MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ACUERDO DE CONCEJO Nº 094-2007-MPC
Cañete, 21 de Diciembre de 2007.
Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Oficio Nº 046-2007-AL/MDSL de la Municipalidad Distrital de San Luis, solicitando la ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 010-2007/MDSL, que aprueba el importe de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, para el Ejercicio 2008 y, la Ordenanza Nº 011-2007-MDSL que fija la Tasa de Interés Moratorio que será aplicable en la jurisdicción del distrito de San Luis, cuando los tributos y arbitrios municipales no sean pagados dentro de los plazos establecidos;
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado, establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad;
Que, el requerimiento cuenta con la opinión favorable de la Asesoría Legal mediante informe Nº 846-2007-AS.LEG-MPC, y el dictamen favorable de la Pdta. de la Comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal de la Municipalidad Provincial de Cañete;
Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, con el voto unánime y, con la dispensa del trámite de aprobación del acta;
SE ACORDO:
Artículo 1º.- Ratificar la Ordenanza Nº 010-2007/MDSL, de la Municipalidad Distrital de San Luis, que aprueba el importe de los Arbitrios para Limpieza Pública, Parques y Jardines, para el ejercicio 2008 y, la Ordenanza Nº 011-2007-MDSL que fija la Tasa de Interés Moratorio aplicable cuando los tributos y arbitrios municipales no sean pagados dentro de los plazos establecidos.
Artículo 2º.- Publicar la presente Ordenanza en el Diario Oficial de la Provincia, publicación que debe de realizarse hasta el día 31 de Diciembre de 2007, bajo sanción de ineficacia de la Ordenanza ratificada.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
Alcalde
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