JUDICIALES
EDICTO PENAL
La SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, cita y emplaza al siguiente procesado para que asista a la Sala de Audiencias y responda por los cargos que se le imputan, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ , revocarle el Mandato de Comparecencia con restricciones por el de Detención y ordenarse su ubicación y captura.
EXP. 2004-0585, a LUIS NERY PEREZ SHIRURIMAC; Día: 26/06/2007; Hora: 10.00 a.m.; Delito: Coacción. Cañete, 20/06/2007.
Presidente: Dr. Martínez, Secretario: Peralta.
23, 25 y 26 de Junio
EDICTO PENAL
EL 1° JUZGADO PENAL, Juez Ascencio, cita y emplaza al siguiente procesado para que se ponga a derecho y defienda de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2006-0769, a FELIX AVENDAÑO RICARDO ; Declarado REO AUSENTE; Delito: Apropiación Ilicita; Agraviado: Victor Molleda Flores; Cañete, 08/05/2007
Secretaria: Yzaguirre.
23, 25 y 26 de Junio
EDICTO PENAL
EL 3° JUZGADO PENAL, Juez Quispe; cita y emplaza al siguiente procesado para que se ponga a derecho y defienda de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se le sigue:
EXP. 2002-1393 a JUSTO ARIAS ARIAS y MAXIMA MALASQUEZ CAMPOS; Delito: Defraudación; Agraviado: Inmobiliaria MELUR SAC. ; Cañete, 15/06/2007.
Secretaria: Ferrer.
23, 25 y 26 de Junio
EDICTO
Exp. 209-2007, ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José De La Cruz Vargas; secretario Ernesto Hurtado Villavicencio, JOSE ANTONIO DE LA CRUZ VICENTE solicita se rectifiquen las siguientes partidas: PARTIDA DE NACIMIENTO DE SU PADRE en el sentido que debe adicionarse su segundo nombre "FELIX" y su apellido materno BONIFACIO siendo su nombre completo correcto el de JOSE FELIX DE LA CRUZ BONIFACIO; asimismo solicita la Rectificación de la Partida de Defunción de su padre en el sentido que debe adicionarse su segundo nombre "FELIX" siendo su nombre completo correcto el de JOSE FELIX DE LA CRUZ BONIFACIO.
Se comunica para los fines de Ley.
Imperial, 20 de Junio del 2007.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA "CAMACHO GALVEZ"
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, de San Vicente de Cañete, se presentó don ARMANDO DUANE PALACIOS OLAYA, quien solicita se rectifique la PARTIDA DE NACIMIENTO, de su hermano don: PERCY RODOLFO PALACIOS OLAYA inscrito en la Municipalidad Metropolitana de Lima en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos del Padre: Dice: ORESTES PALACIOS.- Debe Decir: ORESTES RECABA PALACIOS BENITES,. Datos del Solicitante: Dice: PERCY RODOLFO.- Debe Decir: PERCY RODOLFO PALACIOS OLAYA. Lo que comunico para los fines de ley.
Cañete, 24 de Mayo del 2007.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA "CAMACHO GALVEZ"
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, de San Vicente de Cañete, se presentó don ARMANDO DUANE PALACIOS OLAYA, quien solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Metropolitana de Lima en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos del Padre: Dice: ORESTES PALACIOS BENITES.- Debe Decir: ORESTES RECABA PALACIOS BENITES,. Datos del Solicitante: Dice: ARMANDO DUANE.- Debe Decir: ARMANDO DUANE PALACIOS OLAYA. Lo que comunico para los fines de ley.
Cañete, 24 de Mayo del 2007.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA "CAMACHO GALVEZ"
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, de San Vicente de Cañete, se presentó don ARMANDO DUANE PALACIOS OLAYA, quien solicita se rectifique la PARTIDA DE NACIMIENTO, de su hermano don: ENRIQUE JAVIER PALACIOS OLAYA inscrito en la Municipalidad Distrital de Lince en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos del Padre: Dice: ORESTES PALACIOS BENITES.- Debe Decir: ORESTES RECABA PALACIOS BENITES,- Datos del Solicitante: Dice: ENRIQUE JAVIER.- Debe Decir: ENRIQUE JAVIER PALACIOS OLAYA. Lo que comunico para los fines de ley.
Cañete, 24 de Mayo del 2007.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA "CAMACHO GÁLVEZ"
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, de San Vicente de Cañete, se presentó DELFIN BORJAS QUINTO, quien solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Provincial de Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos del Padre: Dice: ELIAS BORJAS.- Debe Decir: ELIAS BORJAS RODRIGUEZ.- Lo que comunico para los fines de ley.
Cañete, 23 de Junio del 2007.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291 Imperial – Cañete, LEONARDO CHUMPITAZ ROJAS, solicita rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete. Aparece erróneamente el nombre de su madre, como NAZARIA ROJAS, debiendo ser correctamente NASARIA ROJAS ANAPAN presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 19 de Junio del 2007.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291 Imperial – Cañete, PABLO CHUMPITAZ ROJAS, solicita rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, aparece erróneamente el nombre de su madre, como NAZARIA ROJAS, debiendo ser correctamente NASARIA ROJAS ANAPAN presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 19 de Junio del 2007.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don ALEJANDRO AYLLON CORONACION con D.N.I. 41959799 de 26 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión comerciante, domiciliado en Urb. Santa Bárbara Mz. I Lote 140 San Luis – Cañete; y doña CINDY ZEGARRA SOTO, con D.N.I. 44938901, de 19 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión ama de casa, de nacionalidad peruana, domiciliada en Urb. Santa Bárbara Mz. N Lote 140 San Luis – Cañete. Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 20 de Junio del 2007.
Laudy Lady Chávez Casanova
Jefe de Registro Civil
25 junio 2007
23 junio 2007
PERU LNG
PERU LNG, comunica que se ha iniciado un nuevo periodo en la construcción de la Planta de Licuefacción de Gas Natural. En esta fase del Proyecto la empresa ha seleccionado a la contratista CB&I que se encargará de la construcción de la Planta de Licuefacción de Gas Natural y al Consorcio CDB Melchorita que se encargará de la construcción de las Facilidades Marítimas y la operación de la Cantera.
Asimismo, PERU LNG comunica a la población de las provincias de Cañete y Chincha que iniciaremos una nueva de etapa de recepción de solicitudes para acceder a un puesto de trabajo en el Proyecto de Exportación de Gas Natural Licuado, ubicado a la altura del kilómetro 169 de la carretera Panamericana Sur.
Los interesados que aún no han presentado su solicitud, podrán realizarlo a partir del 25 de Junio, en las oficinas destinadas por el Proyecto, exclusivamente para tal fin:
En Cañete: Av. Mariscal Benavides 1137 – 1141
En Chincha: Calle San Pedro de Pilpa 130 (Lomo Largo), Sunampe
HORARIO DE ATENCION:
LUNES
08:00 hrs – 11:00 hrs Entrega de Formularios de Postulación a los interesados
14:00 hrs – 16:30 hrs Recepción de Formularios y documentación
MARTES
08:00 hrs – 11:00 hrs Entrega de Formularios de Postulación a los interesados
14:00 hrs – 16:30 hrs Recepción de Formularios y documentación
MIÉRCOLES
08:00 hrs – 11:00 hrs Entrega de Formularios de Postulación a los interesados
14:00 hrs – 16:30 hrs Recepción de Formularios y documentación
JUEVES
08:00 hrs – 11:00 hrs Entrega de Formularios de Postulación a los interesados
14:00 hrs – 16:30 hrs Recepción de Formularios y documentación
VIERNES
08:00 hrs – 11:00 hrs Entrega de Formularios de Postulación a los interesados
13:00 hrs – 15:30 hrs Recepción de Formularios y documentación
Para mayor información favor de acercarse a las oficinas informativas de la empresa:
Cañete: Jirón Grau N° 329, San Vicente de Cañete
Chincha: Calle Pedro Moreno 114, Chincha Alta
Junio 2007
PERU LNG, comunica que se ha iniciado un nuevo periodo en la construcción de la Planta de Licuefacción de Gas Natural. En esta fase del Proyecto la empresa ha seleccionado a la contratista CB&I que se encargará de la construcción de la Planta de Licuefacción de Gas Natural y al Consorcio CDB Melchorita que se encargará de la construcción de las Facilidades Marítimas y la operación de la Cantera.
Asimismo, PERU LNG comunica a la población de las provincias de Cañete y Chincha que iniciaremos una nueva de etapa de recepción de solicitudes para acceder a un puesto de trabajo en el Proyecto de Exportación de Gas Natural Licuado, ubicado a la altura del kilómetro 169 de la carretera Panamericana Sur.
Los interesados que aún no han presentado su solicitud, podrán realizarlo a partir del 25 de Junio, en las oficinas destinadas por el Proyecto, exclusivamente para tal fin:
En Cañete: Av. Mariscal Benavides 1137 – 1141
En Chincha: Calle San Pedro de Pilpa 130 (Lomo Largo), Sunampe
HORARIO DE ATENCION:
LUNES
08:00 hrs – 11:00 hrs Entrega de Formularios de Postulación a los interesados
14:00 hrs – 16:30 hrs Recepción de Formularios y documentación
MARTES
08:00 hrs – 11:00 hrs Entrega de Formularios de Postulación a los interesados
14:00 hrs – 16:30 hrs Recepción de Formularios y documentación
MIÉRCOLES
08:00 hrs – 11:00 hrs Entrega de Formularios de Postulación a los interesados
14:00 hrs – 16:30 hrs Recepción de Formularios y documentación
JUEVES
08:00 hrs – 11:00 hrs Entrega de Formularios de Postulación a los interesados
14:00 hrs – 16:30 hrs Recepción de Formularios y documentación
VIERNES
08:00 hrs – 11:00 hrs Entrega de Formularios de Postulación a los interesados
13:00 hrs – 15:30 hrs Recepción de Formularios y documentación
Para mayor información favor de acercarse a las oficinas informativas de la empresa:
Cañete: Jirón Grau N° 329, San Vicente de Cañete
Chincha: Calle Pedro Moreno 114, Chincha Alta
Junio 2007
DURO GOLPE A MICROCOMERCIALIZADORES DE DROGAS EN SAN VICENTE...
Hoy Serán Presentados En Conferencia de Prensa...
Siguiendo con la política del Comando de la PNP el Coronel PNP Cesar Mendoza Abarca, Jefe de la División de Policía de Cañete, al mando de 05 Oficiales y 40 Sub-Oficiales, puso en ejecución el Plan de Operaciones "CORDILLERA BLANCA 2007" en el Distrito de San Vicente de Cañete.
Luego de una paciente labor de inteligencia y seguimiento se logró obtener fotos y filmaciones de personas que se dedican a la venta indiscriminada de drogas, por lo que en coordinación con el representante del Ministerio Público de cañete se puso en ejecución el mencionado Operativo Policial el pasado 22 de Junio desde las 03.00 horas, donde en forma simultánea se allanaron tres domicilios dispuestas por el Juez del 2do. Juzgado Penal de Cañete: Av. 9 de Diciembre 670, Av. 9 de Diciembre 761 y Pasaje Señor de los Milagros Mz.B, Lot.11.
LOS DETENIDOS...
En el operativo se logró intervenir en el interior de los domicilios a las siguientes personas:
Alex SANCHEZ BARTRA (18), Jean Carlos DE LA CRUZ QUIROZ (20), José Eduardo DE LA CRUZ VICENTE (48), Olga Doris QUIROZ CHUMPITAZ (42), Zuly ANTEZANA CANCHOS (23) y las menores D.O.A.C (17), C.J.D.Q (16), B.Y.M.H. (16) Y D.M.M.(16); comisándose un total de QUINIENTOS SEIS (506) envoltorios de papel periódico tipo "kete", los mismos que al someterlos a una prueba química resultaron POSITIVO para PBC.
TAMBIEN SE INCAUTO...
Asimismo se incautó la cantidad de QUINIENTOS VEINTIUN NUEVOS SOLES (S/. 521.50); También se incautó, Siete (07) televisores, Seis (06) DVD, Cuatro (04) Minicomponentes de sonido, Dos (02) ventiladores, Dos (02) Cámaras fotográficas, Diez (10) Teléfonos móviles (celulares), Una (01) Congeladora exhibidora, Dieciocho (18) Cajas de Cerveza, Dos (02) cemidores de plástico, Trescientos sesenta y dos (362) unidades de papel recortados, Diecisiete (17) Cajetillas de tabaco negro de diversas marcas y otras especies y objetos conforme al Acta formulada.
Hoy Serán Presentados En Conferencia de Prensa...
Siguiendo con la política del Comando de la PNP el Coronel PNP Cesar Mendoza Abarca, Jefe de la División de Policía de Cañete, al mando de 05 Oficiales y 40 Sub-Oficiales, puso en ejecución el Plan de Operaciones "CORDILLERA BLANCA 2007" en el Distrito de San Vicente de Cañete.
Luego de una paciente labor de inteligencia y seguimiento se logró obtener fotos y filmaciones de personas que se dedican a la venta indiscriminada de drogas, por lo que en coordinación con el representante del Ministerio Público de cañete se puso en ejecución el mencionado Operativo Policial el pasado 22 de Junio desde las 03.00 horas, donde en forma simultánea se allanaron tres domicilios dispuestas por el Juez del 2do. Juzgado Penal de Cañete: Av. 9 de Diciembre 670, Av. 9 de Diciembre 761 y Pasaje Señor de los Milagros Mz.B, Lot.11.
LOS DETENIDOS...
En el operativo se logró intervenir en el interior de los domicilios a las siguientes personas:
Alex SANCHEZ BARTRA (18), Jean Carlos DE LA CRUZ QUIROZ (20), José Eduardo DE LA CRUZ VICENTE (48), Olga Doris QUIROZ CHUMPITAZ (42), Zuly ANTEZANA CANCHOS (23) y las menores D.O.A.C (17), C.J.D.Q (16), B.Y.M.H. (16) Y D.M.M.(16); comisándose un total de QUINIENTOS SEIS (506) envoltorios de papel periódico tipo "kete", los mismos que al someterlos a una prueba química resultaron POSITIVO para PBC.
TAMBIEN SE INCAUTO...
Asimismo se incautó la cantidad de QUINIENTOS VEINTIUN NUEVOS SOLES (S/. 521.50); También se incautó, Siete (07) televisores, Seis (06) DVD, Cuatro (04) Minicomponentes de sonido, Dos (02) ventiladores, Dos (02) Cámaras fotográficas, Diez (10) Teléfonos móviles (celulares), Una (01) Congeladora exhibidora, Dieciocho (18) Cajas de Cerveza, Dos (02) cemidores de plástico, Trescientos sesenta y dos (362) unidades de papel recortados, Diecisiete (17) Cajetillas de tabaco negro de diversas marcas y otras especies y objetos conforme al Acta formulada.
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL AGRADECE A TODAS LAS FUERZAS VIVAS DEL DISTRITO DE CERRO AZUL:
Comités de vaso de leche, comedores populares, Sindicatos, Asociaciones, Agrupaciones, Apafas, Iglesias, ONGs y todas las Organizaciones de base existentes en el Distrito de Cerro Azul, por su participación en en la primera charla informativa dirigida a toda la Sociedad Civil, con el propósito de capacitar a la población para participar en la elaboración del Presupuesto Participativo 2008.
AGRADECEMOS SU PRESENCIA QUE HA SIDO Y SERA SIEMPRE MUY IMPORTANTE
Comités de vaso de leche, comedores populares, Sindicatos, Asociaciones, Agrupaciones, Apafas, Iglesias, ONGs y todas las Organizaciones de base existentes en el Distrito de Cerro Azul, por su participación en en la primera charla informativa dirigida a toda la Sociedad Civil, con el propósito de capacitar a la población para participar en la elaboración del Presupuesto Participativo 2008.
AGRADECEMOS SU PRESENCIA QUE HA SIDO Y SERA SIEMPRE MUY IMPORTANTE
CUANDO UN ALUMNO COPIA...
Escribe: Prof. Lilia Diaz Torres
En nuestra experiencia como docente, hemos observado que en innumerables oportunidades nuestros alumnos, y porque no reconocerlo, nosotros mismos, hay una tendencia patológica al copiado, desde lo más elemental, el título de un tema, hasta lo más complejo, como es el contenido total de un artículo o una obra literaria. Los trabajos de investigación son los más provocadores que incitan al copiado, lo peor que ni siquiera hacen cita al autor.
Aquí la paradoja que se debería preguntar todo docente, si lo que el profesor quiere es que el alumno reproduzca en el examen aquello que aparece en el cuaderno o el libro, ¿porqué habría de perder el tiempo memorizándolo?. Es preferible que lo copie directamente de la fuente; así se asegurará además que será una copia fiel del original, lo que seguramente será muy placentero para el profesor. No olvidemos además, que aquel alumno que memoriza el contenido del cuaderno también está copiando, porque "aprender de memoria" lo que el profesor dictó, significa fotocopiar en la mente el cuaderno, para después reproducirlo en el examen. Nuevamente, más eficiente es copiar de frente del cuaderno al examen. ¿Quieren que el alumno no copie de su cuaderno o comprimido?. Es muy fácil. No le hagan preguntas que se puedan contestar copiando.
¿Por qué copia el alumno? Primero, porque se puede aprobar copiando. Segundo, porque cuando el alumno no entiende un tema, la mejor forma de aparentar que aprendió es memorizar o copiar. Tercero, por inseguridad. Si un alumno no tiene suficiente autoestima como para decir lo que piensa sin sentirse avergonzado o burlado por equivocarse o por no coincidir con lo que piensa el profesor, no se atreverá a expresar sus ideas. Apelará a las ideas que dictó el profesor o están escritas en el texto, las cuales tratará de memorizar o copiar.
En cuarto lugar los alumnos, especialmente los más hábiles, se sienten desperdiciados y estafados cuando no se les exige pensar. Copiarse es una forma sencilla de salir del paso de una exigencia escolar desvalorizada.
Entonces, así como cometer un foul en un partido de fútbol es una trasgresión sancionada pero no calificable de inmoral, copiar en un examen es una trasgresión sancionable (si es que así son la reglas de la clase) pero de ninguna manera puede ser considerado como una inmoralidad.
Más inmoral es el profesor que se cree Dios y que su santa verdad debe ser grabada en la mente de los niños cual doctrina infalible e incuestionable. ¿Quieren hablar de pedagogía moderna, de reforma educativa, del desarrollo de la creatividad y del espíritu crítico e innovador?. Hablemos de esta sistemática agresión a la mente humana que deviene de obligar a los niños a convertir su cerebro en un inútil disco duro que almacena información pero al que no se le provee el software para sacarle provecho.
Esto no significa que no hay que memorizar nada. La memorización como estrategia habitual de aprendizaje es retrógrada.
Por lo demás, lo realmente relevante se memoriza sin ningún esfuerzo, en la medida que sea información que se usan en contextos que tienen algún sentido. Pero vayamos un paso más allá para darnos cuenta que los reyes de la copia en realidad son la mayoría de los profesores, que recitan año a año y sección tras sección la misma clase tomada de sus libros o apuntes. ¿Quién es realmente un buen maestro?. En mi opinión, "aquél que nunca hace dos clases iguales". Si un maestro no es capaz de individualizar y adecuar su enseñanza a cada grupo particular que le toca en cada hora de clase, es porque se santifica a sí mismo, a los programas y textos, dejando de lado a los alumnos. Asume que todos son iguales y por lo tanto los trata por igual. Con ello, en el fondo, asume que los alumnos no existen.
Y si nos vamos más lejos aún, aquél maestro que pretende enseñar impositivamente, le puede estar quitando al alumno la posibilidad de aprenderlo por sí mismo. Esa es la esencia de la pedagogía moderna.
Escribe: Prof. Lilia Diaz Torres
En nuestra experiencia como docente, hemos observado que en innumerables oportunidades nuestros alumnos, y porque no reconocerlo, nosotros mismos, hay una tendencia patológica al copiado, desde lo más elemental, el título de un tema, hasta lo más complejo, como es el contenido total de un artículo o una obra literaria. Los trabajos de investigación son los más provocadores que incitan al copiado, lo peor que ni siquiera hacen cita al autor.
Aquí la paradoja que se debería preguntar todo docente, si lo que el profesor quiere es que el alumno reproduzca en el examen aquello que aparece en el cuaderno o el libro, ¿porqué habría de perder el tiempo memorizándolo?. Es preferible que lo copie directamente de la fuente; así se asegurará además que será una copia fiel del original, lo que seguramente será muy placentero para el profesor. No olvidemos además, que aquel alumno que memoriza el contenido del cuaderno también está copiando, porque "aprender de memoria" lo que el profesor dictó, significa fotocopiar en la mente el cuaderno, para después reproducirlo en el examen. Nuevamente, más eficiente es copiar de frente del cuaderno al examen. ¿Quieren que el alumno no copie de su cuaderno o comprimido?. Es muy fácil. No le hagan preguntas que se puedan contestar copiando.
¿Por qué copia el alumno? Primero, porque se puede aprobar copiando. Segundo, porque cuando el alumno no entiende un tema, la mejor forma de aparentar que aprendió es memorizar o copiar. Tercero, por inseguridad. Si un alumno no tiene suficiente autoestima como para decir lo que piensa sin sentirse avergonzado o burlado por equivocarse o por no coincidir con lo que piensa el profesor, no se atreverá a expresar sus ideas. Apelará a las ideas que dictó el profesor o están escritas en el texto, las cuales tratará de memorizar o copiar.
En cuarto lugar los alumnos, especialmente los más hábiles, se sienten desperdiciados y estafados cuando no se les exige pensar. Copiarse es una forma sencilla de salir del paso de una exigencia escolar desvalorizada.
Entonces, así como cometer un foul en un partido de fútbol es una trasgresión sancionada pero no calificable de inmoral, copiar en un examen es una trasgresión sancionable (si es que así son la reglas de la clase) pero de ninguna manera puede ser considerado como una inmoralidad.
Más inmoral es el profesor que se cree Dios y que su santa verdad debe ser grabada en la mente de los niños cual doctrina infalible e incuestionable. ¿Quieren hablar de pedagogía moderna, de reforma educativa, del desarrollo de la creatividad y del espíritu crítico e innovador?. Hablemos de esta sistemática agresión a la mente humana que deviene de obligar a los niños a convertir su cerebro en un inútil disco duro que almacena información pero al que no se le provee el software para sacarle provecho.
