AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luis, que en mérito al Exp. Adm. N° 2324-2011 Doña GINAMARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ BORJAS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de NATIVIDAD ADRIANA BORJAS SALVADOR, inscrita en esta Municipalidad en el libro 046, folio 046, año 1949; que erróneamente se ha consignado como nombre del padre de la titular ZACARÍAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARÍAS BORJAS VICENTE, y como nombre de la madre de la titular SOFÍA SALVADOR siendo lo correcto SOFÍA SALVADOR CHICO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 17 de Agosto de 2011.
Julia Vilches Alvarado - Jefa de Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luis, que en mérito al Exp. Adm. N° 2323-2011 Doña GINAMARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ BORJAS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de ALEJANDRINA MAURA BORJAS SALVADOR, inscrita en esta Municipalidad en el libro 048, folio 048, año 1952; que erróneamente se ha consignado como nombre del padre de la titular ZACARÍAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARÍAS BORJAS VICENTE, y como nombre de la madre de la titular SOFÍA SALVADOR siendo lo correcto SOFÍA SALVADOR CHICO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 17 de Agosto de 2011.
Julia Vilches Alvarado - Jefa de Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luis, que en mérito al Exp. Adm. N° 2322-2011 Doña GINAMARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ BORJAS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de JULIAN BORJAS SALVADOR, inscrita en esta Municipalidad en el libro 039, folio 116, año 1941; que erróneamente se ha consignado como nombre del padre del titular ZACARÍAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARÍAS BORJAS VICENTE, y como nombre de la madre del titular SOFÍA SALVADOR siendo lo correcto SOFÍA SALVADOR CHICO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 17 de Agosto de 2011.
Julia Vilches Alvarado - Jefa de Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luis, que en mérito al Exp. Adm. N° 2325-2011 Doña GINAMARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ BORJAS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de SEGUNDINA BORJAS SALVADOR, inscrita en esta Municipalidad en el libro 043, folio 155, año 1947; que erróneamente se ha consignado como nombre del padre de la titular ZACARÍAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARÍAS BORJAS VICENTE, y como nombre de la madre de la titular SOFÍA SALVADOR siendo lo correcto SOFÍA SALVADOR CHICO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 17 de Agosto de 2011.
Julia Vilches Alvarado - Jefa de Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luis, que en mérito al Exp. Adm. N° 2321-2011 Doña GINAMARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ BORJAS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de ANTONIO BORJAS SALVADOR, inscrita en esta Municipalidad en el libro 037, folio 471, año 1939; que erróneamente se ha consignado como nombre del padre del titular ZACARÍAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARÍAS BORJAS VICENTE, y como nombre de la madre del titular SOFÍA SALVADOR siendo lo correcto SOFÍA SALVADOR CHICO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 17 de Agosto de 2011.
Julia Vilches Alvarado - Jefa de Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7559-2011, doña Ginamaría del Rosario Sánchez Borjas, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE DEFUNCIÓN, inscrita en esta Municipalidad en el libro 117, folio 64, año 1989, en el extremo que se consigna como nombre del fallecido VICENTE ZACARIAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARIAS BORJAS VICENTE.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña Lucia Elsa Ochoa Huamani, identificada con DNI N° 15434413, con Exp. N° 8013-11 de fecha 31-08-11, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA del ACTA DE NACIMIENTO de su hijo ORIS LUIGUI OCHOA, inscrito en el Libro N° 096C, Folio N° 604666 del año 1997, por haberse consignado los prenombres de la madre como: ELSA LUCIA debiendo ser lo correcto: «LUCIA ELSA. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada. Mala, 07 de Setiembre de 2011.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
EDICTO
Exp. N° 345-2011 ante el Primer Juzgado de Paz Letrado que despacha la Sra. Juez Daisy Guzmán Sánchez y Secretaria Giovanna Mendoza Magallanes, doña MARIANA ANGELINA QUISPE FLORES solicita la SUCESIÓN INTESTADA de AMADOR QUISPE FLORES fallecido en el Hospital Rezola el día 17 de Diciembre del 2007, llamándose a los que se crean con derecho a la herencia. Lo que se publica conforme a ley.
Cañete, 09 de Agosto del 2011.
Giovanna Elizabeth Mendoza Magallanes
Secretaria Judicial - Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete – CSJCÑ
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE MATRIMONIO – EDICTO
Exp. N° 420-2011 Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado que despacha la Sra. Juez Daisy Guzmán Sánchez y Secretaria Giovanna E. Mendoza Magallanes, doña MARIA ISABEL QUISPE CUZCANO solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE MATRIMONIO respecto a que erróneamente se ha consignado el primer apellido de su cónyuge LEONIDAS ZACARIAS NOLAZCO ZAPATA siendo lo correcto LEONIDAS ZACARIAS NOLASCO ZAPATA. Lo que se publica conforme a ley.
Cañete, 26 de Agosto de 2011.
Giovanna Elizabeth Mendoza Magallanes
Secretaria Judicial - Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete – CSJCÑ
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. N° 00385-2011-CI, Ante el 2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la Srta. Juez Dra. Patricia Razzeto Zavala y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, doña SANTA GOMEZ GUTIERREZ solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el extremo que se ha consignado como el nombre de su progenitor FRANCISCO GOMES, siendo lo correcto «FRANCISCO GOMEZ TORRES», y además se adicione el primer nombre, se rectifique el segundo nombre y se adicione el segundo apellido materno de su progenitora CONRADA GUTIERREZ siendo lo correcto «FELIPA CONCRADA GUTIERREZ LUME». Lo que se publica para conocimiento
Cañete, 22 de Agosto de 2011.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial - 2° Juzgado de Paz Letrado – Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don JORGE ARMANDO DE LA CRUZ ROJAS de 22 años de edad, natural de Imperial – Cañete, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 45415333, con domicilio en Urb. Zona Oeste Mz. D Lote 9 – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación Mecánico de Mantenimiento, y doña AMERICA IRIS ROJAS TORRES, de 20 años de edad, natural de Nuevo Imperial – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 47047763, de estado civil soltera, de ocupación Secretaria, domiciliada en Urb. Zona Oeste Mz. D Lote 9 – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito el día 16 de Setiembre del 2011 a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente. Quilmaná, 07 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don URBANO GREGORIO ARCE RIVERA, de 75 años de edad, natural de Uraca – Arequipa, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 15341615 con domicilio en el Anexo El Tigre – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación chofer jubilado y doña FELICIANA CHUMPITAZ CARDENAS de 69 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 15343350, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Urb. Perú Lote N° 8 San Vicente – Cañete.
Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad Distrital de Quilmaná.
Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 08 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7604-2011, doña Dominica Elena Ochoa Castillo, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 89, folio 138, en el extremo que se consigna como nombre del padre LORENZO OCHOA, siendo lo correcto LORENZO OCHOA LUYO y de la madre se consigna como FELICITA CASTILLO, siendo lo correcto FELICITA ENIT CASTILLO MENDIETA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 08 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7600-2011, doña Carmen Rosa Ochoa Castillo, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 165, folio 125, en el extremo que se consigna como nombre de la madre FELICITA CASTILLO, siendo lo correcto FELICITA ENIT CASTILLO MENDIETA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 08 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7598-2011, don Pedro Basilio Ochoa Castillo, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 139, folio 100, en el extremo que se consigna como nombre del padre LORENZO OCHOA, siendo lo correcto LORENZO OCHOA LUYO y de la madre se consigna como FELICITA CASTILLO, siendo lo correcto FELICITA ENIT CASTILLO MENDIETA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 08 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7599-2011, don Jorge Luis Ochoa Castillo, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 139, folio 100, en el extremo que se consigna como nombre del padre LORENZO OCHOA, siendo lo correcto LORENZO OCHOA LUYO y de la madre se consigna como FELICITA CASTILLO, siendo lo correcto FELICITA ENIT CASTILLO MENDIETA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 08 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe
09 septiembre 2011
08 septiembre 2011
ALCALDES CAÑETANOS VIAJARON A ICA PARA REUNIRSE CON CONGRESISTAS...
Una delegación de alcaldes de la provincia de Cañete, viajaron el día de hoy, en horas de la mañana hasta la provincia de Ica con la finalidad de participar en la primera reunión descentralizada del Congreso de la República.
María Montoya y sus colegas de los distritos de San Luis, Quilmaná, Nuevo Imperial, San
Antonio, Mala, Lunahuaná, Cerro Azul, Imperial y Mala, estarán en el coliseo cerrado
José Oliva Razzeto de Ica.
Esta decisión la tomaron las autoridades cañetanas, luego de que el día de ayer, cuando la comitiva de congresistas se dirigían a la vecina provincia de Pisco, hicieron un alto en el camino para dialogar con sus autoridades.
Luego de dicho dialogo y también de conversar con la Alcaldesa Provincial María Montoya en su camino hacia Pisco, el Presidente del Congreso de la República Daniel Agubattas, asumió el compromiso de participar en los próximos días en la provincia de Cañete, en una reunión con las autoridades y los representantes de la sociedad civil.
Al pasar por Cañete, Daniel Abugattas se detuvo por algunos minutos en el km 131 de la carretera panamericana sur, donde se había congregado un amplio sector de la población para hacer sentir su voz de protesta exigiendo se atienda a los damnificados del terremoto del 15 de agosto del año 2007, se solucione el problema de demarcación limítrofe con la provincia de Chincha y la no derivación de las sobrantes del aguas del río cañete a las pampas de Chincha e Ica.
Al continuar su viaje, el presidente del congreso invito a su automóvil a la alcaldesa María Montoya, y juntos viajaron hasta la ciudad de Pisco donde se realizó la audiencia descentralizada, en el camino ambas autoridades conversaron ampliamente sobre temas de interés para la provincia y se reafirmó el compromiso de desarrollar una reunión con los parlamentarios en la provincia de Cañete.
La jornada de la alcaldesa provincial y los regidores de la municipalidad provincial de Cañete, culminó en la ciudad de Pisco en el local del megamercado, donde se realizó la primera audiencia pública; allí la máxima autoridad edil de Cañete, hizo uso de la palabra señalando se incluya a Cañete en el proceso de reconstrucción, e invitó a los parlamentarios a realizar una reunión similar en Cañete.
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CAÑETE: CAE SECRETARIO DE JUZGADO «IN FRAGANTI» COBRANDO A LITIGANTE COIMA DE S/. 350.00 SOLES
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco
PODER POLÍTICO: El esfuerzo del Poder Judicial para lograr la eficiencia y contrarrestar la imagen negativa de un sector importante de la población nacional, viene dando sus frutos. En nuestra provincia, la Mesa de Trabajo por la Transparencia Judicial iniciado por ODECMA – CAÑETE, logra resultados efectivos y positivos, con planificación, eficiencia, vocación de servicio, y con una política descentralista que se brinda desde el mes de julio, en los distritos de Lunahuaná, Imperial y Santa Cruz de Flores.
PRIMEROS RESULTADOS: CAE EN DESGRACIA SECRETARIO DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE IMPERIAL
La denuncia valiente y oportuna de un ciudadano, ayer miércoles 07 de setiembre, sorprendió y remeció el sistema judicial cañetano, en el operativo anticorrupción intervinieron, ODECMA, EL MINISTERIO PUBLICO Y LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, hallando al secretario del Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Ricardo Lovera Hernández, en el preciso momento en el que realizaba el cobro de S/.350.00 nuevos soles a un ciudadano que tenia un proceso en dicho Juzgado.
DOCTOR PAULO VIVAS Y UNA SACRIFICADA LABOR
El jefe del órgano de control de Cañete, Dr. Paulo Jorge Vivas Sierra, ha reafirmado su compromiso de estar atento a las quejas o denuncias de los litigantes, sobre conductas deshonrosas e impropias de jueces y del personal auxiliar de este poder del Estado.
El 24 de julio se realizó la Primera Reunión Descentralizada de Lucha Contra la Corrupción en el distrito turístico de Lunahuaná. En el Taller participaron autoridades, líderes y organizaciones de los distritos aledaños de Pacarán y Zúñiga, esto se replicó en los otros distritos, los temas centrales tratados son : La Corrupción en el Perú y el Programa Umbral Anticorrupción, así como el Poder Judicial, Estructura, Composición, Organización; Rol del Juez, Confianza Ciudadana y Problemas del Sistema de Justicia, así como Mecanismos de control de la Corrupción en el Ambiente Judicial.
En aquella oportunidad el evento fue inaugurado por la Presidenta de la CSJC Dra. Luz Gladys Roque Montesillo y la clausura por el Dr. Javier Mendoza Ramírez, Juez Supremo y Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (OCMA). La reunión concluyó con la instalación de la Primera Mesa de Trabajo Descentralizada, previo a ello en el taller hubo un plenario y se presentaron las conclusiones del taller.
El Programa Umbral Anticorrupción, es un programa financiado por la Agencia de Cooperación Norteamericana, mas conocida por sus siglas en inglés USAID El componente Anti Corrupción del Programa Umbral se desarrolla sobre la base de tres elementos generadores de la corrupción en el Perú.
- Falta de conocimiento del problema.
- Acciones llevadas a cabo para luchar contra la corrupción.
- Y rol positivo que los ciudadanos podrían desempeñar en dicha labor.
Las estrategias de la lucha anticorrupción tratan de fortalecer la débil aplicación de los sistemas de control, investigación y, mecanismos ineficaces de la sanción. Se enfoca las oportunidades que tiene la corrupción, debido a los procesos ineficaces del Estado y el limitado acceso a la información.
¡UNIDOS, SI PODEMOS!
Usando este marco como base, el Gobierno Peruano seleccionó a cuatro (4) entidades públicas para participar en el Programa Umbral: el Poder Judicial a través de la OCMA, el Ministerio del Interior a través de la Policía Nacional, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo.
Finalmente es necesario invocar y recordar a todo el personal del Poder Judicial, que ustedes representan al poder más importante del Estado, el equilibrio perfecto para lograr la paz, tranquilidad social, el respeto por la esencia de la vida misma, integrar sus filas debe sentirse como una condecoración, es por su propia naturaleza un alto honor servir a la patria; sin embargo todo aquel que transgreda la ley y perjudique a la institución debe ser castigado con todo el peso de la ley. ¡Somos libres! y podemos escoger nuestro camino, ojalá sea el angosto y espinoso, el mismo que tarde o temprano conduce a la gloria y la victoria en todo su amplitud. Usted decide...
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Nuevo Ayacucho, invita visitar la frontera viva de Cañete
DIRECTOR DE LA DRELP, RICARDO DOLORIER URBNINA, NO DEBE OLVIDARSE DE SUS PAISANOS QUE CLAMAN APOYO
SAN VICENTE.- Las autoridades del CP «Nuevo Ayacucho», invitaron al Director Regional de Educación de Lima, Dr. Ricardo Dolorier Urbina, conocer «in situ» las instalaciones de la Institución Educativa «Mariscal Andrés Avelino Cáceres» y de esta manera brindar la solución a su problemática.
«Invitamos a nuestro paisano Ricardo Dolorier a visitar Nuevo Ayacucho y conocer de cerca la realidad de sus hijos que buscan un futuro promisor en la misma frontera viva de Cañete», expresó el teniente gobernador del lugar, Percy Castro.
La autoridad política, destacó a Ricardo Dolorier de quien dijo que está desarrollando una labor loable en los diferentes pueblos de la región Lima de acuerdo a la política educativa trazada por el presidente regional, Javier Alvarado.
«Pero, no se debe olvidar de sus coterráneos que hacen patria en Cañete desde su llegada en el año 2002 identificándose con esta ubérrima tierra y defendiendo la frontera viva de la región Lima», precisó a su turno la Jueza de Paz, Susana Carrera.
Los moradores, precisan que hay un promedio de 300 alumnos en los tres niveles que estudian en la institución educativa «Mariscal Andrés Avelino Cáceres», pero muy poco reciben el apoyo de las autoridades educativas, políticas.
Incluso, la ex directora de la UGEL 08 – Cañete, la «chuista» Flor Ananora Saavedra Feliz, pretendió cerrar la institución educativa aduciendo que «había muy pocos alumnos», hecho que no prosperó por la persistencia de la población.
Lo poco que se avanzó para el mejoramiento de los ambientes, fue con el esfuerzo propio de los padres de familia y las gestiones realizadas ante los organismos no gubernamentales en coordinación con el ex director Lic. Heber Ñáñez.
Por su parte, el alcalde Joaquín Ayala, manifestó que el domingo pasado los chinchanos, inauguraron un moderno colegio en la zona, generando cierta molestia, empero los padres de familia, muestran su confíanza en el Mariscal Andrés Avelino Cáceres.
«Reiteramos a nuestro querido y amigo Ricardo Dolorier que no se olvide de los hijos de sus paisanos y que algún domingo pueda departir con nosotros para saborear nuestra rica mashua y cantar la Flor de Remata», dijo en tono jocoso Joaquín Ayala.
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Pleno del concejo removió a David Rosales...
PEDRO KOO MURGA, NUEVO PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE FIESTAS DE IMPERIAL – 2011
SAN VICENTE.- Por decisión mayoritaria del pleno del concejo distrital de Imperial, se removió del cargo de presidente de la Comisión Central de Aniversario del 102 Aniversario de Creación Política del Distrito de Imperial al regidor David Rosales Carbonel y en su reemplazo se designó a su homólogo Pedro Armando Koo Murga.
La remoción fue a iniciativa del regidor David Rosales quien planteó la reestructuración de la Comisión con la exclusión de dos de sus miembros, empero el pleno con la facultad que le asiste, adoptó poner en debate la remoción total de sus integrantes.
Con cinco votos a favor y dos en contra, el pleno desactivó la Comisión y designó un nuevo cuadro presidido por Pedro Koo, más tres regidores, más dos representantes de la Sociedad de Civil.
Acompañan a Pedro Koo sus colegas Roger Beltrán (vicepresidente), Aurora Vicente y Gladis Candela. Estos últimos en los cargos de vocales, mientras que para los cargos de secretario y tesorero, se convocará a la Sociedad Civil.
En las últimas horas surgieron comentarios divergentes sobre el particular, sin sustento legal, dado que el pleno del concejo es la máxima instancia y sus decisiones son inapelables.
El alcalde Eddy Del Mazo Tello, emitirá una nueva Resolución en el más breve plazo, para que la reestructurada Comisión de Fiestas del 102 Aniversario de Imperial, realice una encomiable labor.
El tiempo apremia y ojalá que la gestión de Pedro Koo, deje huellas para la posteridad y no se convierta en comentarios negativos, tal como se observó en el aniversario de Cañete.
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CAÑETE: APARATOSO CHOQUE DEJÓ IMPACTO ENTRE PATRULLERO Y COMBI QUE LLEVABA PASAJEROS
El día de ayer aproximadamente a las 06:00 a.m. en el km 130 de la panamericana sur en el distrito de cerro azul, se suscito un accidente de tránsito, entre una combi de la empresa San Benito De Palermo nº5 que colisiono con un patrullero del escuadrón de emergencia de la PNP de Lima.
Ambos vehículos chocaron en forma intempestiva; la combi realizaba el traslado a trabajadores, que se dirigían a la playa el misterio del distrito de Asia y el patrullero PNP se dirigía a la ciudad de Ica, a custodiar el orden en la primera sesión descentralizada del pleno del congreso.
Los heridos fueron trasladados al hospital Rezola de cañete por los miembros de la PNP.
El accidente de tránsito deja como saldo 18 personas heridas como son:
Patricio Pernia Jeremías 48 AÑOS
Patricio Pernia Daniel Damazo 45 AÑOS
Uribe Avalos Frank Cristi 35 AÑOS
Pampas Palomino Néstor 39 AÑOS
Hinostroza Méndez Cesar Jesus 24 AÑOS
Chávez Mendoza Benito 71 AÑOS
Moreno Tapara Cristian Paulino 22 AÑOS
Cruz Carrasco José Luis 36 AÑOS
Rodríguez Zúñiga Julio Cesar 47 AÑOS
Quicaña Usquiano Elmer John 38 AÑOS
Pampa Puma Rogelio 26 AÑOS
Alberto Reyes Petter John 32 AÑOS
Espinoza Tarazona Rene Roberto 30 AÑOS
Espinoza Amau Jorge 40 AÑOS
Huamani López Saul Arturo 31 AÑOS
Saavedra Fernández Eduardo 40 AÑOS
Saldaña Malache Emilio 47 AÑOS
Vicente Huapaya Coicca 43 AÑOS
Una delegación de alcaldes de la provincia de Cañete, viajaron el día de hoy, en horas de la mañana hasta la provincia de Ica con la finalidad de participar en la primera reunión descentralizada del Congreso de la República.
