido gracias a un cordón policial. Y otro con el mismo objetivo a través de la Av. Libertadores donde los efectivos del orden nuevamente tuvieron que hacer uso de la fuerza.
La panamericana Sur fue tomada en varios puntos… el principal fue al ingreso de San Vicente, y entre Arona y San Vicente, también se logró tomar a unos trailers, los mismos que fueron obligados prácticamente a cruzarse en plena pista impidiendo el normal tránsito hacia Lima y viceversa. Estos trailers terminaron con las llantas bajas, y restringieron al máximo el tránsito.
Poco a poco, las fuerzas policiales empezaron a controlar a los manifestantes, y recién en horas de la tarde se pudo normalizar el tránsito de vehículos tanto para Lima como para Ica.
Posteriormente, ya avanzada la tarde el Presidente de la República, Alan García, reconocia que en la protesta de ayer "hay un fondo de queja y de insatisfacción tal vez en el 60% de la población que con todo derecho exige que se haga algo más" y prometía que su Gobierno no haría oídos sordos a los reclamos. Mientras tanto en Cañete nuestras siempre desubicadas autoridades balbuceaban medrosos contra la paralización.
Por su parte, el Presidente Regional, Nelson Chui señalaba: "Soy respetuoso del derecho a la protesta, pero cualquier paralización nacional en estos momentos no conduce a nada y porque no beneficia a nadie. El costo es muy alto y sólo perjudica al país y a cada uno de los peruanos".
La nota saltante se dio, por los apuros que tuvo que pasar el Coronel José Santiago del Río Silva, quien tuvo que valerse de su buen estado físico, para evitar ser capturado por los manifestantes. Felízmente, el Coronel pudo abordar su camioneta y ponerse a buen resguardo de los manifestantes, mientras que sus subordinados lograban controlar a los manifestantes.
EN MALA SE INAUGURA MODERNO ESTUDIO JURIDICO...
Escribe: Marcelino Agapito

Mala, en los últimos años ha logrado ser sede de la política descentralista del Poder Judicial, pues cuenta ahora con una Juzgado Mixto y con presencia del Ministerio Publico, lo que ha motivado un servicio cercano para resolver intereses Jurídicos Estatales y Privados, desarrollan-do el ejercicio de la abogacía cuya tarea propia es el patrocinio y la defensa.
Hoy 10 de Julio a las 16:00 horas se inaugurará el mas moderno "Estudio Jurídico y Asesoria Financiera" en esta ciudad, cuya sede esta ubicado en el corazón del Distrito de Mala, Av. Antigua Panamericana Sur Nº 770, el mismo que cuenta con tecnología de ultima generación en el campo de la información satelital estando incorporado a una red especial para conocer a diario los sucesos en el campo del derecho a través del Poder Judicial.
El abogado – palabra derivado de Ad-vocatus, que significa "el llamado" o persona llamada por otro, para que defienda y ampare su vida, honor, integridad, bienes; en una palabra sus derechos en caso de amenaza y coacción de peligro inminente, entendiendo que el Derecho esta regulada por un sistema de normas con el fin de alcanzar la realización y la vigencia de los valores que dan validez humana a esa conducta y giran entorno a la justicia. Debemos reconocer y parafraseo a BOECIO recordamos cuando se refiere a la persona como "RATIONATIS NATURAE INDIVIDUA SUBSTANTIA", es decir una sustancia individual de naturaleza racional y por eso "lo más perfecto en toda la naturaleza".
La expectativa que se ha generado en la ciudad de Mala por la inauguración de esta institución privada "Estudio Jurídico y Asesoria Financiera", es el esfuerzo conjunto de dos reconocidas personas con amplia experiencia empresarial, en ese orden la Gerencia General ha recaído en Doña Martha Valencia Salas y la Asesoria de Don Carlos Hernando Frías, ambos han sumado esfuerzos y voluntades diseñando cada detalle y especialmente evaluando y comprometiendo los servicios de un Staff de abogados constituidos por: Dr. Jesús Canales Alfaro (Lunes y Sábados); Dr. Ernesto Gamarra Olivares, ex -Congresista de la Republica (Martes), Dr. Martín Yactayo Cama (Miércoles y Viernes); Dr. Gustavo Yactayo Cama (Jueves); la política de este grupo humano es de servicio social por tanto de inmediato aperturaran el servicio de consultas especiales gratuitas para todas las personas carentes de recursos, cuyos derechos vulnerados requieran ayuda humanitaria; asimismo a través de emisoras locales, los señores abogados asesoraran a los radioyentes que consideren esclarecer algunos casos de interés personal o social (general); este abanico jurídico en el campo Civil incluye temas agrarios, herencias, desalojos, titulación, contratos, nulidad de ventas, divorcios, registro públicos, alimentos, entre otros; en derecho Penal, usurpación, violaciones, robos, querellas, abusos de autoridad, prevaricado, etc.; en derecho Administrativo, ONP, municipal, licencias, habeas corpus, acción de amparo, constitucionales; en derecho Laboral y otras ramas propiamente del derecho que los convierten en el ESTUDIO JURIDICO Y ASESORIA FINANCIERA, mas completa que se ha instalado en el Distrito de Mala y que seguramente generara una sana competencia para un mejor servicio en el campo jurídico, las consultas están dispuestas personalmente o ha través de la Línea Telefónica al 530-8900; finalmente ante este acontecimiento que contará con la presencia de las autoridades mas representativas del lugar, es pertinente recordar que en la línea de conducta del buen abogado esta el decálogo del Maestro y Jurista Uruguayo Eduardo J. Couture, con sus celebres 10 mandatos: Estudia, piensa, trabaja, lucha, se leal, tolera, ten paciencia, ten fe, olvida y ama tu profesión, por que el derecho tiene como fin la regulación de la vida social del hombre para alcanzar la justicia ¡Bienvenidos y éxitos!.
INVIDENTE TIENE MANOS BENDITAS EN MASAJES TERAPEUTICOS...

