08 mayo 2012


MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS



ORDENANZA  MUNICIPAL

  007-2012-AL/MDSL



San Luis, 30 de Abril del 2012.



LA  ALCALDESA  DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS DE CAÑETE:



POR CUANTO:

El Consejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Luis de Cañete ,en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de Abril del 2012, acordó aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2011 y su Reglamento mediante Acuerdo de Concejo Nº 014 -MDSL/C, de fecha 20 de Abril del  2012;



CONSIDERANDO:

Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y de conformidad a lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972;



Que, los artículos 197º y 199º de la Constitición Política del Estado, modificada por la ley 27680, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente bajo responsabilidad, conforme a ley;



Que, considerando que la rendición de cuentas es un proceso que genera corresponsabilidad y concertación entre ciudadanos y autoridades a través del establecimiento de un sistema  moderno de gestión, sometida a una evaluación permanente para la construcción de un buen gobierno y el desarrollo local sostenible . Asimismo, es el mecanismo a través del cual las autoridades presentan a la población informes sobre la ejecución del Presupuesto Participativo, permitiendo que la sociedad civil acceda a la información de la gestión pública municipal;



Que, para mejor relización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas, es necesario contar con un Reglamento que establezca las pauta y los mecanismos a seguir en la respectivas Audiencias Públicas, que llevará a cabo la Municipalidad Distrital de San Luis, para promover y facilitar la participación democrática Responsable de las instituciones públicas y privadas; así como de los ciudadanos de la sociedad civil;



Que, los gobiernos locales  son entidades básicas de organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de correspondientes colectividades;



Que, por la necesidad de fortalecer los procesos democráticos y el rol de la ciudadanía en la promoción de desarrollo local; y entendiendo que la coordinación entre la ciudadanía y el gobierno municipal es un paso significativo para la consolidación de la gobernabilidad del municipio. En tal sentido el Gobierno Local de la Municipalidad Distrital de San Luis en la actualidad se encuentra promoviendo mecanismo de participación ciudadana en la gestión municipal, como procesos de Planificación Concertada y rendición de Cuentas con fines de garantizar la gobernabilidad local. Asimismo, permite transparentar la Gestión Municipal, y acceder a la información organizada de la gestión pública integral y de temas específicos del proceso participativo del presupuesto y también promueve espacios de concertación entre la sociedad  civil y las autoridades para determinar temas de interés y buscar alternativas de solución a los problemas;



Que, según lo dispuestos por el artículo 42º de la ley Orgánicas  de  Municipalidades, ley 27972, los Decretos de Alcaldía, establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés  para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;



En el uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal Distrital ha dado la siguiente norma:



ORDENANZA MUNICIPAL

QUE APRUEBA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE

RENDICIÓN DE CUENTAS DEL AÑO FISCAL 2011 Y SU REGLAMENTO.





ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, la misma que se desarrollará el día miércoles 09 de mayo del 2012 a horas 5 pm en el Centro Poblado «Santa Bárbara».



ARTICULO SEGUNDO.-          APROBAR el reglamento de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas que consta de VI Títulos y 22 artículos y que forma parte de la presente Ordenanza.



ARTÍCULO TERCERO.- CONFORMAR el Equipo Técnico de Rendición de Cuentas mediante Resolución de Alcaldía responsable de la coordinación y organización de la Audiencia Pública, otorgándole el soporte técnico al proceso de rendición de cuentas.



ARTÍCULO CUARTO.-   ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el diario Judicial de la provincia e incluir el texto completo de la norma en el portal electrónico de la Municipalidad Distrital de San Luis.



ARTÍCULO QUINTO.-             ENCARGAR a la Gerencia Municipal,  Contabilidad, Presupuesto, e imagen institucional la implementación para el cumplimiento de la presente Ordenanza, bajo responsabilidad.



ARTÍCULO SEXTO.-                DERÓGUESE, cualquier otra disposición Municipal  que se oponga al presente ordenanza.

POR TANTO:

De conformidad con lo dispuesto por el inciso 3 del artículo 20º de la ley Orgánica de Municipalidades ordeno.



REGÍSTRESE, COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE



Delia Victoria Solórzano Carrión

Alcaldesa





REGLAMENTO PARA EL

DESARROLLO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICION DE CUENTAS

DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS



TITULO I



Artículo 1º.- NATURALEZA DE LA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICION DE CUENTAS.

El Reglamento de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Gestión Edil actual 2011 al 20014, constituye el espacio mediante el cual se establecen los mecanismos concretos sobre la Gestión de la Municipalidad para informar a los ciudadanos y ciudadanas  de la gestión municipal; el Gobierno local informará detalladamente de las gestiones, actividades y proyectos  desarrollados.



Artículo 2º.- OBJETO

El presente reglamento tiene por objeto normar y regular los mecanismos de participación de los agentes de desarrollo y los procedimientos  para la realización de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, estableciendo el marco general para su desenvolvimiento.



Artículo 3º.- OBJETIVOS

Las audiencias Públicas tienen por objetivos:

a.- Fortalecer la relación Gobierno local y Ciudadanía

b.- Facilitar el ejercicio de control de la ciudadanía a la gestión pública local

c.- Recuperar la legitimidad y credibilidad de las autoridades locales

d.- Contribuir al desarrollo de los principios rectores  de las políticas y gestión local de transparencia, gestión moderna por resultado y rendición de cuentas, inclusión, eficacia, imparcialidad y participación ciudadana en el manejo de los recursos públicos.



Artículo 4º.- FINALIDAD

La audiencia Pública de Rendición de Cuentas tiene por finalidad informar la ejecución de actividades y proyectos, sus avances, logros alcanzados; así como las limitaciones y dificultades en la Gestión pública y las propuestas a futuro de la Municipalidad Distrital de San Luis.



