Sirvió de mucho, la participación de diversos Alcaldes Distritales y de la Provincia de Cañete, el acudir a la reunión descentralizada del Congreso que se realizó en la ciudad de Ica, el día de ayer.
La presencia de María Montoya y de los alcaldes de Asia, San Antonio, Quilmaná, San Luis, Nuevo Imperial, Zúñiga, Lunahuaná y Chilca, permitió conocer en el terreno de los hechos, la estrategia de los hermanos del sur, en torno a lograr el uso de las aguas del Río Cañete para irrigar las pampas de Ica, y sobre la marcha tomar algunas medidas que permitan detener dicho proyecto materializado en la Promulgación de la Ley N° 29777 .
Durante la reunión, la alcaldesa María Montoya y los alcaldes de los distritos cañetanos, se mostraron preocupados, ya que en la agenda a pedido del congresista José León, se presento una iniciativa legislativa en el cual se pedía se declare en emergencia hídrica el departamento de Ica y viabilizar más de ocho proyectos de irrigación.
En la moción de orden del día N° 350, el parlamentario señalaba como parte del argumento, la promulgación de la Ley N° 29777, que declara de necesidad pública el uso de las aguas del río cañete para irrigar las pampas de Ica.
Ante esta preocupación, la alcaldesa provincial coordinó con los parlamentarios de la Región Lima Provincias, y de la Región Callao liderados por el congresista Pedro Spadaro, hijo de quien fuera Alcalde del Distrito de Coayllo y Regidor Provincial, don Pedro Spadaro Yaya, con la finalidad de observar la moción presentada, la misma que al final no prospero, a pesar que luego se cambio el tenor de uno de los párrafos y se elimino de la propuesta el párrafo que señalaba como justificación la dación de la Ley N° 29777.
El próximo lunes, los alcaldes sostendrán en el congreso una reunión con los parlamentarios de la Región Lima Provincias, así como de la Región Callao con Pedro Spadaro a la cabeza, y otros congresistas, con la finalidad de buscar la sustitución o modificación del «literal a» del punto 2 del art. 1 de la Ley, ya que no clarifica a las pampas de Con Con, como territorio ubicado dentro de la región Lima.
Hoy en el programa de Gustavo Calderón, Pedro Spadaro jr., señaló que en él, los cañetanos tendrán a un representante que sacará la cara por Cañete, y que velará para que los intereses cañetanos no se vean afectados.
09 septiembre 2011
SUSPENDIDO PARTIDO DEL DOMINGO DEL SAN LORENZO DE POROCOCHA... NO HAY RIVAL...
Quedo suspendido el partido que debía sostener el elenco del San Lorenzo de Porococha, campeón de Cañete con el ganador del Pacífico - DIM, toda vez que hasta el día de ayer en la noche, no se había entregado el fallo del reclamo presentado por el elenco del Pacífico, por la participación de un jugador con tres amarillas acumuladas. Se espera que el día de hoy, la Comisión de Justicia Departametnal, emita el fallo en forma definitiva, y el partido pueda jugarse éste miércoles 14 de Setiembre, siempre en el distrito de Mala.
PRODUCTOS NATURALES DE LA RESERVA NOR YAUYOS COCHAS SON EXHIBIDOS EN MISTURA…
Productos naturales elaborados por comunidades de la reserva paisajística Nor Yauyos Cochas, como la papa nativa y la trucha, son exhibidos en la Feria Gastronómica Mistura 2011, que se lleva a cabo en la ciudad de Lima.
Los asistentes podrán conocer el trabajo que realizan los especialistas de la zona y guardaparques, en coordinación con las comunidades, en pro de la conservación y el desarrollo sostenible, con respeto hacia su cultura ancestral.
Los productos estarán en el stand 44 y llevarán el sello distintivo que garantiza que fueron elaborados en armonía con la naturaleza, ayudando a la conservación de los recursos culturales y naturales como los andenes, el agua, la flora y la fauna.
Esta participación en Mistura se concreta tras la coordinación con el Instituto Rural Valle Grande, el patronato de la reserva paisajística Nor Yauyos Cochas, la Municipalidad Provincial de Yauyos y el Gobierno Regional de Lima.
La reserva paisajística fue creada en 2001 y se ubica entre los departamentos de Lima y Junín; cuenta con 221,268 hectáreas y presenta paisajes andinos con montañas, ríos, lagunas y restos arqueológicos.
Mistura 2011, que tiene como sede el parque de la Exposición de Lima, fue inaugurada ayer por el Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso.
Los asistentes podrán conocer el trabajo que realizan los especialistas de la zona y guardaparques, en coordinación con las comunidades, en pro de la conservación y el desarrollo sostenible, con respeto hacia su cultura ancestral.
Los productos estarán en el stand 44 y llevarán el sello distintivo que garantiza que fueron elaborados en armonía con la naturaleza, ayudando a la conservación de los recursos culturales y naturales como los andenes, el agua, la flora y la fauna.
Esta participación en Mistura se concreta tras la coordinación con el Instituto Rural Valle Grande, el patronato de la reserva paisajística Nor Yauyos Cochas, la Municipalidad Provincial de Yauyos y el Gobierno Regional de Lima.
La reserva paisajística fue creada en 2001 y se ubica entre los departamentos de Lima y Junín; cuenta con 221,268 hectáreas y presenta paisajes andinos con montañas, ríos, lagunas y restos arqueológicos.
Mistura 2011, que tiene como sede el parque de la Exposición de Lima, fue inaugurada ayer por el Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso.
2 MUERTOS DEJA ACCIDENTE EN HUANGASCAR
El CAP. PNP. VARGAS RAMOS José Carlos, Jefe del Desto. ‘PNP. Huangascar, dio cuenta que a mérito de una llamada telefónica, tomo conocimiento que aproximadamente a las 01.30 se había suscitado un Accidente de Tránsito a la altura del Puente Paico-Jurisdicción de Huangáscar, por lo que el suscrito en compañía de tres (03) SO. PNP. se constituyó al lugar indicado, constatando que efectivamente se encontraban dos personas presentando lesiones leves.
Damián Sacsa Luyo de 62 años, que era el chofer del vehículo, señaló que viajaba conjuntamente con su esposa Gladys Moscoso Hugo (52), y otros dos ocupantes, hacia el distrito de Chocos, para las festividades del santo patrón del lugar, San Cristóbal, en circunstancias que al hacer un cambio de rutina el motor se apagó y el vehículo empezó a retroceder, ellos lograron saltar mas no sus acompañantes que venían sentados en el asiento posterior, cayendo el vehículo a un precipicio de aproximadamente unos 100 metros de profundidad hacia el río.
Cerca de las 03.00 horas aproximadamente, se comunico del hecho a la Fiscalía de Yauyos, asimismo con la claridad del día y con ayuda de las personas del lugar se pudo rescatar a los dos cadáveres que se encontraban en el interior del vehículo marca Mazda, color Guinda de placa de rodaje A4X-897. Igualmente gracias a información del chofer de dicho vehículo se identificó a los cadáveres como: Félix Andrés DE LA CRUZ MATTOS (47) Y Ofelia Antonia CESPEDES DE SACSA (52), esposa del Sr. Aurelio Sacsa Luyo, con quienes viajaban en caravana, en otro vehículo con dirección al distrito de Chocos.
Siendo las 11.00 horas aproximadamente, se presentó en el lugar de los hechos el Dr. Vladimir HUILLXCA VILLALBA, Fiscal adjunto de la Primera Fiscalía de Yauyos, en compañía de la Doctora Guísela DIAZ MENDOZA, asimismo se hace constar que mediante acta levantada por el Representante del Ministerio se hizo entrega de los cadáveres a los familiares en el lugar de los hechos.
Damián Sacsa Luyo de 62 años, que era el chofer del vehículo, señaló que viajaba conjuntamente con su esposa Gladys Moscoso Hugo (52), y otros dos ocupantes, hacia el distrito de Chocos, para las festividades del santo patrón del lugar, San Cristóbal, en circunstancias que al hacer un cambio de rutina el motor se apagó y el vehículo empezó a retroceder, ellos lograron saltar mas no sus acompañantes que venían sentados en el asiento posterior, cayendo el vehículo a un precipicio de aproximadamente unos 100 metros de profundidad hacia el río.
Cerca de las 03.00 horas aproximadamente, se comunico del hecho a la Fiscalía de Yauyos, asimismo con la claridad del día y con ayuda de las personas del lugar se pudo rescatar a los dos cadáveres que se encontraban en el interior del vehículo marca Mazda, color Guinda de placa de rodaje A4X-897. Igualmente gracias a información del chofer de dicho vehículo se identificó a los cadáveres como: Félix Andrés DE LA CRUZ MATTOS (47) Y Ofelia Antonia CESPEDES DE SACSA (52), esposa del Sr. Aurelio Sacsa Luyo, con quienes viajaban en caravana, en otro vehículo con dirección al distrito de Chocos.
Siendo las 11.00 horas aproximadamente, se presentó en el lugar de los hechos el Dr. Vladimir HUILLXCA VILLALBA, Fiscal adjunto de la Primera Fiscalía de Yauyos, en compañía de la Doctora Guísela DIAZ MENDOZA, asimismo se hace constar que mediante acta levantada por el Representante del Ministerio se hizo entrega de los cadáveres a los familiares en el lugar de los hechos.
UNO DE LAS FALLECIDOS ES FUNDADORA DEL COLEGIO «MARIATEGUI» DE MALA
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco
PODER POLÍTICO: Fue la indiscutible fundadora de las especialidades técnicas de la provincia de Cañete, conversar con ella era una lección de vida, se preocupaba por los excluidos, especialmente por los niños, pero también por los adultos, que por diversas razones no habían concluido la primaria y la secundaria, o no tenían oficio propio, ni mucho menos oportunidad para aspirar a una carrera universitaria.
UNA APÓSTOL DE LA EDUCACIÓN
Ofelia Céspedes, fue una brillante mujer, en toda la extensión de la palabra, la vi luchar al lado de su esposo Aurelio Juan Sacsa Luyo, recuerdo sus inicios en el CENECAPE «Augusto Salazar Bondy», del distrito de Mala – Cañete (1992), éste pueblo experimentaba la revolución educativa, la obra tenía como constructores a don Aurelio J. Sacsa Luyo y doña Ofelia Antonia Céspedes Cabrera, cónyuges inseparables, precisamente ellos viajaban a la festividad del Distrito de Santiago de Chocos (Yauyos), en el fatídico vehículo viajaba otro fundador, el señor Cosme Damián Sacsa Luyo.
Serian pioneros de las capacitaciones técnicas como: Pantalonería, Tratamiento de Belleza, Cosmetología, Inyectable y Primeros Auxilios, en 1988 se amplia como IEP «José Carlos Mariátegui» en 1989 se instituyó por acuerdo de la Promotora y Comunidad Educativa a la Santísima «Virgen de las Mercedes « como patrona y protectora del Centro Educativo, la festividad se celebra el 24 de setiembre. En el año 1993 con el nombre del Ilustre pensador peruano, Escritor de 7 Ensayos de Interpretación de la Realidad Peruana «JOSE CARLOS MARIATEGUI» logra las opciones laborales de: Auxiliar de Contabilidad, Mecanografía al Tacto, Modistería Básica y Avanzada, Cosmetología Básica y Avanza Auxiliar de Enfermería.
PRIMER CENTRO EDUCATIVO TÉCNICO DE CAÑETE
En 1995 se crea el Primer Centro Educativo No Escolarizado de Educación de Adultos de Primaria y Secundaria, con Variante Comercial, Auxiliar de Contabilidad, en 1997 se amplia con: Secretariado Contable Computarizado, Digitador Especialista en Computadora, Programador Especialista en Computadora, y Graficador Especialista en Computadora.
«JOSÉ CARLOS MARIATEGUI», EL ELEGIDO
Desde el 2002 se integra en una sola institución educativa hasta el día de hoy denominándose: Institución Educativa Integrada Particular «José Carlos Mariátegui» con los siguientes Niveles y Modalidades: Educción Inicial: Niños de 3, 4 y 5 años, Educación Primaria de Menores: de 1º al 6º grado, Educación Primaria de Adultos: de 1º al 5º grado, Educación Secundaria de Adultos: de 1º al 5º grado, Educación Ocupacional: Cursos Técnicos de Mando medio de tipo: Básico, Actualizado y Perfeccionamiento. En el 2004 se amplia con: Computación, Cosmetología y Modistería, integrando lo básico, la actualización y perfeccionamiento.
UN TRISTE FINAL
Según los protagonistas, ellos viajaban al distrito de Santiago de Chocos, como lo hacían todos los años para ser participe de la festividad patronal, a doña Ofelia se le miraba en los días previos a su muerte muy animada, pues cada año su institución celebraba a lo grande su fiesta patronal (24 de setiembre), dice la familia que los festejos se prolongaban hasta el 1 de octubre al que no alcanzó, pues iba a cumplir 52 años. Los protagonistas salvados de la desgracia mencionaron a éste blog que el vehículo subía a la altura de Huangáscar, era aproximadamente a la 01.00 a.m del día 08/09/11 iban en caravana con dos vehículos.
SU DESTINO ESTABA SEÑALADO
Si doña Ofelia se hubiera mantenido en el vehículo con su esposo durante todo el recorrido del viaje, no estaría escribiendo esta triste crónica…pero el ambiente familiar cambió en la primera hora de la mañana, pues doña Ofelia Céspedes solicitó a su esposo Aurelio Sacsa pasarse al otro vehículo para dialogar con su cuñada, el conductor era Cosme Damián Sacsa Luyo.
Doña Ofelia Céspedes viajaba en la parte posterior de la camioneta «marca mazda» a su lado iba otro varón, quien también falleció al volcarse el vehículo al abismo.
CAUSAS DEL ACCIDENTE
Las primeras investigaciones refieren que el conductor hizo un cambio de rutina en la subida, pero el vehículo no respondió y se apagó el motor cediendo en retro de manera intempestiva, el conductor y su esposa lograron saltar y salvarse, pero no sucedió lo mismo con los otros dos ocupantes que no tuvieron tiempo para salvarse.
PODER POLÍTICO Y EL DIARIO «MATICES» expresan las sentidas condolencias a don Aurelio Sacsa Luyo, a sus hijos Roger, Jesica y Eddy Sacsa Céspedes por esta irreparable pérdida, las condolencias se extienden a los padres y demás familiares de la occisa, doña Ofelia Céspedes de Sacsa, muere en un día señalado como es el de la Festividad de la «Virgen de Cocharcas» (8 de setiembre) que con gran religiosidad se celebra por esta zona y al que no pudo llegar; así mismo comunicamos que los restos mortales se están velando en el pasaje San José N° 180, distrito de Mala – Cañete, se le dará cristiana sepultura el día de mañana sábado 10 de setiembre. OFELIA ANTONIA CÉSPEDES CABRERA DE SACSA. DESCANSA EN PAZ.
PODER POLÍTICO: Fue la indiscutible fundadora de las especialidades técnicas de la provincia de Cañete, conversar con ella era una lección de vida, se preocupaba por los excluidos, especialmente por los niños, pero también por los adultos, que por diversas razones no habían concluido la primaria y la secundaria, o no tenían oficio propio, ni mucho menos oportunidad para aspirar a una carrera universitaria.
UNA APÓSTOL DE LA EDUCACIÓN
Ofelia Céspedes, fue una brillante mujer, en toda la extensión de la palabra, la vi luchar al lado de su esposo Aurelio Juan Sacsa Luyo, recuerdo sus inicios en el CENECAPE «Augusto Salazar Bondy», del distrito de Mala – Cañete (1992), éste pueblo experimentaba la revolución educativa, la obra tenía como constructores a don Aurelio J. Sacsa Luyo y doña Ofelia Antonia Céspedes Cabrera, cónyuges inseparables, precisamente ellos viajaban a la festividad del Distrito de Santiago de Chocos (Yauyos), en el fatídico vehículo viajaba otro fundador, el señor Cosme Damián Sacsa Luyo.
Serian pioneros de las capacitaciones técnicas como: Pantalonería, Tratamiento de Belleza, Cosmetología, Inyectable y Primeros Auxilios, en 1988 se amplia como IEP «José Carlos Mariátegui» en 1989 se instituyó por acuerdo de la Promotora y Comunidad Educativa a la Santísima «Virgen de las Mercedes « como patrona y protectora del Centro Educativo, la festividad se celebra el 24 de setiembre. En el año 1993 con el nombre del Ilustre pensador peruano, Escritor de 7 Ensayos de Interpretación de la Realidad Peruana «JOSE CARLOS MARIATEGUI» logra las opciones laborales de: Auxiliar de Contabilidad, Mecanografía al Tacto, Modistería Básica y Avanzada, Cosmetología Básica y Avanza Auxiliar de Enfermería.
PRIMER CENTRO EDUCATIVO TÉCNICO DE CAÑETE
En 1995 se crea el Primer Centro Educativo No Escolarizado de Educación de Adultos de Primaria y Secundaria, con Variante Comercial, Auxiliar de Contabilidad, en 1997 se amplia con: Secretariado Contable Computarizado, Digitador Especialista en Computadora, Programador Especialista en Computadora, y Graficador Especialista en Computadora.