Todo ser humano hereda sueños y consagran sus vidas en lograrlo, sin embargo las circunstancias y el destino convierten a algunos en escépticos y pesimistas, pero también existen aquellos que se convierten en idealistas y triunfadores para forjar unas civilización con valores superiores y construyen con sus vidas una historia noble; es el caso de Gaspar Estefan Rondan Andrade (42), quien en el año el 7 de Setiembre de 1997, sufrió un accidente con explosivos (Dinamita) en un trabajo de entrenamiento de las ex-minera RAUL, perdiendo sus ojos y por ende la visión para apreciar la maravilla de la naturaleza, luego pasaron 7 años de lucha para encontrarse consigo mismo, para entender el porque, el destino se ensaña con un hombre justo y trabajador; pero un día apareció aquel héroe que vive en cada uno de nosotros y en el año 2004 inicio un trabajo de rehabilitación en el CENTRO DE REHABILITACION PARA CIEGOS DE LIMA (CERCIL) y la preparación académica en la CRUZ ROJA INTERNACIONAL, en convenio con el Instituto Superior "Daniel Alcides Carrión", en poco tiempo desarrollo virtudes y lo convirtió en arte los MASAJES TERAPEUTICOS, habiendo instalado y aperturado un Centro Clínico de Rehabilitación en Masajes Relajantes, antiestrés Shiatzu, reflexología o sea masajes para los pies, masajes deportivos, estéticos, quiropraxia, manipulación de la estructura del ser humano (cuello, cintura), masaje terapéutico (dolores de cuello), contractura muscular cuando no se puede levantar el hombro, nervio asiático, dolores en la cintura, adormecimiento, calambre, artrosis, artritis, en este caso utilizan lámpara infrarrojos para personas que sufren de artrosis reumáticas.
Gaspar Estefan Rondan Andrade agradece a Dios por este don y por compartir sus vida con su esposa Calixto Berrios Ventura y la razón de sus existencia, su menor hijo Antony Rondan Berrios, ellos son símbolos y testimonio de una familia que venció todos los retos que le presento el destino; las manos de Gaspar son consideradas benditas, porque la gente lo dice en sus testimonios y las largas colas que se hacen en su domicilio (Centro Terapéutico) ubicado en la Urbanización en San Martín Mz. B Lt. 2 (Teléfono: 530-8142), se han convertido en una esperanza en la salud, entonces podemos decir que no es ninguna desgracia morir con sueños incumplidos, si lo es en cambio vivir sin sueños por realizar, el autentico fracaso es la pobreza del espíritu.
Corte Superior de Justicia de Cañete
"En lucha frontal e indesmayable contra la corrupción"
Presidencia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 114 - 2008-P-CSJCÑ-PJ
San Vicente, 20 de Junio del 2008
VISTA:
La ORDENANZA Nº 10 – MPY, emitida por la Municipalidad Provincial de Yauyos, publicada en el Diario Oficial El Peruano el diecinueve de los corrientes, por la cual se aprueba el "Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2009" de esa comuna; Y
CONSIDERANDO:
Que, es política de la actual gestión del Poder Judicial, que representa el Dr. Francisco Tavara Cordova, en su condición de Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que, este Poder del Estado, cuente con representación en los distintos Procesos del Presupuesto Participativo que se llevan a cabo en el seno de los Gobiernos Locales y Regionales, en el marco de la vigencia de los "Objetivos Nacionales" que se establecieron en el ACUERDO NACIONAL, suscrito por el gobierno peruano el veintidós de julio del dos mil dos, con vigencia hasta el año dos mil veintiuno, y que se plasmó en las veintinueve "Políticas de Estado" que estamos llamados a honrar como depositarios de compromisos que incluyen a nuestra entidad, tales como:
"Institucionalizar el diálogo y la concertación, en base a la afirmación de las coincidencias y el respeto a las diferencias, estableciendo mecanismos institucionales de coordinación y control, que garanticen la participación ciudadana en el proceso de toma de decisiones públicas"(Num.1.5). Igualmente, se ha señalado la necesidad y el compromiso de "Adoptar medidas orientadas a lograr la generación de oportunidades económicas, sociales, culturales y políticas, erradicando toda forma de inequidad y de discriminación, en un contexto de pleno respeto a los Derechos Humanos"(Num.2.2) y en síntesis, el compromiso de "Construir un Estado eficiente, eficaz, moderno y transparente, que a nivel nacional, regional y local, atienda las demandas de la población y fomente la participación…"(4.1)
Que, conforme a la "Vigésimo Octava Política de Estado", el estado y la sociedad civil, asumieron el compromiso de "garantizar el acceso universal a la justicia, la promoción de la justicia de paz…la vigencia de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales sobre la materia."
En otro acápite se precisa que "promoverá entre la justicia comunal y el Poder Judicial una relación que respeto la interculturalidad…" (Literal c). Así como, "consolidará la regulación de la justicia de paz y la elección popular de los jueces de paz." (Literal d)
Que, por tanto, resulta pertinente, acreditar dentro del Proceso del Presupuesto Participativo del Gobierno Local Provincial de Yauyos y de los Gobiernos Locales Distritales que integran la Provincia del mismo nombre, a cada uno de los Jueces de Paz de las localidades de dicha Provincia, que fueron elegidos democráticamente por su comunidad, cuya elección ha sido reconocida mediante la Resolución Administrativa correspondiente, por la Corte Superior de Justicia de Cañete, a la cual pertenecen conforme a su ámbito territorial.
Que, con las facultades que me confiere el art. 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y la Ordenanza Nº 10-MPY;
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- ACREDITAR A LOS JUECES DE PAZ de las comunidades, anexos y distritos de la Provincia de Yauyos, que se detalla en el Anexo 1, ante el Consejo de Coordinación Local Provincial de Yauyos, a efectos que se les inscriba como "agentes participantes" en el Proceso del Presupuesto Participativo 2009, regulado por la Ordenanza Nº 10-MPY.
ARTICULO SEGUNDO.- ACREDITAR A LOS JUECES DE PAZ de las comunidades, anexos y distritos de la Provincia de Yauyos, que se detalla en el Anexo 1, ante cada uno de los Consejos de Coordinación Local Distrital, donde pertenezca cada Juzgado, a efectos que se les inscriba como "agentes participantes" en el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009.
ARTICULO TERCERO - OTORGAR REPRESENTACION A LOS JUECES DE PAZ pertenecientes a las localidades de la Provincia de Yauyos que se detallan en el Anexo 1 (que forma parte integrante de la presente Resolución) como delegados del Poder Judicial, en el ámbito Local Provincial y Local Distrital de su respectiva jurisdicción, en tal sentido llevarán la propuesta relativa al mejoramiento del servicio de administración de justicia de su localidad, referido a: infraestructura, específicamente para la obtención de un local propio para que funcione su Juzgado de Paz, el acondicionamiento del local que a la fecha existiera, la dotación de mobiliario tal como maquina de escribir o aparato de computo completo con impresora, teléfono – fax, así como un medio de transporte de acuerdo a la zona que puede ser bicicleta, motocicleta u otro, igualmente puede solicitarse cursos de capacitación para el mejoramiento de capacidades a efectos de brindar un mejor servicio.
ARTICULO CUARTO.- APROBAR LA CARTILLA que corre como Anexo 2 de la Presente Resolución, que contiene los "Pasos Simplificados" para la intervención de los Jueces de Paz de las localidades de la Provincia de Yauyos, en el Proceso del Presupuesto Participativo 2009.
ARTICULO QUINTO.- ENCARGAR a la Jefatura de Administración de esta sede, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en el Diario Oficial de esta Provincia; sin perjuicio de notificarse a los Jueces de Paz de las localidades de la Provincia de Yauyos y a los Alcaldes respectivos a través de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia –ODAJUP- CAÑETE.
ARTICULO SEXTO.- ENCARGAR a la Secretaría de Presidencia, curse copia fedateada de la presente Resolución, mediante la nota de atención a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Oficina de Control de la Magistratura, para su conocimiento y fines de ley.
REGISTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete


CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 114-2008-P-CSJCÑ-PJ
Anexo Nº 01