Artículo 5°.- PRINCIPIOS

Los principios que regirán la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas son:

a. Respeto a la población.

b. Diálogo y tolerancia, respeto a las opiniones.

c. Transparencia.

d. Difusión y Publicidad.       

e. Acceso a la información pública.

f. Participación e igualdad de oportunidades.

g. Autonomía e independencia de las instituciones y organizaciones de la sociedad civil.

h. Corresponsabilidad de la población y el gobierno local.

i.  Solidaridad.

j. Democracia participativa.



Artículo 6º.- AMBITO DE APLICACIÓN

El ámbito de aplicación del presente Reglamento comprende al evento de la audiencia Pública de Rendición de Cuentas.



Artículo 7º.- BASE LEGAL

*La Constitución Política del Perú (este último modificado mediante ley Nº 27680, ley de la Reforma Constitucional).



*Ley Nº27972, ley Orgánica de Municipalidades.



* Ley Nº26300, ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos



* Ley Nº27806, ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública modificada por ley Nº 27927, y su TUO aprobado por Decreto Supremo Nº043-2003-PCM.



Resolución de la Contraloría General de la República Nº 054-2001-CG, publicada el 16 de mayo del 2001, que aprueba la Directiva sobre «Rendición de Cuentas de los Titulares de las Entidades.



*D.S.Nº 043-2003-PCM Texto Único Ordenado de la ley Nº 27806, ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.



*Directiva de Contraloría Nº 004-2007CG/GDES, de Rendición de Cuentas de Titulares y aprobado por RC.Nº337-2007-CG.



*Instructivo para el Presupuesto Participativo basado en Resultados Nº 001-2010 –EF/76.01



*Resolución Directoral Nº 007-201-EF/76.01



TITULO II

ORGANIZACIÓN DE LA RENDICION DE CUENTAS



Artículo 8º.- ACTIVIDADES PRELIMINARES

Para la Rendición de Cuentas es necesario organizar el trabajo de acuerdo con el siguiente detalle:



a.- Elaboración de la Directiva (Actividades, cronogramas y responsables), oficina responsable: Secretaria General.



b.- Conformidad de Equipo Técnico

. Gerente Municipal

             Todas la áreas…………





CONTENIDO DEL INFORME DE RENDICION DE CUENTAS



Artículo 9º.- ELABORACION DE RESUMEN EJECUTIVO

Se trata del Informe resumido sobre la Gestión de la Municipalidad, el cual debe distribuirse entre los asistentes de Rendición de Cuentas. El documento es elaborado por la oficina de Presupuesto en base a la información recibida de las  distintas jefaturas y oficinas involucradas. Asimismo, el informe o resumen ejecutivo deberá ser entregado a las instituciones públicas y sociedad civil con una anticipación de 05 días.



El informe del resumen ejecutivo de Rendición de Cuentas contara con el siguiente contenido:

. Gestión del gobierno Local que contiene información presupuestal, Presupuesto Participativo aprobado, Presupuesto Ejecutado, Proyectos de Inversión; Programas estratégicos.

. Avances y dificultades en el Plan de Desarrollo Local Concertado y las medidas a adoptar para el logro de las metas propuestas.

. Avances y dificultades en el proceso de transferencia de presupuesto y funciones de programas sociales de lucha contra la pobreza.

. Actividades desarrolladas para fomentar la participación ciudadana, incluyendo el funcionamiento del Consejo de Coordinación Local.

. Disposiciones locales emitidas: Ordenanzas Locales, Acuerdos de Consejo Local, Decreto de alcaldía, Resoluciones Ejecutivas de Alcaldía y evaluación de impacto obtenido con la emisión de dichas normas; Convenios suscritos.

. La información que sea necesaria para la Audiencia de Rendición de Cuentas.



TITULO III

DE LA CONVOCATORIA, PARTICIPANTES, INSCRIPCIONES Y DE LA DIRECCION



Artículo 10º.- CONVOCATORIA.

La Municipalidad Distrital de San Luis convocará a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentaspara  lo cual utilizará los diversos medios de comunicación disponibles, a fin de asegurar la mayor concurrencia de asistentes.



Artículo 11º.- DE LA DIFUSIÓN

La Municipalidad Distrital de San Luis, publicará en su portal Web, así como su difusión por los medios radiales y televisivos de la provincia,  la misma que permita su difusión de la Rendición de Cuentas del año Fiscal 2011.



Artículo 12º.- PARTICIPANTES

La participación en la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, es libre y democrática podrán acudir la población en general y todos aquellos actores sociales e instituciones públicas y privadas los mismos que deberán registrar su asistencia al momento del ingreso a la audiencia Pública.



Artículo 13º.-  INSCRIPCIONES PARA ORADORES

La inscripción para hacer uso  de la palabra en la Audiencia Pública, se efectúa  antes del inicio del mencionado evento en el mismo lugar, es decir en el CP «Santa Bárbara» ante el equipo correspondiente, donde se acreditará a los participantes.



Artículo 14º.-  EL DIRECTOR DEL DEBATE

La Audiencia Pública estará a cargo de un Director de Debates, que será encargado de moderar el acto, garantizando la intervención de todos los participantes y asegurando el respeto de los principios y las normas establecidas en el presente reglamento:

. Presentación.

. Lectura de la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas.

. Presentar la agenda de la Audiencia Pública.

. Controlar el tiempo de participación de los oradores.

. Instar a los participantes a guardar orden durante el desarrollo de la Audiencia Pública.



TITULO IV

DE LA AGENDA DE LA AUDIENCIA PUBLICA DE RENDICION DE CUENTAS



Artículo 15º.-  CONTENIDO DEL INFORME DE LA AUDIENCIA

La Audiencia Pública de Rendición de Cuentas incluirá temas relacionadas a los logros y avances alcanzados durante la gestión del Año Fiscal 2011  de acuerdo al artículo 9º del presente reglamento.