«JOSÉ CARLOS MARIATEGUI», EL ELEGIDO
Desde el 2002 se integra en una sola institución educativa hasta el día de hoy denominándose: Institución Educativa Integrada Particular «José Carlos Mariátegui» con los siguientes Niveles y Modalidades: Educción Inicial: Niños de 3, 4 y 5 años, Educación Primaria de Menores: de 1º al 6º grado, Educación Primaria de Adultos: de 1º al 5º grado, Educación Secundaria de Adultos: de 1º al 5º grado, Educación Ocupacional: Cursos Técnicos de Mando medio de tipo: Básico, Actualizado y Perfeccionamiento. En el 2004 se amplia con: Computación, Cosmetología y Modistería, integrando lo básico, la actualización y perfeccionamiento.
UN TRISTE FINAL
Según los protagonistas, ellos viajaban al distrito de Santiago de Chocos, como lo hacían todos los años para ser participe de la festividad patronal, a doña Ofelia se le miraba en los días previos a su muerte muy animada, pues cada año su institución celebraba a lo grande su fiesta patronal (24 de setiembre), dice la familia que los festejos se prolongaban hasta el 1 de octubre al que no alcanzó, pues iba a cumplir 52 años. Los protagonistas salvados de la desgracia mencionaron a éste blog que el vehículo subía a la altura de Huangáscar, era aproximadamente a la 01.00 a.m del día 08/09/11 iban en caravana con dos vehículos.
SU DESTINO ESTABA SEÑALADO
Si doña Ofelia se hubiera mantenido en el vehículo con su esposo durante todo el recorrido del viaje, no estaría escribiendo esta triste crónica…pero el ambiente familiar cambió en la primera hora de la mañana, pues doña Ofelia Céspedes solicitó a su esposo Aurelio Sacsa pasarse al otro vehículo para dialogar con su cuñada, el conductor era Cosme Damián Sacsa Luyo.
Doña Ofelia Céspedes viajaba en la parte posterior de la camioneta «marca mazda» a su lado iba otro varón, quien también falleció al volcarse el vehículo al abismo.
CAUSAS DEL ACCIDENTE
Las primeras investigaciones refieren que el conductor hizo un cambio de rutina en la subida, pero el vehículo no respondió y se apagó el motor cediendo en retro de manera intempestiva, el conductor y su esposa lograron saltar y salvarse, pero no sucedió lo mismo con los otros dos ocupantes que no tuvieron tiempo para salvarse.
PODER POLÍTICO Y EL DIARIO «MATICES» expresan las sentidas condolencias a don Aurelio Sacsa Luyo, a sus hijos Roger, Jesica y Eddy Sacsa Céspedes por esta irreparable pérdida, las condolencias se extienden a los padres y demás familiares de la occisa, doña Ofelia Céspedes de Sacsa, muere en un día señalado como es el de la Festividad de la «Virgen de Cocharcas» (8 de setiembre) que con gran religiosidad se celebra por esta zona y al que no pudo llegar; así mismo comunicamos que los restos mortales se están velando en el pasaje San José N° 180, distrito de Mala – Cañete, se le dará cristiana sepultura el día de mañana sábado 10 de setiembre. OFELIA ANTONIA CÉSPEDES CABRERA DE SACSA. DESCANSA EN PAZ.
DOCENTES SON RECONOCIDOS COMO EXPERTOS EN LA ENSEÑANZA DE CIENCIA Y AMBIENTE GRACIAS A CAPACITACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL MONTERRICO Y MINISTERIO DE
La perseverancia es la virtud por la cual todas las otras virtudes dan su fruto y eso es lo que se propusieron 103 docentes que este pasado fin de semana fueron reconocidos como EXPERTOS EN LA ENSEÑANZA DE CIENCIA Y AMBIENTE.
El amplio auditórium del Instituto Rural Valle Grande fue el escenario donde los docentes acompañados de familiares y amigos asistieron a la entrega de certificados que los reconoce como tales.
«Fueron 600 horas cronológicas de labores académicas durante dos años de constante estudio, trabajo, peripecias, sacrificio, en muchos casos abandono a la familia y ahora este es el fruto que seamos reconocidos como Expertos en la Enseñanza de Ciencia y Ambiente» señalo la Prof. Marlene Ramos Ventura de la Institución Educativa 20975 Andrés Avelino Cáceres de Nuevo Ayacucho quien fue reconocida como una de las docentes que más se acercaba al objetivo del proyecto.
Esta jornada de educación fue gracias al convenio firmado entre el Ministerio de Educación y el programa nacional de formación y capacitación permanente del Instituto Pedagógico Nacional Monterrico.
Al evento asistió un representante del vice ministerio de gestión pedagógica del ministerio de educación, directores del instituto pedagógico nacional Monterrico y la Lic. Amelia García Pérez directora de la UGEL 08 Cañete. La representante de la educación en cañete saludo y felicito a cada uno de los docentes por el esfuerzo y el desarrollo que se propusieron en su vida profesional.
Posteriormente todos los docentes se confundieron en un ambiente de camaradería que se preparo para la ocasión, sin dejar de recordar cada una de las experiencias que vivieron con cada uno de sus monitores y especialistas a lo largo de estos dos años. El curso continuará por un ciclo más donde cada docente que participen se graduarán en una segunda especialidad.
El amplio auditórium del Instituto Rural Valle Grande fue el escenario donde los docentes acompañados de familiares y amigos asistieron a la entrega de certificados que los reconoce como tales.
«Fueron 600 horas cronológicas de labores académicas durante dos años de constante estudio, trabajo, peripecias, sacrificio, en muchos casos abandono a la familia y ahora este es el fruto que seamos reconocidos como Expertos en la Enseñanza de Ciencia y Ambiente» señalo la Prof. Marlene Ramos Ventura de la Institución Educativa 20975 Andrés Avelino Cáceres de Nuevo Ayacucho quien fue reconocida como una de las docentes que más se acercaba al objetivo del proyecto.
Esta jornada de educación fue gracias al convenio firmado entre el Ministerio de Educación y el programa nacional de formación y capacitación permanente del Instituto Pedagógico Nacional Monterrico.
Al evento asistió un representante del vice ministerio de gestión pedagógica del ministerio de educación, directores del instituto pedagógico nacional Monterrico y la Lic. Amelia García Pérez directora de la UGEL 08 Cañete. La representante de la educación en cañete saludo y felicito a cada uno de los docentes por el esfuerzo y el desarrollo que se propusieron en su vida profesional.
Posteriormente todos los docentes se confundieron en un ambiente de camaradería que se preparo para la ocasión, sin dejar de recordar cada una de las experiencias que vivieron con cada uno de sus monitores y especialistas a lo largo de estos dos años. El curso continuará por un ciclo más donde cada docente que participen se graduarán en una segunda especialidad.
ALCALDE DE HUAMPARÁ ENTREGA LLAVES DE MODERNO PUESTO DE SALUD AL DR. ALBINO QUISPE
En emotiva ceremonia, el Director Ejecutivo de la Red de Salud Chilca Mala, Dr. José Luís Albino Quispe, recibió las llaves del «Puesto de Salud Huampará» de manos del alcalde, Luís Alberto Pérez Tomás, en la Provincia de Yauyos.
Acto seguido, el titular de la Red, transfirió las llaves a la Dra. Margarita Apaza Vega, Médico Jefe del referido Puesto para que a partir de la fecha se aperture el establecimiento y brinde su atención a los pobladores.
Los padrinos, conformados por Luís Alberto Pérez Tomás y la profesora Dora Rodríguez Campusano, coincidieron en resaltar la gestión del actual director ejecutivo, quién viene trabajando para mejorar la calidad en la atención del personal de salud en la jurisdicción de la Red Chilca Mala.
«Un pueblo se desarrolla con salud y educación. Si no hay salud no se puede hacer nada y sin educación no se puede avanzar» Fueron las palabras iniciales del Dr. José Luís Albino Quispe, quién aclaró que al asumir la dirección ejecutiva tomó conocimiento que el personal desde el año 2008 venía atendiendo en las instalaciones del Colegio Mixto, un ambiente que no reunía las condiciones necesarias para la atención de las personas, motivo por el cual viajó a Yauyos para conocer insitu la problemática.
En dicho viaje, constató que el «El nuevo Puesto de Salud» ya estaba construido y era factible que el personal médico retorne al lugar que le pertenece. «Tomamos la decisión de retirarnos de las instalaciones del colegio y con la venia del alcalde nuevamente volvemos a ocupar nuestro predio que está totalmente construido»
«Ustedes los pobladores de Huampará se merecen este tipo de infraestructura y toda la zona de la sierra merece una atención adecuada, en un sitio de calidad, que le brinde todas las garantias y la privacidad necesaria, tan igual como los habitantes de la costa» afirmó el Dr. Albino Quispe.
Continuó diciendo «Particularmente he laborado varios años en Yauyos, se como se trabaja y los peligros y peripecias que se tiene que pasar para trasladar a los pacientes cuando hay una emergencia, concientes de eso, estamos tratando de fortalecer los trabajos del puesto de salud en esta zona, tanto así que hemos aumentando la cantidad del personal en el establecimiento para que no se quede cerrado». Concluyó
Acto seguido, el titular de la Red, transfirió las llaves a la Dra. Margarita Apaza Vega, Médico Jefe del referido Puesto para que a partir de la fecha se aperture el establecimiento y brinde su atención a los pobladores.
Los padrinos, conformados por Luís Alberto Pérez Tomás y la profesora Dora Rodríguez Campusano, coincidieron en resaltar la gestión del actual director ejecutivo, quién viene trabajando para mejorar la calidad en la atención del personal de salud en la jurisdicción de la Red Chilca Mala.
«Un pueblo se desarrolla con salud y educación. Si no hay salud no se puede hacer nada y sin educación no se puede avanzar» Fueron las palabras iniciales del Dr. José Luís Albino Quispe, quién aclaró que al asumir la dirección ejecutiva tomó conocimiento que el personal desde el año 2008 venía atendiendo en las instalaciones del Colegio Mixto, un ambiente que no reunía las condiciones necesarias para la atención de las personas, motivo por el cual viajó a Yauyos para conocer insitu la problemática.
En dicho viaje, constató que el «El nuevo Puesto de Salud» ya estaba construido y era factible que el personal médico retorne al lugar que le pertenece. «Tomamos la decisión de retirarnos de las instalaciones del colegio y con la venia del alcalde nuevamente volvemos a ocupar nuestro predio que está totalmente construido»
«Ustedes los pobladores de Huampará se merecen este tipo de infraestructura y toda la zona de la sierra merece una atención adecuada, en un sitio de calidad, que le brinde todas las garantias y la privacidad necesaria, tan igual como los habitantes de la costa» afirmó el Dr. Albino Quispe.
Continuó diciendo «Particularmente he laborado varios años en Yauyos, se como se trabaja y los peligros y peripecias que se tiene que pasar para trasladar a los pacientes cuando hay una emergencia, concientes de eso, estamos tratando de fortalecer los trabajos del puesto de salud en esta zona, tanto así que hemos aumentando la cantidad del personal en el establecimiento para que no se quede cerrado». Concluyó
ROQUE MONTESILLO AFIRMA… POLÍTICAS JUDICIALES MANTIENEN FIRMEZA EN DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE
Una importante rueda de prensa ofreció la titular de la Ilustre Corte Superior de Justicia de Cañete, Dra. Luz Gladys Roque Montesillo, este jueves 08 de setiembre de 2011, ante los medios de comunicación de la provincia de Cañete, respecto de las actividades encaminadas al fortalecimiento institucional, a la puesta en marcha de políticas judiciales en seguridad ciudadana, lucha contra actos de corrupción, asimismo zanjó con falsas informaciones presentadas en los últimas días.
Labor contralora a funcionarios judiciales
La Dra. Luz Roque Montesillo, resaltó la labor contralora a cargo de ODECMA Cañete, y de manera especial, luego que la noche del último miércoles 07 de setiembre, en coordinación con los representantes del Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú, se interviniera al funcionario Ricardo Lovera Hernández (Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado de Imperial) en el instante en que recibía una suma de dinero para favorecer a una de las partes en un proceso de desalojo.
«Este acto no compromete la majestad del Poder Judicial, dado que los hechos se realizaron fuera del órgano jurisdiccional. Sin embargo, debe precisarse que tal funcionario deberá ser investigado y sancionado por contravenir el reglamento interno, y haber sido descubierto en flagrancia delictiva, por lo que el Ministerio Público deberá formalizar la denuncia en las próximas horas. Vamos a continuar brindando las facilidades y logística necesaria que requiera el Jefe de la ODECMA. Dr. Paulo Vivas Sierra».
Asimismo, la Presidenta de esta Corte Superior invocó ante los medios de comunicación, se propague un mensaje a la sociedad civil y autoridades, para que denuncien toda clase de acto de corrupción, dado que no se tolerará actos desleales de ninguno de sus integrantes contra la Administración de Justicia.
Implementación de Notificaciones Electrónicas
De otro lado, explicó que ya se puso en funcionamiento el Nuevo Sistema de Notificaciones Electrónicas en la Corte Superior de Cañete, con el propósito de fomentar la transparencia y el uso de la tecnología, en aras de tener un servicio más eficiente en beneficio del ciudadano. «Este mecanismo se está aplicando para los procesos contencioso – administrativos, comerciales y laborales, más aún porque desde hace más de 1 año se ha puesto en vigencia en Cañete la Nueva Ley Procesal del Trabajo», refirió la Dra. Roque Montesillo.
Señaló que «este Sistema de Notificación Electrónica consiste en la digitalización de las resoluciones y anexos los cuales son notificados a una casilla electrónica con la misma efectividad que la notificación con cédulas de papel. «Las casillas electrónicas son consignadas por los abogados en el escrito y la contestación de la demanda», puntualizó ante la prensa local.
Beneficios Penitenciarios y nuevo Juzgado Unipersonal
Posteriormente, refirió que su despacho, ha hecho suyos las últimas disposiciones emitidas por la Corte Suprema, que preside el Dr. César San Martín Castro, dando a conocer las últimas circulares emitidas, por ejemplo, como el de en la aprobación de beneficios penitenciarios.
«Ya hemos requerido la información a la autoridad del Establecimiento Penitenciario de Cañete, sobre el número de egresos de reclusos por beneficios penitenciarios, porque nuestra máxima autoridad judicial necesita contar de registros actualizados. Es un tema sensible ante la comunidad, por ello, es que el Dr. San Martín se viene preocupando en puntualizar esta clase de temas con unos circulares que han sido difundidos a nivel nacional» aseveró la Presidenta de esta ilustre institución.
Seguidamente, informó que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la reconversión del Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Cañete, que ahora es el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cañete. «Esta decisión nace como consecuencia de fortalecer el Juzgado Penal Colegiado. Saludo esta importante decisión. Debo de indicar que la Dra. Estale Solano Alejos es la encargada de este Tercer Juzgado Unipersonal, y estamos cuidando, siguiendo las reglas del Consejo Ejecutivo, de que la carga procesal continúe siendo resuelta»
Precisa falsa información
Para finalizar, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cañete, expresó su respeto por la labor de la prensa que investiga y denuncia de manera objetiva; no obstante, desmintió y rechazó el contenido de una información falsa e inexacta de un medio escrito, que atribuye un acto no realizado por la Dra. Roque Montesillo, y pretende aparentar la falta de respeto a la investidura de independencia e imparcialidad de los señores magistrados.
«He solicitado la inmediata rectificación de una nota periodística en el cual se indica que he aceptado la donación de un terreno en Asia, cuando no existe ningún sólo documento de transferencia a esta Corte. Como Presidenta, desarrolló actividades administrativas y no jurisdiccionales, por lo que no puedo interferir en la labor de los magistrados» comentó para luego añadir que «todos los presidentes de las Cortes Superiores del país hemos sido autorizados para aceptar la donación de terrenos de diversas instituciones, y ello no significa afectar nuestra autonomía. He solicitado a diversas autoridades locales, que nos donen terrenos, porque existen elevados costos de alquiler de locales, y ante tal situación defenderé y promoveré el acceso a la justicia de los ciudadanos».
«Si una municipalidad decide ofrecer en donación un terreno, tal decisión no nace de una persona, sino de un cuerpo colegiado, que es el concejo municipal, es un acto entre instituciones, pero en el caso de Asia, no existe contrato de donación», culminó la primera autoridad judicial de esta jurisdicción.
Labor contralora a funcionarios judiciales
La Dra. Luz Roque Montesillo, resaltó la labor contralora a cargo de ODECMA Cañete, y de manera especial, luego que la noche del último miércoles 07 de setiembre, en coordinación con los representantes del Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú, se interviniera al funcionario Ricardo Lovera Hernández (Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado de Imperial) en el instante en que recibía una suma de dinero para favorecer a una de las partes en un proceso de desalojo.
«Este acto no compromete la majestad del Poder Judicial, dado que los hechos se realizaron fuera del órgano jurisdiccional. Sin embargo, debe precisarse que tal funcionario deberá ser investigado y sancionado por contravenir el reglamento interno, y haber sido descubierto en flagrancia delictiva, por lo que el Ministerio Público deberá formalizar la denuncia en las próximas horas. Vamos a continuar brindando las facilidades y logística necesaria que requiera el Jefe de la ODECMA. Dr. Paulo Vivas Sierra».
