23 abril 2007

POBLACIÓN YAUYINA, BRINDÓ RESPALDO TOTAL A DIRECTOR DE LA UGEL N° 13 YAUYOS

EL Director de la UGEL N° 13 de Yauyos, Lic. Alejandro Vivas Vilca pone en conocimiento de la opinión pública lo siguiente:
Que el día Martes 17 de abril del año en curso, a las 09:20 a.m. el Lic. William José Escudero Tanga en complicidad con el Juez Mixto de la Provincia de Yauyos, acompañados por efectivos policiales, familiares del Ex Alcalde Kelly Ponce Martínez y un grupo de militantes del Partido Aprista Peruano y del Movimiento Independiente PADIN, intentaron tomar por la fuerza y de forma matonesca las instalaciones de la UGEL N° 13-Y en virtud de una Resolución Judicial írrita, que es a todas luces ilegal, dejando múltiples daños materiales y heridos de consideración; pero esta medida fue rechazada por los Maestros y la Comunidad Yauyina por considerar que estos hechos eran totalmente injustos y que atentaban contra la educación de vuestros hijos.
Ante la írrita resolución, los asesores legales de la UGEL Nº 13 de Yauyos interpusieron los medios impugnatorios que franquea la ley; así como ante el evidente prevaricato cometido por el Juez, al emitirse la resolución cuestionada, se procedió a denunciarlo penalmente, asimismo se presentó queja contra dicho Juez ante la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete.
Una vez más expresamos nuestro profundo agradecimiento a la comunidad yauyina por solidarizarse con nuestra Institución, y a la vez manifestamos que nuestra gestión estará siempre al servicio de la Educación de la Provincia de Yauyos.

PROBLEMAS MORALES…
Por: Lic. César Calagua Gutiérrez

Hoy queremos tocar un punto que es muy importante no para unos, sino para todos, y en los que estamos inmersos como persona, dentro de una sociedad común y corriente que conoce y generalmente desconoce los problemas morales.
Por ello decimos, un poco ahora, que deseamos orientar a nuestra sociedad, que los problemas morales existen, son una realidad. Inútilmente grandes filósofos han intentado explicar los comportamientos humanos por razones exclusivamente económicas, políticas, sociales, etc., ya que el hombre siempre se ha preocupado por las cuestiones del bien y del mal.
Quizá la moral no interese mucho cuando todo funciona aparentemente bien, pero apenas surge la violación de un derecho aparece también ese "no hay derecho", que es la primera y más importante declaración de la existencia de la ética.
El conflicto entre lo que se desearía hacer y lo que no se debe hacer es permanente. Todos nos convertimos en forma espontánea en jueces apenas advertimos una actuación que nos afecta y en la que vemos una desviación respecto a lo que debería ser. Hay juicios éticos en la conversación común, en los medios de información, en los debates políticos. Aunque para muchos la palabra esté gastada, considero de más valor a una buena persona que a una mala persona. Me fío del primero y desconfío, por lógica, del segundo.
Los conflictos éticos y morales existen desde antes del nacimiento. Los problemas morales de nuestra existencia humana se multiplican cada día. Siempre hay costumbres, modos de comportamiento, pero la ética y la moral pretende y consigue establecer cuáles son los modos de comportamiento auténticamente humanos.
La formación de la conciencia, no es una actividad religiosa, porque no hace falta que seamos cristianos para tener la obligación de formar nuestra conciencia. Es deber ético de cada uno conocer la ley moral y cumplirla, aunque sabemos que esto no es fácil de hacer para algunos.
La necesidad de la ética se nota con más claridad cuando consideramos algunos hechos en los que se ha sido objeto, precisamente de una falta de ética o moral por parte de otros. En estos casos el hombre trata de tranquilizar su conciencia equivocadamente cuando un determinado tipo de acción le resulta beneficiosa. Por ello la ética es un tema muy difícil, el conocimiento de la ética es una tarea poco popular y justamente por eso, en ella se encierra la mayor dignidad del hombre.
Y hoy también queremos decir lo importante que es la filosofía, porque esta palabra quiere decir, amor a la sabiduría, amor a la verdad. Es verdad que todos, de una u otra forma, siempre damos algunas respuestas fundamentales de como es el mundo, que es la vida, que es el hombre, como debe comportarse el hombre, que es la libertad, que es la justicia, etc., pero de allí no salimos, porque desconocemos estos conceptos, porque no vivimos la realidad y es bueno aceptar en algún momento que esto es cierto, aunque duela.
Esperemos pues que se tome conciencia de esto que es muy importante como la ética y la moral.


21 abril 2007

MEJORAN INSTALACIONES DEL CAMAL…

El Departamento de Obras del municipio imperialino, ha iniciado las actividades conducentes al Mejoramiento de la Infraestructura de las Instalaciones del Camal de Res, con la finalidad de brindar mejor servicio a los pobladores y consumidores. Del mismo modo, para que no exista ningún impedimento para el funcionamiento de dicho local por parte de SENASA (Servicio Nacional de Sanidad Agraria).
Hay que precisar que se está haciendo el mejoramiento de la Sala de Matanzas o Sacrificio, para que se brinden todas las facilidades para los matarifes y a la vez tenga la limpieza que se requiera para el caso. También se remodelará la sala de Oreo (donde la carne se guarda para su secado y sangrado total); y a la vez se está mejorando la Sala de Cremación, para que allí se incineren las carnes que tengan algún problema de enfermedad o que se halle en estado de descomposición.
De esta manera se está dando la mejora al Camal del distrito de Imperial, para que las condiciones que brinden sean óptimas e higiénicas para los beneficiarios.

POLICIA CAPTURA A ASALTANTE… EN URBANIZACION SAN JOSE

Personal PNP de la Comisaría de San Vicente, viene poniendo en ejecución operativos policiales emanados por la Superioridad, los mismos que se viene llevando a cabo en forma diaria en la localidad de San Vicente y anexos, para garantizar el orden y la seguridad ciudadana de Cañete; es así que el día 19 de Abril, a horas 15:30 tuvieron conocimiento por información de inteligencia que por la Urbanización San José-SVC., sujetos desconocidos estaban sustrayendo Artefactos eléctricos del interior de una de las viviendas de dicha Urbanización y que para ello contaban con un vehículo menor (Motokar).
Inmediatamente Personal PNP se constituyo al lugar de los hechos, entrevistándose con vecinos del lugar quienes señalaron que los delincuentes se daba a la fuga con dirección al Mercado se constituyo al lugar de los hechos, entrevistándose con vecinos del lugar quienes señalaron que los delincuentes se daba a la fuga con dirección al Mercado Municipal de esta localidad, lográndose avistar que dicho delincuente se daba a la fuga, iniciándose una tenaz persecución, lográndose la Intervención Policial de uno de los participantes del hecho ilícito que responde al nombre de Alexander Moisés BULEJE SORIA(26), a quien se le encontró en su poder Un Arma de Fogueo y otros conforme acta realizada, asimismo éste arrojo al pavimento en forma rápida Una pata de Cabra, instrumento utilizado para perpetrar dicho latrocinio quien acepto a la vez haber ingresado a la vivienda de la ciudadana Luz ABURTO MUÑANTE (50), de donde habían sustraído Un televisor de 21 pulgadas “Phillips”, Un DVD y otros en complicidad de otros dos sujetos de los cuales refiere conocer a uno de ellos con el (a) “JOHAN”, quien posteriormente fue trasladado a esta Comisaría PNP. para las investigaciones del caso. Por otro lado, no se descarta la posibilidad que el intervenido sea componente de una Banda Organizada que se encuentren ilícitamente dedicándose al hurto de artefactos eléctricos en las diferentes viviendas de la provincia de Cañete durante los patrullajes policiales que se realizan en las zonas de los Distritos de Yauyos.
Estas intervenciones policiales demuestran la capacidad profesional de la PNP durante las intervenciones policiales, brindando un clima de seguridad a la ciudadanía cañetana.

EL DOMINGO MDI REALIZARA CAMPAÑA MEDICA GRATUITA EN LAS LOMAS – CERRO CANDELA…

La población más necesitada del Centro Poblado Cerro Candela – Las Lomas, del distrito de Imperial, se verá beneficiada con la realización de la “III Campaña Médica Gratuita”, el domingo 22 de Abril del 2007; ello en coordinación con la Municipalidad Distrital de Imperial y el Administrador del Policlínico Municipal “Ernesto Mispireta Valdivia”, Dr. Luciano Gutiérrez Borda.
La campaña médica se realizará en la Institución Educativa 20974, desde las 08:00 a.m. y hasta las 02:00 p.m., brindándole la atención en las siguientes especialidades: Medicina General, Pediatría, Odontología, Tópico, Quiropraxia, Obstetricia y Laboratorio.
Personal de la Municipalidad Distrital de Imperial, afirmaron que las Campañas Médicas Gratuitas, se continuarán realizando en los diferentes Anexos y Centros Poblados del distrito.

ARRIBA EL TELON…
Por Ray Martin (El chico que está de moda)

EXA Noticias y su primer mes…
En la fecha, el Noticiario que cuenta con la conducción central de Eladio Quispe Muchotrigo y que integran Américo Huamán, Pepe Charlie, Micky García Godos, Karen, Luchito Garibay (en las ediciones), Julio Sánchez, entre otros llegó a sus primeros 30 días en el dial… Bueno. A decir verdad, este espacio noticioso se viene ganado de a pocos, un lugar merecido en el consenso informativo en la frecuencia modulada… Y, de veras que van bien… Bueno, no es que se diga es lo mejor… Pero, la estructura informativa apunta a manejar dentro del principio de neutralidad, algo importante que los programas de este tipo deben tener: ética. Y, ahí es donde vamos. La verdad que Quispe Muchotrigo ha sabido compulsar los años de experiencia, sumado a un trabajo concienzudo... Ello, le sirve mucho teniendo a elementos que como alguien dijera –con mucho tino, por cierto- que los que están formando parte del panel, simplemente “no están quemados”… Valgan verdades… Este Noticiario –redundo- tiene una temática que merece destacar… No cae en el chauvinismo de hacer de los conductores, los protagonistas de la información… Eso es de resaltar... Además que el productor Juan Carlos Guevara Flores ha estimado brindarle todo el apoyo pertinente, sin que medien intereses personales ni condicionamientos.. Ah! olvidaba decir que en cuanto se refiere a credibilidad, alcanzan una nota muy sobresaliente… Por, ello, alas y buen viento, amigos… Una sugerencia pequeña, mi querido Eladio: las entrevistas deben ser mejor editadas y, por ahí, tenga cuidado que «no faltará quien trate de mellar vuestra imagen que se están ganando»… Suerte.

Cañete Tv, prepara Homenaje a Madres Cañetanas…
Bien con la producción de Vanesa Contreras Pedreschi, esta televisora local que tiene como Director General a Germán Yactayo Giambó si que se las trae… Y, lo hacen pensando en hacer las cosas bien… Luego de hacer ”veraneando” que era un programa que lo mejor que tenía era el espacio de entrevistas a personajes de la gastronomía cañetana que realizaba la propia Vanesa… Cañete TV no ha escatimado en ubicar a personajes ligados al plano artístico local para hacer un homenaje a las madres en su Día… Y, para ello, optaron por hacer un buen trabajo de exteriores… Teniendo como fondo la “histórica” casona Montalbán… Por supuesto que para ello, imaginamos que harán un preludio de lo que significa para la historia nacional, este patrimonio provincial… Más allá de ello, voces conocidas del firmamento criollo se confundieron en un sentir animado por una tertulia amical que parecía una reunión de las pocas que se ven en estos tiempos. Miguel Morales Encalada, Carlos Reynoso, Jorge Yactayo, Ulises Lévano Carrillo, Freddy Ayllaucán, Gustavo Chaupín, Alejandro Carrillo, Raúl Torres, Alfonso Ayllón, “Tato” carbonero, “Koky Noriega” y otras figuras del criollismo cañetano, se dieron cita para presentar lo mejor de sí, con el debut oficial como presentadora de Alicia Villalobos… Este especial promete ser de lo mejor… Ánimo y Aliento.

Cristhian Arroyo debutó con Noticiario en Stéreo 104.7…
El ex relacionista de la Municipalidad de Imperial, inició esta semana su aventura radial como Director de una emisión noticiosa al mediodía… Pues bien, hemos tenido oportunidad de escucharlo y el hombre está con unas ganas tremendas de salir adelante en esta cruzada… Le deseamos mucha suerte… No obstante ello, creo que como el programa va en comienzo, debería mantener un poquito la tranquilidad necesaria. Recién empieza y despacio se anda lejos… Poco a poco debe ir tratando de manejar un esquema que no sea similar al de otros medios en los que el teléfono sirva como referente para el tratamiento de la noticia… Eso no siempre es lo práctico… La experiencia como reportero, debe servirle para ir empujando el carro hacia horizontes del conocimiento sobre temas puntuales y sobre conceptos que puede y debe adquirir… Ah! reafirmamos la idea que “el higado” no sea el mejor consejero de cómo llevar las cosas.. Felizmente en los programas que hemos oído, Arroyo Vicente no se ha dejado llevar por aquellas falsas pasiones que probablemente le puedan dar rating… Eso nadie lo duda, el escándalo vende, más no te da credibilidad… Bien por el… Bien, porque esperamos que se siga superando… «avanti» Cristhian…

