19 agosto 2009

HALLAN CADAVER DE MUJER EN UNA MALETA... EN SAN ANTONIO...

El día de ayer, personal PNP de la Comisaría de San Antonio, dio cuenta que a horas 20.30 tuvieron información por pescadores artesanales de la zona, sobre el hallazgo de un cadáver en el interior de una maleta, depositado en el interior de un socavón (cueva) ubicado en el Km.- 81 de la Carretera Panamericana Sur de la via de Sur a Norte.
Constituido el personal PNP al lugar antes indicado, se verificó la veracidad encontrando el cadáver de una persona «NN» de sexo femenino en estado de composición en el interior de una maleta grande de viaje, color negro con ruedas, la misma que había sido depositado en un socavón de mas de cien metros y una gradiente de 20 metros aproximadamente. Al abrir la maleta el cadáver se encontraba en posición fetal amarrada de las muñecas hacia delante vistiendo un polo color blanco, pantalón color azul y zapatillas color blanca marca Niké. Asimismo se hallo un maleta de viaje color plomo, asi como prendas de vestir al parecer de una fémina esparcidas en el suelo de la cueva. AL lugar se hicieron presentes personal del Ministerio Público de Mala, Medico Legista de la Provincia de Cañete y personal Especializado de Homicidios quienes se encargaron de del recojo de evidencias incriminatorias para su análisis, disponiendo su internamiento del cadáver en la morgue del Ministerio Público de Cañete para la necropsia a fin de determinar la causa de la muerte y su posterior identificación.

PNP DETIENE A SUJETO POR TENENCIA ILEGAL DE ARMAS...
En merito a diversas denuncias que se vienen recepcionando de las comisarías de la Provincia de Cañete, por Delito Contra el Patrimonio – Robo Agravado de Vehículos (Motocicletas lineales y trimovil); por acciones de inteligencias se tuvo información que en la Urb. Señor de Cachuy Mza «L» lote 06 del distrito de Nuevo Imperial, se encontraban auto partes de algunos vehículos menores que habían sido robado, por lo que se realizo las coordinaciones con el Ministerio Publico de Turno, para que participe en la intervención policial.
En mérito de lo expuesto, personal PNP del DEPICAJ Cañete, a las 10.30 horas puso en ejecución un operativo policial en el inmueble antes mencionado, con participación del Dr. Luís ALVAREZ MARTINEZ, Fiscal Adjunto de la 3ra. Fiscalía Provincial Penal de Cañete, donde al efectuar rastrillaje por inmediaciones de la vivienda ubicado en la Urb. Señor de Cachuy Mza «L» lote 06 del distrito de Nuevo Imperial, en el predio contiguo margen derecho en una zanja cubierto con basuras y hojas de hierbas secas, se halló:
Dos (02) bolsa de polietileno y plástico: En la primera se hallo cinco (05) tarjetas de propiedad de vehículos NºA0662329, A0662329, A2780526, A5647801 y Exp.339111 a nombres de Elmer Teofilo GAMARRA MORALES y Felicita SUTTI ROJAS, Miguel Ángel GAMARRA MORALES, Dos (02) Tarjetas de propiedad de motocicleta con numero interno CCMA-9743-A06, CCMA-8628-A06 a nombre de Miguel Ángel GAMARRA MORALES, dos (02) copias fotostáticas de DNI a nombre de Miguel Ángel ROSALES VICENTE y Cristhian German RODRIGUEZ ROJAS, una (01) copia fotostática de un DUA con código 6482 a folios (05), una boleta de venta Nº0149908 de la razón Defendí – Motors S.A. del 13MAY08, una (01) boleta de venta Nº 000038 de Import LAMB SCRL, un (01) contrato de Locación, un (01) Resolución de Alcaldía S/N 2008.MDCH/A, Dos (02) placas de rodajes Nº MG-25861, MCG-32588, auto partes de motocicletas, un (01) tacómetro, un espejo, un (01) logotipo de motor de metal «JUMBO», dos (02) forro de plástico de puerta de mototaxi color amarillo con negro, dos (02) chapas de contacto de motocicleta deteriorado, una (01) tapa de tanque de combustibles de motocicleta, un protector de chapa, protector con inscripción «Open-Ilach» color negro, dos (02) spray de pintura, una (01) tijera de podar, un (01) tente de plástico con marco azul; Mientras que en la segunda se encontró tres (03) espejos rajado el vidrio, uno sin vidrio, tres (03) direccionales posteriores de motocicletas y un logotipo de metal «RTM» de motocicleta y otras especies, formulándose el acta respectiva. Ante lo expuesto en el acápite precedente, se procedió a indagar en el lugar del hallazgo a fin de identificar y ubicar al responsable y/o propietario del inmueble contiguo donde se hallaron dichas especies, siendo atendido por el Sr. Miguel Ángel GAMARRA MORALES, a quien al indicarle sobre el hallazgo de las especies antes mencionadas, con la finalidad de deslindar su implicaría sobre las especies halladas, autorizó se realice el registro domiciliario en su inmueble ubicado en la Urb. Señor de Cachuy Mza «L» lote 06 del distrito de Nuevo Imperial, con participación del Representante del Ministerio Publico, obteniéndose resultado positivo para arma y municiones, por cuanto se logro encontrar en uno de los cajones del ropero de madera de su dormitorio, una bolsa plástica color negro en cuyo interior se encontró un (01) arma de fuego (revolver) marca Smith Wesson, con cacha de madera cal. 32, con numero de serie erradicado y dos cartuchos cal. 32 marca «W: W.», abastecido dos (02) cartuchos, formulándose In situ el acta respectiva.
Culminadas las diligencias preliminares a horas 11.00, el Intervenido Miguel Ángel GAMARRA MORALES (34), fue conducido a esta Dependencia policial en calidad de Detenido con las especies antes consignadas, para las investigaciones pertinentes del caso, por la presunta comisión del Delito Contra la Seguridad Pública-Peligro Común (Tenencia ilegal de arma de fuego y municiones).
Nancy Gonzáles del Valle marca distancia...
PRIMERA REGIDORA DE LUNANAHUANA SE REBELA Y PIDE CUENTAS CLARAS A OVIDIO ESPINOZA…
IMPERIAL.- A menos de dos meses y medio de la consulta popular de revocatoria al que serán sometidos las autoridades de la Municipalidad Distrital de Lunahuaná, ésta comenzó a tambalear, luego que la primera regidora, Nancy Gonzáles del Valle, apareciera sorpresivamente con «la espada desenvainada» y en pleno sesión de concejo del pasado seis de Agosto, lanzara una serie de cuestionamientos al alcalde Ovidio Espinoza Escajadillo, que no supo cómo salir del embrollo.
Entre los cuestionamientos que hizo la regidora, estuvo el informe sobre los trabajos del libro de conciliación contable que fue cancelado por un monto de cinco mil soles al señor Félix Ávalos.
Igualmente, pidió informe, sobre por qué la mencionada suma que fue cobrada en el área de tesorería por «pago de obras», no recabó el cheque la misma persona sino que llegó un representante de apellido Flores.
Asimismo Nancy Gonzáles del Valle, pidió el informe sobre el pago de de dos mil soles sobre la Formulación de los Estados Financieros al primer semestre del 2008 donde el municipio está omiso.
Del mismo modo, pide que precise: ¿Qué función cumple el señor Heber Ávalos para que perciba un pago mensual de mil 200 nuevos soles?. Además ¿Por qué se le pagó 2,500 nuevos soles como trabajos extras?.