Asimismo, la Presidenta de esta Corte Superior invocó ante los medios de comunicación, se propague un mensaje a la sociedad civil y autoridades, para que denuncien toda clase de acto de corrupción, dado que no se tolerará actos desleales de ninguno de sus integrantes contra la Administración de Justicia.
Implementación de Notificaciones Electrónicas
De otro lado, explicó que ya se puso en funcionamiento el Nuevo Sistema de Notificaciones Electrónicas en la Corte Superior de Cañete, con el propósito de fomentar la transparencia y el uso de la tecnología, en aras de tener un servicio más eficiente en beneficio del ciudadano. «Este mecanismo se está aplicando para los procesos contencioso – administrativos, comerciales y laborales, más aún porque desde hace más de 1 año se ha puesto en vigencia en Cañete la Nueva Ley Procesal del Trabajo», refirió la Dra. Roque Montesillo.
Señaló que «este Sistema de Notificación Electrónica consiste en la digitalización de las resoluciones y anexos los cuales son notificados a una casilla electrónica con la misma efectividad que la notificación con cédulas de papel. «Las casillas electrónicas son consignadas por los abogados en el escrito y la contestación de la demanda», puntualizó ante la prensa local.
Beneficios Penitenciarios y nuevo Juzgado Unipersonal
Posteriormente, refirió que su despacho, ha hecho suyos las últimas disposiciones emitidas por la Corte Suprema, que preside el Dr. César San Martín Castro, dando a conocer las últimas circulares emitidas, por ejemplo, como el de en la aprobación de beneficios penitenciarios.
«Ya hemos requerido la información a la autoridad del Establecimiento Penitenciario de Cañete, sobre el número de egresos de reclusos por beneficios penitenciarios, porque nuestra máxima autoridad judicial necesita contar de registros actualizados. Es un tema sensible ante la comunidad, por ello, es que el Dr. San Martín se viene preocupando en puntualizar esta clase de temas con unos circulares que han sido difundidos a nivel nacional» aseveró la Presidenta de esta ilustre institución.
Seguidamente, informó que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la reconversión del Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Cañete, que ahora es el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cañete. «Esta decisión nace como consecuencia de fortalecer el Juzgado Penal Colegiado. Saludo esta importante decisión. Debo de indicar que la Dra. Estale Solano Alejos es la encargada de este Tercer Juzgado Unipersonal, y estamos cuidando, siguiendo las reglas del Consejo Ejecutivo, de que la carga procesal continúe siendo resuelta»
Precisa falsa información
Para finalizar, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cañete, expresó su respeto por la labor de la prensa que investiga y denuncia de manera objetiva; no obstante, desmintió y rechazó el contenido de una información falsa e inexacta de un medio escrito, que atribuye un acto no realizado por la Dra. Roque Montesillo, y pretende aparentar la falta de respeto a la investidura de independencia e imparcialidad de los señores magistrados.
«He solicitado la inmediata rectificación de una nota periodística en el cual se indica que he aceptado la donación de un terreno en Asia, cuando no existe ningún sólo documento de transferencia a esta Corte. Como Presidenta, desarrolló actividades administrativas y no jurisdiccionales, por lo que no puedo interferir en la labor de los magistrados» comentó para luego añadir que «todos los presidentes de las Cortes Superiores del país hemos sido autorizados para aceptar la donación de terrenos de diversas instituciones, y ello no significa afectar nuestra autonomía. He solicitado a diversas autoridades locales, que nos donen terrenos, porque existen elevados costos de alquiler de locales, y ante tal situación defenderé y promoveré el acceso a la justicia de los ciudadanos».
«Si una municipalidad decide ofrecer en donación un terreno, tal decisión no nace de una persona, sino de un cuerpo colegiado, que es el concejo municipal, es un acto entre instituciones, pero en el caso de Asia, no existe contrato de donación», culminó la primera autoridad judicial de esta jurisdicción.
PAULO VIVAS SIERRA SEÑALA... MESAS DE TRABAJO POR LA TRANSPARENCIA JUDICIAL DA SUS FRUTOS EN CAÑETE
Las Mesas de Trabajo por la Transparencia Judicial vienen dando sus primeros frutos, al intervenirse el último miércoles 07 de setiembre del 2011, al secretario del Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Ricardo Lovera Hernández, en el preciso momento en el que realizaba el cobro de trescientos cincuenta nuevos soles a un ciudadano.
El operativo anticorrupción resulto un éxito gracias a la denuncia oportuna que hiciera un valiente ciudadano que tenía un proceso en dicho Juzgado. En el operativo intervinieron el Órgano de Control de la Corte Superior de Justicia de Cañete ODECMA Cañete, Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú.
El Jefe de la ODECMA Cañete, mostró su satisfacción al poder comprobar que las Mesas de Trabajo que se vienen realizando en diferentes localidades del Distrito Judicial de Cañete, están brindando mayor información a la ciudadanía sobre la lucha contra la corrupción que ha emprendido el Poder Judicial. Asimismo, señaló que es necesario luchar contra este flagelo desde las instituciones públicas y sobre todo desde las instituciones involucradas en garantizar el orden, seguridad, la paz social y la administración de justicia.
La Corte Superior de Justicia de Cañete viene trabajando día a día, en la lucha contra la corrupción así como para mejorar el sistema de administración de justicia en este distrito judicial contribuyendo de esta manera a recuperar la confianza y credibilidad de la ciudadanía, la respetabilidad de este Poder del Estado. Además, es necesario señalar que los casos aislados de corrupción, no deben mellar la imagen del Poder Judicial, considerando que existen Jueces y servidores éticos que actúan con profesionalismo, honestidad y probidad.
El operativo anticorrupción resulto un éxito gracias a la denuncia oportuna que hiciera un valiente ciudadano que tenía un proceso en dicho Juzgado. En el operativo intervinieron el Órgano de Control de la Corte Superior de Justicia de Cañete ODECMA Cañete, Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú.
El Jefe de la ODECMA Cañete, mostró su satisfacción al poder comprobar que las Mesas de Trabajo que se vienen realizando en diferentes localidades del Distrito Judicial de Cañete, están brindando mayor información a la ciudadanía sobre la lucha contra la corrupción que ha emprendido el Poder Judicial. Asimismo, señaló que es necesario luchar contra este flagelo desde las instituciones públicas y sobre todo desde las instituciones involucradas en garantizar el orden, seguridad, la paz social y la administración de justicia.
La Corte Superior de Justicia de Cañete viene trabajando día a día, en la lucha contra la corrupción así como para mejorar el sistema de administración de justicia en este distrito judicial contribuyendo de esta manera a recuperar la confianza y credibilidad de la ciudadanía, la respetabilidad de este Poder del Estado. Además, es necesario señalar que los casos aislados de corrupción, no deben mellar la imagen del Poder Judicial, considerando que existen Jueces y servidores éticos que actúan con profesionalismo, honestidad y probidad.
EN CAÑETE SE INICIO IMPLEMENTACION DE NOTIFICACIONES ELECTRONICAS, AL IGUAL QUE EN OTROS SEIS DISTRITOS JUDICIALES…
El Poder Judicial inició la puesta en marcha del Nuevo Sistema de Notificaciones Electrónicas en 6 distritos judiciales del país, con el propósito de fomentar la celeridad procesal, la transparencia y el uso intensivo de la tecnología, en aras de tener un servicio más eficiente en beneficio del ciudadano.
Este nuevo sistema se ha iniciado en las Cortes Superiores de Cusco, La Libertad, Tacna, Lambayeque, Cañete y Arequipa
De acuerdo con las normas legales vigentes, las notificaciones electrónicas son de carácter obligatorio para los procesos contencioso – administrativos, comerciales y laborales.
En este último caso, en todos aquellos Distritos Judiciales donde se aplica la Nueva Ley Procesal del Trabajo.
Este sistema tiene como principal novedad el reemplazo del dispositivo «token», por la entrega de claves de acceso proporcionadas por la institución que harán más sencillo el acceso. Al suprimirse el «token» se reduce significativamente el costo que representaba su adquisición.
El Nuevo Sistema de Notificación Electrónica consiste en la digitalización de las resoluciones y anexos los cuales son notificados a una casilla electrónica con la misma efectividad que la notificación con cédulas de papel.
Las casillas electrónicas deberán ser consignadas por los abogados en el escrito y la contestación de la demanda. El acceso de los abogados a las casillas electrónicas es gratuito permitiendo visualizar las notificaciones de los Órganos Jurisdiccionales.
En la actualidad el Nuevo Sistema de Notificación Electrónica (NUEVO SINOE) se encuentra próximo a ser puesto en funcionamiento en la Corte Superior de Lima durante el mes de octubre del presente año, lo que permitirá a futuro beneficiar a los ciudadanos con la recepción oportuna de su notificación con total transparencia.
Para el presente año se tiene previsto continuar con el plan de implantación del Nuevo Sistema de Notificación Electrónica en el resto de las cortes superiores de justicia a nivel nacional.
Este nuevo sistema se ha iniciado en las Cortes Superiores de Cusco, La Libertad, Tacna, Lambayeque, Cañete y Arequipa
De acuerdo con las normas legales vigentes, las notificaciones electrónicas son de carácter obligatorio para los procesos contencioso – administrativos, comerciales y laborales.
En este último caso, en todos aquellos Distritos Judiciales donde se aplica la Nueva Ley Procesal del Trabajo.
Este sistema tiene como principal novedad el reemplazo del dispositivo «token», por la entrega de claves de acceso proporcionadas por la institución que harán más sencillo el acceso. Al suprimirse el «token» se reduce significativamente el costo que representaba su adquisición.
El Nuevo Sistema de Notificación Electrónica consiste en la digitalización de las resoluciones y anexos los cuales son notificados a una casilla electrónica con la misma efectividad que la notificación con cédulas de papel.
Las casillas electrónicas deberán ser consignadas por los abogados en el escrito y la contestación de la demanda. El acceso de los abogados a las casillas electrónicas es gratuito permitiendo visualizar las notificaciones de los Órganos Jurisdiccionales.
En la actualidad el Nuevo Sistema de Notificación Electrónica (NUEVO SINOE) se encuentra próximo a ser puesto en funcionamiento en la Corte Superior de Lima durante el mes de octubre del presente año, lo que permitirá a futuro beneficiar a los ciudadanos con la recepción oportuna de su notificación con total transparencia.
Para el presente año se tiene previsto continuar con el plan de implantación del Nuevo Sistema de Notificación Electrónica en el resto de las cortes superiores de justicia a nivel nacional.
FISCAL DE LA NACION: SISTEMA DE BANCARIZACION PARA MAGISTRADO IMPULSARA TRANSPARENCIA…
El fiscal de la Nación, José Antonio Peláez Bardales, destacó la iniciativa del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) de establecer un sistema de bancarización como requisito en el proceso de evaluación de jueces y fiscales, debido a que impulsará la transparencia en el manejo financiero de los magistrados.
«Es importante que haya transparencia en el concurso del CNM. Tanto jueces como fiscales debemos tener un claro manejo de nuestra economía y de nuestros bienes», manifestó Peláez Bardales.
Felicitó, en tal sentido, al CNM por su iniciativa para que los magistrados del Poder Judicial y el Ministerio Público depositen sus ahorros personales en el sistema bancario.
«De esta manera, el CNM podrá solicitar información a todos los bancos, a las entidades crediticias, Registros Públicos, registros de vehículos, para saber cuál es realmente el patrimonio de los magistrados», señaló.
A través de un acuerdo del pleno del CNM se estableció que los magistrados deberán consignar, en sus respectivas declaraciones juradas de ingresos, de bienes y rentas solicitadas en los procesos individuales de evaluación integral y ratificación de jueces y fiscales, toda información con contenido económico.
Asimismo, las denominadas «remesas» del o al exterior se deberán consignar en sus declaraciones juradas.
Las transacciones y operaciones serán sustentadas a través de un medio de transferencia, giro bancario o mediante una empresa autorizada para la transferencia de fondos autorizada y/o supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, según sea el caso. Los criterios adoptados por el Consejo se sustentan en las disposiciones legales vigentes y serán aplicados a partir del próximo proceso de evaluación integral y ratificación de magistrados del presente año.
De acuerdo con su último balance, el CNM ha ratificado a la fecha a 548 jueces y fiscales de un total de 813 magistrados que fueron sometidos al proceso de evaluación y ratificación que dicho colegiado realizó entre agosto de 2010 y el mismo mes de este año.
«Es importante que haya transparencia en el concurso del CNM. Tanto jueces como fiscales debemos tener un claro manejo de nuestra economía y de nuestros bienes», manifestó Peláez Bardales.
Felicitó, en tal sentido, al CNM por su iniciativa para que los magistrados del Poder Judicial y el Ministerio Público depositen sus ahorros personales en el sistema bancario.
«De esta manera, el CNM podrá solicitar información a todos los bancos, a las entidades crediticias, Registros Públicos, registros de vehículos, para saber cuál es realmente el patrimonio de los magistrados», señaló.
A través de un acuerdo del pleno del CNM se estableció que los magistrados deberán consignar, en sus respectivas declaraciones juradas de ingresos, de bienes y rentas solicitadas en los procesos individuales de evaluación integral y ratificación de jueces y fiscales, toda información con contenido económico.
Asimismo, las denominadas «remesas» del o al exterior se deberán consignar en sus declaraciones juradas.
Las transacciones y operaciones serán sustentadas a través de un medio de transferencia, giro bancario o mediante una empresa autorizada para la transferencia de fondos autorizada y/o supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, según sea el caso. Los criterios adoptados por el Consejo se sustentan en las disposiciones legales vigentes y serán aplicados a partir del próximo proceso de evaluación integral y ratificación de magistrados del presente año.
De acuerdo con su último balance, el CNM ha ratificado a la fecha a 548 jueces y fiscales de un total de 813 magistrados que fueron sometidos al proceso de evaluación y ratificación que dicho colegiado realizó entre agosto de 2010 y el mismo mes de este año.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
CONCURSO PUBLICO PARA EL REGISTRO TRANSITORIO DE JUECES SUPERNUMERARIOS EN EL DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE
La Comisión de Selección de Abogados para integrar el Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia para el Año Judicial 2011, designada mediante R.A. N° 0224-2011-P-CSCÑ/PJ, y de conformidad con el Reglamento del Registro Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial aprobado por Resolución N° 243-2009-CE-PJ (03-08-2009) publicado en el Diario El Peruano el día 26.11.09 comunica el Resultado del Examen Escrito realizado por la AMAG con respecto al Concurso Público para la Selección de Jueces Supernumerarios de todos los niveles de este Distrito Judicial, y su respectiva incorporación al Registro, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento del Registro Distrital – Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial aprobado por Resolución Administrativa N° 243-2009-CE-PJ (03.08.2009), y se dispone lo siguiente:
1.- Los postulantes, deberán presentar su curriculum vitae debidamente documentado teniendo en cuenta el orden del contenido de los anexos que se adjuntan a la presente, y conforme se encuentra establecido en el artículo 21° del Reglamento del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial N° 243-2009-CE-PJ (03-08-2009) y artículo 7° Reglamento del Consejo de Magistratura N° 270-2011 (22/07/2011), se presentará en Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete; ubicada en la Av. Mariscal Benavides N° 658 – distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, en los días 8,9, 12, 13 y 14 de Setiembre del 2011, en el horario de 08:00 a.m. a 01:30 p.m. y de 02:15 p.m. a 04:45 p.m.; precisando que la Corte Superior de Justicia de Cañete tiene competencia en las provincias de Cañete y Yauyos del Departamento de Lima.
2.- Los postulantes que no aprobaron las anteriores etapas del Concurso, deben recoger sus documentos presentados en la Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete, en horario señalado en el primer punto.
San Vicente de Cañete, 6 de Setiembre 2011.
La Comisión
María Carmela Mosquera Lagos
Secretaria Técnica - Comisión de Jueces Supernumerarios - Corte Superior de Justicia de Cañete




CONCURSO PUBLICO PARA EL REGISTRO TRANSITORIO DE JUECES SUPERNUMERARIOS EN EL DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE
La Comisión de Selección de Abogados para integrar el Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia para el Año Judicial 2011, designada mediante R.A. N° 0224-2011-P-CSCÑ/PJ, y de conformidad con el Reglamento del Registro Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial aprobado por Resolución N° 243-2009-CE-PJ (03-08-2009) publicado en el Diario El Peruano el día 26.11.09 comunica el Resultado del Examen Escrito realizado por la AMAG con respecto al Concurso Público para la Selección de Jueces Supernumerarios de todos los niveles de este Distrito Judicial, y su respectiva incorporación al Registro, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento del Registro Distrital – Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial aprobado por Resolución Administrativa N° 243-2009-CE-PJ (03.08.2009), y se dispone lo siguiente:
1.- Los postulantes, deberán presentar su curriculum vitae debidamente documentado teniendo en cuenta el orden del contenido de los anexos que se adjuntan a la presente, y conforme se encuentra establecido en el artículo 21° del Reglamento del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial N° 243-2009-CE-PJ (03-08-2009) y artículo 7° Reglamento del Consejo de Magistratura N° 270-2011 (22/07/2011), se presentará en Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete; ubicada en la Av. Mariscal Benavides N° 658 – distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, en los días 8,9, 12, 13 y 14 de Setiembre del 2011, en el horario de 08:00 a.m. a 01:30 p.m. y de 02:15 p.m. a 04:45 p.m.; precisando que la Corte Superior de Justicia de Cañete tiene competencia en las provincias de Cañete y Yauyos del Departamento de Lima.
