MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
“Año de las Cumbres Mundiales en el Perú”
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014 -2008-MDCA
Cerro Azul, 12 de Setiembre del 2008
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE CERRO AZUL
VISTO:
En sesión de concejo de fecha 11/09/08 el Proyecto de Ordenanza por la cual se declara de interés socio- económico para el Distrito de Cerro Azul, la promoción de la Inversión Privada dentro de su jurisdicción y se incluyen normas para viabilizar dicha promoción.
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Marco de la Inversión Descentralizada Nº 28059 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2004 PCM, se estableció el marco normativo para que el Estado en sus tres niveles de Gobierno, promueva la inversión de manera descentralizado como herramienta para lograr el desarrollo integral, armónico y sostenible de cada región, en alianza estratégica entre los Gobiernos Regionales, Locales, la Inversión Privada y la Sociedad Civil;
Que, dentro de dicho marco y en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se asigna a estas últimas funciones tales como: definir, aprobar y ejecutar en su Plan de Desarrollo Local Concertado, las prioridades, vocaciones productivas y lineamientos estratégicos para la potenciación y mejor desempeño de la economía local; concertar con el sector privado la orientación de la inversión publica necesaria para la promoción de la inversión privada; promover la formalización e innovación de las micro, pequeñas y medianas empresas, así como el desarrollo empresarial de las comunidades campesinas; promover la aplicación de la simplificación, celeridad y transparencia en todo procedimiento administrativo necesario para promover la inversión privada y el establecimiento de nuevas empresas en su jurisdicción; promover la búsqueda de mercados internos y/o externos estables para proyectos de inversión local; identificación de las trabas y distorsiones legales que afecten los procesos de promoción de la inversión privada proponiendo soluciones para superarlas;
Que, la mencionada Ley Nº 28059 prevé en su articulo 7º que los distintos niveles de Gobierno promoverán la inversión privada en activos, empresas, proyectos, servicios, obras publicas de infraestructura y de servicios en el ámbito de su respectiva jurisdicción, conforme a diversos mecanismos que se señalan, tales como Oferta Publica, Licitación Pública o Concurso de Proyectos Integrales y Adjudicación o Concesión Directa;
Que, es necesario declarar de interés socio-económico para el Distrito de Cerro Azul, la Promoción de la Inversión Privada en activos, empresas, proyectos, servicios, obras publicas de infraestructura y servicios a través de los mecanismos que señala la Ley Nº 28059 y su Reglamento; asimismo promover la inversión privada directa en actividades productivas con énfasis en el turismo; la formalización y creación de micro, pequeñas y medianas empresas que se localicen dentro de la jurisdicción del Distrito; a través de procedimientos administrativos simplificados, ágiles y transparentes;
Que, para llevar a cabo los procesos a que se refiere la Ley Nº 28059, el Gobierno Local conformará un Comité de Promoción de la Inversión Privada en su jurisdicción; pudiendo contar con la asistencia Técnica de PROINVERSION;
Que, el Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Cerro Azul contempla dentro de sus objetivos la promoción de la inversión privada en las diversas actividades productivas, con énfasis en el turismo, por la vocación que al respecto tiene el Distrito; siendo necesario que de conformidad con el Artículo VI de la Ley Orgánica de Municipalidades, se apruebe el Plan de Desarrollo Económico Local;
El Concejo, luego de deliberar, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Declarar de interés socio-económico para el Distrito de Cerro Azul, la Promoción de la Inversión Privada dentro de su jurisdicción, en sus distintas formas y modalidades reseñadas en la parte considerativa de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2º.- Constituir el Comité de Promoción de la Inversión Privada, el mismo que estará integrado por:
- Juana Rosa Raspa de Paín, Alcaldesa, quien la presidirá
- Los Señores Regidores:
- Diego Quispe Gonzáles
- Nilton Chumpitaz Muñiz
- Olga Hirakawa Iwamoto
- Jorge Torres Hurtado
- Terencia Córdova de Salazar
- Esther Orrego Velásquez, Gerente de Planeamiento y
Presupuesto
- Ing. César Augusto Calderón Romero, Gerente de Desarrollo
Urbano y Rural
- Martín Antonio Rojas Galo, Gerente de Servicios Generales
El Comité contará con el Asesoramiento Técnico Especializado respectivo.
ARTÍCULO 3º.- El Comité de Promoción de la Inversión Privada elaborará en el plazo de 60 días el Plan de Desarrollo Económico Local, para su aprobación por el Concejo Municipal.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul
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