¿Y JAVIER SEBÁN?...
Más de un regidor se quedó sorprendido en la comuna con la actitud adoptada por la regidora y a excepción del regidor Aprista, Javier Sebán, fue el único que habló.
«Yo pensé que estaba sólo luchando contra los presuntos actos de corrupción. Pero, veo que ha salido al frente su propia regidora de Ovidio Espinoza y me alegro que se de cuenta», comentó Sebán.
Como se sabe, en todo este tiempo, Javier Sebán, fue el único concejal que cuestionó duramente a Ovidio Espinoza, alcalde que no ha sabido responder claramente las acusaciones.
Incluso, como muestra de desprendimiento que la actual gestión, no cubrió con las expectativas de la población, él mismo pidió a la Comisión de Revocatoria de Lunahuaná, le pongan para ser sometido a la consulta popular de noviembre próximo.
No faltan también, las malas lenguas, que esto sería parte de una estrategia del alcalde provincial, Javier Alvarado, de quien señalan que la regidora Nancy Gonzáles del Valle, es un familiar cercano y no quiere perder el fortín de Patria Joven.
EN IMPERIAL SE REALIZÓ PRIMERA REUNIÓN DESCENTRALIZADA DE DIRECTORIO DE EMAPA...

Con la finalidad de conocer las necesidades de los distritos a los cuales se brinda el servicio de agua potable y alcantarillado, el día lunes 17 de agosto de 2009 se llevó a cabo la primera reunión descentralizada de directorio de EMAPA CAÑETE S.A.
En esta oportunidad, la reunión se realizó en el Salón de Actos de la Municipalidad del distrito de Imperial, a horas 4:30 pm., teniendo como puntos de agenda los siguientes:
Informe situacional de la empresa; Firma de Convenio de ejecución de obra entre EMAPA CAÑETE S.A., Municipalidad Distrital de Imperial y/o Población de la Calle Colón Cuadra 1.
Respecto a este último punto, se llevó a cabo la firma del convenio
satisfactoriamente, el mismo que tiene como finalidad efectuar el mejoramiento de la red de agua potable y alcantarillado en la primera cuadra del Jr. Colón; correspondiéndole a EMAPA CAÑETE S.A. la contratación de mano de obra calificada, por un monto equivalente a S/. 9,335.20 Nuevos Soles; la Municipalidad de Imperial se compromete ha asumir el 100% del costo de materiales, equivalente a S/ 24,869.18 Nuevos Soles. Mientras que la población del Jr. Colón Cdra. 1, se compromete a realizar los trabajos de excavación y relleno de zanjas, por un monto equivalente a S/. 4,898.00 Nuevos Soles.
El plazo de ejecución de la obra será de 45 días y a partir de la puesta de los materiales en obra por parte de la Municipalidad, trazo y replanteo por parte de EMAPA CAÑETE S.A. y la excavación de zanja por parte de la población beneficiada.
Por otro lado, en dicha reunión se contó con la presencia del Teniente Gobernador de CPM Las Lomas, el mismo que manifestó su interés de que se efectúen las acciones para el abastecimiento de agua potable en su comunidad.
Actualmente, se tiene suscrito un convenio de abastecimiento a través del camión cisterna, por un plazo de tres meses.
SÍNTESIS
El Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, en cumplimiento del artículo 17º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094 y artículo 16º del Reglamento de Organizaciones Políticas, aprobado por Resolución Nº 120-2008-JNE, pone en conocimiento de la ciudadanía que con fecha 23 de junio de 2009 se ha presentado ante este registro especial el ciudadano Segundo Constantino Díaz de la Cruz, Personero Legal Alterno de la Organización Política Local Provincial: «Arriba Cañete», de la provincia de Cañete y departamento de Lima, solicitando la inscripción de la referida organización en el Registro de Organizaciones Políticas. Para ello ha acreditado el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 17º de la referida Ley, cuya síntesis es la siguiente:
Denominación «Arriba Cañete»
Nombres de fundadores: Constantino Ezequiel Adriano Perales, José Alexis Albino Meneses, Oscar Luis Arredondo Chocata, Gloria Liz Bendezú Navarrete, Aida Luisa Condori Saravia, Ruperto Antonio Díaz de la Cruz, Segundo Constantino Díaz de la Cruz, Lisseth Analy Díaz Villar, Reyna Soledad Guerra Cortéz, Rosa Guisella Guevara Quispe, Leonila Antonia Hinostroza Rojas, Edwing Jesús Jara Huamantica, Gregorio Fabian Libón Condori, Ángel Oscar Matos Matos, Miguel Ángel Padilla Malásquez, Celia Carmen Villar Huapaya vda de Aliaga y Pedro Aquilino Yaya Sánchez.
Dirigentes:
Presidente: Miguel Ángel Padilla Malásquez
Secretario General: Constantino Ezequiel Adriano Perales
Secretario de Juventudes y Promoción de la Mujer: Gloria Liz Bendezú Navarrete
Secretario de Tesorería y Finanzas: Aida Luisa Condori Saravia
Secretario de Organización: Ruperto Antonio Díaz de la Cruz
Secretario de Actas y Archivo: Rosa Guisella Guevara Quispe
Secretario de Prensa y Participación Ciudadana: Leonila Antonia Hinostroza Rojas
Secretario de Plan de Gobierno y Educación Política: Edwing Jesús Jara Huamantica
Apoderado: Pedro Aquilino Yaya Sánchez.
Nombres de personeros:
Personero Legal Titular: Oscar Luis Arredondo Chocata
Personero Legal Alterno: Segundo Constantino Díaz de la Cruz
Personeros Técnicos:
Personero Técnico Titular: Ángel Oscar Matos Matos
Personero Técnico Alterno: Lisseth Analy Diaz Villar
Representante Legal: Constantino Ezequiel Adriano Perales y Miguel Ángel Padilla Malásquez.
Domicilio Legal: Jr. Bolognesi N° 149, distrito de San Vicente, provincia de Cañete y departamento de Lima.
La publicación tiene por objeto que cualquier persona natural o jurídica pueda formular tacha contra la solicitud de inscripción, la cual deberá estar fundamentada en el incumplimiento de la Ley Nº 28094 y del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, aprobado por Resolución Nº 120-2008-JNE.
Lima, 17 de agosto de 2009
Fernando M. Rodríguez Patron
Director de Registro de Organizaciones Políticas
Jurado Nacional de Elecciones


MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

FE DE ERRATAS ORDENANZA N° 022-2009-MPC

Cañete, 13 de julio de 2009.

DICE:
«ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS –TUPA- DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE»
Artículo 1º.- MODIFICAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA- de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobado por Ordenanza No. 031-2007-MPC de fecha 28 de diciembre del año 2007, según se indica en el Anexo de Modificaciones del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), el que forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo 2º.-……..
Artículo 3º.-……..
Artículo 4º.-……..

POR TANTO:
Mando se Registre, Publique y Cumpla.

Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
Alcalde

DEBE DECIR:
«ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS –TUPA- DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE»
Artículo 1º.- MODIFICAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA- de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobado por Ordenanza No. 031-2007-MPC de fecha 28 de diciembre del año 2007, según se indica en el Anexo de Modificaciones del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), el que forma parte de la presente Ordenanza, y dice lo siguiente: ( Informe 093-2009-MMH-GODUR-MPC).Se adjunta anexo Nº 01.

Artículo 2º.-……..
Artículo 3º.-……..
Artículo 4º.-……..

POR TANTO:
Mando se Registre, Publique y Cumpla.

Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
Alcalde

NOTA: Anexo Nº 1, en páginas 4 y 5.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO

ORDENANZA Nº 014-2009- MDSA

San Antonio, 15 de Agosto del 2009

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE SAN ANTONIO – CAÑETE

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el informe Nº 076-2009/GR-MDSA de la Gerencia de Rentas, y el Informe Nº 151-2009-OAL/MDSA de la Oficina de Asesoría Legal, de la Municipalidad Distrital de San Antonio – Cañete.

