20 octubre 2010

ALCALDE CAÑETANO SALE DE SU CURA DE SILENCIO…

Hasta que por fin salió José Espinoza Peña, a aclarar algunas temas que un buen sector del periodismo ha venido poniendo en el tapete.
Abordó en primer lugar lo referente a la denuncia hecha por el ex Alcalde, sobre manejos irregulares que habrían venido realizando tanto el Gerente General como el de Administración; denuncia que fue corroborada y ampliada por una Comisión de Regidores que llegó hasta la denuncia penal, contra varios funcionarios y contra el propio alcalde, por el manejo de la cuenta denominada FINVER.
Sobre el particular señaló que se viene realizando una investigación muy profunda sobre el uso que se le ha venido dando a dicha cuenta, al punto de que viajaría a la ciudad de Lima, para que en calidad de titular del pliego, solicitar información al Banco Continental sobre quienes han sido los titulares de la cuenta, y el movimiento que se ha venido realizando en los últimos años.
Añadió que la investigación que se viene realizando abarca varias gestiones de Alcaldes, en cuanto a poderes, y otros temas, que han tenido que empaparse para poder emitir un informe final contundente.
José Espinoza Peña, añadió que calculaba que el informe final sobre el particular deberá estar terminado aproximadamente la próxima semana, luego del cual, con el informe emitido por la Comisión de Procesos Administrativos, emitirá las Resoluciones respectivas para someter a proceso disciplinario a los que se encuentren involucrados.
De otro lado, amentó que uno de los integrantes de la Comisión, en calidad de periodista halla emitido opinión, lo que obligaría en aras de evitar que ese detalle pueda invalidar el proceso, a cambiarlo por otro funcionario.
«No estamos en contra de que haya opinado sobre el tema, en su calidad de periodista; pero como integrante de la Comisión Disciplinaria no podía emitir opinión, y por ello, nos vemos en la necesidad de sustituirlo por otro funcionario», refirió.
El burgomaestre provincial, informó también, que es muy lamentable que algunos funcionarios le hallan estado poniendo trabas a la modernización de la municipalidad; «desde que llegue al cargo, decidí modernizar la gestión, y contratamos a una empresa para que trabajara justamente en eso, y aplicase en el municipio instrumentos de gestión modernos que permitan un mejor control de la municipalidad; sin embargo, pese a que personal de mi entorno aceptaba la modernización, a mis espaldas impedía que se aplicase», señaló.
El Alcalde, indicó que recién pudieron avanzar, cuando retiraron de sus cargos, tanto al Gerente General como al de Administración; por eso es que era de la opinión, de que eran los que lideraban el NO A LA MODERNIZACION DEL MUNICIPIO.
Finalmente el Alcalde ante el acoso de la prensa, señaló que no emitirá opinión sobre por quien votar en la segunda vuelta; agregando que esperara tranquilo, conocer quienes serán los candidatos que disputarán la presidencia regional.
PRISION PREVENTIVA A ACUSADO DE VIOLACION DE MENOR DE SEIS AÑOS...

Tras el requerimiento de prisión preventiva hecha por la Fiscal Provincial Provisional del Primer Despacho de Adecuación de la Primera Fiscalía Corporativa Provincial de Cañete, doctora Ketty Garibay Mascco, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Cañete, en audiencia pública programada para este martes 19 de octubre, dictó resolución aplicando la medida coercitiva que envía a prisión preventiva al imputado Eliot Cubillas Bravo de 25 años de Edad, quien de acuerdo con las investigaciones hechas por el despacho fiscal mencionado donde se han podido recabar los elementos de convicción necesarios para fundamentar de manera correcta la solicitud de prisión preventiva.
Dicha medida se hace efectiva por la correcta aplicación del Nuevo Código Procesal Penal, ya que la Fiscal Dra. Garibay Mascco, ha logrado demostrar que concurren los tres presupuestos señalados en el art. 268º consistentes en que existen fundados y graves elementos de convicción que vinculan al imputados con el delito, que la sanción a imponerse es superior a 4 años de pena privativa de libertad, en este caso a Cadena Perpetua como está estipulado en el Código Penal, por tratarse de un menor de seis años de edad y que el inculpado estando libre podría eludir la acción de la justicia tratando de fugarse, obstaculizando la investigación y el debido proceso.Después de la audiencia el imputado fue trasladado al Centro Penitenciario de Cantera.
La Primera Fiscalía Corporativa Provincial de Cañete, Despacho de Adecuación se encuentra a cargo de la Dra. Elizabeth Vadillo Leaño, con las Fiscales Adjuntas Dra. Ketty Garibay Mascco y Dra. Teresa Esperanza Zamudio Ojeda.

TAMBIEN DETERMINAN IDENTIDAD DE VICTIMA ASESINADA CON UN LADRILLO QUE LE DESFIGURO EL ROSTRO... VICTIMARIO ESTA EN PRISION...
De otro lado, tras la inmediata intervención del Fiscal Provincial Adjunto Dr. Samuel Rojas Chavez, quien tuvo a su cargo la realización de las diligencias de investigación del caso de Homicidio que se suscitó el pasado lunes 18 en horas de la madrugada, cuando fue encontrado el cuerpo sin vida de un sujeto que había sido asesinado brutalmente a fuertes golpes con un ladrillo en el rostro por lo cual se encontraba irreconocible. Luego del requerimiento del caso el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cañete, resuelve imponer la medida coercitiva de Prisión Preventiva al imputado Víctor Hugo Tasayco Reyes(33).
Para el reconocimiento de la identidad del sujeto asesinado el Ministerio Público solicitó el apoyo del Instituto de Medicina Legal quienes se apersonaron a la Morgue de Cañete con el Moderno Sistema de Identificación Biométrica, el cual permitió que a través de las huellas dactilares, sea identificado el cadáver NN debido a que estas se encuentran registradas en la base de Datos de la RENIEC, con lo cual se determinó que el cuerpo pertenecía a Leonardo Abel Vicente Laura (21) natural de Chincha, pudiendo dar conocimiento de lo ocurrido a su familia. Cabe resaltar que esta tecnología estará en próximas semanas al servicio del Ministerio Público de Cañete, por su importancia de uso en este tipo de casos.
De los hechos se conoce que el homicidio se produce por una riña que se inició con un insulto al imputado, y que este al encontrarse en estado de drogadicción arremetió y asesino al occiso.
El caso está a cargo de la Segunda Fiscalía Corporativa Provincial de Cañete, 1er. Despacho de Investigación se encuentra a cargo de la Dra. Victoria Allemant Luna, con los Fiscales Adjuntos Dr. Samuel Rojas Chavez y Dr. Jaime Acevedo Saavedra.
MIENTRAS EN LA REGION, ALVARADO SE AFIANZA COMO EL SEGUNDO... EN DISTRITO DE SAN ANTONIO EL JEEC ANULA ACTA SINIESTRADA Y ACCION POPULAR GANARIA ALCALDIA...
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (corresponsal en Mala)

3306 votos es la diferencia existente entre Javier Alvarado y Andrés Tello… El escrutinio ya está al 81.415%, a las 07h23´ del día de hoy. Esa es la diferencia… ¿Qué provincias han incrementado su votación?... la de Barranca, la de Cajatambo, la de Cañete, la de Huaura y la de Yauyos.
En la provincia de Cañete, también ya tenemos resultados al 81.415%, publicamos para Uds. como va el avance del escrutinio regional y provincial.

SAN ANTONIO...
Seguramente se trata de una de las decisiones más polémicas en la vida política del Distrito de San Antonio, Provincia de Cañete, cierto es que los resultados en su historia (democrática) siempre fueron «ajustados»; pero también siempre se aceptó con civismo y espíritu altruista deponiendo intereses personales o de grupo, pensando en la grandeza de un pueblo que siempre fue pacífico y culto, hace unas horas el JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE CAÑETE, luego de un amplio análisis, a tomado la decisión de declarar nula la última «ACTA SINIESTRADA» el cual alcanza para todo tipo de comentario, lo cierto es que en su MOTIVACIÓN «ajustada a ley», se torna inapelable en esta instancia, pudiendo con todo derecho la agrupación política (PATRIA JÓVEN) apelar ante el máximo órgano electoral, el JURADO NACIONAL DE ELECCIONES, que de ser así, se estaría pronunciando a más tardar el próximo día viernes o lunes .

PREOCUPADOS POR EL DESENLACE DE LA DECISIÓN
Para nadie es un secreto la polarización existente ante estos resultados, que en la práctica es un empate técnico, son trece votos de diferencia, con el agregado del sinsabor que deja el acta siniestrada, pero también es importante sumar voluntades para que no degenere en violencia esta decisión, de antemano se sabía que a cualquiera que hubiere favorecido la parte contraria no se quedaría tranquilo, en todo caso la vía legal en un Estado de Derecho deben ser agotadas.
Esta corresponsalía se pronunció desde un principio, que esperaría un resultado oficial y en base a estas Resoluciones informaría al pueblo de San Antonio, he guardado la distancia y neutralidad dejando que a través de los días las partes expresen sus ideas, hipótesis y posiciones políticas que han sido difundidos ampliamente, señalando el camino a un debate alturado (Leer otros artículos en www.poderpolítico.info); ante esta decisión publico en extenso la Resolución del JEEC:

ACTA SINIESTRADA ES DECLARADA NULO POR EL JEEC
JEE DE CAÑETE:
RESOLUCIÓN N° 01 - EXPEDIENTE No 1033-2010-065.- Cañete 15 de octubre del 2010-10-19 VISTOS con los informe No 026-2010-JODPE Cañete-SGODES-GOECOR/ONPE remitidos por la Jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales, SEÑORITA JESÚS ESTHER ROLDÁN CHORRILLOS, en el cual pone de conocimiento de éste Jurado Electoral Especial de ACTA SINIESTRADA – ELECCIONES MUNICIPALES – REFERENDUM en la Mesa No 07743 (187 electores hábiles) del distrito de San Antonio, Provincia de Cañete, Departamento de Lima.