María Montoya y sus colegas de los distritos de San Luis, Quilmaná, Nuevo Imperial, San
Antonio, Mala, Lunahuaná, Cerro Azul, Imperial y Mala, estarán en el coliseo cerrado
José Oliva Razzeto de Ica.
Esta decisión la tomaron las autoridades cañetanas, luego de que el día de ayer, cuando la comitiva de congresistas se dirigían a la vecina provincia de Pisco, hicieron un alto en el camino para dialogar con sus autoridades.
Luego de dicho dialogo y también de conversar con la Alcaldesa Provincial María Montoya en su camino hacia Pisco, el Presidente del Congreso de la República Daniel Agubattas, asumió el compromiso de participar en los próximos días en la provincia de Cañete, en una reunión con las autoridades y los representantes de la sociedad civil.
Al pasar por Cañete, Daniel Abugattas se detuvo por algunos minutos en el km 131 de la carretera panamericana sur, donde se había congregado un amplio sector de la población para hacer sentir su voz de protesta exigiendo se atienda a los damnificados del terremoto del 15 de agosto del año 2007, se solucione el problema de demarcación limítrofe con la provincia de Chincha y la no derivación de las sobrantes del aguas del río cañete a las pampas de Chincha e Ica.
Al continuar su viaje, el presidente del congreso invito a su automóvil a la alcaldesa María Montoya, y juntos viajaron hasta la ciudad de Pisco donde se realizó la audiencia descentralizada, en el camino ambas autoridades conversaron ampliamente sobre temas de interés para la provincia y se reafirmó el compromiso de desarrollar una reunión con los parlamentarios en la provincia de Cañete.
La jornada de la alcaldesa provincial y los regidores de la municipalidad provincial de Cañete, culminó en la ciudad de Pisco en el local del megamercado, donde se realizó la primera audiencia pública; allí la máxima autoridad edil de Cañete, hizo uso de la palabra señalando se incluya a Cañete en el proceso de reconstrucción, e invitó a los parlamentarios a realizar una reunión similar en Cañete.
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CAÑETE: CAE SECRETARIO DE JUZGADO «IN FRAGANTI» COBRANDO A LITIGANTE COIMA DE S/. 350.00 SOLES
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco
PODER POLÍTICO: El esfuerzo del Poder Judicial para lograr la eficiencia y contrarrestar la imagen negativa de un sector importante de la población nacional, viene dando sus frutos. En nuestra provincia, la Mesa de Trabajo por la Transparencia Judicial iniciado por ODECMA – CAÑETE, logra resultados efectivos y positivos, con planificación, eficiencia, vocación de servicio, y con una política descentralista que se brinda desde el mes de julio, en los distritos de Lunahuaná, Imperial y Santa Cruz de Flores.
PRIMEROS RESULTADOS: CAE EN DESGRACIA SECRETARIO DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE IMPERIAL
La denuncia valiente y oportuna de un ciudadano, ayer miércoles 07 de setiembre, sorprendió y remeció el sistema judicial cañetano, en el operativo anticorrupción intervinieron, ODECMA, EL MINISTERIO PUBLICO Y LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, hallando al secretario del Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Ricardo Lovera Hernández, en el preciso momento en el que realizaba el cobro de S/.350.00 nuevos soles a un ciudadano que tenia un proceso en dicho Juzgado.
DOCTOR PAULO VIVAS Y UNA SACRIFICADA LABOR
El jefe del órgano de control de Cañete, Dr. Paulo Jorge Vivas Sierra, ha reafirmado su compromiso de estar atento a las quejas o denuncias de los litigantes, sobre conductas deshonrosas e impropias de jueces y del personal auxiliar de este poder del Estado.
El 24 de julio se realizó la Primera Reunión Descentralizada de Lucha Contra la Corrupción en el distrito turístico de Lunahuaná. En el Taller participaron autoridades, líderes y organizaciones de los distritos aledaños de Pacarán y Zúñiga, esto se replicó en los otros distritos, los temas centrales tratados son : La Corrupción en el Perú y el Programa Umbral Anticorrupción, así como el Poder Judicial, Estructura, Composición, Organización; Rol del Juez, Confianza Ciudadana y Problemas del Sistema de Justicia, así como Mecanismos de control de la Corrupción en el Ambiente Judicial.
En aquella oportunidad el evento fue inaugurado por la Presidenta de la CSJC Dra. Luz Gladys Roque Montesillo y la clausura por el Dr. Javier Mendoza Ramírez, Juez Supremo y Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (OCMA). La reunión concluyó con la instalación de la Primera Mesa de Trabajo Descentralizada, previo a ello en el taller hubo un plenario y se presentaron las conclusiones del taller.
El Programa Umbral Anticorrupción, es un programa financiado por la Agencia de Cooperación Norteamericana, mas conocida por sus siglas en inglés USAID El componente Anti Corrupción del Programa Umbral se desarrolla sobre la base de tres elementos generadores de la corrupción en el Perú.
- Falta de conocimiento del problema.
- Acciones llevadas a cabo para luchar contra la corrupción.
- Y rol positivo que los ciudadanos podrían desempeñar en dicha labor.
Las estrategias de la lucha anticorrupción tratan de fortalecer la débil aplicación de los sistemas de control, investigación y, mecanismos ineficaces de la sanción. Se enfoca las oportunidades que tiene la corrupción, debido a los procesos ineficaces del Estado y el limitado acceso a la información.
¡UNIDOS, SI PODEMOS!
Usando este marco como base, el Gobierno Peruano seleccionó a cuatro (4) entidades públicas para participar en el Programa Umbral: el Poder Judicial a través de la OCMA, el Ministerio del Interior a través de la Policía Nacional, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo.
Finalmente es necesario invocar y recordar a todo el personal del Poder Judicial, que ustedes representan al poder más importante del Estado, el equilibrio perfecto para lograr la paz, tranquilidad social, el respeto por la esencia de la vida misma, integrar sus filas debe sentirse como una condecoración, es por su propia naturaleza un alto honor servir a la patria; sin embargo todo aquel que transgreda la ley y perjudique a la institución debe ser castigado con todo el peso de la ley. ¡Somos libres! y podemos escoger nuestro camino, ojalá sea el angosto y espinoso, el mismo que tarde o temprano conduce a la gloria y la victoria en todo su amplitud. Usted decide...
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Nuevo Ayacucho, invita visitar la frontera viva de Cañete
DIRECTOR DE LA DRELP, RICARDO DOLORIER URBNINA, NO DEBE OLVIDARSE DE SUS PAISANOS QUE CLAMAN APOYO
SAN VICENTE.- Las autoridades del CP «Nuevo Ayacucho», invitaron al Director Regional de Educación de Lima, Dr. Ricardo Dolorier Urbina, conocer «in situ» las instalaciones de la Institución Educativa «Mariscal Andrés Avelino Cáceres» y de esta manera brindar la solución a su problemática.
«Invitamos a nuestro paisano Ricardo Dolorier a visitar Nuevo Ayacucho y conocer de cerca la realidad de sus hijos que buscan un futuro promisor en la misma frontera viva de Cañete», expresó el teniente gobernador del lugar, Percy Castro.
La autoridad política, destacó a Ricardo Dolorier de quien dijo que está desarrollando una labor loable en los diferentes pueblos de la región Lima de acuerdo a la política educativa trazada por el presidente regional, Javier Alvarado.
«Pero, no se debe olvidar de sus coterráneos que hacen patria en Cañete desde su llegada en el año 2002 identificándose con esta ubérrima tierra y defendiendo la frontera viva de la región Lima», precisó a su turno la Jueza de Paz, Susana Carrera.
Los moradores, precisan que hay un promedio de 300 alumnos en los tres niveles que estudian en la institución educativa «Mariscal Andrés Avelino Cáceres», pero muy poco reciben el apoyo de las autoridades educativas, políticas.
Incluso, la ex directora de la UGEL 08 – Cañete, la «chuista» Flor Ananora Saavedra Feliz, pretendió cerrar la institución educativa aduciendo que «había muy pocos alumnos», hecho que no prosperó por la persistencia de la población.
Lo poco que se avanzó para el mejoramiento de los ambientes, fue con el esfuerzo propio de los padres de familia y las gestiones realizadas ante los organismos no gubernamentales en coordinación con el ex director Lic. Heber Ñáñez.
Por su parte, el alcalde Joaquín Ayala, manifestó que el domingo pasado los chinchanos, inauguraron un moderno colegio en la zona, generando cierta molestia, empero los padres de familia, muestran su confíanza en el Mariscal Andrés Avelino Cáceres.
«Reiteramos a nuestro querido y amigo Ricardo Dolorier que no se olvide de los hijos de sus paisanos y que algún domingo pueda departir con nosotros para saborear nuestra rica mashua y cantar la Flor de Remata», dijo en tono jocoso Joaquín Ayala.
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Pleno del concejo removió a David Rosales...
PEDRO KOO MURGA, NUEVO PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE FIESTAS DE IMPERIAL – 2011
SAN VICENTE.- Por decisión mayoritaria del pleno del concejo distrital de Imperial, se removió del cargo de presidente de la Comisión Central de Aniversario del 102 Aniversario de Creación Política del Distrito de Imperial al regidor David Rosales Carbonel y en su reemplazo se designó a su homólogo Pedro Armando Koo Murga.
La remoción fue a iniciativa del regidor David Rosales quien planteó la reestructuración de la Comisión con la exclusión de dos de sus miembros, empero el pleno con la facultad que le asiste, adoptó poner en debate la remoción total de sus integrantes.
Con cinco votos a favor y dos en contra, el pleno desactivó la Comisión y designó un nuevo cuadro presidido por Pedro Koo, más tres regidores, más dos representantes de la Sociedad de Civil.
Acompañan a Pedro Koo sus colegas Roger Beltrán (vicepresidente), Aurora Vicente y Gladis Candela. Estos últimos en los cargos de vocales, mientras que para los cargos de secretario y tesorero, se convocará a la Sociedad Civil.
En las últimas horas surgieron comentarios divergentes sobre el particular, sin sustento legal, dado que el pleno del concejo es la máxima instancia y sus decisiones son inapelables.
El alcalde Eddy Del Mazo Tello, emitirá una nueva Resolución en el más breve plazo, para que la reestructurada Comisión de Fiestas del 102 Aniversario de Imperial, realice una encomiable labor.
El tiempo apremia y ojalá que la gestión de Pedro Koo, deje huellas para la posteridad y no se convierta en comentarios negativos, tal como se observó en el aniversario de Cañete.
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CAÑETE: APARATOSO CHOQUE DEJÓ IMPACTO ENTRE PATRULLERO Y COMBI QUE LLEVABA PASAJEROS
El día de ayer aproximadamente a las 06:00 a.m. en el km 130 de la panamericana sur en el distrito de cerro azul, se suscito un accidente de tránsito, entre una combi de la empresa San Benito De Palermo nº5 que colisiono con un patrullero del escuadrón de emergencia de la PNP de Lima.
Ambos vehículos chocaron en forma intempestiva; la combi realizaba el traslado a trabajadores, que se dirigían a la playa el misterio del distrito de Asia y el patrullero PNP se dirigía a la ciudad de Ica, a custodiar el orden en la primera sesión descentralizada del pleno del congreso.
Los heridos fueron trasladados al hospital Rezola de cañete por los miembros de la PNP.
El accidente de tránsito deja como saldo 18 personas heridas como son:
Patricio Pernia Jeremías 48 AÑOS
Patricio Pernia Daniel Damazo 45 AÑOS
Uribe Avalos Frank Cristi 35 AÑOS
Pampas Palomino Néstor 39 AÑOS
Hinostroza Méndez Cesar Jesus 24 AÑOS
Chávez Mendoza Benito 71 AÑOS
Moreno Tapara Cristian Paulino 22 AÑOS
Cruz Carrasco José Luis 36 AÑOS
Rodríguez Zúñiga Julio Cesar 47 AÑOS
Quicaña Usquiano Elmer John 38 AÑOS
Pampa Puma Rogelio 26 AÑOS
Alberto Reyes Petter John 32 AÑOS
Espinoza Tarazona Rene Roberto 30 AÑOS
Espinoza Amau Jorge 40 AÑOS
Huamani López Saul Arturo 31 AÑOS
Saavedra Fernández Eduardo 40 AÑOS
Saldaña Malache Emilio 47 AÑOS
Vicente Huapaya Coicca 43 AÑOS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ORDENANZA N° 019-2011-MPC
Cañete, 29 de agosto de 2011
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE:
POR CUANTO:
El Concejo Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de la fecha, en atención al Informe N° 080-2011-GT-MPC de fecha 22 de agosto de 2011, por el cual la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, remite el proyecto de ordenanza relacionado a la regularización del servicio de transporte en vehículos menores moto taxi;
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Provincial de Cañete, goza de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado Peruano, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680;
Que, de acuerdo a las competencias y funciones especificas establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, la Municipalidad Provincial tiene facultad para normar y regular el servicio público de Transporte terrestre Urbano e Interurbano en su jurisdicción, de conformidad con la ley y reglamentos nacionales sobre la materia, concordante a lo establecido por la ley General de Transporte y Tránsito Terrestre N° 27181, artículo 17° numeral a), la Municipalidad Provincial en el ámbito de su territorio tiene competencia para emitir normas y disposiciones en forma complementaria. Así como realizar los actos necesarios para la aplicación de los reglamentos nacionales;
Que, Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en vehículos Menores N° 27189 y el D.S. N° 055-2010-MTC, Publicado el 02 de diciembre del 2010, establecen que la Municipalidad Distrital en donde se presta el Servicio Público de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, es la encargada de autorizar dicho servicio y aplicar las sanciones por las infracciones al citado reglamento;
Que, mediante Ordenanza N° 031-2004-MPC, del 19 de Julio del 2004, se aprobó el Reglamento para la prestación del servicio Público de Transporte de Pasajeros en vehículos Menores de Tres (3) Ruedas, Motorizados y No Motorizados del distrito de San Vicente de Cañete, estableciendo su artículo 13º que en la Jurisdicción de San Vicente de Cañete, el tope máximo de la flota vehicular de cada empresa autorizada será de 30 unidades vehiculares y la cantidad mínima para otorgar un permiso de operación será de 10 unidades vehiculares;
Que, con la finalidad de lograr la regularización del Servicio de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, se aperturó las inscripciones de las unidades que se encontraban en la condición de informales, emitiéndose la Ordenanza N° 012-2007-MPC de fecha 19 de Junio de 2007, otorgándose plazo para alcanzar la formalización indicada a favor de la empresas constituidas con Contrato y permiso de Operación vigentes;
Que, la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, informa sobre la necesidad de evitar la informalidad en el distrito de San Vicente, por cuyo motivo propone regularizar el servicio de transporte en vehículos menores inscribiendo nuevas unidades para nivelar la flota vehicular de las empresas y alcanzar el tope máximo de 30 unidades, conforme al reglamento enunciado precedentemente;
Que, no habiéndose logrado alcanzar la regularización deseada a pesar de los notorios esfuerzos administrativos de la Municipalidad Provincial de Cañete, para formalizar el servicio irregular, es necesario emitirse el dispositivo legal que autorice excepcionalmente la inclusión de nuevas unidades al servicio;
Estando a lo expuesto y, de conformidad con el Artículo 9º, numeral 8), el Artículo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del Pleno del Concejo Provincial, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Asesoría Legal y con la dispensa del trámite de aprobación del acta, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA PARA LA REGULARIZACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE EN VEHICULOS MENORES MOTOTAXI
ARTICULO 1º.- Autorizar a las empresas de Transporte en vehículos menores que cuenten con contrato de Concesión y permisos de operación vigentes, la inscripción de nuevas unidades vehiculares, para el servicio en vehículos menores mototaxis para nivelar sus flotas vehiculares que les permita, si así lo desean, alcanzar el tope máximo de flota establecido en el Reglamento para este servicio, en la cantidad de 30 unidades; cumpliendo con los requisitos y pagos de los derechos que establece el TUPA de la Municipalidad por el procedimiento de ampliación de Flota.
ARTICULO 2°.- Concédase el plazo de 30 días, contados a partir del día siguiente de su publicación, para que las empresas puedan acogerse a la presente disposición a fin de incrementar y/o nivelar su flota vehicular, al vencimiento del plazo concedido, la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial emitirá el informe situacional del parque automotor con el que se dará inicio a las acciones de control para evitar la saturación de unidades en nuestro distrito.
ARTICULO 3°.- Además de los requisitos establecidos para el Procedimiento de Ampliación de Flota, las empresas para acogerse a lo dispuesto por la presente Ordenanza, deben reunir las siguientes condiciones indispensables que se suman a los requisitos establecidos en el TUPA de la Municipalidad:
· Que el vehículo tenga un máximo de 04 años de antigüedad desde su fabricación.
· Tarjeta de propiedad expedida por la SUNARP.
ARTICULO 4º.- Encárguese al Gerente de Transporte y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Cañete, impartir las directivas más convenientes para el cumplimiento de la presente Ordenanza y proceda a la evaluación final del Servicio Público de Mototaxi en la Jurisdicción del Distrito de San Vicente de Cañete.
ARTICULO 5°.- Para acogerse a la presente ordenanza debe presentarse el acuerdo firmado por los socios de la Empresa y anexar su escritura pública actualizada.
ARTICULO 6°.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario de mayor circulación de la Provincia de Cañete.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
MARIA M. MONTOYA CONDE
ALCALDESA
ORDENANZA N° 019-2011-MPC
Cañete, 29 de agosto de 2011
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE:
POR CUANTO:
El Concejo Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de la fecha, en atención al Informe N° 080-2011-GT-MPC de fecha 22 de agosto de 2011, por el cual la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, remite el proyecto de ordenanza relacionado a la regularización del servicio de transporte en vehículos menores moto taxi;
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Provincial de Cañete, goza de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado Peruano, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680;
Que, de acuerdo a las competencias y funciones especificas establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, la Municipalidad Provincial tiene facultad para normar y regular el servicio público de Transporte terrestre Urbano e Interurbano en su jurisdicción, de conformidad con la ley y reglamentos nacionales sobre la materia, concordante a lo establecido por la ley General de Transporte y Tránsito Terrestre N° 27181, artículo 17° numeral a), la Municipalidad Provincial en el ámbito de su territorio tiene competencia para emitir normas y disposiciones en forma complementaria. Así como realizar los actos necesarios para la aplicación de los reglamentos nacionales;
Que, Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en vehículos Menores N° 27189 y el D.S. N° 055-2010-MTC, Publicado el 02 de diciembre del 2010, establecen que la Municipalidad Distrital en donde se presta el Servicio Público de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, es la encargada de autorizar dicho servicio y aplicar las sanciones por las infracciones al citado reglamento;
Que, mediante Ordenanza N° 031-2004-MPC, del 19 de Julio del 2004, se aprobó el Reglamento para la prestación del servicio Público de Transporte de Pasajeros en vehículos Menores de Tres (3) Ruedas, Motorizados y No Motorizados del distrito de San Vicente de Cañete, estableciendo su artículo 13º que en la Jurisdicción de San Vicente de Cañete, el tope máximo de la flota vehicular de cada empresa autorizada será de 30 unidades vehiculares y la cantidad mínima para otorgar un permiso de operación será de 10 unidades vehiculares;
Que, con la finalidad de lograr la regularización del Servicio de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, se aperturó las inscripciones de las unidades que se encontraban en la condición de informales, emitiéndose la Ordenanza N° 012-2007-MPC de fecha 19 de Junio de 2007, otorgándose plazo para alcanzar la formalización indicada a favor de la empresas constituidas con Contrato y permiso de Operación vigentes;
Que, la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, informa sobre la necesidad de evitar la informalidad en el distrito de San Vicente, por cuyo motivo propone regularizar el servicio de transporte en vehículos menores inscribiendo nuevas unidades para nivelar la flota vehicular de las empresas y alcanzar el tope máximo de 30 unidades, conforme al reglamento enunciado precedentemente;
Que, no habiéndose logrado alcanzar la regularización deseada a pesar de los notorios esfuerzos administrativos de la Municipalidad Provincial de Cañete, para formalizar el servicio irregular, es necesario emitirse el dispositivo legal que autorice excepcionalmente la inclusión de nuevas unidades al servicio;
Estando a lo expuesto y, de conformidad con el Artículo 9º, numeral 8), el Artículo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del Pleno del Concejo Provincial, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Asesoría Legal y con la dispensa del trámite de aprobación del acta, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA PARA LA REGULARIZACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE EN VEHICULOS MENORES MOTOTAXI
ARTICULO 1º.- Autorizar a las empresas de Transporte en vehículos menores que cuenten con contrato de Concesión y permisos de operación vigentes, la inscripción de nuevas unidades vehiculares, para el servicio en vehículos menores mototaxis para nivelar sus flotas vehiculares que les permita, si así lo desean, alcanzar el tope máximo de flota establecido en el Reglamento para este servicio, en la cantidad de 30 unidades; cumpliendo con los requisitos y pagos de los derechos que establece el TUPA de la Municipalidad por el procedimiento de ampliación de Flota.
