12 marzo 2009

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ORDENANZA Nº 07- 2009-MPC

Cañete, 24 de febrero de 2009
  
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

POR CUANTO:
El Pleno del Concejo en sesión ordinaria, de fecha 23  de febrero de 2009, trató el proyecto de Ordenanza que  APRUEBA LA POLITICA AMBIENTAL LOCAL DE LA PROVINCIA DE CAÑETE Y CREA EL SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE CAÑETE, presentado por el presidente de la Comisión de Servicios Públicos de la Municipalidad Provincial de Cañete;
 
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 2° y 67° de la Constitución Política del Perú establecen que es deber primordial del estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida y que el estado determina la Política Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; 
 
Que, el numeral 07 del articulo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972 dispone que corresponde al concejo municipal aprobar el Sistema Local de Gestión Ambiental y sus Instrumentos en concordancia con el Sistema de Gestión Ambiental Nacional y Regional; 
 
Que el artículo 8.2 de la Ley General del Ambiente aprobada por Ley Nº 28611, decreta que las políticas ambientales locales se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y que deben guardar concordancia entre sí;
 
Que, el articulo 14° de la misma Ley General, determina que el Sistema Nacional de Gestión Ambiental se constituye sobre la base de los Sistemas Locales de Gestión Ambiental, precisando en su articulo 62° que los gobiernos locales deben implementar un Sistema Local de Gestión Ambiental integrando a las entidades públicas y privadas y sociedad civil, en el ámbito de gobierno local;
 
Que, el articulo 59.1 de la misma norma señala que los gobiernos locales ejercen sus funciones ambientales de conformidad con lo que establecen sus leyes orgánicas y lo dispuesto en dicha ley;
 
Que, el articulo 2° de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental aprobada por ley Nº 28245 establece que dicho Sistema se constituye sobre la base de las instituciones publicas en el nivel local, que ejerzan competencias ambientales, contando con la participación del sector privado y la sociedad civil;
 
Que el articulo 25° de la misma Ley Marco, dispone que las Comisiones Ambientales Municipales son las instancias de Gestión Ambiental encargadas de coordinar y concertar la Política Ambiental Local, y que mediante ordenanza municipal se aprueba la creación de la Comisión Ambiental Municipal, su ámbito, funciones y composición;

Que, el reglamento de la referida Ley Marco aprobado por D.S. Nº 008-2005-PCM, precisa que las municipalidades, en el marco de la Autonomía reconocida por Ley y sin perjuicio a las responsabilidades que corresponde al alcalde, promoverán, mediante el concejo municipal la creación de instancias de coordinación y concertación ambiental, dentro del Sistema Nacional de Gestión Ambiental;
 
Estando lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611 y la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental Ley Nº 28245; con el voto mayoritario de los señores regidores y, con la dispensa del trámite de aprobación del acta,  se aprobó la siguiente ordenanza:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA POLITICA AMBIENTAL DE LA PROVINCIA DE CAÑETE Y CREA EL SISTEMA LOCAL DE GESTION AMBIENTAL
 
TITULO I
DE LA POLITICA AMBIENTAL LOCAL
 
CAPITULO I
DE LOS OBJETIVOS
Artículo 1°.- La Municipalidad Provincial de Cañete ejerce sus funciones ambientales de conformidad con lo estipulado en la Ley Orgánica de Municipalidades, sus propias normas ambientales y lo dispuesto en la Ley General del Ambiente y legislación ambiental vigente.

Artículo 2°.-La Política Ambiental Local establece los principios y lineamientos para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a la vida y un ambiente saludable equilibrado y adecuado en el marco de la Política Ambiental Nacional y Regional.

