29 diciembre 2007

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAUYOS
ACUERDO DE CONCEJO Nº 29-2007-MPY/CM DE FECHA 16.NOV.2007
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de Noviembre de 2007, el Oficio Nº 069-2007/MDT/A de la Municipalidad Distrital de Tanta;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Nº 069-2007/MDT/A la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Tanta, solicita la Ratificación de la Ordenanza Nº 13-2007-MDT/A de fecha 10 de Agosto del 2007, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Tanta;
Que, la Ordenanza Nº 13-2007-MDT/A de fecha 10 de Agosto de 2007, se circunscribe a lo prescrito en el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y lo dispuesto en el Artículo 41º del T.U.O. Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modificatorias;
Que, las citadas Ordenanzas se adecúa a lo dispuesto por el Art. 74º de la Constitución Política del Estado, el mismo que establece que "(…) pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; encontrándose además dentro de lo preceptuado por la Norma II: ámbito de aplicación del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal, actuando así dentro del principio de legalidad y en ejercicio constitucional de su autonomía económica, administrativa y política reconocidas por la misma Carta Constitucional, dentro de la potestad que confiere la función pública;
Que, en tal virtud, conforme lo establece el Artículo 40º tercer párrafo de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por la Municipalidad Provincial de su circunscripción para su vigencia; precisando en Artículo 44º de la Ley acotada que, las normas municipales rigen a partir del día siguiente de su publicación, salvo que la propia norma postergue su vigencia. No surten efecto las normas de Gobierno Municipal que no hayan cumplido con el requisito de la publicación o difusión;
Que, lo solicitado por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Tanta, cuenta con la opinión favorable de la Comisión de Planificación, Economía y Administración de Concejo Municipal y de la Unidad de Asesoría Jurídica, elevándolo al pleno del Concejo para su determinación;
Estando a lo expuesto con las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta;
SE ACORDO:
Artículo 1º.- Ratificar la Ordenanza Municipal Nº 013-2007-MDT/A de fecha 10 de Agosto del 2007, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Tanta; el mismo que, en anexo, forma parte integrante del presente.
Artículo 2º.- Dejar constancia que el presente acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación.
Artícuo 3º.- Transcribir el presente a la Municipalidad Distrital de Tanta y a quienes corresponda para sus fines pertinentes.
Regístrese, Comuníquese y Cúmplase
Diomedes A. Dionisio Inga
Alcalde


MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TANTA
ORDENANZA Nº 13-2007-MDT/A
Tanta, 10 de Agosto del 2007.
El Concejo de la Municipalidad Distrital de Tanta
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Legal del Asesor Legal Externo
CONSIDERANDO:
Que, en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reconoce a las municipalidades como Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972;
Que, el artículo 195 numeral 3 y 4 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes de desarrollo, por lo que tienen competencia para; Administrar sus bienes, rentas, para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a Ley;
Que, el numeral 36,1 del artículo 36º de la Ley de Procedimientos Administrativos General – Ley Nº 27444, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en los casos de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA;
Que, el Art. 29 de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que se entiende por procedimiento administrativo al conjunto de actos y diligencias tramitados en las entidades, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos individuales o sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados;
Que, la norma precitada precisa que en el caso de los gobiernos locales, el TUPA se aprueba por Ordenanza Municipal, publicándose en su integridad cada dos años, pudiendo hacerlo antes, cuando se considere que las modificaciones producidas en el mismo lo amerite;
Que, mediante informe de visto de fecha 31 de Julio del 2007. el Asesor Legal Externo remite el proyecto de Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad – TUPA el cual se ha elaborado de conformidad a lo normado por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y a la Ley de Procedimientos Administrativos General – Ley Nº 27444;
Que, del informe legal se infiere que el proyecto propuesto ha sido elaborado en coordinación estricta con las unidades orgánicas que tienen bajo responsabilidad procedimientos, el mismo que se encuentra acorde con la estructura orgánica de la Municipalidad, habiendo tenido presente los dispositivos dentro de la Ley Nº 27444;
Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de aprobación de Actas, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TANTA
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA y Servicios Prestados en exclusividad de la Municipalidad Distrital de Tanta; el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Derogar toda norma que se oponga a la presente Ordenanza.
ARTÍCULO TERCERO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo de ratificación del cuadro de Tasas – Derechos por tramitación de los procedimientos contenidos en el presente Texto Único de Procedimientos Administrativos emitidos por la Municipalidad Provincial de Yauyos.
POR TANTO:
MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE, COMUNIQUE Y CUMPLA
E. Mg. Gloria Q. Reyes Trigos
Alcalde

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