ARTICULO 2°.- Concédase el plazo de 30 días, contados a partir del día siguiente de su publicación, para que las empresas puedan acogerse a la presente disposición a fin de incrementar y/o nivelar su flota vehicular, al vencimiento del plazo concedido, la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial emitirá el informe situacional del parque automotor con el que se dará inicio a las acciones de control para evitar la saturación de unidades en nuestro distrito.
ARTICULO 3°.- Además de los requisitos establecidos para el Procedimiento de Ampliación de Flota, las empresas para acogerse a lo dispuesto por la presente Ordenanza, deben reunir las siguientes condiciones indispensables que se suman a los requisitos establecidos en el TUPA de la Municipalidad:
· Que el vehículo tenga un máximo de 04 años de antigüedad desde su fabricación.
· Tarjeta de propiedad expedida por la SUNARP.
ARTICULO 4º.- Encárguese al Gerente de Transporte y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Cañete, impartir las directivas más convenientes para el cumplimiento de la presente Ordenanza y proceda a la evaluación final del Servicio Público de Mototaxi en la Jurisdicción del Distrito de San Vicente de Cañete.
ARTICULO 5°.- Para acogerse a la presente ordenanza debe presentarse el acuerdo firmado por los socios de la Empresa y anexar su escritura pública actualizada.
ARTICULO 6°.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario de mayor circulación de la Provincia de Cañete.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
MARIA M. MONTOYA CONDE
ALCALDESA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 003-2011-MDSA
San Antonio, 29 de Marzo del 2011
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de San Antonio en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º, establece que, las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo el Artículo 195º señala que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo;
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, estipula que, «Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico»; y el Artículo IV del mismo Título dispone que «Los gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción»;
Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre en su Artículo 3º, del objetivo de la acción estatal, dispone que «La acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto, disposición concordante con el numeral 4.3 del Artículo 4º de la misma ley en el que se señala que el Estado procura la protección de los intereses, el cuidado de la salud, seguridad de las personas y resguardo del medio ambiente. Disponiendo el Artículo 18° de la referida Ley que: Las Municipalidades Distritales son competentes para administrar, regular y controlar el servicio público de transporte urbano, que se realiza dentro de su jurisdicción en vehículos menores mototaxis y similares;
Que, mediante Ley Nº 27189, se crea la Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, y mediante el Decreto Supremo N° 004-2000-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o no Motorizados, dispone en su Artículo 1° que: La Municipalidad Distrital es la autoridad competente encargada de autorizar dentro de su jurisdicción la prestación del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos motorizados o no motorizados;
Que, con fecha 20 de julio de 2002, se publicó la Ley de bases de la Descentralización, Ley N° 27783, la cual en su Artículo 8° señala como aspecto general que LA AUTONOMÍA ES EL DERECHO Y LA CAPACIDAD EFECTIVA DEL GOBIERNO EN SUS TRES NIVELES, DE NORMAR, REGULAR Y ADMINISTRAR LOS ASUNTOS PÚBLICOS DE SU COMPETENCIA, el cual se sustenta en afianzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el derecho de sus circunscripciones en el marco de la unidad de la nación. La autonomía se sujeta a la constitución y las leyes de desarrollo constitucional respectivo;
Que, el Artículo 9.2 de la norma antes mencionada define como autonomía administrativa a la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad;
Que, asimismo el Artículo 10.1 y 10.2 disponen que la normatividad que aprueben los distintos niveles de gobierno en el marco de sus atribuciones y competencias exclusivas, son de cumplimiento obligatorio en sus respectivas jurisdicciones y los poderes legislativos o ejecutivos no pueden afectar ni restringir las competencias constitucionales exclusivas de los gobiernos regionales y locales;
Que, es preocupación de esta gestión la protección al poblador San Antoniano, al medio ambiente y el desarrollo del distrito, por lo que se ha efectuado un análisis donde se determina que los vehículos menores dedicados al servicio de transporte público de pasajeros (trimoviles denominados mototaxis) ocasionan un grave congestionamiento y desorden del tránsito vehicular en las ciudades y lugares donde se ha autorizado su tránsito con el consiguiente malestar de los transeúntes, así como han creado un clima de inseguridad para los turistas que los visita , aunado a esto la producción de ruidos nocivos y molestos originados por los bocinas de dichos vehículos y la contaminación ambiental;
Que, asimismo según estadísticas registradas en la Policía Nacional, muchos accidentes de tránsito han sido ocasionados por vehículos menores destinados a transporte público de pasajeros, lo que constituye un riesgo latente para los pobladores y transeúntes, generando desgracias familiares por las lesiones ocasionadas que muchas veces son permanentes, que conllevan a algunas personas a quedar con discapacidad permanente o mueran. Situación que se acrecienta no solo por la inseguridad que trae intrínseca dichos vehículos ya que al tener un peso ligero pueden perder la estabilidad y también al tener una dirección muy frágil ante un bache o un cruce inesperado de un carro pueden volcarse, sino también por la irresponsabilidad de sus conductores;
Que, el numeral 17.1, inciso a) del Artículo 17º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, que determina la facultad de las Municipalidades para emitir normas y disposiciones, así como realizar los actos necesarios para la aplicación de los Reglamentos Nacionales dentro de su respectivo ámbito territorial ;
Que, es de conocimiento general que en los diferentes lugares del país, así como en los distritos aledaños a San Antonio, se viene observando la circulación de vehículos menores (Motocard) en condiciones que no reúnen las exigencias operativas y técnicas, para la prestación de un eficiente y seguro servicio, tales como falta de placas, luces reglamentarias, frenos en condiciones inapropiados, escapes libres, no portan licencia de conducir, certificado contra accidentes de tránsito CAT adulterado, fomentan el desorden creando paraderos informales, etc.;
Que, asimismo es de conocimiento general las múltiples quejas del público usuario del transporte público especial de pasajeros en vehículos Menores – Mototaxi, que al cometer atropellos, asaltos, fugas, se hace imposible identificar al vehículo constituyendo un latente peligro y alto riesgo para la población;
Que, el distrito de San Antonio siempre se ha caracterizado por la calidad de vida de sus pobladores, por la voluntad de sus autoridades pasadas y presentes de proteger la vida de sus pobladores, de proteger el medio ambiente y el mejoramiento del ornato, así como por su ideal de ser el distrito símbolo de orden y tranquilidad de la Provincia de Cañete;
Que, San Antonio, es un distrito pujante en desarrollo, cuyas autoridades debemos tener en cuenta que su crecimiento debe seguir siendo armonioso y equilibrado, por lo tanto es nuestra responsabilidad planificar y prevenir el desorden, caos y la inseguridad. Que asimismo el distrito cuenta con un comité de autos – colectivos, para transporte de su población cuyos costos de pasaje es tan igual que el costo de un vehículo menor de servicio de transporte público de pasajeros, transporte existente que brinda mayor seguridad, tranquilidad y orden a la población;
Que, debe tenerse en consideración que las municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, según el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; en tal sentido, realizan un conjunto de acciones destinadas a brindar un ambiente adecuado al ciudadano, las cuales encuentran su sustento en las facultades asignadas a las municipalidades en materia de tránsito, vialidad y transporte público, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, si bien es cierto el Artículo VI de la Ley acotada, señala que «Los gobiernos locales promueven el desarrollo económico local», y que la normatividad Nacional vigente promueve la inversión privada y fomenta el empleo, también es cierto que dicha promoción debe ser en armonía con las políticas de desarrollo social , equidad y la sostenibilidad medio ambiental, propiciando las mejores condiciones de vida de su población y sobre todo teniendo en cuenta el bien supremo considerado por el Artículo 1º de nuestra Carta Magna, que señala «La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado» esto es la protección a la vida de los usuarios, peatones y conductores, los mismos que representan los elementos más importantes de nuestra comunidad;
Que, así mismo sobre las facultades municipales en materia de prestación del servicio de transporte colectivo, debe tenerse en consideración que, el inciso 2.2 del Artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades, confiere a las mismas la competencia y funciones en materia de tránsito, circulación y transporte público en sus respectivas jurisdicciones. En lo que respecta específicamente a los vehículos menores, la Ley N° 27189, regula el carácter y la naturaleza del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores, mototaxis y similares; y en su Artículo 3º indica que el servicio sólo podrá ser prestado luego de obtener la respectiva autorización Municipal;
Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa entre otros mecanismos a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con el Artículo 200º Inc. 4) de la Constitución Política del Perú tiene rango de Ley al igual que la Leyes propiamente dichas los Decretos Legislativos, los Tratados y Normas Regionales de carácter general; consecuentemente las autoridades políticas, administrativas y policiales, ajenas al Gobierno Local tienen la obligación de reconocer y respetar la preeminencia de la autoridad municipal en los asuntos de su competencia y no pueden interferir en el cumplimiento de las Ordenanzas, Edictos, Acuerdos y Resoluciones Municipales;
Que, finalmente el numeral 2.1 del Artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades precisa que las Fuerzas Policiales deben prestar el apoyo que requiera la autoridad municipal para hacer cumplir sus disposiciones;
Que, mediante Informe Nº 18 A-2011-ACHF-GDUR-MDSA de fecha 21.02.2011, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, luego del análisis respectivo sostiene que la falta de un Estudio Técnico que garantice que la circulación de vehículos menores de transporte público de pasajeros afectará la visión de desarrollo del Plan de Desarrollo Concertado y el Plan de Desarrollo Urbano, por lo que, lo más conveniente es que se emita una Ordenanza de prohibición de la circulación de vehículos menores de transporte público de pasajeros , proponiendo con tal fin un proyecto de Ordenanza;
Que, mediante Informe Nº 05-RGR-MDSA-2011 de fecha 26.02.2011 de la Asesoría Legal (e), opina que es de suma importancia para el desarrollo y crecimiento sostenible y sustentable del distrito que se apruebe una Ordenanza que prohíba en el distrito de San Antonio la circulación de vehículos menores de transporte público de pasajeros;
Estando a lo expuesto en los párrafos precedentes y al amparo de lo señalado en el Artículo 9º numeral 8, y Artículo 81º numerales 1.1 y 2.1 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y demás Normas Legales vigentes sobre la materia; el Concejo Municipal de San Antonio en Sesión Ordinaria de Concejo por unanimidad, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE PROHIBE EN EL DISTRITO DE SAN ANTONIO LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MENORES DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS
ARTÍCULO 1º.- PROHIBIR EN EL DISTRITO DE SAN ANTONIO LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MENORES COMO MOTOTAXIS-TRIMOVILES, MOTOS, MOTOCARD Y SIMILARES, COMO VEHÍCULOS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS. Por lo tanto, la Municipalidad de San Antonio, no otorgará autorizaciones para prestar este tipo de servicio.
ARTÍCULO 2º.- EXCEPTUÁR de ésta medida a los vehículos menores, trimoviles –Mototaxis, de uso privado, que se encuentran brindando servicio de emergencia debidamente comprobada, transportando a minusválidos, ancianos, mujeres en estado de gestación, así como vehículos adaptados para personas con discapacidad.
ARTÍCULO 3º.- SANCIONAR a los vehículos menores como son Mototaxis-trimoviles, motos, motocard y similares, que se encuentren brindando el servicio de transporte público de pasajeros en el distrito de San Antonio circulando con una MULTA equivalente al 10% de la UIT, vigente mas el internamiento del vehículo en el Depósito Municipal de Vehículos.
ARTÍCULO 4º.- ENCARGAR a la Oficina de Transportes y Tránsito de la Municipalidad Distrital de San Antonio, el cumplimiento estricto de la presente Ordenanza Municipal, con el apoyo de la Policía Nacional.
ARTÍCULO 5º.- PRECISAR que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial «El Peruano», sin perjuicio de su difusión por los medios de Comunicación del Distrito de San Antonio, para conocimiento Público.
ARTÍCULO 6º.- FACULTAR al Señor Alcalde emitir las demás disposiciones que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 7º.- DEJAR sin efecto cualquier norma similar que contravenga a la presente.
POR TANTO:
MANDO, SE REGÍSTRE, PUBLÍQUE Y CÚMPLA
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
ORDENANZA Nº 003-2011-MDSA
San Antonio, 29 de Marzo del 2011
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de San Antonio en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º, establece que, las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo el Artículo 195º señala que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo;
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, estipula que, «Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico»; y el Artículo IV del mismo Título dispone que «Los gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción»;
Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre en su Artículo 3º, del objetivo de la acción estatal, dispone que «La acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto, disposición concordante con el numeral 4.3 del Artículo 4º de la misma ley en el que se señala que el Estado procura la protección de los intereses, el cuidado de la salud, seguridad de las personas y resguardo del medio ambiente. Disponiendo el Artículo 18° de la referida Ley que: Las Municipalidades Distritales son competentes para administrar, regular y controlar el servicio público de transporte urbano, que se realiza dentro de su jurisdicción en vehículos menores mototaxis y similares;
Que, mediante Ley Nº 27189, se crea la Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, y mediante el Decreto Supremo N° 004-2000-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o no Motorizados, dispone en su Artículo 1° que: La Municipalidad Distrital es la autoridad competente encargada de autorizar dentro de su jurisdicción la prestación del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos motorizados o no motorizados;
Que, con fecha 20 de julio de 2002, se publicó la Ley de bases de la Descentralización, Ley N° 27783, la cual en su Artículo 8° señala como aspecto general que LA AUTONOMÍA ES EL DERECHO Y LA CAPACIDAD EFECTIVA DEL GOBIERNO EN SUS TRES NIVELES, DE NORMAR, REGULAR Y ADMINISTRAR LOS ASUNTOS PÚBLICOS DE SU COMPETENCIA, el cual se sustenta en afianzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el derecho de sus circunscripciones en el marco de la unidad de la nación. La autonomía se sujeta a la constitución y las leyes de desarrollo constitucional respectivo;
Que, el Artículo 9.2 de la norma antes mencionada define como autonomía administrativa a la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad;
Que, asimismo el Artículo 10.1 y 10.2 disponen que la normatividad que aprueben los distintos niveles de gobierno en el marco de sus atribuciones y competencias exclusivas, son de cumplimiento obligatorio en sus respectivas jurisdicciones y los poderes legislativos o ejecutivos no pueden afectar ni restringir las competencias constitucionales exclusivas de los gobiernos regionales y locales;
Que, es preocupación de esta gestión la protección al poblador San Antoniano, al medio ambiente y el desarrollo del distrito, por lo que se ha efectuado un análisis donde se determina que los vehículos menores dedicados al servicio de transporte público de pasajeros (trimoviles denominados mototaxis) ocasionan un grave congestionamiento y desorden del tránsito vehicular en las ciudades y lugares donde se ha autorizado su tránsito con el consiguiente malestar de los transeúntes, así como han creado un clima de inseguridad para los turistas que los visita , aunado a esto la producción de ruidos nocivos y molestos originados por los bocinas de dichos vehículos y la contaminación ambiental;
Que, asimismo según estadísticas registradas en la Policía Nacional, muchos accidentes de tránsito han sido ocasionados por vehículos menores destinados a transporte público de pasajeros, lo que constituye un riesgo latente para los pobladores y transeúntes, generando desgracias familiares por las lesiones ocasionadas que muchas veces son permanentes, que conllevan a algunas personas a quedar con discapacidad permanente o mueran. Situación que se acrecienta no solo por la inseguridad que trae intrínseca dichos vehículos ya que al tener un peso ligero pueden perder la estabilidad y también al tener una dirección muy frágil ante un bache o un cruce inesperado de un carro pueden volcarse, sino también por la irresponsabilidad de sus conductores;
Que, el numeral 17.1, inciso a) del Artículo 17º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, que determina la facultad de las Municipalidades para emitir normas y disposiciones, así como realizar los actos necesarios para la aplicación de los Reglamentos Nacionales dentro de su respectivo ámbito territorial ;
Que, es de conocimiento general que en los diferentes lugares del país, así como en los distritos aledaños a San Antonio, se viene observando la circulación de vehículos menores (Motocard) en condiciones que no reúnen las exigencias operativas y técnicas, para la prestación de un eficiente y seguro servicio, tales como falta de placas, luces reglamentarias, frenos en condiciones inapropiados, escapes libres, no portan licencia de conducir, certificado contra accidentes de tránsito CAT adulterado, fomentan el desorden creando paraderos informales, etc.;
Que, asimismo es de conocimiento general las múltiples quejas del público usuario del transporte público especial de pasajeros en vehículos Menores – Mototaxi, que al cometer atropellos, asaltos, fugas, se hace imposible identificar al vehículo constituyendo un latente peligro y alto riesgo para la población;
Que, el distrito de San Antonio siempre se ha caracterizado por la calidad de vida de sus pobladores, por la voluntad de sus autoridades pasadas y presentes de proteger la vida de sus pobladores, de proteger el medio ambiente y el mejoramiento del ornato, así como por su ideal de ser el distrito símbolo de orden y tranquilidad de la Provincia de Cañete;
Que, San Antonio, es un distrito pujante en desarrollo, cuyas autoridades debemos tener en cuenta que su crecimiento debe seguir siendo armonioso y equilibrado, por lo tanto es nuestra responsabilidad planificar y prevenir el desorden, caos y la inseguridad. Que asimismo el distrito cuenta con un comité de autos – colectivos, para transporte de su población cuyos costos de pasaje es tan igual que el costo de un vehículo menor de servicio de transporte público de pasajeros, transporte existente que brinda mayor seguridad, tranquilidad y orden a la población;
Que, debe tenerse en consideración que las municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, según el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; en tal sentido, realizan un conjunto de acciones destinadas a brindar un ambiente adecuado al ciudadano, las cuales encuentran su sustento en las facultades asignadas a las municipalidades en materia de tránsito, vialidad y transporte público, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, si bien es cierto el Artículo VI de la Ley acotada, señala que «Los gobiernos locales promueven el desarrollo económico local», y que la normatividad Nacional vigente promueve la inversión privada y fomenta el empleo, también es cierto que dicha promoción debe ser en armonía con las políticas de desarrollo social , equidad y la sostenibilidad medio ambiental, propiciando las mejores condiciones de vida de su población y sobre todo teniendo en cuenta el bien supremo considerado por el Artículo 1º de nuestra Carta Magna, que señala «La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado» esto es la protección a la vida de los usuarios, peatones y conductores, los mismos que representan los elementos más importantes de nuestra comunidad;
Que, así mismo sobre las facultades municipales en materia de prestación del servicio de transporte colectivo, debe tenerse en consideración que, el inciso 2.2 del Artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades, confiere a las mismas la competencia y funciones en materia de tránsito, circulación y transporte público en sus respectivas jurisdicciones. En lo que respecta específicamente a los vehículos menores, la Ley N° 27189, regula el carácter y la naturaleza del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores, mototaxis y similares; y en su Artículo 3º indica que el servicio sólo podrá ser prestado luego de obtener la respectiva autorización Municipal;
Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa entre otros mecanismos a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con el Artículo 200º Inc. 4) de la Constitución Política del Perú tiene rango de Ley al igual que la Leyes propiamente dichas los Decretos Legislativos, los Tratados y Normas Regionales de carácter general; consecuentemente las autoridades políticas, administrativas y policiales, ajenas al Gobierno Local tienen la obligación de reconocer y respetar la preeminencia de la autoridad municipal en los asuntos de su competencia y no pueden interferir en el cumplimiento de las Ordenanzas, Edictos, Acuerdos y Resoluciones Municipales;
Que, finalmente el numeral 2.1 del Artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades precisa que las Fuerzas Policiales deben prestar el apoyo que requiera la autoridad municipal para hacer cumplir sus disposiciones;
Que, mediante Informe Nº 18 A-2011-ACHF-GDUR-MDSA de fecha 21.02.2011, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, luego del análisis respectivo sostiene que la falta de un Estudio Técnico que garantice que la circulación de vehículos menores de transporte público de pasajeros afectará la visión de desarrollo del Plan de Desarrollo Concertado y el Plan de Desarrollo Urbano, por lo que, lo más conveniente es que se emita una Ordenanza de prohibición de la circulación de vehículos menores de transporte público de pasajeros , proponiendo con tal fin un proyecto de Ordenanza;
Que, mediante Informe Nº 05-RGR-MDSA-2011 de fecha 26.02.2011 de la Asesoría Legal (e), opina que es de suma importancia para el desarrollo y crecimiento sostenible y sustentable del distrito que se apruebe una Ordenanza que prohíba en el distrito de San Antonio la circulación de vehículos menores de transporte público de pasajeros;
Estando a lo expuesto en los párrafos precedentes y al amparo de lo señalado en el Artículo 9º numeral 8, y Artículo 81º numerales 1.1 y 2.1 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y demás Normas Legales vigentes sobre la materia; el Concejo Municipal de San Antonio en Sesión Ordinaria de Concejo por unanimidad, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE PROHIBE EN EL DISTRITO DE SAN ANTONIO LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MENORES DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS
ARTÍCULO 1º.- PROHIBIR EN EL DISTRITO DE SAN ANTONIO LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MENORES COMO MOTOTAXIS-TRIMOVILES, MOTOS, MOTOCARD Y SIMILARES, COMO VEHÍCULOS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS. Por lo tanto, la Municipalidad de San Antonio, no otorgará autorizaciones para prestar este tipo de servicio.
