29 enero 2009

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ORDENANZA Nº 03-2009-MPC

Cañete, 23 de Enero del 2009.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;

POR CUANTO;
El Concejo Provincial de Cañete, en sesión ordinaria de la  fecha y,  de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;

CONSIDERANDO;
Que, la Ley de Tributación Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, el Impuesto al Patrimonio Vehicular, indicando que podrán cancelarse al contado, hasta el último día hábil del mes de Febrero de cada año, o en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la Primera cuota hasta el último día hábil del me de Febrero y las cuotas restantes hasta el último día hábil de los meses de Mayo, Agosto y Noviembre;

Que, el último párrafo del Artículo 29º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, señala que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria;

Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto a la Propiedad Vehicular para el ejercicio 2009;

Estando a lo dispuesto, en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley No. 27972, con el voto unánime y, con la dispensa del trámite de aprobación del acta,  ha dado la siguiente;

ORDENANZA
ARTICULO UNICO.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR;
De conformidad con el Artículo 15º de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Legislativo Nº 776 y,  al Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal D.S. Nº 156-2004-EF, la obligación de pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular para el ejercicio 2009, vence;

PAGO AL CONTADO : 27 de Febrero del 2009.

PAGO FRACCIONADO :
1er. Trimestre : 27 de Febrero del 2009
2do. Trimestre : 31 de Mayo del 2009.
3er. Trimestre : 31 de Agosto del 2009.
4to. Trimestre : 30 de Noviembre del 2009.

POR TANTO:
Mando se Registre, Publique y Cumpla.

Sr. Javier Jesús Alvarado Gonzáles Del Valle
ALCALDE

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