CONSIDERANDO:
Que, es necesaria la actualización de la información contenida en la base de datos de la Administración Tributaria de la Municipalidad de San Antonio, a efectos de determinar la base imponible del Impuesto Predial de los predios ubicados en su jurisdicción;

Que, el inciso a) del artículo 14° del Decreto Legislativo N° 776 y modificatorias, establece que los contribuyentes se encuentran obligados a presentar declaración jurada del Impuesto Predial hasta el último día hábil del mes de febrero, salvo prórroga establecida por el Municipio;

Que, el inciso c) del artículo 14° del Decreto Legislativo N° 776 y modificatorias, establece que los contribuyentes están obligados a presentar declaración jurada del impuesto predial cuando así lo determine la administración tributaria, para la generalidad de contribuyentes y dentro del plazo que se determine;

Que, el artículo 88° del Decreto Supremo N° 135-99-EF y modificatorias – Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que la declaración tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la administración tributaria en la forma y lugar establecidos por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma de rango similar;

Que, son sujetos pasivos en calidad de contribuyentes las personas naturales o jurídicas propietarias de los predios, cualquiera sea su naturaleza y los titulares de concesiones otorgadas en aplicación del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y modificatorias, así como de los condóminos y de los poseedores o tenedores en calidad de responsables de los predios ubicados en la jurisdicción del distrito de San Antonio – Cañete y lo dispuesto en los Artículos 8º y 9º del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por D.S.156-04-EF;
Que, el artículo 14º del TUO de la Ley de Tributación Municipal establece que, los contribuyentes se encuentran obligados a presentar declaración jurada del Impuesto Predial, por transferencia de dominio o de posesión, así como de los predios que sufran modificación en sus características que sobrepase al valor de 5 UIT, hasta el último día hábil del mes de febrero, salvo prorroga establecida por el municipio; cuando así lo determine la administración tributaria, para la generalidad de contribuyentes y dentro del plazo que se determine para tal fin;

Que, es necesaria la actualización de la información contenida en la base de datos de la Administración Tributaria, con la finalidad de poder ampliar la base tributaria, incorporando a nuevos contribuyentes que a la fecha se encuentran en calidad de omisos o subvaluadores frente a la administración tributaria;

Por lo que estando a las facultades que confiere el Inciso 9) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal aprobó la siguiente:

ORDENANZA
QUE ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL EN EL DISTRITO DE SAN ANTONIO

ARTÍCULO 1º.- ALCANCES DE LA ORDENANZA:
Establézcase la obligación de presentar la declaración jurada de autoavalúo al Impuesto Predial para:
1.1.- Todos los propietarios, poseedores o tenedores de los predios que se encuentren ubicados en el distrito de San Antonio y que a la fecha de publicación de la presente ordenanza no hayan cumplido con presentar Declaración Jurada del Impuesto Predial.

1.2.- Los contribuyentes que tengan predios no declarados (omisos).

1.3.- Los contribuyentes que tengan predios a los cuales se han efectuado modificaciones de las características.
a) Las personas naturales y jurídicas de derecho privado y/o público propietarios de predios que se encuentren inafectos, exonerados o que vienen gozando de algún tipo de beneficio tributario, respecto al pago del impuesto predial y que a la fecha no hayan presentado Declaración Jurada.
b) Los pensionistas que gozan de beneficios tributarios. Los mismos que también están comprendidos en la regularización de actualización por las modificaciones de las características de los predios de su propiedad, estando obligados a presentar la Declaración Jurada de Autoavalúo, acompañando su última boleta de pago y el documento de identidad del titular.
c) Los propietarios de predios que cuenten con áreas arrendadas destinadas al uso comercial y/o de servicios.

El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente ordenanza, dará lugar a la determinación y consecuente imposición de multa contemplada en el TUO del Código Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF y normas complementarias reglamentarias.

ARTÍCULO 2º.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA MASIVA.
Establézcase que la presente Ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

ARTICULO 3º.-DE LAS INFRACCIONES:
De conformidad con el numeral 1) del artículo 176° del Decreto Supremo N° 135-99-EF–Texto Único Ordenado del Código Tributario, constituye infracción la no presentación de las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro del plazo establecido en el artículo precedente.
El obligado a la presentación de la Declaración Jurada será pasible de sanción de multa en las siguientes situaciones.
a) Por negarse a brindar información.
b) Por no dejar la información respectiva a pesar de haber sido notificado.
c) Por declarar datos falsos, sin perjuicio de seguir las acciones legales correspondientes.
d) Por no presentar Declaración Jurada

La multa serán los siguientes:

CUADRO DE MULTAS

PERSONAS JURIDICAS 8 % DE LA UIT
PERSONAS NATURALES 4 % DE LA UIT

ARTÍCULO 4º.- SUSPENSIÓN TEMPORAL DE SANCIONES:
Suspéndase durante el plazo de 30 días contados desde el día siguiente de su publicación las sanciones establecidas en el artículo tercero, para aquellos obligados que de forma voluntaria se apersonen ante la administración tributaria con el fin de presentar su declaración jurada de auto valuó del impuesto predial.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA: Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas, Ejecutoría Coactiva.

SEGUNDA: Encárguese a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Local, en la Web de la Municipalidad.

POR TANTO:
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Esteban Agapito Ramos
Alcalde
JUDICIALES

EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná – Cañete, Expediente Nº 2009-0019, en lo seguido por Juana Hideliza Sánchez Quiróz Del Valle, emplazados Beneficencia Pública de Cañete y otros, sobre Sucesión Intestada de doña Margarita Josefina Quiróz Del Valle Florentini, el Señor Juez ha ordenado su emplazamiento por treinta días vía edicto a los herederos de Justo Neptalí Sánchez Quiróz Del Valle, a fin de que se apersone y absuelva la solicitud bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal; con transcripción sumaria de auto admisorio: publicándose por el término de Ley. RESOLUCION NUMERO DOS: Lunahuaná, 19 de Marzo del 2009.- AUTOS Y VISTOS: (…) Se Resuelve: Admitir la solicitud de Sucesión Intestada promovida por JUANA HIDELIZA SANCHEZ QUIROZ DEL VALLE, de quien en vida fuera su tía Margarita Josefina Quiróz del Valle Florentini, quien falleciera con fecha veinte de Junio del año dos mil novecientos ochenta y cinco, debiendo sustanciarse por la vía del PROCESO NO COTENCIOSO, téngase por ofrecidos los medios probatorios; NOTIFIQUESE a los presuntos herederos y la BENEFICENCIA PUBLICA de Cañete, con la presente resolución, así como también póngase a conocimiento del Ministerio Público. ANOTESE PREVENTIVAMENTE la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada, … PUBLIQUESE por tres días el extracto de la solicitud en el diario «El Peruano» y en el diario «Al Día Con Matices».- María R. Sánchez Soriano – Secretaria Judicial – Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná – Corte Superior de Justicia de Cañete.
Lunahuaná, 07 de Agosto del 2009.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná
18, 19 y 20 de Agosto.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don Julio Javel Soto Astocaguana, con DNI Nº 15411604, de 46 años de edad, de estado civil soltero, de nacionalidad peruano, domiciliado en CPM Santa Bárbara Mz. «M», Lote Nº 03, San Luis – Cañete; y doña Gloria Concepción Palomino Apolaya, con DNI Nº 15413620, de 37 años de edad, de estado civil soltera, domiciliada en CPM Santa Bárbara, Mz «I», Lote Nº 02, San Luis – Cañete; pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley.
San Luis, 10 de Agosto del 2009.
Laudy Lady Chávez Casanova
Jefe de Registro Civil

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Expediente Nº 2009-0026-C-JPLY, ante el Juzgado de Paz Letrado de Yauyos, a cargo del Dr. José Luis Walter Ruíz Meza, y Secretaria Rosa Delia Salazar Balvin, don Víctor Freddy Vivas Reyes, solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento de su menor hijo Víctor Anderzon Vivas Castillo, inscrita en la partida número 60381199, por ante la Municipalidad del Distrito de Alis – Yauyos, en la cual solicita se rectifique los errores ortográficos existentes en dicha partida: Fecha de nacimiento: 18-04-2004; el nombre de la madre: Mariella Cristina Castillo Quispe, y el nombre del padre Víctor Freddy Vivas Reyes.
Yauyos, 22 de Junio del 2009.
Rosa Delia Salazar Balvin
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Yauyos

