15 mayo 2012


MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

ORDENANZA MUNICIPAL Nº008–2012-MDI

Imperial, 09 de mayo del 2012

El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL;

POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Imperial, en Sesión Extraordinaria de fecha 09 de mayo del 2012; y

VISTO:
El Informe N° 027-2012-A.P.P-MDI de fecha 17 de abril del 2012 de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, El Informe N° 004-2012-PCALAHH-MDI, de fecha ’09 de Mayo del 2012, que contiene el Dictamen N° 005-2012, de la Comisión de Asuntos Legales, referente a la aprobación del Reglamento que regula el proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados para el Ejercicio Fiscal 2013 de la Municipalidad Distrital de Imperial.

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 197º de la Constitución Política del Perú, modificada por «Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización», Ley Nº 27680, señala que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local;
Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, señala que los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y Presupuesto en la Gestión Pública. Para este efecto, deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la Ley, así como la conformación, control, evaluación y rendición de cuentas;
Que, así mismo el artículo IV del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Así también el Artículo IX, establece que el proceso de planificación local es integral, permanente y participativo, articulando las municipalidades con los vecinos;
Que, el artículo 53º de la Ley precedente señala que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, las cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción;
Que, el artículo 3º de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, señala que esta tiene por finalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad para considerarlas en su presupuesto y promover su ejecución, a través de programas y proyectos de modo que les permita alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano, integral y sostenible. Así mismo optimizar el uso de los recursos, a través de un adecuado control social en las acciones públicas;
Que, el inciso c) del artículo 1º del Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 171- 2003-EF, señala que el Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones de Estado – Sociedad, mediante el cual se define las prioridades sobre las acciones a implementar en el nivel del Gobierno Regional o Local con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos;
Que,, mediante Resolución Directoral N°007-2010-EF/76.01, se aprobó el instructivo N°001-2012-EF/76.01 para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados.
Que, teniendo en cuenta a lo establecido en el artículo 9. Inciso 1 y 2 de la misma Ley, corresponde al Concejo Municipal aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo, y monitorear y monitorear el Plan de Desarrollo Institucional y el Programa de Inversiones del Gobierno Local respectivamente, y el Inciso 8) de la acotada Ley, determina que corresponde al Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas Municipales y dejar sin efecto los acuerdos.
Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la oficina de asesoría jurídica de nuestra entidad, expresado en su informe Legal N°92-202/OAJ-MDI, el visto bueno de la Gerencia Municipal, la aprobación Unánime del Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria y, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprueba la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA REGLAMENTACION DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL AÑO FISCAL 2013 DEL DISTRITO DE IMPERIAL
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la Presente Ordenanza, que reglamenta el proceso de Formulación del Presupuesto Participativo basado en resultado de la Municipalidad Distrital de Imperial para el ejercicio fiscal 2013, el mismo que consta de Cinco (05) títulos, Veintiséis (26) artículos, y Seis (06) disposiciones complementarias y finales; cuyo reglamento se encuentra en la pagina web de la Municipalidad Distrital de Imperial: www.muniimperial.gob.pe

ARTICULO SEGUNDO: Aprobar el siguiente cronograma del proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados, año fiscal 2013 de la Municipalidad Distrital de Imperial.


ARTICULO TERCERO.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social, a través de la Subgerencia de Participación Vecinal, La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, Presidente del Equipo Técnico de la Municipalidad Distrital de Imperial.

ARTICULO CUARTO.- Encargar a Secretaria General y a la Oficina de Imagen Institucional y Relaciones Publicas de la Municipalidad, oficina de informática y estadística, la publicación y la difusión de la presente Ordenanza en el portal institucional, el mismo que entrara en vigencia al dia siguiente de su publicación.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

EDDY CESAR DEL MAZO TELLO
ALCALDE


ANEXO Nº 01
ANEXO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 08 - 2012-MDI
QUE REGLAMENTA EL PROCESO DE CONCERTACION Y PROGRAMACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL AÑO FISCAL 2013 DEL DISTRITO DE IMPERIAL

Título I
Generalidades
Capítulo Primero
Bases Constitucionales, Legales y Normativas

Articulo 1º.- Son bases constitucionales y legales de la presente Ordenanza Municipal:
a) Constitución Política del Perú artículos 195••, 197• y 199• modificado por la Ley Nº 27680
b) Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización.
c) Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Articulo 53º
d) Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, su Reglamento Decreto Supremo Nº 171-2003-EF., Ley Nº 29298= Ley que modifica la Ley Nº 28056.
e) Instructivo Nº 001-2010-EF-76.01 Resolución Directoral Nº 007-2010-EF-76.01.
f) Resolución Jefatura INDECI Nº 466 – 2005 - INDECI

Capítulo Segundo
Finalidad, Definiciones, Objetivos y Alcances del Presupuesto Participativo

Artículo 2°.- Finalidad
La presente Ordenanza Municipal tiene por finalidad la de reglamentar la organización y desarrollo del proceso de interacción entre el Gobierno Local y las Organizaciones de la Sociedad Civil, con relación al Proceso del Presupuesto Participativo.
Considera como política transversal y fundamental al aspecto de gestión de riesgos y prevención de desastres en el Proceso del Presupuesto Participativo buscando que la orientación y priorización de los proyectos y actividades de inversión 2013, tengan impacto en las necesidades y demandas principalmente en la población de pobreza y extrema pobreza, con pertinencia en el fortalecimiento del principal eje de desarrollo local.
Tiene también por finalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad, para considerarlos en los presupuestos y promover su ejecución a través de programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano, integral y sostenible

Artículo 3º.- Definición:
El Presupuesto Participativo es un proceso de múltiples dimensiones que comprende la construcción de ciudadanía, la reforma del Estado y el enfoque de buen gobierno.
Desde la dimensión ciudadana, el Presupuesto Participativo promueve la participación y concertación en la toma de decisiones para la gestión del desarrollo local, fortaleciendo la cultura democrática. Desde la reforma del Estado, el Presupuesto Participativo es un proceso de gerencia pública moderna que busca la asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos. Desde el enfoque de buen gobierno, el Presupuesto Participativo es el ejercicio democrático, transparente, concertado, eficiente y ordenado de la gestión pública; que busca elevar la calidad de vida de la población.
La Municipalidad de Imperial promueve el desarrollo de mecanismo y estrategias de participación en la programación de su presupuesto, así como en la vigilancia, fiscalización y evaluación de la gestión de los recursos públicos

Articulo 4º.- Objetivos
El Presupuesto tiene los siguientes objetivos:
a) Mejorar la eficiencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos de acuerdo a las prioridades consideradas en el Plan de Desarrollo Concertado y los Planes Sectoriales y Nacionales, propiciando una cultura de responsabilidad fiscal, concertación y corresponsabilidad.
b) Promover la democracia participativa y la descentralización de las decisiones de la gestión Municipal en la inversión. El Presupuesto Participativo fortalece la Participación Ciudadana consolidando los mecanismos de participación, vigilancia, control, y rendición de cuentas. Para tal efecto, la Municipalidad promueve estratégicas y mecanismos de participación individual y colectiva en la programación y ejecución presupuestaria, así como en la vigilancia de la gestión de los recursos del presupuesto local.
c) Considerar como lineamientos de política, la prevención de desastres, y la gestión de riesgo, como criterios básicos para la priorización y aprobación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados; buscando el uso eficiente de los recursos que garanticen el desarrollo sostenible en el Distrito, la mejora de las condiciones de vida de la población, desarrollo económico, el cuidado del medio ambiente y el fortalecimiento de las organizaciones sociales.
d) Comprometer a la sociedad civil en las acciones de desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, creando conciencia respeto de los derechos y obligaciones que los ciudadanos tiene como contribuyentes y como actores en la implementación de las acciones del Estado y la Sociedad en su conjunto.
e) Consensuar prioridades en la inversión pública, garantizando programas y proyectos de impacto distrital, además de la sostenibilidad de la inversión ya ejecutada y estableciendo un orden de prelación para la ejecución de los proyectos declarados viables bajo las normas técnicas y procedimientos establecidos en la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, cuando corresponda
f) Reforzar el seguimiento, control, vigilancia y monitoreo de la ejecución del presupuesto por parte de la sociedad civil.
g) Desarrollar el Presupuesto Participativo dentro del enfoque de resultados, con la finalidad que las intervenciones del estado se constituyan en soluciones a problemas fundamentales de la población del, ámbito jurisdiccional del Distrito

Artículo 5º.- Alcances
La presente Ordenanza precisa la naturaleza y alcances de los roles de los actores institucionales involucrados en el proceso del presupuesto participativo, en el año Fiscal 2013, para efecto de la formulación concertada del presupuesto Municipal. Todo lo no contemplado expresamente en esta Ordenanza, se aplicara la Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento.