ARTÍCULO 2º.- EXCEPTUÁR de ésta medida a los vehículos menores, trimoviles –Mototaxis, de uso privado, que se encuentran brindando servicio de emergencia debidamente comprobada, transportando a minusválidos, ancianos, mujeres en estado de gestación, así como vehículos adaptados para personas con discapacidad.
ARTÍCULO 3º.- SANCIONAR a los vehículos menores como son Mototaxis-trimoviles, motos, motocard y similares, que se encuentren brindando el servicio de transporte público de pasajeros en el distrito de San Antonio circulando con una MULTA equivalente al 10% de la UIT, vigente mas el internamiento del vehículo en el Depósito Municipal de Vehículos.
ARTÍCULO 4º.- ENCARGAR a la Oficina de Transportes y Tránsito de la Municipalidad Distrital de San Antonio, el cumplimiento estricto de la presente Ordenanza Municipal, con el apoyo de la Policía Nacional.
ARTÍCULO 5º.- PRECISAR que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial «El Peruano», sin perjuicio de su difusión por los medios de Comunicación del Distrito de San Antonio, para conocimiento Público.
ARTÍCULO 6º.- FACULTAR al Señor Alcalde emitir las demás disposiciones que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 7º.- DEJAR sin efecto cualquier norma similar que contravenga a la presente.
POR TANTO:
MANDO, SE REGÍSTRE, PUBLÍQUE Y CÚMPLA
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña Santos Maruja Bacilio Garcia, identificada con DNI N° 09153784, con Exp. N° 7765-11 de fecha 22-08-11, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA del Acta de su Nacimiento, inscrito en el libro N° 101C, folio N° 62017798 del año 2001; por haberse consignado el apellido paterno de la madre como: BASILIO, debiendo ser lo correcto «BACILIO».
De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 06 de Setiembre del 2011.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don WALTER ROMANI DURAND, de 22 años de edad, natural de Chaccrampa – Apurimac, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 45624226, con domicilio en el Anexo Pampa Castilla Lote N° 03 – Progreso San Vicente de Cañete – Lima, de estado civil soltero, de profesión u ocupación albañil y doña NORMA DIPAZ PAREDES, de 18 años de edad, natural de Imperial – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 73144256, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Calle San Benito Mz. L Lote 14 – Anexo Los Angeles – Quilmaná.
Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná.
Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 07 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don SOLIS SAUME ALBERTO, con DNI N° 15414067, de estado civil soltero, ocupación/profesión obrero, de nacionalidad peruano, domiciliado en La Quebrada Mz. I Lote 3 – San Luis y doña HUAMAN MENDOZA SUSANA, con DNI N° 15435973, de estado civil soltera, ocupación/profesión ama de casa, de nacionalidad peruana, domiciliada en La Quebrada – Los Olivos s/n – San Luis.
Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 02 de Setiembre de 2011.
Julia Vilches Alvarado
Jefe de Registro Civil
EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita y emplaza a:
EXP.-2005-831 a CARLOS PUMA ATENCIO. Lectura de Sentencia. Día 20.09.2011 a horas 12:00a.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su captura a nivel nacional. Delito; Contra la Administración Pública. Agraviado; El estado. Secretario Yaya. Cañete 25.08.2011
EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA; Juez: Castillo; Cita bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional:
EXP.-2009-93 a AURELIO AGUILAR BLAS. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 09:15a.m. Delito; Contra el orden Financiero y Monetario. Agraviado; Banco Central de Reserva del Perú.
EXP.-2009-321 a GUMER DANIEL MORENO LUNA. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:15a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Justino Eleuterio Gutierrez Mosqueta.
EXP.-2007-160 a CORNELIO FRANCISCO FELIX VAN OORDT VAN OORDT Y OTRO. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:45a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Julio Menchelli Corsi y otro.
EXP.-2008-252 a DANIEL IGNACIO NAPA ESPICHAN. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 12:15a.m. Delito; Omisión a la asistencia familiar. Agraviado; Daniela Elizabeth Napa Castillo.
Secretaria Valiente
Mala 31.08.2011
AUXILIO JUDICIAL
EL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Flores; Cita bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal a:
EXP.-2010-054; Resolución 02; Admite demanda contra la interdicta DORIS URIARTE BUSTAMANTE interpuesta por el Ministerio Público. Traslado por el término de cinco días para contestar la demanda; Resolución 09 del 15.08.2011: Notifíquese a los familiares de la presunta Interdicta por el plazo de QUINCE días, a fin de que se apersone al proceso y haga valer su derecho.
EXP.-2011-270; Resolución 01. ADMITE demanda contra JOSE ENRIQUE LUYO BLAS por VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO; agraviado: Verónica Dense Sacramento Puente. Resolución 04; Córrase traslado al demandado por el término: QUINCE DÍAS.
Secretaria Mesías
Cañete 26.08.2011
EXP.-365-2011; Resolución 05. SE RESUELVE.- Notificar a la agraviado ESTELA VELASQUEZ ALARCON, El Juzgado hace saber que se ha iniciado un proceso de Violencia Familiar contra Casimiro Huaman Espinoza y se ordena su notificación mediante edictos. Secretaria Lázaro. Cañete 24.08.2011
6, 7 y 8 de Setiembre
SUCESIÓN INTESTADA
Exp. N° 2011-41, ante el Juzgado de Paz Letrado de Asia, que despacha el Sr. Juez Dr. Jorge Chipana Diaz y Secretaria Rosario Medina Brigada, doña MILAGROS ALICIA QUISPE ASMAT en representación de sus menores hijas Milagros Darlin Napan Quispe y Luisa Abigail Napan Quispe, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera don JORGE LUIS NAPAN ACUÑA, fallecido el día diez de Junio del año dos mil once, en la ciudad de Lima departamento Lima. Lo que se publica para que se apersonen los que se crean con derecho a que se le incluya como heredero.
Asia, 05 de Setiembre de 2011.
Cristina Del Rosario Medina Brigada
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Asia
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña Santos Maruja Bacilio Garcia, identificada con DNI N° 09153784, con Exp. N° 7765-11 de fecha 22-08-11, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA del Acta de su Nacimiento, inscrito en el libro N° 101C, folio N° 62017798 del año 2001; por haberse consignado el apellido paterno de la madre como: BASILIO, debiendo ser lo correcto «BACILIO».
De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 06 de Setiembre del 2011.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don WALTER ROMANI DURAND, de 22 años de edad, natural de Chaccrampa – Apurimac, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 45624226, con domicilio en el Anexo Pampa Castilla Lote N° 03 – Progreso San Vicente de Cañete – Lima, de estado civil soltero, de profesión u ocupación albañil y doña NORMA DIPAZ PAREDES, de 18 años de edad, natural de Imperial – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 73144256, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Calle San Benito Mz. L Lote 14 – Anexo Los Angeles – Quilmaná.
Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná.
Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 07 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don SOLIS SAUME ALBERTO, con DNI N° 15414067, de estado civil soltero, ocupación/profesión obrero, de nacionalidad peruano, domiciliado en La Quebrada Mz. I Lote 3 – San Luis y doña HUAMAN MENDOZA SUSANA, con DNI N° 15435973, de estado civil soltera, ocupación/profesión ama de casa, de nacionalidad peruana, domiciliada en La Quebrada – Los Olivos s/n – San Luis.
Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 02 de Setiembre de 2011.
Julia Vilches Alvarado
Jefe de Registro Civil
EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita y emplaza a:
EXP.-2005-831 a CARLOS PUMA ATENCIO. Lectura de Sentencia. Día 20.09.2011 a horas 12:00a.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su captura a nivel nacional. Delito; Contra la Administración Pública. Agraviado; El estado. Secretario Yaya. Cañete 25.08.2011
EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA; Juez: Castillo; Cita bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional:
EXP.-2009-93 a AURELIO AGUILAR BLAS. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 09:15a.m. Delito; Contra el orden Financiero y Monetario. Agraviado; Banco Central de Reserva del Perú.
EXP.-2009-321 a GUMER DANIEL MORENO LUNA. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:15a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Justino Eleuterio Gutierrez Mosqueta.
EXP.-2007-160 a CORNELIO FRANCISCO FELIX VAN OORDT VAN OORDT Y OTRO. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:45a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Julio Menchelli Corsi y otro.
EXP.-2008-252 a DANIEL IGNACIO NAPA ESPICHAN. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 12:15a.m. Delito; Omisión a la asistencia familiar. Agraviado; Daniela Elizabeth Napa Castillo.
Secretaria Valiente
Mala 31.08.2011
AUXILIO JUDICIAL
EL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Flores; Cita bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal a:
EXP.-2010-054; Resolución 02; Admite demanda contra la interdicta DORIS URIARTE BUSTAMANTE interpuesta por el Ministerio Público. Traslado por el término de cinco días para contestar la demanda; Resolución 09 del 15.08.2011: Notifíquese a los familiares de la presunta Interdicta por el plazo de QUINCE días, a fin de que se apersone al proceso y haga valer su derecho.
EXP.-2011-270; Resolución 01. ADMITE demanda contra JOSE ENRIQUE LUYO BLAS por VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO; agraviado: Verónica Dense Sacramento Puente. Resolución 04; Córrase traslado al demandado por el término: QUINCE DÍAS.
Secretaria Mesías
Cañete 26.08.2011
EXP.-365-2011; Resolución 05. SE RESUELVE.- Notificar a la agraviado ESTELA VELASQUEZ ALARCON, El Juzgado hace saber que se ha iniciado un proceso de Violencia Familiar contra Casimiro Huaman Espinoza y se ordena su notificación mediante edictos. Secretaria Lázaro. Cañete 24.08.2011
6, 7 y 8 de Setiembre
SUCESIÓN INTESTADA
Exp. N° 2011-41, ante el Juzgado de Paz Letrado de Asia, que despacha el Sr. Juez Dr. Jorge Chipana Diaz y Secretaria Rosario Medina Brigada, doña MILAGROS ALICIA QUISPE ASMAT en representación de sus menores hijas Milagros Darlin Napan Quispe y Luisa Abigail Napan Quispe, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera don JORGE LUIS NAPAN ACUÑA, fallecido el día diez de Junio del año dos mil once, en la ciudad de Lima departamento Lima. Lo que se publica para que se apersonen los que se crean con derecho a que se le incluya como heredero.
Asia, 05 de Setiembre de 2011.
Cristina Del Rosario Medina Brigada
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Asia
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
CONCURSO PUBLICO PARA EL REGISTRO TRANSITORIO DE JUECES SUPERNUMERARIOS EN EL DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE
La Comisión de Selección de Abogados para integrar el Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia para el Año Judicial 2011, designada mediante R.A. N° 0224-2011-P-CSCÑ/PJ, y de conformidad con el Reglamento del Registro Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial aprobado por Resolución N° 243-2009-CE-PJ (03-08-2009) publicado en el Diario El Peruano el día 26.11.09 comunica el Resultado del Examen Escrito realizado por la AMAG con respecto al Concurso Público para la Selección de Jueces Supernumerarios de todos los niveles de este Distrito Judicial, y su respectiva incorporación al Registro, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento del Registro Distrital – Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial aprobado por Resolución Administrativa N° 243-2009-CE-PJ (03.08.2009), y se dispone lo siguiente:
1.- Los postulantes, deberán presentar su curriculum vitae debidamente documentado teniendo en cuenta el orden del contenido de los anexos que se adjuntan a la presente, y conforme se encuentra establecido en el artículo 21° del Reglamento del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial N° 243-2009-CE-PJ (03-08-2009) y artículo 7° Reglamento del Consejo de Magistratura N° 270-2011 (22/07/2011), se presentará en Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete; ubicada en la Av. Mariscal Benavides N° 658 – distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, en los días 8,9, 12, 13 y 14 de Setiembre del 2011, en el horario de 08:00 a.m. a 01:30 p.m. y de 02:15 p.m. a 04:45 p.m.; precisando que la Corte Superior de Justicia de Cañete tiene competencia en las provincias de Cañete y Yauyos del Departamento de Lima.
2.- Los postulantes que no aprobaron las anteriores etapas del Concurso, deben recoger sus documentos presentados en la Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete, en horario señalado en el primer punto.
San Vicente de Cañete, 6 de Setiembre 2011.
La Comisión
María Carmela Mosquera Lagos
Secretaria Técnica - Comisión de Jueces Supernumerarios - Corte Superior de Justicia de Cañete
CONCURSO PUBLICO PARA EL REGISTRO TRANSITORIO DE JUECES SUPERNUMERARIOS EN EL DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE
La Comisión de Selección de Abogados para integrar el Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia para el Año Judicial 2011, designada mediante R.A. N° 0224-2011-P-CSCÑ/PJ, y de conformidad con el Reglamento del Registro Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial aprobado por Resolución N° 243-2009-CE-PJ (03-08-2009) publicado en el Diario El Peruano el día 26.11.09 comunica el Resultado del Examen Escrito realizado por la AMAG con respecto al Concurso Público para la Selección de Jueces Supernumerarios de todos los niveles de este Distrito Judicial, y su respectiva incorporación al Registro, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento del Registro Distrital – Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial aprobado por Resolución Administrativa N° 243-2009-CE-PJ (03.08.2009), y se dispone lo siguiente:
1.- Los postulantes, deberán presentar su curriculum vitae debidamente documentado teniendo en cuenta el orden del contenido de los anexos que se adjuntan a la presente, y conforme se encuentra establecido en el artículo 21° del Reglamento del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial N° 243-2009-CE-PJ (03-08-2009) y artículo 7° Reglamento del Consejo de Magistratura N° 270-2011 (22/07/2011), se presentará en Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete; ubicada en la Av. Mariscal Benavides N° 658 – distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, en los días 8,9, 12, 13 y 14 de Setiembre del 2011, en el horario de 08:00 a.m. a 01:30 p.m. y de 02:15 p.m. a 04:45 p.m.; precisando que la Corte Superior de Justicia de Cañete tiene competencia en las provincias de Cañete y Yauyos del Departamento de Lima.
2.- Los postulantes que no aprobaron las anteriores etapas del Concurso, deben recoger sus documentos presentados en la Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete, en horario señalado en el primer punto.
San Vicente de Cañete, 6 de Setiembre 2011.
La Comisión
María Carmela Mosquera Lagos
Secretaria Técnica - Comisión de Jueces Supernumerarios - Corte Superior de Justicia de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
ORDENANZA Nº010 –2011–MDCA
Cerro Azul, 31 de Agosto de 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
VISTO:
En Sesión Ordinaria de fecha 09 de Agosto del 2011, se aprobó el REGLAMENTO DEL PROCESO DE FORMULACION DEL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO DISTRITAL DE CERRO AZUL 2011-2021, con la participación del Señor Alcalde Distrital Sr. Hugo Rivas Sánchez, y los señores regidores miembros del Concejo Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los numerales 1 y 2 del Art. 195º de la Constitución Política del Perú, modificada por ley Nº 27680, Capítulo XIV, título IV de Descentralización, los gobiernos locales promueven el desarrollo, la economía local y la prestación de servicios públicos de desarrollo, estableciéndose que son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto y aprobar el plan de desarrollo local concertado con la sociedad civil;
Que, los Artículos 197º y 199º de la misma Constitución Política del Perú, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población debiendo rendir cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a ley;
Que, según lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27680, las que especifican que los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por sus presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a ley y en concordancia con los planes de desarrollo concertado en común participación con la sociedad civil organizada y representativa;
Que, el Presupuesto Participativo es un instrumento de política y a la vez de gestión, a través del cual las autoridades regionales y locales, así como las organizaciones debidamente representadas, definen en conjunto, cómo y a qué se van a orientar los recursos de la población, el cual está directamente vinculado a la visión y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado Local Distrital;
Que, los Artículos 7º numeral 2), 102º y 104º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, determinan la definición, composición y funciones del Consejo de Coordinación Local Distrital, estableciendo que estos son órganos de coordinación y concertación para el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital;
Que, el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado es un proceso de planeamiento de desarrollo continuo y participativo y es el instrumento de base territorial y de carácter integral, orientador del desarrollo regional o local y del presupuesto participativo y el que contiene los acuerdos sobre la Visión de Desarrollo y Objetivos Estratégicos de mediano y largo plazo, en concordancia con los planes sectoriales y nacionales.
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, ley Nº 29792, ha dado la siguiente:
ORDENANZA: «QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE FORMULACION DEL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO DISTRITAL DE CERRO AZUL 2011-2021
ARTICULO.- PRIMERO.- APROBAR, el Reglamento del proceso de formulación del Plan de Desarrollo Concertado Distrital de Cerro Azul como instrumento de Planeación y Gestión cuya Visión temporal es 2011-2021.
ARTICULO SEGUNDO.- ESTABLECER que los ejes de desarrollo del Plan de Desarrollo Concertado son el principal instrumento de trabajo Municipal para la elaboración del Plan de Desarrollo Institucional y las políticas e instrumentos de gestión correspondiente.
ARTíCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas, implementar las acciones y procedimientos que garanticen el cumplimiento de la presente ordenanza.
REGISTRESE, PUBLíQUESE Y CUMPLASE.
HUGO RIVAS SANCHEZ
ALCALDE
ORDENANZA Nº010 –2011–MDCA
Cerro Azul, 31 de Agosto de 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
VISTO:
En Sesión Ordinaria de fecha 09 de Agosto del 2011, se aprobó el REGLAMENTO DEL PROCESO DE FORMULACION DEL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO DISTRITAL DE CERRO AZUL 2011-2021, con la participación del Señor Alcalde Distrital Sr. Hugo Rivas Sánchez, y los señores regidores miembros del Concejo Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los numerales 1 y 2 del Art. 195º de la Constitución Política del Perú, modificada por ley Nº 27680, Capítulo XIV, título IV de Descentralización, los gobiernos locales promueven el desarrollo, la economía local y la prestación de servicios públicos de desarrollo, estableciéndose que son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto y aprobar el plan de desarrollo local concertado con la sociedad civil;
Que, los Artículos 197º y 199º de la misma Constitución Política del Perú, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población debiendo rendir cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a ley;
Que, según lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27680, las que especifican que los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por sus presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a ley y en concordancia con los planes de desarrollo concertado en común participación con la sociedad civil organizada y representativa;
Que, el Presupuesto Participativo es un instrumento de política y a la vez de gestión, a través del cual las autoridades regionales y locales, así como las organizaciones debidamente representadas, definen en conjunto, cómo y a qué se van a orientar los recursos de la población, el cual está directamente vinculado a la visión y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado Local Distrital;
Que, los Artículos 7º numeral 2), 102º y 104º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, determinan la definición, composición y funciones del Consejo de Coordinación Local Distrital, estableciendo que estos son órganos de coordinación y concertación para el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital;
Que, el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado es un proceso de planeamiento de desarrollo continuo y participativo y es el instrumento de base territorial y de carácter integral, orientador del desarrollo regional o local y del presupuesto participativo y el que contiene los acuerdos sobre la Visión de Desarrollo y Objetivos Estratégicos de mediano y largo plazo, en concordancia con los planes sectoriales y nacionales.