Artículo 3°.- Los objetivos de la Política Ambiental Local de la Provincia de Cañete son: 
3.1.- Conservar y mantener los ecosistemas naturales del río Cañete, río Mala, río Omas y río Chilca así como, las quebradas y lagunas que forman parte de la Provincia de Cañete.
3.2.- Implementar el Sistema de Ordenamiento Territorial que considere la Zonificación Ecológica-Económica.
3.3.- Proteger el ecosistema marino costero de la provincia y garantizar de manera permanente el libre acceso a las playas con fines de recreación y el aprovechamiento sostenido de los recursos hidrobiológicos.   
3.4.- Mejorar y ampliar las áreas verdes en las zonas urbanas y periurbanas de la provincia priorizando los programas de arborización. 
3.5.- Implementar un sistema de recolección selectiva de residuos sólidos desde la fuente de generación con fines de aprovechamiento.
3.6.- Mejorar el sistema de gestión y manejo de los residuos sólidos municipales en todas sus fases, priorizando la adecuada disposición de los mismos, mediante la implementación de  infraestructuras de tratamiento y disposición final (rellenos sanitarios) en la provincia.
3.7.- Mejorar y ampliar la cobertura de los sistemas de tratamiento y distribución de agua y alcantarillado de la provincia.
3.8.- Implementar sistemas de tratamiento de aguas residuales con fines de aprovechamiento para riego y mejoramiento de las áreas verdes, entre otros usos permitidos.
3.9.- Promover el uso eficiente del agua y de la energía mediante programas sensibilización y educación que se complemente con el programa de municipios ecoeficientes que promueve el Ministerio del Ambiente.
3.10.- Implementar espacios de coordinación y concertación entre instituciones públicas, privadas y sociedad civil, para tratar temas relacionados a la gestión del ambiente de la provincia de Cañete.
3.11.- Aumentar el compromiso y participación de las instituciones públicas y privadas y de la sociedad civil en apoyo a la gestión ambiental de la provincia de Cañete.
3.12.- Incorporar y/o fortalecer los programas de educación y sensibilización ambiental y de salud en los centros educativos de la provincia y aquellos orientados a la población organizada en general, estableciendo formas de incentivos a la población.
3.13.- Mantener la intangibilidad de las áreas agrícolas así como, promover sistemas de manejo agro ecológico, integral y sostenible para el consumo interno de productos orgánicos y con fines de exportación.
3.14.- Desarrollar actividades económicas basadas en el aprovechamiento sostenible de recursos naturales, así como un manejo adecuado de las áreas de conservación y aquellas de interés paisajístico.
3.15.- Conservar la Biodiversidad de la zona.
3.16.- Promover, la creación y modernización de las normas ambientales municipales.
3.17.- Incorporar de manera prioritaria y permanente el análisis de riesgos y las medidas de mitigación en los procesos vinculados al manejo de los componentes del medio ambiente en la provincia.

CAPITULO II
DE LOS PRINCIPIOS
 
Artículo 4°.- La Política Ambiental Local de Cañete se basa en los siguientes principios:
4.1.- Principio de sostenibilidad, integrar en forma equilibrada los impactos sociales, ambientales y económicos del desarrollo local en la gestión ambiental, para la satisfacción de las necesidades de las actuales y futuras generaciones.
4.2.- Principio de Prevención, prevenir, vigilar y evitar la degradación local. En caso de imposibilidad de eliminación de las causas de contaminación, se adoptaran medidas de mitigación, recuperación y restauración que correspondan.
4.3.- Principio Precautorio, No utilizar la falta de certeza científica absoluta como razón para postergar la adopción de medidas eficientes para impedir la degradación del ambiente cuando haya peligro de daño grave o irreversible.
4.4.- Principio contaminador-pagador, Fomentar la internalización de costos ambientales y el uso de instrumentos económicos, de manera que el que contamina, en principio, debe cargar con los costos de la prevención, mitigación o reparación de la contaminación.
4.5.- Principio de Complementariedad entre los instrumento de incentivo y sanción. Privilegiar la protección efectiva, la eficiencia, la eficacia, la prevención, el mejoramiento continuo del desempeño ambiental y la recuperación y manejo del pasivo ambiental o zonas ambientalmente degradadas conjuntamente con los instrumentos de sanción.
4.6.- Principio de Integración. Promover la integración intralocal e interlocal, fortaleciendo el carácter concertador del gobierno local. La gestión ambiental debe orientarse a la formación de acuerdos macro locales que permitan el uso más eficiente de los recursos naturales que se extiende en más de una localidad.
4.7.- Principio de Responsabilidad Ambiental. El causante de la degradación del ambiente y de sus componentes, sea una persona natural o jurídica, pública o privada, está obligada a adoptar inexcusablemente las medidas para su restauración, rehabilitación o reparación según corresponda.
4.8.- Principio de Gobernanza Ambiental. Armonizar las políticas, normas, procedimientos, herramientas e información de manera que sea posible la participación efectiva e integrada de los actores públicos y privados, en la toma de decisiones, manejo de conflictos y construcción de consensos, sobre la base de responsabilidades claramente definidas, seguridad jurídica y transparencia.
            