Capítulo Tercero
Principios Rectores del Presupuesto Participativo

Articulo 6º.- El Proceso del Presupuesto Participativo se rige por los siguientes principios.
1.- Transparencia
El Presupuesto Participativo se rige por las normas de transparencia y acceso a la información pública.
2.- Igualdad y Equidad
Las organizaciones de la sociedad y los vecinos tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones de carácter político, ideológicos, religioso, genero, racial o de otra naturaleza, en el proceso del presupuesto participativo.
3.- Tolerancia
Es la garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de quienes conforman la sociedad, como un elemento esencial para la construcción de consensos.
4.- Eficacia y eficiencia
La Municipalidad organiza su gestión en torno a objetivos y metas establecidas en el Plan de Desarrollo Concertado y Planes Institucionales, desarrolla estrategias para la consecución de los objetivos trazados y con una optima utilización de los recursos. La medición de los logros se basa en indicadores de impacto, de resultados y de productos, normados por las instancias correspondientes.
5.- Respeto a los Acuerdos
Los acuerdos que dan origen el Presupuesto Participativo tienen naturaleza para el gobierno local y las organizaciones de la sociedad civil involucradas. Es decir, el Presupuesto Participativo compromete en su respeto a autoridades y ciudadanos.
6.- Prevención
El proceso de elaboración y aprobación del Presupuesto Participativo, contemplara el principio de prevención como criterio transversal para tomar decisiones, acerca de la utilidad de la inversión de los recursos en el tiempo, en el desarrollo sostenible de la localidad; respecto a los posibles riesgos de desastres
7.- Sostenibilidad
Los procesos de planeamiento del desarrollo concertado y presupuesto participativos son llevados a cabo bajo, los criterios de manejo racional y sostenible de los recursos.

Capítulo Cuarto
De las fuentes de financiamiento y la distribución presupuestal

Artículo 7.- Fuentes del Financiamiento del Presupuesto Participativo
a) Los recursos propios.
b) Las transferencias del presupuesto nacional por conceptos diversos ( FONCOMUN).
c) Los aportes de las entidades empresariales y comunitarios locales.
d) Los aportes directos de la cooperación internacional y/o a través de las organizaciones no gubernamentales.
e) Eventualmente, los recursos de endeudamiento interno o externo.

Articulo 8º.- Cobertura del Presupuesto Participativo
El monto destinado al Presupuesto Participativo será equivalente hasta el 50% por ciento de los importes que se consideren en el ante proyecto del presupuesto para el rubro de inversiones.
Este monto será el resultante de la deducción de las obligaciones, teniendo en cuenta la realización de un proceso de optimización organizacional y funcional de la entidad, la cobertura de obligaciones continuas, el mantenimiento de la infraestructura existente y, la atención de proyectos en ejecución y un monto destinado a imprevistos.

Título II
DE LOS ACTORES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
Consejo de Coordinación Local, Equipo Técnico y Agentes Participantes

Articulo 9º.- El Consejo de Coordinación local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad Distrital de Imperial, está integrado por el Alcalde( quien lo preside), pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde, los Regidores, los Alcaldes de Centros Poblados y los representantes de la Sociedad Civil elegidos previamente para tal fin. El Alcalde y los miembros del Consejo de Coordinación Local convocan a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo.

Articulo 10º.- Funciones del Consejo de Coordinación Local Distrital
El Consejo de Coordinación Local Distrital lidera y conduce el proceso del Presupuesto Participativo, como órgano de participación, Priorización, coordinación, concertación y toma de decisiones. Sus integrantes comparten la responsabilidad de llevar adelante las distintas fases del proceso. Son funciones del Consejo de Coordinación Local del Distrito de Imperial:
a).- Verificar que el proceso de Formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados se sujete a lo establecido al Plan de desarrollo Local del distrito de Imperial.
b).- Participar y promover, de forma activa, el proceso dentro de sus competencias y atender a las convocatorias realizadas por el Equipo Técnico.
c).- Coordinar la incorporación de los proyectos de inversión en el presupuesto Institucional correspondiente.
d).- Apoyar al Comité de Vigilancia en el cumplimiento de las acciones acordadas en el Presupuesto Participativo.
e).- Coordinar, a pedido del Comité de Vigilancia, las reuniones de trabajo necesario.
f).- Otras funciones que le asigne el Concejo Municipal.
El Consejo de Coordinación Local no ejerce funciones ni actos de gobierno.
El Consejo de Coordinación Local se rige por reglamento aprobado por Ordenanza

Articulo 11º.- Funciones del Equipo Técnico
Tiene la misión de brindar soporte técnico al proceso del Presupuesto Participativo y desarrollar el trabajo de evaluación Técnica; asimismo, de armonizar la realización de acciones de capacitación a los agentes participantes. El equipo técnico tiene a su cargo la preparación y suministro de información, la evaluación técnica, la asesoría y el apoyo permanente al proceso de formulación del proceso del Presupuesto Participativo. Tiene como funciones:
• La preparación y suministro de información que precede a la convocatoria a los talleres de trabajo y tiene como objetivo dotar a los participantes de información actualizada y relevante para el proceso.
• La evaluación técnica de las alternativas posibles para ejecutar las acciones resultantes de los talleres de trabajo ( Segunda fase del proceso del Presupuesto Participativo)
• La asesoría técnica que comprende el trabajo de orientación general, participación en los talleres y capacitación en los temas de su competencia a todos los participantes de los talleres de trabajo, así como, a las autoridades locales.
• Organizar los talleres para el desarrollo del proceso participativo, considerando consensuar prioridades en la inversión pública, garantizando programas y proyectos de impacto Distrital, como aspectos temático regulador hasta la aprobación del Presupuesto Participativo. El equipo técnico es el encargado de brindar apoyo para la realización de los talleres de trabajo, debiendo preparar la información necesaria y consolidar sus resultados para el posterior desarrollo técnico y evaluación de las propuestas de acciones resultantes del proceso hacer consideradas en los presupuestos institucionales.
• El equipo técnico prepara el Documento del Presupuesto Participativo para el año fiscal correspondiente, el mismo que debe reflejar de manera diferenciada e integrada los compromisos y acuerdos establecidos entre los distintos agentes participantes.
• Proponer al Consejo de Coordinación Local Distrital las actividades, tareas y cronograma del Presupuesto Participativo.
• Sustentar la proyección económica y financiera de los recursos municipales y la determinación de los montos de gastos de inversión puestos a consideración de los agentes participantes.
• Coordinar la ejecución de las acciones de difusión y convocatoria del proceso.
• Presentar al Consejo de Coordinación Local Distrital una propuesta sobre los criterios y puntajes, considerando el lineamiento de prevención y gestión de riesgo de desastres y priorizando programas y proyectos de impacto Distrital, a fin de someterlos a su aprobación.
• Otras funciones que le encargue el Alcalde.

Articulo12º.- Del Equipo Técnico
El equipo técnico está integrado por:
• Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización ( quien lo preside)
• Gerente de Administración y Finanzas.
• Gerente de desarrollo Territorial y Ambiental.
• Secretario Técnico de Defensa Civil.
• Jefe de la Oficina de Imagen Institucional.
• Sub Gerente de Participación Vecinal.
• Jefe del Área de Informática.
• Gerente de Desarrollo Socio Económico
• Jefe de la OPI
• Dos representantes de la sociedad civil.
El equipo Técnico podrá invitar a sus sesiones de trabajo a los funcionarios o agentes participantes que estime conveniente.