Y, que pasó con el Aniversario de radio A-1 ¿..?
Sí. Imagino que luego del cumpleaños de Don Andrés Yactayo Padilla -con quien tratamos de comunicarnos y no se pudo- deben haber estado muy ocupados en la Familia Yactayo… Pero, aquellos que tuvimos momentos especiales en la casa radial de la Av. Ramos 205, no olvidamos fechas como esas… Sí pues… Vienen a la memoria, los nombres de quienes con justeza, recordamos… Juan Yactayo Durán, Toribio Palomino, Pedro Lurita… Y, empezando por “Juancito” a quien de veras recordamos… Y, que al lado de Wilfredo Cayllahua León, Miguel Angel García Godos Jara, Hernán Medrano, Américo Dante Huamán, Carmen Chumpitáz, Fernando Zavala Erce, Delia Esther, Mirtha Yactayo Soto, entre otros, se manejaba el Noticiario Activo… Así es… De pronto este espacio es pequeño, para recordar aquel tema que caracterizó al editorial “NO se callará mi voz” de Luis Abanto Morales… Y, entonces, recordamos las radiotones… Y, entonces recordamos al creador de ello, Juan… Y, entonces diremos que nos transportamos imaginariamente a esos años… Y extraemos de ahí, lo mejor… Vuelven a la mente programas como “Todo un Perú en la radio”, “Flash”, “Cohete Rock”, “Hola Gente”, “Salsa A-1” que luego se convirtió en el “Club de la Salsa”, “Viviendo el Ayer”, “Comentando la Noticia”, “Madame Mirtha”… Es decir, habían programas para todos los gustos… Por supuesto que “Encuentro Latino”, “A-1 Deportes” que conducía José Vicente Yaya… Tiempos aquellos… Mirtha Soto de Yactayo, Johnny Hernández, Rafael Huertas, Iván García Godos Jara, Robert Yactayo Segovia, Richard Yactayo Durán, Andrés Yactayo Padilla, L.A. Junior, Mirtha Rosalía Yactayo Soto (la mejor voz femenina de la radiodifusión), Florentino Campos Egui, Carlos Amasifuén, Walter Loayza, Germán Yactayo Giambó… Así es… La radio Activa… La que le puso la salsa a la FM… La que se convirtió en la radio del pueblo… Sí… hablo de los primeros años… Los primeros diez años, que fueron de lo mejor… A pesar del intento fallido de quienes usurpando el poder, trataron de acallar la señal de los 100.5 FM. y no pudieron… Porque finalmente se comprobó… Que eran parte del siniestro plan de la dupla Fujimori-Montesinos, para silenciar la radio… Andrés Yactayo debe recordar aquello… Y, por supuesto, que debe estar orgulloso… la radio que el pensó hace muchos años, dejó una huella imperecedera en el corazón de los cañetanos… 19 de Abril… Una fecha que aún guardamos en la memoria… Perdón, si yerro en la omisión de nombres… Pero, repito que es corto el espacio para ilustrar tantas cosas que se hicieron a favor de Cañete… Finalmente, un brindis por A-1… Un brindis por Andrés Rodulfo… Un brindis in memorian por Juancito Yactayo… “No se callará nuestra voz, aunque por ello, nos venga la muerte”… Al encuentro con la verdad y la justicia, un abrazo interminable con el Dios de los Justos, que te acoge en su reino… Que nadie sufra, que nadie llore de sentimiento, que ese hermanito solo se ha ido al descanso eterno…

Y, bajamos el telón…
Hoy iremos al camposanto a saludar a Augustito Castañeda y por supuesto que a Juan Yactayo… Luego iremos hacia la casa materna con María Arellano y Debbie… La princesita… Un abrazo a ustedes… Luego nos reuniremos con los muchachotes del barrio santo de San Benito… Cuídense que los estoy chequeando con mis lentes de contacto.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SALA PENAL
CRÓNICA JUDICIAL DEL MES DE MARZO DEL 2007


DIA: 02 DE MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2005-0419.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA LUIS ALBERTO SANCHEZ ARIAS Y OTRO, POR EL DELITO DE PECULADO; RESOLVIERON: HABER MERITO PARA PASAR A JUICIO ORAL.- D.P.
EXP. 2006-0366.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA OSWALDO ADRIAN MOGROVEJO CORTEZ, POR EL DELITO DE COBRO INDEBIDO; RESOLVIERON: AMPLIARON 30 DÍAS EL PLAZO DE LA INSTRUCCIÓN.- M.M.

DIA: 05 DE MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2007-0025.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA EDGAR PERCY GARAVITO SOTO, POR EL DELITO DE TRAFICO ILICITO DE DROGAS; RESOLVIERON: REVOCARON LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.- D.P.
EXP. 2005-0506.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA VIANAR CRISTINA DIAZ GUTIERREZ Y OTROS, POR EL DELITO DE HURTO AGRAVADO; RESOLVIERON: CONFIRMARON LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.- M.M.
EXP. 2004-0061.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA CLAUDIO ALEJANDRO LAREDO OSORIO, POR EL DELITO DE OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR; RESOLVIERON: CONFIRMARON LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.- M.M.
EXP. 2006-0601.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA ALBERTO LIDER GUTIERREZ BENITES, POR EL DELITO DE ROBO AGRAVADO; RESOLVIERON: CONFIRMARON LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.- D.P.
EXP. 2005-0689.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA MARCELINA GAVINA TEMBLADERA CASIMIRO, POR EL DELITO DE DAÑOS AGRAVADOS; RESOLVIERON: INFUNDADA LA QUEJA DE DERECHO.- D.P.
EXP. 99-6990.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA PEDRO POMA MANTURANO, POR EL DELITO DE VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA; RESOLVIERON: ORDINARIZARON EL PROCESO.- M.M.

DIA: 06 DE MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2005-0452.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA BAUVILIO PEREZ DE LA CRUZ, POR EL DELITO DE USURPACIÓN AGRAVADA; RESOLVIERON: IMPROCEDENTE RECURSO DE NULIDAD INTERPUESTO POR EL SENTENCIADO.- M.M.

DIA: 07 DE MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2003-0088 .- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA CELSO MARCELINO JESUSI MORALES Y OTROS, POR EL DELITO DE PECULADO; RESOLVIERON: DECLARARON LA ACUMULACION DEL EXPEDIENTE 2004-0087 Y 2003-0088- M.M.
EXP. 2005-0543.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA JHON CRRISTHOPER SANTOS RAMOS Y OTROS, POR EL DELITO DE ROBO AGRAVADO; RESOLVIERON: HABER MERITO PARA PASAR A JUICIO ORAL.- M.M.
EXP. 2005-0627.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA JUAN JESUS VARGAS LOAYZA, POR EL DELITO DE ROBO AGRAVADO; RESOLVIERON: CORRIGIERON LA RESOLUCIÓN DE 29 DE ENRO DEL 2007.- M.M.

DIA: 08 DE MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2006-0108.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA JUAN ARMANDO AVILES LUAN, POR EL DELITO DE USURPACIÓN AGRAVADA Y OTRO; RESOLVIERON: NULA LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.- P.D.
EXP. 2006-08556.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA EDGAR ARMANDO RAMIREZ GARCÍA, POR EL DELITO DE CONCOSIÓN; RESOLVIERON: CONFIRMARON LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.- M.M.
EXP. 2005-1098.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA ROSA ANGELICA FLORES LAU Y OTRO, POR EL DELITO DE USURPACIÓN AGRAVADA Y OTRO; RESOLVIERON: CONFIRMARON LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.- M.M.
EXP. 2006-0482.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA LOPESINO ARBIZU RIVERA, POR EL DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD; RESOLVIERON: CONFIRMARON LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.- M.M.
EXP. 2005-0240.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA RICARDO ALBERTO HUAMAN ENRIQUE, POR EL DELITO DE VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD EN GRADO DE TENTATIVA; RESOLVIERON: NO HABER MERITO PARA PASAR A JUICIO ORAL.- M.M.
EXP. 2005-0971.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA CECILIA ISABEL RODRIGUEZ MACKENZIE, POR EL DELITO DE DECLARACIONES FALSAS; RESOLVIERON: IMPROCEDENTE EL USO DE LA PALABRA SOLICITADO.- P.D..
EXP. 2005-0627.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA GREGORIO DFALMA HUAMAN REYNOSO, POR EL DELITO DE LESIONES CULPOSAS; RESOLVIERON: NULA LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.- P.D.
EXP. 2005-1104.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA RAUL ROBERTO CONDORCHOA HUERTA, POR EL DELITO DE OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR; RESOLVIERON: CONFIRMARON LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.- P.D.
EXP. 2005-1104.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA WILFREDO AVENDAÑO LOZANO, POR EL DELITO DE COMERCIO CULPOSO DE PRODUCTOS NOSIVOS; RESOLVIERON: NULA LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.- M.M.
EXP. 2006-1029.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA JOSE LUIS FLORES CHAVEZ, POR EL DELITO DE HURTO AGRVADO EN GRADO DE TENTATIVA; RESOLVIERON: CONFIRMARON LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.- P.D..

DIA: 12 de MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2003-0588.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA tania ramirez perez y otros, POR EL DELITO DE abuso de autoridad; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.- d.p.
EXP. 2005-0973.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA fredy tello barazorda, POR EL DELITO DE homicidio culposo; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida enm grado de apelación.- d.p.
EXP. 2006-0196.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA moises orihuela crisanto, POR EL DELITO DE omisión a la asistencia familiar; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.- d.p
EXP. 2005-0961.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA javier nicolas alcantara alcantara huallanca, POR EL DELITO DE apropiación ilícita; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida enm grado de apelación.-p.d.
EXP. 2006-0077.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA cristian asunción velasquez soto, POR EL DELITO DE tenencia ilegal de armas; RESOLVIERON: nula la resolución venida en grado de apelación.- d.p.
EXP. 2006-0019.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA FAUSTO BALDOCEDA SIERRA, POR EL DELITO DE VIOLACIÓN DE DOMICILIO; RESOLVIERON: NULA LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.- P.D.
EXP. 2007-0047.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA VICTOR DANIEL CHACALIAZA QUIJATE, POR EL DELITO DE HURTO; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.-M.M.
EXP. 2005-049.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA JORGE LUIS GARCIA DIAZ Y OTRO, POR EL DELITO DE TENENCIA IELAGL DE MATERIAL EXPLOSIVO; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.- M.M.
EXP. 2004-0105.- En la INTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA RUFINA LEVANO QUISPE, POR EL DELITO DE abuso de autoridad; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.- M.M.
EXP. 2006-0114.- En la INTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA JACKSON RAMOS ZUMAETA Y OTROS, POR EL DELITO DE ROBO AGRAVADO; RESOLVIERON: HABER MERITO PARA PASAR A JUICIO ORAL.- M.M.
EXP. 2007-00’26.- En la INTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA LUIS ALBERTO LOPEZ CALDERON, POR EL DELITO DE ROBO AGRAVADO; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.- D.P.
EXP. 2005-0569.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA DONALD MENDOZA PARIONA Y OTROS, POR EL DELITO DE USURPACIÓN AGRAVADA; RESOLVIERON: NULA LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.- M.M.

DIA: 13 de MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2005-0437.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA mario huancahuasi ore y otro, POR EL DELITO DE encubrimiento real; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.- d.p.
EXP. 2006-0912.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA maritza bernarda campos lopez, POR EL DELITO DE calumnia y difamación; RESOLVIERON: infundada inhibición del señor vocal manuel roberto paredes davila.- d.p.

DIA: 14 de MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2005-1055.- En la INTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA jimmy joel quiñonez urbina y otros, POR EL DELITO DE robo agravado; RESOLVIERON: haber merito para pasar a juicio oral.- m.m.
EXP. 2000-2378.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA julio chumpitazi llaya, POR EL DELITO DE usurpación; RESOLVIERON: revocaron por mayoria la resolución venida en grado de apelación.-d.p.

DIA: 15 de MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2005-0781.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA mariella veronica navarro muñoz y otros, POR EL DELITO DE usurpación agravada; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en gradio de apelación.- m.m.
EXP. 2006-0402.- En la Instrucción SEGUIDA CONTRA mario saturnino zevallos diaz, POR EL DELITO DE actos contra el pudor; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.- p.d.
EXP. 2000-3376.- En la Instrucción SEGUIDA CONTRA mario quispe huari, POR EL DELITO DE robo agravado en grado de tentativa; RESOLVIERON: extinguida la acción penal por autoridad de cosa juzgada.- m.m.
EXP. 2006-0165.- En la Instrucción SEGUIDA CONTRA catariano cornejo ybarguen, POR EL DELITO DE abuso de autoridad; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.-m.m.
EXP. 2007-0049.- En la acción de habeas corpus interpuesta contra el coronel jefe de la división de la policía nacional del peru cesar emndoza abarca; RESOLVIERON: confirmaron la resolucvión venida en grado de apelación.- d.p.
EXP. 2002-0983.- En la Instrucción SEGUIDA CONTRA wilman calderon castillo, POR EL DELITO DE falsificación de documentos en general; RESOLVIERON: nula la resolución venida en grado de apelación.- m.m.

DIA: 16 de MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2006-0197.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA gustavo felix yactayo cama, POR EL DELITO DE desobediencia y resitencia a la autoridad; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en gradio de apelación.- m.m.
EXP. 2007-0067.- En la Instrucción seguida contra juan alberto quispeayala samaniego, por el delito de hurto agravado; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.- m.m.
EXP. 2005-0971.- En la instrucción seguida contra cecilia isabel rodriguez mackenzie, POR EL DELITO DE declaraciones falsas; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venid en grado de apelación.- p.d.
EXP. 2001-1223.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA claudio vargas tello, POR EL DELITO DE abuso de autoridad; RESOLVIERON: revocaron la resolución venida en grado de apelación.- p.d.
EXP. 2005-0852.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA hugo cano lozano, POR EL DELITO DE contra los medios de transportre, comunicación y otros servicios publicos; RESOLVIERON: nula la resolución venida en grado de apelación.-p.d.
EXP. 2004-0639.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA petronila german avalos, POR EL DELITO DE falsificación de documentos; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en gradio de apelación.-p.d.
EXP. 2004-0855.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA edmundo huaman quiliche y otros, POR EL DELITO DE extorsion agravada y otros; RESOLVIERON: haber merito para pasar a juicio oral.-m.m.

DIA: 19 de MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2005-0943.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA jorge luis gutierrez soriano, POR EL DELITO DE omisión a la asistencia familiar; RESOLVIERON: improcedente recurso de nulidad.- p.d.
EXP. 2007-0026.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA tony boby perales diaz, POR EL DELITO DE robo agravado; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.- p.d.
EXP. 2006-0912.- En la instrucción seguida contra miguel angel mufarech nemy, por el delito de calumnia y difamación; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.- p.d.
EXP. 2002-0247.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA alfredo chauca navarro, POR EL DELITO DE lesiones leves; RESOLVIERON: carece de objeto .- p.d.
EXP. 2006-0367.- En la instrucción seguida contra jorge miguel gonzales florian; RESOLVIERON: confirmaron la resolucvión venida en grado de apelación.-p.d.
EXP. 2006-0059.- En la instrucción seguida contra gustavo alejandro arriaga luces, POR EL DELITO DE apropiación ilícita; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.-p.d.
EXP. 2002-0445.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA maria lourdes aguarani tamani y otros, POR EL DELITO DE usurpación agravada; RESOLVIERON: nula la resolución venida en gradio de apelación.-d.p.
EXP. 2005-0161.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA demetrio octavio lara aguilar, POR EL DELITO DE estafa; RESOLVIERON: nula la resolución venida en grado de apelación.-d.p.
EXP. 2003-1203.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA cesar yvan sosa giovo, POR EL DELITO DE contrabando; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.- d.p.
EXP. 2006-0042.- En la instrucción seguida contra gregorio edel mancha dolores y otro, POR EL DELITO DE injuria y difamación; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.-d.p.
EXP. 2003-0008.- En la instrucción seguida contra german sanchez fernandez, POR EL DELITO DE homicidio culposo; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.- m.m.
EXP. 2007-0101.- En la INTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA cesar angel huayta sayrityupac, POR EL DELITO DE receptación; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.- m.m.

DIA: 20 de MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2005-0647.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA joaquin carrasco melendez y otros, POR EL DELITO DE contra la seguridad pública; RESOLVIERON: nula la resolución venida en gradio de apelación.- m.m.
EXP. 2005-0975.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA ulises luis orrego bergman y otros, POR EL DELITO DE daños agravados; RESOLVIERON: nulo concesorio de apelación.- m.m.
EXP. 2005-0066.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA lopes ormeño de la cruz barrios, POR EL DELITO DE lesiones graves; RESOLVIERON: revocaron la resolución venida en grado de apelación.- d.p.
EXP. 2002-1242.- En la instrucción seguida contra edgar asunción lazaro huamani, por el delito de falsificación de documentos; Resol-vieron: revocaron la resolución venida en grado de apelación.-d.p.