2.- Los postulantes que no aprobaron las anteriores etapas del Concurso, deben recoger sus documentos presentados en la Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete, en horario señalado en el primer punto.
San Vicente de Cañete, 6 de Setiembre 2011.
La Comisión
María Carmela Mosquera Lagos
Secretaria Técnica - Comisión de Jueces Supernumerarios - Corte Superior de Justicia de Cañete




AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luis, que en mérito al Exp. Adm. N° 2324-2011 Doña GINAMARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ BORJAS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de NATIVIDAD ADRIANA BORJAS SALVADOR, inscrita en esta Municipalidad en el libro 046, folio 046, año 1949; que erróneamente se ha consignado como nombre del padre de la titular ZACARÍAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARÍAS BORJAS VICENTE, y como nombre de la madre de la titular SOFÍA SALVADOR siendo lo correcto SOFÍA SALVADOR CHICO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 17 de Agosto de 2011.
Julia Vilches Alvarado - Jefa de Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luis, que en mérito al Exp. Adm. N° 2323-2011 Doña GINAMARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ BORJAS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de ALEJANDRINA MAURA BORJAS SALVADOR, inscrita en esta Municipalidad en el libro 048, folio 048, año 1952; que erróneamente se ha consignado como nombre del padre de la titular ZACARÍAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARÍAS BORJAS VICENTE, y como nombre de la madre de la titular SOFÍA SALVADOR siendo lo correcto SOFÍA SALVADOR CHICO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 17 de Agosto de 2011.
Julia Vilches Alvarado - Jefa de Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luis, que en mérito al Exp. Adm. N° 2322-2011 Doña GINAMARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ BORJAS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de JULIAN BORJAS SALVADOR, inscrita en esta Municipalidad en el libro 039, folio 116, año 1941; que erróneamente se ha consignado como nombre del padre del titular ZACARÍAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARÍAS BORJAS VICENTE, y como nombre de la madre del titular SOFÍA SALVADOR siendo lo correcto SOFÍA SALVADOR CHICO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 17 de Agosto de 2011.
Julia Vilches Alvarado - Jefa de Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luis, que en mérito al Exp. Adm. N° 2325-2011 Doña GINAMARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ BORJAS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de SEGUNDINA BORJAS SALVADOR, inscrita en esta Municipalidad en el libro 043, folio 155, año 1947; que erróneamente se ha consignado como nombre del padre de la titular ZACARÍAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARÍAS BORJAS VICENTE, y como nombre de la madre de la titular SOFÍA SALVADOR siendo lo correcto SOFÍA SALVADOR CHICO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 17 de Agosto de 2011.
Julia Vilches Alvarado - Jefa de Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luis, que en mérito al Exp. Adm. N° 2321-2011 Doña GINAMARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ BORJAS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de ANTONIO BORJAS SALVADOR, inscrita en esta Municipalidad en el libro 037, folio 471, año 1939; que erróneamente se ha consignado como nombre del padre del titular ZACARÍAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARÍAS BORJAS VICENTE, y como nombre de la madre del titular SOFÍA SALVADOR siendo lo correcto SOFÍA SALVADOR CHICO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 17 de Agosto de 2011.
Julia Vilches Alvarado - Jefa de Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7559-2011, doña Ginamaría del Rosario Sánchez Borjas, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE DEFUNCIÓN, inscrita en esta Municipalidad en el libro 117, folio 64, año 1989, en el extremo que se consigna como nombre del fallecido VICENTE ZACARIAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARIAS BORJAS VICENTE.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña Lucia Elsa Ochoa Huamani, identificada con DNI N° 15434413, con Exp. N° 8013-11 de fecha 31-08-11, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA del ACTA DE NACIMIENTO de su hijo ORIS LUIGUI OCHOA, inscrito en el Libro N° 096C, Folio N° 604666 del año 1997, por haberse consignado los prenombres de la madre como: ELSA LUCIA debiendo ser lo correcto: «LUCIA ELSA. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada. Mala, 07 de Setiembre de 2011.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
EDICTO
Exp. N° 345-2011 ante el Primer Juzgado de Paz Letrado que despacha la Sra. Juez Daisy Guzmán Sánchez y Secretaria Giovanna Mendoza Magallanes, doña MARIANA ANGELINA QUISPE FLORES solicita la SUCESIÓN INTESTADA de AMADOR QUISPE FLORES fallecido en el Hospital Rezola el día 17 de Diciembre del 2007, llamándose a los que se crean con derecho a la herencia. Lo que se publica conforme a ley.
Cañete, 09 de Agosto del 2011.
Giovanna Elizabeth Mendoza Magallanes
Secretaria Judicial - Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete – CSJCÑ
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE MATRIMONIO – EDICTO
Exp. N° 420-2011 Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado que despacha la Sra. Juez Daisy Guzmán Sánchez y Secretaria Giovanna E. Mendoza Magallanes, doña MARIA ISABEL QUISPE CUZCANO solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE MATRIMONIO respecto a que erróneamente se ha consignado el primer apellido de su cónyuge LEONIDAS ZACARIAS NOLAZCO ZAPATA siendo lo correcto LEONIDAS ZACARIAS NOLASCO ZAPATA. Lo que se publica conforme a ley.
Cañete, 26 de Agosto de 2011.
Giovanna Elizabeth Mendoza Magallanes
Secretaria Judicial - Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete – CSJCÑ
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. N° 00385-2011-CI, Ante el 2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la Srta. Juez Dra. Patricia Razzeto Zavala y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, doña SANTA GOMEZ GUTIERREZ solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el extremo que se ha consignado como el nombre de su progenitor FRANCISCO GOMES, siendo lo correcto «FRANCISCO GOMEZ TORRES», y además se adicione el primer nombre, se rectifique el segundo nombre y se adicione el segundo apellido materno de su progenitora CONRADA GUTIERREZ siendo lo correcto «FELIPA CONCRADA GUTIERREZ LUME». Lo que se publica para conocimiento
Cañete, 22 de Agosto de 2011.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial - 2° Juzgado de Paz Letrado – Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don JORGE ARMANDO DE LA CRUZ ROJAS de 22 años de edad, natural de Imperial – Cañete, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 45415333, con domicilio en Urb. Zona Oeste Mz. D Lote 9 – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación Mecánico de Mantenimiento, y doña AMERICA IRIS ROJAS TORRES, de 20 años de edad, natural de Nuevo Imperial – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 47047763, de estado civil soltera, de ocupación Secretaria, domiciliada en Urb. Zona Oeste Mz. D Lote 9 – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito el día 16 de Setiembre del 2011 a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente. Quilmaná, 07 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don URBANO GREGORIO ARCE RIVERA, de 75 años de edad, natural de Uraca – Arequipa, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 15341615 con domicilio en el Anexo El Tigre – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación chofer jubilado y doña FELICIANA CHUMPITAZ CARDENAS de 69 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 15343350, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Urb. Perú Lote N° 8 San Vicente – Cañete.
Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad Distrital de Quilmaná.
Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 08 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7604-2011, doña Dominica Elena Ochoa Castillo, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 89, folio 138, en el extremo que se consigna como nombre del padre LORENZO OCHOA, siendo lo correcto LORENZO OCHOA LUYO y de la madre se consigna como FELICITA CASTILLO, siendo lo correcto FELICITA ENIT CASTILLO MENDIETA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 08 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7600-2011, doña Carmen Rosa Ochoa Castillo, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 165, folio 125, en el extremo que se consigna como nombre de la madre FELICITA CASTILLO, siendo lo correcto FELICITA ENIT CASTILLO MENDIETA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 08 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7598-2011, don Pedro Basilio Ochoa Castillo, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 139, folio 100, en el extremo que se consigna como nombre del padre LORENZO OCHOA, siendo lo correcto LORENZO OCHOA LUYO y de la madre se consigna como FELICITA CASTILLO, siendo lo correcto FELICITA ENIT CASTILLO MENDIETA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 08 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7599-2011, don Jorge Luis Ochoa Castillo, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 139, folio 100, en el extremo que se consigna como nombre del padre LORENZO OCHOA, siendo lo correcto LORENZO OCHOA LUYO y de la madre se consigna como FELICITA CASTILLO, siendo lo correcto FELICITA ENIT CASTILLO MENDIETA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 08 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luis, que en mérito al Exp. Adm. N° 2324-2011 Doña GINAMARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ BORJAS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de NATIVIDAD ADRIANA BORJAS SALVADOR, inscrita en esta Municipalidad en el libro 046, folio 046, año 1949; que erróneamente se ha consignado como nombre del padre de la titular ZACARÍAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARÍAS BORJAS VICENTE, y como nombre de la madre de la titular SOFÍA SALVADOR siendo lo correcto SOFÍA SALVADOR CHICO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 17 de Agosto de 2011.
Julia Vilches Alvarado - Jefa de Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luis, que en mérito al Exp. Adm. N° 2323-2011 Doña GINAMARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ BORJAS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de ALEJANDRINA MAURA BORJAS SALVADOR, inscrita en esta Municipalidad en el libro 048, folio 048, año 1952; que erróneamente se ha consignado como nombre del padre de la titular ZACARÍAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARÍAS BORJAS VICENTE, y como nombre de la madre de la titular SOFÍA SALVADOR siendo lo correcto SOFÍA SALVADOR CHICO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 17 de Agosto de 2011.
Julia Vilches Alvarado - Jefa de Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luis, que en mérito al Exp. Adm. N° 2322-2011 Doña GINAMARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ BORJAS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de JULIAN BORJAS SALVADOR, inscrita en esta Municipalidad en el libro 039, folio 116, año 1941; que erróneamente se ha consignado como nombre del padre del titular ZACARÍAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARÍAS BORJAS VICENTE, y como nombre de la madre del titular SOFÍA SALVADOR siendo lo correcto SOFÍA SALVADOR CHICO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 17 de Agosto de 2011.
Julia Vilches Alvarado - Jefa de Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luis, que en mérito al Exp. Adm. N° 2325-2011 Doña GINAMARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ BORJAS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de SEGUNDINA BORJAS SALVADOR, inscrita en esta Municipalidad en el libro 043, folio 155, año 1947; que erróneamente se ha consignado como nombre del padre de la titular ZACARÍAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARÍAS BORJAS VICENTE, y como nombre de la madre de la titular SOFÍA SALVADOR siendo lo correcto SOFÍA SALVADOR CHICO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 17 de Agosto de 2011.
Julia Vilches Alvarado - Jefa de Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luis, que en mérito al Exp. Adm. N° 2321-2011 Doña GINAMARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ BORJAS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de ANTONIO BORJAS SALVADOR, inscrita en esta Municipalidad en el libro 037, folio 471, año 1939; que erróneamente se ha consignado como nombre del padre del titular ZACARÍAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARÍAS BORJAS VICENTE, y como nombre de la madre del titular SOFÍA SALVADOR siendo lo correcto SOFÍA SALVADOR CHICO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 17 de Agosto de 2011.
Julia Vilches Alvarado - Jefa de Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7559-2011, doña Ginamaría del Rosario Sánchez Borjas, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE DEFUNCIÓN, inscrita en esta Municipalidad en el libro 117, folio 64, año 1989, en el extremo que se consigna como nombre del fallecido VICENTE ZACARIAS BORJAS, siendo lo correcto ZACARIAS BORJAS VICENTE.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña Lucia Elsa Ochoa Huamani, identificada con DNI N° 15434413, con Exp. N° 8013-11 de fecha 31-08-11, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA del ACTA DE NACIMIENTO de su hijo ORIS LUIGUI OCHOA, inscrito en el Libro N° 096C, Folio N° 604666 del año 1997, por haberse consignado los prenombres de la madre como: ELSA LUCIA debiendo ser lo correcto: «LUCIA ELSA. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada. Mala, 07 de Setiembre de 2011.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
EDICTO
Exp. N° 345-2011 ante el Primer Juzgado de Paz Letrado que despacha la Sra. Juez Daisy Guzmán Sánchez y Secretaria Giovanna Mendoza Magallanes, doña MARIANA ANGELINA QUISPE FLORES solicita la SUCESIÓN INTESTADA de AMADOR QUISPE FLORES fallecido en el Hospital Rezola el día 17 de Diciembre del 2007, llamándose a los que se crean con derecho a la herencia. Lo que se publica conforme a ley.
Cañete, 09 de Agosto del 2011.
Giovanna Elizabeth Mendoza Magallanes
Secretaria Judicial - Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete – CSJCÑ
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE MATRIMONIO – EDICTO
Exp. N° 420-2011 Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado que despacha la Sra. Juez Daisy Guzmán Sánchez y Secretaria Giovanna E. Mendoza Magallanes, doña MARIA ISABEL QUISPE CUZCANO solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE MATRIMONIO respecto a que erróneamente se ha consignado el primer apellido de su cónyuge LEONIDAS ZACARIAS NOLAZCO ZAPATA siendo lo correcto LEONIDAS ZACARIAS NOLASCO ZAPATA. Lo que se publica conforme a ley.
Cañete, 26 de Agosto de 2011.
Giovanna Elizabeth Mendoza Magallanes
Secretaria Judicial - Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete – CSJCÑ
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. N° 00385-2011-CI, Ante el 2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la Srta. Juez Dra. Patricia Razzeto Zavala y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, doña SANTA GOMEZ GUTIERREZ solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el extremo que se ha consignado como el nombre de su progenitor FRANCISCO GOMES, siendo lo correcto «FRANCISCO GOMEZ TORRES», y además se adicione el primer nombre, se rectifique el segundo nombre y se adicione el segundo apellido materno de su progenitora CONRADA GUTIERREZ siendo lo correcto «FELIPA CONCRADA GUTIERREZ LUME». Lo que se publica para conocimiento
Cañete, 22 de Agosto de 2011.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial - 2° Juzgado de Paz Letrado – Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don JORGE ARMANDO DE LA CRUZ ROJAS de 22 años de edad, natural de Imperial – Cañete, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 45415333, con domicilio en Urb. Zona Oeste Mz. D Lote 9 – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación Mecánico de Mantenimiento, y doña AMERICA IRIS ROJAS TORRES, de 20 años de edad, natural de Nuevo Imperial – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 47047763, de estado civil soltera, de ocupación Secretaria, domiciliada en Urb. Zona Oeste Mz. D Lote 9 – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito el día 16 de Setiembre del 2011 a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente. Quilmaná, 07 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don URBANO GREGORIO ARCE RIVERA, de 75 años de edad, natural de Uraca – Arequipa, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 15341615 con domicilio en el Anexo El Tigre – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación chofer jubilado y doña FELICIANA CHUMPITAZ CARDENAS de 69 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 15343350, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Urb. Perú Lote N° 8 San Vicente – Cañete.
Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad Distrital de Quilmaná.
Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 08 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7604-2011, doña Dominica Elena Ochoa Castillo, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 89, folio 138, en el extremo que se consigna como nombre del padre LORENZO OCHOA, siendo lo correcto LORENZO OCHOA LUYO y de la madre se consigna como FELICITA CASTILLO, siendo lo correcto FELICITA ENIT CASTILLO MENDIETA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 08 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7600-2011, doña Carmen Rosa Ochoa Castillo, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 165, folio 125, en el extremo que se consigna como nombre de la madre FELICITA CASTILLO, siendo lo correcto FELICITA ENIT CASTILLO MENDIETA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 08 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7598-2011, don Pedro Basilio Ochoa Castillo, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 139, folio 100, en el extremo que se consigna como nombre del padre LORENZO OCHOA, siendo lo correcto LORENZO OCHOA LUYO y de la madre se consigna como FELICITA CASTILLO, siendo lo correcto FELICITA ENIT CASTILLO MENDIETA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 08 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7599-2011, don Jorge Luis Ochoa Castillo, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 139, folio 100, en el extremo que se consigna como nombre del padre LORENZO OCHOA, siendo lo correcto LORENZO OCHOA LUYO y de la madre se consigna como FELICITA CASTILLO, siendo lo correcto FELICITA ENIT CASTILLO MENDIETA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 08 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe
08 septiembre 2011
ALCALDES CAÑETANOS VIAJARON A ICA PARA REUNIRSE CON CONGRESISTAS...
Una delegación de alcaldes de la provincia de Cañete, viajaron el día de hoy, en horas de la mañana hasta la provincia de Ica con la finalidad de participar en la primera reunión descentralizada del Congreso de la República.
María Montoya y sus colegas de los distritos de San Luis, Quilmaná, Nuevo Imperial, San
Antonio, Mala, Lunahuaná, Cerro Azul, Imperial y Mala, estarán en el coliseo cerrado
José Oliva Razzeto de Ica.
Esta decisión la tomaron las autoridades cañetanas, luego de que el día de ayer, cuando la comitiva de congresistas se dirigían a la vecina provincia de Pisco, hicieron un alto en el camino para dialogar con sus autoridades.