Articulo 13º.- De los Agentes Participantes
Son agentes participantes quienes participan con voz y voto en la discusión y toma de decisiones sobre la priorización de problemas y de proyectos de inversión durante la fase del proceso del Presupuesto Participativo. Están conformados por:
a.- Los Miembros del Concejo Municipal Distrital
b.- Los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital.
c.- Los miembros del Comité de Defensa Civil Distrital.
d.- Representantes de las organizaciones de la sociedad civil que se inscriben como agentes participantes del proceso participativo, de acuerdo a los procedimientos de inscripción que se difundan en la comunidad. Ellos son las organizaciones sociales de base temática o territorial del distrito, entre ellas las Juntas vecinales, los Comités de Vaso de Leche y cualquier otra organización representativa.
e.- Representantes de Instituciones Públicas y Privadas con sede en la jurisdicción del distrito que se inscriben para participar en el proceso.

Articulo 14º.- Responsabilidades de los Agentes Participantes.
Son responsabilidades de los Agentes Participantes:
a).- Participar en los diferentes Talleres de trabajo, capacitación y coordinación, planteando sus propuestas, iniciativas y aportes para el desarrollo del Proceso.
b).- Participar con voz y voto en la discusión y toma de decisiones ; actuando con decoro y respeto en todas las actividades a realizarse.
c).- Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso, para su adecuada ejecución.
d).- Respetar los acuerdos adoptados en las diferentes Fases del proceso de formulación del Presupuesto Participativo.

Título III
El Comité de Vigilancia del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo

Articulo 15º.- Del Comité de Vigilancia
Realiza acciones de vigilancia ciudadana del Proceso participativo, es elegido por los Agentes Participantes en el Taller de priorización y formalización de acuerdos.
El Comité de Vigilancia se encuentra conformado por cuatro Agentes Participantes que representan a la sociedad civil del distrito, y debe de ser reconocido formalmente por el Consejo Municipal.
El comité de Vigilancia actúa como un órgano colegiado ad honorem y es elegido antes que finalice cada proceso.

Artículo 16º.- Funciones del Comité de Vigilancia.
Son funciones del Comité de Vigilancia:
a).- Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del proceso del Presupuesto Participativo, en la aprobación y ejecución del Presupuesto Institucional, verificando que contengan proyectos priorizados de acuerdo a los montos que fueron asignados y acordados en el proceso.
b).- Vigilar que la Municipalidad cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras correspondiente a los proyectos priorizados en el proceso participativo, a fin de facilitar la vigilancia.
c).- Vigilar que los recursos de la Municipalidad destinados al Presupuesto Participativo de cada año fiscal sea invertido de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos.
d).- Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofinanciamiento de los proyectos de inversión, si los hubiera, incluidos en el proceso participativo.
e).- Solicitar formalmente al Alcalde, de acuerdos a las normas de transparencia, la información que requiera para desarrollar de forma adecuada las tareas d vigilancia.
f).- informar al Consejo Municipal, Consejo de Coordinación Local Distrital de Imperial, Contraloría General de la república, Ministerio publico, Defensoría del Pueblo y otras dependencia publicas especializadas; el incumplimiento de los Acuerdos suscritos en el Proceso del Presupuesto Participativo.
g).- Informar semestralmente al Consejo de Coordinación Local Distrital sobre los resultados de la vigilancia.

Artículo 17º.- Reuniones y adopción de acuerdos.
El comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo-CVPP- se reunirá en forma ordinaria, trimestralmente, para elaborar el informe sobre los avances y resultados de la vigilancia, el cual se informara al Consejo de Coordinación Local distrital y a la sociedad civil, a través de la Pagina web Institucional.
Para un mejor desarrollo de sus actividades, los cuatro (4) miembros representantes designaran a un (1) representante para la realización de las coordinaciones necesarias de efectivizar sus actuaciones, y sus acuerdos y actividades ordinarias se registraran en un (1) libro Actas entregados por la Sub Gerencia de Participación Vecinal al inicio de sus funciones y podrá ser solicitados por dicha Sub Gerencia, en cualquier etapa del proceso.

Título IV
Del Proceso

Capítulo Primero
Fases del Presupuesto Participativo

Articulo 17º.- De las fases de la Formulación del Presupuesto Participativo
El proceso del Presupuesto Participativo de conformidad con la Ley Nº 29298 que modifica la Ley Marco el Presupuesto Participativo Nº 28056, determina que el proceso participativo tiene las siguientes fases:
Primera Fase: Preparación, que comprende las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación y capacitación de los Agentes Participantes
Segunda Fase: Concertación. Que comprende las actividades de identificación y evaluación técnica de los proyectos, así como de concertación para la priorización y la formulación de acuerdos y compromisos entre los Agentes Participantes.
Tercera Fase: Coordinación entre niveles de Gobiernos. Que implica las acciones de articulación y consistencia de proyectos entre el gobierno Regional y Gobierno local Provincial y Gobierno local Distrital.
Cuarta Fase: Formalización. Que considera las actividades para la inclusión de las prioridades concertadas en el respectivo presupuesto Institucional y la Rendición de Cuentas sobre la ejecución.

Capitulo Segundo
Preparación

Articulo 18º.- De la Preparación
Esta fase es de responsabilidad del Gobierno Local del Distrito de Imperial ,representado por el Alcalde que en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital , encargara al equipo técnico Municipal el desarrollo de las actividades de difusión , sensibilización, convocatoria, identificación y capacitación de los Agentes Participantes.
Acciones:
a.- Durante el proceso del Presupuesto Participativo se desarrollaran mecanismos de comunicación, a fin de que la población se encuentre debidamente informada sobre los avances y resultados del Proceso. Para lo cual pueden utilizar los diversos medios de comunicación.
b.- El Alcalde en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital, realiza la convocatoria pública a las Organizaciones Sociales y público en general a participar en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados.
c.- El Equipo Técnico realizara talleres informativos y de capacitación explicando a los vecinos en que consiste el proceso del Presupuesto Participativo, Plan de Desarrollo Concertado, políticas de prevención de desastres, quienes conforman el CCLD y difundiendo los mecanismos de participación ciudadana.
d.- La Municipalidad otorgara un plazo prudencial a las organizaciones de la sociedad civil para que acrediten a sus representantes como Agentes Participantes.
e.- El responsable de la Sub gerencia de Participación Vecinal elaborara un padrón de los Agentes participantes legalmente reconocidos e inscritos en el libro de Registro Único de Organizaciones Sociales. Luego del registro, se entregará a cada agente participante una constancia de acreditación firmada por el Gerente Municipal. La Oficina de Participación Vecinal verificara que cada organización cumpla con los requisitos de ley.
f.- El equipo técnico Deberá informar directamente al CCLD sobre los resultados. La estrategia de comunicación e información, deberá abarcar el mayor número de personas posibles y aumentar el impacto año a año.
g.- El Equipo Técnico deberá recopilar la siguiente información, a fin de ponerla a disposición de los agentes participantes.
• Plan de Desarrollo Concertado; para su revisión y validación.
• Identificación de las zonas vulnerables de las localidades.
• La priorización de proyectos de impacto distrital.
• Detalle de los proyectos priorizados en el proceso participativo del año anterior considerados en los presupuestos institucionales (nivel de ejecución, recursos necesarios para su culminación, en caso no se haya terminado, entre otros )
• Relación de proyectos priorizados en el proceso participativo del año anterior que no tuvieron financiamiento, para su debate y priorización, de ser el caso.
• Relación de proyectos ejecutados por el gobierno local, costos de mantenimiento responsables de su sostenibilidad.
• Recursos totales por fuente de financiamiento, que la municipalidad estima asignar para la ejecución de proyectos resultantes del proceso.
• Informe de los compromisos asumidos por la sociedad civil y otras entidades del Estado, en procesos participativos anteriores y su nivel de cumplimiento.

