02 julio 2009

Un ejemplo a seguir en la Provincia de Cañete…
FESTIVAL ECOGOURMET EN PACHACAMAC
Ramón Payat ArteagaMiembro de la Asociación de la Prensa Turística del Perú

«La tercera edición del Festival Ecogourmet de Pachacámac que se realizará el próximo sábado 4 de julio será una verdadera fiesta para el paladar». Así lo ha manifestado Cucho La Rosa, afamado chef que participará como miembro del jurado calificador del Concurso Gastronómico contemplado en el Programa Oficial de Actividades. En esta edición, el concurso tendrá dos categorías: Categoría 1: Plato principal a base de cerdo. Categoría 2: Postres a base de lúcuma. Como en otras ediciones, la propuesta se basa en promover el consumo de insumos locales y diversificar la oferta gastronómica.El Festival reunirá también a los más diversos productores del valle que venderán desde derivados del pato, foie gras y patés, a hortalizas y frutas orgánicas, variedades de quesos de cabra, néctares de frutas, panes naturales con anís, ajonjolí, aceitunas, cebolla, mieles, yogurts prebióticos, hierbas aromáticas, entre otros. Habrá también una exposición de la agrobiodiversidad de la papa y actividades culturales para toda la familia.»Pachacámac es un valle agrícola cercano a la ciudad de Lima y nuestra misión es conservarlo promoviendo la rentabilidad de su producción, articulándola a un mercado selecto de consumidores orgánicos y a la demanda de los restaurantes locales y de Lima que requieren productos de alta calidad», sostiene su alcalde, Sr. Hugo Ramos.Patricia Talavera, Gerente de Comunidades Sustentables del Grupo GEA enfatiza también que: «Antes y después del Festival Ecogourmet, ayudamos a pequeños productores y restaurantes para que se articulen al mercado y mejoren su oferta porque nuestra preocupación es que se generen mayores ingresos para las familias más pobres del distrito. Involucramos también a los comedores populares para que mejoren su oferta nutritiva y generen recursos por la venta adicional de potajes».El evento se desarrollará todo el día sábado 4 de julio en la Plaza de Armas de Pachacámac, y si quiere engreír a su paladar, la cita es obligada. Es aconsejable llegar temprano para encontrar más productos gourmet y sitio en los deliciosos restaurantes locales.Este singular evento es promovido por el Grupo GEA, el Ministerio de Agricultura, la Municipalidad Distrital de Pachacàmac, la Asociación Gastronómica, Hospedajes y Afines (AGHA) que integra a 19 socios, sumándose a éstos la participación decidida de una prestigiosa Bodega Vitivinícola del Distrito.Los restaurantes más representativos que participarán en el mencionado concurso son Mezzarina Hermanos, El Ternerito, La Vaca Colorada, Paso Obligao, Las Chimeneas, Pasa a Comer, Las Sikas, Granja Interactiva, Cabaña 77, entre otros.
REGION INICIÓ ASFALTADO DEL TRAMO DE LA CARRETERA QUE UNIRA LAS LOCALIDADES DE CASA PINTADA-PUEBLO NUEVO DE CONTA

Maquinaria pesada de la Empresa Consorcio La Unión desplazada hasta la vía, iniciaron los trabajos del tendido de la capa imprimante y en los siguientes días la carpeta asfáltica, en el tramo de la carretera que unirá los pueblos de Casa Pintada y pueblo Nuevo de Conta en el Distrito de Nuevo Imperial.
La citada carretera que se construye con recursos propios del Gobierno Regional de Lima a un costo aproximado de S/ 4´ 097.942 nuevos soles es una obra anhelada desde hace muchos años por los pobladores del lugar.
En la zona donde se están iniciando las obras estuvieron presentes en horas de la mañana las autoridades del lugar entre ellos la Alcaldesa del Centro Poblado Pueblo Nuevo de Conta Sra. Enma Camposano Matos, quien destacó la iniciativa del Presidente Regional de Lima Ing. Nelson Chui Mejía de cumplir sus compromiso que asumió en su oportunidad con sectores importantes de la población, aunque han pasado un buen tiempo de ello.
La nueva carretera que tiene una extensión de 3.4 Km. Promoverá las diversas actividades económicas, especialmente en el sector agropecuario porque permitirá comercializar los productos con mayor fluidez y su traslado más rápido a los mercados de la capital.
Consultados sobre el tema los encargados de la obra, indicaron que los trabajos tendrá una duración de unos 15 días para luego proceder a su inauguración.
ANEXO 27 DE DICIEMBRE DE MALA EXIGE PRONTA SOLUCION A PROBLEMA ELECCIONARIO… ( Parte II )
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (Corresponsal en Mala)

A continuación explicaré los acontecimientos que desencadenaron en un esfuerzo conjunto y ponerse de acuerdo para que las elecciones se llevaran a cabo el día 10 de Junio, incluso existe un Acta donde sus líderes aceptan dichas condiciones; el día 30 de Junio publicamos la I Parte dando a conocer los entretelones de una controversia de dos facciones que intentan tomar el poder político en este Anexo.

Esfuerzos que debieron tener un final feliz… ¿Qué pasó?
El día 10 de junio (8 p.m.) se dio una trascendental reunión entre los miembros de comité electoral presidido por el Señor Jorge Chumpitaz Vera y secretario el Señor José Ávila Webb, por la lista de color azul el Señor Alejandro Quispe Ccanto y su delegado el Señor Francisco Berríos Valverde y por la lista de color amarillo que lidera la Señora Lourdes Ahuanari Tamani que fue representada por la Señora Lucia Guzmán Blas todos acuerdan que las elecciones se llevarían a cabo el día 14 de junio 2009 con normalidad y transparencia, no se acepta ninguna tacha u observación, así mismo se presentó la cédula y se programó la forma de proclamación (consta en acta). Llegó el día acordado para que la voluntad popular rija los destinos de este anexo, lamentablemente en horas de la mañana misteriosamente fueron arrancadas y desaparecidas las listas que fueron pegadas en el local comunal.

En búsqueda de soluciones…
Han pasado 17 años de haberse instaurado el estatuto, hoy la comunidad tiene 4 anexos, algunos no existían por esos años, su descentralización es una ardua tarea que de han de articular ideas, propósitos y voluntades, las carencias de servicios básicos es la fotografía tomada de los que sucede a lo largo y ancho del territorio nacional. En política aprendemos que «la dominación» es una característica del temperamento y se encuentra localizado en el individuo, «la influencia» es persuasiva, en cambio «el poder» es coercitivo, sin embargo hay lideres que obtienen un gran prestigio por su sabiduría, los tiempos de la banda y tribu, la borda, la gens, el clan y el tótem, el tabú, no tienen cabida en este tiempo.
Finalmente quiero exhortar al diálogo y que se hagan todos los esfuerzos conjuntos para buscar un mejor destino en convivencia democrática, que se iluminen aquellas mentes mirando ante cualquier decisión primero el rostro y el espíritu de cada uno de sus hijos, si hay que hacer un mea culpa es el momento, porque solo Dios y los imbéciles no se equivocan, la unión hará posible que se evite los abusos que silenciosamente se admiten al arrojarse o depositarse toda la basura de la ciudad de Mala muy cerca a este anexo o ¿Cómo creen que vuestros hijos podrían competir en este siglo XXI, si como adultos no pueden ponerse de acuerdo en temas elementales y fáciles de resolver? Aprovecho para agradecer la invitación hecha a mi persona por distinguidos vecinos como observador y en mi responsabilidad periodística, quiero ser objetivo, pero son sus propios pobladores quienes tienen el poder de decisión, espero que sea para bien, les brindo un fraternal saludo a todos y que esta fiesta patronal de San Pedro de Mala sea un verdadero motivo para buscar un mejor destino.

DESDE 15 DE JULIO SE RECIBEN POSTULACIONES PARA PREMIO EXCELENCIA JUDICIAL 2009

Desde el 15 del presente mes al 30 de agosto de 2009 se recepcionarán las propuestas de postulaciones de magistrados y personal auxiliar de la Corte Superior de Justicia de Cañete para el otorgamiento del Premio Excelencia Judicial 2009.
El objetivo es promover la eficiencia y la calidad de los servicios judiciales en las diferentes especialidades de la impartición de justicia, así como reconocer y estimular el buen desempeño y desarrollo profesional de magistrados y personal auxiliar que presta servicios en este Poder del Estado.
Los factores a tomarse en cuenta dentro de la evaluación que llevará al otorgamiento del Premio Excelencia Judicial son cuatro: producción, calidad de atención, compromiso con valores democráticos y respeto a los principios de independencia e imparcialidad; y comportamiento ético.
Para el caso de auxiliares jurisdiccionales, les serán de aplicación los tres últimos criterios mencionados, es decir, los de calidad de atención compromisos con valores democráticos y respeto a los principios de independencia e imparcialidad; y comportamiento ético.
La recepción de las postulaciones se realizarán en Mesa de Partes de la Secretaria de Presidencia (Av. Condoray Mz A Lote 09 ) Urb. Las Casuarinas – San Vicente de Cañete y/o a través del correo electrónico: canetepremioexcelenciajudicial@gmail.com
Las propuestas serán formuladas a nivel individual o en forma colectiva.
La respuesta de los comerciantes del “inhabitable” mercado modelo de San Vicente.
CLAUSURA DEFINITIVA DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES TIENE QUE SER POR ACUERDO DE CONCEJO Y NO CON RESOLUCIÓN GERENCIAL...