JUZGADO
1 Juzgado de Paz de Alis- Alis
2 Juzgado de Paz de Alis- Yauricocha
3 Juzgado de Paz de Alis-Yauricocha
4 Juzgado de Paz de San Lorenzo- Alis
5 Juzgado de Paz de Allauca-Allauca
6 Juzgado de Paz de Aucampi- Allauca
7 Juzgado de Paz de Capillucas-Allauca
8 Juzgado de Paz de Picamaran-Allauca
9 Juzgado de Paz de Quirimán- Allauca
10 Juzgado de Paz de Auco-Auco
11 Juzgado de Paz de Túpac Amaru-Azangaro
12 Juzgado de Paz de Marcalla-Azámgaro
13 Juzgado de Paz de Cacra-Cacra
14 Juzgado de Paz de Carania-Carania
15 Juzgado de Paz de San Antonio de Achin- Carania
16 Juzgado de Paz de Catahuasi-Catahuasi
17 Juzgado de Paz de Canchán-Catahuasi
18 Juzgado de Paz de Cachuy- Catahuasi
19 Juzgado de Paz de Cochas-Cochas
20 Juzgado de Paz de Casinta- Colonia Pampas
21 Juzgado de Paz de Colonia Pampas-Colonia Pampas
22 Juzgado de Paz de Bethania- Colonia Pampas
23 Juzgado de Paz de Poroche- Colonia Pampas
24 Juzgado de paz de Quisque-Colonia Pampas
25 Juzgado de Paz de Oyunco-Colonia Pampas
26 Juzgado de Paz de San Pedro de Cusi- Colonia Pampas
27 Juzgado de Paz de Chocos -Chocos
28 Juzgado de Paz Totora-Chocos
29 Juzgado de Paz de San Miguel-Chocos
30 Juzgado de Paz de Huancaya-Huancaya
31 Juzgado de Paz de Vilca-Huancaya
32 Juzgado de Paz de Chocalla-Huangascar
33 Juzgado de Paz de Huangascar-Huangascar
34 Juzgado de Paz de Huantan- Huantan
35 Juzgado de Paz de Atcas- Huantan
36 Juzgado de Paz de Huañec-Huañec
37 Juzgado de Paz de Hongos-Hongos
38 Juzgado de Paz de Huampara-Huampara
39 Juzgado de Paz de Langaico-Laraos
40 Juzgado de Paz de Lanca-Laraos
41 Juzgado de Paz de Laraos- Laraos
42 Juzgado de Paz de Lincha-Lincha
43 Juzgado de Paz de Tana-Lincha
44 Juzgado de Paz de Madean-Madean
45 Juzgado de Paz de Ortigal- Madean
46 Juzgado de Paz de Tayamarca-Madean
47 Juzgado de Paz de Miraflores-Miraflores
48 Juzgado de Paz de Piños- Miraflores
49 Juzgado de Paz de Tamara- Omas
50 Juzgado de Paz de Omas-Omas
51 Juzgado de Paz de Putinza-Putinza
52 Juzgado de Paz de San Juan Viscas-Quinocay
53 Juzgado de Paz de Quinocay-Quinocay
54 Juzgado de Paz de San Juan de Malleurán-Quinches
55 Juzgado de Paz de Huacta- Quinches
56 Juzgado de Paz de Quinches-Quinches
57 Juzgado de Paz de San Pedro de Pilas- San Pedro de Pilas
58 Juzgado de Paz de Chilla- San Pedro de Pilas
59 Juzgado de Paz de San Joaquín- San Joaquín
60 Juzgado de Paz de Tanta-Tanta
61 Juzgado de Paz de Porococha-Tauripampa
62 Juzgado de Paz de Tauripampa-Tauripampa
63 Juzgado de Paz de Tomas-Tomas
64 Juzgado de Paz de Huancachi-Tomas
65 Juzgado de Paz de Aiza-Tupe
66 Juzgado de Paz de Tupe- Tupe
67 Juzgado de Paz de Marcalla-Viñac
68 Juzgado de Paz de Grau- Viñac
69 Juzgado de Paz La Florida-Viñac
70 Juzgado de Paz de San Miguel Apuri-Viñac
71 Juzgado de Paz de Pirhuayoc-Viñac
72 Juzgado de Paz de Viñac-Viñac
73 Juzgado de Paz de Vitis- Vitis
74 Juzgado de Paz de Aquicha-Aquicha

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
DESPACHO DE PRESIDENCIA
ANEXO 2
CARTILLA PARA JUECES DE PAZ
"PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2009"

PASOS SIMPLIFICADOS:
1.- En la Municipalidad de su Distrito, solicite el CRONOGRAMA del PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO para el año 2009, que debe empezar ha organizarse desde el mes de Mayo del año 2008.
2.- Solicite su inscripción como AGENTE PARTICIPANTE.
· Para los que van a participar del PRESUPUESTO PARTICIPATIVO que realice la Municipalidad Provincial de Yauyos, deberán llenar el formato que se adjunta.
· A su solicitud adjuntar:
- Copia de su DNI
- Copia de su Resolución de Designación como Juez de Paz.
- Copia de la Resolución que lo acredita como agente
participante.
- Y detallar lo que piden para su Juzgado de Paz.
· Compruebe que lo han inscrito en el Libro de "Agentes Participantes"
3.- Está comprometido a asistir a las reuniones que convoque la Municipalidad para ver el PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.
4.- No se olvide de llevar sus pedidos a nombre de su JUZGADO DE PAZ, con lo que necesita principalmente un terreno para levantar su local propio para el Juzgado de Paz, maquina de escribir, o computadora, bicicleta para movilizarse, etc. Escritorio no solicite porque el Poder Judicial le ha proporcionado uno nuevo, con silla.
5.- RECUERDE QUE:
· Las primeras reuniones son para informarlo y enseñarle ¿Qué es el Presupuesto Participativo?
· ¿Cómo debe ser su participación?
· Luego se hace un diagnóstico de las necesidades de su localidad.
· Posteriormente LOS AGENTES PARTICIPANTES, hacen sus pedidos de las obras o servicios que quieren para su localidad.
· Si tienen expedientes técnicos o perfiles, tienen que llevarlos y presentarlos en la ASAMBLEA que convoque el Presupuesto Participativo.
· La Municipalidad le informará a los participantes, con cuanto presupuesto cuenta.
· También se pueden recibir propuestas de empresas o personas que quieran dar dinero o realizar una obra a favor de su localidad (El Platanal, Gas de Camisea, etc.)
· Los participantes, pueden ofrecer contribuir con su trabajo, es decir la Municipalidad puede dar dinero para materiales y la gente del pueblo o de la Comunidad puede organizarse y hacer trabajo com
· Recuerde que el Proceso del Presupuesto Participativo debe estar a cargo del CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL, que está integrado por el Alcalde, todos los Regidores y el 40% de la sociedad civil organizada, que son los representantes de las organizaciones que funcionen en su localidad, clubes de madres, vasos de leche, asociaciones deportivas, religiosas, etc.
· EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL PROVINCIAL, debe estar integrado por el Alcalde Provincial, los Regidores, todos los Alcaldes Distritales de la Provincia de Yauyos, y el 40% de la sociedad civil organizada.
SAN VICENTE DE CAÑETE, 20 DE JUNIO DEL 2008.