CAPITULO III
Concertación

Artículo 19º.- DE LA CONCERTACION
Que comprende las actividades de identificación y evaluación técnica de las ideas de proyecto, así como de concertación para la priorización y de la formulación de acuerdos y compromisos. entre los agentes participantes, cuyos resultados deben constar en actas y realizarse en concordancia con la validación del Plan de Desarrollo Concertado.
Acciones :
a.- El Equipo Técnico realizara Talleres de diagnostico territorial, identificación y priorización de problemas, definición de criterios de evaluación e identificación de proyectos.
b.- El Equipo Técnico, considerara los siguientes criterios básicos para la evaluación técnica de prioridades de los proyectos presentados:
• Coherencia con la visión de Desarrollo del PDC (Plan De Desarrollo Concertado)
• Concordancia con uno o más de los lineamientos de política general (Presupuesto por Resultados).
• Relación con uno o más de los objetivos estratégicos.
• Situación de población pobre que se beneficia.
• Riesgo de la población que disminuye.
• Impacto distrital y gestión de riesgo.
c.- También hará la evaluación técnica y priorización de los proyectos, asignación del presupuesto y la formulación de acuerdos y compromisos con los Agentes Participantes, los mismos que deben de constar en Actas.
d.- Los Agentes participantes aprobaran o modificaran los proyectos priorizados y sus montos de inversión mediante votación visible a mano alzada.
Consolidado los resultados de la votación el Alcalde previo informe y acta elevara los proyectos aprobados por la sociedad civil al Consejo de Coordinación Local para su conocimiento y para posterior trámite de aprobación ante el Concejo Municipal.

CAPITULO IV
Niveles de Gobierno

Artículo 20º.- COORDINACION ENTRE NIVELES DE GOBIERNO
Los mecanismos de coordinación y consistencia presupuestaria entre la Municipalidad Distrital de Imperial , el Gobierno local provincial, y regional, en materia de gastos de inversión, respetando competencias y procurando economías de escala y concertación de esfuerzo, se realizara de existir proyectos de inversión Pública del ámbito provincial o Regional.

CAPITULO V
Formalización
Artículo 21º.- DE LA FORMALIZACION
Los acuerdos y compromisos del Proceso de formulación del Presupuesto Participativo se formalizaran en sesión ordinaria programada del Consejo de Coordinación Local Distrital, en la cual el Presidente del equipo técnico deberá de sustentar todas las actividades ejecutadas en el marco del proceso, así como también del cronograma de ejecución de los proyectos para el próximo año fiscal; todos los proyectos aprobados deberán de ser incluidos en el Presupuesto Institucional Apertura para el año Fiscal 2013, para su aprobación por parte del Concejo Municipal.
Formalizado el acuerdo, el alcalde dispondrá su publicación en los medios de comunicación existentes.
Una copia del documento que formaliza los acuerdos del presupuesto participativo se remite a la Contraloría General de la República, a la comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, al Congreso y a la Dirección Nacional del Presupuesto Publico del MEF.

Articulo 22.- Perfeccionamiento Técnico de Proyectos.
Si en el etapa de ejecución, algunos de los proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo no puede ser ejecutado, el Alcalde dispondrá el reemplazo de dicho proyecto por otro, previo informe técnico elaborado para tal fin por la Oficina de Planificación y presupuesto. El reemplazo del proyecto se realizara d acuerdo a la escala de prioridades concertada. Cabe señalar que estas acciones deben contar con el conocimiento del Consejo de coordinación local distrital y del comité de vigilancia.

Articulo 23º.- Rendición de Cuentas.
La Rendición de Cuentas constituye un mecanismo de corresponsabilidad entre las autoridades y la sociedad civil, permite evaluar el desarrollo del proceso y genera elementos para concertar, asumir y medir responsabilidades y compromisos frente al cumplimiento de las acciones trazadas participativamente.
Antes de iniciarse los talleres de trabajo, el Alcalde deberá convocar a una Audiencia Pública de Rendición de Cuentas para informar a los Agentes Participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos en el año anterior y también el de la sociedad civil en particular, sobre lo siguiente :
a.- Programación y nivel de avance en la ejecución y resultados ( En termino de población beneficiada y problemas resueltos), de los proyectos priorizados en el Proceso del Presupuesto Participativo del año anterior.
b.- Sustentar los cambios efectuados a los proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo anterior y modificaciones presupuestarias realizadas.
c.- Nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos por cada un de los actores, públicos y privados participantes del proceso.
d.- Presupuesto Institucional de Apertura del Presente Ejercicio.
e.- Asimismo en este espacio las autoridades informan respecto a los resultados de su gestión en el año anterior, a nivel de actividades, proyectos y logro de los Objetivos Estratégicos del Plan de desarrollo Concertado.
De igual modo, en esta reunión los Agentes Participantes de la Sociedad Civil y las entidades del Gobierno Nacional que hayan intervenido en el proceso informan sobre el cumplimiento de los compromisos que asumieron en el Proceso participativo.

TITULO V
Del Monitoreo, Evaluación, Sistematización de Experiencias y aportes a las Políticas Públicas y Normatividad Nacional

Articulo 24º.- Monitoreo y Evaluación
El proceso de programación y ejecución presupuestaria serán monitoreado permanentemente y evaluado periódicamente, por el equipo técnico y por el Consejo de Coordinación Local Distrital.
Para este efecto se establecerán un conjunto de indicadores, de gestión y de resultados.

Artículo 25º.- Sistematización de Experiencias.
Sobre la base del monitoreo y evaluación cada dos años, bajo la responsabilidad del CCLD, se sistematizara las experiencias generadas por los procesos de presupuesto participativo, con fines de identificación de fortalezas, debilidades y lecciones aportadas.

Artículo 26º.- Desarrollo de capacidades
Con fines de contribuir a la mayor eficiencia y eficacia del proceso de planificación concertada y presupuesto participativo, este último asignara gradualmente recursos para ser invertidos en el Plan de Desarrollo de Capacidades cuyos destinatarios son Autoridades, los funcionarios municipales y los representantes de las organizaciones civiles.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

Primera.- El Alcalde a propuesta del equipo Técnico establecerá las disposiciones necesarias para una mayor eficiencia del proceso del presupuesto participativo de acuerdo a las disposiciones estipuladas en la presente ordenanza.

Segunda.- Los diversos funcionarios públicos que intervienen en las actividades del proceso del presupuesto participativo son responsables del control de cada una de las actividades ejecutadas.

Tercera.- Permitir por este año que las organizaciones de la Sociedad
Civil indicados en el articulo 16º INCISO – C y D de la presente Ordenanza , participen en el proceso del Presupuesto Participativo, sin el requerimiento de estar registradas en el libro de Registro Único de las organizaciones de la Sociedad Civil (RUOSC) de la Municipalidad.

Cuarta.- Encargar a las Áreas de Contabilidad y Logística implementar las acciones y procedimientos que garanticen el cumplimiento pleno de la presente Ordenanza.

Quinta.- Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento se ajustaran a lo establecido en el Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados aprobado por Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01

Sexta.- Encargar a la Gerencia Municipal dar todo el apoyo logístico y financiero, a fin de llevar a cabo el proceso del Presupuesto Participativo con la eficiencia que establecen las normas y cumplir con los objetivos del mismo.

Séptima.- Que en el Segundo Taller se procederá a elegir entre los agentes participantes asistente a los 4 representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinación Local

REGÍSTRESE COMUNIQUE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Eddy César Del Mazo Tello
Alcalde

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL



ORDENANZA MUNICIPAL Nº007–2012-MDI



Imperial,  09 de mayo del 2012



El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE  IMPERIAL;



POR CUANTO:

El Concejo Municipal del Distrito de  Imperial, en Sesión  Extraordinaria de fecha  09 de mayo del 2012; y



VISTO:

El Informe N° 090-2012-SGT-MDI  de fecha 18 de abril del 2012 de la Subgerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial, El Informe N° 007-2012-CTSCDC-MDI, de fecha 08 de Mayo del 2012, que contiene el Dictamen  N° 002-2012, de la Comisión de Transporte, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, referente a  la Propuesta para Ampliación de Plazo para atención de solicitudes de autorización de servicio de transporte de pasajeros de vehículos menores en el distrito de Imperial;



CONSIDERANDO:

Que, la Municipalidad Distrital de Imperial, goza de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Estado Peruano modificado por la Ley de reforma Constitucional Ley N°27680;



Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.3 inciso 3) del articulo 81 de la Ley Orgánica de Municipalidades y otros preceptos legales  que concuerdan a esta, son funciones especificas de las municipalidades Distrital el otorgar licencias para la circulación de vehículos menores y demás que en ella se señalan..;



