29 diciembre 2007

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ACUERDO DE CONCEJO Nº 100-2007-MPC
Cañete, 28 de diciembre de 2007
Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Oficio No. 509-2007-AL-MDNI de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, por el cual remite la Ordenanza Nº 18-2007-MDNI, que establece el Marco Normativo del Régimen de los Arbitrios de Limpieza Pública 2008;
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo No. 156-2004-EF;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad;
Que, el requerimiento cuenta con la opinión favorable de la Asesoría Legal mediante Informe Nº 882-2007-AS.LEG-MPC, el Informe Nº 283-2007-GTM-MPC de la Gerente de Tributación Municipal, la Opinión Técnica Nº 008-2007-GSSPP-MPC de la Gerencia de Servicios Públicos y, el dictamen favorable de la Pdta. de la Comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal de la Municipalidad Provincial de Cañete;
Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo No. 156-2004-EF, con el voto mayoritario y, con la dispensa del trámite de aprobación del acta;
SE ACORDO:
Artículo 1º.- Ratificar la Ordenanza Nº 18-2007-MDNI, de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, que establece el Marco Normativo del Régimen de los Arbitrios de Limpieza Pública 2008 de dicho distrito, de acuerdo a los considerandos del presente.
Artículo 2º.- Publicar la presente Ordenanza en el Diario Oficial de la Provincia, publicación que debe realizarse hasta el día 31 de diciembre de 2007, bajo sanción de ineficacia de la Ordenanza ratificada.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
ALCALDE

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL
ORDENANZA Nº 18- 2007-MDNI
Nuevo Imperial, 19 Diciembre del 2007
El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial
POR CUANTO:
El Consejo Municipal, en Sesión Ordinaria del día 19 de Diciembre del 2007.
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley 27680, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, reconoce a los Gobiernos Locales Autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 68º de la Ley de Tributación Municipal establece que la tasa por arbitrios se paga por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente.
Que, mediante sentencia recaída en el expediente 00053-2004-PL/TC el Tribunal Constitucional ha delimitado los requisitos de validez y vigencia de las ordenanzas que aprueban los arbitrios municipales en las jurisdicciones distritales, sentencia que es vinculante y de obligatorio cumplimiento para todas las municipalidades del país;
Que, de acuerdo con el Informe Nº 466-2007-AR-MDNI del Área de Rentas, de fecha 19 de noviembre del 2007 y de conformidad a lo establecido por los artículos 9º numerales 8) y 9), 38º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por unanimidad y con la dispensa
del trámite de lectura y aprobación de Acta, se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MARCO NORMATIVO DEL RÉGIMEN DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA 2008
ARTÍCULO ÚNICO.- APROBAR la ORDENANZA que establece el Marco Normativo del Régimen de los Arbitrios de limpieza Pública para el ejercicio 2008 que consta de tres (03) Capítulos, trece (12) Artículos, cuatro (04) Disposiciones Transitorias y Finales.
POR TANTO:
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Jorge García Quispe
Alcalde

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