CONSIDERANDO:
1.- Que, mediante Oficio No085-2010-ODPE cañete de fecha 09 y 11 de octubre del año en curso e Informe No 0266-2010-JODPE – Cañete SGODES/ONPE de la Jefe de la Oficina de Procesos electorales, señorita Jesús Esther Roldán Chorrillos, debidamente recepcionada por Mesa de Partes de éste jurado con fecha 11 del actual, en el cual acompaña copia de la denuncia efectuada ante la Comisaría de San Antonio y copias de oficios remitidos a los personeros de las diversas organizaciones políticas, requiriendo a los personeros legales, la entrega de actas electorales siniestradas en la Mesa de Sufragio N° 07743 del distrito de San Antonio, provincia de Cañete, departamento de Lima, INDICANDO COMO RESPUESTA CADA UNO DE ELLOS, QUE EN SU PODER NO OBRA DICHAS ACTAS ELECTORALES.
2.- Que, el jefe de la ODPE – Cañete indica en su informe que el día domingo 03 de octubre, en la Mesa de votación No 07743, LOCAL DE VOTACIÓN I.E.P SAN ANTONIO DE PADUA - Secundaria, distrito de San Antonio, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, según INFORME DE LA COORDINACIÓN DISTRITAL, SEÑORA ROSA ZAMBRANO ENCALADA y la denuncia escrita por el Mayor PNP de la Comisaría de San Antonio, las actas de la referida Mesa – ELECCIONES MUNICIPALES Y REFERENDUM fueron destruidas por la personera del partido Acción Popular, señora CECILIA LESCANO AVALOS, identificada con D.N.I N° 15408426 al arrojarse a la mesa de votación y romper todas las actas en blanco en presencia de los miembros de mesa y personeros recuperando sólo la hoja borrador, la que fue firmada por dos miembros de mesa y tres personeros, indicando en su informe N° 026-2010-JODPE-CAÑETE/ONPE, que las actas siniestradas son: (1) 01 acta para el sobre plomo de la mesa N° 077043 de las elecciones municipales (centro de computo); (2) 01 acta para el sobre plomo de la mesa N° 077043 del referéndum (Centro de cómputo); (3) 01 acta para el sobre celeste de la mesa N° 077043 de las elecciones municipales; (4) 01 acta para el sobre verde de la mesa N° 077043 de las elecciones municipales; (5) 01 acta para el sobre rojo de la mesa N° 077043 de las elecciones municipales; (6) 01 acta para el sobre morado de la mesa N° 077043 de las elecciones municipales (7) 01 acta para el sobre celeste de la mesa N° 077043 del Referéndum; (8) 01 acta para el sobre verde de la mesa N° 077043 del referéndum; (9) 01 acta para el sobre rojo de la mesa N° 077043 del referéndum (10) 01 acta para el sobre naranja de la mesa N° 077043 del Referéndum. Precisando que las actas de las elecciones regionales no fueron afectadas.
3.- Que, conforme se aprecia de autos la ODPE Cañete, informa que éste Jurado Electoral Especial a través del oficio N° 085-2010-ODPE CAÑETE-SGODES-GOECOR de fecha nueve y once de octubre del año en curso, que un acta electoral corresponde al Distrito de San Antonio, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, correspondiente a la mesa N° 077043 con 187 electores hábiles, de la I.E.P San Antonio de Padua –Secundaria, al haberse agotado el procedimiento establecido en el art. 310 de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley No 26859 y Resolución Jefatural N° 164-2010-J/ONPE, habiéndose solicitado a los personeros de las diversas organizaciones políticas ejemplares de las actas siniestradas, obteniendo respuesta negativa de todas las agrupaciones políticas, por tal motivo habiendo agotado todos los medios de recuperación de las actas electorales solicita que se proceda al tratamiento de actas destruidas.
4.- Que, debe indicarse que el acta electoral correspondiente a la mesa N° 077043 del local de votación I.E.P San Antonio de Padua, Secundaria, conforme a la información de la Jefe de la ODPE Cañete, fue destruida por la personera de la organización política de Acción Popular, señora Cecilia Lescano Avalos, para tal efecto ante la denuncia formulada, el Ministerio Publico viene investigando de acuerdo a sus atribuciones de tal manera que desincentive éste tipo de actos vandálicos que deben ser materia de sanción penal, siendo éstos actos repudiables por la sociedad y que generan en muchos casos la imposibilidad que se pueda registrar la manifestación de la voluntad popular en un proceso electoral.
5.- Que, estando a lo antes expuesto, en caso de producirse el siniestro de actas electorales, se seguirá el procedimiento de recuperación de actas señalado en el artículo 310 de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley N° 268596
6.- Que, el articulo 288 y 291 de la Ley 26859 – Ley Orgánica de Elecciones, prescribe que el acta electoral se elabora en cinco ejemplares que corresponde al Jurado Nacional de Elecciones, a la Oficina Nacional de Procesos Electorales; al Jurado Electoral Especial de la respectiva circunscripción electoral, a la Oficina Descentralizadas de Procesos Electorales de la circunscripción electoral; y, otro para el conjunto de organizaciones políticas, asimismo, el articulo 294 de al referida ley establece que el ejemplar del acta electoral destinada a la ODPE, se realiza para realizar el computo del proceso electoral, disponiendo el articulo 310 de la misma ley, que cuando las actas de una mesa no hayan sido recibidas, el computo se realiza con el ejemplar que se entrego al Jurado Electoral especial que las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales deben solicitar y, en defecto de éste con las copias que presenten los personeros y para tal efecto la ONPE debe agotar las vías para recuperar las actas siniestradas teniendo en cuenta todos los ejemplares que pudieran haber elaborado los miembros de mesa, así como utilizar en el computo las actas que pudieran recuperar, conforme al orden de prelación de las normas antes referida, por tratarse de una situación de naturaleza extraordinaria, que además requiere que en la apreciación del acta en cuestión se garantice la auténtica expresión de la voluntad popular.
7.- Que, es menester indicar que, en aquellos casos en que se produjera el siniestro de actas de mesas de sufragio y estas no hayan podido ser recuperadas, se declarará la nulidad de elecciones ampliando el supuesto señalado en el artículo 36 de la Ley de Elecciones Municipales N° 26864, cuando los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superen los dos tercios del numero de votos emitidos; y en caso de autos, al haberse efectuado el computo con 15 actas electorales y siendo una el acta siniestrada que no pudo recuperar, NO SE DA EL SUPUESTO DE NULIDAD REFERIDO EN LA NORMA GLOSADA; sin embargo si es procedente la nulidad de los votos de la mesa de sufragio N° 077043, de la I.E.P No San Antonio de Padua – Secundaria, y que conforme a lo informado por la Jefe de la ODPE – Cañete el acta siniestrada asciende a 187 electores hábiles consecuentemente SE DEBE DECLARAR 187 VOTOS NULOS PARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES Y 187 VOTOS NULOS DEL REFERÉNDUM EN EL DISTRITO DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA.
Que, éste Jurado Electoral especial administrando justicia en materia electoral,

RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Téngase por SINIESTRADO y declarar NULA el Acta Electoral de la mesa No 077043, del local de votación I.E.P San Antonio de Padua – Secundaria del distrito de San Antonio, provincia de Cañete, departamento de Lima, existiendo 187 electores hábiles en la citada mesa, consecuentemente se declara 187 VOTOS NULOS para las elecciones Municipales y 187 VOTOS NULOS para el referéndum.

ARTÍCULO SEGUNDO.- remitir copias certificadas de los actuados al Ministerio Publico, a fin que se agreguen a los procerosos investigatorios que se encuentran en curso.

ARTÍCULO TERCERO.- REMITIR la presente Resolución a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales.

Regístrese, Comunicase y Publicase; Dra. Judith Marcelo Ciriaco (Presidente); Sra. Rosario Cubas González (Primer Miembro); Sr. Yván Miranda Revollar (Segundo Miembro); Dr. Arturo Chuquichayco Faichin (Secretario)
REFLEXIONES PARA LA SEGUNDA VUELTA REGIONAL…NO ES TAN FACIL, PIENSA BIEN ANTES DE DECIDIR...
Por: Eljusticierodelpueblo@gmail.com

¿De veras creen Ustedes todo lo que Chui dice sobre su «excelente gestión»?. Veamos:
¿Acaso no es cierto que en estos cuatro años de gobierno no llegó a gastar ni siquiera el 45% de lo que le dieron para invertir en la Región, por lo que tuvo que devolver 350 millones debido a su incapacidad de gestión?.
¿No recuerdan acaso que en el 2006 no tenía ni para comprar pintura para la campaña y ahora es fácil ver en sus locales de campaña flamantes vehículos 4 x 4 con muchos «favorecidos» por las «buenas pro» de obras que ni siquiera vemos pero que han generado muchos nuevos millonarios (sino pregúntenle a Christiancito, que pasó de criar cuyes a viajar por el mundo). Es cierto, entonces, que ¡La Familia ha crecido y se ha fortalecido!
No hay que ser muy inteligente para preguntarse sobre el origen del dinero para pagar la inmensa publicidad escrita, radial y televisiva con la que día a día nos atiborran. Y qué decir de las pintas y repintas con que «adornan» la región, hasta el caserío más alejado. ¿Acaso no es evidente que con «harta propaganda» se pretende cubrir lo que no tuvieron la capacidad de hacer?.
¿Qué hubiese sido de nuestra Región si hubiésemos llegado siquiera a un 80 u 85% en el gasto?. Allí si se podría decir que la gestión fue aceptable; pero, ¡NI SIQUIERA TENEMOS UN PLAN DE DESARROLLO REGIONAL!!.
Incluso la faraónica obra de la Sede Regional está tan mal hecha que hasta ahora no la pueden entregar. Y pensar que por el «estudio» pagaron más de TRESCIENTOS MIL SOLES; que, para variar, estuvo a cargo de una Arquitecta hija de un acérrimo integrante de La Familia. Total, La Familia crece y se fortalece, no?
Aquí el UNICO CULPABLE de los roces que se tuvo entre los pueblos hermanos de Huacho y de Cañete fue NELSON CHUI MEJIA.
El bien sabe que en el año 2007 le propusieron formar una SUB-SEDE EN CAÑETE para descentralizar las actividades en esta parte de la Región que estaba tan abandonada; pero NO QUISO HACERLO, se opuso a desarrollarlo. Por ello es que los pueblos de Cañete y Yauyos protestaron. ¿Qué hubiese hecho Huacho en una situación similar?... y después salió con el disparate que «se querían llevar la sede». Simplemente, la Flor del Sinvergüenza.
Recién ahora, el 2010, hace tan solo hace un par de meses, con todo el despelote que se armó, se animó a hacer algo de lo que debió hacer 4 años.
Y qué decir de la ayuda para nuestros hermanos del Sur Chico cuando ocurrió lo del terremoto de setiembre del 2007. HASTA AHORA NO SE ACABA DE RECONSTRUIR CAÑETE-YAUYOS. ¿Acaso no se acuerda que iban con el Gerente General de entonces a «pagarles» directamente a los proveedores de Lima por todo aquello que le compraban «SIN LICITACION» por la emergencia?. ¿Acaso no se acuerdan a cuántos empresarios Huachanos dejaron enganchados hasta el punto que tuvieron que hacer juicios a la Región para que les paguen?. Con todo esos «negocios», está demás pensar en lo mucho que La Familia creció y se fortaleció en estos cuatro años.
Nos debemos preguntar y responder RESPONSABLEMENTE, POR CONCIENCIA, POR NUESTROS HIJOS, POR NUESTRA REGION y NO por consigna política: Acaso:
¿Se ha diversificado y modernizado el sector agrario regional?.
¿Se ha desarrollado Unidades Productivas en el Sector Rural.?
¿Se ha promovido el desarrollo de actividades productivas en la zona altoandina para generar valor agregado a los recursos y potencialidades y generar empleo.?
¿Se ha promovido y regulado la constitución de Parques Industriales en cada uno de las cuencas de la Región Lima.?
¿Se ha promovido y desarrollado la acuicultura en la región.?
¿Se ha trabajado un Plan Regional de Cooperación Internacional No reembolsable, con la finalidad que el Gobierno Regional de Lima cuente con un instrumento para presentar y recibir donaciones materiales y económicos y/o intercambio de profesionales y pasantías.?
¿Se ha trabajado un Plan de Desarrollo Tecnologías de Información y Comunicación (TIC).?
¿Se han viabilizado la formación Sub-Sedes como Unidades Ejecutoras para iniciar un proceso de descentralización operativa y funcional en la administración regional por cuencas o corredores económicos?.
¿Se ha trabajado una estrategia de desarrollo sectorial y multianual con indicadores de competitividad con miras al Bicentenario Nacional 2021.?
¿Se ha diseñado un Programa de promoción y prevención de la salud. ?
¿Se ha modernizado la calidad educativa realmente y no solo regalando computadoras.?
¿Se ha constituido una Red de Cooperación Regional, con sedes provinciales.?
¿Se ha promovido la constitución de fideicomisos en apoyo del crédito agrario.?
¿Se ha promovido el fomento de las ciudades productivas e intermedias por cuencas hidrográficas.?
¿Se ha promovido el fomento del desarrollo del turismo en el ámbito del Gobierno Regional de Lima.?
¿Se ha desarrollado y fortalecido las capacidades y competencias del talento humano.? Etc, etc, etc.
Si las respuestas son POSITIVAS, entonces si podríamos decir que la gestión de Chui ha sido aceptable;
pero, como bien sabemos, las respuestas son TRISTEMENTE NEGATIVAS.
¿PARA QUE QUIERE CHUI «la continuidad y profundización de la gestión actual?. ¿Es que acaso merecemos dar nuestro voto responsable a AQUELLOS QUE SOLO HICIERON DEL PODER UNA FORMA DE APROVECHAMIENTO?. AQUÍ NO SE TRATA DE BANDERAS NI CONSIGNAS POLITICAS SINO DE REALIDADES. ESTOS CUATRO AÑOS DE CHUI HAN SIDO UN FRACASO Y UNA VERGÜENZA PARA LA REGION LIMA. HAN SIDO CUATRO AÑOS PERDIDOS QUE YA NO REGRESARAN, Y QUE SOLO SIRVIERON PARA ENRIQUECER A LOS «MIEMBROS» DE ESA INNOBLE FAMILIA.
NO PERMITAMOS QUE LA HISTORIA VUELVA A REPETIRSE. DE NOSOTROS DEPENDE.
DIRIMENCIAS
Exp. N° 00126-2005-0-0801-JM-CI-01.- Civil – Reivindicación.
RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO.- Cañete, doce de Octubre del dos mil diez.-
AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; Y, CONSIDERANDO: ———————————
PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, los señores Jueces Superiores doctores Luz Gladys Roque Montesillo (Ponente) y Paulo Jorge Vivas Sierra, emiten su VOTO para que se CONFIRME la Sentencia (Resolución número Treinta y uno) de fecha veintitrés de febrero del dos mil nueve de fojas ciento cincuenta y cinco a ciento sesenta y uno, que resuelve declarar Improcedente la demanda de fojas doce a catorce subsanada con escrito que corre a fojas diecisiete, interpuesta por Raúl Gregorio Ramos Gálvez contra Dionisio Calagua Alcalá sobre Reivindicación.
SEGUNDO.- Que, el señor Juez Superior Provisional doctor Jacinto Arnaldo Cama Quispe emite su VOTO en discordia para que SE DECLARE NULA la sentencia (Resolución número Treinta y uno) de fecha veintitrés de febrero de dos mil diez obrante de fojas ciento cincuenta y cinco a ciento sesenta y uno, que falla declarando Improcedente la demanda interpuesta por Raúl Gregorio Ramos Gálvez contra Dionisio Calagua Alcalá, sobre Reivindicación; INSUBSISTENTE el concesorio de apelación de fojas 213 a 214; SE DISPONGA que la Aquo renueve los actos procesales necesarios y en su oportunidad expida nueva sentencia con arreglo a ley.
TERCERO.- Que, atendiendo a lo anotado precedentemente y no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; en consecuencia se ha producido discordia en el presente proceso, la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.
CUARTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial «El Peruano» debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.
Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al señor Juez Superior doctor RICARDO ASTOQUILCA MEDRANO para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el Juez Superior Dirimente el próximo ONCE DE NOVIEMBRE, a horas OCHO de la mañana con TREINTA MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia «Al Día con Matices» por el término de UN DIA. Notificándose.- En los seguidos por Raúl Gregorio Ramos Gálvez con Sucesión Dionisio Calagua Alcalá, sobre Reivindicación.
J.S.
ROQUE MONTESILLO
VIVAS SIERRA
CAMA QUISPE