TITULO V

DEL DESARROLLO DE LA AUDIENCIA PUBLICA DE RENDICION DE CUENTAS



Artículo 16º.-  DESARROLLO DE LA AUDIENCIA

La Audiencia Pública de Rendición de Cuentas se iniciará en el lugar y hora prevista en la convocatoria; y se desarrollará de acuerdo a la programación respectiva, teniendo en cuenta los principios establecidos en el presente reglamento.

La Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, es convocada por la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San Luis, de manera directa e indelegable.



Artículo 17º.- DE LA INSTALACION Y APERTURA

El evento se inicia con la inscripción de asistentes. La Alcaldesa apertura la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas correspondiente al año Fiscal 2011, previa constatación de las condiciones favorables para su desarrollo. En caso de no existir condiciones para el desarrollo del evento se dará un tiempo prudencial de 20 minutos para su evaluación



Artículo 18º.- DE LA EXPOSICION

Una vez instalada y aperturada la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, el Director de Debate invitara a la señora Alcaldesa quien iniciara con la exposición del informe de gestión del Gobierno Local, correspondiente al periodo transcurrido de gobierno. El informe técnico estará a cargo del Gerente Municipal y los Gerentes de Líneas.



UN REPRESENTANTE DE REGIDORES, presentará un informe sobre sus funciones fiscalizadoras y las funciones asignadas para el proceso del Presupuesto Participativo.



UN REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD CIVIL DEL CCL, presentará un informe sobre su rol en el proceso del Presupuesto Participativo.



UN REPRESENTANTE DEL COMITÉ DE VIGILANCIA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO, presentará un informe sobre su rol en el proceso del Presupuesto Participativo.



Artículo 19º.- DE LAS INTERVENSIONES

Participarán como oradores, los Alcaldes Delegados, Regidores y representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil debidamente acreditados, y la población en general que se inscribieron conforme al artículo 13º del presente reglamento, para intervenir según agenda. Las intervenciones se efectuarán una vez concluido el informe de gestión a cargo de la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San Luis y los funcionarios mencionados.



El moderador de la Audiencia Pública, dará lectura a la relación de participantes oradores inscritos, acto seguido en dicho orden se aperturará el rol de los oradores participantes. Cada Orador dispondrá para su intervención un tiempo máximo de tres minutos; concluido los tres minutos, el moderador le dará una señal para que termine de plasmar su iniciativa y/o propuesta; hay derecho a replica por espacio de 2 minutos.

Si alguno de los oradores no estuvieran presentes a la hora  de ser llamados para su intervención, quedará automáticamente excluido de la relación, debiendo continuar inalterablemente el rol de oradores inscritos.



Artículo 20º.- DE LAS INTERRUPCIONES

No está permitido interrumpir en su disertación a la autoridad edil en la Audiencia Pública, cualquier desorden que se produzca durante la disertación de la Alcaldesa, Regidores y oradores, el moderador de la Audiencia Pública invitara al ciudadano (s) a guardar el orden correspondiente, si persistiese el desorden la Alcaldesa dará por concluida la Audiencia Pública, dejándose constancia en el acta correspondiente.



TITULO VI

DE LA  FINALIZACION DE LA AUDIENCIA



Artículo 21º.-

Una vez finalizada la intervención de los ciudadanos, en respuesta a sus interrogantes la Alcaldesa hará uso de la palabra absolviéndolas y dando las conclusiones de la audiencia pública.



Artículo 22º.-

Lo actuado en la Audiencia Pública se sentará en un Acta, y será registrada y filmada íntegramente. El acta será suscrita por la  Alcaldesa, Regidores y funcionarios de la Municipalidad, los representantes de los organismos públicos y privados, representantes de organizaciones civiles y de ser posible de los participantes.



DISPOSICIONES FINALES



Primera.- Cualquier eventualidad que no se encuentre prevista en el presente reglamento, el equipo técnico en coordinación con la Alcaldesa queda facultado a implementarlo y ejecutarlo.

07 mayo 2012

CIERRE DEL LLAMADO BOULEVARD DEL PISCO EN SAN VICENTE, SIGUE GENERANDO MAS COMENTARIOS...

La promovida clausura del denominado «Boulevard del Pisco» en San Vicente de Cañete, continúa generando opiniones encontradas. A través de la redes sociales, varios ciudadanos coincidieron en señalar que la alcaldesa debió llamar al dialogo a quienes laboran en el Jr. Sepúlveda y no actuar prepotentemente, aparentemente solo por complacer un pedido de la Iglesia Católica para que cerrara este punto de encuentro de la Cuna y Capital del Arte Negro cada fin de semana.

Muchos concordaron en señalar que es un secreto a voces que la negativa de la primera autoridad edil para que el llamado «Boulevard del Pisco», continúe funcionando, obedece en realidad a la presión que habría ejercido desde hace un tiempo la Iglesia y no el vecindario.

«Me parece que la alcaldesa está en nada. No sabe ni donde esta parada. Deberían fomentar el turismo y no espantar a quienes nos visitan….». Fueron otras de las tantas opiniones que hoy se pasean por las redes sociales.

«Que mal estamos en cañete. No tenemos un cine, un buen mercado y mucho menos una Videna, donde los jóvenes podamos ocupar más horas haciendo deportes», continuaron diciendo, tras cuestionar que la Iglesia aparentemente quiera disponer el manejo municipal en la provincia».

«Tenemos que preocuparnos por el mercado, los motaxis q cobran por llevarte una cuadra S/.1, 50, la delincuencia, nuestros límites, sede regional, denuncias de corrupción, etc. pero a María Montoya no se le ocurrió mejor idea que Cerrar el Boulevard para complacer a quien?, aseveraron.

