01 noviembre 2006

En El 2007…
PLAN PILOTO PARA INICIAR LA MUNICIPALIZACION DE LA GESTION EDUCATIVA… SE APLICARA EN IMPERIAL Y PACARAN…


En el distrito de Imperial y el de Pacarán, de la Provincia de Cañete, por la Región Lima, se iniciará el Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa para mejorar la calidad de los servicios educativos en los niveles inicial y primaria.
El programa comenzará el 1 de enero de 2007 e incluirá a las jurisdicciones de Los Olivos, La Molina, Miraflores, Santiago de Surco y Surquillo, por la ciudad capital, Lima.
El plan piloto se aplicará también en otros 51 distritos en 24 provincias de 25 regiones del país, según una norma difundida en la separata de normas legales del diario El Peruano.
En el caso del Callao se realizará en los distritos de Ventanilla y Bellavista, mientras que en La Libertad será en La Esperanza, Florencia de Mora y El Porvenir.
También se llevará a cabo en Amazonas (Jalca y Asunción), Ancash (Huaraz e Independencia), Apurímac (Pacucha y Talavera), Arequipa (Cerro Colorado y Paucarpata), Ayacucho (Huamanguilla y Lauricocha), Cajamarca (Encañada y Baños del Inca) y Huancavelica (Pampas y Colcabamba).
En Huánuco (Amarilis y Chinchao), Ica (Chincha Alta y Chincha Baja), Junín (Santa Rosa de Ocopa y Comas), Lambayeque (Olmos y Motupe); Loreto (Belén y San Juan Bautista), Madre de Dios (Iñambari y Las Piedras), Moquegua (Torata y Carumas), Pasco (Paucartambo y Simón Bolívar) y Piura (Santo Domingo y Chulucanas).
Igualmente, en Puno (Huata y Acora), San Martín (Morales y Juan Guerra), Tacna (Ciudad Nueva y Alto de la Alianza), Tumbes (San Jacinto y Corrales) y Ucayali (Yarinacocha y Nueva Esperanza).
Para la ejecución del plan piloto es necesario que las municipalidades cuenten con el personal, los recursos presupuestales, equipos y materiales correspondientes, para lo cual los gobiernos regionales deberán efectuar las transferencias de dichos recursos.
La norma dispone que el Ministerio de Educación, en coordinación con el Consejo Nacional de Descentralización (CND), elabore los lineamientos del Plan Piloto de Municipalización, en la que participarán también los gobiernos regionales y las instancias de gestión educativa descentralizada.
Asimismo, indica que las transferencias de recursos presupuestales que resulten necesarias una vez que el Ministerio de Educación, en coordinación con el CND, declare la viabilidad técnica y funcional del plan piloto, se efectuarán mediante modificaciones presupuestarias en el marco de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y de la Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralización, según corresponda.
El dispositivo dispone que las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local (Ugel) pertenecientes a los gobiernos regionales, involucradas en la municipalización de la gestión educativa, presten apoyo logístico y asistencia técnica a las municipalidades incluidas en el plan piloto.
Finalmente, autoriza al sector Educación, en coordinación con el CND, a dictar las normas complementarias para la implementación del plan piloto.

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