SAN VICENTE.- El lío entre las autoridades de la Municipalidad Provincial de Cañete y los comerciantes del “inhabitable” Mercado Modelo de San Vicente de Cañete, no tienen cuando terminar.
Recientemente la Gerencia de Tributación Municipal, emitió una resolución de clausura definitiva del funcionamiento de los locales comerciales tanto exteriores como interiores de este viejo recinto comercial.
Sin duda, la notificación, les cayó como un “baldazo de agua fría”, pero –al mismo tiempo– interponiendo el recurso de apelación contra la resolución Nº 0347-2009-GTM-MOC de fecha 12 de Junio del 2009 a través de su abogado, Dr. Fernando Ítalo Quispe Lévano. El letrado precisa que la gerencia de tributación, tiene que asumir el principio de legalidad que señala el Art. 26 de la Ley Orgánica 27972, pues no se puede trasgredir el ordenamiento jurídico municipal del cual existen órganos de gobierno.
“No puede abocarse de manera unilateral a la clausura de definitiva de los ambientes del mercado modelo de las tiendas exteriores e interiores, por cuanto, éstas se encuentran en estado inhabitable”, remarca Ítalo Quispe.
Puntualiza, en se sentido, que la Gerencia de Tributación, esta transgrediendo los Art. 38, 39, 41 y 44 de la Ley Orgánica con la implicancia penal en su Art. 376, por el delito de abuso de autoridad, de acuerdo al Código Penal.
Remarca, además, que existe un acto arbitrario de la gerencia, pues cuando se ordena la clausura definitiva de establecimientos comerciales, para efecto de aplicar sanción, el Art. 46 en su segundo párrafo de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por infracción de sus disposiciones.
Es decir, se comete un abuso del derecho en ejercicio de sus funciones de expedir una Resolución Gerencial, ordenando la clausura definitiva, cuando a vuestra autoridad no le compete sino al pleno del concejo.
Empero –remarca– que lo más curioso es que la prueba producida para expedir la resolución gerencial correspondiente al 15 de diciembre del 2005, a raíz de un informe técnico Nº 077-2005-GRL-GRRNGMA/ODC del Gobierno Regional de Lima.
“Han transcurrido más de tres años y seis meses y nunca se remitió informe al Concejo Provincial de Cañete porque no ameritaba que el lugar donde laboramos sea inhabitable”, precisan. Incluso, hasta después del último sismo continuaron laborando sin peligro alguno, resultando inaudito que después de tanto tiempo se emita un oficio sobre la reciente diligencia de inspección Nº 0000014-2009 de la Oficina de Defensa Civil del Gobierno Regional. Dice que en este punto, el municipio atenta contra el procedimiento administrativo del Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM que aprueba al Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil y la Resolución Jefatural Nº 251-2009-INDECI, incumpliendo el principio de publicidad, pues nunca se les ha notificado.

COMERCIANTES MOLESTOS.
Los comerciantes, mostraron también su rechazo en pleno a la Ordenanza Nº 025-MPC de fecha 23 de Junio del 2005, pues esta no ha sido publicada en el diario oficial El Peruano, conforme lo señala las reiteradas jurisprudencias del Tribunal Constitucional y el Art. 44 en su tercer y cuarto párrafo de la Ley Orgánica de Municipalidades.
Aclararon también que ellos no se quedarán en forma definitiva en el lugar «que es un peligro latente» sino que también es de responsabilidad del alcalde, Javier Alvarado, de reubicarlos en un lugar aparente, «tal como lo prometió en su campaña o cuando habla bonito por la radio».
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

«AÑO DE LA UNION NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA»
«Año del Centenario del Ilustre Distrito de Imperial»

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2009-MDI

Imperial, 08 de Mayo del 2009
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE

POR CUANTO:
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 07 de Mayo del 2009, se trató la Agenda sobre aprobación del ROF, Comité del Vaso de Leche, y;

CONSIDERANDO:
Que, el Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, apruebò el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Imperial;

Que, mediante Informe Nº 021-2009- JPVL/MDI, de fecha 06 de Abril del 2009 de la Jefatura del Programa del Vaso de Leche, adjunta el Reglamento de Organización y Funciones del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Imperial, para su aprobación por el Concejo Municipal;
Que, es necesario se regule las funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, de conformidad al marco establecido en la Ley, 27470 y su modificatoria Ley 27712;
Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27740 y su modificatoria 27712, y al amparo de las atribuciones otorgadas por el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, con el Voto Mayoritario del Pleno del Concejo y la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA:

ARTICULO UNICO.- Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa el Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Imperial – Provincia de Cañete, el cual consta de ocho Titulo y tres Disposiciones Finales y Complementarias, formando parte integrante de la presente Ordenanza.

POR TANTO :
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA.
RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
ALCALDE


REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ DE ADMINSTRACION DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – PROVINCIA CAÑETE


GENERALIDADES.- El presente Reglamento es un instrumento legal que regula las funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, de conformidad al marco establecido en la Ley Nº 27470 y su modificatoria por la Ley Nº 27712.

BASE LEGAL.- El marco legal para el presente Reglamento es el siguiente.

- Ley Nº 27279 - Ley Orgánica de Municipalidades.
- Ley Nº 24059 - Ley de Creación del Programa del Vaso de Leche.
- Ley Nº 26637 - Normas Referidas a la Administración del Programa del Vaso de Leche.
- Ley Nº 27470 - Normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche.
- Ley Nº 27712 - Ley que modifica la Ley 27470.

TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º.- El objetivo del presente Reglamento es establecer pautas y procedimientos sobre la organización, administración y responsabilidad en la ejecución del Programa vaso de Leche, haciéndose referencia a la ley que establece las normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche aprobado por la Ley Nº 27470, la mención a la palabra «Ley Complementaria» se refiere a la ley que modifica la Ley 27470, aprobada por ley Nº 27712, la mención al «comité» se entenderá que es referido al Comité de Administración del Programa, del Vaso de Leche, y la referida a la «Organización» se entenderá a los comités de base del Vaso de Leche.

Artículo 2º.- Su finalidad es dotar de un instrumento técnico - normativo que garantice el normal funcionamiento del Programa del Vaso de Leche en la Municipalidad Distrital de Imperial.

Artículo 3º.- El presente Reglamento regula las competencias, organización y funcionamiento del Comité, así como su organización analítica, cuyas disposiciones son de cumplimiento obligatorio.

Artículo 4º.- Las normas contenidas en el presente reglamento serán de cumplimiento obligatorio para las siguientes instancias:

- Comité de Administración del Programa del vaso de Leche.
- Órgano ejecutor del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad.
- Los Comités del Vaso de Leche.

TITULO II
NATURALEZA, FINALIDAD Y OBJETIVOS

Artículo 5º.- El Comité es un órgano desconcentrado encargado de dirigir, coordinar, gestionar, controlar y evaluar las acciones tendientes a su ejecución.

Artículo 6º.- El Comité tiene como finalidad planificar, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades destinadas a la gestión e implementación del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Imperial, dentro de los limites establecidos en la Ley Nº 27470 modificada por la Ley Nº 27712, asegurando una correcta organización administrativa y ejecutiva del Programa del Vaso de Leche.
Artículo 7º.- Son Objetivos del Comité.
A.- Velar porque la ración alimenticia diaria otorgada a los beneficiarios, este acorde a los valores nutricionales establecidos en las normas técnicas vigentes.
B.- Promover con arreglo a la ley la participación de los beneficiarios y de la sociedad civil en apoyo al Programa del vaso de Leche.

TITULO III
MIEMBROS DEL COMITÉ

Artículo 8º.- El Comité de Administración esta conformando por las siguientes personas.

1.- El Alcalde o el Funcionario que delegue de acuerdo a ley.
2.- Un Funcionario Municipal.
3.- Un Representante del Ministerio de Salud.
4.- Un Representante de la Asociación de Productores Agropecuarios de la Zona, debidamente acreditado por el Ministerio de Agricultura.
5.- Tres Representantes de la Organización Distrital del Vaso de Leche.

TITULO IV
FUNCIONES GENERALES DEL COMITÉ

Artículo 9º.- El Comité es el responsable de la ejecución del Programa del Vaso de Leche, dentro de las competencias, funciones y límites establecidos en la ley 27470 modificada por la ley Nº 27712. Tiene como funciones.
- Planificar, ejecutar, impulsar, supervisar las actividades del Programa.
- Controlar la correcta administración de los recursos del Programa del Vaso de Leche.
Artículo 10º.- El Comité esta conformado por (7) miembros, siendo su composición la siguiente.

