29 enero 2009

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ORDENANZA Nº 031-2008-MPC

Cañete, 30 de octubre del 2008

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;

POR CUANTO:
El Concejo Provincial de la Municipalidad Provincial de Cañete, en sesión ordinaria de fecha 30 de septiembre del 2,008 debatió los alcances de la propuesta de Catastro Urbano de los sectores 1 y 2  del distrito  de San Vicente de Cañete, y;

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades son órganos de gobierno local, las cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia; 

Que, el Artículo 20º del TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por D.S. Nº 156-2004-EF señala entre otros aspectos, que el 5% del Impuesto Predial, se destina exclusivamente a financiar el desarrollo y mantenimiento del Catastro Distrital, así como a las acciones que realice la administración tributaria, destinada a reforzar su gestión y mejorar su recaudación;

Que, el objetivo del Catastro tiene como finalidad, inventariar los inmuebles de la ciudad, mediante la utilización de técnicas modernas, que permitan procesar datos en un sistema computarizado, consolidando la administración municipal, para dar un mejor servicio al contribuyente y al desarrollo urbano organizado y planificado de la ciudad;
 
Que, de acuerdo al Artículo Nº  79 de la Ley Orgánica de Municipalidades, es competencia de las Municipalidades la organización del espacio físico y usos del suelo en sus respectivas jurisdicciones, así como corresponde a las Municipalidades Provinciales, la aprobación de los planes de Acondicionamiento Territorial y de Desarrollo Urbano, y a las Municipalidades distritales, la aprobación de los planes urbano distritales; así como el Catastro Municipal;

Que, en la Tercera Disposición Final del Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA, se encarga al Ministerio de Vivienda, la dación de las normas Técnicas  y de Gestión reguladores del Catastro Urbano Municipal;

Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 186º y 187º de la Resolución Ministerial Nº 155-2006-VIVIENDA, las Municipalidades Provinciales y Distritales están obligados a implementar y mantener actualizado el Catastro Urbano Municipal, así como ser los responsables del cumplimiento de las normas Técnicas  de Gestión reguladores del Catastro Urbano Municipal;

Que, no obstante, como bien se ha indicado en el Informe No. 823-2008-JLCHD-DCCPV-DGODUR-MPC  del 12 de agosto de 2008, los catastros modernos  han visto la utilidad de la  información catastral no simplemente en ser un instrumento fiscal para el cobro del impuesto, sino además ser una herramienta valiosa  que pueda utilizarse en la planeación urbana, dotación de  servicios públicos, regulación de tenencia de la tierra de los asentamientos humanos, de límites  territoriales y de usos del suelo urbano. De ahí que lo consideran como un catastro multifinalitario;

Que, conforme a los antecedentes que se indican en el informe señalado en el párrafo precedente, en el año 2000 se elaboró un catastro urbano, para nuestra jurisdicción, respecto de la zona Catastral 01 (que lo integran 7 sectores) correspondiente al cercado de San  Vicente; sin embargo  el mismo no está digitalizado y no permite el mantenimiento permanente de la información requerida, y sólo constituye un registro referencial, al no haber sido oficializado;

Que, en la fecha se cuenta con una Actualización del  Catastro Urbano de San Vicente de los Sectores 1 y 2  de la Zona Catastral 01, elaborados por la anterior gestión  y culminado en el año 2007. Si bien, los demás sectores ( 3,4,5,6 y7) aún no han sido actualizados, resulta de importancia  la aprobación  de los dos primeros sectores, en vista de que integran la mayor cantidad de unidades  catastrales, además que ello permitirá  oficializarlos y ponerlos a disposición de la Municipalidad Provincial de Cañete, en beneficio de la población y del desarrollo urbano de la ciudad;
Que, se anexa al expediente el Dictamen de la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, relacionado con el Informe N° 0103-2008-RENP-GODUR-MPC de fecha  14 de Agosto del 2,008, el Informe legal N° 531-2008-AS.LEG-MPC de fecha 24 de Septiembre del 2008 donde se opina en forma favorable por  la aprobación del Catastro Urbano en los sectores 1 y 2 de la Zona Catastral 01 en el ámbito territorial del distrito de San Vicente; 

Estando a lo expuesto, en uso de sus facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y con el voto unánime de los señores regidores y, con la dispensa del trámite de aprobación del acta; se aprueba la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL CATASTRO URBANO DE LOS SECTORES 1 Y 2 DEL DISTRITO DE SAN VICENTE

Articulo 1º.- Aprobar el Catastro Urbano de San Vicente de los sectores 1 y 2, que regirá la formulación, ejecución y actualización del Catastro Municipal del distrito de San Vicente, para mejorar los niveles de planeamiento y desarrollo urbano, administración tributaria, fiscalización,  entre otras competencias de la Municipalidad Provincial de Cañete.

Artículo 2º .- Encárguese a la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, para que accione lo conveniente  a fin de dar mejor cumplimiento a la presente ordenanza,  e informar  a las instancias correspondientes.  

Artículo 3º.- Otórguese facultades al Alcalde Provincial, a fin de emitir las disposiciones complementarias con el propósito de ejecutar debidamente la presente Ordenanza.

Artículo 4º.- Encárguese a la Gerencia de Secretaria General, para que a través de la Oficina de Imagen Institucional efectúe la difusión de la presente Ordenanza.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
ALCALDE

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