EDICTO
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el Juez Dr. Luis F. Chávez Acharte, y Sec. María R. Sánchez Soriano, Exp. 2009-0055, PAULA GERMANA LUYO VICENTE, solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento; a fin de que se ADICIONE su apellido materno «VICENTE», figurando su nombre correcto como «PAULA GERMANA LUYO VICENTE». Lunahuaná, 17 de Agosto del 2009.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná

EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que despacha el Juez Jacinto Cama Quispe, se tramita el Exp. Nº 2009-197-0, seguidos por Luis Antonio Mateo Muñoz contra Nicolás Santos Alan, Ernesto Gumersindo Huamán Saldaña, Municipalidad Provincial de Cañete y personas inciertas, sobre acción Reinvindicatoria y pago del valor del terreno, sobre el predio constituido por 10,086.35 metros cuadrados, ubicado en la hoy llamada Urbanización Las Palmas San Vicente de Cañete, incluyendo las edificaciones levantadas sobre dicho lote; se ha dictado la RESOLUCION Nº 03.- Cañete, veintitrés de Julio del dos mil nueve.- AUTOS Y VISTOS: Se ADMITE la demanda bajo la vía de conocimiento y se ordena NOTIFICAR a las personas inciertas para que dentro del término se SESENTA DIAS se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL.
Cañete, 06 de Agosto del 2009.
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil Cañete
19, 20 y 21 de Agosto.
ASOCIACIÓN «LAS BRISAS DE CONCON» «ASOBRICO»
ESQUELA DE CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
La Presidenta de la Asociación «Las Brisas de Con Con» - «ASOBRICO», conforme lo dispuesto en los Artículos 87, inc. 4, y Art. 37 del Estatuto, CONVOCA en cumplimiento de los Arts. 38, inciso «5 y 6» del Estatuto, a todos los asociados hábiles, a Asamblea General Extraordinaria que se realizará el día 22 de Agosto del 2009, a llevarse a cabo en nuestro local social, sito en el Km. 164.5 de la Carretera Panamericana Sur – Cañete, en la Mz. Súper A-1 Lote 1, a fin de tratar la siguiente agenda:
1.- Modificar y/o ampliar Fines de la asociación
2.- Modificar el art. 38º inciso 8 del Estatuto
3.- Aprobación de nuevos planos
La primera convocatoria se realizará a las 10:00 horas, y en segunda convocatoria a las 10:30 horas, llevándose a cabo la Asamblea con el quórum establecido en el Art. 39 y 41 del Estatuto.
San Vicente de Cañete, 18 de Agosto del 2009.
Rita Carmen Chiok Barraza
Presidente

18 agosto 2009

DENUNCIAN PENALMENTE A SACERDOTE QUE ATROPELLO A TRABAJADORA EN CAÑETE...

SAN VICENTE.- El sonado caso de un sacerdote, cuyo auto colisionara contra un «burro car» y diera muerte a una humilde mujer, pasó a las instancias del Ministerio Público para ser esclarecidos mediante la denuncia penal.
Sixto Arones Ichaccaya, conviviente de la occisa, Gregoria Alfaro Huamanculi (52), formuló la denuncia penal contra el curita que responde al nombre de Marcos Antonio Martínez Ruiz, por el delito de homicidio culposo.
La denuncia presentada ante la Fiscalía Penal de Turno de Cañete, señala que los hechos ocurrieron el pasado 30 de julio a las 18.30 horas en la carretera de Imperial – Quilmaná.
Expresa que su conviviente estaba estacionada en la orilla de la pista auxiliar con sus cuatro burritos con carga de pasto que llevaba para su ganado y fue violentamente investida por una camioneta Pick Up de placa PUK-026 produciéndole serias lesiones a su pareja sentimental.
En el documento expresan, que según los testigos, la camioneta venía en zigzag y casi atropella a otros transeúntes, lo que se especula que el sacerdote podría haber estado, valga la redundancia, en estado etílico.
«Producto del accidente, mi esposa pedía auxilio para ser trasladado hacia el nosocomio, pero en vista que no fue atendido a tiempo, llegó cadáver al nosocomio de Imperial, tras estar agonizando dos horas en la pista», recordó.
Puntualizo que el sacerdote sólo le pagó el nicho y más el cajón, además de entregarles la suma de 2,300 nuevos soles que sirvieron para curar a sus burritos que producto del impacto sufrieron serias lesiones.
«Pero, en lo concerniente a los daños y perjuicios el sacerdote, no quiere cancelar ningún céntimo, indicándome que eso lo tenemos que ver en el juzgado», precisa Sixto Aronez en medio del llanto.

ABOGADO INTERVIENE…
El Dr. Fernando Italo Quispe, quien está llevando el caso del humilde obrero, expresa que no entiende por que el denunciado no ha sido puesto a disposición de la Fiscalía en calidad de detenido, al igual que su vehículo para que el Juez, finalmente, de su veredicto.
«La justicia es para todos igual. Aquí se ha transgredido toda norma de orden público al dar libertad a este ciudadano y su vehículo, cuando la Ley dice lo contrario», protestó el Dr. Italo Quispe. (Wicecal)
PASTOR HUMBERTO LAY PRESENTA PLAN DE GOBIERNO DE RESTAURACION NACIONAL... A LA REGION...

El pastor Humberto Lay Sun, presidente del partido político «RESTAURACION NACIONAL» inaugurará el próximo sábado 05 de Setiembre, el Plan de Gobierno Regional de Lima, con miras a participar en las justas electorales del 2010.
El lanzamiento del Plan de Gobierno Regional, que pone a la candidatura de Luisa Meneses, a la vanguardia de los candidatos al sillón del Gobierno Regional de Lima, será presentado en las instalaciones del Hotel Colón, ubicado en el Jr. Colón Nº 600, en el distrito de Miraflores, iniciándose el acto protocolar a partir de las 08:00 a.m.
El equipo técnico que ha participado en la elaboración de este Plan de Gobierno está integrado por reconocidos profesionales de las 9 provincias que comprende la Región Lima, y que está liderado por el Ingl Jorge Lau Kong, así como también por la candidata al sillón regional, la Lic. Luisa Meneses Rivadeneyra.
Sin duda, el hecho de presentar el Plan de Gobierno Regional, con tanta anticipación, convirtiéndose en el primero en hacerlo, señala la planificación y el buen deseo de hacer un buen gobierno, que presenta esta joven agrupación política que lidera a nivel nacional Humberto Lay Sun.
Enajenó las tierras para fundar Ramos Larrea…
CON SENDOS HOMENAJES Y EN OLOR A MULTITUD, DESPIDIERON A DON GILBERTO ESPINOZA RUIZ…

IMPERIAL.- En olor a multitud y con los honores requeridos, que suelen realizarse a grandes personajes, se despidió de este mundo don Gilberto Espinoza Ruiz, ex alcalde de Imperial, quien en la década del 60 decidió dar solución a la problemática de la vivienda enajenando hectáreas de terreno para entregarlas a 400 familias, dándole partida de nacimiento a lo que hoy se conoce como Ramos Larrea.
Don Gilberto Espinoza Ruiz, dejó de existir a sus 94 años, el pasado viernes, recibiendo los honores de parte de las autoridades locales y la población en General
Aún está en el recuerdo que un 27 de Julio de 1964, en su condición de alcalde, asumió el reto para tomar las pampas de Ramos Larrea y solucionar la problemática de la vivienda de cientos de moradores que carecían de un techo para pernoctar.
Jamás claudicó y con orgullo defendió sus ideales expresando que él «hizo justicia a los pobres» y no se amilanó ni ante los tribunales, ya que tras estar ocho meses detenido, tuvieron que absolverlo.
Una persona muy querida por la población de Ramos Larrea, cuyo parque lleva su nombre y en donde se le ha erigido un monumento en muestra de reconocimiento, a pesar de la indiferencia de las autoridades edilicias de Imperial.