- El Alcalde o Funcionario que delegue.
- Un funcionario Municipal, quien actuara de secretario.
- Tres representantes de las Presidentas del Programa.
- Un representante del Ministerio de Salud.
- Un representante de la Asociación de Productores Agropecuarios de la Zona cuya representatividad será acreditada por el Ministerio de Agricultura.

Artículo 11º.- Las representantes de las Presidentas son elegidas democráticamente por sus bases, conforme a las normas de los estatutos de su Organización.

Artículo 12º.- El Comité coordina con la Municipalidad la elaboración del reempadronamiento, empadronamiento y encuesta para determinar la población, objetivo del programa e informar dentro de los plazos establecidos a los organismos autorizados.

Artículo 13º.- El Comité solicita al Jefe del Programa del Vaso de Leche, la información necesaria referente a la marcha del Programa del Vaso de leche en las oportunidades que se requiera.

Artículo 14º.- El Comité de Administración solicita al Comité Especial la información necesaria sobre los procesos de convocatoria relacionadas con la adquisición de los insumos del Programa del Vaso de Leche.

Artículo 15º.- Los integrantes del Comité ejercen sus funciones de acuerdo a lo que señalan las normas legales.

Artículo 16º.- La vigencia del mandato de los integrantes del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche es de dos años, no pudiendo ser reelegidos en forma inmediata.
TITULO V
FUNCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL COMITÉ

Artículo 17.- Son funciones del Presidente del Comité.
a) Ser el portavoz del Comité, responsable de dirigir, coordinar, gestionar, y controlar las acciones tendientes a la ejecución de los acuerdos del Comité en el Área y ámbito que señala la Ley.
b) Velar por la aplicación de la Ley Nº 24059 que crea el Programa del Vaso de Leche y otras normas conexas y complementarias referidas al Programa del Vaso de Leche.
c) Convocar a Sesiones del Comité y disponer la Agenda correspondiente.
d) Ordenar el cumplimiento de los acuerdos del Comité e informar a este de la marcha del programa del Vaso de Leche.
e) Fiscalizar y controlar el consumo de los insumos, por los beneficiarios así como la calidad de la preparación de los insumos.

TITULO VI
DE LAS FUNCIONES DEL SECRETARIO(A) DEL COMITÉ

Artículo 18.- Son funciones del Secretario(a).
a) Velar por la supervisión y seguridad de todo el sistema documentario y los bienes del comité.
b) Elaborar las Actas de las sesiones.
c) Otras que les asigne el comité.

TITULO VII
PROCEDIMIENTOS DE LAS SESIONES

Artículo 19.- Las Sesiones Ordinarias del Comité se realizaran una vez al mes como mínimo. Las sesiones Extraordinarias cuando se requiera a iniciativa del presidente o a petición de por lo menos cuatro de sus miembros, las mismas que se desarrollaran con Agenda específica.

Artículo 20.- Las Sesiones son convocadas por el Presidente del Comité con una anticipación de por lo menos tres días hábiles para el caso de las Ordinarias y un día hábil para el caso de las Extraordinarias. El Secretario (a) del Comité es el encargado(a) de cursar las esquelas de invitación bajo cargo de recepción.

Artículo 21.- La sesión se instala con la asistencia de más de la mitad de los miembros hábiles. Todos los miembros tienen derecho a voz y voto. Los acuerdos se toman por mayoría siempre de los asistentes y en caso de empate en la votación determinará el Presidente.

Artículo 22.- El Secretario del Comité levantará un Acta de todas las sesiones donde contara un resumen de las intervenciones y los acuerdos que se han tomado, las Actas deberán ser suscritas por el Presidente, el Secretario, los Miembros y Asistentes.

Artículo 23.- La etapas de las sesiones serán las siguientes.
1.- ORDINARIAS.- Quórum e instalación. Lectura y aprobación del Acta anterior, Despachos, Informes, Pedidos, Orden del Día.
2.- EXTRAORDINARIAS.- Quórum e instalación. Lectura y aprobación del Acta anterior, Agenda. En esta sesión se tratar los puntos especificados en la Agenda bajo sanción de nulidad de los acuerdos.

TITULO VII
DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Artículo 24.- la inconcurrencia injustificada a pesar de haber sido citado reglamentariamente, a tres sesiones consecutivas y el seis no consecutivas durante un año acarrea la separación de los miembros.

Artículo 25.- En el caso de las Representantes de los Beneficiarios, la falta tipificada en el Artículo anterior será comunicada a la organización para los efectos previos del procedimiento establecido en Artículo 11º-del presente Reglamento se reemplace a las representantes, quienes asumirán el periodo que falta completar.

DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS

PRIMERA.- El Comité deberá contar con su Manual de Procedimientos Administrativos.

SEGUNDO.- Las modificaciones al presente Reglamento se realizará mediante acuerdo del Comité, que propone al Concejo Municipal su aprobación.

TERCERA.- El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de la aprobación por el Concejo Municipal.

RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
Alcalde
EDICTO
EXP. Nº 2009-00145-CI.- Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete, que despacha la Dra. Estela Solano Alejos, solicita Elena Jesús Iglesias De Gamarra la Rectificación de su Partida de Nacimiento de su señora madre signada con el numero veinticinco, inscrita en la Municipalidad Distrital de San Luis, año 1912; en el extremo que se ha consignado en dicha partida como apellido paterno de su progenitora ARCILLA CHAVARRILLA, siendo lo correcto PRUDENCIA ERCILIA ECHEVARRÍA SOLANO, así mismo solicita se integre en la partida de su progenitora su segundo apellido, el cual aparece incompleto como EUSTAQUIA ROMUALDA VELASQUEZ, siendo lo correcto EUSTIQUIA ROMUALDA VELASQUEZ ECHEVARRIA, quedando intacto lo demás que contiene.- Cañete, 01 de julio del 2009
Fanny Imelda García Rengifo
Secretaria Judicial
1er. Juzgado de Paz Letrado de Cañete

01 julio 2009

ACUERDAN SUSPENDER A ALCALDE DE ASIA POR 30 DIAS..
Medida Debe Ser Elevada Dentro De 03 Días Ante JNE Para Su Cumplimiento...

Finalmente, el día de ayer en sesión de concejo convocada expresamente para dicho fin, suspendieron al burgomaestre del distrito de Asia, por 30 días.
Y es que, en expreso cumplimiento del JNE, el concejo distrital de Asia llevó a cabo la sesión de consejo extraordinaria para suspender al burgomaestre, Agapito Zacarías Ramos Campos, por no convocar consecutivamente a tres sesiones ordinarias de consejo.
Como se recordará, el burgomaestre suspendido no llevó a cabo la última sesión ordinaria del mes de Diciembre - 2008 y las dos correspondientes al mes de enero del 2009, configurándose el delito de abuso de autoridad por no convocar a las referidas sesiones ordinarias.
Cabe precisar que los regidores Félix Donato Quispe Manco, Marleny Mariela Manco De Resurrección, Yamín Carmencita Chumpitaz Napán y María Irene Arias Ávalos, solicitaron al JNE, no solo la suspensión sino también la vacancia de Agapito Zacarías Ramos.
Al promediar las 3:15pm se procedió a realizar en el despacho de alcaldía la sesión de consejo extraordinaria; el alcalde instaló la sesión y cedió la posta, al teniente alcalde Félix Donato Quispe Manco quien llevando a votación la moción, logró obtener el apoyo de las regidoras Marleny Mariela Manco De Resurrección, Yamín Carmencita Chumpitaz Napán y María Irene Arias Ávalos. Se abstuvo el regidor Robinson Ávalos Jara y el voto en contra del propio Agapito Zacarías Ramos Campos.
Por su parte, se supo que el municipio asiano, tiene un plazo de tres días para remitir copia certificada del acta de dicha sesión, materia de la suspensión del burgomaestre, ante el JNE para que se efectivice dicha medida; tal y como lo ha ordenado el Jurado Nacional de Elecciones, en la Resolución 299-2009.
EN CAÑETE… EL PARO DE TRANSPORTISTAS SE HIZO SENTIR…