DIA: 21 de MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2005-01125.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA antolino esteban huaman valencia, POR EL DELITO DE violación de la libertad sexual de mernor de catorce años; RESOLVIERON: téngase por consentida.-d.p.
EXP. 2003-0038.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA enrique angel bautista huaman, POR EL DELITO DE robo agravado; RESOLVIERON: concedieron el recurso de queja formulado por el sentenciado.-m.m.

DIA: 22 de MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2006-0300.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA denis armando viglianzona santos, POR EL DELITO DE robo agravado; RESOLVIERON: ampliaron por 10 días el plazo de la instrucción.-p.d
EXP. 2005-0043.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA esteban fernando garcia huasasquiche, POR EL DELITO DE denuncia calumniosa; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.-d.p.
EXP. 2005-0070.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA alison fernando sierra hurtado, POR EL DELITO DE hurto agravado; RESOLVIERON: revocaron la resolución vebnida en grado de apelación.-d.p.
EXP. 2005-1030.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA polinario salcedo mendieta, POR EL DELITO DE usurpación y otro; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.- m.m.
EXP. 2005-0728.- En la instrucciónseguida contra hortensia sanchez zapata; RESOLVIERON: confirmaron la resolucvión venida en grado de apelación.-m.m.
EXP. 2006-0380.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA carlos torres malasquez y otros, POR EL DELITO DE usurpación agravada; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.-d.p.

DIA: 23 de MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2007-0016.- En la acción de habeas corpus interpuestapor oscar jesus bazan chauca,; RESOLVIERON: concedieron el recurso de agravio constitucional.-m.m.
EXP. 2006-0051.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA pablo bacilio hipolito soto, POR EL DELITO DE usurpación; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.-m.m.
EXP. 2005-1101.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA maximiliano yactayo de la cruz, POR EL DELITO DE omisión a la asistencia familiar; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.- m.m.

DIA: 26 de MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2007-0004.- En la instrucciòn seguida contra luis alfredo ñaña acuña, por el delito de violación de la libertad sexual; RESOLVIERON: revocaron la resolución venida en grado de apelación.- p.d.
EXP. 2006-0613.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA jose miguel cuzcano lazaro y otro, POR EL DELITO DE estafa; RESOLVIERON: revocaron la resolución venida en grado de apelación.- p.d.
EXP. 2003-0987.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA agustin huaman varrera, POR EL DELITO DE usurpación; RESOLVIERON: confirmaron la resolución vebnida en grado de apelación.-p.d

DIA: 27 de MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2005-1067.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA javier cesar aguila sedano, POR EL DELITO DE homicidio culposo; RESOLVIERON: nula la resolución venida en grado de apelación.- d.p.
EXP. 2004-0959.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA luis robert vicente sanchez y otros, POR EL DELITO DE peculado y otro; RESOLVIERON: haber merito para pasar juicio oral.-d.p.
EXP. 2004-0925.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA eugenio belleza napan, POR EL DELITO DE daños agravados; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.- m.m.
EXP. 2003-0962.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA martin fidel montanchez riega, POR EL DELITO DE falsificación de documentos en general; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.-d.p.
EXP. 2000-0006.- En la instrucción seguida contra miguel eusebio quispe manrique, por el delito de usurpación agravada; RESOLVIERON: nula la resolución venida en grado de apelación.-m.m.
BEn la instrucción seguida contra claudio cesar francia pocomucha, POR EL DELITO DE usurpación agravada; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.-d.p.
EXP. 2004-0974.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA italo pablo francia alarcon, POR EL DELITO DE robo agravado; RESOLVIERON: no haber merito para pasar a juicio oral.- m.m.
EXP. 2006-0872.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA alberto gutiérrez loayza, POR EL DELITO DE secuestro; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.-p.d.
EXP. 2007-0143.- En la instrucción seguida contra jonathan alexander luyo calderon, POR EL DELITO DE hurto agravado; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.-d.p.
EXP. 2006-0819.- En la instrucción seguida contra modesto andres paredes quispe, POR EL DELITO DE lesiones graves; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.-p.d.
EXP. 2007-0144.- En la instrucción seguida contra moises isacc quispe gutierrez, POR EL DELITO DE violacion de la libertad sexual; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.-p.d.
EXP. 2007-0143-15.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA santos salcedo huamani, POR EL DELITO DE hurto agravado; RESOLVIERON: confirmaron la resolución venida en grado de apelación.-d.p.
DIA: 28 de MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2000-2378.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA julio chumpitazi llaya, POR EL DELITO DE usurpación agravada; RESOLVIERON: improcedente recurso de nulidad.-p.d
EXP. 2003-0538.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA narciso sanchez espinoza, POR EL DELITO DE peculado; RESOLVIERON: improcedente el recurso de nulidad interpuesto por el sentenciado.-p.d
EXP. 2004-0378.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA Antonio quispe rivadeneyra, POR EL DELITO DE peculado; RESOLVIERON: concedieron recurso de nulidad interpuesto por el sentencaido.- p.d.
EXP. 2006-0328.- En la INTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA marco medina mariano y otro, POR EL DELITO DE robo agravado; RESOLVIERON: haber merito para pasar a juicio oral.- d.p.
EXP. 2006-0161.- En la instrucciónseguida contra elvis campos sanchez; POR EL DELITODE HOMICIDIO CALIFICADO RESOLVIERON: haber merito para pasar a juiCIO ORAL.- D.P.
EXP. 2005-1063.- En la INTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA MARCOS CESAR HUAMAN, POR EL DELITO DE VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL; RESOLVIERON: HABER MERITO PARA PASAR A JUICIO ORAL.- D.P.
EXP. 2002-0247.- En la INTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA ALFREDO CHAUCA NAVARRO, POR EL DELITO DE LESIONES GRAVES; RESOLVIERON: NULA LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.-D.P.

DIA: 29 de MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2003-0019.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA MELQUIADES PECEROS PALOMINO, POR EL DELITO DE USURPACIÓN AGRAVADA; RESOLVIERON: NULA LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN-M.M.
EXP. 2005-0605.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA MAGALI ROJAS LEVANO Y OTRA, POR EL DELITO DE USURPACIÓN AGRAVADA; RESOLVIERON: NULA LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.- P.D.
EXP. 2006-0084.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA TEODORO QUISPE ROJAS, POR EL DELITO LESIONES; RESOLVIERON: NULA LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.- P.D
EXP. 2005-0341.- En la INSTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA SEGUNDO MANUEL VELASQUEZ CORONADO, POR EL DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD; RESOLVIERON: NULA LA RESOLUCIÓN VENIDA EN GRADO DE APELACIÓN.-M.M.

DIA: 30 de MARZO DEL 2007
Con los señores Vocales: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA, DURAND PRADO se eMITIERON las siguientes resoluciones:
EXP. 2005-0973.- En la INTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA FREDY TELLO BARAZORDA, POR EL DELITO DE HOMICIDIO CULPOSO; RESOLVIERON: IMPROCEDENTE RECURSO DE NULIDAD.-p.d
EXP. 2005-0482.- En la INTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA LOPESONO ARBIZU RIVERA, POR EL DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD; RESOLVIERON: IMPROCEDENTE RECURSO DE NULIDAD.- P.D.
EXP. 2005-0971.- En la INTRUCCIÓN SEGUIDA CONTRA LUCILA ZAVALA VIUDA DE CHAUCA, POR EL DELITO DE DECLARACIONES FALSAS; RESOLVIERON: IMPROCEDENTE RECURSO DE NULIDAD,- P.D..

20 abril 2007

Expresa rector, Dr. Víctor Merea Llanos en apertura de año académico 2007 – 1…
LA SEDE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO… YA ES DE LOS CAÑETANOS”…

SAN VICENTE.- El rector de la Universidad Nacional del Callao, Dr. Víctor Merea Llanos, dejó entrever que la Sede Cañete en un futuro muy cercano se pueda denominar la “Universidad de Cañete”.
"Hemos venido a Cañete, no para lucrar con la educación, sino para servir a aquellos jóvenes que no cuentan con suficientes recursos económicos para continuar sus estudios en la ciudad capital”, manifestó Víctor Merea Llanos.
El máximo representante de la UNAC, mostró su agradecimiento a la población cañetana por el apoyo brindado a esta casa de estudios, así como a sus autoridades con quien ya nos estamos “entendiendo”.
La Universidad de Cañete, ya es una realidad. Si ustedes quieren en un futuro se puede convertir en una universidad para los cañetanos”, manifestó Merea Llanos en la reciente inauguración del año académico 2007 – 1.
Aclaró que siendo una universidad nacional no cuenta con suficientes recursos para estar en esta provincia, pero hacen lo posible para financiar su estadía, incluso, con perdidas ascendentes a más de 250 mil soles.
“Por ello, es comprensible los pagos mensuales que hacen los alumnos. Pero, será por poco tiempo porque estamos gestionando ante los organismos correspondientes las partidas presupuestales”, manifestó.
Adelantó que los trabajos se iniciaron en la futura ciudad universitaria y que en breve tiempo se deben culminar con uno de los pabellones donde albergarán a los futuros estudiantes.

WIELICHE VICENTE ALVA…
Por su parte, el Presidente de la Comisión Especial de la Sede – Cañete, CPC. Wieliche Vicente Alva, mostró su satisfacción con la ceremonia del pasado martes y dijo que los alumnos están continuando con toda normalidad sus estudios.
Finalmente, mostró su agradecimiento al burgomaestre, Javier Alvarado Gonzáles del Valle por su compromiso de apoyar a la Universidad; así también como a la autoridad política representada en su Gobernador, Ing. Fausto Espinoza.

¡ALERTA MUNDIAL!
LAS HORAS DE VIDA SOBRE EL PLANETA TIERRA ESTAN CONTADAS...

Los nevados se están reduciendo aceleradamente, cada hora desaparecen 3 especies de plantas y animales, aumentan las enfermedades tropicales, la Capa de ozono se ensancha, el aire cada vez se vuelve irrespirable, las aguas de consumo masivo tienen elevados tóxicos, los océanos son usados como basureros del mundo, el hombre diariamente depreda y tala bosques silvestres, se arrojan basura por cualquier lado. En suma, éste es el panorama actual en nuestra tierra que cobija a más de 20 mil millones de habitantes.

Lo dice el último informe mundial elaborado por el Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC) que agrupa a científicos de todo el Planeta. El planeta se encuentra en estado grave y requiere urgente atención. El culpable de todo esto es el hombre, aquel que dice ser más inteligente que los animales pero los animales en cambio son los más inteligentes para cuidar su hábitat.

Se sabe el diagnóstico de la tierra y la receta adecuada esta dada por muchos entendidos, pero muchos países e industrias transnacionales que no quieren firmar el Protocolo Kyoto se resisten aplicarlos porque en ellos no existen voluntad, responsabilidad y conciencia para frenar el daño a la tierra. Al contrario en forma irresponsable actúan en defensas de sus intereses económicos, militares y políticos.

Si en algo queremos hacer para defender y ayudar para que la tierra no se destruya es tener un poco de voluntad para realizar acciones. Y una de las primeras tareas serian sembrar más árboles y áreas verdes, reordenar y replantear el tratamiento de la basura, zonificar a las fábricas, chatarreros, tiendas de agroquímicos que contamina a la ciudad, realizar campañas de descontaminación de las aguas, defender los ecosistemas naturales que nos dan la vida (rio Cañete), impartir Educación Ambiental a los niños y jóvenes en los Colegios, sancionar a los vehículos en mal estado que contaminan nuestro aire y consumir en lo posible productos orgánicos o ecológicos para vivir saludables.

Hoy la consigna es detener el calentamiento global de la tierra y las pequeñas tareas que tenemos cada ser humano también lo sabemos. Así para ello la película AL–GORE (Rival de Bush en las elecciones de EE.UU) denominado “UNA VERDAD INCÓMODA”, nos hará reflexionar en como un país muy rico se producen más basura que el resto de países pobres. En suma hay que trabajar intensamente para crear conciencia medioambiental en toda la población del planeta.

Ejemplar iniciativa de Oficiales PNP identificados con su Institución…
REINICIAN TRABAJOS DEL SEGUNDO PISO DE COMISARIA PNP DE LUNAHUANA...


A la excelente iniciativa que tuvo su antecesor allá por los años 99¨ en haber iniciado la construcción del segundo piso de la Comisaría de Lunahuaná, emprendida por el ahora Comandante PNP, José Luís Flores Camargo, destacado en la ciudad de Ica.
Una buena noticia ha llegado a nuestra redacción, y es que se que se trata nada menos del reinicio de los trabajos de acabado y equipamiento del referido local policial por parte del Mayor PNP, Miguel Ruiz, actual Jefe Comisario de Lunahuaná.
Es de resaltar en este propósito institucional el ejemplar apoyo de contribución que vienen ofreciendo algunas empresas de la zona, entre éstas la de la Ferretería “Panquita Juniors” con la donación de materiales y mano de obra, agregándose a ello los valiosos aportes de honorables personalidades como las de Don Víctor Zapata Velit, propietario de la galardonada y prestigiosa y Bodega Vitivinícola “Zapata” y la del empresario Sr. Aldo Guerreni Combina, entre otros que en adelante mencionaremos.
Cabe mencionar en esta ocasión la destacada labor que viene cumpliendo el referido jefe policial desde su llegada a esta localidad, siendo parte de su importante trabajo los constantes patrullajes por los diferentes anexos del Distrito y las acciones cívicas en coordinación con las autoridades del sector, secundada ésta por un dinámico y eficiente Personal Subalterno.