HOMENAJE POSTUMO…
En la ceremonia funeral y el reconocimiento póstumo que le hizo la población de Ramos Larrea, su presidente, Dr. Mario Cama Sánchez, destacó su cualidad innata.
«Gilberto Espinoza Ruíz, es un héroe. Un mártir… un luchador social con principios socialistas. Una persona honrada, lo que carecemos hoy en día de nuestras autoridades», dijo en tono enérgico Cama Sánchez en medio de la multitud.
Precisó que a lo largo y ancho de nuestro país difícilmente se podrán encontrar una persona con las características de Gilberto Espinoza Ruíz.
«Los alcaldes, presidentes regionales y congresistas, están envueltos hoy en día en la corrupción. Nadie se salva y a diario escuchamos lo mismo en las distintas emisoras»; dijo Cama quien recibió la ovación de la población.
Culminada la ceremonia, los restos fueron trasladados hacia la Municipalidad Distrital de Imperial donde el alcalde Richar Yactayo Duran, le declaró «Hijo Ilustre de la Ciudad».
Su esposa Albertina Viancato, hoy viuda de Espinoza, así como sus hijos Guillermo, Gianina y demás familiares, agradecieron a las autoridades y la población en general por este noble gesto.
¡Descansa en Paz, don Gilberto Espinoza Ruíz!
Promete no claudicar con la patronal…
PRORROGAN MANDATO DE HUMBERTO VIDAL HASTA 31 DE DICIEMBRE EN SITRAMUN CAÑETE…

SAN VICENTE.- En asamblea general extraordinaria realizado el pasado 28 de Abril, decidió prorrogar el mandato de la junta directiva del Sindicato Único de Trabajadores Municipales, SITRAMUN – Cañete, cuyo secretario general es Humberto Vidad De la Cruz, hasta el 31 de diciembre del año en curso.
«Si los socios nos piden, es porque estamos trabajando muy bien», fue lo primero que dijo Humberto Vidal De la Cruz, en son de broma, tras ser abordado por los hombres de prensa.
Precisó que la decisión fue tomada por la mayoría de los trabajadores para no quebrar las «negociaciones colectivas» pendientes en resolver que vienen realizando con la «patronal».
Precisó que la ampliación de mandato de Humberto Vidal, incluso ha sido reconocido por la Municipalidad Provincial de Cañete mediante la Resolución de Alcaldía Nº 276 – 2009 – AL-MPC de fecha 23 de Julio del 2009, suscrito por el titular Javier Alvarado.

LA JUNTA DIRECTIVA…
La junta directiva ratificada de SITRAMUN – Cañete, quedó de la siguiente manera: Humberto Vidal De la Cruz (Secretario General), Martina Humpiri Colquehuanca (Sub. Secretaria General), Nepatlí Rojas Salvador (Sec. de Organización), Victorino Espichán Flores (Sec. de Defensa), Pedro Chumpitaz Torres (Sec. de Disciplina), Abel Quilca Valerio (Sec. de Prensa y Propaganda).
Asimismo Rossana Vicente Lázaro (Sec. de Economía), Felícita Sánchez Llanos (Sec. de Asistencia y Derechos), Cecilia Fernández Flores (Sec. Cultura y Deporte), María Vásquez de Vera (Sec. de Relaciones Exteriores).
«Agradezco a los compañeros de la Municipalidad Provincial de Cañete por la confianza depositada. Les prometo que no vamos a claudicar con la patronal y seguiremos buscando soluciones a nuestras peticiones», concluyó Vidal.
MESA DE DIALOGO DE CASO EL PLATANAL DIO A CONOCER INFORME TECNICO EN REUNION CON REPRESENTANTES DE COMUNIDADES CAMPESINAS Y CENTROS POBLADOS

El temor que el río Cañete se secaría con la puesta en funcionamiento de la Central Hidroeléctrica El Platanal, quedó desvirtuada en la Mesa de Diálogo, que preside el Ing. Nelson Chui Mejía, en reunión celebrada en la sede el Ministerio de Energía y Minas, donde se dio a conocer los alcances del Informe Técnico.
Chui, informó que «no se va secar el río, siempre va a ver un mínimo (en su caudal), un recurso (hídrico) mínimo, para mantener el riego (agrícola), de consumo (humano) y para la ganadería. No va a afectarlos, no se va estar contra la productividad».
Esto fue corroborado por los representantes de la empresa, Compañía Eléctrica El Platanal S.A. (CELEPSA), entre ellos, su gerente general Pedro Lerner.
En ese sentido, el también presidente del Gobierno Regional de Lima, dijo que remitirá el informe a los alcaldes de la provincia de Yauyos para que lo hagan conocer a la población y manifestar sus observaciones, y de no haberlas, emitirá una Resolución Presidencial dando por aprobado el mismo, con los plazos para su seguimiento por parte del grupo técnico y en el cumplimiento de compromisos. Además, que en adelante la mesa de diálogo se reunirá cada tres meses.
Por tanto, calificó como un éxito la reunión debido a la voluntad de diálogo, de los dirigentes de las comunidades campesinas, agentes municipales y otros actores. «Ha sido un ejemplo para el país, es un caso especial, donde se ha hecho un trabajado en forma conjunta con los técnicos de quince organismos del Estado».
También, que a las autoridades se les ha elegido para atender los problemas y darles solución, algunas motivadas por la falta de comunicación, razón por la que en el caso de El Platanal se diseñará una estrategia con ese fin.
Asistieron a la reunión los representantes de las comunidades campesinas de Capillucas, San Cristóbal, Cachuy, Cotahuasi; el centro poblado San Jerónimo, etc., quienes recibieron respuestas a sus preguntas por representantes del Produce, Edgar García Carbajal; el Director General de Gestión Social del MINEM, José Luis Carbajal Briceño; y MINAM, Erick Soriano Bernandino.
Otras autoridades presentes fueron el alcalde de Yauyos, Diomides Dionisio Inga; el Jefe policial de Cañete, Crnel PNP Wilfredo Gonzáles Saavedra, y la Fiscal Luz Elizabeth Peralta Santur.
REALIZAN CAMPAÑA DE SALUD VISUAL EN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
Una campaña de salud visual en beneficio de Magistrados, trabajadores judiciales y sus familiares se realizó el día de ayer, en la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Cañete, que incluyó examen de refracción, prueba de agudeza visual, y despistaje de enfermedades oculares.
Esta actividad estuvo a cargo de OPHTALMIC CENTER, que en convenio con el Poder Judicial realizó esta campaña oftalmológica. El examen visual se realizó en forma gratuita y se ofrecieron anteojos para ser descontados en planilla, según anunció la Oficina de Bienestar Social de esta Corte Superior.
La atención médica se realizó desde las 9:00 de la mañana hasta las 16: horas.
Comenzó la era partidaria de Andrés Tello en la Región Lima…
REAJUSTAN CUADRO DIRIGENCIAL DE LOS COMITÉS DISTRITALES DEL PARTIDO APRISTA EN CAÑETE…

El Secretario General del Comité Ejecutivo Regional Lima Provincias, Dr. Andrés Tello Velazco, sostuvo una importante reunión de trabajo con los nuevos dirigentes distritales de la zona sur de Cañete.
Andrés Tello, quien estuvo acompañado de Antonio Arriola Torres, Subsecretario General Regional, y Oscar Saavedra Chaupin, Secretario General Provincial, base – Cañete, tomaron acuerdos importantes.
Informaron que el CER - Lima Provincias, viene desarrollando un intenso trabajo con la finalidad de impulsar la acción política del Partido en búsqueda de su fortalecimiento en los pueblos de la región Lima.
Para ello, viene reajustando las juntas directivas y conformando los Comandos de Acción en aquellas bases que así lo ameritan, según los informes proporcionados durante el I Plenario Regional llevado a cabo en la ciudad de Chancay el pasado 11 de Julio.
Durante la reunión se abordaron temas de carácter orgánico cuya primera fase se ha iniciado con la normatividad respectiva mediante las directivas emitidas, cuyos temas se refieren al Informe Situacional de los Comités Políticos del Partido en la Región Lima Provincias (Directiva 01).
Luego el Proceso de Regularización de Datos en el Padrón de Afiliados (Directiva 02), Normatividad sobre la Presentación de los Locales Partidarios (Directiva 03) y la Normatividad sobre el Calendario Aprista (Directiva 04).
Puntualizan que la Directiva Nº 05 está relacionada a la convocatoria del Plenario arriba mencionado y de esta forma los «compañeros», puedan realizar trabajos en diferentes bases de la Región Lima.
A su turno, los secretarios generales distritales, renovaron en forma unánime su compromiso firme, disciplinado con el Partido y con las tareas encomendadas.
Los dirigentes de base, dejaron claro su voluntad para trabajar a favor de la unidad del Partido, pero con los máximos valores partidarios como son el respeto y la disciplina.
Estos son los primeros comités cañetanos que se han reajustado y conformado sus respectivos comandos de acción.