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, ley Nº 29792, ha dado la siguiente:
ORDENANZA: «QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE FORMULACION DEL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO DISTRITAL DE CERRO AZUL 2011-2021
ARTICULO.- PRIMERO.- APROBAR, el Reglamento del proceso de formulación del Plan de Desarrollo Concertado Distrital de Cerro Azul como instrumento de Planeación y Gestión cuya Visión temporal es 2011-2021.
ARTICULO SEGUNDO.- ESTABLECER que los ejes de desarrollo del Plan de Desarrollo Concertado son el principal instrumento de trabajo Municipal para la elaboración del Plan de Desarrollo Institucional y las políticas e instrumentos de gestión correspondiente.
ARTíCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas, implementar las acciones y procedimientos que garanticen el cumplimiento de la presente ordenanza.
REGISTRESE, PUBLíQUESE Y CUMPLASE.
HUGO RIVAS SANCHEZ
ALCALDE
07 septiembre 2011
Gobierno Regional De Lima Alquiló Stands Y Elaboró Materiales Para Difusión De Sus Productos...
17 PRODUCTORES DE LA REGION LIMA PARTICIPARAN EN MISTURA 2011...
Diecisiete productores de la región Lima participarán –del 9 al 18 de setiembre– en la IV Feria Gastronómica Internacional de Lima «Mistura 2011», donde asistirán los máximos exponentes latinoamericanos del arte culinario, entre ellos nuestro compatriota Gastón Acurio.
Serán diez días donde el Parque de la Exposición será el centro de atención de al menos 300 mil visitantes que degustarán la exquisitez de los mejores potajes y la calidad de los productos que se cosechan y elaboran en las regiones del país.
Este evento será una gran oportunidad para que los chefs, productores y fruticultores de la región Lima se posicionen al mostrar la calidad de sus cosechas y preparación de platos típicos.
Para ello, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico conformó una comisión integrada por las direcciones regionales de Agricultura, Energía y Minas, Producción y Comercio Exterior y Turismo, las que han seleccionado detalladamente a nuestros representantes, teniendo como resultado un total de 17 productores de las nueve provincias.
Estos son Embutidos Kian, Salchichería Huachana, Asociación de Productores Asociados de Chirimoya Kalidad Optima-Huanangui (provincia de Huaura), Industria Alimentaria D’Karlos (provincia de Barranca), Asociación de Productores de Ganado Lechero -APROGAL(provincia de Canta), Asociación de Productores Agropecuarios Los Molinos de Gorgor y Reylizz La Cajatambina (provincia de Cajatambo).
Asimismo estarán Productores de Melocotones - ACYEL, Asociación de Mujeres Emprendedoras Caqui Aucallama (provincia de Huaral), Cooperativa Agraria de Producción Atahualpa (provincia de Oyón), Corporación Apromel (provincias de Oyón, Huaura y Huaral), Asociación de Productores de Tuna y Cochinilla Aprotic (provincia de Huarochirí), Asociación de Productores de Manzana Virgen de Chapi, Asociacion de productores vitivinícolas, Asociación de productores pecuarios de Santa Barbara - APROPESBA, Asociacion de promotores agrícolas de Mala y Omas «Dos Valles» (provincia de Cañete) y Asociacion de productores de Yauyos.
«Por encargo del presidente regional Javier Alvarado Gonzales del Valle, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico seleccionó a los productores. También destinó un presupuesto para el alquiler de los stands y ha elaborado materiales para la difusión de nuestros productos», precisó el titular de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Mag. Fredy Jordán Medina.
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LA INDOLENTE EMPRESA «SOYUZ» TRASLADARÁ A CONGRESISTAS A SESIÓN DESCENTRALIZADA EN ICA
La indolente empresa de transportes «Soyuz» será la encargada de transportar a nuestros «Padres de la Patria» para su sesión descentralizada que se realizará en la ciudad de Ica el jueves 8 de setiembre: Así lo anunció ayer el congresista Carlos Bruce, quien indicó que la Junta de Portavoces del Parlamento así lo había decidido. Posteriormente Martín Gibbons representante de dicha empresa interprovincial confirmó la información.
Lo curioso del tema es que los congresistas viajarán en un servicio estandar a un costo de pasaje por persona de 41 soles, privilegio que muchas veces los pasajeros no gozan, principalmente los fines de semana y feriados, cuando elevan el costo del pasaje a su libre voluntad, escudándose en la ley de la oferta y la demanda. No está recordar que hasta la fecha, no existe justificación alguna por parte de la empresa para que demuestre técnicamente como, por ejemplo, cubriendo una misma ruta con el mismo gasto operativo y distancia el costo de Cañete a Lima lo cobre a un promedio de 8 soles y el retorno, en la misma ruta cuesta 12 soles.
Y lo de INDOLENTE, término que utilizo en este artículo, no es por capricho ni ojeriza alguna sino que «dignamente» se lo han ganado, sino recordemos como los medios nacionales denunciaron que apenas producido el terremoto del 15 de agosto de 2007, que afecto al sur del país, en donde esta empresa presta el servicio, elevaron el pasaje ante la desesperación de los familiares de Cañete, Pisco e Ica que pugnaban por trasladarse a conocer la situación de sus familiares: Ante la crítica se vieron obligados a controlar el costo del pasaje y posibilitar viajes «humanitarios».
El lunes, algunas unidades vehiculares del grupo empresarial «Soyuz»- «Perú Bus», fueron detenidas y retenidas por un considerable número de vecinos del distrito cañetano de San Luís, exigiendo que cumplan de manera inmediata con la reparación de los daños ocasionados a los vecinos de 2 viviendas como consecuencia de un accidente de tránsito ocurrido el pasado 19 de julio, en donde una de estas unidades de transporte impactó, dejando a los moradores de las mismas en el olvido.
La protesta ocasionó que la Panamericana Sur sea obstaculizada impidiendo el tránsito vehicular por alrededor de una hora en horas de la mañana, a la altura del kilómetro 138. Esto obligó a los representantes de le empresa, verse obligados, a trasladar a Lima a las personas afectadas para poder llegar a un entendimiento, desenlace, según los mismos afectados, que se conocerá en los días venideros, asumiendo el compromiso de recibir el apoyo respectivo. ¿Si los vecinos no llegaban a a asumir esta medida de fuerza creen ustedes que hubieran sido atendidos?. La respuesta es por demás evidente.
Esta es la empresa que trasladará a los Congresistas de nuestra Patria, aquellos que dicen que se van a sesionar a Ica para conocer los problemas de nuestros hermanos de dicha región, consideramos que mejor hubieran viajado en cualquier otra empresa, que cobra precios módicos durante todo el año, para que vean las condiciones en que muchas hermanos de Ica realizan su periplo hacia Lima, debido a sus carencias económicas.
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VALLE GRANDE CAPACITO A 20 JARDINEROS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
Con la finalidad de tener un mejor manejo en técnicas sobre nutrición vegetal y manejo integrado de plagas, más de veinte jardineros que trabajan en el área de parques y jardines fueron capacitados por parte del Instituto Rural Valle Grande.
La capacitación se dio en el salón de actos de la Municipalidad Provincial, y durante toda la jornada los trabajadores ediles recibieron esta charla que finalmente les permitirá desenvolverse con mayor amplitud en los manejos de los espacios verdes que se promueve a través de los parques y jardines.
A lo largo de toda la capacitación, los trabajadores fueron fortalecidos con técnicas de control de plagas, y la importancia de la prevención con el propósito de mantener siempre protegida a las plantas ornamentales. La nutrición en los arboles fue otro de los temas de la capacitación.
Valle Grande, con el apoyo de la Junta de Andalucía y la Fundación Albihar, vienen realizando una serie de capacitaciones técnicas en todo el valle de Cañete, con la finalidad de desarrollar y mejorar las aéreas verdes de nuestra provincia, siendo los trabajadores de la Municipalidad Provincial, uno de los primeros beneficiados con estas capacitaciones.
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CON SIMULACROS DE EMERGENCIAS, BOMBEROS INICIAN SEMANA DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS
Con simulacros de incendios, labores de rescate, exhibición de equipos contra siniestros y para emergencias de materiales peligrosos, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (CGBVP) inició el último lunes, la semana de Prevención de Incendios a nivel nacional, así lo indicó el Capitán CBP Berly Francia Núñez Jefe de la Cia. De Bomberos «Virgen del Carmen» N° 183 de Imperial.
Durante esta semana se brindará capacitación gratuita para evitar siniestros en el hogar, los centros educativos, oficinas y minimizar los riesgos de accidentes, se pretende mostrarle a la población que no solo los bomberos están para apagar incendios, sino también para prevenirlos.
«Ante la proximidad de las fiestas por Navidad y Año Nuevo, se recomienda a la población tener cuidado con los pirotécnicos y no sobrecargar los sistemas eléctricos, habiéndose detectado que existen lugares de alto riesgo de incendios como algunos centros comerciales y mercados. De esta manera también fomentamos de que las industrias o las brigadas de emergencia estén preparadas o se preparen cada día más en este tema de prevención y control de emergencias», subrayó.
A su vez, recomendó a la población memorizar el teléfono de los bomberos: 116 para que ante cualquier emergencia la gente pueda solicitar la ayuda oportuna de los hombres de rojo.
Invocó a la población a que se inmiscuya más en el tema bomberil y a que colabore con la compañía de bomberos de su zona, sobre todo en civismo, tomando en cuenta que los bomberos están dispuestos a orientar a la población para la prevención de emergencias. Esta semana estamos abocados a la captación de postulantes para integrar la Compañía.
COMPAÑÍA «VIRGEN DEL CARMEN».
También informó que a pesar de estar casi dos meses fuera de servicio la Compañía de Bomberos de Imperial por el motivo que sus dos maquinas se encuentran en reparación en talleres de Lima, esto no amilana el apoyo de sus efectivos en toda actividad en bien de la sociedad, las maquinas ya reparadas estarán retornando a su base en aproximadamente 10 días.
«La Compañía «CAÑETE» N° 49 nos está cediendo una máquina de rescate que necesita una pequeña reparación para estar operativa y de esta manera ampliar nuestros servicios; esperamos las autoridades locales nos apoyen a reparar esta máquina» finalizó.
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PRESIDENTE REGIONAL SEÑALA QUE SE DEBE VENDER IMAGEN POSITIVA Y NO DE ESCÁNDALO Y PELEAS COMO SUCEDIÓ EN LA SEMANA DE CAÑETE
«Lamento mucho lo sucedido» fue lo primero que dijo el presidente regional de Lima y ex alcalde de Cañete Javier Alvarado Gonzáles del Valle, en torno al escándalo suscitado a nivel nacional debido a las imágenes propaladas por la televisión peruana, que mostraron «la pelea campal» al término de la celebración de las actividades artísticas de los 455 años de fundación española de la «Villa de Santa María» de Cañete.
«Que esto sirva de experiencia para que no se repita ello, porque la imagen que tenemos que vender a nivel nacional es de una provincia de donde hay unión, donde los eventos se realizan bien y no lo que se escuchó y se vió en la televisión; las botellas rotas, ello no conduce a nada bueno» agregó.
Finalmente Alvarado Gonzáles del Valle dijo, una vez más, que esto sirva de experiencia para que las personas que estuvieron trabajando en la organización de las actividades conmemorativas de Cañete, que culminaron el pasado 30 de agosto, redoblen la seguridad en eventos futuros y no se repitan estas tristes imágenes, que no solamente afectan el turismo de la provincia sino al mismo vecino cañetano.
Tales declaraciones las formulo la autoridad regional, el último lunes en esta provincia, a la que llegó acompañado de representantes de la Universidad Nacional de Cañete, para verificar el estado de los terrenos que han sido cedidos por la comuna cañetana para la construcción de los ambientes universitarios que serán asumidos por el gobierno regional de Lima.
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SE INICIO TALLERES DE SENSIBILIZACIÓN EN POBLACIÓN PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO DE IMPERIAL
Con la participación de los pobladores del CP «San Benito» se dio inicio ayer a las jornadas de comunicación y sensibilización que busca motivar en la población su participación activa en la actualización del Plan de Desarrollo Concertado del distrito de Imperial.
El equipo técnico de la Municipalidad, la regidora Rocío Paucar de Quispe y el alcalde Eddy del Mazo Tello participaron de la reunión con los pobladores que se mostraron interesados en el tema planteado ya que –consideran- es importante actualizar el plan de desarrollo con la opinión de los propios pobladores.
El alcalde señaló que Imperial es uno de los primeros distritos a nivel nacional que viene trabajando en la actualización de su plan de desarrollo concertado enmarcado dentro del Plan Bicentenario al 2021.
«se requiere de políticas que busquen lograr la equidad social, para asegurar la igualdad de oportunidades para todos y el acceso universal a los servicios básicos, eso queremos conversar y compartir con ustedes para concertar y actualizar adecuadamente nuestro plan de desarrollo», manifestó Del Mazo Tello.
Finalmente, invocó a los pobladores de San Isidro, Cerro Alegre, Cerro Candela y los asentamientos humanos «Asunción 8» y «Josefina Ramos» a que asistan a las reuniones de sensibilización y para el 15 y 22 de setiembre participen de los talleres distritales.
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Por Parte Del Personal de Psicología Del Ministerio Público…
EMBARAZO PRECOZ: FUE LA CHARLA QUE RECIBIERON ESTUDIANTES DEL COLEGIO NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN
Con el Tema «El Embarazo Precoz», en la charla dirigida a las adolescentes alumnas de 4to. y 5to. Grado de Educación Secundaria, se hicieron presentes la Psicóloga, Milagros Arcos Paredes de la División Medico Legal y el abogado Richard Lovera Herrera, representantes del Ministerio Público del Distrito Judicial de Cañete.
Esta charla se realizó en una de las aulas de la Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen de Imperial, con un aproximado de 40 alumnas que pertenecen al Programa de Fiscales Escolares, Fiscales Escolares Ambientales y sus compañeras de sección, las cuales habían preparado por motivación de sus representantes en estas fiscalías un periódico mural con artículos referentes al tema que se trató.
La psicóloga Arcos Paredes, explicó a las asistentes sobre el tema en cuestión, el por qué se produce, cuáles son las consecuencias, cómo y por qué se debe prevenir esta problemática del embarazo adolescente, participando de esta disertación activamente las alumnas de esta institución, mostrando el debido interés por la temática.
Las estudiantes apreciaron videos que las sensibilizaron aun mas sobre el tema, y el tutor de esta institución agradeció a los profesionales por la charla y su tiempo brindado, esperando poder volver a contar con su presencia en una próxima oportunidad.
17 PRODUCTORES DE LA REGION LIMA PARTICIPARAN EN MISTURA 2011...
Diecisiete productores de la región Lima participarán –del 9 al 18 de setiembre– en la IV Feria Gastronómica Internacional de Lima «Mistura 2011», donde asistirán los máximos exponentes latinoamericanos del arte culinario, entre ellos nuestro compatriota Gastón Acurio.
Serán diez días donde el Parque de la Exposición será el centro de atención de al menos 300 mil visitantes que degustarán la exquisitez de los mejores potajes y la calidad de los productos que se cosechan y elaboran en las regiones del país.
Este evento será una gran oportunidad para que los chefs, productores y fruticultores de la región Lima se posicionen al mostrar la calidad de sus cosechas y preparación de platos típicos.
Para ello, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico conformó una comisión integrada por las direcciones regionales de Agricultura, Energía y Minas, Producción y Comercio Exterior y Turismo, las que han seleccionado detalladamente a nuestros representantes, teniendo como resultado un total de 17 productores de las nueve provincias.
Estos son Embutidos Kian, Salchichería Huachana, Asociación de Productores Asociados de Chirimoya Kalidad Optima-Huanangui (provincia de Huaura), Industria Alimentaria D’Karlos (provincia de Barranca), Asociación de Productores de Ganado Lechero -APROGAL(provincia de Canta), Asociación de Productores Agropecuarios Los Molinos de Gorgor y Reylizz La Cajatambina (provincia de Cajatambo).
Asimismo estarán Productores de Melocotones - ACYEL, Asociación de Mujeres Emprendedoras Caqui Aucallama (provincia de Huaral), Cooperativa Agraria de Producción Atahualpa (provincia de Oyón), Corporación Apromel (provincias de Oyón, Huaura y Huaral), Asociación de Productores de Tuna y Cochinilla Aprotic (provincia de Huarochirí), Asociación de Productores de Manzana Virgen de Chapi, Asociacion de productores vitivinícolas, Asociación de productores pecuarios de Santa Barbara - APROPESBA, Asociacion de promotores agrícolas de Mala y Omas «Dos Valles» (provincia de Cañete) y Asociacion de productores de Yauyos.
«Por encargo del presidente regional Javier Alvarado Gonzales del Valle, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico seleccionó a los productores. También destinó un presupuesto para el alquiler de los stands y ha elaborado materiales para la difusión de nuestros productos», precisó el titular de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Mag. Fredy Jordán Medina.
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LA INDOLENTE EMPRESA «SOYUZ» TRASLADARÁ A CONGRESISTAS A SESIÓN DESCENTRALIZADA EN ICA
La indolente empresa de transportes «Soyuz» será la encargada de transportar a nuestros «Padres de la Patria» para su sesión descentralizada que se realizará en la ciudad de Ica el jueves 8 de setiembre: Así lo anunció ayer el congresista Carlos Bruce, quien indicó que la Junta de Portavoces del Parlamento así lo había decidido. Posteriormente Martín Gibbons representante de dicha empresa interprovincial confirmó la información.
Lo curioso del tema es que los congresistas viajarán en un servicio estandar a un costo de pasaje por persona de 41 soles, privilegio que muchas veces los pasajeros no gozan, principalmente los fines de semana y feriados, cuando elevan el costo del pasaje a su libre voluntad, escudándose en la ley de la oferta y la demanda. No está recordar que hasta la fecha, no existe justificación alguna por parte de la empresa para que demuestre técnicamente como, por ejemplo, cubriendo una misma ruta con el mismo gasto operativo y distancia el costo de Cañete a Lima lo cobre a un promedio de 8 soles y el retorno, en la misma ruta cuesta 12 soles.
Y lo de INDOLENTE, término que utilizo en este artículo, no es por capricho ni ojeriza alguna sino que «dignamente» se lo han ganado, sino recordemos como los medios nacionales denunciaron que apenas producido el terremoto del 15 de agosto de 2007, que afecto al sur del país, en donde esta empresa presta el servicio, elevaron el pasaje ante la desesperación de los familiares de Cañete, Pisco e Ica que pugnaban por trasladarse a conocer la situación de sus familiares: Ante la crítica se vieron obligados a controlar el costo del pasaje y posibilitar viajes «humanitarios».
El lunes, algunas unidades vehiculares del grupo empresarial «Soyuz»- «Perú Bus», fueron detenidas y retenidas por un considerable número de vecinos del distrito cañetano de San Luís, exigiendo que cumplan de manera inmediata con la reparación de los daños ocasionados a los vecinos de 2 viviendas como consecuencia de un accidente de tránsito ocurrido el pasado 19 de julio, en donde una de estas unidades de transporte impactó, dejando a los moradores de las mismas en el olvido.
La protesta ocasionó que la Panamericana Sur sea obstaculizada impidiendo el tránsito vehicular por alrededor de una hora en horas de la mañana, a la altura del kilómetro 138. Esto obligó a los representantes de le empresa, verse obligados, a trasladar a Lima a las personas afectadas para poder llegar a un entendimiento, desenlace, según los mismos afectados, que se conocerá en los días venideros, asumiendo el compromiso de recibir el apoyo respectivo. ¿Si los vecinos no llegaban a a asumir esta medida de fuerza creen ustedes que hubieran sido atendidos?. La respuesta es por demás evidente.
Esta es la empresa que trasladará a los Congresistas de nuestra Patria, aquellos que dicen que se van a sesionar a Ica para conocer los problemas de nuestros hermanos de dicha región, consideramos que mejor hubieran viajado en cualquier otra empresa, que cobra precios módicos durante todo el año, para que vean las condiciones en que muchas hermanos de Ica realizan su periplo hacia Lima, debido a sus carencias económicas.
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VALLE GRANDE CAPACITO A 20 JARDINEROS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
Con la finalidad de tener un mejor manejo en técnicas sobre nutrición vegetal y manejo integrado de plagas, más de veinte jardineros que trabajan en el área de parques y jardines fueron capacitados por parte del Instituto Rural Valle Grande.