Luego de dicho dialogo y también de conversar con la Alcaldesa Provincial María Montoya en su camino hacia Pisco, el Presidente del Congreso de la República Daniel Agubattas, asumió el compromiso de participar en los próximos días en la provincia de Cañete, en una reunión con las autoridades y los representantes de la sociedad civil.
Al pasar por Cañete, Daniel Abugattas se detuvo por algunos minutos en el km 131 de la carretera panamericana sur, donde se había congregado un amplio sector de la población para hacer sentir su voz de protesta exigiendo se atienda a los damnificados del terremoto del 15 de agosto del año 2007, se solucione el problema de demarcación limítrofe con la provincia de Chincha y la no derivación de las sobrantes del aguas del río cañete a las pampas de Chincha e Ica.
Al continuar su viaje, el presidente del congreso invito a su automóvil a la alcaldesa María Montoya, y juntos viajaron hasta la ciudad de Pisco donde se realizó la audiencia descentralizada, en el camino ambas autoridades conversaron ampliamente sobre temas de interés para la provincia y se reafirmó el compromiso de desarrollar una reunión con los parlamentarios en la provincia de Cañete.
La jornada de la alcaldesa provincial y los regidores de la municipalidad provincial de Cañete, culminó en la ciudad de Pisco en el local del megamercado, donde se realizó la primera audiencia pública; allí la máxima autoridad edil de Cañete, hizo uso de la palabra señalando se incluya a Cañete en el proceso de reconstrucción, e invitó a los parlamentarios a realizar una reunión similar en Cañete.
*****
CAÑETE: CAE SECRETARIO DE JUZGADO «IN FRAGANTI» COBRANDO A LITIGANTE COIMA DE S/. 350.00 SOLES
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco
PODER POLÍTICO: El esfuerzo del Poder Judicial para lograr la eficiencia y contrarrestar la imagen negativa de un sector importante de la población nacional, viene dando sus frutos. En nuestra provincia, la Mesa de Trabajo por la Transparencia Judicial iniciado por ODECMA – CAÑETE, logra resultados efectivos y positivos, con planificación, eficiencia, vocación de servicio, y con una política descentralista que se brinda desde el mes de julio, en los distritos de Lunahuaná, Imperial y Santa Cruz de Flores.
PRIMEROS RESULTADOS: CAE EN DESGRACIA SECRETARIO DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE IMPERIAL
La denuncia valiente y oportuna de un ciudadano, ayer miércoles 07 de setiembre, sorprendió y remeció el sistema judicial cañetano, en el operativo anticorrupción intervinieron, ODECMA, EL MINISTERIO PUBLICO Y LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, hallando al secretario del Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Ricardo Lovera Hernández, en el preciso momento en el que realizaba el cobro de S/.350.00 nuevos soles a un ciudadano que tenia un proceso en dicho Juzgado.
DOCTOR PAULO VIVAS Y UNA SACRIFICADA LABOR
El jefe del órgano de control de Cañete, Dr. Paulo Jorge Vivas Sierra, ha reafirmado su compromiso de estar atento a las quejas o denuncias de los litigantes, sobre conductas deshonrosas e impropias de jueces y del personal auxiliar de este poder del Estado.
El 24 de julio se realizó la Primera Reunión Descentralizada de Lucha Contra la Corrupción en el distrito turístico de Lunahuaná. En el Taller participaron autoridades, líderes y organizaciones de los distritos aledaños de Pacarán y Zúñiga, esto se replicó en los otros distritos, los temas centrales tratados son : La Corrupción en el Perú y el Programa Umbral Anticorrupción, así como el Poder Judicial, Estructura, Composición, Organización; Rol del Juez, Confianza Ciudadana y Problemas del Sistema de Justicia, así como Mecanismos de control de la Corrupción en el Ambiente Judicial.
En aquella oportunidad el evento fue inaugurado por la Presidenta de la CSJC Dra. Luz Gladys Roque Montesillo y la clausura por el Dr. Javier Mendoza Ramírez, Juez Supremo y Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (OCMA). La reunión concluyó con la instalación de la Primera Mesa de Trabajo Descentralizada, previo a ello en el taller hubo un plenario y se presentaron las conclusiones del taller.
El Programa Umbral Anticorrupción, es un programa financiado por la Agencia de Cooperación Norteamericana, mas conocida por sus siglas en inglés USAID El componente Anti Corrupción del Programa Umbral se desarrolla sobre la base de tres elementos generadores de la corrupción en el Perú.
- Falta de conocimiento del problema.
- Acciones llevadas a cabo para luchar contra la corrupción.
- Y rol positivo que los ciudadanos podrían desempeñar en dicha labor.
Las estrategias de la lucha anticorrupción tratan de fortalecer la débil aplicación de los sistemas de control, investigación y, mecanismos ineficaces de la sanción. Se enfoca las oportunidades que tiene la corrupción, debido a los procesos ineficaces del Estado y el limitado acceso a la información.
¡UNIDOS, SI PODEMOS!
Usando este marco como base, el Gobierno Peruano seleccionó a cuatro (4) entidades públicas para participar en el Programa Umbral: el Poder Judicial a través de la OCMA, el Ministerio del Interior a través de la Policía Nacional, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo.
Finalmente es necesario invocar y recordar a todo el personal del Poder Judicial, que ustedes representan al poder más importante del Estado, el equilibrio perfecto para lograr la paz, tranquilidad social, el respeto por la esencia de la vida misma, integrar sus filas debe sentirse como una condecoración, es por su propia naturaleza un alto honor servir a la patria; sin embargo todo aquel que transgreda la ley y perjudique a la institución debe ser castigado con todo el peso de la ley. ¡Somos libres! y podemos escoger nuestro camino, ojalá sea el angosto y espinoso, el mismo que tarde o temprano conduce a la gloria y la victoria en todo su amplitud. Usted decide...
*****
Nuevo Ayacucho, invita visitar la frontera viva de Cañete
DIRECTOR DE LA DRELP, RICARDO DOLORIER URBNINA, NO DEBE OLVIDARSE DE SUS PAISANOS QUE CLAMAN APOYO
SAN VICENTE.- Las autoridades del CP «Nuevo Ayacucho», invitaron al Director Regional de Educación de Lima, Dr. Ricardo Dolorier Urbina, conocer «in situ» las instalaciones de la Institución Educativa «Mariscal Andrés Avelino Cáceres» y de esta manera brindar la solución a su problemática.
«Invitamos a nuestro paisano Ricardo Dolorier a visitar Nuevo Ayacucho y conocer de cerca la realidad de sus hijos que buscan un futuro promisor en la misma frontera viva de Cañete», expresó el teniente gobernador del lugar, Percy Castro.
La autoridad política, destacó a Ricardo Dolorier de quien dijo que está desarrollando una labor loable en los diferentes pueblos de la región Lima de acuerdo a la política educativa trazada por el presidente regional, Javier Alvarado.
«Pero, no se debe olvidar de sus coterráneos que hacen patria en Cañete desde su llegada en el año 2002 identificándose con esta ubérrima tierra y defendiendo la frontera viva de la región Lima», precisó a su turno la Jueza de Paz, Susana Carrera.
Los moradores, precisan que hay un promedio de 300 alumnos en los tres niveles que estudian en la institución educativa «Mariscal Andrés Avelino Cáceres», pero muy poco reciben el apoyo de las autoridades educativas, políticas.
Incluso, la ex directora de la UGEL 08 – Cañete, la «chuista» Flor Ananora Saavedra Feliz, pretendió cerrar la institución educativa aduciendo que «había muy pocos alumnos», hecho que no prosperó por la persistencia de la población.
Lo poco que se avanzó para el mejoramiento de los ambientes, fue con el esfuerzo propio de los padres de familia y las gestiones realizadas ante los organismos no gubernamentales en coordinación con el ex director Lic. Heber Ñáñez.
Por su parte, el alcalde Joaquín Ayala, manifestó que el domingo pasado los chinchanos, inauguraron un moderno colegio en la zona, generando cierta molestia, empero los padres de familia, muestran su confíanza en el Mariscal Andrés Avelino Cáceres.
«Reiteramos a nuestro querido y amigo Ricardo Dolorier que no se olvide de los hijos de sus paisanos y que algún domingo pueda departir con nosotros para saborear nuestra rica mashua y cantar la Flor de Remata», dijo en tono jocoso Joaquín Ayala.
*****
Pleno del concejo removió a David Rosales...
PEDRO KOO MURGA, NUEVO PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE FIESTAS DE IMPERIAL – 2011
SAN VICENTE.- Por decisión mayoritaria del pleno del concejo distrital de Imperial, se removió del cargo de presidente de la Comisión Central de Aniversario del 102 Aniversario de Creación Política del Distrito de Imperial al regidor David Rosales Carbonel y en su reemplazo se designó a su homólogo Pedro Armando Koo Murga.
La remoción fue a iniciativa del regidor David Rosales quien planteó la reestructuración de la Comisión con la exclusión de dos de sus miembros, empero el pleno con la facultad que le asiste, adoptó poner en debate la remoción total de sus integrantes.
Con cinco votos a favor y dos en contra, el pleno desactivó la Comisión y designó un nuevo cuadro presidido por Pedro Koo, más tres regidores, más dos representantes de la Sociedad de Civil.
Acompañan a Pedro Koo sus colegas Roger Beltrán (vicepresidente), Aurora Vicente y Gladis Candela. Estos últimos en los cargos de vocales, mientras que para los cargos de secretario y tesorero, se convocará a la Sociedad Civil.
En las últimas horas surgieron comentarios divergentes sobre el particular, sin sustento legal, dado que el pleno del concejo es la máxima instancia y sus decisiones son inapelables.
El alcalde Eddy Del Mazo Tello, emitirá una nueva Resolución en el más breve plazo, para que la reestructurada Comisión de Fiestas del 102 Aniversario de Imperial, realice una encomiable labor.
El tiempo apremia y ojalá que la gestión de Pedro Koo, deje huellas para la posteridad y no se convierta en comentarios negativos, tal como se observó en el aniversario de Cañete.
*****
CAÑETE: APARATOSO CHOQUE DEJÓ IMPACTO ENTRE PATRULLERO Y COMBI QUE LLEVABA PASAJEROS
El día de ayer aproximadamente a las 06:00 a.m. en el km 130 de la panamericana sur en el distrito de cerro azul, se suscito un accidente de tránsito, entre una combi de la empresa San Benito De Palermo nº5 que colisiono con un patrullero del escuadrón de emergencia de la PNP de Lima.
Ambos vehículos chocaron en forma intempestiva; la combi realizaba el traslado a trabajadores, que se dirigían a la playa el misterio del distrito de Asia y el patrullero PNP se dirigía a la ciudad de Ica, a custodiar el orden en la primera sesión descentralizada del pleno del congreso.
Los heridos fueron trasladados al hospital Rezola de cañete por los miembros de la PNP.
El accidente de tránsito deja como saldo 18 personas heridas como son:
Patricio Pernia Jeremías 48 AÑOS
Patricio Pernia Daniel Damazo 45 AÑOS
Uribe Avalos Frank Cristi 35 AÑOS
Pampas Palomino Néstor 39 AÑOS
Hinostroza Méndez Cesar Jesus 24 AÑOS
Chávez Mendoza Benito 71 AÑOS
Moreno Tapara Cristian Paulino 22 AÑOS
Cruz Carrasco José Luis 36 AÑOS
Rodríguez Zúñiga Julio Cesar 47 AÑOS
Quicaña Usquiano Elmer John 38 AÑOS
Pampa Puma Rogelio 26 AÑOS
Alberto Reyes Petter John 32 AÑOS
Espinoza Tarazona Rene Roberto 30 AÑOS
Espinoza Amau Jorge 40 AÑOS
Huamani López Saul Arturo 31 AÑOS
Saavedra Fernández Eduardo 40 AÑOS
Saldaña Malache Emilio 47 AÑOS
Vicente Huapaya Coicca 43 AÑOS
Una delegación de alcaldes de la provincia de Cañete, viajaron el día de hoy, en horas de la mañana hasta la provincia de Ica con la finalidad de participar en la primera reunión descentralizada del Congreso de la República.
María Montoya y sus colegas de los distritos de San Luis, Quilmaná, Nuevo Imperial, San
Antonio, Mala, Lunahuaná, Cerro Azul, Imperial y Mala, estarán en el coliseo cerrado
José Oliva Razzeto de Ica.
Esta decisión la tomaron las autoridades cañetanas, luego de que el día de ayer, cuando la comitiva de congresistas se dirigían a la vecina provincia de Pisco, hicieron un alto en el camino para dialogar con sus autoridades.
Luego de dicho dialogo y también de conversar con la Alcaldesa Provincial María Montoya en su camino hacia Pisco, el Presidente del Congreso de la República Daniel Agubattas, asumió el compromiso de participar en los próximos días en la provincia de Cañete, en una reunión con las autoridades y los representantes de la sociedad civil.
Al pasar por Cañete, Daniel Abugattas se detuvo por algunos minutos en el km 131 de la carretera panamericana sur, donde se había congregado un amplio sector de la población para hacer sentir su voz de protesta exigiendo se atienda a los damnificados del terremoto del 15 de agosto del año 2007, se solucione el problema de demarcación limítrofe con la provincia de Chincha y la no derivación de las sobrantes del aguas del río cañete a las pampas de Chincha e Ica.
Al continuar su viaje, el presidente del congreso invito a su automóvil a la alcaldesa María Montoya, y juntos viajaron hasta la ciudad de Pisco donde se realizó la audiencia descentralizada, en el camino ambas autoridades conversaron ampliamente sobre temas de interés para la provincia y se reafirmó el compromiso de desarrollar una reunión con los parlamentarios en la provincia de Cañete.
La jornada de la alcaldesa provincial y los regidores de la municipalidad provincial de Cañete, culminó en la ciudad de Pisco en el local del megamercado, donde se realizó la primera audiencia pública; allí la máxima autoridad edil de Cañete, hizo uso de la palabra señalando se incluya a Cañete en el proceso de reconstrucción, e invitó a los parlamentarios a realizar una reunión similar en Cañete.
*****
CAÑETE: CAE SECRETARIO DE JUZGADO «IN FRAGANTI» COBRANDO A LITIGANTE COIMA DE S/. 350.00 SOLES
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco
PODER POLÍTICO: El esfuerzo del Poder Judicial para lograr la eficiencia y contrarrestar la imagen negativa de un sector importante de la población nacional, viene dando sus frutos. En nuestra provincia, la Mesa de Trabajo por la Transparencia Judicial iniciado por ODECMA – CAÑETE, logra resultados efectivos y positivos, con planificación, eficiencia, vocación de servicio, y con una política descentralista que se brinda desde el mes de julio, en los distritos de Lunahuaná, Imperial y Santa Cruz de Flores.
PRIMEROS RESULTADOS: CAE EN DESGRACIA SECRETARIO DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE IMPERIAL
La denuncia valiente y oportuna de un ciudadano, ayer miércoles 07 de setiembre, sorprendió y remeció el sistema judicial cañetano, en el operativo anticorrupción intervinieron, ODECMA, EL MINISTERIO PUBLICO Y LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, hallando al secretario del Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Ricardo Lovera Hernández, en el preciso momento en el que realizaba el cobro de S/.350.00 nuevos soles a un ciudadano que tenia un proceso en dicho Juzgado.
DOCTOR PAULO VIVAS Y UNA SACRIFICADA LABOR
El jefe del órgano de control de Cañete, Dr. Paulo Jorge Vivas Sierra, ha reafirmado su compromiso de estar atento a las quejas o denuncias de los litigantes, sobre conductas deshonrosas e impropias de jueces y del personal auxiliar de este poder del Estado.
El 24 de julio se realizó la Primera Reunión Descentralizada de Lucha Contra la Corrupción en el distrito turístico de Lunahuaná. En el Taller participaron autoridades, líderes y organizaciones de los distritos aledaños de Pacarán y Zúñiga, esto se replicó en los otros distritos, los temas centrales tratados son : La Corrupción en el Perú y el Programa Umbral Anticorrupción, así como el Poder Judicial, Estructura, Composición, Organización; Rol del Juez, Confianza Ciudadana y Problemas del Sistema de Justicia, así como Mecanismos de control de la Corrupción en el Ambiente Judicial.
En aquella oportunidad el evento fue inaugurado por la Presidenta de la CSJC Dra. Luz Gladys Roque Montesillo y la clausura por el Dr. Javier Mendoza Ramírez, Juez Supremo y Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (OCMA). La reunión concluyó con la instalación de la Primera Mesa de Trabajo Descentralizada, previo a ello en el taller hubo un plenario y se presentaron las conclusiones del taller.
El Programa Umbral Anticorrupción, es un programa financiado por la Agencia de Cooperación Norteamericana, mas conocida por sus siglas en inglés USAID El componente Anti Corrupción del Programa Umbral se desarrolla sobre la base de tres elementos generadores de la corrupción en el Perú.
- Falta de conocimiento del problema.
- Acciones llevadas a cabo para luchar contra la corrupción.
- Y rol positivo que los ciudadanos podrían desempeñar en dicha labor.