Esto no significa que no hay que memorizar nada. La memorización como estrategia habitual de aprendizaje es retrógrada.
Por lo demás, lo realmente relevante se memoriza sin ningún esfuerzo, en la medida que sea información que se usan en contextos que tienen algún sentido. Pero vayamos un paso más allá para darnos cuenta que los reyes de la copia en realidad son la mayoría de los profesores, que recitan año a año y sección tras sección la misma clase tomada de sus libros o apuntes. ¿Quién es realmente un buen maestro?. En mi opinión, "aquél que nunca hace dos clases iguales". Si un maestro no es capaz de individualizar y adecuar su enseñanza a cada grupo particular que le toca en cada hora de clase, es porque se santifica a sí mismo, a los programas y textos, dejando de lado a los alumnos. Asume que todos son iguales y por lo tanto los trata por igual. Con ello, en el fondo, asume que los alumnos no existen.
Y si nos vamos más lejos aún, aquél maestro que pretende enseñar impositivamente, le puede estar quitando al alumno la posibilidad de aprenderlo por sí mismo. Esa es la esencia de la pedagogía moderna.
JUDICIALES
PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199, San Vicente, Cañete, Lima, JUSTINA LARA DE LOPEZ con DNI Nº 15409602, solicita Rectificación de Partida de Nacimiento de su difunta hija TERESA SOLEDAD LOPEZ LARA, asentada en la Municipalidad Provincial de Cañete, en el que existe omisión de datos de los progenitores
DICE: Luis López.
DEBE DECIR: Luis Ricardo López Campos
DICE: Justina Lara.
DEBE DECIR: Justina Lara Zegarra.
Lo que se publica para los fines de Ley.
Cañete, 21 de Junio del 2007.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
EDICTO PENAL
La SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, cita y emplaza al siguiente procesado para que asista a la Sala de Audiencias y responda por los cargos que se le imputan, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ , revocarle el Mandato de Comparecencia con restricciones por el de Detención y ordenarse su ubicación y captura.
EXP. 2004-0585, a LUIS NERY PEREZ SHIRURIMAC; Día: 26/06/2007; Hora: 10.00 a.m.; Delito: Coacción. Cañete, 20/06/2007.
Presidente: Dr. Martínez, Secretario: Peralta.
23, 25 y 26 de Junio
EDICTO PENAL
EL 1° JUZGADO PENAL, Juez Ascencio, cita y emplaza al siguiente procesado para que se ponga a derecho y defienda de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2006-0769, a FELIX AVENDAÑO RICARDO ; Declarado REO AUSENTE; Delito: Apropiación Ilicita; Agraviado: Victor Molleda Flores; Cañete, 08/05/2007
Secretaria: Yzaguirre.
23, 25 y 26 de Junio
EDICTO PENAL
EL 3° JUZGADO PENAL, Juez Quispe; cita y emplaza al siguiente procesado para que se ponga a derecho y defienda de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se le sigue:
EXP. 2002-1393 a JUSTO ARIAS ARIAS y MAXIMA MALASQUEZ CAMPOS; Delito: Defraudación; Agraviado: Inmobiliaria MELUR SAC. ; Cañete, 15/06/2007.
Secretaria: Ferrer.
23, 25 y 26 de Junio
EDICTO
Exp. 20-2007, ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José De La Cruz Vargas; secretario Ernesto Hurtado Villavicencio, JOSE ANTONIO DE LA CRUZ VICENTE solicita se rectifiquen las siguientes partidas: PARTIDA DE NACIMIENTO DE SU PADRE en el sentido que debe adicionarse su segundo nombre "FELIX" y su apellido materno BONIFACIO siendo su nombre completo correcto el de JOSE FELIX DE LA CRUZ BONIFACIO; asimismo solicita la Rectificación de la Partida de Defunción de su padre en el sentido que debe adicionarse su segundo nombre "FELIX" siendo su nombre completo correcto el de JOSE FELIX DE LA CRUZ BONIFACIO.
Se comunica para los fines de Ley.
Imperial, 20 de Junio del 2007.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199, San Vicente, Cañete, Lima, JUSTINA LARA DE LOPEZ con DNI Nº 15409602, solicita Rectificación de Partida de Nacimiento de su difunta hija TERESA SOLEDAD LOPEZ LARA, asentada en la Municipalidad Provincial de Cañete, en el que existe omisión de datos de los progenitores
DICE: Luis López.
DEBE DECIR: Luis Ricardo López Campos
DICE: Justina Lara.
DEBE DECIR: Justina Lara Zegarra.
Lo que se publica para los fines de Ley.
Cañete, 21 de Junio del 2007.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
EDICTO PENAL
La SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, cita y emplaza al siguiente procesado para que asista a la Sala de Audiencias y responda por los cargos que se le imputan, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ , revocarle el Mandato de Comparecencia con restricciones por el de Detención y ordenarse su ubicación y captura.
EXP. 2004-0585, a LUIS NERY PEREZ SHIRURIMAC; Día: 26/06/2007; Hora: 10.00 a.m.; Delito: Coacción. Cañete, 20/06/2007.
Presidente: Dr. Martínez, Secretario: Peralta.
23, 25 y 26 de Junio
EDICTO PENAL
EL 1° JUZGADO PENAL, Juez Ascencio, cita y emplaza al siguiente procesado para que se ponga a derecho y defienda de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2006-0769, a FELIX AVENDAÑO RICARDO ; Declarado REO AUSENTE; Delito: Apropiación Ilicita; Agraviado: Victor Molleda Flores; Cañete, 08/05/2007
Secretaria: Yzaguirre.
23, 25 y 26 de Junio
EDICTO PENAL
EL 3° JUZGADO PENAL, Juez Quispe; cita y emplaza al siguiente procesado para que se ponga a derecho y defienda de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se le sigue:
EXP. 2002-1393 a JUSTO ARIAS ARIAS y MAXIMA MALASQUEZ CAMPOS; Delito: Defraudación; Agraviado: Inmobiliaria MELUR SAC. ; Cañete, 15/06/2007.
Secretaria: Ferrer.
23, 25 y 26 de Junio
EDICTO
Exp. 20-2007, ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José De La Cruz Vargas; secretario Ernesto Hurtado Villavicencio, JOSE ANTONIO DE LA CRUZ VICENTE solicita se rectifiquen las siguientes partidas: PARTIDA DE NACIMIENTO DE SU PADRE en el sentido que debe adicionarse su segundo nombre "FELIX" y su apellido materno BONIFACIO siendo su nombre completo correcto el de JOSE FELIX DE LA CRUZ BONIFACIO; asimismo solicita la Rectificación de la Partida de Defunción de su padre en el sentido que debe adicionarse su segundo nombre "FELIX" siendo su nombre completo correcto el de JOSE FELIX DE LA CRUZ BONIFACIO.
Se comunica para los fines de Ley.
Imperial, 20 de Junio del 2007.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
22 junio 2007
LA MUNICIPALIDAD DE CERRO AZUL INVITA A TODAS LAS FUERZAS VIVAS DEL DISTRITO DE CERRO AZUL :
Comités de vaso de leche, comedores populares, Sindicatos, Asociaciones, Agrupaciones, Apafas, Iglesias, ONGs y todas las Organizaciones de base existentes en el Distrito de Cerro Azul, a fin de que participen en la primera charla informativa dirigida a toda la Sociedad Civil, con el propósito de capacitar a la población para participar en la elaboración del Presupuesto Participativo 2008.
Te esperamos este Viernes 22 de Junio a las tres de la tarde ( 3pm. ), en el segundo piso del Palacio Municipal.
NO FALTES, TU PRESENCIA ES MUY IMPORTANTE
Comités de vaso de leche, comedores populares, Sindicatos, Asociaciones, Agrupaciones, Apafas, Iglesias, ONGs y todas las Organizaciones de base existentes en el Distrito de Cerro Azul, a fin de que participen en la primera charla informativa dirigida a toda la Sociedad Civil, con el propósito de capacitar a la población para participar en la elaboración del Presupuesto Participativo 2008.
Te esperamos este Viernes 22 de Junio a las tres de la tarde ( 3pm. ), en el segundo piso del Palacio Municipal.
NO FALTES, TU PRESENCIA ES MUY IMPORTANTE
EDECAÑETE S.A.
Empresa de Distribución Eléctrica Cañete S.A.
ACTO VANDALICO
(HURTO CONDUCTOR)
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico producida por Acto Vandálico (hurto de conductor) en el Camino Carrozable al C.P. Almenares, que afecto a las zonas indicadas líneas abajo.
De tener información que ayuden en dar con los responsables de estos hechos que se vienen repitiendo muy frecuentemente, le agradeceremos comunicarse a fonocañete al 4494400.
LUGAR : C.P. Almenares.
ZONA AFECTADA: Urb. Los Reyes, C.P. Hualcara, Urb. Sta. Rosa de Hualcara, Urb. Sindicato de Choferes, Urb. Valle Hermoso perteneciente al distrito de San Vicente, Zona céntrica de Imperial, A.H. Asunción 08, A.H. Josefina Ramos, A.H. Luis Felipe de las Casas, perteneciente al distrito de Imperial CP. Almenares, CP. Santa Adela, Cantera Baja, y el Anexo Cantera del Distrito de Nuevo Imperial de la Provincia de Cañete.
ALIMENTADOR : CÑ 01
CIRCUITOS
AFECTADOS : Alimentador CÑ 01
DIA : Viernes 22 de Junio del 2007.
HORA DE INICIO: 00:46 hrs. Del Viernes 22 de Junio del 2007.
HORA FINAL : 07:09 hrs. Del Viernes 22 de Junio del 2007.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T. ocasionada por terceras personas, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.
EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes, por esta interrupción ocasionada por causas fuera de su control.
Empresa de Distribución Eléctrica Cañete S.A.
ACTO VANDALICO
(HURTO CONDUCTOR)
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico producida por Acto Vandálico (hurto de conductor) en el Camino Carrozable al C.P. Almenares, que afecto a las zonas indicadas líneas abajo.
De tener información que ayuden en dar con los responsables de estos hechos que se vienen repitiendo muy frecuentemente, le agradeceremos comunicarse a fonocañete al 4494400.
LUGAR : C.P. Almenares.
ZONA AFECTADA: Urb. Los Reyes, C.P. Hualcara, Urb. Sta. Rosa de Hualcara, Urb. Sindicato de Choferes, Urb. Valle Hermoso perteneciente al distrito de San Vicente, Zona céntrica de Imperial, A.H. Asunción 08, A.H. Josefina Ramos, A.H. Luis Felipe de las Casas, perteneciente al distrito de Imperial CP. Almenares, CP. Santa Adela, Cantera Baja, y el Anexo Cantera del Distrito de Nuevo Imperial de la Provincia de Cañete.
ALIMENTADOR : CÑ 01
CIRCUITOS
AFECTADOS : Alimentador CÑ 01
DIA : Viernes 22 de Junio del 2007.
HORA DE INICIO: 00:46 hrs. Del Viernes 22 de Junio del 2007.
HORA FINAL : 07:09 hrs. Del Viernes 22 de Junio del 2007.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T. ocasionada por terceras personas, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.
EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes, por esta interrupción ocasionada por causas fuera de su control.
TRABAJOS DE LIMPIEZA EN ZONA DE INGRESO A CAMAL MUNICIPAL SE INICIARON AYER
Con la finalidad de preservar el cuidado de la salud de la población y contribuir al embellecimiento de la ciudad, en el sector comprendido al ingreso al Camal Municipal de San Vicente, entre las intersecciones de las calles Santa Rosalía y José Gálvez; la Municipalidad Provincial de Cañete inició ayer los trabajos de retiro de desmonte y basura acumulada en el sector, disponiendo de la maquinaria necesaria, la mismas que continuará con sus labores durante algunos días, debido a la gran cantidad de desperdicios y deshechos existentes en el lugar.
El propio burgomaestre Javier Alvarado Gonzáles del Valle inspeccionó los trabajos, comprometiendo al vecindario a colaborar con la limpieza y el mantenimiento del lugar: Asimismo expresó su llamado a las autoridades del sector agricultura, especialmente la Junta de Usuarios de Cañete, entidad responsable del mantenimiento del río seco de Pócoto, para continuar con los trabajos correspondientes.
Posteriormente la primera autoridad edilicia provincial, se traslado hasta el Centro Poblado Herbay Bajo, en donde se han iniciado los trabajos de construcción de veredas, los mismos que beneficiarán a un 90 % de la población, que ya cuenta con redes de agua y desagüe.
Finalmente, se hizo presente en el Centro Poblado “Playa Hermosa” en donde comprobó que los trabajos de construcción de dos aulas ya se encuentra en su etapa final, obra que la población ha estado esperando por muchos años, debido a las malas condiciones en que se encuentra la precaria infraestructura del plantel.
Con la finalidad de preservar el cuidado de la salud de la población y contribuir al embellecimiento de la ciudad, en el sector comprendido al ingreso al Camal Municipal de San Vicente, entre las intersecciones de las calles Santa Rosalía y José Gálvez; la Municipalidad Provincial de Cañete inició ayer los trabajos de retiro de desmonte y basura acumulada en el sector, disponiendo de la maquinaria necesaria, la mismas que continuará con sus labores durante algunos días, debido a la gran cantidad de desperdicios y deshechos existentes en el lugar.
El propio burgomaestre Javier Alvarado Gonzáles del Valle inspeccionó los trabajos, comprometiendo al vecindario a colaborar con la limpieza y el mantenimiento del lugar: Asimismo expresó su llamado a las autoridades del sector agricultura, especialmente la Junta de Usuarios de Cañete, entidad responsable del mantenimiento del río seco de Pócoto, para continuar con los trabajos correspondientes.
Posteriormente la primera autoridad edilicia provincial, se traslado hasta el Centro Poblado Herbay Bajo, en donde se han iniciado los trabajos de construcción de veredas, los mismos que beneficiarán a un 90 % de la población, que ya cuenta con redes de agua y desagüe.
Finalmente, se hizo presente en el Centro Poblado “Playa Hermosa” en donde comprobó que los trabajos de construcción de dos aulas ya se encuentra en su etapa final, obra que la población ha estado esperando por muchos años, debido a las malas condiciones en que se encuentra la precaria infraestructura del plantel.
CONTINUA PROGRAMA GRATUITO “FOMENTANDO LA CULTURA Y EL DEPORTE”
Con la finalidad de seguir contribuyendo con el bienestar de nuestra niñez y juventud, la Municipalidad Provincial de Cañete que preside el burgomaestre Javier Jesús Alvarado Gonzáles del Valle, continúa con el Programa “Fomentando la Cultura y el Deporte” con el desarrollo de cursos gratuitos de: Voley, Fútbol, Boxeo, Tae Kon Do, Festejo y Cajón.
Las inscripciones se vienen realizando en la Sub Gerencia de Educación ubicada en el segundo piso de la Biblioteca Municipal, en horario de oficina. Para mayor información detallamos los días, horas y lugares donde se desarrollan las clases de martes a domingo:
8.00 am - 1.00 pm., Miércoles, Voley, Losa Deportiva “Humberto Di Laura”
8.00 am - 11.00 am y de 11.00 am - 5.30 pm, Jueves, Fútbol, Estadio Municipal “Roberto Yáñez”
10.00 am - 11.00 am y de 4.00 pm - 5.00 pm, Viernes, Boxeo, Salón de Recepciones “Cañete”
8.00 am – 12.00 m, Sábado, Fútbol, Estadio Municipal “Roberto Yáñez”
8.00 am – 1.00 pm, Sábado, Voley, Losa Deportiva “Humberto Di Laura”
10.00 am – 12.00 m, Sábado, Tae Kon Do, Salón de Recepciones “Cañete”
4.30 pm – 6.30 pm, Sábado, Festejo, Salón de Recepciones “Cañete”
6.30 pm – 7.30 pm, Sábado, Cajón, Salón de Reopciones “Cañete”
8.00 am – 12.00 m, Domingo, Fútbol, Estadio Municipal “Roberto Yáñez”
9.30 am – 11.30 am, Domingo, Festejo, Salón de Recepciones “Cañete”
11.30 am – 1.00 pm, Domingo, Cajón, Salón de Recepciones “Cañete”
Con la finalidad de seguir contribuyendo con el bienestar de nuestra niñez y juventud, la Municipalidad Provincial de Cañete que preside el burgomaestre Javier Jesús Alvarado Gonzáles del Valle, continúa con el Programa “Fomentando la Cultura y el Deporte” con el desarrollo de cursos gratuitos de: Voley, Fútbol, Boxeo, Tae Kon Do, Festejo y Cajón.
Las inscripciones se vienen realizando en la Sub Gerencia de Educación ubicada en el segundo piso de la Biblioteca Municipal, en horario de oficina. Para mayor información detallamos los días, horas y lugares donde se desarrollan las clases de martes a domingo:
8.00 am - 1.00 pm., Miércoles, Voley, Losa Deportiva “Humberto Di Laura”
8.00 am - 11.00 am y de 11.00 am - 5.30 pm, Jueves, Fútbol, Estadio Municipal “Roberto Yáñez”
10.00 am - 11.00 am y de 4.00 pm - 5.00 pm, Viernes, Boxeo, Salón de Recepciones “Cañete”
8.00 am – 12.00 m, Sábado, Fútbol, Estadio Municipal “Roberto Yáñez”
8.00 am – 1.00 pm, Sábado, Voley, Losa Deportiva “Humberto Di Laura”
10.00 am – 12.00 m, Sábado, Tae Kon Do, Salón de Recepciones “Cañete”
4.30 pm – 6.30 pm, Sábado, Festejo, Salón de Recepciones “Cañete”
6.30 pm – 7.30 pm, Sábado, Cajón, Salón de Reopciones “Cañete”
8.00 am – 12.00 m, Domingo, Fútbol, Estadio Municipal “Roberto Yáñez”
9.30 am – 11.30 am, Domingo, Festejo, Salón de Recepciones “Cañete”
11.30 am – 1.00 pm, Domingo, Cajón, Salón de Recepciones “Cañete”
UGEL 08 REALIZA DISTRIBUCION DE MATERIAL EDUCATIVO EN TODO CAÑETE
Encabezados por la propia Directora de la Ugel y un equipo de especialistas se viene cumpliendo con la distribución de material educativo a las instituciones educativas del nivel secundaria.
El día jueves 21 de junio, la Directora Olinda Quispe Cama, se desplazó hasta el lejano distrito de Santo Domingo de los Olleros en el Centro Poblado Santa Cruz de Comalipa en la I.E.P 20914 cumpliendo con la entrega de un Televisor de 29 “ pulgadas y una serie de materiales educativos.
Los materiales que se vienen distribuyendo son: Kits de Electricidad y Magnetismo, Kits de Código Genético, Kits de Materiales Tecnológicos, Kits de Control de Mecanismo, Módulos del Torso Humano y Guías para Docentes en Orientación para el Trabajo Pedagógico.La distribución continuará hasta el 26 de junio, culminando en Lunahuaná, Pacarán y Zuñiga
Encabezados por la propia Directora de la Ugel y un equipo de especialistas se viene cumpliendo con la distribución de material educativo a las instituciones educativas del nivel secundaria.
El día jueves 21 de junio, la Directora Olinda Quispe Cama, se desplazó hasta el lejano distrito de Santo Domingo de los Olleros en el Centro Poblado Santa Cruz de Comalipa en la I.E.P 20914 cumpliendo con la entrega de un Televisor de 29 “ pulgadas y una serie de materiales educativos.
Los materiales que se vienen distribuyendo son: Kits de Electricidad y Magnetismo, Kits de Código Genético, Kits de Materiales Tecnológicos, Kits de Control de Mecanismo, Módulos del Torso Humano y Guías para Docentes en Orientación para el Trabajo Pedagógico.La distribución continuará hasta el 26 de junio, culminando en Lunahuaná, Pacarán y Zuñiga
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
ORDENANZA Nº 013-2007/MDCA
Cerro Azul, 21 de junio de 2007
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL:
Por cuanto:
El Concejo Distrital de Cerro Azul, en su sesión de Concejo, de fecha 21 de Junio de 2007, visto el Proyecto de Reglamento que propone el Consejo de Coordinación Local Distrital: de conformidad con el articulo 105 de la Ley Orgánica de Municipalidades No.27972, con el voto unánime de sus miembros y con dispensa del tramite de lectura y aprobación del acta; ha dado la siguiente
ORDENANZA
REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE
CERRO AZUL
Articulo. Primero.- Aprobar el Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital de Cerro Azul, el mismo que contiene 5 Capítulos, 19 artículos y cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Matices de Cañete.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul
REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE CERRO AZUL.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1.- Objeto.- El presente Reglamento contiene las normas que rigen el funcionamiento y el ejercicio de los derechos y obligaciones de los miembros del Consejo de Coordinación Local del distrito de Cerro Azul
Artículo 2- Base Legal.
El Consejo de Coordinación Local del Distrito de Cerro Azul, se constituye en base a las siguientes disposiciones:
Constitución Política del Perú
Ley de Bases de la descentralización No.27783 y modificatorias.
Ley Orgánica de Municipalidades No.27973 (Artículos 102 al 105).
Ley marco del Presupuesto Participativo No.28056 y su Reglamento.
Ley de los Derechos de Participación Ciudadana No.26300.
Articulo 3 .- Naturaleza del Consejo de coordinación Local del Distrito de Cerro Azul
El Consejo de Coordinación Local del Distrito de Cerro Azul, es un órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad, no ejerce funciones ni actos de gobierno. El Concejo de Coordinación Local Distrital, lidera monitorea y garantiza el desarrollo de los procesos en la elaboración del Plan de Desarrollo Local Concertado y del Presupuesto Participativo.