El paro del transporte urbano que se desarrolló el día de ayer, se hizo sentir en la provincia de Cañete… muy especialmente en los distritos de Imperial, San Vicente y Mala, donde prácticamente en las primeras horas del día, llegaron a ocasionar serios disturbios, a la altura de la Balanza de Chilcal, y en el ingreso del distrito maleño.
Las combis, las custers así como los colectivos brillaron por su ausencia… y la única forma de movilizarse en las primeras horas, era gracias a las mototaxis que en el caso del traslado de Imperial a San Vicente, prestaron un gran apoyo a los sufridos ciudadanos.
Las mototaxis hicieron su agosto, llevando hasta la Balanza de Chilcal, cobrando un sol por pasajero, hasta tres personas; allí los ciudadanos que requerían irse hasta San Vicente, tomaban otra mototaxi que los llevaba hasta el distrito capital, también por un sol.
Pero la cosa no fue tan fácil, ya que muchos de ellos (los mototaxistas) eran amenazados por los transportistas que se habían plegado al paro.
La autopista fue llenada en diferentes tramos por los manifestantes con piedras, ladrillos y todo objeto que le permitió inutilizar parcialmente la autopista. En el distrito de Mala, se llegó a regar clavos en la Panamericana antigua para impedir el normal tránsito de los vehículos.
También se recibió información que a la altura de 5 Esquinas en la pista hacia Quilmaná, un piquetes de protestantes cerraron con sus vehículos el paso vehicular… Lo mismo sucedió a la altura del ingreso hacia Santa Bárbara en el distrito moreno de San Luis. Hacia esos lugares, las fuerzas del orden tuvieron que acudir para despejar las vías.
De otro lado, en casi el 80% de centros educativos como consecuencia de la paralización de los transportistas, se anunciaba la suspensión de las labores educativas, como medida de seguridad para los alumnos; en otros lugares, las empresas públicas y privadas otorgaban facilidades para el ingreso de sus trabajadores.
A medida que pasaban las horas, la policía empezó a controlar la manifestación, lográndose un normal tránsito en horas de la tarde.
En cuanto al transporte provincial, algunas empresas prefirieron no circular… mientras otras lo hacían tranquilamente… En un corto viaje a Chincha, se pudo constatar que en aquella ciudad sureña, fue normal el tránsito, aunque se notó que las unidades de transporte urbano circulaban en forma restringida.
En el distrito maleño, la cosa fue un poco más radical. Sus calles lucían vacías… el transporte era mínimo, pero como en muchos lugares se normalizó en horas de la tarde.
En lo que si tendríamos que ser claros, es que las combis, y custers acataron el paro en forma total; mientras que los colectivos lo hicieron en forma parcial; y los taxis y mototaxis, simplemente no acataron esta medida de fuerza.

EN LIMA, DENUNCIARIAN A DETENIDOS POR PROVOCAR DISTURBIOS Y ENTORPECER SERVICIO DE TRANSPORTE…
Desde la ciudad capital, se supo que la Procuraduría Especializada en Asuntos de Orden Público del Ministerio de Interior denunciará penalmente a un total de 138 personas por provocar disturbios y entorpecimiento del funcionamiento de servicios y del transporte público.
El Mininter informó que la titular del sector, Mercedes Cabanillas Bustamante, dispuso que los abogados de las otras procuradurías de ese portafolio apoyen al Procurador Especializado, Julio Talledo Chávez, a efectos de que puedan instalarse en los diversos puntos de Lima Metropolitana y del Callao para cautelar el derecho al libre tránsito de los ciudadanos.
Los abogados se encuentran en las comisarías de Puente Piedra y del Callao, así como en las oficinas de Asuntos Sociales de la Policía Nacional del Perú (PNP).
Según se informó, en el cono norte se detuvo a 56 personas, de las cuales 10 están acusadas de daños materiales y 46 por disturbios y obstaculización de medios de comunicación y transporte.
Este grupo de detenidos se encuentra en la comisaría de Puente Piedra, donde serán sometidos a investigación.
En tanto, en las comisarías de Dulanto, Pachacútec y Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao, se encuentran 42 detenidos, quienes en las próximas horas serán trasladados a la División de Asuntos Sociales de la PNP en esta jurisdicción.
Asimismo, en Lima hay 39 personas detenidas por originar disturbios y entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos y de transportes.
A esos detenidos se suma un ciudadano de nacionalidad venezolana, identificado como José Francisco Arque Córdova, quien está acusado de azuzar a los transportistas en huelga y de obstaculizar el paso, colocando piedras y tachuelas en las calles de Villa El Salvador
Arque Córdova, según el Ministerio, está siendo evaluado por el médico legista y luego será trasladado a la oficina de Asuntos Sociales de Lima para ser sometido a las investigaciones correspondientes.

HUACHO ALISTA SU PROPIA DENUNCIA SOBRE SEDE EN CORTE DE HUAURA Y OTRAS MOVIDAS NORTEÑAS

El Presidente del Gobierno Regional de Lima, tendrá que afrontar en la Corte de Huaura, una nueva demanda. Se trata de la Acción de Cumplimiento que presentará en las próximas horas ante la entidad judicial, el ex alcalde de la provincia de Huaura, Humberto Barba Mitrani, exigiendo la ratificación de Huacho como Sede del GRL.
Fuentes allegadas a la ex autoridad informaron al Diario Regional Enfoques que la demanda judicial se planteará cuanto antes, pues el documento está listo para ser entregado a la mesa de partes de la Corte Superior de Justicia de Huaura.
La acción judicial busca que se haga respetar la Ley de Bases de la Descentralización, específicamente el artículo 32, modificado cuando se creó el Gobierno Regional de Lima y estableció que la sede sería la capital de la provincia de mayor población y en ese momento, lo fue Huaura-Huacho.
La presentación de la demanda ante el Poder Judicial se da después de que Humberto Barba, solicitara al presidente Chui, emita una Resolución Ejecutiva Regional ratificando lo que establece la Ley de Bases de la Descentralización.
La respuesta a la carta notarial fue dada el 18 de junio, pero a entender de Barba Mitrani, ésta no responde a lo solicitado, por lo que cuestionó el documento entregado por el presidente Chui señalando que tiene una serie de inexactitudes empezando por las fechas, de ahí que remitió una nueva carta precisándole a la autoridad regional, entre otras cosas, lo siguiente: «probablemente haya respondido a una comunicación que en mi caso no remití».
Además, el ex alcalde aclara al Ing. Nelson Chui: «mi comunicación no ha hecho referencia alguna sobre la actuación judicial existente en la Corte de Cañete, pues el petitorio que se discute en dicha hermana provincia, resulta distinto a mi solicitud».
El documento entregado también notarialmente, termina: «Por lo expuesto y ante su expresa negativa de atender mi petición de Cumplimiento, doy por concluida la presente tramitación y haré ejercicio de mi derecho a interponer la demanda constitucional de Cumplimiento».
El viernes 26 de junio, vencieron los diez días de plazo de acuerdo a ley para que el GRL accione de acuerdo a lo solicitado notarialmente y al no obtener lo requerido (ratificación de Huacho como sede del GRL), entonces, el ex alcalde Barba tramitará vía judicial lo solicitado.
La Acción de Cumplimiento que se presentará hoy, busca ratificar a Huacho como sede del GRL, para que se respete lo establecido en el Art. 32 de la Ley de Bases de la Descentralización.
Lo que en Cañete se ventila es el traslado de la sede del GRL a esa provincia que por tener ahora mayor población, considera que le corresponde tener la sede de esta entidad, rotación no establecida en la Ley de Bases de la Descentralización.
Después de que el presidente Chui hiciera una conferencia de prensa para proclamarse como el creador del GRL, dijo que buscaría un congresista para que presente una iniciativa legislativa mediante la cual se complemente lo establecido en la Ley de Bases de la Descentralización y precise a Huacho como sede regional; pero, de ello, hasta ahora, no se conoce nada al respecto.
Ojalá que en realidad se esté planteando un Proyecto de Ley y no se espere la respuesta a una carta interpretativa del Presidente del Parlamento o de cualquier legislador sobre una ‘consulta’, como desde hace meses la ha planteado la autoridad regional, pues de ser así, la respuesta no resolvería en absoluto el conflicto creado por la sede del GRL.
De otro lado, el alcalde Pedro Zurita ultima detalles para sustentar con mayores argumentos la queja ante la OCMA contra el juez Jacinto Cama, que siendo esposo de la regidora cañetana Liliana Torres, intervino en una causa en la que debió inhibirse por decoro.
Trascendió que la defensa judicial de Huacho en la apelación interpuesta ante la Sala Civil de Cañete por la sede del GRL, también ha quedado lista y solo se está a la espera de la convocatoria a la respectiva audiencia en la que se presentará el constitucionalista Valegas, contratado por la Municipalidad Provincial de Huaura.

SALA CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE YA VE TEMA DE LA SEDE REGIONAL
De otro lado, desde el pasado 23 de junio la Sala Civil tiene en sus manos el expediente donde el ciudadano Italo Maldonado y la Municipalidad de Cañete demandan al Gobierno Regional cumpla con lo dispuesto por el Art. 32 de la Ley de Bases de la Descentralización, en cuanto a la instalación de la Sede Regional en el ámbito de la Región Lima. El traslado fue elevado desde el 1er. Juzgado Civil luego que se concediera la apelación a la sentencia emitida por esta instancia el pasado 17 de junio.
La Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cañete es presidida por el Dr. Ricardo Fortunato Astoquilca Medrano, ex presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete, y tiene como vocales a los magistrados Paulo Jorge Vivas Sierra y Luz Gladys Roque Montesillo.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE EXPRESA CONDOLENCIA POR SENSIBLE FALLECIMIENTO DE VOCAL SUPREMO DR. JAVIER ROMAN SANTISTEBAN

La Corte Superior de Justicia de Cañete que preside la Dra. Silvia Consuelo Rueda Fernández, Magistrados, personal jurisdiccional y administrativo expresan su pesar por el fallecimiento del Dr, Javier Román Santisteban, Vocal Supremo de la Corte Suprema de Justicia de la República y miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

La autoridad judicial de Cañete envía su condolencia a los familiares del que en vida fue Señor Doctor Javier Román Santisteban, para» quien pedimos y rogamos a Dios lo tenga en su santa gloria».
30 de Junio de 2009