ING. FAUSTO HUAPAYA RECOMIENDA COLOCAR NUEVA PILETA EN LA PLAZA DE ARMAS DE IMPERIAL…

IMPERIAL.- El Ing. Fausto Huapaya Ponce, mostró su optimismo con la remodelación de la Plaza de Armas de Imperial que viene ejecutando la gestión actual de Richard Yactayo Duran, empero recomendó que la pileta debería ser cambiada en su totalidad.
“Creo que será una bonita remodelación. Me ha gustado el diseño y le he manifestado a algunos regidores. Pero, estoy en completo desacuerdo con la pileta que está quedando en el centro de la plaza”, manifestó Huapaya.
Precisó que la pileta se hizo hace 40 años y era muy hermosa con luces a colores, al igual, que las aguas que irradiaban lo mismo, pero con el tiempo se fue menguando ante la falta de mantenimiento.
“Pero, en el gobierno de nuestro estimado amigo, Elías Alcalá Rosas, hubo una reforma extraña. Pusieron una especie de flecha o no se qué simbología tendría. Nunca me he enterado. Pero, la pileta se convirtió en una rareza”, comentó.
“Lo recomendable es que se saque la “rareza”, pero preferiría que se haga una remodelación de la parte central”, manifestó Huapaya Ponce quien recordó la otrora hermosa glorieta que antecedió al modelo del hongo.
Finalmente, dijo que a pesar que su comentario generará más de una controversia en la población, la remodelación de la plaza de armas marcará un precedente en nuestra comunidad.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
CRÓNICA JUDICIAL DEL MES DE FEBRERO DEL 2007
SALA CIVIL

DIA: 01 DE FEBRERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N°2002-229 – Agrario.- En los seguidos por Miguel Angel Carrillo Macazana contra Cipriano Ruiz Chumpitaz y otra sobre Desalojo por Ocupante. Revocaron la sentencia que declara fundada la demanda, Reformándola se declare IMPROCEDENTE la citada demanda. M.C

DIA: 06 DE FEBRERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, VIVAS SIERRA Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2003-193 - Civil.- En los seguidos por Cosme Damián González Anapan contra la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, sobre Reivindicación y otros; NULA la sentencia que declara fundada la demanda e INSUBSISTENTE el concesorio de apelación NULO lo actuado hasta fojas 503. M.C.
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, DURAND PRADO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2006-003 – Constitucional.- En los seguidos por Empresa de Entretenimiento Distracción y Hostelería Internacional S.A.C. (SEDISCHAC) con MICETUR y otro sobre Proceso de Amparo; IMPROCEDENTE la nulidad Solicitada. A.M.
EXP. N° 2000 – 204 – Laboral.- En los seguidos por Oscar Armando Alva Odría con Mutual de Vivienda Perú en Liquidación, sobre Calificación de Despido; IMPROCEDENTE la nulidad deducida. A.M.
EXP. N° 2006 – 359 – Civil.- En los seguidos por Marlene Edith Castro Peña con Rosa Armas Durand y otros sobre Mejor Derecho de Propiedad; DISPUSIERON La devolución de los presentes actuados. A.M.
EXP. N° 2006-059 - Agrario.- En los seguidos por Nicolás Garibay Ovidia y otros, sobre Otorgamiento de Escritura Pública; IMPROCEDENTE la solicitud de Corrección. R.M.
Con los señores Vocales Suplentes, doctores: FERNANDEZ VALENCIA, BORDA CHANCA y el Voto en Minoría de Vocal Doctor DELGADO VASQUEZ han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2007-004 – Medida Cautelar.- En los seguidos por Juana Saavedra Chaupín con Telefónica del Perú, sobre Ejecución de Resolución; Dispusieron la suspender los efectos de la siguientes resoluciones judiciales emitidas en el trámite del Exp. N° 2005-044. F.V y el Voto en Minoría que declara INADMISIBLE Concediéndosele el plazo de 3 días para que subsane. D.V.
EXP. N° 2007 – 004 - Proceso de Amparo.- En los seguidos por Telefónica del Perú S.A.A, sobre Proceso de Amparo; ADMITIERON la demanda de Proceso de Amparo la misma que debe tramitarse en la Vía de Proceso Especial F.V.

DIA: 08 DE FEBRERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, DURAND PRADO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2005-572 - Familia.- En los seguidos por el Ministerio Público contra Juan Carlos Arata Pomareda, sobre Violencia Familiar; DESAPROBARON la sentencia que declara infundada en parte la demanda, Reformándola declararon IMPROCEDENTE la demanda. A.M.
EXP. N° 2006-659 - Constitucional.- En los seguidos por Demetria Doris González Custodio con Ugel N° 08 Cañete, sobre Acción de Cumplimiento; NULA la Res- 19 que de clara Improcedencia Liminar , INSUBSISTENTE el concesorio de apelación. R.M.

DIA: 09 DE FEBRERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, DURAND PRADO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2002-068 - Incidente.- En los seguidos por Víctor Martín Sotomayor Ruíz con Miguel Eduardo Luza Rosas, sobre Incidente de pago por Honorarios; Declararon Nulo el Acto de notificación de las reso-luciones número 01 y 02 e Insubsistente el cargo de notificación. M.C.

DIA: 12 DE FEBRERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, DURAND PRADO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones
EXP. N° 2005-092 – Familia.- En los seguido por el Ministerio Público contra Digna Agustina Candela Gutiérrez , sobre Violencia Familiar; CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda. A.M.

DIA: 19 DE FEBRERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: MARTINEZ MEZA, DURAND PRADO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones
EXP. N° 2006-229 - Civil.- En los seguidos por Rosa Gómez de González con la Oficina de Normalización Provisional, sobre Proceso Contencioso Administrativo; IMPROCEDENTE la nulidad deducida por el demandante. R.M.

DIA: 20 DE FEBRERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: MARTINEZ MEZA, DURAND PRADO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones
EXP. N° 2007-002 – Constitucional (Medida Cautelar).- En los seguidos por Telefónica del Perú S. A. A. contra el Procurador del Poder Judicial, sobre Proceso de Amparo – Medida Cautelar; RECHAZARON la Medida Cautelar de suspensión de efectos de resoluciones. M.C.

DIA: 21 DE FEBRERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: MARTINEZ MEZA, DURAND PRADO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones
EXP. N° 2007-003 – Constitucional (Medida Cautelar).- En los seguidos por Telefónica del Perú S.A.A. contra el Procurador Público del Poder Judicial, sobre Proceso de Amparo – Medida Cautelar; Rechazaron la Medida Cautelar de suspensión de efectos de resoluciones Judiciales. M.C.
EXP. N° 2007-009 – Constitucional (Medida Cautelar).- En los seguidos por Telefónica del Perú S.A.A. contra el Procurador Público del Poder Judicial, Sobre Proceso de Amparo; RECHAZARON la Medida Cautelar de suspensión de efectos de Resoluciones Judiciales. M.C.
EXP. N° 2007-008 – Constitucional (Medida Cautelar).- En los seguidos por Telefónica del Perú S.A.A. contra el Procurador Público del Poder Judicial, Sobre Proceso de Amparo; RECHAZARON la Medida Cautelar de suspensión de efectos de Resoluciones Judiciales. M.C.
EXP. N° 2007-006 – Constitucional (Medida Cautelar).- En los seguidos por Telefónica del Perú S.A.A. contra el Procurador Público del Poder Judicial, Sobre Proceso de Amparo; RECHAZARON la Medida Cautelar de suspensión de efectos de Resoluciones Judiciales. M.C.
EXP. N° 2007-007 – Constitucional (Medida Cautelar).- En los seguidos por Telefónica del Perú S.A.A. contra el Procurador Público del Poder Judicial, Sobre Proceso de Amparo; RECHAZARON la Medida Cautelar de suspensión de efectos de Resoluciones Judiciales. M.C.

DIA: 23 DE FEBRERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: MARTINEZ MEZA, DURAND PRADO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones
EXP. N° 2006-78-A – Laboral.- En los seguidos por Luis Alberto Carrillo Román con Telefónica del Perú S.A.A. sobre Ejecución de Resolución; NULA la Res – 01 que resuelve admitir a trámite la demanda; INSUBSISTENTE el concesorio. M.C.
EXP. N° 2006-249-B – Laboral.- En los seguidos por Leonel Daniel Montalvo Cáceres con Telefónica del Perú S.A.A. sobre Ejecución de Resolución; NULA la Res – 01 que resuelve admitir a trámite la demanda; INSUBSISTENTE el concesorio. M.C.
EXP. N° 2007-010 – Constitucional (Medida Cautelar).- En los seguidos por Telefónica del Perú S.A.A. contra el Procurador Público del Poder Judicial, Sobre Proceso de Amparo; RECHAZARON la Medida Cautelar de suspensión de efectos de Resoluciones Judiciales. M.C.

DIA: 26 DE FEBRERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: MARTINEZ MEZA, DURAND PRADO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones
EXP. N° 2007-012 – Constitucional (Medida Cautelar).- En los seguidos por Telefónica del Perú S.A.A. contra el Procurador Público del Poder Judicial, Sobre Proceso de Amparo; RECHAZARON la Medida Cautelar de suspensión de efectos de Resoluciones Judiciales. M.C.
EXP. N° 2007-013 – Constitucional (Medida Cautelar).- En los seguidos por Telefónica del Perú S.A.A. contra el Procurador Público del Poder Judicial, Sobre Proceso de Amparo; RECHAZARON la Medida Cautelar de suspensión de efectos de Resoluciones Judiciales. M.C.
EXP. N° 2007-014 – Constitucional (Medida Cautelar).- En los seguidos por Telefónica del Perú S.A.A. contra el Procurador Público del Poder Judicial, Sobre Proceso de Amparo; RECHAZARON la Medida Cautelar de suspensión de efectos de Resoluciones Judiciales. M.C.
EXP. N° 2007-015 – Constitucional (Medida Cautelar).- En los seguidos por Telefónica del Perú S.A.A. contra el Procurador Público del Poder Judicial, Sobre Proceso de Amparo; RECHAZARON la Medida Cautelar de suspensión de efectos de Resoluciones Judiciales. M.C.

DIA: 27 DE FEBRERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: MARTINEZ MEZA, DURAND PRADO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones
EXP. N° 2007-015 – Constitucional (Medida Cautelar).- En los seguidos por Víctor Castillo Zuñiga contra la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, sobre Proceso de Amparo; REVOCARON la sentencia que declara fundada la demanda y REFORMÁNDOLA declararon IMPROCEDENTE la presente demanda. M.C.

Cañete, 28 de Febrero del 2007.

19 abril 2007

EL VIERNES 20 CULMINA INSCRIPCION PARA NUEVOS INTEGRANTES DE LA COMPAÑIA DE BOMBEROS EN IMPERIAL...

La Municipalidad Distrital de Imperial, invita a todas las personas mayores de 15 años que deseen inscribirse para formar parte voluntariamente de la Compañía de Bomberos próximamente a inaugurarse en el distrito de Imperial.
Los informes e inscripciones se vienen efectuando desde el pasado 16 de Abril, y hasta el día viernes, 20 de Abril, en la Oficina de Secretaría General en horario de oficina.
Cabe mencionar que los inscritos recibirán charlas y seminarios para su buen desempeño en la institución.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2007-MDM

Mala, 02 de Abril del 2007

El Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Mala:

POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de San Pedro de Mala, Provincia de Cañete, Departamento de Lima:

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 02 de Abril del año en curso, el proyecto de Ordenanza Municipal sobre crear la Oficina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad-OMAPED, en el Distrito de Mala de la Provincia de Cañete del Departamento de Lima, y;

CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en sus Artículos 1º, 7º y 23º reconocen los derechos de las personas con discapacidad, indicando el segundo de los artículos mencionados que la persona discapacitada para valerse por si misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y aun régimen legal de su protección, atención, readaptación y seguridad.

Que, para desarrollar dichos alcances se dio la Ley Nº27050-Ley General de la Persona con Discapacidad, en cuyo artículo 10º se instituye el régimen legal de protección, salud, trabajo, educación, rehabilitación, seguridad social y prevención, cuyo fin es lograr la integración social, económica y cultural de la persona con discapacidad.

Que, el artículo 84º Inciso 2.12 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, establece como función de los gobiernos locales la creación de la Oficina de Protección, Participación y Organización de los Vecinos con Discapacidad como una oficina dependiente de la Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social.

Que, la Municipalidad es la instancia de gobierno mas cercana a la población, cuenta con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, además promueve e impulsa acciones destinadas a proporcionar a la población un ambiente adecuado para la satisfacción de sus necesidades.

Por los fundamentos en uso de las facultades conferidas en los artículos 47º y 194º de la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, con el voto unánime del Concejo Municipal y con la dispensa de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA DE CREACION DE LA OFICINA MUNICIPAL DE ATENCION A LA PERSONA CON DISCAPACIDAD EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

CAPITULO I
OBJETIVOS Y ALCANCES

ARTICULO 1º.- Crease la Oficina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad en la Municipalidad Distrital de Mala, cuyo objetivo es establecer un vinculo entre la Municipalidad y los vecinos que sufren algún grado de discapacidad e integrarlos para tomar acciones de prevención, rehabilitación y protección, mejorando su calidad de vida, favoreciendo al desarrollo del Distrito con el fortalecimiento social de la gestión municipal.

ARTICULO 2º.- Constituyen funciones de la Oficina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad:
· Velar y proteger los derechos de la persona con
discapacidad del Distrito de Mala
· Sensibilizar y crear conciencia en la comunidad
acerca de la problemática de las personas con
discapacidad
· Realizar programas de apoyo social al
discapacitado de nuestra jurisdicción.
· Realizar el empadronamiento de las personas
con discapacidad de nuestra jurisdicción.
· Contribuir a su desarrollo personal e inclusión
en la sociedad en condición de igualdad, sin
discriminación de raza, sexo, religión y estatus
social.
· Fomentar la participación de las personas con
discapacidad en actividades que la
Municipalidad realice (cultura, deporte,
educación, salud, transporte recreación, ect)
ofreciéndoles acceso en la comunidad.
· Promocionar la Ley General de la Persona con
Discapacidad, el Reglamento y otras
disposiciones legales a favor de las personas
con discapacidad y velar por el cumplimiento
de estos dispositivos.

ARTICULO 3º.- La oficina que se constituye mediante la presente Ordenanza será un órgano dependiente de la Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social de la Municipalidad Distrital de Mala y reconocida por las siglas OMAPED como área especializada de la Municipalidad en temas de discapacidad.

ARTICULO 4º.- COORDINAR con el Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad-CONADIS, para el desarrollo de las funciones del OMAPED.

ARTICULO 5º.- ENCARGAR a la oficina de Presupuesto realizar las coordinaciones administrativas del caso a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CUMPLASE Y PUBLIQUESE

Víctor Hugo Carbajal Gonzáles
Alcalde
Municipalidad Distrital de Mala
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
CRÓNICA JUDICIAL DEL MES DE ENERO DEL 2007
SALA CIVIL


DÍA: 01 DE DICIEMBRE DEL 2006
Con los señores Vocales, doctores: VIVAS SIERRA, REÁTEGUI RÍOS Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2006-030 – Medida Cautelar.- En los seguidos por Luis Rafael Olivera Herrera, contra el Ministerio del Interior, sobre Acción Contenciosa Administrativa; REVOCARON la res- 02 por la que se dicta la Medida Cautelar Genérica. R.R.

DIA 18 DE DICIEMBRE DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: VIVAS SIERRA, REATEGUI RIOS Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
Exp N° 2004-197 – Civil.- En los seguidos por Eudomila Arata Sánchez y otra contra Alejandrina Florentina Arata Sánchez , sobre Nulidad de Acto Jurídico; CONFIRMARON la Sentencia que declarara la fundada en parte la demanda. W.R

DÍA: 20 DE DICIEMBRE DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, VIVAS SIERRA y REATEGUI RÍOS han expedido las siguientes resoluciones
EXP. N° 2006-204 – Agrario.- En los seguidos por Daniel Amadeo Nuñez Cornejo contra Cooperativa Agraria de Usuarios San Pedro de Mala, sobre Interdicto de Retener; CONFIRMARON la Res – 40 que declara Infundada de plano la Nulidad Deducida. R.R.

Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, VIVAS SIERRA, Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2006-030 – Medida Cautelar.- En los seguidos por Daniel Amadeo Nuñez Cornejo contra Cooperativa Agraria de Usuarios San Pedro de Mala, sobre Interdicto de Retener; CONFIRMARON la Res- 48 que declara Infundada la Nulidad Deducida por Amadeo Nuñez Cornejo. R.R.

DÍA: 21 DE DICIEMBRE DEL 2006
Con los señores Vocales, doctores: VIVAS SIERRA, REÁTEGUI RÍOS Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2003-17 – Medida Cautelar.- En los seguidos por Elsa Inocencia Raymondi Huaraca contra Samuel Palomares Pio, sobre Alimentos; REVOCARON la Res- 26 que de clara infundada la nulidad deducida por el demandado y REFORMÁNDOLA declararon INFUNDADA la nulidad deducida por el demandado. R.R.

DÍA: 22 DE DICIEMBRE DEL 2006
Con los señores Vocales, doctores: VIVAS SIERRA, REÁTEGUI RÍOS Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2000-775 – Civil.- En los seguidos por TUSA COTTON S.A. contra Cirilo Anatolio Encalada Felipe y otro, sobre Ejecución de Garantías; NULA la Res- 84 e INSUBSISTENTE el CONCESORIO de apelación. R.R.

DIA: 04 DE ENERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, VIVAS SIERRA y ROQUE MONTESILLO han expedido las siguientes resoluciones:
Exp N° 2006-048 – Familia Penal.- En los seguidos por Ministerio Público contra Luis Sánchez Condori sobre Infracción Penal contra la Libertad Sexual; NULA la Sentencia que falla Absolviendo a José Luis Sánchez Condori de la presunta infracción contra la libertad sexual A.M.

Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE Y MARCELO han expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 2002-529 – Civil.- En los seguidos por Víctor Vidal Agapito Rodríguez con Juan Marcacuzco Vivanco, sobre Medida Cautelar de Embargo en forma de Inscripción; CONFIRMARON la Res-4. R.M.

DIA 05 DE ENERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, VIVAS SIERRA y ROQUE MONTESILLO han expedido las siguientes resoluciones:
Exp N° 2005-374 – Familia.- En los seguidos por Ministerio Público contra Sabino Cáceres Dávalos y otra sobre Violencia Familiar; APROBARON el extremo de la sentencia que declara infundada en parte la demanda. M.C.
Exp N° 2003-322 – Familia.- En los seguidos por Félix Augusto Francia Benavente contra Josefina Julia García Cerron y el Ministerio Público sobre Divorcio por Causal de Separación de Hecho; DESAPROBARON la sentencia que declara fundada la demanda y consecuentemente se declare NULA la sentencia en todos sus extremos. A.M.

DIA: 08 DE ENERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, VIVAS SIERRA Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 2004-0219 – Agrario.- En los seguidos por Gerardo Avilés Huamaní y otra con Demetrio Sánchez Lazo y otra, sobre Otorgamiento de Escritura Pública; NULA la Res- 17 que declara fundada la demanda. V.S.

DIA: 09 DE ENERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: REATEGUI RIOS, MARCELO CIRIACO Y FERNANDEZ VALENCIA han expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 2005-0181 – Civil.- En lo seguido por el Rodofa Nosiglia Paucar contra Rosario Angélica Fernández y otro sobre División y partición; CONFIRMARON la sentencia que declara fundada en parte la demanda. M.C.
Exp. N° 2005-024 – Familia.- En los seguidos por Filiberto Cristobal Melo contra Teófila Bacilides Fernández Palomares sobre Divorcio por Causal; CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. R.M.

Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 2006-016 – Civil.- En los seguidos por Empresa de Transportes Transportistas Unidos (ETTUSA) con Enmanuel Cuzcano Vicente, sobre sentencia declarativa y otro; CONFIRMARON la Res-11 que declara la devolución de Cédula de notificación
A.M.

DIA: 10 DE ENERO DE 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 2005-494 - Civil.- En los seguidos Nedjelka Luitic Luitic Viuda de Pachas contra Luis Miguel Neyra Palacios sobre desalojo por ocupante precario; CONFIRMARON la Res – 30 que declara infundada la solicitud de sobrecarta. M.C.
Exp. N° 2004-1323 – Civil.- En los seguidos Felicana Timotea Canales de Sotelo contra Serapio Fabiano Sotelo Gómez sobre Interdicción Civil; APROBARON la sentencia que declara fundada la demanda. A.M.
Exp. N° 2006-0022-QD.- En los seguidos por Dominga Ayde Chumpitaz Francia, sobre Que de Derecho; REZARON la queja por denegatoria de recurso de apelación.

Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, VIVAS SIERRA Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 2003-123 – Familia.- En los seguidos por Guido Alberto López Mey Adelaida Quispe Zavallos sobre Indemnización por Responsabilidad Civil por denuncia calumniosa; CONFIRMARON la sentencia que declara infundada la demanda. A.M.
Exp. N° 2004-0800 – Familia.- En los seguidos por Ministerio Público Gladyz Lucero Yaya Sánchez y otra sobre Violencia Familiar: APROBARON la sentencia que declara infundada en parte la demanda. V.S.
Exp. N° 2006-507 – Constitucional.- En los seguidos Revolutions Perú S.A.C. con Asociación de Propietarios de Inmuebles del Litoral Sur – APRILS, sobre Proceso de Amparo; CONFIRMARON la Res-01 que declara la improcedencia Liminar. V.S.

DIA: 11 DE ENERO DE 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, VIVAS SIERRA Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 2005-589 – Civil.- En los seguidos Aída Martha Villagómez Gutiérrez contra Mirtha Isabel Villagómez Gutiérrez, sobre División de partición de bienes; CONFIRMARON en el extremo que falla exonerando la demanda de la condena de costos y costas. M.C.

Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 2003-0420 – Familia.- En lo seguido por Anamelba Justina Toribio Balbin contra Javier Fernández Madueño sobre separación por causal; DESAPROBARON la sentencia que declara fundada la demanda. M..
Exp. N° 2005-092 – Agrario.- En lo seguido por Cemento Lima con Alberto Cedrón Pacheco, sobre Interdicto de Retener; NULA la Res-32 que declara 1° infundada la solicitud de recusación, 2° Declarar la nulidad deducida por Alberto Cedrón Pacheco, 3° Suprimir la frase “Esta tan comprometido con la parte demandante. ORDENA al A-quo expedir nueva resolución. R.M.

Con los señores Vocales, doctores: ROQUE MONTESILLO, DURAND PRADO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones
Exp. N° 2005-044 – Laboral.- En los seguidos por Juana María Saavedra Chaupin con Telefónica del Perú S.A.A. sobre Ejecución de Resolución; IMPROCEDENTE el recurso de casación. R.M.

DIA: 12 DE ENERO DE 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 2003-0108 - Civil.- En lo seguido por Banco de Crédito del Perú contra Masías Munarriz Mansilla, sobre Obligación de dar suma de dinero; CONFIRMARON la sentencia que declara infundada la contradicción y declarando FUNDADA la demanda de fojas quince a diecisiete. A.M.
Exp. N° 2003-274 – Laboral.- En los seguidos por Lenin Riter Alarcon Valencia con Asociación Civil Club Playa Blanca, sobre Reintegro de Beneficios Sociales; NULO la Res-39. A. R.

DIA: 15 DE ENERO DE 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 2006-240 – Agrario.- En los seguidos por Walter Isidoro Audante Montoro con Filadelfo Rodriguezz Quevedo y otra, sobre Pago de Mejoras – Medida Cautelar; CONFIRMARON la Res- 01 que resuelve Rechazar la Medida Cautelar. M.C.
Exp. N° 2003-68-B – Laboral.- En los seguidos por Aldo Martel Peña con Agroindustrias San Isidro, Sobre Pago de Beneficios Sociales (Incidente); NULA la resolución con la que se ordene se trabe embargo en forma de Retención DISPUSIERON que el Juez emita nueva Resolución. A.M.
Exp. N° 2006-28 – Laboral.- En los seguidos por Dario Rosario Huapaya Raygada con Telefónica del Perú S.A.A. Sobre Ejecución de Resolución; NULA la Res- 6 que declara Improcedente la Recusación. R.M.

DIA: 17 DE ENERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO Y MARCELO CIRIACO han expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 2004-244 – Civil.- En los seguidos por Roberto Julio Avalos Lescano con José Dolores Napan y otros, sobre Nulidad de Elecciones; CONFIRMARON la Res- 24 que declara Infundada la Nulidad Deducida. M.C.
Exp. N° 2001-241 – Agrario.- En los seguidos por Eloisa María Atencio Ponce y otros con Pedro Alejandro Chiok Vicente, sobre Desalojo; NULO todo lo actuado INSUBSISTENTE el Concesorio de Apleación. A.M.
Exp. N° 2004-038 – Agrario.- En los seguidos por Agripina Justa Ponce Mejía de Ponce con Carmen Adita Gago de Zegarra y otro; NULA la Res-33 Improcedente la asignación de Porciones solicitada la demandante. A.M.

DIA: 18 DE ENERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO Y MARCELO CIRIACO han expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 2006-0059 – Civil.- En los seguidos por Humberto Primo Huapaya Solano y otra contra Nicolás Garibay Ovidia y otra sobre otorgamiento de escritura Pública Aclaratoria de compra venta; REVOCARON la res – 9 que declara improcedente la demanda REFOMÁNDOLA se declare fundada. R.M.
Exp. N° 2006-229 – Civil.- En los seguidos por Rosa Gómez de González, sobre Acción Contenciosa; CONFIRMARON el auto que declara Improcedente la demanda. A.M.
Exp. N° 2003-68-A-Laboral.- En los seguidos por Abelardo Martell Peña con Agroindustrías San Isidro, sobre Beneficios Sociales; CONFIRMARON la Res- 54 que declara Improcedente la Nulidad Deducida por el demandado. R.M.

DIA: 19 DE ENERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO Y MARCELO CIRIACO han expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 2007-001-QD.- En los seguidos por Agrupación Asociación Deportiva de Campistas de Chepeconde con la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, sobre Acción Contenciosa Administrativa – Queja de Derecho; RECHAZARON la queja. A.M.

DIA: 22 DE ENERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, MARCELO CIRIACO y el Voto en Minoría de la Vocal doctora ROQUE MONTESILLO han expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 2006-0193 – Familia.- En los seguidos por el Ministerio Público contra Yimmy Willian Niquen Castillo sobre violencia familiar; CONFIRMARON la sentencia que resuelve corregir el auto admisorio y fundada la demanda. M.C.

DIA: 23 DE ENERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 2006-512 – Civil.- En los seguido por Lidia Ojeda Soriano con la Unidad de Gestión Educativa, sobre Acción Contenciosa Administrativa – Medida Cautelar; CONFIRMARON la Res-01 que resuelve conceder Medida Cautelar .
Exp. N° 2006-218 – Civil.- En los seguido por Enrique Tumay Cuya contra la Directiva de la Comunidad Campesina de Chilca, sobre Convocatoria Judicial de Asamblea General; CONFIRMARON la Res- 02 que declara improcedente la modificación de la demanda, asimismo ORDENA RECHAZAR la demanda. M.C.

DIA: 24 DE ENERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 2004-0401 – Civil.- En los seguido por Miguel Angel Yaya Julca con Digna Yaya Alvarez de Francia, sobre Indemnización; NULO EL Concesorio e INSUBSISTENTE el oficio de elevación. R.M.
Exp. N° 2004-0158 – Constitucional.- En los seguidos por Héctor Ricardo Gutiérrez Oyarzabal con el Gerente General de la Empresa de Transportes San Luis Obispo de Toloza S.A., sobre Proceso de Amparo A.M.
Exp. N° 2006-591 – Civil.- En los seguidos por César Mendoza Padilla, sobre Acción Contenciosa Administrativa; CONFIRMARON la Res- 01 que resuelve desestimar la medida cautelar innovativa. A.M.

DIA: 25 DE ENERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 2006-0107 – Familia.- En los seguidos por Félix Francia García con María Barranca Narvaez, sobre Divorcio por Causal; NULO el concesorio e INSUBSISTENTE el oficio de elevación . A.M.
Exp. N° 2005-614 – Constitucional.- En los seguidos por Rufino Eliseo Cortez Chávez con la Municipalidad Distrital de Imperial, sobre Medida Cautelar de Ejecución de Sentencia Impugnada; CONFIRMARON la Res- 5 que declara improcedente la Ejecución de Sentencia Impugnada. R.M.

DIA: 26 DE ENERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 2003-716 – Familia.- En los seguidos por Juan Alberto Carty Rumichi contra y otro sobre, Adopción por Excepción; APROBARON la sentencia que declara fundada la demanda y se declara la ADOPCIÓN de menor. A.M.
Exp. N° 2003-716 – Familia.- En los seguidos por Mario Fernando Pérez Hipólito con la Ugel N° 08 de Cañete, sobre Acción de Cumplimiento; CONFIRMARON la Res- 01 que declara la improcedencia Liminar la Demanda. R.M.
Exp. N° 2004-276 – Agrario.- En los seguidos por Milagros Rosario Germán Avalos con Petronila Germán Avalos, sobre Nulidad de Acto Jurídico; NULA la Res- 5 y dejaron sin efecto la Vista de la Causa señalando nueva fecha para el día 14 de Marzo del presente año.

DIA: 29 DE ENERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2007-004-QD.- En los seguidos por Fredy Jaime Cuadros Mendoza Fiscal de la Tercera Fiscalía Provincial Civil y Familia de Cañete, sobre Queja de Derecho; Rechazaron EL Recurso de Queja de Derecho Por Denegatoria de Apelación. A.M.
EXP. N° 2007-004-QD.- En los seguidos por Irene Sánchez de Bueno y otros con Lorenzo Diosdado Sánchez Guerrero, sobre Nulidad de Acto Jurídico; IMPROCEDENTE la nulidad de la demandada. M.C.

DIA: 30 DE ENERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:

DIA: 31 DE ENERO DEL 2007
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, ROQUE MONTESILLO Y MARCELO CIRIACO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2004 - 256 –Constitucional.- En los seguidos por Oscar Sabino Rodríguez López contra Gloria Eufemia Castillo Alzamora, sobre divorcio por causal; APROBARON la sentencia que declara fundada la demanda. M.C.
EXP. N° 2005-446- Civil.- En los seguidos por Maribel Nancy Torres Romero contra Unidad Educativa Local Número Ocho – Cañete sobre pago de nuevos soles. CONFIRMARON la Res- 18 que declara fundada la demanda y se ordena que la parte demanda cumpla con abonar a favor de la parte demandante. A.M

Con los señores Vocales, doctores: PAREDES DAVILA, ROQUE MONTESILLO Y DURAND PRADO han expedido las siguientes resoluciones:
EXP. N° 2004-1374.- En los seguidos por Ministerio Público contra Betty Carpio de Reategui, Sobre contravención de derechos de menor; NULA la Res- 12 que declara fundada en parte la demanda investigación tutelar sobre Contravención de Derecho, ORDENANDO que el A quo dicte nueva sentencia. V.D

Cañete, 10 de Febrero del 2007

DAISY GUZMAN SANCHEZ
Relator (e) Sala Civil
Corte Superior de Justicia
SE INICIO CONSTRUCCION DE MERCADO CERROAZULEÑO...