Las estrategias de la lucha anticorrupción tratan de fortalecer la débil aplicación de los sistemas de control, investigación y, mecanismos ineficaces de la sanción. Se enfoca las oportunidades que tiene la corrupción, debido a los procesos ineficaces del Estado y el limitado acceso a la información.
¡UNIDOS, SI PODEMOS!
Usando este marco como base, el Gobierno Peruano seleccionó a cuatro (4) entidades públicas para participar en el Programa Umbral: el Poder Judicial a través de la OCMA, el Ministerio del Interior a través de la Policía Nacional, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo.
Finalmente es necesario invocar y recordar a todo el personal del Poder Judicial, que ustedes representan al poder más importante del Estado, el equilibrio perfecto para lograr la paz, tranquilidad social, el respeto por la esencia de la vida misma, integrar sus filas debe sentirse como una condecoración, es por su propia naturaleza un alto honor servir a la patria; sin embargo todo aquel que transgreda la ley y perjudique a la institución debe ser castigado con todo el peso de la ley. ¡Somos libres! y podemos escoger nuestro camino, ojalá sea el angosto y espinoso, el mismo que tarde o temprano conduce a la gloria y la victoria en todo su amplitud. Usted decide...
*****
Nuevo Ayacucho, invita visitar la frontera viva de Cañete
DIRECTOR DE LA DRELP, RICARDO DOLORIER URBNINA, NO DEBE OLVIDARSE DE SUS PAISANOS QUE CLAMAN APOYO
SAN VICENTE.- Las autoridades del CP «Nuevo Ayacucho», invitaron al Director Regional de Educación de Lima, Dr. Ricardo Dolorier Urbina, conocer «in situ» las instalaciones de la Institución Educativa «Mariscal Andrés Avelino Cáceres» y de esta manera brindar la solución a su problemática.
«Invitamos a nuestro paisano Ricardo Dolorier a visitar Nuevo Ayacucho y conocer de cerca la realidad de sus hijos que buscan un futuro promisor en la misma frontera viva de Cañete», expresó el teniente gobernador del lugar, Percy Castro.
La autoridad política, destacó a Ricardo Dolorier de quien dijo que está desarrollando una labor loable en los diferentes pueblos de la región Lima de acuerdo a la política educativa trazada por el presidente regional, Javier Alvarado.
«Pero, no se debe olvidar de sus coterráneos que hacen patria en Cañete desde su llegada en el año 2002 identificándose con esta ubérrima tierra y defendiendo la frontera viva de la región Lima», precisó a su turno la Jueza de Paz, Susana Carrera.
Los moradores, precisan que hay un promedio de 300 alumnos en los tres niveles que estudian en la institución educativa «Mariscal Andrés Avelino Cáceres», pero muy poco reciben el apoyo de las autoridades educativas, políticas.
Incluso, la ex directora de la UGEL 08 – Cañete, la «chuista» Flor Ananora Saavedra Feliz, pretendió cerrar la institución educativa aduciendo que «había muy pocos alumnos», hecho que no prosperó por la persistencia de la población.
Lo poco que se avanzó para el mejoramiento de los ambientes, fue con el esfuerzo propio de los padres de familia y las gestiones realizadas ante los organismos no gubernamentales en coordinación con el ex director Lic. Heber Ñáñez.
Por su parte, el alcalde Joaquín Ayala, manifestó que el domingo pasado los chinchanos, inauguraron un moderno colegio en la zona, generando cierta molestia, empero los padres de familia, muestran su confíanza en el Mariscal Andrés Avelino Cáceres.
«Reiteramos a nuestro querido y amigo Ricardo Dolorier que no se olvide de los hijos de sus paisanos y que algún domingo pueda departir con nosotros para saborear nuestra rica mashua y cantar la Flor de Remata», dijo en tono jocoso Joaquín Ayala.
*****
Pleno del concejo removió a David Rosales...
PEDRO KOO MURGA, NUEVO PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE FIESTAS DE IMPERIAL – 2011
SAN VICENTE.- Por decisión mayoritaria del pleno del concejo distrital de Imperial, se removió del cargo de presidente de la Comisión Central de Aniversario del 102 Aniversario de Creación Política del Distrito de Imperial al regidor David Rosales Carbonel y en su reemplazo se designó a su homólogo Pedro Armando Koo Murga.
La remoción fue a iniciativa del regidor David Rosales quien planteó la reestructuración de la Comisión con la exclusión de dos de sus miembros, empero el pleno con la facultad que le asiste, adoptó poner en debate la remoción total de sus integrantes.
Con cinco votos a favor y dos en contra, el pleno desactivó la Comisión y designó un nuevo cuadro presidido por Pedro Koo, más tres regidores, más dos representantes de la Sociedad de Civil.
Acompañan a Pedro Koo sus colegas Roger Beltrán (vicepresidente), Aurora Vicente y Gladis Candela. Estos últimos en los cargos de vocales, mientras que para los cargos de secretario y tesorero, se convocará a la Sociedad Civil.
En las últimas horas surgieron comentarios divergentes sobre el particular, sin sustento legal, dado que el pleno del concejo es la máxima instancia y sus decisiones son inapelables.
El alcalde Eddy Del Mazo Tello, emitirá una nueva Resolución en el más breve plazo, para que la reestructurada Comisión de Fiestas del 102 Aniversario de Imperial, realice una encomiable labor.
El tiempo apremia y ojalá que la gestión de Pedro Koo, deje huellas para la posteridad y no se convierta en comentarios negativos, tal como se observó en el aniversario de Cañete.
*****
CAÑETE: APARATOSO CHOQUE DEJÓ IMPACTO ENTRE PATRULLERO Y COMBI QUE LLEVABA PASAJEROS
El día de ayer aproximadamente a las 06:00 a.m. en el km 130 de la panamericana sur en el distrito de cerro azul, se suscito un accidente de tránsito, entre una combi de la empresa San Benito De Palermo nº5 que colisiono con un patrullero del escuadrón de emergencia de la PNP de Lima.
Ambos vehículos chocaron en forma intempestiva; la combi realizaba el traslado a trabajadores, que se dirigían a la playa el misterio del distrito de Asia y el patrullero PNP se dirigía a la ciudad de Ica, a custodiar el orden en la primera sesión descentralizada del pleno del congreso.
Los heridos fueron trasladados al hospital Rezola de cañete por los miembros de la PNP.
El accidente de tránsito deja como saldo 18 personas heridas como son:
Patricio Pernia Jeremías 48 AÑOS
Patricio Pernia Daniel Damazo 45 AÑOS
Uribe Avalos Frank Cristi 35 AÑOS
Pampas Palomino Néstor 39 AÑOS
Hinostroza Méndez Cesar Jesus 24 AÑOS
Chávez Mendoza Benito 71 AÑOS
Moreno Tapara Cristian Paulino 22 AÑOS
Cruz Carrasco José Luis 36 AÑOS
Rodríguez Zúñiga Julio Cesar 47 AÑOS
Quicaña Usquiano Elmer John 38 AÑOS
Pampa Puma Rogelio 26 AÑOS
Alberto Reyes Petter John 32 AÑOS
Espinoza Tarazona Rene Roberto 30 AÑOS
Espinoza Amau Jorge 40 AÑOS
Huamani López Saul Arturo 31 AÑOS
Saavedra Fernández Eduardo 40 AÑOS
Saldaña Malache Emilio 47 AÑOS
Vicente Huapaya Coicca 43 AÑOS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ORDENANZA N° 019-2011-MPC
Cañete, 29 de agosto de 2011
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE:
POR CUANTO:
El Concejo Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de la fecha, en atención al Informe N° 080-2011-GT-MPC de fecha 22 de agosto de 2011, por el cual la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, remite el proyecto de ordenanza relacionado a la regularización del servicio de transporte en vehículos menores moto taxi;
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Provincial de Cañete, goza de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado Peruano, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680;
Que, de acuerdo a las competencias y funciones especificas establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, la Municipalidad Provincial tiene facultad para normar y regular el servicio público de Transporte terrestre Urbano e Interurbano en su jurisdicción, de conformidad con la ley y reglamentos nacionales sobre la materia, concordante a lo establecido por la ley General de Transporte y Tránsito Terrestre N° 27181, artículo 17° numeral a), la Municipalidad Provincial en el ámbito de su territorio tiene competencia para emitir normas y disposiciones en forma complementaria. Así como realizar los actos necesarios para la aplicación de los reglamentos nacionales;
Que, Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en vehículos Menores N° 27189 y el D.S. N° 055-2010-MTC, Publicado el 02 de diciembre del 2010, establecen que la Municipalidad Distrital en donde se presta el Servicio Público de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, es la encargada de autorizar dicho servicio y aplicar las sanciones por las infracciones al citado reglamento;
Que, mediante Ordenanza N° 031-2004-MPC, del 19 de Julio del 2004, se aprobó el Reglamento para la prestación del servicio Público de Transporte de Pasajeros en vehículos Menores de Tres (3) Ruedas, Motorizados y No Motorizados del distrito de San Vicente de Cañete, estableciendo su artículo 13º que en la Jurisdicción de San Vicente de Cañete, el tope máximo de la flota vehicular de cada empresa autorizada será de 30 unidades vehiculares y la cantidad mínima para otorgar un permiso de operación será de 10 unidades vehiculares;
Que, con la finalidad de lograr la regularización del Servicio de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, se aperturó las inscripciones de las unidades que se encontraban en la condición de informales, emitiéndose la Ordenanza N° 012-2007-MPC de fecha 19 de Junio de 2007, otorgándose plazo para alcanzar la formalización indicada a favor de la empresas constituidas con Contrato y permiso de Operación vigentes;
Que, la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, informa sobre la necesidad de evitar la informalidad en el distrito de San Vicente, por cuyo motivo propone regularizar el servicio de transporte en vehículos menores inscribiendo nuevas unidades para nivelar la flota vehicular de las empresas y alcanzar el tope máximo de 30 unidades, conforme al reglamento enunciado precedentemente;
Que, no habiéndose logrado alcanzar la regularización deseada a pesar de los notorios esfuerzos administrativos de la Municipalidad Provincial de Cañete, para formalizar el servicio irregular, es necesario emitirse el dispositivo legal que autorice excepcionalmente la inclusión de nuevas unidades al servicio;
Estando a lo expuesto y, de conformidad con el Artículo 9º, numeral 8), el Artículo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del Pleno del Concejo Provincial, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Asesoría Legal y con la dispensa del trámite de aprobación del acta, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA PARA LA REGULARIZACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE EN VEHICULOS MENORES MOTOTAXI
ARTICULO 1º.- Autorizar a las empresas de Transporte en vehículos menores que cuenten con contrato de Concesión y permisos de operación vigentes, la inscripción de nuevas unidades vehiculares, para el servicio en vehículos menores mototaxis para nivelar sus flotas vehiculares que les permita, si así lo desean, alcanzar el tope máximo de flota establecido en el Reglamento para este servicio, en la cantidad de 30 unidades; cumpliendo con los requisitos y pagos de los derechos que establece el TUPA de la Municipalidad por el procedimiento de ampliación de Flota.
ARTICULO 2°.- Concédase el plazo de 30 días, contados a partir del día siguiente de su publicación, para que las empresas puedan acogerse a la presente disposición a fin de incrementar y/o nivelar su flota vehicular, al vencimiento del plazo concedido, la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial emitirá el informe situacional del parque automotor con el que se dará inicio a las acciones de control para evitar la saturación de unidades en nuestro distrito.
ARTICULO 3°.- Además de los requisitos establecidos para el Procedimiento de Ampliación de Flota, las empresas para acogerse a lo dispuesto por la presente Ordenanza, deben reunir las siguientes condiciones indispensables que se suman a los requisitos establecidos en el TUPA de la Municipalidad:
· Que el vehículo tenga un máximo de 04 años de antigüedad desde su fabricación.
· Tarjeta de propiedad expedida por la SUNARP.
ARTICULO 4º.- Encárguese al Gerente de Transporte y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Cañete, impartir las directivas más convenientes para el cumplimiento de la presente Ordenanza y proceda a la evaluación final del Servicio Público de Mototaxi en la Jurisdicción del Distrito de San Vicente de Cañete.
ARTICULO 5°.- Para acogerse a la presente ordenanza debe presentarse el acuerdo firmado por los socios de la Empresa y anexar su escritura pública actualizada.
ARTICULO 6°.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario de mayor circulación de la Provincia de Cañete.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
MARIA M. MONTOYA CONDE
ALCALDESA
ORDENANZA N° 019-2011-MPC
Cañete, 29 de agosto de 2011
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE:
POR CUANTO:
El Concejo Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de la fecha, en atención al Informe N° 080-2011-GT-MPC de fecha 22 de agosto de 2011, por el cual la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, remite el proyecto de ordenanza relacionado a la regularización del servicio de transporte en vehículos menores moto taxi;
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Provincial de Cañete, goza de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado Peruano, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680;
Que, de acuerdo a las competencias y funciones especificas establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, la Municipalidad Provincial tiene facultad para normar y regular el servicio público de Transporte terrestre Urbano e Interurbano en su jurisdicción, de conformidad con la ley y reglamentos nacionales sobre la materia, concordante a lo establecido por la ley General de Transporte y Tránsito Terrestre N° 27181, artículo 17° numeral a), la Municipalidad Provincial en el ámbito de su territorio tiene competencia para emitir normas y disposiciones en forma complementaria. Así como realizar los actos necesarios para la aplicación de los reglamentos nacionales;
Que, Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en vehículos Menores N° 27189 y el D.S. N° 055-2010-MTC, Publicado el 02 de diciembre del 2010, establecen que la Municipalidad Distrital en donde se presta el Servicio Público de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, es la encargada de autorizar dicho servicio y aplicar las sanciones por las infracciones al citado reglamento;
Que, mediante Ordenanza N° 031-2004-MPC, del 19 de Julio del 2004, se aprobó el Reglamento para la prestación del servicio Público de Transporte de Pasajeros en vehículos Menores de Tres (3) Ruedas, Motorizados y No Motorizados del distrito de San Vicente de Cañete, estableciendo su artículo 13º que en la Jurisdicción de San Vicente de Cañete, el tope máximo de la flota vehicular de cada empresa autorizada será de 30 unidades vehiculares y la cantidad mínima para otorgar un permiso de operación será de 10 unidades vehiculares;
Que, con la finalidad de lograr la regularización del Servicio de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, se aperturó las inscripciones de las unidades que se encontraban en la condición de informales, emitiéndose la Ordenanza N° 012-2007-MPC de fecha 19 de Junio de 2007, otorgándose plazo para alcanzar la formalización indicada a favor de la empresas constituidas con Contrato y permiso de Operación vigentes;
Que, la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, informa sobre la necesidad de evitar la informalidad en el distrito de San Vicente, por cuyo motivo propone regularizar el servicio de transporte en vehículos menores inscribiendo nuevas unidades para nivelar la flota vehicular de las empresas y alcanzar el tope máximo de 30 unidades, conforme al reglamento enunciado precedentemente;
Que, no habiéndose logrado alcanzar la regularización deseada a pesar de los notorios esfuerzos administrativos de la Municipalidad Provincial de Cañete, para formalizar el servicio irregular, es necesario emitirse el dispositivo legal que autorice excepcionalmente la inclusión de nuevas unidades al servicio;
Estando a lo expuesto y, de conformidad con el Artículo 9º, numeral 8), el Artículo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del Pleno del Concejo Provincial, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Asesoría Legal y con la dispensa del trámite de aprobación del acta, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA PARA LA REGULARIZACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE EN VEHICULOS MENORES MOTOTAXI
ARTICULO 1º.- Autorizar a las empresas de Transporte en vehículos menores que cuenten con contrato de Concesión y permisos de operación vigentes, la inscripción de nuevas unidades vehiculares, para el servicio en vehículos menores mototaxis para nivelar sus flotas vehiculares que les permita, si así lo desean, alcanzar el tope máximo de flota establecido en el Reglamento para este servicio, en la cantidad de 30 unidades; cumpliendo con los requisitos y pagos de los derechos que establece el TUPA de la Municipalidad por el procedimiento de ampliación de Flota.
ARTICULO 2°.- Concédase el plazo de 30 días, contados a partir del día siguiente de su publicación, para que las empresas puedan acogerse a la presente disposición a fin de incrementar y/o nivelar su flota vehicular, al vencimiento del plazo concedido, la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial emitirá el informe situacional del parque automotor con el que se dará inicio a las acciones de control para evitar la saturación de unidades en nuestro distrito.
ARTICULO 3°.- Además de los requisitos establecidos para el Procedimiento de Ampliación de Flota, las empresas para acogerse a lo dispuesto por la presente Ordenanza, deben reunir las siguientes condiciones indispensables que se suman a los requisitos establecidos en el TUPA de la Municipalidad:
· Que el vehículo tenga un máximo de 04 años de antigüedad desde su fabricación.
· Tarjeta de propiedad expedida por la SUNARP.
ARTICULO 4º.- Encárguese al Gerente de Transporte y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Cañete, impartir las directivas más convenientes para el cumplimiento de la presente Ordenanza y proceda a la evaluación final del Servicio Público de Mototaxi en la Jurisdicción del Distrito de San Vicente de Cañete.
ARTICULO 5°.- Para acogerse a la presente ordenanza debe presentarse el acuerdo firmado por los socios de la Empresa y anexar su escritura pública actualizada.
