20 febrero 2007

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

“Año del Deber Ciudadano”

Cerro Azul, 16 de febrero de 2007

DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2007-MDCA

VISTO:
El Informe Nº 020-07-GAT/MDCA, de fecha 16.02.2007, suscrito por el Gerente de Administración Tributaria respecto a requisitos exigidos para Licencia de Funcionamiento Provisional a las Micro o Pequeñas Empresas – MYPES, establecidos por la Municipalidad Distrital de Cerro Azul.

CONSIDERANDO:
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en su Artículo 42º señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal.

Que, la Ley Nº 28015 – Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa (MYPE), y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2003-TR, establece en su Artículo 35º cuales son los únicos requisitos que deben exigir las Municipalidades respecto al otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento Provisional a las Micro o Pequeña Empresas – MYPES.

Que, asimismo teniendo presente que mediante Ordenanza Nº 007-2002-MDCA, la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, aprobó su Texto Único de Procedimientos Administrativos, donde exige mayores requisitos a los establecidos en la Ley Nº 28015 y su reglamento, es necesario adecuarse a la normatividad vigente.

Al respecto, la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, en su artículo 38º numeral 38.5, establece que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo.

Por lo que, de conformidad a lo establecido en el artículo 20º, numeral 6 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:
ARTÍCULO 1º Modificar la Ordenanza Nº 007-2002-MDCA, que aprobó el TUPA de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, en el rubro de Autorización Municipal de Funcionamiento provisional para MYPES, en tal sentido quedará redactado de la siguiente manera:

DERECHO

CALIFIC.

INICIO DE

APRUEBA

RECURSO

COD

PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DE PAGO

SILENCIO +

TRAMITE

IMPUG.

Licencia de

a) Fotocopia Simple del

Funcionamiento

Comprobante de Información Registrada

RECONS.:

9

Provisional para

o ficha RUC.

3 % U.I.T.

7 DIAS

DTD

GAT

GAT

MYPES

b) Declaración Jurada Simple de ser

APELAC.:

Ley Nº 28015

Micro o Pequeña Empresa

ALCALDIA

c) Recibo de pago por derecho de trámite

Nota. No aplicable a establecimientos que

se encuentran excluidos conforme al

artículo 8º de la Ley Nº 28976

ARTÍCULO 2º Poner en conocimiento la presente a los órganos que correspondan.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

JUANA ROSA RASPA DE PAIN
ALCALDESA

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