La capacitación se dio en el salón de actos de la Municipalidad Provincial, y durante toda la jornada los trabajadores ediles recibieron esta charla que finalmente les permitirá desenvolverse con mayor amplitud en los manejos de los espacios verdes que se promueve a través de los parques y jardines.
A lo largo de toda la capacitación, los trabajadores fueron fortalecidos con técnicas de control de plagas, y la importancia de la prevención con el propósito de mantener siempre protegida a las plantas ornamentales. La nutrición en los arboles fue otro de los temas de la capacitación.
Valle Grande, con el apoyo de la Junta de Andalucía y la Fundación Albihar, vienen realizando una serie de capacitaciones técnicas en todo el valle de Cañete, con la finalidad de desarrollar y mejorar las aéreas verdes de nuestra provincia, siendo los trabajadores de la Municipalidad Provincial, uno de los primeros beneficiados con estas capacitaciones.
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CON SIMULACROS DE EMERGENCIAS, BOMBEROS INICIAN SEMANA DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS
Con simulacros de incendios, labores de rescate, exhibición de equipos contra siniestros y para emergencias de materiales peligrosos, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (CGBVP) inició el último lunes, la semana de Prevención de Incendios a nivel nacional, así lo indicó el Capitán CBP Berly Francia Núñez Jefe de la Cia. De Bomberos «Virgen del Carmen» N° 183 de Imperial.
Durante esta semana se brindará capacitación gratuita para evitar siniestros en el hogar, los centros educativos, oficinas y minimizar los riesgos de accidentes, se pretende mostrarle a la población que no solo los bomberos están para apagar incendios, sino también para prevenirlos.
«Ante la proximidad de las fiestas por Navidad y Año Nuevo, se recomienda a la población tener cuidado con los pirotécnicos y no sobrecargar los sistemas eléctricos, habiéndose detectado que existen lugares de alto riesgo de incendios como algunos centros comerciales y mercados. De esta manera también fomentamos de que las industrias o las brigadas de emergencia estén preparadas o se preparen cada día más en este tema de prevención y control de emergencias», subrayó.
A su vez, recomendó a la población memorizar el teléfono de los bomberos: 116 para que ante cualquier emergencia la gente pueda solicitar la ayuda oportuna de los hombres de rojo.
Invocó a la población a que se inmiscuya más en el tema bomberil y a que colabore con la compañía de bomberos de su zona, sobre todo en civismo, tomando en cuenta que los bomberos están dispuestos a orientar a la población para la prevención de emergencias. Esta semana estamos abocados a la captación de postulantes para integrar la Compañía.
COMPAÑÍA «VIRGEN DEL CARMEN».
También informó que a pesar de estar casi dos meses fuera de servicio la Compañía de Bomberos de Imperial por el motivo que sus dos maquinas se encuentran en reparación en talleres de Lima, esto no amilana el apoyo de sus efectivos en toda actividad en bien de la sociedad, las maquinas ya reparadas estarán retornando a su base en aproximadamente 10 días.
«La Compañía «CAÑETE» N° 49 nos está cediendo una máquina de rescate que necesita una pequeña reparación para estar operativa y de esta manera ampliar nuestros servicios; esperamos las autoridades locales nos apoyen a reparar esta máquina» finalizó.
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PRESIDENTE REGIONAL SEÑALA QUE SE DEBE VENDER IMAGEN POSITIVA Y NO DE ESCÁNDALO Y PELEAS COMO SUCEDIÓ EN LA SEMANA DE CAÑETE
«Lamento mucho lo sucedido» fue lo primero que dijo el presidente regional de Lima y ex alcalde de Cañete Javier Alvarado Gonzáles del Valle, en torno al escándalo suscitado a nivel nacional debido a las imágenes propaladas por la televisión peruana, que mostraron «la pelea campal» al término de la celebración de las actividades artísticas de los 455 años de fundación española de la «Villa de Santa María» de Cañete.
«Que esto sirva de experiencia para que no se repita ello, porque la imagen que tenemos que vender a nivel nacional es de una provincia de donde hay unión, donde los eventos se realizan bien y no lo que se escuchó y se vió en la televisión; las botellas rotas, ello no conduce a nada bueno» agregó.
Finalmente Alvarado Gonzáles del Valle dijo, una vez más, que esto sirva de experiencia para que las personas que estuvieron trabajando en la organización de las actividades conmemorativas de Cañete, que culminaron el pasado 30 de agosto, redoblen la seguridad en eventos futuros y no se repitan estas tristes imágenes, que no solamente afectan el turismo de la provincia sino al mismo vecino cañetano.
Tales declaraciones las formulo la autoridad regional, el último lunes en esta provincia, a la que llegó acompañado de representantes de la Universidad Nacional de Cañete, para verificar el estado de los terrenos que han sido cedidos por la comuna cañetana para la construcción de los ambientes universitarios que serán asumidos por el gobierno regional de Lima.
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SE INICIO TALLERES DE SENSIBILIZACIÓN EN POBLACIÓN PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO DE IMPERIAL
Con la participación de los pobladores del CP «San Benito» se dio inicio ayer a las jornadas de comunicación y sensibilización que busca motivar en la población su participación activa en la actualización del Plan de Desarrollo Concertado del distrito de Imperial.
El equipo técnico de la Municipalidad, la regidora Rocío Paucar de Quispe y el alcalde Eddy del Mazo Tello participaron de la reunión con los pobladores que se mostraron interesados en el tema planteado ya que –consideran- es importante actualizar el plan de desarrollo con la opinión de los propios pobladores.
El alcalde señaló que Imperial es uno de los primeros distritos a nivel nacional que viene trabajando en la actualización de su plan de desarrollo concertado enmarcado dentro del Plan Bicentenario al 2021.
«se requiere de políticas que busquen lograr la equidad social, para asegurar la igualdad de oportunidades para todos y el acceso universal a los servicios básicos, eso queremos conversar y compartir con ustedes para concertar y actualizar adecuadamente nuestro plan de desarrollo», manifestó Del Mazo Tello.
Finalmente, invocó a los pobladores de San Isidro, Cerro Alegre, Cerro Candela y los asentamientos humanos «Asunción 8» y «Josefina Ramos» a que asistan a las reuniones de sensibilización y para el 15 y 22 de setiembre participen de los talleres distritales.
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Por Parte Del Personal de Psicología Del Ministerio Público…
EMBARAZO PRECOZ: FUE LA CHARLA QUE RECIBIERON ESTUDIANTES DEL COLEGIO NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN
Con el Tema «El Embarazo Precoz», en la charla dirigida a las adolescentes alumnas de 4to. y 5to. Grado de Educación Secundaria, se hicieron presentes la Psicóloga, Milagros Arcos Paredes de la División Medico Legal y el abogado Richard Lovera Herrera, representantes del Ministerio Público del Distrito Judicial de Cañete.
Esta charla se realizó en una de las aulas de la Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen de Imperial, con un aproximado de 40 alumnas que pertenecen al Programa de Fiscales Escolares, Fiscales Escolares Ambientales y sus compañeras de sección, las cuales habían preparado por motivación de sus representantes en estas fiscalías un periódico mural con artículos referentes al tema que se trató.
La psicóloga Arcos Paredes, explicó a las asistentes sobre el tema en cuestión, el por qué se produce, cuáles son las consecuencias, cómo y por qué se debe prevenir esta problemática del embarazo adolescente, participando de esta disertación activamente las alumnas de esta institución, mostrando el debido interés por la temática.
Las estudiantes apreciaron videos que las sensibilizaron aun mas sobre el tema, y el tutor de esta institución agradeció a los profesionales por la charla y su tiempo brindado, esperando poder volver a contar con su presencia en una próxima oportunidad.
ROCÍO LÓPEZ LUNA, PRESENTÓ SU LIBRO DE CUENTOS: «INTENTOS»
La presentación del libro de cuentos, «INTENTOS», de una empática mujer que tuve el honor de conocer en una noche de lluvia, un 02 de setiembre del 2011, abogada de profesión nacida en Lima, que vivió su adolescencia nada mas, ni menos que en el Puerto de los Ensueños, y que como pocos ha tenido que sacrificar gran parte de su vida sin estar al lado de sus seres queridos y su país por una muy buena razón que fue la de formarse y superarse como profesional, para volver hoy a donde pertenece y brindarnos a los cañetanos lo que merecemos.
Rocío López Luna, en una acogedora reunión con los amantes de las letras, entre ellos muchos jóvenes que son sus alumnos, en el salón de actos de la Universidad Sergio Bernales, al promediar las 7 de la noche, al lado de Cesar Chambergo, encargado del comentario y el análisis profundo del libro, que para el comentó: «definitivamente estos no son INTENTOS de escribir cuentos, sino mas bien cuentos muy bien logrados, este libro recrea una realidad de la ficción en el país una realidad en los corazones que no pueden existir en la cabeza». Subrayando; existen fabulosos pasajes y personajes que obviamente no mencionaré porque de eso se trata (de que lean el libro).
La madre de la escritora Griselda Luna Reátegui, manifestó su orgullo aludiendo que esta obra es como si fuera un nuevo nieto ya que nace obviamente de su hija y que espera sea incentivo para los jóvenes que asistieron a esta presentación.
La además poetisa Rocío López Luna, presento así pues emocionada este denominado intento por escribir, que son cuentos dice ella, no solo para niños, sino para todas las edades y que espera sea una especie de motivo para los jóvenes y todos los presentes para que se animen a dejar fluir y exteriorizar sus sentimientos.
A continuación transcribimos parte de la entrevista exclusiva que tuvimos con la autora del libro Intentos:
…Volví a Cerro Azul, donde vivi desde los 9 años, el embrujo de la playa y en honor a este pueblo maravilloso es que dedico el primer cuento.
¿INTENTOS, Porqué este nombre?. Porque no hay nada en la vida definitivo, en el fondo nuestra vida es un intento, un intento de cambiar la situación, un intento de ser mejores, un intento de no cometer errores, un intento de ser feliz, un intento de realizarse y este era un intento de escribir.
¿Porqué los cuentos en este intento?. Los cuentos, intentaba explicar de dónde venía, intentaba mantener los puentes con mis hijos que nacieron en otra cultura, que no conocían el Perú propiamente, y yo quería mantener esa ligazón y quería explicar relaciones humanas que no las puedes explicar en un dialogo normal. Algo que me parece simpático es que no obstante haber escrito algunos cuentos hace mucho tiempo, conozco a una persona y la encuentro en uno de los cuentos, es como que el cuento ha sido una especie de premonición, yo he conocido a una amiga y he pensado en el último cuento del libro «cosa de amigas».
¿Cómo son los personajes de los cuentos?. Es bastante espontaneo, a veces puedo querer explicar cómo es que apareció la mariposa en el mundo, o porque un perro aúlla, igual he querido explicar a un alumno alemán por ejemplo como es el Perú por eso el Cuento histórico de la papa, a veces los elementos están tan mezclados que uno ya no puede decir para quien o porque es que lo hice.
¿Cómo resumiría su libro?
Como un intento (risas).
¿Qué significa para ud. este libro?
Un intento de compartir, yo he tenido estos cuentos mucho tiempo, para mi me he saturado yo mismo de mis cuentos, porque los he leído mucho y siempre estoy encontrándole cositas y decir esto se puede cambiar, este se puede mejorar siempre es posible admirar a la perfección, tratar de arreglar las coas, pero llega un momento donde tu esto ya lo quieres compartir con mas personas, y ahí si es un dicho prácticamente mística, eh todo ser humano tiene que tener un hijo, plantar un árbol y escribir un libro, yo decía en cualquier momento yo muero, mis hijos no entienden que son estos garabatos en estos papeles, quiero compartirlos quiero irme tranquila.
¿Cómo nace esta pasión por la literatura, para usted que es abogada?. Desde muy niña, Yo tengo una frase, «los abogados somos magníficos escritores», a veces no somos tan buenos quizás no somos tan buenos abogados como quisiéramos, un buen ejemplo es Brice Echenique, el derecho es muy creativo en la elaboración de la norma, en la búsqueda de soluciones, por ejemplo los caminos conciliatorios extrajudiciales… quizás en el derecho no existe el factor fantasía tan fuertemente como en la literatura, pero existen literaturas de otras tendencias como la literatura científica, la literatura histórica, que uno dice y esto que tiene de fantasía, todo es tan relativo.
¿Sólo cuentos?. También escribo poesía, y cada forma de expresión es como tocar un instrumento, no es lo mismo cuando tocas el cajón o cuando tocas la guitarra, y los cuentos me servían para tratar de acomodar cosas en mi cabeza y en mi corazón que no tenía muy clara, y para jugar, esa es una constante que ha mencionado Cesar Chambergo, yo no creo que jugar sea monopolio de los niños, yo juego mucho con las cosas, con las situaciones y tratarle de encontrar lo positivo. Es algo que no debemos perder.
¿Su primera obra, no será la última verdad?. Lo que he tratado de preservar, ya que esta producción es estándar, tú la puedes leer solo, con tu pareja, con tu hijo o con tu madre, pero yo tengo otra obra poética, tengo varios cuentos en el tintero que espero que venga la musa inspiradora y el tiempo y las condiciones para terminarlos de escribir, yo escribo como pinto, escribo varias cosas simultáneamente…
Además por si fuera poco López Luna deleito al público con dos poemas importantisimos de la literatura peruana que influyen en ella como así lo son: Los Heraldos Negros de Cesar Vallejo y Todo esto es mi país de Augusto Salazar Bondi. (Marlon Max Cuzcano Castillo)
La presentación del libro de cuentos, «INTENTOS», de una empática mujer que tuve el honor de conocer en una noche de lluvia, un 02 de setiembre del 2011, abogada de profesión nacida en Lima, que vivió su adolescencia nada mas, ni menos que en el Puerto de los Ensueños, y que como pocos ha tenido que sacrificar gran parte de su vida sin estar al lado de sus seres queridos y su país por una muy buena razón que fue la de formarse y superarse como profesional, para volver hoy a donde pertenece y brindarnos a los cañetanos lo que merecemos.
Rocío López Luna, en una acogedora reunión con los amantes de las letras, entre ellos muchos jóvenes que son sus alumnos, en el salón de actos de la Universidad Sergio Bernales, al promediar las 7 de la noche, al lado de Cesar Chambergo, encargado del comentario y el análisis profundo del libro, que para el comentó: «definitivamente estos no son INTENTOS de escribir cuentos, sino mas bien cuentos muy bien logrados, este libro recrea una realidad de la ficción en el país una realidad en los corazones que no pueden existir en la cabeza». Subrayando; existen fabulosos pasajes y personajes que obviamente no mencionaré porque de eso se trata (de que lean el libro).
La madre de la escritora Griselda Luna Reátegui, manifestó su orgullo aludiendo que esta obra es como si fuera un nuevo nieto ya que nace obviamente de su hija y que espera sea incentivo para los jóvenes que asistieron a esta presentación.
La además poetisa Rocío López Luna, presento así pues emocionada este denominado intento por escribir, que son cuentos dice ella, no solo para niños, sino para todas las edades y que espera sea una especie de motivo para los jóvenes y todos los presentes para que se animen a dejar fluir y exteriorizar sus sentimientos.
A continuación transcribimos parte de la entrevista exclusiva que tuvimos con la autora del libro Intentos:
…Volví a Cerro Azul, donde vivi desde los 9 años, el embrujo de la playa y en honor a este pueblo maravilloso es que dedico el primer cuento.
¿INTENTOS, Porqué este nombre?. Porque no hay nada en la vida definitivo, en el fondo nuestra vida es un intento, un intento de cambiar la situación, un intento de ser mejores, un intento de no cometer errores, un intento de ser feliz, un intento de realizarse y este era un intento de escribir.
¿Porqué los cuentos en este intento?. Los cuentos, intentaba explicar de dónde venía, intentaba mantener los puentes con mis hijos que nacieron en otra cultura, que no conocían el Perú propiamente, y yo quería mantener esa ligazón y quería explicar relaciones humanas que no las puedes explicar en un dialogo normal. Algo que me parece simpático es que no obstante haber escrito algunos cuentos hace mucho tiempo, conozco a una persona y la encuentro en uno de los cuentos, es como que el cuento ha sido una especie de premonición, yo he conocido a una amiga y he pensado en el último cuento del libro «cosa de amigas».
¿Cómo son los personajes de los cuentos?. Es bastante espontaneo, a veces puedo querer explicar cómo es que apareció la mariposa en el mundo, o porque un perro aúlla, igual he querido explicar a un alumno alemán por ejemplo como es el Perú por eso el Cuento histórico de la papa, a veces los elementos están tan mezclados que uno ya no puede decir para quien o porque es que lo hice.
¿Cómo resumiría su libro?
Como un intento (risas).
¿Qué significa para ud. este libro?
Un intento de compartir, yo he tenido estos cuentos mucho tiempo, para mi me he saturado yo mismo de mis cuentos, porque los he leído mucho y siempre estoy encontrándole cositas y decir esto se puede cambiar, este se puede mejorar siempre es posible admirar a la perfección, tratar de arreglar las coas, pero llega un momento donde tu esto ya lo quieres compartir con mas personas, y ahí si es un dicho prácticamente mística, eh todo ser humano tiene que tener un hijo, plantar un árbol y escribir un libro, yo decía en cualquier momento yo muero, mis hijos no entienden que son estos garabatos en estos papeles, quiero compartirlos quiero irme tranquila.
¿Cómo nace esta pasión por la literatura, para usted que es abogada?. Desde muy niña, Yo tengo una frase, «los abogados somos magníficos escritores», a veces no somos tan buenos quizás no somos tan buenos abogados como quisiéramos, un buen ejemplo es Brice Echenique, el derecho es muy creativo en la elaboración de la norma, en la búsqueda de soluciones, por ejemplo los caminos conciliatorios extrajudiciales… quizás en el derecho no existe el factor fantasía tan fuertemente como en la literatura, pero existen literaturas de otras tendencias como la literatura científica, la literatura histórica, que uno dice y esto que tiene de fantasía, todo es tan relativo.
¿Sólo cuentos?. También escribo poesía, y cada forma de expresión es como tocar un instrumento, no es lo mismo cuando tocas el cajón o cuando tocas la guitarra, y los cuentos me servían para tratar de acomodar cosas en mi cabeza y en mi corazón que no tenía muy clara, y para jugar, esa es una constante que ha mencionado Cesar Chambergo, yo no creo que jugar sea monopolio de los niños, yo juego mucho con las cosas, con las situaciones y tratarle de encontrar lo positivo. Es algo que no debemos perder.
¿Su primera obra, no será la última verdad?. Lo que he tratado de preservar, ya que esta producción es estándar, tú la puedes leer solo, con tu pareja, con tu hijo o con tu madre, pero yo tengo otra obra poética, tengo varios cuentos en el tintero que espero que venga la musa inspiradora y el tiempo y las condiciones para terminarlos de escribir, yo escribo como pinto, escribo varias cosas simultáneamente…
Además por si fuera poco López Luna deleito al público con dos poemas importantisimos de la literatura peruana que influyen en ella como así lo son: Los Heraldos Negros de Cesar Vallejo y Todo esto es mi país de Augusto Salazar Bondi. (Marlon Max Cuzcano Castillo)
EL DIM GANABA 3 A 1… Y DECIDEN CAMBIO DE RAUL MAGUIÑA POR JESUS SAYAN CUANDO FALTABAN 8 MINUTOS PARA QUE CULMINE PARTIDO…
Ese Cambio Lo Puede Eliminar De La Departamental… Jugador Tenía 3 Tarjetas Amarillas Acumuladas Y No Podía Jugar…
DIM Busca Improcedencia Del Reclamo… Por Errores De Forma En Presentación Del Mismo…
La verdad es que es increíble lo que le sucede al elenco del DIM, elenco que dirige Julio Sánchez y que es asesorado por el ex futbolista profesional Flavio Maestri.
El sábado pasado se jugó uno de los mejores partidos del campeonato… en el Estadio de la Universidad Nacional de Ingeniería… al frente tenía al elenco del Pacífico F.C., un elenco que es apoyado con fuerza por su municipio, el de San Martín de Porres, que tiene como Alcalde a Fredy Ternero.
Y las cosas al DIM se le presentaron complicadas desde el inicio, ya que Nicolás Nieri, del elenco del Pacífico ponía en ventaja a sus colores sobre los 29 minutos del primer tiempo, aprovechando una lúcida acción personal de Shew Obregón.