EDICTO
Exp. N° 2010-060.CI.- Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha el Dr. De La Cruz Mallaupoma y Secretario Aquino Dolorier por Resolución Número Dos de fecha veintiocho de mayo del dos mil diez, en la vía del proceso de conocimiento se ADMITIO a trámite la demanda de NULIDAD DE ACTO JURIDICO interpuesta por SILVIO ROMULO CASTRO VIVIAS contra las SUCESIONES DE EFIGENIO CAMPUSANO CASTRO, JUANA CAMPUSANO RODRIGUEZ,JUAN SANTOS ALARCON y ADELA RAMIREZ SUAREZ; concediendo el plazo de treinta días para que los demandados contesten la demanda y la resolución número tres de fecha quince de Junio del dos mil diez, que hace la corrección del auto admisorio para que sean emplazados a los sucesores antes mencionados; se aprecia que el accionante postula como pretensión la nulidad absoluta de la compra - venta de fecha veintinueve de marzo del año novecientos cuarenta y siete, así como la nulidad absoluta de la supuesta escritura pública de dicha fecha; ordenándose notificar a los demandados para que contesten la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en Rebeldía, notificándose y agréguense a los autos los anexos.
Mala, veintisiete de agosto del dos mil diez.
Gerardo Aquino Dolorier
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
18, 19 y 20 de Octubre

EDICTOS DE FAMILIA ( Aux. Jud.)
EXP.2007-00757.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA.-Juez GASPAR; cita, llama y emplaza a través de sus padres ROSA JULIA PIMENTEL LAGUNA y JOSE AYAUCAN VILLALOBOS al adolescente de iniciales L.G.A.P. para que se apersone al Juzgado, por haber sido declarado ADOLESCENTE CONTUMAZ y se apersone al Juzgado para la Diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, en la instrucción que se le sigue por Infracción Contra La Libertad Sexual-Violación de la Libertad Sexual de menor de edad, en agravio de C.J.H.C.-Fdo.Secretaria: Herrera.-Cañete, 04.10.2010.
20, 21 y 22 de Octubre

EDICTOS PENALES
LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente: Dr. MARTINEZ, Cita, llama y emplaza a los siguientes procesados, para que se apersonen a Sala de Audiencias, se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra y defiendan de los cargos que se les imputa:
EXP.-2000-1530; a EDUARDO GUILLEN INOCENTE; DIA: 02.11.2010; HORA: 09.15.a.m; Delito: Violación de la Libertad Sexual, Agraviado: menor de iniciales: A.V.V.-Cañete 13.10.2010.
EXP.-2008-1035; a ESTEBAN DANIEL PISCONTI LUYO Y ENRIQUE GILMER CELEDONIO LUYO; DIA: 02.11.2010; HORA: 09.45.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Edward Isaías Izarnotegui Rivera;-Cañete 11.10.2010.-
EXP.-2003-0117; a ROLANDO ANGEL CROCO ANGULO, PEDRO GREGORIO FIGUEROA VELIZ, ROSA RAVICHAGUA AGUILAR Y YOEL ALBERTO MARAVI MEZA; DIA: 02.11.2010; HORA: 10.00.a.m.; Delito: Contra El Patrimonio-Robo Agravado; Agraviado: Melcíades Juan de Dios Zárate y otro.-Cañete 13.10.2010.-
EXP.-2008-0351; a GUSTAVO ADOLFO GUERRA PEREZ; DIA: 03.11.2010; HORA: 09.00.a.m.; Delito: Robo Agravado;.Agraviado: Carmen Rosa Sánchez Tomas.-Cañete 07.10.2010.
EXP.-2009-0189; a JUAN ENRIQUE CUETO SÁNCHEZ; DIA: 03.11.2010; HORA: 09.15.a.m; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: Menor de Iniciales Y.P.V.M..-Cañete 11.10.2010.
EXP.-2008-0150; a EMANUEL AUGUSTO VILLAR CASTILLO; DIA: 03.11.2010; HORA: 09.30.a.m; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: Menor de Iniciales C.D.B.M..-Cañete 07.10.2010.
EXP.-2010-0065; a JUAN CARLOS ESTEBAN CHAVEZ; DIA: 03.11.2010; HORA: 09.45.a.m.; Delito: Robo Agravado en Grado de Tentativa; Agraviado: Giomar Melo Zavaleta;-Cañete 13.10.2010.-
EXP.-2007-0260; a RUSBELL CRIS ORDOÑEZ LAZO; DIA: 03.11.2010; HORA: 10.00.a.m; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: Menor de Iniciales E.S.M.;Cañete 13.10.2010.
EXP.-2004-0478; a ALFONSO RAMIREZ QUISPE; DIA: 09.11.2010; HORA: 09.00.a.m; Delito: Lesiones Leves; Agraviado: Miriam Orellana Flores.;Cañete 11.10.2010
EXP.-2004-0302; a FERNANDO SEGUNDO CASTILLO TITO; DIA: 09.11.2010; HORA: 09.15.a.m; Delito: Cohecho Activo Genérico; Agraviado: Estado Peruano.;Cañete 11.10.2010
EXP.-2008-0602; a ALCIDES MARTIN CULLANCO BARRIOS; DIA: 09.11.2010; HORA: 09.30.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Vilma Alarcón Esteban y Otro;-Cañete 12.10.2010.
EXP.-2006-0035; a ELMER NILTHON MELCHOR CONDOR; DIA: 09.11.2010; HORA: 09.45.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Esther Huanta Apaza y otra; bajo apercibimiento de declarar REO CONTUMAZ y ordenar ubicación y captura;-Cañete 11.10.2010.
EXP.-2002-0097; a AVILIO LUIS PEREZ PONCE; DIA: 09.11.2010; HORA: 10.00.a.m; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano.;Cañete 12.10.2010.
EXP.-2005-0735; a CARLOS FREDY LOPEZ QUISPE; DIA: 10.11.2010; HORA: 09.00.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Cosme Portillon Quispe;-Cañete 13 .10.2010.
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez LUQUE, Cita, llama y emplaza a los siguientes procesados, para que concurran al Juzgado para confrontación en la instrucción seguida en su contra por Delito Cohecho Propio en agravio del Estado:
EXP.-2009-0039; a CARLOS MARTIN APAZA RAMOS, para diligencias de CONFRONTACIÓN con la testigo Rosa Delia Borda Aburto el DIA: 28.10.2010; a Hora: 10.00.a.m. y con la Testigo Mellisa Buheso Borda el DIA: 29.10.2010, a Hora: 9.00.a.m..Secretaria: Flores.
EXP.-2009-0039; a CARLOS ENRIQUE QUIROZ ROSARIO, para diligencias de CONFRONTACION con la Testigo Rosa Delia Borda Aburto, el DIA: 28.10.2010, a Hora: 8.30.a.m., y con la Testigo Mellisa Buheso Borda el DIA: 29.10.2010, a Hora: 10.00.a.m..Secretaria Flores.-Cañete 13.10.2010.
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez MEZA, Cita, llama y emplaza a los siguientes procesados, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-0681-2009, a JOSE ERNESTO PEÑA ARIAS, para LECTURA DE SENTENCIA; Delito: Contra la Seguridad Pública-Peligro Común-Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad; Agraviado: La Sociedad.-Cañete 30.09.2010.
EXP.-0767-2007; a JUAN CARLOS HUPAYA CAMPOS para LECTURA DE SENTENCIA; Delito: Contra el Patrimonio-Hurto Agravado; Agraviado: Hector Lino Condori Carrasco. Cañete 30.09.2010.
EXP.-0971-2009, a JOSE ALBERTO ATUNCAR FLORENTINI, para LECTURA DE SENTENCIA; Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; Agraviado: Guissepi José María Atuncar Vicente. Cañete 30.09.2010.-Secretario: Astohuamán,
EXP.-0590-2009, a ANGEL PEDRO ANCO QUISPE y FELIX GABRIEL ANCO QUISPE, para DECLARACION INSTRUCTIVA al haber sido REOS AUSENTES; Delito: Ejercicio Arbitrario del Derecho Propio Por Mano Propia; Agraviado: Estado Peruano.-Cañete 30.09.2010.-Secretario: Astohuamán,
EXP.-2009-0178.-EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA; Juez: Solano; en la instrucción seguida contra AUGUSTO EDUARDO LANDAURO,SOLANO por Delito: Conducción en Estado de Ebriedad, ha ordenado publicar extracto de la Resolución de fecha 13.10.2010, RESUELVE:-1°.-PONER los autos de MANIFIESTO y a disposición de las partes por el término de DIEZ DIAS;-2°.-DECLARAR REO AUSENTE al acusado AUGUSTO EDUARDO LANDAURO SOLANO, impartiéndose ordenes de ubicación y captura para su conducción a éste Juzgado para los fines legales pertinentes, Nómbrese como abogado defensor Público al letrado Rufino Espichan Cuzcano, con registro CA de Cañete 08, quien deberá comparecer ante el Juzgado a aceptar y jurar el cargo conferido; asimismo MANDO SE RESERVE la presente instrucción hasta que el inculpado sea habido o se presente voluntariamente.-Oficiando y Notificándose con conocimiento del Ministerio Público. Secretaria: Herrera.

EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA, Juez CHIPANA, Cita, llama y emplaza al siguiente inculpado:
EXP.-2010-0045, a: JULIO UEHARA UEHARA; Resolución N°.-01 de fecha 20.07.2010; QUE RESUELVE: DESTIMAR DE PLANO LA DENUNCIA contra JULIO UEHARA UEHARA por Accidente de Tránsito con Daños Materiales, se ORDENA EL ARCHIVO DEFINITIVO.-Secretaria Medina.-Cañete 01.09.2010.

EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE IMPERIAL, Juez VALDIVIESO , Cita, llama y emplaza al siguiente procesado en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-0068-2010,-a CESAR MARIO CHAVEZ HUARACA, declarado REO AUSENTE; para que rinda su Instructiva por Faltas Contra la Persona-LESIONES DOLOSAS; Agraviada: Ena Huaynalaya Cóndor. Imperial 20.09.2010; Secretario: Lovera.
EXP.-0017-2010,- a YOSELIN YUDID VARGAS GUZMAN y LIZBETH DIANA VARGAS GUZMAN, declaradas REOS AUSENTES; para que rinda su Instructiva por Faltas Contra la Persona-LESIONES DOLOSAS; Agraviada: Raquel Yolanda Gonzales Valentín y otra. Imperial 23.09.2010; Secretario: Lovera.
EXP.-0034-2010, a GABRIEL CONSTANTINO TORRES AGUILAR, declarado REO AUSENTE; para que rinda su Instructiva por Faltas Contra la Persona-LESIONES DOLOSAS; Agraviada: Celia Victoria Carrasco León. Imperial 20.09.2010; Secretario: Lovera.
EXP.-0062-2009,-RESOLUCIÓN N°.-06, de fecha 24.02.2010: DECLARO EXTINGUIDA la Acción Penal por PRESCRIPCION, en la instrucción seguida contra MARIA DEL CARMEN CHIQUE SANCHEZ por Faltas Contra la Persona en agravio de BENIGNA GUALBERTA TADEO VALERIANA; y en cuanto quede consentida, ARCHIVESE el proceso definitivamente; notificándose.- Secretario Lovera.
EXP.-0258-2009,-RESOLUCIÓN N°.-05, de fecha 29.04.2010: SE RESUELVE: ARCHIVAR LAS ACTUACIONES por Faltas contra el Patrimonio en agravio de PABLO ANTONIO ARIAS DURAN; denunciado NN; consentida o ejecutoriada que sea la presente, ARCHIVESE los de la materia; notificándose.-Secretario Lovera.
EXP.-0317-2009,-RESOLUCIÓN N°.-03, de fecha 30.03.2010: SE RESUELVE: ARCHIVAR LAS ACTUACIONES contra CRITHIAN MARCELO por Faltas contra la Persona en agravio de Hernán Huapay Quispe; consentida o ejecutoriada que sea la presente, ARCHIVESE los de la materia; notifica´ndose.-Secretario Lovera.
20, 21 y 22 de Octubre



EDICTO
Que, por ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala, a cargo del Señor Juez Dr. Javier Eduardo Zavala Martínez, y Secretario Judicial que da cuenta, se admitió a trámite la solicitud de Sucesión Intestada presentada por JENNY LUZMILA TANTA SULCA, de quien en vida fuera doña DOMITILA SULCA PABLO, fallecida el día 14-09-1999, AB INTESTATO, en el distrito de El Agustino – Lima. Comunicándose para que se presenten las personas que se crean con vocación hereditaria. Lo que se le publica para los fines legales y pertinentes.
Mala, 29 de Setiembre del 2010.
César Alejandro Antezana Canchos
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete

EDICTO
Exp. 2010-565.- Ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial de la provincia de Cañete, que despacha la Dra. Alicia Valdivieso Roque, Secretaria Dra. Belka Saravia Santana, solicita YSAAC GOYONECHE SACRAMENTO, la Rectificación de partida de nacimiento de recurrente, siendo que se ha omitido consignar el apellido paterno «SACRAMENTO» debiendo ser los datos correctos YSACC GOYONECHE SACRAMENTO. Lo que se comunica para los fines de Ley.
Imperial, 18 de Octubre del 2010.
Belka Z. Saravia Santana
Secretaria (e)
Juzgado de Paz Letrado de Imperial

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
El Jefe del Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete, de acuerdo a lo establecido en la Ley 26497, Capítulo V, Sección Segunda, Artículo 73, manda publicar; que con expediente N° 3646-10-MDQ de fecha 19 de Octubre del presente año, que Carlos Enrique Espíritu Cuzcano solicita la Rectificación de la Partida de Matrimonio de su padre, registrada en esta Municipalidad Distrital de Quilmaná en el sentido de rectificar que el apellido materno, la cual es Choque no está figurando en la partida de Matrimonio, sino como Carlos Roberto Espíritu asentado de esta manera, quienes consideren que pueden salir perjudicados con la rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de Ley, caso contrario se procederá a la inscripción según el Art. 68° de la Ley arriba indicada.
Quilmaná, 19 de Octubre del 2010.
Jesús Quispe Tarifa - Oficina Registro Civil - CAL 45367

ASOCIACION DE PESCADORES INDEPENDIENTES CORDELEROS ARTESANALES «JOSE OLAYA» DE CAÑETE
CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL
Lugar: Mz. H, Lote 24, Urbanización San José, distrito de San Vicente, provincia de Cañete y departamento de Lima.
Fecha: 26 de Octubre de 2010.
Primera Convocatoria: 04:00 p.m.
Segunda Convocatoria: 05:00 p.m.
AGENDA: Elección del Comité Electoral.
Cañete, 20 de Octubre del 2010-10-20
Víctor David Peña Quintanilla
Presidente

19 octubre 2010

ALBERGUE «CAMINO A LA SOLIDARIDAD» FUE VISITADO POR PRESIDENTE DE CORTE CAÑETANA…
Estuvo Con Menor Embarazada… y Constató Que Empieza Una Nueva Vida Para Ella…
Informe por María Angélica Tipiane Atuncar

Un buen día, tres amigos de un pueblo de Teruel, decidieron hacer un viaje a Perú y recorrerlo teniendo como único equipaje una mochila. El viaje era pura aventura. ¿Cómo cruzar los Andes?, ¿Cómo bajar a un valle paradisiaco?
Haciendo el camino del Inca, conocieron a Carmen Solé, de padre español. Como las caminatas eran largas, había mucho tiempo para contar cosas, anécdotas e historias. De esta manera, los tres viajeros fueron tomando más conciencia con lo que habían visto de la realidad de los asentamientos humanos en Perú. De la miseria, de cómo sobrevivían día a día en unas condiciones muchas veces infrahumanas.
Cada vez tomaba más fuerza la idea de hacer algo, no sólo con palabras sino con hechos.
Como todo en la vida, el viaje llegó a su fin, se despidieron de Perú y de sus gentes pero con el compromiso de volver.
Al cabo de unos meses, volvieron con las ganas y la energía que ésta empresa requería.
Empezaron a ayudar en Asentamientos como Villa del Sol, Pueblo Nuevo ó San Agustín, todos pertenecientes al distrito de Chincha. Su ayuda era pequeña, para tanto que hacía falta, ayudar a comedores populares, hacer análisis y chequeos a gentes que nunca se habían puesto en manos de un doctor, también hicieron alguna casa de adobe para alguna familia que no tenían un techo. Para las Navidades, a los niños de los asentamientos se les regalaba un juguete.
Así hasta que el año 2003 deciden legalizar aquella situación y se formaliza una Asociación que se llamaría «Camino a la Solidaridad» tanto en España como en Perú.
Decidieron ubicarse, quizás en uno de los asentamientos más pobres de toda la provincia, Condorillo Alto, pues allí faltaba todo… no había ni luz.
Lo primero que decidieron fue llevar la luz a aquel asentamiento. Cosa que no fue fácil por la burocracia de este país. Al cabo de casi dos años por fin había luz en aquel lugar dejado de la mano de Dios y se decidió hacer un albergue para recoger a madres adolescentes que no tenían donde ir.
Al día de hoy el albergue está lleno y son muchos los niños que allí han nacido y que están teniendo una infancia digna. También las madres día a día van saliendo hacia adelante y poco a poco van siendo más autosuficientes para cuando salen del centro con 18 años.
También se han hecho Escuelas en Condorillo para educación primaria con capacidad para 210 niños.
El último proyecto terminado es una casa para voluntarios que tengan un tiempo de su vida para dedicarla a los demás. Lo mejor de estas experiencias es que cuando vienes a España has recibido más de lo que has dado.
Y así empezó aquel viaje y aquel camino que empezaron a recorrer un día y que al día de hoy todavía sigue.
Gracias a mucha gente que se van sumando a ese camino llamado… «Camino a la Solidaridad».




CAMINO A LA SOLIDARIDAD RECIBIO A MENOR CAÑETANA….
Sí, «Camino a la Solidaridad», es el albergue para madres adolescentes, que ha acogido a la niña D.Y.S.C. de sólo 15 años, la misma que fue violada por su propio padre, y que producto de dicha violación ha quedado embarazada.
Se señala que Dios sabe porque hace las cosas… y después de visitar el albergue «Camino a la Solidaridad», la verdad es que creemos que la decisión de la Juez de Familia, de la corte cañetana no pudo ser más acertada. Es un lugar amplio, en donde habitan más de veinte adolescentes que tienen casi el mismo problema… en «Camino a la Solidaridad» ellas reciben todo tipo de atención, desde alimentación, salud, educación y hasta les enseñan como enfrentarse a la vida, aprendiendo corte y confección, así como también artesanía.
Paralelo a ella, empiezan a adentrarse en las labores propias del hogar… y es que en el Albergue «Camino a la Solidaridad» ellas tienen que aprender a atenderse ellas mismas… ellas realizan las labores de cocina, limpieza, atención a sus bebes, siempre guiadas de las tutoras que la acompañan todo el día… tienen tiempo para lavar sus ropas, también para estudiar, y lógicamente también para divertirse, viendo televisión o participando de diversos juegos recreativos.
Lógicamente el convivir con otras chicas de su edad, y quizás de sus mismos problemas ayudará a D.Y.S.C. a cambiar de vida.

LA ENCONTRAMOS TRANQUILA…
Nos dirigimos desde Cañete hasta Chincha… tuvimos la suerte de encontrarnos con la Dra. Silvia Consuelo Rueda Fernández, Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cañete, y sin más ni más, viajamos para conocer donde está la jovencita que con su lamentable historia, remeció a un buen sector de la población cañetana.
En «Caminos a la Solidaridad» nos recibió Carmen Solé, justamente la responsable de mantener este Albergue que se financia gracias al apoyo de gente de España, que desea poner un granito de arena para mejorar la calidad de vida, de seres que no tienen nada.
«La niña desde que ha llegado se sintió bien… no es que haya estado llorando, ella esta tranquila. Ella fue bien recibida por todas las chicas que están aquí», nos refirió una jovial Carmen Solé.
«En cuanto llegó las chicas ahí mismo se le acercaron, como no había traído ropa, las mismas chicas le prestaron, y luego fuimos con ella misma a comprarle ropita, le compramos su pijama, su ropa interior, porque no había traído nada», nos refiere.
«Tenemos más de 20 niñas… 12 madres adolescentes, 8 niñas en estado de abandono, tenemos también 11 bebes…aquí se les da una atención integral. Alimentación, educación, salud… todos los niños tienen su SIS», agrega Carmen Solé.
«Con ella, fuimos al día siguiente que llegó, a la Posta Médica de Condorillo Alto y la Obstetriz la examinó, y al siguiente día la lleve al Hospital San José de Chincha. Nos han indicado que el bebe esta muy activo, pero todavía no nos han dicho el sexo; a partir del sétimo mes, recién le van a sacar su ecografía para ver… Le han sacado una ecografía pero no para saber el sexo del bebe. Mañana (hoy) tiene una consulta con el médico ginecólogo para que la atienda, porque tiene una infección venérea, y va a empezar su tratamiento. Es muy posible que sea internada, pero no es nada seguro. Si es que tiene que internarse no hay ningún problema, nosotros estamos permanentemente con ella. Yo estoy casi todo el día, en la noche yo llegó en cualquier momento», refiere Carmen Solé.
«En este albergue trabajan 6 personas; en cada habitación hay dos niñas, y si tienen bebes, está la mamá, el bebe su cuna… serían cuatro, cada una en su cama, y lógicamente cada bebe en su cuna. Pero en el caso de ella, está con otra niña gestante solas en una habitación», nos señala.
«Aquí también hacen sus talleres productivos, hacen cerámica, artesanía con semillas de la selva, hacen llaveritos, aretes, collares. Tienen sus talleres de corte y confección, que hace cinco meses nos obsequió la Fábrica Textil Del Valle, tres máquinas, una remalladora, una recubridora y una de costura recta, y las niñas están aprendiendo a hacer polos, buzos, shores», refiere.
«Las niñas terminan sus estudios acá; y si nunca han ido al colegio, igual. Los días domingos ellas asisten al colegio, hay un programa de educación que se llama EBA, Educación Básica Alternativa, para personas que no tienen la oportunidad de ser un alumno regular, entonces ellas van los días domingo, y en el transcurso de la semana hacen su tarea; tenemos el soporte de una profesora que viene a apoyarlas. Todo le compramos nosotros acá, los libros, los útiles… tenemos la movilidad que las traslada, yo me encargo de eso; tienen sus cuadernos, sus mochilas, todo le compramos acá» agrega Carmen Solé.



QUE ES CAMINO A LA SOLIDARIDAD…
«Camino a la Solidaridad» es una asociación privada, que se sustenta del apoyo de personas de buena voluntad de España. Hay agua por cisterna, luz del alumbrado público, el desague es con pozo séptico, porque en el pueblo no hay desague.
Tienen 10 servicios higiénicos para las chicas. En el patio principal hay dos ambientes, cada uno de tres servicios higiénicos, con tres duchas, tres lavatorios, un baño en la recepción, un baño en la biblioteca, y dos baños en el taller.
Ellas son las que cocinan con el apoyo de las tutoras, y si quieren comer algo muy adicional del menú de la semana, ellas lo piden y los encargados traen lo necesario para que ellas lo preparen. Es un ambiente muy agradable.