ARTICULO 6°.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario de mayor circulación de la Provincia de Cañete.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
MARIA M. MONTOYA CONDE
ALCALDESA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 003-2011-MDSA
San Antonio, 29 de Marzo del 2011
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de San Antonio en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º, establece que, las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo el Artículo 195º señala que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo;
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, estipula que, «Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico»; y el Artículo IV del mismo Título dispone que «Los gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción»;
Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre en su Artículo 3º, del objetivo de la acción estatal, dispone que «La acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto, disposición concordante con el numeral 4.3 del Artículo 4º de la misma ley en el que se señala que el Estado procura la protección de los intereses, el cuidado de la salud, seguridad de las personas y resguardo del medio ambiente. Disponiendo el Artículo 18° de la referida Ley que: Las Municipalidades Distritales son competentes para administrar, regular y controlar el servicio público de transporte urbano, que se realiza dentro de su jurisdicción en vehículos menores mototaxis y similares;
Que, mediante Ley Nº 27189, se crea la Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, y mediante el Decreto Supremo N° 004-2000-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o no Motorizados, dispone en su Artículo 1° que: La Municipalidad Distrital es la autoridad competente encargada de autorizar dentro de su jurisdicción la prestación del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos motorizados o no motorizados;
Que, con fecha 20 de julio de 2002, se publicó la Ley de bases de la Descentralización, Ley N° 27783, la cual en su Artículo 8° señala como aspecto general que LA AUTONOMÍA ES EL DERECHO Y LA CAPACIDAD EFECTIVA DEL GOBIERNO EN SUS TRES NIVELES, DE NORMAR, REGULAR Y ADMINISTRAR LOS ASUNTOS PÚBLICOS DE SU COMPETENCIA, el cual se sustenta en afianzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el derecho de sus circunscripciones en el marco de la unidad de la nación. La autonomía se sujeta a la constitución y las leyes de desarrollo constitucional respectivo;
Que, el Artículo 9.2 de la norma antes mencionada define como autonomía administrativa a la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad;
Que, asimismo el Artículo 10.1 y 10.2 disponen que la normatividad que aprueben los distintos niveles de gobierno en el marco de sus atribuciones y competencias exclusivas, son de cumplimiento obligatorio en sus respectivas jurisdicciones y los poderes legislativos o ejecutivos no pueden afectar ni restringir las competencias constitucionales exclusivas de los gobiernos regionales y locales;
Que, es preocupación de esta gestión la protección al poblador San Antoniano, al medio ambiente y el desarrollo del distrito, por lo que se ha efectuado un análisis donde se determina que los vehículos menores dedicados al servicio de transporte público de pasajeros (trimoviles denominados mototaxis) ocasionan un grave congestionamiento y desorden del tránsito vehicular en las ciudades y lugares donde se ha autorizado su tránsito con el consiguiente malestar de los transeúntes, así como han creado un clima de inseguridad para los turistas que los visita , aunado a esto la producción de ruidos nocivos y molestos originados por los bocinas de dichos vehículos y la contaminación ambiental;
Que, asimismo según estadísticas registradas en la Policía Nacional, muchos accidentes de tránsito han sido ocasionados por vehículos menores destinados a transporte público de pasajeros, lo que constituye un riesgo latente para los pobladores y transeúntes, generando desgracias familiares por las lesiones ocasionadas que muchas veces son permanentes, que conllevan a algunas personas a quedar con discapacidad permanente o mueran. Situación que se acrecienta no solo por la inseguridad que trae intrínseca dichos vehículos ya que al tener un peso ligero pueden perder la estabilidad y también al tener una dirección muy frágil ante un bache o un cruce inesperado de un carro pueden volcarse, sino también por la irresponsabilidad de sus conductores;
Que, el numeral 17.1, inciso a) del Artículo 17º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, que determina la facultad de las Municipalidades para emitir normas y disposiciones, así como realizar los actos necesarios para la aplicación de los Reglamentos Nacionales dentro de su respectivo ámbito territorial ;
Que, es de conocimiento general que en los diferentes lugares del país, así como en los distritos aledaños a San Antonio, se viene observando la circulación de vehículos menores (Motocard) en condiciones que no reúnen las exigencias operativas y técnicas, para la prestación de un eficiente y seguro servicio, tales como falta de placas, luces reglamentarias, frenos en condiciones inapropiados, escapes libres, no portan licencia de conducir, certificado contra accidentes de tránsito CAT adulterado, fomentan el desorden creando paraderos informales, etc.;
Que, asimismo es de conocimiento general las múltiples quejas del público usuario del transporte público especial de pasajeros en vehículos Menores – Mototaxi, que al cometer atropellos, asaltos, fugas, se hace imposible identificar al vehículo constituyendo un latente peligro y alto riesgo para la población;
Que, el distrito de San Antonio siempre se ha caracterizado por la calidad de vida de sus pobladores, por la voluntad de sus autoridades pasadas y presentes de proteger la vida de sus pobladores, de proteger el medio ambiente y el mejoramiento del ornato, así como por su ideal de ser el distrito símbolo de orden y tranquilidad de la Provincia de Cañete;
Que, San Antonio, es un distrito pujante en desarrollo, cuyas autoridades debemos tener en cuenta que su crecimiento debe seguir siendo armonioso y equilibrado, por lo tanto es nuestra responsabilidad planificar y prevenir el desorden, caos y la inseguridad. Que asimismo el distrito cuenta con un comité de autos – colectivos, para transporte de su población cuyos costos de pasaje es tan igual que el costo de un vehículo menor de servicio de transporte público de pasajeros, transporte existente que brinda mayor seguridad, tranquilidad y orden a la población;
Que, debe tenerse en consideración que las municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, según el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; en tal sentido, realizan un conjunto de acciones destinadas a brindar un ambiente adecuado al ciudadano, las cuales encuentran su sustento en las facultades asignadas a las municipalidades en materia de tránsito, vialidad y transporte público, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, si bien es cierto el Artículo VI de la Ley acotada, señala que «Los gobiernos locales promueven el desarrollo económico local», y que la normatividad Nacional vigente promueve la inversión privada y fomenta el empleo, también es cierto que dicha promoción debe ser en armonía con las políticas de desarrollo social , equidad y la sostenibilidad medio ambiental, propiciando las mejores condiciones de vida de su población y sobre todo teniendo en cuenta el bien supremo considerado por el Artículo 1º de nuestra Carta Magna, que señala «La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado» esto es la protección a la vida de los usuarios, peatones y conductores, los mismos que representan los elementos más importantes de nuestra comunidad;
Que, así mismo sobre las facultades municipales en materia de prestación del servicio de transporte colectivo, debe tenerse en consideración que, el inciso 2.2 del Artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades, confiere a las mismas la competencia y funciones en materia de tránsito, circulación y transporte público en sus respectivas jurisdicciones. En lo que respecta específicamente a los vehículos menores, la Ley N° 27189, regula el carácter y la naturaleza del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores, mototaxis y similares; y en su Artículo 3º indica que el servicio sólo podrá ser prestado luego de obtener la respectiva autorización Municipal;
Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa entre otros mecanismos a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con el Artículo 200º Inc. 4) de la Constitución Política del Perú tiene rango de Ley al igual que la Leyes propiamente dichas los Decretos Legislativos, los Tratados y Normas Regionales de carácter general; consecuentemente las autoridades políticas, administrativas y policiales, ajenas al Gobierno Local tienen la obligación de reconocer y respetar la preeminencia de la autoridad municipal en los asuntos de su competencia y no pueden interferir en el cumplimiento de las Ordenanzas, Edictos, Acuerdos y Resoluciones Municipales;
Que, finalmente el numeral 2.1 del Artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades precisa que las Fuerzas Policiales deben prestar el apoyo que requiera la autoridad municipal para hacer cumplir sus disposiciones;
Que, mediante Informe Nº 18 A-2011-ACHF-GDUR-MDSA de fecha 21.02.2011, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, luego del análisis respectivo sostiene que la falta de un Estudio Técnico que garantice que la circulación de vehículos menores de transporte público de pasajeros afectará la visión de desarrollo del Plan de Desarrollo Concertado y el Plan de Desarrollo Urbano, por lo que, lo más conveniente es que se emita una Ordenanza de prohibición de la circulación de vehículos menores de transporte público de pasajeros , proponiendo con tal fin un proyecto de Ordenanza;
Que, mediante Informe Nº 05-RGR-MDSA-2011 de fecha 26.02.2011 de la Asesoría Legal (e), opina que es de suma importancia para el desarrollo y crecimiento sostenible y sustentable del distrito que se apruebe una Ordenanza que prohíba en el distrito de San Antonio la circulación de vehículos menores de transporte público de pasajeros;
Estando a lo expuesto en los párrafos precedentes y al amparo de lo señalado en el Artículo 9º numeral 8, y Artículo 81º numerales 1.1 y 2.1 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y demás Normas Legales vigentes sobre la materia; el Concejo Municipal de San Antonio en Sesión Ordinaria de Concejo por unanimidad, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE PROHIBE EN EL DISTRITO DE SAN ANTONIO LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MENORES DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS
ARTÍCULO 1º.- PROHIBIR EN EL DISTRITO DE SAN ANTONIO LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MENORES COMO MOTOTAXIS-TRIMOVILES, MOTOS, MOTOCARD Y SIMILARES, COMO VEHÍCULOS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS. Por lo tanto, la Municipalidad de San Antonio, no otorgará autorizaciones para prestar este tipo de servicio.
ARTÍCULO 2º.- EXCEPTUÁR de ésta medida a los vehículos menores, trimoviles –Mototaxis, de uso privado, que se encuentran brindando servicio de emergencia debidamente comprobada, transportando a minusválidos, ancianos, mujeres en estado de gestación, así como vehículos adaptados para personas con discapacidad.
ARTÍCULO 3º.- SANCIONAR a los vehículos menores como son Mototaxis-trimoviles, motos, motocard y similares, que se encuentren brindando el servicio de transporte público de pasajeros en el distrito de San Antonio circulando con una MULTA equivalente al 10% de la UIT, vigente mas el internamiento del vehículo en el Depósito Municipal de Vehículos.
ARTÍCULO 4º.- ENCARGAR a la Oficina de Transportes y Tránsito de la Municipalidad Distrital de San Antonio, el cumplimiento estricto de la presente Ordenanza Municipal, con el apoyo de la Policía Nacional.
ARTÍCULO 5º.- PRECISAR que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial «El Peruano», sin perjuicio de su difusión por los medios de Comunicación del Distrito de San Antonio, para conocimiento Público.
ARTÍCULO 6º.- FACULTAR al Señor Alcalde emitir las demás disposiciones que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 7º.- DEJAR sin efecto cualquier norma similar que contravenga a la presente.
POR TANTO:
MANDO, SE REGÍSTRE, PUBLÍQUE Y CÚMPLA
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
ORDENANZA Nº 003-2011-MDSA
San Antonio, 29 de Marzo del 2011
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de San Antonio en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º, establece que, las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo el Artículo 195º señala que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo;
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, estipula que, «Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico»; y el Artículo IV del mismo Título dispone que «Los gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción»;
Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre en su Artículo 3º, del objetivo de la acción estatal, dispone que «La acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto, disposición concordante con el numeral 4.3 del Artículo 4º de la misma ley en el que se señala que el Estado procura la protección de los intereses, el cuidado de la salud, seguridad de las personas y resguardo del medio ambiente. Disponiendo el Artículo 18° de la referida Ley que: Las Municipalidades Distritales son competentes para administrar, regular y controlar el servicio público de transporte urbano, que se realiza dentro de su jurisdicción en vehículos menores mototaxis y similares;
Que, mediante Ley Nº 27189, se crea la Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, y mediante el Decreto Supremo N° 004-2000-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o no Motorizados, dispone en su Artículo 1° que: La Municipalidad Distrital es la autoridad competente encargada de autorizar dentro de su jurisdicción la prestación del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos motorizados o no motorizados;
Que, con fecha 20 de julio de 2002, se publicó la Ley de bases de la Descentralización, Ley N° 27783, la cual en su Artículo 8° señala como aspecto general que LA AUTONOMÍA ES EL DERECHO Y LA CAPACIDAD EFECTIVA DEL GOBIERNO EN SUS TRES NIVELES, DE NORMAR, REGULAR Y ADMINISTRAR LOS ASUNTOS PÚBLICOS DE SU COMPETENCIA, el cual se sustenta en afianzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el derecho de sus circunscripciones en el marco de la unidad de la nación. La autonomía se sujeta a la constitución y las leyes de desarrollo constitucional respectivo;
Que, el Artículo 9.2 de la norma antes mencionada define como autonomía administrativa a la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad;
Que, asimismo el Artículo 10.1 y 10.2 disponen que la normatividad que aprueben los distintos niveles de gobierno en el marco de sus atribuciones y competencias exclusivas, son de cumplimiento obligatorio en sus respectivas jurisdicciones y los poderes legislativos o ejecutivos no pueden afectar ni restringir las competencias constitucionales exclusivas de los gobiernos regionales y locales;
Que, es preocupación de esta gestión la protección al poblador San Antoniano, al medio ambiente y el desarrollo del distrito, por lo que se ha efectuado un análisis donde se determina que los vehículos menores dedicados al servicio de transporte público de pasajeros (trimoviles denominados mototaxis) ocasionan un grave congestionamiento y desorden del tránsito vehicular en las ciudades y lugares donde se ha autorizado su tránsito con el consiguiente malestar de los transeúntes, así como han creado un clima de inseguridad para los turistas que los visita , aunado a esto la producción de ruidos nocivos y molestos originados por los bocinas de dichos vehículos y la contaminación ambiental;
Que, asimismo según estadísticas registradas en la Policía Nacional, muchos accidentes de tránsito han sido ocasionados por vehículos menores destinados a transporte público de pasajeros, lo que constituye un riesgo latente para los pobladores y transeúntes, generando desgracias familiares por las lesiones ocasionadas que muchas veces son permanentes, que conllevan a algunas personas a quedar con discapacidad permanente o mueran. Situación que se acrecienta no solo por la inseguridad que trae intrínseca dichos vehículos ya que al tener un peso ligero pueden perder la estabilidad y también al tener una dirección muy frágil ante un bache o un cruce inesperado de un carro pueden volcarse, sino también por la irresponsabilidad de sus conductores;
Que, el numeral 17.1, inciso a) del Artículo 17º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, que determina la facultad de las Municipalidades para emitir normas y disposiciones, así como realizar los actos necesarios para la aplicación de los Reglamentos Nacionales dentro de su respectivo ámbito territorial ;
Que, es de conocimiento general que en los diferentes lugares del país, así como en los distritos aledaños a San Antonio, se viene observando la circulación de vehículos menores (Motocard) en condiciones que no reúnen las exigencias operativas y técnicas, para la prestación de un eficiente y seguro servicio, tales como falta de placas, luces reglamentarias, frenos en condiciones inapropiados, escapes libres, no portan licencia de conducir, certificado contra accidentes de tránsito CAT adulterado, fomentan el desorden creando paraderos informales, etc.;
Que, asimismo es de conocimiento general las múltiples quejas del público usuario del transporte público especial de pasajeros en vehículos Menores – Mototaxi, que al cometer atropellos, asaltos, fugas, se hace imposible identificar al vehículo constituyendo un latente peligro y alto riesgo para la población;
Que, el distrito de San Antonio siempre se ha caracterizado por la calidad de vida de sus pobladores, por la voluntad de sus autoridades pasadas y presentes de proteger la vida de sus pobladores, de proteger el medio ambiente y el mejoramiento del ornato, así como por su ideal de ser el distrito símbolo de orden y tranquilidad de la Provincia de Cañete;
Que, San Antonio, es un distrito pujante en desarrollo, cuyas autoridades debemos tener en cuenta que su crecimiento debe seguir siendo armonioso y equilibrado, por lo tanto es nuestra responsabilidad planificar y prevenir el desorden, caos y la inseguridad. Que asimismo el distrito cuenta con un comité de autos – colectivos, para transporte de su población cuyos costos de pasaje es tan igual que el costo de un vehículo menor de servicio de transporte público de pasajeros, transporte existente que brinda mayor seguridad, tranquilidad y orden a la población;
Que, debe tenerse en consideración que las municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, según el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; en tal sentido, realizan un conjunto de acciones destinadas a brindar un ambiente adecuado al ciudadano, las cuales encuentran su sustento en las facultades asignadas a las municipalidades en materia de tránsito, vialidad y transporte público, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, si bien es cierto el Artículo VI de la Ley acotada, señala que «Los gobiernos locales promueven el desarrollo económico local», y que la normatividad Nacional vigente promueve la inversión privada y fomenta el empleo, también es cierto que dicha promoción debe ser en armonía con las políticas de desarrollo social , equidad y la sostenibilidad medio ambiental, propiciando las mejores condiciones de vida de su población y sobre todo teniendo en cuenta el bien supremo considerado por el Artículo 1º de nuestra Carta Magna, que señala «La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado» esto es la protección a la vida de los usuarios, peatones y conductores, los mismos que representan los elementos más importantes de nuestra comunidad;
Que, así mismo sobre las facultades municipales en materia de prestación del servicio de transporte colectivo, debe tenerse en consideración que, el inciso 2.2 del Artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades, confiere a las mismas la competencia y funciones en materia de tránsito, circulación y transporte público en sus respectivas jurisdicciones. En lo que respecta específicamente a los vehículos menores, la Ley N° 27189, regula el carácter y la naturaleza del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores, mototaxis y similares; y en su Artículo 3º indica que el servicio sólo podrá ser prestado luego de obtener la respectiva autorización Municipal;
Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa entre otros mecanismos a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con el Artículo 200º Inc. 4) de la Constitución Política del Perú tiene rango de Ley al igual que la Leyes propiamente dichas los Decretos Legislativos, los Tratados y Normas Regionales de carácter general; consecuentemente las autoridades políticas, administrativas y policiales, ajenas al Gobierno Local tienen la obligación de reconocer y respetar la preeminencia de la autoridad municipal en los asuntos de su competencia y no pueden interferir en el cumplimiento de las Ordenanzas, Edictos, Acuerdos y Resoluciones Municipales;
Que, finalmente el numeral 2.1 del Artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades precisa que las Fuerzas Policiales deben prestar el apoyo que requiera la autoridad municipal para hacer cumplir sus disposiciones;
Que, mediante Informe Nº 18 A-2011-ACHF-GDUR-MDSA de fecha 21.02.2011, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, luego del análisis respectivo sostiene que la falta de un Estudio Técnico que garantice que la circulación de vehículos menores de transporte público de pasajeros afectará la visión de desarrollo del Plan de Desarrollo Concertado y el Plan de Desarrollo Urbano, por lo que, lo más conveniente es que se emita una Ordenanza de prohibición de la circulación de vehículos menores de transporte público de pasajeros , proponiendo con tal fin un proyecto de Ordenanza;
Que, mediante Informe Nº 05-RGR-MDSA-2011 de fecha 26.02.2011 de la Asesoría Legal (e), opina que es de suma importancia para el desarrollo y crecimiento sostenible y sustentable del distrito que se apruebe una Ordenanza que prohíba en el distrito de San Antonio la circulación de vehículos menores de transporte público de pasajeros;
Estando a lo expuesto en los párrafos precedentes y al amparo de lo señalado en el Artículo 9º numeral 8, y Artículo 81º numerales 1.1 y 2.1 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y demás Normas Legales vigentes sobre la materia; el Concejo Municipal de San Antonio en Sesión Ordinaria de Concejo por unanimidad, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE PROHIBE EN EL DISTRITO DE SAN ANTONIO LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MENORES DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS
ARTÍCULO 1º.- PROHIBIR EN EL DISTRITO DE SAN ANTONIO LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MENORES COMO MOTOTAXIS-TRIMOVILES, MOTOS, MOTOCARD Y SIMILARES, COMO VEHÍCULOS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS. Por lo tanto, la Municipalidad de San Antonio, no otorgará autorizaciones para prestar este tipo de servicio.