DR. PAULO JORGE VIVAS SIERRA
PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE Y YAUYOS.
JUDICIALES

EDICTO
Exp. Nº 356-2008.- Ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José De La Cruz Vargas, Secretario Dr. Ernesto Hurtado Villavicencio, don AURELIO VALENTIN CAMPOS solicita la Sucesión Intestada de quien en vida fuera su madre doña PETRONILA PAULA CAMPOS DAVILA fallecida el 04-10-2003 en el distrito de La Victoria, departamento de Lima. Se comunica para que se apersonen los que se crean con derecho a la herencia. Imperial, 08 de Julio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial

EDICTO
Exp. Nº 369-2008.- Ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Juez: Dr. José De La Cruz Vargas, Secretario, Ernesto Hurtado Villavicencio, GENOVEVA NOEMI SANTOME RAMOS solicita SE RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO; en los siguientes extremos: 1) Se ADICIONE RAMOS como apellido materno de su progenitora debiendo entenderse su nombre completo como el de CLARA RAMOS TORRES. 2) Se ADICIONE el apellido CHOZ como el apellido materno de su progenitor debiendo entenderse su nombre completo como el de LUIS SANTOME CHOZ. Se comunica para los fines de Ley..
Imperial, 09 de Julio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial

NOTARIA GARRAFA
SUCESION INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199 – San Vicente – Cañete – Lima, ANGEL DANIEL PINEDA CUYA, con DNI Nº 15433912, solicita la Sucesión Intestada de su padre JUAN PEDRO PINEDA LOPEZ, fallecido el 15 de Febrero del 2005, teniendo como último domicilio el distrito de Mala – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley.
San Vicente, 08 de Julio del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

NOTARIA GARRAFA
SUCESION INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199 – San Vicente – Cañete – Lima, MARIA PAULA HUAMAN MARALLANO DE CUZCANO, con DNI Nº 15348267, solicita la Sucesión Intestada de su esposo JESUS OSWALDO CUZCANO LARA, fallecido el 10 de Agosto del 2007, teniendo como último domicilio en el distrito de Nuevo Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley. San Vicente, 08 de Julio del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

EXTRACTO DE DEMANDA
Exp. 2004-216, ante el Juzgado Civil de Cañete, Flor de María Arias Malásquez, con fecha 29 de Abril del 2004, interpone demanda de DELIMITACION DE LINDEROS contra la Sucesión de José Manuel Rodríguez Arnaiz, solicitando la delimitación de linderos del predio "Pampas y Hoyadas de Calanguillo", Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, de una extensión de setenta hectáreas, cuyos linderos y colindancias son los siguientes: Por el Norte colinda con el área remanente de propiedad de José Rodríguez Arnaiz, en un tramo recto de 719.53 m.l.; por el Sur colinda con Cerro La Bruja en cinco tramos rectos de 148.68 m.l., 336.72 m.l., 267.15 m.l., 323.47 m.l., 173.28 m.l.; por el Este colinda con el área remanente de José Rodríguez Arnaiz en un tramo recto de 665.48 m.l.; por el Oeste colinda con la Panamericana Sur y el área remanente del señor José Rodríguez Arnaiz en dos tramos de 1417.69 m.l. y 113.25 m.l., sustenta la demanda en que es propietaria del inmueble en virtud del contrato de compra venta realizado con los demandados como consta del testimonio de la Escritura Pública de fecha 15 de Junio del 2001, y ofrece sus respectivos medios probatorios. Juez Dr. Cama Quispe y Secretaria Guzmán Sánchez. Cañete, 18 de Junio del 2008.
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
30 de Junio, 04 y 10 de Julio.

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 189-2003 seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra MAXIMO FAUSTO ALARCON ROMAN Y DEMETRIA DELIA LOPEZ DE ALARCON sobre ejecución de garantías, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Jirón Puno Nº 154 distrito de Mala, provincia de Cañete del departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral Nº 21003701 del Registro de Predios de Cañete de la Oficina Registral de Lima y Callao.
TASACIÓN: US$. 49,028.65 (cuarenta y nueve mil veintiocho con 65/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 32,685.76 (treinta y dos mil seiscientos ochenta y cinco con 76/100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: Hipoteca hasta por la suma de US$. 49,028.65 Dólares Americanos a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU inscrita en el asiento D00001 de la partida registral Nº 21003701 del Registro de Predios de Cañete de la Oficina Registral de Lima y Callao.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008, a las 09:00 a.m. (nueve de la mañana).
LUGAR DE REMATE: Local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o en efectivo adjuntando DNI en original con copia y tasa judicial en original con copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de Expediente y número de DNI, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal, Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete.
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti - Martillero Público - Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil Cañete
Publicar: Del 07 al 14 de Julio del 2008.

EDICTO
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el Juez Dr. Juan E. Kuan Gil y Sec. María R. Sánchez Soriano, Exp. 2008-0063, Olga Sabastizagal Guerra, solicita la Rectificación de su Partida de Matrimonio, a fin de que se RECTIFIQUE su apellido paterno "SABATIZABAL", debiendo adicionarse la letra "S" entre las letras A y T, y REEMPLAZAR la segunda letra "B" por la letra "G", siendo lo correcto "SABASTIZAGAL"; rectificación que también deberá realizarse en lo que corresponde al apellido paterno del padre de la solicitante. De igual forma pide se adicione el segundo nombre de su cónyuge "BAUTISTA"; debiendo aparecer en lo sucesivo como "MARTIN BAUTISTA MAZUELOS PAREDES". Lunahuaná, 03 de Julio del 2008.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial - Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná.

EDICTOS
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2006-0164, a MARIO DAVID FUENTES GUERRA, JUAN FELIPE LOLI DEL RIO Y OFELIA LUYO SUAREZ; declarado REO CONTUMAZ, para LECTURA DE SENTENCIA, Día: 18/07/2008, a horas: 11:30 AM., bajo apercibimiento de ordenarse su ubicación y captura, Delito: ASOCIACION ILICITA PARA DILINQUIR Y OTROS; agraviado: CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE CHINCHA. Cañete 01/07/2008.
Secretario: Castillo
10, 11 y 12 de Julio

EDICTOS
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2007-0838, a TOMAS EDWINNG SOTO RAMOS, Delito: VIOLACION SEXUAL EN INCAPACIDAD DE RESISTENCIA; agraviado: M.A.F.N. Cañete, 04/07/2008.
Secretario: Vivas
10, 11 y 12 de Julio

EDICTOS
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2008-0009, a WILLIAM MIRARDO VEDIA GUILLEN, Delito: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR; agraviado: menor hija JACKELINE LOREANA VEDIA RENOJO. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2007-0566, a JESUS ANTONIO HUARACA LEVANO, Delito: ROBO AGRAVADO; agraviado: de la menor de iniciales D.L.F.R. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2004-0983, a EDUARDO ALEXANDER RAMIREZ RESURRECCION, Delito: CONTRA LOS DERECHOS DE AUTOR; agraviado: APDAYC. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2006-0857, a JOAO ALBERTO ORE BIONDI, JOHNNTANN RINO ORE BIONDI Y ROBERTO ANGEL CUBILLAS QUIROZ, Delito: ROBO AGRAVADO; agraviado: DANIEL CARBAJAL VIRRUETA. Cañete, 27/06/2008.
Secretario: Ferrer
10, 11 y 12 de Julio

09 julio 2008

Gremios se plegan hoy a la protesta bajo la bandera de la CGTP...
PARO CIVICO POPULAR... UN DIA HISTORICO PARA LA PROVINCIA DE CAÑETE...