«Hay que regularizar algunas cosas en el boulevard, si hay que hacerlas, pero creo que hay temas más importante en Cañete que merecen ser atendidos... Esto más parece cortina de humo para distraer nuestra atención de aquello que realmente necesita mano dura en nuestra provincia», concluyeron.

CASO LUNAHUANÁ: Los sueños de opio y desbordes. Poder Judicial debe tomar medidas.

Escribe: Edgar Cama

Ante un acto político hay una reacción política y esto siempre es así. Si entendemos que la política es lucha de clases por el poder, vamos a entender las razones del actuar de Roger Taboada y las razones de la reacción del pueblo de Lunahuaná que apoya a Javier Alvarado.

El exitoso evento de Triunfa Perú, desenvuelto en El Paraíso la semana pasada, ha acelerado las contradicciones políticas en los enemigos del neonato partido político. Unos buscaron que desprestigiar difamatoriamente a la Secretaria General Dra. Liliana Torres Castillo, otros intentaron no darle importancia al evento y otros enfilan contra los dos principales dirigentes de Triunfa Perú utilizando los procesos judiciales.

EL SUEÑO DE ROGER TABOADA... EL GLOBO DE ENSAYO IMPLOSIONÓ.

Frente al fracaso estrepitoso en la búsqueda de firmas para revocar a Alvarado, Roger Taboada buscó el momento oportuno para reaparecer políticamente, generar disturbios y vestirse de oveja. Las evidencias demuestran que esta acción política ha sido planificada por Taboada: el viaje a Cañete, la actuación de cada grupo (los ligados a Patria Libre, comunicadores de Chui y algunos militantes del Apra) y objetivos concretos. Repárese que Orlando de la Cruz es militante aprista, sentenciado por delitos contra el patrimonio; y, Maribel Porta es del grupo de Blanca Vicente y ese grupo es parte de los revocadores de Alvarado liderados por Roger Taboada (Palacios es solo un pelele).

El objetivo político de Taboada es bien claro: buscar que presionar a Fiscal y Juez de Lunahuaná en contra de Javier Alvarado, en el caso Telefónica. De esta manera intentar un fallo favorable a sus intereses de llegar a la Presidencia del Gobierno Regional de Lima a través de su mascaron de proa Lita Román (Se comenta que ella estuvo presente en la Plaza de Armas de Lunahuaná con buzo y gorra, esperando que los pobladores de Lunahuaná se levanten; craso error político, Alvarado ganó en Lunahuaná con el 87%)

También hemos visto el papel que jugaron los comunicadores ligados a Nelson Chui, partiendo por denigrar a los pobladores de Lunahuaná que apoyan a Alvarado, con frases como «delincuentes», «vándalos pagados por Alvarado»; algo que nadie se los cree, ni ellos mismos. Conforme pasan las horas, el globo de ensayo de: «atentado contra la prensa» implosionó . En un informe oficial se señala que «las personas contrarias al Gobierno Regional, liderados por Orlando DE LA CRUZ YACTAYO, Roger TABOADA RODRIGUEZ y Maribel PORTA YARANGA, quienes mostraron pancartas y arengas, lo que motivó la reacción del grupo simpatizante, ocasionándose una gresca entre ambos bandos» , corroboran nuestra apreciación.

DESBORDE EN LOS APOYANTES DE ALVARADO

Ante una provocación política corresponde una reacción política, y eso fue lo que hicieron los simpatizantes de Alvarado, ¿acaso querían que se quedaran callados ante el ataque de sus enemigos políticos? La ley en política señala que en todo evento siempre hay desbordes y allí la capacidad del mando en conducir esa energía de sus dirigidos hacia el camino correcto; pero esto es imposible de manejar cuando la afrenta es mayúscula, cuando la moral está retada, el desborde se da si o si. ¿Acaso no hemos visto que el Río Cañete casi se trajo abajo el camino a Lunahuaná, pese a los trabajos previos que se hizo? Los desbordes son una ley natural, el río luego vuelve a su cauce.

PODER JUDICIAL DEBE TOMAR MEDIDAS RESPECTO A LA CONTINUACIÓN DEL PROCESO.

Hay un video en el que se observa que los abogados están exponiendo sus argumentos; y sentados detrás de ellos, hay comunicadores con cámaras y teléfonos en la cara, pregunto ¿dónde estaba el Juez que permite esas cosas?, ¿esos abogados no saben defenderse y demandar que sean retirados y que no obstaculicen el derecho a la defensa?

Lo que se ha cometido en esencia es una presión política mediática en contra de una de las partes en el proceso y contra los operadores judiciales y esto atenta contra el derecho a la defensa, contra un debido proceso y principalmente socaba la independencia que todo Juez debe tener para resolver un conflicto, como la Constitución y las leyes lo demandan.

Se deben tomar medidas al respecto, ver si el Juez es el idóneo para ver esta causa, ver si el lugar ofrece las condiciones necesarias para un debido proceso. ESTO NO DEBE CONTINUAR ASÍ. ES MUESTRA DE LA INTOLERANCIA DE UNA DE LAS PARTES DEL CONFLICTO QUE SOCABA AL DEBIDO PROCESO.

LUEGO DEL SISMO DE AYER EN LA MAÑANA... LA TIERRA SIGUIO TEMBLANDO

Tras el sismo de 5,5 grados en la escala de Richter que ocurrió ayer en la mañana en la región Ica, se produjeron dos replicas de menor intensidad. Según informó el director del Instituto Geofísico del Perú (IGP), Hernando Tavera, la primera se dio segundos después de las 7:40 de la mañana y la última de 4,3 grados a las 8:13 de la mañana.