El camino se hacía cuesta arriba cuando minutos más tarde, Antonio Peralta se iba expulsado por un codazo alevoso a un rival. Fue allí donde empezó a crecer de manera insospechada la figura de su mejor jugador ‘Cusi’ Peralta. A los 34', el pequeño volante realizó una gran jugada por el flanco derecho, sirviendo un centro exacto para la testa de Jesús Sayán. Aquel cabezazo del goleador albo, venció la resistencia del ingresado Roberto Delgado, con lo que se establecía el 1-1 en el tanteador.
Para la complementaria, el DIM realizó algunos ajustes en su engranaje colectivo, que le permitieron fortalecer la tarea defensiva, sabiéndose en inferioridad numérica. A partir de allí, los dirigidos por Julio Sánchez administraron con mayor inteligencia el traslado del balón, dejando latente la posibilidad de un contragolpe letal. Precisamente, por esa vía, le darían la estocada mortal a su adversario: sobre los 75', un rápido tiro libre terminaría en una perfecta habilitación para el ‘Cusi’ Peralta, quien sacó un potente remate para colocar el 1-2.
A los 81', cuando los dueños de casa aún no habían asimilado aquel duro golpe, apareció nuevamente Carlos Peralta para efectuar un sensacional disparo que selló el 1-3 en favor de los albos. Lo que vendría después, simple y sencillamente fue para ponerse a llorar.
LOS DIAS PREVIOS…
Durante los días previos al partido, el delegado del DIM, había acudido a las oficinas de la Departamental, para indagar sobre las tarjetas amarillas de sus jugadores, así como las del rival. Revisaron planilla por planilla… y nada… Todos sus jugadores estaban aptos. Pero cometieron un gravísimo error… no se percató el delegado que una de las planillas consignaba la necesidad de presentación de un informe adicional, y en ese informe adicional se señalaba con tarjeta amarilla al jugador Raúl Maguiña… Ese informe adicional, no fue buscado ni revisado, en todo caso no estaba adosado a la planilla de juego… aparentemente no estaba en su lugar… ese informe quedó sin poder conocerse lo que informaba.
JUGO QUIEN NO DEBIA…
Faltaban pocos minutos para terminar el encuentro, en realidad después del baile que le daba el DIM al Pacífico FC en su propio feudo, no había necesidad de ningún cambio más… pero el destino es así… el profesor Julio Sánchez, técnico del DIM dispone el ingreso de Raúl Maguiña por Jesús Sayán… y el que no debía de jugar, jugó… error infantil, pero error que le cuesta la clasificación…
QUIEN DIO EL DATO…
Lo cierto es que en la Departamental a diferencia de lo que sucede en la Provincial, no hay sesiones, solo hay programación, los días lunes… Mal pueden los delegados enterarse de lo que consignan las planillas de juego, de lo que sucede en los demás partidos. No hay un buen manejo de los resultados, no hay boletín oficial que consignen las amarillas, las rojas, los goles, las incidencias de los partidos. Ello hace que solo se pueda conseguir la información requerida, si es que el delegado lo solicita.
Ayer en las oficinas de la Departamental, se sabía lo que iba a arrojar el fallo… hay algunos errores en el reclamo… formalmente no ha sido bien presentado… no ha ido en hoja membretada… las pruebas no han sido fedateadas por la departamental… argumentos que siempre se sacan por debajo de la manga para tumbarse un fallo que solo puede y debe tener una decisión final.
Ello señala entonces, que el delegado del Pacífico F.C., tampoco tenía idea de lo que había sucedido… el dato de la participación de un jugador, con amarillas acumuladas se dio desde adentro, o por un informante de última hora, que debía tener las planillas de juego de los partidos del DIM.
Lo cierto es que Raúl Maguiña jugó, no debiendo hacerlo por tener sanción automática por tarjetas amarillas acumuladas, ésta sanción es automática; como automática debe ser la entrega de los tres puntos a quien sin proponerlo, se lo ganó.
Da cólera y pena, porque un elenco como el DIM, que tiene un elenco bastante competitivo… que se ha preparado y reforzado convenientemente, por un error de su comando técnico, delegado y dirigentes, se encuentre en la situación en que se encuentra, apelando a un milagro para seguir en carrera.
De otro lado, hay que señalar que muchos reclamos que tenían asidero, siempre se han caído en esta etapa, por el aspecto formal, que se ha tornado riguroso al extremo… parece ser que éste podría ser el caso… Desde el papel membretado, el sello del dirigente… si está firmado por dirigente reconocido… si está inscrito su última directiva en registros públicos… si tienen las copias que deben tener… si las pruebas que ha presentado están fedateadas, etc., etc., etc..
Lo único que queda es esperar… esperar, y ojalá que nada discurra por debajo de la mesa… que el reclamo se resuelva con justicia. Por lo demás, mientras el DIM y el Pacífico viven horas de incertidumbre, ello debe ser bien aprovechado por el San Lorenzo de Porococha, que debe afinar detalles, para sacar al rival que tiene al frente en su camino de clasificación hacia la Etapa Regional.
Ese Cambio Lo Puede Eliminar De La Departamental… Jugador Tenía 3 Tarjetas Amarillas Acumuladas Y No Podía Jugar…
DIM Busca Improcedencia Del Reclamo… Por Errores De Forma En Presentación Del Mismo…
La verdad es que es increíble lo que le sucede al elenco del DIM, elenco que dirige Julio Sánchez y que es asesorado por el ex futbolista profesional Flavio Maestri.
El sábado pasado se jugó uno de los mejores partidos del campeonato… en el Estadio de la Universidad Nacional de Ingeniería… al frente tenía al elenco del Pacífico F.C., un elenco que es apoyado con fuerza por su municipio, el de San Martín de Porres, que tiene como Alcalde a Fredy Ternero.
Y las cosas al DIM se le presentaron complicadas desde el inicio, ya que Nicolás Nieri, del elenco del Pacífico ponía en ventaja a sus colores sobre los 29 minutos del primer tiempo, aprovechando una lúcida acción personal de Shew Obregón.
El camino se hacía cuesta arriba cuando minutos más tarde, Antonio Peralta se iba expulsado por un codazo alevoso a un rival. Fue allí donde empezó a crecer de manera insospechada la figura de su mejor jugador ‘Cusi’ Peralta. A los 34', el pequeño volante realizó una gran jugada por el flanco derecho, sirviendo un centro exacto para la testa de Jesús Sayán. Aquel cabezazo del goleador albo, venció la resistencia del ingresado Roberto Delgado, con lo que se establecía el 1-1 en el tanteador.
Para la complementaria, el DIM realizó algunos ajustes en su engranaje colectivo, que le permitieron fortalecer la tarea defensiva, sabiéndose en inferioridad numérica. A partir de allí, los dirigidos por Julio Sánchez administraron con mayor inteligencia el traslado del balón, dejando latente la posibilidad de un contragolpe letal. Precisamente, por esa vía, le darían la estocada mortal a su adversario: sobre los 75', un rápido tiro libre terminaría en una perfecta habilitación para el ‘Cusi’ Peralta, quien sacó un potente remate para colocar el 1-2.
A los 81', cuando los dueños de casa aún no habían asimilado aquel duro golpe, apareció nuevamente Carlos Peralta para efectuar un sensacional disparo que selló el 1-3 en favor de los albos. Lo que vendría después, simple y sencillamente fue para ponerse a llorar.
LOS DIAS PREVIOS…
Durante los días previos al partido, el delegado del DIM, había acudido a las oficinas de la Departamental, para indagar sobre las tarjetas amarillas de sus jugadores, así como las del rival. Revisaron planilla por planilla… y nada… Todos sus jugadores estaban aptos. Pero cometieron un gravísimo error… no se percató el delegado que una de las planillas consignaba la necesidad de presentación de un informe adicional, y en ese informe adicional se señalaba con tarjeta amarilla al jugador Raúl Maguiña… Ese informe adicional, no fue buscado ni revisado, en todo caso no estaba adosado a la planilla de juego… aparentemente no estaba en su lugar… ese informe quedó sin poder conocerse lo que informaba.
JUGO QUIEN NO DEBIA…
Faltaban pocos minutos para terminar el encuentro, en realidad después del baile que le daba el DIM al Pacífico FC en su propio feudo, no había necesidad de ningún cambio más… pero el destino es así… el profesor Julio Sánchez, técnico del DIM dispone el ingreso de Raúl Maguiña por Jesús Sayán… y el que no debía de jugar, jugó… error infantil, pero error que le cuesta la clasificación…
QUIEN DIO EL DATO…
Lo cierto es que en la Departamental a diferencia de lo que sucede en la Provincial, no hay sesiones, solo hay programación, los días lunes… Mal pueden los delegados enterarse de lo que consignan las planillas de juego, de lo que sucede en los demás partidos. No hay un buen manejo de los resultados, no hay boletín oficial que consignen las amarillas, las rojas, los goles, las incidencias de los partidos. Ello hace que solo se pueda conseguir la información requerida, si es que el delegado lo solicita.
Ayer en las oficinas de la Departamental, se sabía lo que iba a arrojar el fallo… hay algunos errores en el reclamo… formalmente no ha sido bien presentado… no ha ido en hoja membretada… las pruebas no han sido fedateadas por la departamental… argumentos que siempre se sacan por debajo de la manga para tumbarse un fallo que solo puede y debe tener una decisión final.
Ello señala entonces, que el delegado del Pacífico F.C., tampoco tenía idea de lo que había sucedido… el dato de la participación de un jugador, con amarillas acumuladas se dio desde adentro, o por un informante de última hora, que debía tener las planillas de juego de los partidos del DIM.
Lo cierto es que Raúl Maguiña jugó, no debiendo hacerlo por tener sanción automática por tarjetas amarillas acumuladas, ésta sanción es automática; como automática debe ser la entrega de los tres puntos a quien sin proponerlo, se lo ganó.
Da cólera y pena, porque un elenco como el DIM, que tiene un elenco bastante competitivo… que se ha preparado y reforzado convenientemente, por un error de su comando técnico, delegado y dirigentes, se encuentre en la situación en que se encuentra, apelando a un milagro para seguir en carrera.
De otro lado, hay que señalar que muchos reclamos que tenían asidero, siempre se han caído en esta etapa, por el aspecto formal, que se ha tornado riguroso al extremo… parece ser que éste podría ser el caso… Desde el papel membretado, el sello del dirigente… si está firmado por dirigente reconocido… si está inscrito su última directiva en registros públicos… si tienen las copias que deben tener… si las pruebas que ha presentado están fedateadas, etc., etc., etc..
Lo único que queda es esperar… esperar, y ojalá que nada discurra por debajo de la mesa… que el reclamo se resuelva con justicia. Por lo demás, mientras el DIM y el Pacífico viven horas de incertidumbre, ello debe ser bien aprovechado por el San Lorenzo de Porococha, que debe afinar detalles, para sacar al rival que tiene al frente en su camino de clasificación hacia la Etapa Regional.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 010-2011-MDSA
San Antonio, 12 de Agosto del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 046-2011-OLP-MDSA de la Gerencia de Administración y Finanzas, sobre propuesta de modificación de la Estructura Orgánica de la Municipalidad.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por las Leyes de Reforma Constitucional, Nº 27680 y Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Gobiernos Locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; marco normativo concordante con lo prescrito en el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Que, mediante Ordenanza Nº 001-2008-MDSA de fecha 25.ENE.2008, se aprobó la Estructura Orgánica de la Municipalidad de San Antonio-Cañete, la misma que debido a la necesidad de la labor Administrativa Municipal requiere de su actualización respectiva de acuerdo a los dispositivos legales vigentes para el normal desarrollo de la gestión del gobierno local de turno;
Que, la Gerencia de Administración y Finanzas mediante Informe Nº 046-2011-OLP-MDSA propone a la Gerencia Municipal la Modificación de la Estructura Orgánica, luego de un amplio análisis y debate con las Gerencias de líneas y de apoyo y demás áreas funcionales; para su aprobación respectiva ante el pleno del Concejo Municipal;
Que, mediante informe Nº 038-2011-OPP-MDSA de la Oficina de Presupuesto, se señala que considera la modificación de la Estructura Orgánica de la Municipalidad, adecuándola a la realidad de responsabilidad funcional y estructural; debiéndose considerar que el número de plazas que contemplan la propuesta de la Gerencia de Administración y Finanzas involucraría mayor asignación de gasto corriente, por lo que sugiere que en la presente modificación se considere la real y efectiva disponibilidad financiera de la entidad;
Que, mediante Informe Legal Nº 075-2011-OAL/MDSA se señala dentro de su contenido que la propuesta alcanzada tan sólo pretende que la estructura funcional de la municipalidad sea acorde con el funcionamiento real de las
Gerencias; por lo que opina que es pertinente aprobar la propuesta de modificación de la Estructura Orgánica de la entidad municipal;
Que, de acuerdo a lo establecido en el inc. 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es atribución del Concejo Municipal aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; y el inc. 14 del Artículo 20º de la misma Ley acotada, establece que es atribución del señor Alcalde proponer los proyectos de reglamento interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos lo que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal;
Que, la estructura Orgánica es un documento de gestión indispensable para la marcha administrativa municipal, cuya elaboración debe realizarse sobre la base de criterios de simplicidad y flexibilidad en un contenido de uso racional de los recursos públicos y de mejora en la calidad de atención del administrado, la misma que debe cumplir con las exigencias de la Administración Municipal;
Estando a lo expuesto, y en uso a las facultades conferidas por los artículos 9º, 20º, y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime del Concejo Municipal, y la dispensa de la aprobación del acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Nuevo Organigrama Estructural Funcional de la Municipalidad de acuerdo a lo propuesto, el mismo que forma parte integrante de los instrumentos de gestión, el mismo que forma parte anexa de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DEROGAR en todo su contenido la Ordenanza Nº 001-2008-MDSA de fecha 25.ENE.2008, y todos los dispositivos que contravengan a la presente Ordenanza.
ARTÍCULO TERCERO.- Disponer que la Gerencia Municipal, proceda a la adecuación normativa e implementación sistemática progresiva con respecto a la nueva Estructura Orgánica aprobada.
ARTÍCULO CUARTO.- Disponer su publicación de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.
POR TANTO MANDO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
*****
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 011-2011-MDSA
San Antonio, 12 de Agosto del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 084-2011-JOPYSM-MDSA de la Jefatura de la Oficina de Policía Municipal y Serenazgo Municipal sobre proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Serenazgo de la Municipalidad Distrital de San Antonio – Cañete.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por las Leyes de Reforma Constitucional, Nº 27680 y Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Gobiernos Locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; aspecto concordante con lo prescrito en el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Que, Mediante Ordenanza Nº 022-2009-MDSA de fecha 02.NOV.2009, se crea el Serenazgo en el Distrito de San Antonio-Cañete, con el fin de contribuir a asegurar la convivencia pacífica, el control de la violencia urbana e interurbana y la prevención de delitos y faltas en el distrito; la misma que se encuentra en la Estructura Orgánica vigente de la Municipalidad como Oficina de Policía Municipal y Serenazgo Municipal, dentro de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Participación Vecinal;
Que, en aras de conllevar a un buen servicio de la Oficina de Serenazgo, así como brindar un eficiente servicio por parte del personal que lo integra, y al tiempo transcurrido desde su creación, se hace necesario e imprescindible contar con su Reglamento con la finalidad de normar el servicio de labor diaria en bien del vecindario, enmarcado dentro de los principios de legalidad, objetividad, justicia y equidad, dentro de lo que es su Misión, Funciones y Atribuciones;
Que, mediante Informe Nº 084-2011-JOPYSM-MDSA de la Jefatura de la Oficina de Policía Municipal y Serenazgo Municipal, se presenta el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Serenazgo de la Municipalidad Distrital de San –Antonio – Cañete, para su evaluación y aprobación; y mediante Informe Nº 033-2011-GAF-MDSA de la Gerencia de Administración y Finanzas se remite a la Oficina de Asesoría Legal para su revisión, señalando asimismo que se encuentra enmarcado dentro de la estructura orgánica municipal actual;
Que, mediante Informe Nº 073-2011-OAL/MDSA de la Oficina de Asesoría Legal de la Municipalidad, se señala que el proyecto de Reglamento presentado tiene por finalidad normar el servicio de Serenazgo en su labor cotidiana interrelacionada con el vecindario, lo cual guarda congruencia con la Constitución Política y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y lo eleva al Despacho de Alcaldía con opinión favorable para que sea tratado en Sesión de Concejo;
Que, de acuerdo a lo establecido en el inc. 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es atribución del Concejo Municipal aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; y el inc. 14) del Artículo 20º de la misma Ley acotada, establece que es atribución del señor Alcalde proponer los proyectos de reglamento interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos lo que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal;
Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, y en uso a las facultades conferidas por los artículos 9º, 20º, y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime del Concejo Municipal, y con la dispensa de la aprobación del acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones de Serenazgo de la Municipalidad Distrital de San Antonio, el cual consta de cinco (05) Títulos, veintiún (21) Capítulos, y ciento veintidós (122) Artículos, el mismo que forma parte anexa de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Participación Vecinal, velar por el cumplimiento del presente Reglamento por parte de la Oficina de Policía Municipal y Serenazgo Municipal.
ARTÍCULO TERCERO.- Encargar a la Gerencia Municipal, y a la Gerencia de Administración y Finanzas, realizar las coordinaciones y el cumplimiento del presente reglamento aprobado.
ARTÍCULO CUARTO.- Disponer su publicación de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.
POR TANTO MANDO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
*****
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 2011-191, seguido por JOSE DANTE CASAS SANTOS y MARIA EDITA CASAS SANTOS contra ANTONIO MENESES CRISOSTOMO, MARIA YSABEL RIVAS DE MENESES y SUCESIÓN MANUELA LUISA CASAS CRISOSTOMO, sobre PARTICIÓN JUDICIAL DE BIENES; la señora Juez Dra. Norma Gonzales Ventura, ha dictado la siguiente resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO. 21-06-2010.
AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: (…) NOTIFICAR a la demandada SUCESIÓN MANUELA LUISA CASAS CRISOSTOMO por el plazo especial de SESENTA DÍAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal (…).- Una firma, Dra. Norma Gonzáles Ventura – Juez.- Una firma, Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández – Secretario Judicial. Cañete, 02 de Setiembre de 2011.
DR. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario - Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 05, 06 y 07 de Setiembre
EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita y emplaza a:
EXP.-2005-831 a CARLOS PUMA ATENCIO. Lectura de Sentencia. Día 20.09.2011 a horas 12:00a.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su captura a nivel nacional. Delito; Contra la Administración Pública. Agraviado; El estado. Secretario Yaya. Cañete 25.08.2011
EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA; Juez: Castillo; Cita bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional:
EXP.-2009-93 a AURELIO AGUILAR BLAS. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 09:15a.m. Delito; Contra el orden Financiero y Monetario. Agraviado; Banco Central de Reserva del Perú.
EXP.-2009-321 a GUMER DANIEL MORENO LUNA. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:15a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Justino Eleuterio Gutierrez Mosqueta.
EXP.-2007-160 a CORNELIO FRANCISCO FELIX VAN OORDT VAN OORDT Y OTRO. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:45a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Julio Menchelli Corsi y otro.
EXP.-2008-252 a DANIEL IGNACIO NAPA ESPICHAN. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 12:15a.m. Delito; Omisión a la asistencia familiar. Agraviado; Daniela Elizabeth Napa Castillo.
Secretaria Valiente
Mala 31.08.2011
AUXILIO JUDICIAL
EL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Flores; Cita bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal a:
EXP.-2010-054; Resolución 02; Admite demanda contra la interdicta DORIS URIARTE BUSTAMANTE interpuesta por el Ministerio Público. Traslado por el término de cinco días para contestar la demanda; Resolución 09 del 15.08.2011: Notifíquese a los familiares de la presunta Interdicta por el plazo de QUINCE días, a fin de que se apersone al proceso y haga valer su derecho.
EXP.-2011-270; Resolución 01. ADMITE demanda contra JOSE ENRIQUE LUYO BLAS por VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO; agraviado: Verónica Dense Sacramento Puente. Resolución 04; Córrase traslado al demandado por el término: QUINCE DÍAS.
