07 marzo 2008

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRESIDENCIA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA
Nº 045-2008-P-CSJCÑ/PJ
San Vicente de Cañete, 29 de Enero del 2008.
FE DE ERRATAS
DICE:
ARTICULO PRIMERO: DISPONER el funcionamiento de los Órganos Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Cañete, durante el periodo vacacional comprendido durante los meses de Febrero y Marzo del año 2008, los cuales en forma normal tramitarán los procesos a su cargo y atenderán en adición a sus funciones los procesos judiciales de los órganos jurisdiccionales que salgan de vacaciones.
DEBE DECIR:
ARTICULO PRIMERO: DISPONER el funcionamiento de los Órganos Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Cañete, durante el periodo vacacional comprendido durante los meses de Febrero y Marzo del año 2008, los cuales en forma normal tramitarán los procesos a su cargo y atenderán en adición a sus funciones los procesos judiciales de los órganos jurisdiccionales que salgan de vacaciones. Conforme a las fechas que se detallan en los cuadros anexos, que forman parte integrante de la presente resolución.

DICE:
ARTICULO SEGUNDO: Durante el periodo vacacional… funcionará la SALA UNICA… quedando conformada por los señores Vocales Superiores, doctores:
- Dr. Moisés Martínez Meza, Presidente
- Dr. Ricardo Astoquilca Medrano, Vocal Titular
- Dr. Víctor Raymundo Durand Prado, Vocal Titular
DEBE DECIR:
ARTICULO SEGUNDO: Durante el periodo vacacional… funcionará la SALA UNICA… quedando conformada por los señores Vocales Superiores, doctores:
- Dr. Moisés Martínez Meza, Presidente
- Dr. Ricardo Astoquilca Medrano, Vocal Titular
- Dr. Víctor Raymundo Durand Prado, Vocal Titular (Del 01.02.08 al 18.02.08)
- Dra. Luz Gladys Roque Montesillo, Vocal Titular (Del 19.02.08 al 01.03.08)
San Vicente, 31 de Enero del 2008.
Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRESIDENCIA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA
Nº 053-2008-P-CSJCÑ/PJ
San Vicente de Cañete, 20 de Febrero del 2008.
VISTOS:
Los documentos presentados el 28 de Enero del presente año, por la Dra. Silvia Consuelo Rueda Fernández, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Cañete, referidos a la fecha de juramentación y otros; así como el INFORME Nº 015-2008-OP-OA-CSJCÑ-PJ del encargado del Área de Personal, respecto a la fecha de nombramiento y juramentación de los Magistrados de la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cañete.
Y CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Administrativa del Consejo Ejecutivo Nº 0299-2007-CE-PJ, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de Enero del presente año, se dispone el traslado de la Dra. Silvia Consuelo Rueda Fernández, como miembro integrante de la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cañete, conforme aparece en el Artículo Tercero, no habiéndose tenido en cuenta para tal efecto, la fecha del título ni la fecha de juramento de los Vocales Superiores titulares, integrantes de la mencionada Sala, ni de la recurrente.
Que, posteriormente se recibe el INFORME Nº 015-2008-OP-OA-CSJCÑ-PJ del encargado de Personal de esta sede, por el cual hace de conocimiento que revisados los legajos personales de los Magistrados de la Sala Civil de Cañete, a su actual Presidente Dr. RICARDO ASTOQUILCA MEDRANO, se le expidió el Título de Vocal Superior de la Corte de Justicia de Cañete el 19 de Enero de 1996 y prestó el juramento de Ley el 22 del mismo mes y año; a la Dra. LUZ GLADYS ROQUE MONTESILLO, se le expidió su Título de Vocal Superior de la misma Corte, el 21 de Abril del 2003, y prestó el juramento de Ley el 24 del mismo mes y año; y a la Dra. SILVIA CONSUELO RUEDA FERNÁNDEZ, se le expidió su Título de Vocal Superior de la Corte de Junín el 18 de Abril del 2002 y el mismo día se recibió su juramento de Ley.
Que, en atención a lo informado, corresponde modificar la conformación de la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cañete, materia de la Resolución acotada.
Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo opinado por la Oficina de Personal, y de Asesoría Legal, en las atribuciones que confiere el Art. 90º del Texto Único Ordenado de la Ley orgánica del Poder Judicial a los presidentes de Corte;
SE RESUELVE:
PRIMERO.- MODIFICAR EL ARTICULO SEGUNDO de la Resolución Administrativa Nº 043-2008-P-CSJCÑ/PJ, respecto a la conformación de la Sala Civil, debiendo integrarse en el siguiente orden, durante el presente Año Judicial:
- Dr. RICARDO ASTOQUILCA MEDRANO, Vocal Titular (Presidente)
- Dra. SILVIA CONSUELO RUEDA FERNANDEZ, Vocal Titular
- Dra. LUZ GLADYS ROQUE MONTESILLO, Vocal Titular