Una tercera réplica se registró al promediar las 10:50 de la mañana. Este movimiento alarmó otra a la población de la región sureña. 

El corresponsal de El Comercio en la Ica, José Rosales, indicó que las autoridades provinciales de Defensa Civil de esta ciudad, Pisco, Chincha y Cañete realizan una inspección en la zona, a fin de notificar si hubo daños materiales y personas heridas a raíz del temblor.

Señaló que los pobladores de Ica y, en especial, de Pisco salieron a las calles cuando se sintió el sismo de 5,5 grados. Los vecinos se quedaron en las puertas de sus casas por unos 40 minutos tras el movimiento ante el temor de réplicas más fuertes.

Las comunicaciones en la zona del temblor se vieron interrumpidas por algunos minutos y se han ido restableciendo de manera progresiva.

Rosales descartó que el corte de luz que se registra en la ciudad de Ica se haya producido a raíz del sismo. Señaló que este ya estaba programado desde hace unos días por la empresa Electrodunas. 

En las provincias huancavelicanas de Castrovirreyna y Huaytará también se sintió el sismo. En estos lugares, que limitan con Ica, se ha cortado el fluido eléctrico de manera preventiva.

APUNTES POLICIALES


«RORRO» CAYO EN IMPERIAL CON 138 KETES DE PBC Y 16 DE MARIHUANA...

MICRO COMERCIALIZADORA DE DROGAS «SONIA»ESTARÍA CON LAS HORAS CONTADAS PARA SU CAPTURA

La Policía Nacional continúa su lucha frontal contra la micro comercialización de drogas en todo el valle bendito de Cañete.

Es así que el sábado al promediar las 11 y 30 de la mañana agentes de la DEPANDRO en su patrullaje diario se percataron que en la vivienda de «Sonia» en las Malvinas pasaba algo.

Es así que Misael Manolo Pérez Sánchez de 47 años  conocido como «rorro»(vecino de «chauchilla») al notar la presencia policial intento darse a la fuga en una bicicleta siendo reducido por los agentes del orden.

Las contradicciones en sus declaraciones preliminares por su presencia en la zona reflejaban claramente que algo estaba pasando y al realizársele el registro de sus pertenencias en su poder se le halló 3 ketes de PBC. Pero en la bicicleta había una bolsa que el intervenido dijo llevar camotes pero eran paltas en realidad. La sorpresa fue mayor porque en su interior se encontraron  2 bolsas de plástico con 135 ketes de PBC y 16 envoltorios de marihuana. «Rorro» no supo dar explicaciones quedando mudo  para no delatar a su abastecedora.

Hay que señalar que «Rorro» vive en la Av. 9 de diciembre N° 955 en San Vicente. Por la colaboración eficaz que pueda dar en la investigación podría salir en libertad dejando mal parados a la Policía Nacional que hace un esfuerzo supremo para combatir la delincuencia en Cañete.

Aunque los vecinos de imperial y San Vicente esperan una sanción ejemplar por parte del juzgador y no la benevolencia del fiscal para darle libertad.



ABOGADO SE SALVA DE MILAGRO DE MORIR...

DR. JESÚS CHAVARRY CHOCO MODERNO VEHÍCULO DEPORTIVO

Tremendo susto se llevó el conocido hombre del derecho en Cañete Dr. Jesús Chavarry luego que su moderno auto deportivo B5Q-012 se despistara en la autopista San Vicente - Imperial por la altura de la entrada a Hualcará la madrugada del domingo al promediar las 00:10 horas.

Al parecer la excesiva velocidad fue la causa del despiste.  El moderno vehículo impactó con un poste de luz moviendo sus cimientos desde sus bases.

Testigos del accidente señalaron que el abogado salió volando por los aires antes de impactar el vehículo, ocasionándole poli contusiones en su integridad física.

Aunque muchos precisaron que se salvó de milagro porque la parte más afectada del automóvil es la del piloto.  Hasta el lugar llegaron técnicos de EDE Cañete para remediar el daño ocasionado al poste de alumbrado público porque podría caerse en cualquier momento.

Se supo que el abogado habría sido trasladado a la ciudad capital para recibir una mejor atención en una clínica especializada. 



CONTROLADOR MUERE ATROPELLADO EN LA PANAMERICANA SUR...

CUERPO FUE TRITURADO POR LLANTAS

De otro lado, el sábado por la tarde en el kilómetro 151 de la panamericana sur, el día transcurría con normalidad para Juan Carlos Castilla Saravia de 31 años, inspector de la empresa MAYCA S.A: que cubre la ruta Pisco – Lima, su labor consistía en subir al bus y controlar la venta de boletos.

Walter Chancaya Hernández de 49 años chofer del bus VG-9680 lo recogía para que inicie su labor pero la zona era de alto transito así que inicia la marcha del vehículo cuando Juan Carlos subía y este cae de espaldas a la pista siendo atropellado por las llantas delanteras y traseras del pesado vehículo.

El desgarrador grito del copiloto puso en alerta al chofer que detuvo el vehículo pero ya estaba muerto el joven inspector que quedó tendido en posición decúbito ventral por 2 horas en la autopista con el rostro destrozado.

Familiares del occiso llegaron hasta el lugar del accidente produciéndose desgarradoras escenas de dolor. La representante del ministerio público Dra. Sara del Carmen Francia Cabrera y un grupo de especialistas del Instituto de Medicina Legal procedieron al levantamiento del cadáver siendo trasladado a la morgue central de Cañete.

El accidente se produjo en la oreja del intercambio vial entre la autopista nueva y la antigua carretera que va a la ciudad de San Vicente de Cañete.