REAJUSTAN COMITÉ
EJECUTIVO PROVINCIAL…
Luego de los escrutinios para la elección del Comité Ejecutivo Regional, CER – PAP – Lima provincias, en la base de Cañete, quedó como secretario general, Oscar Saavedra Chaupin.
Asimismo, como sub secretario general: Hugo Tribeño Herrera, Saba Cabrera Chaupín (secretario de organización y movilización), Juana Stop de Manrique (Sec de Disciplina) y Emperatriz Luyo de Núñez (Sec. Prensa y propaganda).
Igualmente, Ana Angulo Chumpitaz (Sec. De la Mujer), José Rojas Sebastián (Sec de Organizaciones Civiles), Sahara J Rosas Chumpitaz (Secretaria de Juventudes), Antonio Cama Salazar (Sec. De Gobiernos Locales), Sandra Hinostroza Huamán (Sec. de Capacitación).

OTROS COMITÉS
EJECUTIVOS DISTRITALES «REAJUSTADOS»…
COMITÉ EJECUTIVO DISTRITAL DE SAN LUIS (REAJUSTE)
El Secretario General es Lucio Munares Salcedo; el Sub Secretario General es Eudosia Chumpitaz de Rosas; la Secretaria de Organización y Movilización ha recaído en Luis César Franco Yactayo; la de Disciplina en Luisa Rojas Castro de M.; la Secretaria de la Mujer en Lucy N. Gutiérrez de Munares; la de Capacitación está en manos de Paris Jesús Barragán de Lévano; la de Asuntos Laborales, Sindicales y Gremiales en Alejandro J. Calagua Napán; la de Juventudes en Marco A. Benavente Ojeda; la de Gobiernos Locales en manos de Paula R. Zenteno Chumpitaz; y la de Prensa y Propaganda en Walter Alejandro Mora Lara.

COMITÉ EJECUTIVO DISTRITAL DE CERRO AZUL (REAJUSTE)
El Secretario General es Pedro Aquije Francia; el Sub Secretario General es José Ciriaco Chávez; en la Secretaría de Organización y Movilización está Eloisa Pineda de Navarrete; en Disciplina, Victoria Gutiérrez de Espinoza; en Secretaría de la Mujer, Martha García Malásquez; en Capacitación, José Cama Soriano; en Asuntos Laborales, Sindicales y Gremiales, Magali Campos Canelo; en Juventudes, Rivana Ormeño Chumpitaz; en Gobiernos Locales, Félix Lara Quiroz; y en Prensa y Propaganda, José Francia Mendoza.

COMITÉ EJECUTIVO DISTRITAL DE IMPERIAL (COMANDO DE ACCIÓN)
Aquí el Secretario General es el «vaticano del deporte», Mariano Ormeño Marroquín; luego está como Secretario de Organización y Movilización, Paul Sabino Sánchez López; en Prensa y Propaganda, Edwin R. García Berrocal; en Disciplina, Nicolás Chávez Cárdenas; en la Secretaria de la Mujer, Carmen Rosa Huapaya Luyo; y en Capacitación, Mirtha Lucía Ayllón Sánchez.

COMITÉ EJECUTIVO DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL (COMANDO DE ACCIÓN)
El Secretario General es Benjamín Campos Cárdenas; el de Organización y Movilización es Vidal Carlos Flores Chumpitaz; en Prensa y Propaganda encontramos a Pedro Pablo Audante Vicente; en Disciplina a Lorenzo Pablo Ramos Miranda; en la Secretaria de la Mujer a Luz María García Espichan; en Capacitación a Mirta Liliana Francia Belleza.

COMITÉ EJECUTIVO DISTRITAL DE QUILMANÁ (COMANDO DE ACCIÓN)
El Secretario General es Víctor Manuel Luyo Flores; el de Organización y Movilización es Joaquín Atencio Smith Justo; en Prensa y Propaganda, Eduardo Guerrero Luyo; en Disciplina, Marco Huamán Luis Gelacio; en la Secretaria de la Mujer, Ercilia Orellana Bello; y en Capacitación, Fiorella R. Gonzáles Orihuela .
Cumpla Con Sus Obligaciones…
ESTE 25 DE AGOSTO SE INICIA VENCIMIENTO DE DECLARACIÓN DE PREDIOS 2008
Trámite se puede realizar a través de Internet o en Centros de Servicios de la SUNAT, donde recibirá orientación personalizada

Este 25 de agosto se inicia el cronograma de vencimientos de la Declaración de Predios 2008. Están obligados a cumplir con dicho trámite, los propietarios de dos o más inmuebles, cuyo valor acumulado supere los 150 mil nuevos soles, según autoavalúo emitido por la municipalidad de residencia, así como, los dueños de, por lo menos, dos predios cedidos para alguna actividad económica.
Los ciudadanos y contribuyentes que cumplan con estos requisitos, pueden presentar sus declaraciones a través de SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe) utilizando los formularios habilitados por el ente recaudador.
La Administración Tributaria ha implementado una serie de servicios con el fin de promover y facilitar las declaraciones de los contribuyentes y ciudadanos, brindando orientación personalizada en todas sus sedes y asesoría para el llenado de las declaraciones.

Vencimientos
El cronograma de vencimientos, que se inicia este 25 de agosto y finaliza el próximo 7 de septiembre, se define de acuerdo al último dígito del número RUC, en caso sea contribuyente, o según el último número de su Documento Nacional de Identidad (DNI), de no encontrarse registrado ante la SUNAT.
Si el último número de su RUC o DNI es el 0, su plazo caduca el 25 de Agosto; para el 1, el 26 de Agosto; para el 2, el 27 de Agosto; para el 3, el 28 de Agosto; para el 4, el 31 de Agosto; para el 5, el 1º de Setiembre; para el 6, el 2 de Setiembre; para el 7, el 3 de Setiembre; para el 8, el 4 de Setiembre; y para el 9, el 7 de Setiembre.

