JUDICIALES
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
Oficina Distrital de Control de la Magistratura
JEFATURA
EDICTO
VISITA JUDICIAL EXT. N° 001-2009.-
Res. N° 02 de fecha: 16 de Febrero del 2009.
Se corre traslado al Servidor Judicial José Ayona Arias, a fin de que emita su descargo dentro del plazo de cinco días, respecto a la Visita Extraordinaria de Asistencia y Puntualidad, por habérsele encontrado con ropa sport y no portaba el fotocheck; Asimismo se encontró en la fotocopiadora a la Señorita Sheyla Hurtado Rojas, quien portaba el programa de diligencias del Secretario Ayona Arias.
Abog. Georgina Ferrer Manrique
Secretaria de ODICMA
Corte Superior de Justicia de Cañete
(3 veces)
EDICTO JUDICIAL
SUCESION INTESTADA
Exp. 2008-556.- Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de San Vicente – Cañete, que despacha la Dra. Estela A. Solano Alejos, Secretario Judicial Omar Velásquez Ochoa; CHUMPITAZ SANDOVAL JOSE LUIS solicita la SUCESION INTESTADA de quien en vida fue CHUMPITAZ YUPAN TEODORO, fallecido el 11 de Agosto del 2008, en el Hospital Edgardo Rebagliati – Av. Rebagliati sin número, distrito Jesús María, provincia y departamento de Lima. Lo que se comunica a los que se consideren con derecho a heredar. Cañete, 08 de Enero del 2009.
Omar Velásquez Ochoa
Secretario Judicial
1er. Juzgado de Paz Letrado de Cañete
REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA
En los seguidos por JOSE TEOBALDO JUSTO CONDOR, contra ANGEL AZALDEGUI ALVAREZ, FELIX CAYCHO TORRES, EDMUNDO FLORES SEVILLA, SILVIA YOLANDA FLORES DE AZALDEGUI, MIRTHA FLORES VILA, ANA MARIA FLORES VILA, PETRONILA YATACO VIUDA DE FLORES, DIGNA CANDELA GUTIERREZ y VICTOR ANTONIO FLORES SEVILLA, sobre INDEMNIZACION, Expediente Nº 45-2002, el Juzgado Mixto de Cañete, que despacha la Dra. María De los Milagros Luyo Sánchez, Secretario Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el inmueble (CASA HABITACION) embargado de propiedad del codemandado Edmundo Gavino Flores Sevilla, ubicado en el Jr. Grau Nº 207, distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, de un área de 132.00 metros cuadrados; INMUEBLE NO INSCRITO, siendo el valor de TASACION la suma de US $ 16,843.36 (DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES DOLARES AMERICANOS Y TREINTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR); y sirviendo como precio base para la subasta pública las dos terceras partes de dicha tasación, esto es la BASE de US $ 11,228.90 (ONCE MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES AMERICANOS CON NOVENTA CENTAVOS DE DÓLAR), diligencia que será conducido por el Martillero Público Rómulo Rodolfo Encarnación Vásquez, en aplicación de la Ley Nº 28371. AFECTACIONES: 1) EMBARGO, DEL INMUEBLE NO INSCRITO, ubicado en el Jr. Grau Nº 207, distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, de un área de 132.00, ordenado mediante Resolución Nº 01, de fecha 30 de Noviembre del 2007, hasta por la suma de S/. 25,000.00.
LUGAR DEL REMATE: Avenida Condoray Mz. A, Lote 9, Sede Principal/Km. 144, de la Panamericana Sur – Juzgado Penales (Frente a Valle Grande), Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: 28 de Abril del 2009, a horas 11:30 a.m.
LOS POSTORES Oblarán no menos del 10% del valor de tasación y presentarán su arancel judicial (con copia de arancel y del DNI), suscribiendo dicho arancel, con número de expediente y generales de Ley. Los honorarios del martillero público serán de cargo del adjudicatario de conformidad con lo establecido por el Art. 732 del Código Procesal Civil.
Cañete, 02 de Marzo del 2009.
Rómulo Encarnación Vásquez – Martillero Público – Reg. Nº 245
Publicar del 14 al 20 de Abril del 2009.