CAPITULO II
COMPOSICION Y FUNCIONES
Articulo 4.- Composición.-
El Consejo de Coordinación Local del Distrito de Cerro Azul, esta integrado por el Alcalde Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal función en el teniente Alcalde, los Regidores distritales y por los tres representantes de las organizaciones sociales de base que han sido elegidos democráticamente de entre los delegados de dichas organizaciones, y que se encuentran legalmente acreditados
Articulo 5.- Mandato de los representantes de la sociedad civil
El número de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local del Distrito de Cerro Azul es de 3, equivalente al 40% del total de miembros del Concejo Municipal., como lo establece el artículo 102 de la Ley Orgánica de Municipalidades.
Los representantes de la sociedad civil son elegidos democráticamente, por un periodo de dos años de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de base de nivel distrital, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de tres años de actividad institucional comprobada. La elección de representantes será supervisada por el organismo electoral y se llevara a cabo de acuerdo a las normas que se aprueben en el respectivo Reglamento de Elecciones.
Articulo 6.- Funciones:
Son funciones del Consejo de Coordinación Local Distrital, las siguientes:
1.- Coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo.
2.- Proponer la elaboración de proyectos de inversión y de servicios públicos locales.
3.- Proponer convenios de cooperación distrital para la prestación de servicios públicos.
4.- Promover la formación de Fondos de Inversión como estimulo a la inversión privada en apoyo del desarrollo económico local sostenible.
5.- Otras que le encargue o solicite el Concejo Municipal Distrital
Artículo 7.- Vigencia de la representación.
El Alcalde y los Regidores ejercen su cargo por un periodo igual al mandato para el cual fueron elegidos, salvo que se produzcan las causales de vacancia fijados por Ley.
Los representantes de las organizaciones de base ejercen su representación por dos años a partir de su juramentación e incorporación en el Consejo de Coordinación Local Distrital.
En caso de reemplazo por vacancia, el nuevo Consejero completara el periodo del anterior.
Artículo 8.- Revocatoria y vacancia de los representantes de la sociedad civil.
La representación del delegado de la sociedad civil ante el Concejo de Coordinación Local del Distrito de Cerro Azul, vaca por las siguientes causales:
1.- Por fallecimiento.
2.- Por incapacidad física que imposibilite el cumplimiento normal de sus funciones.
3.- Por cambio de domicilio fuera de la jurisdicción del Distrito de Cerro Azul.
4.- Por condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad.
5.- Por inasistencia injustificada a dos sesiones ordinarias consecutivas o no consecutivas.
6.- Por renuncia.
CAPITULO III
DE LA INSTALACION DEL CONSEJO DE CORDINACION LOCAL DISTRITAL
Artículo 9.-.Para la instalación del Consejo de Coordinación Local Distrital se requiere la asistencia de la mitad mas uno de sus miembros.
Articulo 10.- En la sesión de instalación la asistencia del Alcalde es obligatoria e indelegable
CAPITULO IV
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DEL DISTRITO DE CERRO AZUL
Articulo 11.- Derechos:
Los miembros del Consejo de Coordinación Local del distrito de Cerro Azul, tienen los siguientes derechos:
1.- Ser convocado a las sesiones ordinarias y extraordinarias.
2.- Ejercer su derecho a voz y voto en las sesiones.
3.- Solicitar al Presidente con la debida anticipación, los informes y/o documentos relacionados con el objeto de las sesiones.
4.- Presentar en forma individual o colectiva sus propuestas a ser debatidas en sesión.
5.- Integrar y participar en las comisiones de trabajo que se designen en el seno del Consejo.
6.- Formular pedidos dentro del marco de las funciones que ejerce el Consejo de Coordinación local Distrital.
Articulo 12.- Obligaciones:
1.- Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo cuando sea convocado
2.- Coordinar con sus representados las propuestas que plantean en el seno del Consejo.
3.- Elaborar un banco de información y Proyectos de acuerdo a las necesidades y realidad del distrito.
4.- Participar en los Talleres de Trabajo programados.
5.- Suscribir el Acta de acuerdos en el Proceso del Presupuesto Participativo.
6.- Observar el debido comportamiento y respeto durante el desarrollo de las sesiones.
CAPITULO V
DE LAS SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS
Articulo 13.- Quórum:
Para la instalación y funcionamiento del Consejo de Coordinación Local del Distrito de Cerro Azul, se requiere de la asistenta de la mitad más uno de sus miembros hábiles en primera convocatorio, en segunda que será treinta minutos después de la primera, con el número de asistentes.
Articulo 14.- Convocatoria:
El Alcalde convoca a las sesiones ordinarias y extraordinarias, con una anticipación no menor de tres días, por escrito, señalándose: lugar, fecha y hora en primera y segunda convocatoria, adjuntándose la agenda respectiva.
Artículo 15.- Sesiones Ordinarias
El Consejo de Coordinación Local del Distrito de Cerro Azul, se reúne en sesión ordinaria dos veces al año para tratar sobre los siguientes asuntos:
Plan de Desarrollo Local Concertado
Presupuesto Participativo
Artículo 16.- Sesiones Extraordinarias
Las sesiones extraordinarias se llevaran a cabo cuando lo convoque el Alcalde o a solicitud de dos tercios de los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital.
Articulo 17.- Acuerdos:
Los acuerdos se adoptaran por unanimidad o por mayoría simple.
Articulo 18.- Libro de Actas
Las sesiones serán anotadas en el Libro de Actas que será llevado por el Secretario general de la Municipalidad. Los acuerdos serán publicados en el Portal de la Municipalidad.
Artículo 19.- Apoyo Logístico
La Secretaria General de la Municipalidad prestara el apoyo logístico al Consejo de Coordinación Local Distrital.
ORDENANZA Nº 013-2007/MDCA
Cerro Azul, 21 de junio de 2007
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL:
Por cuanto:
El Concejo Distrital de Cerro Azul, en su sesión de Concejo, de fecha 21 de Junio de 2007, visto el Proyecto de Reglamento que propone el Consejo de Coordinación Local Distrital: de conformidad con el articulo 105 de la Ley Orgánica de Municipalidades No.27972, con el voto unánime de sus miembros y con dispensa del tramite de lectura y aprobación del acta; ha dado la siguiente
ORDENANZA
REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE
CERRO AZUL
Articulo. Primero.- Aprobar el Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital de Cerro Azul, el mismo que contiene 5 Capítulos, 19 artículos y cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Matices de Cañete.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul
REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE CERRO AZUL.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1.- Objeto.- El presente Reglamento contiene las normas que rigen el funcionamiento y el ejercicio de los derechos y obligaciones de los miembros del Consejo de Coordinación Local del distrito de Cerro Azul
Artículo 2- Base Legal.
El Consejo de Coordinación Local del Distrito de Cerro Azul, se constituye en base a las siguientes disposiciones:
Constitución Política del Perú
Ley de Bases de la descentralización No.27783 y modificatorias.
Ley Orgánica de Municipalidades No.27973 (Artículos 102 al 105).
Ley marco del Presupuesto Participativo No.28056 y su Reglamento.
Ley de los Derechos de Participación Ciudadana No.26300.
Articulo 3 .- Naturaleza del Consejo de coordinación Local del Distrito de Cerro Azul
El Consejo de Coordinación Local del Distrito de Cerro Azul, es un órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad, no ejerce funciones ni actos de gobierno. El Concejo de Coordinación Local Distrital, lidera monitorea y garantiza el desarrollo de los procesos en la elaboración del Plan de Desarrollo Local Concertado y del Presupuesto Participativo.
CAPITULO II
COMPOSICION Y FUNCIONES
Articulo 4.- Composición.-
El Consejo de Coordinación Local del Distrito de Cerro Azul, esta integrado por el Alcalde Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal función en el teniente Alcalde, los Regidores distritales y por los tres representantes de las organizaciones sociales de base que han sido elegidos democráticamente de entre los delegados de dichas organizaciones, y que se encuentran legalmente acreditados
Articulo 5.- Mandato de los representantes de la sociedad civil
El número de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local del Distrito de Cerro Azul es de 3, equivalente al 40% del total de miembros del Concejo Municipal., como lo establece el artículo 102 de la Ley Orgánica de Municipalidades.
Los representantes de la sociedad civil son elegidos democráticamente, por un periodo de dos años de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de base de nivel distrital, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de tres años de actividad institucional comprobada. La elección de representantes será supervisada por el organismo electoral y se llevara a cabo de acuerdo a las normas que se aprueben en el respectivo Reglamento de Elecciones.
Articulo 6.- Funciones:
Son funciones del Consejo de Coordinación Local Distrital, las siguientes:
1.- Coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo.
2.- Proponer la elaboración de proyectos de inversión y de servicios públicos locales.
3.- Proponer convenios de cooperación distrital para la prestación de servicios públicos.
4.- Promover la formación de Fondos de Inversión como estimulo a la inversión privada en apoyo del desarrollo económico local sostenible.
5.- Otras que le encargue o solicite el Concejo Municipal Distrital
Artículo 7.- Vigencia de la representación.
El Alcalde y los Regidores ejercen su cargo por un periodo igual al mandato para el cual fueron elegidos, salvo que se produzcan las causales de vacancia fijados por Ley.
Los representantes de las organizaciones de base ejercen su representación por dos años a partir de su juramentación e incorporación en el Consejo de Coordinación Local Distrital.
En caso de reemplazo por vacancia, el nuevo Consejero completara el periodo del anterior.
Artículo 8.- Revocatoria y vacancia de los representantes de la sociedad civil.
La representación del delegado de la sociedad civil ante el Concejo de Coordinación Local del Distrito de Cerro Azul, vaca por las siguientes causales:
1.- Por fallecimiento.
2.- Por incapacidad física que imposibilite el cumplimiento normal de sus funciones.
3.- Por cambio de domicilio fuera de la jurisdicción del Distrito de Cerro Azul.
4.- Por condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad.
5.- Por inasistencia injustificada a dos sesiones ordinarias consecutivas o no consecutivas.
6.- Por renuncia.
CAPITULO III
DE LA INSTALACION DEL CONSEJO DE CORDINACION LOCAL DISTRITAL
Artículo 9.-.Para la instalación del Consejo de Coordinación Local Distrital se requiere la asistencia de la mitad mas uno de sus miembros.
Articulo 10.- En la sesión de instalación la asistencia del Alcalde es obligatoria e indelegable
CAPITULO IV
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DEL DISTRITO DE CERRO AZUL
Articulo 11.- Derechos:
Los miembros del Consejo de Coordinación Local del distrito de Cerro Azul, tienen los siguientes derechos:
1.- Ser convocado a las sesiones ordinarias y extraordinarias.
2.- Ejercer su derecho a voz y voto en las sesiones.
3.- Solicitar al Presidente con la debida anticipación, los informes y/o documentos relacionados con el objeto de las sesiones.
4.- Presentar en forma individual o colectiva sus propuestas a ser debatidas en sesión.
5.- Integrar y participar en las comisiones de trabajo que se designen en el seno del Consejo.
6.- Formular pedidos dentro del marco de las funciones que ejerce el Consejo de Coordinación local Distrital.
Articulo 12.- Obligaciones:
1.- Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo cuando sea convocado
2.- Coordinar con sus representados las propuestas que plantean en el seno del Consejo.
3.- Elaborar un banco de información y Proyectos de acuerdo a las necesidades y realidad del distrito.
4.- Participar en los Talleres de Trabajo programados.
5.- Suscribir el Acta de acuerdos en el Proceso del Presupuesto Participativo.
6.- Observar el debido comportamiento y respeto durante el desarrollo de las sesiones.
CAPITULO V
DE LAS SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS
Articulo 13.- Quórum:
Para la instalación y funcionamiento del Consejo de Coordinación Local del Distrito de Cerro Azul, se requiere de la asistenta de la mitad más uno de sus miembros hábiles en primera convocatorio, en segunda que será treinta minutos después de la primera, con el número de asistentes.
Articulo 14.- Convocatoria:
El Alcalde convoca a las sesiones ordinarias y extraordinarias, con una anticipación no menor de tres días, por escrito, señalándose: lugar, fecha y hora en primera y segunda convocatoria, adjuntándose la agenda respectiva.
Artículo 15.- Sesiones Ordinarias
El Consejo de Coordinación Local del Distrito de Cerro Azul, se reúne en sesión ordinaria dos veces al año para tratar sobre los siguientes asuntos:
Plan de Desarrollo Local Concertado
Presupuesto Participativo
Artículo 16.- Sesiones Extraordinarias
Las sesiones extraordinarias se llevaran a cabo cuando lo convoque el Alcalde o a solicitud de dos tercios de los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital.
Articulo 17.- Acuerdos:
Los acuerdos se adoptaran por unanimidad o por mayoría simple.
Articulo 18.- Libro de Actas
Las sesiones serán anotadas en el Libro de Actas que será llevado por el Secretario general de la Municipalidad. Los acuerdos serán publicados en el Portal de la Municipalidad.
Artículo 19.- Apoyo Logístico
La Secretaria General de la Municipalidad prestara el apoyo logístico al Consejo de Coordinación Local Distrital.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
ORDENANZA N° 012-2007/MDCA
REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO 2008 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
CERRO AZUL
Cerro Azul, 21 de Junio de 2007
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO
El Concejo Distrital de Cerro Azul en Sesión de Concejo de fecha 21 de junio de 2007.
VISTO: El Informe Nº 105-2007/PP/MDCA, de fecha 15 de Junio de 2007, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, adjunto al cual propone la Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2008.
CONSIDERANDO
Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 197º y 199º , establece que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo Local, formulan sus respectivos Presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a ley;
Que, el articulo 53º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos anuales como instrumento de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su Jurisdicción;
Que, asimismo la Decimosexta Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las Municipalidades regularán mediante Ordenanza los Mecanismos de Aprobación de sus Presupuestos Participativos;
De conformidad con el Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01, para el Proceso del Presupuesto Participativo correspondiente al Año Fiscal 2008, Aprobado mediante Resolución Directoral Nº 08-2007-EF/76.01, de la Dirección Nacional de Presupuesto Público, con lo establecido en los Artículos 9º numeral 8) y 14) de la Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley del Marco del Presupuesto Participativo Nº 28056 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF.
Estando a lo dictaminado y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, por Unanimidad, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo aprobó lo siguiente:
ORDENANZA
REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2008 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
TITULO I
GENERALIDADES
Artículo 1º.- Base legal.
. Constitución Política del Perú
. Ley 27783 Ley de Bases de la Descentralización y modificatorias
. Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades
. Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias
. Ley 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo y modificatorias.
. Decreto Supremo No.171-2003-EF Reglamento de la Ley 28056 Ley Marco
. Del Presupuesto Participativo.
. Instructivo No.001-2007 EF Instructivo para el Proceso del Presupuesto
Participativo para el ejercicio fiscal 2008.
Articulo 2º.- Objeto.
La presente Ordenanza establece las normas que reglamentan el Proceso del Presupuesto Participativo del Año 2008, regula los mecanismos y procedimientos de programación, participación, concertación para la formulación de dicho presupuesto..
Artículo 3.- Principios rectores del Presupuesto Participativo:
1.- Participación.- El gobierno local promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil en la programación de su presupuesto, en concordancia con el Plan de Desarrollo Local Concertado así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos.
2.- Transparencia.- El presupuesto del gobierno local es objeto de difusión a fin de que la población tenga conocimiento de el.
3.- Igualdad de oportunidades - Las organizaciones de la sociedad civil tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, genero, o de cualquier otra naturaleza en los procesos de planificación y presupuesto participativo.
4.- Tolerancia.- es la garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones de quienes conforman la sociedad.
5.- Eficiencia y eficacia- El gobierno local optimiza los recursos presupuestales orientados al logro de metas y objetivos del Plan de Desarrollo Local Concertado.
6.-Equidad.-Igual acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales que requieren ser atendidos de manera especial.
7.- Competitividad.- El gobierno local orienta su gestión hacia la competitividad, promoviendo la inversión privada y orientando las acciones publicas hacia la promoción del desarrollo.
8.- Corresponsabilidad entre el gobierno local y la sociedad civil en la identificación de oportunidades, solución de los problemas de la comunidad, ambos relacionados a la priorizacion de proyectos de desarrollo, respetando los alcances y contenidos del Plan de Desarrollo Local Concertado y del Presupuesto Participativo.
9.- Solidaridad.- disposición de todo agente participante para asumir los problemas de otros como propios, sin intereses particulares.
10-Respeto a los acuerdos.- la participación ciudadana en los asuntos públicos se fundamenta en el compromiso de llevar adelante, por parte de todos los actores, las decisiones concertadas. Estas decisiones no pueden ser modificadas unilateralmente.
Artículo 4.- Alcances
La aplicación de las normas del presente reglamento se efectúa dentro de la jurisdicción del distrito y alcanza a todos los agentes del presupuesto participativo.
Articulo 5.- De los Agentes participantes:
Con voz y voto:
El Consejo de Coordinación Local Distrital
El Alcalde
El Concejo Municipal
Representantes de la sociedad civil inscritos en el Libro de Registros de participantes.
Los organismos del Estado
Con voz pero sin voto:
El Equipo Técnico
TITULO II
DEL DESARROLLO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2008
Articulo 6 .- CONVOCATORIA DE LA SOCIEDAD CIVIL
La Municipalidad Distrital de Cerro Azul en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital, a través de la Oficina de Imagen Institucional, convoca a la sociedad civil a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2008.
La convocatoria se efectuara mediante avisos en las vitrinas de la municipalidad, carteles en diversos lugares del distrito, en la página Web de la municipalidad y a través de un medio masivo de la provincia.
La Sociedad Civil comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así como a los organismos e instituciones privadas organizadas y no organizadas cuya sede principal se encuentre dentro de la jurisdicción del distrito de Cerro Azul y cuyos miembros residan mayoritariamente dentro de el, tales como Juntas o Comité Vecinales, Clubes de Madres, Comedores Populares, Comités del Programa del Vaso de Leche, Comunidades Campesinas , Sindicatos, Asociaciones de Padres de Familia, Organización de Mujeres, de Jóvenes, las Mesas de Concertación de Lucha contra la Pobreza y cualquier otra agrupación social representativa del distrito.
Los organismos e instituciones privadas son todas las organizaciones, instituciones y demás entidades promotoras de desarrollo, tales como Universidades, Colegios Profesionales, Asociaciones Civiles, Organizaciones Gubernamentales de Desarrollo, Cámaras de Comercio, Asociaciones o Gremios Empresariales, laborales, agrarias de productos o comerciantes, Organismos de Cooperación Técnica Internacional, fundaciones, iglesias, entre otras con presencia en la Jurisdicción.
Articulo Nº 7.- INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO DE PARTICIPANTES
Las organizaciones sociales, organismos, instituciones privadas en general que deseen participar en el Proceso del Presupuesto Participativo Institucional 2008, deberán solicitar su inscripción en el libro de Registros de Participantes, el cual se encontrará abierto en la oficina de Secretaria General del local municipal en las fechas que señale el cronograma respectivo.
Articulo Nº 8.- Pueden inscribirse en el Libro de Registro de Participantes, las personas jurídicas debidamente organizadas e inscritas en los Registros Públicos de Cañete, así como las Sociedades de hecho que estén en proceso de regularización previa acreditación de su representante legal, participaran también aquellas asociaciones y organizaciones inscritas en la Municipalidad, así como las Instituciones Públicas y Privadas que deseen participar, siempre y cuando se encuentren dentro de la Jurisdicción del Distrito y que la mayoría de sus miembros residan en este, o en su caso que desarrollen actividades en el ámbito del distrito.
Articulo Nº 9.- REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION
Para inscribirse en el Libro de Registro de Participantes en el Proceso del Presupuesto Participativo Distrital, se requiere presentar lo siguiente:
Solicitud simple dirigida al alcalde en formato proporcionado por la Municipalidad.
Copia simple de la resolución de reconocimiento y/o registro de organización vecinal inscrita en la Municipalidad de Cerro Azul
Copia simple de la constitución social de las Instituciones privadas y en su caso del instrumento legal de creación de las instituciones públicas
Fotocopia simple del documento de identidad del representante legal
Copia del acta de designación y/o elección del representante de la organización social y/o mandato vigente del representante legal para las instituciones publicas y privadas
Relación de los representantes (no mas de 2) de las organizaciones sociales de base de los organismos e instituciones privadas que participaran el en proceso participativo.
ORDENANZA N° 012-2007/MDCA
REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO 2008 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
CERRO AZUL
Cerro Azul, 21 de Junio de 2007
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO
El Concejo Distrital de Cerro Azul en Sesión de Concejo de fecha 21 de junio de 2007.
VISTO: El Informe Nº 105-2007/PP/MDCA, de fecha 15 de Junio de 2007, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, adjunto al cual propone la Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2008.
CONSIDERANDO
Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 197º y 199º , establece que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo Local, formulan sus respectivos Presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a ley;
Que, el articulo 53º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos anuales como instrumento de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su Jurisdicción;
Que, asimismo la Decimosexta Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las Municipalidades regularán mediante Ordenanza los Mecanismos de Aprobación de sus Presupuestos Participativos;
De conformidad con el Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01, para el Proceso del Presupuesto Participativo correspondiente al Año Fiscal 2008, Aprobado mediante Resolución Directoral Nº 08-2007-EF/76.01, de la Dirección Nacional de Presupuesto Público, con lo establecido en los Artículos 9º numeral 8) y 14) de la Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley del Marco del Presupuesto Participativo Nº 28056 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF.
Estando a lo dictaminado y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, por Unanimidad, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo aprobó lo siguiente:
ORDENANZA
REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2008 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
TITULO I
GENERALIDADES
Artículo 1º.- Base legal.
. Constitución Política del Perú
. Ley 27783 Ley de Bases de la Descentralización y modificatorias
. Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades
. Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias
. Ley 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo y modificatorias.
. Decreto Supremo No.171-2003-EF Reglamento de la Ley 28056 Ley Marco
. Del Presupuesto Participativo.
. Instructivo No.001-2007 EF Instructivo para el Proceso del Presupuesto
Participativo para el ejercicio fiscal 2008.
Articulo 2º.- Objeto.
La presente Ordenanza establece las normas que reglamentan el Proceso del Presupuesto Participativo del Año 2008, regula los mecanismos y procedimientos de programación, participación, concertación para la formulación de dicho presupuesto..
Artículo 3.- Principios rectores del Presupuesto Participativo:
1.- Participación.- El gobierno local promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil en la programación de su presupuesto, en concordancia con el Plan de Desarrollo Local Concertado así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos.