Presentación
Los propietarios con hasta 20 predios podrán presentar su declaración utilizando el Formulario Virtual N° 1630, mientras que aquellos que tengan de 21 a más inmuebles deberán hacerlo utilizando del Programa de Declaración Telemática (PDT) N° 3530, ambos soportes están disponibles en SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe).
No deben presentar esta declaración aquellos ciudadanos que tengan hasta tres predios, siempre y cuando los mismos estén destinados uno a vivienda, otro a cochera y el tercero a depósito y, se encuentren ubicados en una misma edificación.
Si presentó su Declaración de Predios 2005 con su número de RUC, puede descargar esa información de SUNAT Virtual, para actualizar los datos consignando la nueva valorización, según el autovalúo emitido, este año, por la municipalidad de su distrito de residencia.
Los dueños de los inmuebles podrán solicitar información sobre la Declaración Anual de Predios comunicándose con la Central de Consultas a los números 0801-12-100 ó 315-0730, en los Centros de Servicios al Contribuyente ubicados en todo el país y a través de SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe).
ANUNCIAN CONSTRUCCIÓN DE COLEGIO SAN JUAN BAUTISTA Y COMISARÍA EN DISTRITO DE HUANGÁSCAR, PROVINCIA DE YAUYOS

El presidente del Gobierno Regional de Lima, Ing. Nelson Chui Mejía, cumplió una importante jornada de trabajo en la provincia de Yauyos. El domingo 16, visitó el distrito de Huangáscar, donde en una colorida y emotiva ceremonia apadrinó la inauguración del un moderno Centro Cívico junto a su alcalde, Falconieri Lázaro Quispe, y del Consejero Provincial, Ulises Rodríguez Lázaro.
La obra ubicada en la Av. Principal es una construcción de tres pisos y cuenta con cómodos ambientes para la atención y despacho de entidades públicas y privadas, como el Juzgado de Paz, la gobernación y de representantes de las comunidades campesinas.
Asimismo, tiene un albergue para dar alojamiento a los turistas que arriban a esta localidad para admirar su belleza paisajista.
Chui dijo en su discurso que «existe un presupuesto de S/ 759 mil soles, de los cuales se está transfiriendo al alcalde provincial a través de Forsur más de 300 mil soles, y en este caso el Gobierno Regional aportará la diferencia que asciende a S/ 400 mil, para hacer posible la construcción del colegio emblemático «San Juan Bautista» de Huangáscar».
Además que «tenemos la partida correspondiente y el estudio concluido para que la construcción de la comisaría sea una realidad, con un aporte del Gobierno Regional de S/ 390 mil soles cuyas obras deben empezar a la brevedad posible».
También que había visitado el centro educativo 20140 y se ha informado que faltan algunas obras complementarias; para ello planteó al alcalde elaborar un expediente y sugerir que a través de un núcleo ejecutor se culminen estos trabajos que permitan que los padres de familia puedan trabajar con la comunidad organizada.
Finalmente, la autoridad regional participó en una alegre fiesta costumbrista de los pueblos andinos, conocida como Ranza donde la comunidad se congrega para proceder a marcar el ganado de su propiedad.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO

ORDENANZA Nº 013-2009- MDSA

San Antonio, 15 de Agosto del 2009

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Informe de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Distrital de San Antonio-Cañete.

CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos municipales, o exonerar de éstos dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley, siendo que la Ley Nº 27972 en su Art. 36 contempla que los gobiernos locales promueven el desarrollo económico de su circunscripción territorial y la actividad empresarial local, con criterio de justicia social;

Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Distrital de San Antonio considera necesario viabilizar las regularizaciones de Licencias de Construcción en el distrito, de viviendas tipo unifamiliares y bifamiliares estableciendo mecanismos administrativos de gestión, ágiles y asequibles que promuevan formalmente la regularización de la construcción. A mérito de ello propone otorgar una bonificación del descuento del 90% del valor de la multa, siendo la multa el 10% del valor de la obra a regularizar de acuerdo a la normatividad vigente, aplicable a todo contribuyente que en forma voluntaria se acerque a regularizar su construcción.

Que, si bien es cierto, el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 011-2005-Vivienda establece que: «La regularización de las edificaciones que se hayan ejecutado sin la correspondiente Licencia de Obra, se sujetará al pago de la multa señalada en el Art. 36º de la Ley, equivalente al 10% del valor declarado de obra, así como los derechos de Licencia de Obra; también es cierto que facultad al Gobierno Local otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la Regularización de sus Licencias de Construcción acorde con la Ley Nº 27157, Ley Nº 29090 y demás Normas vigentes;

Que, mediante informe, la Oficina de Asesoría Legal de la Municipalidad brinda su opinión favorable al informe y proyecto de Ordenanza presentada por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, por encontrarse dentro de la competencia Municipal y de los dispositivos y/o normatividad legales vigentes emanados por el gobierno central;

Estando a lo antes expuesto, de conformidad con lo establecido por los numerales 8) y 9) del Artículo 9 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de las Municipalidades, y por unanimidad, el Concejo Distrital de San Antonio-Cañete aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE DESCUENTO DE LA MULTA CORRESPONDIENTE A LA REGULARIZACION DE LA LICENCIA DE CONSTRUCCION HASTA EL 31 DE JUNIO DEL 2009

Artículo Primero.- OTORGAR el beneficio de amnistía de hasta un 70% de la Multa que corresponde por construir sin la debida Licencia de obra para aquellos propietarios que se acojan expresamente a los beneficios de la presente ordenanza durante el periodo de su vigencia.

Artículo Segundo.- PRECISAR, que el beneficio señalado en el artículo precedente sólo será aplicable para los casos de unidades inmobiliarias o edificaciones tipificadas de uso residencial (unifamiliar y/o bifamiliar) que cuenten con habilitación urbana aprobada, cumplan con los parámetros urbanísticos y edificatorios vigentes y que inicien el trámite de regularización de la licencia de obra en forma voluntaria. Estarán exceptuados del presente beneficio las unidades inmobiliarias que correspondan a un uso diferente, tales como vivienda multifamiliar, comercio, industria, usos especiales, etc.

Artículo Tercero.- Se consideran obra de edificación y que requieren licencia de construcción los siguientes:

a) Edificación nueva: Obra que se ejecuta, totalmente o por etapas, sobre un terreno baldío, cumpliendo las condiciones mínimas de habitabilidad establecidas en las normas de edificación vigentes.

b) Remodelación: Obra que altera, total o parcialmente la tipología y/o el estilo arquitectónico original de una edificación existente, sin variar su área techada total.

c) Ampliación: Obra que incrementa el área techada de una edificación existente, sin alterar su tipología y armonía estilística original.

d) Refacción: Trabajos que consisten en el mejoramiento y/o la renovación de las instalaciones, equipamiento y/o elementos constructivos sin alterar el uso, el área techada total, ni los elementos estructurales de la edificación existente.

e) Acondicionamiento: Trabajos de adecuación de ambientes de una edificación existente, a las necesidades del usuario, mediante elementos removibles, como tabiquería, falsos cielorrasos, ejecución de acabados e instalaciones.

f) Puesta en valor: Obra que comprende, separada o conjuntamente, trabajos de restauración, recuperación, rehabilitación, protección, reforzamiento y mejoramiento de una edificación con valor histórico monumental calificado.

g) Cercado: Obra que comprende exclusivamente la construcción de muros perimétricos en un terreno y vanos de acceso cuando lo permita la Municipalidad.

h) Demolición: Obra que elimina planificadamente una edificación, en forma total o parcial, para ejecutar una nueva o cumplir alguna disposición emanada de la autoridad competente.

i) Obras Menores: Toda obra que no altere los elementos estructurales de la edificación original, en la medida que cumpla con los parámetros urbanísticos y edificatorios; y cuya área no exceda, en total, de 30 m2 de intervención; o, en el caso de las no mensurables, cuyo valor de obra no sea mayor de seis (6) UIT.
No podrán considerarse obras menores aquellas que alteren las fachadas o volúmenes de inmuebles ubicados en Zonas Monumentales y/o bienes culturales inmuebles previamente declarados».

Artículo Cuarto.- Considerar que la presente Ordenanza no exime a quienes se acojan al cumplimiento de los demás requisitos señalados en la Ley Nº 29090 y su Reglamento, para el caso de Regularización de edificaciones.

Artículo Quinto.- Amplíese el plazo de vigencia por 30 días hábiles de la Ordenanza Nº 011-2009-MDSA de fecha 09.JUN.2009, que establece los beneficios de regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias.

Artículo Sexto.- Delegar al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación del beneficio de la presente Ordenanza.

Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL, GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y RURAL, GERENCIA DE RENTAS y GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Artículo Octavo.- La presente Ordenanza estará vigente por un periodo de 30 días hábiles, a partir de su publicación.

Artículo Noveno.- ORDENAR a SECRETARÍA GENERAL la publicación de la presente Ordenanza.