El pasado 10 de Abril, las autoridades de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, lideradas por su Alcaldesa Juana Raspa de Pain, en coordinación con los representantes del Mercado Modelo de Cerro Azul, procedieron a dar inicio a los trabajos de demolición, para luego continuar con los trabajos de construcción de lo que será el principal recinto comercial del distrito.
Doña Juanita Raspa de Pain, se dio tiempo para inspeccionar los trabajos que se realizan en el mercado y poder apoyar en la reubicación de los señores comerciantes, en su nuevo local provisional que se encuentra ubicado en la Calle Comercio 753.
Hay que precisar que las autoridades ediles, han proyectado que la duración de los trabajos de demolición durarán unos 15 días, y el monto destinado para esta parte de la obra es de S/. 10,948.00 nuevos soles.
Los trabajos están a cargo del señor Enrique Ramos Piñas, y está financiado por FONCODES, y por recursos directamente recaudados.

MEDIAS BECAS PARA GANADORES DEL SIMULACRO DEL EXAMEN DE ADMISION…
De otro lado, la Alcaldesa del distrito dio a conocer que en Convenio con la Universidad Josefina Faustino Sánchez Carrión, vienen apoyando a los jóvenes de las diferentes Instituciones Educativas, que participando en el simulacro de Examen de Admisión que se realizó el pasado 16 de Abril, en el Colegio Gerardo Salomón Mejía Saco.
Los ganadores de este simulacro, se hicieron merecedores de medias becas… Ellos son, Juan Gabriel Orellana Orizar, quien postula a la Facultad de Ingeniería Pesquera, y totalizó 460 puntos; mientras que el segundo lugar fue para Danilo Hernández Janampa, quien también postula a la Facultad de Ingeniería Pesquera, y totalizó 430 puntos.
De esta manera la Municipalidad Distrital está apoyando a la educación cerroazuleña, incentivándoles a seguir estudios superiores, difundiendo sobre todo la Carrera de Pesquería, la misma que se desarrollará en el distrito.

18 abril 2007

ESCANDALO REMECE MUNI PROVINCIAL…
Terreno donado a Centro de Adulto y SENATI, lo construye SBS...


Se trata del terreno que se ubica en la parte posterior del Coliseo «Lolo Fernández». Todo empezó en la época en que el Dr. Jaime Wong Barranca era el Alcalde Provincial y en ese entonces, a través de un Acuerdo de Concejo, la Municipalidad de Cañete le entrega en cesión de uso (léase donación) a la Red de Servicios Básicos de Salud (S.B.S.), espec-ificándose en el respectivo documento que se le otorgaba un plazo de dos años para que pueda construir, de lo contrario, revertiría al municipio, dicho terreno.
Eso sucedió en al año 2002. Posteriormente y, cumpliéndose el plazo establecido y dado que la SBS no habría cumplido –permitáseme la redundancia- con construir, ya en el año 2005 esta propiedad revierte al municipio luego de un informe técnico. Hasta ahí todo bien. Sin embargo, a solicitud de dos entidades que requerían de terrenos para edificar sus sedes como son: El Centro del Adulto Mayor (CAM San Vicente) y el Servicio Nacional de Adiestramiento Industrial (SENATI), la MPC a través de un Acuerdo de Concejo aprueba la cesión en uso para estas organizaciones en el tiempo en que era Alcaldesa Rufina Lévano Quispe.
Para eso, hay que indicar que el inmueble en mención estaba -y estaría aún- inscrito en los Registros Públicos a nombre del municipio provincial. Pues bien, resulta que en la presente gestión de Javier Alvarado Gonzáles del Valle, habría ocurrido un hecho que es digno de resaltar por contravenir los intereses de las instituciones que son beneficiarias del legado municipal. Sí. La Red de Salud Cañete-Yauyos ha comenzado a construir su sede en este lugar merced a alguna disposición que emanando de la autoridad edilicia, sería ilegal. Veamos: La Comisión Jurídica integrada entre otros por el Dr. Alfonso Noriega Altamirano y Liliana Torres Castillo, entre otros miembros del cuerpo edil, debían haber llamado a las partes en conflicto que son la tres instituciones: SBS, CAM y SENATI, toda vez que ese habría sido el acuerdo mayoritario en una sesión ordinaria de Concejo, de manera que se pueda ver todo lo relacionado a este enojoso asunto. No obstante ello, se sabe -de buena fuente- que ello no habría ocurrido, pues hasta el momento, no se explica ¿Cuáles fueron los motivos que indujeron la permisión de la ejecución de la obra de los Servicios Básicos de Salud en la propiedad municipal y que ya fuera donada a dos entes que requirieron y fueron favorecidos con la donación y que aún están con plazo vigente? Bien. Se nos ha informado que la Dra. Liliana Torres sería asesora o trabajaría para la SBS y si ello es cierto, debería de inhibirse en tomar acuerdos respecto del caso, pues la Ley de Código de Ética de la Función Pública no se lo permite. Si no ello no ha ocurrido, este comentario pretende solo tratar de esclarecer un hecho que de comprobarse su consumación, es escandaloso hasta el extremo sin acusar chauvinismo periodístico o mucho menos. Lo cierto es que en virtud de un Acuerdo de Concejo, dos instituciones que bien merecen el respeto y el reconocimiento por lo que representan, tanto para la juventud (SENATI) y los hombres y mujeres de la Tercera Edad (Centro del Adulto Mayor San Vicente) no pueden ser ignorados. Máxime aún, si de por medio, hay documentos que refrendan la justa intervención de quienes representando a estas entidades, han mostrado su profundo malestar y extrañeza por la desafortunada acción de quienes hoy ocupan el efímero poder provincial. Algunas preguntas caen de por si solas ¿Cómo es que sin licencia de construcción y los demás expedientes que deben obrarse para iniciar la precisada edificación, la SBS inició todo ello? Nadie duda que esta institución, merezca -igualmente- la misma atención que las organizaciones mencionadas por su naturaleza de existencia en salubridad. Pero ello, debe ser producto de la legalidad. Sabemos, por ejemplo, que el CAM ha otorgado un plazo al Alcalde provincial para que solucione esto y que por ahí -se dice entre bambalinas- que le habrían ofrecido “otro terrenito” en la calle 28 de Julio cerca de Ede Cañete. ¡Queeeeeeeeeeeeeeeeeeee! Sí. Increíble. Aunque Ud. no lo crea amigo lector, el propio Alcalde Javier Alvarado les ofreció ello, aún a sabiendas que ese espacio físico es muy reducido y que podrían “construir un edifico de dos o tres pisos”. ¿Queeé? Sí. Pues. De Ripley. Cree Alvarado que eso es lo justo para hombres y mujeres de la Tercera Edad ¿? ¿Creen que pueden subir a realizar diversas gestiones al segundo, tercer y cuarto piso –por así decirlo- tan alegre y fácilmente?. Ello si es que ha sucedido en los términos que nos refirieron los propios integrantes del CAM, es un acto de inhumanidad que bien debe servir para valorar a la autoridad edilicia presente. Mientras tanto, hay otra interrogante ¿Quién parará la construcción?. Lo dejamos ahí.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007- 2007-MDI.

Imperial, de 01 Marzo del 2007

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL-CAÑETE.

VISTO:
En Sesión Extraordinaria de fecha 28 de Febrero del 2007, el proyecto de Ordenanza Municipal que prohíbe el Consumo de Licor en la Plaza de Armas y todo el Distrito de Imperial;

CONSIDERANDO:
Que, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, las municipalidades en materia de educación y cultura tienen competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno nacional y el regional la de impulsar una cultura cívica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento y limpieza y de conservación y mejora del ornato local;

Que, las Ordenanzas Municipales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, el numeral 22) del Artículo 2° de la Constitución Política del Perú establece que, toda persona tiene derecho a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;

Que, el Artículo 3º de la Ley Nº 28681 publicada el 05 de Marzo del 2006 prescribe que, sólo aquellos establecimientos debidamente autorizados por las municipalidades de su jurisdicción podrán comercializar bebidas alcohólicas al público dentro del giro o modalidad y horario específico que se establezca en el reglamento y con las restricciones establecidas en ordenanzas municipales y en la presente ley. Dicha autorización, en ningún caso será otorgada a establecimientos que se dediquen exclusivamente a la comercialización de bebidas alcohólicas de toda graduación y se encuentren en LOCALES SITUADOS A MENOS DE 100 METROS DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS;

Que, en la Plaza de Armas, Parques, y Vías Públicas de la jurisdicción del Distrito de Imperial, Provincia de Cañete, se vienen consumiendo bebidas alcohólicas, en presencia de niños y adolescentes fomentando el mal ejemplo en contra del desarrollo integral de los mismos, asimismo están causando perjuicio contra el ornato de la zona urbana de Imperial por lo que es necesario prohibir dicho consumo en las vías publicas, así como prohibir el funcionamiento de establecimientos que se dedican a la comercialización de bebidas alcohólicas que se encuentran situados a menos de 100 metros de instituciones educativas y a menos de 50 metros de instituciones públicas y religiosas;

Estando a lo expuesto, y de conformidad con la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de Febrero del 2007, aprobó por unanimidad y con la dispensa de aprobación de Acta, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA:
Artículo 1º.- Se Prohíbe la Comercialización y Consumo de Bebidas Alcohólicas, en la Plaza de Armas y su Perímetro, así como en los demás Parques y Vías Públicas de la jurisdicción del Distrito de Imperial, Provincia de Cañete. Y queda Prohibido el Consumo de Bebidas Alcohólicas dentro de todo tipo de Vehículos, ni usar Equipo de Sonido en alto volumen, en Vía Pública de la jurisdicción de Imperial. También queda Prohibido el Funcionamiento de Establecimientos que se dedican a la comercialización de bebidas alcohólicas que se encuentran situados a menos de 100 metros de Instituciones Educativas y a menos de 50 metros de Instituciones Públicas y Religiosas.

Artículo 2º.- Los Establecimientos Comerciales que se dedican a la venta de bebidas alcohólicas podrán atender al público hasta las diez de la noche, caso contrario será sancionado por vez primera vez con una suspensión de su licencia de funcionamiento por cinco días; y en caso de reincidencia será clausurado definitivamente el establecimiento comercial.

Artículo 3º.- Encargar al Departamento de Rentas y Gerencia General de la Municipalidad Distrital de Imperial; la ejecución de las sanciones administrativas que se aplicará a los que incumplan la presente ordenanza, y efectuar la cancelación de las Licencias de Funcionamiento de Establecimientos que se dedican a la comercialización de bebidas alcohólicas que se ubican a menos de 100 metros de instituciones educativas y a menos de 50 metros de —instituciones públicas y religiosas.

Artículo 4º.- Solicitar el apoyo de la Policía Nacional del Perú para la ejecución de la presente ordenanza.

Artículo 5º.- Oficiar a la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Cañete, Comisaría de la Policía Nacional del Perú de Imperial-Cañete, y demás Autoridades para su conocimiento y cabal cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal.

POR TANTO:
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA

RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
Alcalde
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2007-MDI.

Imperial, 01 de Marzo de 2007.

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE IMPERIAL.

POR CUANTO:
Visto: En sesión Extraordinaria del Consejo Municipal Distrital, del día 28 de Febrero de 2007, la Ordenanza Reglamentaria sobre la Conformación, Organización y Funciones del Consejo de Coordinación del Distrito de Imperial.

CONSIDERANDO:
Que, los artículos 197 y 199 de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley No 27680, apruebe la Reforma Constitucional del Capitulo XIV sobre Descentralización, estableciendo que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo distrital, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley;

Que, los artículos 17 y 42, inciso g) de la Ley No 27783, Ley de Bases de Descentralización, establecen que el gobiernos distrital, están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos. También en la gestión publica, garantizando y canalizando el acceso de todos los ciudadanos en la conformación y funcionamientos de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación, rendición de cuentas y vigilancia, siendo de competencia exclusiva de las municipalidades distrital aprobar y facilitar los referidos mecanismos para la participación de la comunidad en la gestión municipal;

QUE, los Artículos 98 (102) y siguientes de la Ley Orgánica de Municipalidades No 27972, establecen la definición, composición, instalación y funciones de los Consejos de Coordinación Distrital, como Órganos consultivos, de coordinación, así como de concertación de las autoridades municipales electas y los representantes de la sociedad civil;

Estando a los expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Art. 9, de la Ley Orgánica de las Municipalidades No 27972, y contenido con el voto unánime del Consejo Municipal Distrital, se expide la siguiente;

ORDENANZA:
ARTICULO 1.- APROBAR la Ordenanza Reglamentaria sobre la conformación, y funcionamiento del Consejo de Coordinación de la Municipalidad del Distrito de Imperial, la misma que consta de Cuatro (04) Títulos, Trece (13) Capítulos, Cuarenta y Seis (46) Artículos, Tres (03) Disposiciones Finales y Una (01) Disposición Transitoria que forma parte de la presente Ordenanza.

ARTICULO 2.- DISPONER la inmediata publicación de la presente Ordenanza Municipal del Distrito de Imperial en el Diario Oficial de publicaciones Judiciales, diarios de mayor circulación, carteles, murales, paginas Web municipales, impresos fijados en lugares visibles de la municipalidad.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
ALCALDE
Distrito de Imperial

ORDENANZA REGLAMENTARIA

CONFORMACIÒN, QRGANIZACIÒN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN (CCL) DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE IMPERIAL.

TITULO I
GENERALIDADES
ARTICULO 1.- FINALIDAD DE LA ORDENANZA.
La presente ordenanza municipal establece y regula los diversos mecanismos y procedimientos a través de los cuales se conforma, organiza y funciona el Consejo de Coordinación de la Municipalidad del Distrito de Imperial.