SAN VICENTE.- Los gremios sindicales y organizaciones sociales de la provincia, se plegarán hoy a un paro nacional de 24 horas, convocado por la Confederación General de Trabajadores del Perú, CGTP, contra el incremento del costo de vida, las privatizaciones, la defensa del campo entre otros.
Para la lucha sindical en Cañete, la medida de fuerza toma un ribete histórico, toda vez que por vez primera los gremios sindicales saldrán a las calles con el membrete de la CGTP, base de reciente creación.
El secretario general de la CGTP - Base Cañete, Favio Carbonero, expresó que a la medida de fuerza se plegarán los diferentes gremios sindicales de la provincia de Cañete.
Precisó que la flamante base, tiene una plataforma de lucha propia de acuerdo al contexto de su realidad y exigen, no sólo al régimen actual, sino a las autoridades municipal y regional.
Entre sus demandas están: la no construcción de más penales, solución inmediata del diferendo limítrofe, atención inmediata a los damnificados del terremoto del 15 de agosto con los bonos seis mil y no al alza de precisos de los materiales de construcción.
Igualmente, plantean no al remate de tierras agrícolas de las comunidades campesinas y nativas; menos del alza de precios de los fertilizantes y apoyo a los parceleros beneficiarios de la reforma agraria que se encuentran abandonados.
Sí a la promulgación de la Ley Preda y créditos especial al Agro, no a la privatización ni concesión de agua potable y alcantarillado; no a la privatización de la Educación y Salud, vía municipalización; y justa compensación a los pescadores artesanales.
La base de la CGTP – Cañete, exige también el compromiso serio y responsable de parte de las autoridades regionales y municipales en la construcción de un desembarcadero como fuente de trabajo.
El respeto a las concesiones de rutas del transporte público; alto a las estafas y maltratos con evaluaciones tramposas en el sector educación, son otro de los puntos que demandan los gremios sindicales de nuestra provincia.

DIA HISTORICO PARA CAÑETE…
La movilización de hoy es histórica, toda vez que se realiza por vez primera esta jornada reivindicativa agrupados en un solo gremio la CGTP, Provincial – Cañete.
Hubo muchos intentos a lo largo de la historia sindical de Cañete para conformar la base de la CGTP.
Como es de conocimiento el pasado mes de mayo, se consolidó este histórico gremio contando con el esfuerzo de muchos sindicalistas experimentados, incluidos hasta personajes de filiación aprista.
Esta flamante organización sindical, se convertirá en el baluarte de la clase trabajadora de Cañete, bajo la bandera de la Confederación General de Trabajadores del Perú, CGTP.
HOY SE APLICARA TOLERANCIA ESPECIAL PARA TRABAJADORES QUE LLEGUEN TARDE A LABORAR...

Los trabajadores del sector público y privado que hoy miércoles 9 de julio incurran en tardanza en su horario de ingreso habitual a su centro de labores, no estarán sujetos a sanciones ni descuentos en sus remuneraciones e ingresos que perciban.
Al respecto, el viceministro de Trabajo, Jorge Villasante, sostuvo que por el paro convocado para hoy por la CGTP pueden existir causas que originen una demora en la llegada de los trabajadores a su centro de labores y para ello se creo, mediante el Decreto de Urgencia N° 031, una tolerancia especial y sin descuentos, pero si esta demora es razonable.
Asimismo, indicó que la norma autoriza a que en el sector privado el empleador pueda entregar una bonificación extraordinaria por movilidad para posibilitar que sus trabajadores lleguen a tiempo, refirió.
Agregó que en este aspecto el Estado también ha dispuesto que las autoridades del Sector Público de Lima y Callao otorguen una bonificación de 15 nuevos soles para sus trabajadores por concepto de transporte.
"El derecho de huelga está normado en el país, pero debe responder a aspectos reivindicativos para los trabajadores. Esta plataforma de paro responde a reclamos ajenas al ámbito laboral", comentó.
EMAPA CAÑETE S.A.

COMUNICADO
"LO QUE HACE EMAPA CAÑETE S.A. POR CHILCA"

1.- ACCIONES REALIZADAS EN CHILCA:
1.1.- Apoyo para la elaboración del Proyecto Integral del AA HH 15 de Enero y Olof Palme.
EMAPA CAÑETE S.A. dio la Viabilidad Técnica en corto tiempo (3 meses), al Proyecto Integral de Instalación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en el AA HH 15 de Enero y Olof Palme, y a la vez el compromiso para efectuar el mantenimiento de dicha obra, que será financiado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por el monto de S/. 12´000,000.00 (doce millones de nuevos soles).
Los montos que serán transferidos a la Municipalidad de Chilca para el Proyecto Integral son fondos del estado, destinados a mejorar el abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado (desagüe). Siendo la responsabilidad del gobierno local priorizar sus problemas en tema de saneamiento básico y buscar fondos para su atención en coordinación con la Empresa de Administración de Agua Potable y Alcantarillado EMAPA CAÑETE S.A.
1.2.- Viabilidad Técnica del Proyecto de Instalación de la Línea de Conducción y Electrificación al Reservorio R-1 Chilca.
EMAPA CAÑETE S.A. formuló y dio Viabilidad Técnica en el SNIP para el Proyecto de Instalación de Red que empalma la Red existente de abastecimiento de agua en la localidad de Chilca, por un monto de S/. 1´665,047 (un millón seiscientos sesenta y cinco mil cuarenta y siete nuevos soles), siendo financiado por el Gobierno Regional de Lima y el Programa Agua Para Todos.
1.3.- Proyecto de Electrificación para activación de nuevo pozo.
Así también EMAPA CAÑETE S.A. gestionó y autorizó el uso del punto de diseño del Proyecto de Electrificación del Reservorio R-1 (Pozo Nuevo), en coordinación con Luz del Sur, cuyo monto es de S/. 530,600 (quinientos treinta mil seiscientos nuevos soles), que forma parte del proyecto anterior (1.2), transferido por el Gobierno Regional de Lima.
1.4.- Instalaciones de Conexiones Domiciliarias del Estadio.
Se instaló a pedido del Alcalde Pablo Nalda Quiróz, la conexión de agua en el Estadio del Distrito de Chilca (febrero del 2008).
Para la instalación de la Conexión del Desagüe se remitió a la Municipalidad Distrital de Chilca, dicha propuesta tiene que ser aceptada por el municipio, siendo que hasta hoy no hay respuesta al documento remitido del oficio Nº 029-08-DPO-EMAPA CAÑETE S.A.; de fecha 03 de Marzo del 2008.
2.- ANTE LAS DECLARACIONES DEL ALCALDE DE CHILCA SOBRE LA RUPTURA DEL POZO Y BOMBA DE AGUA
Dicha versión no es cierta con respecto a la ruptura de la Bomba de Agua del Pozo, siendo el problema de Chilca la falta de agua en el subsuelo, y esto se debe a la gran cantidad de empresas que tienen pozo en esta localidad, que hasta el momento no se controla, como son: granjas de pollos, cultivos agrícolas y el pozo de SEDAPAL que abastece a Pucusana y Santa María. Esta sobreexplotación de agua hace que nuestro actual pozo no tenga agua suficiente para abastecer al pueblo de Chilca.
3.- ANTE LAS DECLARACIONES DEL ALCALDE DE CHILCA SOBRE LA AUTORIZACION DE EMAPA CAÑETE S.A. DE VERTIMIENTO DE RESIDUOS TOXICOS A LAGUNA DE OXIDACION
Primero.- EMAPA CAÑETE S.A. no autorizó el vertido de residuos tóxicos (ácido sulfúrico) a la laguna de oxidación de Chilca.
Segundo.- El ácido sulfúrico al contacto con el agua genera una reacción exotérmica, lo cual significa la liberación de calor y gases que ocasionaría la muerte de vegetación e intoxicación de los habitantes de la zona, y muerte de peces y agua. Así mismo, se hubiera destruido la infraestructura de la laguna de oxidación.
Tercero.- La comercialización y transporte de ácido sulfúrico es un producto controlado por el estado, por lo que no puede ser manejado por cualquier empresa.
Cuarto.- El ácido sulfúrico en el mercado tiene un costo elevado.
Por lo que se indica que no hay evidencia de vertimiento de líquido de ácido sulfúrico a la Laguna de Oxidación.
Siendo sustentado por los resultados de los análisis realizados a las aguas residuales de la Laguna de Oxidación los cuales fueron efectuados por el Laboratorio J. Ramón del Perú S.A., acreditado por INDECOPI; así mismo fue analizado el cuerpo receptor (mar litoral) lo cual indica que no hay evidencia de contaminación alguna de producto químico tóxicos, cumpliendo por la Ley General de Aguas (Clase VI - que se refiere a las aguas de zona de preservación de fauna y pesca recreativa o comercial).
Finalmente EMAPA CAÑETE S.A. está apoyando a las acciones de gestión que necesita el pueblo de Chilca controlando la calidad de agua que abastece y en ningún momento se ha autorizado a ninguna empresa para esparcir líquidos tóxicos en la Laguna de Oxidación, habiéndose autorizado solo la descarga de los residuos domésticos de tanques sépticos o similares.
Es necesario dejar en claro que desde los inicios de la gestión de la alta dirección de la Empresa EMAPA CAÑETE S.A. se ha venido coordinando con todos los alcaldes accionistas y más aún con el Alcalde del distrito de Chilca, dejando las puertas abiertas para continuar con ese trabajo, en aras de mejorar el servicio de agua potable y alcantarillado de nuestra provincia de Cañete.
"EMAPA CAÑETE CUIDA EL MEDIO AMBIENTE"
Oficina de Imagen Institucional
JUDICIALES