2.- Transparencia.- El presupuesto del gobierno local es objeto de difusión a fin de que la población tenga conocimiento de el.
3.- Igualdad de oportunidades - Las organizaciones de la sociedad civil tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, genero, o de cualquier otra naturaleza en los procesos de planificación y presupuesto participativo.
4.- Tolerancia.- es la garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones de quienes conforman la sociedad.
5.- Eficiencia y eficacia- El gobierno local optimiza los recursos presupuestales orientados al logro de metas y objetivos del Plan de Desarrollo Local Concertado.
6.-Equidad.-Igual acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales que requieren ser atendidos de manera especial.
7.- Competitividad.- El gobierno local orienta su gestión hacia la competitividad, promoviendo la inversión privada y orientando las acciones publicas hacia la promoción del desarrollo.
8.- Corresponsabilidad entre el gobierno local y la sociedad civil en la identificación de oportunidades, solución de los problemas de la comunidad, ambos relacionados a la priorizacion de proyectos de desarrollo, respetando los alcances y contenidos del Plan de Desarrollo Local Concertado y del Presupuesto Participativo.
9.- Solidaridad.- disposición de todo agente participante para asumir los problemas de otros como propios, sin intereses particulares.
10-Respeto a los acuerdos.- la participación ciudadana en los asuntos públicos se fundamenta en el compromiso de llevar adelante, por parte de todos los actores, las decisiones concertadas. Estas decisiones no pueden ser modificadas unilateralmente.
Artículo 4.- Alcances
La aplicación de las normas del presente reglamento se efectúa dentro de la jurisdicción del distrito y alcanza a todos los agentes del presupuesto participativo.
Articulo 5.- De los Agentes participantes:
Con voz y voto:
El Consejo de Coordinación Local Distrital
El Alcalde
El Concejo Municipal
Representantes de la sociedad civil inscritos en el Libro de Registros de participantes.
Los organismos del Estado
Con voz pero sin voto:
El Equipo Técnico
TITULO II
DEL DESARROLLO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2008
Articulo 6 .- CONVOCATORIA DE LA SOCIEDAD CIVIL
La Municipalidad Distrital de Cerro Azul en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital, a través de la Oficina de Imagen Institucional, convoca a la sociedad civil a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2008.
La convocatoria se efectuara mediante avisos en las vitrinas de la municipalidad, carteles en diversos lugares del distrito, en la página Web de la municipalidad y a través de un medio masivo de la provincia.
La Sociedad Civil comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así como a los organismos e instituciones privadas organizadas y no organizadas cuya sede principal se encuentre dentro de la jurisdicción del distrito de Cerro Azul y cuyos miembros residan mayoritariamente dentro de el, tales como Juntas o Comité Vecinales, Clubes de Madres, Comedores Populares, Comités del Programa del Vaso de Leche, Comunidades Campesinas , Sindicatos, Asociaciones de Padres de Familia, Organización de Mujeres, de Jóvenes, las Mesas de Concertación de Lucha contra la Pobreza y cualquier otra agrupación social representativa del distrito.
Los organismos e instituciones privadas son todas las organizaciones, instituciones y demás entidades promotoras de desarrollo, tales como Universidades, Colegios Profesionales, Asociaciones Civiles, Organizaciones Gubernamentales de Desarrollo, Cámaras de Comercio, Asociaciones o Gremios Empresariales, laborales, agrarias de productos o comerciantes, Organismos de Cooperación Técnica Internacional, fundaciones, iglesias, entre otras con presencia en la Jurisdicción.
Articulo Nº 7.- INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO DE PARTICIPANTES
Las organizaciones sociales, organismos, instituciones privadas en general que deseen participar en el Proceso del Presupuesto Participativo Institucional 2008, deberán solicitar su inscripción en el libro de Registros de Participantes, el cual se encontrará abierto en la oficina de Secretaria General del local municipal en las fechas que señale el cronograma respectivo.
Articulo Nº 8.- Pueden inscribirse en el Libro de Registro de Participantes, las personas jurídicas debidamente organizadas e inscritas en los Registros Públicos de Cañete, así como las Sociedades de hecho que estén en proceso de regularización previa acreditación de su representante legal, participaran también aquellas asociaciones y organizaciones inscritas en la Municipalidad, así como las Instituciones Públicas y Privadas que deseen participar, siempre y cuando se encuentren dentro de la Jurisdicción del Distrito y que la mayoría de sus miembros residan en este, o en su caso que desarrollen actividades en el ámbito del distrito.
Articulo Nº 9.- REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION
Para inscribirse en el Libro de Registro de Participantes en el Proceso del Presupuesto Participativo Distrital, se requiere presentar lo siguiente:
Solicitud simple dirigida al alcalde en formato proporcionado por la Municipalidad.
Copia simple de la resolución de reconocimiento y/o registro de organización vecinal inscrita en la Municipalidad de Cerro Azul
Copia simple de la constitución social de las Instituciones privadas y en su caso del instrumento legal de creación de las instituciones públicas
Fotocopia simple del documento de identidad del representante legal
Copia del acta de designación y/o elección del representante de la organización social y/o mandato vigente del representante legal para las instituciones publicas y privadas
Relación de los representantes (no mas de 2) de las organizaciones sociales de base de los organismos e instituciones privadas que participaran el en proceso participativo.
Articulo Nº 10.- ORGANO COMPETENTE PROCESO DE INSCRIPCION
La Oficina de Secretaria General es el órgano encargado de Administrar el Proceso de Inscripción de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
En el caso que se formulara observación o tacha a la inscripción, la organización o ciudadano podrá interponer recurso de reconsideración o apelación de conformidad con las disposiciones de la Ley 27444 Ley General de Procedimientos Administrativos, sin obligación de pago de derecho alguno.
Articulo Nº 11.- DIFUSION DE INSCRITOS
El listado final de los participantes inscritos será pegado en carteles y en lugares visibles de la municipalidad y publicado en la página Web.
Articulo.- 12.- RESPONSABILIDADES DE LOS AGENTES PARTICIPANTES
- Opinar respecto a la información económica y administrativa de los resultados de la ejecución del Presupuesto Participativo del 2007.
- Asistir a las reuniones de capacitación y talleres de trabajo así como a las convocatorias que se realicen durante el proceso del Presupuesto Participativo.
- Proveer información respecto al diagnostico y problemática de la población y proponer la ejecución de los proyectos de inversión de interés en función a las necesidades básicas y prioritarias de la población.
- Participar en la priorizacion de los proyectos seleccionados en función al presupuesto disponible - Suscribir el acta de participación en cada Taller.
- Suscribir el acta de acuerdos y compromisos del Presupuesto Participativo.
Articulo Nº 13.- DE LA CAPACITACION DE LOS AGENTES PARTICIPANTES:
La capacitación de los agentes participantes se desarrollara como una tarea permanente que se ajuste a las necesidades y características de la población de Cerro Azul, pudiendo llevarse a cabo a través de talleres, asambleas o reuniones en la que las autoridades y la población se informen y comprendan las tareas que involucra el Proceso Participativo. En lo posible estará a cargo de Funcionarios especialistas en las materias.
Los temas a desarrollarse en la capacitación son: El Proceso del Presupuesto Participativo; Gestión y Políticas Publicas; Descentralización; Las Finanzas Publicas y el equilibrio macro económico, Planeamiento y Desarrollo regional y Local; Gestión Presupuestaria Local; Sistema Nacional de Inversión Publica.
Articulo No. 14.- DESARROLLO DE LOS TALLERES DE TRABAJO
Los talleres de Trabajo son las reuniones de los agentes participantes del Proceso Participativo convocada por el Alcalde en calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, en las cuales sobre la base de la visión y los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Local Concertado, se plantean las acciones a implementar, señalándose los compromisos que los diversos actores públicos y privados asumirán en la ejecución del Presupuesto Participativo.
Se llevaran a cabo dos Talleres, la asistencia de los participantes inscritos será obligatoria al modulo de capacitación y a los talleres señalados en la presente Ordenanza, la inasistencia a un taller impedirá la asistencia al taller final y a la formalización de acuerdos.
Articulo Nº 15.- PRIMER TALLER (Diagnostico Temático y Territorial)
En este taller participaran los agentes de la sociedad civil inscritos. La Municipalidad informará sobre el Plan de desarrollo concertado. Los resultados de la ejecución del presupuesto participativo 2007. Se efectuará el diagnostico de la situación de los Centros Poblados; sus necesidades, problemas, capacidades y potencialidades relacionadas con los aspectos económicos, sociales, culturales y ambientales, que permitan formular una propuesta de desarrollo integral de acuerdo a la realidad del Distrito.; El diagnostico temático y territorial permitirá identificar las causas de los problemas, escoger las mejores opciones para resolverlos encontrar el mejor camino para el desarrollo a partir de las potencialidades y de los cambios que se necesitan realizar.
Participan en el diagnostico aportando información representantes de las autoridades de salud, educación, agricultura, pesca. y otras.
Articulo Nº 16.- SEGUNDO TALLER (Taller de trabajo de definición de criterios de priorización de las acciones y de proyectos)
Al iniciar este segundo taller un representante del equipo técnico informara a los agentes participantes respecto a los recursos de los que se disponen para la definición de problemas y priorizacion de proyectos en el Presupuesto Participativo
En este taller se informara a los agentes participantes las reales restricciones presupuestales de la municipalidad.
Se llevará a cabo la selección y priorización de los proyectos en el marco de la propuesta de viabilidad elaborada por el Equipo Técnico.
Luego del debate respectivo, se elaborará un listado de orden de prioridades de los proyectos a ejecutarse en cada Centro Poblado o zona como resultado de la aplicación de criterios establecidos en la presente Ordenanza, los que serán considerados dentro del Marco de Presupuesto Participativo del año siguiente.
Los resultados del proceso participativo consolidados por el equipo técnico incluye la evaluación y el desarrollo técnico y financiero de las propuestas y son presentadas por el Alcalde a los Agentes Participantes para su discusión y aprobación final, suscribiéndose los acuerdos y acta respectiva.
Articulo No.17.- CRITERIOS PARA LA PRIORIZACION DE PROYECTOS
Los criterios que se tomaran en cuenta son aquellos contenidos en el Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2008 aprobado por la Resolución Directoral No.08-2007 EF/ 76.01. y son los siguientes;
- Los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Local Concertado
- Proyectos que presentan mayor rentabilidad social en base a los problemas
priorizados participativamente.
- El cofinanciamiento por parte de la población beneficiaria u otro.
- El nivel de cumplimiento de sus obligaciones tributarias de la población
beneficiaria con el gobierno local.
- El impacto en la población beneficiada.-
- Los niveles de pobreza.
- El efecto en el empleo local.
- Los grupos vulnerables o en situación de riesgo.
Artículo 18.- EVALUACION TECNICA
El Equipo Técnico realizara la evolución técnica de los problemas priorizados participativamente, evaluación de alternativas de solución a los problemas y sustentación técnica y financiera de las propuestas de proyectos de inversión.
Las propuestas de acciones con sus costos estimados son presentadas por el equipo técnico a los Agentes participantes para su aprobación.
El Equipo Técnico elaborara el Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo. Asimismo, elaborara el Documento del Presupuesto Participativo en base a los resultados obtenidos en los Talleres de Trabajo.
Articulo Nº 19.- FORMALIZACION DE LOS ACUERDOS
Alcanzado los acuerdos respectivos, los participantes en general, Consejo de Coordinación Local Distrital y representantes de la sociedad civil, Equipo Técnico, suscribirán el Acta respectiva.
La no suscripción del acta por alguno de los agentes participantes no invalida los acuerdos adoptados dejándose constancia de tales circunstancias.
Articulo Nº 20.- COMITÉS DE VIGILANCIA
Concluido los Talleres se agruparan los participantes por Centro Poblado o zona a fin de designar a los miembros de los Comités de Vigilancia, que ejercerán acciones de vigilancia del cumplimiento de los acuerdos y resultados del proceso participativo. Las atribuciones de los Comités de Vigilancia finalizaran al concluir la ejecución de los proyectos en el Centro Poblado o zona respectiva El numero mínimo de personas que integraran los Comités de Vigilancia y Control es de cuatro (4) miembros.
Articulo Nº 21.- APROBACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2008
Aprobados y formalizados los acuerdos y compromisos del Presupuesto Participativo, estos convertidos en actividades y proyectos son incluidos en el Presupuesto Institucional de apertura para su aprobación por el concejo municipal.
El Presupuesto Participativo 2008 una vez aprobado por el Concejo Municipal,, se publicará en el Diario “Matices” de la Provincia de Cañete, la copia del documento que formaliza los acuerdos y del Acuerdo del Concejo que aprueba el Presupuesto se remitirán a las entidades a que se refiera el Articulo 9° del Reglamento de la Ley 28056
TITULO III
DEL EQUIPO TECNICO
Articulo Nº 22.- Conformación:
Designar al Equipo Técnico que se encargará de brindar asesoramiento y soporte técnico en el proceso de Planeamiento, y durante el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2008. el mismo que estará integrado por:
• Gerente de Planeamiento y Presupuesto CPC Carlos Huasasquiche Herrera
• Gerente de Desarrollo Urbano Ing. Michelle Espinoza Campomanes
• Asesor Legal Externo Dra. Cecilia Loayza Pinedo
• Gerente de Administración CP César Fernández Flores
• Representante de Sociedad Civil (1) Sr. Felipe Ramón Piñas
Artículo 23.- Representante de la sociedad civil
El representante de la sociedad civil será seleccionado por el Consejo de Coordinación Local Distrital a propuesta de los representantes de la sociedad civil ante dicho Consejo.
Articulo 24.-Responsabilidades del Equipo Técnico
Son responsabilidades básicas del Equipo Técnico, las siguientes:
- Capacitar a los agentes sobre las distintas fases del proceso.
- Capacitar a la sociedad civil sobre identificación de problemas y priorizacion de los mismos.
- Apoyo en la organización y ejecución de los Talleres de Trabajo
- Preparar la información para el debate en los Talleres de Trabajo.
- Evaluación de los problemas priorizados y planteamiento de alternativas de solución.
- Presentación y sustentación ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de las alternativas propuestas-
- Desarrollar la evaluación técnica y financiera de los proyectos priorizados.
- Evaluar la viabilidad de los proyectos priorizados en los talleres de Trabajo
- Elaboración del acta de acuerdos y compromisos.
- Elaboración del Documento del Proceso Participativo del año fiscal.
- Otros que disponga el Alcalde.
TITULO IV
DEL CRONOGRAMA DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2008
Articulo Nº 25- Las acciones definidas para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2008, se desarrollaran de acuerdo al cronograma que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
TITULO V
CRITERIOS PARA LA ASIGNACION PRESUPUESTAL
Articulo Nº 26.- CRITERIOS DE ASIGNACION PRESUPUESTAL POR CENTROS POBLADOS O ZONAS
La Asignación de los montos para la ejecución de los proyectos de inversión en los Centros Poblados o zonas comprendidas en el presupuesto Participativo se efectuarán de acuerdo a los siguientes criterios:
a) Densidad poblacional de la zona, priorizando la población menos atendida
b) Nivel de pobreza priorizando necesidades básicas insatisfechas
DISPOSICION FINAL
Primera.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario “Matices” de la Provincia de Cañete.
POR TANTO:
Regístrese, Publíquese y Comuníquese.
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul
La Oficina de Secretaria General es el órgano encargado de Administrar el Proceso de Inscripción de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
En el caso que se formulara observación o tacha a la inscripción, la organización o ciudadano podrá interponer recurso de reconsideración o apelación de conformidad con las disposiciones de la Ley 27444 Ley General de Procedimientos Administrativos, sin obligación de pago de derecho alguno.
Articulo Nº 11.- DIFUSION DE INSCRITOS
El listado final de los participantes inscritos será pegado en carteles y en lugares visibles de la municipalidad y publicado en la página Web.
Articulo.- 12.- RESPONSABILIDADES DE LOS AGENTES PARTICIPANTES
- Opinar respecto a la información económica y administrativa de los resultados de la ejecución del Presupuesto Participativo del 2007.
- Asistir a las reuniones de capacitación y talleres de trabajo así como a las convocatorias que se realicen durante el proceso del Presupuesto Participativo.
- Proveer información respecto al diagnostico y problemática de la población y proponer la ejecución de los proyectos de inversión de interés en función a las necesidades básicas y prioritarias de la población.
- Participar en la priorizacion de los proyectos seleccionados en función al presupuesto disponible - Suscribir el acta de participación en cada Taller.
- Suscribir el acta de acuerdos y compromisos del Presupuesto Participativo.
Articulo Nº 13.- DE LA CAPACITACION DE LOS AGENTES PARTICIPANTES:
La capacitación de los agentes participantes se desarrollara como una tarea permanente que se ajuste a las necesidades y características de la población de Cerro Azul, pudiendo llevarse a cabo a través de talleres, asambleas o reuniones en la que las autoridades y la población se informen y comprendan las tareas que involucra el Proceso Participativo. En lo posible estará a cargo de Funcionarios especialistas en las materias.
Los temas a desarrollarse en la capacitación son: El Proceso del Presupuesto Participativo; Gestión y Políticas Publicas; Descentralización; Las Finanzas Publicas y el equilibrio macro económico, Planeamiento y Desarrollo regional y Local; Gestión Presupuestaria Local; Sistema Nacional de Inversión Publica.
Articulo No. 14.- DESARROLLO DE LOS TALLERES DE TRABAJO
Los talleres de Trabajo son las reuniones de los agentes participantes del Proceso Participativo convocada por el Alcalde en calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, en las cuales sobre la base de la visión y los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Local Concertado, se plantean las acciones a implementar, señalándose los compromisos que los diversos actores públicos y privados asumirán en la ejecución del Presupuesto Participativo.
Se llevaran a cabo dos Talleres, la asistencia de los participantes inscritos será obligatoria al modulo de capacitación y a los talleres señalados en la presente Ordenanza, la inasistencia a un taller impedirá la asistencia al taller final y a la formalización de acuerdos.
Articulo Nº 15.- PRIMER TALLER (Diagnostico Temático y Territorial)
En este taller participaran los agentes de la sociedad civil inscritos. La Municipalidad informará sobre el Plan de desarrollo concertado. Los resultados de la ejecución del presupuesto participativo 2007. Se efectuará el diagnostico de la situación de los Centros Poblados; sus necesidades, problemas, capacidades y potencialidades relacionadas con los aspectos económicos, sociales, culturales y ambientales, que permitan formular una propuesta de desarrollo integral de acuerdo a la realidad del Distrito.; El diagnostico temático y territorial permitirá identificar las causas de los problemas, escoger las mejores opciones para resolverlos encontrar el mejor camino para el desarrollo a partir de las potencialidades y de los cambios que se necesitan realizar.
Participan en el diagnostico aportando información representantes de las autoridades de salud, educación, agricultura, pesca. y otras.
Articulo Nº 16.- SEGUNDO TALLER (Taller de trabajo de definición de criterios de priorización de las acciones y de proyectos)
Al iniciar este segundo taller un representante del equipo técnico informara a los agentes participantes respecto a los recursos de los que se disponen para la definición de problemas y priorizacion de proyectos en el Presupuesto Participativo
En este taller se informara a los agentes participantes las reales restricciones presupuestales de la municipalidad.
Se llevará a cabo la selección y priorización de los proyectos en el marco de la propuesta de viabilidad elaborada por el Equipo Técnico.
Luego del debate respectivo, se elaborará un listado de orden de prioridades de los proyectos a ejecutarse en cada Centro Poblado o zona como resultado de la aplicación de criterios establecidos en la presente Ordenanza, los que serán considerados dentro del Marco de Presupuesto Participativo del año siguiente.
Los resultados del proceso participativo consolidados por el equipo técnico incluye la evaluación y el desarrollo técnico y financiero de las propuestas y son presentadas por el Alcalde a los Agentes Participantes para su discusión y aprobación final, suscribiéndose los acuerdos y acta respectiva.
Articulo No.17.- CRITERIOS PARA LA PRIORIZACION DE PROYECTOS
Los criterios que se tomaran en cuenta son aquellos contenidos en el Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2008 aprobado por la Resolución Directoral No.08-2007 EF/ 76.01. y son los siguientes;
- Los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Local Concertado
- Proyectos que presentan mayor rentabilidad social en base a los problemas
priorizados participativamente.
- El cofinanciamiento por parte de la población beneficiaria u otro.
- El nivel de cumplimiento de sus obligaciones tributarias de la población
beneficiaria con el gobierno local.
- El impacto en la población beneficiada.-
- Los niveles de pobreza.
- El efecto en el empleo local.
- Los grupos vulnerables o en situación de riesgo.
Artículo 18.- EVALUACION TECNICA
El Equipo Técnico realizara la evolución técnica de los problemas priorizados participativamente, evaluación de alternativas de solución a los problemas y sustentación técnica y financiera de las propuestas de proyectos de inversión.
Las propuestas de acciones con sus costos estimados son presentadas por el equipo técnico a los Agentes participantes para su aprobación.
El Equipo Técnico elaborara el Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo. Asimismo, elaborara el Documento del Presupuesto Participativo en base a los resultados obtenidos en los Talleres de Trabajo.
Articulo Nº 19.- FORMALIZACION DE LOS ACUERDOS
Alcanzado los acuerdos respectivos, los participantes en general, Consejo de Coordinación Local Distrital y representantes de la sociedad civil, Equipo Técnico, suscribirán el Acta respectiva.
La no suscripción del acta por alguno de los agentes participantes no invalida los acuerdos adoptados dejándose constancia de tales circunstancias.
Articulo Nº 20.- COMITÉS DE VIGILANCIA
Concluido los Talleres se agruparan los participantes por Centro Poblado o zona a fin de designar a los miembros de los Comités de Vigilancia, que ejercerán acciones de vigilancia del cumplimiento de los acuerdos y resultados del proceso participativo. Las atribuciones de los Comités de Vigilancia finalizaran al concluir la ejecución de los proyectos en el Centro Poblado o zona respectiva El numero mínimo de personas que integraran los Comités de Vigilancia y Control es de cuatro (4) miembros.