ARTÍCULO 2º.- EXCEPTUÁR de ésta medida a los vehículos menores, trimoviles –Mototaxis, de uso privado, que se encuentran brindando servicio de emergencia debidamente comprobada, transportando a minusválidos, ancianos, mujeres en estado de gestación, así como vehículos adaptados para personas con discapacidad.
ARTÍCULO 3º.- SANCIONAR a los vehículos menores como son Mototaxis-trimoviles, motos, motocard y similares, que se encuentren brindando el servicio de transporte público de pasajeros en el distrito de San Antonio circulando con una MULTA equivalente al 10% de la UIT, vigente mas el internamiento del vehículo en el Depósito Municipal de Vehículos.
ARTÍCULO 4º.- ENCARGAR a la Oficina de Transportes y Tránsito de la Municipalidad Distrital de San Antonio, el cumplimiento estricto de la presente Ordenanza Municipal, con el apoyo de la Policía Nacional.
ARTÍCULO 5º.- PRECISAR que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial «El Peruano», sin perjuicio de su difusión por los medios de Comunicación del Distrito de San Antonio, para conocimiento Público.
ARTÍCULO 6º.- FACULTAR al Señor Alcalde emitir las demás disposiciones que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 7º.- DEJAR sin efecto cualquier norma similar que contravenga a la presente.
POR TANTO:
MANDO, SE REGÍSTRE, PUBLÍQUE Y CÚMPLA
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña Santos Maruja Bacilio Garcia, identificada con DNI N° 09153784, con Exp. N° 7765-11 de fecha 22-08-11, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA del Acta de su Nacimiento, inscrito en el libro N° 101C, folio N° 62017798 del año 2001; por haberse consignado el apellido paterno de la madre como: BASILIO, debiendo ser lo correcto «BACILIO».
De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 06 de Setiembre del 2011.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don WALTER ROMANI DURAND, de 22 años de edad, natural de Chaccrampa – Apurimac, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 45624226, con domicilio en el Anexo Pampa Castilla Lote N° 03 – Progreso San Vicente de Cañete – Lima, de estado civil soltero, de profesión u ocupación albañil y doña NORMA DIPAZ PAREDES, de 18 años de edad, natural de Imperial – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 73144256, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Calle San Benito Mz. L Lote 14 – Anexo Los Angeles – Quilmaná.
Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná.
Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 07 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don SOLIS SAUME ALBERTO, con DNI N° 15414067, de estado civil soltero, ocupación/profesión obrero, de nacionalidad peruano, domiciliado en La Quebrada Mz. I Lote 3 – San Luis y doña HUAMAN MENDOZA SUSANA, con DNI N° 15435973, de estado civil soltera, ocupación/profesión ama de casa, de nacionalidad peruana, domiciliada en La Quebrada – Los Olivos s/n – San Luis.
Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 02 de Setiembre de 2011.
Julia Vilches Alvarado
Jefe de Registro Civil
EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita y emplaza a:
EXP.-2005-831 a CARLOS PUMA ATENCIO. Lectura de Sentencia. Día 20.09.2011 a horas 12:00a.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su captura a nivel nacional. Delito; Contra la Administración Pública. Agraviado; El estado. Secretario Yaya. Cañete 25.08.2011
EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA; Juez: Castillo; Cita bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional:
EXP.-2009-93 a AURELIO AGUILAR BLAS. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 09:15a.m. Delito; Contra el orden Financiero y Monetario. Agraviado; Banco Central de Reserva del Perú.
EXP.-2009-321 a GUMER DANIEL MORENO LUNA. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:15a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Justino Eleuterio Gutierrez Mosqueta.
EXP.-2007-160 a CORNELIO FRANCISCO FELIX VAN OORDT VAN OORDT Y OTRO. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:45a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Julio Menchelli Corsi y otro.
EXP.-2008-252 a DANIEL IGNACIO NAPA ESPICHAN. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 12:15a.m. Delito; Omisión a la asistencia familiar. Agraviado; Daniela Elizabeth Napa Castillo.
Secretaria Valiente
Mala 31.08.2011
AUXILIO JUDICIAL
EL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Flores; Cita bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal a:
EXP.-2010-054; Resolución 02; Admite demanda contra la interdicta DORIS URIARTE BUSTAMANTE interpuesta por el Ministerio Público. Traslado por el término de cinco días para contestar la demanda; Resolución 09 del 15.08.2011: Notifíquese a los familiares de la presunta Interdicta por el plazo de QUINCE días, a fin de que se apersone al proceso y haga valer su derecho.
EXP.-2011-270; Resolución 01. ADMITE demanda contra JOSE ENRIQUE LUYO BLAS por VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO; agraviado: Verónica Dense Sacramento Puente. Resolución 04; Córrase traslado al demandado por el término: QUINCE DÍAS.
Secretaria Mesías
Cañete 26.08.2011
EXP.-365-2011; Resolución 05. SE RESUELVE.- Notificar a la agraviado ESTELA VELASQUEZ ALARCON, El Juzgado hace saber que se ha iniciado un proceso de Violencia Familiar contra Casimiro Huaman Espinoza y se ordena su notificación mediante edictos. Secretaria Lázaro. Cañete 24.08.2011
6, 7 y 8 de Setiembre
SUCESIÓN INTESTADA
Exp. N° 2011-41, ante el Juzgado de Paz Letrado de Asia, que despacha el Sr. Juez Dr. Jorge Chipana Diaz y Secretaria Rosario Medina Brigada, doña MILAGROS ALICIA QUISPE ASMAT en representación de sus menores hijas Milagros Darlin Napan Quispe y Luisa Abigail Napan Quispe, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera don JORGE LUIS NAPAN ACUÑA, fallecido el día diez de Junio del año dos mil once, en la ciudad de Lima departamento Lima. Lo que se publica para que se apersonen los que se crean con derecho a que se le incluya como heredero.
Asia, 05 de Setiembre de 2011.
Cristina Del Rosario Medina Brigada
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Asia
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña Santos Maruja Bacilio Garcia, identificada con DNI N° 09153784, con Exp. N° 7765-11 de fecha 22-08-11, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA del Acta de su Nacimiento, inscrito en el libro N° 101C, folio N° 62017798 del año 2001; por haberse consignado el apellido paterno de la madre como: BASILIO, debiendo ser lo correcto «BACILIO».
De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 06 de Setiembre del 2011.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don WALTER ROMANI DURAND, de 22 años de edad, natural de Chaccrampa – Apurimac, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 45624226, con domicilio en el Anexo Pampa Castilla Lote N° 03 – Progreso San Vicente de Cañete – Lima, de estado civil soltero, de profesión u ocupación albañil y doña NORMA DIPAZ PAREDES, de 18 años de edad, natural de Imperial – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 73144256, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Calle San Benito Mz. L Lote 14 – Anexo Los Angeles – Quilmaná.
Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná.
Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 07 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don SOLIS SAUME ALBERTO, con DNI N° 15414067, de estado civil soltero, ocupación/profesión obrero, de nacionalidad peruano, domiciliado en La Quebrada Mz. I Lote 3 – San Luis y doña HUAMAN MENDOZA SUSANA, con DNI N° 15435973, de estado civil soltera, ocupación/profesión ama de casa, de nacionalidad peruana, domiciliada en La Quebrada – Los Olivos s/n – San Luis.
Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 02 de Setiembre de 2011.
Julia Vilches Alvarado
Jefe de Registro Civil
EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita y emplaza a:
EXP.-2005-831 a CARLOS PUMA ATENCIO. Lectura de Sentencia. Día 20.09.2011 a horas 12:00a.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su captura a nivel nacional. Delito; Contra la Administración Pública. Agraviado; El estado. Secretario Yaya. Cañete 25.08.2011
EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA; Juez: Castillo; Cita bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional:
EXP.-2009-93 a AURELIO AGUILAR BLAS. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 09:15a.m. Delito; Contra el orden Financiero y Monetario. Agraviado; Banco Central de Reserva del Perú.
EXP.-2009-321 a GUMER DANIEL MORENO LUNA. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:15a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Justino Eleuterio Gutierrez Mosqueta.
EXP.-2007-160 a CORNELIO FRANCISCO FELIX VAN OORDT VAN OORDT Y OTRO. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:45a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Julio Menchelli Corsi y otro.
EXP.-2008-252 a DANIEL IGNACIO NAPA ESPICHAN. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 12:15a.m. Delito; Omisión a la asistencia familiar. Agraviado; Daniela Elizabeth Napa Castillo.
Secretaria Valiente
Mala 31.08.2011
AUXILIO JUDICIAL
EL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Flores; Cita bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal a:
EXP.-2010-054; Resolución 02; Admite demanda contra la interdicta DORIS URIARTE BUSTAMANTE interpuesta por el Ministerio Público. Traslado por el término de cinco días para contestar la demanda; Resolución 09 del 15.08.2011: Notifíquese a los familiares de la presunta Interdicta por el plazo de QUINCE días, a fin de que se apersone al proceso y haga valer su derecho.
EXP.-2011-270; Resolución 01. ADMITE demanda contra JOSE ENRIQUE LUYO BLAS por VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO; agraviado: Verónica Dense Sacramento Puente. Resolución 04; Córrase traslado al demandado por el término: QUINCE DÍAS.
Secretaria Mesías
Cañete 26.08.2011
EXP.-365-2011; Resolución 05. SE RESUELVE.- Notificar a la agraviado ESTELA VELASQUEZ ALARCON, El Juzgado hace saber que se ha iniciado un proceso de Violencia Familiar contra Casimiro Huaman Espinoza y se ordena su notificación mediante edictos. Secretaria Lázaro. Cañete 24.08.2011
6, 7 y 8 de Setiembre
SUCESIÓN INTESTADA
Exp. N° 2011-41, ante el Juzgado de Paz Letrado de Asia, que despacha el Sr. Juez Dr. Jorge Chipana Diaz y Secretaria Rosario Medina Brigada, doña MILAGROS ALICIA QUISPE ASMAT en representación de sus menores hijas Milagros Darlin Napan Quispe y Luisa Abigail Napan Quispe, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera don JORGE LUIS NAPAN ACUÑA, fallecido el día diez de Junio del año dos mil once, en la ciudad de Lima departamento Lima. Lo que se publica para que se apersonen los que se crean con derecho a que se le incluya como heredero.
Asia, 05 de Setiembre de 2011.
Cristina Del Rosario Medina Brigada
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Asia
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
CONCURSO PUBLICO PARA EL REGISTRO TRANSITORIO DE JUECES SUPERNUMERARIOS EN EL DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE
La Comisión de Selección de Abogados para integrar el Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia para el Año Judicial 2011, designada mediante R.A. N° 0224-2011-P-CSCÑ/PJ, y de conformidad con el Reglamento del Registro Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial aprobado por Resolución N° 243-2009-CE-PJ (03-08-2009) publicado en el Diario El Peruano el día 26.11.09 comunica el Resultado del Examen Escrito realizado por la AMAG con respecto al Concurso Público para la Selección de Jueces Supernumerarios de todos los niveles de este Distrito Judicial, y su respectiva incorporación al Registro, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento del Registro Distrital – Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial aprobado por Resolución Administrativa N° 243-2009-CE-PJ (03.08.2009), y se dispone lo siguiente:
1.- Los postulantes, deberán presentar su curriculum vitae debidamente documentado teniendo en cuenta el orden del contenido de los anexos que se adjuntan a la presente, y conforme se encuentra establecido en el artículo 21° del Reglamento del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial N° 243-2009-CE-PJ (03-08-2009) y artículo 7° Reglamento del Consejo de Magistratura N° 270-2011 (22/07/2011), se presentará en Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete; ubicada en la Av. Mariscal Benavides N° 658 – distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, en los días 8,9, 12, 13 y 14 de Setiembre del 2011, en el horario de 08:00 a.m. a 01:30 p.m. y de 02:15 p.m. a 04:45 p.m.; precisando que la Corte Superior de Justicia de Cañete tiene competencia en las provincias de Cañete y Yauyos del Departamento de Lima.
2.- Los postulantes que no aprobaron las anteriores etapas del Concurso, deben recoger sus documentos presentados en la Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete, en horario señalado en el primer punto.
San Vicente de Cañete, 6 de Setiembre 2011.
La Comisión
María Carmela Mosquera Lagos
Secretaria Técnica - Comisión de Jueces Supernumerarios - Corte Superior de Justicia de Cañete
CONCURSO PUBLICO PARA EL REGISTRO TRANSITORIO DE JUECES SUPERNUMERARIOS EN EL DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE
La Comisión de Selección de Abogados para integrar el Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia para el Año Judicial 2011, designada mediante R.A. N° 0224-2011-P-CSCÑ/PJ, y de conformidad con el Reglamento del Registro Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial aprobado por Resolución N° 243-2009-CE-PJ (03-08-2009) publicado en el Diario El Peruano el día 26.11.09 comunica el Resultado del Examen Escrito realizado por la AMAG con respecto al Concurso Público para la Selección de Jueces Supernumerarios de todos los niveles de este Distrito Judicial, y su respectiva incorporación al Registro, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento del Registro Distrital – Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial aprobado por Resolución Administrativa N° 243-2009-CE-PJ (03.08.2009), y se dispone lo siguiente:
1.- Los postulantes, deberán presentar su curriculum vitae debidamente documentado teniendo en cuenta el orden del contenido de los anexos que se adjuntan a la presente, y conforme se encuentra establecido en el artículo 21° del Reglamento del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial N° 243-2009-CE-PJ (03-08-2009) y artículo 7° Reglamento del Consejo de Magistratura N° 270-2011 (22/07/2011), se presentará en Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete; ubicada en la Av. Mariscal Benavides N° 658 – distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, en los días 8,9, 12, 13 y 14 de Setiembre del 2011, en el horario de 08:00 a.m. a 01:30 p.m. y de 02:15 p.m. a 04:45 p.m.; precisando que la Corte Superior de Justicia de Cañete tiene competencia en las provincias de Cañete y Yauyos del Departamento de Lima.
2.- Los postulantes que no aprobaron las anteriores etapas del Concurso, deben recoger sus documentos presentados en la Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete, en horario señalado en el primer punto.
San Vicente de Cañete, 6 de Setiembre 2011.
La Comisión
María Carmela Mosquera Lagos
Secretaria Técnica - Comisión de Jueces Supernumerarios - Corte Superior de Justicia de Cañete
Suscribirse a:
Entradas (Atom)