Artículo 5°.- En la ejecución de la Política Ambiental la Municipalidad Provincial de Cañete coordina con el Ministerio del Ambiente y el Gobierno Regional de Lima y demás organismos del poder ejecutivo en cada uno de los distritos que la conforman; promoviendo la participación del sector privado y de la sociedad civil.
 
CAPITULO III
DE LOS LINEAMIENTOS
 
Artículo 6º.- La Política Ambiental Local se traduce en el cumplimiento de las normas y políticas ambientales nacionales, regionales y locales, en un marco de actuación coordinada, participación, transparencia, responsabilidad social, promoción de las tecnologías limpias y seguridad jurídica.
 
Se prioriza la protección del derecho a la salud de las personas y las acciones preventivas de la contaminación ambiental, incluyendo la Gestión Integral de Residuos Sólidos. La conservación de los recursos naturales de la Provincia de Cañete es un capítulo estratégico del desarrollo local siendo prioritario la conservación de las riveras, la protección de los cuerpos de aguas y los ecosistemas que los integran.

La educación y la participación ambiental son promovidas por todas las instituciones locales.
 
Artículo 7°.- Para la aplicación de la Política Ambiental Local se cumplirán los siguientes lineamientos:
7.1.- Busca la simplificación administrativa y resolución de conflictos en materia ambiental para garantizar que ellos no tengan que ser tratados ante más de una dependencia publica.
7.2.- Promueve la transparencia de los procedimientos y trámites administrativos, a través de sus eventos de difusión.
7.3.- Asegura coherencia y evita superposiciones de las competencias ambientales.
7.4.- Asegura el seguimiento del cumplimiento de las regulaciones ambientales municipales a través de las fiscalizaciones, las cuales también son transparentes por que sus resultados son difundidos a la comunidad. 
7.5.- Desarrolla y promueve la participación y toma de conciencia de los actores del sector público, privado y de la sociedad civil para desarrollar acciones concertadas que permitan el uso eficiente de los recursos naturales.
7.6.- Entiende, respeta y se alinea a las políticas y leyes generadas por las autoridades nacionales ambientales, así mismo, considera a la legislación ambiental generada por otros sectores. 
7.7.- Considera el elemento ambiental en sus procesos, actividades, servicios y nuevos proyectos de su gestión local.
7.8.- Promueve el uso de tecnologías limpias en el campo y la ciudad, evitando, eliminando y minimizando los posibles impactos ambientales generados por las actividades de la de la gestión local, así mismo, vigila la degradación ambiental que puedan ser ocasionadas por las actividades de la comunidad. 
7.9.- Desarrolla eventos de difusión de información relativa al desempeño de la gestión ambiental local y permite el acceso a información relativa a los recursos naturales, al patrimonio natural y cultural de la localidad.  
7.10.- Fomentar la medición de los costos ambientales, a través del uso de instrumentos económicos, con la finalidad de concienciar al sector privado y a la comunidad que existen consecuencias económicas por el acto de contaminar.
7.11.- Orienta la gestión, complementando los instrumentos de incentivo y sanción, premiando la eficiencia, la prevención, la adopción de buenas prácticas ambientales y el mejoramiento continuo del desempeño ambiental.
 
TITULO II
DEL SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE LA PROVINCIA DE CAÑETE
 
CAPITULO I
DE LOS OBJETIVOS
 
Artículo 8°.- El Sistema Local de Gestión Ambiental de la Provincia de Cañete, ejerce sus funciones  ambientales  considerando  lo  dispuesto en  la  Ley  General   del  Ambiente,  en concordancia con la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, el Sistema Regional de Gestión Ambiental y las políticas, normas, planes nacionales, sectoriales y regionales en el marco de los principios de gestión ambiental contenidos en los artículos 4° y 9° de la presente ordenanza.
 