ASALTAN Y ROBAN CAMIÓN CARGADO DE LEJÍA

A la altura del kilómetro 138 de la panamericana sur al promediar las 9 y 30 de la noche del sábado fue asaltado un camión remolcador cuando trasladaba 28 toneladas de lejía hacia la ciudad de Arequipa.

Esmelin Mario Málaga García de 44 años conducía el camión remolcador A7P-862 con su semirremolque A3P-987 cuando fue encañonado por una gavilla de delincuentes que lo abordo rápidamente para despojarlo del vehículo con la preciada carga.

La policía nacional del Perú al tomar conocimiento del hecho procedió con un patrullaje intensivo por la moderna autopista ubicando el camión en el kilómetro 150 en sentido sur a norte sin la carga de lejía.

Por la modalidad empleada se trataría de una banda de delincuentes que venía asolando la zona norte de Cañete entre Chilca y Asia.

El ministerio público con peritos de medicina legal al igual que la policía continúa con las investigaciones.

Hay que señalar que por el hipoclorito de sodio en la lejía robada no se descarta que la mercadería vaya ser trasladada al VRAE para la elaboración de drogas.



CONTINÚAN LOS OPERATIVOS POLICIALES EN SAN VICENTE...

PNP EJECUTA OPERATIVO»CONTROL DE TRÁNSITO»

En trabajo coordinado para erradicar la informalidad en el transporte público de pasajeros en San Vicente, efectivos de la policía nacional con participación de inspectores de transito de la Municipalidad Provincial de Cañete en operativo inopinado el último sábado intervinieron a 62 conductores de vehículos mayores y menores, obteniendo el siguiente resultado:

Vehículos Intervenidos: 62

Vehículos Detenidos Por Rq: 00

Vehículos Recuperados: 00

Papeletas Impuestas: 11

Vehículos  Livianos Internados Al Depósito municipal: 01

Vehículos  Menores Internados Al Depósito municipal:       04



LIBERAN A UNIVERSITARIO SECUESTRADO EN CAÑETE...

MARCAS LO SECUESTRARONEL ÚLTIMO VIERNES EN LIMA

Gran susto se llevó el joven universitario Luis Antonio Silva Morales de 23 años cuando fue secuestrado en san juan de Miraflores el último viernes al promediar las 11 de la mañana cuando se dirigía a la universidad alas peruanas.

Esta vez sus secuestradores por la fuerza lo subieron a un station wagon blanco donde lo cubrieron con un trapo el rostro llevándolo con rumbo desconocido a su guarida. Ahí lo golpearon y lo mantuvieron atado sin alimentarlo.

Recién el sábado al promediar las 8 y 30 de la noche lo dejaron en libertad quizás por haberse pagado el rescate a la altura del kilómetro 119 de la panamericana sur por el condominio «Mar Adentro». Los  vigilantes del condominio avisaron a la policía quienes lo llevaron al centro de salud de cerro azul para ser atendido.

El representante del ministerio público, Dr. Noé Cárdenas índico que el agraviado pase el respectivo examen de Reconocimiento Médico Legal, y sea entregado a sus familiares quienes agradecieron a dios por mantenerlo con vida.

La madre de Luis Antonio, María Morales Soldevilla, en el año 2011, había sido, amenazada, si esta no pagaba un cupo de S/1000.00 nuevos soles, en vista que tiene una tienda de abarrotes en su domicilio para que su hijo no sufra daño alguno.

2 hombres y  una mujer habrían participado del secuestro por versión del universitario.

EDICTOS


EDICTO JUDICIAL

Por ante el Juzgado Civil de Cañete, Expediente Nº 2012-00093-0801-JR-CI-01, seguido por FIDENCIO LOAYZA PINEDA, contra CAU EL CHILCAL, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, el Señor Juez, ha dictado la siguiente Res. que sumariamente se transcribe: Res. 02 de fecha 13-04-2012; se resuelve: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por FIDENCIO LOAYZA PINEDA, contra CAU. EL CHILCAL, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE PROPIEDAD, en consecuencia PÓNGASE a conocimiento, de los propietarios o posesionarios de los bienes colindantes, la demanda, anexos y auto admisorio, a efecto que hagan valer su derecho, si lo consideran conveniente, y PUBLÍQUESE un extracto del presente auto admisorio, conforme lo dispone el Artículo 506º del Código Procesal Civil.- Una firma, Dr. Enrique Cárdenas Chancos – Juez.- Una firma, Dra. Erika Edith Herrera Taxa – Secretaria Judicial.  Cañete, 25 de Abril de 2012.

Dra. Erika Edith Herrera Taxa

Secretaria Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil

Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 07, 11 y 17 de Mayo



EDICTO

Exp. Nº 2010-79-CI; Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha la Dra. Teresa Esperanza Zamudio Ojeda y Secretaria Judicial Katia Herrera Quispe. Por Resolución número uno de fecha doce de Mayo del dos mil diez, en la vía del proceso abreviado se ADMITIÓ a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por SEGUNDO MANUEL AGUILAR VALLEJO contra PERSONAS INCIERTAS CREAN TENER SOBR EL PREDIO, a fin de que se le declare propietario por prescripción de los predio ubicado en la calle Libertad s/n – Antigua carretera Panamericana Sur del distrito de San Antonio de la provincia de Cañete, el que cuenta con un área de Seis Mil Ochenta y Ocho punto Dieciséis metros cuadrados; EMPLAZANDO a los demandados que tengan interés en el proceso, para que contesten dentro del plazo de treinta días, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal.

Mala, 17 de Enero del año dos mil doce.