Oficina de Imagen Institucional de la Corte Superior de Justicia de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

«AÑO DE LA UNION NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA»
«Año del Centenario del Ilustre Distrito de Imperial»

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2009-MDI
Imperial, 08 de Mayo del 2009
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL - CAÑETE
POR CUANTO:
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 07 de Mayo del 2009 con el Informe Nº 053-2009-JCQ-DO-OPC-MDI referente a la reconsideración sobre número de Estacionamientos para los Programas de Vivienda promovidos por el Estado, y;

CONSIDERANDO:
Que, mediante Expediente Nº 2992-2009 C. G. & M. Proyectos y Construcciones SAC solicitan reconsideración sobre número de Estacionamientos para los Programas de Vivienda promovidos por el Estado, donde presentan dos encuestas realizadas una en la ciudad de Lima y otra en Imperial, en el que el número de Estacionamientos solicitados es de 2.6 % y 8.1 % respectivamente del total de los Encuestados;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 005-2009- MDI se establece que para los Programas de Vivienda promovidos por el Estado, los Estacionamientos serán de uno por cada tres unidades de vivienda, resultando incompatible con los resultados de las encuestas citadas;

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, las Municipalidades son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local;

Que, es función específica exclusiva de las Municipalidades Distritales normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalización de construcciones, remodelaciones o demolición de inmuebles;
Que, mediante Ordenanza se aprueba las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;

Que, es materia de competencia municipal emitir las normas técnicas en materia de organización del espacio físico y uso del suelo;

Que, es función exclusiva de las Municipalidades Distritales en materia de organización física y uso del suelo normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalización de Habilitaciones Urbanas y Construcción, remodelación o demolición de inmuebles;

Que, mediante DS 053-98 se aprobó el Reglamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial y mediante D. S. 030-2002-MTC se aprobó la modificación de diversos Artículos del Reglamento;

Que, mediante Ordenanza Nº 028-2008-MPC del 01/10/2008 se aprobó el Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Imperial;

Que, es necesario promover la participación de los programas sociales del Estado con fines de vivienda en la jurisdicción del Distrito de Imperial, con la finalidad de dotar de una vivienda adecuada y promover el acceso a la propiedad privada a la mayoría de la población de escasos recursos del distrito con ello mejorar las condiciones de vivienda en las que se desenvuelve la mayoría de población del Distrito;

Que, para lograr ello es necesario incentivar la construcción mediante normatividad adecuada que permita densificar la ocupación del espacio en los predios zonificados como de uso residencial;

Estando a lo expuesto, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto aprobatorio en mayoría y en uso de sus atribuciones el Concejo Municipal aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
ARTICULO 1º. – Modificar el Artículo 2º de la Ordenanza Municipal Nº 005-2009-MDI de manera que para Programas de Vivienda de Interés Social promovidos por el Estado, no sea exigible Estacionamientos.

ARTICULO 2º. –. Remitir la presente Ordenanza para conocimiento de la Municipalidad Provincial de Cañete.

POR TANTO :
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA.

RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
ALCALDE

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

«AÑO DE LA UNION NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA»
«Año del Centenario del Ilustre Distrito de Imperial»

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2009-MDI

Imperial, 08 de Mayo del 2009
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE

POR CUANTO:
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 07 de Mayo del 2009 con el Informe Nº 037-2009-JCQ-DO-OPC-MDI del Jefe de Obras Privadas y Catastro MDI, y el Informe Legal Nº 091-2009-MDI/As.Leg. del Asesor Legal, referente al Expediente Nº 14052 de la Asociación «Reyna de la Paz de San Isidro Chico», jurisdicción el Distrito de Imperial, y;

CONSIDERANDO:
Que, mediante Expediente Nº 14052-2008 la Asociación de Vivienda «Reyna de la Paz» de San Isidro Chico solicita la asignación de zonificación para un terreno agrícola ubicado en el entorno del Centro Poblado «San Isidro Chico» y signado con código catastral Nº 09391-A de 0.6000 Has.;

Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, los Gobiernos Locales, además, conforme a la misma Ley están facultados para establecer limitaciones y modalidades a la propiedad privada en armonía con el interés social en sus respectivas jurisdicciones y dentro del ámbito de su competencia, a través de los planes y normas municipales;

Que, las Municipalidades con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 73° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, asumen las competencias y ejercen las funciones específicas con carácter exclusivo o compartido en la organización del espacio físico y usos de suelo;

Que, las Municipalidades Provinciales de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 79° item 1.2 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, ejercen la función de aprobar el Plan de Desarrollo Urbano y la zonificación;

Que, el Artículo 10 del Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA establece que corresponde a las Municipalidades Provinciales la formulación y aprobación del Plan de Desarrollo Urbano que contiene la zonificación evaluando las iniciativas que presenten las Municipalidades Distritales;

Estando a lo expuesto, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades, el Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 012-2004-VIVIENDA; y con el voto aprobatorio por unanimidad y en uso de sus atribuciones el Concejo Municipal aprobó la siguiente:

ORDENANZA:
QUE APRUEBA LA ASIGNACION DE ZONIFICACION URBANA PARA TERRENO AGRICOLA

ARTICULO 1°.- Asignación la Zonificación R-4 (Residencial de mediana densidad) para el Terreno de 0.6000 Has. Identificado como Unidad Catastral Nº 093291-A
Asignar la zonificación Urbana R-4 (Residencial de Mediana Densidad) para el Terreno de 0.6000 Has. De propiedad de la Asociación de Vivienda «Reyna de la Paz» identificado con Unidad catastral Nº 093291-A.

ARTICULO 2°.- Remitir la Asignación de la Zonificación a la Municipalidad Provincial para su aprobación e incorporación al Plan de Desarrollo Urbano de Imperial
Remitir la asignación de la zonificación a la Municipalidad Provincial de Cañete para su aprobación e incorporación al Plan Urbano del Distrito de Imperial:

POR TANTO :
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA.
RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
ALCALDE

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

«AÑO DE LA UNION NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA»
«Año del Centenario del Ilustre Distrito de Imperial»

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2009-MDI

Imperial, 08 de Mayo del 2009
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE

POR CUANTO:
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Abril del 2009 visto el punto nueve de la Agenda referente a la exoneración de licencias de construcción y otros a los vecinos de la Av. Ramos 2da, 3ra y 4ta cuadra, y;

CONSIDERANDO:
Que es interés de la Municipalidad promover la actividad edificatoria en las cuadras 2da., 3ra. y 4ta. de la Av. Ramos, debido a la próxima construcción del Boulevard;

Que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que las Municipalidades son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local;

Que mediante Ordenanza se aprueba las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;

Que es materia de competencia municipal emitir las normas técnicas en materia de organización del espacio físico y uso del suelo;

Que es función exclusiva de las Municipalidades Distritales en materia de organización física y uso del suelo normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalización de Habilitaciones Urbanas y de Construcción, remodelación o demolición de inmuebles;

Que mediante Ordenanza Nº 028-2008-MPC del 01/10/2008 se aprobó el Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Imperial;

Que es necesario promover la actividad edificatoria en las cuadras 2da., 3ra. y 4ta. de la Av. Ramos, con la finalidad de dotar de edificaciones adecuadas para la próxima construcción del Boulevard de la Av. Ramos para con ello consolidar la imagen comercial del Distrito;

Que para lograr ello es necesario exonerar del pago por derechos de licencia de construcción hasta fines del mes de Junio del presente año, a los propietarios que se encuentren al día con el pago de sus tributos;

Estando a lo expuesto, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto aprobatorio en mayoría y en uso de sus atribuciones el Concejo Municipal aprobó lo siguiente:
ORDENANZA:
ARTICULO UNICO. – Exonerar del pago por derechos de licencia de construcción hasta fines del mes de Junio del presente año, a los propietarios de la Av. Ramos 2da, 3ra y 4ta cuadra que se encuentren al día con el pago de sus tributos.