Articulo Nº 21.- APROBACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2008
Aprobados y formalizados los acuerdos y compromisos del Presupuesto Participativo, estos convertidos en actividades y proyectos son incluidos en el Presupuesto Institucional de apertura para su aprobación por el concejo municipal.
El Presupuesto Participativo 2008 una vez aprobado por el Concejo Municipal,, se publicará en el Diario “Matices” de la Provincia de Cañete, la copia del documento que formaliza los acuerdos y del Acuerdo del Concejo que aprueba el Presupuesto se remitirán a las entidades a que se refiera el Articulo 9° del Reglamento de la Ley 28056
TITULO III
DEL EQUIPO TECNICO
Articulo Nº 22.- Conformación:
Designar al Equipo Técnico que se encargará de brindar asesoramiento y soporte técnico en el proceso de Planeamiento, y durante el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2008. el mismo que estará integrado por:
• Gerente de Planeamiento y Presupuesto CPC Carlos Huasasquiche Herrera
• Gerente de Desarrollo Urbano Ing. Michelle Espinoza Campomanes
• Asesor Legal Externo Dra. Cecilia Loayza Pinedo
• Gerente de Administración CP César Fernández Flores
• Representante de Sociedad Civil (1) Sr. Felipe Ramón Piñas
Artículo 23.- Representante de la sociedad civil
El representante de la sociedad civil será seleccionado por el Consejo de Coordinación Local Distrital a propuesta de los representantes de la sociedad civil ante dicho Consejo.
Articulo 24.-Responsabilidades del Equipo Técnico
Son responsabilidades básicas del Equipo Técnico, las siguientes:
- Capacitar a los agentes sobre las distintas fases del proceso.
- Capacitar a la sociedad civil sobre identificación de problemas y priorizacion de los mismos.
- Apoyo en la organización y ejecución de los Talleres de Trabajo
- Preparar la información para el debate en los Talleres de Trabajo.
- Evaluación de los problemas priorizados y planteamiento de alternativas de solución.
- Presentación y sustentación ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de las alternativas propuestas-
- Desarrollar la evaluación técnica y financiera de los proyectos priorizados.
- Evaluar la viabilidad de los proyectos priorizados en los talleres de Trabajo
- Elaboración del acta de acuerdos y compromisos.
- Elaboración del Documento del Proceso Participativo del año fiscal.
- Otros que disponga el Alcalde.
TITULO IV
DEL CRONOGRAMA DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2008
Articulo Nº 25- Las acciones definidas para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2008, se desarrollaran de acuerdo al cronograma que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
TITULO V
CRITERIOS PARA LA ASIGNACION PRESUPUESTAL
Articulo Nº 26.- CRITERIOS DE ASIGNACION PRESUPUESTAL POR CENTROS POBLADOS O ZONAS
La Asignación de los montos para la ejecución de los proyectos de inversión en los Centros Poblados o zonas comprendidas en el presupuesto Participativo se efectuarán de acuerdo a los siguientes criterios:
a) Densidad poblacional de la zona, priorizando la población menos atendida
b) Nivel de pobreza priorizando necesidades básicas insatisfechas
DISPOSICION FINAL
Primera.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario “Matices” de la Provincia de Cañete.
POR TANTO:
Regístrese, Publíquese y Comuníquese.
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
ORDENANZA Nº 011-2007/MDCA
Cerro Azul, 21 de Junio de 2007
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE CERRO AZUL
Visto: En sesión de concejo de fecha 21 de Junio de 2007, el informe Nº 019-2007-RRCC-MDCA, de la Jefa del Área de Registro Civil, respecto al Proyecto de Ordenanza sobre Matrimonio Civil Comunitario.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del estado establece en su articulo 74 que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley y el artículo 195 inciso4 señala que los Gobiernos Locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a Ley;
Que, es propósito de este Gobierno Municipal coadyuvar al fortalecimiento de la unidad familiar por cuanto la familia constituye el núcleo básico de la sociedad y en este sentido debe brindarse las facilidades del caso a fin de regularizar la situación del estado civil mediante la unión matrimonial de aquellas parejas que se encuentran en condiciones de convivencia, exonerándose de las tasas que por Matrimonio Civil se consignan en el Texto único Ordenado de Procedimientos Administrativos. TUPA aprobado por Ordenanza Nº 007-2007/MDCA;
Que, con tal fin y con ocasión de celebrarse el Aniversario del Distrito, debe programarse la realización del Matrimonio Civil Comunitario;
Que, asimismo el artículo 252 del Código Civil establece que el Alcalde puede disponer la publicación de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el artículo 248;
De conformidad con el artículo 9 numeral 8 de la Ley 27972 Orgánica de Municipalidades y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, con el voto unánime del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente Ordenanza;
ORDENANZA
Artículo Primero.- Autorizar la celebración del Matrimonio Comunitario, que se llevará a cabo el día 11 de Agosto de 2007 a las 6 pm en el frontis de la Municipalidad. Las inscripciones se realizarán en el Área de Registro Civil, desde el día miércoles 20 de Junio al Jueves 02 de Agosto de 2007.
Artículo Segundo.- Exonerar del pago de las tasas por concepto de apertura de expediente; ceremonia, edicto y constancia matrimonial, a los contrayentes que se inscriban para la ceremonia civil comunitario. Así como de la publicación de los avisos en el Diario Oficial de mayor circulación.
Artículo Tercero.- Dentro del periodo de inscripciones a que se refiere el artículo primero, los contrayentes deberán presentarse ante la Municipalidad, Área de Registro Civil, con dos testigos, con los siguientes documentos:
- Solicitud de Matrimonio
- Documento de Identidad (DNI)
- Copias Certificadas de Partidas de Nacimiento Actualizadas
- Certificado de Salud y Constancia de Consejería
- Diligenciar Formatos de Declaración Jurada de Soltería y de Domicilio
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial Matices de Cañete.
Artículo Quinto.- Disponer que el Área de Registro Civil y la Oficina de Imagen Institucional se encarguen del fiel cumplimiento de la presente Ordenanza.
POR CUANTO:
Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Archívese
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul
ORDENANZA Nº 011-2007/MDCA
Cerro Azul, 21 de Junio de 2007
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE CERRO AZUL
Visto: En sesión de concejo de fecha 21 de Junio de 2007, el informe Nº 019-2007-RRCC-MDCA, de la Jefa del Área de Registro Civil, respecto al Proyecto de Ordenanza sobre Matrimonio Civil Comunitario.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del estado establece en su articulo 74 que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley y el artículo 195 inciso4 señala que los Gobiernos Locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a Ley;
Que, es propósito de este Gobierno Municipal coadyuvar al fortalecimiento de la unidad familiar por cuanto la familia constituye el núcleo básico de la sociedad y en este sentido debe brindarse las facilidades del caso a fin de regularizar la situación del estado civil mediante la unión matrimonial de aquellas parejas que se encuentran en condiciones de convivencia, exonerándose de las tasas que por Matrimonio Civil se consignan en el Texto único Ordenado de Procedimientos Administrativos. TUPA aprobado por Ordenanza Nº 007-2007/MDCA;
Que, con tal fin y con ocasión de celebrarse el Aniversario del Distrito, debe programarse la realización del Matrimonio Civil Comunitario;
Que, asimismo el artículo 252 del Código Civil establece que el Alcalde puede disponer la publicación de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el artículo 248;
De conformidad con el artículo 9 numeral 8 de la Ley 27972 Orgánica de Municipalidades y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, con el voto unánime del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente Ordenanza;
ORDENANZA
Artículo Primero.- Autorizar la celebración del Matrimonio Comunitario, que se llevará a cabo el día 11 de Agosto de 2007 a las 6 pm en el frontis de la Municipalidad. Las inscripciones se realizarán en el Área de Registro Civil, desde el día miércoles 20 de Junio al Jueves 02 de Agosto de 2007.
Artículo Segundo.- Exonerar del pago de las tasas por concepto de apertura de expediente; ceremonia, edicto y constancia matrimonial, a los contrayentes que se inscriban para la ceremonia civil comunitario. Así como de la publicación de los avisos en el Diario Oficial de mayor circulación.
Artículo Tercero.- Dentro del periodo de inscripciones a que se refiere el artículo primero, los contrayentes deberán presentarse ante la Municipalidad, Área de Registro Civil, con dos testigos, con los siguientes documentos:
- Solicitud de Matrimonio
- Documento de Identidad (DNI)
- Copias Certificadas de Partidas de Nacimiento Actualizadas
- Certificado de Salud y Constancia de Consejería
- Diligenciar Formatos de Declaración Jurada de Soltería y de Domicilio
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial Matices de Cañete.
Artículo Quinto.- Disponer que el Área de Registro Civil y la Oficina de Imagen Institucional se encarguen del fiel cumplimiento de la presente Ordenanza.
POR CUANTO:
Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Archívese
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ORDENANZA Nº 013-2007-MPC
Cañete, 19 de Junio del 2007.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;
POR CUANTO;
El Concejo Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de junio de 2007 y, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
CONSIDERANDO;
Qué, conforme a lo establecido por la Constitución Política del Estado y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidad Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Qué, a través de la Ordenanza Nº 01-2006-MPC de fecha 23 de Enero del 2006 se aprobó el horario nocturno a establecerse en los establecimientos comerciales y espectáculos públicos, en la jurisdicción de San Vicente de Cañete.
Qué, en el Artículo 1º de la norma acotada, establece que los establecimientos comerciales dedicados exclusivamente a Discotecas, Karaokes, Salones de Baile, Salones de Recepciones, Video Pub, Night Club, Peñas y a cualquier actividad económica, en donde se requiera el uso de música y/o venta de licores, los cuales podrán aperturar sus locales comerciales para la atención al público a partir de las 8.00 p.m., hasta las 2.00 a.m., hora en que cerrarán sus puertas, concediéndoles un adicional de 60 minutos para atención interna, debiendo cerrarse indefectiblemente a las 3.00 a.m. Este horario máximo de atención incluye también a los establecimientos comerciales dedicados a Bares, Salas de Juegos, Cabinas de Internet y Espectáculos Públicos.
Qué, en el Artículo 7º de la Ordenanza en mención, se adicionó al Reglamento de Aplicación de Multa y Sanciones las siguientes infracciones;
“Por mantener el establecimiento comercial con atención al público, después de las 3.00 a.m., 10% de la UIT
“Primera reincidencia se sanciona con el 20% UIT y procede a la Clausura Transitoria”
“Segunda reincidencia se sanciona con el 30% UIT y procede a la Clausura Definitiva”
Qué, mediante Ordenanza Nº 013-2003-MPC de fecha 17 de Marzo del 2003, se aprobó el Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones RAMSA, de la Municipalidad Provincial de Cañete;
Qué, es necesario aprobar las Multas y Sanciones que se aplicarán a quienes no cumplan con acatar la Ordenanza citada en el Segundo Considerando de la presente norma municipal;
Estando a lo expuesto, y conforme a lo dispuesto por el Artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa de aprobación del acta y con el voto mayoritario se aprobó la siguiente ;
ORDENANZA - INCORPORACIÓN DE MULTAS SANCIONES
ARTICULO 1º.- Aprobar la incorporación de la siguiente Multa y Sanción al Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones RAMSA de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobado por Ordenanza Nº 013-2003-MPC de fecha 17 de Marzo del 2003, a los establecimientos comerciales dedicados exclusivamente a Discotecas, Karaokes, Salones de Baile, Salones de Recepciones, Video Pub, Night Club, Peñas y a cualquier actividad económica, en donde se requiera el uso de música y/o venta de licores, los cuales podrán abrir sus locales comerciales para la atención al público a partir de las 6.00 p.m., hasta las 2.00 a.m., hora en que cerrarán sus puertas definitivamente según detalle:
GERENCIA DE TRIBUTACION MUNICIPAL (EN ESTABLECIMIENTOS)
Por mantener el establecimiento comercial en funcionamiento, después de las 2.00 a.m. 20% UIT y procede clausura transitoria.
En caso de reincidencia se sanciona con el 30% UIT y procede la clausura definitiva.
ARTICULO 2º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 06 de Julio del 2007.
ARTICULO 3º.- ENCÁRGUESE a la Gerencia General, Gerencia de Tributación Municipal, Gerencia de Servicios Públicos el cumplimiento de la presente Ordenanza.
ARTICULO 4º .- DERÓGUESE todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza.
ARTICULO 5º.- ENCARGUESE a la Secretaría General, la difusión masiva de la presente norma.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, CUMPLASE.
Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
ALCALDE
ORDENANZA Nº 013-2007-MPC
Cañete, 19 de Junio del 2007.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;
POR CUANTO;
El Concejo Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de junio de 2007 y, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
CONSIDERANDO;
Qué, conforme a lo establecido por la Constitución Política del Estado y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidad Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Qué, a través de la Ordenanza Nº 01-2006-MPC de fecha 23 de Enero del 2006 se aprobó el horario nocturno a establecerse en los establecimientos comerciales y espectáculos públicos, en la jurisdicción de San Vicente de Cañete.
Qué, en el Artículo 1º de la norma acotada, establece que los establecimientos comerciales dedicados exclusivamente a Discotecas, Karaokes, Salones de Baile, Salones de Recepciones, Video Pub, Night Club, Peñas y a cualquier actividad económica, en donde se requiera el uso de música y/o venta de licores, los cuales podrán aperturar sus locales comerciales para la atención al público a partir de las 8.00 p.m., hasta las 2.00 a.m., hora en que cerrarán sus puertas, concediéndoles un adicional de 60 minutos para atención interna, debiendo cerrarse indefectiblemente a las 3.00 a.m. Este horario máximo de atención incluye también a los establecimientos comerciales dedicados a Bares, Salas de Juegos, Cabinas de Internet y Espectáculos Públicos.
Qué, en el Artículo 7º de la Ordenanza en mención, se adicionó al Reglamento de Aplicación de Multa y Sanciones las siguientes infracciones;
“Por mantener el establecimiento comercial con atención al público, después de las 3.00 a.m., 10% de la UIT
“Primera reincidencia se sanciona con el 20% UIT y procede a la Clausura Transitoria”
“Segunda reincidencia se sanciona con el 30% UIT y procede a la Clausura Definitiva”
Qué, mediante Ordenanza Nº 013-2003-MPC de fecha 17 de Marzo del 2003, se aprobó el Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones RAMSA, de la Municipalidad Provincial de Cañete;
Qué, es necesario aprobar las Multas y Sanciones que se aplicarán a quienes no cumplan con acatar la Ordenanza citada en el Segundo Considerando de la presente norma municipal;
Estando a lo expuesto, y conforme a lo dispuesto por el Artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa de aprobación del acta y con el voto mayoritario se aprobó la siguiente ;
ORDENANZA - INCORPORACIÓN DE MULTAS SANCIONES
ARTICULO 1º.- Aprobar la incorporación de la siguiente Multa y Sanción al Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones RAMSA de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobado por Ordenanza Nº 013-2003-MPC de fecha 17 de Marzo del 2003, a los establecimientos comerciales dedicados exclusivamente a Discotecas, Karaokes, Salones de Baile, Salones de Recepciones, Video Pub, Night Club, Peñas y a cualquier actividad económica, en donde se requiera el uso de música y/o venta de licores, los cuales podrán abrir sus locales comerciales para la atención al público a partir de las 6.00 p.m., hasta las 2.00 a.m., hora en que cerrarán sus puertas definitivamente según detalle:
GERENCIA DE TRIBUTACION MUNICIPAL (EN ESTABLECIMIENTOS)
Por mantener el establecimiento comercial en funcionamiento, después de las 2.00 a.m. 20% UIT y procede clausura transitoria.
En caso de reincidencia se sanciona con el 30% UIT y procede la clausura definitiva.
ARTICULO 2º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 06 de Julio del 2007.
ARTICULO 3º.- ENCÁRGUESE a la Gerencia General, Gerencia de Tributación Municipal, Gerencia de Servicios Públicos el cumplimiento de la presente Ordenanza.
ARTICULO 4º .- DERÓGUESE todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza.
ARTICULO 5º.- ENCARGUESE a la Secretaría General, la difusión masiva de la presente norma.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, CUMPLASE.
Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
ALCALDE
JUDICIALES
RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO
NOTARIA “CAMACHO GALVEZ”
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, de San Vicente de Cañete, se presentó doña MARIA CLEMENTINA JUICA SERVA, quien solicita se rectifique su ACTA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de San Luis, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos de la Solicitante: Dice: MARIA CLEMENTINA.- Debe Decir: MARIA CLEMENTINA JUICA SERVA. Datos del Padre: Dice: MAXIMO JUICA.- Debe Decir: MAXIMO JUICA MILLAN.- Datos de la Madre: Dice: JUSTINA SERVA.- Debe Decir: JUSTINA SERVA LOZANO. Lo que comunico para los fines de ley.
Cañete, 20 de Junio del 2007.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
EDICTO
Exp. 009-2007, ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José De la Cruz Vargas, Secretario Dr. Ernesto Hurtado Villavicencio, don EUCEBIO PATRICIO LEON CASTRO solicita la SUCESION INTESTADA de quien en vida fuera su padre don Ceferino León Cueto fallecido el 22-02-1956 en el distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima. Se comunica para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia.
Imperial, 14 de Mayo del 2007.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA
JEFATURA DEL REGISTRO DE ESTADO CIVIL
El Jefe del Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete de acuerdo a lo establecido en la Ley 26497, capítulo V, Sección Segunda, Art. 73 mando publicar:
Que con Exp. Nº 067-OREC-2007 de fecha diecinueve de Junio doña Irma Cama Yactayo solicita la RECTIFICACION ADMINISTRATIVA de su PARTIDA DE MATRIMONIO registrada en el Libro número tres folio número dieciocho del año mil novecientos cincuenta y uno en esta Municipalidad Distrital de Quilmaná en el sentido de Rectificar el nombre de la titular escribiéndose como IRMA CAMA YACTAYO y no como IRMA H. CAMA YACTAYO.
Quienes consideren que puedan resultar perjudicadas con la Rectificación solicitada, podrán formular su oposición dentro del término de Ley, en caso contrario se procederá a la inscripción según el Art. 68 de la Ley arriba indicada
Quilmaná, 20 de Junio del 2007.
Alfredo Trumán Guerrero Huamán
Registrador Civil
Quilmaná – Cañete
EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete que despacha el señor Juez Titular doctor Jacinto Arnaldo Cama Quispe y el Secretario Judicial Marcos Hugo Vivas Vivas, se tramita el Exp. Nº 2007-00121-0, en el cual se ha dictado la siguiente resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCION NÚMERO CUATRO.- Cañete, veintiocho de Mayo del año dos mil siete: AUTOS Y VISTOS: ADMÍTASE a trámite la demanda interpuesta por FORTUNATO VILLALOBOS SÁNCHEZ, HIPÓLITO VILLALOBOS SÁNCHEZ, ISABEL FELICITA VILLALOBOS SÁNCHEZ y JESUS MANUEL VILLALOBOS SÁNCHEZ contra AGUSTIN MASIAS P. sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO; tramítesele en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO y téngase por ofrecidos los medios probatorios de la parte demandante, NOTIFÍQUESE mediante edictos al demandado AGUSTIN MASIAS P., para que dentro del término de SESENTA DÍAS se apersonen a la instancia bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal.- Interviene el Secretario Judicial que suscribe por disposición superior.
Cañete, 28 de Mayo del 2007.
Dr Marcos H. Vivas Vivas
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Publicar: 22, 24 y 25 de Junio
EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado Mixto de la provincia de Cañete, que está a cargo del Doctor Jacinto Cama Quispe por vacaciones del titular y Secretario Judicial Luis Alberto Melgarejo Fernández, se tramita el Expediente Nº 2007-94, seguido por JULIA HUACHACA AVALOS con la COOPERATIVA AGRARIA DE USUARIOS EL CHILCAL LIMITADA Nº 04, sobre PRESCRIPCION ADQUISITVA DE DOMINIO, en la cual se ha dictado la siguiente resolución que se ordena a publicar, la misma que se transcribe: RESOLUCION NUMERO UNO: Cañete, veintidós de Mayo del dos mil siete. AUTOS Y VISTOS: ADMITASE a trámite la demanda interpuesta por JULIA HUACHACA AVALOS con la COOPERATIVA AGRARIA DE USUARIOS EL CHILCAL LIMITADA Nº 04, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO; tramitándose en la vía del PROCESO ABREVIADO y, téngase por ofrecidos los medios probatorios de la parte demandante, reservándose su admisibilidad y/o procedibilidad para el estadio procesal correspondiente: NOTIFIQUESE a la parte demandante para que dentro del término de DIEZ DIAS, absuelva la demanda, bajo apercibimiento de declarársele rebelde; PUBLÍQUESE un extracto de la demanda por tres veces y con intervalo de tres días en el diario oficial “El Peruano” y en el diario encargado de los avisos judiciales esta provincia; y NOTIFIQUESE a los colindantes con la demanda y la presente resolución. Una firma del Juez y del Secretario Judicial.
Cañete, 22 de Mayo del 2007.
Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Cañete
23 y 27 de Junio y 03 de Julio.
RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete; SANTA CHUMPITAZ ROJAS, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete. Aparece erróneamente el nombre de su madre, como NAZARIA ROJAS, debiendo ser correctamente: NASARIA ROJAS ANAPAN. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 19 de Junio del 2007.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete; SUSANA T. CHUMPITAZ ROJAS, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, aparece erróneamente el nombre de su madre, como NAZARIA ROJAS, debiendo ser correctamente: NASARIA ROJAS ANAPAN. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 19 de Junio del 2007.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete; MERCEDES CHUMPITAZ ROJAS, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, aparece erróneamente el nombre de su madre, como NASARIA ROJAS, debiendo ser correctamente: NASARIA ROJAS ANAPAN. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 19 de Junio del 2007.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO
NOTARIA “CAMACHO GALVEZ”
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, de San Vicente de Cañete, se presentó doña MARIA CLEMENTINA JUICA SERVA, quien solicita se rectifique su ACTA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de San Luis, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos de la Solicitante: Dice: MARIA CLEMENTINA.- Debe Decir: MARIA CLEMENTINA JUICA SERVA. Datos del Padre: Dice: MAXIMO JUICA.- Debe Decir: MAXIMO JUICA MILLAN.- Datos de la Madre: Dice: JUSTINA SERVA.- Debe Decir: JUSTINA SERVA LOZANO. Lo que comunico para los fines de ley.
