05 enero 2012

ESTABLECEN CRITERIOS PARA PRESENTACION DE DECLARACIONES JURADAS DE JUECES ANTE OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial estableció el día de ayer, los criterios para la presentación de las declaraciones juradas de los jueces de todos los niveles ante la Oficina de Control de la Magistratura.
Según una resolución administrativa, publicada el día de ayer, en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se precisa que todos los jueces del Poder Judicial están obligados a consignar en sus declaraciones juradas de ingresos, de bienes y rentas los criterios establecidos.
Asimismo, disponer que la Oficina de Control de la Magistratura, en uso de sus atribuciones, adopte las medidas del caso, abriendo procedimiento disciplinario, poniendo en conocimiento del Ministerio Público o la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), cuando algún juez incumpla.
En ese sentido, todos los jueces deberán consignar en su declaración jurada sus ingresos dinerarios, obtenidos tanto en el país como en el extranjero; además de toda remuneración o ingreso afecto a renta de quinta y cuarta categoría.
Asimismo, incluir los ingresos mensuales o periódicos provenientes de bienes muebles o inmuebles arrendados, subarrendados o cedidos; además de los intereses originados por la colocación de capitales, regalías, rentas vitalicias, etc, incluyendo los ingresos por negocios (utilidades) por acciones (dividendos) o similares de los cuales pueda percibir renta.

TAMBIEN EL DE SUS PAREJAS... CONYUGES O CONVIVIENTES
También, incluir en su declaración jurada, sus bienes inmuebles en el interior o exterior del país, y de ser casado y encontrarse bajo el régimen de sociedad de gananciales, el declarante deberá consignar sus bienes inmuebles propios, los propios de su cónyuge y los correspondientes a la sociedad conyugal.
Si es conviviente, declarará sus bienes inmuebles propios, los propios de su conviviente y los de la unión de hecho si se hubiera constituido.
Respecto a los bienes muebles, consignar las acciones o bonos cotizados en la bolsa, con el nombre de la empresa y número de acciones, participaciones o similares, entre otros requisitos.
Interesante medida, que busca tener puntos referenciales para poder analizar si el crecimiento económico de los magistrados guardan relación con los ingresos que ellos perciben bajo todo contexto legal.

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