Que, mediante la Tercera Disposición Transitoria y final de la Ordenanza Municipal N° 013-2011-MDI de fecha 09 de setiembre del año 2011, publicado en el diario oficial de  circulación de nuestra Provincia de fecha 08 de octubre del 2011, se estableció que las empresas de Transporte que hubieran solicitado autorización para prestar servicio de transporte en la modalidad de moto taxi en vehículos menores en el Distrito de Imperial y que hasta esa fecha de expedición del reglamento marco de prestación de servicios de transporte publico especial de pasajeros en vehículos motorizados y no motorizados del distrito de Imperial no hubieran obtenido su autorización, así como las demás empresas  que quisieran formalizarse, se les concedió un plazo de 30 días  calendarios, a partir de su publicación de la ordenanza acotada para que se adecuen a lo establecido en el siguiente reglamento;



Que, por múltiples razones no has sido atendidas muchas solicitudes de permiso de operaciones, durante el plazo señalado en el párrafo precedente; por lo que es conveniente conceder y/o prorrogar la vigencia del plazo aprobando una ampliación por 05 días a partir de la expedición de la presente ordenanza, una vez aprobada por el Pleno de Concejo, con la finalidad de resolver las solicitudes que a la fecha de la aprobación se encontraran en tramites y aquellas que tengan que presentarse por razones de haberse cumplido la fecha  expresada en la tercera disposición de la ordenanza N°013-2011-MDI,



Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la oficina de asesoría jurídica de nuestra entidad, expresado en su informe Legal N°89-202/OAJ-MDI, el visto bueno de la Gerencia Municipal, la aprobación Unánime del Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria y, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprueba la siguiente:



ORDENANZA



ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la AMPLIACION por un plazo de cinco (05) días la atención y expedición de PERMISOS DE OPERACIONES a las Empresas de Servicio de Transporte Público que a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ordenanza han presentado su solicitud y se encuentran en tramite; así como aquellas solicitudes nuevas que se presentasen con la finalidad de proceder a la regularización y formalización del servicio de moto taxis en el Distrito  de Imperial y por las razones descritas en el considerando.



ARTICULO SEGUNDO: Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios Públicos, a través de la Subgerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial de la Municipalidad Distrital de Imperial.



ARTICULO TERCERO.-  Encargar a  Secretaria General, Oficina de Imagen Institucional de la Municipalidad, Oficina de Informática y Estadística, la publicación y la difusión de la presente Ordenanza en el portal institucional, el mismo que entrara en vigencia al dia siguiente de su publicación.



REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE



EDDY CESAR DEL MAZO TELLO

ALCALDE

EDICTOS JUDICIALES


EDICTO

Exp. Nº 2010-165-CI; Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha la Dra. Teresa Esperanza Zamudio Ojeda y Secretaria Judicial Katia Herrera Quispe, por Resolución número uno de fecha diecisiete de Setiembre del año dos mil diez, en la vía del proceso abreviado se ADMITIÓ a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por LUZ JOVITA HUAPAYA ALVARADO y VICTOR JOSE MENDOZA FRANCIA, contra HERMINIA PEREZ ZAPATA DE MALASQUEZ y MANUEL IRINEO MALASQUEZ JARA a fin de que se le declare propietarios por prescripción de los predios rústicos denominado «La Tuna» de 9.075 Ha., dividido en 2 lotes, Lt. Nº 1 de 8.4556 Ha. y Lt. Nº 2 de 1.2934 Ha., predio que se encuentra dentro de otro de mayor extensión denominado predio «Tutumo» de Unidad Catastral Nº 116009, comprensión del distrito de Mala; EMPLAZANDO a los demandados y a los que crean tener interés en el proceso, para que contesten dentro del plazo de diez días, notificándose también a los predios colindantes.

Mala, 20 de Marzo del año dos mil doce.

Dra. Katia Gissela Herrera Quispe

Secretaria

Juzgado Mixto de Mala

Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 9, 11 y 15 de Mayo.



EDICTO JUDICIAL

Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente Nº 2012-00076-0801-JR-CI-01, seguido por EMAPA CAÑETE S.A., contra PRONAP, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, el señor Juez ha dictado la siguiente resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS de fecha veintisiete de marzo del dos mil doce: SE RESUELVE: AL PRINCIPAL: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por EMAPA CAÑETE S.A. representada por su Gerente General Ingeniero Luis Rojas Zegarra, contra PRONAP «PROYECTO ESPECIAL PROGRAMA NACIONAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO», sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMINIO del vehículo de marca MAZDA Placa de Rodaje Nº PGX-847, color azul oscuro, clase CMTA PICKUP, año de fabricación 1998, debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al proceso ABREVIADO; confiriéndose TRASLADO al demandado, 2.- Publíquese el extracto de la demanda en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diaro Local «Al Día Con Matices» por tres veces, con intervalo de tres días, asimismo notifíquese por radiodifusión por cinco días consecutivos, una firma Dr. Enrique Cárdenas Chancos – Juez.- Una firma Dra. Erika Edith Herrera Taxa – Secretaria Judicial.

Cañete, 17 de Abril de 2012.

Dra. Erika Edith Herrera Taxa

Secretaria Judicial

Juzgado Especializado en lo Civil

Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 03, 09 y 15 de Mayo.



AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA

La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 4558-2012, doña Luz María Paucar Pérez , solicita la rectificación de la Partida de Nacimiento de Marisol  Atuncar Quispe, inscrito en esta Municipalidad en el libro 535; folio 66212672, año 2007, en el extremo que se consigna como nombre de la titular YANIRA SHERLIND HUARACA PAUCAR; siendo lo correcto YANIRA SHERLIND JEREMIAS PAUCAR ; asimismo se consigna como nombre del padre LUIS HUARACA ROSAS ; siendo lo correcto: LUIS ZACARIAS JEREMIAS ROSAS.

Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.

San Vicente, 14 de Mayo de  2012.

Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez

Jefe



CONVOCATORIA

El Presidente de la ASOCIACION DE COMUNEROS DE SARAPAMPA ALTA KM. 106 - 108.5 ASIA, cita a Ud. A la Asamblea General Extraordinaria a llevarse a cabo el día 24 de Mayo del 2012, a horas 3:00 p.m. en el sector denominado Sarapampa Alta Km. 106, 108.5 del Anexo de Rosario de Asia s/n del distrito de Asia, para tratar la siguiente Agenda:

PUNTO UNICO

INFORME SOBRE LOS TRAMITES DE INSCRIPCION EN LOS REGISTRO PUBLICOS – LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES.

PRIMERA CONVOCATORIA: 24 de Mayo del 2012, horas  3:00 p.m.

SEGUNDA CONVOCATORIA: 24 de Mayo del 2012 horas 3:30 p.m.

Cañete, 14 de Mayo de 2012.

Amarildo Chumpitaz Campos

DNI 15360461

Presidente de la Asociación de Comuneros de Sarapampa Alta Km. 106 – 108.5  Asia

14 mayo 2012

CCL PROPONE SISTEMA TRIBUTARIO SIMPLE, EQUITATIVO Y PROMOTOR DE FORMALIZACION...

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) propuso hoy que se concrete un sistema tributario simple, equitativo y promotor de la formalización y que se corrijan las distorsiones y el enorme número de formalidades exigidas para cumplir con los impuestos.

Explicó que éstas dificultan el normal desarrollo de las actividades empresariales y, en consecuencia, afectan la competitividad del país.

En ese sentido, pidió reducir a dos por ciento la tasa de los pagos adelantados del Impuesto General a las Ventas (IGV) en detracciones, percepciones y retenciones; o, alternativamente, disponer que todos los pagos mencionados sean depositados en la cuenta de detracciones para que puedan ser utilizados para el pago de otros tributos que adeude el contribuyente.

Asimismo, afirmó que es impostergable que se eliminen los impuestos antitécnicos pues atentan contra la competitividad nacional.

También opinó que la autoridad tributaria debe un trato amable y cordial al contribuyente histórico que siempre cumple con declarar y pagar sus impuestos y actuar drásticamente con el evasor, el contrabandista y el informal.

Asimismo, destacó la importancia de corregir la legislación para evitar que los impuestos se paguen sobre ingresos inexistentes al desconocerse gastos y créditos fiscales por formalidades irrelevantes.

Señala además que, en línea con un sistema tributario eficiente, se debe simplificar los procesos de reclamación tributaria, que ahora se resuelven después de los cinco años.

Asimismo, es fundamental simplificar los trámites y procedimientos mediante el uso de sistemas informáticos, no sólo para pagar sino también para devolver los impuestos indebidos o que se pagan en exceso.