Esteban Agapito Ramos
Alcalde
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
Presidencia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 255 -2009-P-CSJC-PJ

Cañete, once de agosto del dos mil nueve. -

VISTOS:
La Resolución Administrativa N° 224-2009-CE-PJ de fecha 16 de julio de 2009, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y
CONSIDERANDO:
Que, el Presidente de Corte Superior es el representante del Poder Judicial y director del Distrito Judicial a su cargo, máxima autoridad de su jurisdicción y responsable de la ejecución de la política judicial y del cumplimiento de las disposiciones emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; así como el encargado de cautelar una pronta administración de justicia, el cumplimiento de las obligaciones de los magistrados y deberes de los trabajadores.

Que, mediante Resolución de Vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el «Cuadro de Méritos de Jueces Superiores Titulares» y el «Cuadro de Antigüedad de Jueces Superiores Titulares».

Que, del Cuadro de Antigüedad, anexo a la resolución de la referencia, se aprecia que la Doctora Luz Gladys ROQUE MONTESILLO - Juez Superior Titular de esta Corte Superior de Justicia tiene mayor antigüedad en el cargo que el doctor Paulo Jorge VIVAS SIERRA, registrando la primera magistrada el número doscientos cuarenta y tres en orden de antigüedad, mientras que el segundo de los nombrados se encuentra en el orden doscientos cincuenta y dos.

Que, mediante Resolución Administrativa N°01-2009-PJ-CSJCÑ-P de fecha 05 de enero de 2009, se conformó la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cañete para el presente año, según el detalle siguiente: Doctor Ricardo ASTOQUILCA MEDRANO como Presidente de Sala, el doctor Paulo Jorge VIVAS SIERRA en segundo orden de antigüedad como Vocal Titular y la doctora Luz Gladys ROQUE MONTESILLO en tercer orden como Vocal Titular.

Que, estando a lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el máximo Órgano de Gobierno, se debe expedir el acto administrativo correspondiente reconformando la Sala Civil de esta Corte Superior de Justicia y respetando el orden de antigüedad en el cargo de los Jueces Superiores Titulares.

Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3° y 9° del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
Artículo Primero: RECONFORMAR a partir de la fecha y para el presente año judicial el Colegiado de la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cañete, de la siguiente manera:
Dr. Ricardo ASTOQUILCA MEDRANO Vocal Titular (Presidente)
Dra. Luz Gladys ROQUE MONTESILLO - Vocal Titular
Dr. Paulo Jorge VIVAS SIERRA - Vocal Titular

Artículo Segundo:: PONER la presente Resolución en conocimiento del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de las Presidencias de las Salas Superiores, de los magistrados de la Sala Civil, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Administración de este Distrito Judicial para su conocimiento y fines pertinentes.-

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

Silvia Consuelo Rueda Fernández
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico.
LUGAR: Av. 9 de Diciembre San Vicente de Cañete.
ZONAS AFECTADAS: Av. 9 de Diciembre, Urb. San José, Urb. San Agustín, Urb. Tercer Mundo, Libertadores del distrito de San Vicente, Distrito de San Luis, Distrito de Cerro Azul y parte del Circuito de Playas del Distrito de Asia de la Provincia de Cañete del Departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-05.
CIRCUITOS: Todo el Alimentador CÑ-05.
DIA: Lunes 17 de Agosto de 2009.
HORA DE INICIO: 13:30 hrs. Lunes 17 de Agosto de 2009.
HORA FINAL: 14:58 hrs. Lunes 17 de Agosto de 2009.

La interrupción del servicio fue ocasionada por daños en la red de M.T., ocasionada por Afectación por Terceros – Impacto de aves contra red aérea MT 10 KV lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
JUDICIALES

EDICTO JUDICIAL
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE PROPIEDAD
Exp. 2009-177.- Ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que despacha el Dr. Jacinto A. Cama Quispe, Secretario Judicial Omar Velásquez Ochoa; MELGAREJO VDA. DE FLORIAN IRENE interpone demanda PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE PROPIEDAD, con el siguiente tenor «…recurro (…) con el objeto de INTERPONER DEMANDA DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO contra la COOPERATIVA DE VIVIENDA «BANCARIA CAÑETE» Ltda. Nº 409 – San Vicente – Cañete, a cuyo representante VICEPRESIDENTE ANTONIO DEXTRE GONZALES a quien deberá notificársele (…), a fin de que en su oportunidad se me declare propietaria del predio urbano ubicado en Valle Hermoso Mz. «A» Lt. 25 – San Vicente de Cañete…», al respecto, se ha emitido la Resolución número dos «… ADMÍTASE a trámite la demanda interpuesta por MELGAREJO VDA. DE FLORIAN IRENE, contra COOPERATIVA DE VIVIENDA BANCARIA CAÑETE LTDA. Nº 409, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE PROPIEDAD. Lo que se NOTIFICA vía edictos, conforme al Artículo 506º del Código Procesal Civil. Cañete, 06 de Agosto del 2009.
Omar Velásquez Ochoa - Secretario Judicial - Juzgado Civil de Cañete

EDICTO
Ante mi se ha presentado María del Pilar Francia Candela, solicitando la Rectificación de su Partida de Nacimiento, expedida por la Municipalidad Distrital de La Victoria – Lima, en el siguiente extremo: Nombre del padre: Dice: José Francia; Debe Decir: José Mercedes Francia Marcos. Nombre de la madre: Dice: Manuela Rosa Candela; Debe Decir: Manuela Rosa Candela Sánchez. Lo que se notifica en cumplimiento de la Ley 26662.
Cañete, 11 de Agosto del 2009.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
Jr. Los Andes s/n., Lunahuaná – Cañete - Telefax 2841060

EDICTO
Ante mi se ha presentado María del Pilar Francia Candela, solicitando la Sucesión Intestada de quien en vida fue su madre MANUELA ROSA CANDELA SANCHEZ DE FRANCIA, fallecida el día 17 de Octubre de3 1001, a fin de que se declare como herederos universales a la solicitante y a su padre José Mercedes Francia Marcos. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la Ley 26662. Cañete, 17 de Agosto del 2009.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
Jr. Los Andes s/n., Lunahuaná – Cañete - Telefax 2841060

EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná – Cañete, Expediente Nº 2009-0019, en lo seguido por Juana Hideliza Sánchez Quiróz Del Valle, emplazados Beneficencia Pública de Cañete y otros, sobre Sucesión Intestada de doña Margarita Josefina Quiróz Del Valle Florentini, el Señor Juez ha ordenado su emplazamiento por treinta días vía edicto a los herederos de Justo Neptalí Sánchez Quiróz Del Valle, a fin de que se apersone y absuelva la solicitud bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal; con transcripción sumaria de auto admisorio: publicándose por el término de Ley. RESOLUCION NUMERO DOS: Lunahuaná, 19 de Marzo del 2009.- AUTOS Y VISTOS: (…) Se Resuelve: Admitir la solicitud de Sucesión Intestada promovida por JUANA HIDELIZA SANCHEZ QUIROZ DEL VALLE, de quien en vida fuera su tía Margarita Josefina Quiróz del Valle Florentini, quien falleciera con fecha veinte de Junio del año dos mil novecientos ochenta y cinco, debiendo sustanciarse por la vía del PROCESO NO COTENCIOSO, téngase por ofrecidos los medios probatorios; NOTIFIQUESE a los presuntos herederos y la BENEFICENCIA PUBLICA de Cañete, con la presente resolución, así como también póngase a conocimiento del Ministerio Público. ANOTESE PREVENTIVAMENTE la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada, … PUBLIQUESE por tres días el extracto de la solicitud en el diario «El Peruano» y en el diario «Al Día Con Matices».- María R. Sánchez Soriano – Secretaria Judicial – Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná – Corte Superior de Justicia de Cañete.
Lunahuaná, 07 de Agosto del 2009.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná
18, 19 y 20 de Agosto.