ES UNA INSTITUCION NO GUBERNAMENTAL…
«Camino a la Solidaridad» es una organización internacional con sedes en Perú, en la Provincia de Chincha y en España, sin ánimo de lucro, no gubernamental, independiente, de cooperación para el desarrollo y la solidaridad.
Empezó legalmente sus actividades en enero del 2003, su duración es indefinida y su domicilio se fijó en la Provincia de Chincha.
La fundación es el reflejo de las inquietudes de una serie de personas (peruanos y españoles) sobre la situación personal, social y laboral existente en los asentamientos humanos de la Provincia de Chincha.
Su objetivo es que las condiciones de vida mejoren sensiblemente en esta parte de Perú, y que la financiación que se consiga llegue y se aplique directamente sin intermediarios. En resumen, todo el apoyo conseguido sirve para desarrollar y mejorar la calidad de vida en estos asentamientos.
La Junta Directiva después de la Junta General del 18/06/2010 quedó compuesta por Santiago Ibáñez en calidad de presidente; como Vicepresidente Mariano Remiro; Secretario Manuela Ibáñez, Tesorero Susana Alvarez; y como Vocales Joaquin Yarza, Alfonso Escolano y Juan José Fernández; mientras que en el Perú tenemos a Carmen Solé.



HAY QUE DEJARLA TRANQUILA… QUE SE OLVIDE DE LO VIVIDO…
Después de comprobar que nuestra D.Y.S.C., se encuentra bien… Carmen Solé nos indicó que el único problema que tiene es cuando le recuerdan que tiene un proceso judicial en Cañete, y que tiene que ir a su Audiencia… «creemos que debemos de darle tranquilidad a la niña… que se olvide de esos problemas… Acá ella esta tranquila y debe de olvidarse de esos problemas».
Es cierto, volver a vivir la pesadilla de estar rodeada de gente que la ha maltratado, tener que enfrentar a su padre, o sus agresores sexuales, sin duda son hechos que ella debe olvidar; ojalá que la autoridad judicial competente pueda disponer lo necesario para evitar que la niña reviva o tenga encuentros que ella quiere olvidar.

COMO AFRONTAR LAS CONSTANTES VIOLACIONES…?
La Dra. Silvia Consuelo Rueda Fernández después de la visita al Albergue se mostró satisfecha, porque la decisión del personal a su cargo, ha sido correcta… la menor se encuentra en buenas manos… allí pronto recuperará un mejor estado de salud, podrá recibir a su menor hijo… podrá aprender a criarlo y también a afrontar la vida que le depara el destino.
La vida la va a ser madurar más rápido de lo que pensaba… pero esa es la vida que le ha tocado vivir… Ojalá que en Cañete existan instituciones como «Camino a la Solidaridad», porque se podría apoyar a muchas jovencitas que tienen la mala suerte de quedar embarazadas a temprana edad. Algo hay que hacer por mejorar la calidad de vida de estas jovencitas que existen en la misma condición, en nuestra provincia.
Finalmente, agradecer al periodista Rómulo Pardo Ortega que siguió este caso hasta lograr hasta el momento, una solución a favor del bienestar de la niña; lo que viene ahora es el proceso judicial para que se castigue a ese mal padre que violó a su propia hija, y también a los indeseables que también abusaron de la menor; sin embargo, los últimos casos de violación que vienen ocurriendo en nuestra provincia nos permite exigir a nuestras autoridades un análisis sobre qué hacer para evitar que esta lacra de violadores sigan haciendo de la suya. Sin duda, se requiere de un mejor sistema para hacer justicia… No es posible, que mientras DYSC haya tenido que irse lejos para encontrar una mejor calidad de vida; sus agresores sigan libres, con posibilidades de huir en cualquier momento. Algo hay que hacer, ese es el reto para nuestras autoridades políticas, policiales y judiciales.
«LOS JUECES, LA PRENSA Y LA COMUNIDAD DEBEN RESPETAR LA INTIMIDAD Y PRIVACIDAD DE UN NIÑO VICTIMA DE VIOLACION SEXUAL... PORQUE SE PUEDE AGRAVAR EL DAÑO AL MENOR...»
Señala Silvia Rueda Fernández, Presidenta De Corte Cañetana...

La Presidente de la Corte de Cañete, Silvia Consuelo Rueda Fernández expresó que los Jueces y la comunidad deben tener presente las directrices de las Naciones Unidas para los casos de niños victimas y testigos de delitos que establece que «todo niño es una persona única y valiosa y como tal se deberá respetar y proteger su dignidad individual, sus necesidades particulares, sus intereses y su intimidad. Los niños que son víctimas de delitos son especialmente vulnerables y requieren protección profesional especializada, asistencia y apoyo apropiado para su edad, nivel de madurez y necesidades especiales a fin de evitar mayores perjuicios y traumas. La prensa y los medios de comunicación social deben respetar la intimidad y privacidad de un niño victima de violación sexual teniendo en cuenta su vulnerabilidad y que se pueda agravar el daño al menor.
La Presidente de la Corte, dio estas declaraciones luego de visitar el día de ayer por la tarde el Centro Especializado para Madres Adolescentes «Camino a la Solidaridad» ubicado en Chincha.
La Dra. Silvia Rueda Fernández fue recibida por la Directora del Centro y por profesionales que trabajan en el albergue; seguidamente, realizó un recorrido por los diferentes ambientes y dialogó con las menores que se encuentran protegidas en este lugar.
La Asistenta Social del centro informó que la menor que llegó de Cañete se mostró tranquila, «pues aquí comparten todas ellas sus experiencias y son tratadas por especialistas con mucho cuidado y cariño, pues dada su condición las vamos preparando poco a poco para que una vez que nazcan sus niños puedan asimilar su condición de madres, son pequeñas pero llegan a ser buenas madres, muy responsables». La institución alberga a la fecha a adolescentes gestantes y a doce madres adolescentes con sus respectivos bebés. El centro cuenta con diversos talleres donde las capacitan para que ellas una vez que cumplan con su estancia en este lugar puedan valerse por si mismas, incluso las que no han concluido sus estudios escolares estudian los fines de semana. El lugar es tranquilo.
Desde el ingreso a las instalaciones se pudo apreciar que es un lugar limpio y acogedor donde las menores están tranquilas y contentas, lo que busca este tipo de instituciones es que las madres adolescentes y los niños se encuentren en un ambiente adecuado.






Con la rápida actuación del Ministerio Público y Comisaría de San Luis
SE DETIENE EN FLAGRANCIA DELICTIVA A SUJETO QUE VIOLO A MENOR DE SEIS AÑOS

A mérito de la denuncia policial por parte de la Comisaria de San Luís, en la que la tía del menor agraviado Ángela Milagros Sánchez Aredo (21), denunció que el padrino del menor de iniciales J.A.C.S. de seis años de edad lo habría violado.
El Despacho Fiscal de Turno a través de su representante Dra. Ketty Garibay Mascco, Fiscal Adjunta Provincial Penal, programó las diligencias correspondientes de investigación por encontrarse este delito en flagrancia delictiva, teniendo hasta el momento que efectivamente el menor de edad ha sido ultrajado sexualmente como se denota en el Certificado Médico Legal que concluye que el niño presenta signos de acto contranatura reciente, habiendo los efectivos de la Policía aproximadamente a las 8 de la noche del día de ayer detenido al imputado.

APURANDO DILIGENCIAS...
A mérito de lo actuado, de manera incansable el Ministerio Público viene realizando las diligencias precisas para recabar los elementos de convicción necesarios para cumplir con los requisitos y sustentar el requerimiento de prisión preventiva que se ha presentado al Juzgado de investigación Preparatoria de Cañete, el cual fijará la audiencia respectiva para la fundamentación, quedando el imputado en posesión de la policía judicial.
Hay que señalar que la Pena Privativa para este tipo de casos es de cadena perpetua, según el Código Penal.
MALA: PRESUNTO HOMICIDA DE ALEXANDER GABRIEL CAMPUSANO LIZARME CAYÓ EN OPERATIVO POLICIAL
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (corresponsal en Mala)

Según NOTA DE PRENSA N° 14-10-VII-DIRTEPOL/DIVPOLCOMISARÍA MALA- CAÑETE del 16 de Mayo del 2010,
Refiere que el día 10 de Mayo a horas 23.00 se recepcionó una llamada telefónica comunicando que en el Jr. Naranjos 2da. cuadra, habían disparado a una persona; constituida en forma inmediata personal PNP constató la presencia del cuerpo de una persona de sexo masculino, brazo sobre el pavimento en posición cúbito dorsal al mismo que sindicaban había recibido un disparo mostrando signos de vida, no apreciándose manchas de sangre a la vista en el pavimento. El mismo que fue trasladado en forma inmediata a bordo de la U.MOL-8296 al Hospital San Pedro de Mala dando el Dx Herida por PAF pecho lado izquierdo altura del corazón. Llegó cadáver identificándose como ALEXANDER GABRIEL CAMPUSANO LIZARME (21) DNI N° 46287973 (Leer otros artículos en www.poderpolitico.info).
Efectivamente uno de los presuntos autores sindicados del homicidio fue Charly Wilder CUEVA QUISPE, el que mediante un operativo policial fue detenido el último sábado por un acto delictivo denunciado por los agraviados que se consigna en el siguiente informe policial; la familia de Alexander Campusano Lizarme piden justicia por éste cruel asesinato, en todo caso será el poder judicial que determine el grado de responsabilidad del sujeto.
Ayer 18/10/10 a horas 15.18 se llevó a cabo la audiencia en el Juzgado de Investigación Preparatoria – Juzgado Unipersonal de Mala, según lo dispone mediante Oficio N° 290-2010 JIP-MALA-RASP del 18/10/10 a cargo del Juez, Doctor Riquelmer Sandoval Peves – Juez (S) JIP Mala CSJC, la audiencia terminó a horas 16.40 y a las 17.00 horas fue trasladado al Penal de Cantera de Cañete; a continuación les presento en exclusiva el tramite de investigación policial.

IMPECABLE OPERATIVO POLICIAL
INFORME POLICIAL Nº 164–C– 2010-VII-DIRTEPOL-L-DIVPOL-C-CDM. Al Dr. CLAVER ESPINOZA DULANTO, Fiscal Provincial (p) Primera Fiscalía Provincial Penal de Mala. Datos de la Dependencia Policial, COMISARIA PNP DISTRITAL DE MALA; DATOS DE LOS AGRAVIADOS: Pablo Miguel GUTIERREZ CHUQUILLANQUI (51); Kety Rufina BEIGNO RAMOS (22); Evelyn MARIN MACEDO (23); y Rosy MARIN MUÑOZ (45). DATOS DE LOS DENUNCIADOS, Juan HIPOLITO TASAYCO (21) DNI.Nº47884208, MZ- N1-LT-16-Dignidad Nacional-Mala, Charly Wilder CUEVA QUISPE, DNI.-Nº 47028846, Ciprés Alto-Dignidad Nacional-Mala.

ANTECEDENTES DE LA DENUNCIA Y/O ACTA DE INTERVENCIÓN POLICIAL
Como es de conocimiento en esta sede policial se encuentra registrada la siguientes denuncias conforme se detalla: DD.Nº.10- POR ASALTO Y ROBO CON ARMA DE FUEGO.- Siendo la hora y fecha anotada al margen se presentó la persona de Pablo Miguel GUTIERREZ CHUQUILLANQUI, 51 años de edad, natural de Lima, soltero, obrero, con domicilio en la calle Próceres Mz-H-Lt-2-Dignidad Nacional-Mala, con DNI Nº 44069395, denunciando que a horas 21.00 aprox. ha sido víctima de asalto y robo con arma de fuego en el interior del inmueble indicado líneas arriba, cuando dos personas varones jóvenes entre 20 a 23 años de edad ingresaron con el fin de solicitar tomar con una de las chicas que se encontraban en dicho lugar, siendo el caso que uno de los delincuentes lo cogió del cuello y comenzó a agredirlo y al tratar de defenderse y por un momento doblegar a uno de ellos, fue aprovechado por su acompañante quien lo agredió utilizando un arma de fuego, propinándole golpes en el rostro y cabeza con la cacha de un arma, siendo en reiteradas veces que lo propinaron tales golpes, por lo que pudo evitar ser víctima de robo, como en anterior oportunidad cuando los mismos sujetos se llevaron fuerte suma de dinero; agrega que los dos autores eran jóvenes ambos con capuchas o poleros, pudiendo observar claramente sus rostros y porque ya es la segunda vez que cometen tal hecho. Lo que denuncia a la policía para los fines del caso, autorizando a la presente con su firma e impresión dactilar del índice derecho en presencia del instructor que certifica.-Fdo. El Denunciante. OCC. Nº 936.- HORA: 22.10.- DIA: 16.- MES: OCTUBRE.- AÑO: 2010.- POR INTERVENCION POLICIAL.- El Mayor PNP. COMISARIO de la Comisaria de Mala, da cuenta a la Superioridad, que el día de la fecha a horas 22.10 aprox. a merito de la denuncia recepcionada por la persona de Pablo Miguel GUTIERREZ CHUQUILLANQUI, por el delito contra el patrimonio asalto y robo a mano armada, hecho ocurrido el día de la fecha a horas 21.30 aprox. en el inmueble ubicado en la MZ-H-Lt-02 Calle Próceres AA.HH. Dignidad Nacional-Mala se dispuso el desplazamiento del personal PNP. De la expresada a bordo de las Unidades Móviles Pl-8296 y PL-40520, a fin de efectuar la ubicación y captura de los implicados en el ilícito, logrando ubicar e intervenir en el interior de un moto taxi modelo bajaj, sin placa de rodaje color rojo y blanco a la altura de la calle Porvenir Alta AA.HH-Dignidad Nacional-Mala a las persona de Juan HIPOLITO TASAYCO (21) Charly Wilder CUEVA QUISPE (21), Renzo Airton SALAZAR Laurente (18), encontrándose a los dos primeros nombrados en su poder DOS(02) ARMAS DE FUEGO siendo uno de ellos la PISTOLA MARCA BAYCO ARMS-COSTA MESA 380 AUTOMATICA Nº SERIE 144493, COLOR NEGRO, ABASTECIDA CON CACERINA (05) MUNICIONES, UN (01) REVOLVER MARCA JAGUAR Nº. SERIE 195421, COLOR NEGRO, siendo los intervenidos y conducidos a la comisaria PNP. de Mala para las investigaciones del caso. Asimismo el vehículo menor utilizado para la fuga de los dd.cc es puesto a disposición de la Unidad Policial a cargo de las investigaciones. Lo que da cuenta para los fines del caso. Mala, 16 de Octubre 2010. Fdo. Mayor PNP. Javier VELASQUEZ LINARES.