SEGUNDO.- REMITIR copia fedateada de la presente Resolución a la Presidencia del Poder Judicial, de la Presidencia del Consejo Ejecutivo, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Oficina de Administración Distrital y de los Órganos Jurisdiccionales de este Distrito Judicial.
Regístrese, publíquese y cúmplase
Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
Presidencia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA
N° 05 -2008-P-CSJCÑ-PJ / ODAJUP
Cañete, veintiocho de febrero del 2008
VISTOS:
El Oficio circular N° 021-2007-CE-PJ, Del 18 de abril del dos mil siete, remitido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 103 -2007-P-CSJCÑ-PJ, y su Anexo N° 01, los Informes 014 y 018 – 2008 – ODAJUP – Cañete.
Y CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su Articulo 152°, establece que la elección de los Jueces de Paz proviene de elección popular. Dicha elección, sus requisitos, el desempeño jurisdiccional, la capacitación y la duración en sus cargos son normados por Ley N° 28545 y su reglamento del 20 de octubre del 2006, en concordancia con el artículo 69° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Que, mediante Resolución Administrativa N° 103 -2007-P-CSJCÑ-PJ, y su anexo N° 01, se Autorizo la Convocatoria a Elecciones Ordinarias de Jueces de Paz, en el Distrito Judicial de Cañete, en la que no se incluyo al Juzgado de Paz de San Luis, al no haber cumplido con los dos años.
Que, estando el Informe de la ODAJUP N° 014, ha vencido el periodo de designación del Juez de Paz del Distrito de San Luis, Provincia de Cañete, en la fecha (28 de febrero del 2008), por lo que se hace necesario autorizar la convocatoria a Elecciones Ordinarias de Jueces de Paz, en el Distrito de San Luis, Provincia de Cañete.
Que, por otro lado mediante la Resolución Administrativa N° 141-2007-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y publicada en Diario Oficial el Peruano de fecha 10 de noviembre del 2007, se crea el Juzgado de Paz del Centro Poblado Nuevo Ayacucho, distrito de San Vicente y Provincia de Cañete, no habiendo hasta la fecha convocado a elecciones del Juez de Paz de acuerdo al Informe N° 018, del Operador de Justicia de Paz, ODAJUP – Cañete.
Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, en tal sentido asume competencia administrativa dictando las medidas pertinentes y necesarias para el mejor funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y/o administrativas, a fin de brindar un mejor servicio de administración de Justicia en beneficio de la población.
Que, en consecuencia y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3,6 y 9 del articulo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la Convocatoria a Elecciones Ordinarias de Jueces de Paz, del Distrito de San Luis, Provincia de Cañete y del Centro Poblado Nuevo Ayacucho, del Distrito de San Vicente Provincia de Cañete, para que ejerzan por dos años en los lugares en que fueran elegidos, debiendo comprender tanto la elección de Jueces de Paz Titulares y Accesitarios.
Artículo Segundo.- Disponer, que en tanto se elija al nuevo Juez de Paz de San Luis, Provincia de Cañete, continué ejerciendo en el cargo de manera Provisional el actual Juez MARCO ANTONIO BENAVENTE QUISPE.
Artículo Tercero.- CURSAR copia fedateada de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, al Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, al Juez Decano de Cañete, al Jefe de la Oficina de Administración Distrital, a las autoridades de las localidades de los Juzgados de Paz comprendido y a los interesados, para su conocimiento y fines de su competencia.
Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese.
Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA - CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DE ESTADO CIVIL
RECTIFICACION ADMINISTRATIVA
El Jefe de los Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná - Cañete, de acuerdo a lo establecido en la Ley 26497 Capítulo V, Sección Segunda, Art. 73 manda publicar; Que con expediente de fecha 29 de Febrero del 2008, Doña Rutilia Remuzgo de Arias, solicita la Rectificación de su Partida de Matrimonio registrado en el Libro Nº 26, Folio Nº 52, del año 1970 de esta Municipalidad, en el sentido de RECTIFICAR el nombre del titular escribiéndose como Gavino y no como Gabino.
Quienes consideren que pueda resultar perjudicados con la Rectificación solicitada, podrán formular su OPOSICION dentro del término de Ley, caso contrario se procederá a la inscripcion según el Art. 68º de la Ley invocada.
Quilmaná, 05 de Marzo del 2008.
Alfredo T. Guerrero Huamán
Jefe OREC-MDQ

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