17 abril 2010

TRABAJADORES DE MYPES PUEDEN ACCEDER A SEGURO DE SALUD DE SIS POR S/ 0.50 AL DIA...
SIS aprueba transfiere presupuesto a hospitales y centros de salud...

A partir de la fecha, y con un pago de solo S/. 15.00 mensuales, que equivale a un costo de S/. 0.50 diarios, los trabajadores de las micro y pequeñas empresas, así como los empleadores de éstas y sus familias, contarán con el seguro de salud SIS, como parte de los beneficios que el gobierno les otorga a través de la nueva Ley Mype.
La afiliación familiar al Seguro Integral de Salud (SIS) tiene un costo mensual de S/.30, monto que será asumido en un 50%, por el Estado, mientras que el otro 50%, es decir S/.15.00 nuevos soles, será asumido por el conductor de la microempresa, aliviando de esta manera el gasto en salud de las familias pertenecientes a este segmento de la economía nacional.
Los conductores de las microempresas, que se encuentran empadronados en el Registro de las Micro y pequeñas Empresas – Remype pueden ya efectivizar el pago por el Seguro SIS que recibirán junto a sus empleados y sus familias, y con ello contar con un seguro de salud, como parte de los beneficios que otorga la nueva Ley Mype, siempre que hayan realizado los trámites correspondientes.
En tal sentido, es preciso indicar que el Remype ha cumplido con remitir al SIS una primera lista de conductores, trabajadores y derechohabientes de microempresas debidamente registrados, acción que permite que dicho seguro envíe los primeros correos electrónicos a éstos conductores a fin de que procedan a realizar los pagos respectivos.
Según la norma mencionada, el Seguro Integral de Salud estableció un mecanismo operativo para implementar el acceso al seguro de salud de los trabajadores, conductores (dueños y/o representantes) y sus derechohabientes, norma que se encuentra vigente a nivel nacional.

PROCESO DE INSCRIPCION...
Para lograr la inscripción al SIS, el representante y/o conductor de la Microempresa debe estar registrado en Remype, y a su vez, haber consignado en dicho registro los datos personales y la información requerida de él, de sus trabajadores y la de sus familias, que incluye a su cónyuge o conviviente, hijos menores de 18 años e hijos mayores de 18 años con incapacidad para el trabajo.
El SIS, a su vez, recibirá la lista de los inscritos debidamente validada, lo que le permitirá generar el reporte de las cuotas de pago mensual por cada trabajador, y remitir dicho estado a la entidad recaudadora, que en este caso es el Banco de la Nación.
Asimismo, el SIS asignará al trabajador el establecimiento de salud donde deberá atenderse, de acuerdo al domicilio declarado en el Remype; si el trabajador necesitara realizar un cambio de domicilio, lo hará ante la Odsis que corresponde a la nueva dirección.
El acceso al aseguramiento de salud a través del SIS se encuentra vigente desde que el empleador, luego de realizar la inscripción de sus trabajadores, realiza el respectivo pago.

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