Cañete, 20 de Junio del 2007.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
EDICTO
Exp. 009-2007, ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José De la Cruz Vargas, Secretario Dr. Ernesto Hurtado Villavicencio, don EUCEBIO PATRICIO LEON CASTRO solicita la SUCESION INTESTADA de quien en vida fuera su padre don Ceferino León Cueto fallecido el 22-02-1956 en el distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima. Se comunica para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia.
Imperial, 14 de Mayo del 2007.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA
JEFATURA DEL REGISTRO DE ESTADO CIVIL
El Jefe del Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete de acuerdo a lo establecido en la Ley 26497, capítulo V, Sección Segunda, Art. 73 mando publicar:
Que con Exp. Nº 067-OREC-2007 de fecha diecinueve de Junio doña Irma Cama Yactayo solicita la RECTIFICACION ADMINISTRATIVA de su PARTIDA DE MATRIMONIO registrada en el Libro número tres folio número dieciocho del año mil novecientos cincuenta y uno en esta Municipalidad Distrital de Quilmaná en el sentido de Rectificar el nombre de la titular escribiéndose como IRMA CAMA YACTAYO y no como IRMA H. CAMA YACTAYO.
Quienes consideren que puedan resultar perjudicadas con la Rectificación solicitada, podrán formular su oposición dentro del término de Ley, en caso contrario se procederá a la inscripción según el Art. 68 de la Ley arriba indicada
Quilmaná, 20 de Junio del 2007.
Alfredo Trumán Guerrero Huamán
Registrador Civil
Quilmaná – Cañete
EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete que despacha el señor Juez Titular doctor Jacinto Arnaldo Cama Quispe y el Secretario Judicial Marcos Hugo Vivas Vivas, se tramita el Exp. Nº 2007-00121-0, en el cual se ha dictado la siguiente resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCION NÚMERO CUATRO.- Cañete, veintiocho de Mayo del año dos mil siete: AUTOS Y VISTOS: ADMÍTASE a trámite la demanda interpuesta por FORTUNATO VILLALOBOS SÁNCHEZ, HIPÓLITO VILLALOBOS SÁNCHEZ, ISABEL FELICITA VILLALOBOS SÁNCHEZ y JESUS MANUEL VILLALOBOS SÁNCHEZ contra AGUSTIN MASIAS P. sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO; tramítesele en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO y téngase por ofrecidos los medios probatorios de la parte demandante, NOTIFÍQUESE mediante edictos al demandado AGUSTIN MASIAS P., para que dentro del término de SESENTA DÍAS se apersonen a la instancia bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal.- Interviene el Secretario Judicial que suscribe por disposición superior.
Cañete, 28 de Mayo del 2007.
Dr Marcos H. Vivas Vivas
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Publicar: 22, 24 y 25 de Junio
EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado Mixto de la provincia de Cañete, que está a cargo del Doctor Jacinto Cama Quispe por vacaciones del titular y Secretario Judicial Luis Alberto Melgarejo Fernández, se tramita el Expediente Nº 2007-94, seguido por JULIA HUACHACA AVALOS con la COOPERATIVA AGRARIA DE USUARIOS EL CHILCAL LIMITADA Nº 04, sobre PRESCRIPCION ADQUISITVA DE DOMINIO, en la cual se ha dictado la siguiente resolución que se ordena a publicar, la misma que se transcribe: RESOLUCION NUMERO UNO: Cañete, veintidós de Mayo del dos mil siete. AUTOS Y VISTOS: ADMITASE a trámite la demanda interpuesta por JULIA HUACHACA AVALOS con la COOPERATIVA AGRARIA DE USUARIOS EL CHILCAL LIMITADA Nº 04, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO; tramitándose en la vía del PROCESO ABREVIADO y, téngase por ofrecidos los medios probatorios de la parte demandante, reservándose su admisibilidad y/o procedibilidad para el estadio procesal correspondiente: NOTIFIQUESE a la parte demandante para que dentro del término de DIEZ DIAS, absuelva la demanda, bajo apercibimiento de declarársele rebelde; PUBLÍQUESE un extracto de la demanda por tres veces y con intervalo de tres días en el diario oficial “El Peruano” y en el diario encargado de los avisos judiciales esta provincia; y NOTIFIQUESE a los colindantes con la demanda y la presente resolución. Una firma del Juez y del Secretario Judicial.
Cañete, 22 de Mayo del 2007.
Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Cañete
23 y 27 de Junio y 03 de Julio.
RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete; SANTA CHUMPITAZ ROJAS, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete. Aparece erróneamente el nombre de su madre, como NAZARIA ROJAS, debiendo ser correctamente: NASARIA ROJAS ANAPAN. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 19 de Junio del 2007.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete; SUSANA T. CHUMPITAZ ROJAS, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, aparece erróneamente el nombre de su madre, como NAZARIA ROJAS, debiendo ser correctamente: NASARIA ROJAS ANAPAN. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 19 de Junio del 2007.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete; MERCEDES CHUMPITAZ ROJAS, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, aparece erróneamente el nombre de su madre, como NASARIA ROJAS, debiendo ser correctamente: NASARIA ROJAS ANAPAN. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 19 de Junio del 2007.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
21 junio 2007
Denuncia Ex Gobernador De Hongos, Plinio Ordoñez Castillo...
"HAY UNA MANO NEGRA QUE ME QUIERE HACER DAÑO..."
SAN VICENTE.- El dirigente de una facción sutepista de la base de Cañete, José Sánchez Candela, fue denunciado ante la Fiscalía Provincial Mixta de Cañete, por los disturbios ocasionados en el IEP "José Buenaventura Sepúlveda" durante la movilización realizada el pasado 14 de Junio.
La denuncia fue presentada por el profesor Wilfredo Contreras Huarache, argumentando la presunta comisión de delitos de violación a la libertad de trabajo, violación de domicilio de una institución pública, y otros.
La denuncia fue presentada el pasado 15 de Junio y comprende también a su junta directiva en pleno que encabezaron los incidentes bochornosos en el "alma mater" de Cañete peligrando la integridad física de los profesores y el alumnado en general.
"Ingresaron al plantel lanzando lemas alusivas en contra de la comunidad educativa del José Buenaventura Sepúlveda, sin tener el más mínimo respeto a la decisión de la base que no acató el paro dado a un acuerdo de asamblea", acotó Contreras.
"Esto en mérito a que, ayer 14 de junio, aproximadamente a las 12.10 del mediodía, una treintena de sindicalistas entre docentes y personas de dudosa reputación hicieron su ingreso intempestivo a las instalaciones del IEP José Buenaventura Sepúlveda- Área Técnica- en horas que llevábamos el desarrollo de nuestras clases en forma normal, habiendo decidido NO ACATAR EL PRETENDIDO PARO DE 24 HORAS POR ESTAR EN DESACUERDO CON EL MANEJO DIRIGENCIAL PROVINCIAL Y NACIONAL", dice Contreras Huarache en su denuncia.
"Estas personas irrumpieron sin autorización a un local público, donde nuestros estudiantes reciben sus clases, generándose el pánico entre los alumnos por el temido desenlace o enfrentamiento; estos estaban dirigidos por el PROF. JOSÉ SÁNCHEZ CANDELA Y SUS DIRIGENTES PROVINCIALES DEL SUTEP – CAÑETE, quienes en una actitud violentista y agresiva vociferaban epítetos provocadores en contra de mi persona, contra nuestros dirigentes de base y en contra de nuestra institución, tildándonos de amarillos, traidores y expresiones irreproducibles", remarca.
El polémico docente, dijo que el magisterio tiene todo el derecho de poder movilizarse en demanda de sus reivindicaciones, pero a la vez se debe respetar la decisión de sus bases que no concuerdan con la política del CEN – SUTEP.
Invocó que, finalmente, será el Fiscal Provincial Mixta de Cañete, que hará suyo la demanda y los integrantes de la junta directiva de José Sánchez Candela, tendrá que desfilar por los pasillos de la Policía para esclarecer ante las instancias judiciales.
"HAY UNA MANO NEGRA QUE ME QUIERE HACER DAÑO..."
SAN VICENTE.- El dirigente de una facción sutepista de la base de Cañete, José Sánchez Candela, fue denunciado ante la Fiscalía Provincial Mixta de Cañete, por los disturbios ocasionados en el IEP "José Buenaventura Sepúlveda" durante la movilización realizada el pasado 14 de Junio.
La denuncia fue presentada por el profesor Wilfredo Contreras Huarache, argumentando la presunta comisión de delitos de violación a la libertad de trabajo, violación de domicilio de una institución pública, y otros.
La denuncia fue presentada el pasado 15 de Junio y comprende también a su junta directiva en pleno que encabezaron los incidentes bochornosos en el "alma mater" de Cañete peligrando la integridad física de los profesores y el alumnado en general.
"Ingresaron al plantel lanzando lemas alusivas en contra de la comunidad educativa del José Buenaventura Sepúlveda, sin tener el más mínimo respeto a la decisión de la base que no acató el paro dado a un acuerdo de asamblea", acotó Contreras.
"Esto en mérito a que, ayer 14 de junio, aproximadamente a las 12.10 del mediodía, una treintena de sindicalistas entre docentes y personas de dudosa reputación hicieron su ingreso intempestivo a las instalaciones del IEP José Buenaventura Sepúlveda- Área Técnica- en horas que llevábamos el desarrollo de nuestras clases en forma normal, habiendo decidido NO ACATAR EL PRETENDIDO PARO DE 24 HORAS POR ESTAR EN DESACUERDO CON EL MANEJO DIRIGENCIAL PROVINCIAL Y NACIONAL", dice Contreras Huarache en su denuncia.
"Estas personas irrumpieron sin autorización a un local público, donde nuestros estudiantes reciben sus clases, generándose el pánico entre los alumnos por el temido desenlace o enfrentamiento; estos estaban dirigidos por el PROF. JOSÉ SÁNCHEZ CANDELA Y SUS DIRIGENTES PROVINCIALES DEL SUTEP – CAÑETE, quienes en una actitud violentista y agresiva vociferaban epítetos provocadores en contra de mi persona, contra nuestros dirigentes de base y en contra de nuestra institución, tildándonos de amarillos, traidores y expresiones irreproducibles", remarca.
El polémico docente, dijo que el magisterio tiene todo el derecho de poder movilizarse en demanda de sus reivindicaciones, pero a la vez se debe respetar la decisión de sus bases que no concuerdan con la política del CEN – SUTEP.
Invocó que, finalmente, será el Fiscal Provincial Mixta de Cañete, que hará suyo la demanda y los integrantes de la junta directiva de José Sánchez Candela, tendrá que desfilar por los pasillos de la Policía para esclarecer ante las instancias judiciales.
Fiscal Llamará Al Pleno De Los Dirigentes Del SUTEP
DENUNCIAN A JOSE SANCHEZ POR COMETER DISTURBIOS EN EL COLEGIO JOSE BUENAVENTURA SEPULVEDA... DURANTE EL PARO DEL 14 DE JUNIO..
SAN VICENTE.- El dirigente de una facción sutepista de la base de Cañete, José Sánchez Candela, fue denunciado ante la Fiscalía Provincial Mixta de Cañete, por los disturbios ocasionados en el IEP "José Buenaventura Sepúlveda" durante la movilización realizada el pasado 14 de Junio.
La denuncia fue presentada por el profesor Wilfredo Contreras Huarache, argumentando la presunta comisión de delitos de violación a la libertad de trabajo, violación de domicilio de una institución pública, y otros.
La denuncia fue presentada el pasado 15 de Junio y comprende también a su junta directiva en pleno que encabezaron los incidentes bochornosos en el "alma mater" de Cañete peligrando la integridad física de los profesores y el alumnado en general.
"Ingresaron al plantel lanzando lemas alusivas en contra de la comunidad educativa del José Buenaventura Sepúlveda, sin tener el más mínimo respeto a la decisión de la base que no acató el paro dado a un acuerdo de asamblea", acotó Contreras.
"Esto en mérito a que, ayer 14 de junio, aproximadamente a las 12.10 del mediodía, una treintena de sindicalistas entre docentes y personas de dudosa reputación hicieron su ingreso intempestivo a las instalaciones del IEP José Buenaventura Sepúlveda- Área Técnica- en horas que llevábamos el desarrollo de nuestras clases en forma normal, habiendo decidido NO ACATAR EL PRETENDIDO PARO DE 24 HORAS POR ESTAR EN DESACUERDO CON EL MANEJO DIRIGENCIAL PROVINCIAL Y NACIONAL", dice Contreras Huarache en su denuncia.
"Estas personas irrumpieron sin autorización a un local público, donde nuestros estudiantes reciben sus clases, generándose el pánico entre los alumnos por el temido desenlace o enfrentamiento; estos estaban dirigidos por el PROF. JOSÉ SÁNCHEZ CANDELA Y SUS DIRIGENTES PROVINCIALES DEL SUTEP – CAÑETE, quienes en una actitud violentista y agresiva vociferaban epítetos provocadores en contra de mi persona, contra nuestros dirigentes de base y en contra de nuestra institución, tildándonos de amarillos, traidores y expresiones irreproducibles", remarca.
El polémico docente, dijo que el magisterio tiene todo el derecho de poder movilizarse en demanda de sus reivindicaciones, pero a la vez se debe respetar la decisión de sus bases que no concuerdan con la política del CEN – SUTEP.
Invocó que, finalmente, será el Fiscal Provincial Mixta de Cañete, que hará suyo la demanda y los integrantes de la junta directiva de José Sánchez Candela, tendrá que desfilar por los pasillos de la Policía para esclarecer ante las instancias judiciales.
DENUNCIAN A JOSE SANCHEZ POR COMETER DISTURBIOS EN EL COLEGIO JOSE BUENAVENTURA SEPULVEDA... DURANTE EL PARO DEL 14 DE JUNIO..
SAN VICENTE.- El dirigente de una facción sutepista de la base de Cañete, José Sánchez Candela, fue denunciado ante la Fiscalía Provincial Mixta de Cañete, por los disturbios ocasionados en el IEP "José Buenaventura Sepúlveda" durante la movilización realizada el pasado 14 de Junio.
La denuncia fue presentada por el profesor Wilfredo Contreras Huarache, argumentando la presunta comisión de delitos de violación a la libertad de trabajo, violación de domicilio de una institución pública, y otros.
La denuncia fue presentada el pasado 15 de Junio y comprende también a su junta directiva en pleno que encabezaron los incidentes bochornosos en el "alma mater" de Cañete peligrando la integridad física de los profesores y el alumnado en general.
"Ingresaron al plantel lanzando lemas alusivas en contra de la comunidad educativa del José Buenaventura Sepúlveda, sin tener el más mínimo respeto a la decisión de la base que no acató el paro dado a un acuerdo de asamblea", acotó Contreras.
"Esto en mérito a que, ayer 14 de junio, aproximadamente a las 12.10 del mediodía, una treintena de sindicalistas entre docentes y personas de dudosa reputación hicieron su ingreso intempestivo a las instalaciones del IEP José Buenaventura Sepúlveda- Área Técnica- en horas que llevábamos el desarrollo de nuestras clases en forma normal, habiendo decidido NO ACATAR EL PRETENDIDO PARO DE 24 HORAS POR ESTAR EN DESACUERDO CON EL MANEJO DIRIGENCIAL PROVINCIAL Y NACIONAL", dice Contreras Huarache en su denuncia.
"Estas personas irrumpieron sin autorización a un local público, donde nuestros estudiantes reciben sus clases, generándose el pánico entre los alumnos por el temido desenlace o enfrentamiento; estos estaban dirigidos por el PROF. JOSÉ SÁNCHEZ CANDELA Y SUS DIRIGENTES PROVINCIALES DEL SUTEP – CAÑETE, quienes en una actitud violentista y agresiva vociferaban epítetos provocadores en contra de mi persona, contra nuestros dirigentes de base y en contra de nuestra institución, tildándonos de amarillos, traidores y expresiones irreproducibles", remarca.
El polémico docente, dijo que el magisterio tiene todo el derecho de poder movilizarse en demanda de sus reivindicaciones, pero a la vez se debe respetar la decisión de sus bases que no concuerdan con la política del CEN – SUTEP.
Invocó que, finalmente, será el Fiscal Provincial Mixta de Cañete, que hará suyo la demanda y los integrantes de la junta directiva de José Sánchez Candela, tendrá que desfilar por los pasillos de la Policía para esclarecer ante las instancias judiciales.
Alcalde Prof. Jorge García Quispe Invita A La Población A Gozar De Su Festividad...
ESTA NOCHE, SERENATA POR LOS 45 AÑOS DE CREACION POLITICA DEL DISTRITO DE NUEVO IMPERIAL...
NUEVO IMPERIAL.- Con salva de 21 camaretazos al rayar el alba, Nuevo Imperial recibió hoy su víspera por sus 45 años de creación política. El burgomaestre, Prof. Del lugar, Jorge García Quispe, muy contento y feliz por recibir este nuevo aniversario "bota la casa por la ventana", presentando una serie de actividades, e invita a la comunidad en general a participar de sus actividades conmemorativas.
A las diez de la mañana continúa su programa con una campaña médica gratuita y corte de cabello, luego a las once de la mañana habrá un Festival de la Sopa Seca con la participación de los clubes del vaso de leche, comedores populares, cuya participación será del conocido personaje de la televisión "Don Pedrito" y el grupo musical "Swin Latin".
A las tres de la tarde habrá un encuentro deportivo de alta competencia entre los elencos del Deportivo Unión Cañete, equipo sensación del momento y la Selección de Nuevo Imperial donde disputarán un hermoso trofeo en el estadio "Teòfilo Cubillas".
SERENATA CRIOLLA….
A las ocho de la noche se inicia la gran serenata artística por los 45 años de creación política con la participación de destacados artistas de nivel nacional y local. Estarán Octavio Lara, Los hermanos Castro y los Marichis con lo mejor de sus repertorios.
Posteriormente a las once de la noche se inicia en el coliseo "José Vicente Yaya" un gran baile social amenizado por el internacional Grupo Cinco de Monsefú, Chiclayo que deleitará los mejores temas grabados en Argentina, Ecuador Bolivia y otros lares.
Luego habrá la quema de un imponente castillo de 10 cuerpos y la quema de bombardas japonesas que iluminará el cielo nuevo imperialino, recibiendo así un nuevo aniversario de este encantador y fascinante distrito que apaga sus 45 velitas a lo grande.
GERENTE MUNICIPAL FULL CHAMBA….
A pesar de las múltiples actividades que se desarrollan en esta localidad, en el aspecto administrativo la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, no se ha visto paralizado en ningún momento y el burgomaestre Jorge García ha sabido compartir su tiempo con la atención al público.
Lógico, no se puede dejar de mencionar también la labor que cumple el Dr. Luis Aarón Gordillo, quien cumple una eficiente labor al frente de la Gerencia Municipal dado a su amplia experiencia edil que cuenta, adquirida en comunas de la gran Lima y otros lares.
ESTA NOCHE, SERENATA POR LOS 45 AÑOS DE CREACION POLITICA DEL DISTRITO DE NUEVO IMPERIAL...
NUEVO IMPERIAL.- Con salva de 21 camaretazos al rayar el alba, Nuevo Imperial recibió hoy su víspera por sus 45 años de creación política. El burgomaestre, Prof. Del lugar, Jorge García Quispe, muy contento y feliz por recibir este nuevo aniversario "bota la casa por la ventana", presentando una serie de actividades, e invita a la comunidad en general a participar de sus actividades conmemorativas.
A las diez de la mañana continúa su programa con una campaña médica gratuita y corte de cabello, luego a las once de la mañana habrá un Festival de la Sopa Seca con la participación de los clubes del vaso de leche, comedores populares, cuya participación será del conocido personaje de la televisión "Don Pedrito" y el grupo musical "Swin Latin".
A las tres de la tarde habrá un encuentro deportivo de alta competencia entre los elencos del Deportivo Unión Cañete, equipo sensación del momento y la Selección de Nuevo Imperial donde disputarán un hermoso trofeo en el estadio "Teòfilo Cubillas".
SERENATA CRIOLLA….
A las ocho de la noche se inicia la gran serenata artística por los 45 años de creación política con la participación de destacados artistas de nivel nacional y local. Estarán Octavio Lara, Los hermanos Castro y los Marichis con lo mejor de sus repertorios.
Posteriormente a las once de la noche se inicia en el coliseo "José Vicente Yaya" un gran baile social amenizado por el internacional Grupo Cinco de Monsefú, Chiclayo que deleitará los mejores temas grabados en Argentina, Ecuador Bolivia y otros lares.
Luego habrá la quema de un imponente castillo de 10 cuerpos y la quema de bombardas japonesas que iluminará el cielo nuevo imperialino, recibiendo así un nuevo aniversario de este encantador y fascinante distrito que apaga sus 45 velitas a lo grande.
GERENTE MUNICIPAL FULL CHAMBA….
A pesar de las múltiples actividades que se desarrollan en esta localidad, en el aspecto administrativo la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, no se ha visto paralizado en ningún momento y el burgomaestre Jorge García ha sabido compartir su tiempo con la atención al público.
Lógico, no se puede dejar de mencionar también la labor que cumple el Dr. Luis Aarón Gordillo, quien cumple una eficiente labor al frente de la Gerencia Municipal dado a su amplia experiencia edil que cuenta, adquirida en comunas de la gran Lima y otros lares.
DESIGNAN COMO PROCURADOR PUBLICO MUNICIPAL AL DR. LUIS AUGUSTO PADILLA CASTILLO...
La Municipalidad Provincial de Cañete, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0258-2007-AL-MPC fechada el pasado 12 de junio del año en curso, designó al Dr. Luís Augusto Padilla Castillo, en el cargo de Procurador Público Municipal.
Debemos tener presente, que el artículo 28° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que para la defensa y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercitan a través del órgano de defensa judicial conforme a ley, el cual esta a cargo de los procuradores públicos municipales.
El nuevo Procurador Público Municipal, juramentó al cargo, ante del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete Dr. Pablo Vivas Sierra, en su sede institucional.