Para la CCL, las sanciones deben ser racionales y proporcionales a las infracciones incurridas, evitando sean confiscatorias.

Subrayó que las fuentes potenciales de ingresos tributarios podrían alcanzar los 24,990 millones de nuevos soles, de darse una racionalización y posterior eliminación de las exoneraciones tributarias, las cuales representan el 1.2 por ciento del Producto Bruto Interno (PBI).

También en caso se erradique la evasión del IGV (3.7 por ciento del PBI) y una mayor lucha contra el contrabando en el país (0.4 por ciento del PBI), lo cual permitiría adicionar 5.3 puntos porcentuales del PBI a la presión tributaria, sin necesidad de aumentar los impuestos vigentes.

CUARTO PODER EMITIO INFORME QUE SEÑALA QUE CINCO POLICIAS ESTAN IMPLICADOS EN LA MUERTE DE MOTOTAXISTA EN COMISARIA DE SAN VICENTE...

Cinco policías están acusados de torturar y matar a Luis Ravello Aparicio de 39 años, un humilde mototaxista y padre de 6 hijos, al interior de la comisaría de Cañete en donde fue detenido por supuestamente robar un simple saco de azúcar. Sin embargo, lo que es peor es que los policías son sospechosos de fabricar pruebas para simular un suicidio.

Este crimen, para mayor gravedad, contó con el encubrimiento de oficiales superiores que alcanzan incluso al entonces Jefe de la Dirección Territorial de la Policía, Abel Gamarra, uno de los comensales de la ya célebre cena en las Brujas de Cachiche ofrecida por el ex vicepresidente Omar Chehade.


LA HISTORIA
Todo empezó la tarde del sábado 18 de junio del año pasado cuando el mototaxista Luis Ravello fue detenido cerca al mercado de Cañete acusado de haber hurtado un saco de azúcar en una tienda de abarrotes y llevado a la comisaría. Según el primo de la víctima, fue conducido horas después al hospital Rezola en una camioneta de la Policía, pero una vez ahí, fueron sorprendidos por la tía y sobrino de Ravello quienes trabajaban en el nosocomio, una increíble coincidencia que permitió develar el misterio del crimen.

Para deshacerse del cadáver sin despertar sospechas de que había sido asesinado dentro de la comisaría, los policías primero planificaron dejar el cuerpo en el hospital aduciendo que lo habían encontrado moribundo en una acequia de la zona llamada Mamalá y que necesitaba primeros auxilios. Lo que no sabían estos policías era que quien abriría la puerta del hospital sería nada menos, que el sobrino de la víctima quien también alertó al otro familiar que trabajaba ahí.

Al enterarse, la tía de la víctima, salió corriendo en busca de explicaciones y logró conversar brevemente con uno de los policías que había dejado el cadáver de su sobrino.

Con pocos datos, la familia inicia su propia investigación y lo primero que descubrió es que nunca hubo un parte policial de la detención de Luis Ravello a pesar de que permaneció por unas horas en el calabozo. Luego supieron que el dueño de la mototaxi, Rodolfo Vicente, fue convocado por uno de los policías para recoger su vehículo.

Vicente fue el último testigo que vio con vida a Luis Ravello quien denunció recibir presiones de los policías para no contar la verdad.

La teoría del cadáver en la acequia se caía a pedazos, la ropa y zapatillas de Ravello no tenían rastros de agua ni barro.

Al verse descubiertos los policías que hoy son acusados por delito de homicidio, plantearon la segunda coartada: que Luis Ravello se había suicidado en el calabozo de esa dependencia policial.

Como evidencias presentaron dos retazos de una frazada polar con las que supuestamente Luis Ravello se habría ahorcado, pero un laboratorio confirmó que era imposible que se haya ahorcado con la manta polar que presentaron como evidencia.

Además, lo más grave fue que la policía escondió evidencias cuando la fiscal responsable de esta investigación, Victoria Allemant, se acercó a la comisaria a recoger pruebas.

Por orden del general Abel Gamarra Malpartida, entonces jefe de la Dirección Territorial se guardaron las evidencias, según lo describió el comandante responsable de la investigación interna, Jorge Cotito en su testimonio. Horas después y fuera de la diligencia, los retazos del tejido polar fueron irregularmente entregadas a la Fiscal.

El cuello de Luis Ravello, efectivamente, presentaba horribles señales de ahorcamiento. Pero estas no correspondían a que se hubiese colgado, pues las marcas en ese caso serían oblicuas. Como vemos en las fotografías de la investigación, las marcas eran rectas. El ahorcamiento fue al parecer violento. Ravello habría intentado soltarse de sus agresores con las manos y uñas, por eso es que 3 de los policías, Marino Jesús Ormeño, Miguel González Espíritu y Sergio Vargas Zamora presentaban signos de lesiones traumáticas recientes y lesiones descritas. Tal vez por eso, las uñas de la víctima fueron cuidadosamente cortadas una vez que murió.

Ante la inapelable realidad, la Fiscal pidió la detención del policía Miguel Ormeño quien hoy se encuentra recluido preventivamente en el penal la Cantera de Cañete.

Las investigaciones aún no han culminado pero la Fiscalía ha pedido la detención de todos los implicados. Mientras tanto, la Inspectoría ha dictado solo sanciones menores contra los policías implicados

Lo más indignante es que si bien estos policías han sido sancionados administrativamente, esto no les impide seguir laborando en su institución, gozando de su libertad y percibiendo un sueldo del Estado para combatir, supuestamente, al crimen organizado. Una contradicción que no hace sino dejar muy mal parada a una institución policial que lejos de sancionar a los malos policías, los encubre.

JOVEN CAÑETANA TRABAJARA EN LA NASA

La joven, natural de Chilca (Cañete), se ganó una de las cuatro becas que sorteaba la cadena televisiva Univisión en Norteamérica y así pudo estudiar en la universidad Virginia Tech.

‘Rosita’, como la llaman sus familiares, dio un discurso en la ceremonia de graduación en la que participó Michelle Obama, esposa del presidente de ese país.

En una semana viajará al Kennedy Space Center, de la Nasa, para comenzar a trabajar.

En el 2000 sus padres viajaron a los Estados Unidos en busca de un futuro mejor y ella solo tenía el sueño de poder trabajar en temas espaciales.

Como se recuerda hace cinco años, Rosa Avalos Chumpitazí recibió una beca para estudiar Ingeniería Aeroespacial en la Universidad Politécnica de Virginia en Estados Unidos por su destacada labor como estudiante en el país del norte.

Cuentan sus familiares, aquí en Cañete-Perú, que desde chiquita siempre se interesó por los temas espaciales y las estrellas.


DESDE NIÑA MOSTRO INTERES POR LOS OVNIS...
«Ella tuvo mucho interés por los ovnis y me parece que de ahí de le nace» relata su tío Desiderio Chumpitazi a América Noticias.

«Nunca duden de sí mismos. Siempre persigan sus sueños y confíen Dios y en el apoyo de sus familias» relató una emocionada joven que podría llegar a ser la primera astronauta peruana.

HIJOS DE LOIDA VIVAS: «MAMÁ, Te Estamos Esperando»


El 27 de mayo del 2011, doña Loida Vivas Salazar (50) salió de su casa, en Carabayllo, rumbo al poblado de Carania, en Yauyos. Ella iba a ver a su madre que estaba delicada de salud. Sin embargo, nunca llegó a su destino.

La mujer alegre y cariñosa, profesora de inicial, de-sapareció y hasta el día de hoy -casi un año después- sus hijos Gretell, Evelyn y David la siguen esperando para decirle: «Te amamos, mamá».

«El «Día de la madre», para nosotros, será muy triste. Todos tendrán a su madre para decirle «feliz día», abrazarla, pero nosotros no la tendremos, ni tenemos un lugar adonde podamos llevarle una flor. Solo quisiera volver a verla para decirle cuánto la amamos y que la necesitamos a nuestro lado», dijo entre lágrimas Gretell, la mayor de los hermanos Cárdenas Vivas abrazando y besando una foto de doña Loida.