INVESTIGACIONES SE HICIERON CON GRAN PROFESIONALISMO
DILIGENCIAS EFECTUADAS (1) Manifestaciones Recepcionadas; Pablo Miguel GUTIERREZ CHUQUILLANQUI (agraviado), Kety Rufina BENIGNO RAMOS (22) (agraviado), Rosy MARIN MUÑOZ (45) (agraviado); Evelyn MARIN MACEDO (23) (agraviado); Renzo Airton SALAZAR LAURENTE (18) (agraviado); Juan HIPOLITO TASAYCO (21) IMPUTADO, Charly Wilder CUEVA QUISPE (21) IMPUTADO (2) ACTAS FORMULADAS, Acta de Registro vehicular, hallazgo recojo e incautación de arma de Fuego Pistola marca BAYCO ARMS COSTA MESA 380- AUTOMATICA Nº SERIE 144493, en el interior del vehículo menor de Tipo BAJAJ- color rojo- Blanco y Acta de Reconocimiento Físico ( 3) Otros, Informe técnico de operatividad de las armas incautadas y reconocimientos médicos legales
ANALISIS DE LOS HECHOS
El día 16 de Octubre de 2010, a horas 21.50 se presento a esta sede policial la persona de Pablo Miguel GUTIERREZ CHUQUILLANQUI, denunciando haber sido víctima de asalto y robo y como consecuencia de ello haber sido víctima de lesiones por parte de dos dd.cc. quienes ingresaron violentamente al inmueble ubicado en la calle Próceres Mz-H-Lt-2-Dignidad Nacional-Mala, habiendo utilizado para este ilícito armas de fuego.
A merito de la denuncia suscrita por Pablo Miguel GUTIERREZ CHUQUILLANQUI, se efectúa inmediatamente un operativo policial a fin de poder identificar y capturar a los responsables del ilícito denunciado, logrando su ubicación en la calle Porvenir-Dignidad Nacional-Mala- parte alta luego de su persecución por tal calle, donde fueron intervenidos dos personas a quienes se lo identificó como Juan HIPOLITO TASAYCO (21) encontrando en su poder un revolver color negro marca Jaguar Nº. serie 195421 color negro y a Charly Wilder CUEVA QUISPE (21). Seguidamente se realiza el registro en el vehículo menor donde fueron intervenidos las personas de Juan HIPOLITO TASAYCO y Charly Wilde CUEVA QUISPE, hallando en su interior una pistola marca BAYCO ARMS- costa mesa-380 automática Nº. serie 144493, con una cacerina abastecida con cinco municiones.
Presente en esta sede policial la persona de Pablo Miguel GUTIERREZ CHUQUILLANQUI, se ratifica en el contenido de su denuncia presentada ante la comisaria de Mala sindicando directamente a las personas de Juan HIPOLITO TASAYCO y Charly Wilder CUEVA QUISPE, como los autores del hecho denunciado, mismo que se llevo a cabo en la calle Los Próceres Mz-H-Lt-2-AH-Dignidad Nacional-Mala, lugar donde funciona un bar, así mismo sindica a la persona de Juan HIPOLITO TASAYCO como el que solicito ingresar al lugar y una vez que abrió la puerta ingreso violentamente otro joven este con arma en mano y luego cometer el robo y al tratar de impedir tal fue víctima de agresiones físicas habiendo utilizado ambos dd.cc armas de fuego.
Por su parte las personas de Evelyn MARIN MACEDO, Kety Rufina BENIGNO RAMOS y Rosy MARIN MUÑOZ, corroboran los hechos señalando a las personas de Juan HIPOLITO TASAYCO y Charly Wilder CUEVA QUISPE, como los autores de lo denunciado por Pablo Miguel GUTIERREZ CHIQUILLAN, cuando estas se encontraban en el interior de la vivienda donde ocurrieron los hechos investigados.
Asimismo presente la persona de Renzo Airton SALAZAR LAURANTE, este refiere dedicarse a realizar servicio de Mototaxi, y el día de ayer se encontraba por inmediaciones de la plaza de Armas de Dignidad Nacional de Mala, cuando tres sujetos abordaron su moto taxi- tipo Bajaj y lo indicaron a que arranque y se dirija por la calle porvenir, luego uno de ellos se bajo de la parte de atrás y comenzó a conducir la moto, luego fueron intervenidos por personal de la comisaria de Mala.
Presente el imputado Charly Wilder CUEVA QUISPE (21), este acepta las imputaciones que hace el denunciante Pablo Miguel GUTIERREZ CHIQUILLAN, indicando que tal hecho lo realizo en compañía de Juan Jonathan HIPOLITO TASAYCO y un conocido como «HUEVO» quien es el que proporciona las armas de fuego, por tal apelativo únicamente sabe que es de Cañete, no sabiendo su nombre menos donde frecuenta y vive, siendo este que ofreció las armas para cometer el ilícito en la casa del tío «CUETO».
Asimismo el imputado Juan Jonathan HIPOLITO TASAYCO evade su responsabilidad al sindicar a una persona no identificada a que solamente lo conoce como HUEVO, como el autor intelectual del hecho que se investiga, asimismo este es quien lo provee de armas para cometer tales ilícitos.
Por la Figura delictiva y MODUS OPERANDI, no se descarta la participación de los investigados en actos ilícitos anteriores a los de la intervención, ya que sus agraviados dan similares características físicas a los intervenidos, que las primeras versiones de tales donde narran con lujo de detalles sobre el hecho incriminado, estos luego con la participación de acciones legales, cambian su versión total a los hechos, sindicando a un desconocido como el autor intelectual del hecho y el que entrega las armas para cometer tal ilícito. Evadiendo su responsabilidad a hechos reales y reconocidos.

CONCLUSIONES DE LA INVESTIGACIÓN POLICIAL
Que, las personas DETENIDAS mismas que responden a Charley Wilder CUEVA QUISPE (21) y Juan Jonathan HIPOLITO TASAYCO (21) son investigados por delito contra el patrimonio asalto y robo a mano armada en agravio de Pablo Miguel Gutiérrez Chuquillanqui y delito contra la seguridad pública –delito de peligro común tenencia ilegal de arma de fuego en agravio del Estado Peruano, hecho ocurrido el día 16 de Octubre de 2010, en la jurisdicción de la expresada. Así mismo se consigna en los ANEXOS, (07) manifestaciones, (02) actas, (02) armas de Fuego una pistola y un revolver - Mala, 17 de Octubre de 2010 - EL INSTRUCTOR.
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA DICTARÁ SEMINARIO RELACIONADO A LA SEGURIDAD Y EFICIENCIA EN EL USO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN LA PROVINCIA DE CAÑETE

Un importante evento destinado a sensibilizar a diversos sectores de la población sobre la necesidad de usar eficientemente la energía eléctrica, dictará el Gobierno Regional de Lima el día de mañana, miércoles 20 de octubre a partir de las 09:00 a.m. en el auditorio del salón Libertad de la Municipalidad del distrito de Imperial.
El evento denominado «Seguridad y eficiencia en el uso de la energía eléctrica», es organizado por el Gobierno Regional de Lima a través de la Dirección Regional de Energía y Minas, tiene como objetivo fomentar y estimular el adecuado uso de la energía eléctrica y promover el desarrollo de la capacidad de difundir mensajes que aborden la idea de cómo ahorrar la referida energía.
El Seminario esta dirigido a los docentes, alumnos de los diversos centros educativos, estudiantes de la sedes universitarias en nuestra provincia y al público en general.
El certamen será dictado por expositores y técnicos del Ministerio de Energía y Minas y el Ministerio de Educación, en el marco del convenio de cooperación interinstitucional suscrito entre ambos Ministerios el 14 de mayo del 2010.
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico.

LUGAR: Carretera Panamericana Sur Altura Entrada Fundo Puente Negro.
ZONAS AFECTADAS: CPM Arona, CPM Los Olivos, Fdo. Alayza, CPM Santa Cruz, CPM Santa Bárbara, Distrito de San Luis, Distrito de Cerro Azul y parte del Circuito de Playas del Distrito de Cerro Azul y Asia de la Provincia de Cañete del Departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-05
CIRCUITOS: CEPS 5010
DIA: Lunes 18 de octubre de 2010.
HORA DE INICIO: 06:05hrs Lunes, 18 de octubre de 2010.
HORA FINAL: 07:07hrs Lunes, 18 de octubre de 2010.

La interrupción del servicio fue ocasionada por Avería por terceros en redes de MT lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
CHUI APELA A QUE EL TC TRAIGA ABAJO LA SENTENCIA DEL DR. JACINTO CAMA

Acaba de salir publicada en la página web del Poder Judicial el auto que emite la Sala Civil de Huaura en la que concede el medio impugnatorio de agravio constitucional pedido por el Gobierno Regional de Lima (GRL) y por consiguiente el expediente correrá traslado al Tribunal Constitucional (TC).
Como ya hemos dicho anteriormente, la Sala de Huaura declaró:
PRIMERO: fundado el amparo presentado por Nelson Chui, determinándose que la Sala de Cañete emita una nueva resolución; y,
SEGUNDO: declaró nula la resolución del juez huachano que anulaba la sentencia del Dr. Jacinto Cama.
Ante esta situación el Gobierno Regional de Lima, por orden de Nelson Chui, interpuso el recurso de agravio constitucional en contra del extremo segundo de la resolucion de la Sala de Huaura, es decir en contra de la resolución del Dr. Jacinto Cama que declaró que CAÑETE ES SEDE REGIONAL.
Es a esto que la Sala Civil de Huaura le ha concedido el medio impugnatorio interpuesto, por consiguiente el expediente se elevará al Tribunal Constitucional para que emita un pronunciamiento (Tener en cuenta que la misma Sala de Huaura declaró improcedente el Recurso de Agravio Constitucional interpuesto por la Municipalidad Provincial de Cañete en contra del primer extremo de la sentencia antes referida).