EDICTOS PENALES
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE CAÑETE, Juez ARONI, cita y emplaza al siguiente procesado para que se apersone a este Juzgado, al haber sido declarado REO CONTUMAZ, en la instrucción siguiente:
EXP.-2006-0129; a JUAN CARLOS VICENTE PRADA; Delito: Actos Contra el Pudor de Menor de edad, en grado de Tentatriva; agraviado: menor iniciales Y.J.C.H.. Cañete, 03/04/2009.
Secretario: Astohuamán.
EL TERCER JUZGADO PENAL DE CAÑETE; Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados, declarados REOS CONTUMACES, para LECTURA DE SENTENCIA, en el proceso que se les sigue:
EXP.2004-0227; a JOSE EMILIANO NAVARRO MUÑOZ, y EMILIANO VIDAL NAVARRO AVILA; Delito: Usurpación Agravada; agraviado: Carmelo Anicama Cuya. Cañete, 26/03/2009.
Secretario: Espinoza.
14, 15 y 16 de Abril
EDICTO
EXP.-2008-0946; EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, ha ordenado lo siguiente: RESOLUCIÓN_UNO.-RESUELVE ADMITIR LA DEMANDA interpuesta contra FREDY HUACCACHI SULLA sobre Violencia Familia-Maltrato Psicológico; agraviada: su conviviente RENE HUARCAYA TACAS. La agraviada podrá apersonarse en cualquier etapa del proceso. Teniendo por notificadada a partir del tercer día de realizada la última publicación. Cañete-16-03-2009. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Vargas.
EXP.-2008-0145; EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores; en el proceso seguido contra DOMINGO HUANCACHOQUE CANCHI sobre Violencia Familiar en Agravio de: Naitividad Cusimayta Ttica ,ha ordenado publicar: RESOLUCIÓN_17, fecha 26-03-2009.-SE RESUELVE REPROGRAMAR la fecha de realización de AUDIENCIA UNICA PARA EL DÍA 28-05-2009, HORA: 09.30A.M.. Cañete,_26/03/2009. Fdo.Juez: Flores; Secretaria: Vargas.
14, 15 y 16 de Abril
DIRIMENCIA
SALA CIVIL.- EXP. N° 2005-00143-0-0801-JM-CI-1.- Agrario – Desalojo por ocupante precario.- RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Cañete, dos de abril del dos mil nueve.- AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; Y, CONSIDERANDO: ————
PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, el señor Vocal doctor Ricardo Astoquilca Medrano (Ponente), emite su VOTO para que se declare NULO el auto (Resolución ochenta y cuatro) que viene en revisión en fojas ochocientos sesenta y cuatro a ochocientos sesenta y cinco su fecha veintiséis de enero del dos mil nueve con el que se declara nulo todo lo actuado y concluido el proceso, dejando a salvo su derecho al demandante para hacerlo valer en la instancia que corresponda; SE DISPONGA que la Magistrado del Juzgado de origen renueve el acto procesal conforme a derecho, teniendo presente el contenido de esta resolución; INSUBSISTENTE el concesorio de fojas ochocientos setenta y cuatro; SE RECOMIENDE a la doctora María de los Milagros Luyo Sánchez, Magistrado del Juzgado Mixto de Cañete para que dispense mayor y mejor estudio de los actuados antes de emitir la resolución respectiva.————————————————-------------------
SEGUNDO.- Que, los señores Vocales doctor Paulo Vivas Sierra y Luz Roque Montesillo, emiten su VOTO en discordia para que se CONFIRME la Resolución Ochenta y cuatro (Auto) del veintiséis de enero del dos mil nueve de fojas ochocientos sesenta y cuatro a ochocientos sesenta y cinco que declara Nulo todo lo actuado y concluido el proceso por incompetencia material del Juzgado Mixto, dejando a salvo su derecho al demandante para hacerlo valer en la instancia que corresponda, con todo lo demás que contiene.———-------------------------------------------------------
TERCERO.- Que, atendiendo a lo anotado precedentemente y no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; en consecuencia se ha producido discordia en el presente proceso, la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.—————————
CUARTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial “El Peruano” debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.—————
Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al señor Vocal doctor ROBERTO PAREDES DÁVILA para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el Vocal Dirimente el próximo TREINTA DE ABRIL, a horas OCHO de la mañana con TREINTA MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia “Al Día con Matices” por el término de UN DIA.- Notificándose. En los seguidos por Carlos Chuquispuma Manrique con Sebastiana Cabezas Contreras, sobre Desalojo.
S.S. ASTOQUILCA MEDRANO, VIVAS SIERRA
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