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO
En los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra BANU S.A., JULIO EDUARDO NUÑEZ RODRIGUEZ y CARMEN AMADA NORIEGA DE NUÑEZ y como terceros BANCO CONTINENTAL (ACREEDOR NO EJECUTANTE) e IMAGEN EMPRESARIAL SAC (ENTIDAD LIQUIDADORA) sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente Nº 7569-2007, el CUARTO JUZGADO CIVIL- SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL DE LIMA a cargo de la Señora Juez Dra. Ana Maria Prado Castañeda, especialista legal Juan Merino Bustamante, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA los siguientes inmuebles:
I. A las 3:00 p.m.- departamento "K" Duplex sétimo y octavo piso edificio frente de la Av. Ricardo Navarrete Nº 451, Distrito de San Isidro, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 46225775, del Registro de Propiedad Inmueble de Lima y Callao.-
VALOR DE TASACION: US$ 81,206.26 (Ochenta y un mil doscientos seis con 26/100 Dólares Americanos).
BASE DEL REMATE: US$ 54,137.50 (Cincuenta y cuatro mil ciento treinta y siete con 50/100 Dólares Americanos) (dos tercios del valor de tasación).
AFECTACIONES:
a) Hipoteca a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la suma de US$115,000.00, según escritura pública del 01.07.94 por ante Notario Ricardo Ortiz de Zevallos Villarán, inscrita en el Asiento 5d;
b) Embargo a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la suma de US$100,000.00 ordenado por el 3º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, por resolución del 11.11.96, Juez Elizabeth A. Moreano Sisley, secretaria Gloria Aguilar Guzmán, inscrito en el Asiento 6d; Actualizada en Asiento D 00001, hasta por US$ 136,800.00 ordenado por el 50º Juzgado Corporativo en lo Civil de Lima, mediante resolución Nº 14 del 27.10.98, Juez Alfredo V. Catacora Acevedo, secretario Luis Alberto Focacci Checa, en los seguidos por Banco de Crédito del Perú contra Banu S.A. y la sociedad conyugal conformada por Núñez Rodríguez Julio Eduardo y Noriega Puente Carmen Amada, sobre obligación de dar suma de dinero.
c) Embargo a favor de BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS, hasta por la suma de US$ 30,000.00, Asiento 7D, ordenado por el 19º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, por resolución Nº 2 del 22.01.97 y acta de embargo del 13.02.97, Juez G. Amparo Fernández Rodríguez, secretaria Miriam Robladillo Bravo, en los seguidos por Banco Interamericanos de Finanzas S.A.E.M.A, contra Banu S.A., Julio Eduardo Núñez Rodríguez, Carmen Amada Noriega Puente y Avisa (Artículos Varios Importaciones S.A.) sobre proceso cautelar.
d) Hipoteca a favor de BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la suma de US$173,000.00 según escritura pública del 20.05.97 por ante Notario Ricardo Ortiz de Zevallos, inscrita en el Asiento 9d;
e) Por escritura pública del 05.07.1999 otorgada ante Notario de Lima don Jorge E. Velarde Sussoni, se modifica el porcentaje de participación en las zonas comunes del inmueble a 10.886%, inscrito en el asiento B0001.
II.- A las 3:30 p.m.- el 33.33% de los derechos y acciones del Estacionamiento Nº 13 primer piso ubicado en la Av. Ricardo Navarrete Nº 451, Distrito de San Isidro, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en la ficha N° 233766 y continuando en la Partida Electrónica N° 46221397, del Registro de Propiedad Inmueble de Lima y Callao los mismos que corresponden a JULIO EDUARDO NUÑEZ RODRIGUEZ.-
VALOR DE TASACION: US$1,808.33 (Mil ochocientos ocho y 44/100 Dólares Americanos)
BASE DEL REMATE: US$1,205.62 (Mil doscientos cinco y 62/100 Dólares Americanos) (dos tercios del valor de tasación).
AFECTACIONES:
a) Embargo a favor del BANCO DEL SUR DEL PERU hasta por la suma de S/. 10,000.00 Nuevos Soles, sobre las acciones y derechos que le corresponden a JULIO EDUARDO NUÑEZ RODRIGUEZ, según auto del 19.08.96 y acta del 20.08.96 ordenado por el 26º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, Juez José Fernando Soberón R, secretario Augusto Baltierrez Morán, inscrito en el Asiento 3d, en los seguidos por el Banco del Sur del Perú S.A. contra Artículos Varios Importaciones S.A. y otros, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero.
b) Embargo a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, por la suma de US$8,000.00 sobre las acciones y derechos que corresponden a JULIO EDUARDO NUÑEZ RODRIGUEZ, ordenado por la Dra. Catherine Barriga Barriga Juez del 3º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, según resolución del 11.11.96 y acta de embargo del 12.11.96 levantada por el secretario Gloria Aguilar Guzmán, en los seguidos por Banco de Crédito del Perú contra Banu S.A. sobre obligación de dar suma de dinero, oficio del 15.11.96 suscrito por la Dra. Elizabeth A. Moreano Sisley, Juez del 3º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, inscrito en el Asiento 4d; Actualizado en Asiento D 00001, hasta por US$8,000.00 ordenado por el 50º Juzgado Corporativo en lo Civil de Lima, mediante resolución Nº 14 del 27.10.98, Juez Alfredo V. Catacora Acevedo, secretario Luis Alberto Focacci Checa, en los seguidos por Banco de Crédito del Perú contra Banu S.A. y la sociedad conyugal conformada por Núñez Rodríguez Julio Eduardo y Noriega Puente Carmen Amada, sobre obligación de dar suma de dinero.
c) Embargo a favor del BANCO CONTINENTAL, por la suma S/. 20,000.00 Nuevos Soles, sobre las acciones y derechos que le corresponden a JULIO EDUARDO NUÑEZ RODRIGUEZ, ordenado por la Dra. Teresa Urbina Carranza Juez del 23º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, según resolución del 07.01.97 y acta de embargo del 22.01.97 levantada por el secretario Ulises A. Yaya Zumaeta, en los autos seguidos por el Banco Continental sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, inscrito en el Asiento 5d;
d) Embargo a favor de BANCO DEL SUR DEL PERU hasta por la suma US$5,000.00, ordenado por la Dra. Dorila Montenegro Saldaña, Juez del 43º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, mediante re0del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Informes: 995353565
Lima, 05 de junio de 2008
SAUL RODOLFO MANTILLA SANEZ
MARTILLERO PUBLICO- Registro Nacional Nº 119
Del 02 al 09 de Julio del 2008.