¿Que hará el Tribunal Constitucional? Podría hacer dos cosas:
1.- Limitarse a ver lo que pide el GRL, es decir si procede pronunciarse respecto a lo determinado por el Juez Cama. El asunto es que el GRL no pidió en su amparo anular lo establecido por el Dr. Cama ( que la Sede Regional es Cañeteb ), ellos se fueron en contra de la resolución confirmatoria de la Sala cañetana. Si el TC sólo ve esto entonces lo declarará inadmisible y lo único que se hará es extender más el tiempo para la solución de este conflicto.
2.- Ir más allá de lo que pide el GRL, teniendo como antecedente la queja planteada por el extinto alcalde de Huacho Señor Zurita, en la que el TC lo declaró improcedente y donde el Magistrado Beaumont Callirgos planteó que se debería ver el fondo y no se hizo. Hoy nuevamente llega este asunto a dichos magistrados por lo que consideramos, de primar la coherencia, economía procesal y necesidad de que el TC como Intérprete Supremo del orden jurídico ponga punto final a este conflicto, debería de ver si el Dr. Cama aplicó o no el precedente constitucional establecido en la sentencia del Expediente Nº 168-2005-PC/TC.
Esperemos que el Tribunal Constitucional vea el fondo del asunto y confirme la resolución del Dr. Jacinto Cama.
El documento señala:
«Sumilla: Autos y Vistos: El escrito presentado por el Procurador Público Ad-Hoc del Gobierno Regional de Lima; y atendiendo:UNO: La parte demandante interpone recurso de agravio constitucional contra la sentencia de vista emitida mediante Resolución Número Veintiocho, de fecha 09 de Setiembre de 2010, en el extremo que declara nula la sentencia apelada, en cuanto declara a su vez nula la Resolución Número Diecinueve, de fecha ocho de Junio de 2009, emitida por el Juez del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, en el proceso seguido por Italo Maldonado Montoya y la Municipalidad Provincial de Cañete contra el Gobierno Regional de Lima, sobre proceso constitucional de cumplimiento e, integrándola ordenaron que la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cañete, expida nueva sentencia con arreglo a Ley.- DOS: El Artículo 18° del Código Procesal Constitucional, establece lo siguiente: «Contra la Resolución de segundo grado que declara infundada o improcedente la demanda, procede recurso de agravio constitucional ante el Tribunal Constitucional, dentro del plazo de diez días contados desde el día siguiente de notificada la resolución...».- TRES: Teniendo en cuenta la normativa antes mencionada, y efectuando el control de admisibilidad del recurso interpuesto, se aprecia que éste ha sido interpuesto dentro del plazo legal de diez días y contra la resolución de vista que le resulta adversa al demandante, por tanto, procede conceder el medio impugnatorio interpuesto.- Por estas consideraciones, concedieron el recurso de agravio constitucional dispusieron se remita el expediente al Tribunal Constitucional con la debida nota de atención. Reasumiendo funciones el señor Lanegra Sánchez al término de su licencia e interviniendo el señor Juez Superior López Velásquez por variación en la conformación de la Sala. SS.».
REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Drokasa Perú S.A. con Agropecuarias Unidas SRL. (Terceros No ejecutantes Bayer S.A. y Melcy Ruth Ventura Maurtua de Borjas) sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Exp. N° 523-2003; el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Doctor Raúl Nemesio Cuentas Lagos y Especialista Legal Doctor Luis Alberto Melgarejo Fernández, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
Lote 1.- EN SEGUNDA CONVOCATORIA: Inmueble ubicado en la Av. La Mar N° 509, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 127.18 mts2, y cuyas demás características se encuentran inscritas en la Ficha N° 1113 continuando en la Partida N° 90012290 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IX Sede Lima. VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 33,004.25 (Treinta y tres mil cuatro y 25/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$ 18,702.41 (Dieciocho mil setecientos dos y 41/100 Dólares Americanos). AFECTACIONES: 1) Hipoteca.- Constituida por Agropecuarias Unidas SRL. a favor de BASF Peruana S.A. hasta por la suma de US$ 35,000.00 y según Escritura Pública de fecha 5/9/00 ante Notario Hubert Camacho Gálvez, inscrita en el asiento D00001 de la Partida N° 90012290 del Registro de Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao. Fecha de Inscripción 27/10/00. 2) Embargo.- Por Resolución N° 01 de fecha 6/10/03 expedida por el Juzgado Especializado Civil de Cañete que despacha el Juez Jacinto Cama Quispe, Secretaria Esther Y. Lázaro Vicente, hasta por la suma de US$ 25,000.00 en los seguidos por Drokasa Perú S.A. con Agropecuarias Unidas SRL. sobre O.D.S.D., Expediente N° 523-03, inscrita en el asiento D00003 de la Partida N° 90012290 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IX Sede Lima. Fecha de Inscripción 28/11/03. 3) Embargo.- Por Resolución Coactiva N° 2280070008208 de fecha 18/5/07 expedida por Dina Noelia Angulo de la Vega, Ejecutor Coactivo, Intendencia Regional Ica – SUNAT, hasta por la suma de S/. 100,000.00. Fecha de Inscripción 7/6/07.
Lote 2.- EN TERCERA CONVOCATORIA: Inmueble ubicado frente a la Plaza San Martín N° 107 distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 33.54 mts2., y cuyas demás características se encuentran inscritas en la Ficha N° 5422 continuando en la Partida N° 21000413 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IX Sede Lima. VALOR DE TASACIÓN: US$ 28,785.91 (veintiocho mil setecientos ochenta y cinco y 91/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US$ 13,865.22 (trece mil ochocientos sesenta y cinco y 22/100 Dólares Americanos). AFECTACIONES: 1) Hipoteca.- Constituida por Agropecuarias Unidas SRL. a favor de Bayer S.A., hasta por la suma de US$ 5,201.51, y según Escritura Pública de fecha 11/7/02 ante Notario Alfredo Paino Scarpati, inscrita en el asiento D00003 de la Partida N° 21000413 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao. Fecha de Inscripción 20/9/02. 2) Embargo.- Por Resolución N° 01 de fecha 6/10/03 expedida por el Juzgado Especializado Civil de Cañete que despacha el Juez Jacinto Cama Quispe, secretaria Esther Y. Lázaro Vicente, hasta por la suma de US$ 25,000.00, en los seguidos por Drokasa Perú S.A. con Agropecuarias Unidas SRL: sobre O.D.S.D., Expediente N° 523-03, inscrito en el asiento D00004 de la Partida N° 21000413 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IX Sede Lima. Fecha de Inscripción 28/11/03. DIA Y HORA DEL REMATE: 25 de Octubre del 2010, a horas 8:00 y 8:15 de la mañana respectivamente. LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado Especializado Civil de Cañete, sito en la Sede de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito en Mariscal Benavides N° 657 San Vicente. POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación, en efectivo o cheque de Gerencia girado a su nombre, presentarán su DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copias de los mismos). Adjudicatario cancela Honorarios de la Martillera más IGV conforme al D.S. 008-05-JUS. María Ángela Zeballos Alva, Martillera Pública, Reg. N° 142. Cel. 998706190.
Ma. Ángela Zeballos A.
Martillera Pública - Reg. N° 142
Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil
Publicar: 15, 18 y 19 de Octubre.

EDICTO
Exp. N° 2010-060.CI.- Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha el Dr. De La Cruz Mallaupoma y Secretario Aquino Dolorier por Resolución Número Dos de fecha veintiocho de mayo del dos mil diez, en la vía del proceso de conocimiento se ADMITIO a trámite la demanda de NULIDAD DE ACTO JURIDICO interpuesta por SILVIO ROMULO CASTRO VIVIAS contra las SUCESIONES DE EFIGENIO CAMPUSANO CASTRO, JUANA CAMPUSANO RODRIGUEZ,JUAN SANTOS ALARCON y ADELA RAMIREZ SUAREZ; concediendo el plazo de treinta días para que los demandados contesten la demanda y la resolución número tres de fecha quince de Junio del dos mil diez, que hace la corrección del auto admisorio para que sean emplazados a los sucesores antes mencionados; se aprecia que el accionante postula como pretensión la nulidad absoluta de la compra - venta de fecha veintinueve de marzo del año novecientos cuarenta y siete, así como la nulidad absoluta de la supuesta escritura pública de dicha fecha; ordenándose notificar a los demandados para que contesten la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en Rebeldía, notificándose y agréguense a los autos los anexos.
Mala, veintisiete de agosto del dos mil diez.
Gerardo Aquino Dolorier
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
18, 19 y 20 de Octubre

EDICTO JUDICIAL
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE PROPIEDAD
Exp. 434-2009-0-0801-JR-CI-01.- Ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que despacha el Dr. Raúl Nemesio Cuentas Lagos, Secretario Judicial Omar Velásquez Ochoa; en lo seguido por Asociación Centro de Esparcimiento Sector Agrario Cañete con Suarez Gamio Julio Felix, Lorca Vargas De Suarez Maria Victoria, Pereyra Iglesias Teresa, Pereyra Iglesias Carlos Alberto, Pereyra Iglesias Hilario Dante, Pereyra Iglesias Eduardo, Pereyra Iglesias Ana Elizabeth, Pereyra Ferrari Rocio Magalli, Ferrari Olaguibel Olinda Teresa, Pereyra Iglesias de Dickudt Emilia Emperatriz, Pereyra Iglesias Ricardo, Lorca Vargas Maria Victoria, Suarez Lorca Maria Enriqueta, Suarez Lorca Julio Carlos, Suarez Lorca Genaro Alberto, Suarez Lorca de Lahura Rosa Cecilia, Suarez Lorca Carolina Nelly, Negron Suarez Juan Francisco y Suarez Demarini Jaime Arturo Enrique, sobre Prescripción Adquisitiva de Propiedad, con Resolución N° 03, 05, 06, 07, se ha ordenado NOTIFICAR vía EDICTOS a los demandados PEREYRA IGLESIAS ANA ELIZABETH, PEREYRA IGLESIAS DE DICKUDT EMILIA EMPERATRIZ, LORCA VARGAS MARÍA VICTORIA, SUAREZ LORCA MARÍA ENRIQUETA, SUAREZ LORCA CAROLINA NELLY, SUCESIÓN DE SUAREZ GAMIO JULIO FELIX, SUCESIÓN DE LORCA VARGAS DE SUAREZ MARÍA VICTORIA, SUAREZ LORCA ROSA CECILIA, SUCESIÓN DE PEREYRA IGLESIAS CARLOS ALBERTO y SUCESIÓN DE PEREYRA IGLESIAS EDUARDO, con la demanda interpuesta en el presente proceso, cuyo extracto del petitorio es el siguiente: «… con el objeto de interponer la acción de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, a fin de que se declare propietario a la ASOCIACIÓN CENTRO DE ESPARCIMIENTO SECTOR AGRARIO – CAÑETE, del terreno urbano ubicado en el Sector Lazareto, kilómetro 130.5 de la Panamericana Sur en el distrito de Cerro Azul, provincia de Cañete, departamento de Lima, con una extensión superficial de cuarenta y ocho mil ciento cuarenta y nueve metros cuadrados (4 Has. 8149.00 m2.); consecuentemente se ordene la Independización del Predio de mayor extensión (Predio Matriz Ficha 2406), cancelándose cualquier superposición que se oponga a ello»; bajo apercibimiento de nombrarse sus CURADORES PROCESALES, en caso no se efectúe la respectiva contestación de la demanda. Lo que se NOTIFICA vía edictos, conforme al Artículo 165°, 479° y 506° del Código Procesal Civil.
Cañete, 07 de Octubre de 2010.
Omar Velásquez Ochoa - Secretario Judicial - Juzgado Civil de Cañete
Publicar: 15, 18 y 19 de Octubre.