POR TANTO:
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA.
RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
ALCALDE
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

«AÑO DE LA UNION NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA»
«Año del Centenario del Ilustre Distrito de Imperial»

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2009-MDI

Imperial, 08 de Mayo del 2009

LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE

POR CUANTO:
VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha del 07 de Mayo del 2009 y el Informe
Nº 014-2009-GM-MDI, de fecha 24 de Abril del 2009, emitido por el Gerente Municipal, y;

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú con lo establecido por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, determina que las municipalidades provinciales y distritales, y las delegaciones conforme a Ley, son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 «Ley Orgánica de Municipalidades»;

Que, es política de la gestión municipal, la necesidad de preservar la seguridad ciudadana en el distrito de Imperial, siendo necesario establecer los mecanismos de vigilancia y salvaguarda de la seguridad local en el espacio geográfico del distrito, proteger a la ciudadanía de la violencia cotidiana, e implementar medidas destinadas a proteger el derecho a la seguridad, con la creación del Sistema de Serenazgo, como servicio público local en materia de seguridad ciudadana;

Que, conforme lo señala el Artículo 85º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es función de las Municipalidades Provinciales, establecer un sistema de seguridad ciudadana, con participación de la sociedad civil y de la Policía Nacional del Perú, y normar el establecimiento de los servicios de Serenazgo, rondas urbanas, campesinas o similares, de nivel Distrital o de Centros Poblados en la jurisdicción provincial;

Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de sus competencias, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna la regulación, administración y supervisión de los Servicios Públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, el Numeral 3.1 del Art. 85° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece como funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, organizar un Servicio de Serenazgo o Vigilancia Municipal cuando lo crea conveniente, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial respectiva;

Que, en tal sentido es necesario adoptar las acciones pertinentes que permitan el cabal desarrollo de las funciones específicamente señaladas, mediante la creación e implementación del Sistema de Servicio de Serenazgo en el Distrito de Imperial;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal por unanimidad acordó aprobar la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN DEL SERVICIO DE SERENAZGO EN EL DISTRITO DE IMPERIAL

ARTÍCULO 1º.- APROBAR LA CREACIÓN DEL SERVICIO DE SERENAZGO en la jurisdicción del Distrito de Imperial, para mantener el orden interno del Distrito, mediante patrullaje y seguridad en todas sus modalidades, sin que ello implique la sustitución o conflicto de competencias con la Policía Nacional del Perú, a quien se le reconoce como ente rector sobre la materia.

ARTÍCULO 2º.- La Funciones de la Oficina de Serenazgo esta a cargo de un personal designado por el Despacho de Alcaldía con categoría de «Jefe de la Oficina de Serenazgo» quien depende jerárquica y funcionalmente del Gerente Municipal.

ARTÍCULO 3º.- El Jefe de la Oficina de Serenazgo tiene las siguientes atribuciones:
1. Planificar, organizar, dirigir y controlar el servicio de Serenazgo.
2. Control del personal de Serenazgo así como del personal de apoyo al servicio con excepción del personal PNP que de acuerdo a sus normas y directivas prestan servicios en Serenazgo bajo el control del comisario del sector con sujeción a la constitución, leyes y reglamentos.
3. Proponer a la Gerencia Municipal, planes, estrategias, programas, presupuestos y otros para el mejor servicio de Serenazgo.
4. Coordina con las autoridades municipales, policiales y con la comunidad todo lo relacionado al ámbito de su competencia.
5. Proponer a la Gerencia Municipal, el Plan y Presupuesto anual del servicio a su cargo.
6. Presentar a la Gerencia Municipal la memoria anual y otros documentos concernientes al servicio.
7. Evaluar permanentemente al personal que presta servicios de serenazgo así como su desempeño.
8. Supervisar el uso adecuado y el mantenimiento y conservación de los equipos y enseres consignados a su cargo.
9. Otras funciones afines a su competencia que le asigne la Gerencia Municipal.

ARTÍCULO 4º.- Funciones generales del servicio de Serenazgo:
a) Planificar y ejecutar operaciones de ronda y patrullaje general ya sea a pie o en vehículos motorizados o no motorizados, en coordinación con la Policía Nacional del Perú.
b) Prestar auxilio y protección a la comunidad.
c) Supervisar e informar el cumplimiento de las normas de seguridad en establecimientos públicos de cualquier naturaleza e índole.
d) Propiciar la tranquilidad, orden, seguridad y convivencia pacífica de la comunidad.
e) Colaborar y prestar apoyo a los órganos de la Municipalidad Provincial de Cañete cuando lo soliciten para la ejecución de acciones de su competencia.
f) Implementar y actualizar el sistema de información integrado.
g) Orientar al ciudadano cuando requiere algún tipo de información.
h) Otras funciones que se le encargue, los mismos que deberán ser establecidos en el Reglamento.

ARTÍCULO 5º.- AUTORICESE al Señor Alcalde para que en representación del Gobierno Local, proceda a celebrar convenios con el objeto de desarrollar adecuadamente el servicio de Serenazgo, así como también el cumplimiento de las disposiciones municipales afines.

ARTÍCULO 6º.- El ingreso de los efectivos al servicio de Serenazgo será previa calificación y preparación física que determinen su aptitud para el servicio, asimismo un examen psicológico que determine su aptitud psicológico para el servicio, emitida por una Entidad del Ministerio de Salud, convenio que suscribirá la Municipalidad.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera.- El Servicio de Serenazgo de la Municipalidad Distrital de Imperial es exclusivamente para la protección de la comunidad y la prevención de delitos y faltas, con la colaboración de la ciudadanía del distrito de Imperial.

Segunda.- El Serenazgo Municipal del Distrito de Imperial, esta prohibido de efectuar labores especiales, como resguardar a empresas privadas o empresas municipales, salones de juegos, casas comerciales, locales de fiesta y/o que no sea vigilancia ciudadana.

Tercera.- La Municipalidad Distrital de Imperial establecerá las casetas de vigilancia dentro de la zona urbana y rural para el personal de Serenazgo, previa elaboración del estudio técnico y aprobación correspondiente.

DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS

Primera.- Deróguese toda disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza.

Segunda.- Facultar al Señor Alcalde, a dictar las medidas necesarias para la implementación del Servicio de Serenazgo en el Distrito de Imperial.

Tercera.- Autorizar a la Oficina de Presupuesto a realizar las modificaciones presupuestales que permita y viabilice el financiamiento del Servicio de Serenazgo en el Distrito de Imperial.

POR TANTO:
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA.
RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
ALCALDE
FISCAL SUPREMO DR. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES FUE DECLARADO «VISITANTE ILUSTRE DE LA PROVINCIA DE CAÑETE»

El alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete Javier Alvarado Gonzáles del Valle, declaró «Visitante Ilustre» al Dr. José Antonio Peláez Bardales Fiscal Supremo Titular de la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal del Ministerio Público.
Tan destacado letrado, de reconocida trayectoria profesional y académica, el mismo que estuviese a cargo de la acusación fiscal realizada en contra del ex Presidente de la República Alberto Fujimori Fujimori, en el marco del proceso penal que se le siguió por delitos de Lesa Humanidad y Corrupción de Funcionarios, arribó a nuestra provincia, con la finalidad de participar en una actividad académica organizada por el Ministerio Público de Cañete sobre el tema «Autoría Mediata por Dominio de la Organización» que se desarrollo en horas de la mañana en los ambientes del Auditorio del Instituto Rural «Valle Grande».

VISITANTE ILUSTRE...
Al promediar las tres de la tarde en las instalaciones del Salón de Actos de la comuna provincial, se desarrolló la ceremonia de distinción al Dr. Peláez Bardales, contando con la presencia de importantes autoridades de la provincia, en la cual las autoridades edilicias lo declararon «Visitante Ilustre de la Provincia de Cañete» y le hicieron entrega de la resolución correspondiente.

AGRADECE RECONOCIMIENTO...
«Agradezco este reconocimiento que me confiere el pueblo de Cañete a través de sus autoridades, y considero que ello no hará más que reforzar mi sagrado compromiso de seguir defendiendo la legalidad y los Derechos Humanos de las personas, tal como me correspondió hacerlo al formular la acusación fiscal contra el ex Presidente de la República Alberto Fujimori Fujimori» sostuvo el Dr. José Antonio Peláez Bardales.
A su turno, la primera autoridad municipal cañetana Javier Alvarado destacó la fecunda labor personal, profesional y académica desarrollada por Peláez Bardales, lo que le permitió ser considerado como el «Personaje del Año» por una revista internacional, especialmente por su impecable labor en el sonado proceso contra el ex presidente Fujimori.

EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico.
LUGAR: Panamericana Sur Km 141.3
ZONAS AFECTADAS: Av. 9 de Diciembre, Urb. San José, Urb. San Agustín, Urb. Tercer Mundo, Libertadores del distrito de San Vicente, Distrito de San Luis, Distrito de Cerro Azul y parte del Circuito de Playas del Distrito de Asia de la Provincia de Cañete del Departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-05.
CIRCUITOS: Todo el Alimentador CÑ-05.
DIA: Miércoles 01 de Julio de 2009.
HORA DE INICIO: 02:17 hrs. Miércoles 01 de Julio 2009.
HORA FINAL: 06:17 hrs. Miércoles 01 de Julio 2009.

Las interrupciones del servicio fueron causadas por daños en la red M.T., ocasionada Actos Vandálicos, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.