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 189-2003 seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra MAXIMO FAUSTO ALARCON ROMAN Y DEMETRIA DELIA LOPEZ DE ALARCON sobre ejecución de garantías, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Jirón Puno Nº 154 distrito de Mala, provincia de Cañete del departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral Nº 21003701 del Registro de Predios de Cañete de la Oficina Registral de Lima y Callao.
TASACIÓN: US$. 49,028.65 (cuarenta y nueve mil veintiocho con 65/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 32,685.76 (treinta y dos mil seiscientos ochenta y cinco con 76/100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: Hipoteca hasta por la suma de US$. 49,028.65 Dólares Americanos a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU inscrita en el asiento D00001 de la partida registral Nº 21003701 del Registro de Predios de Cañete de la Oficina Registral de Lima y Callao.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008, a las 09:00 a.m. (nueve de la mañana).
LUGAR DE REMATE: Local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o en efectivo adjuntando DNI en original con copia y tasa judicial en original con copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de Expediente y número de DNI, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal, Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete.
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti
Martillero Público
Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil Cañete
Publicar: Del 07 al 14 de Julio del 2008.


CONCEJO DISTRITAL DE CERRO AZUL
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que ante el Alcalde del Concejo Distrital, se han presentado don Pedro Angel Riojas La Rosa de 35 años de edad, de nacionalidad peruana, ocupación chofer, estado civil soltero, domiciliado en Calle Comercio 704, Cerro Azul, hijo de don Teodilo Eudocio Riojas Ramírez, y doña Nelly Pilar La Rosa Fernández, con DNI 09531071; y doña Rosa Julia Chumpitaz Balarezo, de 31 años de edad, de nacionalidad peruana, ocupación su casa, domiciliado en Calle Comercio 704, Cerro Azul, estado civil soltera, hija de don Juan Vicente Chumpitaz Francia y doña Rosa Esther Balarezo La Madrid; pretendiendo contraer Matrimonio Civil en este municipio. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término señalado, que es de ocho días conforme a Ley. Cerro Azul, 08 de Julio del 2008.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe

CONCEJO DISTRITAL DE CERRO AZUL
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que ante el Alcalde del Concejo Distrital, se han presentado don Lizardo Luis García Santiago de 25 años de edad, de nacionalidad peruana, ocupación Mecánica, estado civil soltero, domiciliado en Calle Santo Solano 325, San Luis, hijo de don Emiliano García Castillo y doña Isabel Olivia Santiago Castro, con DNI 41732295; y doña Antonia Chumbes Huamaní, de 30 años de edad, de nacionalidad peruana, ocupación comerciante, domiciliado en Tranquera de Fierro s/n. Cerro Azul, estado civil soltera, hija de don Antonio Chumber Martínez y doña Jesusa Huamaní Gonzales, con DNI Nº 15436751, pretendiendo contraer Matrimonio Civil en este municipio. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término señalado, que es de ocho días conforme a Ley.
Cerro Azul, 08 de Julio del 2008.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley Nº 25844, Artículo 87, informamos de una interrupción eléctrica en el servicio elèctrico.
LUGAR: Carretera Imperial - Quilmaná, altura Fdo. Remanso; Carretera Imperial - Quilmaná, Km. altura CP Compradores Altos; y Camino carrozable al CPM San Benito.
ZONAS AFECTADAS: CAU El Chilcal, Urb. Ramos Larrea, Urb. Melchorita, Urb. San Antonio, CP Cerro Alegre, CAU Casa Pintada, CP San Benito, CP San Isidro, Anexo Cantagallo, Fundo Rotondo, CP San Isidro, CP Compradores, CP Carmen Alto, CP Pueblo Nuevo de Conta, CP Bellavista de Conta, CP Rinconada de Conta, Anexo San Fernando, CP La Quebrada, CP San Francisco, Anexo La Victoria, Fundo Pacayales, CP La Huerta, CP Los Angeles, Anexo Cinco Esquinas, CP Buenos Aires, Anexo Puente Negro, CP Roldán, y toda la zona céntrica del distrito de Quilmaná de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-02
CIRCUITOS AFECTADOS: Todo el Alimentador CÑ-02
DIA: Martes 08 de Julio de 2008.
HORA DE INICIO: 01:00 hrs. Martes 08 de Julio de 2008.
HORA FINAL: 14:27 hrs. Martes 08 de Julio de 2008.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T. ocasionada por Hurto de Conductores y Acto Vandálico, lo que originó la actuación de nuestros dispostivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después no constatada la magnitud del daño, EDE CAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.
EDE CAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.

*****

EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley Nº 25844, Artículo 87, informamos de una interrupción eléctrica en el servicio elèctrico.
LUGAR: CP Casa Blanca
ZONAS AFECTADAS: CP Laura Caller del distrito de San Luis, todo el distrito de Cerro Azul y parte del Circuito de Playas del distrito de Asia de la provincia de Cañete del departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-05
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 5020
DIA: Martes 08 de Julio de 2008.
HORA DE INICIO: 02:27 hrs. Martes 08 de Julio de 2008.
HORA FINAL: 12:16 hrs. Martes 08 de Julio de 2008.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T. ocasionada por Hurto de Conductor, lo que originó la actuación de nuestros dispostivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después no constatada la magnitud del daño, EDE CAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.
EDE CAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005- 2008 – MDSL

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS

POR CUANTO:
El Concejo Distrital de San Luís de Cañete, en Sesión Ordinaria de concejo de fecha 30 de Junio de 2008, respecto a la Campaña de Vacunación contra la Hepatitis B.

