03 diciembre 2010

FACILIDADES PARA CIUDADANOS QUE VOTEN EN SEGUNDA VUELTA REGIONAL...

El presidente de la República, Alan García Pérez, promulgó un Decreto Supremo mediante el cual se brindan facilidades a los trabajadores del sector público y privado a fin que puedan ejercer su derecho a voto en la segunda elección de los comicios regionales que se desarrollará este 5 de diciembre.
Será en las circunscripciones donde ninguna agrupación alcanzó el 30 por ciento de los votos válidos, señala la Secretaría de Prensa de la Presidencia de la República.

10 REGIONES...
Luego de los cómputos oficiales en el proceso electoral llevado a cabo el pasado 3 de octubre se convocó a la realización de nuevos comicios en los departamentos de Amazonas, Ayacucho, Huánuco, Ica, Lambayeque, Lima, Madre de Dios, Pasco, Puno, y Tumbes.

VOTANTES QUE VIVAN EN OTRA PROVINCIA NO LABORARAN DEL 03 AL 06 DE DICIEMBRE
La norma establece que los trabajadores que presten servicios en entidades públicas y privadas en una provincia distinta a la que deben ejercer su derecho a voto, siempre que lo acrediten, no laborarán los días viernes 03, sábado 04, domingo 5, y lunes 6 de diciembre del presente año.
En el caso del sector privado se precisa que los días no laborados serán recuperados conforme lo establezca el empleador, mientras que en los organismos públicos se adoptarán las medidas necesarias para asegurar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo también la forma de recuperación de los días dejados de laborar.
Asimismo, las personas que actúan como miembros de mesa en las próximas elecciones regionales, y cuya jornada de trabajo coincida con la fecha de votación señalada están facultadas para no asistir a sus centros de labores, disponiéndose también la recuperación de las horas no trabajadas.
También se establece que los trabajadores no contemplados en los casos mencionados, pero cuya jornada laboral coincida con el día de las elecciones regionales en las circunscripciones a llevarse a cabo los comicios tienen derecho a períodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para poder ejercer su derecho a voto.
El presente Decreto Supremo lleva la firma del jefe de Estado, Alan García Pérez, del presidente del Consejo de Ministros, José Antonio Chang, y de la titular de Trabajo, Manuel García, y será publicado en una edición extraordinaria de las Normas Legales del diario oficial El Peruano.

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