ARTICULO 2.- DE LAS DEFINICIONES.
Para la aplicación de la siguiente Ordenanza se considerará:
a) Consejo de Coordinación Distrital (CCD).- Es un órgano de consulta, coordinación y concertación de la Municipalidad, conformado por autoridades electas y representantes de la sociedad civil, con el objeto de promover el desarrollo integral de su ámbito territorial.
b) Organización de la sociedad civil.- Es toda forma organizativa o asociativa de personas naturales o jurídicas, o de ambas, excepto las que pertenecen al sector publico, que se constituyen o trabajan dentro del ámbito territorial municipal, por su libre decisión y bajo las formas previstas por ley o de hecho. A través de una actividad común persiguen la defensa y promoción de sus derechos, del desarrollo individual, colectivo y distrital.
c) Registro de Organizaciones Sociales y Vecinales.- Registro único de organizaciones sociales del Distrito, organizado con arreglo al numeral 5.3 del inciso 5 del Art. 73 de la ley Orgánica de Municipalidades. Tiene el propósito de promover su acceso y participación a las distintas acciones municipales de bienestar y desarrollo para el Distrito.
d) Representantes de la Sociedad Civil.- Es aquella persona natural, que en la aplicación de las normas y mecanismos establecidos en la Ley Orgánica de Municipalidades y en la presente Ordenanza, es elegida como miembro del Consejo de Coordinación Distrital.
e) Presupuesto Participativo.- Proceso que cuenta con la participación de la sociedad organizada, mediante el cual se definen prioridades y se generan compromisos de los agentes participantes, sobre las acciones a implementar en el nivel Distrital para la consecución de los objetivos estratégicos del Desarrollo.
f) Plan de Desarrollo Concertado.- instrumento orientador del desarrollo local y del presupuestó participativo, que se expresa en un documento que contiene los acuerdos sobre la Visión de desarrollo y objetivos estratégicos de la comunidad, en concordancia con los planes sectoriales y nacionales del Estado.
g) Delegado – Electoral.- Es aquel ciudadano expresamente autorizado por el máximo órgano de aquellas organizaciones debidamente inscritas en el Registro único de organizaciones Sociales de la Municipalidad, a efectos de participar en su representación, así como ejercer el derecho de elegir y ser elegido en el proceso electoral de los representantes de la sociedad civil ante el CCD.
h) Candidato.- Delegado - elector nominado candidato en la elección para los representantes de la sociedad civil ante el CCD.
i) Personero Electoral.- Es el ciudadano que representa al candidato o lista de candidatos en el proceso de elección de representantes de las Organizaciones de la sociedad civil ante el CCD.
j) Padrón Electoral.- Es la lista que contiene el conjunto de delegados-Electores representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil del ámbito territorial de la Municipalidad, en el que consta por lo menos su nombre, identificación y domicilio; así como la denominación social y domicilio de la organización a la que representa.
a.- Asamblea Distrital.- Esta integrada por todos los delegados-electores de las organizaciones de la sociedad civil debidamente acreditados conforme al Registro único de Organizaciones Sociales del ámbito territorial de la Municipalidad, Se reúne a solicitud del CCD. y a efectos de promover acciones referidas al Plan de Desarrollo Concertado ò del Presupuesto del Distrito u otras que le encargue el Consejo Municipal.
k) Agentes Participantes.- Son aquellas personas naturales o juridicas que participan, por lo menos con derecho a voz, durante el proceso de conformación, organización y funcionamientos del Consejo de Coordinación Distrital.

ARTICULO 3.- BASE LEGAL.
El Consejo de Coordinación Distrital de Imperial, se constituye conforme a lo establecido en:
a).- Artículos 197 y 199 de la Constitución Política del Perú, reformada mediante ley No 27680, publicada el 07.03.2002.
b).- Artículos 17 y 42 de la ley de Bases de la Descentralización, ley No 27783, publicada el 17.07.2002.
c).- Artículos 7, Titulo VII (ART. 97 Y Siguientes) de la ley Orgánica de Municipalidades, ley No 27972, publicada el 27.05.2003.
d).- Articulo 4 de la ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley No 28056, publicada el 08.08.2003.
e).- Reglamento de ley Marco del Presupuesto Participativo, Decreto Supremo No 171-2003-EF, del 25.11.2003.
f).- Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos. Ley No 26300, publicada el 03.05.1994.
g).- Ley del Procedimiento Administrativos General No 27444, publicada el 11.04.2001.

TITULO II
DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL PARTICIPANTES
Y DE SUS DELEGADOS – ELECTORES

CAPITULO I
DE LAS ORGANIZACIONES PARTICIPANTES
ARTICULO 4°.- DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL
Se consideran organizaciones de la sociedad civil a todas aquellas organizaciones comprendidas en la relación que a continuación se señala:
a) Organización Sociales de Base
b) Comunidades Campesinas y Nativas
c) Asociación diversas
d) Organización de Productores
e) Gremios Empresariales
f) Gremio de Trabajadores
g) Universidades
h) Juntas u Organizaciones Vecinales
i) Organizaciones del Medio Ambiente
j) Organizaciones del Adulto Mayor
k) Organizaciones de las Personas con Discapacidad
l) Organizaciones Juveniles
m) Organizaciones Culturales
n) Organizaciones Estudiantiles
o) Organizaciones Religiosas
p) Organizaciones Educativas
q) Organizaciones Deportivas
r) Organizaciones de Mujeres
s) Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo
t) Otras Organizaciones del Distrito.

ARTICULO 5°.- DE LAS ORGANIZACIONES PARTICIPANTES.
Para participar del proceso de conformación, Organización y funcionamiento del Consejo de Coordinación de la Municipalidad Distrital de Imperial bastara que las organizaciones señaladas en el articulo anterior se encuentren debidamente inscritas en el «Registro único de Organizaciones Sociales» de la Municipalidad, debiendo además acreditar al Delegado–Elector que las representara.

CAPITULO II
DE LA INSCRIPCIÓN DE LOS DELEGADOS – ELECTORES
ARTICULO 6°.- DE LOS DELEGADOS – ELECTORES
Los Delegados-Electores representan a los organizadores de la sociedad civil debidamente inscritas en el Registro Único de Organizaciones Sociales de la Municipalidad, a efectos de ejercer el derecho de elegir y ser elegido en la elección de sus representantes ante el CCD. Una misma persona no puede tener la representación de dos ò más organizaciones.

ARTICULO 7°.- DE LOS REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN DE LOS DELEGADOS ELECTORES
Para acreditar al Delegado – Elector de las organizaciones debidamente inscritas en el «Registro Único de Organizaciones Sociales» de la Municipalidad se requiere presentar:
a) Solicitud de inscripción por parte de la organización, suscrita por su representante legal, señalado nombre, identificación y domicilio del Delegado Elector.
b) Acta de Elección del Delegado Elector.
c) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del Delegado Elector.
d) Declaración Jurada del Delegado – Elector que acredite residencia en su distrito y de no tener condena judicial consentida o ejecutoria por delito doloso.
e) Plazo máximo de Inscripción cinco (5) días hábiles.

ARTICULO 8°.- DEL PROCEDIMIENTO Y APROBACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN DE LOS DELEGADOS ELECTORALES.
Las organizaciones de la sociedad civil presentaran la solicitud de acreditación de su Delegado- Elector ante la mesa de partes de la Municipalidad, Según el Cronograma del Proceso de Elección. Estas solicitudes de inscripción serán difundidas oportunamente por la Municipalidad, siendo los representantes del Comité Electoral ò quien haga sus veces, la encargada de emitir observaciones ò pronunciamiento en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles de presentadas solicitudes; caso contrario la inscripción de entenderá por aprobada automáticamente.

ARTICULO 9°.- DE LAS SUBSANACIONES DE LAS INSCRIPCIONES.
Las inscripciones materia de observaciones, podrán subsanarse en un plazo no mayor de un (01) días hábiles de notificadas por la Municipalidad. Vencido este plazo, el funcionario responsable expedirá la resolución correspondiente, determinado así la procedencia o improcedencia de dicha inscripción.

ARTICULO 10º.- DE LAS IMPUGNACIONES A LAS RESOLUCIONES SOBRE INSCRIPCIONES.
Contra las resoluciones sobre la procedencia o improcedencia de las inscripciones de Delegados-Electores, podrá presentarse en última instancia, el Recurso de Apelación. Este deberá ser resuelto por el funcionario superior jerárquico de la instancia que emitió la resolución apelada, en un plazo no mayor de un (01) días hábiles de presentada la impugnación. Caso contrario, la inscripción de entenderá por aprobada automáticamente.

TITULO III
DEL PROCESO ELECTORAL DE LOS REPRESENTANTES DEL ASOCIEDAD CIVIL ANTE CCD.
CAPITULO I
DE LA CONVOCATORIA A ELECCIONES
ARTICULO 11°.- DE LA CONVOCATORIA
El proceso de conformación del Consejo de Coordinación de la Municipalidad Distrital de Imperial, se inicia con la convocatoria las elecciones de los representantes de la sociedad civil al CCD.
Será efectuado mediante Decreto de Alcaldía a publicarse en el Diario Oficial encargado de las publicaciones judiciales del ámbito, diario de mayor circulación del ámbito, Se fijara en dicha disposición el lugar, fecha y hora en el que se desarrollara al acto electoral.

CAPITULO II
DEL COMITÉ
ARTICULO 12°.- DE LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ELECTORAL.
El comité Electoral para la elección de los representantes de la sociedad civil ante el CCD., estará conformado por cuatro (04) miembros: un (01) representante del Alcalde, un (1) representante del gobernador, y un (01) representante del Juez de Paz de la correspondiente jurisdicción, y el coordinador de la mesa de Concertación participará como observador.
Todos serán propuestos por los titulares de sus entidades de origen y designados mediante Decreto de Alcaldía que rige el procedimiento de la convocatoria, luego de lo cual deberán instalarse inmediatamente. Los cargos del Comité Electoral son: Presidente, Vice-presidente, Secretario y Observador, los cuales se elegirán internamente.

ARTICULO 13°.- DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL COMITÉ ELECTORAL.
El Comité Electoral es autónomo y sus decisiones son definitivas e impugnables.
Sus funciones y atribuciones para la elección de los representantes de la sociedad civil ante el CCD.. son la siguientes:
a) Organizar, dirigir y controlar el desarrollo del proceso electoral, así como actuar el día de la elección, en calidad de miembros de la mesa de sufragio correspondiente.
b) Resolver las tachas contra el Padrón Electoral, así como difundir y disponer la publicación del mismo.
c) Aprobar y difundir el cronograma electoral.
d) Aprobar y resolver la inscripción y retiro de los candidatos, así como todo tipo de impugnaciones, observaciones u otras incidencias, que se produzcan durante el proceso electoral.
e) Preparar los diseños y formatos de cedulas, además los documentos que se requieran para el proceso electoral
f) Realizar el conteo de la votación en forma publica.
g) Redactar y suscribir el acta del proceso electoral
h) Proclamar y otorgar credenciales a los candidatos que resulten electos.
i) Comunicar al Alcalde los resultados del proceso electoral.
j) Administrar e impartir justicia electoral.

CAPITULO III
DEL PADRÓN ELECTORAL
ARTICULO 15°.- DEL PADRÓN ELECTORAL.
El padrón electoral esta conformado por el conjunto de Delegados – Electores hábiles y debidamente inscritos. La secretaria General de la Oficina de Participación Vecinal, como encargada de la inscripción de los Delegados - Electores, será la responsable de pre - Publicar dicho padrón en la misma forma dispuesta por el Art. 11° de la presente ordenanza municipal y en la pagina Web de la Municipalidad, dentro de los seis (06) días calendarios posteriores a la publicación de la convocatoria a elecciones.

ARTICULO 16°.- DE LAS TACHAS CONTRA EL PADRÓN ELECTORAL.
Las tachas constituyen la censura contra cualquiera de los Delegados- Electores conformantes del Padrón Electoral, es presentada por cualquier ciudadano dentro de los dos (02,) días hábiles de pre-publicado el padrón; se fundamenta en la perdida del ejercicio de la capacidad civil de los delegados - electores ò en la omisión y/o comisión de irregularidades por parte de estos o las organizaciones a las que representan, respecto a los requisitos establecidos en el articulo 7° de la presente ordenanza municipal.
El comité Electoral, contando con el apoyo logístico de la Municipalidad, correrá traslado a la otra parte, al termino de la distancia para que pueda subsanar su tacha, otorgándole como máximo un plazo de un (01) días hábiles para presentar sus descargos; luego de lo cual se deberá resolver la tacha.

ARTICULO 17°.- DE LA PUBLICACIÓN DEL PADRÓN ELECTORAL DEFINITIVO.
Después de resueltas la totalidad de las tachas presentadas contra el padrón electoral, el padrón definitivo será inmediata y obligatoriamente publicado por la Municipalidad, en la forma dispuesta por el Art. 15° de la presente ordenanza municipal.

CAPITULO V
DE LA INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS.
ARTICULO 18°.- DE LA INSCRIPCIÓN
Los representantes de la sociedad civil son elegidos democráticamente entre los Delegados - Electores legalmente acreditados. Para inscribirse como candidatos a representantes de la sociedad civil ante el CCD., los delegados - Electores deberán presentar individualmente su postulación ante el comité Electoral, deberán conformar listas de candidatos en el numero que determine el Comité Electoral.
Presentaran su postulación, representados por un Personero Electoral, conforme a los plazos establecidos en el cronograma electoral, luego de lo cual se les asignara un numero de acuerdo al orden de presentación de su inscripción, quedando habilitadas las inscripciones.

CAPÍTULO VI
DEL PROCESO ELECTORAL.
ARTÍCULO 19°.- DE LA ASISTENCIA TÉCNICA, SUPERVISIÓN Y OBSERVACIÓN DEL PROCESO ELECTORAL.
El Comité Electoral coordinará, con Técnicos a efectos de que puedan brindar asistencia técnica para la planificación, organización y ejecución del proceso electoral. Asimismo podrá gestionar la participación de otras instituciones en calidad de observadores.

ARTÍCULO 20°.- EL MATERIAL ELECTORAL.
El material electoral está conformado por el Padrón Electoral, la Listas de Candidatos, el Ánfora, el Acta Electoral y las Cédulas de Votación. Cada cédula contará con recuadros que contendrán el número asignado a los candidatos participantes, en una cifra igual a la cantidad de representantes de la sociedad civil a elegir ante el Consejo de Coordinación Distrital.

ARTÍCULO 21°.- DE LA INSTALACIÓN DE LAS MESAS DE SUFRAGIO.
El acto electoral se realizará en el lugar, hora y fecha señalados por la convocatoria.
Se inicia con la instalación por parte del Comité Electoral de la mesa de sufragio que estimen necesario, designando a cada uno de sus miembros responsables - Presidente, Vice-presidente, Secretario, Observadores.
Los miembros de la mesa de sufragio acondicionarán la cabina de la elección y verificarán la conformidad del material electoral.

ARTÍCULO 22°.- DE LA VOTACIÓN
La votación se desarrollará en el horario que el Comité Electoral haya anunciado como parte del Cronograma Electoral. En ese lapso, los Delegados-Electores legalmente acreditados è identificados con sus respectivos DNI, procederán a votar en la mesa de sufragio, anotando en el recuadro correspondiente, el número de los candidato de su simpatía.

ARTICULO 23°.- DEL ESCRUTINIO
Culminada la votación, se procederá con el escrutinio, el mismo que se llevará a cabo en acto público, dándose por ganadores a los candidatos que obtengan la mayor votación hasta cubrir la cuota de representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el CCD. En caso de empate en el último lugar de lo cuota a cubrir, se realizará un sorteo entre los candidatos que hayan obtenido similar votación.