30 junio 2009

ANEXO 27 DE DICIEMBRE DE MALA EXIGE PRONTA SOLUCION A PROBLEMA ELECCIONARIO…
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (Corresponsal en Mala)

La Ley de Comunidades Campesina y Nativas (24656) declara de necesidad nacional e interés social y cultural, el desarrollo de las Comunidades Campesinas. El Estado la reconoce como instituciones democráticas fundamentales, autónomas en su organización, trabajo comunal y uso de la tierra, así como en lo económico y lo administrativo dentro del marco constitucional y la ley.
El Ayllu era llamado por nuestros antepasados al conjunto de personas relacionas por vínculos que podían ser consanguíneos, antepasados comunes, religión, etc. Así había costumbres arraigadas como el Hatun Tarpuy (siembra general), esta forma de trabajo comunitario o ayuda mutua (Ayni) se elaboraba conjunta y sucesivamente todas las tierras del pueblo, degustaban de la pachamanca (olla de tierra o que los alimentos son cocinados en tierra) u otros potajes; no se puede olvidar en esta crónica la Minka forma de trabajo de los actuales pueblos indígenas que consiste en la prestación de servicios para la realización de obras de interés colectivo de mano de obra de parcelas, que generalmente terminaban en agasajo a los participantes o la Mita forma de trabajo de bien publico como caminos, canales, templos, palacios, etc., que se efectuaban en zonas cuya geografía y clima atentaban contra la salud humana.
Todas estas tradiciones y costumbres no se pueden perder con el paso del tiempo, es una exigencia que la historia reclama a sus comunidades, de conservar lo nuestro, aquí tenemos a la Comunidad Campesina de Mala, herederos directos consanguíneos y con arraigo ancestral, reconocida oficialmente por Res. Suprema Nº 2206 del 02/09/31 e inscrita en la fecha 002 As. 1C del Reg. de Personas Jurídicas y se rige por la Ley Nº 24656 y su Reglamento. Eran a las 10 a.m. del día 08/03/92 cuando en su local institucional los comuneros socios en ambiente muy democrático discutieron y aprobaron los Estatutos Sociales que rigen hasta el día de hoy (fueron elevado a Escritura Publica el 25/09/92 Notaria Ernesto Cáceres Enríquez).

La Camachico se respeta…
En tiempo de los Incas camachico era la Asamblea General de carácter democrático que se realizaba con la participación de todos los miembros del Ayllu, hombres y mujeres, para debatir cuestiones de interés común; esto le permitió acentuar su sentido de solidaridad y de tradición. Fue combatida durante la colonia pero ha logrado permanecer hasta nuestros días; ante las últimas incidencias de desacuerdos para elegir a la Junta Directiva del Anexo 27 de Diciembre adscrito territorial, administrativamente y económicamente a la Comunidad Campesina de Mala y tomando de sus Estatutos el Título VI de las Elecciones encontramos que el comité Electoral (Art. 126) es la Autoridad Suprema en materia electoral tras sus decisiones solo procede recurso de apelación ante la Asamblea General; para ser miembro (Art. 128) se requiere ser comunero calificado hábil y alfabeto y no estar comprendido en los casos de impedimento de la Ley 24656 y su Reglamento; el cargo de miembro es irrenunciable salvo en caso de grave enfermedad o impedimento legal (Art. 130); cesan sus funciones en cuanto asuman sus cargos los miembros de la nueva directiva Central; Padrón de Electores Art. 135. El Padrón de Electores se confeccionará en base al Registro o Padrón de comuneros actualizado con anterioridad de 30 días a la fecha de la convocatoria a elecciones y padrón de la elección anterior; de los candidatos (Art. 139) los cargos de la Directiva Comunal son los siguientes Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, Fiscal, Vocales (de uno a cuatro) Art. 140 no podrán postular a los cargos de la directiva comunal a) los que no están inscritos como comuneros calificados en el padrón comunal, b) los que hubieran sido condenados por delito contra el patrimonio, c) los que tengan juicios pendientes con la comunidad por acciones de esta o la directiva ejercita, d) los servidores del sector publico, e) los sancionados por la asamblea general, por comisión de falta graves, establecidos en el estatuto de la comunidad, y que no hayan sido rehabilitados por la referida asamblea, f) los deudores morosos o acreedores de la comunidad por un monto ascendente a 30 soles. Art. 142 no podrán integrar una misma lista los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (padres, hijos, hermanos) y segundo grado de afinidad (esposa, cuñado, hijos adoptivos); Art. 144 los candidatos a cargo de la directiva comunal serán presentados para su inscripción al comité electoral por sus respectivos comuneros conformando lista completa. La recepción se hará mediante cargo y firma del comité electoral; Art. 193 el comité electoral declarará la nulidad de las elecciones en los siguientes caso: a) cuando los dos tercios de los votos emitidos resultan nulos, en blanco o viciados, b) cuando no se hayan presentado a sufragar la mitad mas uno de los comuneros inscritos en el padrón electoral, c) cuando el computo no se haya efectuado inmediatamente después de haber recibido todas las actas de escrutinio en las mesas de sufragio; Disposiciones Finales, Art. 240 para los usos no contemplados en el presente estatuto, los comuneros campesinos observarán en principio el reglamento de ley de comunidades campesinas y las reglas del derecho consuetudinario, siempre que estos no importan privilegios ni sean atentatorias de la moral y el orden publico, así no observarán las reglas de derecho.

Los antecedentes de un problema…
El 15/05/09 (6:15 p.m.) la lista COLOR AZUL con Alejandro Quispe Ccanto como candidato a la presidencia presenta una lista con 9 miembros; de igual manera la lista COLOR AMARILLO que lideraba Alberto Guillermo Guzmán Caico presenta una lista con 10 integrantes, a horas 6:31 p.m. del mismo día, fueron recibidos por los Señores Jorge Chumpitaz Vera y José Ávila Webb integrantes del comité electoral. En esta etapa del proceso electoral es privado de su libertad el Señor Alberto Guillermo Guzmán Caico como consecuencia de un proceso que se ventila ante el poder judicial y estando en contra aparte el Señor Edwin Antonio Vargas Faves, por cosas del destino cada uno de ellos integraban listas diferentes como candidatos a Presidente y Primer Vocal respectivamente, estos hechos los mantendré en confidencialidad periodística porque solo atañen a sus protagonistas esforzarse en demostrar la verdad. A consecuencia de este hecho se reformula la lista amarilla con la nueva candidatura de Lourdes Ahuanari Tamani (recepcionado el 27/05/09). El día 27 de mayo el comité electoral dirige sendas cartas a los señores Marcos Chávez Arpi, vicepresidente del anexo 27 de diciembre y a Francisco Berrios Valverde (lista azul) invocando de buena fe que al existir una controversia jurídica entre los ciudadanos Edwin Vargas y Alberto Guzmán se sirvan cambiar de sus listas a los mencionados ciudadanos, así mismo dar cuenta que las elecciones se suspenden hasta el 14 de junio, obviamente el primero (Marcos Chávez) rechaza este pedido el 29 de mayo, este mismo día el comité electoral le remite otra carta al vicepresidente del anexo comunicando que el comité electoral había decidido dejar participar al ciudadano Edwin Antonio Vargas Faves con el fin que no se malinterprete la decisión del comité electoral. El día 31 de mayo solo se presentó la lista azul del señor Alejandro Quispe Ccanto, la que exigió que se lleve a cabo las elecciones con los entonces presentes, evidentemente sus parciales y personas que de buena fe habían asistido fueron protagonistas de una elección asambleísta interna aunque duele decirlo, y a la luz de sus estatutos y reglamentos es nula de pleno derecho, es muy cierto que la participación activa de los electores que a mano alzada y de buena fe participaron equivocadamente en dichas elecciones, no deberían ser burlados ya que el 31 de mayo era la fecha indicada para el proceso eleccionario, pero también lo es a la luz de la verdad, que saneado el padrón de comuneros hábiles, suman en total 152 y las firmas que observamos tampoco alcanzaron el 50% mas 1 según registros de los firmantes hábiles. La candidata Lourdes Ahuanari Tamani, remite un memorial el día 02 de junio ante el presidente de la comunidad campesina de Mala, Juan Chumpitaz Vera para que se apersone con el pleno, para esclarecer los hechos.
TRANSPORTISTAS DE TODO EL PERU... VIENEN ACATANDO PARO...

Los conductores de transporte público rechazan multas contempladas en el nuevo Código de Tránsito. En tanto, el Ejecutivo dispondrá vehículos que garanticen el desplazamiento de los trabajadores.
Cerca de sesenta mil chóferes de transporte público y más de 200 mil taxistas vienen acatando el día de hoy un paro nacional del gremio de transportistas, en demanda a las «excesivas» sanciones establecidas en el nuevo Código de Tránsito que entran en vigor desde el próximo 21 de julio.
Diversos gremios de transporte, como la Corporación Nacional de Empresas de Transportes del Perú (CONET), representada por Julio Rau Rau Oblitas, denunciaron, por ejemplo, que el 70% de las papeletas impuestas por la Policía y los inspectores del Ministerio de Transportes son «fantasmas».
Es así que el representante de la Federación Nacional de Taxistas y Colectivos, Joaquín Rosas, pidió a las autoridades que reconsideren el incremento de las multas y que desarrollen una campaña de capacitación a los conductores.
Omar Calderón, presidente de la Asociación de Empresas de Transporte Urbano, dijo que «a pesar de que es una realidad y ocurre todos los días, a partir del 21 de julio si una combi lleva a una persona parada o si una madre lleva su hijo de 6 años en sus rodillas, el conductor será multado con 600 nuevos soles», hecho que considera excesivo.