La Municipalidad Provincial de Cañete, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0258-2007-AL-MPC fechada el pasado 12 de junio del año en curso, designó al Dr. Luís Augusto Padilla Castillo, en el cargo de Procurador Público Municipal.
Debemos tener presente, que el artículo 28° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que para la defensa y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercitan a través del órgano de defensa judicial conforme a ley, el cual esta a cargo de los procuradores públicos municipales.
El nuevo Procurador Público Municipal, juramentó al cargo, ante del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete Dr. Pablo Vivas Sierra, en su sede institucional.
Fue Detectado En Camal de Imperial...
SENASA INCINERA CARNE DE VACUNO QUE TENIA SEPTICEMIA GENERALIZADA...
IMPERIAL.- La Municipalidad Distrital de Imperial, comunica al pueblo en general que el día 19 de Junio del presente año en horas de la tarde, ingresó al Camal Municipal de Imperial Nº 28, un ganado vacuno presentando anormalidades orgánicas compatibles con septicemia generalizada, procedente del CPM Pueblo Nuevo de Conta, no apta para el consumo humano.
Por tal motivo, en salvaguarda de la salud de los consumidores y contando con un representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, SENASA, el médico veterinario, el administrador del Camal de Res, los propietarios y estando de acuerdo al diagnóstico procedieron a la incineración del ganado vacuno.
SENASA INCINERA CARNE DE VACUNO QUE TENIA SEPTICEMIA GENERALIZADA...
IMPERIAL.- La Municipalidad Distrital de Imperial, comunica al pueblo en general que el día 19 de Junio del presente año en horas de la tarde, ingresó al Camal Municipal de Imperial Nº 28, un ganado vacuno presentando anormalidades orgánicas compatibles con septicemia generalizada, procedente del CPM Pueblo Nuevo de Conta, no apta para el consumo humano.
Por tal motivo, en salvaguarda de la salud de los consumidores y contando con un representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, SENASA, el médico veterinario, el administrador del Camal de Res, los propietarios y estando de acuerdo al diagnóstico procedieron a la incineración del ganado vacuno.
DISTRITO ELECTORAL LIMA PROVINCIAS... SE VA HACIENDO REALIDAD...
En Comisión de Relaciones Exteriores Aprueban Proyecto De Ley Que Además Crea Distrito Electoral Para Peruanos Residentes En El Exterior...
No fue ninguno de los congresistas que pensamos, el que pediría que se cree el Distrito Electoral Lima Provincias… No fue por iniciativa, ni de la Región, ni de Alcaldes Provinciales o Distritales interesados…
No fue por ninguno de aquellos que señalaron que haría de la creación del Distrito Electoral Lima Provincias, una bandera de lucha.
La iniciativa partió de un conciudadano peruano que reside en Italia… que tomó de la necesidad de la Creación de un Distrito Electoral para los peruanos en el exterior, para tener una voz representativa en el Congreso Nacional.
Los peruanos en el exterior al igual que los ciudadanos de las provincias de Lima, estamos obligados a elegir entre los candidatos al Congreso Nacional por Lima, a nuestros representantes… Esa vinculación sirvió para que Luis Villano Tárraga, presentara un proyecto de Ley, en donde solicita se subdivida el Distrito Electoral Lima, en cuatro: uno para la provincia de Lima, otro para la provincia Constitucional del Callao, un tercero para las provincias de Lima, y un cuarto para los peruanos residentes en el exterior.
Este proyecto fue presentado a la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso, que la aprobó en una reñida votación, en donde su Presidente el congresista Rolando Sousa, dio su voto dirimente para la aprobación de este proyecto.
De esta forma, la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso, aprobó el día de ayer, 20 de Junio, una formula legal para modificar el artículo 21º de la Ley Orgánica de Elecciones, con la finalidad de crear el distrito electoral de Lima – Provincias y otro denominado distrito electoral para los peruanos residentes en el extranjero.
El Presidente de este grupo de trabajo, Congresista Rolando Sousa Huanambal manifestó que con esta propuesta "se pretende superar la falta de representación de los ciudadanos de las provincias de Lima (diferentes de Lima Metropolitana), así como de los peruanos residentes en el exterior, con la finalidad que sus intereses puedan ser canalizados y atendidos por el Parlamento Nacional donde tendrían 4 y 2 representantes, respectivamente".
LOS QUE APOYARON LA MEDIDA...
La iniciativa aprobada con los votos de los Congresistas Alejandro Aguinaga, Luis Gonzales Posada, Alvaro Gutiérrez, Karina Beteta y Rolando Sousa, fue presentada por el Grupo Fujimorista y luego hicieron lo propio el Poder Ejecutivo y el Grupo Nacionalista Unión por el Perú y se sustenta en el artículo 2º y el artículo 31º de la Constitución, que señalan que toda persona tiene derecho a participar en la vida política de la Nación y que los ciudadanos tienen derecho de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes.
El Congresista Rolando Sousa, refirió que "en la actualidad los peruanos que residen en el extranjero, están obligados a sufragar y a elegir entre los candidatos que se presentan en el distrito electoral de Lima y que ello no responde a un criterio de justicia y que podría catalogarse como una discriminación de la ley, lo cual se pretende corregir con la medida. En el caso de los ciudadanos de las provincias de Lima resulta razonable y coherente que si pueden elegir a sus propias autoridades de gobierno regional también puedan elegir a sus propios representantes ante el Congreso".
Se espera que esta semana pueda entrar el texto evacuado por la Comisión de Relaciones Exteriores al Pleno del Congreso y pueda formar parte de la Agenda de Trabajo para las reformas en materia electoral que se viene discutiendo en esa instancia.
En sesión del 18 de junio 2007 la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la República resolvió recomendar la APROBACIÓN de los proyectos de ley Nºs 506/2006-CR y 579 y 611/2006-PE, conforme al texto sustitutorio que se adjunta.
Votaron a favor, Víctor Sousa (Alianza por el Futuro), Alejandro Aguinaga (Alianza por el Futuro), Karina Beteta (Unión por el Perú), Luis Gonzales-Posada (APRA) y Alvaro Gutierrez (Unión por el Perú). En contra, Lourdes Alcorta (Unidad Nacional), Guido Lombardi (Unidad Nacional), Marisol Espinoza (Unión por el Perú), Cenaida Uribe (Unión por el Perú) y Nancy Obregón (Unión por el Perú).
El presidente de la comisión dirimió.
TEXTO SUSTITUTORIO
LEY QUE CREA LOS DISTRITOS ELECTORALES PARA LIMA - PROVINCIAS Y PARA PERUANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO Y ESTABLECE MEDIDAS PARA LA
PROTECCIÓN DE SUS DERECHOS
Artículo 1º.- Objeto de la Ley.
Modificase el artículo 21º de la Ley Nº 26859, modificado por la Ley Nº 27387, Ley Orgánica de Elecciones, el cual queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 21º.- Los Congresistas de la República son elegidos mediante sufragio directo, secreto y obligatorio.
La elección de Congresistas a que se refiere el artículo 90º de la Constitución Política del Perú, se realiza mediante el sistema de Distrito Electoral Múltiple, aplicando el método de la cifra repartidora, con doble voto preferencial opcional, excepto en los distritos electorales donde se elige menos de dos congresistas, en cuyo caso hay un solo voto preferencial opcional.
Para efectos del párrafo precedente, el territorio de la República se divide en veintisiete distritos electorales, uno por cada departamento a excepción del departamento de Lima, que se subdivide en los distritos electorales de la provincia de Lima y de Lima - Provincias, uno por la Provincia Constitucional del Callao y uno denominado distrito electoral para los peruanos residentes en el extranjero.
El Jurado Nacional de Elecciones asigna a cada Distrito Electoral un escaño, distribuyendo los demás escaños en forma proporcional al número de electores que existe en cada distrito, a excepción del distrito electoral para los peruanos residentes en el extranjero que tendrá dos escaños, uno para el continente que tenga mayor número de población electoral y el otro para el resto de continentes."
Artículo 2º.- Creación de la Comisión de Protección de los Derechos de los Peruanos Residentes en el Exterior.
Créase la "Comisión de Protección de los Derechos de los Peruanos Residentes en el Exterior", encargada de promover la protección de los derechos de los peruanos residentes en el exterior.
Artículo 3º.- Conformación de la Comisión de Protección de los Derechos de los Peruanos Residentes en el Exterior.
La "Comisión de Protección de los Derechos de los Peruanos Residentes en el Exterior" se conforma por:
a) El Ministro de Relaciones Exteriores o su representante, quien la presidirá.
b) El Ministro de Justicia o su representante.
c) El Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo o su representante.
d) El Defensor del Pueblo o su representante.
e) El Subsecretario de las Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, quién actuará como Secretario Técnico de la Comisión.
Artículo 4º.- Funciones de la Comisión de Protección de los Derechos de los Peruanos Residentes en el Exterior.
Son funciones de la "Comisión de Protección de los Derechos de los Peruanos Residentes en el Exterior", las siguientes:
a) Impulsar la aprobación de acuerdos bilaterales con otros Estados, a efectos que los peruanos residentes en el exterior:
- Sean tratados con respeto a sus derechos fundamentales, con arreglo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
- Cuenten con facilidades para asegurar su residencia legal o en su caso obtenerla.
- No sean sujetos de discriminación en ninguna de sus formas.
- Tengan acceso a la justicia.
- Cuenten con un seguro de salud.
- No tengan restricciones para la difusión y práctica de sus manifestaciones culturales.
- Cuenten con ayuda humanitaria en caso de desastres naturales.
- Consigan homologar sus grados y títulos universitarios.
b) Recibir y canalizar a la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, las denuncias y quejas presentadas por los peruanos residentes en el exterior, respecto de toda vulneración de sus derechos.
c) Implementar otras medidas complementarias con el objeto de su creación.
Artículo 5º.- Implementación de página web y habilitación de línea telefónica gratuita en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Ministerio de Relaciones Exteriores implementará en su página web un acceso que permita a los peruanos residentes en el exterior y a sus familiares residentes en el país, la presentación de denuncias y/o quejas relativas a la vulneración de sus derechos.
Asimismo, se difundirán por dicho medio las medidas adoptadas por la "Comisión de Protección de los Derechos de los Peruanos Residentes en el Exterior" con arreglo a sus funciones.
El Ministerio de Relaciones Exteriores habilitará una línea telefónica gratuita a través de la cual se podrán recibir denuncias y/o quejas respecto de la vulneración de los derechos de los peruanos residentes en el exterior.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Actuación normativa del Jurado Nacional de Elecciones.
El Jurado Nacional de Elecciones aprobará las disposiciones legales necesarias para implementar lo establecido en el artículo 1º de la presente ley.
Segunda.- Adecuación del Reglamento del Congreso de la República.
El Reglamento del Congreso de la República incluirá disposiciones especiales que permitan a los Congresistas elegidos por los peruanos residentes en el extranjero, cumplir cabalmente con sus obligaciones de representación.
Lima, 18 de junio de 2007.
Nota.- En el proyecto de Ley presentado por Luis Villano Tarraga se manifestó la elección de 4 congresistas para el distrito electoral de los peruanos en el exterior. "La distribución de nuestros congresistas serian de la siguiente manera: uno por Norte América, uno por América del Sur-Centro, uno por Europa-Africa y uno por Asia-Oceania. En total 4 congresistas representantes de los Peruanos en el Exterior."
Con el documento aprobado por el Congreso se reducen a dos, y esto implicaría saber que uno de los congresistas elegidos será del continente americano y el otro a este punto de Europa, por que son los dos continentes con mayor población electoral, creemos que esto creara otro vacío en lo que respecta a la diferencia entre Nord y Sud América.
En Comisión de Relaciones Exteriores Aprueban Proyecto De Ley Que Además Crea Distrito Electoral Para Peruanos Residentes En El Exterior...
No fue ninguno de los congresistas que pensamos, el que pediría que se cree el Distrito Electoral Lima Provincias… No fue por iniciativa, ni de la Región, ni de Alcaldes Provinciales o Distritales interesados…
No fue por ninguno de aquellos que señalaron que haría de la creación del Distrito Electoral Lima Provincias, una bandera de lucha.
La iniciativa partió de un conciudadano peruano que reside en Italia… que tomó de la necesidad de la Creación de un Distrito Electoral para los peruanos en el exterior, para tener una voz representativa en el Congreso Nacional.
Los peruanos en el exterior al igual que los ciudadanos de las provincias de Lima, estamos obligados a elegir entre los candidatos al Congreso Nacional por Lima, a nuestros representantes… Esa vinculación sirvió para que Luis Villano Tárraga, presentara un proyecto de Ley, en donde solicita se subdivida el Distrito Electoral Lima, en cuatro: uno para la provincia de Lima, otro para la provincia Constitucional del Callao, un tercero para las provincias de Lima, y un cuarto para los peruanos residentes en el exterior.
Este proyecto fue presentado a la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso, que la aprobó en una reñida votación, en donde su Presidente el congresista Rolando Sousa, dio su voto dirimente para la aprobación de este proyecto.
De esta forma, la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso, aprobó el día de ayer, 20 de Junio, una formula legal para modificar el artículo 21º de la Ley Orgánica de Elecciones, con la finalidad de crear el distrito electoral de Lima – Provincias y otro denominado distrito electoral para los peruanos residentes en el extranjero.
El Presidente de este grupo de trabajo, Congresista Rolando Sousa Huanambal manifestó que con esta propuesta "se pretende superar la falta de representación de los ciudadanos de las provincias de Lima (diferentes de Lima Metropolitana), así como de los peruanos residentes en el exterior, con la finalidad que sus intereses puedan ser canalizados y atendidos por el Parlamento Nacional donde tendrían 4 y 2 representantes, respectivamente".
LOS QUE APOYARON LA MEDIDA...
La iniciativa aprobada con los votos de los Congresistas Alejandro Aguinaga, Luis Gonzales Posada, Alvaro Gutiérrez, Karina Beteta y Rolando Sousa, fue presentada por el Grupo Fujimorista y luego hicieron lo propio el Poder Ejecutivo y el Grupo Nacionalista Unión por el Perú y se sustenta en el artículo 2º y el artículo 31º de la Constitución, que señalan que toda persona tiene derecho a participar en la vida política de la Nación y que los ciudadanos tienen derecho de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes.
El Congresista Rolando Sousa, refirió que "en la actualidad los peruanos que residen en el extranjero, están obligados a sufragar y a elegir entre los candidatos que se presentan en el distrito electoral de Lima y que ello no responde a un criterio de justicia y que podría catalogarse como una discriminación de la ley, lo cual se pretende corregir con la medida. En el caso de los ciudadanos de las provincias de Lima resulta razonable y coherente que si pueden elegir a sus propias autoridades de gobierno regional también puedan elegir a sus propios representantes ante el Congreso".
Se espera que esta semana pueda entrar el texto evacuado por la Comisión de Relaciones Exteriores al Pleno del Congreso y pueda formar parte de la Agenda de Trabajo para las reformas en materia electoral que se viene discutiendo en esa instancia.
En sesión del 18 de junio 2007 la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la República resolvió recomendar la APROBACIÓN de los proyectos de ley Nºs 506/2006-CR y 579 y 611/2006-PE, conforme al texto sustitutorio que se adjunta.
Votaron a favor, Víctor Sousa (Alianza por el Futuro), Alejandro Aguinaga (Alianza por el Futuro), Karina Beteta (Unión por el Perú), Luis Gonzales-Posada (APRA) y Alvaro Gutierrez (Unión por el Perú). En contra, Lourdes Alcorta (Unidad Nacional), Guido Lombardi (Unidad Nacional), Marisol Espinoza (Unión por el Perú), Cenaida Uribe (Unión por el Perú) y Nancy Obregón (Unión por el Perú).
El presidente de la comisión dirimió.
TEXTO SUSTITUTORIO
LEY QUE CREA LOS DISTRITOS ELECTORALES PARA LIMA - PROVINCIAS Y PARA PERUANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO Y ESTABLECE MEDIDAS PARA LA
PROTECCIÓN DE SUS DERECHOS
Artículo 1º.- Objeto de la Ley.
Modificase el artículo 21º de la Ley Nº 26859, modificado por la Ley Nº 27387, Ley Orgánica de Elecciones, el cual queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 21º.- Los Congresistas de la República son elegidos mediante sufragio directo, secreto y obligatorio.
La elección de Congresistas a que se refiere el artículo 90º de la Constitución Política del Perú, se realiza mediante el sistema de Distrito Electoral Múltiple, aplicando el método de la cifra repartidora, con doble voto preferencial opcional, excepto en los distritos electorales donde se elige menos de dos congresistas, en cuyo caso hay un solo voto preferencial opcional.
Para efectos del párrafo precedente, el territorio de la República se divide en veintisiete distritos electorales, uno por cada departamento a excepción del departamento de Lima, que se subdivide en los distritos electorales de la provincia de Lima y de Lima - Provincias, uno por la Provincia Constitucional del Callao y uno denominado distrito electoral para los peruanos residentes en el extranjero.
El Jurado Nacional de Elecciones asigna a cada Distrito Electoral un escaño, distribuyendo los demás escaños en forma proporcional al número de electores que existe en cada distrito, a excepción del distrito electoral para los peruanos residentes en el extranjero que tendrá dos escaños, uno para el continente que tenga mayor número de población electoral y el otro para el resto de continentes."
Artículo 2º.- Creación de la Comisión de Protección de los Derechos de los Peruanos Residentes en el Exterior.
Créase la "Comisión de Protección de los Derechos de los Peruanos Residentes en el Exterior", encargada de promover la protección de los derechos de los peruanos residentes en el exterior.
Artículo 3º.- Conformación de la Comisión de Protección de los Derechos de los Peruanos Residentes en el Exterior.
La "Comisión de Protección de los Derechos de los Peruanos Residentes en el Exterior" se conforma por:
a) El Ministro de Relaciones Exteriores o su representante, quien la presidirá.
b) El Ministro de Justicia o su representante.
c) El Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo o su representante.
d) El Defensor del Pueblo o su representante.
e) El Subsecretario de las Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, quién actuará como Secretario Técnico de la Comisión.
Artículo 4º.- Funciones de la Comisión de Protección de los Derechos de los Peruanos Residentes en el Exterior.
Son funciones de la "Comisión de Protección de los Derechos de los Peruanos Residentes en el Exterior", las siguientes:
a) Impulsar la aprobación de acuerdos bilaterales con otros Estados, a efectos que los peruanos residentes en el exterior:
- Sean tratados con respeto a sus derechos fundamentales, con arreglo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
- Cuenten con facilidades para asegurar su residencia legal o en su caso obtenerla.
- No sean sujetos de discriminación en ninguna de sus formas.
- Tengan acceso a la justicia.
- Cuenten con un seguro de salud.
- No tengan restricciones para la difusión y práctica de sus manifestaciones culturales.
- Cuenten con ayuda humanitaria en caso de desastres naturales.
- Consigan homologar sus grados y títulos universitarios.
b) Recibir y canalizar a la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, las denuncias y quejas presentadas por los peruanos residentes en el exterior, respecto de toda vulneración de sus derechos.
c) Implementar otras medidas complementarias con el objeto de su creación.
Artículo 5º.- Implementación de página web y habilitación de línea telefónica gratuita en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Ministerio de Relaciones Exteriores implementará en su página web un acceso que permita a los peruanos residentes en el exterior y a sus familiares residentes en el país, la presentación de denuncias y/o quejas relativas a la vulneración de sus derechos.
Asimismo, se difundirán por dicho medio las medidas adoptadas por la "Comisión de Protección de los Derechos de los Peruanos Residentes en el Exterior" con arreglo a sus funciones.
El Ministerio de Relaciones Exteriores habilitará una línea telefónica gratuita a través de la cual se podrán recibir denuncias y/o quejas respecto de la vulneración de los derechos de los peruanos residentes en el exterior.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Actuación normativa del Jurado Nacional de Elecciones.
El Jurado Nacional de Elecciones aprobará las disposiciones legales necesarias para implementar lo establecido en el artículo 1º de la presente ley.
Segunda.- Adecuación del Reglamento del Congreso de la República.
El Reglamento del Congreso de la República incluirá disposiciones especiales que permitan a los Congresistas elegidos por los peruanos residentes en el extranjero, cumplir cabalmente con sus obligaciones de representación.
Lima, 18 de junio de 2007.
Nota.- En el proyecto de Ley presentado por Luis Villano Tarraga se manifestó la elección de 4 congresistas para el distrito electoral de los peruanos en el exterior. "La distribución de nuestros congresistas serian de la siguiente manera: uno por Norte América, uno por América del Sur-Centro, uno por Europa-Africa y uno por Asia-Oceania. En total 4 congresistas representantes de los Peruanos en el Exterior."
Con el documento aprobado por el Congreso se reducen a dos, y esto implicaría saber que uno de los congresistas elegidos será del continente americano y el otro a este punto de Europa, por que son los dos continentes con mayor población electoral, creemos que esto creara otro vacío en lo que respecta a la diferencia entre Nord y Sud América.
JUDICIALES
AVISO DE REMATE EN SEGUNDA CONVOCATORIA
Expediente 2006-0150, en los seguidos por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas con Helen Zelmira Pascual Baldeón y otros sobre Ejecución de Garantías, por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete que despacha el Doctor Jacinto Cama Quispe, y Secretaria Judicial Patricia Razzeto Zavala, ubicado en la Av. Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande), distrito de San Vicente; se ha dispuesto sacar a REMATE EN SEGUNDA CONVOCATORIA el bien dado en garantía, constituido por la Parcela Catastral número treinta y dos mil seiscientos veinticinco, ubicado en el Proyecto de Adjudicación Río Amarillo California IC-IIB, del distrito de Perené, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, cuyo dominio corre anotado en la Ficha Número Doce tres mil trescientos sesentiséis – PR del Registro de Predios de la Zona Registral número VIII – Sede La Merced, sobre la base de la postura anterior asciende a la suma de $/. 6,346.67 (seis mil trescientos cuarentiséis dólares americanos con sesentisiete centavos); señálese para la citada diligencia el próximo VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL SIETE, a horas DIEZ DE LA MAÑANA; siendo requisito para ser postor depositar antes de la diligencia una suma no menor del diez por ciento de la valorización del inmueble y pagar el arancel judicial por derecho de participar en la diligencia.