CONSIDERANDO:
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se establece las competencias Municipales, donde los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, la Ley de Salud Nº 26842 contempla en su Titulo preliminar que la salud es condición indispensable del derecho humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que con la promoción de la salud tiene como objetivo conservar y mejorar las condiciones deseables de salud para la construcción colectiva de una cultura de salud orientada a la generación de estilos de vida y entornos saludables.

Que, el Estado Peruano, el Ministerio de Salud, el Gobierno Regional, los Gobiernos Provinciales y Locales, consideran la prioridad sanitaria la "Campaña de Vacunación contra la Hepatitis B", siendo necesario alcanzar coberturas del 100% en todos sus Distritos, por grupos de edad: Hombres y Mujeres comprendidos en las edades de 02 a 19 años de edad, se asume la corresponsabilidad del desarrollo y conducción de dicha campaña que se realizara de la siguiente manera:

Primera Dosis ………….. 01 al 30 de Abril
Segunda Dosis ………….. 01 al 30 de Junio
Tercera Dosis …………… 01 al 31 de Octubre

Que, es preciso garantizar el compromiso del Gobierno Local del Distrito de San Luís, garantizando el apoyo político, legal, técnico, administrativo y los recursos en el desarrollo de las acciones a favor de la "Campaña de Vacunación Contra la Hepatitis B", con la finalidad de proteger la salud de la población de 02 años a 19 de edad, del Distrito de San Luís por ello que la Municipalidad Distrital de San Luís.

RESUELVE:
ARTICULO 1.- DECLARAR de Interés Municipal la Campaña de Vacunación contra la Hepatitis B en el Municipio de San Luís.

ARTICULO 2.- INICIAR el proceso de sensibilización a la población, haciendo uso de comunicación de concertación sobre la importancia de la Campaña de Vacunación.

ARTICULO 3.- INCORPORAR en la Agenda Pública el tema de Vacunación en coordinación con el sector salud.

ARTICULO 4.- FACILITAR al personal de salud la información de las Organizaciones, Vasos de Leche, Comedores Populares, otros para la respectiva vacunación.

ARTICULO 5.- PROMOVER la corresponsabilidad y participación social de las diferentes organizaciones y actores claves en las acciones y educación durante el proceso de la vacunación.

ARTICULO 6.- INVOLUCRAR a la sociedad civil organizada, organizaciones sociales de base de grupos juveniles, deportivos, comedores populares, instituciones educativas, sector privado en las acciones de movilización social y participación comunitaria.

ARTICULO 7.- GARANTIZAR el apoyo político legal, técnico administrativo en la Campaña de Vacunación contra la Hepatitis B, siendo esta actividad de Interés Nacional, Regional y Local, en beneficio para la población actual y futura del Distrito de San Luís.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y ARCHIVESE

PAULINO ARTURO ANTEZANA URBINA
ALCALDE
Municipalidad Distrital de San Luís

08 julio 2008

LEY QUE PERMITE EL DIVORCIO EN MUNICIPALIDADES Y NOTARIAS
Escribe: Víctor Tomas Quispe Campos - Abogado

Mediante Ley Nº 29227, Ley que regula el procedimiento no contencioso de la separación convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarías, publicada en el diario oficial "El Peruano", el día 16 de mayo del año en curso, se otorga a las notarías y a los alcaldes distritales y provinciales competencia en el procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior.
Pueden acogerse a lo dispuesto en la citada ley los cónyuges, que después de transcurrido dos (02) años de la celebración del matrimonio, deciden poner fin a dicha unión mediante separación convencional y divorcio ulterior. Para solicitar la separación convencional, los cónyuges deben cumplir con los siguientes requisitos: no tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad, o de tenerlos, contar con sentencia judicial firme o acta de conciliación emitida conforme a ley, respecto de los regímenes del ejercicio de la patria potestad, alimentos, tenencia y de visitas de los hijos menores de edad y/o hijos mayores con incapacidad; y, carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales, o si los hubiera, contar con la Escritura Pública inscrita en los Registros Públicos, de sustitución o liquidación del régimen patrimonial.
Intervienen en la separación convencional y divorcio ulterior el alcalde, el notario, los cónyuges, apoderados y abogados. El procedimiento se inicia cuando el alcalde o notario recibe la solicitud y tiene un plazo de cinco días para verificar el cumplimento de los requisitos. Luego fija fecha, convoca y realiza, una Audiencia Única en un plazo de quince (15) días que se realizará en un ambiente privado y adecuado.
Transcurridos dos (02) meses de emitida la resolución de alcaldía o el acta notarial, cualquiera de los cónyuges podrá solicitar la disolución del vínculo matrimonial, la cual será emitida en cinco (05) días.
De conformidad a lo establecido mediante Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS, Reglamento de la Ley que regula el procedimiento no contencioso de la separación convencional y Divorcio Ulterior en las municipalidades y notarías, publicado en el diario oficial "El Peruano", el día 13 de junio del año en curso, desde el 14 de julio del presente año, entrará en vigencia la nueva Ley de Divorcio Nº 29227, aprobada por el Congreso de la República, la cual otorga a las notarías y a los alcaldes distritales y provinciales competencia en el procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior. De existir el mutuo acuerdo en la pareja, la disolución del matrimonio civil procedería en menos de tres (03) meses.
Para ejecutar la nueva ley, las municipalidades, deberán contar con personal idóneo debidamente capacitado en derecho de familia para operar y realizar las audiencias enmarcadas en los procedimientos no contenciosos de la separación convencional y divorcio ulterior, así como adecuar el ambiente para la realización de la audiencia única.
El proceso de Divorcio que antes podía extenderse por años, ahora se resume a un trámite menos de tres (03) meses. Asimismo, se calcula que este proceso representa el dos (02) por ciento de los casos que saldrían del Poder Judicial, por lo que descongestionaría la administración de justicia en el país, convirtiéndose en un importante instrumento que contribuya a la paz social al servicio de los ciudadanos.
Esta norma ha sido objeto de diversas opiniones favorables y en contra respecto de la aplicación de la misma, es así, que a consideración de la Iglesia Católica respecto de la ley que permite la disolución de las familias por un camino rápido, en nada la beneficia sino por el contrario las debilita y propicia su ruptura.
Por otro lado, aproximadamente 81 mil parejas de todo el país, que buscan disolver su vínculo matrimonial de mutuo acuerdo, se beneficiarán con la entrada en vigencia del Reglamento que norma la aplicación de la Ley N° 29227 (Ley del Divorcio), que regula el procedimiento no contencioso de la separación convencional y divorcio ulterior en municipalidades y notarías. Con ello se facilita el acceso de la población a la justicia y que se materialice a través de medios alternativos y así, sus conflictos no sean sometidos necesariamente al Poder Judicial.