EN INTERIOR DEL PAIS TODOS SE PLIEGAN AL PARO...
La situación no es distinta en el interior del país, como lo informara David Quintana, titular de la Federación de Choferes del Perú (Fechop), quien aseguró que integrantes de su gremio en diversas ciudades como Huancayo se plegarán al paro, pero no los transportistas de Arequipa y Cusco.
En Cañete, el titular de la ORDET, Italo Maldonado también anunció que el gremio transportista cañetano viene acatando la medida de fuerza, agregando que se ha pedido el apoyo de la población, ya que la demanda del gremio de transportistas es justa.
Al respecto, el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Enrique Cornejo, aseguró que su sector con el del Interior han elaborado un plan que garantice la integridad de aquellos transportistas que decidan trabajar.
«Los transportistas que deseen trabajar pueden hacerlo y vamos a tomar las precauciones correspondientes con la Policía Nacional», subrayó Cornejo.
De otro lado, informó que un sector importante de transportistas de carga, de pasajeros interprovinciales y urbano no acatará el paro, por lo que, dijo, «no existe una posición unificada en los gremios de transporte».
En tal sentido, el presidente del Consejo Nacional del Transporte de Vehículos Mayores, Alfonso Rivas, instó a los gremios de transportistas urbanos «privilegiar el diálogo» para alcanzar a una solución a sus demandas.
Por su parte, la ministra del Interior, Mercedes Cabanillas, informó que hoy se pondrán a disposición, en algunos puntos estratégicos de los conos de Lima, vehículos especiales que permita el transporte a los trabajadores a sus respectivos centros de labor.

TOLERANCIA PARA CLASES… EL DIA DE HOY…
De otro lado, el viceministro de Gestión Pedagógica, Idel Vexler, informó que el Ministerio de Educación ha dispuesto que haya tolerancia para alumnos y profesores en los centros educativos debido al paro de transporte público en Lima.
«El Ministerio de Educación ha dispuesto que los alumnos y también los profesores, trabajadores administrativos puedan llegar con una tolerancia. De tal manera que los directores deben hacer ingresar a los alumnos así lleguen tarde», precisó.
En tal sentido, manifestó que los padres de familia deben sentirse seguros de que sus hijos serán recibidos en sus colegios.
En los diferentes colegios cañetanos, la asistencia de los alumnos es restringida, mientras que algunas instituciones educativas han tomado como decisión, suspender las clases.
En Quilmaná, algunas instituciones educativas han acogido a los alumnos y vienen haciendo clases con los presentes, sin embargo, es del caso señalar que muchos docentes que viven en otros lugares, en las primeras horas han tenido problemas para acudir a sus centros laborales.
MALA VIVE INTENSAMENTE SU FIESTA PATRONAL...

Las diversas actividades que se iniciaron el día 19 de Junio y terminarán el domino 5 de Julio están siendo estimulada con premios que van desde Resoluciones de Alcaldía por eficiencia en su participación, premios sorpresas y diplomas de Honor al Mérito, constituyendo un interesante esfuerzo de la Administración Municipal, desde la Comisión Central de Fiestas Patronales que preside el burgomaestre maleño, Sr. Víctor Hugo Carbajal Gonzales. Hay que señalar que acompañan en esta labor, dentro de la Comisión de Fiestas, los Regidores Arturo Mercedes Ruiz Francia, Gaby Celideth Quispe Díaz, Mercedes Natividad Huapaya Caballero, que en este año han asumido responsabilidades delegadas por la gestión municipal, dentro de sus atribuciones, contando también con la participación del Sr. Carlos Ernesto Labbé Pérez, Gerente Municipal; la Sra. Norma Masgo de Ruiz, Gerente de Desarrollo Humano, destacando la labor de los trabajadores de Servicios Públicos Y Recursos Humanos.

FIESTAS VIENEN DEJANDO ACTIVO POSITIVO...
Hay que señalar, que las fiestas vienen dejando un activo positivo en el ámbito cultural, tradicional y costumbrista; destacando los siguientes eventos: Viernes 19: gran pasacalle con participación de Instituciones Culturales Emblemáticas, Abanderada por la Asociación cultural GRUTEMA, IEP Nº 21015, IEP Nº 20927, IEP “Dionisio Manco Campos”, IEP “San Francisco de Asís; Sábado 20: un concurrido matrimonio civil Comunitario denominado “Vamos a dar el Sí” con 21 parejas, poniendo la nota colorida el anecdótico matrimonio del Sr. Dionisio Correa y Maura Alejo que junto a sus 3 hijos con sus respectivas parejas también contrajeron matrimonio, por la noche un hermoso Reinado siendo coronada como Miss Mala, Michel Andrea Dueñas Paz; Miss Elegancia, Stefany Milagros Rospigliosi Baca; Miss Turismo, Verónica Ramón Falconí; Miércoles 24: Bendición de una camioneta, dos motos para seguridad Ciudadana y colocación de placa recordatoria del Terminal terrestre del distrito.

LAS VERBENAS...
La participación activa entre los días 22 al 26 de junio en las verbenas de todos los niveles educativos; Viernes 26: destacó el gran Desfile Cívico Escolar participando mas de 70 instituciones, que arrancaron el aplauso con su marcialidad, belleza y colorido cultural expresado en las bondades y riquezas del distrito de Mala, este año tuvo el honor de participar como invitado especial la IEP “Capitán PNP Alipio Ponce Vásquez” de Lima; Sábado 27: exposición y venta de productos del Valle de Mala con participación del Ministerio de Agricultura, APROVIPMA entre otros, el mismo que duro hasta ayer 29, por la noche la gran Verbena Artístico Musical con la presencia de el Duo de Oro y su Marco Musical, Flor de Huaraz y el gringo Kard, Doris María y su Marco Musical, Marck Antoni(peruano); 28 de junio: 1º fecha del Circuito Nacional de Duatlon 2009, resultando como ganador el actual campeón mundial Vladimir Figari Testino y en 2º puesto el maleño Rodrigo Medrano Cárdenas quien fue muy aplaudido por la extraordinaria perfomance; El 29 de junio: Romería hacia el monumento de San Pedro de Mala.
En los días venideros nos esperan competencias en la disciplina de atletismo (miércoles 1º de junio), inauguración de la I etapa del vivero Educativo Municipal “Mala te queremos Verde” (Viernes 3); show Infantil Sorpresa (crecer creando); concurso de bandas con grandes premios (sábado 4); también se destaca el 1º puesto obtenido en el nivel inicial por la IEP “José Abelardo Quiñónes”; en el Nivel Primario esta Institución también compartió el 1º puesto con la IEP” San Francisco de Asís”. En cuanto al concurso de tradiciones y costumbres resultó como ganador absoluto la IE Privada “San Francisco de Asís” y en 2º lugar la IEP 20927 de Dignidad Nacional y finalmente el domingo 5 de julio se celebra el Día del Maestro un motivo especial por lo que la Municipalidad de Mala le ha dado una trascendental importancia en vista que la cuidad de Mala ha superado los 8000 estudiantes en todos sus niveles.
Finalmente en esta crónica rescatamos lo que consideramos positivo como un estímulo para que en la próxima edición se supere con creces los objetivos trazados porque la Fiesta Patronal no se puede individualizar, pues corresponde a cada ciudadano maleño vivirla, sentirla, expresarla, quererla, pero especialmente amarla. ¡FELIZ FIESTA PATRONAL SAN PEDRO DE MALA!.

HOY SANTO PATRÓN DE MALA VISITARÁ LAS TOTORITAS…
La Sociedad Religiosa del Santo Patrón de Mala 2008 – 2009 está integrada por: Presidenta: Zenobia Alca Velásquez; Vicepresidenta: Natividad Quispe Soriano; Tesorera: Elsa Espinoza Zevallos; Secretario: Pedro Zevallos Zavala; Fiscal: Daniel Riveros Guillen; Mayordomo Presidente: Pedro Grover Arias Ruiz, Vicepresidente: Marco Quispe Vázquez; Mujeres, Presidenta: Alicia Chávez Quispe; Vicepresidenta Susana Espinoza.
Hoy 30 de junio como es tradicional a partir de las 8:00 a.m. va rumbo en procesión hacia la Playa Totoritas, en este lugar se ha preparado un gran almuerzo organizado por la sociedad, pelea de gallos, bailes costumbristas, a horas 6:00 p.m. con aire festivo se retorna y en la Plaza de Armas se quemará un hermoso castillo.

COMUNIDAD CAMPESINA DE MALA… Y EL ANEXO 27 DE DICIEMBRE…
La actual directiva que preside el Sr. Juan Chumpitaz Vera ha construido 2 módulos de SS.HH para Educación inicial y primaria (inaugurado en diciembre 2008); la electrificación del local comunal vía gestión con el apoyo de la Minera Condestable; con el proyecto de electrificación de la II etapa que supera los 200 lotes, actualmente están muy avanzadas la gestión para construir la posta médica, siendo requisito indispensable superar “el impase electoral” y se iniciará la construcción de manera inmediata. Cabe anotar que este Anexo tiene ingresos propios por material de acarreo de sus canteras que supera los 1000 soles semanales, y cuyo monto total queda en este lugar, asimismo existe un convenio con una empresa ferretera local para extraer materiales de acarreo a cambio de material de construcción para realizar obras en esta localidad.