ARTÍCULO 24°.- DEL CONTENIDO DEL ACTA ELECTORAL.
El Acta Electoral de la elección de representantes de las organizaciones ante el Consejo de Coordinación Distrital estará compuesta por los siguientes documentos:
a) Acta de instalación. Se indicará la hora de la instalación de la mesa de sufragio, los materiales electorales con los que se instala, el número de representantes de las organizaciones de la sociedad civil a elegir, los nombres de los miembros de mesa participantes y sus correspondientes firmas.
b) Acta de sufragio. Indicará el número de delegados electores que sufragaron, la hora de término de la elección; los nombres de los miembros de mesa y sus firmas.
c) Acta de escrutinio. Indicará el número de votos alcanzado por cada una de los candidatos, la cantidad de votos nulos y blancos, los números de los candidatos electos, los nombres de los candidatos que fueron elegidos, las observaciones, impugnaciones u otras incidencias que se hubiesen producido en las elecciones, así como los nombres y las firmas de los miembros del comité electoral.
El Acta Electoral será suscrita en cuatro ejemplares que serán distribuidos de la siguiente manera: Un ejemplar para cada miembro del comité electoral.

ARTÍCULO 25°.- DE LOS INCIDENTES O IMPUGNACIONES DURANTE EL ACTO ELECTORAL.
Cualquier incidente presentado durante el desarrollo del acto electoral ò impugnación contra el resultado de la elección, planteado por cualquiera de los Delegados-Electores ò los Personeros, será resuelto por el Comité Electoral en única y definitiva instancia, en la misma fecha de elecciones.

ARTÍCULO 26°.- DE LA PROCLAMACIÓN Y ENTREGA DE CREDENCIALES.
Concluido el escrutinio, el Comité electoral procederá a proclamar al día siguiente y entregar credenciales a los candidatos electos como representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Disrital.

ARTÍCULO 27°.- DE LA DIFUSIÓN DE LOS RESULTADOS ELECTORALES.
El Comité Electoral comunicará al Alcalde, de inmediato mediante oficio la relación de los representantes electos ante el CCD, remitiendo copia del Acta Electoral para la emisión del respectivo Decreto de Alcaldía de nombramiento de los mismos, al día siguiente de la Elección de recibida dicha documentación.
La Municipalidad publicará los resultados en el medio de comunicación masiva de mayor audiencia del distrito y los difundirá mediante carteles colocados en lugares públicos, al día siguiente posteriores de la fecha de elección.

TITULO IV
DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN DISTRITAL.

CAPITULO I
DE LA NATURALEZA, COMPOSICIÓN Y MANDATO DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN DISTRITAL.
ARTÍCULO 28°.- NATURALEZA DEL CCD.
El Consejo de Coordinación Distrital es un órgano consultivo, de coordinación y de concertación de las autoridades municipales con los representantes de la sociedad civil, elegidos de acuerdo a ley y a la presente ordenanza, encargados de velar y promover el desarrollo integral del ámbito territorial del gobierno del Distrito.

ARTÍCULO 29°.- COMPOSICIÓN DEL CCD.
El Consejo de Coordinación Distrital está integrado por el Alcalde que lo preside, por los Regidores Distritales, por los Alcaldes de Centros Poblados, y por los representantes de la sociedad civil, elegidos democráticamente de acuerdo a ley y a la presente ordenanza municipal en una proporción del 40% del número que resulte de la sumatoria total de miembros del Consejo Municipal Distrital y de los Alcaldes de los Centros Poblados.

ARTÍCULO 30°.- DEL MANDATO DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CCD.
Los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Distrital de Imperial son elegidos democráticamente, por un periodo de dos (2) años, entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones del distrito, que se hayan inscrito en el respectivo Registro Único de las Organizaciones Sociales de la Municipalidad.

CAPITULO II
DE LA INSTALACIÓN DEL CCD.
ARTÍCULO 31°.- DE LA INSTALACIÓN.
El Consejo de Coordinación Distrital deberá instalarse en un plazo no mayor a los quince (15) días calendario de haber resultado electos los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el CCD. La instalación se realizará en el Auditórium Libertad de la Municipalidad.
En dicho acto el Alcalde, procederá a tomar juramento a los representantes de la sociedad civil electos y proclamados.

CAPITULO II
DE LAS FUNCIONES DEL CCD.
ARTICULO 32°.- DE LAS FUNCIONES DEL CCD.
Corresponde al Consejo de Coordinación Disrital las siguientes funciones:
a) Coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Concertado, el Presupuesto Participativo, teniendo en cuenta que los niños y las niñas son primeros, sus ordenanzas reglamentarias, así como la Agenda para el
Desarrollo Local.
b) Proponer las prioridades en las inversiones de Infraestructura con envergadura distrital, Proponer la elaboración de proyectos de inversión y de servicios públicos universales.
c) Proponer proyectos de cofinanciamiento de obras de infraestructura y de servicios públicos universales distrital.
d) Proponer convenios de cooperación distrital para la prestación de servicios públicos.
e) Promover la formación de Fondos de Inversión como estímulo a la inversión privada en apoyo del desarrollo económico distrital sostenible.
f) Promover la formulación del Plan de Desarrollo Institucional, así como el Plan de Desarrollo Urbano, Plan de Desarrollo Rural, Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos, sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial y finalmente, el Plan de Desarrollo Humano de Capacidades de su Distrito.
g) Coordinar Acciones con las Mesa de concertación y participación ciudadana, así como la convocatoria a la realización de Audiencias, Cabildos abiertos, Asambleas Populares, Referéndum y otras formas de participación vecinal apropiadas para el distrito.
h) Otras que le encargue o solicite el Consejo Municipal de Imperial.

ARTICULO 33°.- DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS MIEMBROS DEL CCD.
Los miembros del Consejo de Coordinación Distrital, son responsables individualmente por los actos violatorios de la ley que practiquen en el ejercicio de las funciones inherentes a su cargo.

CAPITULO IV
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CCL.
ARTÍCULO 34°.- DE LOS DERECHOS
Los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Distrital, tienen derecho a:
a) Presentar al Consejo de Coordinación Distrital a nombre individual ò colectivo las opiniones y propuestas por escrito, respecto al ámbito de su competencia, las cuales serán debatidas en las sesiones.
b) Participar en las comisiones de trabajo que fueran necesarias para cumplir con las funciones del Consejo de Coordinación Distrital y otras que el Consejo Municipal Distrital encargue ò solicite.
c) Ejercer el derecho a voz y voto durante las sesiones del Consejo de Coordinación Distrital.
d) Disponer de facilidades de orden logístico y operativo por parte de la Municipalidad, a efectos de ejercer sus funciones y participar permanentemente en las reuniones del Consejo de Coordinación Distrital.
e) Convocar a los representantes de las organizaciones inscritas en el Registro Único de Organizaciones Sociales del Distrito, de manera individual o conjunta, a las reuniones de coordinación e información que lleve a cabo de acuerdo a Reglamento.
f) Presentar su renuncia debidamente fundamentada ante el Consejo de Coordinación Distrital para no seguir ejerciendo el mandato de representación de la sociedad civil.
g) Solicitar y recibir información del Consejo Municipal, sobre temas relacionados a las funciones que se le asigna al CCL, tanto .la ley como la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 35°.- DE LAS OBLIGACIONES
Los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Distrital están obligados a:
a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo de Coordinación Distrital, También asistir a las convocatorias que se realicen.
b) Para el Proceso de Planeamiento del Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo.
c) Coordinar con sus representados, las opiniones y propuestas que llevará a las sesiones del Consejo de Coordinación Distrital.
d) Coordinar permanentemente con los otros representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Distrital, para compartir las propuestas ù opiniones que presentarán en las sesiones y concertar las iniciativas conjuntas.
e) Presentar al Consejo de Coordinación Distrital, las opiniones y propuestas concertadas de todas las organizaciones de la sociedad civil a la que representan, independientemente de su opinión personal sobre el particular.
f) Presentar colectivamente, informes públicos y por escrito y a todas las organizaciones sociales y a la Asamblea Distrital, sobre los actos realizados en cumplimiento del mandato que recibieron, luego de cada periodo de sesiones.

CAPITULO V
DEL FUNCIONAMIENTO DEL CCD.
ARTÍCULO 36°.- DE LA PRESIDENCIA DEL CCD.
El Alcalde preside el Consejo de Coordinación Distrital, pudiendo delegar tal función al Teniente Alcalde y ante impedimento de éste, al Regidor encargado del Despacho de Alcaldía.

ARTÍCULOS 37°.- DE LA SECRETARÍA DEL CCD.
Cumplirá las funciones de Secretaría del CCD., el funcionario municipal que ejerza el cargo de Secretaría General en la Municipalidad, teniendo como funciones las siguientes:
a) Citar por encargo de su Presidente a las sesiones del Consejo de Coordinación Distrital.
b) Asistir a las Sesiones del Consejo de Coordinación Distrital.
c) Llevar al día y conservar las actas de las Sesiones del Consejo de Coordinación Distrital y suscribirlas con el Alcalde,, bajo responsabilidad.
d) Tramitar el despacho del Consejo de Coordinación Distrital.
e) Comunicar a las dependencias municipales, los acuerdos tomados por el Consejo de Coordinación Distrital.
f) Demás actos propios de la naturaleza del cargo.
g) Las que determine el Alcalde.

ARTÍCULO 38°.- QUORUM DE FUNCIONAMIENTO DEL CCD.
Para la instalación y funcionamiento del CCD, se requiere de la asistencia de la mitad más uno de sus miembros hábiles en la primera citación y en la segunda citación con los que estén presentes. Corresponde a la Secretaría General de Consejo ò la que haga sus veces, verificar el quórum respectivo.

ARTICULO 39°.- DE LA CONVOCATORIA A SESIONES
Las convocatorias a las sesiones ordinarias y extraordinarias del CCD., las realiza el Alcalde. Se efectúan por escrito a través de la oficina de participación vecinal, indicando día, fecha y hora así como la agenda a tratar, con una anticipación de por lo menos tres (3) días hábiles.

ARTÍCULO 40°.- DE LAS SESIONES ORDINARIAS
El Consejo de Coordinación Distrital se reúne ordinariamente dos veces al año, pudiendo establecer periodos adicionales de reuniones para coordinar, concertar y proponer los proyectos de los siguientes documentos de gestión:
a) Plan de Desarrollo Concertado.
b) Presupuesto Participativo sobre la base del Plan de Desarrollo Concertado.
c) Proponer una Agenda para el Desarrollo deL Distrito.
d) Promover la formulación del Plan de Desarrollo Institucional, así como el Plan de Desarrollo Urbano, Plan de Desarrollo Rural, Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos, sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial y finalmente, el Plan de Desarrollo Humano de Capacidades de su Distrito.

ARTÍCULO 41°.-DE LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS.
El Consejo de Coordinación Distrital, se reúne extraordinariamente en cualquier momento, previa convocatoria por escrito y dispuesta por el Alcalde, con las formalidades detalladas en el Art. 39 de la presente Ordenanza, ò cuando lo soliciten la mitad más uno de la totalidad de miembros del Consejo de Coordinación Distrital, precisando la agenda a tratar. En tales casos el Alcalde estará obligado a convocarla bajo responsabilidad, dentro de los diez (10) días hábiles de recibida la solicitud.

ARTÍCULO 42°.- DE LOS ACUERDOS DEL CCD.
Los sistemas de votación para aprobar los Acuerdos del CCD son por consenso y por mayoría simple ò nominal. Se adoptará la votación nominal a propuesta expresa de quien presida la sesión ò de la mitad más uno de los miembros asistentes del CCD.

ARTÍCULO 43°.- DE LAS COMISIONES DE TRABAJO.
El Consejo de Coordinación Distrital, para el mejor cumplimiento de sus funciones, podrá conformar comisiones especiales de trabajo a solicitud del Alcalde ò cuando así lo disponga el pleno. Las comisiones serán de carácter temporal y deberán estar integradas por el número de miembros que el pleno determine.

CAPITULO VI
DE LA VACANCIA, REVOCATORIA Y REEMPLAZO DE LOS MIEMBROS DEL CCD.
ARTICULO 44°.- DE LA VACANCIA
El cargo de representante de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Distrital vaca por las siguientes causales:
a) Por fallecimiento.
b) Por condena consentida ò ejecutoriada por delito doloso.
c) Por dejar de residir en el distrito.
d) Por renuncia escrita simple.
e) Por inasistencia injustificada a tres sesiones consecutivas.
f) Por sobrevenir con posterioridad a la elección cualquiera de las causales de incompatibilidad establecidas para ser Alcalde ò Regidor señaladas en la Ley de Elecciones Municipales. Por sobrevenir con posterioridad a la elección cualquiera de las causales de incompatibilidad establecidas para ser Alcalde ò Regidor señaladas en la Ley de Elecciones Municipales.
Serán los dos tercios (2/3) del pleno de los Integrantes del CCD. quienes acordarán la vacancia en cuestión, la misma que deberá ser ratificada mediante Acuerdo de Consejo Municipal. La vacancia de los miembros del CCD. que provengan de representación municipal, se efectuará conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades.

ARTÍCULO 45°.- DE LA REVOCATORIA
La revocatoria del mandato de los representantes de la sociedad civil ante el CCD. procede, si los dos tercios del número legal de representantes inscritos así lo acuerden, en Asamblea de Delegados expresamente convocada para tal fin por el CCD, el mismo que deberá ser ratificado mediante Acuerdo de Consejo Municipal.
La revocatoria de los miembros del CCD, que provengan de representación municipal, se efectuará conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades.

ARTÍCULO 46°.- DEL REEMPLAZO.
El reemplazo en caso de vacancia ò revocatoria de un representante de la sociedad civil ante el CCD., se efectuará conforme al estricto orden de ubicación obtenido en la elección normada por la presente ordenanza, y así sucesivamente hasta completar las vacantes que se pudieran generar en el CCD. El reemplazante completará el periodo pendiente del mandato correspondiente.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- Mediante la presente norma se encarga al Alcalde que dicte las normas complementarias para el mejor cumplimiento de este reglamento y el cabal desempeño de las funciones de los miembros del Consejo de Coordinación Distrital.

SEGUNDA.- Los casos no previstos en el presente reglamento, serán evaluados y concertados por el Consejo de Coordinación Distrital, aplicando supletoriamente la Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley del Procedimiento Administrativo General y demás normas conexas a la creación y funcionamiento de los CCD.

TERCERA.- La presente ordenanza reglamentaria entrará en vigencia al día siguiente de su publicación de acuerdo a ley.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

La Municipalidad Distrital de Imperial, en un plazo de cinco (05) días hábiles, adecuará su «Registro Único de Organizaciones Sociales», estableciendo los títulos y capítulos necesarios a efectos de inscribir a todas las organizaciones participantes del proceso materia de la presente ordenanza municipal.