Secretaria Mesías
Cañete 26.08.2011
EXP.-365-2011; Resolución 05. SE RESUELVE.- Notificar a la agraviado ESTELA VELASQUEZ ALARCON, El Juzgado hace saber que se ha iniciado un proceso de Violencia Familiar contra Casimiro Huaman Espinoza y se ordena su notificación mediante edictos. Secretaria Lázaro. Cañete 24.08.2011
6, 7 y 8 de Setiembre
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA – CAÑETE
Oficina de Registros Civiles
AVISO MATRIMONIAL
Datos del Contrayente: OSCAR FREDDY EULOGIO RAMOS, natural de San Antonio – Cañete, de nacionalidad peruana, profesión, ocupación ú oficio chofer, de 32 años, domiciliado en A.H. San José III Etapa, Mz. Ñ, Lote 2 – Chilca.
Datos de la Contrayente: SOFIA FRANCIA PALOMINO, natural de Mala – Cañete, de nacionalidad peruana, profesión, ocupación ú oficio ama de casa, de 28 años de edad, domiciliado en A.H. San José III Etapa Mz. Ñ Lote 2 – Chilca
Lugar del Matrimonio: Antigua Panamericana Sur 365 – Chilca.
Nota: El Art. 253, establece que las personas que tengan interés legítimo pueden oponerse a la celebración del Matrimonio, cuando exista algún impedimento.
La oposición se formula por escrito fundamentando la causa legal ante el Señor Alcalde de esta Municipalidad.
Chilca, 05 de Setiembre de 2011.
María Felicia Camacho Porras
Oficina de Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don NECIANCENO LOPEZ HUAMAN de 35 años de edad, natural de Acocro – Ayacucho, de nacionalidad peruana, identificado con DNI 10036251, con domicilio en C.P.M. Los Angeles Mz. C, Lote 25, calle San Benito – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación obrero; y doña SOFIA INCA LLAMOCA de 33 años de edad, natural de Huaynacotas – Arequipa, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 15440721, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en C.P.M. Los Angeles Mz. C Lote 25 calle San Benito – Quilmaná.
Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná.
Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 02 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7527-2011, don Jorge Luis Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 109, folio 188, año 1954, en el extremo que se consigna como nombre del a madre de la titular MERCEDES LOPEZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ; y como nombre del padre JUSTO LOPEZ, siendo lo correcto JUSTO TEODORO LOPEZ CAMPOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7526-2011, don Juan Domingo Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 122, folio 139, año 1957, en el extremo que se consigna como nombre de la madre de la titular MERCEDES LOPEZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ; y como nombre del padre JUSTO LOPEZ, siendo lo correcto JUSTO TEODORO LOPEZ CAMPOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7525-2011, doña Cecilia Luz Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 114, folio 167, año 1955, en el extremo que se consigna como nombre de la madre de la titular MERCEDES LOPEZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ; y como nombre del padre JUSTO LOPEZ, siendo lo correcto JUSTO TEODORO LOPEZ CAMPOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7524-2011, doña Charo Ana Bertha Celestina Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 137, folio 76, año 1960, en el extremo que se consigna como nombre de la madre de la titular MERCEDES LOPEZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ; y como nombre del padre JUSTO LOPEZ, siendo lo correcto JUSTO TEODORO LOPEZ CAMPOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 5970-2011, doña Tomasa Sarayda Lazaro Gonzales, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 535, folio 66212704, año 1977, en el extremo que se consigna como nombre de la madre de la titular NOLAZCA GONZALES YALLI, siendo lo correcto MARIA NOLASCA GONZALES YALLI. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don GUMERCINDO LEONCIO REMUZGO QUINTALLO de 47 años de edad, natural de Imperial – Cañete, de nacionalidad peruana, identificado con DNI 15398855, con domicilio en el Anexo Buenos Aires s/n – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación obrero; y doña GEORGINA ELFAS CHUQUISPUMA LEVANO, de 47 años de edad, natural de Quilmaná – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 15402485, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Anexo Buenos Aires s/n – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme i8ndica el Art. 253 del Código Civil vigente. Quilmaná, 02 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. N° 00387-2011-CI, ante el 2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete, que despacha la Srta. Juez Dra. Patricia Razzeto Zavala y Secretaria Judicial Sonia Marlene Hernández Ramos, doña RAMONA SANCHEZ CRUZ solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el extremo que se adicione su apellido materno CRUZ, debiendo figurar como «RAMONA SANCHEZ CRUZ». Lo que se publica para conocimiento.
Cañete, 01 de Setiembre de 2011.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial - 2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que despacha la Sra. Juez Norma Gonzáles Ventura, se tramita el Expediente N° 0745-2002-0-08-01-JR-CI-01, seguidos por CARMEN ROSA CORDOVA BACA contra la Sucesión de SOFÍA BACA MONDOÑEDO DE FONSECA Y OTROS sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del bien inmueble ubicado en la Av. Lima 1210 del distrito de Chilca – Cañete, en el cual se ha dictado la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIDÓS.- Cañete, veintiséis de Noviembre del año dos mil cuatro; AUTOS Y VISTOS: ADMÍTASE a trámite la demanda interpuesta por CARMEN ROSA CÓRDOVA BACA, CONTRA LA SUCESIÓN DE SOFÍA BACA MONDOÑEDO DE FONSECA Y FRANCISCO FONSECA ESCALANTE; Y LA SUCESIÓN de DORILA FAJARDO CASTRO VIUDA DE VIVANCO SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, tramítesele en la vía del PROCESO ABREVIADO y ordénese notificar a los colindantes dentro de TREINTA DIAS. Cañete, 10 de Agosto de 2011.
Henrry Manolo Dantas Aparcana
Secretario Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 25 de Agosto, 01 y 07 de Setiembre.
ORDENANZA Nº 010-2011-MDSA
San Antonio, 12 de Agosto del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 046-2011-OLP-MDSA de la Gerencia de Administración y Finanzas, sobre propuesta de modificación de la Estructura Orgánica de la Municipalidad.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por las Leyes de Reforma Constitucional, Nº 27680 y Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Gobiernos Locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; marco normativo concordante con lo prescrito en el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Que, mediante Ordenanza Nº 001-2008-MDSA de fecha 25.ENE.2008, se aprobó la Estructura Orgánica de la Municipalidad de San Antonio-Cañete, la misma que debido a la necesidad de la labor Administrativa Municipal requiere de su actualización respectiva de acuerdo a los dispositivos legales vigentes para el normal desarrollo de la gestión del gobierno local de turno;
Que, la Gerencia de Administración y Finanzas mediante Informe Nº 046-2011-OLP-MDSA propone a la Gerencia Municipal la Modificación de la Estructura Orgánica, luego de un amplio análisis y debate con las Gerencias de líneas y de apoyo y demás áreas funcionales; para su aprobación respectiva ante el pleno del Concejo Municipal;
Que, mediante informe Nº 038-2011-OPP-MDSA de la Oficina de Presupuesto, se señala que considera la modificación de la Estructura Orgánica de la Municipalidad, adecuándola a la realidad de responsabilidad funcional y estructural; debiéndose considerar que el número de plazas que contemplan la propuesta de la Gerencia de Administración y Finanzas involucraría mayor asignación de gasto corriente, por lo que sugiere que en la presente modificación se considere la real y efectiva disponibilidad financiera de la entidad;
Que, mediante Informe Legal Nº 075-2011-OAL/MDSA se señala dentro de su contenido que la propuesta alcanzada tan sólo pretende que la estructura funcional de la municipalidad sea acorde con el funcionamiento real de las
Gerencias; por lo que opina que es pertinente aprobar la propuesta de modificación de la Estructura Orgánica de la entidad municipal;
Que, de acuerdo a lo establecido en el inc. 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es atribución del Concejo Municipal aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; y el inc. 14 del Artículo 20º de la misma Ley acotada, establece que es atribución del señor Alcalde proponer los proyectos de reglamento interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos lo que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal;
Que, la estructura Orgánica es un documento de gestión indispensable para la marcha administrativa municipal, cuya elaboración debe realizarse sobre la base de criterios de simplicidad y flexibilidad en un contenido de uso racional de los recursos públicos y de mejora en la calidad de atención del administrado, la misma que debe cumplir con las exigencias de la Administración Municipal;
Estando a lo expuesto, y en uso a las facultades conferidas por los artículos 9º, 20º, y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime del Concejo Municipal, y la dispensa de la aprobación del acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Nuevo Organigrama Estructural Funcional de la Municipalidad de acuerdo a lo propuesto, el mismo que forma parte integrante de los instrumentos de gestión, el mismo que forma parte anexa de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DEROGAR en todo su contenido la Ordenanza Nº 001-2008-MDSA de fecha 25.ENE.2008, y todos los dispositivos que contravengan a la presente Ordenanza.
ARTÍCULO TERCERO.- Disponer que la Gerencia Municipal, proceda a la adecuación normativa e implementación sistemática progresiva con respecto a la nueva Estructura Orgánica aprobada.
ARTÍCULO CUARTO.- Disponer su publicación de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.
POR TANTO MANDO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
*****
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 011-2011-MDSA
San Antonio, 12 de Agosto del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 084-2011-JOPYSM-MDSA de la Jefatura de la Oficina de Policía Municipal y Serenazgo Municipal sobre proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Serenazgo de la Municipalidad Distrital de San Antonio – Cañete.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por las Leyes de Reforma Constitucional, Nº 27680 y Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Gobiernos Locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; aspecto concordante con lo prescrito en el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Que, Mediante Ordenanza Nº 022-2009-MDSA de fecha 02.NOV.2009, se crea el Serenazgo en el Distrito de San Antonio-Cañete, con el fin de contribuir a asegurar la convivencia pacífica, el control de la violencia urbana e interurbana y la prevención de delitos y faltas en el distrito; la misma que se encuentra en la Estructura Orgánica vigente de la Municipalidad como Oficina de Policía Municipal y Serenazgo Municipal, dentro de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Participación Vecinal;
Que, en aras de conllevar a un buen servicio de la Oficina de Serenazgo, así como brindar un eficiente servicio por parte del personal que lo integra, y al tiempo transcurrido desde su creación, se hace necesario e imprescindible contar con su Reglamento con la finalidad de normar el servicio de labor diaria en bien del vecindario, enmarcado dentro de los principios de legalidad, objetividad, justicia y equidad, dentro de lo que es su Misión, Funciones y Atribuciones;
Que, mediante Informe Nº 084-2011-JOPYSM-MDSA de la Jefatura de la Oficina de Policía Municipal y Serenazgo Municipal, se presenta el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Serenazgo de la Municipalidad Distrital de San –Antonio – Cañete, para su evaluación y aprobación; y mediante Informe Nº 033-2011-GAF-MDSA de la Gerencia de Administración y Finanzas se remite a la Oficina de Asesoría Legal para su revisión, señalando asimismo que se encuentra enmarcado dentro de la estructura orgánica municipal actual;
Que, mediante Informe Nº 073-2011-OAL/MDSA de la Oficina de Asesoría Legal de la Municipalidad, se señala que el proyecto de Reglamento presentado tiene por finalidad normar el servicio de Serenazgo en su labor cotidiana interrelacionada con el vecindario, lo cual guarda congruencia con la Constitución Política y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y lo eleva al Despacho de Alcaldía con opinión favorable para que sea tratado en Sesión de Concejo;
Que, de acuerdo a lo establecido en el inc. 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es atribución del Concejo Municipal aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; y el inc. 14) del Artículo 20º de la misma Ley acotada, establece que es atribución del señor Alcalde proponer los proyectos de reglamento interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos lo que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal;
Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, y en uso a las facultades conferidas por los artículos 9º, 20º, y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime del Concejo Municipal, y con la dispensa de la aprobación del acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones de Serenazgo de la Municipalidad Distrital de San Antonio, el cual consta de cinco (05) Títulos, veintiún (21) Capítulos, y ciento veintidós (122) Artículos, el mismo que forma parte anexa de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Participación Vecinal, velar por el cumplimiento del presente Reglamento por parte de la Oficina de Policía Municipal y Serenazgo Municipal.
ARTÍCULO TERCERO.- Encargar a la Gerencia Municipal, y a la Gerencia de Administración y Finanzas, realizar las coordinaciones y el cumplimiento del presente reglamento aprobado.
ARTÍCULO CUARTO.- Disponer su publicación de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.
POR TANTO MANDO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
*****
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 2011-191, seguido por JOSE DANTE CASAS SANTOS y MARIA EDITA CASAS SANTOS contra ANTONIO MENESES CRISOSTOMO, MARIA YSABEL RIVAS DE MENESES y SUCESIÓN MANUELA LUISA CASAS CRISOSTOMO, sobre PARTICIÓN JUDICIAL DE BIENES; la señora Juez Dra. Norma Gonzales Ventura, ha dictado la siguiente resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO. 21-06-2010.
AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: (…) NOTIFICAR a la demandada SUCESIÓN MANUELA LUISA CASAS CRISOSTOMO por el plazo especial de SESENTA DÍAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal (…).- Una firma, Dra. Norma Gonzáles Ventura – Juez.- Una firma, Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández – Secretario Judicial. Cañete, 02 de Setiembre de 2011.
DR. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario - Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 05, 06 y 07 de Setiembre
EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita y emplaza a:
EXP.-2005-831 a CARLOS PUMA ATENCIO. Lectura de Sentencia. Día 20.09.2011 a horas 12:00a.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su captura a nivel nacional. Delito; Contra la Administración Pública. Agraviado; El estado. Secretario Yaya. Cañete 25.08.2011
EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA; Juez: Castillo; Cita bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional:
EXP.-2009-93 a AURELIO AGUILAR BLAS. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 09:15a.m. Delito; Contra el orden Financiero y Monetario. Agraviado; Banco Central de Reserva del Perú.
EXP.-2009-321 a GUMER DANIEL MORENO LUNA. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:15a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Justino Eleuterio Gutierrez Mosqueta.
EXP.-2007-160 a CORNELIO FRANCISCO FELIX VAN OORDT VAN OORDT Y OTRO. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:45a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Julio Menchelli Corsi y otro.
EXP.-2008-252 a DANIEL IGNACIO NAPA ESPICHAN. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 12:15a.m. Delito; Omisión a la asistencia familiar. Agraviado; Daniela Elizabeth Napa Castillo.
Secretaria Valiente
Mala 31.08.2011
AUXILIO JUDICIAL
EL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Flores; Cita bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal a:
EXP.-2010-054; Resolución 02; Admite demanda contra la interdicta DORIS URIARTE BUSTAMANTE interpuesta por el Ministerio Público. Traslado por el término de cinco días para contestar la demanda; Resolución 09 del 15.08.2011: Notifíquese a los familiares de la presunta Interdicta por el plazo de QUINCE días, a fin de que se apersone al proceso y haga valer su derecho.
EXP.-2011-270; Resolución 01. ADMITE demanda contra JOSE ENRIQUE LUYO BLAS por VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO; agraviado: Verónica Dense Sacramento Puente. Resolución 04; Córrase traslado al demandado por el término: QUINCE DÍAS.
Secretaria Mesías
Cañete 26.08.2011
EXP.-365-2011; Resolución 05. SE RESUELVE.- Notificar a la agraviado ESTELA VELASQUEZ ALARCON, El Juzgado hace saber que se ha iniciado un proceso de Violencia Familiar contra Casimiro Huaman Espinoza y se ordena su notificación mediante edictos. Secretaria Lázaro. Cañete 24.08.2011
6, 7 y 8 de Setiembre
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA – CAÑETE
Oficina de Registros Civiles
AVISO MATRIMONIAL
Datos del Contrayente: OSCAR FREDDY EULOGIO RAMOS, natural de San Antonio – Cañete, de nacionalidad peruana, profesión, ocupación ú oficio chofer, de 32 años, domiciliado en A.H. San José III Etapa, Mz. Ñ, Lote 2 – Chilca.
Datos de la Contrayente: SOFIA FRANCIA PALOMINO, natural de Mala – Cañete, de nacionalidad peruana, profesión, ocupación ú oficio ama de casa, de 28 años de edad, domiciliado en A.H. San José III Etapa Mz. Ñ Lote 2 – Chilca
Lugar del Matrimonio: Antigua Panamericana Sur 365 – Chilca.
Nota: El Art. 253, establece que las personas que tengan interés legítimo pueden oponerse a la celebración del Matrimonio, cuando exista algún impedimento.
La oposición se formula por escrito fundamentando la causa legal ante el Señor Alcalde de esta Municipalidad.
Chilca, 05 de Setiembre de 2011.
María Felicia Camacho Porras
Oficina de Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don NECIANCENO LOPEZ HUAMAN de 35 años de edad, natural de Acocro – Ayacucho, de nacionalidad peruana, identificado con DNI 10036251, con domicilio en C.P.M. Los Angeles Mz. C, Lote 25, calle San Benito – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación obrero; y doña SOFIA INCA LLAMOCA de 33 años de edad, natural de Huaynacotas – Arequipa, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 15440721, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en C.P.M. Los Angeles Mz. C Lote 25 calle San Benito – Quilmaná.
Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná.
Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 02 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7527-2011, don Jorge Luis Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 109, folio 188, año 1954, en el extremo que se consigna como nombre del a madre de la titular MERCEDES LOPEZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ; y como nombre del padre JUSTO LOPEZ, siendo lo correcto JUSTO TEODORO LOPEZ CAMPOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7526-2011, don Juan Domingo Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 122, folio 139, año 1957, en el extremo que se consigna como nombre de la madre de la titular MERCEDES LOPEZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ; y como nombre del padre JUSTO LOPEZ, siendo lo correcto JUSTO TEODORO LOPEZ CAMPOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7525-2011, doña Cecilia Luz Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 114, folio 167, año 1955, en el extremo que se consigna como nombre de la madre de la titular MERCEDES LOPEZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ; y como nombre del padre JUSTO LOPEZ, siendo lo correcto JUSTO TEODORO LOPEZ CAMPOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7524-2011, doña Charo Ana Bertha Celestina Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 137, folio 76, año 1960, en el extremo que se consigna como nombre de la madre de la titular MERCEDES LOPEZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ; y como nombre del padre JUSTO LOPEZ, siendo lo correcto JUSTO TEODORO LOPEZ CAMPOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 5970-2011, doña Tomasa Sarayda Lazaro Gonzales, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 535, folio 66212704, año 1977, en el extremo que se consigna como nombre de la madre de la titular NOLAZCA GONZALES YALLI, siendo lo correcto MARIA NOLASCA GONZALES YALLI. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don GUMERCINDO LEONCIO REMUZGO QUINTALLO de 47 años de edad, natural de Imperial – Cañete, de nacionalidad peruana, identificado con DNI 15398855, con domicilio en el Anexo Buenos Aires s/n – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación obrero; y doña GEORGINA ELFAS CHUQUISPUMA LEVANO, de 47 años de edad, natural de Quilmaná – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 15402485, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Anexo Buenos Aires s/n – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme i8ndica el Art. 253 del Código Civil vigente. Quilmaná, 02 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. N° 00387-2011-CI, ante el 2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete, que despacha la Srta. Juez Dra. Patricia Razzeto Zavala y Secretaria Judicial Sonia Marlene Hernández Ramos, doña RAMONA SANCHEZ CRUZ solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el extremo que se adicione su apellido materno CRUZ, debiendo figurar como «RAMONA SANCHEZ CRUZ». Lo que se publica para conocimiento.
Cañete, 01 de Setiembre de 2011.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial - 2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que despacha la Sra. Juez Norma Gonzáles Ventura, se tramita el Expediente N° 0745-2002-0-08-01-JR-CI-01, seguidos por CARMEN ROSA CORDOVA BACA contra la Sucesión de SOFÍA BACA MONDOÑEDO DE FONSECA Y OTROS sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del bien inmueble ubicado en la Av. Lima 1210 del distrito de Chilca – Cañete, en el cual se ha dictado la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIDÓS.- Cañete, veintiséis de Noviembre del año dos mil cuatro; AUTOS Y VISTOS: ADMÍTASE a trámite la demanda interpuesta por CARMEN ROSA CÓRDOVA BACA, CONTRA LA SUCESIÓN DE SOFÍA BACA MONDOÑEDO DE FONSECA Y FRANCISCO FONSECA ESCALANTE; Y LA SUCESIÓN de DORILA FAJARDO CASTRO VIUDA DE VIVANCO SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, tramítesele en la vía del PROCESO ABREVIADO y ordénese notificar a los colindantes dentro de TREINTA DIAS. Cañete, 10 de Agosto de 2011.
Henrry Manolo Dantas Aparcana
Secretario Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 25 de Agosto, 01 y 07 de Setiembre.
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