14 junio 2008

JNE EJERCERA MAYOR CONTROL SOBRE CONSTITUCION DE COMITES PARTIDARIOS...

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) tendrá un mayor control sobre la constitución de los comités de las agrupaciones políticas en el interior del país, el cual es uno de los requisitos indispensables para que ser inscrito oficialmente como partido político.
Con ese fin, el JNE aprobó el Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, que, entre otros cambios significativos, fija el empleo de un formato que debe contener los datos, firmas y huellas digitales de los firmantes de cada comité partidario (afiliado-adherente).
Dicho formato será verificado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), entidad con el que el JNE firmó un convenio interinstitucional
Ese acuerdo establece que el Reniec revisará el libro de acta de constitución de comités para comprobar que las personas firmantes son las mismas que figuran en el padrón electoral y no existe suplantación ni falsificación de firmas.
Esta revisión no ocurría antes, lo cual posibilitaba que la constitución de esos comités no reflejara la realidad.
De acuerdo al reglamento no se aceptarán los libros de actas de comité que no contengan las firmas en dicho formato.
El reglamento señala, entre otros aspectos, que dentro de los tres primeros meses calendario de cada año, los partidos políticos deben entregar a la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas (OROP) el padrón actualizado de sus afiliados
Salvo manifestación expresa del partido político, dicho padrón tendrá efecto cancelatorio frente a sus anteriores entregas.
También se ha establecido varios requisitos técnicos para la presentación del CD ROM de la relación de adherentes, de los comités, del padrón de afiliados y del símbolo.
En el caso de la inscripción de movimientos regionales, se ha definido un tratamiento especial para la región Callao.
A diferencia de los demás movimientos regionales, que deben presentar comités provinciales en la mitad más uno del número de provincias, un movimiento regional en el Callao sólo debe presentar la constitución de comités distritales en la mitad más uno del número de distritos.
El nuevo Reglamento de Registro de Organizaciones Políticas también contempla que las notificaciones de las resoluciones se harán adicionalmente a través de la página web institucional.
Al momento de calificar la solicitud de inscripción de las agrupaciones políticas, el JNE, a través de la Gerencia de Fiscalización Electoral, realizará un trabajo de campo a nivel nacional para verificar en el lugar de los hechos la existencia y funcionamiento de los comités de todas las organizaciones políticas presentadas.

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