Artículo 9°.- El Sistema Local de Gestión Ambiental de la Provincia de Cañete se constituye sobre la base de los órganos y oficinas de las instituciones públicas que ejercen funciones ambientales en el nivel local, contando con la participación del sector privado y la sociedad civil.

La Comisión Ambiental Municipal y los Grupos Técnicos Locales que se conformen, formarán parte del Sistema Local de Gestión Ambiental de la Provincia de Cañete.
 
Artículo 10°.- El Sistema Local de Gestión Ambiental de la Provincia de Cañete tiene como objetivo el fortalecer los mecanismos de transectorialidad en la Gestión Ambiental, asegurando que se eviten superposiciones, omisiones o duplicidades entre las funciones sectoriales, regionales y locales.
 
El Sistema Local de Gestión Ambiental de la Provincia de Cañete operaría como un proceso participativo orientado a integrar, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones de protección y conservación del ambiente y el manejo sostenible de los recursos naturales, para el cumplimiento de los objetivos y metas de la Política Ambiental Local, en el territorio de la Provincia de Cañete. 
 
CAPITULO II
DE LOS PRINCIPIOS
 
Artículo 11°.- Los principios que rigen el Sistema Local de Gestión Ambiental son los siguientes:
11.1.- Obligatoriedad en el cumplimiento de la Política Ambiental, Plan y Agenda Local.
11.2.- Simplificación administrativa, sin perjuicio de asegurar la transparencia en los procedimientos y trámites administrativos y en la forma de decisiones ambientales.
11.3.- Participación de actores locales en las instancias de Gestión Ambiental Local.
11.4.- Promoción del liderazgo municipal en materia ambiental.
 
CAPITULO III
DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL
 
Artículo 12°.- Los instrumentos de Gestión Ambiental Local son mecanismos diseñados para posibilitar la ejecución de la Política Ambiental Local y las normas ambientales aplicables al ámbito Provincial. Los instrumentos que se tomarán en cuenta en la aplicación del Sistema Local de Gestión Ambiental de la Provincia de Cañete son los siguientes:
12.1.- Certificado de conformidad ambiental; instrumento de prevención y control ambiental  que   tiene   por  objetivo  asegurar  el  cumplimiento  de  las   normas ambientales por parte de las actividades comerciales, de servicios e industriales que se desarrollen en el ámbito municipal, previo al otorgamiento de las licencias de construcción y de funcionamiento o para velar por el cumplimiento de las normas ambientales aplicables  con  posterioridad al  otorgamiento  de  dichas  licencias  en el marco de lo establecido en los artículos 49°, 78° y 79° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
El instrumento se otorga con periodicidad anual. En el caso que la actividad se encuentre regulada por otra entidad pública, la municipalidad basará su decisión en la evaluación que realice dicha identidad. Adicionalmente, la municipalidad podrá plantear recomendaciones o condiciones de cumplimiento obligatorio en el ámbito de su competencia, como parte del instrumento. Las normas sobre participación y acceso a la información ambiental son aplicables al otorgamiento de este instrumento.
12.2.- Normas técnicas generales sobre protección y conservación del ambiente en el marco de las normas ambientales nacionales y regionales.
12.3.- Estándares de Calidad Ambiental y los Límites Máximos Permisibles de aplicación local, en el marco de la normativa ambiental nacional.
12.4.- Planes, programas, proyectos y acciones locales de prevención y control de la contaminación.
12.5.- Políticas, criterios y directrices para el Plan de Acondicionamiento Territorial, Plan de Desarrollo Urbano y esquema de Zonificación en Áreas Urbanas, así como para la Zonificación Ecológica – Económica en el ámbito local y otros que fueran aplicables.
12.6.- Promoción de la investigación y la educación ambiental.
12.7.- Mecanismos de participación ciudadana y acceso a la información ambiental.
12.8.- Desarrollo de incentivos para promover prácticas ambientalmente adecuada.
12.9.- Convenios con entidades locales, regionales, nacionales e internacionales en materia ambiental.
12.10.- Informe del Estado del Ambiente en la Provincia de Cañete y el Boletín Ambiental Municipal.
12.11.- Plan de Acción y Agenda Ambiental. 
12.12.- Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos – PIGARS.
12.13.- Ferias ambientales.
12.14.- Sistematización de la Información Ambiental Local en el marco del Sistema Regional de Información Ambiental y del Sistema Nacional de Información Ambiental. Las entidades locales de la administración pública en la provincia de Cañete remitirán información de carácter general sobre el estado del ambiente al Gobierno local de la provincia de Cañete, de acuerdo a las directrices que ésta determine.
12.15.- Mecanismos e instrumentos de promoción de las tecnologías limpias.
12.16.- Instrumentos económicos y de financiamiento de la Gestión Ambiental Local.
12.17.- Instrumentos de fiscalización, vigilancia y control de la Gestión Ambiental.
12.18.- Instrumentos de incentivo y sanción.