GRAVAMENES Y CARGAS: Hipoteca a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito de Cañete, hasta por la suma de $/. 8,000.00, inscrita en el Asiento D-1 de la Ficha 12366-PR del Registro de Predios de la Oficina Registral de la Merced.- Cañete, 13 de Junio del 2007.-
Dra. Patricia Razzeto Zavala
Secretaria
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
21, 22 y 23 de Junio
AVISO DE REMATE EN SEGUNDA CONVOCATORIA
Expediente 2006-00455-0, en los seguidos por Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. con Pedro Romero De La Cruz sobre Ejecución de Garantías, por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete que despacha el Doctor Jacinto Cama Quispe, y Secretario Judicial Marcos Hugo Vivas Vivas, ubicado en el local de la Corte Superior de Justicia de Cañete, ubicado en el Km. 144.5 de la Panamericana Sur (referencia frente al Instituto Rural Valle Grande), San Vicente de Cañete; se ha dispuesto sacar a REMATE EN SEGUNDA CONVOCATORIA el bien dado en garantía, denominado predio rústico Santa Ana, Sector de Camacho, código de Predio 8-3708490-06646, ubicado en el distrito de San Clemente, provincia de Pisco, departamento de Ica, cuyo dominio corre inscrito en la Ficha Registral Nº 000518-010207 y Partida Electrónica Nº 11004470, de la Oficina Registral de Pisco, de propiedad del ejecutado Pedro Romero De La Cruz; cuya tasación convencional asciende a la suma de $ 6,000.00 (seis mil dólares americanos), siendo la base de la postura, la anterior reducida en un quince por ciento, ascendente a la su suma de $/. 3,400.00 (tres mil cuatrocientos dólares americanos); señálese para la citada diligencia el día DOS DE JULIO DEL DOS MIL SIETE, a horas ONCE DE LA MAÑANA; siendo requisito para ser postor depositar antes de la diligencia una suma no menor del diez por ciento de la valorización del inmueble y pagar el arancel judicial por derecho de participar en la diligencia.
GRAVAMENES Y CARGAS: Hipoteca a favor de la ejecutante Caja de Ahorro y Crédito de Promotora de Finanzas S.A.A., hasta por la suma de seis mil dólares americanos, inscrita en el Asiento 1D de la Ficha Registral Nº 000518-010207 del Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Pisco.- Hipoteca a favor de doña Atuncar de Villa Julia Victoria, y su cónyuge Villa Mendoza Agustín, hasta por la suma trece mil nuevos soles, inscrito en el Asiento D00001 de la Partida Nº 11004470, del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos.- Cañete, 17 de Mayo del 2007.-
Dr. Marcos H. Vivas Vivas
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
21, 22 y 23 de Junio
EDICTO PENAL
EL 2° JUZGADO PENAL, Juez Ventura; Cita y emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho, rindan su instructiva de ley, y se defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue:
Exp. 2006-0449, a ANGEL IMAN ESTRADA; Delito: Lesiones; agraviado: Eduardo Alberto Campos Vicente. Cañete, 07/06/2007.
Secretaria: Ascona.
20, 21 y 22 de Junio
AVISO DE REMATE EN TERCERA CONVOCATORIA
Expediente 2000-0837-0, en los seguidos por Banco Internacional del Perú contra Empresa de Transportes Urbano e Interurbano de Pasajeros "Yacas" y Marco Antonio Cuya Espinoza sobre Ejecución de Garantías, por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete que despacha el Doctor Jacinto Cama Quispe y Secretaria Judicial Patricia Razzeto Zavala, ubicado en la Av. Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande), distrito de San Vicente de Cañete; se ha dispuesto sacar a REMATE EN TERCERA CONVOCATORIA el bien dado en garantía, constituido por el inmueble urbano ubicado en la Avenida Ramos Nº 212 del distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de noventa metros cuadrados de propiedad de Marco Antonio Cuya Espinoza, cuyo dominio corre inscrito en la Ficha Nº 3386 y su continuación en la partida número 90037447 del Registro de Predios de Cañete; cuya valorización asciende a la suma de $/. 27,564.00 (veintisiete mil quinientos sesenta y cuatro dólares americanos); siendo la base de la postura la anterior reducida en un quince por ciento y que resulta la suma de $/. 13,267.71 (trece mil doscientos sesentisiete dólares americanos con setentiun centavos); señálese para la citada diligencia el próximo TRES DE JULIO, a horas DIEZ DE LA MAÑANA; siendo requisito para ser postor depositar antes de la diligencia una suma no menor del diez por ciento de la valorización del inmueble y pagar el arancel judicial por derecho de participar en la diligencia.
GRAVAMENES Y CARGAS: Hipoteca a favor del Banco Internacional del Perú, hasta por la suma de $/. 27,564.00, inscrita en el Asiento 2-D de la Ficha Nº 3386 que continúa en la Partida Nº 90037447 del Registro de Predios de Cañete.- Cañete, 13 de Junio del 2007.-
Dra. Patricia Razzeto Zavala
Secretaria
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
21, 22 y 23 de Junio
SUCESION INTESTADA
NOTARIA "CAMACHO GALVEZ"
Ante mi despacho notarial, Bolognesi 324 San Vicente – Cañete – Lima, se presentó LUIS MARCOS QUISPE CASTILLO manifestando ser hijo de quien fuera en vida ANGEL QUISPE OJEDA; quien falleció intestada en esta provincia el día 26-02-2007, a efecto de declararse como único y universal heredero a su hijo LUIS MARCOS QUISPE CASTILLO, respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 15 de Junio del 2007.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO NOTARIAL
RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA "CAMACHO GALVEZ"
Ante mi despacho notarial, Bolognesi 324 San Vicente – Cañete – Lima, doña FLORENCIA ALBINA OCHOA SANCHEZ, solicita se rectifique su PARTIDA DE MATRIMONIO, inscrita en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, en la que se ha consignado erróneamente el siguiente dato:
Nombre de la contrayente (parte principal y marginal):
DICE: Florencia Alvina Ochoa Sánchez.-
DEBE DECIR: Florencia Albina Ochoa Sánchez.
Lo que comunico para los fines de Ley.
Cañete, 18 de Junio del 2007.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA "CAMACHO GALVEZ"
Ante mi despacho notarial, Bolognesi 324 San Vicente – Cañete – Lima, doña FLORENCIA ALBINA OCHOA SANCHEZ, quien solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, en la que se ha consignado erróneamente los siguientes datos:
(PARTE PRINCIPAL Y MARGINAL):
DATOS DE LA INSCRITA:
DICE: Florencia Alvina Ochoa Sánchez.-
DEBE DECIR: Florencia Albina Ochoa Sánchez.
Lo que comunico para los fines de Ley.
Cañete, 18 de Junio del 2007.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
EDICTO
En los seguidos por Florentino Fausto Inga Flores con Bernardo Díaz Julia sobre Nulidad de Acto Jurídico, Expediente Nº 2005-0236, el señor Juez del Juzgado Mixto de Cañete, que despacha el Doctor José Alejandro Dulanto Santini y la Secretaria Judicial Doctora Erika Edith Herrera Taxa, ha ordenado se publique la siguiente: RESOLUCION Nº 15.- Cañete, 17 de Abril del 2007.- A la fecha: Emplazar a la SUCESION DE MARGARITA LAURA DE DIAZ, a fin de que en el plazo de quince días, comparezca al proceso y haga valer su derecho con arreglo a Ley; bajo apercibimiento de proseguirse el proceso con un Curador Procesal.- Fdo.- Dr. José Alejandro Dulanto Santini; Fdo. Sec. Dra. Erika Edith Herrera Taxa. Cañete, 10 de Mayo del 2007.
Dra. Erika E. Herrera Taxa
Secretaria
Juzgado Mixto de Cañete
21, 22 y 23 de Junio
AVISO DE REMATE EN SEGUNDA CONVOCATORIA
Expediente 2006-0150, en los seguidos por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas con Helen Zelmira Pascual Baldeón y otros sobre Ejecución de Garantías, por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete que despacha el Doctor Jacinto Cama Quispe, y Secretaria Judicial Patricia Razzeto Zavala, ubicado en la Av. Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande), distrito de San Vicente; se ha dispuesto sacar a REMATE EN SEGUNDA CONVOCATORIA el bien dado en garantía, constituido por la Parcela Catastral número treinta y dos mil seiscientos veinticinco, ubicado en el Proyecto de Adjudicación Río Amarillo California IC-IIB, del distrito de Perené, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, cuyo dominio corre anotado en la Ficha Número Doce tres mil trescientos sesentiséis – PR del Registro de Predios de la Zona Registral número VIII – Sede La Merced, sobre la base de la postura anterior asciende a la suma de $/. 6,346.67 (seis mil trescientos cuarentiséis dólares americanos con sesentisiete centavos); señálese para la citada diligencia el próximo VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL SIETE, a horas DIEZ DE LA MAÑANA; siendo requisito para ser postor depositar antes de la diligencia una suma no menor del diez por ciento de la valorización del inmueble y pagar el arancel judicial por derecho de participar en la diligencia.
GRAVAMENES Y CARGAS: Hipoteca a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito de Cañete, hasta por la suma de $/. 8,000.00, inscrita en el Asiento D-1 de la Ficha 12366-PR del Registro de Predios de la Oficina Registral de la Merced.- Cañete, 13 de Junio del 2007.-
Dra. Patricia Razzeto Zavala
Secretaria
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
21, 22 y 23 de Junio
AVISO DE REMATE EN SEGUNDA CONVOCATORIA
Expediente 2006-00455-0, en los seguidos por Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. con Pedro Romero De La Cruz sobre Ejecución de Garantías, por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete que despacha el Doctor Jacinto Cama Quispe, y Secretario Judicial Marcos Hugo Vivas Vivas, ubicado en el local de la Corte Superior de Justicia de Cañete, ubicado en el Km. 144.5 de la Panamericana Sur (referencia frente al Instituto Rural Valle Grande), San Vicente de Cañete; se ha dispuesto sacar a REMATE EN SEGUNDA CONVOCATORIA el bien dado en garantía, denominado predio rústico Santa Ana, Sector de Camacho, código de Predio 8-3708490-06646, ubicado en el distrito de San Clemente, provincia de Pisco, departamento de Ica, cuyo dominio corre inscrito en la Ficha Registral Nº 000518-010207 y Partida Electrónica Nº 11004470, de la Oficina Registral de Pisco, de propiedad del ejecutado Pedro Romero De La Cruz; cuya tasación convencional asciende a la suma de $ 6,000.00 (seis mil dólares americanos), siendo la base de la postura, la anterior reducida en un quince por ciento, ascendente a la su suma de $/. 3,400.00 (tres mil cuatrocientos dólares americanos); señálese para la citada diligencia el día DOS DE JULIO DEL DOS MIL SIETE, a horas ONCE DE LA MAÑANA; siendo requisito para ser postor depositar antes de la diligencia una suma no menor del diez por ciento de la valorización del inmueble y pagar el arancel judicial por derecho de participar en la diligencia.
GRAVAMENES Y CARGAS: Hipoteca a favor de la ejecutante Caja de Ahorro y Crédito de Promotora de Finanzas S.A.A., hasta por la suma de seis mil dólares americanos, inscrita en el Asiento 1D de la Ficha Registral Nº 000518-010207 del Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Pisco.- Hipoteca a favor de doña Atuncar de Villa Julia Victoria, y su cónyuge Villa Mendoza Agustín, hasta por la suma trece mil nuevos soles, inscrito en el Asiento D00001 de la Partida Nº 11004470, del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos.- Cañete, 17 de Mayo del 2007.-
Dr. Marcos H. Vivas Vivas
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
21, 22 y 23 de Junio
EDICTO PENAL
EL 2° JUZGADO PENAL, Juez Ventura; Cita y emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho, rindan su instructiva de ley, y se defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue:
Exp. 2006-0449, a ANGEL IMAN ESTRADA; Delito: Lesiones; agraviado: Eduardo Alberto Campos Vicente. Cañete, 07/06/2007.
Secretaria: Ascona.
20, 21 y 22 de Junio
AVISO DE REMATE EN TERCERA CONVOCATORIA
Expediente 2000-0837-0, en los seguidos por Banco Internacional del Perú contra Empresa de Transportes Urbano e Interurbano de Pasajeros "Yacas" y Marco Antonio Cuya Espinoza sobre Ejecución de Garantías, por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete que despacha el Doctor Jacinto Cama Quispe y Secretaria Judicial Patricia Razzeto Zavala, ubicado en la Av. Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande), distrito de San Vicente de Cañete; se ha dispuesto sacar a REMATE EN TERCERA CONVOCATORIA el bien dado en garantía, constituido por el inmueble urbano ubicado en la Avenida Ramos Nº 212 del distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de noventa metros cuadrados de propiedad de Marco Antonio Cuya Espinoza, cuyo dominio corre inscrito en la Ficha Nº 3386 y su continuación en la partida número 90037447 del Registro de Predios de Cañete; cuya valorización asciende a la suma de $/. 27,564.00 (veintisiete mil quinientos sesenta y cuatro dólares americanos); siendo la base de la postura la anterior reducida en un quince por ciento y que resulta la suma de $/. 13,267.71 (trece mil doscientos sesentisiete dólares americanos con setentiun centavos); señálese para la citada diligencia el próximo TRES DE JULIO, a horas DIEZ DE LA MAÑANA; siendo requisito para ser postor depositar antes de la diligencia una suma no menor del diez por ciento de la valorización del inmueble y pagar el arancel judicial por derecho de participar en la diligencia.
GRAVAMENES Y CARGAS: Hipoteca a favor del Banco Internacional del Perú, hasta por la suma de $/. 27,564.00, inscrita en el Asiento 2-D de la Ficha Nº 3386 que continúa en la Partida Nº 90037447 del Registro de Predios de Cañete.- Cañete, 13 de Junio del 2007.-
Dra. Patricia Razzeto Zavala
Secretaria
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
21, 22 y 23 de Junio
SUCESION INTESTADA
NOTARIA "CAMACHO GALVEZ"
Ante mi despacho notarial, Bolognesi 324 San Vicente – Cañete – Lima, se presentó LUIS MARCOS QUISPE CASTILLO manifestando ser hijo de quien fuera en vida ANGEL QUISPE OJEDA; quien falleció intestada en esta provincia el día 26-02-2007, a efecto de declararse como único y universal heredero a su hijo LUIS MARCOS QUISPE CASTILLO, respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 15 de Junio del 2007.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO NOTARIAL
RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA "CAMACHO GALVEZ"
Ante mi despacho notarial, Bolognesi 324 San Vicente – Cañete – Lima, doña FLORENCIA ALBINA OCHOA SANCHEZ, solicita se rectifique su PARTIDA DE MATRIMONIO, inscrita en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, en la que se ha consignado erróneamente el siguiente dato:
Nombre de la contrayente (parte principal y marginal):
DICE: Florencia Alvina Ochoa Sánchez.-
DEBE DECIR: Florencia Albina Ochoa Sánchez.
Lo que comunico para los fines de Ley.
Cañete, 18 de Junio del 2007.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA "CAMACHO GALVEZ"
Ante mi despacho notarial, Bolognesi 324 San Vicente – Cañete – Lima, doña FLORENCIA ALBINA OCHOA SANCHEZ, quien solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, en la que se ha consignado erróneamente los siguientes datos:
(PARTE PRINCIPAL Y MARGINAL):
DATOS DE LA INSCRITA:
DICE: Florencia Alvina Ochoa Sánchez.-
DEBE DECIR: Florencia Albina Ochoa Sánchez.
Lo que comunico para los fines de Ley.
Cañete, 18 de Junio del 2007.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
EDICTO
En los seguidos por Florentino Fausto Inga Flores con Bernardo Díaz Julia sobre Nulidad de Acto Jurídico, Expediente Nº 2005-0236, el señor Juez del Juzgado Mixto de Cañete, que despacha el Doctor José Alejandro Dulanto Santini y la Secretaria Judicial Doctora Erika Edith Herrera Taxa, ha ordenado se publique la siguiente: RESOLUCION Nº 15.- Cañete, 17 de Abril del 2007.- A la fecha: Emplazar a la SUCESION DE MARGARITA LAURA DE DIAZ, a fin de que en el plazo de quince días, comparezca al proceso y haga valer su derecho con arreglo a Ley; bajo apercibimiento de proseguirse el proceso con un Curador Procesal.- Fdo.- Dr. José Alejandro Dulanto Santini; Fdo. Sec. Dra. Erika Edith Herrera Taxa. Cañete, 10 de Mayo del 2007.
Dra. Erika E. Herrera Taxa
Secretaria
Juzgado Mixto de Cañete
21, 22 y 23 de Junio
EDE CAÑETE S.A.
ACTO VANDALICO
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico producida por Acto Vandálico, a la altura del camino carrozable al CP Carmen Alto, del distrito de Nuevo Imperial, afectando a las zonas indicadas líneas abajo.
De tener información que ayuden en dar con los responsables de estos hechos que se vienen repitiendo muy frecuentemente, le agradeceremos comunicarse a Fonocañete al 4494400.
LUGAR: C.P. Carmen Alto
ZONA AFECTADA : CP Carmen Alto del Distrito de Nuevo Imperial, de la
provincia de Cañete..
ALIMENTADOR: CÑ 02
CIRCUITOS AFECTADOS: Del PDS 20350 a SAP 0208ª T SAB 204A
DÍA: Jueves 21 de Junio del 2007
HORA INICIO: 05:58 hrs, jueves 21 de Junio del 2007.
HORA FINAL: 07:02 hrs.Jueves 21 de Junio l del 2007
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T., ocasionada por terceras personas, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos de protección, desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, Edecañete S.A. procedió a la normalización del circuito afectado.
EDECAÑETE S.A. agradece la comprensión de sus clientes, por esta interrupción ocasionada por causas fuera de su control.
ACTO VANDALICO
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico producida por Acto Vandálico, a la altura del camino carrozable al CP Carmen Alto, del distrito de Nuevo Imperial, afectando a las zonas indicadas líneas abajo.
De tener información que ayuden en dar con los responsables de estos hechos que se vienen repitiendo muy frecuentemente, le agradeceremos comunicarse a Fonocañete al 4494400.
LUGAR: C.P. Carmen Alto
ZONA AFECTADA : CP Carmen Alto del Distrito de Nuevo Imperial, de la
provincia de Cañete..
ALIMENTADOR: CÑ 02
CIRCUITOS AFECTADOS: Del PDS 20350 a SAP 0208ª T SAB 204A
DÍA: Jueves 21 de Junio del 2007
HORA INICIO: 05:58 hrs, jueves 21 de Junio del 2007.
HORA FINAL: 07:02 hrs.Jueves 21 de Junio l del 2007
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T., ocasionada por terceras personas, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos de protección, desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, Edecañete S.A. procedió a la normalización del circuito afectado.
EDECAÑETE S.A. agradece la comprensión de sus clientes, por esta interrupción ocasionada por causas fuera de su control.
COLEGIOS NO PUEDEN PROHIBIR INGRESO DE COLEGIALES CON PRENDAS ADICIONALES PARA EL FRIO...
Lima, jun. 20 (ANDINA).- El viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, Víctor Raúl Díaz Chávez, precisó hoy que los colegios no pueden prohibir el ingreso de escolares que lleven prendas adicionales a su uniforme para protegerse del frío.
"Si un niño pequeño, frente a las bajas temperaturas, va con una indumentaria adicional al uniforme para proteger su salud, tiene que ser bienvenido, porque la salud del niño es primero", dijo al referirse a denuncias de padres de familia cuyos hijos fueron impedidos de ingresar a colegios privados por tener prendas adicionales.
Indicó que si bien los colegios particulares tienen un régimen especial, éstos tienen que adecuarse a las normas del Ministerio de Educación, que autoriza su funcionamiento y dirige la política nacional de educación en el país.
Señaló que, ante los cambios climáticos, el Ministerio de Educación ha emitido normas al respecto con anterioridad, por ejemplo, disponer que el funcionamiento de las escuelas y los horarios se adecúen a las características geográficas climatológicas y productivas de cada departamento.
También indicó que los colegios no pueden exigir para el desfile de las próximas Fiestas Patrias indumentaria adicional que vaya a afectar la economía de las familias.
Comentó que a la patria se le rinde homenaje con el trabajo, con la actitud cívica, con la conducta ciudadana y, por lo tanto, el desfile es una expresión más.
"Puede haber hasta pasacalles, o expresiones artísticas, literarias, sociales, comunitarias, en donde el sentimiento patriótico que se cultiva en la escuela sea expresado", añadió el viceministro en RPP.
Lima, jun. 20 (ANDINA).- El viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, Víctor Raúl Díaz Chávez, precisó hoy que los colegios no pueden prohibir el ingreso de escolares que lleven prendas adicionales a su uniforme para protegerse del frío.
"Si un niño pequeño, frente a las bajas temperaturas, va con una indumentaria adicional al uniforme para proteger su salud, tiene que ser bienvenido, porque la salud del niño es primero", dijo al referirse a denuncias de padres de familia cuyos hijos fueron impedidos de ingresar a colegios privados por tener prendas adicionales.
Indicó que si bien los colegios particulares tienen un régimen especial, éstos tienen que adecuarse a las normas del Ministerio de Educación, que autoriza su funcionamiento y dirige la política nacional de educación en el país.
Señaló que, ante los cambios climáticos, el Ministerio de Educación ha emitido normas al respecto con anterioridad, por ejemplo, disponer que el funcionamiento de las escuelas y los horarios se adecúen a las características geográficas climatológicas y productivas de cada departamento.
También indicó que los colegios no pueden exigir para el desfile de las próximas Fiestas Patrias indumentaria adicional que vaya a afectar la economía de las familias.
Comentó que a la patria se le rinde homenaje con el trabajo, con la actitud cívica, con la conducta ciudadana y, por lo tanto, el desfile es una expresión más.
"Puede haber hasta pasacalles, o expresiones artísticas, literarias, sociales, comunitarias, en donde el sentimiento patriótico que se cultiva en la escuela sea expresado", añadió el viceministro en RPP.
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