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA “CAMACHO GALVEZ”
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi N° 324, de San Vicente - Cañete, se presentó doña NELLY ROSARIO ARATA NOSIGLIA, quien solicita se rectifique su Partida de Nacimiento, inscrito en la Municipalidad Metropolitana de Lima, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (PARTE PRINCIPAL): DATOS DE LA MADRE DE LA TITULAR DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO: DICE: Rodolfa Nosiglia. DEBE DECIR: Rodolfa Nosiglia Paucar.- DATOS DE LA TITULAR DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO: DICE: Nelly Rosario.- DEBE DECIR: Nelly Rosario Arata Nosiglia.- (PARTE MARGINAL): DATOS DE LA TITULAR DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO:DICE: Nelly Rosario Nosiglia. DEBE DECIR: Nelly Rosario Arata Nosiglia. Lo que comunico para los fines de Ley.
Cañete, 12 de Octubre del 2010
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA “CAMACHO GALVEZ”
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi N° 324, de San Vicente - Cañete, se presentó don ALAN WILLIAM PIERCE DIEZ CANSECO, quien solicita se rectifique su Partida de Nacimiento, inscrito en la Municipalidad Distrital de Miraflores - Lima, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (PARTE PRINCIPAL): DATOS DEL PADRE DEL TITULAR DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO: DICE: Harold Arthur Pierce. DEBE DECIR: Harold Arthur Pierce Watkins.- DATOS DE LA MADRE DEL TITULAR DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO: DICE: María Diez Canseco de Pierce.- DEBE DECIR: María Jesús Felisita Diez Canseco Gonzales.- DATOS DEL TITULAR DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO:DICE: Alan William. DEBE DECIR: Alan William Pierce Diez Canseco. Lo que comunico para los fines de Ley. Cañete, 12 de Octubre del 2010
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251-CC
Se hace saber que don Wilfredo Hernán Venturo Cuellar, de 32 años, natural de San Vicente - Cañete, de ocupación Obrero, con DNI N° 80070335, domiciliado en Urb. Cipreces J-11, San Vicente; y doña Maritza Edelmira Crisante Pillihuamán, de 26 años, natural de San Vicente - Cañete, con DNI N° 42599214, de ocupación ama de casa, domiciliada en Urb. Cipreces J-11, San Vicente, van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el 03-12-2010, 12:m.. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley.
San Vicente de Cañete, 18 de Octubre del 2010.
Jefe de RRCC

NOTIFICACION POR PUBLICACION
El Jefe (e) de Trámite Documentario de la UGEL N° 08, Cañete, notifica al ex servidor don PEDRO CELESTINO NAVARRETE ALARCÓN, que mediante Resolución Directoral N° 2448, de fecha 21-09-2010, se ha resuelto RECONOCER lo dispuesto por la Resolución N° 05 del 1° Juzgado Civil de Cañete, que declara consentida su demanda, por lo que deberá apersonarse a esta Oficina a recabar el referido documento.
Cañete, 12 de Octubre del 2010


NOTIFICACION POR PUBLICACION
El Jefe (e) de Trámite Documentario de la UGEL N° 08, Cañete, notifica a don PEDRO OSCAR PORTUGUEZ ROJAS, Director de la I.E.P. N° 20191, “Alfonso Ugarte”, San Vicente - Cañete, que mediante Resolución Directoral N° 2421, de fecha 16-09-2010, se ha resuelto INSTAURARLE PROCESO ADMINISTRATIVO, por lo que deberá apersonarse a esta Oficina a recabar el referido documento.
Cañete, 11 de Octubre del 2010


ASOCIACION DE CONCILIACION Y JUSTICIA SOCIAL
CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL
Lugar: Av. Primavera N° 399, distrito de Cerro Azul, Cañete y
departamento de Lima.
Fecha: 25 de Octubre de 2010. Primera Convocatoria: 14:30
Segunda Convocatoria: 15:30.
Agenda: Elección del Comité Electoral
Cañete, 18 de Octubre del 2010
Griselda Rosa Luna Reategui
Presidente

18 octubre 2010

AL 79.304%, JAVIER ALVARADO AMPLIA SU VENTAJA SOBRE ANDRES TELLO A 3208 VOTOS... POR EL SEGUNDO LUGAR REGIONAL...

Avanza el escrutinio, avanza a costa de la votación cañetana, también de Canta y Huaral... y se incrementa la diferencia entre los dos candidatos que vienen disputando el segundo lugar... Nos referimos a Javier Alvarado de Patria Joven y Andrés Tello del APRA... la diferencia ahora es de 3,208 votos... Cañete ya tiene datos al 84.184%... Canta casi al 92%, Huarochiri un poco más del 95%... y Yauyos un poco más del 92%... Huaral está al 85%... Huaura al 73%... Cajatambo al 69%... Barranca al 63%, y Oyón al 60%...
Es cierto solo faltan escrutar 130 cañetanas de las 648 actas totales que están en calidad de observadas, amén de las 60 que faltan procesar, porque simple y sencillamente o están siniestradas o no existen.
Pero nos da tranquilidad que 179 actas observadas son en Barranca, 4 en Canta, y 2 en Yauyos en donde Javier tiene una ligera ventaja sobre Tello...
Mientras que 8 son en Cajatambo, 110 en Huarochiri, 199 en Huaura y 16 en Oyón...Vale decir, 333 actas que favorecerían a Tello... 315 a Alvarado, solo que la diferencia está en que en las de Cañete, la ventaja que le saca Alvarado a Tello es francamente alta.
Al final, creemos que la diferencia debe oscilar entre los tres a cuatro mil votos, tal y como lo hemos venido señalando, y como se ha venido cumpliendo.
Esperamos que esta semana concluya la incertidumbre, y ya tengamos resultados al 100%, en todas las provincias, para empezar a caminar hacia la segunda vuelta, que desde luego, ya ha empezado con fuego graneado desde una orilla... y en donde parece ser que no habrá escrúpulos y en donde obviamente nos enfrentamos a una contienda electoral, en una guerra que parece muy sucia.

CAMPAÑA DEMOLICION A JAVIER ALVARADO… NO TIENE LIMITES…
La semana que pasó, contra lo que muchos podrían haber esperado, se inició una campaña que tuvo como temática central, minar el camino electoral del candidato del «torito» a la Presidencia Regional; para ello, se emitieron sendas denuncias, muchas sin confirmar, pero que vienen logrando su objetivo… que el común de los cañetanos pierda la confianza del candidato que representará a Cañete en la segunda vuelta regional.
La verdad es que esta campaña, para muchos orquestada, se viene haciendo con un mar de suposiciones, que obviamente buscan como objetivo primigenio, restarle credibilidad al triunfo de Patria Joven a nivel provincial y regional… para ello se vienen valiendo de sembrar dudas sobre algunas personas que directa o indirectamente han tenido que ver con los últimos procesos electorales.

LA CORTE DE CAÑETE...
Empezaremos señalando que es potestad de la Corte Superior de Justicia de Cañete, designar al Presidente del Jurado Electoral Especial de Cañete, por ello en años anteriores, se eligió por ejemplo a Javier Bless Bustamante, a la Dra. Luz Roque Montesillo en dos oportunidades y a la actual Judith Marcelo Ciriaco, también en dos oportunidades. ¿Quiénes lo eligen…? Entendemos que se designa con la participación de los Vocales Superiores de la Corte cañetana, en donde es obvia la participación de magistrados que tienen que ver con el quehacer diario en la provincia.

PAULO VIVAS...
Pues bien, se ha señalado por ejemplo, que en el triunfo del torito mucho ha tenido que ver, la participación del Dr. Paulo Vivas Sierra, Vocal Superior y ex Presidente de la Corte Superior de Cañete, por alquilar un local, según se dice, de su propiedad… a los funcionarios de la ODPE, y que con ello habría ejercido presión para que los resultados fuesen favorables a los candidatos del torito.
Se ha señalado también, que el triunfo obtenido por Javier Alvarado en las elecciones pasadas –como argumento para justificar algunos actos posteriores- tuvo como principal apoyo a la Dra. Luz Roque Montesillo, que según ellos, habría permitido en las instancias finales del proceso electoral pasado, que le roben el triunfo a María Montoya Conde; y que como pago a ese favor, se habría contratado a su hija (Luz Quesada) en la actual gestión, que en un primer momento tuvo como Alcalde a Javier Alvarado.

DR. REATEGUI...
Se ha señalado también que el uso del Colegio Mater Christi, de propiedad del Dr. Reátegui y esposa, fue motivado o inducido por el Dr. Paulo Vivas Sierra, como para cerrar el círculo de una asociación ilícita para delinquir.
Pruebas… ninguna… simplemente conjeturas… es más, en días pasados, pero posterior a estas denuncias fuimos testigos de cómo el Dr. Reátegui emplazó al autor de las conjeturas, y le señaló que… nunca alquiló su colegio a la ODPE… se le pidió un apoyo porque las autoridades de la OPDE, le indicaron que el Colegio Santa Rita no estaba en condiciones de ser una de las sedes del proceso porque estaba deteriorado y el tiempo que tenían para comunicar, que colegios iban a ser sedes del proceso electoral se acababa… ante estos hechos, ellos apoyaron cediendo su local para el proceso electoral… es más, indicó que sólo se les reconoció la cantidad de cien nuevos soles, como pago de limpieza del local… cantidad que no alcanzó para los gastos de limpieza que se realizó por lo maltratado que quedó el local, agregando el Dr. Reátegui, que él no tenía la culpa de que las autoridades de la ODPE, asignasen un número tan alto de mesas en su centro educativo… y de ese emplazamiento, y de lo señalado, hasta la fecha no hemos escuchada nada… ni siquiera un desagravio tal como se le ofreció.

LUZ ROQUE MONTESILLO
En el caso de la Dra. Luz Roque Montesillo, tenemos que señalar que fuimos testigo de excepción en los dos procesos electorales que le tocó conducir… es más diría, que la labor que tuvo al frente, fue bastante aceptable, al punto que ellos mismos, sin ser su rol, hicieron un trabajo de conteo de la votación con las actas que ellos tenían en su poder, y antes de que la ODPE les comunicara los resultados (que es su responsabilidad), ellos (los del JEEC) ya tenían los propios, limitándose a una labor de comparación. En dichos procesos electorales no hubo pérdidas de actas, ni los vicios que hoy hemos podido apreciar… y las actas observadas fueron resueltas con arreglo al Reglamento de Elecciones que regía en dichos procesos… que tan igual como hoy, cualquier ciudadano común y corriente puede aplicar, porque está dado para todas las posibilidades de observaciones.
Es más, el señalar que ha sido un pago de favores, el hecho de que la hija de la Dra. Luz Roque haya ingresado a laborar, no tiene sentido.
Quiere decir, que nuestros hijos, no pueden ingresar a trabajar a ninguna dependencia estatal, porque si lo hacen sería como pago a un favor que nosotros estamos haciendo… añadiendo a ello, que la joven está haciendo prácticas profesionales en el departamento de asuntos jurídicos de la comuna provincial por méritos propios… habiendo presentado su solicitud de prácticas el 4 de diciembre de 2009, certificando la Universidad Católica Los Ángeles De Chimbote, que cursa el X ciclo en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. En buen romance, acaso nuestros hijos están impedidos de hacer prácticas o de laborar en la tierra que nos acoge… Es claro, que en estos comentarios, hay muchas ganas de sembrar dudas, de generar desconfianza… y son muy antojadizos.
Finalmente, en el caso del Dr. Paulo Vivas Sierra, magistrado yauyino que fue Presidente de la Corte cañetana, todos hemos observado la labor que ha ejecutado en los dos años de su gestión; destacando que fue el que inició los trámites y gestión para la construcción de la Corte, dejando encaminado el tener hoy en día, el local que se tiene… Por alquilar su local, es mezquino involucrarlo en estos hechos.
Recapitulando, en la campaña que busca enterrar al «torito», con tal de lograr sus objetivos, no miden las consecuencias de sus actos, y están involucrando a mucha gente que no tiene nada que hacer con el quehacer político… por lo pronto, por lo señalado viene logrando mellar la imagen del Poder Judicial que en nuestra provincia, viene dando muestras de que va encontrando un nuevo rumbo… pero con esto, se minan sus cimientos.
Al Poder Judicial se le ha tirado barro con ventilador, pero a base de conjeturas, suposiciones, sin prueba alguna de lo que se dice. Hay que precisar que el conteo de los votos, es de entera responsabilidad de la ODPE… de la legalidad del proceso es responsabilidad del JEEC… en la fiscalización del proceso, ha intervenido la Fiscalía con un buen número de fiscales que ha seguido de cerca el proceso, y que ha señalado algunas irregularidades en algunos distritos, indicando que ello no invalida el proceso en las provincias de Cañete y Yauyos, porque son hechos aislados.
Minando la credibilidad que tienen nuestras instituciones tutelares no contribuimos al progreso de nuestra población. Es cierto… en los procesos electorales siempre existen irregularidades; pero la participación que se ha señalado del Dr. Reátegui, Paulo Vivas y la Dra. Luz Roque, nada tiene que ver con las elecciones que se han realizado, para que se los vincule de la forma que se ha señalado, y con ello, a la corte cañetana.
Creemos que es necesario un poco de cordura y mesura… El triunfo de María Montoya Conde, no admite dudas en la provincia… El triunfo de Javier Alvarado en Cañete, tampoco…
Lo que es cierto, es que la campaña de Nelson Chui por la presidencia regional en la segunda vuelta, ya comenzó… pero con muy malas artes… A Alvarado se le puede criticar por una mala gestión… pero a Nelson Chui también… o es que los cañetanos no tenemos memoria… o es que los comunicadores sociales, solo ven para un lado.

LA OPERADORA DE NELSON CHUI...
La operadora de Nelson Chui en Cañete, es Rufina Lévano, quien busca con esta campaña, lograr un puestecito de ganar su líder en el próximo gobierno regional… y para ello se vale de algunos tontos útiles, a los que el sinsabor de la derrota, no les deja mirar claro el horizonte.
Solo me resta preguntar… de ganar, Nelson Chui… y nombrar a doña Rufina como encargada de la Unidad Ejecutora de Cañete, ¿se acordará de alguno de los ex candidatos que hoy son su comparsa, cuando ella esté en su reino…?.