Dra. Katia G. Herrera Quispe

Secretaria - Juzgado Mixto de Mala - Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 07, 09 y 11 de Mayo



EDICTO

Exp. 2010-092-CI; Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha la Dra. Teresa Esperanza Zamudio Ojeda y Secretaria Judicial Rosario Medina Brigada. Por Resolución número dos de fecha tres de Marzo del año dos mil once, en la vía del proceso abreviado se ADMITIÓ a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por SEGUNDO MANUEL AGUILAR VALLEJO contra PERSONAS INCIERTAS QUE CREAN CON DERECHO SOBRE EL PREDIO, a fin de que se le declare propietario por prescripción de los predios rústicos con Unidad Catastral Nº 019000 ubicado en la Antigua carretera Panamericana Sur del distrito de San Antonio de la provincia de Cañete, que cuenta con área de Tres Mil Quinientos veintisiete punto noventa y nueve metros cuadrados. Y el predio rústico ubicado en el lugar denominado Esquivilca del distrito de San Antonio de la provincia de Cañete, el que cuenta con área de Un Mil Trescientos Catorce punto Catorce metros cuadrados; EMPLAZANDO a los demandados que tengan interés en el proceso, para que contesten dentro del plazo de treinta días, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal.

Mala, 17 de Enero del dos mil doce.

Cristina Del Rosario Medina Brigada

Secretaria - Juzgado Mixto de Mala - Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 07, 09 y 11 de Mayo.



EDICTOS  DE  FAMILIA Y PENAL

JUZGADO MIXTO DE MALA; Juez Zamudio; cita y emplaza:

EXP.-243-2011; a los padres biológicos o familiares del menor DAMIAN FELIX MICHUY ARMAS. RESOLUCION 02 (28.12.2011) RESUELVE: PRIMERO. ABRIR INVESTIGACIÓN TUTELAR a favor del menor DAMIAN FELIX MICHUY ARMAS. SEGUNDO.  1) RECÍBASE la referencial del menor tutelado, debiendo ser puesto a disposición de este Juzgado por su madre o representante legal 2) RECÍBASE la declaración de la madre del menor tutelado REYNA ARMAS VALENCIA. 3) RECÍBASE la declaración de Modesto Armas Flores. 4) Recíbase el certificado Medico legal N° 001289-DCLS 5) Recíbase el certificado Medico legal N° 001290 6) Recíbase las fichas Reniec adjuntas al Petitorio. 7) RECÁBESE partida de nacimiento del menor . 8) PRACTÍQUESE evaluación bio-psicosocial al menor investigado. 9) Remitir informe del equipo multidisciplinario para establecer factores que ha determinado la situación del menor. DISPONIENDOSE LA MEDIDA DE PROTECCION PROVISIONAL que el menor DAMIAN FELIX MICHUY ARMAS sea albergado por una casa hogar, debiendo ser puesto el menor a disposición del Juzgado las veces necesarias que se requiera e informar su estado periódicamente. RESOLUCIÓN 09 (Fecha 30-03-2012)  SEÑÁLESE Fecha de Audiencia Especial 30.05.2012 a 4:00 p.m. debiendo ser puesto a disposición el menor tutelado. Secretaria: CAMARGO.



PRIMER JUZGADO DE FAMILIA.- Juez Alejos; ha ordenado a publicar:

EXP.-2011-787; RESOLUCIÓN 03: ADMITIR demanda interpuesta por el Ministerio Publico contra ALEJANDRO GREGORIO ARIZAGA ALIAGA sobre Violencia Familiar–Maltrato Psicológico en Agravio de ALEJANDRA JOSE ARIZAGA CASTILLO y MARTIN YURIMALDO ARIZAGA CASTILLO; dictándose medida de protección que el demandado se abstenga de todo acto de violencia familiar contra los agraviados. RESOLUCION 07:NOTIFIQUESE al demandado para que en un plazo de Quince días se apersone al proceso y haga valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Secretario: Delgado.



JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA.- Juez Castillo; cita y emplaza:

EXP. 355-2007, a SANTOS CHAVARRIA DOMINGUEZ, HIPOLITO FILIBERTO HUAPAYA VEGA, MARIO LUIS CAMACHO CUYA, ROSA HUAPAYA VEGA, VICENTE TOLEDO ROMERO, BACILIA MARCIANA GERONIMO ALARCON, JUAN VICTOR MANCO HUAPAYA NELIDA ARMANDA AYALA CUYA, CRECENTA SOLIS CHAVEZ HUERTA, JUAN EDUARDO SOTO AGUAYO, IRIS DANILA ARIAS AVALOS Y ROSENDO FIDEL MEJIA VELASQUEZ, para diligencia de Lectura de Sentencia, bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Día:30.05.2012. Hora:11:45 a.m. Delito: Contra el Patrimonio-Usurpación Agravada. Agraviado: Valerio Castro Diaz. Secretario: Caceda.

EXP. 077-2009, a EVELYN MARY RIVAS ARIAS, CHAVELA VEGA HUANAY, ANITA HUAMANI SIMON, FELIPA GARCIA y MAURO SANTIAGO HUAMANI, para diligencia de Lectura de Sentencia, bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Día:29.05.2012. Hora:11:45 a.m. Delito: Contra el Patrimonio-Usurpación Agravada. Agraviado: Sucesión Juana Aleida Huapaya Arcadi. Secretario: Caceda.



JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE YAUYOS.- Juez Parvina; Ha mandado a publicar:

EXP. 2010-0029-A-ETI-JIP-MPY, notificar a los agraviados: FELICITA NELIDA YALLE Y FRANK YOLIÑO PALOMINO REYNOSO, Resolución 01(20.04.2012): Correr traslado a los sujetos procesales por el plazo de 10 días hábiles para que puedan por escrito: a)Observar formalmente la acusación, b)Deducir excepciones y otros medios de defensa. c)solicitar imposición o revocación de medida coercitiva o actuación de prueba anticipada. d)pedir sobreseimiento. e)instar aplicación del criterio de oportunidad. f)Ofrecer prueba. g) objetar la reparación civil. h) Proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados. i)Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba, y j) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. A fin de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.