CAPITULO IV
DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Artículo 13°.- Los mecanismos de participación ciudadana y acceso a la información ambiental deben guardar concordancia con los instrumentos de gestión ambiental establecidos para el ámbito nacional y regional. Éstos incluyen, entre otros:
13.1.- Información, mediante sesiones públicas de concejo y audiencias públicas con participación de los órganos sociales de base, publicación de proyectos de normas municipales, entre otros mecanismos.
13.2.- Planificación y Concertación, mediante la Comisión Ambiental Municipal, los Grupos Técnicos Locales y otros espacios como los comités juveniles y Comisiones Ambientales distritales.
13.3.- Cogestión de programas y proyectos ambientales entre las autoridades municipales y otros actores locales.
13.4.- Convenios con entidades públicas y privadas especializadas en temas ambientales para capacitar a las organizaciones de vecinos para la defensa y protección del patrimonio ambiental y los recursos naturales.
 
Artículo 14°.- La estructura del Sistema Local de Gestión Ambiental de la Provincia de Cañete, es la siguiente:
 
SISTEMA LOCAL DE GESTION AMBIENTAL – SLGA DE LA PROVINCIA DE CAÑETE
 
 
 
El Ministerio del Ambiente, coordinará la implementación de la mencionada estructura en forma conjunta con la Comisión Ambiental Regional de Lima (CAR-LIMA) y la Comisión Ambiental Municipal de la Provincia de Cañete (CAM- Cañete)
       
Artículo 15°.- Rol de las instituciones con competencias ambientales.
El Ministerio del Ambiente coordinará la implementación de la mencionada estructura en forma conjunta con la Comisión Ambiental Regional de Lima, corresponde a las entidades públicas en el Sistema Local de Gestión Ambiental de la Provincia de Cañete – SLGA Cañete, la ejecución de las políticas, normas, planes, agendas y programas locales que se deriven del proceso de toma de decisiones del referido sistema.
Sin perjuicio del ejercicio de las funciones que le corresponda a cada una, le corresponde en el Sistema Local de Gestión Ambiental de la Provincia de Cañete, la siguiente:
15.1.- Ejercer la representación que le corresponda ante la Comisión Ambiental Municipal, Grupos Técnicos Locales y otros instrumentos de coordinación diseñados en el Sistema Local de Gestión Ambiental de la Provincia de Cañete-SLGA-Cañete. 
15.2.- Facilitar la información que solicite la Municipalidad Provincial de Cañete para la elaboración del informe local sobre el estado del ambiente, el mismo que será elevado al Gobierno Regional de Lima y al Ministerio del Ambiente para la elaboración de los respectivos informes.
15.3.-  Evitar la duplicidad de acciones administrativas ante situaciones o problemas que involucren o afecten a más de una entidad pública en el ámbito de la Provincia de Cañete.
 
Artículo 16º.- La presente ordenanza se formula de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Ministerio del Ambiente.
 
POR TANTO:
Mando se registre, publique  y cumpla.

JAVIER J. ALVARADO GONZÁLES DEL VALLE
ALCALDE

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