PIDEN JUSTICIA

La familia Cárdenas Vivas, incluyendo el patriarca don David, solo pide justicia, pues la única respuesta que tienen sobre la de-saparición de doña Loida es que el carro en el que iba se cayó al río Cañete y que su cuerpo fue arrastrado por la corriente.

Sin embargo, ellos están seguros que en el trayecto le sucedió algo a su madre. Basan sus sospechas en que Alex Chaparro Huamaní, chofer del vehículo donde viajaba su mamá no presentó lesiones y sigue haciendo su vida normal, sin ninguna denuncia ni proceso en su contra.

«Este señor afirma que puso el carro en reversa sin darse cuenta y que el vehículo cayó al río con mi esposa dentro. Luego refiere que corrió a su casa a cambiarse, al día siguiente recién avisó a las autoridades lo que supuestamente sucedió. ¿Y dónde está el cuerpo de mi esposa? Nadie me saca de la cabeza que algo le hicieron y él lo sabe, pero lo oculta», dijo David.

Otro hecho que ha levantado sospechas es que el chofer no se presentó a la reconstrucción del accidente, la cual estaba programada para el último viernes. A través de un escrito, solicitó una reprogramación porque -manifestó- estaba de viaje.



UN MENSAJE

Los hijos de doña Loida le piden, a las autoridades que ven este caso, que le pongan un poco más de interés. Ellos mantienen la esperanza de encontrar a su madre con vida y quisieron enviarle un mensaje: «Mamá, acá estamos toda tu familia esperándote. No descansaremos hasta encontrarte. Te amamos, nos haces mucha falta».

Este 27 de mayo, la familia de doña Loida y sus compañeras de trabajo realizarán una vigilia en las afueras de la Catedral de Lima.

LITA ROMAN UTILIZABA LOS BIENES DEL GORE LIMA PARA PROMOVER LA INSCRIPCION DE «TRIUNFA PERU»…

No se calla nada. El ex Presidente del Gobierno Regional de Lima, Miguel Ángel Mufarech Nemy, desmintió estar detrás de la supuesta fábrica de firmas del partido político «Triunfa Perú» que lidera Javier Alvarado González del Valle.


EN DEMOCRACIA EN RADIO
A través del programa «Democracia en Radio», el controversial político, dejo entrever que la cuestionada Vice Presidenta del GORE LIMA, Lita Román Bustinza es quien está generando el «chisme» en la región para desestabilizar la gestión de Alvarado como titular del pliego.

En tono enérgico, Mufarech Nemy, reveló que Lita Román, antes de alejarse definitivamente del líder del «torito», fue quien utilizó los bienes del GORE LIMA para dirigir la recolección de firmas a favor del partido político de Javier Alvarado.

«La señora Román como Vice Presidenta y sin conocimiento del propio Javier Alvarado, disponía de la movilidad, del personal y de los choferes para recolectar firmas para Triunfa Perú», recordó y aseguró, Mufarech Nemy.

Insistió que con Alvarado, solo lo une una fuerte amistad y el deseo de apoyarlo en su gestión para que al final esta logre el éxito proyectado.


SOBRE LOS HECHOS OCURRIDOS EN LUNAHUANA
Sobre lo ocurrido en Lunahuaná en Cañete, dijo que fue un grave error que los simpatizantes de Alvarado, agredieran a periodistas y personajes tan cuestionados como Roger Taboada Rodríguez.

«Si nadie hubiera caído en la provocación, la presencia de Roger Taboada hubiera pasado desapercibida y nadie se acordaría de su existencia», acotó finalmente.

NEGRITA BAMBA EN CAÑETE ???

No puede con su genio. Muy a su estilo, el controversial conductor del Programa de TV «Sin Limite», Jorge Brignole Santolalla, comentó a través del Facebook que la imagen de la negrita supuestamente bailando festejo, ubicada en la Plaza de Armas de la ciudad de San Vicente, es la estafa mas grande que se hizo al pueblo de Cañete.

«Es la estafa mas grande que se nos hizo, desde el quebradizo material hasta los rasgos», señaló, tras dejar entrever que dicha figura construida durante la gestión de la ex alcaldesa provincial Rufina Lévano Quispe, está muy lejos de identificarnos como Cuna y Capital del Arte Negro Nacional.

«Las chicas de Cañete Negro siempre tuvieron porte, elegancia y dignidad lo que el artista no ha podido plasmar en esta obra barata», continuó diciendo.

La opinión de Brignole Santolalla, generó que otros cibernautas y fanáticos del Facebook, comenten sobre el tema, anotando que por la dejadez de las autoridades de turno, Cañete hace años dejo de sonar como la Cuna y Capital del Arte Negro.

CAJÓN CON RÉCORD GUINNESS!

Es la Segunda Vez que Evento Logra Dicho Reconocimiento

Por segunda vez en su historia, la Gran Cajoneada, evento central del Festival Internacional del Cajón Peruano, logró el reconocimiento de World Record Guinness al congregar a mil 476 intérpretes del cajón peruano en la Plaza de Armas de Lima.

El 14 de abril los amantes del instrumento percutivo y la música afroperuana –niños, adultos, hombres, mujeres, aficionados y profesionales– lograron formar el mayor grupo de gente tocando cajón registrado en el ámbito internacional hasta el momento. Ellos interpretaron la pieza titulada La fiesta del cajón, del percusionista Marco Oliveros.

RECONOCIMIENTO AL CAJON COMO INSTRUMENTO MUSICAL

«Es un reconocimiento no solo al cajón como instrumento, sino también al festival, a la ciudad de Lima y al Perú, porque este reconocimiento nos pone en boca de todo el mundo», dice Rafael Santa Cruz, organizador musical del evento junto al productor Gonzalo Parró y el centro cultural de España de Lima.

«CEBICHE POR 100PRE» ALIMENTARÁ A PELICANOS DE CAÑETE

Iniciativa. Protectores de animales y otras organizaciones alimentaron a decenas de aves en litoral de Chorrillos.

No los dejarán morir de hambre. Decenas de pelícanos que se encuentran varados y debilitados por la falta de peces en las playas de Chorrillos fueron alimentados por un grupo de defensores de los animales que se viene movilizando a través de las redes sociales con el fin de salvar a estas aves que agonizan en el litoral peruano.

Los defensores de los animales recaudaron alrededor de 50 kilos de pescado, los que se encargaron de repartir ayer entre las hambrientas aves, que respondieron de inmediato devorando el bocado de anchoveta, lorna y lisa.

Los jóvenes manifestaron que esperan extender esta iniciativa en la ciudad y si es posible en todo el país para salvar la vida de los pelícanos y piqueros. «Esperamos que la próxima vez nos apoye más gente. Posiblemente el sábado siguiente nos congregaremos en el Callao», expresó una de las promotoras de esta noble iniciativa.

Aumenta la ayuda

Esta no fue la única cruzada a favor de las aves. El sabado por la mañana, integrantes de la Asociación de Restauradores Marinos y Afines del Perú (Armap) llegaron a la playa Agua Dulce y el muelle de Chorrillos para alimentar a los pelícanos y piqueros que se encuentran varados y debilitados por la falta de comida.

Cocineros y dueños de restaurantes marinos que integaran esa entidad repartieron más de 20 kilos de anchoveta y pejerrey a estas aves al borde de la inanición, indicó el presidente de Armap, Javier Vargas Guimaray.

Explicó que los pelícanos migraron a la costa peruana debido a los cambios de temperatura en el agua de mar, producto de la presencia de la onda Kelvin, que trae aguas más cálidas.

Sin embargo, al llegar al litoral de zonas como Lima, donde la anchoveta y pejerrey son escasos, no encontraron con qué alimentarse.

Otro grupo, denominado «Cebiche por 100pre», apoyado por varios chefs peruanos, anuncian que darán alimentos en las zonas de Lima, así como en Piura, Tacna, Ica, Huacho, Cañete y el Callao. Informaron en un comunicado que ya se están haciendo las coordinaciones con sus representantes en esas zonas del país.

Por otro lado, el grupo denominado Los Animalistas ha abierto una cuenta en el BCP (número 19121007973073) a nombre de Gina Guzmán con el fin de comprar alimento.

De este modo varias personas y entidades se suman a la tarea de dar ejemplo en la defensa de las especies de nuestro país. Una actitud que debe ser imitada por toda la sociedad.