EDICTO

Exp. Nº 2010-148-CI.- Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha la Dra. Teresa Esperanza Zamudio Ojeda y Secretaria Judicial Cristina Medina Brigada, por Resolución número uno, de fecha tres de setiembre del dos mil diez en la vía del proceso abreviado se ADMITIÓ a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMINIO interpuesta por AGROINDUSTRIAS SAN ANDRES SAC. contra la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES NACIONALES, a fin de que se sirva ordenar la inscripción definitiva en el registro de propiedad inmueble de la Oficina Registral de Cañete, del inmueble identificado como terreno de cultivo denominado Pampas Tres Cruces Zona I Chilca del Sector San Andrés con una Unidad Catastral Nº 024107, del distrito de Mala, con un área de 269.3454 hectáreas cuya posesión está inscrita en el asiento B0001 y B0002 de la Partida Nº 02572589 de la Oficina Registral de Cañete.

Mala, nueve de abril del año dos mil doce.

Cristina Del Rosario Medina Brigada

Secretaria

Juzgado Mixto de Mala - Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 24, 30 de Abril y 07 de Mayo.



CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE



COMUNICADO



Los miembros de la Comisión Permanente de Selección del Concurso Público Abierto N° 01-2012-CAÑETE, comunican que dicho concurso queda diferido hasta nuevo aviso.



San Vicente de Cañete, 04 de Mayo de 2012.



Marisol Huamaní Valdivia

Presidente

06 mayo 2012

UNA CRÍTICA CONSTRUCTIVA A LA OCUPACIÓN ERRÁTICA DEL ÁREA DESÉRTICA DE LAS PAMPAS DE CONCÓN

¿Planeamiento territorial?
Por Frederick Cooper
A raíz de dos de los temas nacionales de actualidad que más han concitado la atención mediática reciente –Conga y el Vrae– el problema de la ausencia del Estado en los ámbitos físicos y sociales de menor desarrollo, o donde la actividad productiva busca establecerse intensamente, ha recobrado una notoriedad preocupante.
Un recorrido a lo largo de la carretera Panamericana Sur, en el departamento de Ica, demuestra como otra forma de ausencia del Estado -la imprevisión e ineficacia con que se maneja la obra pública, o se tolera la intrusión privada anárquica- viene constituyéndose en el prolegómeno de lo que con toda seguridad habrá de generar en el futuro traumáticos problemas territoriales, urbanos y sobre todo medioam-bientales, quien sabe irresolubles.
Un primer ejemplo es el de la ampliación hacia el Sur de la autopista -la carretera Panamericana- que se interrumpe absurdamente pocos kilómetros antes de llegar al entorno urbano de la ciudad de Chincha, obligando al pesado caudal vehicular que porta la vía a reducirse a dos carriles que deben surcar los varios kilómetros de longitud que surcan su estrangulado trazo primitivo. El tránsito intenso que soporta la ruta entre Chincha y Nazca (principalmente camiones articulados y buses interprovinciales), así como la topografía llana de los territorios mayormente eriazos por los que discurriría refutan el supuesto de que no es posible negociar con la empresa concesionaria adelantar la construcción del tramo hasta Ica, o aun hasta Nazca. El recargado tránsito que afecta la vía doble disponible entre Chincha e Ica no solo acarrea un serio riesgo de accidentes; afecta negativamente el flujo comercial y turístico en una región que ha visto expandir considerablemente ambos rubros los últimos años. Considerando, tanto la actual solvencia económica del Estado, como el evidente incremento de la productividad agrícola, turística, minera e industrial en la región, exigen mejorar una infraestructura vial que sirve a una actividad social creciente y productiva.
AQUÍ VIENE LO INTERESANTE
Por otro lado, el trazo de la autovía entre Cañete y Chincha ha engendrado una ocupación errática del área desértica que se extiende holgadamente hacia el Este de su trazo, asentamientos mayoritariamente constituidos por los típicos módulos de esteras que dan cuenta de invasiones recientes realizadas con fines exclusivamente mercantiles. En efecto, a lo largo de no menos de veinte kilómetros se extiende ya un manto de asentamientos ralos fantasmalmente posados sobre desnudos arenales que trasuntan los elementales trazos de las lotizaciones que perpetran instigadores diligentes. Atribuidas a los efectos especulativos suscitados por dos megaproyectos regionales –la gestación de una importante irrigación privada, y el encuentro del gasoducto proveniente de Camisea con su terminal portuario– el dilatado rosario de estos asentamientos deshabitados presagian la reedición del laissez faire urbanístico que engendró hace medio siglo el desastre urbano de Lima, ignorando la negativa trascendencia que tiene para un desarrollo ciudadano equilibrado y eficaz el tolerar la implantación de ocupaciones arbitrarias, dispersas y desarticuladas, que a medida que van transformándose en construcciones más estables y adoptan trazos definidos, le exigen al Estado habilitarlas, vale decir proveerlas de vías, redes sanitarias y eléctricas, seguridad y servicios educativos, de salud y comunicaciones, no obstante la ineficiencia que conlleva su magra densidad y su amplitud irracional.
Utilizada frecuentemente como ejemplo de una de las regiones peruanas en las que más exitosamente se viene registrando el reciente crecimiento económico peruano, Ica ciertamente requeriría por parte del Gobierno Central y de su Gobierno Regional contar con un plan de desarrollo integral debidamente armonizado y priorizado, vale decir articular sus necesidades infraestructurales con sus potencialidades industriales, turísticas y agrícolas, así como afrontar con un sentido igualmente orgánico el atrasadísimo proceso de reparación y regeneración de los daños infligidos en la región por el terremoto del 2009.