Claves

La demanda de pescado en los restaurantes ha disminuido entre un 20 y 25 por ciento como resultado de la muerte de los pelícanos, indicó el presidente de Armap, Javier Vargas.

«Cebiche Por 100pre» reúne a biólogos, pescadores y chefs. Se define como un movimiento de defensa del mar peruano, «hay especies que ya no se ven en nuestro mar como las machas», dicen.

PRESIDENTE REGIONAL CELEBRÓ EL DIA DE LA MADRE EN LUNAHUANA

Un emotivo reencuentro tuvo el presidente regional Javier Alvarado con las madres del distrito de Lunahuaná en Cañete, con ocasión de la celebración del día mas sublime del mundo el «Día de la Madre»

Cientos de madres lo esperaban en la plaza de armas del distrito, hasta donde llegó la autoridad regional recibiendo diversas muestras de afecto y respaldo por parte de las madres de la bondadosa y turística Lunahuaná.

«Un gusto de estar con ustedes queridas mamitas, durante estos años de vida, que Dios ha permitido que este en este mundo he podido conocerlas a todas y cuando llego veo a mi madre en cada una de ustedes, estoy tan contento hoy de llegar y encontrar tanto cariño y tanto afecto», enfatizó Javier Alvarado.

LLEGO CON MUCHOS REGALOS

El presidente regional acompañado de la consejera regional Dra. Liliana Torres Castillo, el Gerente de la Unidad Ejecutora Lima sur Sabino Julián Castilla, el comisario de Lunahuaná Mayor PNP. Luis Moreno Paredes y autoridades de la comuna local, entregaron artefactos electrodomésticos sorteados y regalos para todas las madres asistentes.

Las madres del lugar visiblemente emocionadas se confundían en abrazos y muestras de simpatía hacia la autoridad regional, quien a los compas de la agrupación musical «Juan Carlos Méndez y su Barrunto» fue invitado a bailar por las madres de la localidad.

Posteriormente el titular de la Región Lima, paso a saludar personalmente a todas las madres asistentes mientras hacia un brindis con los agradables vinos de la zona transcurriendo las celebraciones en un ambiente familiar.

JAVIER ALVARADO SUPERVISÓ ESCUELA DEPORTIVA REGIONAL DE SAN LUIS EN CAÑETE 

Aprovechando su estadía en la provincia de Cañete, el Sr Presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales del Valle, supervisó el funcionamiento y las prácticas deportivas de las escuelas de futbol y vóley en el distrito de San Luis. 

TROTO CON NIÑOS Y PROFESORES POR PRINCIPALES CALLES DE SAN LUIS
La autoridad regional vestido para la ocasión llegó hasta el ingreso del distrito donde lo esperaban los niños y profesores de la escuela deportiva, quienes invitaron al presidente regional a correr por las principales calles hasta llegar al estadio de la localidad. 

A esta actividad deportiva también se sumaron los regidores provinciales José Caico y Alexander Bazán, ya en el estadio Benjamín Roca, principal recinto deportivo del lugar, el presidente regional dialogó con los profesores y pudo comprobar el avance técnico y táctico tanto en la disciplina del futbol y vóley. 

Culminada la visita a la escuela deportiva regional de San Luis, el titular de la Región Lima, acompañado de los regidores provinciales y un grupo de ciudadanos retornaron trotando un tramo de aproximadamente 10 kilómetros por la panamericana sur hasta el distrito de San Vicente.

EDICTOS JUDICIALES

EDICTOS DE FAMILIA Y PENAL (3 días)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; cita y emplaza:
EXP.-2007-031; a AVIGAIL HUAPAYA AUDANTE, a que se apersone a la Sala de Audiencia de la Corte Superior el dia 22.05.2012 a horas:09:30 a.m. y responda por los cargos que se le imputa por Delito de Ocultamiento de Ingreso en Agravio del Estado Peruano; bajo apercibimiento de revocar el mandato de comparecencia por la detención y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0271; a BORIS YAPIAS JULIO ALBINO, a que se apersone a la Sala de Audiencia de la Corte Superior el dia 22.05.2012 a horas:09:15 a.m. y responda por los cargos que se le imputa por Delito Contra la Libertad-Violación de la Libertad Sexual; bajo apercibimiento de revocar el mandato de comparecencia por la detención y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.

JUZGADO MIXTO DE MALA; Juez Zamudio; cita y emplaza:
EXP.-302-2011; a los padres biológicos o familiares de la menor Lucero Sara Neyra Pio. RESOLUCION 07 (fecha:25.04.2012) SEÑÁLESE FECHA DE AUDIENCIA ESPECIAL Día: 05.06.2012 a 2:30 p.m. debiendo ser conducida la menor investigada por Nelida Margarita Pio Clemente por encontrarse bajo su cuidado. En los seguidos por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Mala sobre Abandono. Secretaria: CAMARGO.

SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA.- Juez Guevara; ha ordenado a publicar:
EXP.-2010-01090; RESOLUCIÓN 18(fecha:02.04.2012): DECLARAR FUNDADA la demanda interpuesta por el Ministerio Publico contra DINER VIDAL ANDRES AVALOS sobre Violencia Familiar–Maltrato Físico en agravio de BRIGHIT CAROLAY ANDRES GALLARDO representada por su madre Santa Isabella Gallardo Medina y remítase el proceso en consulta al superior. Secretaria: Claudia.
11, 12 y 14 de Mayo

SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña VERONICA GISELA SANCHEZ RODRIGUEZ, manifestando ser esposa de quien fuera en vida don TOLOMEO LUCIO BLAS JARA, quien falleció AB-INTESTADO el día 10 de Junio del año 2010, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a su cónyuge supérstite doña VERONICA GISELA SANCHEZ RODRIGUEZ y a sus hijos: FABRIZIO MATEO BLAS SANCHEZ y ASTRID ABIGAIL BLAS SANCHEZ, respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 30 de Noviembre de 2011.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

12 mayo 2012

CIUDADANOS PUEDEN COMUNICAR MOTIVOS POR LOS QUE MAGISTRADOS NO DEBEN SER RATIFICADOS...

El Congreso Nacional de la Magistratura (CNM) publicó la lista de magistrados comprendidos en la Convocatoria 002-2012, con la finalidad de que la ciudadanía pueda comunicar sobre los motivos, si los hubiera, por los que no debieran ser ratificados en el cargo.

El listado de 111 magistrados será sometido a proceso de evaluación integral y de ratificación de jueces y fiscales.

En ese sentido, el CNM solicitó a la ciudadanía que le comunique por escrito, con documentos sustentatorios, el motivo por el cual los magistrados señalados no deben ser ratidficados, por carecer de conducta e idoneidad propias de su función.

Agrega la entidad que la participación ciudadana en el fortalecimiento del Sistema de Administración de Justicia constituye un derecho constitucional de carácter individual y colectivo, el cual debe ejercer la sociedad civil para lograr una administración de justicia.

La lista de magistrados la integran 45 jueces y 66 fiscales de diversos niveles y distritos judiciales del país. Entre los magistrados por ser evaluados se encuentran 2 vocales superiores, 8 jueces civiles, 3 jueces de familia, 3 jueces especializados en lo contencioso administrativo, 3 jueces laborales, 13 jueces mixtos, 7 jueces penales y 6 jueces de paz letrado.

Asimismo, figuran un fiscal adjunto supremo, 11 fiscales adjuntos superiores en lo penal, un fiscal adjunto superior mixto, 5 fiscales provinciales antidrogas, 19 fiscales provinciales en lo penal, un fiscal provincial en familia, 2 fiscales provinciales mixtos, 22 fiscales adjuntos provinciales en lo penal, 2 fiscales adjuntos provinciales y 2 fiscales adjuntos provinciales en familia.

Se informó también que 4 magistrados son del Callao, 67 de Lima, 7 del Cono Norte, uno de Lima Norte, uno de Lima Sur, 7 de Cusco, uno de Cañete, uno de Áncash, tres de Cajamarca, 5 de Arequipa, 3 de Huánuco-Pasco, 2 de Apurímac y 3 de Lambayeque; además del fiscal adjunto supremo y de los 5 fiscales antidrogas.

El magistrado de Cañete, se trata del Dr. Víctor Raymundo Durand Prado que se viene desempeñando como Vocal de la corte cañetana desde el año 2004.